Acciones de Documento
-
-
-
-
-
-
Compartir
Facebook
Digg
Google
Technorati
Yahoo
Meneame
del.icio.us
Stumbleupon
Flexibilidad laboral
11 de enero 2005
| ||||||||||||||||||||||||||
La flexibilidad laboral es un tema que ha estado en la agenda tanto del Gobierno como del empresariado y de las agrupaciones sindicales de trabajadores. Es una respuesta a los cambios generados en el panorama laboral, cambios dados por la tecnología y la globalización económica que inserta a Chile en un ambiente comercial internacional y, por ende, más competitivo. Y relacionado con esto último, Chile busca también homologarse y equiparar los estándares de las naciones desarrolladas en cuanto a calidad de vida para los trabajadores y niveles de eficiencia de las empresas.
El proyecto sobre el tema actualmente en trámite en el Congreso Nacional busca terminar con las rigideces del sistema laboral que ponen dificultades a la contratación de personal y que, por ende, causan desempleo, al tiempo que intenta proveer una respuesta a las empresas que necesitan modificar sus esquemas, jornadas y horarios de trabajo por épocas del año o variaciones en su producción.
Una de las medidas para lograr esto es incentivar la contratación de jóvenes de entre 18 y 24 años que buscan su primer empleo. Durante tres años se dará la posibilidad de que un empleador contrate a trabajadores de ese rango de edad sin tener que pagar las indemnizaciones legales en caso de despido por necesidades de la empresa, pero comprometiéndose a beneficiar a esas personas con actividades de capacitación que deberán ser reconocidas por el Estado. La idea es que se reduzcan los costos de contratación de esta clase de personal y de mejorar sus destrezas para que puedan ser más competitivos en su futuro laboral.
La otra medida tiene por objeto aumentar la cantidad de empresas que puedan acceder a distribuciones especiales de la jornada de trabajo, motivadas por necesidades de la empresa, períodos estacionales o variaciones en los ritmos de producción. En específico, propone que se pueda autorizar que en empresas localizadas en centros urbanos haya jornadas de siete días continuos de trabajo, y que en zonas apartadas de centros urbanos dichas jornadas sean de doce días para actividades permanentes y de veinte para las transitorias. Se agrega que estas jornadas deben ser extraordinarias, fijarse con acuerdo de los trabajadores, mantener el límite de 45 horas semanales y asegurar los correspondientes descansos y compensaciones a los trabajadores.
La idea es dar mayores facilidades a los empresarios para que contraten personal para trabajos temporales, para que adapten su plantilla de trabajadores a los cambios en la producción y que haya pocas trabas para que los jóvenes, que entran recién al mercado laboral y que cuentan con poca experiencia, puedan obtener empleo.
Este proyecto ha sido bastante discutido entre el Gobierno, los trabajadores y los empresarios. Por un lado lo proyectado para el empleo para los jóvenes permite que se les dé más empleo, pero de peor calidad. Además se critica que la capacitación que se les entregue sea también de baja calidad. En cuanto a las jornadas extraordinarias, la Central Unitaria de Trabajadores ha dicho que "deja la puerta abierta para instaurar en Chile una jornada laboral de 12 horas diarias durante nueve días corridos". En el fondo, se teme la aparición de contratos menos rigurosos y que las horas de trabajo se extiendan más allá de lo debido. A estas críticas ha respondido el Presidente de la República, quien ha dicho: "La flexibilidad no puede significar un aumento de la informalidad".
Pero lo que más llama la atención es que varios analistas han coincidido en que la raíz de la discusión es que las tres partes entienden de distinta manera lo que significa la flexibilidad laboral, definición que se aclara con los documentos adjuntos.
El proyecto sobre el tema actualmente en trámite en el Congreso Nacional busca terminar con las rigideces del sistema laboral que ponen dificultades a la contratación de personal y que, por ende, causan desempleo, al tiempo que intenta proveer una respuesta a las empresas que necesitan modificar sus esquemas, jornadas y horarios de trabajo por épocas del año o variaciones en su producción.
Una de las medidas para lograr esto es incentivar la contratación de jóvenes de entre 18 y 24 años que buscan su primer empleo. Durante tres años se dará la posibilidad de que un empleador contrate a trabajadores de ese rango de edad sin tener que pagar las indemnizaciones legales en caso de despido por necesidades de la empresa, pero comprometiéndose a beneficiar a esas personas con actividades de capacitación que deberán ser reconocidas por el Estado. La idea es que se reduzcan los costos de contratación de esta clase de personal y de mejorar sus destrezas para que puedan ser más competitivos en su futuro laboral.
La otra medida tiene por objeto aumentar la cantidad de empresas que puedan acceder a distribuciones especiales de la jornada de trabajo, motivadas por necesidades de la empresa, períodos estacionales o variaciones en los ritmos de producción. En específico, propone que se pueda autorizar que en empresas localizadas en centros urbanos haya jornadas de siete días continuos de trabajo, y que en zonas apartadas de centros urbanos dichas jornadas sean de doce días para actividades permanentes y de veinte para las transitorias. Se agrega que estas jornadas deben ser extraordinarias, fijarse con acuerdo de los trabajadores, mantener el límite de 45 horas semanales y asegurar los correspondientes descansos y compensaciones a los trabajadores.
La idea es dar mayores facilidades a los empresarios para que contraten personal para trabajos temporales, para que adapten su plantilla de trabajadores a los cambios en la producción y que haya pocas trabas para que los jóvenes, que entran recién al mercado laboral y que cuentan con poca experiencia, puedan obtener empleo.
Este proyecto ha sido bastante discutido entre el Gobierno, los trabajadores y los empresarios. Por un lado lo proyectado para el empleo para los jóvenes permite que se les dé más empleo, pero de peor calidad. Además se critica que la capacitación que se les entregue sea también de baja calidad. En cuanto a las jornadas extraordinarias, la Central Unitaria de Trabajadores ha dicho que "deja la puerta abierta para instaurar en Chile una jornada laboral de 12 horas diarias durante nueve días corridos". En el fondo, se teme la aparición de contratos menos rigurosos y que las horas de trabajo se extiendan más allá de lo debido. A estas críticas ha respondido el Presidente de la República, quien ha dicho: "La flexibilidad no puede significar un aumento de la informalidad".
Pero lo que más llama la atención es que varios analistas han coincidido en que la raíz de la discusión es que las tres partes entienden de distinta manera lo que significa la flexibilidad laboral, definición que se aclara con los documentos adjuntos.



