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¿En qué va el Postnatal de seis meses?


15 de julio 2011


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El proyecto de ley del Ejecutivo que extiende el postnatal a seis meses seguirá finalmente su discusión en la Cámara de Diputados, luego que el Tribunal Constitucional (TC) zanjara la divergencia que se produjo entre el gobierno y el Senado, discrepancia que mantuvo en suspenso este proyecto por unas semanas. La divergencia se produjo porque los senadores votaron por eliminar del mensaje presidencial el tope de 30 UF para que las mujeres puedan acceder al beneficio.

A juicio del Ejecutivo, durante la discusión en primer trámite del proyecto, los senadores actuaron al margen de sus atribuciones constitucionales, ya que nuestra Carta Fundamental sólo concede al Presidente de la República la facultad de proponer iniciativas que involucren gasto público. Con este argumento el gobierno presentó un recurso de inconstitucionalidad ante el TC, a cargo del abogado Teodoro Ribera, el que fue ratificado por el tribunal en un fallo dividido de cinco votos contra cuatro, que se conoció en la tarde del 14 de julio de 2011.

Tras escuchar los alegatos del abogado del Ejecutivo y de los representantes del Senado -los abogados Patricio Zapata, Francisco Zúñiga y Pablo Ruiz-Tagle- la sentencia declaró inconstitucional la votación del Senado, respecto al nuevo artículo 197 bis del Código del Trabajo.

En la primera votación del Senado, el 19 de mayo, los parlamentarios de oposición defendieron su postura de rechazar el monto fijado en el proyecto original como límite para poder acceder al descanso maternal de seis meses, por considerar que el gasto en que incurriría el Estado en la extensión del posnatal era menor que, por ejemplo, los recursos involucrados en la Reforma Previsional, implementada en el gobierno anterior.

En medio de la vista del recurso por parte del Tribunal Constitucional, otro punto de discusión se abrió también en la Cámara de Diputados, luego de que su presidente, Patricio Melero, presentó un escrito al TC, respaldando la postura del Ejecutivo, lo que generó molestia entre parlamentarios PS y DC, quienes esbozaron incluso la posibilidad de presentar una censura a la mesa por una decisión inconsulta en nombre de toda la Corporación.

Finalmente, la polémica se zanjó con las explicaciones por parte del Presidente Melero, quien reconoció la “omisión” de no informar a tiempo su decisión al resto de la Cámara, debido a su copada agenda por las actividades de celebración del Bicentenario del Congreso.

 

El debate que se dio en el Senado

 

“35 millones de dólares no son una cifra sideral”, comentó la senadora Ximena Rincón (DC), presidenta de la Comisión de Trabajo del Senado. “Hoy, después de una reflexión de carácter económico, se llega a la conclusión de que es necesaria la extensión del postnatal a seis meses, tanto por la necesidad de que las madres pasen más tiempo con sus niños como para transparentar la fórmula con que los médicos y las madres logran dilatarlo a través de una suerte de disfraz de las enfermedades graves del hijo menor de un año”.

En tanto, el senador Alberto Espina (RN) planteó las reservas de constitucionalidad respecto a la forma en que se aprobó el proyecto: “Una cosa es que nosotros tengamos legítimas diferencias respecto de si conviene o no el límite de 30 UF para el permiso postnatal parental, y otra distinta, a nuestro juicio, violar flagrantemente la Carta Fundamental(…) El inciso tercero del artículo 65 de la Constitución, establece claramente que corresponde al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que tengan relación, entre otras cosas, con la administración financiera o presupuestaria del Estado”.

 

Fundamentos del proyecto del Ejecutivo

 

La propuesta original de postnatal contenida en el Mensaje que envió el Poder Ejecutivo al Congreso extiende el postnatal a seis meses mediante la creación de la figura del “permiso postnatal parental”, que considera también al padre como parte esencial del cuidado del recién nacido.

Esto significa que el actual régimen de pre y postnatal se mantiene sin modificaciones en cuanto a su duración y subsidio (seis semanas antes del parto y 12 semanas posteriores, todas pagadas por el Estado), pero se agrega un periodo de descanso inmediato al periodo de postnatal que puede ser utilizado por la madre o el padre, a elección de la primera, que tendrá una duración de 12 semanas, seis de las cuales la madre puede traspasar al padre con goce del subsidio que le corresponde a ella.

En caso de que sea el padre quien haga uso del permiso postnatal parental, deberá ser durante las últimas seis semanas del periodo de descanso.

“De este modo, se reconoce la importancia que sea cada una de las familias las que elijan la forma de cuidar a sus hijos que mejor se adapte a sus necesidades y realidad, incorporando el concepto de corresponsabilidad: padre o madre pueden usar el permiso”, señala el proyecto de ley.

 

La propuesta especifica que este permiso es un derecho irrenunciable para todas las madres trabajadoras, las que recibirán durante este periodo un subsidio equivalente a su remuneración, con un tope de 30 UF, tendiendo además el derecho de trabajar parcialmente desde el tercer mes para completar la remuneración no cubierta por el subsidio.

 

Los padres de hijos adoptados menores de seis meses también serán beneficiados por el periodo postnatal y el nuevo periodo de postnatal parental, en las mismas condiciones.

 

Los cambios que impulsa el Ejecutivo

 

De acuerdo al informe emitido por la Comisión de Hacienda del Senado, estos son los principales cambios que impulsa el Ejecutivo al actual sistema de descanso maternal (algunos rechazados por los senadores):

-          Ampliación del postnatal, mediante la creación del denominado permiso postnatal parental

-          Durante este período, la madre recibirá un subsidio equivalente a su remuneración, con un tope de 30 UF

-          Pago del subsidio con cargo al Fondo Único de Prestaciones Familiares

-          Las madres tendrán derecho a trabajar parcialmente desde el tercer mes, para completar la remuneración no cubierta por el subsidio

-          Modificaciones para evitar el mal uso del permiso por enfermedad grave del hijo menor de un año que incluye la definición de enfermedades graves y gravísimas con entrega de permiso y subsidio diferenciado según cada caso

-          Modificación del fuero maternal: se extiende hasta un año después del nacimiento del niño y en los contratos a plazo fijo o por obra, se hace coincidir la duración del fuero con el término de la obra o plazo que dio origen al contrato

-          Aplicación del permiso y subsidio de pre y postnatal a las mujeres que integran un hogar perteneciente al 20% más pobre de la población; que tengan 12 meses de afiliación previsional antes del embarazo; que cuenten con ocho o más cotizaciones, continuas o discontinuas, en los 24 meses anteriores al embarazo, y aquellas cuya última cotización haya sido en virtud de un contrato a plazo fijo o por obra o faena, dentro de los cuales se entienden incorporadas las trabajadoras agrícolas de temporada

-          Aumento escalonado de cobertura del postnatal para mujeres que integren los hogares más pobres del país

 

El fuero maternal en la actualidad

 

Actualmente, toda trabajadora embarazada en Chile tiene derecho a un permiso y subsidio por maternidad de seis semanas antes del parto y 12 semanas después de éste, sin perjuicio de la posibilidad de que alguno de estos periodos se extienda en razón de su estado de salud.

Durante todo el periodo de descanso maternal, a la trabajadora le queda prohibido el trabajo y goza de un subsidio fiscal equivalente a la totalidad de sus remuneraciones, con un límite legal en relación a sus cotizaciones previsionales y de salud.

La ley consagra además el derecho de toda mujer trabajadora embarazada a no ser despedida, garantizándole la permanencia en su puesto de trabajo desde el momento del embarazo hasta un año después de expirado el descanso maternal.

A los padres adoptantes también se les reconoce el derecho de tener un periodo postnatal de 12 semanas, pero sólo cuando el niño es menor de seis meses, mientras que el fuero para las trabajadoras adoptantes, se cuenta desde la fecha de la sentencia que les confía el cuidado personal del menor.

Los casos en que el periodo de fuero maternal puede extenderse:

-         En caso que la madre presente alguna enfermedad o complicación asociada al embarazo o parto, su prenatal comenzará antes o su postnatal se prolongará

-         Si como consecuencia del alumbramiento se produce una enfermedad comprobada con certificado médico, que impida el regreso al trabajo por un plazo superior al postnatal, éste se prolonga por el tiempo que determine el médico o matrona encargado, mediante un postnatal suplementario

-         En caso de enfermedad grave del hijo menor de un año, la madre tiene derecho a un permiso y subsidio de su remuneración, por el periodo que dure el permiso. Este derecho también lo puede ejercer el padre cuando la madre así lo prefiere si ambos trabajan o cuando el padre ejerce la tuición del menor

 

De acuerdo a los argumentos planteados por el gobierno en su proyecto de ley, el fuero maternal chileno es el más largo del mundo, alcanzando en total los dos años, mientras que el permiso maternal financiado por el Estado que existe hoy tiene una duración de 18 semanas, siendo uno de los más largos de Latinoamérica.

Tribuna ciudadana: Diputada Rubilar sobre proyecto de postnatal





 


 
 




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