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Ley obliga a pagar sueldos en vacaciones a manipuladoras de alimentos
24 de enero 2008La Ley Nº 20.238, que impide a proveedores que tengan juicios por prácticas anti sindicales, participar en licitaciones de organismos del Estado, también contiene normas destinadas a proteger a las manipuladoras de alimentos.
Al respecto, la ley señala que "en los contratos de prestación de servicios para establecimientos escolares y pre-escolares, los contratos de trabajo de las manipuladoras de alimentos deberán contemplar el pago de las remuneraciones de los meses de enero y febrero".
Añade la normativa que "tratándose de la prestación de servicios, dichas garantías deberán asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes" las que "permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles después de recepcionadas las obras o culminados los contratos".
La ley impone a los jefes de servicio la obligación de preocuparse de estas materias, al preceptuar que "los jefes de servicio serán directamente responsables de la custodia, mantención y vigencia de las garantías solicitadas".
Conozca la Historia de la Ley N° 20.238.





