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Portada > Ley fácil > Píldora del día después (educación sexual y orientación para la fertilidad)
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Ley fácil


Guía legal sobre:

Píldora del día después (educación sexual y orientación para la fertilidad)

Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.


Escuche el texto de esta guía                                   Última actualización: 23 de septiembre 2011
 


Detalla la Ley N° 20.418, sobre política estatal en cuanto a educación sexual y establece la libre entrega de anticonceptivos de emergencia en el sistema público de salud.

 

Derecho a educación, información y orientación en materia de fertilidad
Según el texto, toda persona tiene derecho a recibir educación, información y orientación en materia de regulación de la fertilidad, en forma clara, comprensible, completa y, en su caso, confidencial.
Dichas educación e información deberán entregarse por cualquier medio, de manera completa y sin sesgo, y abarcar todas las alternativas que cuenten con la debida autorización, y el grado y porcentaje de efectividad de cada una de ellas, para que la persona decida sobre los métodos de regulación de la fertilidad y, especialmente, para prevenir el embarazo adolescente, las infecciones de transmisión sexual, y la violencia sexual y sus consecuencias. Este derecho incluye el de recibir libremente, de acuerdo a las creencias o formación de cada persona, orientaciones para la vida afectiva y sexual.
 
¿Los colegios estarán obligados a dar clases de educación sexual?
Los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán incluir dentro del ciclo de Enseñanza Media un programa de educación sexual, el cual, según sus principios y valores, incluya contenidos que propendan a una sexualidad responsable e informe de manera completa sobre los diversos métodos anticonceptivos existentes y autorizados. Esto debe hacerse de acuerdo al proyecto educativo, convicciones y creencias de cada establecimiento educacional, en conjunto con los centros de padres y apoderados.
 
¿Qué ocurre con el acceso a métodos anticonceptivos?
Toda persona tiene derecho a elegir libremente, sin coacción de ninguna clase y de acuerdo a sus creencias o formación, los métodos de regulación de la fertilidad que cuenten con la debida autorización y, del mismo modo, acceder efectivamente a ellos. Asimismo, toda persona tiene derecho a la confidencialidad y privacidad sobre sus opciones y conductas sexuales, así como sobre los métodos y terapias que elija para la regulación o planificación de su vida sexual.
 
¿El Estado podrá entregar la “píldora del día después”?
Los órganos de la Administración del Estado con competencia en la materia (Red Asistencia del Sistema Nacional de Servicios de Salud: postas, hospitales públicos y consultorios municipales, etc., tanto médicos como matronas) deben poner a disposición de la población métodos anticonceptivos, tanto hormonales como no hormonales, que cuenten con la debida autorización. Por ejemplo, métodos combinados de estrógeno y progestágeno; métodos de progestágeno solo; los métodos de anticoncepción no hormonal como preservativos, diafragmas, etc., y los métodos anticonceptivos hormonales de emergencia, más conocidos como “píldora del día después”. Este último elemento se entregará gratis en el sistema público de salud.
No obstante, el Estado no considerará anticonceptivos (y por ende no serán parte de ninguna política pública) métodos cuyo objetivo o efecto directo sea provocar un aborto.
En caso de que un facultativo (médico o matrona), tanto del sistema público como privado, atienda a una persona que requiera prescripción médica de un método anticonceptivo de emergencia, y sospeche que esa persona (o la persona para quien lo solicita) fue víctima de un delito sexual, tendrá la obligación de denunciar el hecho al Ministerio Público.
 
¿Se les puede entregar la píldora del día después a menores de edad?
Sí, pero si quien la solicita es un menor de 14 años, el funcionario o facultativo que corresponda, sea del sistema público o privado de salud, deberá entregar el medicamento y posteriormente informar al padre o madre de la menor, o al adulto responsable que ella señale.

Radioteatro

Breve dramatización que explica esta ley en formato mp3. Le invitamos a descargarla gratis y a difundirla por el medio de su preferencia.


Descargar Mp3 (1773 kb | 1:53)
Enseña bajo qué condiciones la salud pública entrega el anticonceptivo de emergencia.

Ver +

Ficha básica

Imprima la información esencial sobre este tema.

Píldora del día después

Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.

Más información

En otras instituciones:

Ministerio de Salud
Ministerio de Educación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  

   

 



Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
 

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