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Historia de la Ley

GLOSARIO HISTORIA DE LEY

  • Acusación Constitucional:

    Procedimiento de fiscalización de los actos de Gobierno, de atribución exclusiva de la Cámara de Diputados (Art. N° 52, N° 2 de la Constitución Política de la República), por medio de la cual se declara si hay o no lugar a las acusaciones formuladas únicamente contra la autoridades que establece la Constitución. El Senado resuelve la acusación formulada como jurado.
  • Boletín:

    Número único asignado a cada proyecto al ingresar a tramitación en el Congreso Nacional.
  • Boletín de Indicaciones:

    Documento que contiene las proposiciones de sustitución, modificación, adición o supresión al texto de un proyecto de ley, realizadas por el Presidente de la República o Parlamentarios.
  • Cámara:

    Cada una de las Cámaras del Congreso Nacional, esto es, Cámara de Diputados y Senado de la República.
  • Cámara de origen:

    Cámara a la que ingresa el proyecto de ley para su tramitación. Puede ser indistintamente cualquiera de las dos cámaras, salvo las excepciones consagradas en la propia Constitución.
  • Cámara revisora:

    Cámara que conoce del proyecto una vez que ha concluido su tramitación en la cámara del origen.
  • Comisión:

    Grupo de trabajo integrado, según sea el caso, por 5 senadores o por 13 diputados y excepcionalmente por representantes de ambas Cámaras (comisión mixta), cuya función primordial es el estudio pormenorizado y especializado de los proyectos de ley y de las materias sometidas a su conocimiento. Están compuestas por parlamentarios en número proporcional a la representación de sus respectivos partidos políticos en la respectiva cámara.
  • Comisión Permanente:

    Comisión cuya constitución está contemplada en los reglamentos internos de ambas Cámaras.
  • Comisión Mixta:

    Comisión conformada por 5 diputados y 5 senadores, que se reúnen con el propósito de resolver las diferencias generadas entre ambas cámaras al momento de tramitar un proyecto de ley.
  • Comisiones Unidas:

    Comisión formada por dos o más comisiones cuando las materias sometidas a estudio tienen relación con más de una de ellas.
  • Cuenta:

    Relación que contiene todos los documentos ingresados a la cámara y que se lee a la Sala al comienzo de la Sesión. Una vez que se da cuenta a la Sala, el documento tiene plena vigencia o existencia y produce los efectos para los cuales ha sido enviado o recibido.
  • Despacho de un Proyecto de Ley:

    Remisión al Presidente de la República de un proyecto de ley que ha cumplido todos los trámites legislativos pertinentes, y se encuentra en condiciones de ser promulgado.
  • Discusión general:

    Debate y deliberación que tiene por finalidad aprobar o desechar en su totalidad el proyecto de ley, tomando en consideración sus ideas matrices o fundamentales.
  • Discusión particular:

    Debate y deliberación tiene por objeto el análisis específico del contenido del proyecto de ley.
  • Discusión única:

    Debate y deliberación que tiene por objeto ejecutar la discusión general y particular a la vez de un proyecto de ley.
  • Historia de la Ley:

    Conjunto de documentos extraídos del proceso de formación de la ley que conforman los antecedentes sobre su generación, elaboración y aprobación. Constituye un elemento para la interpretación a partir de la indagación del sentido y alcance de la norma fijado por el legislador.
  • Indicaciones:

    Propuestas de modificación, adición o supresión al texto de un proyecto de ley que se presenta por uno o varios parlamentarios o por el Ejecutivo durante su tramitación.
  • Informe Comisión:

    Documento final del trabajo encomendado a una Comisión para el estudio de un proyecto de ley, desarrollo de una investigación o estudio de un tema.
  • Inhabilitación:

    Impedimento que afecta a un parlamentario en virtud de la cual no puede desarrollar todas o algunas de las funciones que le son propias.
  • Intervención:

    Manifestación de la opinión de un parlamentario durante el debate de un proyecto de ley, proyecto de acuerdo, proyecto de resolución u otro caso donde proceda.
  • Legislatura:

    Conjunto de sesiones dentro de un período legislativo que se extiendedesde el 11 de marzo de cada año y el 10 de marzo del año siguiente. Desde la reforma del año 2005 solo existe una legislatura, la ordinaria.
  • Mensaje:

    Iniciativa de ley presentada por el Presidente de la República.
  • Moción:

    Iniciativa de ley presentada por hasta 10 diputados o hasta 5 senadores.
  • Oficio:

    Documento mediante el cual las cámaras se comunican entre sí o con otros organismos que participan en la tramitación de la ley.
  • Período Legislativo:

    Período de cuatro años, que una vez transcurrido, hacen que la Cámara de Diputados se renueve en su totalidad y el Senado en forma parcial.
  • Promulgación de una Ley:

    Dictación de un decreto por parte del Presidente de la República, a través del cual un proyecto se convierte en ley y se dispone su cumplimiento. La promulgación debe realizarse siempre dentro del plazo de diez días, contados desde que ella sea procedente.
  • Proyecto de ley:

    Iniciativa de ley que ingresa al Congreso Nacional para cumplir el trámite de formación de la ley. Cuando es presentada por el Ejecutivo se denomina mensaje, y si lo hacen los parlamentarios se denomina moción.
  • Publicación de una ley:

    La publicación se realiza en el Diario Oficial, dentro de los cincos días hábiles siguientes a la fecha en que quede totalmente tramitado el decreto promulgatorio. Desde su publicación la ley se presume conocida por todos y su cumplimiento es obligatorio.
  • Trámite Constitucional:

    Cada una de las etapas de discusión y decisión de un proyecto, en cada cámara, que han sido definidas en la Constitución y que termina con la aprobación o rechazo del proyecto
  • Trámite Reglamentario:

    Conjunto de actos que desarrolla cada una de las cámaras, dentro del procedimiento legislativo, establecidas en la Ley o en el Reglamento y que culmina con el pronunciamiento de la respectiva Sala, en orden a aprobar o rechazar el proyecto sometido a su consideración.
  • Urgencia de Discusión Inmediata:

    Tiene por finalidad el despacho total de un proyecto de Ley del Congreso Nacional, en el plazo de 6 días.
  • Urgencia Simple:

    Tiene por finalidad el despacho total de un proyecto de Ley del Congreso Nacional, en el plazo de 30 días.
  • Urgencia Suma:

    Tiene por finalidad el despacho total de un proyecto de Ley del Congreso Nacional, en el plazo de 10 días.
  • Veto Presidencial:

    Observaciones que puede formular el Presidente de la República a un proyecto de ley despachado por el Congreso, las que deben ser votadas por ambas Cámaras.