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Cómo se ha legislado en la región

por rherranzÚltima modificación 01/05/2009 00:58

Cómo se ha legislado en la región

Mientras en Chile el tema comienza recién a discutirse, otros países de la región ya han abordado el tema a nivel legislativo, desde distinta aristas.

 

En las provincias argentinas de Viedma y La Rioja está regulado el tema de la ludopatía, en esta última localidad se estableció a través de la Ley Nº 8.111 que el Ministerio de Salud Pública debe registrar la ludopatía como enfermedad y determinar su tratamiento, entendiéndola como “la adición patológica a los juegos electrónicos o de azar, es adicto al juego la persona que no tiene la capacidad de resistir el impulso de apostar perdiendo el control de sus actos”.

 

Por tanto, los establecimientos de salud deben contar con personal capacitado para atender esta patología y ofrecer tratamiento integral, y el Ministerio debe verificar el cumplimiento de esta ley, diseñar programas de prevención, habilitar una línea telefónica de acceso gratuito para consultas y llevar un control estadístico, entre otras responsabilidades

 

Así como pretende el proyecto de ley chileno, esta ley argentina tiene normado desde 2007 que casinos, máquinas tragamonedas, juegos electrónicos, agencias hípicas, agencias oficiales de lotería nacional e hipódromo deben colocar un letrero claramente visible de advertencia acerca de la ludopatía cuyo texto tenga la leyenda "Jugar compulsivamente es perjudicial para la salud. Ley Nº 8111". Además se creó un Fondo Especial para el financiamiento de un Programa de Prevención y Lucha contra la Ludopatía.

 

En el caso de Perú, existe desde julio de 2002 la Ley 27.796 -que modificó la Ley Nº 27.153 que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas- estableciendo la creación de la Comisión Nacional de Prevención y Rehabilitación de Personas Adictas a los Juegos de Azar, cuyas funciones son:

 
  • Elaborar y ejecutar campañas publicitarias de sensibilización, respecto de los efectos nocivos que puede producir el exceso del juego.
  • Acopiar y difundir estadísticas respecto del número de jugadores.
  • Desarrollar el Programa Nacional para la Prevención de la Ludopatía.
  • Recomendar al Ministerio de Educación el desarrollo curricular de los riegos de los juegos de azar y de esta enfermedad.
  • Coordinar ante los centros hospitalarios la rehabilitación de las personas afectadas.
 
 

Otra normativa peruana en relación a casinos impide a éstos estar ubicados a menos de 150 metros de iglesias, centros de educacionales, cuarteles, comisarías y centros hospitalarios.

 

Uruguay, por su parte, estudia un proyecto de ley presentado en abril de 2008 que pretende declarar como interés nacional la lucha contra la ludopatía, estableciendo además que los establecimientos dedicados a juegos de azar deberán exhibir un cartel visible, con la advertencia a los jugadores de los daños relacionados a este desorden.

 




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