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Historia de la Ley

Historia del Decreto Supremo

Nº 87

Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamércia y Chile suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 27 de mayo, 2008. Mensaje en Sesión 58. Legislatura 356.

?MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL PROTOCOLO BILATERAL AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y CHILE SUSCRITO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LAS REPÚBLICAS DE CHILE Y GUATEMALA, EN SANTIAGO EL 7 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007.

___________________________

SANTIAGO, mayo 27 de 2008.

MENSAJE Nº 336356/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración, el Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala, en Santiago el 7 de diciembre del año 2007.

I.ANTECEDENTES.

El 14 de Febrero del año 2002, fue publicado en el Diario Oficial, previa aprobación del Congreso Nacional, el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, adoptado entre los Gobiernos de la Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Chile, suscrito en Ciudad de Guatemala el 18 de octubre del año 1999.

El Artículo 21.03 (2) de dicho Tratado, estableció un mecanismo de entrada en vigencia progresiva del mismo, con el objeto de recoger la voluntad de los países signatarios, en orden a establecer, por una parte, un ámbito normativo común para todos los países y, por otra, un conjunto de disposiciones que deberían ser negociadas y tratadas en forma bilateral entre Chile y cada uno de los países signatarios de Centroamérica.

Así, conforme al mencionado Artículo, el Tratado entrará en vigor, separadamente, entre Chile y cada país de Centroamérica, una vez verificadas las condiciones fijadas en el mismo. Estas condiciones son: suscribir un protocolo que refleje la culminación de la negociación bilateral, en materias principalmente de acceso a mercados de bienes y un capítulo de comercio de servicios; y haber realizado el intercambio de los instrumentos de ratificación que certifiquen que han concluido las formalidades jurídicas necesarias con relación al Tratado y al respectivo protocolo bilateral. El trigésimo día contado a partir de la fecha en que se hayan verificado tales presupuestos, el Tratado entrará en vigor entre Chile y el correspondiente país centroamericano.

Desde la fecha de publicación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, se han suscrito tres Protocolos Bilaterales, de los cuales dos han entrado en vigor. El primero, con la República de Costa Rica, que fue aprobado y publicado en conjunto con el texto del Tratado de Libre Comercio. Y el segundo, con la República de El Salvador, suscrito el 30 de noviembre de 2000 y publicado en el Diario Oficial el 1 de junio de 2002. Por su parte, el Protocolo con la República de Honduras se suscribió con fecha 22 de noviembre de 2005, estando pendiente su entrada en vigor.

En general, la modalidad utilizada en la negociación con Centroamérica corresponde a un enfoque de lista negativa, con la inclusión de Anexos referidos a las medidas disconformes con el Capítulo en materia de trato nacional (Artículo 11.3); trato de la nación más favorecida (Art 11.4); y presencia local (Artículo 11.6). Así, se permite a las Partes mantener medidas disconformes existentes o adoptar en el futuro medidas discriminatorias en algunos sectores, las cuales deben especificarse en los Anexos I (medidas vigentes) y II (medidas futuras), respectivamente. Además, existe un Anexo III en que cada Parte indica sus restricciones cuantitativas no discriminatorias, señalando las disposiciones vigentes que limitan el número de prestadores de servicios o las operaciones de los prestadores de servicios en algún sector en particular.

Como antecedente arancelario, es fundamental tener en consideración que se realiza un acuerdo de cobertura amplia, en el cual prácticamente todos los productos tendrán acceso libre de aranceles a los mercados de las Partes, dentro de un plazo máximo de 20 años en Guatemala y 15 años en Chile. Los productos excluidos en ambos países son recíprocos. Hay productos tales como los en banda de precio en Chile, carnes rojas y de ave, arroz, productos de confitería y chocolatería, entre otros productos. Además, se estableció la consolidación arancelaria para ambas partes así como la posibilidad de acelerar la eliminación en el futuro.

Considerando las exportaciones efectivas a Guatemala, según cifras del año 2007, el 80% de las exportaciones chilenas tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado, desde la entrada en vigencia del Acuerdo. Es un acuerdo ampliamente favorable para Chile en el comercio bilateral con Guatemala. Entre los productos que obtuvieron un acceso inmediato libre de aranceles tenemos los siguientes: frutas frescas (uvas, manzanas, cerezas), conservas de crustáceos y moluscos, vinos, medicamentos para uso humano, guantes para cirugía, etc.

En esta oportunidad, se envía a vuestra consideración el Protocolo Bilateral suscrito entre las Repúblicas de Chile y Guatemala.

II.CONTENIDO.

El Protocolo Bilateral entre las Repúblicas de Chile y Guatemala se estructura sobre la base de siete Artículos y sus respectivos Anexos, que contienen las materias contempladas en el Artículo 21.03 (2) del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, y que se refieren a lo siguiente: el programa de desgravación arancelaria, contemplado en el Anexo 3.04 (2); el tratamiento de los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias contemplado en el Anexo 3.09; restricciones a la importación y a la exportación, contempladas en el Anexo 3.10 (6); las reglas de origen específicas aplicables sólo entre Chile y Guatemala contempladas en el Anexo 4.03; y los Anexos I, II y III del Capítulo 11 sobre Comercio Transfronterizo de Servicios.

1.Programa de Desgravación Arancelaria (Artículo 1°).

En esta disposición, se incorpora como Anexo 3.04 (2), una regulación sobre programas de desgravación arancelaria de Chile y Guatemala.

La aplicación del programa de desgravación arancelaria es gradual.

En cuanto a la desgravación arancelaria que Chile otorgó a Guatemala, un 67% de los productos tendrán acceso inmediato libre de aranceles desde la entrada en vigencia del Acuerdo, quedando en desgravación a 5 años un 13%, en desgravación a 10 años el 10% de los productos, en desgravación a 15 años el 3% y en excepciones un 7%. En términos de las importaciones del 2007, a Chile desde Guatemala, un 18% de ellas podrá ingresar libre de aranceles desde la entrada en vigencia del acuerdo.

A su vez, como resultado de las negociaciones, Guatemala concedió a Chile la desgravación del 52% de sus productos en categoría inmediata, lo que significa que éstos podrán ingresar libres de aranceles desde el primer día de vigencia del Acuerdo. En desgravación a 5 años quedaron un 15% de los productos. En categorías más largas (10 a 20 años), Guatemala otorgó a Chile el 26% de los ítems arancelarios, y en excepciones un 7%.

2.Subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias (Artículo 2°).

En este precepto, se incorpora como Anexo 3.09 del Tratado, regulación sobre los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias.

Se indica que las Partes comparten el objetivo de lograr la eliminación multilateral de los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias. Así, cooperarán en el esfuerzo para lograr un acuerdo en el marco de la OMC.

También se fija una fecha a partir de la cual las Partes no podrán mantener, establecer o reestablecer subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias en este comercio recíproco, la que consiste en la entrada en vigencia del Protocolo.

3.Restricciones a la importación y a la exportación (Artículo 3°)

Este artículo incorpora como Anexo 3.10 (6) del Tratado, medidas de Guatemala sobre Trato Nacional y Restricciones a la importación y a la exportación. Señala que no se aplicarán, entre otros, los controles impuestos sobre la exportación de madera en troza, la exportación de café y sobre la importación de armas.

4.Reglas de origen Específicas (Artículo 4°).

Esta disposición incorpora al Anexo 4.03 del Tratado, sobre reglas de origen específicas, una sección C, contenida por subdivisiones que regulan aspectos tales como animales vivos y productos del reino animal; productos del reino vegetal; grasas y aceites animales o vegetales; productos de las industrias alimentarias; productos de las industrias químicas o de las industrias conexas, entre otros.

5.Servicio Transfronterizo (Artículo 5°).

Esta disposición señala que en los modos de prestación señalados en el término “servicio transfronterizo”, del Artículo 11.01 del Tratado, se regirán por los Anexos I, II y III, así como sus notas interpretativas, que se aplican el Capítulo 11 del Tratado y que por lo demás, se incorporan al final de este Protocolo.

El Capítulo 11 del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, referido al Comercio Transfronterizo de Servicios, regula las disciplinas que otorgan un marco regulatorio común para los países signatarios sobre esta materia. Este Capítulo se rige por los principios de trato nacional, nación más favorecida y no exigencia de presencia local a los proveedores de la otra Parte para prestar un servicio, ampliando los compromisos establecidos en las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay, al incluir casi la totalidad de los sectores de servicios en el Acuerdo.

6.Cláusula de negociaciones futuras (Artículo 6°)

Adicionalmente, en el ámbito del acceso a las inversiones, las Partes acordaron establecer una cláusula de negociación futura que aborde las regulaciones relativas a esta materia.

7.Aplicación del Capítulo 21 del Tratado (Artículo 7°).

Finalmente, se señala que al Protocolo le serán aplicables, en lo que resulte pertinente, lo establecido en el Capítulo 21 del Tratado, que contiene las disposiciones finales.

En mérito de lo precedentemente expuesto, someto a vuestra consideración el siguiente

PROYECTO DE ACUERDO:

“ARTÍCULO ÚNICO.Apruébase el Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile y sus Anexos, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala, en Santiago, el 7 de diciembre del año 2007.”.

Dios guarde a V.E.,

MICHELLE BACHELET JERIA

Presidenta de la República

ALEJANDRO FOXLEY RIOSECO

Ministro de Relaciones Exteriores

MARIGEN HORNKOHL VENEGAS

Ministra de Agricultura

ANDRÉS VELASCO BRAÑES

Ministro de Hacienda

1.2. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores

Cámara de Diputados. Fecha 19 de agosto, 2008. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores en Sesión 88. Legislatura 356.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, ASUNTOS INTERPARLAMENTARIOS E INTEGRACIÓN LATINOAMERICANA SOBRE EL PROYECTO DE ACUERDO APROBATORIO DEL PROTOCOLO BILATERAL AL “TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y CENTROAMÉRICA” Y SUS ANEXOS, SUSCRITO ENTRE CHILE Y GUATEMALA”, EN SANTIAGO, EL 7 DE DICIEMBRE DE 2007.

BOLETÍN Nº 6.019-10.-

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informar, en primer trámite constitucional y sin urgencia, acerca del proyecto de acuerdo aprobatorio del Protocolo enunciado en el epígrafe, cuya finalidad principal es aprobar el Protocolo bilateral suscrito por nuestro país con Guatemala, mediante el cual los Gobiernos de ambos países adicionan el tratado de libre comercio (TLC) entre Chile y Centroamérica, con el objeto de hacer efectiva la ejecución del referido TLC de manera acorde con la relación de intercambio bilateral chileno-guatemalteco, del mismo modo como Chile la ha establecido con Costa Rica, El Salvador y Honduras, sin afectar por ello la aplicación del acuerdo marco común: convenido en el referido TLC.

De este modo se da cumplimiento al artículo 21.03 del TLC, que se prevé su vigencia separada entre Chile y cada país de Centroamérica mientras no se apruebe el protocolo que recoja los requerimientos de la relación bilateral respectiva, principalmente, como lo señala el mensaje, en materias relacionadas con el acceso a mercados de bienes y de servicios. Sólo a partir del trigésimo día siguiente a la ratificación del Protocolo bilateral correspondiente, entrará en vigor el TLC entre Chile y el país centroamericano respectivo.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

Previamente a entrar al fondo del Protocolo, se hace constar, para los efectos reglamentarios, lo siguiente:

1º) Que sus normas no inciden en materias que requieran un quórum especial para su aprobación; sin embargo, ellas deben ser conocidas por la H. Comisión de Hacienda, al tenor de lo dispuesto por la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, por la incidencia que la aplicación de sus normas tendrá en la economía del pais.

2°) Que la Comisión aprobó el proyecto de acuerdo con el voto unánime de los Diputados presentes: señores Accorsi Opazo, don Enrique; Alvarez-Salamanca, don Pedro Pablo; Díaz Díaz, don Marcelo; Fuentealba Vildósola, don Renán (Presidente de la Comisión), León Ramírez, don Roberto, y Moreira Barros, don Iván.

3°) Que Diputado informante se designó al señor Diputado

Moreira Barros, don Iván.

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

1.- El Tratado de Libre Comercio (TLC) celebrado con Centroamérica, del mismo modo que todos los tratados de su tipo, persigue crear una zona de libre comercio entre Chile y los países centroamericanos. En su oportunidad, el Gobierno de la época sostuvo que este TLC constituye, también, una importante herramienta para aumentar y reforzar la expansión del intercambio comercial, incorporando disciplinas comerciales acordes a nuestra relación comercial, y contribuye a la promoción y protección de las inversiones extranjeras y de los servicios transfronterizos, incluidos los servicios de transporte aéreo. Por otra parte, permite adoptar medidas que prohíban prácticas monopólicas, con lo cual propicia un ambiente de sana competencia en el mercado interno, e instaura un sistema general de solución de disputas eficiente y expedito.

En cuanto a las razones técnicas que justifican la celebración de un TLC único entre Chile y los países de Centroamérica, se indicó que los países signatarios han estimado conveniente, entre otros efectos, establecer reglas de origen comunes; permitir la acumulación de controversias surgidas entre distintos países y simplificar la administración del Acuerdo, sin perjuicio de respetar las diferencias propias de cada relación bilateral. Por ello, acordaron establecer mediante el TLC un marco normativo común aplicable a los seis países y, posteriormente, complementado con protocolos bilaterales que sólo se aplicarían entre Chile y el país centroamericano respectivo.

2.- El TLC con Centroamérica (Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua) fue suscrito en 1999; publicado en el Diario Oficial del 14 de febrero de 2002, y hasta la fecha se han celebrado los Protocolos bilaterales correspondientes con Costa Rica, El Salvador y Honduras: Este último, aprobado por el Congreso Nacional chileno; pero aún no así por el Parlamento hondureño.

Ahora, mediante el proyecto en trámite se agrega el Protocolo bilateral suscrito con Guatemala.

3.- Entre las razones que justifican la celebración de este Protocolo, la Dirección de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores (DIRECON), en documento que se encuentra a disposición de los señores Diputados en la Secretaría de la Comisión, señala que se espera que este instrumento se transforme en una herramienta que aumente y diversifique el intercambio comercial de bienes y servicios, a un mercado que en el año 2007 se exportaron 250 millones de dólares, con un intercambio comercial de casi 300 millones de dólares. Destaca, además, que Guatemala es en la actualidad el mayor mercado para Chile en Centroamérica, al cual se exporta una gama diversificada de manufacturas. En consecuencia, es un mercado de gran atractivo para las pequeñas y medianas empresas nacionales, sobre todo a la pequeña industria manufacturera.

4.- Como antecedente arancelario, según el mensaje, es fundamental tener en consideración que mediante este Protocolo se realiza un acuerdo de cobertura amplia, en el cual prácticamente todos los productos tendrán acceso libre de aranceles a los mercados de las Partes, dentro de un plazo máximo de 20 años en Guatemala y 15 años en Chile. Los productos excluidos en ambos países son recíprocos. Hay productos tales como los en banda de precio en Chile: carnes rojas y de ave, arroz, productos de confitería y chocolatería, entre otros. Además, se estableció la consolidación arancelaria para ambas partes así como la posibilidad de acelerar la eliminación en el futuro.

Considerando las exportaciones efectivas a Guatemala, según cifras del año 2007, el 80% de las exportaciones chilenas tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado, desde la entrada en vigencia del Acuerdo. Es un acuerdo ampliamente favorable para Chile en el comercio bilateral con Guatemala. Entre los productos que obtuvieron un acceso inmediato libre de aranceles están las frutas frescas (uvas, manzanas, cerezas), conservas de crustáceos y molusco, vinos, medicamentos para uso humano, guantes para cirugía, entre otros.

5.- El informe financiero del Ministerio de Hacienda señala que la desgravación arancelaria progresiva de las mercancías importadas desde Guatemala, con de un 67% de los productos (equivalentes a un 18% de las importaciones efectivas de 2007) ingresarán libres de aranceles a Chile, desde la vigencia del Protocolo. En una segunda etapa, un 13% de los productos quedarán en desgravación a 5 años; en una tercera etapa, el 10% a 10 años, y, finalmente, el 3% a 15 años, manteniéndose un 7% sin excepciones.

Agrega que el impacto en las finanzas públicas derivado del proceso de desgravación de las importaciones desde Guatemala se expresa en menor recaudación de aranceles y del IVA correspondiente, a contar de su aplicación. Este menor ingreso, calculado sobre la base del comercio efectivo de 2007, alcanza a US$ 938 miles para el primer año de vigencia. En régimen, este costo se eleva a US$ 2.083 miles.

III.- ESTRUCTURA DEL PROTOCOLO EN TRÁMITE.

Este instrumento consta de 7 artículos, que conforme lo previsto en el TLC marco, regulan las materias siguientes:

1º) Programa de desgravación arancelaria (anexo 3.04 (2).

El mensaje señala que la aplicación del programa de desgravación es gradual.

En cuanto a la desgravación arancelaria que Chile otorgó a Guatemala, un 67% de los productos tendrá acceso inmediato libre de aranceles desde la entrada en vigencia del Protocolo; quedando en desgravación a 5 años un 13%, en desgravación a 10 años el 10% de los productos, en desgravación a 15 años el 3% y en excepciones un 7%. En término de las importaciones del 2007, a Chile desde Guatemala, un 18% de ellas podrá ingresar libre de aranceles desde la entrada en vigencia del acuerdo.

A su vez, como resultado de las negociaciones, Guatemala concedió a Chile la desgravación del 52% de sus productos en categoría inmediata, lo que significa que éstos podrán ingresar libres de aranceles desde el primer día de vigencia del Acuerdo. En desgravación a 5 años quedaron un 15% de los productos. En categorías más largas (10 a 20 años), Guatemala otorgó a Chile el 26% de los ítems arancelarios, y en excepciones un 7%.

2º) El tratamiento de los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias (anexo 3.09).

El mensaje señala que las Partes comparten en este ámbito el objetivo de lograr la eliminación multilateral de los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias. Así, cooperarán en el esfuerzo para lograr un acuerdo en el marco de la OMC.

También se fija una fecha a partir de la cual las Partes no podrán mantener, establecer o restablecer subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias en este comercio recíproco, lo que consiste en la entrada en vigencia del Protocolo.

3°) Restricciones a la importación y a la exportación (artículo 3°).

Estas operaciones de comercio exterior no estarán sujetas a controles impuestos sobre la exportación de madera en troza y de café y la importación de armas.

4º) Las reglas de origen específicas especiales aplicables entre Chile y Guatemala (anexo 4.03).

Se regulan en este ámbito aspectos tales como el tratamiento a dar a los animales vivos y productos del reino animal; productos del reino vegetal; grasas y aceites animales o vegetales; productos de las industrias alimentarias; productos de las industrias químicas o de las industrias conexas, entre otras, y

5º) Comercio transfronterizo de servicios (artículo 5°).

Al respecto se regulan disciplinas que otorgan un marco regulatorio común para los países signatarios del TLC con Centroamérica, conforme a los principios de trato nacional, nación más favorecida y no exigencia de presencia local a los proveedores de la otra Parte para prestar un servicio, ampliando los compromisos establecidos en las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay, al incluir casi la totalidad de los sectores de servicios en el Acuerdo.

IV.- DECISIONES DE LA COMISIÓN.

A) Aprobación del proyecto de acuerdo.

La Comisión recibió al señor Andrés Rebolledo, Director de Asuntos Económicos Bilaterales de la Dirección de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien señaló que la negociación con Guatemala estuvo marcada por el principal producto de exportación de dicho país: el azúcar, respecto del cual nuestro país tiene restricciones a través del sistema de banda de precios; negociación que, finalmente, permitió abrir espacios de flexibilidad que permitieron a Chile finiquitar este Protocolo.

Aseveró, además, que Guatemala es el principal mercado para Chile en Centroamérica y que el año 2007 se exportaron 250 millones de dólares en diversos bienes a ese país y se importaron de él una suma, aproximada, a los 50 millones de dólares. Precisó que Chile vende, fundamentalmente, derivados de hidrocarburos, que en un porcentaje de 60% se trata de gasolina. No obstante, destaca que existe una notable variedad de otros productos, participando, aproximadamente, 250 PYMES en este comercio hacia Guatemala, y algunas inversiones chilenas incipientes en dicho país.

Advirtió que el 85% de los productos que Chile exporta a Guatemala quedan desgravados desde la entrada en vigencia de este Protocolo o bien en un plazo de 5 años. Señala que la mayoría de dichos productos recibe un arancel que oscila entre un 10 a 20%.

Precisó que Chile desgravó el componente ad valorem del azúcar, con un proceso de desgravación que culminará el año 2012, con una cuota de exportación de azúcar concedida por Chile. En materia de servicios, sostuvo que ya existen algunos profesionales chilenos que prestan servicios en ese país, especialmente en el ámbito de la ingeniería y de la construcción.

Sostuvo que este protocolo se suma a la ya extensa red de acuerdos comerciales que Chile tiene con América Latina.

Cerrado el debate, la Comisión decidió por la unanimidad de los Diputados presentes indicada en el punto 2 de las constancias reglamentarias, recomendar a la H. Cámara la aprobación del protocolo bilateral en informe, para lo cual sugiere adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo, con modificaciones formales de menor entidad, que no se estima necesario detallar, las cuales son recogidas en el texto que la Comisión propone a continuación.

B) Texto del artículo único del proyecto de acuerdo que la Comisión propone.

El artículo único del proyecto de acuerdo que la Comisión somete a la consideración de la H. Cámara es del tenor siguiente:

"Artículo único.- Apruébase el "Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile", y sus anexos, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala, en Santiago, el 7 de diciembre de 2007.".

===== O =====

Discutido y despachado en sesión del 19 de agosto de 2008, con asistencia de los HH. Diputados Fuentealba Vildósola, don Renán (Presidente de la Comisión); Accorsi Opazo, don Enrique; Alvarez- Salamanca Büchi, don Pedro Pablo; Díaz Díaz, don Marcelo; Errázuriz Eguiguren, don Maximiano; Jarpa Wevar, don Carlos Abel; León Ramírez, don Roberto; y Masferrer Pellizzari, don Juan, y Moreira Barros, don Iván.

SALA DE LA COMISIÓN, a 19 de agosto de 2008.

Federico Vallejos de la Barra,

Abogado Secretario de la Comisión.

1.3. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 08 de octubre, 2008. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 88. Legislatura 356.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO APROBATORIO DEL PROTOCOLO BILATERAL AL “TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y CENTROAMÉRICA” Y SUS ANEXOS, SUSCRITO ENTRE CHILE Y GUATEMALA, EN SANTIAGO, EL 7 DE DICIEMBRE DE 2007. ________________________________________________________

BOLETÍN Nº 6.019-10

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Hacienda pasa a informar el proyecto de acuerdo aprobatorio del Protocolo mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.

La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados por mensaje de S.E. la Presidenta de la República.

Asistieron a la Comisión durante el análisis del proyecto los señores Juan Araya, Asesor del Ministerio de Hacienda; Sebastián Herreros, Jefe del Departamento de América Latina de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores; y las señoras Liselott Kana, Jefa del Departamento Internacional del Servicio de Impuestos Internos, y Carolina Belmar, Asesora de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores.

El propósito de la iniciativa consiste en la aprobación del Protocolo bilateral al tratado de libre comercio (TLC) entre Chile y Centroamérica, suscrito entre el Gobierno de Chile y el de Guatemala.

El referido Protocolo tiene por objeto hacer efectiva la ejecución del TLC de modo acorde con la relación de intercambio bilateral chileno-guatemalteco, cumpliendo así con su artículo 21.03, que prevé una vigencia separada entre Chile y cada país de Centroamérica mientras no se apruebe el protocolo que recoja los requerimientos de la relación bilateral respectiva, principalmente en cuanto al acceso a mercados de bienes y de servicios.

En el mensaje se precisa que se trata de un acuerdo de cobertura amplia, en el cual prácticamente todos los productos tendrán acceso libre de aranceles a los mercados de las Partes, dentro de un plazo máximo de 20 años en Guatemala y 15 años en Chile. Los productos excluidos en ambos países son recíprocos. Hay productos tales como los en banda de precio en Chile, carnes rojas y de ave, arroz, productos de confitería y chocolatería, entre otros productos. Además, se estableció la consolidación arancelaria para ambas partes, así como la posibilidad de acelerar la eliminación en el futuro.

Considerando las exportaciones efectivas a Guatemala, según cifras del año 2007, el 80% de las exportaciones chilenas tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado, desde la entrada en vigencia del Acuerdo. Es un acuerdo ampliamente favorable para Chile en el comercio bilateral con Guatemala. Entre los productos que obtuvieron un acceso inmediato libre de aranceles tenemos los siguientes: frutas frescas (uvas, manzanas, cerezas), conservas de crustáceos y moluscos, vinos, medicamentos para uso humano, guantes para cirugía.

El Protocolo consta de 7 artículos que regulan materias tales como: desgravación arancelaria, subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias, restricciones a la importación y a la exportación, reglas de origen específicas aplicables, y comercio transfronterizo de servicios.

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 11 de julio de 2008, señala que con la desgravación arancelaria progresiva de las mercancías importadas desde Guatemala, el 67% de los productos (equivalentes al 18% de las importaciones efectivas de 2007) ingresarán libre de aranceles a Chile, desde la entrada en vigencia del Protocolo. En una segunda etapa, el 13% de los productos quedarán en desgravación a 5 años; en una tercera etapa, el 10% a 10 años, y, finalmente, el 3% a 15 años, manteniéndose el 7% en excepciones.

Se agrega que el impacto en las finanzas públicas derivado del proceso de desgravación de las importaciones desde Guatemala se expresa en menor recaudación de aranceles y del IVA correspondiente, a contar de su aplicación.

En consideración a lo antes dicho y sobre la base del comercio efectivo de 2007, el impacto financiero para el Fisco de este proyecto es de US$ 938 miles para el primer año de vigencia. En régimen, el costo aumenta a US$ 2.083 miles.

En el debate de la Comisión el señor Juan Araya recordó que en 1999 se firmó un Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica, con carácter de tratado marco, que incluyó a los Gobiernos de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua. Señaló que se pactó entonces que la desgravación arancelaria debía negociarse bilateralmente, lo cual dio origen al Protocolo en cuestión.

Puntualizó que el 7% en excepciones corresponde a productos más sensibles para Chile, como el caso del azúcar.

La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento del acuerdo aprobatorio del Protocolo por la incidencia que su aplicación pueda tener en la economía del país, al tenor de los dispuesto en la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

Teniendo presente los antecedentes de la iniciativa y las consideraciones expuestas en la Comisión, fueron revisados los artículos pertinentes y sometido a votación el artículo único del proyecto de acuerdo propuesto por la Comisión Técnica, siendo aprobado por 6 votos a favor y una abstención.

Tratado y acordado en sesión de fecha 7 de octubre de 2008, con la asistencia de los Diputados señores Tuma, don Eugenio (Presidente); Delmastro, don Roberto; Dittborn, don Julio; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel, y Robles, don Alberto.

Se designó Diputado Informante al señor DITTBORN, don JULIO.

SALA DE LA COMISIÓN, a 8 de octubre de 2008.

JAVIER ROSSELOT JARAMILLO

Abogado Secretario de la Comisión

1.4. Discusión en Sala

Fecha 30 de octubre, 2008. Diario de Sesión en Sesión 94. Legislatura 356. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

PROTOCOLO BILATERAL AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y CENTROAMÉRICA SUSCRITO ENTRE CHILE Y GUATEMALA. Primer trámite constitucional.

El señor ENCINA (Presidente).-

Corresponde ocuparse del proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, aprobatorio del protocolo bilateral al tratado de libre comercio entre Centroamérica y Chile suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala, en

Santiago , el 7 de diciembre de 2007.

Diputados informantes de las comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, y de Hacienda, son los señores Osvaldo Palma y Julio Dittborn , respectivamente.

Antecedentes:

Mensaje, 601910, sesión 58ª, en 6 de agosto de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 2.

Primeros informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, y de Hacienda, sesión 88ª, en 14 de octubre de 2008. Documentos de la Cuenta Nºs 12 y 13, respectivamente.

El señor ENCINA (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores.

El señor PALMA.-

Señor Presidente, en representación de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, paso a informar sobre el proyecto de acuerdo aprobatorio del protocolo bilateral al tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica, suscrito entre las Repúblicas de Chile y Guatemala. Mediante la iniciativa, los gobiernos de ambos países adicionan el tratado de libre comercio (TLC) entre Chile y Centroamérica, con el objeto de hacer efectiva su ejecución de manera acorde con la relación de intercambio bilateral chileno guatemalteco, del mismo modo como Chile la ha establecido con Costa Rica, El Salvador y Honduras, sin afectar por ello la aplicación del acuerdo marco común convenido en el TLC señalado.

De este modo se da cumplimiento a las disposiciones del tratado de libre comercio, que contemplan su vigencia separada entre Chile y cada país de Centroamérica mientras no se apruebe el protocolo que recoja los requerimientos de la relación bilateral respectiva, principalmente, como lo señala el mensaje, en materias relacionadas con el acceso a mercados de bienes y servicios.

Para los efectos reglamentarios, hago constar que las normas del protocolo en informe no inciden en materias que requieran un quórum especial para su aprobación.

Además, el proyecto de acuerdo se aprobó con el voto unánime de los diputados presentes en la Comisión.

Entre las razones que justifican la celebración de este protocolo, la Dirección de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Direcon , en documento que se encuentra a disposición de los señores diputados en la Secretaría de la Comisión, señala que se espera que este instrumento se transforme en una herramienta que aumente y diversifique el intercambio comercial de bienes y servicios a un mercado al que, en 2007, se exportaron 250 millones de dólares, con un intercambio comercial de casi 300 millones de dólares. Destaca que Guatemala es el mayor mercado para Chile en Centroamérica, al cual se exporta una gama diversificada de manufacturas. En consecuencia, es un mercado de gran atractivo para las pequeñas y medianas empresas nacionales, sobre todo para la pequeña industria manufacturera.

Como antecedente arancelario, según el mensaje, es fundamental considerar que mediante este protocolo se realiza un acuerdo de cobertura amplia, en el cual prácticamente todos los productos tendrán acceso libre de aranceles a los mercados de las partes, dentro de un plazo máximo de 20 años en Guatemala y 15 años en Chile. Los productos excluidos en ambos países son recíprocos. Hay productos tales como los que figuran en banda de precio en Chile: carnes rojas y de ave, arroz, productos de confitería y chocolatería. Además, se estableció la consolidación arancelaria para ambas partes, así como la posibilidad de acelerar la eliminación en el futuro.

Considerando las exportaciones efectivas a Guatemala, según cifras de 2007, el 80 por ciento de las exportaciones chilenas tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado, desde la entrada en vigencia del Acuerdo.

En el comercio bilateral con Guatemala, el acuerdo es ampliamente favorable para Chile. Entre los productos que obtuvieron acceso inmediato libre de aranceles están frutas frescas (uvas, manzanas, cerezas), conservas de crustáceos y moluscos, vinos, medicamentos para uso humano, guantes para cirugía, entre otros.

En cuanto a la desgravación arancelaria que Chile otorgó a Guatemala, 67 por ciento de los productos tendrá acceso libre de aranceles en forma inmediata, desde la entrada en vigencia del protocolo. Quedan en desgravación, a 5 años, 13 por ciento de los productos; a 10 años, 10 por ciento, a 15 años, 3 por ciento, y en excepciones, 7 por ciento. En términos de las importaciones de 2007, 18 por ciento ingresará libre de aranceles desde la entrada en vigencia del acuerdo.

A su vez, como resultado de las negociaciones, Guatemala concedió a Chile la desgravación del 52 por ciento de sus productos en categoría inmediata, lo que significa que éstos podrán ingresar libres de aranceles desde el primer día de vigencia del Acuerdo. En desgravación a 5 años quedó el 15 por ciento de los productos. En categorías más largas (diez a veinte años), Guatemala otorgó a Chile el 26 por ciento de los ítems arancelarios, y en excepciones, 7 por ciento.

El mensaje señala que las partes comparten el objetivo de lograr la eliminación multilateral de los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias. Así, cooperarán en el esfuerzo para lograr un acuerdo en el marco de la Organización Mundial de Comercio, OMC.

También se fija una fecha a partir de la cual las partes no podrán mantener, establecer o restablecer subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias en este comercio recíproco, lo que consiste en la entrada en vigencia del protocolo.

Estas operaciones de comercio exterior no estarán sujetas a controles impuestos sobre la exportación de madera en troza y de café, y la importación de armas.

Reglas de origen específicas especiales aplicables entre Chile y Guatemala.

Se regulan en este ámbito aspectos tales como el tratamiento que se dará a los animales vivos y productos del reino animal; productos del reino vegetal; grasas y aceites animales o vegetales; productos de las industrias alimentarias; productos de las industrias químicas o de las industrias conexas, entre otras.

Comercio transfronterizo de servicios. Al respecto, se regulan disciplinas que otorgan un marco regulatorio común para los países signatarios del TLC con Centroamérica, conforme a los principios de trato nacional, nación más favorecida y no exigencia de presencia local a los proveedores de la otra parte para prestar un servicio, ampliando los compromisos establecidos en las negociaciones multilaterales de la Ronda de

Uruguay, al incluir casi la totalidad de los sectores de servicios en el acuerdo.

La Comisión recibió al señor Andrés Rebolledo , director de Asuntos Económicos Bilaterales de la Dirección de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien señaló que la negociación con Guatemala estuvo marcada por el azúcar, principal producto de exportación de dicho país, respecto del cual nuestro país tiene restricciones a través del sistema de banda de precios. Finalmente, la negociación permitió abrir espacios de flexibilidad que permitieron a Chile finiquitar este protocolo.

Aseveró que Guatemala es el principal mercado para Chile en Centroamérica y que en 2007 se exportaron 250 millones de dólares en diversos bienes a ese país y se importó de él una suma aproximada a los 50 millones de dólares. Precisó que Chile vende, fundamentalmente, derivados de hidrocarburos, que en un porcentaje de 60 por ciento se trata de gasolina. No obstante, destaca que existe una notable variedad de otros productos, participando cerca de 250 pequeñas y medianas empresas en este comercio hacia Guatemala, y algunas inversiones chilenas incipientes en dicho país.

Advirtió que el 85 por ciento de los productos que Chile exporta a Guatemala quedan desgravados desde la entrada en vigencia de este protocolo o bien en un plazo de 5 años. Señaló que la mayoría de dichos productos recibe un arancel que oscila entre 10 y 20 por ciento.

Precisó que Chile desgravó el componente ad valorem del azúcar, con un proceso de desgravación que culminará en 2012, con una cuota de exportación de azúcar concedida por Chile. En materia de servicios, sostuvo que ya existen algunos profesionales chilenos que prestan servicios en ese país, especialmente en el ámbito de la ingeniería y de la construcción.

Sostuvo que este protocolo se suma a la ya extensa red de acuerdos comerciales que Chile tiene con América Latina.

Cerrado el debate, la Comisión decidió por unanimidad recomendar a la honorable Cámara la aprobación del protocolo bilateral en informe, para lo cual sugiere adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo, con modificaciones formales de menor entidad, que son recogidas en el texto que se propone en el informe escrito que los honorables colegas tienen a su disposición.

He dicho.

El señor ENCINA (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.

El señor DITTBORN.-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de acuerdo aprobatorio del protocolo bilateral al tratado de libre comercio suscrito entre Chile y Centroamérica .

Como recordarán los señores diputados, hace algunos años Chile firmó un tratado de libre comercio con varios países centroamericanos, entre ellos, Costa Rica, El Salvador, Guatemala , Honduras y Nicaragua, el cual tuvo el carácter de tratado marco. Se pactó en ese momento que la desgravación arancelaria individual de Chile con cada uno de esos países se trataría bilateralmente, lo cual dio origen al protocolo en cuestión.

El proyecto en discusión aprueba el protocolo bilateral de la negociación de Chile con uno de esos países: Guatemala.

Como dije, este protocolo tiene por objeto hacer efectiva la ejecución de este tratado de libre comercio de modo acorde con la relación de intercambio bilateral entre Chile y

Guatemala, con lo que se da cumplimiento a su artículo 21.03, que prevé una vigencia separada entre Chile y cada país de Centroamérica.

En el mensaje se precisa que se trata de un acuerdo de cobertura amplia, en el cual prácticamente todos los productos tendrán acceso libre de aranceles a los mercados de las partes, dentro de un plazo máximo de veinte años en Guatemala y de quince años en Chile. Los productos excluidos en ambos países son recíprocos. Entre ellos figuran los que están en banda de precio en Chile, como carnes rojas y de ave, arroz, y de confitería y chocolatería, entre otros. Además, se estableció la consolidación arancelaria para ambas partes, así como la posibilidad de acelerar su eliminación en el futuro.

Considerando las exportaciones efectivas a Guatemala, según cifras del año 2007, el 80 por ciento de las exportaciones chilenas tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado desde la entrada en vigencia del acuerdo. Es un acuerdo ampliamente favorable para Chile en el comercio bilateral con

Guatemala. Entre los productos que obtuvieron acceso inmediato libre de aranceles tenemos los siguientes: frutas frescas, como uvas, manzanas y cerezas; conservas de crustáceos y moluscos, vinos, medicamentos para uso humano, guantes para cirugía.

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos con fecha 11 de julio de 2008, señala que con la desgravación arancelaria progresiva de las mercancías importadas desde Guatemala, el 67 por ciento de los productos, equivalentes al 18 por ciento de las importaciones efectivas de 2007, ingresarán libre de aranceles a Chile desde la entrada en vigencia del protocolo; en una segunda etapa, el 13 por ciento de los productos quedarán en desgravación a cinco años; en una tercera etapa, el 10 por ciento, a diez años, y finalmente, el 3 por ciento, a quince años, manteniéndose el 7 por ciento entre las excepciones que mencioné.

En consideración a lo dicho y sobre la base del comercio efectivo de 2007, el impacto financiero de este proyecto para el fisco es de 938 mil dólares para el primer año de vigencia. En régimen, el costo aumenta a 2.083.000 dólares al año.

Es cuanto tengo que informar.

He dicho.

El señor ENCINA (Presidente).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado señor Renán Fuentealba .

El señor FUENTEALBA.-

Señor Presidente, en 1999, Chile firmó un tratado de libre comercio con Costa Rica, El Salvador, Guatemala , Honduras y Nicaragua, que se ha ejecutado a través de protocolos bilaterales suscritos con Costa Rica, El Salvador y Honduras, aprobados por el Congreso Nacional. Por consiguiente, falta aprobar los respectivos instrumentos con Guatemala y Nicaragua, y hoy estamos abocados al primero de ellos.

Quiero resaltar la importancia política que, para el país, reviste Centroamérica . En su conjunto, siempre ha sido un aliado de las políticas chilenas en los organismos multilaterales, particularmente en la Organización de las Naciones Unidas y en la Organización de Estados Americanos. Ha respaldado postulaciones de personeros chilenos a importantes cargos en organismos como los que cité y en algunas agencias de las Naciones Unidas.

En consecuencia, Chile está permanentemente en deuda con esos países de Centroamérica y, por lo tanto, debe preocuparse más de ese territorio.

Hoy la Presidenta de la República se encuentra visitando Centroamérica . Ayer estuvo en Costa Rica, sede de un organismo tremendamente importante para la defensa de los derechos humanos, y hoy está en El Salvador.

En el pasado, Chile ha cooperado intensamente con muchos de esos países. Muchas policías centroamericanas han sido formadas fruto de la cooperación de Carabineros de Chile. La Agencia de Cooperación Internacional, que depende del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha otorgado becas y desarrollado proyectos de cooperación bilateral con muchos de los países del sector.

La suscripción de este protocolo apunta en el sentido de dar a esa región la importancia que merece.

El instrumento en estudio tiene relevancia comercial. Con Guatemala existe un intercambio de 300 millones de dólares. Chile exporta a ese país alrededor de 250 millones de dólares e importa de él 50 millones de dólares. Se trata de un mercado emergente y el principal para los productos chilenos en Centroamérica.

El comercio bilateral con Guatemala se realiza fundamentalmente con la participación de pequeñas y medianas empresas. En efecto, existen más de 250 pequeñas y medianas empresas que exportan productos al mercado guatemalteco, lo que es relevante y digno de destacar.

Queremos que en esta materia exista una acción mucho mayor y más profunda de parte del Gobierno para incentivar la conformación de pequeñas y medianas empresas centroamericanas y chilenas en cada uno de los países que componen esa región, de manera de aprovechar los beneficios que significan para Chile haber suscrito tratados de libre comercio con más de 60 países.

En consecuencia, es absolutamente justificada la aprobación del proyecto de acuerdo aprobatorio del referido protocolo, que viene a poner en marcha el tratado de libre comercio con Centroamérica en lo que dice relación con la República de Guatemala.

He dicho.

El señor ENCINA (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo .

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente, sin duda alguna, los tratados de libre comercio han sido un aporte para el desarrollo de nuestra economía. Eso es indiscutible. Las cifras y los hechos así lo demuestran.

Pero, aprovechando la presencia del ministro de Relaciones Exteriores subrogante, deseo expresar que, a mi juicio, en este acuerdo nuevamente han quedado excluidos productos que son la base de la economía de la zona que represento. Me refiero específicamente a los productos cárneos.

Debido a eso, considero que a futuro todos estos proyectos aprobatorios de protocolos bilaterales de tratados de libre comercio debieran incluir en sus anexos las excepciones que, en este caso, alcanzan al 7 por ciento de los productos. Ello significará añadir un par de hojas más al informe, pero debe hacerse para el mejor conocimiento de los parlamentarios y como respaldo de sus intervenciones, sobre todo cuando, por ejemplo, no tienen la oportunidad de asistir al trabajo de la Comisión.

Por lo tanto, hago la solicitud formal sobre el punto.

Pido una respuesta del señor canciller en relación con mis interrogantes. Quiero saber si, por ejemplo, dentro de las excepciones figuran los productos lácteos.

Hago la consulta porque, curiosamente, Venezuela, país cercano a Centroamérica, es uno de los importadores interesantes de nuestros productos lácteos, y América Central también tiene la posibilidad de ingresar nuestros productos, especialmente carnes y lácteos. Pero resulta que en este acuerdo, por lo menos las carnes figuran como excluidas de la internación sin arancel.

Por eso, señor Presidente, no puedo dejar de manifestar mis interrogantes.

Me alegra mucho que, respecto de este tipo de acuerdos, la mayoría de los productos del país están en una buena posición. No obstante, es preciso reparar que la producción de Chile es muy diversa en productos. En ese sentido, llama la atención que algunos que son la base de la economía de ciertas regiones siempre resultan excluidos en los acuerdos. Me refiero en especial a las carnes y a productos agrícolas tradicionales del sur de Chile, no de la zona central.

Finalmente, anuncio mi voto favorable al proyecto.

He dicho.

El señor ENCINA (Presidente).-

Tiene la palabra el ministro de Relaciones Exteriores, subrogante, señor Alberto van Klaveren .

El señor VAN KLAVEREN (ministro de Relaciones Exteriores subrogante).-

Señor Presidente, en verdad ambos informes fueron muy completos y, por lo tanto, es muy poco lo que se puede agregar.

El protocolo complementario que se aprobaría con Guatemala es el corolario de nuestro acuerdo con América Central. En ese sentido, como expresaron varios diputados, se trata de un instrumento fundamental y representa un aspecto complementario de toda la política que hemos seguido con Centroamérica.

Deseo responder a una inquietud formulada por el honorable señor Jaramillo en cuanto a la inclusión de algunos productos agrícolas de la zona sur. El acuerdo con Guatemala libera de manera inmediata de restricciones arancelarias a una serie de productos agrícolas muy propios de la zona central, sobre todo del área frutícola. Pero también hay una consideración especial para productos lácteos leche en polvo, leche condensada, queso y mantequilla, respecto de los cuales logramos acordar una cuota inicial conjunta de 1.520 toneladas, que aumentará a 1.860 en cinco años.

Es un avance. Aquí se abren perspectivas, sobre todo para las exportaciones de productos lácteos, que han tenido un desarrollo muy notable en los últimos años gracias a la red de acuerdos de libre comercio que Chile ha logrado negociar.

Por supuesto, nuestros negociadores tienen el mismo mandato respecto de los productos cárneos, pero en algunos tratados la negociación es mucho más difícil. Así ha sido en el caso concreto de Guatemala. Sin embargo, reitero, en el área de los productos lácteos hemos tenido un avance muy significativo y, por lo tanto, se abre un nuevo mercado para los exportadores de la zona sur.

Gracias, señor Presidente.

He dicho.

El señor ENCINA (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.

El señor ENCINA (Presidente).-

Aprobado.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Allende Bussi Isabel ; Pérez San Martín Lily ; Álvarez Zenteno Rodrigo ; Araya Guerrero Pedro ; Arenas Hödar Gonzalo ; Barros Montero Ramón ; Bauer Jouanne Eugenio ; Becker Alvear Germán ; Bertolino Rendic Mario ; Bobadilla Muñoz Sergio ; Cardemil Herrera Alberto ; Chahuán Chahuán Francisco ; Delmastro Naso Roberto ; Díaz Díaz Marcelo ; Dittborn Cordua Julio ; Duarte Leiva Gonzalo ; Egaña Respaldiza Andrés ; Eluchans Urenda Edmundo ; Errázuriz Eguiguren Maximiano ; Espinoza Sandoval Fidel ; Farías Ponce Ramón ; Fuentealba Vildósola Renán ; Galilea Carrillo Pablo ; Girardi Briere Guido ; Godoy Ibáñez Joaquín ; Goic Boroevic Carolina ; Hales Dib Patricio ; Hernández Hernández Javier ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Kast Rist José Antonio ; Lobos Krause Juan ; Martínez Labbé Rosauro ; Melero Abaroa Patricio ; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel ; Montes Cisternas Carlos ; Mulet Martínez Jaime ; Muñoz D’Albora Adriana ; Norambuena Farías Iván ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Ojeda Uribe Sergio ; Olivares Zepeda Carlos ; Ortiz Novoa José Miguel ; Palma Flores Osvaldo ; Pérez Arriagada José ; Rubilar Barahona Karla ; Sepúlveda Hermosilla Roberto ; Silber Romo Gabriel ; Sunico Galdames Raúl ; Ulloa Aguillón Jorge ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Valcarce Becerra Ximena ; Valenzuela Van Treek Esteban ; Verdugo Soto Germán ; Vidal Lázaro Ximena .

Se abstuvo la diputada señora:

Sepúlveda Orbenes Alejandra .

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 30 de octubre, 2008. Oficio en Sesión 64. Legislatura 356.

?VALPARAÍSO, 30 de octubre de 2008

Oficio Nº 7780

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del Mensaje, Informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE ACUERDO:

"Artículo único.- Apruébase el "Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile", y sus anexos, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala, en Santiago, el 7 de diciembre de 2007.".

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO ENCINA MORIAMEZ

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores

Senado. Fecha 17 de marzo, 2009. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores en Sesión 36. Legislatura 357.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, aprobatorio del Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala.

BOLETÍN Nº 6.019-10

__________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros el proyecto de acuerdo de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. la Presidenta de la República, de fecha 27 de mayo de 2008.

Se dio cuenta de esta iniciativa ante la Sala del Honorable Senado en sesión celebrada el 4 de noviembre de 2008, donde se dispuso su estudio por las Comisiones de Relaciones Exteriores y por la de Hacienda.

- - -

Asimismo, cabe señalar que, por tratarse de un proyecto de artículo único, en conformidad con lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, vuestra Comisión os propone discutirlo en general y en particular a la vez.

- - -

ANTECEDENTES GENERALES

1.- Antecedentes Jurídicos.- Para un adecuado estudio de esta iniciativa, se tuvieron presentes las siguientes disposiciones constitucionales y legales:

a) Constitución Política de la República. En su artículo 54, Nº 1), entre las atribuciones exclusivas del Congreso Nacional, el constituyente establece la de "Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación.".

b) Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, promulgada por decreto supremo Nº 381, promulgada por decreto supremo Nº 381, de 5 de mayo de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 22 de junio de 1981.

c) Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica, promulgado mediante decreto supremo N° 14, de 18 de enero de 2002, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial el 14 de febrero del mismo año.

2.- Mensaje de S.E. el Presidente de la República.- Hace presente el Mensaje que el 14 de febrero del año 2002, fue publicado en el Diario Oficial, previa aprobación del Congreso Nacional, el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, adoptado entre los Gobiernos de la Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Chile, suscrito en Ciudad de Guatemala el 18 de octubre del año 1999.

Agrega que el artículo 21.03 (2) de dicho Tratado, estableció un mecanismo de entrada en vigencia progresiva del mismo, con el objeto de recoger la voluntad de los países signatarios en orden a establecer, por una parte, un ámbito normativo común para todos los países y, por otra, un conjunto de disposiciones que deberían ser negociadas y tratadas en forma bilateral entre Chile y cada uno de los países signatarios centroamericanos.

Añade el Ejecutivo que el Tratado entrará en vigor, separadamente, entre Chile y cada país de Centroamérica, una vez verificadas las condiciones fijadas en el mismo. Estas condiciones son: suscribir un protocolo que refleje la culminación de la negociación bilateral, en materias principalmente de acceso a mercados de bienes y un capítulo de comercio de servicios, y haber realizado el intercambio de los instrumentos de ratificación que certifiquen que han concluido las formalidades jurídicas necesarias con relación al Tratado y al respectivo protocolo bilateral. El trigésimo día contado a partir de la fecha en que se hayan verificado tales presupuestos, el Tratado entrará en vigor entre Chile y el correspondiente país centroamericano.

Indica que desde la fecha de publicación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, se han suscrito tres Protocolos Bilaterales, de los cuales dos han entrado en vigor. El primero, con la República de Costa Rica, que fue aprobado y publicado en conjunto con el texto del Tratado de Libre Comercio. El segundo, con la República de El Salvador, suscrito el 30 de noviembre de 2000 y publicado en el Diario Oficial el 1 de junio de 2002. Precisa el Mensaje que el Protocolo con la República de Honduras, suscrito el 22 de noviembre de 2005, no ha entrado en vigor.

El Mensaje agrega que, en general, la modalidad utilizada en la negociación con Centroamérica corresponde a un enfoque de lista negativa, con la inclusión de Anexos referidos a las medidas disconformes con el Capítulo en materia de trato nacional (artículo 11.3); trato de la nación más favorecida (artículo 11.4); y presencia local (artículo 11.6). Así, se permite a las Partes mantener medidas disconformes existentes o adoptar en el futuro medidas discriminatorias en algunos sectores, las cuales deben especificarse en los Anexos I (medidas vigentes) y II (medidas futuras), respectivamente. Además, existe un Anexo III en que cada Parte indica sus restricciones cuantitativas no discriminatorias, señalando las disposiciones vigentes que limitan el número de prestadores de servicios o las operaciones de los prestadores de servicios en algún sector en particular.

Señala el Ejecutivo que, como antecedente arancelario, es fundamental tener en consideración que se realiza un acuerdo de cobertura amplia, en el cual prácticamente todos los productos tendrán acceso libre de aranceles a los mercados de las Partes, dentro de un plazo máximo de 20 años en Guatemala y 15 años en Chile. Los productos excluidos en ambos países son recíprocos. Hay productos tales como los incluidos en banda de precio en Chile, carnes rojas y de ave, arroz, productos de confitería y chocolatería, entre otros. Además, se estableció la consolidación arancelaria para ambas partes así como la posibilidad de acelerar la eliminación de los aranceles en el futuro.

Por último, considera el Mensaje que de las exportaciones efectivas de Chile a Guatemala, según cifras del año 2007, el 80% tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado, desde la entrada en vigencia del Acuerdo. Añade que es un acuerdo ampliamente favorable para Chile en el comercio bilateral con Guatemala. Entre los productos que obtuvieron un acceso inmediato libre de aranceles se encuentran los siguientes: frutas frescas (uvas, manzanas, cerezas), conservas de crustáceos y moluscos, vinos, medicamentos para uso humano, guantes para cirugía, etc.

3.- Tramitación ante la Honorable Cámara de Diputados.- Se dio cuenta del Mensaje Presidencial, en la Honorable Cámara de Diputados, el día 6 de agosto de 2008, donde se dispuso su análisis por parte de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana. Posteriormente fue enviado también a la Comisión de Hacienda.

La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, estudió la materia en sesión efectuada el día 19 de agosto de 2008, aprobando por unanimidad el proyecto en estudio.

Posteriormente, con fecha 7 de octubre de 2008, la Comisión de Hacienda conoció este proyecto, siendo aprobado por unanimidad.

Finalmente, la Sala de la Honorable Cámara de Diputados, en sesión realizada el día 30 de octubre de 2008, aprobó el proyecto, en general y en particular, por 57 votos a favor, ninguno en contra y 1 abstención.

4.- Instrumento Internacional.- Este Tratado se estructura sobre la base de siete artículos y sus respectivos Anexos, que contienen las materias contempladas en el artículo 21.03 (2) del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, y que se refieren a lo siguiente: el programa de desgravación arancelaria, contemplado en el Anexo 3.04 (2); el tratamiento de los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias contemplado en el Anexo 3.09; restricciones a la importación y a la exportación, contempladas en el Anexo 3.10 (6); las reglas de origen específicas aplicables sólo entre Chile y Guatemala contempladas en el Anexo 4.03; y los Anexos I, II y III del Capítulo 11 sobre Comercio Transfronterizo de Servicios.

En el artículo 1°, se incorpora como Anexo 3.04 (2), una regulación sobre programas de desgravación arancelaria de Chile y Guatemala. La aplicación del programa de desgravación arancelaria es gradual.

En cuanto a la desgravación arancelaria que Chile otorgó a Guatemala, un 67% de los productos tendrán acceso inmediato libre de aranceles desde la entrada en vigencia del Acuerdo, quedando en desgravación a 5 años un 13%, en desgravación a 10 años el 10% de los productos, en desgravación a 15 años el 3% y en excepciones un 7%. En términos de las importaciones del 2007, a Chile desde Guatemala, un 18% de ellas podrá ingresar libre de aranceles desde la entrada en vigencia del acuerdo.

A su vez, como resultado de las negociaciones, Guatemala concedió a Chile la desgravación del 52% de sus productos en categoría inmediata, lo que significa que éstos podrán ingresar libres de aranceles desde el primer día de vigencia del Acuerdo. En desgravación a 5 años quedaron un 15% de los productos. En categorías más largas (10 a 20 años), Guatemala otorgó a Chile el 26% de los ítems arancelarios, y en excepciones un 7%.

En el artículo 2°, se incorpora como Anexo 3.09 del Tratado, la regulación sobre los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias.

Indica que las Partes comparten el objetivo de lograr la eliminación multilateral de los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias. Así, cooperarán en el esfuerzo para lograr un acuerdo en el marco de la OMC.

Fija una fecha a partir de la cual las Partes no podrán mantener, establecer o reestablecer subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias en este comercio recíproco, la que consiste en la entrada en vigencia del Protocolo.

El artículo 3° incorpora como Anexo 3.10 (6) del Tratado, medidas de Guatemala sobre trato nacional y restricciones a la importación y a la exportación. Señala que no se aplicarán, entre otros, los controles impuestos sobre la exportación de madera en troza, la exportación de café y sobre la importación de armas.

El artículo 4° agrega al Anexo 4.03 del Tratado, sobre reglas de origen específicas, una sección C, contenida por subdivisiones que regulan aspectos tales como animales vivos y productos del reino animal; productos del reino vegetal; grasas y aceites animales o vegetales; productos de las industrias alimentarias; productos de las industrias químicas o de las industrias conexas, entre otros.

El artículo 5° señala que los modos de prestación señalados en el término “servicio transfronterizo”, del artículo 11.01 del Tratado, se regirán por los Anexos I, II y III, así como sus notas interpretativas, que se aplican el Capítulo 11 del Tratado y que por lo demás, se incorporan al final de este Protocolo.

El Capítulo 11 del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, referido al comercio transfronterizo de servicios, regula las disciplinas que otorgan un marco regulatorio común para los países signatarios sobre esta materia. Este Capítulo se rige por los principios de trato nacional, nación más favorecida y no exigencia de presencia local a los proveedores de la otra Parte para prestar un servicio, ampliando los compromisos establecidos en las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay, al incluir casi la totalidad de los sectores de servicios en el Acuerdo.

Adicionalmente, en el ámbito del acceso a las inversiones, las Partes, en el artículo 6°, acordaron establecer una cláusula de negociación futura que aborde las regulaciones relativas a esta materia.

Finalmente, el artículo 7° señala que al Protocolo le serán aplicables, en lo que resulte pertinente, lo establecido en el Capítulo 21 del Tratado, que contiene las disposiciones finales.

5.- Informe de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales.- El informe de DIRECON es del siguiente tenor:

“1. Razones para un Protocolo Bilateral Chile-Guatemala

En octubre del año 1999, Guatemala suscribió junto con Costa Rica, El Salvador, Nicaragua y Honduras, el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica. La entrada en vigencia de este TLC es en forma bilateral a través de la suscripción de Protocolos con cada uno de los países. De esta manera, en el año 2002 entraron en vigencia los Protocolos Bilaterales con Costa Rica y con El Salvador, y en noviembre de 2005 se suscribió el Protocolo Bilateral con Honduras, que entró en vigencia el 19 de julio de 2008. Sin embargo, la negociación del Protocolo Bilateral entre Chile y Guatemala se vio postergada durante años, principalmente por el tema del azúcar.

Esta situación tuvo un vuelco positivo con motivo de la visita de Estado que en marzo de 2007 hiciera la Presidenta Michelle Bachelet a Guatemala, y a raíz de la cual se impulsó a los equipos negociadores de ambos países a retomar las conversaciones. Así se logró en pocos meses un exitoso cierre de las negociaciones, que concluyeron con la firma del Protocolo entre ambos países, el 7 de diciembre de 2007, en Santiago de Chile.

La firma de este Protocolo con Guatemala viene a ratificar la voluntad política de Chile por profundizar las relaciones con Centroamérica y es consistente con la línea de trabajo que nuestro país ha realizado durante los últimos años, de ir concretando y completando la red de acuerdos comerciales en la región.

Se espera que el Protocolo Bilateral entre Chile y Guatemala se transforme en una herramienta que aumente y diversifique el intercambio comercial de bienes y servicios, a un mercado al que en el año 2007 se exportaron 250 millones de dólares, con un intercambio comercial de casi 300 millones de dólares. Cabe destacar que Guatemala es en la actualidad el mayor mercado para Chile en Centroamérica, al cual exportamos una gama diversificada de manufacturas. En consecuencia, es un mercado de gran atractivo para las pequeñas y medianas empresas nacionales, sobre todo a la pequeña industria manufacturera. Con la entrada en vigor del protocolo se tendrá un mayor y mejor acceso a este importante mercado. En suma, con este Tratado se reconoce una historia de buenas relaciones mutuas y al mismo tiempo se han colocado las bases para potenciar a niveles superiores las relaciones económicas entre Chile y Guatemala.

2. Comercio Exterior de Guatemala

2.1 Breve reseña de la economía

El año 2007 la economía guatemalteca experimentó un crecimiento del 5,7%, siguiendo la tendencia del año anterior y con un crecimiento notablemente superior a los años anteriores.

La economía de Guatemala ha mantenido su modelo vinculado a la exportación, con un intercambio comercial creciente, y una balanza comercial deficitaria. En el año 2007 las exportaciones llegaron a 6.900 millones de dólares, cifra un 14,5% superior al año anterior. Por su parte, las importaciones totalizaron 13.578 millones de dólares, cifra un 13% superior al año anterior.

La Tabla N° 1 describe los principales indicadores socioeconómicos de Guatemala para los últimos cuatro años.

Para el 2008 se estima [1] que la actividad económica de Guatemala, medida por el Producto Interno Bruto, PIB, en términos reales, registre un crecimiento de 5,3%, tasa inferior a la de 2007.

El comportamiento previsto en la actividad económica de dicho país se fundamenta, en un entorno menos favorable, derivado de la desaceleración que experimentaría la economía de los principales socios comerciales de Guatemala y de elevados precios internacionales del petróleo y sus derivados. En tal sentido, según el Fondo Monetario Internacional (FMI), se espera que en conjunto, las economías de la región centroamericana, Panamá y República Dominicana muestren un menor dinamismo, al pasar de 5,8% en el 2007 a 5,0% en el año 2008.

2.2 Comercio Exterior

En los últimos diez años, las exportaciones de Guatemala han pasado de 2.300 millones de dólares el año 1997 a 6.900 millones de dólares en el año 2007. Por su parte, las importaciones pasaron de 3.800 millones de dólares el año 1997 a 13.600 millones de dólares el año 2007.

Los 10 principales productos exportados por Guatemala el año 2007 representaron el 54% del total exportado por dicho país al mundo. Entre éstos se pueden mencionar: artículos de vestuario (20%), café (8%), azúcar (5%), banano (4%) y petróleo (4%). En Anexo I se detallan las principales exportaciones de Guatemala al mundo para 2006 y 2007.

Los 10 principales productos importados por Guatemala el año 2007 representaron el 60% del total importado por el país centroamericano desde el mundo. Entre los principales se encuentran: derivados de petróleo (16%), máquinas y aparatos mecánicos para usos electrotécnicos (9%), vehículos y material de transporte (8%), materiales plásticos y sus manufacturas (6%) y materiales textiles (5%). En Anexo II se detallan las principales importaciones de Guatemala desde el mundo para 2006 y 2007.

2.3 Exportaciones e importaciones por mercados

Estados Unidos

Estados Unidos es el primer socio comercial de Guatemala, tanto en exportaciones como importaciones. Con un total exportado el año 2007 de 2.900 millones de dólares y un total importado de 4.600 millones, se mantiene una Balanza Comercial negativa, tal como ha sido a través de los años. Los principales productos exportados fueron: artículos de vestuario, café, banano y petróleo. Por su parte, los principales productos importados fueron: derivados de petróleo, máquinas y aparatos mecánicos para usos electrotécnicos.

Centroamérica

Es el segundo socio comercial de Guatemala, tanto en exportaciones como importaciones. Con un total exportado el año 2007 de 1.900 millones de dólares y un total importado de 1.300 millones de dólares. Los principales productos exportados fueron: materiales plásticos y sus manufacturas, productos farmacéuticos, productos de perfumería, materiales textiles y preparados a base de cereales. Por su parte, los principales productos importados fueron: materiales plásticos, manufacturas de papel, preparados a base de cereales hierro y gas propano.

Dentro de los países centroamericanos el principal destino de exportación de Guatemala fue El Salvador, seguido de Honduras y en tercer lugar Costa Rica. Para el caso de las importaciones, el primer lugar lo ocupa El Salvador, seguido de Costa Rica y en tercer lugar Honduras.

México

Es el tercer socio comercial de Guatemala, con una balanza comercial notoriamente cargada hacia México. El año 2007, mientras las exportaciones a México llegaron a 460 millones de dólares, las importaciones, por su parte, ascendieron a 1.180 millones de dólares. Los principales productos exportados fueron: materiales plásticos y sus manufacturas, productos farmacéuticos, productos de perfumería, materiales textiles y preparados a base de cereales. Por su parte, los principales productos importados fueron: materiales plásticos, manufacturas de papel, preparados a base de cereales hierro y gas propano.

Unión Europea

Este bloque es el cuarto socio comercial de Guatemala, con una balanza comercial negativa que el año 2007 llegó a 680 millones de dólares. El total exportado por Guatemala a la UE en ese año, fue de 370 millones de dólares, mientras las importaciones llegaron a 1000 millones de dólares. Los principales productos exportados fueron: café, preparados de carne, pescado, crustáceos y moluscos, bebidas y tabaco. Por su parte, los principales productos importados fueron: máquinas y aparatos mecánicos para usos electrotécnicos, vehículos y material de transporte, productos diversos de la industria química y productos farmacéuticos.

En la Tabla N° 2 se detallas las exportaciones e importaciones de los principales mercados de Guatemala.

2.4 Negociaciones comerciales Vigentes

-TLC entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana, vigente desde el 1º de julio de 2006.

-TLC entre Triángulo Norte[2] y México, vigente desde el 15 de marzo de 2001.

-TLC entre Guatemala y Taiwán, vigente desde 1º de julio de 2006.

-Por ratificar

-TLC entre Triángulo Norte y Colombia, suscrito el 9 de agosto de 2007.

-Protocolo Bilateral entre Guatemala y Chile, suscrito el 7 de diciembre de 2007.

-TLC entre Guatemala y Panamá, suscrito el 26 de febrero de 2008.

-En negociación

-Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (3 Rondas, 14 -18 de julio de 2008 se realizará la IV Ronda)

-TLC entre CARICOM y Centroamérica, sin Costa Rica (1 Ronda)

-Acuerdos de Alcance Parcial

-Colombia, Cuba, Panamá y Venezuela

-Acuerdos de Inversión

-Argentina, Chile, Corea, Cuba, Ecuador, España, Francia, Holanda, República Checa, Suecia, Suiza y Taiwán.

3. Intercambio Comercial Chile-Guatemala

Guatemala ocupa el lugar número 31 dentro de los destinos de exportaciones chilenas, y el número 47, dentro de los mercados origen de las importaciones de Chile desde el mundo.

Las exportaciones chilenas a Guatemala crecieron un 64% entre 2006 y 2007, mientras las importaciones, lo hicieron en más de un 500%. En resumen, el intercambio comercial creció en un 86% en dicho período. El explosivo crecimiento de las importaciones guatemaltecas se debió principalmente al azúcar, que subió de los 900 mil dólares importados en el año 2006, a 35 millones de dólares en el año 2007.

Dentro de los principales productos exportados de Chile a Guatemala durante el año 2007, se encuentran: las demás gasolinas excepto para aviación (36%), gasolina para vehículos terrestres sin plomo de 95 octanos (23%), monedas sin curso legal (3%), cartulinas (3%) y gasolina para vehículos terrestres sin plomo de 90 octanos (3%).

Dentro de los principales productos importados por Chile desde Guatemala se encuentran: azúcar de caña (79%), cauchos (13%), látex de caucho natural (2%), los demás cauchos naturales (2%) y los demás recipientes (1%).

En Anexo III se encuentran los listados de los principales productos exportados e importados entre Chile y Guatemala para el año 2007.

Las exportaciones de Chile a Guatemala representaron un 0,4% del total exportado por Chile al mundo, mientras las importaciones, por su parte, representaron un 0,1 % del total importado por Chile el año 2007.

En cuanto al número de productos y de empresas, podemos señalar que en el comercio de Chile con Guatemala, el año 2007 se exportaron 605 productos por un total de 297 empresas.

- Exportaciones de PYMEX

En cuanto a las exportaciones de pequeñas y medianas empresas, se tiene que para el año 2006, hubo un total de 125 PYMEX[3] chilenas exportando a Guatemala, lo cual representó un 40% del número total de empresas exportadoras ese año.

La Tabla N° 3b detalla las principales exportaciones de PYMEX por sectores para los años 2006 y 2007.

- Exportaciones por región

La Región de Valparaíso ocupa el primer lugar como origen de exportaciones chilenas a Guatemala, seguida por la Región del Bío Bío y en tercer lugar la Región Metropolitana.

Los principales productos exportados por la Región de Valparaíso fueron: las demás gasolinas excepto para aviación (43%), gasolina para vehículos terrestres (36%) y monedas sin curso legal (7%).

Los principales productos exportados por la Región del Bío Bío fueron: las demás gasolinas excepto para aviación (57%), gasolina para vehículos terrestres (25%) y monedas de pino insigne aserradas (7%).

Los principales productos exportados por la Región Metropolitana fueron: torres y castilletes de fundición de hierro y acero (15%), neumáticos nuevos de caucho de los tipos utilizados en autobuses y camiones (7%) y neumáticos nuevos de caucho de los tipos utilizados en automóviles de turismo (5%).

En Anexo IV se detallan las exportaciones para todas las regiones de Chile a Guatemala el año 2007.

- Guatemala en el contexto del Comercio Chile-Centroamérica

Desde el año 2001 a la fecha, Guatemala ha sido el principal destino de exportaciones chilenas al bloque centroamericano, con un nivel de exportaciones que se ha multiplicado por 10 desde el año 1999 al año 2007.

Asimismo, si se analiza la situación de las exportaciones chilenas a Centroamérica, desde la entrada en vigencia de los Protocolos Bilaterales con Costa Rica y El Salvador, es decir, desde el año 2002 al año 2007, se tiene que éstas han crecido en un 165% y 354%, respectivamente. Esto da pie a pensar que, una vez que entre en vigencia el Protocolo Bilateral con Guatemala, las exportaciones chilenas a ese mercado, tienen un potencial de crecimiento aún mayor que aquél que han tenido hasta la fecha.

Para el caso de las importaciones, también ha sido Guatemala el principal socio comercial de Chile en Centroamérica, con cifras que han crecido continuamente a través de los años, llegando el año 2007 a triplicarse las importaciones del año 1999.

4. Inversiones directas de capitales chilenos

Inversiones Directas de empresas chilenas en Guatemala.

Las inversiones directas de empresas chilenas en Guatemala actualmente se encuentran acotadas a sólo dos proyectos[4]:

-Plycem Construsistemas Guatemala S.A., desarrollado por MASISA S.A. (Forestal Terranova Internacional S.A., Grupo Nueva). No existe información sobre los montos asociados a esta inversión.

-En septiembre de 2007, Laboratorios Andrómaco S.A. adquirió el 100% de las acciones de la sociedad guatemalteca “Importadora de Productos Farmacéuticos S.A.”, IPROFASA. El monto total.

5. Protocolo Bilateral entre Chile y Guatemala en el marco del TLC Chile –Centroamérica

Tal como se ha mencionado antes en este documento, el presente Protocolo Bilateral, que se enmarca en el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Chile y Centroamérica, será una herramienta que aumentará y diversificará el intercambio comercial de bienes y servicios, incorporando modernas disciplinas comerciales, que favorecerán un funcionamiento de los operadores económicos más transparente y fluido.

El Protocolo Bilateral entre las Repúblicas de Chile y Guatemala se estructura sobre la base de siete artículos y sus respectivos Anexos, que contienen las materias contempladas en el Artículo 21.03 (2) del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, y que se refieren a lo siguiente: el programa de desgravación arancelaria, contemplado en el Anexo 3.04 (2); el tratamiento de los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias; las reglas de origen específicas aplicables sólo entre Chile y Guatemala; y a los Anexos I, II y III del Capítulo 11 sobre Comercio Transfronterizo de Servicios.

5.1 Comercio de Bienes

Chile tuvo en el año 2007 un intercambio comercial con Guatemala que alcanzó los US$ 293 millones, con una balanza comercial superavitaria que llegó a los US$ 204 millones.

Este es un acuerdo de cobertura amplia, en el cual prácticamente todos los productos tendrán acceso libre de aranceles a los mercados de las Partes, dentro de un plazo máximo de 20 años en Guatemala y 15 años en Chile. Los productos excluidos en ambos países son recíprocos. Hay productos tales como los sujetos al sistema de bandas de precios, carnes rojas y de ave, arroz, productos de confitería y chocolatería, entre otros, que se encuentran exceptuados de la desgravación arancelaria.

Además, se estableció la consolidación arancelaria para ambas partes, así como la posibilidad de acelerar la eliminación en el futuro. En el ámbito no arancelario, se adoptó el compromiso de no imponer medidas para-arancelarias que puedan afectar el comercio entre los países signatarios. También se estableció el compromiso de eliminar los subsidios a la exportación de productos agrícolas entre los socios y promover su eliminación en el ámbito multilateral.

- Evaluación de la Desgravación Arancelaria de Guatemala a Chile

Guatemala concedió a Chile la desgravación del 52% de sus productos en categoría inmediata, lo que significa que estos podrán ingresar libres de aranceles desde el primer día de vigencia del Acuerdo. En desgravación a 5 años quedaron un 15% de los productos, en categorías más largas (15 y 20 años), Guatemala otorgó a Chile el 26% de los ítems arancelarios y en excepciones un 7%. Por su parte, considerando las exportaciones efectivas a Guatemala, según cifras del año 2007, el 80% de las exportaciones chilenas tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado, desde la entrada en vigencia del Acuerdo. Es un acuerdo ampliamente favorable para Chile en el comercio bilateral con Guatemala.

Entre los productos que obtuvieron un acceso inmediato libre de aranceles tenemos los siguientes: frutas frescas (uvas, manzanas, cerezas), conservas de crustáceos y moluscos, vinos, medicamentos para uso humano, guantes para cirugía, etc.

Situación productos emblemáticos de Chile

En Anexo V se detalla la situación de los 100 principales productos exportados de Chile a Guatemala con su preferencia arancelaria.

- Evaluación de la Desgravación Arancelaria de Chile a Guatemala

En cuanto a la desgravación arancelaria que Chile otorgó a Guatemala, un 67% de los productos tendrán acceso inmediato libre de aranceles desde la entrada en vigencia del Acuerdo, quedando en desgravación a 5 años un 13%, en desgravación a 10 años el 10% de los productos, en desgravación a 15 años el 3% y en excepciones un 7%. En términos de las importaciones del 2007 de Chile desde Guatemala, un 18% de ellas podrá ingresar libre de aranceles desde la entrada en vigencia del acuerdo.

En Anexo VI se detalla la situación de los 100 principales productos importados a Chile desde Guatemala con su preferencia arancelaria.

- Tema Azúcar

Actualmente el arancel chileno (Nación Más Favorecida) para el azúcar, es de 6% ad valorem +/- un arancel específico derivado del sistema de bandas de precios.

El piso del mecanismo de las bandas de precios para el azúcar vigente en Chile, comenzará a disminuir a partir del 01/12/07, desde US$ 310 FOB por tonelada, hasta llegar a los US$ 238 FOB por tonelada, en diciembre del año 2013.

Con Guatemala se desgravó sólo el componente ad valorem del arancel (esto es, el 6%).

Por otro lado, cabe destacar que Guatemala dispone también de una cuota de 16.700 toneladas anuales para exportar azúcar libre de aranceles a Chile. Esta cuota se le otorgó como compensación, por el alza del arancel consolidado de Chile para el azúcar, en la OMC el año 2001.

Por último, Chile, en función de compromisos internos con los industriales, tiene una cuota de 30.000 toneladas libre de gravámenes para las importaciones de mezclas de azúcar y otra de 15.000 toneladas para la importación de azúcar pura. Tal como lo señala la Resolución N° 4.062 los únicos que pueden hacer uso de estas cuotas son los industriales.

- Normas de Origen

En este Acuerdo se establecen las Normas de Origen Específicas a nivel bilateral, las cuales corresponden a un 30% del universo arancelario, esto a raíz que en el Acuerdo marco está negociado el resto de las Normas Específicas que son de carácter general.

Las disciplinas referidas a las Normas de Origen están establecidas en el Capítulo 4 del Acuerdo marco entre Chile y Centro América y los criterios de calificación de origen fueron los siguientes:

-Totalmente obtenidos o producidos en el territorio de una o más Partes

-Valor de Contenido Regional

-Cambio de Clasificación arancelaria

En cuanto a Certificación de Origen esta se efectúa mediante auto certificación.

5.2 Servicios

El Capítulo 11 del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica, regula el comercio de servicios transfronterizos, con o sin movimiento del proveedor o consumidor del servicio, incluyendo los cuatro modos de prestación.

Se tuvo como referente los respectivos Capítulos de Servicios contenidos en tratados bilaterales suscritos anteriormente bajo el enfoque de lista negativa, así como el Acuerdo General sobre Comercio de Servicios de la OMC, ampliando los compromisos establecidos en las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay, al incluir casi la totalidad de los sectores de servicios en el Acuerdo.

El Capítulo establece un marco regulatorio común para los países signatarios para la prestación de servicios transfronterizos a través de las disciplinas de trato nacional, nación más favorecida y la no obligación de presencia local. En los Anexos I y II las Partes establecen ciertas excepciones a los principios señalados. A este respecto, el Anexo I agrupa todas las medidas existentes que estén en disconformidad con las obligaciones del Capítulo; y el Anexo II señala aquellos sectores especialmente sensibles, respecto de los cuales las Partes se reservan el derecho de adoptar nuevas medidas disconformes con las obligaciones del capítulo. Además, existe un Anexo III en que cada Parte indica sus restricciones cuantitativas no discriminatorias, señalando las disposiciones vigentes que limitan el número de prestadores de servicios o las operaciones de los prestadores de servicios en algún sector en particular.

Adicionalmente se crean reglas específicas relativas de los servicios profesionales cuyo objetivo es fijar las bases para un eventual reconocimiento de títulos. También se crea un Comité para que las Partes traten las materias pertinentes del Capítulo.

Por último, en el ámbito de las inversiones, las Partes acordaron establecer una cláusula de negociación futura que aborde las regulaciones relativas a esta materia.

6. Conclusiones

Este TLC permite ir completando la red de acuerdos comerciales de Chile en Centroamérica, y concretamente con nuestro principal mercado en la región. Entrando este Protocolo Bilateral en vigencia, solamente restaría concluir las negociaciones con Nicaragua, que se retomaron en mayo de 2008.

Gracias a las mejores condiciones de acceso, favorecidas por el TLC, se podrán potenciar las exportaciones uno de los sectores más beneficiados con el acuerdo, como es el agroalimentario. Gracias a esta negociación, se ha conseguido apertura en sectores relevantes para nuestro país. Es el caso del sector lácteo, para el cual hoy en día Guatemala es un mercado pequeño, pero creciente, con exportaciones que crecieron en un 53% entre el año 2006 y 2007 (Anexo VII). Esto sienta un precedente a pensar que existe mayor potencial de crecimiento gracias a la presente negociación de este Protocolo.

La entrada en vigencia del presente Acuerdo, nos permitirá asimismo, recuperar posiciones competitivas frente a otros países con los que ha negociado Guatemala, en particular con Estados Unidos.

En suma, con este Tratado se reconoce una historia de buenas relaciones mutuas y se colocan las bases para potenciar a niveles superiores las relaciones económicas entre Chile y Guatemala.

ANEXOS

ANEXO V

- - -

DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Puesto en discusión el proyecto, los miembros presentes de la Comisión consideraron que el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito en el año 1999, estableció un mecanismo de entrada en vigencia progresiva del mismo, fijando por una parte un ámbito normativo común para todos los países signatarios, esto es, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Chile, y por otra, un conjunto de disposiciones que deberían ser negociadas en forma bilateral entre Chile y cada uno de los países centroamericanos signatarios

Tuvieron asimismo en especial consideración también que hasta la fecha se han suscrito los respectivos Protocolos con Costa Rica, El Salvador, Honduras y ahora con Guatemala, restando solamente hacerlo con Nicaragua.

Sometido a votación, el proyecto de acuerdo fue aprobado, en general y en particular, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Kuschel, Larraín, Pizarro.

- - -

En consecuencia, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de proponeros que aprobéis el proyecto de acuerdo en informe, en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO:

"Artículo único.- Apruébase el "Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile", y sus anexos, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala, en Santiago, el 7 de diciembre de 2007.".

- - -

Acordado en sesión celebrada el día 17 de marzo de 2009, con asistencia de los Honorables Senadores señores Jorge Pizarro Soto (Presidente), Carlos Ignacio Kuschel Silva y Hernán Larraín Fernández.

Sala de las Comisión, a 17 de marzo de 2009.

JUAN PABLO DURÁN GONZÁLEZ

Secretario Accidental

RESUMEN EJECUTIVO

_____________________________________________________________

INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, aprobatorio del Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala.

(Boletín Nº 6.019-10)

I.PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Implementar, respecto de Guatemala, el Tratado de Libre Comercio con Centroamérica.

II.ACUERDO: aprobado en general y en particular por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión (3x0).

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: artículo único que aprueba el Convenio que, a su vez, se estructura sobre la base de siete artículos y sus respectivos Anexos.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No tiene.

V.URGENCIA: No tiene.

VI.ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de S.E. la señora Presidente de la República, enviado a la Cámara de Diputados.

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: en general y en particular, por cincuenta y siete votos a favor, ninguno en contra y una abstención.

IX.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 4 de noviembre de 2008.

X.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe. Pasa a la Comisión de Hacienda.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: decreto supremo N° 14, de 18 de enero de 2002, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y publicado el 14 de febrero del mismo año, que promulga el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica.

Valparaíso, 17 de marzo de 2009.

JUAN PABLO DURÁN GONZÁLEZ

Secretario Accidental

[1] Banco de Guatemala: “Perspectivas Económicas para 2008-2009 y Propuesta de Política Monetaria Cambiaria y Crediticia para.
[2] Guatemala El Salvador y Honduras.
[3] Definición de ProChile: “PyMEX son todas aquellas empresas con facturación anual entre US$ 60 mil y US$ 7.5 millones y que hayan exportado al menos US$ 1”.
[4] Recientemente atendiendo a condiciones de mercado fue vendido el Banco de Antigua hasta ese momento propiedad del Holding Financiero Altas Cumbres con presencia en las ciudades de Guatemala ciudad Escuintla y Quetzaltenango. Era el 10º banco más importante de América Central con más de 1.000 empleados. Situación similar ocurrió con el proyecto que celulosa Arauco mantenía en ese país.

2.2. Informe de Comisión de Hacienda

Senado. Fecha 27 de julio, 2009. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 36. Legislatura 357.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, aprobatorio del Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala.

BOLETÍN Nº 6.019-10

__________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de informar acerca del proyecto de acuerdo de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. la Presidenta de la República.

- - -

A la sesión en que la Comisión conoció este proyecto de acuerdo, asistieron, en calidad de invitadas, de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores (DIRECON), la Jefa del Departamento América Latina, señora Francisca Zapata, y la asesora señora Daniela Montañola.

- - -

El proyecto de acuerdo en informe fue estudiado previamente por la Comisión de Relaciones Exteriores.

Cabe señalar que dicha Comisión hizo presente en su informe que, por tratarse de un proyecto que consta de un artículo único, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, propone discutir la iniciativa en general y en particular a la vez, proposición que hace suya vuestra Comisión de Hacienda.

- - -

DISCUSIÓN

La Jefa del Departamento América Latina de la DIRECON, señora Francisca Zapata, explicó que el protocolo bilateral sobre que recae el proyecto de acuerdo se inserta en el contexto del tratado de libre comercio marco suscrito entre Chile y Centroamérica, que comprende, además de Guatemala, a Costa Rica, Honduras, El Salvador y Nicaragua. De estos cuatro últimos países, con los tres primeros ya se encuentra vigente el tratado, mientras que con Nicaragua aún se mantienen negociaciones.

Mientras las distintas disciplinas, agregó, ya fueron establecidas en el tratado marco, lo que el protocolo bilateral contiene son materias específicas que posibilitarán aumentar y diversificar el intercambio comercial de bienes y servicios, teniendo en cuenta que Guatemala es el principal destino de exportaciones de Chile a Centroamérica, que alcanzaron a US$ 249.111 miles el año 2007. De dichas exportaciones, las principales corresponden a gasolinas, debiendo considerarse, además, el enorme potencial de exportación de varios productos agropecuarios, que si bien tienen un arancel promedio de 9,7%, en el caso de las manzanas variedad royal gala, por ejemplo, cuentan con arancel base 25 y desgravación inmediata.

Las importaciones, a su turno, que en 2007 ascendieron a US$ 44.524, corresponden mayoritariamente a azúcar que ingresa en base al sistema de cuotas. De esta forma, de las 60.000 toneladas de azúcar que Chile importa, 16.700 son de origen guatemalteco, que ingresan sin arancel y sin derecho específico.

Sometido a votación, el proyecto de acuerdo fue aprobado, en general y en particular, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Matthei y señores Escalona, García y Sabag.

- - -

FINANCIAMIENTO

El Informe Financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, con fecha 11 de julio de 2008, señala, de manera textual, lo siguiente:

“1.- El presente proyecto constituye un Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica, cuya parte normativa fuera suscrita el 18 de octubre de 199, por Chile, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.

2.- El mencionado Protocolo contempla desgravación arancelaria progresiva de las mercancías importadas desde Guatemala, donde un 67% de los productos (equivalentes a un 18% de las importaciones efectivas de 2007) ingresarán libres de aranceles a Chile, desde la entrada en vigencia del acuerdo. En una segunda etapa, un 13% de los productos quedarán en desgravación a 5 años; en una tercera etapa, el 10% a 10 años y finalmente, el 3% a 15 años, manteniéndose un 7% en excepciones.

3.- El impacto en las finazas públicas derivado del proceso de desgravación de las importaciones desde Guatemala se expresa en menor recaudación de aranceles y del Impuesto al Valor Agregado correspondiente, a contra de su aplicación. Este menor ingreso, calculado sobre la base del comercio efectivo de 2007, alcanza a US$ 938 miles para el primer año de vigencia. En régimen, este costo se eleva a US$ 2.083 miles.”.

En consecuencia, el proyecto de acuerdo en referencia no producirá desequilibrios macroeconómicos ni incidirá negativamente en la economía del país.

- - -

En mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponeros la aprobación del proyecto de acuerdo en informe, en los mismos términos en que lo hizo la Comisión de Relaciones Exteriores, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO:

"Artículo único.- Apruébase el "Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile", y sus anexos, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala, en Santiago, el 7 de diciembre de 2007.".

- - -

Acordado en sesión celebrada el día 14 de julio de 2009, con asistencia de los Honorables Senadores señora Evelyn Matthei Fornet (Presidenta) y señores Camilo Escalona Medina, José García Ruminot y Hosaín Sabag Castillo.

Sala de las Comisión, a 27 de julio de 2009.

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario de Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, aprobatorio del Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala.

(Boletín Nº 6.019-10)

I.PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Implementar, respecto de Guatemala, el Tratado de Libre Comercio con Centroamérica.

II.ACUERDO: aprobado en general y en particular por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión (4x0).

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: artículo único que aprueba el Convenio que, a su vez, se estructura sobre la base de siete artículos y sus respectivos Anexos.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V.URGENCIA: no tiene.

VI.ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de S.E. la señora Presidente de la República, enviado a la Cámara de Diputados.

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: en general y en particular, por cincuenta y siete votos a favor, ninguno en contra y una abstención.

IX.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 4 de noviembre de 2008.

X.TRÁMITE REGLAMENTARIO: informe de la Comisión de Hacienda.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Constitución Política de la República. En su artículo 54, Nº 1), entre las atribuciones exclusivas del Congreso Nacional, el constituyente establece la de "Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación.".

- Decreto supremo N° 14, de 18 de enero de 2002, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado el 14 de febrero del mismo año, que promulga el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica.

Valparaíso, 27 de julio de 2009.

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario de Comisión

2.3. Discusión en Sala

Fecha 12 de agosto, 2009. Diario de Sesión en Sesión 41. Legislatura 357. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

PROTOCOLO CON GUATEMALA PARA IMPLEMENTACIÓN DE TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON CENTROAMÉRICA

El señor NOVOA ( Presidente ).-

Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, aprobatorio del Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito por los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala, con informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda.

--Los antecedentes sobre el proyecto (6019-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de acuerdo:

En segundo trámite, sesión 64ª, en 4 de noviembre de 2008.

Informes de Comisión:

Relaciones Exteriores, sesión 36ª, en 29 de julio de 2009.

Hacienda, sesión 36ª, en 29 de julio de 2009.

El señor NOVOA (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-

El objetivo principal de la iniciativa es implementar respecto de Guatemala el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica.

La Comisión de Relaciones Exteriores transcribe en su informe el documento elaborado por la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales respecto del Protocolo Bilateral Chile-Guatemala, en el que se detalla el intercambio comercial de bienes y servicios entre ambos países, evidenciándose que Guatemala es un mercado de gran atractivo para las pequeñas y medianas empresas nacionales, sobre todo para la pequeña industria manufacturera.

Dicha Comisión aprobó en general y en particular el proyecto de acuerdo por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Kuschel, Larraín y Pizarro), en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.

Por su parte, la Comisión de Hacienda le dio idéntica aprobación por la unanimidad de sus integrantes presentes (Senadores señora Matthei y señores Escalona, García y Sabag).

--Conforme a lo resuelto, se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo (28 votos), quedando despachado en este trámite.

Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Allamand, Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Coloma, Flores, García, Gazmuri, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Letelier, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Naranjo, Novoa, Núñez, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Romero, Sabag, Vásquez y Zaldívar.

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 12 de agosto, 2009. Oficio en Sesión 66. Legislatura 357.

?Valparaíso, 12 de agosto de 2009.

Nº 733/SEC/09

A S.E. El Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Guatemala, correspondiente al Boletín Nº 6.019-10.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 7.780 de 30 de octubre de 2008.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JOVINO NOVOA VÁSQUEZ

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S.E. La Presidenta de la República. Fecha 13 de agosto, 2009. Oficio

?VALPARAISO, 13 de agosto de 2009

Oficio Nº 8280

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE ACUERDO:

"Artículo único.- Apruébase el "Protocolo Bilateral al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile", y sus anexos, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala, en Santiago, el 7 de diciembre de 2007.".

Dios guarde a V.E.

ALFONSO VARGAS LYNG

Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación del Decreto Supremo en Diario Oficial

4.1. Decreto Nº 87

Tipo Norma
:
Decreto 87
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1015931&t=0
Fecha Promulgación
:
17-03-2010
URL Corta
:
http://bcn.cl/2czjy
Organismo
:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Título
:
PROMULGA EL PROTOCOLO BILATERAL Y SUS ANEXOS CON GUATEMALA AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y CHILE
Fecha Publicación
:
05-08-2010

PROMULGA EL PROTOCOLO BILATERAL Y SUS ANEXOS CON GUATEMALA AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y CHILE

    Núm. 87.- Santiago, 17 de marzo de 2010.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República y la ley 18.158.

    Considerando:

    Que con fecha 18 de octubre de 1999 se suscribió, en Ciudad de Guatemala, el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica, adoptado entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, el cual fue aprobado por el Congreso Nacional según consta en el oficio Nº 3.450, de 1 de agosto de 2001, de la Honorable Cámara de Diputados, publicado en el Diario Oficial de 14 de febrero de 2002.

    Que con fecha 7 de diciembre de 2007 se suscribió, en Santiago, entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Guatemala el Protocolo Bilateral y sus Anexos al mencionado Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica.

   

    Que dicho Acuerdo fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 8.280, de 13 de agosto de 2009, de la Honorable Cámara de Diputados.

    Que el Canje de los Instrumentos de Ratificación del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica y el Protocolo Bilateral con la República de Guatemala a dicho Tratado de Libre Comercio, se efectuó el 21 de febrero de 2010, en la ciudad de Tikal.

    Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 21.03, numeral 1, del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica, éste y el Protocolo Bilateral con la República de Guatemala entrarán en vigor internacional el 23 de marzo de 2010.

    Decreto:

    Artículo único: Promúlgase el Protocolo Bilateral y sus Anexos al Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica, suscrito entre los Gobiernos de la República de Chile y de Guatemala, en Santiago, el 7 de diciembre de 2007; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley Nº 18.158.

    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.

    Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Roberto Araos Sánchez, Consejero, Director General Administrativo (S).