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Portada > Ley fácil > Protección a los animales
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Ley fácil


Guía legal sobre:

Protección a los animales

Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.


Escuche el texto de esta guía                                          Última actualización: 05 de octubre 2009

Explica qué dice la ley en cuanto a evitar el maltrato animal y qué sanciones existen para los infractores.


En términos generales, ¿qué dice la ley acerca del cuidado a los animales?
Toda persona dueña de un animal debe darle alimento y albergue de acuerdo a sus necesidades mínimas y no restringir su libertad de movimiento de forma innecesaria, en especial si le causa sufrimiento o alteración de su desarrollo normal. Esto también se aplica al transporte de animales, que debe realizarse de tal forma que no cause maltrato y que esté acorde con la especie y medio de transporte utilizado.
 
¿Qué dice sobre lugares en que se trabaja con animales, como circos o zoológicos?
Los siguientes recintos deben contar con instalaciones adecuadas según las especies que posean y además tener la correspondiente protección para las personas:
  • Circos y zoológicos (y otros lugares destinados al espectáculo o exhibición de animales)
  • Laboratorios de diagnóstico veterinario
  • Clínicas veterinarias
  • Establecimientos destinados a la producción industrial de animales y de sus productos
  • Locales comerciales de compraventa de animales
  • Locales dedicados a la docencia e investigación con animales
  • Establecimientos de adiestramiento de animales
  • Hospedaje de animales
 
¿La ley autoriza hacer experimentos con animales?
Sí, pero siempre y cuando los conduzca personal calificado (veterinario, médico o similar) que reduzca al mínimo el sufrimiento del animal. Los experimentos sólo podrán hacerse para actividades docentes, para probar hipótesis científicas, probar productos naturales o sintéticos, producir sustancias médicas y, en general, para estudiar las características del animal.
 
¿Se pueden hacer experimentos con animales en colegios, liceos agrícolas, universidades y otros establecimientos de educación superior?
Sí, pero sólo cuando sean indispensables y no exista otra manera de transmitir el conocimiento. De todas formas, los experimentos deberán ser autorizados por el director del colegio o por el decano de la facultad, según corresponda.
 
¿Qué dice la ley sobre controlar la población de animales callejeros, como perros o gatos?
En general, las autoridades deben hacer campañas de educación respecto de la tenencia responsable de animales. También están facultadas para hacer “controles sistemáticos” de la fertilidad de perros y gatos, siempre usando métodos racionales que les eviten sufrimientos innecesarios.
 
¿Se autoriza el sacrificio de animales?
Sí, y debe hacerse pensando en el beneficio del animal, empleando métodos que le eviten sufrir innecesariamente.
 
Según la ley, ¿se considera al rodeo como maltrato animal?
No. Esta norma no se aplica a deportes en que participan animales, como el rodeo, la hípica o corridas de vaca, actividades que cuentan con sus propios reglamentos.
 
¿Cómo debe actuar la Justicia ante un caso de maltrato animal?
Un juez competente, en primer lugar, puede ordenar que el animal afectado le sea retirado a su dueño y que reciba la atención veterinaria que corresponda. Luego, quien haya cometido el maltrato puede ser castigado con de 61 días a 3 años de cárcel y/o multa de 30 UTM.
Adicionalmente, los establecimientos que trabajan con animales (circos, zoológicos, tiendas, etc.) y que no los tengan en condiciones adecuadas serán castigados con una multa de entre una a 50 UTM, monto que se doblará en caso de reincidencia.

Radioteatro

Breve dramatización que explica esta ley en formato mp3. Le invitamos a descargarla gratis y a difundirla por el medio de su preferencia.


Descargar Mp3 (2344 kb | 2:29)
Cómo funciona la Ley de Protección a los Animales.

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Ficha Básica

Imprima la información esencial sobre este tema.

Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.

Más información

 

 

  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
 

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