Primero que todo, debe saber que el tener turno de trabajo no es excusa para no ir a votar el día de la elección. De acuerdo a la Ley 18.700 los empleadores deberán conceder los permisos necesarios a sus empleados tanto para votar, o si corresponde, para ejercer como vocal de mesa. En ninguno de los dos casos le podrán descontar parte de su sueldo.
Las botillerías y cualquier establecimiento de venta alcohol deberán estar cerrados desde las 00:00 horas del 13 de diciembre, y hasta 4 horas después del cierre de las mesas de votaciones de la localidad. Sólo se exceptúan los hoteles respecto a los pasajeros que duerman en ellos.

En el caso de los supermercados estos podrán funcionar normalmente pero cerrando pasillos y góndolas que vendan alcohol.
En los Malls, el comercio tradicional puede trabajar sin problemas, pero deberán cerrar cines, teatros, centros de eventos, deportivos, además de restaurantes y pubs en lo relacionado a la venta consumo de alcohol.
Sin embargo, existe un acuerdo en camino para que los Malls cierren completamente, a fin de facilitar el acto de sufragio a sus trabajadores.
Los recintos de espectáculos deportivos, artísticos o culturales (estadios, discotecas, centros de eventos, etc.) deben permanecer cerrados el día de la elección. Por lo mismo, no se podrán realizar fiestas de graduación o ceremonias de fin de año en este tipo de locales, pero sí en una casa particular.
No hay impedimento legal para practicar cultos religiosos porque no se consideran actividades de carácter electoral si se realizan en sus respectivos recintos.

Podrán realizarse manifestaciones y/o reuniones en la vía pública, siempre que no sean de carácter electoral y se cuente con la autorización del Gobernador Provincial (quien consultará al Jefe de Plaza para no entorpecer el acceso a los locales de votación).
También pueden realizarse matrimonios y otro tipo de reuniones privadas, incluyendo seminarios y manifestaciones públicas, siempre y cuando no sean de carácter electoral. Las únicas restricciones: estas actividades no pueden realizarse en locales que deban permanecer cerrados el día de la elección, y tampoco se podrán vender bebidas alcohólicas en el recinto. Para evitar malos entendidos, el Servicio Electoral recomienda que en estos casos, se de aviso a Carabineros. Esta restricción parte a las 00:00 horas del 11 de diciembre hasta cuatro horas después de que se hayan cerrado las mesas receptoras de la localidad correspondiente.