Ley de acceso a la información pública |
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Ley de acceso a la información pública
por abustos
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Última modificación
07/01/2009 15:51
Ley de acceso a la información pública La Ley N° 20285, se publicó el 20 de Agosto de 2008 y que debe entrar en vigencia el 20 de abril de 2009, regula el principio de transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepciones a la publicidad de la información. Con esta ley los ministerios, servicios públicos, intendencias, gobernaciones, gobiernos regionales, municipalidades, Fuerzas Armadas, Congreso y Poder Judicial, deberán mantener en sus sitios web información actualizada sobre sus funciones, competencias y responsabilidades. Cualquier persona y a través de un procedimiento simple, podrá solicitar información que se defina como pública y que no tenga carácter de reservada según lo que define la misma normativa. También se crea un Consejo para la Transparencia que sanciona y fiscaliza la entrega de esta información. En su promulgación la Presidenta Michelle Bachelet indicó que esta ley "garantiza acceso a la información pública. Todos los ciudadanos podrán ejercer su derecho a solicitar y recibir cualquier información a los servicios públicos y a otros poderes del Estado. Y la autoridad estará obligada a responderles dentro de un plazo de 20 días hábiles, ya sea entregando la información solicitada o en forma excepcional, informándole que es una materia reservada que puede afectar el interés nacional, la vida privada de las personas o la seguridad nacional, entre otras causales legales". Para el senador y autor de esta iniciativa Jaime Gazmuri “en el área donde hay más atraso en materia de acceso a la información y de transparencia activa es en el campo municipal, donde en general hay mucha opacidad todavía. Son 345 municipios que al término de ocho meses van a estar obligados por ley a poner a disposición de toda la ciudadanía, un conjunto muy grande de información que hoy día no está a disposición de la gente”. En tanto para otro de sus autores, el senador Hernán Larraín, esta ley “está dentro de las más avanzadas del mundo en un aspecto que es tan fundamental para el desarrollo de las democracias. El libre acceso a la información pública y la transparencia de los actos del Estado es un elemento central para fortalecer las democracias modernas”. En el caso del Congreso Nacional se aplican sólo las reglas de transparencia activa , además de publicar la asistencia de los parlamentarios a las sesiones de sala y de comisiones, las votaciones, las elecciones concurridas, dieta parlamentaria y asignaciones percibidas. |
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