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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 20.075

Prorroga aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante el año 2005 para el año 2006, y establece un mecanismo de compensación.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 11 de octubre, 2005. Mensaje en Sesión 52. Legislatura 353.

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE PRORROGA LA APLICACION DE LOS COEFICIENTES DE DISTRIBUCION DEL FONDO COMUN MUNICIPAL VIGENTES DURANTE EL AÑO 2005 PARA EL AÑO 2006, Y ESTABLECE UN MECANISMO DE COMPENSACION.

SANTIAGO, octubre 11 de 2005.

MENSAJE Nº 310-353/

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a consideración del H. Congreso Nacional, un proyecto de ley destinado a prorrogar la aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante el año 2005, para el año 2006, y establecer un mecanismo de compensación de los ingresos municipales para ese mismo año.

I.ANTECEDENTES.

El Fondo Común Municipal está definido en el Artículo 122 de la Constitución Política de la República como un “mecanismo de redistribución solidaria de los ingresos propios entre las municipalidades del país”. Asimismo, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su Artículo 14, confiere a este instrumento la función de “garantizar el cumplimiento de los fines de las municipalidades y su adecuado funcionamiento”.

El análisis de la información histórica sobre el funcionamiento del Fondo Común Municipal, incluyendo una evaluación de los cambios en su composición y una revisión de su distribución, ha permitido identificar una serie de falencias que requieren de tratamiento legislativo para su solución.

El Gobierno, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, y la Asociación Chilena de Municipalidades, han avanzado en la formulación de una propuesta de modificaciones a la actual estructura de distribución del Fondo Común Municipal. Sin embargo, la discusión técnica y jurídica que tal propuesta requiere en el proceso de tramitación legislativa, no permitiría su aplicación a contar del 1 de enero próximo.

En efecto, el rediseño del Fondo Común Municipal es un trabajo complejo, que demandará de un análisis exhaustivo y profundo de su contendido, cuestión que resulta prácticamente imposible en el período legislativo que resta antes de la fecha en que debe comenzar a regir.

Por ello, sin perjuicio de presentar a ese H. Congreso Nacional una iniciativa de rediseño del Fondo Común Municipal e iniciar su discusión y tramitación, para que rija a contar del 1 de enero de 2007, el Gobierno considera necesario que durante el año 2006 se mantenga el régimen actualmente vigente para la distribución del referido Fondo.

De esta forma, se busca garantizar que las distintas municipalidades del país reciban del Fondo Común Municipal, durante el año 2006, a lo menos, una cantidad de recursos similar a aquélla que percibieron durante este año 2005.

Con tal objeto, el proyecto de ley que someto a vuestra consideración establece, además, para el caso de ser necesario, un mecanismo de compensación, con cargo al propio Fondo Común Municipal, que asegure, en definitiva, el propósito señalado en el párrafo anterior.

Además, la prórroga de los actuales coeficientes y la consiguiente mantención de la participación de los distintos municipios en la distribución del Fondo permitirá, durante el año 2006, evaluar de forma adecuada el impacto que sobre las finanzas municipales tendrán las recientemente despachadas modificaciones a la ley sobre rentas municipales, cuestión que ciertamente debe reflejarse convenientemente en el diseño del Fondo Común Municipal que ha de regir a contar del año 2007.

II.CONTENIDO DEL PROYECTO.

El proyecto consta de un artículo único, cuyo inciso primero dispone que los coeficientes de distribución del 90% y del 10% del Fondo Común Municipal para el año 2006, serán los mismos del año 2005.

En otras palabras, el mecanismo de distribución de los recursos del Fondo Común Municipal será, para el año 2006, el mismo utilizado durante el año 2005, calculado en la forma que establece el artículo 38 del Decreto Ley 3.063, de 1979, sobre rentas municipales.

Por su parte, el inciso segundo del artículo único establece compensaciones para los municipios que, por aplicación de los coeficientes antes señalados, vieren reducidas las cantidades estimadas a recibir del Fondo Común Municipal en el año 2006 en relación a las cantidades percibidas de dicho Fondo durante el año 2005, cubriendo dicha compensación el cien por ciento de la eventual reducción de ingresos. Asimismo, señala el mecanismo de cálculo de las cantidades a compensar.

El inciso tercero dispone que la determinación del monto de las respectivas compensaciones para el año 2006, así como de las oportunidades en que éstas serán distribuidas, se efectuará mediante un Decreto Supremo expedido por el Ministerio del Interior, el que llevará además la firma del Ministro de Hacienda. Este mismo inciso establece que la compensación se financiará con cargo al Fondo Común Municipal

En consecuencia, y en mérito de lo expuesto, tengo el honor de someter a consideración del H. Congreso Nacional, el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo Único.- Durante el año 2006, los coeficientes de distribución del 90% y del 10% del Fondo Común Municipal, serán aquéllos vigentes durante el año 2005.

Las municipalidades que por aplicación de los coeficientes antes señalados vieren reducidas las cantidades estimadas a recibir del Fondo Común Municipal en el año 2006 en relación a las cantidades percibidas de dicho Fondo durante el año 2005, recibirán una compensación que cubra el cien por ciento de la reducción de ingresos. La referida reducción se calculará considerando los recursos municipales percibidos por cada municipio con cargo al Fondo durante el año 2005, según información proporcionada por el Servicio de Tesorerías, en relación con los recursos a percibir durante el año 2006 por aplicación de los coeficientes señalados en el inciso precedente.

Mediante Decreto Supremo expedido a través del Ministerio del Interior, el que llevará además la firma del Ministro de Hacienda, se determinará el monto de la compensación para el año 2006, a percibir por cada municipio que en dicho año viere reducida su participación en el Fondo, según lo previsto en el inciso anterior, así como las fechas de su entrega por el Servicio de Tesorerías. Esta compensación se financiará con cargo al Fondo Común Municipal.”.

Dios guarde a V.E.,

FRANCISCO VIDAL SALINAS

Vicepresidente de la República

JORGE CORREA SUTIL

Ministro del Interior (S)

NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN

Ministro de Hacienda

1.2. Informe de Comisión de Gobierno

Cámara de Diputados. Fecha 18 de octubre, 2005. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 53. Legislatura 353.

?Certificado de la Comisión de Gobierno Interior.

“Valparaíso, 18 de octubre de 2005.

El Secretario de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, que suscribe, certifica:

Que el texto que se reproduce, debidamente autenticado, contiene el proyecto de ley de origen en un Mensaje, en Primer trámite constitucional y con urgencia calificada de discusión inmediata, que prorroga la aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante . el año 2005 para el año 2006, y establece un mecanismo de compensación (Boletín N° 401 5-06), tal como fuera aprobado, en general y particular, por asentimiento unánime, por esta Comisión.

En ejercicio de sus atribuciones reglamentarias, el señor Presidente determinó que la iniciativa en informe requiere ser conocida por la Comisión de Hacienda.

Se acordó, además, que el informe se emitiera en forma verbal directamente en la Sala por parte de la señora, González doña Rosa.

PROYECTO DE LEY:

“Articulo Único.- Durante el año 2006, los coeficientes; de distribución del 90% y del 10% del Fondo Común Municipal, serán aquellos vigentes durante el año 2005.

Las municipalidades que por aplicación de los coeficientes antes señalados vieren reducidas las cantidades estimadas a recibir del Fondo Común Municipal en el año 2006 en relación a las cantidades percibidas de dicho Fondo durante el año 2005, recibirán una compensación que cubra el cien por ciento de la reducción de ingresos. La referida reducción se calculará considerando los recursos municipales percibidos por cada municipio con cargo al Fondo durante el año 2005, según información proporcionada por el Servicio de Tesorerías, en relación con los recursos a percibir durante el año 2006 por aplicación de los coeficientes señalados en el inciso precedente.

Mediante Decreto Supremo expedido a través del Ministerio del Interior, el que llevará además la firma del Ministro de Hacienda, se determinará el monto de la compensación para el año 2006, a percibir por cada municipio que en dicho año viere reducida su participación en el Fondo, según lo previsto en el inciso anterior, así como las fechas de su entrega por el Servicio de Tesorerías. Esta compensación se financiará con cargo al Fondo Común Municipal.”.

Tratado y acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Quintana, don Jaime (Presidente Accidental); Becker, don Germán; Egaña, don Andrés; señora González, doña Rosa; Pérez, don Víctor; Montes, don Carlos; y Valenzuela, don Esteban.

(Fdo.): MIGUEL CASTILLO JEREZ, Secretario Accidental de la Comisión”.

1.3. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 18 de octubre, 2005. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 53. Legislatura 353.

?Valparaíso, 18 de octubre de 2005.-

El Secretario de Comisiones que suscribe, CERTIFICA:

Que el PROYECTO DE LEY QUE PRORROGA LA APLICACIÓN DE LOS COEFICIENTES DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO COMUN MUNICIPAL VIGENTES DURANTE EL AÑO 2005 PARA EL AÑO 2006, Y ESTABLECE UN MECANISMO DE COMPENSACIÓN (Boletín N° 4.015-06), con urgencia calificada de “discusión inmediata”, fue aprobado por esta Comisión en los mismos términos que la Comisión Técnica, por unanimidad, con la asistencia de los señores Silva, don Exequiel (Presidente); Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo; Dittborn, don Julio; Jaramillo, don Enrique; Kuschel, don Carlos Ignacio; Lorenzini, don Pablo; Ortiz, don José Miguel y Pérez, don José.

Asistió a la Comisión durante el estudio del proyecto la señora Adriana Delpiano; Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, y asesores de dicha Subsecretaría.

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos señala que la iniciativa no implica mayor gasto fiscal.

La Comisión de Hacienda acordó, además, que el informe se emitiera en forma verbal directamente en la Sala, para lo cual designó Diputado Informante al señor Pablo Lorenzini.

Javier Rosselot Jaramillo

Secretario de la Comisión

1.4. Discusión en Sala

Fecha 18 de octubre, 2005. Diario de Sesión en Sesión 53. Legislatura 353. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

PRÓRROGA DE COEFICIENTES DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO COMÚN MUNICIPAL VIGENTES DURANTE 2005. Primer trámite constitucional.

El señor ASCENCIO ( Presidente ).-

En el Orden del Día, corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en mensaje, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que prorroga la aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante 2005 para 2006 y establece un mecanismo de compensación.

Diputados informantes de la Comisiones de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social y de Hacienda son la señora Rosa González y el señor Pablo Lorenzini, respectivamente.

Antecedentes:

-Mensaje, boletín Nº 4015-06, sesión 52ª, en 18 de octubre de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 1.

-Certificados de las Comisiones de Gobiernos Interior y de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nºs. 2 y 3, de esta sesión.

El señor ASCENCIO (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada informante de la Comisión de Gobierno Interior.

La señora GONZÁLEZ (doña Rosa).-

Señor Presidente, en representación de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social paso a informar, en primer trámite constitucional, sobre el proyecto de ley que prorroga al año 2006 la aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante 2005 y establece un mecanismo de compensación.

Varios coeficientes deben ser actualizados a fines del presente año. La ley establece que debe hacerse cada tres años.

Además, la iniciativa fija un mecanismo de compensación para asegurar que durante 2006 las municipalidades percibirían una cantidad de recursos similar a la que recibieron en 2005.

Según el mensaje, el proyecto se funda en que no hay plazo suficiente para iniciar y aprobar antes de fin de año un proyecto que modifique de manera significativa la actual estructura del Fondo Común Municipal.

El proyecto de ley que se propone es el siguiente:

“Artículo Único.- Durante el año 2006, los coeficientes de distribución del 90% y del 10% del Fondo Común Municipal, serán aquéllos vigentes durante el año 2005.

“Las municipalidades que por aplicación de los coeficientes antes señalados vieren reducidas las cantidades estimadas a recibir del Fondo Común Municipal en el año 2006 en relación a las cantidades percibidas de dicho Fondo durante el año 2005, recibirán una compensación que cubra el cien por ciento de la reducción de ingresos. La referida reducción se calculará considerando los recursos municipales percibidos por cada municipio con cargo al Fondo durante el año 2005, según información proporcionada por el Servicio de Tesorerías, en relación con los recursos a percibir durante el año 2006 por aplicación de los coeficientes señalados en el inciso precedente.

“Mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior, el que llevará además la firma del Ministro de Hacienda , se determinará el monto de la compensación para el año 2006, a percibir por cada municipio que en dicho año viere reducida su participación en el Fondo, según lo previsto en el inciso anterior, así como las fechas de su entrega por el Servicio de Tesorerías. Esta compensación se financiará con cargo al Fondo Común Municipal.”

La iniciativa fue tratada y acordada en sesión del día de hoy, con asistencia de los señores Quintana, don Jaime ( Presidente accidental ); Becker, don Germán ; Egaña, don Andrés ; señora González, doña Rosa; señor Pérez, don Víctor ; Montes, don Carlos y Valenzuela, don Esteban .

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor ASCENCIO (Presidente).-

A continuación, tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.

El señor LORENZINI.-

Señor Presidente, éste es un tema no menor. Como su señoría recordará, durante mucho tiempo la mayoría de los parlamentarios, sobre todo los de regiones, hemos discutido la estructura de administración del financiamiento de las municipalidades -materia que ya tiene sus años e incluso se encuentra consagrado por una norma de rango constitucional, como es el artículo 111 de la carta fundamental-, sus ingresos y funcionamiento financiero.

En este aspecto debe imperar un criterio de solidaridad. Por eso una ley orgánica constitucional establece un mecanismo de redistribución del Fondo Común Municipal, para que los que tienen más aporten a los que tienen menos.

Este tema se ha discutido ampliamente, comuna por comuna, y se han entregado distintos puntos de vista en el orden urbano y rural.

Hoy hablaba con la subsecretaria de Desarrollo Regional, señora Delpiano , sobre un proyecto del Ejecutivo que está en trámite legislativo, pero es un tema complejo que hay que resolver después de algunos años para hacer todos los ajustes necesarios al funcionamiento del Fondo Común Municipal: sus porcentajes, su eficiencia, sus premios, sus castigos. Todos sabemos lo que significa en la vida municipal.

Señor Presidente , el diputado señor Salaberry me pide una interrupción.

El señor ASCENCIO (Presidente).-

Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el diputado Salaberry.

El señor SALABERRY.-

Señor Presidente , el diputado Lorenzini debe entregar el informe de la Comisión de Hacienda; sin embargo, está emitiendo juicios personales que no corresponden al informe en cuestión.

El señor ASCENCIO ( Presidente ).-

Puede continuar el diputado señor Lorenzini .

El señor LORENZINI.-

Señor Presidente, el diputado Salaberry no asistió a la Comisión de Hacienda. Le haría bien ir. No estoy dando una opinión, sino informando el origen del proyecto, su urgencia y el por qué de su carácter transitorio. Esta materia la discutíamos cuando el señor Salaberry no era diputado . Ahora, para lograr una distribución más adecuada, vamos a requerir de la participación de todos, y esperamos que su señoría haga su aporte en defensa de las comunas que representa.

La finalidad del proyecto es prorrogar por un año la normativa vigente a fin de que el Congreso disponga del tiempo necesario para efectuar un debate serio y profundo, en el que todos los diputados -el señor Tarud ya lo ha hecho- entreguen aportes tendientes a conseguir un financiamiento municipal adecuado.

El proyecto prorroga por un año, como ya dije, la ley vigente y los actuales porcentajes, y asegura a todos los municipios recibir ni un peso menos de lo percibido durante 2005. Hay una cláusula que permite ajustar los valores, por si alguno, basado en los mismos parámetros, en 2006 obtiene menos recursos que en 2005.

En esas condiciones, solicito la aprobación de la Sala, pero pensando en que apenas podamos vamos a tramitar el proyecto que aborda el tema de fondo. En definitiva, esta es una dilación transitoria para realizar un debate más macizo y profundo.

La iniciativa no tiene costo fiscal. Recomendamos aprobar el artículo único, para lo que esperamos contar con el respaldo del diputado Salaberry, que tendrá la oportunidad de intervenir en el debate.

He dicho.

El señor ASCENCIO ( Presidente ).-

Informo a los señores diputados que los Comités acordaron destinar cinco minutos por Comité para la discusión del proyecto.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

El proyecto se votará al término del Orden del Día.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor ASCENCIO ( Presidente ).-

Corresponde votar en general el proyecto que prorroga la aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante el año 2005 para el año 2006 y establece un mecanismo de compensación.

Hago presente a la Sala que su artículo único es propio de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ASCENCIO (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bayo Veloso Francisco; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo Vidaurrázaga Patricio; Correa de la Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escalona Medina Camilo; Espinoza Sandoval Fidel; Forni Lobos Marcelo; Galilea Vidaurre José Antonio; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Lavín Guido; Guzmán Mena María Pía; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jeame Barrueto Víctor; Kast Rist José Antonio; Kuschel Silva Carlos Ignacio; Leal Labrín Antonio; Letelier Morel Juan Pablo; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Sanhueza Darío; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Muñoz Aburto Pedro; Muñoz D’Albora Adriana; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Paya Mira Darío; Pérez Arriagada José; Jofré Núñez Néstor; Pérez Varela Víctor; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Salaberry Soto Felipe; Salas de la Fuente Edmundo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Ortiz Exequiel; Soto González Laura; Tapia Martínez Boris; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Valenzuela Van Treek Esteban; Varela Herrera Mario; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Villouta Concha Edmundo; Walker Prieto Patricio.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 18 de octubre, 2005. Oficio en Sesión 43. Legislatura 353.

VALPARAISO, 18 de octubre de 2005

Oficio Nº 5900

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del Mensaje, Certificados y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Articulo único.- Durante el año 2006, los coeficientes de distribución del 90% y del 10% del Fondo Común Municipal, serán aquellos vigentes durante el año 2005.

Las municipalidades que por aplicación de los coeficientes antes señalados vieren reducidas las cantidades estimadas a recibir del Fondo Común Municipal en el año 2006 en relación a las cantidades percibidas de dicho Fondo durante el año 2005, recibirán una compensación que cubra el cien por ciento de la reducción de ingresos. La referida reducción se calculará considerando los recursos municipales percibidos por cada municipio con cargo al Fondo durante el año 2005, según información proporcionada por el Servicio de Tesorerías, en relación con los recursos a percibir durante el año 2006 por aplicación de los coeficientes señalados en el inciso precedente.

Mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior, el que llevará además la firma del Ministro de Hacienda, se determinará el monto de la compensación para el año 2006, a percibir por cada municipio que en dicho año viere reducida su participación en el Fondo, según lo previsto en el inciso anterior, así como las fechas de su entrega por el Servicio de Tesorerías. Esta compensación se financiará con cargo al Fondo Común Municipal.".

Dios guarde a V.E.

GABRIEL ASCENCIO MANSILLA

Presidente de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ

Secretario Accidental de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Gobierno

Senado. Fecha 02 de noviembre, 2005. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 44. Legislatura 353.

?INFORME DE LAS COMISIONES DE GOBIERNO, DESCENTRALZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN Y DE HACIENDA, UNIDAS, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que prorroga la aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante el año 2005 para el año 2006, y establece un mecanismo de compensación.

BOLETIN Nº 4.015-06

HONORABLE SENADO:

Las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Hacienda, unidas, tienen a honra emitir su informe acerca del proyecto de ley señalado en el epígrafe, en segundo trámite constitucional, iniciado en mensaje de S.E. el Presidente de la República, y con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

A la sesión en que estas Comisiones se abocaron al estudio de esta iniciativa de ley, concurrieron, además de sus miembros, la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Adriana Delpiano, y sus asesores señores Jorge Claissac y Samuel Garrido.

I. OBJETIVO

Mantener para el año 2006 los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes en el año 2005, y compensar los menores recursos que reciban los municipios de dicho Fondo durante el año 2006, en relación con las cantidades percibidas en el año 2005.

II. CUESTIÓN PREVIA

De conformidad con el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, estas Comisiones unidas solicitan que la iniciativa en informe sea discutida en general y particular a la vez.

III. ANTECEDENTES

3.1. De derecho

1. Decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.

2. Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

3.2. De hecho

El mensaje con que S.E. el Presidente de la República ingresó este proyecto de ley a trámite legislativo recuerda que la Constitución Política concibe el Fondo Común Municipal como un mecanismo de redistribución solidaria de los ingresos propios entre las municipalidades del país, en tanto que la Ley Orgánica de Municipalidades establece que será función de este instrumento garantizar el cumplimiento de los fines del municipio.

Agrega el mensaje que un examen del funcionamiento del Fondo, inclusas una evaluación de los cambios de su composición y una revisión de su distribución, ha arrojado como resultado la constatación de varias falencias que es conveniente solucionar.

Enseguida, informa que el Ejecutivo y la Asociación Chilena de Municipalidades han propuesto modificaciones estructurales respecto de la distribución del Fondo cuya discusión técnica y jurídica, por su complejidad, impide sean aplicadas a contar desde el 1º de enero próximo.

Por lo anterior, continúa, es preciso proponer una iniciativa de rediseño del Fondo para que rija desde enero del año 2007, manteniendo el actual régimen de distribución del Fondo durante el año 2006, de modo de garantizar que los municipios reciban recursos por una cantidad similar a la percibida durante el año 2005.

El proyecto en informe, expresa el mensaje, considera además un mecanismo de compensación, con cargo al mismo Fondo, que asegure se cumpla el propósito señalado precedentemente, en orden a que en el año 2006 los municipios reciban iguales recursos que durante el año 2005 por concepto de distribución del Fondo.

Señala, también, que la prórroga de los coeficientes de distribución del Fondo permitirá, en el año 2006, evaluar el impacto de los modificaciones a la Ley de Rentas Municipales sobre las finanzas de los municipios, lo cual también ha de reflejarse en el diseño del Fondo que rija a contar desde el año 2007.

IV. CONTENIDO DEL PROYECTO

La iniciativa aprobada en primer trámite constitucional por la Honorable Cámara de Diputados está estructurada en un artículo único conformado por tres incisos.

El inciso primero dispone que los coeficientes de distribución del 90% y del 10% del Fondo Común Municipal para el año 2006, serán los vigentes durante el año 2005.

(El artículo 38 del decreto ley Nº 3.063, Ley de Rentas Municipales, dispone que el 90% del Fondo se distribuye entre los municipios, además de un 10% de ese porcentaje en forma pareja, considerando factores tales como su pobreza relativa, población, predios exentos del pago de contribuciones, promedio de tres años de menor ingreso municipal por habitante de cada comuna en relación con el promedio nacional de ese ingreso por habitante.

El 10% restante del Fondo se distribuye: en un 50% para promover la eficiencia en la gestión municipal considerando el ingreso propio y diversos gastos (personal, servicios a la comunidad, asistencia social, capacitación y otros); y en un 50% para proyectos de prevención de emergencias o gastos de ellas).

El inciso segundo prescribe que los municipios que por aplicación de estos coeficientes recibieren en el año 2006 menores recursos que los percibidos durante el año 2005, obtendrán una compensación del 100% de la parte reducida de su ingreso. Agrega este inciso que la reducción aludida se calculará sobre la base de los recursos percibidos por los municipios durante el año 2005, provenientes del Fondo, en relación con los que a cada uno corresponderá durante el año 2006, de acuerdo con los coeficientes de distribución vigentes.

Finalmente, el inciso tercero prevé que por decreto supremo del Ministerio del Interior, el que llevará también la firma del Ministro de Hacienda, se establecerá la compensación que recibirá cada municipio, en el año 2006, por las reducciones que sufra. Declara, al final, que las compensaciones que se establezcan se financiarán con cargos al propio Fondo.

V. DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Por tratarse de un artículo único, este proyecto de ley fue considerado en general y particular a la vez por las Comisiones unidas, las que tuvieron en vista durante su debate las razones expuestas en el mensaje y las explicaciones complementarias que entregó la señora Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo. Se tuvo presente, también, un informe financiero emitido por la Dirección de Presupuestos que señala que la aplicación de este proyecto de ley no implica gasto fiscal. Por las razones anotadas, las Comisiones unidas acordaron, por la unanimidad de sus miembros presentes, aprobar en general y en particular la iniciativa, en los mismos términos propuestos en el texto despachado por la Honorable Cámara de Diputados.

VI. ACUERDO

Concurrieron al acuerdo precedente los Honorables Senadores señores Larraín y Núñez, por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización; los Honorables Senadores señores Boeninger y Ominami, por la Comisión de Hacienda, y el Honorable Senador señor García, como miembro de ambas Comisiones.

- - -

En consecuencia, las Comisiones unidas someten a la Sala la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Durante el año 2006, los coeficientes de distribución del 90% y del 10% del Fondo Común Municipal, serán aquellos vigentes durante el año 2005.

Las municipalidades que por aplicación de los coeficientes antes señalados vieren reducidas las cantidades estimadas a recibir del Fondo Común Municipal en el año 2006 en relación a las cantidades percibidas de dicho Fondo durante el año 2005, recibirán una compensación que cubra el cien por ciento de la reducción de ingresos. La referida reducción se calculará considerando los recursos municipales percibidos por cada municipio con cargo al Fondo durante el año 2005, según información proporcionada por el Servicio de Tesorerías, en relación con los recursos a percibir durante el año 2006 por aplicación de los coeficientes señalados en el inciso precedente.

Mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior, el que llevará además la firma del Ministro de Hacienda, se determinará el monto de la compensación para el año 2006, a percibir por cada municipio que en dicho año viere reducida su participación en el Fondo, según lo previsto en el inciso anterior, así como las fechas de su entrega por el Servicio de Tesorerías. Esta compensación se financiará con cargo al Fondo Común Municipal.".

Acordado en sesión de hoy, 2 de noviembre de 2005, con asistencia de los Honorables Senadores señores Larraín (Presidente) y Núñez, por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización; los Honorables Senadores señores Boeninger y Ominami, por la Comisión de Hacienda, y el Honorable Senador señor García, como miembro de ambas Comisiones.

Sala de las Comisiones unidas, a 2 de noviembre de 2005.

MARIO TAPIA GUERRERO

Secretario de las Comisiones unidas

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LAS COMISIONES DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN Y DE HACIENDA, UNIDAS, ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE PRORROGA LA APLICACIÓN DE LOS COEFICIENTES DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO COMÚN MUNICIPAL VIGENTES DURANTE EL AÑO 2005 PARRA EL AÑO 2006, Y ESTABLECE UN MECANISMO DE COMPENSACIÓN

(BOLETÍN Nº 4.015-06)

I.PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN:

Mantener para el año 2006 los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes en el año 2005, y compensar los menores recursos que reciban los municipios de dicho Fondo durante el año 2006, en relación con las cantidades percibidas en el año 2005.

II.ACUERDOS: Proponer a la Sala de la Corporación la aprobación de este proyecto de ley en general y en particular a la vez.

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN:

Consta de un artículo único.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No tiene.

V.URGENCIA: Discusión Inmediata.

VI.ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de S.E. el Presidente de la República.

VII.TRAMITE CONSTITUCIONAL: Segundo trámite.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: 18 de octubre de 2005.

IX.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 19 de octubre de 2005.

X.TRAMITE REGLAMENTARIO: Discusión en general y en particular.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1. Decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.

2. Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Valparaíso, 2 de noviembre de 2005.

MARIO TAPIA GUERRERO

Secretario de Comisiones

2.2. Discusión en Sala

Fecha 02 de noviembre, 2005. Diario de Sesión en Sesión 44. Legislatura 353. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

PRÓRROGA DE COEFICIENTES DE DISTRIBUCIÓN DE FONDO COMÚN MUNICIPAL Y ESTABLECIMIENTO DE MECANISMO DE COMPENSACIÓN

El señor ROMERO ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que prorroga para el año 2006 la aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante 2005 y establece un mecanismo de compensación, con informe de las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Hacienda, unidas. La urgencia ha sido calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (4015-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 43ª, en 19 de octubre de 2005.

Informe de Comisión:

Gobierno y Hacienda, unidas, sesión 44ª, en 2 de noviembre de 2005.

El señor HOFFMANN ( Secretario ).-

El objetivo de la iniciativa es mantener durante el año próximo el régimen vigente para la distribución del Fondo Común Municipal, esto es, los coeficientes de 90 y 10 por ciento que establece el artículo 38 de la Ley de Rentas Municipales.

En caso de que las municipalidades vieren reducidas las cantidades que se estime recibirán del Fondo en 2006, con relación a los montos percibidos durante el presente año, obtendrán una compensación que cubrirá el ciento por ciento de la disminución de ingresos.

Las Comisiones unidas aprobaron en general y en particular el texto por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Boeninger, García, Larraín, Ominami y Núñez) en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.

Cabe señalar que la iniciativa debe ser debatida en general y particular a la vez por tener urgencia calificada de "discusión inmediata".

El señor ROMERO (Presidente).-

En discusión general y particular el proyecto.

Ofrezco la palabra al Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Rendiré un informe muy breve, como Presidente de las Comisiones de Hacienda y de Gobierno, unidas, que se constituyeron hoy en la mañana para revisar la iniciativa en estudio, cuya estructura es bastante simple.

Básicamente, se propone mantener para 2006 el mismo régimen de distribución del Fondo Común Municipal habido en 2005, de manera de garantizar que todos los municipios reciban recursos por una cantidad similar a la percibida durante el presente año.

¿Qué es lo que ocurre? Se trata de la aplicación de los indicadores conforme a los cuales se reparte dicho Fondo, el cual se halla estructurado en dos partes: 90 por ciento del total es objeto de un coeficiente de distribución por determinado camino y 10 por ciento corresponde a un criterio diferente. Esa fórmula, debido a los cambios que se producen en la realidad, agravados en este caso por la Ley de Rentas Municipales, puede significar que algunos municipios reciban en 2006 -como ocurrió inicialmente en 2005- menos aportes que en el año anterior.

Y así como lo hicimos respecto del año en curso, el proyecto apunta a que, cualquiera que sea la aplicación de los índices a que me he referido -éstos se encuentran establecidos por la ley que regula la creación del Fondo Común Municipal-, durante 2006 se mantenga a lo menos lo mismo que se percibió en 2005. En el año en curso se realizó lo propio respecto de los ingresos de 2004. De esa forma, los municipios podrán mejorar su participación en los recursos de ese origen, pero no percibir montos inferiores que los ya recibidos.

El tema central es que el Fondo Común Municipal se halla en revisión, porque los coeficientes producen de repente distorsiones. No obstante las bondades del sistema, que ha permitido una cierta redistribución del ingreso municipal, apoyándose por esta vía a comunas descentralizadas y a comunas más pobres, ha habido ciertas alteraciones.

Sobre el particular, el Ejecutivo , a través de la señora Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, informó que próximamente ingresará a trámite legislativo un proyecto para reestudiar la estructura del Fondo, de manera de poder adecuarlo a las nuevas realidades y evitar la distorsión.

Por lo tanto, con esta iniciativa estamos haciendo lo mismo que antes resolvimos para este año, cual es que, mientras no se efectúe la revisión, se apliquen en 2006 los índices que corresponden, pero asegurándose que en ningún caso los municipios perciban un ingreso menor que en el año presupuestario 2005. Para esos efectos, se establece que recibirán una compensación económica, la cual se obtendrá en virtud de la Ley de Presupuestos.

Por tal motivo, los integrantes de las Comisiones de Hacienda y de Gobierno, unidas -las cuales se reunieron durante la mañana-, solicitamos de manera unánime que este proyecto sea aprobado también por la Sala en los términos propuestos.

He dicho.

El señor ROMERO (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.

El señor SABAG.-

Seré muy breve, señor Presidente .

Desde luego, me pronunciaré a favor de la iniciativa, que fue aprobada por unanimidad.

Sin perjuicio de lo anterior, deseo señalar que existen inequidades entre municipios de la misma categoría y condiciones, por cuanto unos reciben 2 mil millones de pesos del Fondo Común Municipal, por ejemplo, y otros, 700 millones de pesos, a pesar de que presentan similar situación socioeconómica y más habitantes.

La Región que represento comprende 26 comunas donde se registra ese tipo de desigualdades. Entonces, la gente pregunta qué pasa y piensa que se han hecho arreglos, ante lo cual sólo cabe responder que no media ninguno y que eso se debe a los coeficientes.

¡Algo está mal! Y es necesaria una revisión, porque se produce una inequidad evidente, sobre todo en los municipios más pequeños.

Estoy de acuerdo en aprobar el proyecto como lo ha presentado el Ejecutivo, pero está claro que los coeficientes deben ser reestudiados. Ojalá que ello ocurra con motivo de la iniciativa anunciada, con relación a la cual estaremos muy atentos.

Gracias.

El señor ROMERO (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.

El señor RÍOS .-

Señor Presidente , votaré a favor del texto que nos ocupa, pero quiero advertir lo siguiente.

Comparto lo manifestado por el Senador señor Sabag, mas deseo agregar otro elemento que es oportuno comenzar a analizar en el futuro con respecto a estas disposiciones.

Hace aproximadamente un mes y medio intervine en la hora de Incidentes acerca de las nuevas orientaciones en materia de asentamientos urbanos entregadas por el último censo, del año 2002. En aquella ocasión señalé que en Chile se había creado, casi en forma espontánea, una suerte de eje central, con bastante fortaleza, compuesto por ciudades como Rancagua, Curicó , Talca, Linares , Chillán , Los Ángeles , Temuco, Osorno , en fin; y hacia el norte, por Arica, Iquique , Antofagasta, La Serena, Copiapó .

Y eso es verdad. La emigración que iba rumbo a Santiago se detuvo en parte, porque en esas ciudades la gente encontró servicios que no tenía antes: universidades; salud, con todas las especialidades; comercio y otros, en fin, de apoyo diverso. Esto, sin duda, beneficia al país, por cuanto se estructuran asentamientos humanos más poderosos, más fuertes.

Sin embargo, junto con lo anterior, expresé también que cuarenta comunas, a lo menos, iban derechamente a desaparecer en los próximos tiempos. Incluso adelanté una cifra: 10 años. Y la razón era evidente.

Mi planteamiento fue a propósito de una intervención que, cuando se discutía el llamado "proyecto de ley de Rentas Municipales II", hizo el Senador señor Espina , quien recordó que la comuna de Lumaco tenía como presupuesto de inversión sólo 10 millones de pesos. Su Señoría, conociendo las características de Lumaco y el costo que significaba su administración sólo por concepto del concejo municipal, concluía que este último se quedaba con algo así como 36 millones de pesos -es lo que implican tanto el alcalde como los concejales- y que otros 10 millones de pesos se repartían en obras a beneficio de los habitantes. Es decir, 36 millones de pesos para siete personas y 10 millones de pesos para 11 mil personas.

Lo anterior significaba, a su vez, otro hecho: del análisis de los presupuestos de las cuarenta comunas mencionadas -tuve la oportunidad de conocer muchos de ellos- se desprendía que, efectivamente, el costo de varios concejos municipales sobrepasaba el uno por ciento del presupuesto global de la comuna respectiva. Y en muchos casos se superaba en 200 ó 300 por ciento el presupuesto de inversión.

¿Por qué señalo esto, señor Presidente ? Porque es evidente que tenemos que ir avanzando hacia una nueva forma de administración de aquellos asentamientos humanos que están concluyendo su vida útil. Es un poco duro lo que estoy diciendo, pero es así.

Lo anterior significa que deberán existir distintos criterios, tanto para la asignación de recursos -dependiendo de si queremos fortalecer o no este eje central- como para resolver cuál será el destino de esas sociedades comunales, rurales o mineras, que también tienden a desaparecer y cuya mantención implica un costo muy alto para el Fisco.

Hay comunas que, por sus importantes efectos geopolíticos, resulta indispensable mantener. Otras, no, por cuanto el enorme gasto que representa su administración termina provocando desilusión en sus habitantes en materia de inversión y desarrollo.

Lo expuesto constituye un hecho real que, como dije, amerita la reformulación de la Administración del Estado en el ámbito comunal.

Por último, el Fondo Común Municipal tiene efectos positivos.

Algo que, en general, no acepto en mis conversaciones con los alcaldes y concejales es que me hablen de "comunas pobres". Las comunas no son entes autónomos territorialmente distintos del Estado chileno. Y éste no es pobre, sino que cuenta con recursos suficientes. Hoy día tiene excedentes cercanos a 3 mil 800 millones de dólares.

Por tal motivo, esa pobreza comunal radica, de modo básico, en una sola cosa: en la incapacidad de la autoridad local para ejercer las funciones que le son propias y la potestad que la Constitución le entrega para coordinar la acción pública; asumir compromisos y responsabilidades de otros personeros que no actúan dentro de su jurisdicción; conocer el Presupuesto de la Nación y ver su aplicación, etcétera. Son tantos elementos que, en definitiva, generan el establecimiento de otras normas destinadas a marginar la investigación y fiscalización de tales autoridades, quienes, desde mi punto de vista, están destruyendo el futuro de los habitantes de esas comunas.

Por tal motivo, señor Presidente , voy a votar a favor de la iniciativa. Pero advierto que, en mis futuras intervenciones, alentaré a otros señores Senadores interesados también en el problema de los asentamientos humanos a observar la nueva realidad geográfico-política, en que 40 comunas deberán desaparecer, y el fortalecimiento de ese eje central tan poderoso, que permita al país crecer de manera más armónica.

El señor ROMERO ( Presidente ).-

La señora Subsecretaria me había pedido la palabra.

Puede hacer uso de ella, con la venia de la Sala.

La señora DELPIANO (Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo).-

Señor Presidente , quiero intervenir, en forma muy breve, en función de los antecedentes señalados por los señores Parlamentarios.

El proyecto sobre rediseño del Fondo Común Municipal -esperamos que llegue al Congreso el próximo lunes-, en el cual se ha trabajado exhaustivamente con la Asociación Chilena de Municipalidades, busca simplificar el conjunto de variables con las cuales se calcula hoy el Fondo y, además, eliminar el 10 por ciento que se reparte por concepto de eficiencia y emergencia. En fin, es una materia compleja y que requiere mayor tiempo para realizar una discusión en profundidad.

Estamos convencidos de que se trata de una buena iniciativa. Sin embargo, dado el sistema de tramitación legislativa, hemos propuesto prorrogar la actual distribución del Fondo Común durante el año 2006, de modo de garantizar -como bien decía el Senador señor Larraín - que ningún municipio reciba una cantidad inferior a la percibida en 2005. Ésta podrá aumentar, pero en ningún caso disminuir.

En seguida, deseo expresar lo siguiente.

El Fondo Común ha ido creciendo sostenidamente en el tiempo. A fines del año pasado informamos que ascendía a 400 mil millones de pesos; durante 2005 ha llegado a 430 mil millones, que han sido repartidos por la Tesorería General de la República a todos los municipios; y es probable que el próximo año, con los ingresos provenientes de la Ley de Rentas II, bordee los 480 mil millones de pesos.

Ésa es la verdad.

En cuanto a lo planteado por el Senador señor Ríos , es indudable que constituye un tema muy de fondo. Pero, considerando la geografía de Chile, vale la pena preguntarse cómo se administran territorios que son muy aislados, muy lejanos, pero respecto de los cuales existe el interés geopolítico de mantener en ellos la población. Por lo tanto, contamos con municipios de estructura muy pequeña para administrar zonas bastante grandes, y con localidades pequeñas donde hay gran concentración de personas. Pero ésa es la realidad del poblamiento del país.

Creo que la iniciativa sobre rediseño del Fondo permitirá abocarse a esos aspectos, que preocupan tanto al Ejecutivo como al Legislativo.

El proyecto en debate posibilitará contar el próximo 1º de diciembre con un instrumento para repartir la cuota del Fondo Común a todos los municipios, manteniendo las actuales condiciones y garantizando que ninguno de ellos baje su participación, de la cual vive un importante número de comunas.

El señor ROMERO (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Si le pareciera a la Sala, se aprobaría la iniciativa.

--Por unanimidad, se aprueba en general y en particular el proyecto, cuya tramitación queda terminada.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 04 de noviembre, 2005. Oficio en Sesión 56. Legislatura 353.

Valparaíso, 4 de noviembre de 2005.

Nº 26.082

A S.E. El Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que prorroga la aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante el año 2005 para el año 2006, y establece un mecanismo de compensación, correspondiente al Boletín Nº 4.015-06.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 5900, de 18 de Octubre de 2.005.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

SERGIO ROMERO PIZARRO

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 02 de noviembre, 2005. Oficio

La fecha del documento no coincide con la tramitación de este proyecto de Ley. Se incorpora dentro del trámite constitucional que corresponde.

VALPARAÍSO, 2 de noviembre de 2005

Oficio Nº 5917

A S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Articulo único.- Durante el año 2006, los coeficientes de distribución del 90% y del 10% del Fondo Común Municipal, serán aquellos vigentes durante el año 2005.

Las municipalidades que por aplicación de los coeficientes antes señalados vieren reducidas las cantidades estimadas a recibir del Fondo Común Municipal en el año 2006 en relación a las cantidades percibidas de dicho Fondo durante el año 2005, recibirán una compensación que cubra el cien por ciento de la reducción de ingresos. La referida reducción se calculará considerando los recursos municipales percibidos por cada municipio con cargo al Fondo durante el año 2005, según información proporcionada por el Servicio de Tesorerías, en relación con los recursos a percibir durante el año 2006 por aplicación de los coeficientes señalados en el inciso precedente.

Mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior, el que llevará además la firma del Ministro de Hacienda, se determinará el monto de la compensación para el año 2006, a percibir por cada municipio que en dicho año viere reducida su participación en el Fondo, según lo previsto en el inciso anterior, así como las fechas de su entrega por el Servicio de Tesorerías. Esta compensación se financiará con cargo al Fondo Común Municipal.".

Dios guarde a V.E.

GABRIEL ASCENCIO MANSILLA

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 20.075

Tipo Norma
:
Ley 20075
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=244307&t=0
Fecha Promulgación
:
10-11-2005
URL Corta
:
http://bcn.cl/2d00j
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
Título
:
PRORROGA LA APLICACION DE LOS COEFICIENTES DE DISTRIBUCION DEL FONDO COMUN MUNICIPAL VIGENTES DURANTE EL AÑO 2005 PARA EL AÑO 2006, Y ESTABLECE UN MECANISMO DE COMPENSACION
Fecha Publicación
:
25-11-2005

                LEY NUM. 20.075

PRORROGA LA APLICACION DE LOS COEFICIENTES DE DISTRIBUCION DEL FONDO COMUN MUNICIPAL VIGENTES DURANTE EL AÑO 2005 PARA EL AÑO 2006, Y ESTABLECE UN MECANISMO DE COMPENSACION

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

     "Artículo único.- Durante el año 2006, los coeficientes de distribución del 90% y del 10% del Fondo Común Municipal, serán aquellos vigentes durante el año 2005.

    Las municipalidades que por aplicación de los coeficientes antes señalados vieren reducidas las cantidades estimadas a recibir del Fondo Común Municipal en el año 2006 en relación a las cantidades percibidas de dicho Fondo durante el año 2005, recibirán una compensación que cubra el cien por ciento de la reducción de ingresos. La referida reducción se calculará considerando los recursos municipales percibidos por cada municipio con cargo al Fondo durante el año 2005, según información proporcionada por el Servicio de Tesorerías, en relación con los recursos a percibir durante el año 2006 por aplicación de los coeficientes señalados en el inciso precedente.

    Mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior, el que llevará además la firma del Ministro de Hacienda, se determinará el monto de la compensación para el año 2006, a percibir por cada municipio que en dicho año viere reducida su participación en el Fondo, según lo previsto en el inciso anterior, así como las fechas de su entrega por el Servicio de Tesorerías. Esta compensación se financiará con cargo al Fondo Común Municipal.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 10 de noviembre de 2005.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Francisco Vidal Salinas, Ministro del Interior.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo a Usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Adriana Delpiano Puelma, Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo.