por rherranz
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Última modificación
05/02/2010 11:45
Delitos contra la propiedad intelectual
<p style="text-align: justify;">Éste fue el tercer eje de acción de la nueva ley, <span style="font-weight: bold;">configurando nuevos delitos y penas más duras en función del perjuicio causado</span>, las que van desde <span style="font-weight: bold;">reclusión menor en su grado mínimo a máximo, o bien multas que van entre las 5 y las 1.000 unidades tributarias mensuales (UTM). </span><br />
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<span style="font-weight: bold;">Específicamente respecto a la piratería, el veto presidencial endureció las penas</span> para aquellos que, sorprendidos en posesión para comercializar, comercializando o alquilando directamente al público copias de obras, de interpretaciones o de fonogramas, cualquiera sea su soporte, reproducidos en contravención a las disposiciones legales, <span style="font-weight: bold;">además formen parte de una agrupación o reunión de personas para cometer dichos delitos, sin incurrir en los delitos de asociación ilícita.</span><br />
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El <span style="font-weight: bold;">endurecimiento de las penas</span> es un aspecto de la ley que a juicio de <span style="font-weight: bold;">Juan Antonio Durán</span>, Director de la <a href="http://www.scd.cl/" target="_blank">Sociedad Chilena del Derecho de Autor (SCD)</a>, no es lo más significativo: “<span style="font-weight: bold;">Lo que hace es simplemente incorporar algunos aspectos relacionados con adecuar nuestra legislación al Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, aumentando las penas de piratería</span>. Hace 6 años esto sonaba como muy razonable, cuando en cada esquina había alguien vendiendo películas y discos, pero hoy suena un poco anacrónico”, señaló para una <a href="http://www.expansivaudp.cl/biblioteca/especiales/?idespecial=20091228172255" target="_blank">investigación desarrollada por Expansiva UDP</a> a fines de diciembre de 2009.</p>