espaciador espaciador Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
En todo el sitio   Sólo leyes  
     






 Logo RSS Suscríbase | ¿Qué es?
Encuesta imagen del Congreso Nacional, Datavoz 2006

NOVEDADES BCN
· Día del Patrimonio Cultural 2012 en la Biblioteca del Congreso
· BCN presentó su portal de Historia Política en seminario sobre uso de las TIC’s
· Horario de funcionamiento de la sala de lectura Valparaíso 11 y 12 de mayo

Descargue lector de PDF Acrobat

Descargue lector Flash

 
Portada > Ley fácil > Empresas de servicios transitorios (I)
Acciones de Documento
  • Atrás
  • Enviar a un amigo
  • Print this page
  • Agranda letra
  • Achica letra
  • Compartir

Ley fácil


Guía legal sobre:

Empresas de servicios transitorios (I)

Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.


Escuche el texto de esta guía                                          Última actualización: 23 de noviembre 2009


Explica qué es una empresa de servicios transitorios y bajo qué condiciones puede ser contratada.

¿Qué es una empresa de servicio transitorio?
Una empresa de servicios transitorios (EST) es aquella que tiene como objeto social el suministro de trabajadores a una empresa usuaria para que realice una determinada labor, de carácter transitorio u ocasional.
 
¿En qué casos operan las empresas de servicios transitorios?
  • Reemplazo de trabajadores (licencias médicas, descansos de maternidad o feriados).
  • Realización de eventos extraordinarios (organización de congresos, ferias, exposiciones, etc.).
  • Ejecución de proyectos nuevos y específicos (construcción de nuevas instalaciones, nuevos mercados).
  • Inicio de nuevas actividades en empresas nuevas.
  • Aumentos ocasionales o extraordinarios de actividad.
  • Trabajos urgentes, precisos e impostergables (reparaciones, instalaciones).
 
¿Qué tipo de contrato se debe suscribir en el régimen de servicios transitorios?
  • Contrato de puesta a disposición de trabajadores: se celebra entre una empresa de servicios transitorios (EST) y una empresa usuaria para suministrar trabajadores a esta última. Los requisitos de este contrato son: 
    - Constar por escrito dentro del plazo de 5 días desde la incorporación del trabajador o 2 días si el contrato es por menos de 5 días. 
    - Individualizar a las partes.
    - Indicar la causal para contratar servicios transitorios.
    - Indicar los puestos o cargos para los que se contrata.
    - Indicar el plazo por el cual se contrata y el precio convenido.
  • - Una copia del contrato de trabajo de el/los trabajador(es) con la EST deberá ser enviada a la empresa usuaria donde se prestarán los servicios.
  • Contrato de trabajo de servicios transitorios: se celebra entre el trabajador y una Empresa de Servicios Transitorios (EST). Los requisitos de este contrato son:
    - Constar por escrito dentro del plazo de 5 días desde la incorporación del trabajador o 2 días si el contrato es por menos de 5 días.
    - Contener al menos las menciones del contrato individual de trabajo. 
    - Una copia del contrato de trabajo deberá ser enviada a la empresa usuaria donde el trabajador prestará servicios.
 
¿En qué casos no se podrá contratar la puesta a disposición de trabajadores?
  • Para realizar tareas de representación de la empresa usuaria, tales como gerencia, subgerencia, agentes o apoderados.
  • Para reemplazar a trabajadores que han declarado la huelga legal en el respectivo proceso de negociación colectiva.
  • Para ceder trabajadores a otras empresas de servicios transitorios.
 
¿Cuáles son las responsabilidades de la empresa usuaria?
  • Responsabilidad directa de la empresa usuaria en materia de higiene y seguridad respecto de los trabajadores suministrados.
  • Responsabilidad subsidiaria respecto de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores suministrados. Es decir, ésta responde cuando la empresa de servicios transitorios (EST) no cumpla con sus obligaciones.
 
¿Cuáles son las sanciones para la empresa usuaria en casos de infracción y fraude a la ley? 
En caso de infracción a la ley laboral, cuando se contrate a un trabajador de servicios temporarios de empresas no inscritas en el registro de la Dirección del Trabajo, el trabajador se considerará trabajador de la empresa usuaria. Además, tendrá una multa de 10 UTM por cada trabajador contratado.
Por otra parte, hay fraude a la ley laboral cuando se hayan celebrado contratos de trabajo en supuestos distintos a aquellos que autorice la ley o encubra una relación de trabajo permanente. La sanción es que el trabajador se considerará como trabajador dependiente de la empresa usuaria.
 
¿Cuáles son las sanciones para la empresa de servicios transitorios (EST) en los casos de infracción a la ley laboral?
  • Multa de 80 a 500 UTM para las empresas de servicios transitorios (EST) que no cumplen con los requisitos de funcionamiento y constitución exigidos en la ley (registro, garantía, etc.).
  • Cancelación en el registro y multa de 10 UTM por cada trabajador contratado por las empresas de servicios transitorios (EST) que son matrices, filiales, coligadas, relacionadas, y que tengan interés, participación o relación con las empresas usuarias.
  • Cancelación en el registro de empresas de servicios transitorios (EST) cuando hay incumplimiento grave y reiterado de la legislación laboral y previsional, y por quiebra.
 
La empresa usuaria ¿conoce los términos del contrato que se firmó entre la empresa de servicios transitorios (EST) y los trabajadores?
Sí, una copia del contrato de trabajo de servicios transitorios se envía a la empresa usuaria donde el trabajador prestará servicios.
La empresa usuaria deberá cumplir íntegramente las condiciones convenidas entre el trabajador y la empresa de servicios transitorios (EST) relativas a la prestación de los servicios (duración de la jornada de trabajo, descansos diarios y semanales, naturaleza de los servicios y lugar de prestación de los mismos).
 
¿Cuánto puede durar un contrato de trabajo en régimen de servicios transitorios?
En el caso de reemplazos de trabajadores, se extenderá por lo que dure la ausencia del trabajador titular. Para los eventos extraordinarios y el aumento de producción, el contrato de trabajo para prestar servicios no podrá exceder de 90 días. Y en los casos de proyectos nuevos e inicio de actividades en empresas nuevas, el plazo no podrá superar los 180 días. Estos contratos no podrán ser renovables.
 
Pero si al término del contrato no se ha finalizado la faena, ¿es posible prorrogar el contrato?
Sí, se podrá prorrogar el contrato hasta completar los 90 ó 180 días en su caso.

Radioteatro

Breve dramatización que explica esta ley en formato mp3. Le invitamos a descargarla gratis y a difundirla por el medio de su preferencia.


Descargar Mp3 (2035 kb | 2:10)
Enseña qué es una EST, bajo qué condiciones contratar sus servicios y cuáles son sus limitaciones.


Ver +

Ficha Básica

Imprima la información esencial sobre este tema.

Leyes asociadas

Leyes que regulan el tema.

Guías relacionadas

 

Más información

En otras instituciones.

Dirección del Trabajo
Ministerio del Trabajo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
 

  Construido por la BCN en Plone, software libre    ·    Políticas de privacidad    ·    Mapa del sitio   ·     Ubicación horarios y teléfonos   ·     Senado    ·    Cámara de Diputados