espaciador Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
     






 Logo RSS Suscríbase | ¿Qué es?
Encuesta imagen del Congreso Nacional, Datavoz 2006

NOVEDADES BCN
· BCN presentó su portal de Historia Política en seminario sobre uso de las TIC’s
· Horario de funcionamiento de la sala de lectura Valparaíso 11 y 12 de mayo
· BCN firma convenio de cooperación con la Superintendencia de Bancos

Descargue lector de PDF Acrobat

Descargue lector Flash

 

El origen del control de quiebras

Acciones de Documento
  • Atrás
  • Enviar a un amigo
  • Print this page
  • Agranda letra
  • Achica letra
  • Compartir

El origen del control de quiebras

por abustosÚltima modificación 08/05/2009 12:38

El origen del control de quiebras

La Superintendencia de Quiebras es el organismo público relacionaod al Ejecutivo a través del Ministerio de Justicia, que debe controlar la administración de quiebras declaradas y actualmente encabezado pro el abogado Rodrigo Albornoz.

Sus inicios están en la Sindicatura General de Quiebras creada por Ley N° 4.558 de 1929, organismo auxiliar de los Tribunales de Justicia, encargado de administrar los bienes y pagar las deudas de las personas caídas en falencia comercial por cese de pago a sus acreedores.

Por medio del Decreto Ley N° 2.963 de 1979, fue reorganizada como Sindicatura Nacional de Quiebras, dependiente del Ministerio de Justicia y constituida por una Dirección Nacional y direcciones zonales de quiebras.

Esta institucionalidad permaneció tal cual  hasta 1982, cuando la Ley N° 18.175 estableció la Fiscalía Nacional de Quiebras, persona jurídica de carácter autónomo, duración indefinida y relacionada con el Ejecutivo a través del Ministerio de Justicia. Posteriormente en 2002, la Ley N° 19.806 otorgó a la institución la categoría de Superintendencia.

En 2005, se publicó la Ley N° 20.004, que da fortalecimiento a la transparencia de la administración privada y a las facultades de fiscalización de la Superintendencia de Quiebras. Esta facultad disciplinaria le permite sancionar administrativamente, amonestar, multar, remover, etc..

Con la promulgación de la Ley N° 20.073 sobre Convenios Preventivos de Quiebras se permite negociar una alternativa para evitar el cierre de las empresas viables, y manteniendo la unidad productiva con los antiguos dueños o cambiando su administración. Aquí adquiere relevancia la figura del Experto Facilitador, que es un mediador que entrega asesoría técnica para la generación de un convenio.

El Artículo N° 8 de la Ley de Quiebras señala las atribuciones y deberes de la Superintendencia entre ellas:

  • Fiscalizar las actuaciones de los síndicos, convenios o cesiones de bienes, y de los administradores de la continuación del giro. Dentro de esta facultad está la de interpretar administrativamente las leyes, reglamentos y normas que rigen a las personas fiscalizadas.
  • Examinar libros, cuentas, archivos, documentos, contabilidad y bienes relativos a la quiebra, convenio o cesión de bienes. En casos calificados podrá exigir
    auditorías externas de auditores independientes para determinar la quiebra.
  • Impartir a los síndicos y a los administradores de la continuación del giro instrucciones obligatorias sobre las materias sometidas a su control.
  • Informar al Ministerio de Justicia de cualquier circunstancia que inhabilite a una persona para formar parte de la nómina nacional de síndicos y/o solicitar su eliminación
  • Aplicar a los síndicos y a los administradores de la continuación del giro, como sanción por infracciones a las leyes, reglamentos y demás normas que los rijan.
  • Llevar los registros de quiebras, continuaciones de giro, convenios judiciales y cesiones de bienes, los serán públicos.
  • Asesorar al Ministerio de Justicia en materias de su competencia y proponer las reformas legales y reglamentarias que sea aconsejable introducir.
  • Recibir las denuncias que los acreedores, el fallido o terceros interesados formulen en contra del desempeño del síndico o del administrador de la continuación del giro.

    Finalmente, la Superintendencia de Quiebras debe poner a disposición del público información actualizada, al menos una vez al año acerca de:

  • Número de síndicos que integran la nómina nacional
  • Número de quiebras que cada uno de ellos tenga a su cargo
  • Número de quiebras declaradas en el año
  • Número de convenios vigentes



Temas anteriores   




Enlaces externos
• Certificados de la Superintendencia de Quiebras on-line
• Certificado del estado de quiebra de una persona natural o jurídica
• Certificado de no inscripción en Registro de Quiebras
• Nómina Nacional de Síndicos, número de quiebras y convenios
• Personas naturales o jurídicas no inscritas en el Registro de Quiebras
• Quiebras declaradas y publicadas en el Diario Oficial


Anteriores de "Mirada en profundidad"
• Ley Antidiscriminación fue aprobada por el Congreso Nacional

• Innovación con impacto humanitario: entrevista a Alfredo Zolezzi

• Se acelera tramitación del proyecto sobre elecciones primarias

• Aborto terapéutico: hitos legislativos


 

  Construido por la BCN en Plone, software libre    ·    Políticas de privacidad    ·    Mapa del sitio   ·     Ubicación horarios y teléfonos   ·     Senado    ·    Cámara de Diputados