Instituto Obispo Silva Lezaeta -CALAMA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

Chile sustentable: Creación del Ministerio de Turismo



Definición alternativa:

El turismo es una actividad económica que permite satisfacer la necesidad de descanso y recreación de las personas. Esta actividad acarrea importantes beneficios para las distintas zonas geográficas en las que se lleva a cabo. Si se piensa en Chile, dichos aspectos atraen a muchos turistas cada año, gracias a que es un país dotado de bellezas naturales y culturales. Es por esto, que sumado a los nuevos lineamientos de sustentabilidad, globalización y resguardo del medio ambiente, el turismo se convierte en una nueva alternativa, un fenómeno social y una actividad económica que afecta a un número importante y creciente de personas, las cuales generan flujos de renta entre las regiones emisoras y regiones de destino.
Chile es un país que posee las capacidades óptimas para el desarrollo turístico, una actividad que es capaz de incrementar su economía y a la vez su cultura. Es por esto, que se hace necesario crear una política que logre potenciar la importancia del turismo y que a su vez sea concreta y sustentable. La industria del turismo tendrá un carácter estratégico y prioritario en el desarrollo económico del país, asegurará la prosperidad de las localidades y regiones donde está inserta y contribuirá a una mayor equidad social, equilibrio regional y a la superación de la pobreza. Es de esta forma que la creación de un ministerio de turismo tiene como finalidad promocionar al país a través de diferentes medios, como es el marketing, publicidad, competitividad e inteligencia en el mercado, el cual vele por el cuidado, promoción y desarrollo de las diferentes zonas.
Chile se encuentra en un bajo posicionamiento en relación a los países contrincantes. Frente a esta problemática, la creación de un Ministerio de Turismo plantea el desarrollo de implementos que faciliten el acceso y publicidad de las zonas con atractivo; como rutas turísticas, infraestructura de transportes, instrumentos de fomento a la inversión e innovación, conectividad, competitividad y facilitación de entrada-salida del turista extranjero a Chile. Mejorando y modernizando a la actual entidad encargada de turismo SERNATUR, que a través de la Subdirección de Desarrollo trabaja solo en adecuar y elevar los estándares de competitividad de la industria del turismo, además de contribuir en el fortalecimiento del capital humano en esta área.
Actualmente Chile se encuentra en el lugar número 12 del Ranking de Reglas de Política y Regulación del Foro Económico Mundial, y en el número 27 en el Ranking de Seguridad. de esta forma y como un todo, en el Ranking de Competitividad de la Economía, Chile se ubica en la posición número 30 entre 139 países. Todos estos indicadores económicos muestran cómo nos estamos encaminando para llegar a ser una potencia turística a nivel mundial, siendo necesaria la creación de un Ministerio que posicione al turismo como una clara estrategia de desarrollo, ya que esta misma industria es la que generó 286.165 empleos directos durante el año 2011, equivalente al 3.8% del total del empleo nacional. A su vez, el empleo en empresas micro y pequeñas representa un 86% del empleo total del turismo bajo régimen de contratación, correspondiendo a 235.447 empleados. Creando este Ministerio, y según los datos entregados, la llegada de turistas tanto nacionales como extranjeros, se traduce en una proyección de 5,4 millones de turistas al 2020, elevando su gasto promedio en un 50%, duplicando de esta forma las contribuciones directas del turismo al PIB, pasando del 3,2% al 6% en los próximos años. Promoviendo además la creación de un gran número de pequeñas y medianas empresas, especialmente en regiones, creando concretamente 40.000 nuevos empleos directos y 160.000 empleos indirectos. Pero, ¿Por qué debemos pensar en otorgarle un ministerio a esta industria sin chimenea? Chile es uno de los pocos países que no posee un organismo autónomo en esta materia. Es necesaria una autoridad encargada de dar voz y elección, además de representar dentro del margen político del país a cada una de las localidades insertas en el plan de desarrollo turístico, de otra forma, ningún mecanismo de tanta relevancia podrá tener la posibilidad de avanzar. Si comparamos, Francia es el primer destino turístico del mundo con 83 millones de turistas extranjeros, y en España el turismo aporta en torno al 12 % de empleo total (2012) y al 11% del PIB. Así pues, se hace de suma importancia reforzar y ampliar la oferta turística en nuestro país para que así, al igual que estas grandes potencias y capitales turísticas mundiales poder desarrollar y practicar de forma relevante esta nueva industria. Con esta medida, se pretende facilitar el desarrollo de modelos de negocio innovadores que mejoren la competitividad y la rentabilidad del sector turístico y que este sea de gran apoyo para La economía de Chile.


Propuesta legislativa:

PROYECTO DE LEY PARA LA CREACIÓN DE UN MINISTERIO DE TURISMO (MINETUR), mensaje:
ARTÍCULO 1. Créase el Ministerio de Turismo, y fíjase como su ley orgánica. Esta ley se regirá por los siguientes principios:
1. La presente ley tiene por objeto la creación de un ministerio de turismo para el desarrollo y promoción de la actividad turística, por medio de mecanismos destinados a la creación, conservación y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos naturales y/o culturales, dado a que el turismo se proyecta como una actividad económica estratégica para el desarrollo del país, impulsando la sustentabilidad, la competencia y la potencialización de regiones, comunas y localidades del país.
2 La creación de un ministerio de turismo implica la inserción del país, las regiones y/o localidades en la economía global. Cada región debe aprovechar y explotar sus recursos naturales en función de una demanda que va más allá del consumo local, lo que ha presentado una serie de desafíos. Tomando relevancia el concepto de ventaja comparativa, o sea, aquellos recursos que la región pueda explotar fácilmente, siendo el turismo una estrategia más que válida para el desarrollo de esta. Junto con el desarrollo de este ministerio se cubre la necesidad de una planificación regional eficiente para el aprovechamiento de los recursos turísticos disponibles.

ARTÍCULO 2: El Ministerio de Turismo (en adelante el Ministerio) será la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo de la realidad turística del país, promoviendo la conservación de la diversidad geográfica y las realidades e identidades locales, conforme a los principios contemplados en la presente ley. El Ministerio, actuando como órgano rector, velará por la coordinación, consistencia y coherencia de las políticas, planes y programas en materia turística, y propenderá a su incorporación en forma transversal en la actuación del Estado. Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los otros que establezca como tales en el país y del domicilio de la Subsecretaría del MINETUR, que será la ciudad de Valparaíso.
Artículo 3°.- Bajo proyecto de ley 20.423 Para los efectos de la presente ley y de la actividad turística en general, se entenderá por:
a) Turismo: conjunto de actividades realizadas por personas durante sus viajes y permanencias en lugares distintos al de su entorno habitual, por un período de tiempo consecutivo inferior a un año, por motivos diferentes al de ejercer una actividad remunerada en el lugar visitado.
b) Atractivos Turísticos: elementos determinantes para motivar, por sí solos o en combinación con otros, la elección del destino de la actividad turística.
c) Serán reconocido como Zona Turística los territorios comunales, intercomunales o determinadas áreas dentro de éstos, que tengan condiciones especiales para la atracción turística y que requieran medidas de conservación y una planificación integrada para promover las inversiones del sector.
d) Patrimonio Turístico: conjunto de bienes materiales e inmateriales que pueden utilizarse para satisfacer la demanda turística.
e) Turismo Aventura: turismo en que se realizan actividades específicas que utilizan el entorno o medio natural como soporte físico y recurso para producir en los turistas determinadas emociones y sensaciones de descubrimiento y de exploración, y que implican cierto empeño, actividad física y riesgo controlado.
ARTICULO 4 Corresponderá especialmente al Ministerio las siguientes funciones y atribuciones:
1 El Ministerio se dividirá en SEREMIS, que se encargarán de regular el funcionamiento de las distintas zonas turísticas en cada región, velando por la correcta gestión de los ingresos y preservación adecuada de los lugares.
2 El Ministerio contará con una base de datos donde se maneje la información de todos los lugares que cumplan los requisitos para denominarse Zona Turística, requisitos que se apegan a los promulgados en la ley 20.423.
3 Aparte de las SEREMIS a nivel regional, se contará con la ayuda de Centros de información Turística bajo la tutela de un subsecretario, que se ubicarán en cada Zona Turística y en las localidades cercanas, para así facilitar el traspaso de información entre los turistas nacionales y extranjeros que visiten el lugar.
4. Crear y fomentar políticas para el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas de turismo, contribuyendo en los procesos de inserción en circuitos y servicios de circulación y difusión, formando y fortaleciendo el emprendimiento en los niveles local, regional, nacional e internacional.
5. Contribuir al reconocimiento, protección, rescate, conservación, restauración, reconstrucción, adquisición y salvaguardia del patrimonio cultural, bioantropológico y natural, promoviendo su conocimiento y acceso y fomentando la participación