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Delito de piratería se castigará aunque no exista ánimo de lucro

  24 de septiembre 2007


Drásticas sanciones prevé el proyecto de ley del Gobierno que estudia la Cámara de Diputados en primer trámite y que establece multas graduales de 10 a 1.000 UTM (de $ 32.00 a 32 millones de pesos, a valores de septiembre de 2007) para penar los delitos de derecho de autor, en función del valor de lo defraudado.
 
Las penas serán aplicables a las siguientes conductas que el proyecto califica como delitos:
-    Cualquier utilización no autorizada de obras protegidas por derechos de autor y de interpretaciones, producciones y emisiones protegidas por derechos conexos.
­    La falsificación de obras literarias, científicas o artísticas protegidas por la ley, de planillas de ejecución, del número de ejemplares vendidos efectivamente, de personería para autorizar el uso de derechos de autor o de licencias respecto de interpretaciones o ejecuciones o fonogramas de dominio privado.
­    El plagio de obras protegidas por derechos de autor, cuando se suprima o cambie el nombre del autor o el título de la obra o se altere maliciosamente su texto.

El proyecto de ley mantiene las penas de cárcel vigentes  y aumenta considerablemente las multas aplicables.
 
Cabe destacar que para la configuración de estos ilícitos no se contempla la exigencia del elemento subjetivo del tipo "ánimo de lucro", lo cual, se estima que facilitará el procesamiento y sanción de este tipo de infracciones.

Siga la tramitación de este proyecto de ley.
 

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