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La estructura de la nueva ley

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La estructura de la nueva ley

por rherranzÚltima modificación 06/02/2009 11:21

La estructura de la nueva ley

La nueva ley consta de 11 artículos permanentes y 10 transitorios. El artículo 1° instaura una Ley Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros nueva, compuesta por 25 artículos agrupados en tres títulos. El artículo 2°, compuesto por 50 numerales, contiene modificaciones al Código Tributario.

 

El artículo 3° modifica la Ordenanza de Aduanas, su numeral 5 reemplaza el Título VI del Libro II, para fijar competencia en asuntos aduaneros de los tribunales tributarios y aduaneros, los procedimientos y los recursos.

 

Los artículos 4°, 5° y 6° introducen modificaciones a la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, en la ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas y en el Código Orgánico de Tribunales respectivamente.

 

El artículo 7° modifica la ley N° 18.120, sobre comparecencia en juicio, de manera que se deberá asistir al tribunal con patrocinio de un abogado.

 

El artículo 8° dispone que los reclamos que se interponían ante los Directores Regionales y Administradores de Aduana serán en adelante de competencia de los Tribunales Tributarios y Aduaneros.

 

El artículo 9° crea cargos en las plantas de las Cortes de Apelaciones en Santiago, San Miguel, Valparaíso y Concepción.

 

El artículo 10° hace una interpretación de los artículos 21, 22 y 27 del Código Tributario y el artículo 11° estipula que el mayor gasto fiscal causado por esta ley se financiará con los recursos que se contemplen en las partidas presupuestarias correspondientes. 

 

Esta nueva ley modifica o se relaciona con las siguientes normas:

 
  1. El Código Tributario, contenido en el decreto ley N° 830 de 1974
  2. El decreto con fuerza de ley N° 30 del Ministerio de Hacienda de 2005, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ordenanza de Aduanas
  3. La Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, del Ministerio de Hacienda de 1980. La Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, contenida en el decreto con fuerza de ley N° 329, del Ministerio de Hacienda de 1979.
  4. El Código Orgánico de Tribunales y la ley N° 18.120, sobre comparecencia en juicio.
  5. El Servicio de Impuestos Internos (SII) litigará desde ahora como contraparte en las causas tributarias, contra el contribuyente, rol que hasta ahora cumplía el Consejo de Defensa del Estado. Por lo tanto, el contribuyente que litigue en materias tributarias tendrá que considerar que tendrá un contradictor muy especializado en la materia.




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