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Publicada Ley 20.297 que establece normas para tropas en operaciones de paz
16 de diciembre 2008El sábado 13 de diciembre fue publicada en el Diario oficial la Ley 20.297 que norma la salida de tropas al exterior. La salida debe ser autorizada por decreto supremo firmado por el Presidente de la República, expedido por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional y con la firma del ministro de Relaciones Exteriores. Deberá contarse con el acuerdo previo del Senado y se enviará copia informativa a la Cámara de Diputados.
La ley N° 20.297 modifica diversas materias relacionadas con la autorización de salida de tropas chilenas al exterior para participar en operaciones de paz. Al respecto, ordena conformar una Comisión Interministerial de Operaciones de Paz, encargada de asesorar en forma permanente a los ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional sobre esta materia.
Señala además, que sólo en caso de inminente peligro para la vida del personal que conforma las tropas nacionales en el extranjero desplegadas en una misión de paz, el Presidente de la República podrá incrementar el contingente autorizado por un período no superior a treinta días.
La ley N° 20.297 modifica diversas materias relacionadas con la autorización de salida de tropas chilenas al exterior para participar en operaciones de paz. Al respecto, ordena conformar una Comisión Interministerial de Operaciones de Paz, encargada de asesorar en forma permanente a los ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional sobre esta materia.
Señala además, que sólo en caso de inminente peligro para la vida del personal que conforma las tropas nacionales en el extranjero desplegadas en una misión de paz, el Presidente de la República podrá incrementar el contingente autorizado por un período no superior a treinta días.
Vea la historia de esta ley.



