Usted está en:

Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.350

Autoriza erigir un monumento a Su Santidad Juan Pablo Segundo en los principales pasos fronterizos de Chile.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Juan Masferrer Pellizzari, Javier Hernández Hernández, Sergio Correa de la Cerda, Carlos Recondo Lavanderos, Manuel Rojas Molina y Gastón Von Muhlenbrock Zamora. Fecha 12 de abril, 2005. Moción Parlamentaria en Sesión 63. Legislatura 352.

?PROYECTO DE LEY PARA EREGIR UN MONUMENTO A S.S. JUAN PABLO SEGUNDO EN LOS PRINCIPALES PASOS FRONTERIZOS DE CHILE

BOLETÍN 3835-04

I.- SU VISITA A CHILE

Juan Pablo II inició su visita a Chile el 1 de abril de 1987 y a su llegada al aeropuerto Arturo Merino Benítez fue recibido por una multitud emocionada por su presencia. En seis días recorrió nuestro país de norte a sur, reuniéndose con mapuches, trabajadores, presidiarios y los miembros de la Junta Militar.

Su primera actividad fue un encuentro con sacerdotes, diáconos y religiosos, en la liturgia celebrada en la Catedral Metropolitana. Al atardecer se dirigió hasta la virgen del cerro San Cristóbal y bendijo desde las alturas la ciudad de Santiago.

El segundo día de su visita, tuvo un encuentro con pobladores de toda la capital, en el parque La Bandera, en la comuna de San Ramón. En dicha ocasión hizo alusión al régimen de la época y señaló "sed fieles a vuestra vocación y a la misión que habéis recibido, y no permitáis que otros intereses, extraños al Evangelio, enturbien la pureza de vuestra labor de asistencia y santificación".

También valoró las pequeñas organizaciones como juntas de vecinos y ollas familiares, por ser la base de un sistema democrático. Ese mismo día se traslado al Seminario Pontificado Mayor, donde instó al clero episcopal, a que siguieran las enseñanzas del Concilio Vaticano II.

A menos de 24 horas de su llegada al país, Juan Pablo II se trasladó a la V Región, donde realizó la eucaristía de la familia en el aeródromo de Rodelillo, en Viña del Mar. Luego envió su bendición por radio y televisión a los habitantes de la Isla de Pascua. Cuando la noche casi arrullaba los hogares capitalinos, el santo padre pronunció un mensaje cargado de emoción ante más de 85 mil personas, que sobrepasaban las dependencias del Estadio Nacional.

Al otro día, el Papa se reunió con religiosas y miembros de los institutos seculares en el Templo Votivo de Maipú. Ahí aprovechó de destacar su importancia para nuestra independencia. Posteriormente coronó a la virgen del Carmen. El Sumo Pontífice se dirigió la mañana del viernes al Hogar de Cristo donde dio su bendición a los enfermos y presentes.

Una de las actividades más importantes para el pueblo cristiano chileno, fue la oficialización de la beatificación de sor Teresa de Los Andes, en la eucaristía de la Reconciliación, oficiada en el Parque OHiggins. Luego se reunió con dirigentes empresariales, políticos y gremiales en la sede de las Obras Misionales Pontificias.

Su viaje a Punta Arenas se inició el sábado, donde ofició la Acción de Gracias por la Paz frente a miles de fieles que batían banderas de Chile y Argentina. En ese momento se vino a la memoria del Pontífice el conflicto que tuvieron a las dos naciones a fines de la década del setenta al borde de la guerra. Durante la tarde se trasladó a la Octava Región. En el Club Hípico de Concepción tuvo un encuentro con los trabajadores, al que asistieron 300 mil creyentes.

Posteriormente se trasladó a Temuco y se congregó con los habitantes de La Araucanía en una eucaristía en la Pampa Ganaderos.

Luego de su visita al sur, el santo padre se trasladó a La Serena y Antofagasta. El lunes 6 presidió la eucaristía del Norte Grande. No se olvidó de los que estaban privados de libertad y visitó a los reclusos de la cárcel de esa ciudad.

Les dijo que "desgraciadamente, las circunstancias no nos permiten el poder compartir a solas unos minutos, pero es mi deseo que mis palabras las recibáis como si fueran pronunciadas para cada uno de vosotros en particular". La visita de Karol Wojtyla finalizó ese mismo día.

II.- MEDIACIÓN PAPAL CONFLICTO CHILE-ARGENTINA

Era 1978 y la guerra entre Chile y Argentina parecía inminente.

Los problemas entre ambas naciones respecto a los límites en el Canal de Beagle, tenían a los países con la artillería lista.

En el caldeado ambiente, Chile propuso la mediación del Santo Padre.

Si bien era la única esperanza para no llegar a la guerra, la Santa Sede desde 1885 no participaba en una negociación internacional y el posible fracaso de la mediación, era un tema que preocupaba a los consejeros de Juan Pablo II.

Pero el Papa, a sólo dos meses de haber asumido, comenzaba a mostrar su voluntad de lucha por la paz.

En una conversación con un diplomático del Vaticano, el Pontífice dijo: “¿Cree usted que después de haber aceptado este ministerio podría quedarme aquí con los brazos cruzados, mientras esos dos países católicos van hacia la guerra?”

Y con esta respuesta de la Santa Sede, el 9 de enero de 1979 Chile y Argentina, con un representante del Mediador, firmaron el Acuerdo de Montevideo, cuya cláusula más inmediata fue el retiro de las tropas de las zonas más candentes y el cese del estado de guerra en Argentina.

El 12 de diciembre de 1980, el Papa entregó las primeras

Propuestas, que Argentina, tardó cuatro años en darles su

Aprobación.

Pero finalmente el 29 de noviembre de 1984 se firmó el Tratado de Paz entre ambos países, el que fue ratificado el 2 de mayo de 1985.

Es evidente entonces, que los chilenos y argentinos deben su eterna gratitud al Santo Padre, quien se propuso evitar un conflicto inútil carente de sentido que costaría miles de vidas a estas dos naciones con perjuicios actuales y para las futuras generaciones.

En nuestro concepto esta bandera de lucha por la paz asumida por su Santidad, es un hecho notable que solamente un hombre santo era capaz de liderar y guiar a los mandatarios de la época para que evitaran una lucha fraticida sin sentido.

Sin embargo, creemos que quienes sufrieron en carne propia las aproximaciones de la guerra fueron los chilenos que residen cerca de los pasos fronterizas con la Argentina, ya que el resto de la población a pesar de tener presente la inminencia de conflicto no eran testigos presénciales de por ejemplo movimiento de tropas, preparativos de la población etc.

Es por ello que nos parece del todo lógico que se construyan monumentos recordando la figura de su Santidad Juan Pablo II, en los pueblos más cercanos a los principales pasos fronterizos con la hermana República de Argentina como un icono de amor, sensatez y paz, para que nunca más las sombras de la guerra se ciernan sobre nuestros dos países.

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1º.- Autorízase erigir monumentos en las ciudades de Los Andes V Región de Valparaíso y Puyehue X Región de Los Lagos en memoria de S.S. Juan Pablo Segundo.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se creará al efecto, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Autorízase la creación, en cada comuna, de un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Dos Senadores y dos Diputados de las respectivas Regiones;

b) El Ministro de Educación, o quien designe en su representación;

c) Dos representantes designados por el Arzobispo u Obispo de la Arquidiócesis u Diócesis según corresponda;

d) El Director del Museo Nacional de Bellas Artes, o su representante, y

e) Los alcaldes de las comunas respectivas.

Los Senadores y Diputados serán designados por sus respectivas Cámaras.

El quórum para sesionar será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas a que se refiere el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar separadamente los fondos creados por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para cada uno de los fondos que se constituyan en virtud del artículo 3º.

Artículo 6º.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que cada comisión determine.".

CARLOS RECONDO L

DIPUTADO

1.2. Informe de Comisión de Cultura

Cámara de Diputados. Fecha 21 de enero, 2009. Informe de Comisión de Cultura en Sesión 131. Legislatura 356.

El proyecto en este trámite constitucional se exime del informe de Comisión de Educación en fecha 20 de mayo de 2008.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE LA CULTURA Y DE LAS ARTES SOBRE EL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR MONUMENTO A SU SANTIDAD JUAN PABLO SEGUNDO EN LOS PRINCIPALES PASOS FRONTERIZOS DE CHILE.

BOLETÍN N° 3.835-04

__________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de la Cultura y de las Artes viene en informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, iniciado en una moción de los Diputados señores Correa, don Sergio; Hernández, don Javier; Masferrer, don Juan; Recondo, don Carlos; Rojas, don Manuel, y Von Muhlenbrock, don Gastón, en primer trámite constitucional y reglamentario.

Mediante esta iniciativa legal se pretende autorizar la construcción de monumentos en memoria de Juan Pablo II, en los pueblos más cercanos a los principales pasos fronterizos con la República de Argentina, a saber, en las comunas de Puyehue y Los Andes.

Durante su estudio, la Comisión contó con la asistencia del abogado del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, señor Álvarez Valenzuela, don Daniel, quien concurrió en representación del Ejecutivo.

I.- CONSTANCIAS PREVIAS.

1) El proyecto no contiene normas de carácter orgánico constitucional, de quórum calificado o que requieran cumplir trámite en la Comisión de Hacienda.

2) No hubo artículos ni indicaciones rechazados por la Comisión.

3) El proyecto, que fue objeto de una indicación sustitutiva, fue aprobado en general y en particular por unanimidad.

4) Se designó como Diputada informante a la señora Nogueira Fernández, doña Claudia.

II.- FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.

En la moción se recuerda la visita efectuada por Juan Pablo II a Chile en 1987 y se mencionan las siguientes actividades desarrolladas, a partir de 1 de abril de ese año, durante su recorrido a lo largo de país, donde se reunió con mapuches, trabajadores, presidiarios y los miembros de la Junta Militar:

- Encuentro con sacerdotes, diáconos y religiosos, en la liturgia celebrada en la Catedral Metropolitana el día de su arribo, y bendición de la ciudad de Santiago desde el cerro San Cristóbal.

- Reunión con pobladores de la capital, en el parque La Bandera, en la comuna de San Ramón, ocasión en la cual valoró las pequeñas organizaciones, como las juntas de vecinos y las ollas familiares, por ser la base de un sistema democrático e hizo alusión al régimen de la época, señalando "sed fieles a vuestra vocación y a la misión que habéis recibido, y no permitáis que otros intereses, extraños al Evangelio, enturbien la pureza de vuestra labor de asistencia y santificación".

- Discurso ante más de 85 mil personas, que sobrepasaban las dependencias del Estadio Nacional.

- Encuentro con religiosas y miembros de los institutos seculares en el Templo Votivo de Maipú, donde destacó su importancia y coronó a la Virgen del Carmen.

- Visita al Hogar de Cristo, donde dio su bendición a los enfermos y a las personas presentes.

- Oficialización de la beatificación de sor Teresa de Los Andes, en la eucaristía de la Reconciliación, oficiada en el Parque O Higgins.

- Reunión con dirigentes empresariales, políticos y gremiales en la sede de las Obras Misionales Pontificias.

- Acción de Gracias por la Paz, en Punta Arenas, oportunidad en la que recordó el conflicto entre Chile y Argentina producido a fines de la década del setenta y que tuvo a ambos países al borde de la guerra.

- Encuentro con trabajadores en la Octava Región.

- Celebración de una eucaristía en la Pampa Ganaderos con los habitantes de La Araucanía y en el Norte Grande.

- Visita a los reclusos de la cárcel de Antofagasta, donde les dijo que "desgraciadamente, las circunstancias no nos permiten el poder compartir a solas unos minutos, pero es mi deseo que mis palabras las recibáis como si fueran pronunciadas para cada uno de vosotros en particular".

Por otra parte, se trae a colación la participación del Papa Juan Pablo II en la mediación en el conflicto entre Chile y Argentina. Se señala que, en 1978, la guerra entre ambos países parecía inminente debido a las divergencias en materia de límites en el Canal de Beagle. Se indica que, por ello, Chile propuso la mediación del Santo Padre, pese a que desde 1885 la Santa Sede no participaba en una negociación internacional y era posible el fracaso de la mediación, asunto que preocupaba a los consejeros de Juan Pablo II. No obstante, se hace notar que fue más poderosa la voluntad de lucha por la paz manifestada por el Sumo Pontífice desde el comienzo de su ministerio. En ese entendido, el 9 de enero de 1979, Chile y Argentina, junto a un representante del mediador, firmaron el Acuerdo de Montevideo, cuya cláusula de aplicación más inmediata fue el retiro de las tropas de las zonas más candentes y el cese del estado de guerra en Argentina. Se recuerda que el 12 de diciembre de 1980, el Papa entregó las primeras propuestas, que fueron aprobadas por Argentina cuatro años más tarde y el 29 de noviembre de 1984 se firmó el Tratado de Paz entre ambos países, el que fue ratificado el 2 de mayo de 1985.

Se hace presente que los chilenos y argentinos deben su eterna gratitud al Santo Padre por estas gestiones, ya que se propuso evitar un conflicto inútil, carente de sentido, que habría costado miles de vidas a estas dos naciones, con perjuicios para las generaciones presentes y futuras. Se destaca la lucha por la paz asumida por Juan Pablo II como un hecho notable y se afirma que solamente un hombre santo era capaz de liderar y guiar a los mandatarios de la época para que evitaran una lucha fraticida.

Se comenta que, particularmente, los chilenos que residían cerca de los pasos fronterizos con Argentina en esa época sufrieron en carne propia las aproximaciones de la guerra, ya que el resto de la población, pese a tener presente la inminencia del conflicto, no fue testigo presencial del movimiento de las tropas y de otros preparativos bélicos.

III.- IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO.

La idea matriz o fundamental de esta iniciativa legal consiste en autorizar la construcción de monumentos en memoria de Juan Pablo II, en los pueblos más cercanos a los principales pasos fronterizos con la República de Argentina, a saber, en las comunas de Puyehue y Los Andes.

Para materializar dicha idea matriz, se propone la aprobación de un texto que consta de seis artículos, cuyo contenido se indica a continuación:

- Por el artículo 1°, se autoriza erigir monumentos en las ciudades de Los Andes y Puyehue, en memoria del Papa Juan Pablo II.

- Mediante el artículo 2°, se establece la forma en que dichas obras serán financiadas (erogaciones populares por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados).

- A través del artículo 3°, se dispone la creación de un fondo, en cada comuna, destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes para el financiamiento de la obra.

- Por medio del artículo 4°, se crea una comisión especial, integrada por miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de la ley, constituida por dos senadores y dos diputados de las regiones correspondientes, designados por sus respectivas Cámaras; el Ministro de Educación, o quien designe en su representación; dos representantes designados por el Arzobispo u Obispo de la Arquidiócesis u Diócesis según corresponda; el Director del Museo Nacional de Bellas Artes, o su representante, y los alcaldes de las comunas respectivas.

- Mediante el artículo 5°, se enumeran las funciones que tendrá la mencionada comisión especial, entre las que destacan las de fijar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas; determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y otros asuntos de índole administrativa.

- En virtud del artículo 6°, se dispone que los excedentes que pudieren quedar una vez construido el monumento serán destinados al fin que determine cada comisión.

IV.-DISCUSIÓN Y VOTACIÓN.

•Discusión general.

Durante el debate, la Comisión compartió los objetivos y fundamentos tenidos en consideración por la moción, no obstante lo cual advirtió que, habiéndose despachado por esta instancia legislativa con esta misma fecha, el proyecto de ley, iniciado igualmente en una moción, que autoriza erigir un monumento, en la comuna de Puyehue, en homenaje a S.S. Juan Pablo II (boletín N° 3828-04-S), en segundo trámite constitucional, se hace necesario adecuar el texto del proyecto, a fin de que la autorización para la erección del monumento esté referida únicamente a la comuna de Los Andes, motivo por el cual se concordó en la necesidad de presentar una indicación sustitutiva.

La idea de legislar fue aprobada por la unanimidad de los Diputados presentes, señoras Allende, doña Isabel y Nogueira, doña Claudia, y señores De Urresti, don Alfonso; Escobar, don Álvaro; Farías, don Ramón (Presidente); Uriarte, don Gonzalo, y Vallespín, don Patricio.

•Discusión particular.

La Comisión sometió a discusión, sin debate, el articulado de la indicación sustitutiva presentada por las Diputadas señoras Allende y Nogueira, y los Diputados señores De Urresti, Escobar, Farías, Uriarte y Vallespín, que consta en el texto aprobado por la Comisión.

Su objetivo es, básicamente, eliminar las referencias a la comuna de Puyehue consignadas en el proyecto. De este modo, se adecuó la integración de la Comisión Especial, que estará encargada de ejecutar los objetivos de la ley, especificando, en lo pertinente, que estará compuesta por dos Senadores y dos Diputados designados por sus respectivas Cámaras; dos representantes designados por el Obispo de la Diócesis correspondiente, es decir, de Los Andes, en el entendido de que la mención que se hace en el proyecto al Arzobispo de la Arquidiócesis está referida a Puyehue, y por el Alcalde de Los Andes, excluyendo al de la mencionada comuna de la X Región. Asimismo, se aclara que habrá sólo un fondo para el financiamiento de la obra y no fondos separados para la construcción de monumentos en Los Andes y Puyehue, como propone la moción.

Por otra parte, la indicación propone establecer un plazo dentro del cual debe erigirse el monumento, habida cuenta de las dificultades que se producen en la práctica para materializar la construcción de este tipo de obras y la frecuencia con que las leyes que las autorizan no reciben aplicación alguna.

La indicación sustitutiva fue aprobada por unanimidad (siete votos a favor).

V.- TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN.

En mérito de lo expuesto y por las consideraciones que, en su oportunidad, dará a conocer la señora Diputada informante, la Comisión de la Cultura y de las Artes recomienda la aprobación del siguiente

PROYECTO DE LEY

"Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Los Andes, en la Región de Valparaíso, en memoria de S.S. Juan Pablo Segundo.

Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se creará al efecto, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Autorízase la creación de un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Dos Senadores y dos Diputados designados por sus respectivas Cámaras;

b) El Ministro de Educación, o quien designe en su representación;

c) Dos representantes designados por el Obispo de la Diócesis respectiva;

d) El Director del Museo Nacional de Bellas Artes, o su representante, y

e) El Alcalde de la comuna de Los Andes.

El quórum para sesionar será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas a que se refiere el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado en virtud del artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para el mencionado fondo.

Artículo 6º.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.

Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en el plazo de tres años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Vencido dicho plazo sin que se hubiese ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la comisión establezca.”.

Sala de la Comisión, a 21 de enero de 2009.

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones celebradas los días 14 y 21 de enero de 2009, con asistencia de los Diputados señores Farías Ponce, don Ramón (Presidente); Aedo Ormeño, don René; Allende Bussi, doña Isabel; De Urresti Longton, don Alfonso; Egaña Respaldiza, don Andrés; Escobar Rufatt, don Álvaro; Godoy Ibáñez, don Joaquín; Goic Boroevic, doña Carolina; Nogueira Fernández, doña Claudia; Rojas Molina, don Manuel; Uriarte Herrera, don Gonzalo, y Vallespín López, don Patricio.

Concurrió, además, el Diputado señor Estay Peñaloza, don Enrique.

XIMENA INOSTROZA DRAGICEVIC,

Abogada Secretaria accidental de la Comisión

1.3. Discusión en Sala

Fecha 09 de abril, 2009. Diario de Sesión en Sesión 13. Legislatura 357. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

ERECCIÓN DE MONUMENTOS A SU SANTIDAD JUAN PABLO II EN LOS PRINCIPALES PASOS FRONTERIZOS. Primer trámite constitucional.

El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que autoriza erigir un monumentos a Su Santidad Juan Pablo II en los principales pasos fronterizos de Chile.

Diputada informante de la Comisión de la Cultura y de las Artes es la señora Claudia Nogueira.

Antecedentes:

-Moción, boletín 3835-04, sesión 63ª, en 12 de abril de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 2.

-Informe de la Comisión de la Cultura y de las Artes, sesión 131ª, en 3 de marzo de 2009. Documentos de la Cuenta Nº 44.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).-

Para informar sobre el proyecto, tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , en nombre de la Comisión de la Cultura y de las Artes, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que autoriza erigir monumentos a Su Santidad Juan Pablo II en los principales pasos fronterizos de Chile.

La iniciativa, que tuvo su origen en una moción de los diputados señores Correa, don Sergio ; Hernández, don Javier ; Masferrer, don Juan ; Recondo, don Carlos ; Rojas, don Manuel , y Von Mühlenbrock, don Gastón , pretende autorizar la construcción de monumentos en memoria de Juan Pablo II en los pueblos más cercanos a los principales pasos fronterizos con la República de Argentina, a saber, en las comunas de Puyehue y Los Andes. Durante su estudio, la Comisión contó con la asistencia del abogado del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, don Daniel Álvarez Valenzuela , quien concurrió en representación del Ejecutivo.

Entre los fundamentos del proyecto, se recuerda la visita efectuada por Juan Pablo II a Chile en 1987 y se mencionan las actividades desarrolladas con distintas comunidades y autoridades, a partir de 1 de abril de ese año, durante su recorrido a lo largo de país. Voy a nombrar sólo algunas de ellas:

-Encuentro con sacerdotes, diáconos y religiosos, en la liturgia celebrada en la Catedral Metropolitana el día de su arribo, y bendición de la ciudad de Santiago desde el cerro San Cristóbal .

-Discurso ante más de 85 mil personas, que sobrepasaban las dependencias del Estadio Nacional.

-Encuentro con religiosas y miembros de los institutos seculares en el Templo Votivo de Maipú, donde destacó su importancia y coronó a la Virgen del Carmen.

-Visita al Hogar de Cristo, donde dio su bendición a los enfermos y a las personas presentes.

La idea matriz o fundamental de esta iniciativa legal consiste en autorizar la construcción de monumentos en memoria de Juan Pablo II en los pueblos más cercanos a los principales pasos fronterizos con la República de Argentina, a saber, en las comunas de Puyehue y Los Andes.

Para materializar dicha idea matriz, se propone la aprobación de un texto que consta de seis artículos, cuyo contenido figura en el informe que los señores diputados tienen a su disposición.

Durante la discusión general, la Comisión compartió los objetivos y fundamentos tenidos en consideración por la moción. No obstante, advirtió que, habiéndose despachado por esta instancia legislativa, con esta misma fecha, el proyecto de ley, también iniciado en moción, que autoriza erigir un monumento en la comuna de Puyehue en homenaje a Su Santidad Juan Pablo II (boletín Nº 3828-04-S), en segundo trámite constitucional, se hace necesario adecuar el texto del proyecto, a fin de que la autorización para la erección del monumento esté referida únicamente a la comuna de Los Andes, motivo por el cual se concordó en la necesidad de presentar una indicación sustitutiva.

La idea de legislar fue aprobada por la unanimidad de los diputados presentes.

Durante la discusión particular, la Comisión tomó conocimiento, sin debate, de la indicación sustitutiva presentada por las diputadas señoras Allende y Nogueira , y los diputados señores De Urresti, Escobar , Farías , Uriarte y Vallespín , que consta en el texto aprobado por la Comisión. Su objetivo es, básicamente, eliminar las referencias a la comuna de Puyehue consignadas en el proyecto. De este modo, se adecuó la integración de la Comisión Especial que estará encargada de ejecutar los objetivos de la ley. Se especificó que estará compuesta por dos senadores y dos diputados designados por sus respectivas Cámaras; dos representantes designados por el obispo de la Diócesis correspondiente, es decir, de Los Andes, en el entendido de que la mención que se hace en el proyecto al arzobispo de la Arquidiócesis está referida a Puyehue, y por el alcalde de Los Andes , excluyendo al de la comuna de Puyehue. Asimismo, se aclara que habrá sólo un fondo para el financiamiento de la obra y no fondos separados para la construcción de monumentos en Los Andes y Puyehue, como proponía la moción.

Por otra parte, la indicación propone establecer un plazo dentro del cual debe erigirse el monumento, habida cuenta de las dificultades que se producen en la práctica para materializar la construcción de este tipo de obras y la frecuencia con que las leyes que las autorizan no reciben aplicación alguna.

La indicación sustitutiva fue aprobada por unanimidad.

Por lo tanto, la Comisión recomienda a la Sala la aprobación del texto del proyecto que figura en el informe escrito.

He dicho.

El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez.

El señor ÁLVAREZ.-

Señor Presidente , algunos de nosotros recordamos de manera especial esos días de diciembre de 1978. En ese entonces, con diez y once años de edad, observábamos con temor la posibilidad inminente de una guerra.

Eso ha llevado a que Punta Arenas y la Región de Magallanes tengan un particular vínculo y aprecio hacia todas las gestiones que se realizaron en esos instantes por la paz. Mi ciudad tiene un monumento en recuerdo del Cardenal Antonio Samoré .

En esta misma Sala, en varias ocasiones he recordado esos momentos aciagos de nuestra historia. Asimismo, en su momento hicimos un homenaje a las autoridades que participaron en pro de la paz, como por ejemplo, el ex canciller señor Hernán Cubillos.

Por eso, desde todo punto de vista me parece adecuado que, como una pequeña muestra de agradecimiento, se erijan monumentos en recuerdo de Su Santidad Juan Pablo II, quien, desde Roma, logró imponer la cordura y el buen criterio para conseguir la paz.

Por eso, vaya nuestro recuerdo Cardenal Samoré y los compatriotas que valientemente defendieron en ese momento nuestras fronteras -como todos sabemos, muchos chilenos estaban dispuestos a luchar por una causa justa en defensa de la Patria-, sino para quien permitió mantener la paz entre dos naciones: Su Santidad Juan Pablo II.

Por lo tanto, anuncio mi ferviente apoyo a este proyecto de ley.

He dicho.

El señor SÚNICO ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.

El señor SABAG.-

Señor Presidente, los monumentos perpetúan para las futuras generaciones el recuerdo de acontecimientos o de personas que han ejercido una influencia trascendente en nuestra sociedad.

Si se trata, entonces, de recordar a Su Santidad Juan Pablo II , es de toda justicia que en los pasos fronterizos que unen a Chile con Argentina se erijan monumentos.

Como dijo el diputado señor Rodrigo Álvarez , Chile y Argentina deben mucho a la mediación papal, ya que evitó un conflicto bélico que parecía inminente entre dos naciones hermanas. De no haber sido por ello, quizás muchos de nosotros no estaríamos en este hemiciclo, y muchos chilenos y argentinos habrían muerto.

Por lo tanto, es justo perpetuar en nuestra memoria la mediación de Su Santidad Juan Pablo II, quien logró que dos naciones hermanas llegaran a acuerdo en su diferendo limítrofe sobre el Beagle.

Cabe recordar que los chilenos tuvimos diecisiete años de dictadura militar. En esa época resultaba muy difícil distender los ánimos. Por eso, la visita de Su Santidad, en abril de 1987, fue un aporte decisivo para que nuestro país entrara en una etapa de transición hacia la democracia. El jueves 2 de abril de 1987, el Papa Juan Pablo II visitó al presidente Augusto Pinochet en el Palacio de La Moneda. La conversación entre ambos duró 42 minutos, en circunstancias de que en principio sólo estaba programada por un lapso de 10 minutos. A mi juicio, esa entrevista fue decisiva para los destinos de Chile, puesto que alteró los ánimos de la clase gobernante en ese entonces y permitió que las fuerzas de la Oposición buscaran puntos de acuerdo con el gobierno militar. El resto de la historia es conocida por todos: el plebiscito de 1988, las elecciones de 1989 y el gobierno de don Patricio Aylwin, que significó una transición pacífica desde un gobierno fuerte a otro democrático.

Eso no fue gratis. Hubo en ello una destacada intervención del Papa Juan Pablo II , quien, a mi juicio, debe ser perpetuado en la memoria por chilenos y argentinos.

Considero de toda justicia, también, recordar el entrañable encuentro en el Estadio Nacional con quienes en ese momento éramos jóvenes. En esa oportunidad el Papa hizo un fuerte llamado a la paz y a que los pobres no pueden esperar, y nos recordó que el amor es más fuerte.

Las palabras del Papa Juan Pablo II quedaron profundamente impregnadas en el espíritu de los chilenos y nos permitieron construir un país en paz, donde todos los sectores pueden expresarse y en el cual católicos, evangélicos y no creyentes pueden, juntos, construir un futuro mejor.

En consecuencia, en nombre de la bancada del Partido Demócrata Cristiano, anuncio nuestro apoyo a este proyecto de ley, que busca perpetuar en la memoria de las futuras generaciones la figura de un Papa que dejó una huella imborrable en el corazón y en el alma nacional.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.

El señor ROJAS.-

Señor Presidente, me sumo a las palabras vertidas por los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, pero quiero detenerme en un aspecto del proyecto.

Durante su discusión en la Comisión de la Cultura y de las Artes, me llamaron la atención dos artículos.

En la Cámara hemos despachado muchos proyectos de ley a fin de erigir monumentos en memoria de personas que han entregado mucho en beneficio de Chile, incluso, su vida. Sin embargo, no sabemos si las obras que se ordena erigir se concretan. Eso dice relación con lo establecido en el artículo 2º, sobre el financiamiento de la obra.

Como dije, hemos despachado una gran cantidad de proyectos en tal sentido, pero muchas veces no sabemos nada sobre la ejecución de las obras o lo que ocurrió con los recursos que se destinaron a tal fin. Eso se discutió en la Comisión.

El artículo 4º del proyecto crea una comisión especial encargada de ejecutar los objetivos de la ley en tramitación, lo que me parece bastante positivo. Sin embargo, no sé si se van a crear comisiones similares para la erección de otros monumentos. Dicha comisión estará integrada por dos senadores, dos diputados, el ministro de Educación , dos representantes designados por el obispo de la Diócesis respectiva y el director del Museo Nacional de Bellas Artes, entre otros.

Sólo quiero formular esas dos aprensiones, ya que muchas veces, tras la aprobación de este tipo de iniciativas, no sabemos si se hicieron o no los monumentos y, cuando no se hicieron ¿qué pasó con el dinero que la gente donó para ese efecto?

No quiero que esto sea un punto negro en la discusión, pero considero correcto ponerlo en el tapete para tenerlo presente cuando se discutan futuras iniciativas sobre erección de monumentos.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Carlos Recondo.

El señor RECONDO.-

Señor Presidente , estas iniciativas -fueron varias- surgieron a propósito de la conmoción pública que provocó en el mundo, y también en nuestro país, el fallecimiento de Su Santidad Juan Pablo II. En el caso de Chile, tal conmoción derivó precisamente del hecho de que durante el transcurso de su pontificado mantuvo una especial dedicación por nuestro país.

Todos conocemos la influencia que tuvo Juan Pablo II en todo el mundo, por diferente hechos muy relevantes para la humanidad que ocurrieron durante su pontificado, como la caída del Muro de Berlín y el término de la Guerra Fría, entre otros.

En relación con nuestro país, actuó como mediador en un conflicto considerado sumamente álgido entre Chile y Argentina. En esa disputa la mediación papal fue muy importante para evitar el conflicto bélico.

Uno de los puntos donde el conflicto revistió caracteres muy peligrosos fue en el sector de la frontera entre Chile y Argentina ubicada en el paso internacional de Puyehue, en Osorno. Allí había tropas apostadas en ambos lados de la frontera y, a diario, se hacía cada vez más evidente la amenaza de un enfrentamiento. En recuerdo de esa mediación papal, el paso fronterizo lleva el nombre de Cardenal Antonio Samoré , quien, en representación del Papa, intervino directamente como mediador entre ambos gobiernos para despejar la situación de conflicto.

A fin de reconocer ese decisivo aporte que evitó una guerra, varios diputados presentamos una moción para erigir, en la comuna de Puyehue, un monumento en memoria del Papa Juan Pablo II , zona muy relevante en el proceso de mediación del conflicto, que, felizmente, se evitó.

El informe emitido por la Comisión de la Cultura y de las Artes da cuenta de la fusión de dos proyectos: uno, que autorizaba erigir un monumento al Papa Juan Pablo II en la comuna de Puyehue, y otro que buscaba similar propósito en la comuna de Los Andes. Sin embargo, no se explicitan en forma clara las razones por las cuales los miembros de la Comisión se inclinaron por erigir el monumento en la última de las comunas mencionadas.

Como señaló el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, muchas veces estas iniciativas cuentan con un gran entusiasmo inicial y terminan plasmándose en proyectos, pero cuesta mucho materializarlos.

Como a mi juicio lo más importante es que el país recuerde la intervención del Santo Padre como mediador para evitar un conflicto armado, resulta muy necesario que se erija un monumento en su memoria en la frontera entre Chile y Argentina, en este caso, en la comuna de Los Andes. Espero que en el futuro se pueda materializar la erección de un monumento en la comuna de Puyehue.

Considero muy positivo que la Cámara despache el proyecto. Anuncio que voy a votar a favor en forma entusiasta, porque cumple con los mismos objetivos que inspiraban la iniciativa que varios diputados presentamos en su momento para que ese monumento se levantara en la comuna de Puyehue.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Ojeda.

El señor OJEDA.-

Señor Presidente , nadie podría sustraerse a apoyar una iniciativa de esta naturaleza, sobre todo porque busca recordar a una personalidad como Su Santidad Juan Pablo II , quien tuvo en nuestro país una gravitación trascendente y muy especial. Dos hitos históricos recuerda nuestra Patria: su viaje a Chile, en 1987, y su intervención en el conflicto entre Chile y Argentina.

Personas como Su Santidad Juan Pablo II merecen todos los elogios y homenajes que tengan como objetivo hacer perdurar su memoria. Ése es el sentido del proyecto en debate: erigir un monumento que describa su importancia, el efecto positivo de su presencia en nuestra Patria y su gravitación en la espiritualidad en todas las personas del mundo.

Juan Pablo II fue un hombre santo y el Papa de todos. Captó el cariño y la admiración no sólo del mundo católico, sino también de quienes no profesan esa religión, pues su actitud, su trabajo y su acción trascendieron los ámbitos de la Santa Sede. Llegaba profundamente a nuestros corazones cuando hablaba de paz, intervenía por la pobreza y ayudaba a la gente.

El Papa Juan Pablo II fue muy cercano a la gente y de una profunda religiosidad. Con trabajo, logró todo lo que conocemos. Medió para terminar el conflicto entre Chile y Argentina, acto trascendente que nunca olvidaremos y por el que guardamos un sentimiento de profunda gratitud. Se trata de un gesto que la Patria siempre agradecerá y reconocerá.

En este contexto, se hace necesario recordar que el ex obispo de Osorno y de La Araucanía, don Francisco Valdés Subercaseaux , coadyuvó en las gestiones a fin de que el Sumo Pontífice interviniera en el conflicto entre ambos países. De hecho, esta Corporación aprobó un proyecto -ya es ley de la República- a fin de erigir monumentos para perpetuar su memoria en Temuco y en Osorno. No quiero dejar de mencionar al Cardenal Antonio Samoré , quien también intervino en esa mediación.

El Papa Juan Pablo II merece toda nuestra gratitud, sentimiento y aprecio. La muerte no hizo desaparecer su imagen; por el contrario, vivificó aún más su acción y su espíritu.

El proyecto original planteaba construir monumentos a Su Santidad en los pueblos más cercanos a los principales pasos fronterizos con la República Argentina, en este caso en las comunas de Puyehue y de Los Andes. Sin embargo, la iniciativa que se somete a nuestra consideración autoriza erigir sólo un monumento en esta última. Me habría gustado que también se hubiese construido uno en Puyehue, pues fue el lugar en que el conflicto alcanzó ribetes de mayor peligrosidad. De acuerdo con las informaciones que han llegado hasta nosotros, la guerra estuvo a segundos de desencadenarse y, gracias a la intervención del Papa, pudo evitarse.

El artículo 4º del proyecto señala que la comisión especial encargada de ejecutar los objetivos de esta ley en tramitación incluirá dos representantes designados por el obispo de la diócesis de Los Andes. Ello me da confianza, pues sé como toma la Iglesia Católica desafíos de esta naturaleza. A juzgar por la manera en que se está trabajando en la erección de otros monumentos, como el de don Francisco Valdés Subercaseaux , que se encuentra muy avanzado, no me cabe duda de que el que se erigirá en memoria del Papa Juan Pablo II se materializará en corto tiempo.

Con sentimiento y gratitud aprobaré el proyecto sometido a nuestra consideración, cuyo estudio coincide con el período de reflexión y meditación que nos impone Semana Santa, que nos recuerda el calvario de Jesucristo.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra el diputado señor Vallespín.

El señor VALLESPÍN.-

Señor Presidente , no me voy a referir a los méritos que justifican la erección de un monumento al Papa Juan Pablo II , pues los parlamentarios que me antecedieron en el uso de la palabra, entre ellos su señoría, se han referido a ellos con mucha claridad. Sí aludiré a dos aspectos fundamentales señalados por los diputados Recondo y Ojeda , relacionados con la responsabilidad que quisimos imprimir a la discusión de la iniciativa.

Solicitamos antecedentes acerca de la gran cantidad de proyectos aprobados en materia de erección de monumentos. Desgraciadamente, el resultado de esa indagación fue que gran parte de ellos jamás se materializa. Por lo tanto, una buena iniciativa se pierde si después no hay capacidad organizativa para concretarla. Incluso, en muchos casos no se supo qué pasó con las platas que se recaudaron para ese efecto.

Entonces, en ese sentido quisimos ser sumamente responsables y hacer dos reflexiones al respecto: una, materializada en el proyecto, y la otra, más general, que considero pertinente dar a conocer en la Sala. Dice relación con lo siguiente. ¿Hasta dónde es pertinente que la erección de distintos tipos de monumentos tenga que ser aprobada por ley? Quizá sea necesario revisar la legislación que obliga a que todo proyecto relacionado con la erección de monumentos deba tramitarse en el Congreso Nacional. Es una materia que se debe revisar, porque, insisto, un gran porcentaje de las iniciativas aprobadas nunca se han materializado.

Quiero dejar esa reflexión sobre la mesa, porque hay que innovar o cambiar el procedimiento.

La segunda reflexión dice relación con la duda de los diputados Recondo y Ojeda , quienes, con mucha fuerza, preguntaron por qué no se erigirá un monumento en Puyehue. La razón es súper evidente y clara. De los antecedentes que logramos recabar en la Comisión, se pudo colegir que existe una organización clara en Los Andes, incluso con algún tipo de avance sobre la materia.

En cuanto a Puyehue, no fue habida organización alguna que tuviese acción para la materialización del monumento.

Por tanto, nos pareció que lo responsable era optar por Los Andes, en aras de evitar que, una vez más, otro proyecto de ley para la erección de un gran monumento finalmente no se materialice.

Por eso, el proyecto sólo viene acotado a Los Andes. Me parece que ésa es la acción responsable que, como parlamentarios, debemos emprender.

Señor Presidente , dejo a su consideración lo expresado en el punto inicial, en cuanto a que, en futuros proyectos sobre erección de monumentos, seamos todos muy responsables. En ese sentido, muchas veces parlamentarios, no sé si con el afán de tener un buen vínculo con tal o cual comunidad, proponen alguna iniciativa de esta naturaleza, pero después no existe ninguna acción concreta para su materialización.

Discutimos en la Comisión sobre la responsabilidad de cada uno de nosotros para proponer este tipo de iniciativas. En ese sentido, es necesario contar en forma previa con una base que se sustente en organizaciones que se estén movilizando para el efecto. De lo contrario, no se trata sino de bonitos discursos que quedan como meras declaraciones de intenciones. Por lo tanto, hay que hacer una revisión en ese sentido.

En cuanto a la erección de monumentos para Juan Pablo II , no hubo ningún reparo en la Comisión. El aspecto a que me refería se relaciona más bien con opiniones expresas desde un punto de vista más global, procedimental y organizativo que, debieran marcar un precedente hacia el futuro.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-

Señor diputado , le agradezco su aclaración a algunas preguntas que surgieron como consecuencia del debate.

Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , esta iniciativa generó un amplio consenso en la Comisión. La visita de Juan Pablo II a Chile, en 1987, es un hito tanto para la comunidad católica como para el país en general.

Sin embargo, es necesario comprometer, especialmente a los autores de la iniciativa, en el sentido de materializarles de manera que, en un plazo razonable, se termine la construcción de los monumentos, especialmente el del paso Los Libertadores.

En la Comisión discutimos sobre la importancia de establecer plazos y compromisos para llevar a cabo este tipo de iniciativas. Junto con la secretaría de la Comisión, analizamos un sinnúmero de proyectos que se sacaron adelante con mucha voluntad y ahínco por parte de sus impulsores -alcaldes, grupos de ciudadanos y, obviamente, parlamentarios-; pero luego, en la implementación del trabajo cotidiano de recolección de fondos, en el diseño del monumento y en el hecho de llevarlo a la práctica, ha habido inconvenientes. Se trata de una tarea tremendamente difícil y que, en muchas oportunidades, excede las capacidades de los autores o de quienes promueven el proyecto.

Por eso, sin perjuicio de reiterar que vamos a votar a favor, como lo hicimos en la Comisión, es fundamental establecer un seguimiento, de manera que se cuente con los recursos y el apoyo necesario para que el monumento se lleve adelante. La figura de Juan Pablo II es señera en Chile, porque permitió avanzar en muchos aspectos de la reconciliación del país. Por eso, debemos cumplir con el compromiso para materializar la construcción del monumento en su memoria.

Reitero toda mi colaboración para que los proyectos que se aprueben en este sentido puedan concluirse dentro de un plazo razonable. En la Comisión nos dimos el trabajo de regular de la mejor manera y de establecer plazos perentorios y facilidades para que se aprueben estos proyectos; pero, sobre todo, repito, es necesario hacerles un seguimiento para que, en definitiva, se puedan construir los monumentos y llevar a buen término los nobles objetivos que motivaron su presentación.

Finalmente, anuncio mi voto favorable.

He dicho

El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi.

La señora CRISTI (doña María Angélica).-

Señor Presidente , encuentro muy loable la iniciativa. Quién más que Su Santidad Juan Pablo II podría merecer un monumento. Se trata de un hombre que posiblemente será beatificado y, algún día, santificado. Como se recordará, cuando visitó Chile, despertó el recogimiento y la emoción de un país entero.

Llevar a cabo esta iniciativa -como dijo el diputado que me precedió en el uso de la palabra- no es fácil. Por esta Cámara deben de haber pasado más de cien proyectos sobre monumentos, de los cuales se han concretado alrededor de diez o doce. Fui autora de un proyecto de ley para levantar un monumento, en Viña del Mar, al campeón mundial de salto alto, y costó mucho esfuerzo, muchos años y recursos, y también muchas penas y frustraciones en el camino.

Por lo tanto, voy a aprobar este proyecto, pero si no hay alguien que se haga cargo o encabece la comisión que se creará para este efecto, y que se comprometa a hacer realidad la iniciativa, ella nunca se concretará. Sólo quiero hacer notar a los integrantes de dicha comisión, como un ejemplo, la forma como se trabajó para sacar adelante el bonito monumento a Su Santidad el Papa Juan Pablo II que se levantó en la sede de la Universidad Católica. Los encargados podrían aprovechar esa experiencia -imponerse sobre los aspectos relacionados con la licitación y los costos- y emularla.

Es muy buena idea hacer monumentos y conmemorar a grandes personajes de nuestra historia y del mundo, especialmente a Juan Pablo II . Sin embargo, insisto, si no existe alguien, que se haga cargo de esa tarea en forma personal y que asuma la responsabilidad -más allá de dicha comisión-, será muy difícil que dicho monumento sea realidad, lo que sería muy lamentable. Sería una pena que esta gran iniciativa no se concretara.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.

El señor CERONI.-

Señor Presidente , con gusto, la bancada del PPD y, estoy cierto, toda la Cámara Diputados, van a apoyar este proyecto, que autoriza la erección de un monumento en honor a un Papa que hizo tanto no sólo por el mundo y, en particular, por Chile. En el caso de nuestro país, hizo algo fundamental, como fue evitar un conflicto bélico. No hay duda -la historia así lo va a señalar- de que la mediación del Papa Juan Pablo II a través del Cardenal Samoré , fue definitiva y la razón esencial para evitar una guerra. Su mediación salvó a los pueblos de Chile y Argentina de un conflicto absolutamente innecesario e inútil.

Es necesario destacar la valentía del Papa Juan Pablo II , quien asumió el compromiso de mediar entre dos países, sin que nada ni nadie le garantizara un resultado exitoso. Juan Pablo II tomó el desafío y nos envió un mediador, quien desarrolló una fructífera labor entre los dos países.

Por eso, con gusto vamos a apoyar el proyecto para erigir un monumento al Papa Juan Pablo II, como testimonio a su valentía y voluntad de luchar por la paz, mediando entre dos naciones a fin de evitar un conflicto inútil, carente de sentido y que habría costado miles y miles de vidas. De esas gestiones del Santo Padre nos sentimos orgullosos.

Por lo tanto, la bancada del Partido por la Democracia apoyará el proyecto en forma muy entusiasta.

He dicho.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

El proyecto se votará al término del Orden del Día.

-Posteriormente, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:

El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-

En votación general el proyecto de ley, iniciado en moción, que autoriza erigir un monumento a Su Santidad Juan Pablo II en los principales pasos fronterizos de Chile.

-Efectuada la votación por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 72 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ÁLVAREZ (Presidente).-

Aprobado.

Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado en particular.

Despachado el proyecto.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Álvarez Zenteno Rodrigo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Fuentealba Vildósola Renán; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Mulet Martínez Jaime; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Paya Mira Darío; Pérez Arriagada José; Rojas Molina Manuel; Rossi Ciocca Fulvio; Sabag Villalobos Jorge; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto González Laura; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Harboe Bascuñan Felipe; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 09 de abril, 2009. Oficio en Sesión 9. Legislatura 357.

?VALPARAÍSO, 9 de abril de 2009

Oficio Nº 8012

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de la Moción, Informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Los Andes, en la Región de Valparaíso, en memoria de S.S. Juan Pablo II.

Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se creará al efecto, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Autorízase la creación de un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Dos Senadores y dos Diputados designados por sus respectivas Cámaras;

b) El Ministro de Educación, o quien designe en su representación;

c) Dos representantes designados por el Obispo de la Diócesis respectiva;

d) El Director del Museo Nacional de Bellas Artes, o su representante, y

e) El Alcalde de la comuna de Los Andes.

El quórum para sesionar será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas a que se refiere el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado en virtud del artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para el mencionado fondo.

Artículo 6º.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.

Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en el plazo de tres años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Vencido dicho plazo sin que se hubiese ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la comisión establezca.”.

Dios guarde a V.E.

RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 12 de mayo, 2009. Informe de Comisión de Educación en Sesión 17. Legislatura 357.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza erigir un monumento a Su Santidad Juan Pablo II en los principales pasos fronterizos de Chile.

BOLETÍN Nº 3.835-04

Honorable Senado:

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Moción de los Diputados señores Sergio Correa De la Cerda, Javier Hernández Hernández, Juan Masferrer Pellizcar, Carlos Recondo Lavanderos, Manuel Rojas Molina, y Gastón Von Mühlenbrock Zamora.

Cabe señalar que la Comisión, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadores señores Chadwick, Muñoz Aburto y Ruiz-Esquide, acordó considerar esta iniciativa de ley en general y en particular, con el objeto de agilizar su tramitación, atendiendo que, como se consigna en su oportunidad, los acuerdos respecto a la misma se adoptaron por la unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión.

A la sesión en que se discutió el proyecto de ley, asistió, además de sus miembros, el Honorable Senador señor Pablo Longueira Montes.

- - -

OBJETIVO DEL PROYECTO

En lo fundamental, busca rendir un homenaje a Su Santidad Juan Pablo II, en memoria de la mediación papal entre Chile y Argentina, el año 1978, mediante la construcción de un monumento en la ciudad de Los Andes, en la Región de Valparaíso.

- - -

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de esta iniciativa de ley, se ha tenido en consideración, entre otros, lo siguiente:

I. ANTECEDENTES JURÍDICOS

1) La Constitución Política de la República en sus artículos 1°, 19 numeral 10°, y 63 numeral 5) y

2) La ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

II. ANTECEDENTES DE HECHO

Los autores de la moción, que da inicio al presente proyecto de ley, señalan que Juan Pablo II inició su visita a Chile el 1 de abril de 1987, siendo recibido por una multitud emocionada por su presencia. Comentan, enseguida que en seis días recorrió nuestro país de norte a sur.

Informan que su primera actividad fue un encuentro con los sacerdotes, diáconos y religiosos, en la liturgia celebrada en la Catedral Metropolitana. Al atardecer, continúan, se dirigió hasta la Virgen del Cerro San Cristóbal y bendijo desde las alturas a la ciudad de Santiago.

Relatan que el segundo día de su visita tuvo un encuentro con los pobladores de toda la capital, en el parque La Bandera, en la comuna de San Ramón y que en dicha ocasión les dijo: “sed fieles a vuestra vocación y a la misión que habéis recibido, y no permitáis que otros intereses, extraños al Evangelio, enturbien la pureza de vuestra labor de asistencia y santificación".

Posteriormente, indican que se reunió con las pequeñas organizaciones, como juntas de vecinos y ollas familiares y que ese mismo día se trasladó al Seminario Pontificado Mayor, donde instó al Clero Episcopal a seguir las enseñanzas del Concilio Vaticano II.

A menos de 24 horas de su llegada al país, indican que Su Santidad Juan Pablo II se trasladó a la V Región, en donde realizó la eucaristía de la familia en el Aeródromo de Rodelillo, en la ciudad de Viña del Mar. Luego, señalan que dio su bendición por radio y televisión a los habitantes de la Isla de Pascua y que en la noche se dirigió a los hogares capitalinos, pronunciando un mensaje cargado de emoción ante más de ochenta y cinco mil personas.

Señalan que al día siguiente el Papa se reunió con las religiosas y con los miembros de los institutos seculares en el Templo Votivo de Maipú. Posteriormente, informan que coronó a la Virgen del Carmen y que en la mañana del viernes se dirigió al Hogar de Cristo para dar su bendición a los enfermos.

Enseguida, indican que una de las actividades más importantes que realizó fue la oficialización de la beatificación de Sor Teresa de Los Andes, en la eucaristía de la Reconciliación, en el Parque O´Higgins. Luego, señalan que se reunió con los dirigentes empresariales, políticos y gremiales en la sede de las Obras Misionales Pontificias.

Agregan que el sábado inició su viaje a Punta Arenas, en donde ofició la Acción de Gracias por la Paz frente a miles de fieles que batían banderas de Chile y de Argentina, haciendo alusión al conflicto que tuvo a las dos naciones en la década del setenta al borde de una guerra. Durante la tarde, comentan que se trasladó a la Octava Región, en donde sostuvo un encuentro con los trabajadores en el Club Hípico de Concepción, al cual asistieron unos trescientos mil creyentes. Posteriormente, indican que se trasladó a Temuco para congregarse con los habitantes de La Araucanía en una eucaristía en la Pampa Ganaderos.

Luego de su visita al sur, refieren que el Santo Padre se trasladó a La Serena y a Antofagasta, presidiendo una eucaristía en el Norte Grande. En esa oportunidad, informan que también visitó a los privados de libertad y a los reclusos, a quienes les dijo que "desgraciadamente, las circunstancias no nos permiten el poder compartir a solas unos minutos, pero es mi deseo que mis palabras las recibáis como si fueran pronunciadas para cada uno de vosotros en particular".

En cuanto su rol de mediador en el conflicto entre Chile y Argentina, señalan que en el año 1978 la guerra entre Chile y Argentina parecía inminente, por sus problemas limítrofes en el Canal Beagle. En este delicado ambiente, recuerdan que Chile propuso la mediación del Santo Padre, como la única esperanza para no llegar a la guerra.

Al respecto, señalan que la Santa Sede desde el año 1885 no participaba en una negociación internacional, por lo que era factible que dicha mediación fracasara, lo que obviamente significaba una gran preocupación para los consejeros de Su Santidad Juan Pablo II.

En este contexto, refieren que Juan Pablo II desde que asumió este cometido mostró su voluntad de luchar por la paz y que en una conversación con un diplomático del Vaticano, le señaló que después de haber aceptado este ministerio no podría quedarse con los brazos cruzados, mientras dos países católicos van hacia la guerra.

Luego, señalan que el 9 de enero de 1979 la Santa Sede, Chile y Argentina, firmaron el Acuerdo de Montevideo, el cual disponía el retiro de las tropas de las zonas más conflictivas y el cese del estado de guerra en Argentina.

A continuación, precisan que el 12 de diciembre de 1980, Juan Pablo II entregó la primera propuesta de mediación, la que Argentina tardó cuatro años en aprobar.

Finalmente, señalan que el 29 de noviembre de 1984 se firmó el Tratado de Paz entre ambos países, el que fue ratificado el 2 de mayo de 1985.

Con todo, acotan que es evidente que los chilenos y los argentinos estén eternamente agradecidos con Juan Pablo II, puesto que gracias a sus oficios se pudo evitar un conflicto carente de sentido, que podría haber costado miles de vidas a estas dos naciones.

En su concepto esta bandera por la paz asumida por Juan Pablo II, fue un hecho notable que solamente un hombre santo como él era capaz de liderar y guiar.

Posteriormente, opinan que quienes sufrieron en carne propia el estado de guerra entre ambas naciones fueron los chilenos que residían cerca de los pasos fronterizos, ya que el resto de la población a pesar de conocer este conflicto no fue testigo presencial de los preparativos de la guerra.

Por lo anteriormente expuesto, proponen la construcción de un monumento, en memoria de la figura de Su Santidad Juan Pablo II, en las cercanías a la frontera con la República de Argentina, como un icono de amor, sensatez y de paz, para que nunca más las sombras de la guerra se ciernan sobre estas dos naciones.

- - -

DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El Honorable Senador señor Ruiz-Esquide valoró la intervención de Juan Pablo II como mediador entre Chile y Argentina, en la década de los ochenta, porque evitó una guerra que parecía inminente.

- Sometido a votación, el proyecto de ley fue aprobado, en general y en particular, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Chadwick, Muñoz- Aburto y Ruiz-Esquide.

- - -

TEXTO DEL PROYECTO

A continuación, se transcribe literalmente el texto del proyecto de ley despachado por la Honorable Cámara de Diputados, y que vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, os propone aprobar en general y en particular:

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Los Andes, en la Región de Valparaíso, en memoria de S.S. Juan Pablo II.

Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se creará al efecto, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Autorízase la creación de un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Dos Senadores y dos Diputados designados por sus respectivas Cámaras;

b) El Ministro de Educación, o quien designe en su representación;

c) Dos representantes designados por el Obispo de la Diócesis respectiva;

d) El Director del Museo Nacional de Bellas Artes, o su representante, y

e) El Alcalde de la comuna de Los Andes.

El quórum para sesionar será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas a que se refiere el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado en virtud del artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para el mencionado fondo.

Artículo 6º.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.

Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en el plazo de tres años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Vencido dicho plazo sin que se hubiese ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la comisión establezca.”.

- - -

Acordado en sesión celebrada el día 6 de mayo de 2009, con la asistencia de los Honorables Senadores señores Mariano Ruiz-Esquide Jara (Presidente), Andrés Chadwick Piñera y Pedro Muñoz Aburto.

Sala de la Comisión, a 12 de mayo de 2009.

MARÍA ISABEL DAMILANO PADILLA

Secretario

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA A ERIGIR UN MONUMENTO A SU SANTIDAD JUAN PABLO II EN LOS PRINCIPALES PASOS FRONTERIZOS DE CHILE

(BOLETÍN Nº 3.835-04)

I. PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: en lo fundamental, busca rendir un homenaje a Su Santidad Juan Pablo II, mediante la construcción de un monumento en la ciudad de Los Andes, en la Región de Valparaíso.

II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular (3x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de siete artículos permanentes.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción de los Diputados señores Sergio Correa De la Cerda, Javier Hernández Hernández, Juan Masferrer Pellizcar, Carlos Recondo Lavanderos, Manuel Rojas Molina, y Gastón Von Mühlenbrock Zamora.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. APROBACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado, 72 votos por la afirmativa, no hubo votos en contra, ni abstenciones.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 14 de abril de 2009.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI. LEYES QUE MODIFICA O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1) La Constitución Política de la República en sus artículos 1°, 19 numeral 10°, y 63 numeral 5) y

2) La ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

Valparaíso, a 12 de mayo de 2009.

MARÍA ISABEL DAMILANO PADILLA

Secretario

2.2. Discusión en Sala

Fecha 19 de mayo, 2009. Diario de Sesión en Sesión 19. Legislatura 357. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

MONUMENTO EN MEMORIA DE JUAN PABLO II EN LOS ANDES

El señor NOVOA ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza la erección de un monumento a Su Santidad Juan Pablo II, con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

--Los antecedentes sobre el proyecto (3835-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 9ª, en 14 de abril de 2009.

Informe de Comisión:

Educación, sesión 17ª, en 13 de mayo de 2009.

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

El propósito de la iniciativa es rendir homenaje a Su Santidad Juan Pablo II, en memoria de su mediación entre Chile y Argentina, mediante la construcción de un monumento en la ciudad de Los Andes, Región de Valparaíso.

La Comisión de Educación discutió esta iniciativa tanto en general cuanto en particular, no obstante comprender siete artículos, y le dio su aprobación por la unanimidad de sus miembros presentes (Honorables señores Chadwick, Muñoz Aburto y Ruiz-Esquide), en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.

El señor NOVOA (Presidente).-

En discusión general.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación la idea de legislar.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (20 votos afirmativos).

Votaron la señora Matthei ylos señores Bianchi, Chadwick, Coloma, Espina, García, Horvath, Kuschel, Larraín, Letelier, Longueira, Muñoz Aburto, Naranjo, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Sabag y Vásquez.

El señor NOVOA (Presidente).-

¿Plazo para presentar indicaciones?

Ningún señor Senador ha formulado petición en tal sentido.

--En consecuencia, no habiéndose presentado indicaciones, el proyecto queda aprobado asimismo en particular (20 votos favorables) y con la discusión concluida en este trámite.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 19 de mayo, 2009. Oficio en Sesión 33. Legislatura 357.

?Valparaíso, 19 de mayo de 2009.

Nº 415/SEC/09

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que autoriza erigir un monumento a Su Santidad Juan Pablo II en los principales pasos fronterizos de Chile, correspondiente al Boletín N° 3.835-04.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 8.012, de 9 de abril de 2009.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JOVINO NOVOA VÁSQUEZ

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S.E. La Presidenta de la República. Fecha 20 de mayo, 2009. Oficio

?VALPARAÍSO, 20 de mayo de 2009

Oficio Nº 8115

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una moción de los Diputados señores Carlos Recondo Lavanderos, Sergio Correa De la Cerda, Javier Hernández Hernández, Juan Masferrer Pellizzari, Manuel Rojas Molina y Gastón Von Mühlenbrock Zamora.

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Los Andes, en la Región de Valparaíso, en memoria de S.S. Juan Pablo II.

Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se creará al efecto, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Autorízase la creación de un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Dos Senadores y dos Diputados designados por sus respectivas Cámaras;

b) El Ministro de Educación, o quien designe en su representación;

c) Dos representantes designados por el Obispo de la Diócesis respectiva;

d) El Director del Museo Nacional de Bellas Artes, o su representante, y

e) El Alcalde de la comuna de Los Andes.

El quórum para sesionar será el de la mayoría de sus miembros.

Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas a que se refiere el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado en virtud del artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para el mencionado fondo.

Artículo 6º.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.

Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en el plazo de tres años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Vencido dicho plazo sin que se hubiese ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la comisión establezca.”.

Dios guarde a V.E.

RODRIGO ÁLVAREZ ZENTENO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 20.350

Tipo Norma
:
Ley 20350
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1002999&t=0
Fecha Promulgación
:
26-05-2009
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cdup
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR
Título
:
AUTORIZA ERIGIR MONUMENTO A SU SANTIDAD JUAN PABLO SEGUNDO
Fecha Publicación
:
02-06-2009

LEY NÚM. 20.350

AUTORIZA ERIGIR MONUMENTO A SU SANTIDAD JUAN PABLO SEGUNDO

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una moción de los Diputados señores Carlos Recondo Lavanderos, Sergio Correa De la Cerda, Javier Hernández Hernández, Juan Masferrer Pellizzari, Manuel Rojas Molina y Gastón Von Mühlenbrock Zamora.

    Proyecto de ley:

    Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Los Andes, en la Región de Valparaíso, en memoria de S.S. Juan Pablo II.

    Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

    Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se creará al efecto, en coordinación con el Ministerio del Interior.

    Artículo 3º.- Autorízase la creación de un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

    Artículo 4º.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

    a) Dos Senadores y dos Diputados designados por sus respectivas Cámaras;

    b) El Ministro de Educación, o quien designe en su representación;

    c) Dos representantes designados por el Obispo de la Diócesis respectiva;

    d) El Director del Museo Nacional de Bellas Artes, o su representante, y

    e) El Alcalde de la comuna de Los Andes.

    El quórum para sesionar será el de la mayoría de sus miembros.

    Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

    a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas a que se refiere el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

    b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

    c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus bases y resolverlo;

    d) Administrar el fondo creado en virtud del artículo 3º, y

    e) Abrir una cuenta corriente especial para el mencionado fondo.

    Artículo 6º.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.

    Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en el plazo de tres años, contado desde la fecha de publicación de esta ley. Vencido dicho plazo sin que se hubiese ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la comisión establezca.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 26 de mayo de 2009.- Edmundo Pérez Yoma, Vicepresidente de la República.- Patricio Rosende Lynch, Ministro del Interior (S).

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Pamela Figueroa Rubio, Subsecretaria del Interior Subrogante.