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Leyes originadas en el Congreso deberán promulgarse en el Parlamento
28 de octubre 2008La Comisión de Constitución de la Cámara aprobó una moción parlamentaria que obligará a promulgar las leyes en el Congreso Nacional cuando éstas sean iniciativa de diputados o senadores.
El texto legal señala que "tratándose de un proyecto iniciado por moción parlamentaria, el acto público de promulgación se realizará en la sede del Congreso Nacional y el respectivo decreto promulgatorio deberá señalar el nombre del o los diputados o senadores autores de dicha moción".
La moción deberá ser votada por el sala de la Cámara de Diputados.
La moción deberá ser votada por el sala de la Cámara de Diputados.
Siga la tramitación de este proyecto.



