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Ley fácil


Guía legal sobre:

Las funciones que ya no hará Carabineros

Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.


 

Escuche el texto de esta guía                                                Última actualización: 08 de julio 2009

 


Describe cuáles son las tareas que, según la Ley N° 20.227, se traspasan desde carabineros a otras entidades, como la emisión de salvoconductos para mudanzas.



¿Quién entrega el salvoconducto para cambiarse de domicilio?

Se debe realizar una declaración jurada ante notario, o, de no haber notario en la comuna, dejar constancia ante el oficial del Registro Civil, indicando el domicilio que deja, el nuevo al que se traslada y que no tiene ningún impedimento legal para mudarse.
 
Para ello debe presentar antecedentes que acrediten que es propietario u ocupante de la vivienda, como recibos del pago de contribuciones o servicios a su nombre (agua, luz, etc.). Si no es propietario, deberá presentar la autorización de éste o un recibo que acredite el pago de arriendo del último mes y el pago al día de los servicios de agua, luz, etc.
 
Esta declaración jurada no podrá costar más de 18 milésimas de una UTM ($614). Si no cumple estas disposiciones, se arriesga a que Carabineros impida la mudanza y que lo multen con 1 a 4 UTM.
 
¿Quién notifica o cita a juicio?
Tanto en el ámbito de la justicia penal y laboral, las notificaciones y citaciones judiciales las realizarán los funcionarios del tribunal correspondiente.
 
¿Quién entrega el certificado con los antecedentes de un accidente de tránsito?
El tribunal que corresponda o el Ministerio Público.
 
¿Quién notifica las resoluciones del SAG en caso de plaga y las resoluciones de procedimientos administrativos?
Los funcionarios del Servicio Agrícola Ganadero, SAG.
 
¿Quién fiscalizará la ley del tabaco?
La Autoridad Sanitaria, que en caso de infracción, denunciará los hechos ante el Juez de Letras o el Juez de Policía Local.

Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.

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Más información

En otras instituciones.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
 

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