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Beneficiados celebran la nueva normativa

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Beneficiados celebran la nueva normativa

por José luis RiffoÚltima modificación 24/12/2008 12:49

Beneficiados celebran la nueva normativa

”Es la norma más importante dictada en los últimos años en materia de autonomía y fortalecimiento de las organizaciones de nuestra sociedad civil”. Con estas palabras se refirió Leonardo Moreno, director ejecutivo de la Fundación para la Superación de la Pobreza, a la aprobación en el Congreso de las modificaciones a la Ley de Donaciones Sociales.

A su juicio, las exenciones tributarias para empresas y personas naturales y la nueva forma de administrarlas, evitan que los recursos se concentren en las organizaciones más reconocidas a nivel público y permiten destinar más recursos a los más de 500 proyectos presentados al Fondo Mixto de Apoyo Social, especialmente por pequeñas organizaciones de regiones.

La directora ejecutiva de la Corporación La Esperanza, Ana Luisa Jouanne, matiza alguno de los alcances de la modificación introducida a la ley, señalando que “en relación a otras leyes con beneficios tributarios tiene cosas muy buenas y tiene cosas que a mi juicio, dejan un buen trabajo por hacer hacia delante”.

En su opinión, el punto a destacar es la posibilidad de que personas naturales hagan donaciones, detalle que no poseen otras leyes similares. “Toda persona que hace donaciones tiene derecho a descontar impuestos de primera y segunda categoría. Eso sí que es un avance y creo que es el mayor aporte de esta ley”.

Respecto a las deficiencias de la ley, Jouanne se refirió a la modalidad en que opera el Fondo Mixto de Ayuda Social, afirmando que “me parece bueno que exista, pensando en las instituciones más chicas que no tienen capacidad de llegar a empresas para obtener donaciones, pero a mi juicio, este Fondo podría ser perfectamente financiado con recursos del Estado como el Fondecyt para la ciencia y el Fondart para el arte”.

Asimismo, lamentó que se haya fijado un tope de 1.000 UTM para las donaciones, ya que “no obedece a ningún criterio de equidad respecto al resto de las leyes con beneficios tributarios”.

Por José Luis Riffo M. 




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