Colegio El Roble De Santo Domingo -SANTO DOMINGO - Región de Valparaíso


Título iniciativa:

Proyecto de Ley que crea el Instituto de Protección del Medio Ambiente y la Biodiversidad



Definición alternativa:

Mensaje de S. E. el Presidente de la República que crea el Instituto de Protección del Medio Ambiente y la Biodiversidad.


Fundamentación

Si bien nuestro país tiene un sistema de protección medioambiental antiguo, cuyas primeras leyes datan de 1859 (ley promulgada durante el gobierno de Manuel Montt que buscaba proteger la tala indiscriminada del alerce en las provincias de Llanuihue y Chiloé), en la actualidad el sistema es tan complejo, con instituciones, regulaciones y categorías de protección que se superponen, que se vuelve sumamente inoperante. Como ejemplo, en el sistema nacional intervienen 7 ministerios, un servicio público y las intendencias de regionales de todo el país. Es por ello que se hace necesario unificar funciones en una sola institución, así como unificar criterios y categorías de protección que no se superpongan, sino que representen diversos niveles de protección.
Sin embargo, el problema no es sólo el complejo sistema de protección medioambiental. Chile tiene una gran extensión latitudinal de terreno, pero actualmente el Estado no protege la gran variedad de ecosistemas y no se preocupa detalladamente de la biodiversidad existente en él. Existe una serie de vacíos legales en Chile que no dan amparo a ciertos terrenos que no tienen bosque o que no calzan con lo descrito en las leyes de protección y fomento forestal como el decreto de Ley 701 o la Ley sobre recuperación del bosque Nativo y fomento forestal de 2008. Ergo, se excluye mucha de la biodiversidad existente en Chile, como lo son insectos, arácnidos, líquenes, musgos, matorrales, enredaderas, hongos, etc. Es decir, cualquier cosa que no sea un árbol nativo o introducido.
Con respecto al total de la superficie de Chile Continental, un 22% del Territorio nacional se encuentra protegido por la SNASPE, un 11% está en manos de servicio público y militar, un 2% no está destinado y pertenece al Ministerio de Bienes Nacionales; el resto del territorio está en manos de privados. Ese 65% del sector privado del país se divide en zona árida y terreno con escasez de bosque, no encontrando amparo legal, por lo que no está siendo protegido. Eso quiere decir que esas áreas no estarán bajo la supervisión de ningún organismo ni ley reguladora. Por ejemplo, en el decreto de ley N°701 de 1974 sobre el fomento forestal, no incluye un fomento a la protección de la biodiversidad sino de los bosques nativos en Chile.
En ese sentido, para solucionar el problema antes descrito, este proyecto manda crear el Instituto de Protección del Medio Ambiente y la Biodiversidad, un organismo público dependiente del Ministerio del Medio Ambiente que se establece como una institución unifica las funciones que hoy se encuentran repartidas en una serie de instituciones como Conaf, Sernapesca, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), entre otros.


Propuesta legislativa:

Artículo 3°.- Serán atribuciones del Instituto de Protección del Medio Ambiente y la Biodiversidad:
a) Administrar el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
b) Supervisar la administración de áreas protegidas de propiedad privada.
c) Fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente sobre protección y preservación del Medio Ambiente y la Biodiversidad en las áreas protegidas de propiedad estatal y privada.
d) Aplicar sanciones a las personas naturales o jurídicas que incumplan la normativa medioambiental y de protección a la biodiversidad.
e) Realizar estudios que permitan conocer la situación de la biodiversidad en el territorio nacional.
f) Aplicar programas de protección, rescate, rehabilitación, reinserción, observación y monitoreo de las especies protegidas.
g) Crear nuevas áreas de protección de acuerdo a los criterios establecidos en la ley.
h) Organizar y dirigir el cuerpo de guardaparques del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.


TITULO III
Categorías de áreas protegidas

Artículo 4°.- El Sistema Nacional de Áreas Protegidas contemplará las siguientes categorías:
a) Parque Nacional
b) Reserva Natural
c) Reserva de Regiones Vírgenes
d) Santuario de la Naturaleza
e) Monumento Natural
f) Parque Marino
g) Reserva Marina
h) Área Marina Costera Protegida
i) Reserva de la Biósfera
j) Sitio Ramsar