por rherranz
—
Última modificación
15/02/2010 12:01
Turismo:certificación de calidad
<div style="text-align: justify;">
<p>Un pilar fundamental de la nueva ley es la garantía de calidad de los servicios turísticos, a través de la creación del <span style="font-weight: bold;">Sistema de Clasificación, Calidad y Seguridad de los Prestadores de Servicios Turísticos.</span> <br />
<br />
Respecto a la <span style="font-weight: bold;">Clasificación</span>, Sernatur será quien lleve un <span style="font-weight: bold;">Registro Nacional de Servicios Turísticos</span>, de carácter público, donde cualquier prestador de servicios del rubro podrá inscribirse, sin costo alguno, bajo una categoría específica. <span style="font-weight: bold;">Lo que sí tendrá que costear quien se inscriba serán las certificaciones de calidad. </span><br />
<br />
Ahora, <span style="font-weight: bold;">¿Será obligatorio para los grandes y pequeños empresarios turísticos inscribirse en el registro y someterse a las certificaciones de calidad?</span> Depende del caso: en general, la ley lo define como “voluntario”, pero <span style="font-weight: bold;">para el caso específico de los prestadores de servicios de alojamiento turístico y de turismo aventura, la inscripción es obligatoria. </span><br />
<br />
En el caso del <span style="font-weight: bold;">turismo aventura</span>, los prestadores de este tipo de servicios además deberán cumplir con una serie de requisitos de seguridad establecidos en el artículo 38 de la nueva ley. En la actualidad, el <span style="font-weight: bold;">turismo aventura</span> se rige por un conjunto de <a href="http://www.achet.cl/index.php?option=com_content&task=view&id=178&Itemid=43" target="_blank">normas técnicas</a> definidas por Sernatur, que son complementadas con la labor de las municipalidades, que deben fiscalizar y certificar la seguridad de cada una de las empresas que se dedican al rubro.<span style="font-weight: bold;"> Sin embargo, estas normas son voluntarias,</span> <span style="font-weight: bold;">quedando a criterio de cada prestador de servicio, por ejemplo, el ofrecerle a los turistas una póliza de seguro en caso de accidentes o el contar con personal certificado en primeros auxilios</span>. La experiencia en el último tiempo, sin embargo, demuestra que, al no verse obligados, no todos los prestadores toman estas precauciones.</p>
</div>
<div style="text-align: justify;">
<p>Con la nueva ley, <span style="font-weight: bold;">Sernatur tendrá la facultad de eliminar o reclasificar</span> determinado servicio dentro del registro, en caso de no cumplirse las condiciones establecidas. <br />
<br />
Respecto a la <span style="font-weight: bold;">Certificación</span>, ésta estará a cargo de <span style="font-weight: bold;">organismos certificadores</span>, que podrán ser personas naturales o jurídicas, <span style="font-weight: bold;">debidamente acreditados por el <a href="http://www3.inn.cl/portada/index.php" target="_blank">Instituto Nacional de Normalización (INN)</a></span>, entidad que deberá mantener un <span style="font-weight: bold;">Registro Especial de Organismos Certificadores.</span><br />
<br />
Estos <span style="font-weight: bold;">organismos certificadores de calidad</span> deberán resguardar la confidencialidad de los procesos productivos o secretos comerciales de los servicios que fiscalicen, a riesgo de ser eliminados del <span style="font-weight: bold;">Registro Nacional</span> en caso de no cumplirlo.<br style="font-weight: bold;" />
<br />
Si el prestador de servicio que decidió someterse a la certificación cumple con los requisitos establecidos, obtendrá de forma gratuita el <span style="font-weight: bold;">Sello de Calidad Turística de Sernatur</span>. Esto le dará al prestador de servicio derecho a ser parte de las estrategias promocionales públicas y a usar dicho sello en su material publicitario y promocional. <br />
<br />
Los criterios técnicos que deberán cumplirse serán elaborados y propuestos por el INN y posteriormente aprobados por decreto del <span style="font-weight: bold;">Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. </span><br />
<br />
Independiente de los procesos de certificación, que ya hemos visto son voluntarios en algunos casos, <span style="font-weight: bold;">la ley entrega facultades fiscalizadoras a Sernatur para que supervise el cumplimiento de las normas del nuevo sistema</span>, incluyendo visitas inspectivas a establecimientos o lugares donde se presten servicios turísticos. <br />
<br />
El nuevo sistema de certificación apunta a n<span style="font-weight: bold;">ivelar a Chile con los estándares internacionales</span>, de modo que la categoría “tres estrellas” que posea un determinado servicio hotelero en Chile se corresponda con el estándar universal sobre qué se entiende por hotel “tres estrellas”.</p>
</div>
<p> </p>