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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.553

Establece normas de excepción, en materia de subvenciones a establecimientos educacionales.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 02 de noviembre, 2011. Mensaje en Sesión 66. Legislatura 359.

?MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.

Santiago, 2 de noviembre de 2011.-

MENSAJE Nº 223-359/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto establecer un régimen de excepción para los establecimientos educacionales cuya asistencia se ha visto afectada producto de las movilizaciones estudiantiles del presente año, relativo al mecanismo de cálculo de la subvención educacional.

I.FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA

Los movimientos estudiantiles que han tenido lugar a contar de mediados del presente año han afectado el desarrollo normal de las actividades de los establecimientos educacionales, ya sea por la ocupación de sus locales escolares o por la inasistencia masiva de su alumnado. Dichos establecimientos han debido recalendarizar las actividades lectivas, presentando propuestas de recuperación de las clases no realizadas en extensiones horarias luego de la jornada escolar, en días sábados y en los días posteriores al término del año escolar regular.

De esta manera, el régimen regular de financiamiento educacional, basado en la asistencia media de los alumnos, se mantuvo sin mayores variaciones, al no considerar como días trabajados aquellos días en que no hubo actividad y cuya recuperación ha sido solicitada y autorizada. Sin embargo, respecto de muchos establecimientos, la recuperación de las clases no realizadas ya ha copado totalmente los días disponibles para ello en el calendario escolar, por lo que no les será posible seguir solicitando la recuperación de clases ya que no habrá días disponibles para ello. En ese contexto, los sostenedores deberán declarar la asistencia diaria que se registre efectivamente, la cual será nula o muy baja, impactando directamente en el monto de la subvención a percibir.

En virtud de lo anterior, se requieren formas excepcionales para compensar las inasistencias, evitando que la institucionalidad vigente profundice los perjuicios sufridos por los sostenedores de establecimientos educacionales.

II.CONTENIDOS FUNDAMENTALES DEL PROYECTO

Las particulares condiciones del presente año escolar implican para los sostenedores una carga financiera imposible de soportar. Lo anterior debido a que la subvención que reciben y que constituye su fuente de financiamiento se ha visto alterada al verse impedida o fuertemente afectada la asistencia a clases debido a las movilizaciones estudiantiles. Este proyecto de ley busca solucionar el problema recién planteado sin con ello alterar la esencia del sistema de subvenciones, que tiene como fundamento el pago por asistencia de los alumnos.

Con este objetivo, se establece un mecanismo para considerar que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Asimismo, se faculta al Ministerio de Educación para reliquidar la subvención fiscal mensual que corresponda, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo Único.-Para los establecimientos educacionales regidos por el DFL Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al D.F.L. Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquél en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50% de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.”.

Dios guarde a V.E.,

SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE

Presidente de la República

FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN

Ministro de Hacienda

FELIPE BULNES SERRANO

Ministro de Educación

1.2. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 08 de noviembre, 2011. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 106. Legislatura 359.

?Valparaíso, 8 de noviembre de 2011.

El Secretario de Comisiones que suscribe, CERTIFICA:

Que el proyecto de ley originado en un mensaje de S.E. el Presidente de la República, con urgencia calificada de "discusión inmediata", que ESTABLECE NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES (Boletín Nº 8.021-04), fue tratado en esta Comisión, en sesión de fecha de hoy, con la asistencia de los Diputados señores Godoy, don Joaquín (Presidente); Auth, don Pepe; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Macaya, don Javier; Marinovic, don Miodrag; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Robles, don Alberto; Silva, don Ernesto, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Concurrió además el Diputado señor Monckeberg, don Nicolás.

Asistieron a la Comisión durante el estudio de la iniciativa el Ministro de Educación, señor Felipe Bulnes, acompañado por el Abogado de dicha Secretaría de Estado, señor Raúl Figueroa, y los representantes de la Asociación Chilena de Municipalidades, señores Roberto Delpín, Asesor del Área de Finanzas Municipales, y Malik Mograby, Abogado.

La Comisión de Educación, Deportes y Recreación dispuso en su informe que el artículo único de la iniciativa debía ser conocido por la Comisión de Hacienda.

Durante su debate, el Ministro señor Bulnes especificó que el 80 u 85 por ciento de los establecimientos educacionales que se beneficiarán con la aplicación esta norma de excepción es de dependencia municipal, y sólo el 15 ó 20 por ciento restante es particular subvencionado.

En respuesta a inquietudes planteadas por los señores Diputados, señaló que la promoción de los alumnos no es requisito para el pago de las subvenciones que autoriza la iniciativa y mucho menos lo es que se hayan inscrito en el plan Salvemos el Año Escolar promovido por el Ministerio a su cargo. Aclaró que el sentido del inciso tercero del artículo único es que los sostenedores lleven a efecto todos los actos pedagógico-administrativos necesarios para cerrar el año escolar, esto es, que efectúen las evaluaciones finales que corresponda de acuerdo a las normas generales o de excepción autorizadas; que acrediten su aprobación o reprobación por los alumnos que se hayan sometido a ellas y que certifiquen en consecuencia quiénes son promovidos al curso superior y quiénes deben repetir, sin que la paralización de actividades que les ha afectado sirva de excusa para no hacerlo.

Con todo, a petición del Diputado señor Montes, se acordó votar separadamente el citado inciso tercero.

Puestos en votación los incisos primero y segundo del artículo único del proyecto, fueron aprobados por la unanimidad de los Diputados presentes, señores Auth, Godoy, Jaramillo, Lorenzini, Macaya, Marinovic, Montes, Ortiz, Recondo, Robles, Silva y Von Mühlenbrock.

El inciso tercero fue aprobado por 9 votos a favor, de los Diputados señores Auth, Godoy, Jaramillo, Macaya, Marinovic, Ortiz, Recondo, Silva y Von Mühlenbrock; 1 voto en contra, del Diputado señor Robles, y las abstenciones de los Diputados señores Lorenzini y Montes.

La Comisión acordó que el informe se emitiera en forma verbal, directamente en la Sala, para lo cual designó Diputado Informante al señor MARINOVIC, don MIODRAG.

Al presente certificado se adjunta informe financiero de la Dirección de Presupuestos, de fecha 2 de noviembre en curso.

En consecuencia, se propone a la Sala el siguiente texto, con algunas modificaciones formales:

PROYECTO DE LEY

"Artículo único.- Para los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquéllas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados, considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquél en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50% de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.".

Javier Rosselot Jaramillo

Secretario de la Comisión

1.3. Informe de Comisión de Educación

Cámara de Diputados. Fecha 08 de noviembre, 2011. Informe de Comisión de Educación en Sesión 106. Legislatura 359.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.

BOLETÍN N° 8021-04

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Educación, Deportes y Recreación pasa a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, originado en un Mensaje de S. E. el Presidente de la República, quien, para el despacho de esta iniciativa, ha hecho presente la urgencia calificándola de “discusión inmediata” para todos sus trámites constitucionales, contando, en consecuencia, esta Cámara con un plazo de seis días para su despacho, término que vence el día 14 de noviembre de 2011, por haberse dado cuenta de la urgencia en la Sala el día 8 de noviembre de 2011.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- IDEA MATRIZ DEL PROYECTO.

La idea matriz o central del proyecto se orienta a establecer un régimen de excepción aplicable a los establecimientos educacionales cuya asistencia se ha visto afectada producto de las movilizaciones estudiantiles del presente año, relativo al mecanismo de cálculo de la subvención educacional.

2.- NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL.

El articulado del proyecto no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado.

3.- ARTÍCULOS DE COMPETENCIA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA.

El artículo único del proyecto debe ser conocido por la Comisión de Hacienda, de acuerdo a lo establecido en el artículo 220 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

4.- APROBACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR DEL PROYECTO.

La iniciativa fue aprobada en general y en particular por la unanimidad de las señoras y señores diputados presentes (10 votos a favor).

5.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.

No hay.

6.- DIPUTADO INFORMANTE.

Se designó Diputado Informante a la señora María José Hoffmann Opazo.

II. ANTECEDENTES GENERALES.

a.Fundamentos del proyecto.

En el mensaje que da inicio a esta iniciativa, el Presidente de la República hace presente que los movimientos estudiantiles que han tenido lugar a contar de mediados del presente año han afectado el desarrollo normal de las actividades de los establecimientos educacionales, ya sea por la ocupación de sus locales escolares o por la inasistencia masiva de su alumnado. Dichos establecimientos han debido recalendarizar las actividades lectivas, presentando propuestas de recuperación de las clases no realizadas en extensiones horarias luego de la jornada escolar, en días sábados y en los días posteriores al término del año escolar regular.

Lo anterior significa que el régimen regular de financiamiento educacional, basado en la asistencia media de los alumnos, se mantuvo sin mayores variaciones, al no considerar como días trabajados aquellos días en que no hubo actividad y cuya recuperación ha sido solicitada y autorizada. Sin embargo, respecto de muchos establecimientos, la recuperación de las clases no realizadas ya ha copado totalmente los días disponibles para ello en el calendario escolar, por lo que no les será posible seguir solicitando la recuperación de clases ya que no habrá días disponibles para ello. En ese contexto, los sostenedores deberán declarar la asistencia diaria que se registre efectivamente, la cual será nula o muy baja, impactando directamente en el monto de la subvención a percibir.

A juicio del Gobierno, para enfrentar esta difícil situación, se requieren formas excepcionales para compensar las inasistencias, evitando que la institucionalidad vigente profundice los perjuicios sufridos por los sostenedores de establecimientos educacionales.

b.Contenidos del proyecto.

Señala en su mensaje el Primer Mandatario, que la iniciativa legal en informe --compuesta de un único artículo-- aborda los siguientes aspectos fundamentales:

Las particulares condiciones del presente año escolar han implicado para los sostenedores una carga financiera imposible de soportar, por cuanto la subvención que reciben y que constituye su fuente de financiamiento se ha visto alterada al verse impedida o fuertemente afectada la asistencia a clases debido a las movilizaciones estudiantiles. Este proyecto de ley busca solucionar el problema recién planteado sin con ello alterar la esencia del sistema de subvenciones, que tiene como fundamento el pago por asistencia de los alumnos.

Para lograr el objetivo señalado, el proyecto de ley establece un mecanismo para considerar que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Asimismo, se faculta al Ministerio de Educación para reliquidar la subvención fiscal mensual que corresponda, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.

c) Informe Financiero.

El informe financiero de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, que se adjunta, señala que este proyecto, no tiene efectos en los ingresos del Fisco y que, dado los recursos que contempla el presupuesto vigente del año 2011 y el proyecto de ley de Presupuestos para el año 2012, haría innecesario suplementar el presupuesto del Ministerio de Educación para enfrentar esta medida de excepción.

III.- DISCUSIÓN DEL PROYECTO.

Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión de Educación contó con la asistencia y colaboración del señor Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Educación; del señor Raúl Figueroa Salas, Jefe de la Unidad Jurídica de dicha Secretaría de Estado, y de los representantes de la Asociación Nacional de Municipalidades, señores Roberto Delpin Aguilar, asesor, y Nalik Mograbi, abogado.

a) Discusión en general y en particular del proyecto.

El texto del artículo único propuesto por el Ejecutivo es el siguiente:

“Artículo Único.-Para los establecimientos educacionales regidos por el DFL Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al D.F.L. Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquél en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50% de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.”.

El Ministro de Educación señor BULNES reiteró los argumentos expuestos en el Mensaje, precisando que el movimiento estudiantil ha tenido un impacto ostensible en la asistencia de los alumnos a sus establecimientos escolares, lo que se tradujo en la necesidad de recandelarizar la jornada escolar. Esto permitió a los sostenedores que continuaran recibiendo la subvención escolar durante los primeros meses de las movilizaciones y paros estudiantiles, pero llegó un momento que esto fue imposible de concretar por falta de tiempo, y por ende, ha sido imposible para los sostenedores obtener el pago de subvenciones, cuyo sistema de cálculo se basa en la asistencia promedio de los alumnos.

En razón de lo anterior, el Gobierno recogió la inquietud planteada por la Asociación Chilena de Municipalidades y preocupado porque no se vea afectada la educación pública del país, presentó esta iniciativa legal, que posibilitará que los establecimientos que se han visto afectados puedan seguir funcionando y mantengan sus ingresos.

Agregó que, concretamente, la propuesta permite que entre los meses de septiembre a diciembre, que se han determinado como más críticos, se pague a los sostenedores el mayor valor de la asistencia efectiva en dichos meses, o el promedio de asistencia que hubieran registrados los establecimientos entre marzo y mayo del 2011, período en el cual no se habían iniciado los paros ni las tomas a colegios.

Asimismo, informó que de acuerdo a los cálculos realizados por la Dirección de Presupuestos, el costo estimado de esta aprobación legal significará 41 mil millones de pesos para regularizar la situación del año 2011 y 20 mil millones para cubrir el costo de enero y febrero de 2012. Hizo hincapié en que estos recursos no son adicionales y que ya se encontraban contemplados para el pago de subvenciones escolares, correspondiendo precisamente a los montos que no se pagarían de no existir esta iniciativa legal.

El señor DELPIN (Asesor de la Asociación Chilena de Municipalidades) indicó que la Asociación que representa ha planteado desde hace tiempo el problema que significa la caída de las subvenciones como consecuencia de la baja asistencia de los alumnos. Destacó que el sistema se sustenta en la subvención regular, es decir, ninguna otra subvención tiene la finalidad de pagar las remuneraciones de docentes y asistentes de la educación ni de financiar los gastos operacionales (luz, agua, etc).

Por lo tanto, señaló que la situación se ha tornado compleja para los municipios, entidades que deben destinar 120 mil millones de pesos adicionales al año para administrar la educación municipal. Por ello, obligarlos a aportar 41 mil millones de pesos, suma que no percibirían de no aprobarse esta iniciativa legal, significaría el desplome financiero de las municipalidades.

Concluyó manifestando el apoyo de la Asociación Chilena de Municipalidades a el proyecto en estudio, indicando que, sin embargo, habrían preferido que la re liquidación se produjera a partir de junio, fecha en la que se iniciaron las movilizaciones estudiantiles.

Consultado al respecto por el Diputado AGUILÓ, el ministro señor BULNES puntualizó que, si bien el conflicto se inició antes de noviembre del año 2011, la iniciativa legal no se refiere a la subvención a pagar en los meses de junio, julio y agosto, porque se estimó que el impacto en ese período de tiempo fue menor.

Además, indicó que el inciso tercero del artículo único del proyecto en estudio, busca garantizar que los sostenedores de establecimientos educacionales no dejen de lado las actividades docentes que les son propias, no obstante las movilizaciones y paros que se han producido, y por ellos se les exige que cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general y en caso contrario se deberán reliquidar las subvenciones pagadas.

Finalmente, aclaró que la aprobación de este proyecto de ley beneficiará tanto a los establecimientos educacionales subvencionados municipales como aquellos con sostenedores particulares.

b) Votación en general y en particular del proyecto de ley.

La Comisión de Educación, Deportes y Recreación, compartiendo los fundamentos y objetivos generales tenidos en consideración por el Ejecutivo para legislar en el sentido propuesto, y luego de escuchar las explicaciones de la autoridad antes señalada, procedió a dar su aprobación al proyecto por la unanimidad de las diputadas y diputados presentes, señoras Hoffmann y Saa, y señores Aguiló, Becker, Bobadilla, González, Gutiérrez, Kast, Venegas y Verdugo.

PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN.

Por las razones expuestas y por las que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante, la Comisión de Educación recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo Único.-Para los establecimientos educacionales regidos por el DFL Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al D.F.L. Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquél en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50% de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.”.

Sala de la Comisión, a 8 de noviembre de 2011.

Tratado y acordado en sesión de igual fecha, con la asistencia de los miembros titulares de la Comisión, diputadas señoras María José Hoffmann Opazo (Presidente) y María Antonieta Saa Díaz; y diputados señores Sergio Aguiló Melo, Germán Becker Alvear, Sergio Bobadilla Muñoz, Rodrigo González Torres, Romilio Gutiérrez Pino, José Antonio Kast Rist, Mario Venegas Cárdenas, y Germán Verdugo Soto.

HERNAN ALMENDRAS CARRASCO,

Abogado, Secretario de la Comisión.

1.4. Discusión en Sala

Fecha 09 de noviembre, 2011. Diario de Sesión en Sesión 106. Legislatura 359. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

NORMATIVA DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. Primer trámite constitucional.

El señor MELERO (Presidente).-Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales.

Diputados informantes de las Comisiones de Educación, Deportes y Recreación y de Hacienda son la señora María José Hoffmann y el señor Miodrag Marinovic, respectivamente.

Antecedentes:

-Mensaje, boletín N° 8021-04, sesión 105ª, en 8 de noviembre de 2011. Documentos de la cuenta N° 1.

-Informe de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación y Certificado de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta N°s 3 y 4, de esta sesión.

El señor MELERO ( Presidente ).- Tiene la palabra la diputada informante de la Comisión de Educación , Deportes y Recreación.

La señora HOFFMANN, doña María José (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación, paso a informar el proyecto de ley que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales.

La idea matriz o central del proyecto se dirige a establecer un régimen de excepción aplicable a los establecimientos educacionales cuya asistencia se ha visto afectada producto de las movilizaciones estudiantiles del presente año, relativo al mecanismo de cálculo de la subvención educacional.

En el mensaje que da inicio a esta iniciativa, el Presidente de la República hace presente: “Los movimientos estudiantiles que han tenido lugar a contar de mediados del presente año han afectado el desarrollo normal de las actividades de los establecimientos educacionales, ya sea por la ocupación de sus locales escolares o por la inasistencia masiva de su alumnado. Dichos establecimientos han debido recalendarizar las actividades lectivas, presentando propuestas de recuperación de las clases no realizadas en extensiones horarias luego de la jornada escolar, en días sábados y en los días posteriores al término del año escolar regular.”

Lo anterior significa que “el régimen regular de financiamiento educacional, basado en la asistencia media de los alumnos, se mantuvo sin mayores variaciones al no considerar como días trabajados aquellos en que no hubo actividad y cuya recuperación ha sido solicitada y autorizada. Sin embargo, respecto de muchos establecimientos, la recuperación de las clases no realizadas ya ha copado totalmente los días disponibles para ello en el calendario escolar, por lo que no les será posible seguir solicitando” dicha recuperación. “En ese contexto, los sostenedores deberán declarar la asistencia diaria que se registre efectivamente, la cual será nula o muy baja, impactando directamente en el monto de la subvención a percibir.”

Para enfrentar esta difícil situación “se requieren formas excepcionales para compensar las inasistencias, evitando que la institucionalidad vigente profundice los perjuicios sufridos por los sostenedores de establecimientos educacionales.”

Por otra parte, agrego: “las particulares condiciones del presente año escolar implican para los sostenedores una carga financiera imposible de soportar, por cuanto la subvención que reciben, y que constituye su principal fuente de financiamiento, se ha visto alterada al verse impedida o fuertemente afectada la asistencia a clases debido a las movilizaciones estudiantiles. Este proyecto de ley busca solucionar el problema recién planteado -de los sostenedores- sin con ello alterar la esencia del sistema de subvenciones, que tiene como fundamento el pago por asistencia de los alumnos.”

Para lograr este objetivo, el proyecto de ley “establece un mecanismo para considerar que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Asimismo, se faculta al Ministerio de Educación para reliquidar la subvención fiscal mensual que corresponda, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.”

Durante el análisis de esta iniciativa, el señor ministro de Educación , señor Felipe Bulnes , precisó “que el movimiento estudiantil ha tenido un impacto ostensible en la asistencia de los alumnos a sus establecimientos escolares, lo que se tradujo en la necesidad de recandelarizar la jornada escolar. Esto permitió a los sostenedores que continuaran recibiendo la subvención escolar durante los primeros meses de las movilizaciones y paros estudiantiles, pero llegó un momento que esto fue imposible de concretar por falta de tiempo y, por ende, ha sido imposible para los sostenedores obtener el pago de subvenciones, cuyo sistema de cálculo se basa en la asistencia promedio de los alumnos.”

En este sentido, el Ejecutivo , atendida la urgencia de los sostenedores, propone permitir que entre septiembre y diciembre, meses determinados como los más críticos, se pague a los sostenedores el mayor valor de la asistencia efectiva en dichos meses o el promedio de asistencia que hubieran registrado los establecimientos entre marzo y mayo del 2011, pe-ríodo en el cual no se habían iniciado los paros ni las tomas en los colegios.

Asimismo, el ministro señor Bulnes , informó que, de acuerdo con los cálculos realizados por la Dirección de Presupuestos, el costo estimado de esta aprobación legal no es adicional, por cuanto ya se encontraban contemplados para el pago de las subvenciones escolares de este año.

En relación con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo único del proyecto, expresó que se pretende garantizar que los sostenedores de establecimientos educacionales no dejen de lado las actividades docentes que les son propias, no obstante las movilizaciones y paros que se han producido. Por ello, se les exige que cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general, y, en caso contrario, se deberán reliquidar las subvenciones pagadas.

Por su parte, el representante de la Asociación Chilena de Municipalidades señaló que, desde hace tiempo, han estado planteando el problema que significa la caída de las subvenciones como consecuencia de la baja asistencia de los alumnos. Destacó que el sistema se sustenta en la subvención regular; es decir, ninguna otra subvención tiene la finalidad de pagar las remuneraciones de docentes y asistentes de la educación ni de financiar los gastos operacionales (luz, agua, etcétera).

Añadió que la situación de los municipios se ha tornado compleja, puesto que deben destinar 120 mil millones de pesos adicionales al año para administrar la educación. Por ello, obligarlos a aportar 41 mil millones de pesos, suma que no percibirían de no aprobarse esta iniciativa legal, significaría el desplome financiero de las municipalidades sostenedoras.

Por último, quiero resaltar el hecho de que la Comisión aprobó esta iniciativa por unanimidad y espera que esta Sala lo haga en iguales términos.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor MELERO (Presidente).- Para rendir el informe de la Comisión de Hacienda, tiene la palabra el diputado señor Miodrag Marinovic.

El señor MARINOVIC.- Señor Presidente , en representación de la Comisión de Hacienda, paso a informar el proyecto de ley, originado en un mensaje de su excelencia el Presidente de la República , con urgencia de “discusión inmediata”, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales.

Ayer, a la discusión de la iniciativa en la Comisión de Hacienda, asistieron el ministro de Educación , señor Felipe Bulnes , y algunas otras autoridades.

El ministro Bulnes expresó que, aproximadamente, el 80 u 85 por ciento de los establecimientos educacionales que se van a beneficiar con la aplicación de esta norma de excepción es de dependencia municipal y que alrededor del 15 o 20 por ciento es particular subvencionado.

En respuesta a inquietudes planteadas por los señores diputados, expuso que la promoción de alumnos no es requisito para el pago de las subvenciones que autoriza esta iniciativa y mucho menos lo es que se hayan inscrito en el plan Salvemos el Año Escolar promovido por el Ministerio de Educación.

Aclaró que el sentido del inciso tercero del artículo único del proyecto es que los sostenedores lleven a efecto todos los actos pedagógico-administrativos necesarios para cerrar el año escolar; esto es, que efectúen las evaluaciones finales que correspondan, de acuerdo a las normas generales o de excepción autorizadas, que acrediten su aprobación o reprobación por los alumnos que se hayan sometido a ellas y que certifiquen, en consecuencia, quiénes son promovidos al curso superior y quiénes deben repetir, sin que la paralización de actividades que les ha afectado sirva de excusa para no hacerlo.

Con todo, a petición del diputado señor Montes, se acordó votar separadamente el citado inciso tercero.

Puestos en votación los incisos primero y segundo del artículo único del proyecto, fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes, señores Auth , Godoy , Jaramillo , Lorenzini , Macaya , Montes , Ortiz , Recondo , Robles , Silva , Von Mühlenbrock y Marinovic.

El inciso tercero fue aprobado por 9 votos a favor, de los diputados señores Auth , Godoy , Jaramillo , Macaya , Ortiz , Recondo , Silva , Von Mühlenbrock y Marinovic; 1 voto en contra del diputado señor Robles y las abstenciones de los diputados señores Lorenzini y Montes .

La Comisión acordó que el informe se emitiera en forma verbal a través de la certificación emitida, y señalar que, desde el punto de vista financiero, este proyecto de ley no involucra recursos adicionales a los ya aprobados en los textos legales de presupuestos del 2011.

En consecuencia, se propone a la Sala el texto siguiente:

“Artículo único.- Para los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre, de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva, de conformidad al decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término de año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados, considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquel en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50 por ciento de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.”.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor MELERO (Presidente).- En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el ministro de Educación, señor Felipe Bulnes.

El señor BULNES ( ministro de Educación ).- Señor Presidente , atendida la hora y los completos informes de la diputada señora Hoffmann y del diputado señor Marinovic, no voy a extenderme sobre los fundamentos de la iniciativa, cuyo objetivo es evitar que las movilizaciones y las tomas que han afectado a algunos establecimientos educacionales impacten negativamente en los sostenedores y en los compromisos financieros que de todos modos deben enfrentar. Por ello, con el fin de que esos establecimientos educacionales, fundamentalmente los municipales, no experimenten un deterioro, hemos presentado este proyecto, respecto del cual creo importante hacer ciertas aclaraciones, a petición de algunos señores diputados.

La primera es cómo se calcula el monto de la subvención. Algunos diputados me plantearon la duda de si se efectuará un promedio entre las dos alternativas señaladas o se elegirá aquella que arroje el valor más alto. El proyecto lo establece con claridad, no obstante, lo explicaré para la historia fidedigna del establecimiento de la ley. En los meses de septiembre a diciembre se considera la asistencia efectiva y se compara cuál es el pago resultante de esa asistencia efectiva -que es la forma en que se calcula la subvención escolar- con el promedio de asistencia que existió durante marzo, abril y mayo, que fueron meses en que no hubo ningún impacto producto de las movilizaciones. Luego, se elige cuál de los dos valores es más alto, y ese es el que se le paga al sostenedor.

Por lo tanto, si el promedio de asistencia registrado durante los meses de marzo, abril y mayo, en los que la jornada escolar se desarrollaba con plena normalidad, es de 97 ó 98 por ciento, y en septiembre la asistencia efectiva es de 80 por ciento o cualquier cifra inferior a 97 por ciento, se elegirá la cifra mayor que resulta de este promedio de los tres primeros meses, que se consideraron de normalidad de la actividad educacional.

En consecuencia, no hay un promedio entre ese trimestre y la asistencia de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre, según el mes que corresponda.

La segunda cuestión respecto de la cual se me formularon consultas dice relación con el inciso tercero del artículo único del proyecto. En la Comisión de Hacienda me pidieron aclarar qué actividades se requieren. Primero, vuelvo a ratificar que el pago de la subvención no está condicionado a que aprueben los alumnos, sino, como dice el inciso tercero, a que se determine su situación final de promoción, es decir, si aprueban o reprueban. Lo importante -esta es la conducta que estamos pidiendo a los colegios y establecimientos educacionales en toma- es que, por el hecho de efectuarse el pago, los profesores no dejen de realizar los trámites finales, esto es, terminar el proceso, tomar los exámenes en aquellos casos en que corresponda y certificar si el alumno fue promovido o reprobado. De otra manera, estaríamos mandando una señal incorrecta en cuanto a que los profesores quedarían liberados de esa obligación, no obstante estar garantizado el pago. Pero, reitero, no hay una condición especial ni está estipulado bajo la forma de un bono ni nada que se le parezca. Simplemente, se pide que los establecimientos desarrollen las actividades pedagógicas normales, que permitan que los alumnos puedan aprobar o reprobar, según las reglamentaciones vigentes en ese minuto.

En tercer lugar, el diputado Cerda me pidió aclarar qué pasará con los meses de enero y febrero, cuando no funciona la actividad escolar. Por la estructura de la subvención escolar, ese problema está resuelto con este proyecto. Para los meses de enero y febrero, que no están comprendidos en el año escolar, la subvención se calcula sobre la base de la asistencia media efectiva registrada en los meses del período escolar inmediatamente anterior. Como en este caso, producto del proyecto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre quedarán con una asistencia calculada en la forma que se ha señalado, automáticamente se generará un efecto reflejo sobre los meses de enero y febrero. Tanto es así, que el informe financiero no sólo cuantifica o valoriza los alcances del proyecto para septiembre a diciembre, sino que también para enero y febrero de 2012.

En consecuencia, es la mecánica de la ley la que, por efecto reflejo, soluciona la inquietud planteada por el diputado Cerda.

Es cuanto puedo señalar, sin perjuicio de responder las consultas adicionales que surjan del debate.

Muchas gracias.

El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Manuel Monsalve.

El señor MONSALVE.- Señor Presidente , es indispensable establecer algunos criterios generales.

La bancada del Partido Socialista ha planteado en el debate del sistema educacional, que ha tomado la agenda pública de 2010 y, particularmente, de 2011, la necesidad de superar el modelo de subvenciones. Quiero ser muy claro en esto. Existe un compromiso del Gobierno de enviar un proyecto que resuelva la institucionalidad, pero también el del modelo de financiamiento. Queremos reiterar la necesidad de que este modelo de subvenciones sea superado y de que el financiamiento de la educación pública tenga un trato preferente del Estado.

Este no ha sido un año normal para la educación, porque la sociedad chilena y los establecimientos educacionales llevan hasta seis meses de movilización. Nos habría gustado que, en lugar de estar discutiendo esta iniciativa para compensar financieramente a los establecimientos educacionales por las movilizaciones, el Gobierno hubiese llegado a un acuerdo oportuno con el movimiento estudiantil y estuviéramos debatiendo un proyecto para resolver los problemas estructurales de la educación chilena.

Pero entendiendo que ha habido un impacto muy fuerte en la asistencia a los establecimientos, este proyecto busca solucionar los temas de financiamiento, porque la baja asistencia produce una disminución severa de la subvención que reciben los establecimientos educacionales. En este caso, el 80 u 85 por ciento de los afectados por la merma en el financiamiento son establecimientos educacionales públicos, que dependen de los municipios, a los que concurren los niños más vulnerables de Chile.

Por lo tanto, por su intermedio, señor Presidente , le decimos al ministro que votaremos favorablemente la idea de legislar y también los incisos primero y segundo del artículo único.

El proyecto dispone que los establecimientos reciban las subvenciones de acuerdo con el promedio de asistencia más alto, comparado con los meses de marzo, abril y mayo, lo que nos parece muy bien. Pero el inciso tercero de su artículo único establece como requisito el término del año escolar. En definitiva, determinar la situación final de promoción de sus alumnos. El ministro aclaró que el sentido de este inciso es que los sostenedores lleven a cabo todos los actos pedagógicos y administrativos necesarios para el cierre del año escolar.

Al respecto, queremos saber cuál será el plazo para cumplir esta disposición, pues este no ha sido un año normal. Muchos establecimientos no van a cerrar el año escolar en diciembre, sino, posiblemente, en enero o febrero. No queda claro el plazo del cierre del año escolar. Si bien el ministro señala que no es requisito haberse inscrito en el plan “Salvemos el año escolar”, no queda claro si habrá un mecanismo para que el resto de los alumnos que no se inscribieron en este plan puedan terminar el año. Por lo tanto, tenemos inquietudes y dudas sobre el inciso tercero del artículo único del proyecto.

Reitero, en general vamos a votar a favor de los incisos primero y segundo, pero vamos a rechazar el inciso tercero porque no tenemos total y absoluta claridad sobre sus efectos.

He dicho.

El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.

El señor VENEGAS.- Señor Presidente , el proyecto hay que analizarlo en su mérito. Así lo hicimos en la Comisión de Educación, la instancia técnica, y concluimos en forma unánime que la iniciativa era pertinente, toda vez que resolvía un problema efectivo y que tiene que ver con la esencia del sistema de pago de subvenciones. Uno podrá compartirlo o no -tengo mis dudas-, pero en la actualidad la subvención se paga por asistencia promedio de los alumnos. El problema es que en muchos establecimientos educacionales las movilizaciones han generado asistencias muy por debajo de lo normal y, en algunos casos, ninguna durante los meses de septiembre, octubre y noviembre, y se estima que también en diciembre. Al respecto, planteamos qué ocurría con los meses anteriores, con julio y agosto, que también fueron afectados por las movilizaciones.

Se propone como solución un mecanismo excepcional -cuestión que ya hemos hecho con anterioridad, existen antecedentes previos- para beneficiar a esos establecimientos, muy especialmente a unos que están en el centro de nuestras preocupaciones, los colegios que nosotros entendemos públicos, los municipales. Si se aplicara la ley, estos establecimientos serían los más perjudicados, porque la merma en sus ingresos pondría en serio riesgo el pago de las remuneraciones. Es lo que nos han planteado los alcaldes y los directores de las Direcciones de Administración de Educación Municipal (DAEM). De manera que el mecanismo que plantea el proyecto, como tituló malamente ayer un vespertino, efectivamente es un salvavidas para esos establecimientos. El informe financiero habla de 41 mil millones para los cuatro meses y de 20 mil millones para cubrir los meses de enero y febrero, lo que no significará mayor gasto, porque estos recursos estaban contemplados en el presupuesto de la Nación, dado que en épocas normales igual habrían tenido que pagarse las subvenciones.

Respecto del inciso tercero, que inquieta a mi estimado amigo, el diputado señor Monsalve , pienso que no hay una solución práctica, porque este proyecto tiene un artículo único y, según entiendo, no se vota por inciso.

En todo caso, es deseable y hasta conveniente que los alumnos, cualesquiera que sea el sistema, municipal o particular subvencionado, que hubieran estado en movilizaciones, terminen sus procesos. Ojalá satisfactoria y positivamente, pero hay que terminarlo; de lo contrario, y para efectos del sistema y de la institucionalidad vigente, quedarían en el limbo. No habría pasado nada, no habrían sido ni aprobados ni reprobados, es decir, no habrían terminado el proceso. Y lo que señala la iniciativa es que se hará conforme a las normas actualmente vigentes o a aquellas excepcionales que el Ministerio autorice, en los casos que corresponda, como es la necesidad de extender el tiempo de recuperación de aquellas clases que son susceptibles de recuperar más allá de lo que habitualmente ocurre, no todas, es claro.

Hay razones más que suficientes para acoger la iniciativa, lo que demuestra que cuando se trata de proyectos razonables, estamos disponibles para su aprobación. Es decir, no hay obstrucción por obstrucción. Como este proyecto nos parece absolutamente razonable y beneficioso, invitamos a la Sala a votarlo favorablemente.

He dicho.

El señor MELERO (Presidente).- En el tiempo que resta a la bancada democratacristiana, tiene la palabra el diputado señor Eduardo Cerda.

El señor CERDA.- Señor Presidente , agradezco lo que nos señaló el ministro en la conversación que sostuvimos. Para que quede bien claro en la historia de este proyecto, quiero expresar que la subvención -no solo para los municipios sino que para toda la educación subvencionada- por los meses de enero, febrero y marzo, es el promedio de los meses de octubre, noviembre y diciembre. Por lo tanto, queda claramente establecido que ese promedio, de octubre, noviembre y diciembre de 2011 será el que se pague en enero, febrero y marzo del próximo año, de acuerdo con este proyecto.

Reitero mis agradecimientos al ministro y anuncio nuestro voto favorable.

He dicho.

El señor MONSALVE.- Señor Presidente, pido la palabra para una aclaración reglamentaria.

El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra su señoría.

El señor MONSALVE.- Señor Presidente , a propósito de la intervención del diputado señor Venegas , pido una aclaración reglamentaria. En la Comisión de Hacienda, donde se discutió el proyecto, se votó por separado el inciso tercero del artículo único. Entiendo que está pedida la votación separada del inciso en la Sala. Por eso, me gustaría que la Secretaría nos aclarara, desde el punto de vista reglamentario, lo que nos ha señalado el diputado señor Venegas .

El señor MELERO ( Presidente ).- En la votación general no hay votación separada; sí en la particular, y así procederemos.

Tiene la palabra el diputado señor Pepe Auth.

El señor AUTH.- Señor Presidente, nosotros vamos a aprobar en general este proyecto, como lo hicieron las Comisiones de Educación y de Hacienda, que lo aprobaron por unanimidad.

En todo caso, quiero decir un par de cosas. La primera es que queremos que esta actitud, que sigue a una primera, distinta en relación con las consecuencias para los colegios municipales y particulares subvencionados que participaban en el movimiento estudiantil a través de tomas. Muchos sintieron la sensación respecto de gran parte de las autoridades de que serían castigados. Reconozco hidalgamente que este proyecto es una señal clara de que no hay una relación distinta con ese colegio que participó en el movimiento estudiantil y aquel que no lo hizo. Me parece buena la fórmula planteada para impetrar la subvención correspondiente.

Respecto de qué significaba tramitar el término del año escolar y determinar la situación final de promoción de los alumnos, es evidente que el Estado no puede entregar recursos por alumnos que no han asistido a clases por el movimiento social, porque eso estamos haciendo, ni tampoco por alumnos -creo que esto sería objetado por la Contraloría que no siguen vinculados al colegio respectivo. Por eso, el proyecto plantea que tiene que haber un trámite de determinar la situación final de promoción o de no promoción. No se está estableciendo una exigencia nueva, sino que la habitual, la de todos los años, con la posibilidad de que, a diferencia de lo normal, que se entrega la lista de asistencia mes a mes, al final del año, el colegio tendrá que decir: estos alumnos repitieron y estos fueron promovidos. Como esto va a corresponder al número promedio por el cual se les ha pagado la subvención, los municipios no deberían devolver ningún recurso por eso.

Nosotros tuvimos dudas en la Comisión de Hacienda, pero fueron convenientemente aclaradas por el ministro. Por lo tanto, en lo que a mí respecta, votaré a favor e invito a los colegas a proceder de igual manera.

Además, la Asociación de Municipalidades se hizo presente en la discusión y manifestó su opinión de que el proyecto fuera votado a favor y a la brevedad.

Finalmente, pido esta misma disposición cuando se discuta el presupuesto de educación en el proyecto de Ley de Presupuestos.

He dicho.

El señor MELERO ( Presidente ).- Tiene la palabra la disputada señora María Antonieta Saa.

La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente , es importante que quede muy claro aquí que los municipios van a poder cerrar el año escolar y, tal como dice el proyecto: “determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación,”.

Reitero, tiene que quedar muy claro que no sólo serán promovidos los alumnos que están en el plan Salvemos el Año Escolar, sino que también tiene que haber una salida para los alumnos que no se inscribieron en él, porque fue presentado por el Gobierno como una excepción con respecto al paro; pero muchos alumnos, por consecuencia con su compromiso estudiantil, no participaron en ese plan porque sentían que era una “traición” a los principios de su movimiento.

Vuelvo a repetir, que quede claro en la historia fidedigna del establecimiento de la ley que los municipios tienen todo el derecho para promover a los alumnos del plan Salvemos el Año Escolar y a los regidos por las reglas generales, porque, de lo contrario, muchos estudiantes van a quedar repitiendo por su consecuencia con las banderas del movimiento social, lo que no se puede aceptar.

He dicho.

El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Bobadilla.

El señor BOBADILLA.- Señor Presidente , anuncio nuestros votos favorables al proyecto, porque consideramos que viene a resolver un problema no menor.

Sin embargo, me gustaría precisar dos o tres cuestiones que me parece importante dejar establecidas.

Todos estamos conscientes de que las movilizaciones estudiantiles han producido consecuencias. Podemos compartir o no sus motivaciones; pero, sin duda, por lo menos dos hechos claros y evidentes se traducen en consecuencias negativas.

Primero, el daño académico irreparable que se genera a los alumnos que no asisten a clases. Cualquier persona, aun cuando no sea entendida en esta materia, puede concluir que el daño académico para los alumnos que no han asistido a clases, reitero, es irreparable.

Otro daño irreparable se genera a los ingresos financieros de los sostenedores. Como ha quedado establecido, la subvención se paga por asistencia; por lo tanto, si no hay asistencia, no hay subvención.

Al respecto, nuestro Gobierno acogió una demanda expresa de los municipios formulada por la Asociación Chilena de Municipalidades para entregarles recursos, a través del proyecto en discusión, destinados a solventar gastos que no son menores.

Todos sabemos que los ingresos de los municipios por concepto de subvenciones no alcanzan a cubrir los gastos que requiere la administración de la educación. Por lo tanto, si no aprobamos el proyecto, esa insuficiencia de recursos de los sostenedores se verá incrementada, con consecuencias quizás más graves para la operación de los establecimientos educacionales.

Reitero nuestro voto favorable, porque el proyecto acoge una petición formulada por los sostenedores.

Quiero responder al diputado Monsalve , quien no está presente, que nuestro Gobierno sí tiene iniciativa y presentará algunos proyectos que pretenden resolver parte de los problemas que afectan a la educación y que hemos heredados del pasado.

Por ejemplo, todos sabemos que la subvención se paga por asistencia en un ciento por ciento. Nuestro Gobierno ha planteado la idea, esperamos contar con los votos favorable de la Concertación cuando esos proyectos ingresen a la Cámara, de establecer un sistema de subvención que entregue un porcentaje variable y otro fijo, lo que resolvería de alguna forma los graves problemas de financiamiento que tienen los sostenedores, particularmente los municipios.

Reitero, nuestro Gobierno sí tiene iniciativas, sí quiere dar respuestas a los requerimientos y a las necesidades de los establecimientos educacionales a través de proyectos que en las próximas semanas o días hará llegar al Congreso Nacional, mediante los cuales propondrá, por ejemplo, una modificación al sistema de subvenciones.

He dicho.

El señor ARAYA ( Vicepresidente ).- En el tiempo del Comité Independientes-PRI, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente , la bancada Independientes-PRI votará favorablemente el proyecto, al igual que el diputado Marinovic y espero que usted haga lo mismo.

Sin duda, el proyecto obedece a una flexibilidad del Gobierno. Me alegro que hoy podamos despacharlo sin mayor discusión, lo que hace un rato fue manifestado en forma unánime por las bancadas.

Debemos entender, además, que hoy está en juego no sólo lo que tiene que ver con los sostenedores y con las municipalidades, sino que con el sueldo de muchos profesores y de asistentes de la educación del país.

Como me aclara el diputado Ortiz, está en juego el sueldo de muchas familias que dependen de esos sostenedores, las municipalidades.

Nos alegra la flexibilidad que ha mostrado el Gobierno y que se haya podido encontrar una fórmula de cálculo que no signifique una disminución ostensible en los ingresos que van a recibir las municipalidades.

Sin embargo, además del proyecto no puedo evitar la tentación de referirme a la necesidad urgente de llegar a un acuerdo, señor ministro , por intermedio del señor Presidente , para buscar soluciones a todos los problemas educacionales. Considero que el Gobierno y el país tienen una oportunidad inédita en los últimos veinte o treinta años de resolver estos problemas.

Esperamos discutir iniciativas relacionadas con el sistema preescolar, unificar los criterios que tienen que ver con la Junji, Integra, etcétera; y crear un gran sistema de educación preescolar que converja con la educación escolar y nos permita desmunicipalizar en forma urgente la educación y buscar una forma más inteligente, dado el fracaso que hemos tenido con las municipalidades.

Sin duda, es urgente discutir lo relativo a la educación, sobre todo, con la superior, ya que los estudiantes han puesto este debate en las narices de los políticos, pero nos han excluido -¡y, puchas que tienen razón para ello!- de la discusión profunda sobre la educación universitaria.

Por eso, la iniciativa es una pincelada de lo que hay que hacer, es un proyecto pequeño que tiene que ver con algo absolutamente práctico; pero quienes estamos en el Parlamento tenemos la responsabilidad tremenda de llevar a cabo la reforma a la educación quizás más importante de la historia del país.

Por eso invito al ministro y a los parlamentarios a actuar con capacidad de crítica y buscar la flexibilidad que se necesita, pero también de entender que ésta es una situación urgente para el país.

Vamos a concurrir con nuestros votos favorables al proyecto, y esperamos que el ministro envíe las iniciativas que tienen urgencia y que necesitamos discutir en el Congreso.

Señor Presidente , por su intermedio, pido al señor ministro , con todo el cariño que le tengo, que espero discutir pronto en el Congreso las materias importantes que están pendientes en educación, porque afuera ya no nos están esperando, quieren entrar al Congreso. Ojalá demos solución a miles de chilenos.

He dicho.

El señor ARAYA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Mixto, Partido Radical Social Demócrata, Partido Comunista e Independientes, tiene la palabra el diputado Alberto Robles.

El señor ROBLES.- Señor Presidente , desde hace muchos años los radicales hemos peleado por la desmunicipalización de la educación y por su financiamiento estatal.

Por otra parte, los municipios requieren recursos para pagar a los profesores.

Sin embargo, quiero formular algunos alcances al proyecto. El inciso tercero del artículo único -desde ya pido su votación separada- plantea algo que me parece inaceptable e innecesario. El decreto 146 exento del 8 de octubre de 1988, dispone que para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85 por ciento de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones debidamente justificadas, el director del establecimiento, consultado el Consejo General de Profesores, podrá autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia.

Por lo tanto, el inciso tercero lo único que busca es avalar una política del Gobierno, que me parece innecesaria, el plan “Salvemos el año escolar”. La disposición indica, en definitiva que podrá pagarse la subvención si los alumnos que no pueden retornar a clases por la toma de un liceo o colegio, salven el año escolar estudiando por su cuenta, en base a los temarios de recuperación que serán entregados, y a fin de año rindan un examen que evaluará los contenidos mínimos; pero sólo podrán hacerlo los estudiantes que se inscribieron en el registro que abrió el ministerio. Por cierto, quienes no lo hicieron -miles de jóvenes- no tienen derecho a rendir el examen ni los colegios a recibir la subvención.

Por lo tanto, se podrá descontar a fin de año lo que se les haya entregado.

Se debe cumplir con la ley -la norma está-, para recibir la subvención. Entonces, ¿cuál es el objeto de este inciso tercero? ¡Claro! Su objeto es avalar una política con la cual los radicales no estamos de acuerdo, decirle a los jóvenes que si se inscriben en el plan “Salvemos el año escolar”, están con la posición del Gobierno, y quienes no lo hacen, están en rebeldía. Eso, es ir en contra de los jóvenes y del movimiento estudiantil, a fin de lograr dividirlos. Eso busca el inciso tercero.

No vamos a avalar esta proposición del Gobierno, porque creemos que va en contra el movimiento estudiantil, que ha peleado por las reformas educacionales.

He dicho.

El señor ARAYA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.

El señor CARMONA.- Señor Presidente , la base de estas medidas están en el marco de la crisis del sistema de educación pública, representada por seis meses de movilizaciones de la comunidad estudiantil que la defiende. Su contraparte el titular de esta crisis es la actitud del Estado de Chile a través del Gobierno.

Por lo tanto, la asfixia económica del funcionamiento del sistema educacional tiene como su primer responsable al Gobierno. A partir de eso, las medidas deberían ir al tema de fondo que se ha instalado en el debate de la educación pública. ¿Cuál es su sistema de financiamiento? No se puede seguir insistiendo en que sea según los promedios de asistencia, incluso, según la cantidad de estudiantes, porque hay costos fijos de la educación que se producen al margen de la cantidad de alumnos en las aulas, de su asistencia. Eso también tiene que ver con el respeto al magisterio.

Me parece que vincular, sin haber debate en los contenidos del proyecto -que implica no alterar la esencia del sistema de subvenciones basado en el pago por asistencia de los alumnos-, es insistir en un tema que, en la práctica, está colapsado después de las jornadas de movilización por demandas legítimas de carácter nacional y con sentido de país.

Preocupa que los aspectos que se incluyen en este debate se vinculen al término del año escolar respectivo. Cuando hay una crisis, la solución también debe ser a su medida, pero relacionar esto a terminar con el año escolar respectivo, sin tomar nota de lo que debe ser la flexibilidad a nivel de la dirección de cada colegio, que es donde está la discreción para ver cómo se cierra el año escolar, es volver a presionar para tratar de sacar algo en beneficio no precisamente de quienes están por el movimiento por la educación.

Por lo tanto, no vamos a pronunciarnos a favor de este proyecto de ley.

He dicho.

El señor MELERO (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Germán Becker.

El señor BECKER.- Señor Presidente , este proyecto de ley tiene relación con la contingencia de la movilización estudiantil.

Como las subvenciones hasta el día de hoy se pagan por asistencia de los alumnos a clases, cuestión que esperamos cambiar aunque sea parcialmente dentro de los próximos meses, muchos colegios que han estado en paro han sufrido un deterioro muy grande en sus finanzas. La Asociación Chilena de Municipalidades ha expresado en varias oportunidades que hay municipios que están con serios problemas para pagar los sueldos de los profesores, de los paradocentes, en fin.

Actualmente, los municipios aportan aproximadamente 120 mil millones de pesos a la educación chilena. Con estas movilizaciones, hay 40 mil millones adicionales que deben financiar y no tienen los recursos suficientes para ello; además, algunos municipios tienen muchos otros problemas.

Por lo tanto, es un proyecto urgente y necesario para los municipios.

La bancada de Renovación Nacional lo va a aprobar. Nos parece adecuada la fórmula que ha encontrado el Gobierno para pagar las subvenciones haciendo un promedio de las asistencias medias declaradas durante marzo, abril y mayo, cuando no había movilizaciones.

En cuanto al inciso tercero que ha dado lugar a alguna polémica, pensamos, al igual como lo hizo ver el diputado Auth , que es absolutamente necesario para garantizar que los estudiantes terminen el año escolar y sean promovidos o no, pero, de alguna forma, debe finalizar; de lo contrario los municipios y sostenedores tendrán que devolver los recursos. A mi juicio, es muy necesaria la aprobación del inciso tercero.

Aprovecho de contestar a la diputada Alejandra Sepúlveda, quien decía al señor

ministro que esperaba que llegaran los proyectos de verdad a la Comisión de Educación, Deportes y Recreación de la Cámara. Le digo que tenemos varios proyectos de verdad, como el de la prueba Inicia, el que renegocia los créditos universitarios, el de readecuación del crédito con aval del Estado, que es muy importante y que, entre otras cosas, baja la tasa de interés.

Esperamos que los diputados de Oposición se allanen a trabajar en esas iniciativas que tanto pide la diputada Alejandra Sepúlveda.

La bancada de Renovación Nacional aprobará el proyecto de ley.

He dicho.

El señor MELERO (Presidente).- Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación general el proyecto de ley, originado en mensaje, con urgencia de discusión “inmediata”, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor MELERO (Presidente).- Aprobado en general.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Giovanni; Alinco Bustos René; Alvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fer-nández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Carmona Soto Lautaro; Gutiérrez Gálvez Hugo.

El señor MELERO ( Presidente ).- Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado en particular, con excepción del inciso tercero del artículo único, respecto del cual se ha pedido votación separada.

En votación el inciso tercero del artículo único.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 72 votos; por la negativa, 16 votos. Hubo 5 abstenciones.

El señor MELERO (Presidente).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; Eluchans Urenda Edmundo; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Kast Rist José Antonio; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Nogueira Fernández Claudia; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Carmona Soto Lautaro; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; Monsalve Benavides Manuel; Muñoz D’Albora Adriana; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Robles Pantoja Alberto; Schilling Rodríguez Marcelo.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Farías Ponce Ramón; Jiménez Fuentes Tucapel; Núñez Lozano Marco Antonio; Pascal Allende Denise; Rincón González Ricardo.

El señor MELERO (Presidente).- Despachado el proyecto.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 09 de noviembre, 2011. Oficio en Sesión 67. Legislatura 359.

?VALPARAÍSO, 9 de noviembre de 2011

Oficio Nº 9809

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del Mensaje, Informes, y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único.- Para los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al referido decreto.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquél en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50% de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.".

Dios guarde a V.E.

PATRICIO MELERO ABAROA

Presidente de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 15 de noviembre, 2011. Informe de Comisión de Educación en Sesión 70. Legislatura 359.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales.

BOLETÍN Nº 8.021-04

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología tiene a honra emitir su informe acerca del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

Cabe señalar que, por tratarse de un proyecto de ley con la urgencia citada y ser de artículo único, la Comisión discutió esta iniciativa en general y en particular a la vez, según lo dispone el artículo 127 del Reglamento del Senado.

A la sesión en que se analizó esta iniciativa legal asistió, además de los miembros de la Comisión, el Honorable Senador señor José Antonio Gómez Urrutia.

Asimismo concurrieron:

Del Ministerio de Educación: el Subsecretario, señor Fernando Rojas y el abogado asesor, señor Raúl Figueroa.

De la Asociación Nacional de Municipalidades, el abogado, señor Malik Mograbi.

OBJETIVO DEL PROYECTO

El presente proyecto de ley tiene por objeto establecer un régimen de excepción para los establecimientos educacionales cuya asistencia se ha visto afectada producto de las movilizaciones estudiantiles del presente año, relativo al mecanismo de cálculo de la subvención educacional.

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.ANTECEDENTES JURÍDICOS

Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998 del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1996, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales.

II. ANTECEDENTES DE HECHO

Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República.

El referido Mensaje recuerda que los movimientos estudiantiles que han tenido lugar a contar de mediados del presente año han afectado el desarrollo normal de las actividades de los establecimientos educacionales, ya sea por la ocupación de sus locales escolares o por la inasistencia masiva de su alumnado. Agrega que, con motivo de ello, dichos establecimientos han debido recalendarizar las actividades lectivas, presentando propuestas de recuperación de las clases no realizadas en extensiones horarias luego de la jornada escolar, en días sábados y en los días posteriores al término del año escolar.

Añade que el régimen regular de financiamiento educacional, basado en la asistencia media de los alumnos, se mantuvo sin mayores variaciones, al no considerar como días trabajados aquellos días en que no hubo actividad y cuya recuperación ha sido solicitada y autorizada. Sin embargo, destaca que respecto de muchos establecimientos, la recuperación de las clases no realizadas ya ha copado totalmente los días disponibles para ello en el calendario escolar, por lo que no les será posible seguir solicitando la recuperación de clases ya que no habrá días disponibles para ello. En ese contexto, precisa, los sostenedores deberán declarar la asistencia diaria que se registre efectivamente, la cual será nula o muy baja, impactando directamente en el monto de la subvención a percibir.

En virtud de lo anterior, afirma que se requieren normas excepcionales para compensar las inasistencias, evitando que la institucionalidad vigente profundice los perjuicios sufridos por los sostenedores de establecimientos educacionales.

En la misma línea, precisa que las particulares condiciones del presente año escolar implican para los sostenedores una carga financiera imposible de soportar, debido a que la subvención que reciben, y que constituye su fuente de financiamiento, se ha visto alterada al verse impedida o fuertemente afectada la asistencia a clases debido a las movilizaciones estudiantiles. Asevera, en consecuencia, que este proyecto de ley busca dar solución al problema recién planteado sin con ello alterar la esencia del sistema de subvenciones, que tiene como fundamento el pago por asistencia de los alumnos.

Con este objetivo, establece un mecanismo para considerar que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Asimismo, faculta al Ministerio de Educación para reliquidar la subvención fiscal mensual que corresponda, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.

DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El texto del proyecto de ley propuesto por el Ejecutivo es el siguiente:

“Artículo único.- Para los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al referido decreto.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquél en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50% de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.”

Al iniciarse el estudio del proyecto de ley en informe el señor Subsecretario de Educación, explicó que este proyecto fue solicitado, fundamentalmente, por los diferentes alcaldes y sostenedores de establecimientos educacionales subvencionados del país, como consecuencia de los problemas de funcionamiento que les afectaban derivados de los plazos de recalendarización realizados al mes de octubre.

Destacó que esta iniciativa de ley tiene por finalidad pagar la subvención siempre de acuerdo al mayor valor de cada uno de los meses que se consideran en la iniciativa, esto es, septiembre a diciembre de 2011, o si en esos meses la asistencia es más baja, el mayor valor que corresponda al promedio de marzo, abril y mayo, de manera de beneficiar a los establecimientos que están en clases.

Añadió que si el establecimiento presenta baja asistencia como consecuencia de los paros u otras situaciones, la iniciativa propone que se les pague con cargo al promedio del primer trimestre, de manera de poder separar totalmente las finanzas del sostenedor de este mes o cada uno de estos meses, con las del primer trimestre del año.

Respecto de los meses de junio a agosto, continuó, hay un mecanismo que han ocupado todos los sostenedores que consiste en que cuando hay un día de paro, elimina ese día de su calendario escolar y lo reprograma para final de año y la asistencia de ese día no se considera, lo que le permite recibir la misma subvención que si hubiese tenido 20 días teniendo realmente 19 días.

Hizo presente que la autorización para el Ministerio para reliquidar, se materializará una vez aprobada la ley – inciso segundo del artículo único -, ya que existen sostenedores que no han podido pagar todas las remuneraciones en el mes octubre, y el proyecto viene a poner esa situación al día.

Finalmente, puntualizó que la iniciativa pretende lograr que el alumno tenga certeza respecto de su situación académica en los plazos habituales, que en este caso es hasta el 15 de enero, y por ello se exige que se lleven a cabo los procedimientos tendientes al cierre del año escolar para los efectos del pago de la subvención – inciso tercero del proyecto -, de tal forma que si los sostenedores no cumplen con esta exigencia, deben devolver la mayor subvención percibida de conformidad a este proyecto de ley.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio afirmó que esta iniciativa debe ser aprobada lo más pronto posible dada la situación de crisis que enfrentan hoy los sostenedores, especialmente los Municipios y en el entendido de que se trata de una situación extraordinaria.

Analizando la redacción del artículo único del proyecto, hizo presente la necesidad de esclarecer ciertos términos, para no dar lugar a interpretaciones equivocas.

Una primera cuestión que planteó el señor Senador, se refirió a la expresión “asistencia media”, que se contempla en el inciso primero. Sobre el particular, se mostró conteste en la explicación dada por el señor Subsecretario, en el sentido que ella se refería al mayor porcentaje de asistencia, en el entendido que, en cualquier evento, se pretendía beneficiar la mayor asistencia.

En cambio, prosiguió, uno de los aspectos conflictivos del proyecto dice relación con la redacción del inciso tercero de la iniciativa. Sobre el particular, comentó que, aunque le parecía razonable velar por la certeza de la situación académica del alumno, como lo había puntualizado el señor Subsecretario, era necesario precisar el significado de la expresión “obligación de determinar la situación final de promoción de los alumnos al término del año escolar respectivo…”.

En este mismo contexto de ideas, argumento que no juzgaba adecuada la frase que se incluía en ese inciso que señala “de acuerdo a las normas de evaluación y promoción y de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación…”, ya que a su juicio, se presta para muchas interpretaciones.

Ambos aspectos, en su concepto, hacía necesario aclarar si la iniciativa en debate se refería o no a la promoción de los alumnos y si establecía alteraciones en cuanto al criterio para la asignación de la subvención a los establecimientos educacionales. Del mismo modo, puntualizó que resultaba necesario precisar si la referida frase hacía alusión al Plan Salvemos el Año Escolar impulsado por el Gobierno.

En base a lo anterior, consultó a los representantes del Ejecutivo acerca de la posibilidad de eliminar del proyecto el inciso tercero, habida consideración de las discrepancias que su interpretación provoca en los Parlamentarios, o bien, suprimir esa frase. Agregó que si se optaba por esta segunda posibilidad, la única obligación que pesaría sobre los establecimientos educacionales, de conformidad al nuevo inciso tercero, sería la de determinar la situación final de promoción de los alumnos al término del año escolar.

A su turno, el Honorable Senador señor Gómez, señaló que en esta discusión existen dos componentes. Por una parte, están los sostenedores y alcaldes, y por la otra, está el tema de la promoción de los estudiantes, y en este sentido se manifestó de acuerdo con lo planteado por el Honorable Senador señor Walker, don Ignacio.

Hizo presente que en materia de promoción, existe el Decreto Nº 112, exento, que exige al menos el 85%. De esta forma, en la práctica, y de acuerdo a la redacción de la norma del inciso tercero el proyecto de ley en discusión, existe una clara alusión al Plan Salvemos el Año Escolar. Si esto no se corrige, subrayó, habrá una suerte de incompatibilidad que impediría que varios jóvenes puedan ser promovidos.

Continuando con sus exposición, el señor Senador precisó que la situación descrita afecta a los alumnos del Instituto Nacional y que dice relación con el tema en discusión, por lo que, insistió, se debe precisar en la iniciativa que la promoción no está vinculada al referido Plan.

En efecto, y aunque reconoció que está conteste en cuanto a que el Gobierno no tiene la intención de generar un conflicto, como sería el derivado del hecho que algunos estudiantes fueran promovidos y otros no, insistió en que los alumnos del Instituto Nacional no van a poder cumplir con las exigencias del Ministerio, ya que, subrayó, este proyecto se refiere a las normas de promoción y exige para ello estar inscrito en dicho Plan. Hizo presente que, en su oportunidad, el mencionado establecimiento educacional propuso un procedimiento especial al Ministerio y se les contestó que se rechazaba, de manera que hoy un poco más de la mitad de sus alumnos está en situación de repetir de curso.

Con el objeto de corregir y aclarar la situación que ha descrito, propuso reemplazar el inciso tercero del artículo único del proyecto, para reconocer a los establecimientos que hayan fijado sus propias normas de evaluación, calificación y promoción de alumnos, de conformidad a normas técnico-pedagógicas reconocidas por el Ministerio de Educación, la potestad para determinar con plena y absoluta autonomía la promoción de los alumnos que hayan participado en las movilizaciones estudiantiles, entendiéndose que para estos, en todo caso, el requisito de asistencia se entiende cumplido, de acuerdo a la asistencia media declarada durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011.

La proposición, asimismo, añadió, establece que tendrán derecho a rendir los exámenes de finalización del año escolar, todo el alumnado, se encuentre o no inscrito en el Plan Salvemos el Año Escolar y si ello no fuere posible, el Director del establecimiento educacional conjuntamente con el Consejo de Profesores, establecerán las normas y criterios excepcionales para que el alumnado ser promovido.

En relación con estas materias, el Honorable Senador señor Navarro señaló que el Gobierno no tiene una visión pedagógica en este tema, sino de carácter ideológica ya que sigue insistiendo en el tema económico, y en este sentido puso de ejemplo lo que ha ocurrido en un Liceo de Tomé en que en virtud del tema de la asistencia, hay estudiantes promovidos que no pueden pasar de curso.

Insistió que éste es un tema político, ya que debe garantizarse, la no discriminación a los jóvenes que no se inscribieron en el Programa Salvemos el Año Escolar, que, en su concepto, no es más que un fraude, ya que las condiciones en las que se ha llevado a cabo son totalmente inadecuadas.

Asimismo, hizo presente su rechazo a esta medida que busca disponer de recursos para ayudar a sostenedores, ya que más bien la preocupación debería dirigirse hacia los estudiantes, por lo que manifestó su adhesión a la indicación presentada por el Honorable Senador Señor Gómez.

Recalcó que el Presidente de la República ha aseverado que espera que exista un gran acuerdo en materia de educación entre todos los sectores políticos, cuestión que dijo supone diálogo entre los mismos. Sin embargo, advirtió que este camino no es el que ha seguido el Gobierno a la hora de presentar el proyecto en estudio, agregando que más que diálogo parece haber una imposición por parte del Ejecutivo. En la misma línea, aseveró que si la iniciativa en estudio no es fruto de un acuerdo previo entre todos los sectores en el Congreso, votaría en contra.

Continuando con el debate, el Honorable Senador señor Quintana, coincidió con las expresiones vertidas por el Honorable Senador señor Walker, en cuanto al consenso que existe en relación que los aspectos esenciales del proyecto, que dicen relación con el pago de las subvenciones a los sostenedores, especialmente los municipios, ya que se trata de recursos absolutamente necesarios para que ellos puedan cumplir con sus obligaciones en materia docente.

Del mismo modo, estimó aconsejable la proposición del Honorable Senador Walker, don Ignacio, en cuanto a modificar el inciso tercero del artículo único del proyecto, de manera de clarificar el alcance de ese precepto. Explicó que, desde su punto de vista, el Plan Salvemos el Año Escolar obedeció más que a una alternativa académica a una estrategia de desmovilización de los estudiantes y en este sentido planteó que se han realizado al menos cuatro presentaciones ante la Contraloría General de la República tendientes a que dicho organismo se pronuncie sobre la legalidad de dicho Plan. Por ello, agregó, es necesario tener presente que en caso existir un pronunciamiento que establezca la ilegalidad del mismo se generará un gran problema.

En este mismo contexto de ideas, consultó al señor Subsecretario de Educación, en cuanto a la situación en la cual se encontrarán los alumnos que no se inscribieron en el mencionado Plan. Al respecto, hizo mención a lo expresado por el señor Ministro de Educación durante la discusión de este proyecto en la Cámara de Diputados, en el sentido de que el inciso tercero pretende garantizar a los sostenedores el normal desarrollo de sus actividades y que la promoción de alumnos, no tiene relación con la inscripción en el Plan Salvemos el Año Escolar.

Por último, enfatizó que sin perjuicio de los comentarios que ha expuesto, mantiene ciertas aprehensiones respecto de esta iniciativa de ley, e insistió en que hubiera sido aconsejable que este proyecto hubiera tenido una mayor discusión y análisis.

En una segunda intervención, el Honorable Senador señor Gómez agregó que la discusión de este proyecto de ley no es sólo de un problema de recursos, ya que el vicepresidente de la Asociación de Municipalidades ha planteado que ellos deberán devolver la subvención escolar en el caso que se promueva a los alumnos que no se inscribieron en el Plan Salvemos el Año Escolar. Sobre la situación que afecta a los alumnos del Instituto Nacional, hizo presente que se encuentra pendiente de parte del Ministerio de Educación, un informe en respuesta a la Contraloría General sobre el particular, e insistió en que es fundamental resolver el tema de la promoción a que hace referencia el proyecto en discusión.

Asimismo, solicitó que se dejara claramente establecido en la historia fidedigna del establecimiento de la ley que las posibilidades para el cálculo de la subvención son dos: una, el valor de la asistencia media efectiva de los meses de septiembre a octubre, o bien, el correspondiente al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, eligiendo el que sea más alto.

A continuación, el señor Subsecretario de Educación se refirió a las inquietudes planteadas por los señores Senadores. Sobre el particular, señaló que el Ejecutivo estaba abierto a realizar las modificaciones que sean necesarias al proyecto para aclarar su sentido y alcance, ya que lo que se busca es que los colegios terminen los procedimientos tendientes al cierre del año escolar, que les permita a los estudiantes saber su estatus académico. Hizo hincapié en que el foco está en los procedimientos de cierre de todos sus estudiantes y no en sus resultados. Insistió en que es obligación de los sostenedores cumplir con esta obligación y que las normas de promoción es una discusión distinta a la de este proyecto de ley. Por ello, y en relación con la indicación planteada por el Honorable Senador señor Gómez, puntualizó que el proyecto en debate no habla de las normas de promoción y, en consecuencia, manifestó que son temas que deben tratarse separadamente.

En cuanto a las interrogantes formuladas por el Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, señaló de manera clara y precisa que la iniciativa en estudio no establece innovaciones en materia de promoción de alumnos ni en cuanto al criterio existente para el otorgamiento de las subvenciones ni en cuanto al Plan Salvemos el Año Escolar y precisó que no hay lectura posible que lleve a la conclusión que hay que reliquidar la subvención a un establecimiento en consideración a los alumnos aprobados o no. Aseveró que el espíritu del inciso tercero es que, a fin de año, cada colegio precise la situación en que queda cada uno de sus alumnos, detallando si son o no promovidos al curso superior.

En esa virtud, subrayó la voluntad del Gobierno en orden a eliminar la frase “de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación” que ha llevado a algunos Senadores a interpretaciones erróneas.

Finalmente, y en relación a la posibilidad de eliminar completamente el inciso tercero del proyecto, aseguró que ello no sería recomendable puesto que no debe haber cabida para la indefinición en que pudieran quedar los alumnos.

Precisando estas afirmaciones, el Asesor Jurídico del Ministerio, señor Raúl Figueroa, señaló el inciso tercero del artículo único del proyecto pretende que el establecimiento, al terminar el año escolar, cumpla con su obligación debe poner las notas a sus alumnos y, de acuerdo al reglamento de evaluación y promoción, determinar quienes están o no en condición de ser promovidos al curso siguiente, e insistió en que no hay ninguna exigencia adicional en este sentido.

Finalmente, y ante una interrogante formulada por la Honorable Senadora señora Von Baer, en cuanto a la posibilidad que tiene un alumno de cambiarse de colegio en caso de no haberse cerrado el año escolar, explicó que los alumnos tienen el derecho de tener claridad respecto de su estatus académico y que tanto para ser promovido para el curso superior como para cambiarse de colegio se requiere que el año escolar esté cerrado.

Por su parte, la Honorable Senadora señora Von Baer destacó que es muy importante no confundir los temas, ya que lo que persigue este proyecto es apoyar a los alcaldes que se han visto afectados por las inasistencias a clases, y respecto de la promoción, indicó que ello no es el tema de esta iniciativa. Subrayó que, de conformidad a las intervenciones de los Honorables Senadores, es posible concluir que existe acuerdo con los dos primeros incisos del proyecto de ley presentado por el Ejecutivo y en aprobar la iniciativa lo más pronto posible. En el mismo orden de ideas, valoró la intención de parte del Ejecutivo en orden a eliminar la polémica frase “de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación” que se contempla en el inciso tercero. Precisó que estas coincidencias y esfuerzos permitirán ir en ayuda de los Municipios y, en consecuencia, hizo un llamado a aprobar el proyecto.

En relación con la indicación propuesta por el Honorable Senador señor Gómez, recalcó que ese es un punto que no forma parte de la competencia del proyecto en estudio y, por lo tanto, no debiera incluirse en él. A mayor abundamiento, puntualizó que el proyecto en ningún caso pretende estar ligado a la decisión de la institución sobre si el alumno es o no promovido y los motivos que tiene para ello.

El Honorable Senador señor Cantero, refiriéndose a la indicación planteada por el Honorable Senador señor Gómez, afirmó que ella no dice relación con las ideas matrices del proyecto en debate y, por lo tanto, no la estimó procedente.

En relación con las interpretaciones dadas por los Honorables Senadores señores Gómez y Navarro, sostuvo que ellas responden a situaciones a las cuales la iniciativa del Gobierno no se refiere ni pudieran desprenderse de su lectura.

Respecto al decreto exento que afectaría a los alumnos del Instituto Nacional, y que fue comentada por el Honorable Senador señor Gómez, advirtió que bastaría con una instrucción para cambiarla. Añadió que, incluso, esta Comisión puede solicitar que la situación descrita se aclare.

Por último, recalcó que no es posible continuar dilatando la discusión de esta iniciativa puesto que su aprobación redundará en el pago de las subvenciones, permitiendo, entre otras cosas, que los municipios paguen las remuneraciones adeudadas a los profesores. Agregó, además, que menos aún se entiende esa actitud si el Ejecutivo ha dejado claramente establecida su intención de eliminar del proyecto la frase que tantas polémicas ha generado.

Sin perjuicio de lo anterior, el Honorable senador señor Gómez insistió en que la eliminación de la frase en cuestión, que se ha transcrito precedentemente, no lograría encontrar los resultados que se quiere y, en consecuencia, consideró que lo apropiado sería eliminar de la iniciativa en estudio el inciso tercero en su totalidad, reemplazándolo por la indicación que él ha presentado, ya descrita.

Agregó que es importante dejar en claro que cada establecimiento educacional tenga facultades de acuerdo a sus normas para promover a los estudiantes sin otras indicaciones.

En base a lo anterior, solicitó al Presidente de la Comisión que emitiera su pronunciamiento en cuanto a si la indicación que ha propuesto para sustituir el inciso tercero dice relación con la idea matriz del proyecto del Ejecutivo, ya que, como lo ha manifestado reiteradamente, esa sería la alternativa correcta.

A la luz del debate habido en el seno de la Comisión, el señor Presidente planteó que, en primer lugar, sometería a votación la idea de legislar respecto de esta iniciativa.

- En esa virtud, cerrado el debate y puesto en votación en general el proyecto de ley en estudio, fue aprobado por tres votos a favor, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Cantero y Walker, don Ignacio, y dos votos en contra, de los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana.

A continuación, el señor Presidente puso en votación el artículo único del proyecto, precepto que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Reglamento del Senado, tuvo votación separada, en los términos que se pasan a señalar seguidamente.

- En primer término, se pusieron en votación los incisos primero y segundo del artículo único del proyecto, transcritos precedentemente, los que resultaron aprobados por tres votos a favor, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Cantero y Walker, don Ignacio, un voto en contra, del Honorable Senador señor Navarro, y una abstención, del Honorable Senador señor Quintana.

En relación con esta disposiciones, el Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, fundamentó su voto a favor ya que las explicaciones vertidas por el señor Subsecretario de Educación, como lo señaló precedentemente, fueron aclaratorias en cuanto a que la frase “la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas” tiene por finalidad precisar que se tenderá a beneficiar al establecimiento de educación en el sentido de que para los efectos de pagar la subvención se considerará, siempre, la mayor asistencia de alumnado que éste tenga en el respectivo período.

Seguidamente, se puso en discusión y votación la indicación de los Honorables Senadores señores Gómez, Navarro y Quintana, que tiene por objeto sustituir el inciso tercero del artículo único, por el siguiente:

"Todos aquellos establecimientos educacionales, que, de conformidad a lo establecido en el Decreto N° 112 Exento, de educación, en el caso de alumnos de 1° y 2° año de enseñanza media, y Decreto N° 83, Exento de Educación, en el caso de 3° y 4° año de enseñanza media, y que hayan establecido sus propias normas de evaluación, calificación y promoción de alumnos, de conformidad a normas técnico-pedagógicas reconocidas por el Ministerio de Educación, se les reconoce la potestad para determinar con plena y absoluta autonomía la promoción de los alumnos que hayan participado en las movilizaciones estudiantiles, entendiéndose que para estos, en todo caso, el requisito de asistencia se entiende cumplido, de acuerdo a la asistencia media declarada durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011.

En todo caso, tendrán derecho a rendir los exámenes de finalización del año escolar, todo el alumnado, se encuentre o no inscrito en el plan salvemos el año escolar. Si lo anterior no fuere posible por el motivo que fuere, El Director del establecimiento educacional conjuntamente con el Consejo de Profesores, establecerán normas y criterios excepcionales para que el alumnado pueda ejercer el derecho que se le otorga en el párrafo precedente, a solicitud del alumno o de su apoderado.”.

Cabe hacer presente que el Honorable Senador señor Cantero reiteró, como lo expuso precedentemente, que, en su concepto, esta indicación resultaba inadmisible por apartarse de las ideas matrices del proyecto, toda vez que ella se refiere al proceso de evaluación, calificación y promoción de los alumnos, cuestión en la cual no incide la iniciativa de ley en discusión.

Asimismo, es necesario recalcar que el Ejecutivo, a través del señor Subsecretario de Educación, efectuó similar planteamiento al expuesto por el Honorable Senador señor Cantero.

Por su parte, el Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, planteó que la indicación en discusión incide en las normas sobre promoción de alumnos, que es una materia de la competencia propia del Ministerio de Educación y que en los términos en que está redactada podría provocar una suerte de autarquía en el sistema educacional, razón por la cual expresó su rechazó a esta proposición.

En términos similares se pronunció la Honorable Senadora señora Von Baer, quien manifestó que la iniciativa de ley en análisis no introduce enmiendas al proceso de promoción de los alumnos, que es regulado en otras normas legales, ni tampoco afecta la posibilidad de que un alumno pase o no de curso, por lo cual expresó, de la misma manera que lo señaló el Honorable Senador señor Cantero, su convencimiento de que esta indicación resultaba inadmisible por apartarse de la ideas matrices del proyecto, conforme lo establece el artículo 24 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, por lo que se manifestó contraria a esta proposición.

A su turno, el Honorable Senador señor Navarro indicó que la proposición en análisis, que ha suscrito, se fundamenta en el hecho que tiene desconfianza respecto del alcance implícito del proyecto de ley, como asimismo, por cuanto esta iniciativa, en su conjunto, no refleja el necesario acuerdo o conversación que debería existir entre el Gobierno y la Oposición en el marco del anuncio efectuado por el Presidente de la República en orden a alcanzar acuerdos en el ámbito educacional. Asimismo, añadió, la indicación es pertinente y no se aparta de las ideas matrices del proyecto por cuanto el inciso tercero de él se refiere al proceso de promoción del alumnado y constituye una amenaza expresa a la forma en que debe cerrarse el actual año escolar. En esa lógica, la indicación busca remediar la situación de indefensión en la cual podrían quedar los alumnos en caso de aprobarse el proyecto en los términos que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados.

Finalmente, el Honorable Senador señor Quintana, junto con anunciar, de acuerdo al artículo 25 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, su decisión de declarar admisible la indicación, agregó que ella busca evitar el riesgo implícito existente en el inciso tercero del artículo único, aun como quedaría en caso de aprobarse la supresión de la frase que propuso el Senador señor Walker, de que los alumnos pudieran cambiarse desde los establecimientos municipales a los particulares, con lo cual se afectará de manera aún más clara el sistema educacional público de nuestro país.

- Cerrado el debate y puesta en votación la indicación, resultó rechazada por tres votos en contra, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Cantero y Walker, don Ignacio, y dos votos a favor, de los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana.

Posteriormente, se puso en discusión y votación la indicación del Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, la que tiene por finalidad suprimir en el inciso tercero la frase “de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación”.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, explicó que esta indicación tiene por finalidad ratificar en la redacción del articulado del proyecto de ley en estudio las expresiones vertidas por el señor Ministro de Educación durante la discusión del proyecto en la Honorable Cámara de Diputados, y que fueron refrendados en la Comisión por el señor Subsecretario de Justicia, en orden a que “la promoción de los alumnos no es requisito para el pago de las subvenciones que autoriza la iniciativa y mucho menos lo es que se hayan inscrito en el plan Salvemos el Año Escolar promovido por el Ministerio a su cargo. Aclaró que el sentido del inciso tercero del artículo único es que los sostenedores lleven a efecto todos los actos pedagógico-administrativos necesarios para cerrar el año escolar, esto es, que efectúen las evaluaciones finales que corresponda de acuerdo a las normas generales o de excepción autorizadas; que acrediten su aprobación o reprobación por los alumnos que se hayan sometido a ellas y que certifiquen en consecuencia quiénes son promovidos al curso superior y quiénes deben repetir, sin que la paralización de actividades que les ha afectado sirva de excusa para no hacerlo.”.[1] En ese sentido, añadió, la proposición que ha planteado precisa los planteamientos que se han transcrito y despeja cualquier duda de interpretación que pudiera existir respecto del sentido y alcance del inciso tercero de este artículo.

- Cerrado el debate y puesta en votación la indicación, resultó aprobada por tres votos a favor de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Cantero y Walker, don Ignacio, un voto en contra, del Honorable Senador señor Navarro, y una abstención, del Honorable Senador señor Quintana.

- Finalmente, el señor Presidente puso en votación el resto del inciso tercero del artículo único, el que resultó aprobado, por tres votos a favor, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Cantero y Walker, don Ignacio, y dos votos en contra, de los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana.

INFORME FINANCIERO

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda señala que este proyecto, no tiene efectos en los ingresos del Fisco y que, dado los recursos que contempla el presupuesto vigente del año 2011 y el proyecto de ley de Presupuestos para el año 2012, haría innecesario suplementar el presupuesto del Ministerio de Educación para enfrentar esta medida de excepción.

En consecuencia, las normas de la iniciativa legal en informe no producirán desequilibrios macroeconómicos ni incidirán negativamente en la economía del país.

MODIFICACIÓN

En mérito de las consideraciones precedentemente transcritas y acuerdos adoptados, vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología os propone aprobar en general y en particular el proyecto de ley despachado por la Honorable Cámara de Diputados, con la siguiente enmienda:

Artículo único

Inciso tercero

Eliminar la frase “de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación,”. (Aprobado 3x2)

TEXTO DEL PROYECTO

En consecuencia, el texto del proyecto que vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología os propone aprobar, en general y en particular, es el siguiente:

"Artículo único.- Para los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al referido decreto.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquél en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50% de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.".

Acordado en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2011, con asistencia de los Honorables Senadores señor Jaime Quintana Leal (Presidente), señora Ena Von Baer Jahn y señores Carlos Cantero Ojeda, Alejandro Navarro Brain e Ignacio Walker Prieto.

Sala de la Comisión, a 15 de noviembre de 2011.

FRANCISCO JAVIER VIVES D.

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.

(BOLETÍN 8.021-04)

I.OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Establecer un régimen de excepción para los establecimientos educacionales cuya asistencia se ha visto afectada producto de las movilizaciones estudiantiles del presente año, relativo al cálculo de la subvención educacional.

II.ACUERDOS: Aprobado en general y en particular (3x2).

III.-ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: Consta de un artículo único.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No hay.

V.URGENCIA: Discusión inmediata.

VI.ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mensaje de S.E. el señor Presidente de la República.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: Aprobado en general por 86 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

IX.INICIO DE TRAMITACIÓN EN EL SENADO: Miércoles 9 de noviembre de 2011.

X.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 del Ministerio de Educación.

Valparaíso, 15 de noviembre de 2011.

FRANCISCO JAVIER VIVES D.

Secretario de la Comisión

[1]Certificado de la Comisión de Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de fecha 8 de noviembre de 2011 recaído en el proyecto que es objeto de este informe.

2.2. Informe de Comisión de Hacienda

Senado. Fecha 22 de noviembre, 2011. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 70. Legislatura 359.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales.

BOLETÍN Nº 8.021-04

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de presentaros su informe respecto del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

A la sesión en que se analizó esta iniciativa legal asistieron, además de los miembros de la Comisión, los Honorables Senadores señores José Antonio Gómez Urrutia y Juan Pablo Letelier Morel.

Asimismo concurrieron:

Del Ministerio de Educación: el Ministro, señor Felipe Bulnes y el asesor jurídico, señor Raúl Figueroa.

De la Secretaría General de la Presidencia: el Subsecretario, señor Claudio Alvarado.

De la Asociación Chilena de Municipalidades: del Departamento de Finanzas, el señor Roberto Delpin, y el abogado del Área Jurídica, señor Malik Mograby.

Cabe hacer presente que por tratarse de un proyecto con urgencia calificada de “discusión inmediata” y ser de artículo único, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, se discutió la iniciativa en general y en particular a la vez.

OBJETIVO DEL PROYECTO

Establecer un régimen de excepción para los establecimientos educacionales cuya asistencia se ha visto afectada producto de las movilizaciones estudiantiles del presente año, relativo al mecanismo de cálculo de la subvención educacional.

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

A.ANTECEDENTES JURÍDICOS

El decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998 , del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1996, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales.

B. ANTECEDENTES DE HECHO

El Mensaje recuerda que los movimientos estudiantiles que han tenido lugar a contar de mediados del presente año han afectado el desarrollo normal de las actividades de los establecimientos educacionales, ya sea por la ocupación de sus locales escolares o por la inasistencia masiva de su alumnado. Agrega que, con motivo de ello, dichos establecimientos han debido recalendarizar las actividades lectivas, presentando propuestas de recuperación de las clases no realizadas en extensiones horarias luego de la jornada escolar, en días sábados y en los días posteriores al término del año escolar.

Añade que el régimen regular de financiamiento educacional, basado en la asistencia media de los alumnos, se mantuvo sin mayores variaciones, al no considerar como días trabajados aquellos días en que no hubo actividad y cuya recuperación ha sido solicitada y autorizada. Sin embargo, destaca que respecto de muchos establecimientos, la recuperación de las clases no realizadas ya ha copado totalmente los días disponibles para ello en el calendario escolar, por lo que no les será posible seguir solicitando la recuperación de clases ya que no habrá días disponibles para ello. En ese contexto, precisa, los sostenedores deberán declarar la asistencia diaria que se registre efectivamente, la cual será nula o muy baja, impactando directamente en el monto de la subvención a percibir.

En virtud de lo anterior, afirma que se requieren normas excepcionales para compensar las inasistencias, evitando que la institucionalidad vigente profundice los perjuicios sufridos por los sostenedores de establecimientos educacionales.

Con este objetivo, establece un mecanismo para considerar que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Asimismo, faculta al Ministerio de Educación para reliquidar la subvención fiscal mensual que corresponda, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.

Su inciso final se refiere a que los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquél en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50% de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.

El proyecto de ley fue estudiado previamente por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y vuestra Comisión de Hacienda se pronunció sobre el texto por ella aprobada, como reglamentariamente corresponde de acuerdo al artículo 41 del Reglamento del Senado.

DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Al iniciarse el estudio del proyecto de ley en informe el señor Ministro de Educación, explicó que lo que busca la iniciativa legal es hacerse cargo de la situación de los establecimientos educacionales que producto de las movilizaciones y las tomas ocurridas este año, a partir del mes de septiembre ven seriamente comprometida la subvención a la que tienen derecho y que se paga en base a la asistencia de los alumnos, para no provocar un impacto financiero respecto del pago de gastos operativos y remuneraciones.

Señaló que el proyecto lo que hace es establecer que se pagará la subvención en base al valor que resulte mayor entre el promedio de la asistencia de los meses de septiembre, octubre y noviembre, y el promedio de la asistencia de los meses de marzo, abril y mayo. Estimó el costo de la iniciativa en 41 mil millones de pesos y fracción para el año 2011, y 21 mil millones de pesos por los meses de enero y febrero de 2012.

Por último, manifestó que el inciso tercero del proyecto que ha sido objeto de indicaciones, tiene por objeto que se cumpla con los trámites normales de cierre del año académico, determinando la aprobación o reprobación de cada alumno. Agregó que ante la Honorable Cámara de Diputados ya dejó constancia de que la norma no tiene por objeto obligar a aprobar los alumnos, o castigar o premiar según la decisión adoptada, sólo que se cumpla con los trámites normales del cierre del año académico

El Honorable Senador señor Kuschel consultó cómo se llegó a establecer el sistema para calcular la asistencia y el pago de la subvención que se propone.

El Ministro, señor Bulnes, expuso que se trata de que si un establecimiento tuvo asistencia normal en el período septiembre-noviembre se aplicará el sistema normal, pero si la asistencia se ha visto afectada por las paralizaciones se tomará el promedio registrado en el período marzo-mayo para efectos de calcular la subvención correspondiente a los meses de septiembre, octubre y noviembre.

El Honorable Senador señor Novoa manifestó que se abstendría en la votación en general por considerar que en nuestro país no se está exigiendo el cumplimiento de las obligaciones, en este caso escolares, en que no se hacen las clases y no se hace lo necesario para que los establecimientos sigan funcionando y terminan recibiendo la subvención de todas formas. Incluso a los alumnos que quieren asistir a clases se les impide el ejercicio de sus derechos.

Sometido el proyecto a votación en general resultó aprobado con los votos a favor de los Honorables Senadores señores Escalona, Frei, Kuschel y Lagos, y la abstención del Honorable Senador señor Novoa.

Artículo único

Su texto es el siguiente:

“Artículo único.- Para los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al referido decreto.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquél en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50% de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.”.

Se presentó indicación de los Honorables Senadores señores Escalona, Frei y Lagos, que tiene por objeto incorporar los siguientes incisos cuarto y quinto, nuevos:

"Todos aquellos establecimientos educacionales, que, de conformidad a lo establecido en el decreto N° 112 exento, de educación, en el caso de alumnos de 1° y 2° año de enseñanza media, y en el decreto N° 83, exento de educación, en el caso de 3° y 4° año de enseñanza media, y que hayan establecido sus propias normas de evaluación, calificación y promoción de alumnos (as), de conformidad a normas técnico-pedagógicas reconocidas por el Ministerio de Educación, se les reconoce la potestad para determinar con plena y absoluta autonomía la promoción de los alumnos que hayan participado en las movilizaciones estudiantiles, entendiéndose que para estos, en todo caso, el requisito de asistencia se entiende cumplido, de acuerdo a la asistencia media declarada durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011.

Tendrán derecho a rendir los exámenes de finalización del año escolar, todo el alumnado, se encuentre o no inscrito en el plan salvemos el año escolar. Si lo anterior no fuere posible por el motivo que fuere, el Director del establecimiento educacional conjuntamente con el Consejo de Profesores, establecerán normas y criterios excepcionales para que el alumnado pueda ejercer el derecho que se le otorga en el inciso precedente, a solicitud del alumno (a) o de su apoderado (a).”.

El Ministro, señor Bulnes, expresó que la indicación escaparía a las ideas matrices del proyecto de ley que es el pago excepcional de la subvención aun cuando la asistencia de un cierto período no haya sido normal, y no la aprobación o reprobación de los alumnos.

El Honorable Senador señor Kuschel observó que la iniciativa dice relación con materias económicas y con auxiliar a los sostenedores en la situación excepcional que atraviesan, y no la promoción de los alumnos que han participado o no de las paralizaciones, por lo que también consideró que la indicación se aleja de las ideas matrices del proyecto de ley.

El Honorable Senador señor Novoa señaló que en la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología se rechazó una indicación similar a la que ahora se discute, y los motivos fueron tanto de forma en relación a no guardar correspondencia con las ideas matrices del proyecto de ley, como de fondo por referirse a la promoción de los alumnos, asunto regido por normas generales y orgánicas diversas, y que de modificarse como propone la indicación podría provocar una especie de autarquía del Sistema.

El Honorable Senador señor Gómez indicó que, aunque en apariencia el proyecto de ley se refiere a materias económicas, tiene alcances mayores, dado que establece como criterio que los recursos van a ser entregados en la medida que se cumpla la normativa que rige la promoción de los estudiantes al siguiente nivel escolar, lo que podría significar que algunos establecimientos tengan que devolver los dineros recibidos o tengan que hacer repetir de año a alumnos que habían sido promovidos, cuestión que se produce debido al contenido del inciso tercero del artículo único, por lo que convendría que fuese eliminado. Agregó que la Contraloría General de la República determinó que el plan “Salvemos el año escolar” se ajusta a derecho, y asimismo que el Ministerio no puede discriminar a los establecimientos que no adopten el referido plan, dado que ellos pueden establecer sus propios planes de promoción cumpliendo con la normativa correspondiente.

El Honorable Senador señor Escalona manifestó que la indicación dice relación con las ideas matrices del proyecto, puesto que la iniciativa se refiere a la asistencia de los alumnos y esa es una materia determinante cuando de promoción de los alumnos se habla, al igual que cuando del pago de las subvenciones se trata. Y agregó que la asistencia está señalada en el capítulo de los objetivos del proyecto del informe de la Comisión precedente.

El Honorable Senador señor Novoa expresó que son las normas sobre promoción de los alumnos las que no guardan relación con las ideas matrices, y no las de asistencia que evidentemente forman parte de las mismas.

El Ministro, señor Bulnes, indicó que el inciso tercero no dice relación con vincularse al plan “Salvemos el año escolar”, o con que se deba obligatoriamente promover a los alumnos, sólo que se cumpla con las tareas administrativas propias del cierre del año escolar, independientemente que se haya adherido o no al referido plan.

El Honorable Senador señor Lagos observó que en la iniciativa en discusión el tema central es la asistencia, que, entre otras cosas, incide en la promoción de los alumnos de los establecimientos, por lo que la indicación es procedente, lo que queda aún más demostrado al ver que en la Comisión precedente se hizo una modificación al respecto.

El Honorable Senador señor Letelier manifestó que la primera motivación del proyecto de ley es pagar las subvenciones para evitar una crisis de los municipios y de los establecimientos educacionales en general. Lo que no quieren es que una de las consecuencias de las paralizaciones sea que se les cancele la matrícula a los alumnos, cosa que algunos alcaldes ya han anunciado, por lo que planteó que lo mejor sería eliminar el inciso tercero ya que genera más confusión.

El Honorable Senador señor Novoa consultó si la indicación presentada es para reemplazar el inciso tercero o para agregar nuevos incisos.

Los autores de la indicación, Honorables Senadores señores Escalona, Frei y Lagos, señalaron que la indicación es para agregar incisos nuevos.

El Honorable Senador señor Gómez expresó que el inciso tercero no agrega nada nuevo respecto de la legislación vigente, y que el problema está dado porque genera confusión respecto de decisiones del Ministerio como negarle al Instituto Nacional adoptar un plan propio distinto del citado “Salvemos el año escolar”, por lo que dicho establecimiento no podría considerar a los alumnos ingresados en el citado plan propio dentro de aquellos a los que se refiere el proyecto de ley.

El Honorable Senador señor Kuschel consultó a los representantes de la Asociación Chilena de Municipalidades cómo habían hecho los municipios para funcionar y cumplir sus obligaciones durante los siete meses que ha durado el conflicto y las paralizaciones de los estudiantes.

El representante de la Asociación Chilena de Municipalidades, señor Delpin, indicó que en el período junio-agosto se pudo reprogramar el calendario de clases, pero para los meses posteriores ello no es posible, y los municipios requieren una ley como la que se propone mediante la iniciativa legal, porque en caso contrario deberían desembolsar alrededor de 28 mil millones de pesos con los que no cuentan.

El Ministro, señor Bulnes, señaló que a raíz de la indicación se está discutiendo un problema totalmente distinto al que motivó la iniciativa y la urgencia de la misma, que es la posible crisis financiera de los sostenedores de los establecimientos educacionales, y por lo mismo manifestó estar dispuesto a que se elimine el inciso tercero para despejar la parte central de la iniciativa que es la contenida en los dos primeros incisos.

- En votación, la indicación fue aprobada con los votos a favor de los Honorables Senadores señores Escalona, Frei y Lagos, y los votos en contra de los Honorables Senadores señores Kuschel y Novoa.

Puesto en votación el artículo único, en los términos que fue propuesto por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Escalona, Frei, Kuschel, Lagos y Novoa.

INFORME FINANCIERO

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, con fecha 2 de noviembre de 2011, señala, de modo textual, lo siguiente:

“I. Antecedentes.

Los movimientos estudiantiles que han tenido lugar a contar de mediados de presente año han afectado el desarrollo normal de las actividades de algunos establecimientos educacionales, generando la inasistencia de su alumnado. Dichos establecimientos han debido recalendarizar las actividades lectivas, presentando propuesta de recuperación de las clases no realizadas, en extensiones horarias luego de la jornada escolar, en días sábados y en los días posteriores al término del año escolar regular.

En ese contexto, y dada la forma que la ley establece para el cálculo de la subvención mensual por alumno a pagar a los sostenedores, estos deberán declarar la asistencia diaria que se registre efectivamente, la cual será nula o muy baja, impactando directamente en el monto mensual de la subvención a percibir, durante los meses de octubre del presente año a febrero del año 2012.

En virtud de lo anterior, se ha estimado necesario, en forma excepcional, compensar las inasistencias en la forma que establece el proyecto de ley, evitando los perjuicios que ello significaría para la administración de los establecimientos educacionales por parte de los respectivos sostenedores.

II. Efectos del Proyecto sobre el Presupuesto fiscal.

i. El costo de este proyecto para el año 2011 se estima en $ 41.559 millones, considerando el gasto que en situaciones normales se daría en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2011 y el gasto que se estima se ejecutaría en igual período, de no establecerse la medida de excepción de que trata este proyecto de ley.

Asimismo, en atención a que la ley establece que el monto de la subvención correspondiente a los meses no comprendidos en el año escolar se calcula considerando la asistencia media efectiva registrada en los meses del período escolar inmediatamente anterior, este proyecto de ley impactaría el costo de las subvenciones a pagar en los meses de enero y febrero de 2012 en un monto estimado de $ 20.232 millones.

ii. Efecto del Proyecto sobre los Ingresos Fiscales

La aplicación de este proyecto de ley no tiene efecto en los ingresos del Fisco.

iii. Efecto del Proyecto sobre los Gastos Fiscales

El presupuesto vigente del año 2011 y el Proyecto de Ley de Presupuestos para el año 2012, en actual tramitación en el Congreso Nacional, contienen los recursos para una situación normal de asistencia de alumnos a los establecimientos educacionales, por lo que en ninguno de los dos años sería necesario suplementar el presupuesto del Ministerio de Educación por esta medida de excepción, de aprobarse el proyecto de ley en comento.”.

En consecuencia, las normas de la iniciativa legal en informe no producirán desequilibrios macroeconómicos ni incidirán negativamente en la economía del país.

MODIFICACIONES

En conformidad con los acuerdos adoptados, vuestra Comisión de Hacienda tiene a honra proponeros que aprobéis el texto consignado en el informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, con la siguiente enmienda:

Artículo único

Incisos cuarto y quinto, nuevos

Incorporar los siguientes incisos cuarto y quinto, nuevos:

“Todos aquellos establecimientos educacionales, que, de conformidad a lo establecido en el decreto N° 112 exento, de educación, en el caso de alumnos de 1° y 2° año de enseñanza media, y en el decreto N° 83, exento de educación, en el caso de 3° y 4° año de enseñanza media, y que hayan establecido sus propias normas de evaluación, calificación y promoción de alumnos (as), de conformidad a normas técnico-pedagógicas reconocidas por el Ministerio de Educación, se les reconoce la potestad para determinar con plena y absoluta autonomía la promoción de los alumnos que hayan participado en las movilizaciones estudiantiles, entendiéndose que para estos, en todo caso, el requisito de asistencia se entiende cumplido, de acuerdo a la asistencia media declarada durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011.

Tendrán derecho a rendir los exámenes de finalización del año escolar, todo el alumnado, se encuentre o no inscrito en el plan salvemos el año escolar. Si lo anterior no fuere posible por el motivo que fuere, el Director del establecimiento educacional conjuntamente con el Consejo de Profesores, establecerán normas y criterios excepcionales para que el alumnado pueda ejercer el derecho que se le otorga en el inciso precedente, a solicitud del alumno (a) o de su apoderado (a).”. (Mayoría de votos 3 a favor x 2 en contra)

TEXTO DEL PROYECTO

En virtud de la modificación anterior, el proyecto de ley queda como sigue:

"Artículo único.- Para los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al referido decreto.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención educacional de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, se les reliquidará la subvención pagada durante los meses señalados considerándose la asistencia media efectiva registrada en cada período. Las diferencias negativas que se generen en este proceso serán reintegradas mediante descuento sobre la subvención a pagar en el mes siguiente a aquél en que termine el año escolar, el cual no podrá ser superior al 50% de la subvención a pagar. El monto restante, si lo hubiere, deberá descontarse de igual forma en los meses siguientes.

Todos aquellos establecimientos educacionales, que, de conformidad a lo establecido en el decreto N° 112 exento, de educación, en el caso de alumnos de 1° y 2° año de enseñanza media, y en el decreto N° 83, exento de educación, en el caso de 3° y 4° año de enseñanza media, y que hayan establecido sus propias normas de evaluación, calificación y promoción de alumnos (as), de conformidad a normas técnico-pedagógicas reconocidas por el Ministerio de Educación, se les reconoce la potestad para determinar con plena y absoluta autonomía la promoción de los alumnos que hayan participado en las movilizaciones estudiantiles, entendiéndose que para estos, en todo caso, el requisito de asistencia se entiende cumplido, de acuerdo a la asistencia media declarada durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011.

Tendrán derecho a rendir los exámenes de finalización del año escolar, todo el alumnado, se encuentre o no inscrito en el plan salvemos el año escolar. Si lo anterior no fuere posible por el motivo que fuere, el Director del establecimiento educacional conjuntamente con el Consejo de Profesores, establecerán normas y criterios excepcionales para que el alumnado pueda ejercer el derecho que se le otorga en el inciso precedente, a solicitud del alumno (a) o de su apoderado (a).".

Acordado en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2011, con asistencia de los Honorables Senadores señores Eduardo Frei Ruiz-Tagle (Presidente), Camilo Escalona Medina, Carlos Ignacio Kuschel Silva, Ricardo Lagos Weber y Jovino Novoa Vásquez.

Sala de la Comisión, a 22 de noviembre de 2011.

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.

(BOLETÍN 8.021-04)

I. OBJETIVO DEL PROYECTO: establecer un régimen de excepción para los establecimientos educacionales cuya asistencia se ha visto afectada producto de las movilizaciones estudiantiles del presente año, relativo al cálculo de la subvención educacional.

II. ACUERDOS: Aprobado en general, cuatro a favor y una abstención (4x1).

Indicación de los Honorables Senadores señores Escalona, Frei y Lagos. Mayoría de votos, tres a favor y dos en contra (3x2).

Artículo único. Aprobado por unanimidad (5x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V. URGENCIA: discusión inmediata.

VI. ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mensaje de S.E. el señor Presidente de la República.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: Aprobado en general por 86 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

IX. INICIO DE TRAMITACIÓN EN EL SENADO: Miércoles 9 de noviembre de 2011.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- El decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación.

Valparaíso, 22 de noviembre de 2011.

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario de la Comisión

2.3. Discusión en Sala

Fecha 22 de noviembre, 2011. Diario de Sesión en Sesión 70. Legislatura 359. Discusión General. Pendiente.

NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- En conformidad a lo acordado por los Comités, corresponde discutir el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales, con informes de las Comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Hacienda y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (8021-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 67ª, en 9 de noviembre de 2011.

Informes de Comisión:

Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología: sesión 70ª, en 22 de noviembre de 2011.

Hacienda: sesión 70ª, en 22 de noviembre de 2011.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo de la iniciativa es solucionar el problema de los establecimientos escolares en que la asistencia a clases se ha visto afectada debido a las movilizaciones estudiantiles, lo que ha incidido en la subvención que reciben y que constituye su fuente de financiamiento, sin alterar la esencia del sistema de subvenciones, que tiene como fundamento el pago por asistencia de los alumnos.

Para ello se establece un mecanismo tendiente a considerar que la asistencia media de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Asimismo, se faculta al Ministerio de Educación para reliquidar la subvención fiscal mensual que corresponda, a la fecha de entrada de vigencia de la ley.

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología discutió este proyecto en general y en particular y aprobó la idea de legislar por 3 votos a favor (de los Senadores señora Von Baer y señores Cantero e Ignacio Walker) y 2 votos en contra (de los Senadores señores Navarro y Quintana).

En particular, los incisos primero y segundo del artículo único fueron acogidos con los votos favorables de los Senadores señora Von Baer y señores Cantero e Ignacio Walker, el voto en contra del Senador señor Navarro y la abstención del Senador señor Quintana.

El inciso tercero fue aprobado con modificaciones, con los votos a favor de los Senadores señora Von Baer, Cantero e Ignacio Walker y los votos en contra de los Senadores señores Navarro y Quintana.

La Comisión de Hacienda, por su parte, también discutió el proyecto de ley en general y en particular, prestando su aprobación a la idea de legislar con los votos favorables de los Senadores señores Escalona, Frei, Kuschel y Lagos y la abstención del Senador señor Novoa.

En particular, este órgano técnico deja constancia de que el artículo único de la iniciativa despachada por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología fue aprobado por la unanimidad de sus miembros (Senadores señores Escalona, Frei, Kuschel, Lagos y Novoa), con una enmienda consistente en la incorporación de dos nuevos incisos, que fue acordada con los votos a favor de los Senadores señores Escalona, Frei y Lagos y los votos en contra de los Senadores señores Kuschel y Novoa.

De consiguiente, hay que proceder a votar las normas que fueron aprobadas por mayoría de votos.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, tengo una consulta.

Estaba estudiando el proyecto y pude ver que la Comisión de Educación consideró el artículo único que presentó el Ejecutivo hasta el inciso tercero. Por su parte, la de Hacienda incorporó los incisos cuarto y quinto -si entiendo bien-, sin que esto haya sido analizado por la de Educación.

Pues bien, esas dos normas abordan materias que no son propias de la Comisión de Hacienda. Tengo la impresión de que debieron haber estado contenidas en el proyecto, pero, si no lo están, no son parte de la idea matriz. Sin embargo, las viene agregando la Comisión de Hacienda, a la que solo le corresponde efectuar un análisis técnico de los asuntos sometidos a su conocimiento.

Entonces, señor Presidente , me gustaría que hubiera un pronunciamiento al respecto, pues una y otra vez nos ocurre lo mismo con la Comisión de Hacienda. Lo digo con todo respeto y admiración por sus integrantes, que son, todos, muy talentosos. Pero son tan talentosos que les gusta trabajar ultra petita. En este caso, han agregado dos interesantísimos incisos, muy atractivos de discutir, pero de discutir en la Comisión técnica, que es la de Educación.

No corresponde que la Comisión de Hacienda incorpore normas de este tipo y, por lo tanto, sugiero que la Mesa las declare inadmisibles.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente , la verdad es que estos interesantísimos incisos -como los ha calificado el Senador Hernán Larraín - fueron discutidos en la Comisión de Educación. Lo que pasa es que no tuvimos los votos suficientes para aprobarlos.

El problema lo ocasionó más bien el Gobierno. El debate de fondo lo vamos a hacer después, cuando analicemos en particular la iniciativa y fundamentemos el voto. Porque, si uno se fija, el proyecto establece, fundamentalmente, una regla de cálculo, que es una materia de absoluta competencia de la Comisión de Hacienda: una regla de cálculo para ver cómo traspasar, de manera excepcional, los recursos (41 mil millones de pesos) a los establecimientos que estuvieron en paro.

El Gobierno agregó algunas condiciones que, efectivamente, se fueron modificando. Pero estos temas, Senador Larraín -por su intermedio, señor Presidente -, estuvieron presentes en el debate de la Comisión de Educación.

Insisto: quién más que yo, Presidente de este organismo, tendría que defender aquellas materias que son de su especialidad. Sin embargo, creo que tales normas -todas las del proyecto, en realidad- son de absoluta competencia de la Comisión de Hacienda.

Por lo tanto, los dos incisos que se agregaron son, a mi juicio, absolutamente válidos.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Escalona.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente , el propósito de esta iniciativa del Ejecutivo es resolver un problema que nace de la asistencia de los estudiantes a clases o, dicho de otra manera, de su inasistencia, en este caso, dado que el cálculo de la subvención educacional se hace sobre la base del promedio de asistencia a clases durante un período determinado.

Como es de conocimiento público, ha habido un amplio movimiento estudiantil que significó la paralización de las actividades docentes y, en consecuencia, la imposibilidad de fijar un promedio que permitiera financiar el sistema, aproximadamente desde el mes de junio en adelante.

Dicho de otra forma, la idea matriz del proyecto tiene su origen y su corazón vinculados de manera inequívoca, directa, inseparable, a la asistencia de los estudiantes a clases. Es esa asistencia, o inasistencia, la que determina la subvención preferencial.

Ahora bien, tratándose de una iniciativa de artículo único, la Comisión de Hacienda, por acuerdo de la Sala, fue convocada a pronunciarse con relación a los contenidos del artículo único vinculados a la asistencia de los estudiantes a clases, que es el mecanismo que permite el cálculo de la subvención educacional.

Por ese motivo, y atendiendo a la preocupación de dirigentes estudiantiles y gremiales de diferentes sectores de la educación, los Senadores Frei , Lagos y el que habla propusimos los últimos dos incisos de la norma, con el objeto de que el proyecto cumpliera completamente su propósito; vale decir, abrir una solución al financiamiento que impida que los estudiantes pierdan el año y que el movimiento se vea agudizado por la imposibilidad de que los sostenedores municipales puedan hacer frente a sus obligaciones.

En ese sentido, evitar que los estudiantes que han participado del movimiento sufran represalias se encuentra, naturalmente, vinculado al propósito de la iniciativa. El informe de la Comisión de Educación así lo señala, cuando, en su primera página, establece que el objetivo general del proyecto tiene que ver con hacer posible mantener en funcionamiento el sistema educacional. Y para ello nosotros consideramos vital que los estudiantes pudieran reincorporarse a sus establecimientos y que no existiera ninguna posibilidad de que se tomen represalias en contra de quienes participaron en el movimiento durante los meses anteriores.

Por tal razón, señor Presidente , propusimos dos incisos que cumplen perfectamente esa función y que, en consecuencia, son coherentes con el propósito que busca el proyecto presentado por el Presidente de la República .

Naturalmente, puede haber otras opiniones, pero, desde nuestro punto de vista, las dos normas son -repito- completamente coherentes.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Cantero.

El señor CANTERO.- Señor Presidente , el proyecto es muy claro cuando define su idea matriz. El objeto de la iniciativa es solucionar el problema de los establecimientos escolares donde la asistencia a clases se ha visto afectada debido a las movilizaciones estudiantiles, lo que ha incidido en la subvención que reciben y que constituye su fuente de financiamiento. Para ese propósito específico, se sugiere establecer un mecanismo compensatorio que mida los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Es el que regiría en los establecimientos con mayor asistencia para los efectos del cálculo de la subvención respectiva.

Hasta ahí, todo bien.

En mi opinión, sin embargo, fuera de la idea matriz y yendo mucho más allá de lo que le corresponde, la Comisión de Hacienda introdujo elementos que son de la esencia de la Comisión de Educación y de manera arbitraria intentó pasar un gol de media cancha, de orden político -como aquí mismo se ha afirmado-, respecto de un tema que no tiene nada que ver.

En efecto, se introduce un reconocimiento a "la potestad para determinar con plena y absoluta autonomía la promoción de los alumnos que hayan participado en las movilizaciones estudiantiles, entendiéndose que para estos, en todo caso, el requisito de asistencia se entiende cumplido". Pero, ¡por Dios!, esto no tiene nada que ver con las ideas matrices del proyecto.

La Comisión de Educación no ha estudiado jamás este punto, y por la vía de introducirlo a través de la Comisión de Hacienda se le cambia el sentido a la iniciativa.

Pero se va mucho más allá. Se señala: "Tendrán derecho a rendir los exámenes de finalización del año escolar" -esto nada tiene que ver con lo que se pretende, que es entregar la subvención- "todo el alumnado, se encuentre o no inscrito en el plan salvemos el año escolar. Si lo anterior no fuere posible por el motivo que fuere, el Director del establecimiento educacional conjuntamente con el Consejo de Profesores, establecerán normas y criterios excepcionales para que el alumno pueda ejercer el derecho que se le otorga en el inciso precedente".

Esto es, francamente, en mi opinión, un abuso arbitrario: intentar introducir materias técnicas eminentemente propias de la Comisión de Educación a través de un órgano que tenía por objeto ver el sentido de los 41 mil millones de pesos para regular el pago de la subvención.

Lamento esa situación.

Yo por lo menos, anuncio que voy a pedir segunda discusión del proyecto. Entiendo que haya urgencia para aprobarlo y que se hayan originado ciertas actitudes; pero, con franqueza, me parece que deberíamos evitarlas, pues las considero en verdad abusivas.

La Comisión de Educación no se ha pronunciado. No conoció esta indicación, obviamente, porque la de Hacienda analizó la iniciativa con posterioridad, existiendo confianza de que evaluaría la entrega de los 41 mil millones que aprobó la primera de aquellas, con el objeto -lo reitero- de regularizar el pago de la subvención. Esto se discutió con la mayor urgencia, precisamente porque los alcaldes claman al cielo por obtener dinero de algún lado para pagar a los profesores.

Considero esto francamente muy desafortunado.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.- Señor Presidente, como se ha dicho, este proyecto busca ayudar especialmente a los alcaldes a financiar el sueldo de los profesores y el funcionamiento de los colegios que han visto mermados sus ingresos debido a que, por haber habido clases, no se ha cancelado la subvención.

De hecho, en la Comisión de Educación señalamos que muchos alcaldes habían tomado contacto con nosotros frente al problema que tenían para cubrir el salario de los profesores y de los funcionarios de los planteles.

Por lo tanto, tenemos acá una iniciativa que necesita ser discutida con urgencia para ir en ayuda de los municipios.

Se debatió también en la Comisión de Educación.

Este proyecto es sumamente específico y claro, pues lo único que pretende es fijar un mecanismo excepcional para el cálculo de la subvención educacional a fin de permitir a los establecimientos que no han podido percibirla -es su fuente de financiamiento- por la inasistencia de los alumnos a clases, la reciban y, por consiguiente, superen la profunda crisis financiera en la que se encuentran varios de ellos.

La iniciativa no incluye -lo discutimos en ese momento con el Subsecretario de Educación- en sus ideas matrices la decisión de cómo serán promovidos o reprobados los alumnos. Por lo tanto, la indicación presentada en la Comisión de Hacienda resulta del todo inadmisible, por hallarse fuera de sus ideas fundamentales.

Es más: si la indicación fuera aprobada, se estaría entrando en una materia que es necesario revisar, porque el Ministerio del ramo, en virtud de la Ley General de Educación, debe supervisar de qué manera se promueve a los alumnos.

En su momento, el Senador señor Ignacio Walker manifestó que, si avanzáramos en que cada uno de los colegios estableciera libremente sus normas, como dice la indicación, estaríamos entrando en una especie de autarquía.

Por lo tanto, en la Comisión de Educación se especificó que la iniciativa solo busca fijar un mecanismo para ir en ayuda de la crisis económica que enfrentan los establecimientos educacionales y los alcaldes.

Por consiguiente, la modificación introducida se encuentra fuera de las ideas matrices del proyecto y, a mi juicio, pone una dificultad mayor para lograr lo que los alcaldes solicitan: aprobarlo pronto, porque se encuentran en una situación económica sumamente difícil, en especial, respecto del pago de sueldos a los profesores.

En tal sentido, pido a los señores Senadores despachar la iniciativa con celeridad y que no nos enredemos en asuntos que nada tienen que ver con su idea matriz: ir en ayuda de los municipios, a través del pago de la subvención, ya que, por las movilizaciones estudiantiles, se encuentran en una situación sumamente compleja.

En suma, en la Comisión de Educación la idea fue avanzar lo más rápido y no entrar en asuntos ajenos a la base fundamental del proyecto.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, como Senador firmante de la indicación, la voy a defender.

Ella forma parte de la idea matriz o fundamental del proyecto, que no solo consiste en las subvenciones, sino también en la inasistencia escolar, los efectos que ella ha generado en el pago de las subvenciones y el sistema escolar como un todo.

En consecuencia, estamos dispuestos a ayudar a los alcaldes a solucionar su falta de recursos como resultado del movimiento estudiantil que ha durado un número prolongado de meses y respecto del cual el Gobierno no tuvo la capacidad de resolución, lo que ha implicado, por la inasistencia de los alumnos, una subvención menor.¿Por qué? Porque el beneficio se entrega según sea la asistencia.

Entonces, lo que estamos haciendo acá, con la urgencia del Ejecutivo de "discusión inmediata", es debatir un proyecto de ley que viene a resolver un problema de caja o de falta de recursos económicos de los municipios mediante una ficción: igualar la asistencia a clases de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de este año a la que hubo en entre marzo y mayo. ¿Por qué? Porque durante estos primeros meses no se produjeron paralizaciones ni tomas. Por consiguiente, se entiende que la asistencia era normal.

La indicación se hace cargo de otro efecto provocado por la inasistencia durante los meses de movilización: la eventual situación que pueden enfrentar los alumnos.

Después de preguntar al Ministro de Educación en la Comisión de Hacienda si la indicación en cuestión generaba dificultad al Gobierno y, de ser así, que explicara cuál era, respondió primero que, a juicio del Ejecutivo -debe estar en el informe-, ella se alejaba de la idea matriz. Luego, tras consultarle si era ilegal o inconstitucional lo que planteábamos, dicho Secretario de Estado manifestó que no, porque lo que estaba regulado en la propuesta, que agrega dos incisos, formaba parte hoy de la legislación vigente y que "es redundante" -según señaló textualmente-, a lo que algunos dijimos: "Si es redundante, lo que abunda no daña".

¿Por qué formulamos la indicación? Porque si el proyecto del Ejecutivo -ahí hay un pequeño pecado original del Gobierno- se hubiera limitado a los dos primeros incisos, no habría dificultades. Sin embargo, el tercer inciso del artículo único establece un vínculo en el pago de la subvención a los sostenedores, en función de la ficción de trasladar la asistencia de los primeros meses del año a la última parte de este al agregar la frase -eso es lo grave-: "de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación,".

Eso está en conexión con la política del Gobierno relacionada con el plan Salvemos el Año Escolar, debido a lo cual hubo preocupación de los apoderados, la cual no fue inventada ni por el Senador que habla ni por el resto de los firmantes de la indicación.

Tengo aquí una carta del Centro de Padres y Apoderados del Instituto Nacional, con fecha 5 de noviembre, en la que respecto de esta frase en particular dice: "lo que hace es traspasar a Ustedes," -los Senadores- "en caso de ser aprobado tal como está propuesto, la responsabilidad de la repitencia obligatoria de todos aquellos alumnos que NO se inscribieron en el plan `Salvemos el año` impuesto por el gobierno.".

A tal punto llegó la discusión, que el Ejecutivo incluso estuvo en condiciones de retirar esa frase. Pero, así y todo, se generó una preocupación en la comunidad escolar.

De ahí que presentamos la indicación.

Tal vez una solución sería pedir votación separada de cada inciso a fin de rechazar el tercero, porque es el que genera confusión y duda en la interpretación que haga el Gobierno.

Entiendo -puedo comprender mal- que el Ministro estaría en condiciones de aceptar que el inciso tercero no se apruebe. Tal vez de esa forma podríamos llegar a un entendimiento. De lo contrario, voy a apoyar la indicación, como ya lo hice en la Comisión de Hacienda y porque me parece razonable utilizar el mismo criterio para salvar las lucas a los sostenedores y evitar que se dañen las posibilidades de aprobar el año o de rendir exámenes libres a los estudiantes en función de aceptar lo que resuelva cada establecimiento educacional en virtud de su potestad reglamentaria.

Por otro lado, la Senadora Von Baer habló de "autarquía". Me imagino que habrá querido decir "anarquía", porque no considero que el contenido de la indicación incentive la autarquía, lo que alguien podría interpretar como anarquía.

Como el Ministro aclaró, la indicación es perfectamente legal de acuerdo a la normativa chilena y que es redundante.

Por ese lado estamos despejados. Solo cabe ver si calza con las ideas matrices de la iniciativa y cómo la votamos.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Tiene la palabra el señor Ministro de Educación .

El señor BULNES ( Ministro de Educación ).- Señor Presidente , deseo hacer dos precisiones.

La primera, complementar y corregir la cita del Senador señor Lagos en cuanto a lo que yo habría dicho en la Comisión de Hacienda, porque no es exactamente fiel a lo que postulé. Él me preguntó qué opinaba sobre la indicación y si pensaba que era ilegal o no. Yo le respondí: "Mire, o es ilegal porque no corresponde a la idea matriz o, si estuviera conforme a ella, sería legal y, por ende, redundante".

Por tanto, disiento del planteamiento de que yo habría validado la legalidad de la norma propuesta. Ahí está la transcripción de lo dicho en la Comisión. No creo que el Senador Lagos obre con mala intención. Pero la cita tenía un contexto más amplio.

La segunda, formular una proposición.

Por supuesto, he seguido la tramitación del proyecto desde su estudio en las Comisiones de Educación y de Hacienda de la Cámara de Diputados, al igual que en el Senado.

La presente iniciativa solo busca asegurar el pago de la subvención a los establecimientos educacionales afectados por las tomas. En efecto, al no haber asistencia, han visto comprometidos tales recursos. El problema radica en que el sueldo de los profesores y los gastos fijos deben ser cubiertos sí o sí, independiente de la asistencia a clases.

Se ha generado controversia respecto del inciso tercero del artículo único.

Tanto en la Cámara Baja como en el Senado, han surgido inquietudes con relación al alcance de dicha norma. En la otra rama del Parlamento explicité que en ningún caso ello está vinculado al Plan Salvemos el Año Escolar. Tal disposición no tenía -para nada- ese objeto.

Pero hay que reconocer que igual preocupación y las mismas observaciones se repiten sistemáticamente. De hecho, eso motivó la indicación que incorpora dos incisos nuevos, la que, en mi opinión, está fuera de las ideas matrices del proyecto. Pese a ello, se busca reaccionar frente a la inquietud generada por el inciso tercero.

Ante eso, propongo, en el ánimo de sacar adelante el objetivo financiero de la iniciativa -apoyar económicamente a los establecimientos educacionales-, que se voten separadamente los incisos, con el fin de que nos quedemos con los dos primeros, donde radica el corazón del proyecto. Así, se prescinde del tercero -y también de los agregados por la Comisión de Hacienda-, norma que está causando confusiones, por vía de acción y reacción, en una materia que debiera ser de fácil despacho.

Me permito humildemente hacer esa sugerencia en aras de destrabar la discusión de la iniciativa.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Sabag.

El señor SABAG.- Señor Presidente, no cabe duda de que todos entendemos el origen de este proyecto, pues sabemos claramente que los municipios necesitan recursos para pagar los sueldos de los profesores y mantener los establecimientos educacionales. El problema es que sus gastos son fijos y permanentes, y los ingresos, variables.

Las inasistencias de los alumnos se deben en este caso a la huelga estudiantil. En el sector rural, muchas veces, son el clima y las enfermedades los que impiden que los alumnos vayan a clases. A raíz de ello, las municipalidades no reciben los recursos que requieren para cubrir la planilla de los docentes ni para pagar las imposiciones.

Estoy de acuerdo con lo que plantea el Ejecutivo en estos momentos con respecto a compensar a tales municipios.

Pero quiero llamar la atención del señor Ministro sobre otra situación: me he reunido, con carácter de emergencia, con nueve alcaldes del secano costero de la zona que represento: los de Cobquecura, Quirihue, Ninhue, Treguaco, Portezuelo, Ranquil , Coelemu , Quillón y San Nicolás , todos de la provincia de Ñuble, quienes están informados de este proyecto.

Ellos dicen: "¡Claro!, en forma inmediata salen en auxilio de las municipalidades que no tienen plata debido a la movilización estudiantil. En cambio, nuestros alumnos no han estado en paro, ¡pero igual no contamos con recursos para pagar las remuneraciones de los profesores ni sus imposiciones!".

O sea, esos municipios están en bancarrota.

Se trata de establecimientos rurales.

Con todo, Ninhue registra, por ejemplo, el mejor resultado de la prueba SIMCE en muchas escuelas de los sectores rurales. De hecho, es lo mejor de Ñuble.

Por su parte, la comuna de San Nicolás tiene un liceo de excelencia, del cual los niños salen hablando incluso un segundo idioma y con posibilidades de trabajo en forma inmediata.

Sin embargo, los recursos que se otorgan para mantener tales establecimientos son muy precarios y no alcanzan para lo que se necesita.

A los dueños de escuelas de lenguaje se les paga alrededor de 130 mil pesos por alumno. Sin embargo, a las municipalidades se les da una subvención de 30 mil pesos. Por eso en todas las comunas proliferan las escuelas de lenguaje, pues dejan muchas utilidades a los particulares. ¡Y por qué no les pagan lo mismo a las escuelas municipales, que atienden a sus educandos en muy buena forma!

Ahora estamos gestionando una reunión de emergencia con el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, don Miguel Flores, para ver si les puede anticipar a los municipios referidos recursos del Fondo Común Municipal con el fin de conseguir plata para educación.

¡Los servicios de educación y salud traspasados son deficitarios para las municipalidades! De los recursos ordinarios de que disponen las comunas más pequeñas y pobres, muchos millones de pesos se ocupan en subvencionar la educación.

Por eso llamo la atención del señor Ministro : hay muchas inequidades.

El proyecto que nos ocupa es adecuado para cumplir la obligación de los municipios de pagar los sueldos de los profesores. Y por supuesto, daré mi voto a favor.

Pero hago presente la angustiosa situación de esas nueve municipalidades del secano costero de mi Región. Y no me cabe duda de que debe haber muchas más en la misma condición a lo largo del país.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor CANTERO.- Señor Presidente , deseo abundar en mi argumentación de hace unos minutos con relación a los incisos nuevos, donde la Comisión de Hacienda agrega conceptos que escapan a las ideas matrices del proyecto.

En primer lugar, solicito formalmente que la Mesa se pronuncie respecto del contenido del artículo 118 del Reglamento.

Porque si seguimos empleando dicho procedimiento, ocurrirán situaciones graves a futuro: se pueden introducir materias propias de una cierta Comisión en su trámite por la de Hacienda, dejando a aquella sin la posibilidad de pronunciarse respecto del asunto.

Esta materia se encuentra expresamente regulada en el artículo 118 del Reglamento del Senado, que dice:

"La discusión general se circunscribirá a la consideración de las ideas fundamentales del proyecto, conforme lo haya propuesto en su informe la Comisión respectiva o resulte de la proposición original en el caso de haberse omitido ese trámite".

Luego señala: "Las indicaciones podrán ser presentadas por el Presidente de la República o por un máximo de cinco Senadores". La indicación incorporada en la Comisión de Hacienda no fue conocida, señor Presidente , por la de Educación; en consecuencia, no se cumple con esta norma.

Una tercera idea se expresa en el inciso cuarto: "Corresponderá al Presidente " -se supone, de la Corporación- "y a los Presidentes de las Comisiones, en su caso, la facultad de declarar la inadmisibilidad de las indicaciones a que se refieren los párrafos anteriores. No obstante, ellos podrán consultar a la Sala o a la respectiva Comisión, en su caso, cuando estimen dudosa la inadmisibilidad de las indicaciones.

"La declaración de inadmisibilidad puede ser hecha por el Presidente en cualquier momento de la discusión del proyecto".

Por lo tanto, señor Presidente , pido que la Mesa se pronuncie respecto de la admisibilidad de la modificación introducida por la Comisión de Hacienda, pues no corresponde a la idea matriz; la indicación pertinente fue presentada en una instancia ajena y la Comisión de Educación nunca conoció dicha indicación.

Por consiguiente, se debe declarar inadmisible.

En todo caso, entiendo la urgencia de los municipios; sé que están en una situación insostenible. Pero ello no puede justificar atropellos reglamentarios de esta naturaleza.

En mi opinión, si sentamos tal precedente, a futuro se generarán consecuencias extraordinariamente graves.

De no atenderse mi petición, solicitaré segunda discusión, señor Presidente .

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- ¿Cómo Comité solicita segunda discusión?

El señor CANTERO.- No, señor Presidente. He pedido, en primer lugar, que la Mesa se pronuncie...

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- ¡No me diga que en subsidio de la resolución pidió segunda discusión!

Eso me parece curioso.

Si vamos a resolver la admisibilidad de una norma y se pide segunda discusión, yo podría decir que tal solicitud ya está en curso.

El señor COLOMA .- No la ha pedido aún.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Fue solicitada por un Comité.

El señor LARRAÍN .- "En subsidio", dijo.

El señor CANTERO.- Efectivamente: "en subsidio".

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Lo que me parece curioso...

El señor CANTERO.- Puede ser algo "copulativo"; "secuencialmente"; "a continuación de su pronunciamiento", como se quiera entender. Esa es la idea.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Dos Senadores más han pedido la palabra. Me pronunciaré después de que intervengan los Honorables señores Quintana, Coloma y Escalona.

Tiene la palabra el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente , creo que el Senador Cantero ha sido bien claro. Su Señoría planteó la segunda discusión sujeta a una condición, que derivará de lo que usted recabe de la Sala.

Eso sí, no comparto con el Honorable colega que el debate sobre este punto no se haya hecho.

Señor Presidente , usted mismo impulsó una indicación -Su Señoría no es miembro titular de la Comisión, aunque asiste bastante a ella-, suscrita, además, por los Senadores señores Navarro y el que habla. Sin embargo, no obtuvimos los votos suficientes para aprobarla. Tan simple como eso. Pero esa discusión se llevó a cabo.

Reiterando lo que señaló el Senador Lagos, la validez de lo realizado por la Comisión de Hacienda radica precisamente en que esta iniciativa apunta al establecimiento de requisitos. Por lo tanto, todo el debate de los incisos tercero y cuarto apunta esencialmente a una cuestión de requisitos. No es más que eso.

Ahora, quiero pronunciarme respecto de la propuesta formulada por el señor Ministro, como una forma de destrabar este asunto, en cuanto a eliminar los incisos segundo, tercero y cuarto.

Sobre el particular, deseo simplemente recordar lo que nos respondió el Subsecretario de Educación cuando el Senador Ignacio Walker planteó algo similar (eliminar el inciso tercero) en la Comisión. El Subsecretario señaló: "en relación a la posibilidad de eliminar completamente el inciso tercero del proyecto, aseguró que ello no sería recomendable puesto que no debe haber cabida para la indefinición en que pudieran quedar los alumnos".

Entonces, considero muy importante que el Ministro precise acá a qué se refiere el Subsecretario cuando habla de indefinición.

O sea, lo que el Ministerio quiere sacar en esta pasadita, en esta iniciativa, es que quede claro quiénes van a ser promovidos: por cierto, los que se acogieron al plan "Salvemos el año escolar", versus el plan "Sálvate tú solo", como lo llaman algunos, es decir, aquellos que se no se inscribieron en aquel plan.

Y, hablando muy en serio, le deseo consultar al señor Ministro qué pasa con esos alumnos.

Recién conversábamos con el Senador Rossi, y él me decía que no son 50 mil, sino más de 100 mil los estudiantes que se hallan en esta situación de "indefinición", para usar las palabras del Subsecretario Rojas .

Me parece muy relevante conocer tal información aquí, en este proyecto, ya que ustedes, señor Ministro , se inmiscuyeron en una materia propia de la autonomía de los establecimientos educacionales.

Está bien. Se me dirá que se recurrió a la Contraloría. Pero ella señaló dos cosas importantes: que el acto del plan "Salvemos el año escolar" es legal; pero, además, que no puede discriminarse a los alumnos.

Aquí hay 100 mil estudiantes que no saben qué va a ocurrir con ellos.

Por tanto, en cuanto a la pregunta del señor Ministro en el sentido de si habría voluntad de la Oposición para acceder a eliminar los incisos segundo, tercero y cuarto, yo le consulto si hay voluntad de parte de él para derogar la resolución exenta de la Seremi de la Región Metropolitana, su subordinada. Porque, estimado Senador Sabag , esta es una materia que afecta fundamentalmente a esa Región, pues ahí hay cerca de 100 mil estudiantes que perderán el año si aprobamos la presente iniciativa en los términos planteados por el Gobierno.

La resolución exenta de 7 de noviembre del 2011, más allá de que eliminemos cualquier referencia a los programas especiales, como el "Sálvate tú solo", "Salvemos el año escolar", etcétera, expresa claramente: "Instrúyase a los directores de los establecimientos educacionales que tomen, a los alumnos inscritos en el "Plan Salvemos el Año Escolar", los exámenes finales y promuevan de curso a aquellos alumnos que los aprueben". O sea, al resto de ellos no se les va a aplicar tales exámenes.

En consecuencia, señor Ministro , si usted instruyera que se derogara tal resolución exenta -las cosas en Derecho se deshacen como se hacen-, podríamos dejar esto como siempre debió plantearse: simplemente con dos incisos.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el señor Ministro.

El señor BULNES ( Ministro de Educación )-. Señor Presidente , deseo mencionar dos consideraciones.

La primera -voy a hacerme cargo de la consulta formulada por el Senador Quintana- se refiere a que (y en esto avalo lo manifestado por el Honorable señor Cantero ) toda la discusión sobre el "Plan Salvemos el Año Escolar" y las situaciones excepcionales o no de promoción de los alumnos que no cumplen con los requisitos de asistencia no tienen nada que ver con el proyecto que nos ocupa, el cual -insisto- está pensado simplemente para cubrir la situación financiera del no pago de las subvenciones, dada la inasistencia registrada este año.

Quiero ser claro en ese punto.

La segunda es que, como Ejecutivo, hemos estado disponibles. Por eso lo digo ahora: si el inciso tercero es el que generaba el problema, propongo eliminarlo. Ello es prueba o garantía de que esta iniciativa jamás ha estado vinculada al "Plan Salvemos el Año Escolar", porque no afecta en lo esencial lo que estamos buscando, que es producir los pagos.

Si creyéramos que está endilgado, amarrado o de alguna otra forma conectado a un objetivo que se busca esconder, no tendríamos esa facilidad para eliminarlo. Insisto en que nos interesa que salga adelante el proyecto, y no es de su esencia lo que ahí se señala.

Quiero explicarles a los Senadores y las Senadoras que no han participado de esta discusión que lo único que buscaba la norma no era promover o no, sino que los profesores, aun cuando los establecimientos estuvieran tomados, cumplieran con labores administrativas anuales, que significan cerrar el año académico, sea aprobando o reprobando. No se hallaba vinculada a un plan en específico.

En cuanto a lo que me plantea el Senador Quintana, creo que hay una confusión, que es la siguiente.

La instrucción dictada por la Seremi no es lo que genera la repitencia de los alumnos que no cumplen con los requisitos normales previstos en la reglamentación escolar para ser promovidos de año. De no existir tal resolución, por ende, tampoco existiría la alternativa de que pudieran ser promovidos de curso. Por lo tanto, si se impugnara, si se echara abajo, esa instrucción o dicho plan -como se quiso hacer en la Contraloría- nos encontraríamos con que tendrían que repetir todavía muchos más alumnos, no solo los que no se inscribieron, sino también los que sí lo hicieron.

Ahora, dicho eso, ayer salió un dictamen de la Contraloría que consagra dos cosas: la legalidad del plan implementado por el Ministerio de Educación y, a su vez, la autonomía de los establecimientos educacionales para generar sus propios sistemas, sujeto a que sean aptos, pertinentes y que el Ministerio de Educación determine finalmente su viabilidad.

Al amparo de ese dictamen, lo que nos corresponde ahora, como Ministerio de Educación, es precisamente conciliar los dos principios: la vigencia del "Plan Salvemos el Año Escolar" y la pertinencia de los planes alternativos que hayan podido elaborar los establecimientos educacionales en ejercicio de su autonomía. Y habrá que ver cómo se enmarcan dentro de la normativa básica o general del Ministerio de Educación. Ello lo vamos a hacer con responsabilidad y acuciosamente.

Gracias, señor Presidente.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente , por una cuestión de economía procesal, quiero plantear lo siguiente.

El Ministro ha formulado una propuesta, que -según entiendo- nace, a su vez, de una sugerencia de los Senadores Lagos y Quintana.

Entonces, si hubiera acuerdo en aprobar unánimemente los dos primeros incisos y con ello se despachara el proyecto, no sé si tendría sentido seguir discutiendo.

Por eso, quiero hacer la consulta informal en el sentido de ver si existe ese espíritu. Si no, tendremos que retomar la discusión respecto de la inconstitucionalidad.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Le daré la palabra al Senador...

El señor COLOMA.- Señor Presidente , deseo saber si es posible efectuar tal consulta. De lo contrario, quiero argumentar por qué creo que el resto de la indicación es inconstitucional.

Estoy tratado de ayudar al procedimiento, no de dificultarlo.

El señor CANTERO.- ¡Se va a pronunciar el Presidente!

El señor COLOMA.- Señor Presidente , por qué no se hace la consulta a la Sala. Después retomaré el uso de la palabra, si es necesario.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Señor Senador, le daré la palabra al Honorable señor Escalona, pero con ello no perderá su turno.

Puede intervenir, Su Señoría.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente , deseo manifestar que hemos entendido que el Gobierno, al enviar este proyecto con el propósito de que los municipios puedan financiar el año escolar, está haciendo un gesto de buena voluntad que valoramos.

Y ese gesto de buena voluntad debe extenderse a los estudiantes. No tiene ningún sentido hacerlo sin incluir a los estudiantes, quienes son los principales actores. Por ello, hemos hecho uso de nuestro legítimo derecho como parlamentarios a incluir los dos incisos que hemos propuesto, de acuerdo con el propio texto del informe de la Comisión de Educación, que contiene un párrafo titulado "Objetivo General", donde se define la idea matriz de esta iniciativa. No hay uno que diga "Ideas Matrices".

El señor Secretario incluyó esa idea matriz en la primera página, donde define el objetivo general del proyecto. Y es perfectamente coherente con lo que hemos planteado, es decir, permitir financiar el sistema educacional a través de la entrega de recursos a los sostenedores municipales con el propósito de que lo puedan sostener, estableciendo como criterio el promedio de asistencia de los meses iniciales del año y no el de los meses iniciales del año y no el de aquellos en que tuvo lugar el auge del movimiento estudiantil. Porque, si se aplicara el de estos meses, el sistema no se financiaría. O sea, corresponde a un gesto para abrir caminos a una alternativa de solución, y lo entiendo como una decisión dentro de otras tantas, no como un gesto aislado.

Pienso que ello también se relaciona con que todos los actores de la sociedad chilena -incluido el Gobierno, por cierto- tienen el convencimiento de que hay que trabajar con el propósito de -insisto- abrir paso a una solución de la demanda estudiantil.

Dentro de esa perspectiva, de ese criterio, de ese concepto, es lógico que se piense que no la habrá si se permite la existencia de represalias o de castigo con respecto a los escolares que participaron en el movimiento. Por tanto, la modificación corresponde simplemente a una medida de buen Gobierno. Y, desde mi punto de vista, el proyecto carecerá de valor si no se incluyen esos párrafos.

Por cierto, se admite que los alcaldes financien el año escolar, pero además se asegura que no habrá represalias contra aquellos estudiantes. Es una ecuación simple, clara, directa. Algún parlamentario oficialista podrá decir que con tal criterio se obstruye la acción del Ejecutivo. Pienso que es todo lo contrario. El país debe abrir compuertas que posibiliten entendimientos y acuerdos, que incluyan a los alumnos y no que los excluyan. Porque el problema no se resolverá sin su incorporación.

En consecuencia, propusimos lo anterior porque nos asiste la convicción de que es correcto. No con un propósito menguado, de corto alcance.

Y dado mi convencimiento, no sería coherente conmigo mismo si aceptara como solución, para abrir paso a la aprobación urgente del proyecto en examen, que los incisos aprobados por la Comisión de Hacienda se retiraran del texto presentado a la Sala del Senado.

He dicho.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente , ha quedado aclarada suficientemente por el Senador señor Escalona la intención de perseverar en la inclusión de los incisos aprobados.

Y quiero formular, primero, una reflexión.

Creo que en este breve debate ha quedado explícita la voluntad del Gobierno de llegar a un acuerdo. Porque tales cosas, a veces, se van perdiendo o quedando en el camino. Aquí hubo una propuesta concreta de dos Senadores de la Concertación, con la mejor intención, para buscar una solución a este punto que entrampa la entrega de subvenciones a determinados establecimientos educacionales. Ella, con un buen espíritu, fue acogida por el Ejecutivo , sin perjuicio de que después no fue aceptada por otro miembro de la Concertación, quien está en su derecho.

Eso refleja, obviamente, un ánimo que quiero destacar cuando se habla de la voluntad del Gobierno para buscar respuestas a los problemas.

En segundo lugar, me parece que la indicación -y me sumo plenamente a las palabras del Honorable señor Cantero -, más allá de su intención, es una de las menos constitucionales que he visto en el Senado. Porque, objetivamente, si uno se atiene a su espíritu literal y actúa de buena fe, entiende que la iniciativa persigue innovar en materia de subvenciones para establecimientos educacionales asumiendo una situación de hecho que, en la práctica, les ha impedido recibirla.

Tal es el sentido del proyecto.

A mayor abundamiento, la idea matriz de alguna manera la fija quien presenta la iniciativa, y acabamos de oír al señor Ministro de Educación plantear que la indicación en comento no representa la idea matriz del proyecto.

Vale decir, aquí tenemos el sentido obvio del proyecto y, asimismo, el espíritu del legislador, que, para estos efectos, representa al Presidente de la República.

Pero, además, la argumentación con que se intenta hacer parecer armónico lo que se propone radica en que la iniciativa se referiría a la regulación de la inasistencia.

Y de ahí se deriva el segundo efecto vinculado con ello. Porque lo que se persigue es excepcionar en materia de subvenciones y, para dicho objetivo, se hace referencia a la lógica de la asistencia media. Pero nadie ha pretendido volver a regular las consecuencias de la asistencia dentro del ámbito educacional en la permanencia de los alumnos en determinado establecimiento.

Entonces, creo que luego del debate queda absolutamente claro que la idea del legislador es precisa -podremos estar de acuerdo o en desacuerdo-: se quiere innovar en materia de subvenciones, para que los establecimientos que no la recibieron por una situación de hecho (no asistencia de los alumnos) la puedan percibir por la mencionada vía.

Esa es la idea que debemos aprobar o rechazar.

El entender que se busca regular el efecto de la asistencia es lo mismo que decir que somos partidarios de que los alumnos pasen de curso por ley. Y estimo que ello es ajeno a la idea del legislador.

Por eso, me parece una buena oportunidad para que Su Señoría, que está debutando como Presidente accidental , nos pueda ilustrar con sus conocimientos jurídicos. Y no me cabe duda de que usted va a coincidir en que, más allá de las intenciones de sus autores, las ideas matrices del proyecto son ajenas a los incisos cuarto y quinto planteados en la Comisión de Hacienda.

He dicho.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- ¡Muchas gracias por sus palabras, pero puede que no coincidamos...!

Han pedido intervenir los Senadores señora Lily Pérez y señores Novoa, Hernán Larraín y Lagos en su segundo discurso.

Quiero preguntarles a Sus Señorías si van a hacer uso de la palabra o me pronuncio ahora.

La señora PÉREZ (doña Lily).- No voy a intervenir.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- ¿Senador señor Hernán Larraín?

El señor LARRAÍN.- No es necesaria mi intervención, por ahora.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Muy bien.

El señor CANTERO.- Pronúnciese, señor Presidente.

El señor NOVOA.- Después podremos intervenir.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Conforme.

Debo decir que accidentalmente estoy en la Presidencia del Senado y me toca resolver el punto, pero además soy parte de la indicación presentada.

El señor NOVOA.- Se halla inhabilitado, entonces.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Por lo tanto, tengo dos posibilidades.

No pronunciarme, y dejar que lo haga el señor Vicepresidente -acaba de llegar- o pedir que la Sala considere si puedo emitir opinión. No tengo ninguna dificultad en hacerlo.

Si hay alguna objeción, no tengo inconveniente en inhabilitarme, ya que llegó el señor Vicepresidente .

En todo caso, preferiría que el señor Vicepresidente resolviera.

El señor PROKURICA.- ¡Nosotros lo preferimos a usted...!

La señora RINCÓN.- ¡Está pasando la pelota...!

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Tengo formada mi opinión y no tengo problema en pronunciarme.

El señor NOVOA.- ¡El Senador señor Coloma retira los elogios...!

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Señores Senadores, me asiste la convicción, por lo que he revisado en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento, de que la primera decisión le cabe al Presidente . Pero, sin ninguna duda, también existe la posibilidad de que cualquier Senador pida que se pronuncie la Sala. Por lo tanto, su resolución puede ser examinada.

El mensaje del Presidente de la República -documento que tengo en mis manos- se refiere a diversos tópicos, y entre ellos, particularmente a situaciones como la siguiente: "Los movimientos estudiantiles que han tenido lugar a contar de mediados del presente año han afectado el desarrollo normal de las actividades de los establecimientos educacionales, ya sea por la ocupación de sus locales escolares o por la inasistencia masiva de su alumnado. Dichos establecimientos han debido recalendarizar las actividades lectivas, presentando propuestas de recuperación de las clases no realizadas en extensiones horarias luego de la jornada escolar, en días sábados y en los días posteriores al término del año escolar regular".

El artículo único original, que no es el que estamos discutiendo, se refería claramente en su inciso tercero: "A los establecimientos educacionales que durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011 impetren subvención escolar de acuerdo al promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011, y no cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo, de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación".

A ese respecto, tengo la convicción de que lo anterior está vinculado con el hecho de que recibir o no la subvención puede significar que aquellos establecimientos educacionales que han determinado que a tales alumnos les es dable recibirla y, finalmente, no logran la promoción, deban devolver esos recursos o sean sancionados por haberlos utilizado.

Más aún, desde el punto de vista reglamentario, habría dos cuestiones importantes que establecer. La primera se refiere a que la aludida indicación sí se discutió en la Comisión de Educación y se rechazó (votaron a favor los Senadores señores Quintana y Navarro , y en contra los Honorables señor Cantero , señora Von Baer y señor Ignacio Walker) , pero se declaró admisible. Y la segunda, a que la misma indicación -se lo aclaro al Senador señor Cantero - se repitió en la Comisión de Hacienda.

En función de lo anterior, debo señalar que el inciso cuarto del artículo 27 del Reglamento dispone que "La Comisión de Hacienda deberá informar los proyectos en lo relativo a su incidencia en materia presupuestaria y financiera del Estado, de sus organismos o empresas". Pero el inciso sexto estipula: "Cuando un asunto sea enviado a la Comisión de Hacienda para el solo efecto de lo previsto en el inciso cuarto, ésta circunscribirá su estudio e informe solamente a aquellas disposiciones que digan relación con las materias a que se refiere el mencionado inciso".

Es decir, para que dicho organismo técnico se halle restringido en el conocimiento de un proyecto se requiere que haya sido mandado por la Sala con el solo objeto de que se estudie en lo relativo a su incidencia en materias financieras o en las que señala el inciso respectivo.

Por lo tanto, la Comisión de Hacienda no ve disminuida la posibilidad de analizar otros antecedentes cuando se encuentran -como en este caso, según mi parecer- dentro de las ideas matrices de la iniciativa.

En consecuencia, declaro correcta la indicación desde el punto de vista procedimental, sin perjuicio de que algún señor Senador pida votación.

El Senador CANTERO.- Que se vote.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- En votación la admisibilidad de la indicación.

El señor COLOMA.- ¡Ya fue argumentada...!

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Votar "sí" significa aprobar la admisibilidad; y "no", rechazarla.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Terminada la votación.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Resultado de la votación: 15 votos a favor, 15 en contra y dos pareos.

Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Rincón y los señores Escalona, Frei (don Eduardo), Gómez, Lagos, Letelier, Muñoz Aburto, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Walker ( don Ignacio) y Zaldívar (don Andrés).

Votaron por la negativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Cantero, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Prokurica y Uriarte.

No votaron, por estar pareados, los señores Chahuán y Kuschel.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Reglamentariamente, al haberse producido un empate, corresponde repetir la votación.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Se repite la votación.

El señor LARRAÍN (don Hernán).- Dela por repetida, Presidente.

El señor PÉREZ VARELA.- Termine la votación, señor Presidente .

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Hago presente al Honorable señor Pérez Varela que la votación anterior podría haberla cerrado perfectamente antes, y en ese momento era favorable a mi postura. Pero me había comprometido a esperar al Senador señor García . Así lo hice, con lo cual se produjo el empate.

Por lo tanto, Su Señoría debe comprender que mi demora ahora no obedece a otra razón que no sea tratar de salvar una dificultad, aunque otra vez se originó un empate.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Terminada la votación.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Resultado de la votación: 15 votos a favor de la admisibilidad, 15 en contra y dos pareos.

Votaron por la afirmativa las señoras Alvear y Rincón y los señores Escalona, Frei (don Eduardo), Gómez, Lagos, Letelier, Muñoz Aburto, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Walker ( don Ignacio) y Zaldívar (don Andrés).

Votaron por la negativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Cantero, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Prokurica y Uriarte.

No votaron, por estar pareados, los señores Chahuán y Kuschel.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Por consiguiente, conforme al Reglamento, el doble empate debe ser dilucidado en la siguiente sesión.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Tenemos una dificultad.

Reglamentariamente, la votación sobre la admisibilidad de la indicación quedaría pendiente hasta la próxima sesión. Sin embargo, como la urgencia de "discusión inmediata" del proyecto vence el lunes, perfectamente se puede votar mañana.

El señor NOVOA.- Dela por rechazada ahora.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- No voy a rechazar la admisibilidad en este momento. Si quiere Su Señoría la votamos más tarde.

Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.

El señor NOVOA.- Señor Presidente , la norma dice que el asunto "quedará para la próxima sesión", a menos que exista una urgencia que venza antes de que ella se realice.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- O que venza el plazo.

El señor NOVOA.- No, señor Presidente.

Si estoy equivocado, no tengo problema en reconocerlo.

Pero hay que leer el Reglamento, pues para eso está.

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- El artículo 182 señala:

"El empate que se produzca se resolverá como sigue:

"Producido en una votación, ésta se repetirá de inmediato." -lo que se hizo- "Si nuevamente se produce, se dará la proposición por desechada si se trata de un asunto cuya urgencia venza antes de la sesión siguiente. En los demás casos, quedará para ser definida en el Tiempo de Votaciones de primera hora de la sesión ordinaria siguiente.".

El señor NOVOA.- No hay sesión ordinaria siguiente antes del vencimiento del plazo.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Perdón, señores Senadores, pero a la Mesa le asiste la facultad de citar a una sesión extraordinaria para mañana a fin de resolver este punto.

El señor COLOMA.- ¡Debe ser una sesión ordinaria!

El señor NOVOA.- ¡Tiene que ser ordinaria!

El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Por lo tanto, no hay plazo que venza en este instante que perjudique la resolución, porque la urgencia termina el lunes.

El señor LETELIER.- La sesión de mañana es ordinaria.

El señor NOVOA.- Pido la palabra.

El señor GÓMEZ ( Presidente accidental ).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, las sesiones ordinarias son las que se fijan al principio de la legislatura.

En el acuerdo de hoy se reemplazó la sesión ordinaria de mañana por una especial. En consecuencia, no hay sesión ordinaria próxima antes del vencimiento de la urgencia.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Señores Senadores, entiendo que no está en discusión la facultad de la Mesa de fijar las sesiones.

El señor COLOMA.- Las ordinarias están fijadas.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Las ordinarias, no. Eso no está en debate. Y pido que los señores Senadores me puedan seguir en la discusión. Igual en algún momento este punto lo vamos a dilucidar.

Se había pensado en la sesión de mañana, en la ordinaria, tratar el Presupuesto.

El señor COLOMA.- Fue acordado.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Y fue acordado así. En ningún momento se calificó la sesión de otra forma...

El señor NOVOA.- Que se lea el acuerdo de Comités.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Solicito a los señores Senadores que aprendamos a escucharnos.

El Ejecutivo es el que le ha puesto urgencia a este proyecto. Y entiendo que existe un interés colectivo de sacarlo adelante. ¿Algunos quieren que no se vea esta iniciativa en una sesión mañana? ¿Alguien está poniendo objeción a que se trate?

El señor NOVOA.- Yo, porque hay un acuerdo de Comités. Que lo lea el Secretario.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Estoy haciendo la consulta a la Sala para conocer el parecer. La Mesa tendrá que citar a sesión. Y no podrá...

El señor COLOMA.- ¡A sesión ordinaria!

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- ¿Me permiten terminar?

Pido a los señores Senadores que sigan su propio razonamiento.

El Ejecutivo deberá ver si nos obliga a convocar a una sesión extraordinaria. Porque lo extraordinario está dado por la urgencia. Y, en ese punto, si no es posible tratar el asunto en la sesión de mañana, habrá de fijarse una sesión extraordinaria, por la urgencia establecida.

El señor COLOMA.- Lea el Reglamento, señor Presidente . ¿Qué Reglamento está leyendo?

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Estoy hablando de la urgencia dispuesta por el Ejecutivo , que vence el lunes, antes de una próxima sesión ordinaria. Es un problema de lógica cartesiana.

El señor NOVOA.- Entonces, queda rechazada.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- El proyecto puede quedar rechazado. Está bien. No hay problema.

El señor CHAHUÁN.- La indicación.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- No estamos en una indicación todavía, sino en la admisibilidad. Y no se ha dilucidado el punto.

El señor COLOMA.- Estamos en la proposición.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Entonces, en cualquier caso, les adelanto que tenemos una dificultad que se deberá resolver en una sesión extraordinaria, a menos que el Ejecutivo cambie la urgencia.

Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , aquí se ha producido un empate. Y, como señala el artículo que ha leído el señor Secretario , los empates se dilucidan en la sesión ordinaria siguiente. Esa es la regla general. Pero mañana no hay sesión ordinaria como corresponde.

Efectivamente, las sesiones ordinarias, tal como manifestó el Senador Novoa, son aquellas determinadas a comienzo de la legislatura, y estas se celebran los martes y miércoles en la tarde. Pero se reemplazó la sesión ordinaria de mañana por una especial, sin Incidentes, con un horario distinto, con el único propósito de discutir el proyecto de Ley de Presupuestos.

Por lo tanto, de acuerdo con nuestro calendario, la siguiente sesión ordinaria es el martes próximo, que queda después de la fecha de vencimiento de la urgencia. Y, en ese caso, se aplica el artículo 182, cuando dispone que si el empate nuevamente se produce -es la situación actual- "se dará la proposición por desechada si se trata de un asunto cuya urgencia venza antes de la sesión siguiente". Como la Mesa ha informado que la urgencia vence el lunes, y siendo la próxima sesión ordinaria el martes, corresponde dar por desechada la admisibilidad y seguir tratando el proyecto hasta su total despacho, porque eso es lo que procede en consideración a la urgencia establecida y a que se encuentra en tabla y en discusión.

He dicho.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Antes de dar la palabra al Senador señor Escalona, quiero indicarles que uno se tiene que apegar a lo literal de la norma, y esta dice: "antes de la sesión siguiente". No la califica en orden a que deba ser ordinaria o extraordinaria.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, lea el Reglamento.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Llamo al orden a los Señores Senadores. Si desean intervenir, pidan la palabra.

La Mesa es la que interpreta el Reglamento. Y de no existir acuerdo sobre el particular, se somete al parecer de la Sala.

En esta materia, y de acuerdo con el señor Secretario , en el artículo 182 se señala, y repito: "Producido en una votación," -el empate- "ésta se repetirá de inmediato." Es lo que ocurrió. Y prosigue la norma: "Si nuevamente se produce, se dará la proposición por desechada si se trata de un asunto cuya urgencia venza antes de la sesión siguiente". No dice "sesión ordinaria".

El señor NOVOA.- Siga leyendo.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- "En los demás casos".

El señor LAGOS.- "En los demás". En otras situaciones.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- "En los demás casos," -es decir, cuando no venza la urgencia- "quedará para ser definida en el Tiempo de Votaciones de primera hora de la sesión ordinaria siguiente".

Por lo tanto, como no hay una sesión ordinaria antes del vencimiento de la urgencia,...

El señor LARRAÍN.- Se da por desechada la proposición.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- ...se permite citar a una sesión. Y esa es la interpretación que ha hecho la Secretaría.

Tiene la palabra el Senador señor Escalona.

El señor LARRAÍN.- Se da por desechada. Lea el Reglamento.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente , yo participé en la reunión de Comités. Y allí se definió que la sesión de mañana era una sesión con un proyecto único. No se cambió su carácter. De manera que acá se ha producido una grave desfiguración del acuerdo de los Comités. Lo lamento mucho, porque afecta seriamente las confianzas.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, nuestro planteamiento apunta a todo lo contrario de lo que sostiene el Senador Escalona.

Lo que pedimos es que se interprete adecuadamente el Reglamento. Y el tenor literal es claro. Como Comité de Renovación Nacional, solicito que el Secretario del Senado nos ilustre con su interpretación acerca del artículo 182.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Se le ofrecerá la palabra al Secretario. Pero quiero precisar que este no es quien interpreta el Reglamento. Y soy enfático en ello.

El señor CHAHUÁN.- Que nos dé su opinión.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- La que ha entregado la Mesa ha sido respaldada por el Secretario.

El señor CHAHUÁN.- Pero que lo diga.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Le consulté un planteamiento antes al Secretario .

Para que se comprenda: está en discusión si lo que se entiende en la primera parte del segundo párrafo es que el asunto se tiene que tratar en una sesión antes de que venza la urgencia, y ahí no se califica el tipo de sesión. En caso contrario -si no vence la urgencia-, deberá ser visto en el Tiempo de Votaciones de una sesión ordinaria. Esa es la interpretación de la Mesa.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Las sesiones ordinarias son las que tienen por objeto tratar las materias que corresponden, ya sea en Fácil Despacho, Orden del Día, Tiempo de Votaciones y hora de Incidentes. Por consiguiente, en primer término, en el acuerdo de Comités, al cambiarse la sesión ordinaria por una para analizar un solo punto, esa sesión dejó de ser ordinaria y fue reemplazada por una para ver el proyecto de Ley de Presupuestos.

En lo referente al doble empate registrado, la Secretaría solo puede dar una opinión. El Reglamento es interpretado por el señor Presidente.

Ahora bien, yo he señalado que el artículo 182, para los efectos de la resolución del doble empate en una votación, dice que esta queda "para la sesión siguiente", sin hacer distingo alguno sobre el tipo de sesión. Y, puesto en el caso de que no haya urgencia, dispone que la votación queda para la sesión ordinaria siguiente.

De lo contrario, no sería necesaria la segunda parte del mencionado precepto.

Pero -insisto- al señor Presidente le corresponde decidir.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- La interpretación de la Mesa es coincidente con lo que dice el señor Secretario.

Tiene la palabra -por última vez, para poder resolver el asunto- el Honorable señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , ha quedado despejado, primero, que la sesión de mañana, no por un problema de confianza sino por una definición de los Comités, no será ordinaria, sino especial.

Segundo, que las sesiones ordinarias, como dice el artículo 64 del Reglamento, son las que se celebran en los días y horas fijados al comienzo de cada legislatura: actualmente, los martes y miércoles, de 16 a 20.

Hasta ahí estamos, espero, de acuerdo.

El tercer punto se refiere a la forma de dilucidar los empates registrados durante una votación.

Al respecto, estamos de acuerdo en que, una vez producidos, ella se repite de inmediato.

Si en la segunda votación hay empate nuevamente, la proposición queda, conforme al artículo 182 del Reglamento, "desechada si se trata de un asunto cuya urgencia venza antes de la sesión siguiente.".

"En los demás casos," -agrega el citado precepto- "quedará para ser definida en el Tiempo de Votaciones de primera hora de la sesión ordinaria siguiente.".

Entonces, la norma en comento debe interpretarse de la única manera posible: no habiendo sesión ordinaria dentro del plazo de vencimiento, se tiene que dar por desechada la indicación pertinente.

En consecuencia, señor Presidente , le pido que haya un rigor mínimo en la interpretación de la Mesa y no interpretaciones acomodaticias; porque lo que a uno le sirve hoy día, mañana lo perjudica.

La única forma de actuar siempre igual es procediendo a la interpretación conforme a lo que dispone el referido precepto. De lo contrario no tendría sentido el Reglamento en su forma actual.

Así que le pido a la Mesa que dé por aceptada la inadmisibilidad, que, por lo demás, es absolutamente evidente.

Sin los incisos cuarto y quinto, el proyecto tiene el mismo sentido: permitir la consecución del objetivo que se persigue, cual es financiar a los establecimientos que han enfrentado dificultades económicas a raíz de las movilizaciones de este año.

La otra cuestión, que me interesa mucho resolver dentro del conjunto de los problemas educacionales, no guarda relación con la idea matriz del proyecto. Es inadmisible. Así lo ha votado la Sala y así debe reconocerlo la Mesa.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Señor Senador, usted hizo una afirmación a la que no voy a contestar. Es parecida a su aseveración de ayer. Se lo digo respetuosamente.

Su Señoría debe comprender que quienes no comparten su opinión no lo hacen por una cuestión acomodaticia.

Yo le ruego entender que existe el derecho a diferir. Me parece un mal camino -lo señalo por el respeto que merece la Institución- el que siguió.

Aquí hay opiniones diferentes. Yo respeto la suya, pero no es necesariamente la de la Mesa.

Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente , le agradezco su última intervención, porque la idea es tratar de ponernos de acuerdo y no descalificarnos.

Ahora bien, pienso que la interpretación es opinable.

Yo hago un esfuerzo por entender la última argumentación del Senador Larraín.

Sin embargo, creo que hay una argumentación razonable de este lado en el sentido de que el artículo 182 distingue entre "sesión siguiente" y "sesión ordinaria siguiente". Precisamente como se trata de cautelar la resolución del empate antes de que venza la urgencia, ese precepto dice que, de repetirse el empate, la proposición se da por rechazada, sin especificar si la sesión siguiente es o no ordinaria; y agrega que, no habiendo involucrada urgencia, puede esperarse hasta una sesión ordinaria.

Se trata de una interpretación válida. Y no es acomodaticia. Porque, en general, en Derecho...

El señor LARRAÍN.- ¿Me concede una interrupción, Honorable colega?

El señor LAGOS.- Por supuesto, señor Senador.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Con la venia de la Mesa, tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN .- La interrupción es para guardar coherencia en el argumento, señor Presidente . Porque lo que plantea el Senador Lagos mediante su interpretación es que una norma podría pasar por encima de la urgencia.

El señor LAGOS.- ¡No!

El señor LARRAÍN .- Eso es lo que está planteando en último término.

Con esa interpretación se podría burlar la urgencia establecida en este proyecto.

Nuestra interpretación es en el sentido de que ha de respetarse la urgencia. Porque las normas reglamentarias deben ser coherentes, tienen que entenderse entre sí.

Si aceptáramos la interpretación del colega Lagos y -entiendo- de la Mesa acerca de este punto, ocurriría eso: que la disposición respectiva podría verse el martes siguiente, fuera del plazo de la urgencia.

El señor LAGOS.- ¡No, pues!

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente , por su intermedio, le digo al Senador Larraín que justamente porque mañana se celebrará una sesión que no será ordinaria sino especial se podrá ver esta materia.

Su Señoría tendría razón si, estando por vencer la urgencia, no hubiera sesión mañana, ni el jueves, ni el viernes.

Pero (repito) el artículo 182 distingue dos partes. La primera es para cautelar las urgencias: si hay urgencia que venza antes de la sesión siguiente, se resuelve "sí o sí", salvo que haya sesión antes del vencimiento; y mañana tendremos sesión especial. En los demás casos, cuando no media urgencia, la proposición queda para ser definida en la próxima sesión ordinaria.

Por eso el Reglamento distingue entre sesión ordinaria y sesión no ordinaria.

Gracias, señor Presidente.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Señores Senadores, la Mesa tiene una interpretación.

Se escucharon las opiniones de ambos lados.

El asunto queda para una próxima sesión, a la que llamará la Mesa.

Pasaremos al próximo punto de la tabla.

Tiene la palabra el señor Secretario General.

Perdón, señor Secretario .

Para plantear un punto de Reglamento, tiene la palabra el Honorable señor Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente , resuelta la situación como lo señaló Su Señoría, debo decir que el Senador Gómez, durante su presidencia accidental, hizo algo que, en mi concepto, no estuvo bien. Y ello, no por culpa de la Mesa actual ni de la anterior. Simplemente, se produjo.

Me refiero concretamente a la capacidad de la Mesa de saber cómo va la votación.

Eso, que es de ahora, no me parece razonable, en ningún evento. Lo digo claramente.

Yo quiero plantear que termine -el sistema está instalado computacionalmente- la posibilidad de saber "cómo va la cosa".

Entiendo que la votación tiene que ser igualmente secreta para todos. Que alguien pueda saber cómo va, si falta o sobra un voto, en fin, se presta para que uno se apure o no.

Esto es de ahora. No existía durante las Presidencias de los Senadores Gabriel Valdés y Andrés Zaldívar ; el sistema era distinto.

Lo planteo como una norma de mejor funcionamiento. No formulo cargo a nadie. Hacerlo sería injusto, pues ha habido Presidentes del Senado de distintas tendencias.

Me parece razonable que, sea cual fuere el Presidente , no exista el instrumento que permite saber cómo va a la votación para los efectos de tomar una decisión. Creo que con una medida de esa índole hay transparencia para todos.

He dicho.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Con todo respeto, señor Senador, le expreso que ese no es un punto de Reglamento.

El señor COLOMA.- Es de sentido común.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Le agradezco, Su Señoría, por cooperar con el desarrollo de la sesión.

Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar para exponer un punto de Reglamento.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente , estimo que podríamos llevar a la consideración de los Comités el planteamiento formulado por el Senador Coloma .

En todo caso, debo decirle a mi Honorable colega que la cuestión no es tan como él dice.

Cuando yo era Presidente, al lado estaba el Secretario, quien iba marcando los votos en una planilla. Ello permitía ver cómo se desarrollaba el proceso, para saber si faltaba alguien, en fin.

Entonces, solo se cambió la planilla por una pantalla, la cual permite visualizar mejor la votación.

No hay, por consiguiente, un problema en la línea señalada por el Senador Coloma.

Podemos -insisto- tratar el asunto en reunión de Comités. Pero la verdad es aquella.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- El punto planteado no es de Reglamento.

Sí, deseo destacar que lo que hizo el Honorable señor Gómez en su momento -no quiero abrir debate sobre la materia-, actuando como Presidente accidental , obedeció a un criterio de rectitud orientado a asegurar que todos los Senadores votaran.

Todas las Mesas del Senado siempre se han preocupado de garantizar ese derecho.

Damos, pues, por superado el incidente.

Ahora bien, se encuentra pendiente una votación...

El señor COLOMA.- ¿Me permite, señor Presidente ? Quiero dejar claro lo relativo a la actuación del Senador Gómez.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- No voy a dar la palabra sobre puntos de Reglamento en esta materia.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor COLOMA.- ¡Pero pedí la palabra!

Señor Presidente...

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- No tiene la palabra Su Señoría. Se la otorgué al señor Secretario .

El señor COLOMA.- Deseo aclarar mi posición con respecto al Senador Gómez.

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Señores Senadores, en el texto hay otra votación dividida, referida a una modificación introducida por la Comisión de Educación al inciso tercero del artículo único.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- La indicación que dio origen a dicha enmienda fue aprobada en ese órgano técnico por 3 votos contra 2.

En discusión.

Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor CANTERO.- Señor Presidente , la situación es exactamente al revés: esa enmienda fue rechazada por 3 votos contra 2 en la Comisión de Educación.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Señor Senador, estamos analizando la modificación consistente en eliminar una frase en el inciso tercero (página 2, segunda columna, del comparado).

El señor CANTERO.- Además, en esa instancia les hice presente al Presidente y al Secretario que la referida norma era inadmisible, por contrariar las ideas matrices del proyecto.

La situación -insisto- es exactamente al revés.

Nosotros señalamos que el regular mecanismos de aprobación o de repetición de curso nada tiene que ver con la voluntad de favorecer a los municipios con un financiamiento oportuno y rápido, dada la situación en que se encuentran.

El buen gesto del Ministerio y del Gobierno sobre cómo superar el déficit que hoy día tienen las municipalidades para que puedan pagarles a los profesores nada tiene que ver -repito- con el establecimiento de criterios para que los estudiantes aprueben sus cursos.

Constituye una pésima señal incorporar esta materia. Es casi, en mi opinión, como decirles a los muchachos: "No se preocupen. Sigan haciendo paros; sigan saliendo a las calles; no asistan a clases, porque de alguna manera nosotros nos vamos a arreglar para que ustedes sigan pasando de curso".

Tal camino es francamente inadecuado.

Eso les corresponde al plantel educacional y al Ministerio de Educación, no al Parlamento.

La fijación de criterios al respecto le compete básicamente a dicha Secretaría de Estado , en el marco de la Ley Orgánica de Enseñanza.

He dicho.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Señor Senador, según la información entregada por la Secretaría de la Comisión, el inciso tercero del artículo único se aprobó por 3 votos contra 2.

Su Señoría aludió a una indicación cuyo propósito era sustituir aquel inciso por otro, la que fue rechazada por 3 votos contra 2.

Tiene la palabra el Senador señor Novoa.

El señor NOVOA.- Señor Presidente , entiendo que procede en primer término debatir en general el proyecto; luego, votar la idea de legislar, y después, discutir las normas que hayan sido objeto de votación dividida.

Hasta el momento, que yo sepa, no se ha efectuado la votación general.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Disculpen, Sus Señorías, pero entendí que mientras no estuve en la testera se había votado la idea de legislar y que por eso se estaban tratando las enmiendas propuestas por las Comisiones.

El señor LARRAÍN.- ¿Está todo nulo, entonces?

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Se deja pendiente la votación general, como el otro asunto...

El señor ESPINA.- ¡Cómo va a dejar pendiente la votación general, señor Presidente!

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Perdón: queda pendiente la votación particular que se está planteando.

El señor Secretario me ha informado -a los efectos de clarificar- que, dado que el texto es de artículo único...

El señor LARRAÍN.- ¡Pero igual hay que votarlo en general!

El señor LETELIER (Vicepresidente).- Se pone en votación general el proyecto, pero no podemos resolver los otros asuntos que quedaron pendientes.

La cuestión radica en si, como quedaron pendientes los otros asuntos, simplemente los dejamos para la próxima sesión.

Ofrezco la palabra.

El señor COLOMA.- Votemos en general.

El señor LARRAÍN.- Sí. Es lo que procede.

El señor COLOMA.- Pido la palabra.

¿Puedo intervenir o no, señor Presidente ?

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra Su Señoría. Después votaremos en general.

El señor COLOMA.- Es lo que quiero plantear.

Yo entiendo que debe dirimirse el doble empate registrado a propósito de dos incisos, pero que ello no obsta a que votemos la idea de legislar.

Esa es mi posición.

El señor LAGOS.- Pero se puede votar por separado cada inciso.

El señor COLOMA.- Exacto. Sin embargo, antes se debe votar en general el proyecto, y a continuación, cada inciso en forma separada, si correspondiera.

Sin embargo, no podemos pronunciarnos acerca de los dos incisos porque debe zanjarse si son constitucionales o no. De modo que tenemos que dejarlos, a todo evento, para la semana venidera o para la próxima sesión, como se concluyó hace algunos instantes. No es factible votar en particular todo el texto.

De otro lado, señor Presidente, debo manifestar que, a mi juicio, este proyecto es correcto. Los tres primeros incisos apuntan en el buen sentido, y, claramente, en el mal sentido o en sentido ultra petita los dos últimos.

Por lo tanto, en la votación general me pronunciaré a favor y en la particular aprobaré los tres primeros incisos; los otros dos quedarán sujetos a lo que se resuelva en el momento apropiado.

En seguida, señor Presidente voy a señalar en forma clara y muy cuidadosa (no pude hacerlo anteriormente porque no se me dio la palabra) que, cuando me referí al conocimiento del desarrollo de las votaciones, jamás pretendí -nada más lejos de mi intención- hacerle un cargo al Senador Gómez . Por el contrario, considero que Su Señoría actuó con extraordinaria transparencia y honradez.

Hago esta aclaración para los efectos de la Versión Oficial. Y pido que quede constancia de ello porque es lo justo. Cualquier otra interpretación sería muy injusta.

El señor LAGOS.- ¡Homenaje a Gómez...!

El señor NOVOA.- ¡Es el segundo homenaje que se le rinde esta tarde...!

El señor LARRAÍN.- ¿Cuánto habrá pagado...?

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Señores Senadores, la Mesa quiere clarificar la situación.

Habiéndose solicitado el pronunciamiento de la Sala sobre la admisibilidad de ciertas disposiciones, yo entendí que el proyecto ya se había votado en general.

Como eso no ha ocurrido, voy a poner en votación la idea de legislar.

Antes le concederé la palabra al Senador señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, solo quiero pedir que se vote separadamente el inciso tercero.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Le informo a la Sala que existen varias solicitudes de votación separada.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- En votación general el proyecto.

--(Durante la votación).

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Para fundamentar su voto, tiene la palabra el Honorable señor Novoa.

El señor NOVOA.- Señor Presidente, al igual que en la Comisión de Hacienda, me voy a abstener de aprobar este proyecto.

Comprendo la necesidad de los municipios en cuanto a recibir los recursos y pagar los sueldos de los profesores, pero también considero que se da una mala señal al país cuando nadie resulta ser responsable de sus actos.

Se ha desarrollado, durante meses, una movilización cuyo principal reclamo es la calidad de la educación, y sorprende que el Colegio de Profesores encabece las manifestaciones, en circunstancias de que los docentes son responsables, en gran parte, de que esta última sea buena o mala.

Sorprende que rectores universitarios asimismo las lideren, como si la calidad de la educación no dependiera de su gestión en los planteles de enseñanza superior.

Sorprende que los sostenedores, sean municipales o particulares, que no han podido hacer que la comunidad escolar trabaje durante el año, vengan ahora a pedir que se les dé la subvención como si nada extraño hubiera ocurrido.

Además, me parece que la discusión sobre la promoción de alumnos constituye una indicación equívoca.

Tengo clara conciencia de los derechos de todas las personas, pero también de que hay obligaciones y responsabilidades que cumplir. Y, cuando la ciudadanía estima que nadie debe responder por nada, creo que estamos pavimentando el camino hacia una sociedad que no es la que el Senador que habla, por lo menos, espera para el futuro de nuestro país.

Por las razones indicadas, me abstengo de votar.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Rossi.

El señor ROSSI.- Señor Presidente , la verdad es que no pensaba intervenir -lo dicen siempre todos los que lo hacen-, pero me han llamado la atención varias exposiciones.

Incluso se podrían compartir algunos aspectos planteados por el Senador señor Novoa , pero en relación con un año normal. De hecho, el proyecto que nos ocupa se está tramitando hoy día por entender el Gobierno que se registra una situación absoluta y totalmente excepcional.

No estamos legislando para regular las movilizaciones, las tomas, las protestas. Todos comprendemos que lo usual es que los alumnos vayan a clases, estudien, sean evaluados posteriormente por sus profesores y que se tomen decisiones. Pero resulta que el legislador se puso en casos extraordinarios, señalándose que, cuando un educando no cumple con el 85 por ciento de asistencia, será el director del establecimiento, en ciertas situaciones, con consulta a los profesores -y era que no, pues es el espacio privilegiado, a mi juicio, para tomar tales decisiones-, el que podrá resolver si el joven se halla habilitado para pasar o no de curso.

¿Qué es lo que pasa? Nos encontramos en un contexto extraordinario de movilizaciones. Tanto lo es, que nadie podría sostener que se verifica una tramitación normal del proyecto de Ley de Presupuestos, ya que una de las normativas más importantes de la nación se encuentra profundamente vinculada a la Partida de Educación y a las reformas estructurales que espero que efectuemos en este último ámbito. Entonces, quiero insistir en ello: no estamos legislando con miras a la dictación de una ley regular, de vigencia anual, sobre la base de la habitualidad, sino que lo realizamos haciéndonos cargo de una coyuntura extraordinaria, de una situación excepcional.

Y, desde esa perspectiva, varios alcaldes -entre ellos, el de Pudahuel- me manifestaron su preocupación, por pensar que, más allá de la cuestión financiera, la cual es fundamental, podría existir discrecionalidad a la hora de permitir a un alumno el paso al curso superior, sobre todo con la vinculación al plan "Salvemos el Año Escolar" y al quitarse la autonomía al establecimiento de enseñanza. De hecho, el jefe comunal no es quien decide estos aspectos, pero tampoco el Ministerio de Educación.

Ello originó la presentación de la indicación respectiva en la Comisión de Hacienda, justamente para hacernos cargo del problema financiero de los municipios.

Y comparto lo planteado aquí -lamentablemente, es algo evidente- en el sentido de que la subvención por asistencia no da cuenta del funcionamiento y de los gastos en que incurre un colegio. Es parte de la crisis que vive hoy día la educación municipal.

Sin ir más lejos, el Liceo Arturo Prat , de Iquique, con capacidad para mil 200 estudiantes, situado en un barrio de alto riesgo social y vulnerabilidad, se cerró por registrar 260 alumnos. Es un problema de matrícula.

Por esas razones hemos destacado la importancia de llevar adelante una política de revitalización y salvamento de este enfermo en la UCI que es la educación pública, lo que no vemos reflejado, por desgracia, en el Presupuesto.

Así que ese es el sentido final de las indicaciones formuladas.

Entonces, me llama la atención que algunos intervengan -y sus argumentos pueden ser muy legítimos- como si el año hubiera sido normal y nada hubiese ocurrido. Nos hallamos debatiendo el proyecto debido a una movilización que ha durado más de seis meses. De no haber mediado ese factor, a lo mejor no estaríamos discutiendo sobre la educación con la fuerza con que lo hacemos. En consecuencia, lo deseable es que seamos capaces de entenderlo y de aprobar las indicaciones.

En realidad, no observo ningún problema en estas últimas ni que se esté fomentando a los jóvenes a movilizarse. Muy por el contrario. Nos hacemos cargo de una situación extraordinaria, del problema financiero y de ayudarlos también a que cuenten con un camino de solución para definir si pasan o no de curso.

Ojalá que asimismo se aprobara, entonces, la indicación presentada en la Comisión de Hacienda y cuyo objetivo no es sino el que he consignado.

Gracias.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la Honorable señora Von Baer.

La señora VON BAER.- No me inscribí para intervenir ahora, señor Presidente .

El señor LETELIER (Vicepresidente).- A continuación se encuentra inscrito el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente , en la misma línea de lo planteado por mi Honorable colega Rossi para fundamentar la votación de la idea de legislar, deseo consignar que en la Comisión de Educación me pronuncié en contra.

Y ello, por razones muy distintas, ciertamente, de las expresadas por el Senador señor Novoa , de cuyo planteamiento me alegro, en verdad, porque permite situar el debate donde corresponde. Mantenemos diferencias no menores. Y aquí nos encontramos ante una cuestión bien de fondo. No por nada sostuvimos una discusión reglamentaria que se prolongó más de dos horas.

Efectivamente, este no es solo un proyecto de ley que permite transferir 41 mil millones de pesos a los establecimientos educacionales de que se trata, donde la asistencia se vio seriamente disminuida, durante al menos cuatro meses, por las razones que todos sabemos. Ello lo expuso muy bien el Honorable señor Rossi. El punto radica en que, en la misma iniciativa, el Gobierno trató de hacer pagar el costo a los estudiantes.

Es algo que llama mucho la atención, porque el Presidente Piñera , en las Naciones Unidas, calificó de "noble, hermoso, grande" al movimiento estudiantil el recién pasado 22 de septiembre. La verdad es que el presupuesto en educación, finalmente, no es ni noble, ni hermoso, ni muy grande.

Pero lo sorprendente de todo esto es que en la normativa en estudio se intenta hacer pagar un costo justamente a estudiantes respecto de quienes, no solo el Presidente de la República , sino también varios de sus Ministros, como el señor Chadwick , han dirigido, en varias ocasiones, no sé si loas, pero por lo menos algunas palabras de apoyo, de comprensión a su movimiento, incluso de admiración, en cierto momento.

En la Comisión voté en contra del proyecto, porque, con todo, se intentó, en el contexto de la discusión, llevar el asunto de la misma manera que en la Cámara de Diputados, con la trampita de un inciso tercero confuso, como se ha dicho, que nada tiene que ver con la idea de transferir recursos a los municipios.

Valoro hoy día, entonces, un clima distinto y las palabras del Ministro señor Bulnes en el sentido de abrirse a una conversación, de afirmar que no habrá sanciones.

Mas también me habría gustado escuchar de parte del Ministerio otro planteamiento frente a la propuesta que le hizo el Centro de Padres y Apoderados del Instituto Nacional. Y pongo ese caso por tratarse de un colegio de excelencia, al cual el Gobierno ha decidido apoyar con recursos.

Sin embargo, ¿con qué se encontró esa entidad? Con un rechazo absoluto de este último a su plan, que ella había preparado al igual que el Liceo Manuel Barros Borgoño, el Internado Nacional Barros Arana y otros. Varios establecimientos públicos de la Región Metropolitana tenían programas propios para cerrar el año escolar. La Secretaría Regional Ministerial de Educación les expuso que la única vía para tal efecto es el plan "Salvemos el Año Escolar".

Entonces, sin ánimo de generar mayores tensiones y valorando -repito- la actitud del señor Ministro hoy día, más allá de los otros aspectos que tendremos que resolver en la sesión siguiente, quisiera expresar que el proyecto apunta, por lo menos en su inciso primero, a una línea que nadie debiese discutir, cual es que la asistencia media en los meses de septiembre a diciembre del año en curso se iguala al mayor valor de la registrada en los meses de marzo a mayo. Esa fórmula de cálculo va a permitir que los recursos sean recibidos por establecimientos -el 85 por ciento de ellos son municipales, aunque también hay algunos particulares subvencionados- cuyos alumnos han estado en paro.

Mas insisto en que quedan dudas pendientes. No se ha despejado bien qué va a pasar con aquellos estudiantes que no se incorporaron al plan, si van a tener exámenes o no, o qué respuesta se les dará, por ejemplo, a los establecimientos que han elaborado sus propios programas de cierre del año escolar, sobre la base de la autonomía otorgada por diversos decretos desde 1997 en adelante. Dichos programas se han hecho cargo no solamente de la inscripción, por un lado, y del castigo, por otro, sino también del proceso de aprendizaje.

Por último, la Senadora señora Von Baer hizo una pregunta en la Comisión de Educación que fue respondida de una manera que me preocupa por el señor Subsecretario : si el cierre del año escolar, ya sea con repitencia o con promoción, es el requisito para poder cambiarse de establecimiento.

No estoy suponiendo nada, señor Presidente . Temo que pudiera registrarse un éxodo de estudiantes -termino de inmediato, si me concede un minuto más- desde el sistema público al particular subvencionado. Quisiera pensar que nadie ha buscado eso con el texto en análisis, porque el Congreso estaba aprobando hace un año una iniciativa precisamente en la dirección contraria, es decir, de retener matrícula municipal y no de posibilitar, bajo ninguna circunstancia ni proyecto, que siguiera cayendo.

Por todos los antecedentes nuevos que he entregado, voto a favor de la idea de legislar.

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- Solicito al Honorable señor Tuma asumir como Presidente accidental .

Tiene la palabra el Honorable señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, quisiera hacer dos menciones sobre el texto que nos ocupa, porque creo que el debate ha sido largo.

En primer lugar, la iniciativa del Gobierno de permitir otorgarles recursos a los establecimientos educacionales que han estado parados, a través de una fórmula que equivale a darles la subvención promedio obtenida en los meses de marzo, abril y mayo, busca resolver, en definitiva, un problema que enfrentan con el pago, incluso, de las remuneraciones de su personal y de todos sus demás gastos.

Estimo que es una solución que se tiene que aplicar, por no ser los alcaldes responsables, en la inmensa mayoría de los casos, de una movilización que obedece a un conflicto social de otra envergadura.

Pero no creo, en seguida, que haya existido en el Congreso una iniciativa legal que dejara pasar de curso a los alumnos aun cuando no supiesen nada, porque...

El señor LAGOS.- ¿Cuál es, para ir a buscarla?

El señor ESPINA.- Señor Presidente , solo le pido al Senador señor Lagos que guarde un riguroso silencio, porque eso es lo que hago, por mi parte, cuando interviene. Nada más.

El señor TUMA ( Presidente accidental ).- Continúe, Su Señoría. Se le va a respetar el uso de la palabra.

El señor ESPINA.- Muchas gracias, señor Presidente.

No es necesario llamar, para ello, a fuerzas especiales...

Quiero plantear lo siguiente. Lo que hacen los incisos que agrega la indicación de algunos parlamentarios de la Oposición es establecer que los alumnos podrán pasar de curso aun cuando no hayan asistido a clases y no sepan la materia.

El señor LAGOS.- No es así.

El señor ESPINA.- Considero, sinceramente, que se está cometiendo un tremendo error. Creo, además, que el Gobierno, a través del plan "Salvemos el Año Escolar", les dio a los estudiantes que quisieran seguir movilizados la opción, con una modalidad precaria pero dentro de lo que se podía, de haber avanzado en sus estudios. Y lo que la indicación hace es simplemente determinar que van a pasar sin ningún tipo de medición.

Con toda razón, mi Honorable colega Prokurica me dice que eso es exactamente contrario a la línea que se tiene que seguir cuando se pide un mínimo de calidad en la educación.

O sea, ¡estos alumnos van a pasar de curso sin haberse impuesto -repito- de lo que debían aprender! Y, por supuesto, ninguno de los Senadores que presentan la indicación se hace cargo de eso. ¡Ninguno!

Entonces, vamos a tener estudiantes en Primero Medio que no habrán aprendido los contenidos de los ramos de Octavo. Estimo que esa es una gran irresponsabilidad. Porque, so pretexto de asumir una realidad -se señala que ello tiene por objeto permitir que los alumnos pasen-, habrá jóvenes que ignorarán lo que deberían saber ¡Van a dejar atrás un curso en circunstancias de carecer de los conocimientos mínimos para ello!

¡Si la prueba SIMCE ya devela que un porcentaje alto de quienes la rinden, en normalidad, no comprenden la materia del curso en que se encuentran! ¡Calculen Sus Señorías lo que va a ocurrir ahora!

Entonces, señor Presidente , aquí se plantea una cuestión de responsabilidad.

En el plan "Salvemos el Año Escolar" se inscribieron más de 150 mil alumnos. Y no fue porque no tuvieran la oportunidad de hacerlo que otros quisieron marginarse, ya que podrían haber seguido perfectamente con su movilización social. Nadie se los impedía. Libremente, tomaron la decisión de no aprovechar las facilidades que el Gobierno les otorgaba y seguir con su movilización, pero haciendo el esfuerzo, en forma simultánea, por enterar y completar sus estudios.

Por las razones expuestas, estoy a favor del proyecto, aunque en este momento me encuentro pareado con el Honorable señor Zaldívar, quien interviene en una serie de conversaciones muy importantes.

Les pido a los señores Senadores que no cometamos otro error más. No sigamos dictando leyes que terminan por perjudicar la calidad de la educación. Porque hemos despachado algunas, durante los últimos años, que no la ayudan, finalmente. Y, por eso, a pesar de los esfuerzos en recursos, ella no logra mejorar.

En suma, señor Presidente, estoy a favor de la iniciativa por el primer argumento y en contra de las indicaciones presentadas por algunos Senadores de Oposición.

El señor TUMA ( Presidente accidental ).- Puede intervenir el Honorable señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, deseo fundamentar el voto y hacerme cargo de algunas de las expresiones de quien me antecedió en el uso de la palabra.

El objetivo inicial del proyecto era claro: salvarles financieramente el año a los sostenedores que reciben recursos públicos. Como la movilización estudiantil les disminuyó la asistencia a clases y como el subsidio se paga en función de este último factor, se planteó hacer la ficción de entender, para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre -y vamos a aprobarla todos-, que la asistencia a los establecimientos que no tuvieron alumnos fue la de los meses de marzo, abril y mayo, porque en ellos no se registraron movilizaciones.

Y todos estamos de acuerdo en la necesidad de ayudar a los municipios.

Sin embargo, el Ejecutivo abrió el debate tanto en la Comisión de Educación como en la de Hacienda. El inciso tercero del artículo único menciona las formas en que los estudiantes deben o no aprobar los cursos.

Dicho eso, el razonamiento del Senador señor Novoa es notable. Porque dice: "Me abstengo en relación con el proyecto de ley, porque los que debían preocuparse de que los estudiantes fueran a clases, que son los directores de las escuelas, no hicieron su pega; los que tienen que mejorar la calidad de la educación, que son los profesores, no hicieron su pega; los que tienen que pasar de curso y no fueron al colegio, no hicieron su pega".

Con ese criterio, al Gobierno habría que rechazarle el Presupuesto, porque con solo un 27 por ciento de aprobación y después de seis meses de paro estudiantil demuestra una operatividad y una eficacia importantes.

Con ese criterio, que se las arregle con lo que quede este año. Con lo que no va a ejecutar -y va a sobrarle plata-, creo que puede terminar los dos años que le quedan al Presidente Piñera solo con los "puchos" de recursos que no utilice en 2011. Porque ejecuta poco y nada.

Volviendo a otras expresiones del Honorable señor Espina , debo manifestar que no es nuestra intención que los jóvenes aprueben por secretaría.

Creo que el Senador Escalona fue el que anteriormente aludió al punto.

Lo que estamos planteando es que, así como el Gobierno corre de manera rauda, rápida, veloz, "a lo correcaminos", para salvarles financieramente el año a los establecimientos educacionales -en lo que estamos todos de acuerdo-, haciendo una ficción respecto de la asistencia, hay que asegurar que aquellos cuyos alumnos no se acogieron al plan "Salvemos el Año Escolar" -es lo único que pretendemos con la indicación, que se traduce en los incisos cuarto y quinto- puedan tener un mecanismo alternativo a ese sistema.

En el Instituto Nacional, que no es ningún establecimiento menor en Chile, de sus 4 mil 400 alumnos, 2 mil 100 dijeron "Salvemos el año escolar", pero otros 2 mil 300 no se acogieron a dicho plan. ¿Y a estos los vamos a dejar botados?

Pues bien, el Instituto Nacional y muchos otros establecimientos educacionales diseñaron "su" fórmula para ver si pueden o no aprobar a los estudiantes: con exámenes, con clases de recuperación, etcétera.

Lo que el Gobierno quiere es tener el monopolio; que los alumnos que se sometan al plan "Salvemos el Año Escolar", ¡esos sí, mis amigos, tengan el año garantizado! Y se lo digo al Senador Espina, por su intermedio, señor Presidente .

¡Eso es lo que quiere el Gobierno, y es exactamente a lo que nos oponemos, de lo cual nos acusa el Senador Espina!

"Si usted, mi amigo, firmó el plan `Salvemos el Año Escolar', no se preocupe, lo paso de curso `de un round'".

¡No, pues! Porque hay establecimientos que han escogido otro sistema. Y eso es lo que permite la indicación.

Y voy a revisar la transcripción de la Comisión de Hacienda, porque pude haber entendido mal; pero no es menos cierto que tal vez el señor Ministro no se expresó felizmente.

Eso, entonces, vista la eventual sordera del Senador que habla y la falta de capacidad para expresarse bien del Ministro Bulnes, lo vamos a dilucidar con la transcripción.

Pero él dijo que no había ninguna irregularidad en aquello. Esta facultad que se regula reafirma la potestad que tienen los establecimientos educacionales: "de conformidad a normas técnico-pedagógicas reconocidas por el Ministerio de Educación, se les reconoce la potestad para determinar con plena y absoluta autonomía la promoción de los alumnos que hayan participado en las movilizaciones estudiantiles, entendiéndose que para estos, en todo caso, el requisito de asistencia se entiende cumplido".

Es lo mismo que estamos haciendo con los recursos públicos.

No se está diciendo que los alumnos van a pasar de curso "gratis". Habrá un mecanismo. Así como está el plan "Salvemos el Año Escolar", impulsado por este Gobierno, que tuvo una inscripción razonablemente baja para el nivel de estudiantes que paralizó, hay establecimientos que han escogido otra fórmula.

Por lo tanto, me parece feo que en esta discusión se señale que algunos queremos pasar de nivel a los estudiantes por secretaría. ¡En absoluto! ¡No es lo que queremos!

Pero, en todo caso, me gustó -reitero- la observación del Senador Novoa, que dijo: "¿Para qué le vamos a dar recursos a los que no hicieron la pega?", pues, con ese criterio, deberíamos haber despachado la Ley de Presupuestos hace rato.

He dicho.

El señor TUMA ( Presidente accidental ).- Recuerdo a Sus Señorías que estamos en la fundamentación de voto, para lo cual le ofrezco la palabra a la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente , la verdad es que lo mío es muy breve.

Voy a votar a favor de la iniciativa, pero, una vez más, echo de menos que no discutamos lo que pasa con los colegios de los sectores rurales.

Algo de eso ya expresó el Senador Hosaín Sabag hace un rato.

Y, en lo personal, quisiera hacerme cargo de lo que ocurre en mi Circunscripción del Maule Sur.

La realidad es que, actualmente, muchos niños y niñas enfrentan situaciones críticas, y lo hacen a través de la realidad de sus sostenedores, que son los municipios, los cuales carecen de recursos para enfrentar el día a día de la educación municipal.

Aquí de nuevo estamos abordando una situación de emergencia, de la que, obviamente, se debe responder conforme a todos los alcances formulados por los Senadores de la Concertación que me han antecedido.

Pero quiero hacer presente, señor Presidente , que debemos hacernos cargo de lo que pasa en el mundo rural, en las provincias, en las comunas más apartadas de nuestro país, donde no ha habido tomas, donde los niños y niñas no se han manifestado como en el resto del país, y donde no existen recursos para dar una educación de calidad, que es la gran discusión que se ha instalado este año.

Gracias.

El señor TUMA ( Presidente accidental ).- No hay más Senadores inscritos para fundamentar su posición en la votación general de esta iniciativa, que establece normas de excepción en materia de subvenciones de establecimientos educacionales.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor TUMA ( Presidente accidental ).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (25 votos a favor, una abstención y 3 pareos).

Votaron por la afirmativa las señoras Alvear, Pérez ( doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Cantero, Coloma, Escalona, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Quintana, Rossi, Tuma, Uriarte y Walker (don Ignacio).

Se abstuvo el señor Novoa.

No votaron, por estar pareados, los señores Chahuán, Espina y Kuschel.

El señor TUMA ( Presidente accidental ).- En seguida, corresponde poner en discusión la proposición de la Comisión de Educación para eliminar, en el inciso tercero del artículo único, la frase "de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación,".

En discusión.

Ofrezco la palabra.

Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.- Señor Presidente, solo para explicar lo siguiente.

En el debate que tuvimos en la Comisión de Educación quedó del todo claro que este proyecto no tiene nada que ver con la promoción de los estudiantes, sino que, simplemente, contempla un mecanismo de financiamiento para ir en ayuda de los municipios, dado el ausentismo escolar habido durante este año.

En dicho órgano técnico se discutió -y lo planteó el Senador Ignacio Walker en su momento- que la exclusión de la frase podía servir para que efectivamente se entendiera que la iniciativa solo dice relación al financiamiento de los colegios, en concreto de los municipios, a través del otorgamiento de las subvenciones que no han recibido durante el presente año.

Se eliminó la mencionada frase para dejar por entero claro, como lo sostuvo el Subsecretario de Educación en la referida Comisión, que el proyecto no se vincula en forma alguna con la promoción de los alumnos, que es lo que se ha planteado acá. Y por eso accedimos a su retiro, que el Ejecutivo apoyó en su momento.

Por lo tanto, dentro del debate habido en dicha instancia quedó despejado que la iniciativa solo tiene que ver con el financiamiento. Y, para que no hubiese ningún tipo de interpretación distinta, se accedió a sacar la aludida frase, para dejar aún más claro que el proyecto contempla un mecanismo destinado a ir en ayuda de los municipios que no han recibido recursos para financiar a los colegios, debido a la problemática de las asistencias que se ha presentado durante el año en curso.

Gracias.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor CANTERO.- Señor Presidente , la supresión de la mencionada frase se aprobó por 3 votos contra 2, con mi pronunciamiento a favor.

Y mi voto favorable estuvo basado, precisamente, en la argumentación de que este proyecto tiene como objetivo solucionar la situación de los establecimientos escolares en que la asistencia a clases se ha visto afectada debido a las movilizaciones estudiantiles, a través de un mecanismo -ya se aludió a él- consistente en poner alternativamente a octubre, noviembre y diciembre del 2011 los meses de marzo, abril y mayo con el propósito de que el mayor valor sea la fórmula de cálculo que permita dar la más alta subvención a los establecimientos educacionales.

Es por eso que he enfatizado con tanta energía que me parece inadecuado el que, después de haberse logrado acuerdo en tal sentido, con los votos favorables de los Senadores señora Von Baer , señor Ignacio Walker y el que habla, se haya innovado sobre la materia en la Comisión de Hacienda.

Esas sorpresas son las que generan los malentendidos y las desconfianzas a que hemos hecho referencia.

Habiéndose zanjado el asunto en la Comisión técnica, a mí me parece francamente inapropiado que el asunto se haya vuelto a tratar.

Por tal razón, anuncio mi voto a favor de la modificación. Y reitero mi llamado en orden a que los dos últimos incisos del artículo único sean rechazados. De hecho, si hubiera acuerdo en esa línea, el proyecto podría ser despachado inmediatamente.

He dicho.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Walker.

El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente , entiendo que estamos discutiendo la indicación que presenté en la Comisión de Educación encaminada a eliminar una frase en el inciso tercero del artículo único, la cual fue aprobada por 3 votos favorables y 2 en contra.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Exactamente.

El señor WALKER (don Ignacio).- Obviamente, por ser yo su autor, voy a alegar a favor de ella, pues me parece muy importante.

Cuando se discutió este proyecto en la Comisión de Educación surgió una duda y se abrió una especie de caja de Pandora -algo de eso dijo aquí, con razón, el Senador Lagos Weber- en cuanto a la frase "de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o a aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación".

La indicación tenía por objeto eliminarla, para evitar cualquier duda en el sentido de que sobre la base de esta iniciativa, que persigue un fin loable, como es contribuir al pago de las subvenciones a los sostenedores, se introdujera una suerte de medida represiva respecto de los autores o partícipes de las tomas y movilizaciones que han tenido lugar este año.

Y cité, en aval de la indicación, las palabras que el propio señor Ministro de Educación expresó durante la discusión del proyecto en la Cámara de Diputados -donde fue aprobado por unanimidad-, quien sostuvo: "Por ello se les exige que cumplan con su obligación de determinar la situación final de promoción de sus alumnos al término del año escolar respectivo". Es decir, el único objeto de esta disposición era que todo establecimiento educacional cumpliera con la obligación -absolutamente obvia y deseable- de definir la promoción de los alumnos que están en el proceso educativo. Y reiteró que la promoción de los alumnos o de quienes se hayan inscrito en el plan "Salvemos el Año Escolar" no son requisitos para el pago de las subvenciones que autoriza la iniciativa.

En consecuencia, el titular de la Cartera de Educación ya había manifestado la opinión del Gobierno en orden a que la frase no estaba relacionada, ni directa ni indirectamente, con esa situación. Casi podría haber aparecido redundante, pero, para evitar cualquier incertidumbre al respecto, presenté una indicación orientada a eliminarla, a fin de que no cupiera ninguna duda en cuanto a que podría existir un fin oculto en este proyecto de ley.

Por eso, celebro que la Comisión de Educación haya optado por aprobarla por 3 votos contra 2. Y me parece que eso despeja las inquietudes. Ya discutiremos los nuevos incisos que propone la Comisión de Hacienda, pero, como ahora solo estamos debatiendo esta indicación, de la cual soy autor, me he permitido explicar brevemente su sentido, por cuanto creo que contribuye a aclarar la situación.

He dicho.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente , yo me abstuve de votar esta indicación, que, tal como señaló su autor, el Senador Ignacio Walker , busca eliminar la frase "de acuerdo a las normas de evaluación y promoción de aplicación general o aquellas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación". En ella, claramente, aunque sin nombrarlo, se hacía referencia al plan "Salvemos el Año Escolar". Se intentaba, de esta manera, validarlo.

Si bien esta frase representaba un requisito, su contenido -como hemos señalado en esta ya larga discusión que estamos efectuando sobre el proyecto en estudio- poco y nada contribuía a la esencia de la iniciativa, que busca transferir fondos a los municipios que perdieron la subvención por no haber cumplido las exigencias establecidas.

Lamentablemente, esa no es la única referencia que se hace a requisitos. Y por eso es tan importante el debate que se ha generado en torno a los incisos cuarto y quinto propuestos por los Senadores Frei, Escalona y Lagos Weber, los cuales, desde luego, vamos a respaldar.

Yo me abstuve, insisto, en aquella ocasión, y volveré a hacerlo ahora, pues el propio Ministro Bulnes señaló hace un rato en la Sala que estaba disponible para retirar tales incisos, así como también el tercero.

Por lo tanto, yo no sé si tenga mucho sentido a esta altura agregar o sacar frases de un inciso que a juicio del propio Ejecutivo poco o nada aporta a la esencia del proyecto.

He dicho.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Si les parece a los señores Senadores, abriremos la votación.

El señor CANTERO.- Muy bien.

El señor TUMA ( Presidente accidental ).- En votación la frase que la Comisión de Educación sugiere eliminar en el inciso tercero del artículo único.

--(Durante la votación).

El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Gómez.

El señor GÓMEZ.- Señor Presidente , el problema que se ha generado con todo el proyecto surge a consecuencia del inciso tercero, que de ninguna manera es inocuo, porque provoca una dificultad que ha sido relevada y manifestada por los padres y apoderados de la agrupación que los reúne en torno a los problemas que presentan miles de estudiantes que eventualmente podrían quedar sin ser promovidos como consecuencia de no cumplir ciertas obligaciones que el Gobierno ha establecido.

A la vez, los propios municipios y el Vicepresidente de la Asociación Chilena de Municipalidades sostienen lo siguiente -y voy a usar sus propias palabras para ser más claro-:

"La Asociación Nacional de Municipalidades señaló que el proyecto de ley los obliga a devolver la subvención escolar en caso de que promuevan a los alumnos que no se inscribieron en el plan `Salvemos el año escolar'.

"La Asociación Nacional de Municipalidades acusó `presión' por parte del Gobierno, ya que deberán devolver la subvención escolar en caso de que promuevan a los alumnos que no se inscribieron en el plan `Salvemos el año escolar', en el marco de la discusión del proyecto de ley que permite a las municipalidades recibir dichos recursos, pese al ausentismo de los estudiantes por las movilizaciones y tomas.

"Las alcaldías deberán devolver los cerca de 41 mil millones de pesos que entregará el Estado, según el inciso tercero `si es que los establecimientos no cierran el año escolar promoviendo a los alumnos según las normas generales o las normas excepcionales que autorice el Ministerio de Educación'.

"En este último caso, la única excepción autorizada por el Mineduc es el plan `Salvemos el año escolar', por lo que quienes no son parte de esta iniciativa deberán repetir al año.

"Según el Vicepresidente de los municipios, Claudio Arriagada , `nosotros promovimos el proyecto de ley, sin embargo el artículo en cuestión nunca lo convinimos, esto fue una decisión ministerial'".

Ya hemos planteado aquí que este es un tema crucial, desde el punto de vista de lo que puede significar para los municipios, para los jóvenes y para los padres y apoderados, quienes van a buscar la manera de promover a sus hijos, lo cual no será posible como consecuencia de que el inciso tercero genera una situación que obliga a estar inscrito en un plan determinado, que es el que autorizó el Ministerio de Educación.

¿Qué hicieron los padres y apoderados del Instituto Nacional? Presentaron un reclamo al Contralor General de la República , quien resolvió en el día de hoy dejando claro que el plan "Salvemos el Año Escolar", como hemos dicho todos, no establece condiciones irregulares, sino que se trata de una medida excepcional. Pero lo que el Ministerio no puede hacer es impedir que los padres y apoderados, a través del consejo escolar, o los colegios, a través de sus facultades propias, diseñen sus propios planes.

Sin embargo, como estos deben ser autorizados por el Ministerio de Educación -así lo entiendo, por lo que dice la norma-, existe la posibilidad cierta de que aquellos municipios que reciban los recursos los tengan que devolver si no demuestran que los jóvenes se hallan dentro del plan autorizado por el Ministerio. Y eso afecta no solo a un tema económico, como aquí se ha dicho, sino, necesariamente, la promoción de 100 mil jóvenes, que es la cifra que, entiendo, está en discusión.

Entonces, señor Presidente , lo que aquí resolvamos es fundamental. No basta con quitar una frase. En nuestra opinión, es necesario consignar claramente que los colegios no tienen diferencias desde el punto de vista de recibir y cobrar la subvención y promover a los alumnos, conforme a los planes autorizados o a aquellos que hayan establecido de acuerdo a las facultades propias que les entregan los reglamentos que rigen a tales planteles.

Por lo tanto, en mi opinión, quitar o no esa frase no agrega nada desde el punto de vista del resultado final.

En consecuencia, debe aprobarse la indicación presentada en la Comisión de Hacienda y que fuera aprobada por 3 a favor y 2 en contra.

Pero yo al menos, en este caso, me voy a abstener, porque no creo que implique efectos como los señalados.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Cantero.

El señor CANTERO.-

Señor Presidente, ya di las razones por las cuales me pronuncié a favor. Lo hice con el objeto de evitar suspicacias, que consideré infundadas desde un primer momento.

Pero va quedando claro el sentido de estos incisos adicionales cada vez que se argumenta, pues lo que se pretende es dar a los padres y apoderados la posibilidad de que, junto con el colegio, establezcan planes propios y programas. Eso es lo que se está diciendo.

El señor LAGOS.- Efectivamente.

El señor CANTERO.- Me ratifican que efectivamente es así.

Pero ocurre que en Chile los planes y programas no los determinan los padres y apoderados. Nunca ha sucedido así, excepto si alguien pretende hoy día torcer el sistema educacional diciendo que "hagan lo que quieran: paros de cuatro, cinco meses; da lo mismo, porque al final vamos a diseñar un sistema que permita a los alumnos pasar de curso sepan o no sepan". Es decir, los padres y apoderados harán el programa a su medida.

En mi opinión, esa señal es pésima. En nada ayuda a resolver la causa basal de la migración que se está dando en el sistema de educación pública municipal, por el cual tantas veces he expresado mi preocupación. Incluso, he votado consecuentemente en múltiples ocasiones.

Lo que se pretende con esta indicación es claramente dar esa señal. Y yo creo que, desde el primer momento, los argumentos de una acción represiva, o que se van establecer nuevos requisitos o que hay fines ocultos, no representan sino una sospecha basada en lo que ya está nítidamente definido en el país: vivimos en la desconfianza, en la mala leche, pensando que el otro nos quiere sorprender permanentemente.

Por otro lado, se dice que el Gobierno intenta torcer el sentido de las cosas. No es así. El Ministerio de Educación, cualquiera sea la circunstancia, quien quiera que establezca o proponga un plan o programa, siempre y a todo evento, será el que decida si un determinado programa es válido o no.

Si alguien pretende que no es esa Secretaría de Estado la que tiene que cumplir ese rol, sino el consejo de profesores, como se señala en el último inciso: "Si lo anterior no fuere posible por el motivo que fuere," -¡por el motivo que fuere!- "el Director del establecimiento educacional conjuntamente con el Consejo de Profesores, establecerán normas y criterios excepcionales para que el alumnado pueda ejercer el derecho que se le otorga en el inciso precedente, a solicitud del alumno (a) o de su apoderado (a).".

En cualquier circunstancia, inclusive si se aprueba esto, siempre será el Ministerio de Educación el que dé la última palabra sobre esa materia, siempre que esté dentro de los procedimientos adecuados. Por lo tanto, su resolución ha de definir -incluso si se aprueban los incisos propuestos; espero que se rechacen-, si se devuelven recursos a los colegios que hayan hecho una mala aplicación de sus programas de estudio.

De manera que, en mi opinión, la fundamentación de sospecha, de desconfianza, de pensar que hay acciones represivas en el Ministerio de Educación o que busca actuar discriminatoriamente con fines ocultos, como lo ha señalado reiteradamente el Presidente de mi propia Comisión, no solo muestra la desconfianza existente, sino lo que yo califico francamente como disfuncional con un buen diálogo o un buen entendimiento.

Volveré a votar a favor y a repetir que la argumentación a que he hecho referencia es simplemente para justificar que esas sospechas no tienen fundamento alguno, porque, al final, siempre será el Ministerio de Educación el que tendrá que resolver si los planes y programas son concordantes con los objetivos del sistema educacional chileno, porque de no serlos los rechazará.

Voto a favor.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra para fundamentar su voto la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.- Señor Presidente , cuando uno compara lo aprobado en la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y el texto de la de Hacienda, claramente advierte que debemos aprobar la indicación. Porque si no, sería inconsistente lo de esta última.

En el texto final que aparece en la cuarta columna del comparado, ya la frase ha sido eliminada, con lo cual se refuerza la idea que explicó clara y latamente el Senador señor Lagos.

Por tanto, señor Presidente, voto a favor de la indicación.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Gómez.

El señor GÓMEZ.- Señor Presidente , conforme a la intervención del Honorable señor Cantero , pareciera que aquí hay un factor de desconfianza.

Lo que pasa es que decretos vigentes establecen claramente que los consejos escolares tienen autonomía para hacer sus planes de egreso de estudiantes cuando se producen situaciones especiales, como el no cumplimiento del 85 por ciento de asistencia.

Además, según una disposición ni siquiera el Ministerio de Educación, ni el seremi ni nadie puede inmiscuirse en ello. O sea, no es que la indicación esté estableciendo libertinaje, sino que está haciendo mención a lo existente en la actualidad. Pero la excepción está en que la Cartera de Educación, a través del Secretario Regional Ministerial de la Región Metropolitana estableció que, para poder promover a ciertos alumnos, estos requerían estar en un programa especial creado por el Ministerio. Pero, de acuerdo a la ley, en los decretos que se mencionan en la proposición, se dispone que los establecimientos educacionales y sus consejos escolares son autónomos.

Entonces, no es un problema de confianza o desconfianza, sino algo real que es necesario resolver. Porque, si no, mañana vamos a tener las dificultades mencionadas con anterioridad.

Pedí la palabra solo para precisar eso, señor Presidente.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Orpis.

El señor ORPIS.- Señor Presidente, este proyecto contiene dos materias. Una, que se refiere directamente a las subvenciones; y otra, que se ha estado debatiendo, relacionada con los alumnos.

Quiero llamar la atención de la Sala en el siguiente sentido: la resolución de la Contraloría resolvió la cuestión, porque señala, en primer lugar, que el programa Salvemos el Año Escolar es válido. Pero, paralelamente, declara que, respecto de las otras situaciones de los alumnos, se pueden presentar planes alternativos de acuerdo a la normativa vigente.

¿Qué es lo preocupante, y esto es lo que quiero llamar la atención de la Sala? Que, a diferencia de la resolución del organismo contralor, no me parece adecuado que al final validemos por el solo ministerio de la ley la situación. Es lo que están señalando las indicaciones que han sido largamente debatidas tanto en cuanto a su admisibilidad como al fondo de la cuestión.

Desde mi punto de vista, lo sano sería no pronunciarnos respecto de los incisos relativos a los alumnos, porque, a mi juicio, constituiría un muy mal precedente actuar por el solo ministerio de la ley en este sentido, y dejar que opere la resolución de Contraloría; es decir, validar obviamente el plan Salvemos el Año Escolar y que en función de la resolución de Contraloría se presenten los planes alternativos respecto de aquellos alumnos que no cumplieron con el requisito de asistencia.

En mi concepto, con eso se puede resolver la situación. Así de simple. De lo contrario, estaríamos creando un precedente muy malo.

Reitero que podríamos simplemente en lo relativo a las subvenciones remitirnos al proyecto de ley y dejar que opere la resolución de la Contraloría.

El Ministro señor Bulnes se manifestó en esta misma línea. Es decir, que el Ministerio está dispuesto a buscar fórmulas alternativas sin crear el nefasto precedente de que por el solo ministerio de la ley se creen ciertas ficciones a futuro que son peligrosas.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos, para fundamentar su voto.

El señor LAGOS.- Señor Presidente , hace un rato me referí en extenso a esta materia, pero deseo aclarar algunos puntos.

Primero, en cuanto a la mala o buena fe, sugiero al Ejecutivo , si no lo anima un mal propósito, que deje sin efecto la Resolución Exenta Nº 010264, de 7 de noviembre de 2011 -no ha querido hacerlo-, norma legal que da a entender que el único plan válido es Salvemos el Año Escolar, creado por este Gobierno. Todos los demás no rigen para él, pese a que la Contraloría se pronunció ayer a favor sobre el particular.

¡Entonces, lo mejor es que el Gobierno retire dicha Resolución! Con eso ayudaría muchísimo a terminar con las desconfianzas.

En segundo término, nadie pretende que haya libertinaje en este ámbito, como dijo, me parece, el Honorable señor Cantero . Simplemente, estamos proponiendo dar a los establecimientos educacionales la garantía de contar con un sistema de evaluación propia dentro del marco jurídico chileno.

¡Ese es el contenido de la enmienda al inciso tercero! No es más que eso.

Recuerdo al Senador señor Orpis -y entiendo su buena disposición- que los padres y apoderados del Instituto Nacional enviaron por correo electrónico al Ministerio de Educación una propuesta de su propio plan de trabajo para ponerse al día. ¡Pero fue rechazado por el Gobierno, amparándose en dicha Resolución Exenta!

Entonces, todo el esfuerzo que estamos haciendo obedece al hecho de que el Ejecutivo valida un solo sistema, el Salvemos el Año Escolar, sin permitir otras alternativas, contrariamente a lo expresado por la Contraloría ayer. ¡Porque hubo que recurrir a ella! Tuvimos que molestar al señor Contralor en algo que se caía de maduro: la legislación vigente. Él señaló que el Plan Salvemos el Año Escolar es legal. ¡Era que no! ¡Por qué iba a ser ilegal! Pero la pregunta es si podía ser exclusivo. Y en esto la Contraloría dijo que no, tal como nosotros lo habíamos planteado.

Respecto de la indicación presentada en la Comisión de Hacienda, yo entendí que el Ministro de Educación -habrá que revisar la transcripción de la sesión pertinente; puedo estar equivocado o sufrir de sordera- indicó que podía ser redundante porque tales facultades ya están en la legislación actual.

El señor ORPIS .- El Ministro se abrió a otras opciones.

El señor LAGOS.- ¡Está bien! ¡Que vaya a la transcripción! Si yo me equivoco, me da lo mismo.

El punto no es si yo tengo razón o no, sino qué queremos hacer.

El señor PROKURICA.- ¡El Senador Orpis dijo que el Ministro se abrió a otras "opciones"; no dijo "transcripción"!

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor TUMA ( Presidente accidental ).- Terminada la votación.

--Se aprueba el inciso tercero propuesto por la Comisión de Educación (16 votos a favor, 3 abstenciones y 3 pareos).

Votaron por la afirmativa las señoras Pérez ( doña Lily) y Rincón y los señores Cantero, García, García-Huidobro, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Orpis, Prokurica, Rossi, Tuma, Uriarte y Walker (don Ignacio).

Se abstuvieron los señores Frei (don Eduardo), Gómez y Quintana.

No votaron, por estar pareados, la señora Von Baer y los señores Chahuán y Kuschel.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Por haberse establecido un procedimiento reglamentario respecto de los incisos faltantes, se suspenderá el tratamiento del proyecto.

El señor Secretario dará la explicación.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- En el caso de los incisos cuarto y quinto, nuevos, el Senador señor Novoa pidió votación separada.

Ahora bien, en atención a que quedó pendiente la resolución sobre la admisibilidad de dichas normas, no es posible proceder en este momento a su votación. Según el resultado de la admisibilidad, podría no ser necesaria.

--Queda pendiente la discusión particular del proyecto.

El señor TUMA (Presidente accidental).- Continuaremos con el Orden del Día.

2.4. Discusión en Sala

Fecha 24 de noviembre, 2011. Diario de Sesión en Sesión 72. Legislatura 359. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Esta sesión especial tiene por objeto tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que consagra normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales, con informe de las Comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Hacienda y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (8021-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 67ª, en 9 de noviembre de 2011.

Informes de Comisión:

Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología: sesión 70ª, en 22 de noviembre de 2011.

Hacienda: sesión 70ª, en 22 de noviembre de 2011.

Discusión:

Sesión 70ª, en 22 de noviembre de 2011 (queda pendiente su discusión en particular).

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Tenemos un acuerdo de Comités para analizar ahora esta iniciativa, y quiero pedir que su tratamiento sea sin debate.

Hay una indicación, que sería compartida. Yo sugiero que solo se lea y se vote, para en seguida proseguir el estudio del proyecto de Ley de Presupuestos.

El señor GÓMEZ.- Que se nos cuente al menos de qué se trata.

La señora ALLENDE.- Me parece que es lo procedente.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- No sé.

Les daré la palabra a los Senadores señores Hernán Larraín y Quintana para que intervengan mientras se presenta la indicación pertinente.

El señor LARRAÍN.- Gracias, señor Presidente.

En cuanto a este proyecto, en los Comités hablamos sobre algo que ayer estuvo en conversaciones informales como una manera de resolver la inquietud que se ha suscitado respecto a dos temas.

Uno, la posibilidad de que quienes no están inscritos en el Plan Salvemos el Año Escolar, a pesar de ello, salven su año escolar si han seguido programas dispuestos por sus propios establecimientos educacionales.

El criterio del Contralor fue precisamente ese: validar el Plan Salvemos el Año Escolar, pero abrir la posibilidad de que los establecimientos -propio de su autonomía- hagan lo mismo.

En consecuencia, se estaría concordando la consagración de una norma que recoja exactamente el pronunciamiento del Contralor y señale que los establecimientos escolares podrán tener sus planes escolares y que el Ministerio de Educación deberá velar porque ellos se cumplan en la práctica (en materia de requisitos académicos, en fin).

Si eso es así, se resuelve el problema de quien no se inscribió pero está siguiendo o seguirá programas en su propio establecimiento y, por lo tanto, puede pasar de curso.

El segundo tema por el cual había inquietud era el vinculado con las represalias que alguien hubiera tomado o pudiera tomar en un establecimiento contra alumnos que participaron en las tomas.

Al respecto, a sugerencia del Senador Escalona, se adoptó una norma -se va a incorporar en la presentación que hará el Ejecutivo- que le da al Ministerio prerrogativa para evitar tales situaciones e impedir, por ende, que haya represalias contra alguien.

De hecho, la LEGE contiene una disposición sobre la materia. Y se está redactando un texto que garantice que así acontezca.

Por lo tanto, los dos problemas que existían en opinión de muchos que presentaron las indicaciones quedarían resueltos por las dos normas que se están elaborando.

Por cierto, no se afecta la calidad de la educación. Antes bien, se garantiza precisamente que los planes educacionales de los establecimientos puedan dar cuenta de aquel objetivo. El Ministerio tiene que velar por ello, pero se asegura la autonomía y se impiden las represalias.

Siendo así, habría acuerdo para reemplazar los incisos tercero, cuarto y quinto por los dos preceptos que se están redactando y que esperamos lleguen a conocimiento de la Sala en breve.

He dicho.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Tenemos que hacer una discusión más económica. De manera que le sugiero a la Sala un máximo de dos intervenciones: la del Senador señor Hernán Larraín, quien ya habló, y la del Senador señor Quintana. De lo contrario, no vamos a avanzar.

Así que les ruego a quienes se inscribieron que retiren su solicitud.

Tiene la palabra el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.- Gracias, señor Presidente.

Este tema no es menor. En efecto, en la noche de la última jornada en que lo discutimos tomamos conocimiento de que al menos 50 mil estudiantes -fundamentalmente de la Región Metropolitana, pero también de otros puntos del país- estaban perdiendo el año escolar.

Ahora bien, me preocupan algunas declaraciones que se han hecho. Por ejemplo, las del Alcalde capitalino cuando señala que en la Municipalidad de Santiago se comenzará a notificar la repitencia (creo que debe ser repitiencia) de 10 mil 700 jóvenes -la mitad de la matrícula total de la comuna- que no se inscribieron en el Plan Salvemos el Año Escolar.

Los comentarios han continuado en los últimos días, y eso va en un espíritu completamente distinto de la conversación que los Comités tuvimos recién con el Ministro Bulnes .

Es absolutamente necesario dejar clara esa situación en la ley en proyecto.

Y reitero lo que hemos dicho siempre, desde el comienzo, en la Oposición: los dos primeros incisos son completamente pertinentes.

El primero establece la fórmula para calcular la subvención y señala cómo impetrarla. Estamos hablando del mayor valor promediado de septiembre a diciembre o, en su defecto, de los meses del trimestre marzo-mayo, que se igualaría.

Y el segundo inciso es el atinente a la reliquidación. Incluso, la propia Asociación Chilena de Municipalidades tenía una opinión distinta: que ella debiese efectuarse después de los meses con mayor asistencia. Sin embargo, se acogió el criterio del Ejecutivo.

Los tres incisos restantes sencillamente -y el Ministro lo ratificará luego- se eliminan, y serán reemplazados por una nueva redacción que contemple lo que dijo el Senador Hernán Larraín .

Si bien la Contraloría se pronunció sobre la legalidad del Plan Salvemos el Año Escolar, en la ley en proyecto queda resguardado por completo el derecho de establecimientos que hayan contado formalmente con un plan o algunos otros programas pedagógicos para cerrar el año escolar. Es decir, no solo los estudiantes -en ello queremos ser extremadamente claros- acogidos al plan "Salvemos el Año Escolar" tendrán derecho a rendir pruebas y, por lo tanto, la posibilidad de ser promovidos.

Por eso, señor Presidente, los Senadores de Oposición vamos a concurrir con nuestros votos al acuerdo, para salvar la iniciativa, no el plan del Gobierno.

El señor CANTERO.- ¡Para salvar el año escolar!

El señor GIRARDI (Presidente).- Mientras termina de redactarse la indicación, tiene la palabra el Honorable señor Escalona.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente , pedí intervenir porque me parece sumamente importante precisar algo: que el Ejecutivo nos ha solicitado realizar un esfuerzo para concurrir a una redacción.

Nosotros accedimos a la solicitud del señor Ministro de Educación . Hemos llegado a un texto que se va a reflejar en la indicación que presentará el Gobierno. Pero ninguna ley se puede llevar adelante si no existe la voluntad política de aplicarla.

Acogimos la petición y participamos con gusto sobre la base de evitar represalias contra los estudiantes. Asumimos la responsabilidad de un acuerdo con el Ejecutivo . Pero, naturalmente, este último contraerá la de poner su voluntad política. De lo contrario, lo que aprobaremos será letra muerta. O sea, aquí se halla comprometida la voluntad política de ambas partes.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Entiendo, en cuanto al acceso a estos beneficios, que el acuerdo de Comités se adoptó justamente sobre la base de que no habrá ningún tipo de represalia por haber intervenido en cualquier manifestación y que existe un compromiso al respecto del Ministro de Educación y del Ministro Secretario General de la Presidencia . En ese contexto se va a presentar la indicación.

Le pido al señor Ministro de Educación corroborarlo formalmente, por favor.

Tiene la palabra.

El señor BULNES ( Ministro de Educación ).- Señor Presidente , lo que hemos consignado respecto al acuerdo político sobre la indicación es lo siguiente. Y es tal cual lo expresa, no solamente la letra, sino también su espíritu. Sin perjuicio de la legalidad del plan "Salvemos el Año Escolar", lo que señala la Contraloría es que los establecimientos educacionales cuentan con autonomía para generar planes alternativos, y lo que le corresponde al Ministerio es, simplemente, velar porque estos sean razonables conforme a la normativa vigente.

Y lo que he expresado, como voluntad política, es que vamos a respetar plenamente el dictamen de ese organismo. Nos parece una solución sensata. Por lo tanto, si alumnos no se acogieron al plan "Salvemos el Año Escolar", pero sí a otras alternativas que cumplen con requisitos de seriedad, existe la voluntad política de validarlas, como lo contempla la indicación.

Adicionalmente, ante la preocupación de que estudiantes pudieran ser objeto de cancelación de matrícula o de otras represalias producto de haber participado en movilizaciones, he expresado que la voluntad del Ministerio es no validar o avalar en ningún caso algún tipo de sanción o castigo arbitrario.

Así que por eso accedimos también a agregar el inciso que se hace cargo de tal situación, ya que va derechamente en línea con lo que suscribe la Cartera a mi cargo.

En consecuencia, coincidimos no solo en el texto, sino, además, en la voluntad política de avanzar en la misma dirección.

El señor LARRAÍN.- ¿Por qué no se lee la indicación?

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Ello se hará después de la intervención del Honorable señor Cantero.

El señor CANTERO.- Señor Presidente , me alegro del acuerdo: se cautelará el pago de la subvención conforme a los criterios establecidos; quedarán habilitados los planes tanto del Gobierno como los alternativos; en ningún caso renuncia el Ministerio al rol que le corresponde de verificar si los planes se adecuan o no al programa.

Solo deseo señalar cuestiones de orden semántico.

No a las represalias. No a la discriminación. No a la sanción. Esta es, sin embargo, una visión negativa del asunto.

Por mi parte, quiero destacar también otro aspecto: no a premiar estudiantes, bajar la calidad de la educación y promoverlos solo por haber participado en movilizaciones, sino que tienen que cumplir con el estándar mínimo establecido por el Ministerio. Eso es lo que me importa: la calidad de la educación. Y creo que estamos haciendo referencia a lo mismo.

Simplemente quiero clarificar este enfoque semántico, señor Presidente, porque, de repente, damos malas señales.

A mi juicio, todos coincidimos en que nadie discrimine ni aplique represalias, pero también en que no sea pasado de curso, por el hecho de haberse movilizado, un alumno mediocre que no cumple con los estándares exigidos.

Creo que, aclarándose lo anterior, no registramos discrepancias.

El señor GIRARDI (Presidente).- Para precisar, cabe manifestar que el espíritu de la indicación apunta justamente a ambas cuestiones.

Lo digo porque fui quien recurrió a la Contraloría para que se estableciera que no se podrá sancionar a los estudiantes. Pero la indicación que hemos discutido con el señor Ministro también preserva lo relativo a la calidad y a que el mecanismo no se preste para solucionar el problema de una manera absolutamente superficial.

El señor WALKER (don Ignacio).- Votemos, señor Presidente .

El señor GIRARDI ( Presidente ).- El señor Secretario General leerá la indicación y los señores Senadores se podrán dar cuenta de que resuelve ambos aspectos, tanto el planteado por el Honorable señor Cantero como el que exponemos algunos de nosotros en orden a que no puede incurrirse en una discriminación por el hecho de haber participado en las movilizaciones.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- La indicación, que reemplazaría el inciso tercero y los incisos cuarto y quinto, nuevos, del artículo único, es del tenor siguiente:

"Los establecimientos educacionales podrán adoptar, en la forma reglamentaria prevista por el ordenamiento jurídico, planes para resolver acerca de la evaluación y promoción de sus alumnos, debiendo el Ministerio de Educación atender y ejercer, fundada y oportunamente en cada caso particular, las atribuciones que le corresponden para verificar que en el ejercicio de la autonomía de esos establecimientos se resguarden seria y debidamente los aspectos esenciales para el debido fin del año escolar. En este contexto, el Ministerio de Educación, deberá cautelar el cumplimiento de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios exigidos en los decretos supremos N° 40, de 1996; N° 220, de 1998, y N° 239, de 2004, todos del Ministerio de Educación, vigentes de conformidad al artículo 6° transitorio del DFL N° 2 de 2009.

"El Ministerio de Educación velará porque no existan abusos o impedimentos arbitrarios para renovar las matrículas de los alumnos.".

El señor WALKER (don Ignacio).- De acuerdo.

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Si no hay objeciones, se aprobará.

El señor LARRAÍN.- Es preciso confirmar el quórum.

El señor COLOMA.- Votemos.

El señor GIRARDI (Presidente).-Se va a poner en votación.

El señor GÓMEZ.- ¿Se eliminó el inciso tercero?

El señor LETELIER ( Vicepresidente ).- La indicación consiste en incorporar los incisos tercero y cuarto, nuevos, que reemplazan a los dos últimos propuestos por la Comisión de Hacienda.

El inciso tercero original se desechó.

En votación.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor GIRARDI ( Presidente ).- Terminada la votación.

--Se aprueba la indicación (31 votos a favor), quedando despachado en particular el proyecto.

Votaron las señoras Allende, Alvear, Pérez ( doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, García, García-Huidobro, Girardi, Gómez, Horvath, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Letelier, Muñoz Aburto, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Quintana, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).

2.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 24 de noviembre, 2011. Oficio en Sesión 115. Legislatura 359.

?Valparaíso, 24 de noviembre de 2011.

Nº 1.420/SEC/11

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales, correspondiente al Boletín N° 8.021-04, con las siguientes enmiendas:

Artículo único.-

Ha reemplazado su inciso tercero, por los siguientes:

“Los establecimientos educacionales podrán adoptar, en la forma reglamentaria prevista por el ordenamiento jurídico, planes para resolver acerca de la evaluación y promoción de sus alumnos, debiendo el Ministerio de Educación atender y ejercer, fundada y oportunamente en cada caso particular, las atribuciones que le corresponden para verificar que en el ejercicio de la autonomía de esos establecimientos se resguarden seria y debidamente los aspectos esenciales para el debido fin del año escolar. En este contexto, el Ministerio de Educación deberá cautelar el cumplimiento de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios exigidos en los decretos supremos Nº 40, de 1996; Nº 220, de 1998, y

Nº 239, de 2004, todos del Ministerio de Educación, vigentes de conformidad al artículo 6º transitorio del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2010, del Ministerio de Educación.

El Ministerio de Educación velará porque no existan abusos o impedimentos arbitrarios para renovar las matrículas de los alumnos.”.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 9.809, de 9 de noviembre de 2011.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

GUIDO GIRARDI LAVÍN

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 24 de noviembre, 2011. Diario de Sesión en Sesión 115. Legislatura 359. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

NORMATIVA DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. Tercer trámite constitucional.(Cuenta agregada).

El señor MELERO ( Presidente ).- El señor Secretario va a dar lectura a una Cuenta adjunta.

El señor ÁLVAREZ ( Secretario ).- Se ha recibido un oficio del Senado que comunica que ha aprobado con modificaciones el proyecto de ley, con discusión inmediata, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales, y que corresponde al boletín Nº 8021-04.

El señor MELERO ( Presidente ).- El señor Secretario ha dado lectura al texto aprobado por el Honorable Senado sobre las normas de excepción en materia de subvenciones a los establecimientos educacionales calificado con discusión inmediata.

Voy a solicitar el asentimiento de la Sala para despacharlo hoy.

¿Habría acuerdo para tratar el proyecto ahora?

Acordado.

Corresponde considerar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, boletín N° 8021-04. Documentos de la Cuenta N° 4 de este boletín de sesiones.

El señor MELERO ( Presidente ).- El diputado señor Gabriel Silber hará una breve reseña de las modificaciones del Senado.

Tiene la palabra su señoría.

El señor SILBER (de pie).- Señor Presidente , el proyecto que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales fue aprobado y despachado al Senado por prácticamente la unanimidad de la Cámara de Diputados.

El objeto de la iniciativa es efectuar un rescate financiero para las municipalidades que tenían dificultades con el pago de las subvenciones educacionales, puesto que debido al problema de inasistencia de los alumnos, ocasionado por las movilizaciones, establece el cálculo de asistencia sobre la base del promedio de los meses de marzo, abril y mayo, es decir, de los tres meses anteriores a su inicio.

El Senado modificó un solo artículo de la iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados, enmienda que, a nuestro juicio, la enriquece y potencia, porque no solamente se hace cargo de la situación financiera de los municipios, sino que, lo más importante, otorga facultades a los establecimientos educacionales para elaborar planes y programas de recuperación de clases, de manera que los alumnos que no alcanzaron a inscribirse en el programa Salvemos el Año Escolar no quedaran en condición de repitencia.

En resumen, esa es la modificación que introdujo el Senado al proyecto.

He dicho.

El señor MELERO ( Presidente ).- En votación las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley que establece normas de excepción en materia de subvención escolar preferencial.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 90 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor MELERO ( Presidente ).- Aprobadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 24 de noviembre, 2011. Oficio en Sesión 76. Legislatura 359.

?VALPARAISO, 24 de noviembre de 2011

Oficio Nº 9833

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación a las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto que establece normas de excepción en materia de subvenciones a establecimientos educacionales, boletín Nº 8021-04.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1420/SEC/11, de 24 de noviembre de 2011.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

PATRICIO MELERO ABAROA

Presidente de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Senado

4.1. Oficio de Cámara Revisora al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 24 de noviembre, 2011. Oficio

?VALPARAÍSO, 24 de noviembre de 2011

Oficio Nº 9832

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, correspondiente al boletín N°8021-04.

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único.- Para los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al referido decreto.

La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

Los establecimientos educacionales podrán adoptar, en la forma reglamentaria prevista por el ordenamiento jurídico, planes para resolver acerca de la evaluación y promoción de sus alumnos, debiendo el Ministerio de Educación atender y ejercer, fundada y oportunamente en cada caso particular, las atribuciones que le corresponden para verificar que en el ejercicio de la autonomía de esos establecimientos se resguarden seria y debidamente los aspectos esenciales para el debido fin del año escolar. En este contexto, el Ministerio de Educación deberá cautelar el cumplimiento de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios exigidos en los decretos supremos Nº 40, de 1996; Nº 220, de 1998, y

Nº 239, de 2004, todos del Ministerio de Educación, vigentes de conformidad al artículo 6º transitorio del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2010, del Ministerio de Educación.

El Ministerio de Educación velará porque no existan abusos o impedimentos arbitrarios para renovar las matrículas de los alumnos.".

Dios guarde a V.E.

PATRICIO MELERO ABAROA

Presidente de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 20.553

Tipo Norma
:
Ley 20553
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1033089&t=0
Fecha Promulgación
:
25-11-2011
URL Corta
:
http://bcn.cl/2d17k
Organismo
:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Título
:
ESTABLECE NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES
Fecha Publicación
:
28-11-2011

LEY NÚM. 20.553

ESTABLECE NORMAS DE EXCEPCIÓN EN MATERIA DE SUBVENCIONES A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Para los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, se considerará que la asistencia media de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, es igual al mayor valor entre la asistencia media efectiva de cada uno de esos meses y el promedio de las asistencias medias declaradas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2011. Lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de los establecimientos citados de declarar su asistencia efectiva de conformidad al referido decreto.

    La subvención fiscal mensual será reliquidada, cuando corresponda, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.

    Los establecimientos educacionales podrán adoptar, en la forma reglamentaria prevista por el ordenamiento jurídico, planes para resolver acerca de la evaluación y promoción de sus alumnos, debiendo el Ministerio de Educación atender y ejercer, fundada y oportunamente en cada caso particular, las atribuciones que le corresponden para verificar que en el ejercicio de la autonomía de esos establecimientos se resguarden seria y debidamente los aspectos esenciales para el debido fin del año escolar. En este contexto, el Ministerio de Educación deberá cautelar el cumplimiento de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios exigidos en los decretos supremos Nº 40, de 1996; Nº 220, de 1998, y Nº 239, de 2004, todos del Ministerio de Educación, vigentes de conformidad al artículo 6º transitorio del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2010, del Ministerio de Educación.

    El Ministerio de Educación velará porque no existan abusos o impedimentos arbitrarios para renovar las matrículas de los alumnos.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 25 de noviembre de 2011.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Educación.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saludo atentamente a usted, Fernando Rojas Ochagavía, Subsecretario de Educación.