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Protección a menores: un foco de preocupación

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Protección a menores: un foco de preocupación

por rherranzÚltima modificación 31/07/2008 16:07

Protección a menores: un foco de preocupación

El acceso democrático a los diversos recursos de información que ofrece Internet, conlleva la problemática de niños y jóvenes menores de 18 años expuestos a contenidos inapropiados. Varios países del mundo se han visto en la necesidad de legislar sobre esto, determinando mecanismos de control de la oferta de contenidos en la red fuera de los márgenes de la familia, pues si bien ésta se constituye como el núcleo que debe velar por la educación de sus miembros, en muchas ocasiones la exposición a estos contenidos se encuentra fuera del control de los padres, como ocurre con los cibercafés y otros establecimientos comerciales.

 

Ingresado en agosto de 2007 por parlamentarios aliancistas, el proyecto de ley que establece la obligación de uso de filtros para acceso de menores en establecimientos comerciales que brinden servicios de Internet plantea que tanto propietarios como encargados de administrar este tipo de locales estén obligados a instalar y activar en todas las computadoras que se encuentren a disposición del público, software para filtrar contenidos y bloquear acceso a páginas pornográficas, pudiendo desactivar éstos en el caso de que los usuarios sean mayores de 18 años.

 

Pero más delicado aún es la producción y distribución de material pornográfico donde participen menores de edad. La ley 19.927 establece como obligación para los ISPs mantener “en carácter reservado, a disposición del Ministerio Público, un listado actualizado de sus rangos autorizados de direcciones IP y un registro, no inferior a seis meses, de los números IP de las conexiones que realicen sus abonados”, lo que se ha transformado en una importante herramienta de trabajo para las policías en la investigación de delitos asociados a pornografía infantil.

 

Sin embargo, la práctica ha demostrado que es necesario, además, contar con el contenido de las respectivas conexiones, y para el caso de ISPs extranjeras, el asunto se complica, pues se rigen por las normativas de sus países de origen y por lo tanto no tienen la obligación legal de entregar esta información a las instancias chilenas.

 

En este escenario, en enero de 2007 diputados oficialistas ingresan a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, estableciendo la obligación de los ISPs extranjeros de contar con un representante legal en Chile, a fin de que estos proveedores den cumplimiento a la normativa nacional. La iniciativa está recién en primer trámite, siendo evaluada por la Comisión de Ciencias y Tecnología.

 

En la misma línea, ingresó en junio pasado un proyecto que sanciona la producción y distribución de material pornográfico infantil virtual, para evitar que los consumidores de este tipo de material burlen la aplicación de la ley a través de procesos computacionales que transforman en imágenes virtuales los videos y fotos que contienen pornografía infantil real, evitando así ser sancionados por la ley que prohíbe la producción, distribución y almacenamiento de material pornográfico en que hayan sido utilizados personas menores de dieciocho años.

Las tres iniciativas, en todo caso, se encuentran en fases primarias de su proceso de tramitación. Recién están siendo evaluadas por la comisiones de Ciencia y Tecnología y Familia de la Cámara Baja, por lo que aún les espera un largo trecho para concretarse.  

 

Lo mismo ocurre con el proyecto que busca sancionar el delito de exhibición y distribución a través de Internet de material que contenga conducta propia de maltrato escolar, presentado por diputados PPD recién en diciembre pasado, y que buscará castigar con penas de presidio menor el denominado "cyberbullying" o cybermatonaje, que comprende el uso voluntario y repetido de la tecnología de las comunicaciones -mensajes de correo electrónico, mensajes de texto, mensajería instantánea, espacios de conversación virtuales, páginas web, blogs y telefonía celular- para infligir daño a otro estudiante.




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