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Portada > Ley fácil > Ley del mono para construcciones deportivas y de salud
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Ley fácil


Guía legal sobre:

Ley del mono para construcciones deportivas y de salud

Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.


Escuche el texto de esta guía                                           Última actualización: 2 de febrero 2009

Presenta el procedimiento para regularizar la construcción de un recinto deportivo o de salud en poblaciones.
  •  

    ¿Cuál es el objetivo de esta ley?
    Que las organizaciones comunitarias y deportivas, que hayan construido equipamientos deportivos o de salud con o sin permiso de edificación, y que no cuenten con recepción definitiva, puedan regularizar esta situación a través de un procedimiento simplificado.
     
    ¿Qué se entiende por regularizar un equipamiento deportivo o de salud?
    En este caso, que la Dirección de Obras Municipales le entregue en forma simultánea el permiso de edificación y la recepción final de la construcción.
     
    ¿Qué requisitos deben cumplir las construcciones para acogerse a esta ley?
    -         Ser anteriores al 31 de diciembre de 2005.
    -         No estar emplazadas en áreas de riesgo o en áreas declaradas de utilidad pública.
    -         En caso de equipamiento deportivo, estar destinado a estadios, centros y clubes deportivos, gimnasios, multicanchas, canchas, medialunas, piscinas cubiertas y descubiertas, pistas y otras semejantes.
    -         En caso de equipamiento de salud, estar destinado a hospitales, clínicas, policlínicos, consultorios, postas u otras semejantes.
    -         Cumplir con las normas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud.
    -         Cumplir con las normas de seguridad contra incendio, de evacuación y de estabilidad estructural.
     
    ¿Cuáles son las normas de seguridad contra incendio, de evacuación y de estabilidad estructural que exige la ley?
    Los requerimientos dependen del tipo de equipamiento. Por ejemplo, si se trata de una construcción deportiva de un solo piso, con una carga de ocupación de hasta 250 personas, se deberá adjuntar un plano simple suscrito por un profesional competente y un estudio de señalizaciones de seguridad, suscrito por un profesional especialista.
     
    Cada caso está definido en el artículo 3º de la ley.
     
    ¿Dónde se presentan los antecedentes para regularizar una construcción?
    En la Dirección de Obras Municipales respectiva,
     
    ¿Qué documentos hay que presentar? 
    • Croquis de ubicación a escala 1:500.
    • Plano de emplazamiento.
    • Planos de arquitectura elaborados por un profesional competente a escala 1:50, salvo que el Director de Obras Municipales autorice una escala distinta.
    • Cuadro de superficies edificadas.
    • Especificaciones técnicas resumidas: luz, agua, gas y alcantarillado.
    • Presupuesto de la obra.
    • Antecedentes del cumplimiento de las normas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud.
    • Antecedentes del cumplimiento de normas de seguridad contra incendio, de evacuación y de estabilidad estructural.
     
    ¿Cuánto cuesta el trámite?
    Hay que pagar los derechos municipales, cuyo valor varía según el tipo de construcción. En todo caso ese valor se rebajará hasta en un 50%. Además, el Director de Obras Municipales podrá otorgar facilidades para su pago, pudiendo establecer cuotas bimestrales o trimestrales, reajustables según el índice de precios al consumidor (IPC) hasta por un plazo de 18 meses.
     
    ¿Cuál es el plazo para regularizar estas construcciones?
    5 años desde la entrada en vigencia de la ley (28 de enero de 2014).
     
    ¿Qué plazo tiene la Dirección de Obras Municipales para entregar el certificado de regularización?
    La Dirección de Obras tiene 180 días después de presentada la solicitud y los documentos correspondientes.

Radioteatro

Breve dramatización que explica esta ley en formato mp3. Le invitamos a descargarla gratis y a difundirla por el medio de su preferencia.


Descargar Mp3 (1852 kb | 1:58)
Enseña cómo regularizar gimnasios, multicanchas, consultorios, etc., que se erigieron sin permiso ni recepción de obras.


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Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.

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Más información

En otras instituciones.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Ministerio de Salud

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  

 

 

 

 

 


Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
 

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