Comisión de gobierno interior y regionalización |
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Comisión de gobierno interior y regionalización
por abustos
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Última modificación
10/08/2009 10:45
Comisión de gobierno interior y regionalización En la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización de la Cámara de Diputados dentro de los proyectos que están en estudio, se encuentra en suma urgencia, el proyecto enviado por el Ejecutivo que protege a los refugiados. La normativa define la calidad de refugiado y deja en manos del Ministerio del Interior la facultad de otorgar, rechazar, cesar, cancelar y revocar la condición de refugiado. Además de la creación de una Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado. Otras dos iniciativas en simple urgencia se refieren a la regulación de sondeos y encuestas políticas, además de la restricción en materia de difusión. El primero modifica la Ley N°18.700 (Ley de votaciones populares y escrutinios) incorporando un nuevo artículo que señala que la difusión de estudios y encuestas o sondeos de opinión pública, a través de prensa escrita, radios, medios de comunicación electrónicos y canales de televisión, referidas a un acto eleccionario o plebiscitario, y especialmente a las candidaturas y partidos políticos que en ellos participen deberá indicar la persona natural o jurídica que la realizó, la fuente de su financiamiento, el tipo de muestra, el tema, las preguntas formuladas etc. Además de garantizar el acceso a la totalidad del estudio, encuesta o sondeo al público. También en este proyecto se modifica el artículo 124 de la ley, proponiendo esta redacción: "El Director responsable de un órgano de prensa, radioemisora o canal de televisión a través del cual se infringiere lo dispuesto en los artículos 30 , 31 y 31 ter, será sancionado con multa a beneficio municipal de veinte a cien unidades tributarias mensuales. Igual sanción se aplicará a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión." El segundo proyecto relacionado también a este tema y con simple urgencia en esta Comisión, es el que agrega un nuevo inciso al artículo 30 de la Ley 18. 700 y propone que durante los siete días previos a la jornada electoral, en la fecha de la elección y hasta las veinte horas de ese día, queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos. Estas dos iniciativas son patrocinadas por los diputados Pedro Araya, Eduardo Díaz, Alvaro Escobar, Jaime Mulet, Carlos Olivares, Esteban Valenzuela, y la diputadaAlejandra Sepúlveda. Por último en simple urgencia también está el proyecto que pretende regular la forma en que se participa en la toma de decisiones públicas y se estructura en torno al principio de la transparencia de la información respecto de quienes, en qué forma y por qué motivos se efectúan los contactos entre los gestores de intereses y los agentes públicos. En general define cuáles son las actividades de gestión de intereses, crea un registro donde los agentes dedicados al lobby deben inscribirse, se exige que los contactos entre gestores de intereses y autoridades públicas sean informados, tanto respecto a que autoridad fue contactada como al tipo de intereses que son representados”. |
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