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Portada > Ley fácil > Acoso sexual de menores y pornografía infantil por Internet
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Ley fácil


Guía legal sobre:

Acoso sexual de menores y pornografía infantil por Internet

Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.


Escuche el texto de esta guía                                                Última actualización: 16 de agosto de 2011

La
Ley Nº 20.526 sanciona el acoso sexual contra menores de edad y la posesión y producción de material pornográfico en que participen menores.


 
¿Qué delitos relacionados con la pornografía infantil castiga la ley?
Quien participe en la producción, cualquiera sea su soporte, de material pornográfico en que hayan sido utilizados menores de dieciocho años, será sancionado con presidio
menor en su grado máximo (de tres años y un día a cinco años).
La misma pena se aplicará a quien envíe, entregue o exhiba imágenes o grabaciones de uno mismo o de un menor de 14 años de edad, con significación sexual, para procurar excitación. Esto mediante cualquier medio, incluso a distancia mediante métodos electrónicos. 

Para ciertas víctimas, ¿es necesario que se cumplan otras condiciones para castigar este delito?
 
Si la víctima es menor de edad pero mayor de 14 años, para aplicar esta pena debe además haberse aplicado fuerza o intimidación; o haberse aprovechado de la víctima sea por perturbación mental, ignorancia o haciendo abuso de una posición de autoridad, o haber hecho amenazas. 

¿Existe algún tipo de agravante?
 
Si el autor del delito además falseó su identidad o edad, la pena se aumentará en un grado, es decir, el presidio podría llegar a los veinte años. 

Las empresas de telecomunicaciones y proveedoras de Internet ¿deben prestar algún tipo de colaboración?
 
Para efectos de facilitar investigaciones policiales, especialmente las que requieran de interceptación de comunicaciones, deberán tener un listado actualizado de sus rangos autorizados de direcciones IP y un registro de los números IP de las conexiones que sus abonados realicen. Este registro no debe ser de menos de un año y debe ser de carácter reservado.
Esta disposición comenzó a regir el 9 de febrero de 2012.

Radioteatro

Breve dramatización que explica esta ley en formato mp3. Le invitamos a descargarla gratis y a difundirla por el medio de su preferencia.


Descargar Mp3 (1541 kb | 1:36) 
Describe las sanciones a que se exponen los que tengan posesión de material pornográfico infantil y además cometan acoso sexual a menores por medios electrónicos.

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Ficha Básica

Imprima la información esencial sobre este tema.

Leyes asociadas

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Más información

En otras instituciones.

Ministerio de Justicia
Ministerio Público 

 



Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
 

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