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La experiencia en otros países

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La experiencia en otros países

por José luis RiffoÚltima modificación 29/06/2008 18:43

La experiencia en otros países

Aunque existen otras modalidades para velar porque no se produzcan conflictos de intereses con el patrimonio privado de una autoridad pública, cuando su volumen o importancia relativa lo sugiere, en general en otros países del mundo se ha optado por la alternativa del fideicomiso ciego o “blind trust”.

En Estados Unidos y el Reino Unido, por ejemplo, existe una normativa que obliga a los funcionarios públicos a declarar por escrito todos sus bienes, patrimonio e intereses, mientras que una entidad independiente fiscaliza el cumplimiento de las normas sobre conflictos de interés, además de registrar y analizar las declaraciones de patrimonio e intereses de los altos funcionarios, sus parientes, asociados o relacionados.

Cuando se configura un conflicto entre el interés económico privado de un funcionario público y el desempeño de sus funciones, éste deberá tomar medidas para enajenar sus bienes e intereses o transferirlos a una administración independiente y autónoma.

En el caso de la legislación norteamericana, los dos principales mecanismos contemplados para prevenir los conflictos de interés son la auto-inhibición (Disqualification), cuando el funcionario o un familiar, cercano o asociado, tenga un interés económico personal involucrado; y la transparencia (Disclosure), que consiste en la declaración detallada y pública de la fuente, tipo y monto de todos los ingresos, bienes, intereses, acciones, bonos y recursos económicos y financieros que se posean.

En Inglaterra, en tanto, los miembros del gobierno están obligados a declarar detalladamente sus bienes e intereses al momento de asumir sus cargos, para lo cual, cada ministro (incluido el Primer Ministro) debe informar personalmente y por escrito al Secretario Permanente del respectivo Ministerio o Departamento Ministerial de todos sus bienes, activos e intereses que podrían dar origen a un eventual conflicto de interés, así como los de sus familiares, cercanos asociados y fiduciarios, y otros intereses privados relevantes, tales como vínculos con organizaciones externas y previos empleadores relevantes.

Por otro lado, Canadá cuenta con un sistema exclusivo para arreglos de fideicomiso ciego donde un fideicomisario independiente administra el patrimonio y la autoridad en cuestión no tiene conocimiento de las acciones adoptadas, en lo que respecta a la venta y compra de las inversiones.

En América Latina, en cambio, no existe legislación que incorpore la figura del fideicomiso ciego, registrándose sólo en Argentina una discusión del tema, en el marco de una modificación mayor que se impulsa a las leyes sobre transparencia en la administración pública.




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