Colegio Partic. Wolfgang Amadeus Mozart -COLLIPULLI - Región de La Araucanía


Título iniciativa:

LEY INTEGRAL PARA EL ADULTO MAYOR.



Definición alternativa:

DEFINICIÓN Y JUSTIFICACIÓN
En un Chile que presenta proyectos y acciones a favor del adulto mayor y que ha tenido resultados como un alza sostenida en la percepción de bienestar entre 2007 y 2013 por parte de la población más longeva, es sumamente necesario continuar con esta labor, ya que, aunque los resultados son visibles, los esfuerzos aun no han dado los frutos que deberían, debido a que también ha aumentado la sensación de soledad y abandono por parte de esta población que aun se siente desprovista de los medios necesarios para poder vivir con tranquilidad.
El estado por supuesto, se esfuerza en corregir dichos problemas, pero aun no ha entregado una solución clara, concisa y efectiva para este malestar generalizado.
En primer lugar es en esta edad en donde se hacen presentes las diferentes enfermedades y dolencias que afectan los longevos cuerpos de ancianos , sumado a esto las bajas pensiones hacen imposible el tratamiento de estas enfermedades ya que los medicamentos y tratamientos suponen un elevado costo que no se pueden suplir con el bajo dinero recibido.
Según la Tercera Encuesta Nacional Calidad de Vida en la Vejez 2013, entre las mayores preocupaciones de los adultos mayores se encuentra enfermarse gravemente y depender de otra persona, por consiguiente es sumamente necesario tener un plan de acción y una solución acotada para todas estas personas que sufren ante la idea una eventual enfermedad. Una persona que recibe una jubilación promedio de $80.000 y que tiene entre 60 a 65 años gasta un 62,4% de sus ingresos en salud. Ahora cuando una persona tiene entre 65 a 70 su promedio de gasto mensual en salud aumenta a 83,7% y cuando el rango de edad va entre los 70 a 85 años, ese gasto supera el 100% de los ingresos, llegando al 100,7%.
Cifras alarmantes, que sin duda afectan de manera negativa la condición de vida de nuestros adultos mayores.
Sumado a esto problemas como el abandono de adultos mayores y la baja participación tanto laboral como como educacional, hacen imprescindible buscar soluciones y debido a que, Los temas tratados anteriormente constituyen un grave problema para el bienestar del adulto mayor en Chile.
Se vuelve sumamente necesario plantear soluciones con las cuales aminorar las cargas de estos acendrados seres. para que así envejecer no signifique un problema si no alcanzar el punto pleno de la vida.

Necesidad regulatoria
En Chile, existen 17 leyes vigentes con respecto al adulto mayor en búsqueda de otorgar al adulto mayor la posibilidad de integrarse a la sociedad de una manera más completa. La necesidad de crear una Ley Integral para las personas pertenecientes a este rango etario nace de la inquietud de que las entidades y las leyes en nuestro país no abalan de forma completa todas las problemáticas que puedan afectar a nuestros adultos mayores generándose una situación de vulnerabilidad social siendo un 15% de la población mayor de 60 años (Fuente: Casen 2009) esperándose que para el año 2030 esta cifra alcance un 23%, convirtiéndose así nuestro país en el más viejo de América Latina. Este fenómeno tendrá consecuencias entre las que destaca la disminución de la población laboralmente activa y el aumento de la población que dependa de políticas que beneficien sus necesidades, es por esto que la ley propuesta busca englobar de manera integral toda problemática que se pueda tener con respecto a la calidad de vida de la persona, entendiéndose de una forma multidimensional el bienestar físico y mental del adulto mayor sin discriminación alguna, haciéndose necesario regular respecto al tema.
Impacto de la Propuesta de Ley
La ley de desarrollo integral del adulto mayor tendría un gran impacto en el ámbito de la salud, la educación, el trabajo, la vivienda, y la inclusión social.
El punto más importante es sin duda el derecho a una salud digna y de calidad. Un 87% de la población adulta en Chile se atiende en el sistema público. Es por esto que esta iniciativa ayudará a que los ancianos puedan tener una salud, digna, de calidad y de bajo costo, al rebajar los precios de los medicamentos y tratamientos médicos para ellos.
En la educación los adultos mayores tendrán la oportunidad de incursionar en nuevos ámbitos ya que las puertas estarán abiertas para ellos. Esto por supuesto tendrá un impacto positivo en los adultos mayores ya que estos sentirán en menos medida la dependencia.
En términos de vivienda el impacto sería enorme ya que este grupo etario recibiría beneficios como proyectos que aseguren la adquisición de un inmueble que cumpla con condiciones básicas para su desarrollo.
Este proyecto de ley, como se ha señalado, tendrá impactos reales e importantes en la sociedad ya que este afecta positivamente y busca mejorar áreas en las que aun no se ha logrado un real cambio. Y busca así, como principal objetivo mejorar la vida del adulto mayor junto con integrarlo activamente en la sociedad chilena de hoy.


Propuesta legislativa:

Propuesta Legislativa:
MOCIÓN PARLAMENTARIA QUE ESTABLECE LA CREACIÓN DE UNA LEY INTEGRAL PARA EL ADULTO MAYOR.
DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1.- En función del principal objetivo que persigue esta ley, el cual es generar las condiciones necesarias para vivir una vejez digna para todos los chilenos y chilenas, independiente de su origen o procedencia, ideología política, creencia religiosa y nivel socioeconómicos, se establece como misión fundamental del Estado de Chile lo siguiente: 
a-Tener derecho a un trato digno, respetando la integridad física y psicológica del adulto mayor, respetando, desarrollando y potenciando sus capacidades.
b-Desarrollar programas de ayuda y apoyo para el adulto mayor, tomando en cuenta principalmente la satisfacción de sus necesidades básicas.
c-Propiciar instancias de participación ciudadana enfocadas en los intereses y expectativas del adulto mayor.
d-Impulsar una atención integral por parte de instituciones públicas y privadas en la satisfacción de las diversas necesidades del adulto mayor
e-Generar mecanismos de fiscalización por parte de autoridades, Ministerios e instituciones pertinentes para el cumplimiento de la legislación.
f-Fomentar políticas y espacios orientados al aprecio de la vejez.
g-Los derechos establecidos en esta ley serán intransferibles e irrenunciables.
Artículo 2.- Énfasis en el resguardo de derechos considerados como fundamentales para la consecución de una vejez digna para todas las personas y aquellos consignados en la Constitución Política de Chile, con la implementación de determinadas acciones, programas y políticas impulsadas por el Estado de Chile.
PREVISIÓN SOCIAL
Artículo 3.- Prestar asistencia económica a todas las personas mayores de 60 años, para la satisfacción de sus necesidades básicas en el ámbito material, físico y espiritual en función de su desarrollo integral, a través de un financiamiento compartido para una jubilación con monto no inferior a un sueldo mínimo y reajustable anualmente entre el Estado y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a la cual la persona se haya encontrado afiliada en su vida laboral.
ASISTENCIA EN SALUD
Artículo 4.- Prestar ayuda a todo el adulto mayor que presenten factores de riesgos que van deteriorando su estado de salud, teniendo como consideraciones especiales que
a-El adulto mayor tendrá la preferencia inmediata hospitalaria en caso de una emergencia.
b-Se establece la accesibilidad a descuentos en medicamentos que necesite el adulto mayor haciendo de éste un beneficio para toda persona mayor de 60 años que padece de alguna enfermedad permanente o transitoria.
c-Descuento en los aparatos que sean de su necesidad y medicamentos de cualquier tipo de hasta un 50%.
d-Participar en programas de prevención, tratamiento o rehabilitación.
Artículo 5.- Fomento por parte del Estado, de la creación de centros gerontológicos para una atención integral para el adulto mayor.
VIVIENDA
Artículo 6.- Ostentar la ayuda a todos los adultos mayores con la necesidad de mejorar una vivienda a su comodidad, enfocándonos precisamente en:
a-Creación o mejora de programas de vivienda a los adultos mayores con bajos recursos para fomentar una vida digna y tranquila.
b-En caso de adultos mayores que vivan y se desenvuelvan de forma autónoma, conceder subsidio para el pago de alquiler o arriendo de una habitación independiente.
c- Al tratarse de adultos con una situación de dependencia por motivo de salud o cualquier impedimento, el Estado designará un profesional para interceder a favor de este en la búsqueda de un hogar.
TRABAJO
Artículo 7.- Fomentar el aprecio del adulto mayor como un individuo con experiencia y conocimiento que desea contribuir con su participación en el desarrollo económico del país, sin la necesidad de hacerlo por la insuficiencia de sus pensiones en la satisfacción de sus necesidades básica que conlleve un menosprecio o explotación, sin denigrar a la persona.
EDUCACION.
Artículo 8.- Favorecer la nivelación de estudios con programas de educación que ayuden a todos los adultos mayores a terminar sus estudios de educación elemental de nivel básica y enseñanza media.
Artículo 9.- Entrega de beneficios para la alimentación y materiales.
OCIO Y ESPARCIMIENTO.
Artículo 10.- Presentar programas que ayuden a la integración social dando iniciativa a la entretención y comunicación con otros sujetos, desarrollando su cultura y salud.
Artículo 11.- Incentivar y apoyar a las instituciones y organizaciones que impulsen programas relacionados con el ocio y esparcimiento del adulto mayor.
TRANSPORTE
Artículo 12.- Facilitar el acceso a la locomoción y transporte público, disminuyendo en un 80% el costo de pasaje en el servicio del Metro, buses urbanos, rurales e interurbanos, así como también en la locomoción colectiva, excluyendo el servicio de taxis.