La Ley sobre Reprogramación de Créditos Universitarios ya se encuentra vigente y serán cerca de 110 mil deudores del sistema de Educación Superior los que se verán beneficiados con esta norma publicada en el Diario Oficial el 4 de febrero de 2012.
El texto aprobado por la Cámara de Diputados establece que todas aquellas personas que mantengan deudas a través del Fondo Solidario de Crédito Universitario, podrán reprogramarlas y con ello salir de los registros de DICOM y condonar hasta un 100% de los intereses penales.
Este fondo se entrega a los alumnos de las 25 universidades del Consejo de Rectores y, de acuerdo a la información que ofrece el Ministerio de Educación, los aproximadamente 110 mil morosos existentes representan una deuda equivalente a $300 mil millones, la que hasta antes de esta ley crecía de manera gradual por los altos intereses penales asociados al incumplimiento en el pago de las cuotas.
Al acumularse estos intereses, la deuda se hacía cada vez más difícil de pagar para los deudores, por lo que el sistema lograba recuperar sólo el 38% de los montos prestados.
Ahora la nueva ley permite reprogramar a 10 ó 15 años las deudas del crédito solidario, bajo las siguientes condiciones:
- Encontrarse morosos al 30 de junio de 2011
- No tener regularizada su situación a la fecha
- No haberse acogido a ninguna de las dos reprogramaciones anteriores (Ley Nº 19.083 de 1991 y Ley Nº 19.848 de 2002)
También serán beneficiados con esta ley y en las mismas condiciones, los deudores del Crédito Fiscal Universitario de 1981 y los del Crédito Universitario establecido en la Ley N° 18.591 de 1987.
¿Cómo acceder al beneficio?
Treinta días después de que se fije el reglamento de la nueva ley (para lo cual existe un plazo de tres meses desde su publicación) los deudores podrán iniciar el proceso de reprogramación, manifestando su intención por escrito al administrador del crédito respectivo. Para este primer paso tendrán tres meses desde la fecha en que la institución que administra el crédito publique la deuda consolidada (lo que también ocurrirá tras fijarse el reglamento de la ley).
De esta manera, se establece un nuevo saldo expresado en UTM, el que será publicado en la página web de la universidad respectiva, resguardando la confidencialidad de los datos y distinguiendo la deuda de los intereses.
En tanto, en el sitio web www.creditosolidario.cl se podrá acceder al formulario para solicitar la reprogramación, donde los deudores deberán fijar un domicilio para el envío de notificaciones y documentos; la entidad previsional a la que se encuentran afiliados, si corresponde, o una dirección de correo electrónico para el envío de avisos.
En esta misma página los deudores encontrarán una sección donde se podrá acceder en forma personalizada a la información de cada deuda, además de un simulador que permitirá previsualizar el esquema de pago de su eventual reprogramación y los beneficios que obtendrá.
El deudor tendrá un plazo de dos meses para convenir con el administrador el número de cuotas anuales en que pagará su saldo, las que no excederán de 10 cuotas si la deuda reprogramada es igual o inferior a 150 UTM, o de 15 cuotas si es superior.
En el momento de convenir las cuotas, el deudor deberá efectuar un pago inicial que activará la condonación parcial o total de los intereses penales, lo que se determinará de acuerdo al monto inicial pagado, el que podrá hacerse en seis cuotas mensuales, siendo la primera al contado.
Asimismo, el deudor deberá suscribir un pagaré con la nueva deuda y otorgar un mandato irrevocable para que su empleador deduzca de sus remuneraciones el monto de las cuotas del crédito acordado.
La Tesorería General de la República estará autorizada para retener de la devolución de impuestos de los deudores, los montos impagos, salvo que el deudor acredite que ha solucionado el monto vencido mediante un certificado otorgado por el administrador.
Adicionalmente, el texto establece que los deudores del Fondo Solidario de Crédito Universitario que estén cursando estudios de postgrado y cuyos ingresos mensuales sean inferiores a 6 UTM, se les suspenderá la obligación del pago anual y el plazo máximo de la deuda.
En el caso de que acrediten cesantía se podrá suspender el pago por una sola vez y por un periodo máximo de 12 meses.
Cambios en Educación Superior
La repactación de las deudas por el Fondo Solidario de Crédito Universitario fue uno de los principales anuncios que realizó el Presidente Sebastián Piñera en su discurso ante el Congreso Pleno, el 21 de mayo de 2011, como una de las medidas programadas por el Ejecutivo para resolver el conflicto estudiantil que durante el año pasado registró cerca de siete meses de movilizaciones de estudiantes secundarios y universitarios.
El proyecto de ley original fue ingresado a trámite al Congreso Nacional el 17 de agosto de 2011, sin embargo, su discusión se vio acelerada a partir del 10 de enero del presente año cuando el Ejecutivo decidió calificar con la máxima urgencia (“discusión inmediata”) la tramitación de la iniciativa, lo que permitió su despacho definitivo el 24 de enero la promulgación de la ley tres días más tarde.
El debate final se produjo en la Cámara de Diputados, donde el gobierno consiguió 62 votos favorables de las bancadas RN y UDI más dos parlamentarios independientes y 12 integrantes de las bancadas de oposición. (Revise el detalle de la votación aquí)
Otros proyectos de ley del Ejecutivo en materia de Educación, cuya discusión está relacionada con la búsqueda de soluciones a la crisis educacional del 2011, y que actualmente son tramitados por el Congreso son:
- el que rebaja de 6 a 2% la tasa de interés del Crédito con Aval del Estado (CAE) y que ya fue aprobado por la Cámara de Diputados, restando sólo la ratificación del Senado
- el que crea la Superintendencia de Educación y se encuentra cumpliendo su primer trámite en el Senado
- y el proyecto de desmunicipalización de los colegios públicos, en primer trámite en la Cámara de Diputados