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Portada > Ley fácil > Cómo crear una PYME
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Ley fácil


Guía legal sobre:

Cómo crear una PYME

Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.


Vigente a: 31 de agosto 2007


  •  
    ¿Qué es una Pyme?

    La sigla Pyme significa “pequeña y mediana empresa”. Según una clasificación del ministerio de Economía, una empresa pequeña es la que al año vende productos o servicios por valores entre 2.400 y 25 mil UF. Una empresa mediana vende entre 25 mil UF y 100 mil UF.

     
    ¿Cómo formar una PYME?

    Debe decidir si formará la Pyme como persona natural o como persona jurídica:

    • Como persona individual primero debe iniciar actividades económicas ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Este paso es necesario para desarrollar cualquier negocio que genere rentas.
    • Como persona jurídica, es decir, como empresa o sociedad, primero hay que constituir la empresa o sociedad ante notario, y luego iniciar actividades en el SII.
     
    ¿Cómo se constituye una empresa o sociedad?

    Se debe redactar una escritura de constitución de sociedad o empresa individual en una notaría, la que debe contener, entre otros:

    • Nombre de el o los representantes
    • domicilio
    • razón social
    • giro
    • patrimonio de la empresa (capital de inicio)
    • aportes de los socios o del empresario,
    • normas sobre administración, etc.


    Lo ideal es constituirse como sociedad de responsabilidad limitada o empresa individual de responsabilidad limitada, para así no arriesgar el patrimonio personal, sino el de la empresa o nueva sociedad que se forma.

     
    ¿Necesito de un abogado para constituir la sociedad o empresa?

    Sí, para la redacción de la escritura.

     
    ¿Cómo inicio actividades como particular?

    Debe ir a la oficina del SII que corresponde a su domicilio y presentar:

    • Cédula de identidad.
    • Formulario 4415 (inicio de actividades) lleno y firmado.
    • Acreditación de domicilio mediante el rol de avalúo de la propiedad, certificado de avalúo, el último recibo de contribuciones de bienes raíces o inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. Si usted no es el propietario del inmueble, debe presentar el contrato de arriendo firmado ante notario o una autorización del propietario para usarlo a título gratuito.
    • Además, quienes se dediquen a actividades de transporte, mineras o relacionadas con su título profesional, deben presentar documentación adicional.
    • Si usted emite facturas, un representante del SII visitará el domicilio para comprobarlo y deberá presentar las facturas de los bienes que venderá.


    Este trámite se debe hacer a más tardar dos meses después de haber iniciado la actividad económica.

     
    ¿Cómo inicio actividades como persona jurídica (empresa)?

    Debe ir a la oficina del SII que corresponde al domicilio de la sociedad o de la empresa y presentar:

    • Cédula de identidad del representante de la empresa.
    • Formulario 4415 (inicio de actividades) lleno y firmado.
    • Acreditación de domicilio mediante el rol de avalúo de la propiedad, certificado de avalúo, el último recibo de contribuciones de bienes raíces o inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. Si usted no es el propietario del inmueble, debe presentar el contrato de arriendo firmado ante notario o una autorización del propietario para usarlo a título gratuito.
    • Antecedentes de constitución de la persona jurídica, como escritura notarial de la constitución, publicación en el Diario Oficial e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
    • Si usted emite facturas, un representante del SII visitará el domicilio para comprobarlo y deberá presentar las facturas de los bienes que venderá.
     

    Este trámite se debe hacer a más tardar dos meses después de haber iniciado la actividad económica.

     
    ¿Qué es el timbraje de documentos?

    Un procedimiento para legalizar los documentos que acreditarán y respaldarán las operaciones comerciales que se hagan:

    • Boletas de ventas y servicios.
    • Boletas de honorarios.
    • Boletas de prestación a terceros.
    • Facturas.
    • Notas de crédito.
    • Notas de débito.
    • Guías de despacho.
    • Contabilidad en hojas sueltas con numeración única.
    • Rollos de máquinas registradoras.
    • Entradas de espectáculos.
    • Letras de cambio.
    • Pagarés.
    • Liquidaciones.
    • Libros de contabilidad empastados.
    • Facturas exentas de IVA (Impuesto al Valor Agregado).
     
    ¿Cómo se hace el timbraje?

    Hay que dirigirse a la oficina del SII con los documentos a timbrar y:

    • Cédula de identidad de la persona o RUT de la empresa.
    • Cédula de identidad de quien realiza el trámite.
    • Formulario 3230 (timbraje de documentos) lleno. Se consigue en la oficina del SII o en Internet.
    • Ultima declaración mensual del IVA (formulario 29), en caso que corresponda. El formulario también se consigue en la oficina del SII o en Internet.
    • Carta poder notarial en caso de que el trámite lo realice un tercero.
     

    Otra alternativa es emitir boletas o facturas electrónicas a través de Internet (www.sii.cl). Para ello debe suscribirse en el sistema de facturación electrónica del SII y realizar timbraje electrónico.

     
    ¿Hay que obtener una patente?

    Sólo si su negocio opera en un local fijo como un almacén, tienda o un restaurante.
    Más información sobre patentes municipales.

     
    ¿Tengo que declarar y pagar impuestos?

    Sí, todos quienes emprendan una actividad económica deben declarar y pagar impuestos según la actividad económica que desarrollen. En el caso de las Pymes, los impuestos que puede tener que declarar y pagar mensualmente son:

    • El impuesto al valor agregado (IVA).
    • Los pagos provisionales mensuales (PPM), que son un adelanto del pago del impuesto a la renta que corresponde declarar el mes de abril de cada año.
    • Declaración de impuestos (formulario 50), que se usa para declarar impuestos como renta a personas sin domicilio ni residencia en Chile, retiros programados, impuesto adicional a la renta y para aquellos contribuyentes que se dediquen al comercio de combustibles, tabacos, juegos de azar y otros.
    • Retenciones de segunda categoría (trabajadores a honorarios).
    • Declaración de renta, que se hace una vez al año.
     
    ¿Cómo se declara el IVA, PPM y retenciones?

    Esta declaración se hace hasta el día 12 del mes siguiente al período que va a declarar. Puede hacerla por teléfono, por Internet o en papel, mediante el Formulario 29, que se adquiere en quioscos.

    • Por internet: hay que entrar al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII), solicitar el formulario 29, llenarlo, hacer un pago electrónico si corresponde y recibir el certificado.
    • Por teléfono: llamar al 188-600-0744744, ingresar su Rut y número de folio de alguna declaración de formulario 29 de los últimos seis meses, y seguir las instrucciones que escuchará.
    • En papel: compre el formulario en cualquier quiosco u obténgalo gratis en cualquier oficina del SII. Llénelo y preséntelo en algún banco. Si corresponde hacer un pago, puede hacerlo en efectivo o con un cheque cruzado y nominativo a nombre de la Tesorería General de la República, siempre y cuando el cheque sea del mismo banco donde está haciendo el pago.
     
    ¿Qué alternativas de financiamiento existen para las Pymes?

    Los bancos ofrecen créditos Corfo a pequeños y medianos empresarios para financiar proyectos de inversión tanto en Chile como en el extranjero. Una vez obtenido, el pequeño empresario no puede pedir otro crédito hasta pagar el primero.

    También existen una serie de fondos para el desarrollo de actividades económicas como:

Radioteatro

Breve dramatización que explica esta ley en formato mp3. Le invitamos a descargarla gratis y a difundirla por el medio de su preferencia.


Descargar Mp3 (2197 kb | 2:20)
Explicación simple de los pasos a seguir para levantar una Pyme, con énfasis en los trámites en el SII.


Ver +

Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.

Código Tributario
Decreto Ley N° 824, sobre impuesto a la renta
Decreto Ley N° 825, sobre impuesto a las ventas y servicios
Ley N°19.857, que autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada
Ley N°19.749, que establece normas para facilitar a creación de microempresas familiares
Decreto Ley N° 2.974, que establece normas especiales sobre créditos que se otorguen a pequeños empresarios agrícolas y relativos a la prenda agraria
Ley N° 20.179, establece un marco legal para la constitución y operación de sociedades de garantía recíproca
Decreto Ley N° 3.472, fondo de garantía para pequeños empresarios
Ley N° 18.989, en su título II (art. 7 al 16), crea el Fondo Solidario e Inversión Social
Ley N° 20.170, establece un régimen simplificado para la determinación del impuesto a la renta de los pequeños contribuyentes.

Guías relacionadas

Trámites asociados

 

Más información

En otras instituciones.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
 

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