Seminario San Fidel -MARIQUINA - Región de Los Ríos


Título iniciativa:

Política preventiva de patologías mentales en adolescentes chilenos entre 12 y 18 años



Definición alternativa:

Hoy en día nuestra sociedad se enfrenta a un problema más grande que lo que muchos imaginamos, las enfermedades de carácter psicológico. A estas patologías muchas veces no se les da la importancia necesaria lo que puede llegar a ser fatal. En nuestro país, según estudios realizados por la OMS, dos de cada 10 chilenos ha presentado síntomas depresivos, y a nivel mundial se estima que aproximadamente 400 millones de personas sufren trastornos mentales o neurológicos (OMS, nota descriptiva n° 396, 2016).
La adolescencia es el punto intermedio entre la vida adulta y la niñez, es el período donde se manifiestan los cambios de personalidad y el mismo desarrollo de ella. Pero estas transformaciones se dan mayoritariamente en los colegios donde los jóvenes pasan gran parte de su tiempo, es por ello, que este sitio es un lugar ideal para detectar cualquier tipo de alteraciones en la vida de un individuo, incluyendo las de tipo mental.
En el año 2012 se hizo el primer estudio de prevalencia en niños y adolescentes chilenos, consultando a 1558 niños y adolescentes en Iquique, Concepción, Cautín y Santiago. El resultado de la prevalencia total para cualquier trastorno psiquiátrico más discapacidad psicosocial fue de 22,5% y en los adolescentes entre 12 -18 años es de 16,5%.


Propuesta legislativa:

Modificación de la Ley 20.248:
A partir de los antecedentes expuestos, es imperativo detectar y prevenir estas enfermedades a través de un equipo psicológico permanente, integrado por: psicólogos y terapeutas, por cada establecimiento municipal y particular subvencionado. Los especialistas deberán tener la función de detectar cualquier tipo de anomalía en el comportamiento de los adolescentes, para posteriormente derivarlos a centros médicos. Cabe recalcar que esta iniciativa se llevará a cabo vía moción parlamentaria por lo que no hará uso de un gasto fiscal adicional, sino que se utilizarán fondos de la Ley 20.248: Subvención escolar preferencial (ley SEP) la cual se basa en la prestación y en el bienestar de los estudiantes para mejorar su calidad y llevar la equidad a la educación estatal. En consecuencia, el proyecto busca que los colegios utilicen obligatoriamente parte de los fondos brindados por esta ley para contratar a los especialistas necesarios que prevengan el desarrollo de las patologías mentales en los jóvenes durante su ciclo escolar.
Por ello este proyecto de ley busca la modificación del artículo N° 6 de la ley 20.248, en su inciso, letra C:
Destinar la subvención y los aportes que contempla esta ley a la implementación de las medidas comprendidas en el Plan de Mejoramiento Educativo, con especial énfasis en los alumnos prioritarios, e impulsar una asistencia técnico pedagógico especial para mejorar el rendimiento escolar de los alumnos con bajo rendimiento académico
Por esta modificación.
Destinar la subvención y los aportes que contempla esta ley a la implementación de las medidas comprendidas en el Plan de Mejoramiento Educativo, con especial énfasis en los alumnos prioritarios, e impulsar una asistencia técnico pedagógico y asistencia psicológica especial para mejorar el rendimiento escolar de los alumnos con bajo rendimiento académico.
Además se propone la modificación del artículo N° 7 de la ley 20.248, para agregar un nuevo inciso para asegurar la implementación efectiva de esta política.
j) Los establecimiento que reciban subvención escolar preferencial, deben acreditar la existencia de un equipo de psicólogos y terapeutas a fin de asegurar el bienestar y desarrollo integrar de los estudiantes en el área psicológica y social. Dicho equipo trabajará con el área de convivencia escolar de cada establecimiento y debe ser parte del plan de mejoramiento educativo.