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Las leyes de excepción en favor de las zonas extremas de Chile


25 de septiembre 2008

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Los beneficios especiales para las zonas extremas de Chile tienen ya varias décadas. Sin embargo, la Constitución consagró sólo el 2005 la posibilidad de decretar estas leyes “de excepción” para las zonas alejadas o aisladas.

Las leyes especiales para zonas extremas buscan fortalecer el desarrollo de las regiones, provincias, comunas o ciertas actividades productivas a las que se aplican. Contemplan desde beneficios tributarios excepcionales hasta subsidios para instalar servicios requeridos por la ciudadanía.

Actualmente, están en vigencia leyes de excepción para zonas extremas en:

  • 4 regiones: Tarapacá, Arica y Parinacota, Aysén y Magallanes.
  • Provincias de Chiloé y Palena (de la Región de Los Lagos)
  • Comunas de  Tocopilla e Isla de Pascua

 

Cuando se dictaron estas leyes especiales fueron celebradas y valoradas por los sectores involucrados y favorecidos. Pero transcurrido el tiempo, también -en algunos casos- se ha generado cierta desazón entre algunos actores porque se considera los resultados como poco visibles.

Esto está relacionado, sobre todo, con las conclusiones negativas que arrojó un estudio del  Banco Interamericano de Desarrollo (BID), encargado por el Gobierno Regional de Magallanes, con financiamiento del Ministerio de Hacienda.

Esta consultoría reveló que los beneficios tributarios eran utilizados sin que redunden en una mayor y mejor mano de obra en dicha zona y acusó además la falta de exigencias ambientales para las empresas beneficiadas y vacíos legales respecto a una mejor fiscalización del uso de los fondos.

“Existen algunas (leyes de excepción) que a lo mejor no se justifican; otras que sí. Pero hoy debieran ordenarse para que los inversionistas tengan claro que en una provincia o región hay leyes de excepción, donde hay ventajas comparativas que pueden hacerla interesante para que ellos inviertan y concreten sus negocios en esa región”, reclama el senador por Magallanes, Pedro Muñoz (PS).

En este contexto, el Poder Ejecutivo ha buscado desde 2007 perfeccionar la legislación y sobre todo, prorrogar la vigencia de algunas leyes especiales con mejores condiciones.

Esto, en consideración a que varias de las leyes de excepción sólo tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.

En concreto, las autoridades apuntan a regionalizar los incentivos, mejorar la atracción de inversiones, potenciar el desarrollo de medianas y pequeñas empresas, además de lograr una mejor consideración de los aspectos laborales, ambientales, geopolíticos y de calidad de vida.

 

Los alcances de las leyes de excepción


Los beneficios para las zonas extremas de nuestro país consisten principalmente en ofrecer franquicias tributarias a las empresas privadas, mediante subsidios focalizados en áreas geográficas específicas.

Un comité interministerial fue el encargado de definir los lugares donde serían aplicables las leyes de excepción, describiendo las zonas extremas como territorios geográficamente aislados, con bajo nivel de accesibilidad y una población escasa y altamente dispersa, y donde además se puede observar una escasa presencia y baja cobertura de servicios públicos, lo que provoca una situación de desigualdad en relación al resto del país.

Para revertir esta realidad, las leyes de excepción se sustentan actualmente en el artículo 19 de la Constitución de la República, que en su número 22 sostiene que “se podrán autorizar determinados beneficios directos o indirectos a favor de algún sector, actividad o zona geográfica”.

Una situación que se condice además con la creación en la Cámara de Diputados de una Comisión de Zonas Extremas, que actualmente preside el diputado Claudio Alvarado (UDI) y que fue incluida dentro de las 22 comisiones permanentes de trabajo de dicha corporación.

"Esta comisión surgió hace dos periodos parlamentarios atrás con el único y exclusivo propósito de estudiar, analizar y evaluar de las diversas legislaciones de excepción para las zonas extremas del país y en ese sentido, permanentemente hemos estado concurriendo a terreno a entablar diálogos y conversaciones con las comunidades, y hemos obtenido una visión sumamente clara de cómo algunas leyes eran prácticamente una consulta de biblioteca más que una ley efectiva, por lo que de ahí surgieron modificaciones a dichas normas", comentó el parlamentario.

Si bien Alvarado reconoce que algunos de estos beneficios no han tenido los resultados esperados en algunas regiones, estima que es imperioso que sigan vigentes, aunque con algunas mejoras, ya que a su juicio "en zonas de condiciones geográficas aisladas, donde no hay fácil acceso a los mercados y las condiciones de vida son muy duras, para incentivar la instalación de empresas, el desarrollo industrial y la contratación de mano de obra, necesariamente tienen que existir estas leyes de excepción".

 

 


Algunas de las leyes de excepción más relevantes


Junto con el artículo 19 de la Constitución, que desde 2005 establece la posibilidad de autorizar por ley beneficios a algún sector, actividad o zona geográfica específica, son variadas las leyes de excepción que favorecen a las zonas extremas, algunas de las cuales incluso datan de hace más de tres o cuatro décadas.

  • Ley Navarino: Dictada el año 1985 (Ley 18.392), fijó un régimen preferencial aduanero y tributario para la Región de Magallanes y por un plazo de 25 años, favoreciendo el desarrollo de actividades industriales, mineras, de explotaciones del mar, transporte y turismo en comunas como Cabo de Hornos, Timaukel, Porvenir, Primavera y la costa sur del Estrecho de Magallanes.
  • Ley Austral: La vigencia de la franquicia especial de la Ley Navarino fue prorrogada a 50 años en 1999, a través de la publicación de la denominada Ley Austral. Esta normativa estipula también una serie de incentivos para el desarrollo económico de las regiones de Aysén y Magallanes, además de la provincia de Palena, en la Región de los Lagos.
  • Ley Arica 2: Es una de las más recientes leyes de excepción y se dictó el año 2000 para favorecer al extremo norte (formalmente es la Ley 19.669). La normativadicta nuevas medidas de desarrollo para las provincias de Arica y Parinacota.
  • La Ley 19.709, publicada un año más tarde, establece un régimen de zona franca industrial de insumos, partes y piezas para la minería en la comuna de Tocopilla, Región de Antofagasta.

 

Un caso aparte lo constituyen las franquicias tributarias dictadas para el territorio insular de Isla de Pascua. La Ley 16.441, que data de 1966, señala que los bienes situados en dicha zona y las rentas que provengan de ellos o de actividades desarrolladas en dicho territorio “estarán exentos de toda clase de impuestos o contribuciones, incluso la contribución territorial, y de los demás gravámenes que establezca la legislación actual o futura”.

Esta exención se hace extensiva además, a todos los actos o contratos que ejecuten o celebren en la isla personas con domicilio en el lugar y que tengan relación con actividades o bienes de la zona.

Una única diferencia la marcó la Ley 17.073 de 1968, que estipuló que “las rentas generadas en Isla de Pascua producto de contratos de honorarios celebrados en dicho territorio (…) se encuentran afectas al Impuesto Global Complementario”.

(Revisa aquí un listado con las leyes de excepción más relevantes)

 




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