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Portada > Ley fácil > Excesos y excedentes en el sistema de isapres
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Ley fácil


Guía legal sobre:

Excesos y excedentes en el sistema de isapres

Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.


Escuche el texto de esta guía                                          Última actualización: 02 de febrero 2009
 

 

Explica qué hacer con los dineros que se generan por una cotización de salud previsional mayor a la que corresponde a cada persona.


¿Qué son los excedentes en salud?
El excedente es una diferencia a favor del afiliado, cuando la cotización legal obligatoria del 7% supera el precio del plan de salud contratado en una Isapre. Por ejemplo, si su 7% corresponde a 4 UF y usted normalmente cotiza un plan de 3,8 UF, se genera un excedente de 0,2 UF.
 
¿Qué se hace con los excedentes a favor del afiliado?
Los excedentes van a una cuenta corriente individual que la Isapre abre a favor del afiliado.
 
¿Para que sirven los excedentes?
El afiliado podrá usar estos dineros para fines estrictamente médicos, como:
  • Pagar cotizaciones en caso de cesantía.
  • Cubrir copagos en distintas prestaciones.
  • Financiar prestaciones de salud no cubiertas por el plan.
  • Pagar cuotas de los préstamos de salud que la Isapre le hubiese otorgado al afiliado.
  • Cubrir cotizaciones adicionales voluntarias.
  • Financiar un plan de salud durante el período en que se tramita la jubilación.
 
¿Puedo solicitar que me devuelvan los excedentes?
No, los excedentes son dineros que sólo se pueden utilizar para pagar prestaciones médicas, como bonos de consulta, operaciones, remedios, etc.
 
¿Se puede renunciar a los excedentes?
Antes el afiliado, previo acuerdo con la Isapre, podía renunciar a sus excedentesy la Isapre podía ofrecerle mejorar su plan o ampliar la cobertura. Con la nueva ley, no se puede renunciar a los excedentes, salvo en un caso de excepción en que se permite la renuncia con el solo objeto de pagar beneficios adicionales de contratos colectivos, de salud, contratos individuales compensados, y de aquellos contratos que señale la Superintendencia de Salud mediante una norma de carácter general.
 
¿Cuándo comenzará a regir esta nueva disposición?
A partir del 1 de marzo de 2009.
 
¿Qué pasa cuando los excedentes superan el 10% de la cotización legal en salud?
En caso de que en las sucesivas adecuaciones anuales, los excedentes superen el 10% de la cotización legal para salud, la ISAPRE estará obligada a ofrecer al afiliado un plan de salud alternativo cuyo precio más se aproxime al plan actualmente convenido. Pero en ningún caso, el afiliado estará obligado a suscribir este plan.
 
Los excedentes en salud ¿se reajustan?
Sí, los fondos acumulados en la cuenta corriente se reajustan de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y obtendrán el interés promedio pagado por los bancos en operaciones reajustables de no más de un año, según lo informado por el Banco Central de Chile en el respectivo período.
 
¿Cómo puedo verificar si tengo excedentes?
Puede consultar personalmente en su Isapre o través de su sitio web, y solicitar un certificado de excedentes.
 
¿Qué pasa con los contratos de salud suscritos antes del 1 de marzo de 2009?
En los contratos de salud suscritos antes del 1 de marzo de 2009, en que se haya pactado la renuncia de excedentes, se considerará válida esa renuncia y producirá sus efectos hasta que el afiliado opte por retractarse de la renuncia o cuando cambie de plan de salud.
 
¿Qué son los excesos?
Los excesos se producen cuando se entrega a la Isapre una suma mayor al 7% del sueldo, cuyo tope legal para salud es de 4,2 UF.
 
¿Puedo solicitar que me devuelvan los excesos?
Sí, los excesos deben ser devueltos en forma de dinero y no en forma de prestaciones médicas ni otros beneficios.
 
¿Cómo sé si tengo excesos?
Si sabe que en algunos meses del año cotizó más de 4,2 U.F. por gratificaciones, aumento de sueldo u otros, puede acercarse a su Isapre, llevar copia de las liquidaciones de sueldo y solicitar una revisión de las cotizaciones pagadas en exceso.
 
¿A quién debo pedir la devolución de los excesos?
A la Isapre donde usted cotiza, a través de una solicitud de revisión de sobrepago de cotizaciones.
 
¿Dónde puedo obtener más información?
En la Superintendencia de Salud.

Radioteatro

Breve dramatización que explica esta ley en formato mp3. Le invitamos a descargarla gratis y a difundirla por el medio de su preferencia.


Descargar Mp3 (2290 kb | 2:26)
Enseña qué son y cómo se puede hacer uso de ellos a través de prestaciones médicas.


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Ficha Básica

Imprima la información esencial sobre este tema.

Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.

Guías relacionadas

 

Más información

En otras instituciones.

Ministerio de Salud
Superintendencia de Salud
Isapres de Chile

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
 

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