por rherranz
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Última modificación
06/07/2009 10:07
Cronología de la polémica
Corría marzo de 2001 cuando el Instituto de Salud Pública (ISP) aprueba el Postinal para su comercialización en farmacias, lo que provocó la reacción de la Corte Suprema en agosto del mismo año, que falla como ilegal esta aprobación. A la luz de la Constitución, el Código Penal y el Código Sanitario, “el efecto del medicamento era un aborto, prohibido y penalizado por esas normas”, rezaba el fallo.
Ante este impedimento, el Gobierno responde a través del registro del Postinor 2, compuesto de similares características al anterior (levonorgestrel de 0,75mg) pero elaborado por otro laboratorio- desatando la polémica entre el Minsal y grupos pro vida.
Mientras la Corte Suprema analizaba si su fallo preliminar afectaría sólo al Postinal o bien a todos los productos que contuvieran el principio activo cuestionado, el Postinor 2 siguió disponible para su venta. En noviembre de 2005, la Corte Suprema decidió en fallo unánime que el ISP no había incurrido en ilegalidad registrando este segundo producto.
Pero el Gobierno se había preparado anteriormente en caso de un escenario judicial adverso, y aquí comienza el camino de la píldora por dos vías paralelas: la distribución gratuita en consultorios y la venta en farmacias. Como mirada de fondo, esto significa ver la píldora del día después como parte de la política pública de salud de Chile o como un medicamento más en farmacias.
Respecto a la disponibilidad en farmacias, en marzo de 2004 se firmó el Decreto 264 del Ministerio de Salud, que aprueba el "Reglamento Del Formulario Nacional De Medicamentos", obligando en su artículo 4 a que “los medicamentos que integran la nómina del Formulario deben estar disponibles en el país para toda la población que lo requiera y corresponderá a la autoridad sanitaria arbitrar los mecanismos que permitan la disponibilidad de aquellos que no se encuentren comercializados en el país, en casos excepcionales y para usos medicinales urgentes”.
Como complemento, y recién asumida la Presidencia de la República, el 10 de marzo de 2006 Michelle Bachelet firma el Decreto 194, que aprueba el Formulario Nacional de Medicamentos e incluye el levonorgestrel comprimido de 0,03 y 0,75 mg en el grupo correspondiente a las “Hormonas y Otros Medicamentos Endocrinos y Anticonceptivos”. Este decreto, en conjunto al anterior de 2004, obligaba a las farmacias a tener el mencionado fármaco en stock.
Paralelamente continuaba la ofensiva en el ámbito de la política pública. En abril de 2004, el Ministerio de Salud planteaba la necesidad de que el fármaco se distribuyera gratuitamente en consultorios públicos, exclusivamente para casos de mujeres violadas sexualmente, pero fue en septiembre de 2006 cuando se dictaron las “Normas Nacionales sobre regulación de la Fertilidad”, que autorizaba a consultorios y hospitales a entregar la píldora de manera gratuita no sólo a mujeres violadas, sino a toda aquella mujer mayor de 14 años que la requiriera, sin necesidad de tener el consentimiento de sus padres. La reacción de los sectores de la sociedad contrarios a esta mirada no se hizo esperar.
En este escenario adquirieron una relevancia clave los alcaldes, pues serían ellos, a través de los consultorios municipales, los encargados de la distribución gratuita de la píldora del día después. Varios ediles de la UDI se negaron a acatar la normativa del Ministerio de Salud, esgrimiendo incluso que la mentada píldora podría tener efectos cancerígenos.
Mientras esto ocurría en el ámbito público, en el plano del mercado las farmacias también hicieron noticia: Salcobrand, Farmacias Ahumada y Cruz Verde fueron multadas en 2007 por negarse a vender el fármaco, lo que llevó a los diputados PPD Marco Antonio Núñez (hoy presidente de la Comisión de Salud de la Cámara Baja) y Antonio Leal a denunciar que se trataba de un boicot a las políticas de salud pública por parte de estas cadenas, que según los congresistas, sí se permitían vender el producto en otros países, incluso sin receta, por lo que su negativa a comercializarla en Chile respondía a una “campaña ideológica”.
La posición de condena a la decisión de las farmacias no era unánime en el Congreso. En octubre de 2007 un grupo de diputados de la Alianza y la DC ingresaron un proyecto de ley que buscaría defender "la libertad de conciencia" e "incorporar al Código Sanitario este principio para ser invocado por ciertos profesionales para eximirse de la obligación de vender un determinado producto que pueda perjudicar la vida o la salud humana."
En el 2009, la discusión que se viene en el Congreso estará marcada inevitablemente por estos dos frentes de acción planteados por el Gobierno, que configuraron un escenario en el que se prohíbe repartir gratuitamente la píldora, pero se permite la venta en farmacias.