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Las comisiones: el lugar del trabajo legislativo


07 de agosto 2009

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Por Andrea Bustos B.

Una de las funciones del Congreso y de los parlamentarios es legislar, representar y fiscalizar, para lograrlo tanto los senadores como los diputados crean y aprueban las leyes que rigen para todos los ciudadanos de Chile.

Para cumplir con este objetivo estudian los proyectos de leyes que provienen de sus pares o del Ejecutivo, específicamente del o la Presidenta de la República, luego del estudio que se realiza dentro de las comisiones ya sea de la Cámara de Diputados y del Senado, las iniciativas son discutidas y finalmente votadas durante una sesión de sala en el hemiciclo.

La comisión es un organismo colegiado compuesto por un número determinado de diputados o senadores, cuya función primordial es el estudio especializado de proyectos de ley y materias que, por disposición de los reglamentos internos, son sometidas a su conocimiento. (Ver reglamento de la Cámara de Diputados y del Senado)

La mayor parte del trabajo legislativo se realiza en las comisiones, las cuales desarrollan su actividad en base a sesiones en que participan los respectivos parlamentarios miembros de ellas.

Cada rama del Congreso tiene el número de comisiones que sus respectivos reglamentos establecen, cada una de ellas tiene un presidente y está sujeta a días y horas de funcionamiento.

En el caso de la Cámara de Diputados se realizan tres sesiones de tres horas en la semana aproximadamente, en los días y horas fijados al comienzo de cada legislatura.

Para que las comisiones se constituyan deben tener un mínimo de parlamentarios, con el fin de adoptar acuerdos válidos que obligan al resto de los integrantes, sus sesiones son privadas (sin acceso al público). Sin embargo puede haber invitados a exponer antecedentes que enriquezcan el debate para la toma de mejores decisiones a la hora de legislar.

En la Cámara son cuatro tipos de modalidades de comisión:

a) Permanentes: Son 19 y corresponde a cada rama sectorial de los ministerios de gobierno. Por ejemplo un proyecto de ley emanado del ministerio de Salud va a la Comisión de Salud.

b) Unidas: Tienen por objeto analizar proyectos que inciden en más de un sector o área.

c) Especiales: Se dedican al conocimiento de un problema que los parlamentarios han acordado tratar, con el fin conocer de un estudio e informe legislativo específica o se recopilen antecedentes de una materia determinada.

d) Mixtas: Están integradas por igual número de diputados y senadores, y presididas por un senador. Por ejemplo la Comisión Mixta Especial de Presupuesto, la cual se constituye cada año para informar el proyecto de ley del tema que se somete al Congreso Nacional.

Las  Comisiones Investigadoras corresponden a la potestad fiscalizadora de la Cámara de Diputados y cumplen una función de investigación y acumulación de antecedentes e información, para someter sus conclusiones a la sala o pleno de la Cámara.

Son organismos colegiados creados por acuerdo de la Cámara de Diputados en ejercicio de sus facultades fiscalizadoras, y con la competencia que le fije la Corporación, según lo previene el artículo 297 del Reglamento. (Ver todas las comisiones investigadoras existentes a la fecha)

Las Comisiones Permanentes están reguladas por los Artículos 213 y siguientes del Reglamento de la Cámara de Diputados, en total son 19 y están compuestas por 13 miembros cada una elegidos por los propios parlamentarios para dirigir la Corporación.

A diferencia en el Senado, las comisiones están compuestas por cinco miembros y cada senador debe pertenecer, a lo menos, a una comisión. Los miembros serán elegidos por el Senado a propuesta del Presidente y durarán en sus cargos todo el período legislativo.

Las comisiones permanentes analizan proyectos relacionados a ciertas materias como gobierno, educación, economía, salud, estas iniciativas pueden tener su origen en una moción (creada por uno o varios parlamentarios) o en un mensaje (creado por el Presidente de la República), los cuales en ciertos casos, si quiere acelerar el proceso de formación de la ley- tienen urgencia.

A continuación se entregarán todos los proyectos de ley que tienen a la fecha suma y simple urgencia y que se encuentran en las respectivas comisiones permanentes de la Cámara de Diputados :

  • Simple urgencia: La discusión y votación del proyecto en la Cámara requerida debe terminar en el plazo de 30 días.
  • Suma urgencia: El plazo es de 10 días para tramitación.

 

Comisión de gobierno interior y regionalización


En la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización de la Cámara de Diputados dentro de los proyectos que están en estudio,  se encuentra en suma urgencia, el proyecto enviado por el Ejecutivo que protege a los refugiados.

La normativa define la calidad de refugiado y deja en manos del Ministerio del Interior la facultad de otorgar, rechazar, cesar, cancelar y revocar la condición de refugiado. Además de la creación de una Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado.

Otras dos iniciativas en simple urgencia se refieren a la regulación de sondeos y encuestas políticas, además de la restricción en materia de difusión.

El primero modifica la Ley N°18.700 (Ley de votaciones populares y escrutinios) incorporando un nuevo artículo que señala que la difusión de estudios y encuestas o sondeos de opinión pública, a través de prensa escrita, radios, medios de comunicación electrónicos y canales de televisión, referidas a un acto eleccionario o plebiscitario, y especialmente a las candidaturas y partidos políticos que en ellos participen deberá indicar la persona natural o jurídica que la realizó, la fuente de su financiamiento, el tipo de muestra, el tema, las preguntas formuladas etc. Además de garantizar el acceso a la totalidad del estudio, encuesta o sondeo al público.

También en este proyecto se modifica el artículo 124 de la ley, proponiendo esta redacción: "El Director responsable de un órgano de prensa, radioemisora o canal de televisión a través del cual se infringiere lo dispuesto en los artículos 30 , 31 y 31 ter, será sancionado con multa a beneficio municipal de veinte a cien unidades tributarias mensuales. Igual sanción se aplicará a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión."

El segundo proyecto relacionado también a este tema y con simple urgencia en esta Comisión, es el que agrega un nuevo inciso al artículo 30 de la Ley 18. 700 y propone que  durante los siete días previos a la jornada electoral, en la fecha de la elección y hasta las veinte horas de ese día, queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.

Estas dos iniciativas son patrocinadas por los diputados Pedro ArayaEduardo Díaz, Alvaro Escobar, Jaime Mulet, Carlos Olivares, Esteban Valenzuela, y la diputadaAlejandra Sepúlveda.

Por último en simple urgencia también está el proyecto que pretende regular la forma en que se participa en la toma de decisiones públicas y se estructura en torno al principio de la transparencia de la información respecto de quienes, en qué forma y por qué motivos se efectúan los contactos entre los gestores de intereses y los agentes públicos.

En general define cuáles son las actividades de gestión de intereses, crea un registro donde los agentes dedicados al lobby deben inscribirse, se exige que los contactos entre gestores de intereses y autoridades públicas sean informados, tanto respecto a que autoridad fue contactada como al tipo de intereses que son representados”.

Además otorga una definición de lobby como "una gestión o actividad que tiene por objeto promover, defender o representar cualquier interés individual, respecto de las decisiones que en el ejercicio de sus funciones, deban adoptar las autoridades, miembros, funcionarios o servidores de los órganos de la Administración del Estado o del Congreso Nacional, hasta el nivel que determine el reglamento".


Modernización del Ministerio de RR.EE


En la Comisión de RR.EE., Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana de la Cámara existe un solo proyecto en simple urgencia, que es el que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; establece cambios estructurales a la organización y gestión de la Cancillería, además del fortalecimiento y profesionalización de la carrera diplomática.

En cuanto a lo anterior se establece un concurso a la mitad de la carrera diplomática siguiendo la norma general de los servicios exteriores más profesionales y establece un escalafón de complemento temporal que facilite la salida de funcionarios y aumente su movilidad en el servicio exterior.

El proyecto contempla la creación de la Subsecretaría de Comercio Exterior, en que la actual Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) se transforma en un organismo con rango de Subsecretaría y se acuerda que el Ministerio de Hacienda conservará los mecanismos que garanticen su participación en la negociación de los tratados, negociaciones o acuerdos en materia de comercio internacional.

La iniciativa aumenta el número de delegados regionales y de agregados económicos procedentes de la DIRECON, serán 10 plazas para estos últimos y se destinarán a países con mercados emergentes. Además modifica la  Agencia de Cooperación Internacional aumentando los miembros de la Cancillería en su directorio.


Comisión de Constitución, Legislación y Justicia


En la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados se encuentra suma urgencia el proyecto que modifica el artículo 59 de la Constitución Política de la República y lo reemplaza por el siguiente: "Las elecciones de diputados y de senadores se efectuarán conjuntamente. Los senadores podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo sólo por una vez; los diputados, en cambio; podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo por dos períodos."

En la moción se argumenta que "la reelección indefinida de quienes desempeñan distintos cargos en el aparato del Estado representa, en nuestra opinión, un grave riesgo para nuestro sistema democrático, fomentando el clientelismo político, la falta de renovación y de acceso de nuevas personas al servicio público. Creemos que una democracia moderna debe permitir que exista una efectiva alternancia en el poder, facilitando la renovación de ideas y de personas, en beneficio de un régimen político que debe estar cada vez más cerca de la gente y al servicio de sus necesidades" 

Este proyecto fue presentado en octubre de 2007 por los diputados Jorge Burgos, Alberto Cardemil, Guillermo Ceroni, Edmundo Eluchans y el fallecido presidente de la Cámara de Diputados Juan Bustos.

Uno de los proyectos en suma urgencia en esta comisión es el que adecua la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios a la reforma constitucional que modificó la fecha de elección  de Presidente de la República para un día domingo. Esta  moción es  de los  senadores Andrés  Chadwick, Soledad Alvear, Alberto Espina, José Antonio Gómez.

Otra iniciativa pero en simple urgencia es la que introduce modificaciones a la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada y a la Ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública, dentro de las propuestas están:

  • Consagrar explícitamente el derecho de las personas a controlar sus datos.
  • Considerar como legitimados activos del derecho de acceso y titulares del habeas data tanto a las personas naturales como a las jurídicas. (Habeas data: acción constitucional o legal que tiene una persona que figura en un registro o banco de datos, de acceder a ese registro y conocer la información que existe de ella y de solicitar su corrección si le perjudica).

    En simple urgencia está también el proyecto que moderniza Gendarmería de Chile, incrementando su personal y readecuando las normas de su carrera funcionaria.

La iniciativa busca aumentar las oportunidades de desarrollo de carrera para el personal de esta institución y que esto contribuya a la promoción de los gendarmes, incorporando la aprobación de cursos habilitantes para ascender en determinados grados de la carrera.

Además de la delegación de facultades en el Presidente de la República para fijar cada una de las plantas de personal de los Oficiales y Vigilantes Penitenciarios, pudiendo establecer los requisitos de ingreso y promoción, determinar los grados y niveles de la Escala Unica de Sueldos, establecer respecto de los nuevos grados que se fijen los montos necesarios para las asignaciones de turno y de nivelación penitenciarias; incrementar en las plantas de Oficiales y Vigilantes Penitenciarios a un total de 6.182 cargos, entre otras modificaciones.

También con simple urgencia está la iniciativa sobre inscripción de inmuebles en nuevos Conservadores de Bienes raíces, el cual busca “establecer normas específicas, con efecto retroactivo, respecto de situaciones que se producen al crearse un nuevo Conservador de Bienes Raíces, y sean necesarias nuevas inscripciones”.

Así se pretende terminar con situaciones en que, al crearse una nueva jurisdicción de un Conservador de Bienes Raíces, se obligue a titulares de bienes raíces que se encuentran inscritos en el registro de otro Conservador de Bienes Raíces a realizar una nueva inscripción, debiendo cancelarse nuevamente por ésta. Agrega que será de cargo del nuevo Conservador de Bienes Raíces realizar las inscripciones de los inmuebles que se encuentran inscritos en otro Conservador de Bienes Raíces.

En esta comisión se encuentra en simple urgencia el proyecto que aborda temáticas de  orden público y modifica al Código Penal, a la Ley sobre Seguridad del Estado, y a la Ley sobre violencia en los estadios.

La iniciativa propone declarar que el Intendente de la Región Metropolitana ejerza en la Provincia de Santiago, las atribuciones propias del gobernador y así “se superaría la carencia de facultades en materia de fuerza pública frente a la ocupación de bienes fiscales”.

El proyecto manifiesta la necesidad de contar con un instrumento que proteja el patrimonio público o privado que sea afectado por vandalismo debido a una manifestación pública y establece que los organizadores de estos encuentros serán los responsables del orden de ellos y de  adoptar las medidas para el adecuado desarrollo. 

En caso de daños a la propiedad pública o privada, los organizadores deberán responder solidariamente de los daños, a menos que hayan puesto todos los medios razonables a su para evitarlos.

También incorpora un nuevo artículo a la Ley de violencia en los estadios (Ley Nº19.327), que obliga a los organizadores de los campeonatos de fútbol profesional a establecer, en las bases y reglamentos de los campeonatos, un sistema de pérdida de puntaje para los equipos que actúen como local, cuando en un partido se cometa algún delito.

 


Comisión de Educación Deportes y Recreación


En la Comisión de Educación, Deportes y Recreación se encuentra en suma urgencia el proyecto establece la creación de una Superintendencia de Educación, como un servicio público funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionará con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación.

El proyecto dispone que el domicilio de la Superintendencia será Santiago, sin perjuicio de las Direcciones Regionales que existirán en cada región. Al respecto, se faculta al Presidente de la República para que establezca estas direcciones regionales, definiendo potestades, funciones y  ámbito geográfico que abarcará cada una de ellas.

Su objeto será la evaluación y fiscalización de sostenedores y establecimientos educacionales reconocidos por el Estado en los niveles parvulario, básico y medio, a fin que cumplan con los estándares establecidos para el sistema educativo.

La Superintendencia proporcionará información en el ámbito de su competencia, a los miembros de la comunidad educativa y otros usuarios e interesados, y atenderá los reclamos y denuncias de éstos, estableciendo las sanciones que en cada caso corresponda, a través de sus atribuciones normativas, fiscalizadoras, sancionatorias, de asesoría y coordinación, de información y de atención de usuarios y mediación.

El otro proyecto en suma urgencia por el Ejecutivo es el que establecen diversos principios especiales de la Educación Pública los de laicismo y libertad de conciencia; pluralismo; gratuidad; respeto a la diversidad cultural; compromiso con la democracia y la cultura cívica; transparencia; integración e inclusión; y, calidad.

Además se establecen deberes para los sostenedores públicos, entre los que se cuentan: velar por la erradicación de cualquier forma de discriminación arbitraria en sus establecimientos; contribuir al desarrollo educativo local, a la valoración de las identidades específicas y al reconocimiento de las particularidades de los territorios que atienden; prestar una educación gratuita; cumplir con los estándares de calidad; y, propender a la inclusión de la población escolar en sus establecimientos.

El proyecto especifica que los sostenedores públicos no podrán seleccionar a sus postulantes, salvo cuando existan más de éstos que matrículas disponibles o, excepcionalmente en enseñanza media, en el caso de establecimientos de educación pública reconocidos por su excelencia, en los cuales se podrá seleccionar, por medio de procesos transparentes, únicamente sobre la base del rendimiento académico de los postulantes.


Comisión de Defensa Nacional y el control de armas


El único proyecto en simple urgencia en esta Comisión y que pertenece al Ejecutivo es el que modifica la Ley N° 17.798, sobre control de armas, y dentro de ellas:

- Se incorpora a las máquinas recargadoras de cartuchos de caza y proyectil único como elemento sometido a control, disponiendo legalmente su registro.

  • Se faculta a Carabineros para fiscalizar las armas de fuego y a incautar las armas que estén en manos de personas que no las tengan inscritas a su nombre.
  • Se establece la obligación de los poseedores o tenedores de armas de fuego de acreditar anualmente ante la autoridad fiscalizadora, que el arma inscrita se encuentra en su poder y la obligación de registrar en una base de datos todas las armas de fuego.
  • Se reduce de dos años a un año el período de autorización de porte de armas para las personas inscritas como deportistas.
  • Se consagra legalmente la obligación de solicitar autorización previa a la Dirección General de Movilización Nacional,  DGMN para la venta, cesión o transferencia de un arma de fuego.
  • Se elimina la posibilidad de autorizar, en casos calificados, a personas condenadas por delitos que no merezcan pena aflictiva, para inscribir un arma.
  • Se agregan como requisitos nuevos para inscribir un arma, el no encontrarse sujeto a medida cautelar personal que le impida la tenencia, posesión o porte de armas, y el no haberse cancelado a su respecto alguna inscripción de armas de fuego en los cinco años anteriores a la solicitud.
  • Se modifica el artículo 155 del Código Procesal Penal, incorporando la medida cautelar de prohibición de tenencia, posesión o porte de armas de fuego.
  • Se establece que a petición del Ministerio Público o de las autoridades contraloras, el juez de garantía podrá ordenar que las armas que se encuentren inscritas a nombre del denunciado o querellado en procesos relacionados con la Ley Nº 19.325, sobre Violencia Intrafamiliar, sean incautadas por la policía y depositadas en los Arsenales de Guerra hasta el término del respectivo procedimiento.
  • Se trasladan a la ley las normas básicas sobre adquisición y posesión de municiones, regulándose en forma más estricta la adquisición de municiones en clubes de tiro.
  • Se reduce de dos a una el número de armas que puede inscribir a su nombre una persona. No obstante, las autorizaciones fundadas que se otorguen.
  • Se eleva el piso de la pena aplicable a la tenencia ilegal de armas (actualmente va de 541 días a 10 años y pasa a tener un mínimo de 3 años y un día).
  • Se castiga con multa de 8 a 100 UTM a quienes no cumplan con la obligación de acreditar que tiene el arma en su poder o de comunicar su cambio de domicilio.
  • Se eleva la pena aplicable a los comerciantes ilegales de armas, que actualmente va de 541 días a 10 años y pasa a tener un mínimo de 3 años y un día.
  • Se eleva la pena aplicable al porte ilegal de armas (actualmente va de 541 días a 10 años y pasa ser de 3 años y un día a 15 años), y se sanciona el abandono de municiones con multa de ocho a cien UTM.
  • Se autoriza a que las policías, hasta los oficiales jefe en el caso de Carabineros de Chile y de Prefectos, en el caso de la Policía de Investigaciones, tengan acceso directo e integral a las bases de dato de la DGMN.
  • Se dispone que en los casos en que se declare la cancelación de una inscripción, y mientras no se practique una nueva a nombre de persona autorizada para poseer armas de fuego, el tribunal deberá retener las armas respectivas, enviándolas a la autoridad fiscalizadora para que ésta las deje en depósito en los Arsenales de Guerra.
  • Se establece que las armas retenidas, que no hubieren sido legalmente inscritas a nombre de persona autorizada para tenerlas o poseerlas dentro de los seis meses siguientes a la cancelación de la autorización original, pasarán al dominio fiscal, y serán destruidas.

Salud y Seguridad Pública


En la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas se encuentra en suma urgencia el proyecto que crea el Ministerio de Seguridad Pública, el Servicio Nacional para la Prevención del Consumo y Tráfico de Drogas, y modifica diversos cuerpos legales.

El proyecto de ley define el nuevo Ministerio de Seguridad Pública y radica en él la dependencia de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, y el diseño, coordinación y ejecución de las políticas públicas en materia de seguridad pública, como en la legitimación activa que se le atribuye como coadyuvante en la persecución penal de determinados ilícitos considerados de especial gravedad y connotación social.

La iniciativa regula la organización interna de la nueva secretaría de Estado, la que contará, además del ministro, con dos subsecretarías; una de Seguridad Pública y otra de Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

Crea además un Consejo de Seguridad Pública que coordinará los ministerios, servicios y organismos públicos relacionados, asesorará al Ministro de Seguridad Pública en la elaboración de la política nacional de seguridad pública, y velará por su correcta, oportuna y eficaz aplicación al interior de los diferentes organismos de la Administración del Estado.

“La creación del Ministerio de Seguridad Pública requiere, como natural complemento, la institucionalización de una agencia gubernamental especializada en materia de prevención del consumo y del tráfico de drogas”, el proyecto de ley propone la conversión del Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes, CONACE, de un programa presupuestario inserto dentro del Ministerio del Interior, en un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Seguridad Pública, y se establecen sus competencias generales.

En tanto en la Comisión de Salud de la Cámara existe el proyecto propuesto por los senadores Guido Guirardi, Carlos Kuschel, Carlos Ominami, Mariano Ruiz-Esquide y la senadora Evelyn Matthei, y que se encuentra en simple urgencia en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, trata acerca de la composición nutricional de los alimentos y su publicidad.

La moción señala que los que expendan o comercialicen alimentos de consumo humano deberán fomentar un consumo racional y saludable, informar veraz e íntegramente sobre la composición de sus productos y de los perjuicios que causen a los consumidores.

Los fabricantes, distribuidores e importadores de alimentos deberán declarar y rotular el contenido de nutrientes indicadores de calidad de dieta definidos en el envase. Además de no adicionar a los alimentos ingredientes o aditivos innecesarios de acuerdo a la naturaleza propia del alimento.

Los establecimientos educacionales del país deberán incluir en sus programas de estudios en todos sus niveles, hábitos de alimentación saludable y los efectos nocivos de una dieta excesiva en grasas, azúcares y/o sodio.

Los alimentos o comida preparada en los colegios que presenten altos contenidos de nutrientes y sean excesivos no podrán expenderse, ni comercializarse dentro de ellos, ni a menos de 100 metros de distancia.

Además este tipo de comidas “no podrán ser ofrecidos o publicitados a menores de edad, ni incluir a dichos menores en su oferta publicitaria ni a adultos que representen alto grado de admiración, popularidad o conocimiento entre el público infantil. Su publicidad sólo podrá hacerse, en medios masivos, en horario nocturno”, explica el proyecto.

Las personas que produzcan, expendan o comercialicen algún alimento que genere daño a la salud de las personas por el sólo hecho de su consumo, será sancionado con la pena de multa de 50 a 5000 UTM.


Radios comunitarias, TVN y Consejo de TV


Este proyecto de ley en suma urgencia que se encuentra en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara y crea los servicios de radiodifusión comunitaria ciudadana, pretende entregar un estatuto jurídico especial para las radios comunitarias, para lo cual crea un servicio radiodifusión comunitaria ciudadana con el fin de potenciar este medio de comunicación como un vehículo que pueda ser efectivamente utilizado por las organizaciones de la sociedad civil.

Para lograr esta potenciación se requiere según se explica en la iniciativa:

  • Operar en un perímetro de acción más amplio, al menos todo el territorio comunal o regional.
  • Permitir que sean titulares de la nueva concesión – previo concurso- las organizaciones de la sociedad civil, por ejemplo sindicatos, las junta de vecinos, las organizaciones deportiva, entre otras.
  • Encomendar a la Subsecretaria de Telecomunicaciones regular y garantizar el acceso equitativo de todos los actores sociales y la optimización del uso del espectro radioeléctrico.
  • Definir para este servicio de radiodifusión, una potencia radiada máxima de 25 watts y un plazo de concesión de 15 años.
  • Tener la posibilidad de difundir menciones comercialespara financiar las necesidades propias de la radiodifusión hacia la comunidad.

    Otro proyecto en esta comisión y que está en simple urgencia es el que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con el objeto de establecer la necesidad de autorización municipal para la instalación de antenas de servicios de telecomunicaciones.

Además pretende regular sobre el impacto el impacto urbanístico del emplazamiento de las antenas, las normas sobre emisiones electromagnéticas de las antenas y propone otorgar a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, la potestad para declare a una determinada zona geográfica como saturada de sistemas radiantes de telecomunicaciones.

En la Comisión de Ciencias y Tecnología se encuentran dos proyectos en simple urgencia, el primero es el proyecto cuyo objetivo es adaptar la Ley Nº 18.838, que crea el Consejo Nacional de Televisión y regula la actividad televisiva en general, a fin de permitir la introducción de la televisión digital terrestre y aprovechar al máximo las posibilidades que de ello se pueden derivar para el país.

La iniciativa propone:

  •  Actualización del régimen de concesiones.
  • Desarrollo de televisión regional, local y comunitaria, así como una televisión de alcance nacional y con un contenido de tipo cultural.
  • Fortalecimiento de los programas de subsidio para la introducción de televisión digital.
  • Definición de los períodos de transición y digitalización.
  • Transición para los actuales concesionarios.
  • Protección de la infancia.
  • Campañas públicas.

    El segundo proyecto modifica la Ley Nº 19.132, de Televisión Nacional de Chile, amplia el giro de la empresa para permitirle participar en la adopción de la televisión digital y actividades vinculadas a la producción y transmisión de programas de televisión.

    También fija las tareas que debe cumplir la empresa en fomento del pluralismo y la cultura, la promoción de los derechos fundamentales, la promoción de los pueblos originarios, la integración del país, y el desarrollo de la industria audiovisual, entre otras, para lo cual pide el fortalecimiento del directorio.


Trabajo y Agricultura


En la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara existe un solo proyecto en simple urgencia, el que establece derechos de los trabajadores frente a la quiebra de la empresa, de los diputados Sergio Aguiló, Tucapel Jiménez, Antonio, Leal, Carlos Olivares y las diputadas Isabel Allende, Adriana MuñozCarolina Goic.

Este perfecciona la garantía de los derechos de los trabajadores frente a la quiebra de sus empleadores y propone que frente a la declaración de quiebra las empresas no despidan a sus trabajadores utilizando la causal de "caso fortuito o fuerza mayor", la cual no da derecho a indemnización, por lo que procedería aplicar la causal de necesidades de la empresa y así el despido daría derecho a indemnización.

Dentro de la moción también está el explicitar que los ingresos mínimos contemplados son aquellos de carácter remuneracional y se propone elevar el límite del privilegio a once años, de modo de hacerlo coherente con el límite de las indemnizaciones legales por años de servicio.

En la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rrural se encuentra en simple urgencia el proyecto de ley que deroga la actual Ley Nº 19.342, regula el Registro  que para tal efecto llevará el Servicio Agrícola Ganadero y regula los derechos del obtentor de variedades vegetales y el privilegio del agricultor, a fin de impulsar la investigación y el desarrollo de nuevas variedades vegetales y mejorar la productividad agrícola nacional.

Dentro de las modificaciones a ciertas definiciones, está la que señala que el obtentor es aquella persona natural o jurídica que ha creado o descubierto, y puesto a punto una variedad vegetal; como solicitante, a aquella persona que por sí o a través de un representante presenta una solicitud de inscripción de una variedad y, como titular a aquel a cuyo nombre se encuentra registrado el derecho.

La protección que este proyecto confiere, se otorga salvaguardando y respetando tanto el patrimonio biológico y genético como los conocimientos tradicionales nacionales.


Consumidor y energía geotérmica


En la Comisión de Economía, Fomento y de la Cámara de Diputados está el proyecto que se encuentra en suma urgencia modifica la Ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores y propone:

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Servicio Nacional de Geología y Minería
Empresa Nacional del Petróleo

En catálogo

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Energías Renovables

  • Establecer diversas formas de compensar el daño causado a los consumidores, aun ante la inactividad del consumidor afectado, determinada la responsabilidad infraccional del proveedor por parte del tribunal, el consumidor tendrá derecho a compensación.
  • Precisar el procedimiento indemnizatorio individual y colectivo.
  • Establecer la obligación de pagar las costas del proceso de manera de incentivar la investigación y denuncia de estos hechos.
  • Establecer la obligación del proveedor de cesar la conducta que afecta los derechos de los consumidores.
  • Encargar al Servicio Nacional del Consumidor la función de verificar el cumplimiento de lo resuelto por los tribunales.
  • Establecer una norma general para el plazo de prescripción de las acciones que nacen de la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores
  • Establecer un procedimiento destinado a evitar el desarrollo de un proceso judicial, cuando el proveedor infractor pretenda subsanar los errores o faltas en el desarrollo de sus actividades, que han causado daño a los consumidores.
  • Simplificar el procedimiento que persigue establecer responsabilidades en materia de intereses generales, colectivos o difusos de los consumidores, para dotarlo de mayor eficacia.
  • Solicitar la facultad para que el Presidente de la República pueda dictar un Decreto con Fuerza de Ley que establezca un texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley de sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, a fin de facilitar una mejor comprensión y empleo por parte de la ciudadanía, fundamentalmente de los proveedores y consumidores en general.

 

En tanto en la Comisión de Minería y Energía en simple urgencia en la está el proyecto de ley que introduce modificaciones a la Ley N° 19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica y  busca:

Facilitar e incentivar la inversión de recursos en la generación de proyectos de exploración y explotación, agilizando la tramitación de las solicitudes de concesiones de energía geotérmica

  • Asegurar la participación de empresas que tengan real interés en desarrollar exploración y, eventualmente explotación, de los recursos geotérmicos existentes en nuestro territorio evitando o reduciendo la especulación;
  • Implementar las herramientas que permitan asegurar el efectivo cumplimiento de las obligaciones contraídas por los concesionarios
  • Incrementar el conocimiento geológico nacional vinculado a la geotermia;
  • Generar condiciones de sustentabilidad para el desarrollo geotérmico, entre otras materias.

 

En relación a las comisiones de Hacienda, Vivienda y Desarrollo Urbano, Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, Familia y Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos no poseen proyectos en suma o simple urgencia a la fecha de este reportaje.




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