El objetivo era analizar, investigar y pronunciarse sobre las responsabilidades políticas y administrativas de la mayor tragedia del sistema carcelario chileno.
Los diputados se pronunciaron por 67 votos a favor, 2 en contra y 8 abstenciones, por ejercer su rol fiscalizador respecto a este siniestro que dejó como saldo a 81 internos muertos y 26 heridos.
La comisión investigadora inició su trabajo el 20 de diciembre y tienen un plazo de 120 días para emitir su informe. Las indagaciones en torno a la tragedia de la Cárcel de San Miguel y la situación en que se encuentran los recintos penales en Chile partió con la exposición del ministro de Justicia, Felipe Bulnes.
La autoridad del Ejecutivo entregó cifras que muestran a Chile como el tercer país sudamericano con las más alta tasa de encarcelamiento, y mientras que la de hacinamiento del sistema carcelario es del 60 %.
Varios de los parlamentarios que integran la Comisión Investigadora realizaron una serie de visitas y levantamiento de información en terreno sobre el problema de las cárceles chilenas.
Está programado para el 7 de marzo 2011 que la Comisión Investigadora reciba a la Fiscal de la Corte Suprema, Mónica Maldonado, quien recopila todos los antecedentes de problemas carcelarios registrados en los últimos años.
Proyectos de Ley que se tramitan en el Congreso asociados al tema carcelario
Al margen de las propuestas surgidas en el contexto del incendio de la Cárcel de San Miguel, en el Congreso Nacional se tramitan varios proyectos de ley referidos al tema carcelario. Estos proyectos existentes abarcan penas alternativas, rehabilitación, hacinamiento, uso de armas y medidas respecto de Gendarmería de Chile.
Este proyecto de ley , presentado sin urgencia, se encuentra en primer trámite Constitucional, y consigna que los niveles de hacinamiento de la población recluida han aumentado notablemente, gravitando negativamente en cualquier posibilidad de rehabilitación o reinserción social de los reclusos. El proyecto de ley propone que se agregue el siguiente artículo 302 bis al Código Penal:
"El gendarme que permita o fomente una riña o agresión entre reclusos bajo su custodia, de la que resulten lesiones físicas o síquicas o muerte, será castigado como cómplice del delito que se establezca en el juicio penal respectivo.
En el caso de que algún gendarme fuere agredido por uno o más internos, con resultado de lesiones o muerte, al o a los reclusos responsables se les aplicará la pena correspondiente a este delito, aumentada en un grado".
El proyecto de ley que "Modifica el Código Penal y la Ley de Control de Armas, con el fin de sancionar a los internos de un establecimiento penitenciario que fabriquen, proporcionen o porten armas que indican", Boletín N°5653-07, ingresó al Senado sin urgencia el 19 de diciembre de 2007, y está en Segundo Trámite Constitucional.
Patrocinado por los senadores Alberto Espina, José Antonio Gómez, Hernán Larraín y Alejandro Navarro, en su presentación da cuenta del grave problema que existe en los establecimientos penitenciarios del país, derivado de la fabricación, tenencia y uso de armas cortantes, punzantes, contundentes o de fuego, por parte de los internos, y propone penas más severas para quienes incumplan esta norma.
Proyecto de Ley en materia de Rehabilitación. Esta moción ingresada al Senado el 15 de diciembre de 2009 y cuyo único autor es el senador José Antonio Gómez, dispone "la realización de trabajos para las personas privadas de libertad" (Boletín N° 6794-07).
Explicita que las tendencias internacionales apuntan hacia una efectiva integración social de la población reclusa mediante la implementación de sistemas de rehabilitación.
Da especial énfasis a la capacitación y el trabajo dentro de las cárceles, mecanismo que las experiencias internacionales han revelado como eficaz para dotar a los infractores de conocimientos y habilidades aprovechables al momento de salir en libertad.
Así, podrían acceder a actividades remuneradas que los alejen de la reincidencia, permitiéndoles reinsertarse efectivamente en la sociedad.
El proyecto de ley del senador Gómez implica una Reforma Constitucional. Propone intercalar un nuevo inciso en la Constitución Política (en artículo 19 número 16°), el que señala que "Nadie podrá ser obligado a prestar servicios personales salvo las personas privadas de libertad por sentencia ejecutoriada emanada de un tribunal establecido por la ley."
Proyectos de Ley respecto a Métodos alternativos a la Reclusión
Existen seis mociones respecto a métodos alternativos a la reclusión. Las primeras cuatro fueron presentadas por el senador Andrés Chadwick e ingresadas al Senado el 14 de julio de 2009.
Se refieren a incorporar un sistema de vigilancia y control de personas, donde sería necesario modificar ciertas leyes y el Código Procesal Penal.
Proyecto de Ley que modifica la ley N° 18.216, incorporando un sistema de vigilancia y control electrónico de personas (Boletín N° 6613-07). Su tramitación es sin urgencia.
En su fundamento argumenta que el sistema de vigilancia y control tecnológico de personas es una medida de control y seguridad que consiste en colocar a un imputado o condenado, por un plazo determinado, un dispositivo electrónico que permite conocer su ubicación de manera permanente.
Propone un Artículo Único que modifique la Ley 18.216 sobre medidas alternativas para el cumplimiento de penas privativas o restrictivas de la libertad, agregando al artículo 30 inciso una frase final: "Para garantizar el cumplimiento de esta condición, el tribunal podrá imponer al beneficiado el uso de un dispositivo de vigilancia y control tecnológico que permita su ubicación permanente por todo el tiempo de duración de la medida respectiva". Se encuentra en Primer Trámite Constitucional.
Proyecto de Ley que modifica la ley N° 19.327, incorporando un sistema de vigilancia y control electrónico de personas. La moción (Boletín N° 6614-07) propone que "para garantizar el cumplimiento de esta prohibición, el tribunal podrá imponer al condenado el uso de un dispositivo de vigilancia y control tecnológico que permita su ubicación permanente durante el tiempo de la condena". Está en primer trámite constitucional.
La propuesta argumenta que esta medida de control (que ya opera en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional) puede asegurar la disponibilidad del imputado durante la tramitación de su proceso en consonancia con la presunción de inocencia, garantizando de una manera más eficaz el ejercicio de la libertad provisional del individuo, dificultando su fuga y protegiendo a las víctimas.
Actualmente, con diferentes modalidades y aplicaciones, se utilizan sistemas de monitoreo, vigilancia y control tecnológico en muchos países del mundo, como Canadá, Estados Unidos y Alemania, entre otros.
Proyecto de Ley que "Modifica el Código Penal, incorporando un sistema de vigilancia y control electrónico de personas" (Boletín N° 6612-07). También esta moción plantea un sistema de control electrónico para garantizar la ejecución de una pena cuya sustantividad es la privación o restricción de libertad.
En este sentido, no persigue la rehabilitación sino la gestión de los movimientos del individuo sometido a esta medida de control, para colaborar en la creación de hábitos de vida de bajo riesgo, que prevengan la comisión de nuevos delitos y sean más seguros para la sociedad.
El proyecto propone un Artículo Único que modifique el Código Penal, cambiando a los condenados que cumplieron condena su obligación de informar a Carabineros cada tres meses su domicilio actual por el uso de un dispositivo de vigilancia y control tecnológico que permita su ubicación permanente durante todo ese tiempo.
El proyecto de Ley que modifica el Código Procesal Penal, incorporando un sistema de vigilancia y control electrónico de personas (Boletín N° 6611-07). En Primer Trámite Constitucional, esta propuesta también pretende como medida complementaria que se pueda imponer a los imputados el uso de un dispositivo de vigilancia y control durante el tiempo que duren las medidas cautelares.
Este proyecto aborda algunos obstáculos que se presentan en el proceso de cumplimiento de medidas alternativas como remisión condicional de la pena, reclusión nocturna y libertad vigilada.
La ley actualmente establece para el caso de quebrantamiento de estas medidas, su revocación. No obstante ello, los tribunales han entendido que sólo puede ser quebrantada una medida alternativa que ha comenzado a cumplirse, es decir, si la persona condenada no se presenta a cumplir la medida alternativa, en muchos caso los tribunales no revocan la respectiva medida, lo que se traduce en un riesgo de impunidad.
Por esta razón, se estimó necesario establecer que frente al incumplimiento de las medidas establecidas, se producirá la revocación de pleno derecho de la medida.
Las modificaciones propuestas siguen la lógica del artículo 26 que señala que "Si durante el periodo de cumplimiento de alguna de las medidas alternativas que establece esta ley, el beneficiado comete un nuevo crimen o simple delito, la medida se entenderá revocada por el sólo ministerio de la ley".
La ley actual establece que una vez transcurrido el tiempo de la condena sin que la medida alternativa haya sido revocada, la pena debe darse por cumplida.
Eso significa que aun cuando el condenado no se haya presentado a cumplir la pena alternativa, ésta igual se da por cumplida aunque "insatisfactoriamente".
Esta situación es de especial relevancia en el caso de la reclusión nocturna, la que está establecida orientada a condenas muy bajas. Basta que el condenado no se presente por el lapso de tiempo de la condena (por ejemplo 60 días), para que se de por cumplida la pena.
Para evitar este efecto de la norma, el proyecto de ley propone establecer que deberá darse cumplimiento efectivo a la pena alternativa por el tiempo de la condena para que ésta se entienda cumplida.
El Proyecto de Ley que establece una forma alternativa de cumplimiento del beneficio de la reclusión nocturna (Boletín N° 5814-07). Presentada por el senador Guillermo Vásquez en abril del 2008, esta moción propone medidas alternativas a la reclusión nocturna como sanción penal o medida de apremio.
Plantea incorporar como nueva medida alternativa la doble firma, esto es, que la persona beneficiada firme en los registros que Gendarmería entre las 19.00 y las 22:00 horas, y entre las 05.30 y las 07.00 horas del día siguiente, lo que equivale a la medida de reclusión nocturna en cuanto a horario.
Así se libera espacio penitenciario para aquéllos que es necesario mantener bajo el régimen de privación de libertad, sea total o parcial, pero se mantiene la comparecencia al recinto definido por el Juez de la causa, el que deberá definir si procede este beneficio..
Lo anterior, traerá como consecuencia que las personas que realmente merezcan la reclusión nocturna puedan cumplirla de manera efectiva, descomprimiendo los establecimientos especiales dependientes de Gendarmería de Chile.
Además de los proyectos mencionados, que ya están en trámite, a raíz del incendio del 8 de diciembre 2010 hubo una serie de propuestas y medidas por parte de diversos parlamentarios en orden a ir solucionando algunos de los problemas más urgentes del sistema penal.
El diputado y presidente de la Comisión de Constitución constituida como investigadora, Pedro Araya, después de escuchar el diagnóstico del Director Nacional de Gendarmería, Luis Masferrer, sintentizó en dos graves los problemas del sistema carcelario de Chile:
Los largos turnos que deben enfrentar los gendarmes, que van de 24 a 72 horas seguidas.
Que exista permiso para que los internos tengan instalaciones propias y artesanales para cocinar dentro de sus celdas.
Los diputados UDI Ernesto Silva y Arturo Squellaprofundizaron en la reinserción y rehabilitación de personas que se encuentren cumpliendo condena en recintos penales, para lo lo que visitaron las dependencias del Centro de Educación y Trabajo Metropolitano (CET) de gendarmería.
Al respecto, Arturo Squella - miembro de la comisión investigadora - señaló estar convencido de que la rehabilitación de esas personas está directamente vinculada con las oportunidades laborales que se tengan al finalizar sus condenas.
El diputado Ernesto Silva es partidario de aumentar las alternativas de trabajo para los internos en sus recintos penitenciarios.
Explicó que el CET Metropolitano cuenta en la actualidad con apenas 46 puestos de trabajo, distribuidos en unidades de carpintería, artesanía, imprenta y confección de calzado, que se encuentran funcionando al tope de su capacidad.
Por su parte, el diputado PPD Enrique Accorsi, también se mostró partidario de incrementar los recursos en pro de la rehabilitación, especialmente de los menores que han delinquido debido al consumo de drogas.
El parlamentario Fuad Chaín (DC), en tanto, consideró necesario que el Ejecutivo inicie la reestructuración de Gendarmería. El legislador hizo mención al Consejo de Reforma Penitenciaria, creado durante la presidencia de Michelle Bachelet, organismo que elaboró en 2010 una serie de propuestas a la actual administración del Presidente Piñera, las que, según indicó, no han tenido mayor continuidad.
En el Senado, en tanto, también se recibió al Ministro de Justicia y al Director de Gendarmería para conocer en detalle las cifras del sistema carcelario chileno, que cuenta con cerca de 54 mil internos, para lo que dispone de 34 mil plazas.
Los senadores acordaron suscribir un Protocolo de Acuerdo, en orden a mejorar las estándares de las cárceles chilenas en prevención y rehabilitación; reincidencia; cumplimiento alternativo de penas; aumento de centros de educación y mejora de las políticas de segregación de los reclusos, entre otras.
Y más adelante, con fecha 27 de marzo de 2011, los senadores de la Democracia Cristiana, Soledad Alvear y Patricio Walker, presentaron una propuesta integral para terminar con el hacinamiento carcelario, a través del documento "Medidas penitenciarias, más allá de la urgencia", que contiene propuestas donde destacan la elaboración de un catálogo de medidas alternativas de reclusión, racionalizar el uso de las medidas de privación de libertad, usar medios tecnológicos para penas que sustituyan la reclusión y crear un servicio independiente de Gendarmería que supervise el proceso post penitenciario y el cumplimiento de penas en el medio libre.