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Historia de la Ley

Historia del Decreto Supremo

Nº 80

Proyecto de Acuerdo que aprueba el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015".

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 29 de mayo, 2015. Mensaje en Sesión 57. Legislatura 363.

MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO, LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO, LA CORPORACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL Y EL ORGANISMO MULTILATERAL DE GARANTÍA DE INVERSIONES RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE OFICINAS EN LA REPÚBLICA DE CHILE.

SANTIAGO, 29 de mayo de 2015.-

MENSAJE Nº 428-363/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Acuerdo entre la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al establecimiento y operación de oficinas en la República de Chile, suscrito en Washington D.C, Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.

I. ANTECEDENTES

El Grupo del Banco Mundial es un conjunto de organizaciones internacionales que tienen por propósito erradicar la pobreza y promover la prosperidad compartida, apoyando el desarrollo y crecimiento económico inclusivo y sustentable mediante préstamos, garantías, inversiones, productos de gestión de riesgo e, igualmente, por medio de la prestación de servicios de análisis y consultoría.

Este Grupo está compuesto, entre otras organizaciones, por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI).

El 3 de noviembre de 2014, el Ministerio de Hacienda suscribió un Memorándum de Entendimiento con dichas organizaciones, acordando establecer oficinas de éstas en el territorio nacional, cuestión que finalmente se posibilitará mediante el Acuerdo que hoy someto a vuestra consideración, que permitirá que las referidas instituciones puedan cumplir con sus objetivos en nuestro país.

Cabe destacar que los derechos y privilegios otorgados por el Acuerdo beneficiarán al “Centro de Investigación y Desarrollo del Grupo Banco Mundial”, definido en el Memorándum de Entendimiento señalado. El financiamiento de los costos de establecimiento y operación de este Centro será compartido por las Partes y se establecerá en un acuerdo adicional. Así, se contempla que para su instalación y operación durante los primeros cuatro años el Gobierno de Chile aporte hasta seis millones cuatrocientos mil dólares de Estados Unidos de América, mientras que el Grupo Banco Mundial enterará un aporte de cinco millones ochenta mil dólares estadounidenses.

II. ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL ACUERDO

El Acuerdo consta de un Preámbulo, que expone los motivos que animaron a las Partes a suscribirlo; y de once artículos, donde se despliegan las normas que conforman su cuerpo principal y dispositivo.

En el Preámbulo, las Partes hacen referencia al mutuo interés en establecer las oficinas de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en la República de Chile, y a la intención de definir el estatus y las prerrogativas e inmunidades de dichas oficinas, a fin de permitir el desarrollo del propósito de las señaladas instituciones en el territorio nacional.

En cuanto a su contenido, el Acuerdo comprende el significado de conceptos básicos para su mejor aplicación. Así, define: “Autoridades de la República de Chile”; “Organizaciones del Grupo del Banco Mundial”; “Organización del Grupo del Banco Mundial”; “Parte”; “Oficina”; “Jefe de la Oficina”; “Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial”; “Pareja Oficial”; e “Hijos Dependientes” (Artículo I).

Seguidamente, consigna que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial podrán tener una Oficina en el territorio nacional, contar con uno o más sus funcionarios y contratar personal local para proveer los servicios de apoyo, todos ellos bajo la autoridad de los Jefes de Oficina. Agrega, además, que las instalaciones de la Oficina serán inviolables y estarán bajo el control y autoridad de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial. En este contexto, nuestro país se compromete a asegurar que la Oficina no sea perturbada por personas que no han sido autorizadas a ingresar a ella o por disturbios en sus inmediaciones, como asimismo, asistir a las referidas organizaciones para que encuentren un lugar idóneo para su instalación (artículo II).

Asimismo, las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial deberán realizar sus mejores esfuerzos para no abusar de las exenciones y facilidades otorgadas por el Acuerdo. Chile, por su parte, deberá otorgarles a ellas y a los funcionarios, independiente de su nacionalidad y residencia, una serie de prerrogativas e inmunidades que se adicionan a las ya existentes y que están en consonancia con aquellas otorgadas por los instrumentos legales constitutivos de las indicadas organizaciones, y de algunas de las cuales sólo estarán exceptuados los residentes permanentes en Chile (Artículo III).

Entre las prerrogativas e inmunidades se encuentran las siguientes:

* Los bienes y activos gozarán de inmunidad con respecto a todo registro, requisa u otra forma de incautación en virtud de una medida ejecutiva o legislativa.

* Los archivos serán inviolables, independiente de su formato, ubicación o de quien los posea.

* Los funcionarios de las Organizaciones gozarán de inmunidad de jurisdicción respecto de palabras escritas y de todos los actos ejecutados por ellos en su capacidad oficial.

* El régimen laboral interno de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial regirá exclusivamente respecto de todas las materias relativas a las relaciones laborales de sus funcionarios en el territorio nacional.

* La República de Chile considerará las solicitudes de permiso de trabajo para los cónyuges de los funcionarios de las Organizaciones.

* Los funcionarios de las Organizaciones, sus cónyuges, pareja oficial, hijos dependientes y familiares a su cargo deberán poder ingresar a Chile sin necesidad de visa de entrada y gozarán de las mismas facilidades de repatriación en tiempo de crisis internacional, dadas a los funcionarios de representaciones diplomáticas en Chile.

* Los funcionarios de las Organizaciones tendrán derecho a importar, libre de derechos de aduana y otros gravámenes, prohibiciones y restricciones a la importación, sus muebles y efectos personales.

En cuanto a los Jefes de Oficina, la República de Chile les extenderá las prerrogativas, inmunidades, exenciones y facilidades de manera no menos favorable que las que se conceden a los jefes de las oficinas de representaciones u oficinas similares, las cuales también se otorgarán a sus cónyuges, parejas oficiales y a sus hijos dependientes (Artículo IV).

En relación a las exenciones tributarias, las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, sus haberes, bienes e ingresos y sus operaciones y transacciones, autorizadas por sus instrumentos legales constitutivos, estarán exentas de todo impuesto y derecho de aduana, sin limitación. El Acuerdo agrega, además, que, en determinados casos, Chile podrá adoptar las disposiciones administrativas necesarias para la remisión de la cantidad correspondiente a derechos de impuesto y que, en relación a los funcionarios, sus sueldos y emolumentos estarán exentos de impuesto y de toda obligación relativa al servicio nacional, cumpliendo determinados requisitos (Artículo V).

Respecto a las prerrogativas para las comunicaciones, el Acuerdo prevé que éstas no estarán sujetas a censura y que las Organizaciones tendrán derecho a hacer uso de claves y a despachar y recibir correspondencia, ya sea por correos o en valijas selladas, las que tendrán la misma inmunidad y prerrogativas que los correos o valijas diplomáticas (Artículo VI).

En lo referente a la inmunidad de jurisdicción, el Acuerdo consagra la inmunidad de toda jurisdicción de las Organizaciones, excepto en los casos vinculados con la facultad de emitir o garantizar valores, o en aquellos casos en que las Organizaciones hayan renunciado expresamente y por escrito a esta inmunidad, la que incluirá la inmunidad respecto de cualquier proceso legal en materias referidas a funcionarios de las Organizaciones. Es relevante destacar que cualquier controversia entre los funcionarios y las Organizaciones deberá ser resuelta a través del sistema interno de justicia de las Organizaciones y que ninguna demanda podrá ser interpuesta por nuestro país en contra de las Organizaciones. Finalmente, en las limitadas situaciones en que las Organizaciones puedan ser demandadas, sus bienes y haberes no estarán sujetos a ninguna forma de embargo hasta que se dicte sentencia definitiva (Artículo VII).

Igualmente, en cuanto a las facilidades financieras, las Partes estarán obligadas por los instrumentos legales constitutivos de las Organizaciones. Además, Chile le otorgará a éstas las facilidades financieras de una manera no menos favorable que aquellas otorgadas a otra organización internacional establecida en Chile (Artículo VIII).

Del mismo modo, en relación a las importaciones y exportaciones, las Organizaciones estarán exentas de prohibiciones y de restricciones a los artículos importados o exportados para su uso oficial, los cuales se entienden que no serán vendidos en Chile (Artículo IX).

Por último, el Acuerdo contiene cláusulas finales, usuales en este tipo de instrumentos, tales como las relativas a la solución de controversias, entrada en vigor y terminación (Artículos X y XI).

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente

PROYECTO DE ACUERDO:

“ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.”.

Dios guarde a V.E.,

MICHELLE BACHELET JERIA

Presidenta de la República

HERALDO MUÑOZ VALENZUELA

Ministro de Relaciones Exteriores

RODRIGO VALDÉS PULIDO

Ministro de Hacienda

1.2. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores

Cámara de Diputados. Fecha 18 de agosto, 2015. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores en Sesión 63. Legislatura 363.

?BOLETÍN N° 10244-10-1

INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, ASUNTOS INTERPARLAMENTARIOS E INTEGRACIÓN LATINOAMERICANA, SOBRE EL PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL "ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO, LA CORPORACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL Y EL ORGANISMO MULTILATERAL DE GARANTÍA DE INVERSIONES RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE OFICINAS EN LA REPÚBLICA DE CHILE” SUSCRITO EN WASHINGTON D.C., ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL 14, 16 Y 17 DE ABRIL DE 2015.

________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informar sobre el proyecto de acuerdo del epígrafe, que se encuentra sometido a la consideración de la H. Cámara, en primer trámite constitucional, sin urgencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15 y 54, N° 1, de la Constitución Política de la República.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios correspondientes, y previamente al análisis de fondo de este instrumento, se hace constar lo siguiente:

1°) Que la idea matriz o fundamental de este Proyecto de Acuerdo, como su nombre lo indica, es aprobar el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al establecimiento y operación de oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.

2°) Que este Proyecto de Acuerdo no contiene normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado. Asimismo, ella determinó que sus preceptos deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda por tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.

3°) Que la Comisión aprobó el Proyecto de Acuerdo por 9 votos a favor, ninguno en contra y una abstención. Votaron a favor la Diputada señora Molina, doña Andrea, y los Diputados señores Campos, don Cristián; Edwards, don José Manuel; Hernández, don Javier; Jarpa, don Carlos Abel; Sabag, don Jorge; Tarud, don Jorge; Teillier, don Guillermo, y Verdugo, don Germán (en reemplazo de la señora Sabat, doña Marcela). Se abstuvo el señor Rocafull, don Luis.

4°) Que Diputado Informante fue designado el señor Rocafull, don Luis.

II.- ANTECEDENTES.

Según lo señala el Mensaje, el Grupo del Banco Mundial es un conjunto de organizaciones internacionales que tienen por propósito erradicar la pobreza y promover la prosperidad compartida, apoyando el desarrollo y crecimiento económico inclusivo y sustentable mediante préstamos, garantías, inversiones, productos de gestión de riesgo e, igualmente, por medio de la prestación de servicios de análisis y consultoría.

Agrega que este Grupo está compuesto, entre otras organizaciones, por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI).

Añade que el 3 de noviembre de 2014, el Ministerio de Hacienda suscribió un Memorándum de Entendimiento con dichas organizaciones, acordando establecer oficinas de éstas en el territorio nacional, cuestión que finalmente se posibilitará mediante el Acuerdo, que permitirá que las referidas instituciones puedan cumplir con sus objetivos en nuestro país.

Destaca, asimismo, que los derechos y privilegios otorgados por el Acuerdo beneficiarán al “Centro de Investigación y Desarrollo del Grupo Banco Mundial”, definido en el Memorándum de Entendimiento señalado. El financiamiento de los costos de establecimiento y operación de este Centro será compartido por las Partes y se establecerá en un acuerdo adicional. Así, se contempla que para su instalación y operación durante los primeros cuatro años el Gobierno de Chile aporte hasta seis millones cuatrocientos mil dólares de Estados Unidos de América, mientras que el Grupo Banco Mundial enterará un aporte de cinco millones ochenta mil dólares estadounidenses.

III- ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL ACUERDO.

El Acuerdo consta de un Preámbulo, que expone los motivos que animaron a las Partes a suscribirlo; y de once artículos, donde se despliegan las normas que conforman su cuerpo principal y dispositivo.

En el Preámbulo, las Partes hacen referencia al mutuo interés en establecer las oficinas de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en la República de Chile, y a la intención de definir el estatus y las prerrogativas e inmunidades de dichas oficinas, a fin de permitir el desarrollo del propósito de las señaladas instituciones en el territorio nacional.

En cuanto a su contenido, el Acuerdo comprende el significado de conceptos básicos para su mejor aplicación. Así, define: “Autoridades de la República de Chile”; “Organizaciones del Grupo del Banco Mundial”; “Organización del Grupo del Banco Mundial”; “Parte”; “Oficina”; “Jefe de la Oficina”; “Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial”; “Pareja Oficial”; e “Hijos Dependientes” (Artículo I).

Seguidamente, consigna que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial podrán tener una Oficina en el territorio nacional, contar con uno o más sus funcionarios y contratar personal local para proveer los servicios de apoyo, todos ellos bajo la autoridad de los Jefes de Oficina. Agrega, además, que las instalaciones de la Oficina serán inviolables y estarán bajo el control y autoridad de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial. En este contexto, nuestro país se compromete a asegurar que la Oficina no sea perturbada por personas que no han sido autorizadas a ingresar a ella o por disturbios en sus inmediaciones, como asimismo, asistir a las referidas organizaciones para que encuentren un lugar idóneo para su instalación (artículo II).

Asimismo, las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial deberán realizar sus mejores esfuerzos para no abusar de las exenciones y facilidades otorgadas por el Acuerdo. Chile, por su parte, deberá otorgarles a ellas y a los funcionarios, independiente de su nacionalidad y residencia, una serie de prerrogativas e inmunidades que se adicionan a las ya existentes y que están en consonancia con aquellas otorgadas por los instrumentos legales constitutivos de las indicadas organizaciones, y de algunas de las cuales sólo estarán exceptuados los residentes permanentes en Chile (Artículo III).

Entre las prerrogativas e inmunidades se encuentran las siguientes:

* Los bienes y activos gozarán de inmunidad con respecto a todo registro, requisa u otra forma de incautación en virtud de una medida ejecutiva o legislativa.

* Los archivos serán inviolables, independiente de su formato, ubicación o de quien los posea.

* Los funcionarios de las Organizaciones gozarán de inmunidad de jurisdicción respecto de palabras escritas y de todos los actos ejecutados por ellos en su capacidad oficial.

* El régimen laboral interno de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial regirá exclusivamente respecto de todas las materias relativas a las relaciones laborales de sus funcionarios en el territorio nacional.

* La República de Chile considerará las solicitudes de permiso de trabajo para los cónyuges de los funcionarios de las Organizaciones.

* Los funcionarios de las Organizaciones, sus cónyuges, pareja oficial, hijos dependientes y familiares a su cargo deberán poder ingresar a Chile sin necesidad de visa de entrada y gozarán de las mismas facilidades de repatriación en tiempo de crisis internacional, dadas a los funcionarios de representaciones diplomáticas en Chile.

* Los funcionarios de las Organizaciones tendrán derecho a importar, libre de derechos de aduana y otros gravámenes, prohibiciones y restricciones a la importación, sus muebles y efectos personales.

En cuanto a los Jefes de Oficina, la República de Chile les extenderá las prerrogativas, inmunidades, exenciones y facilidades de manera no menos favorable que las que se conceden a los jefes de las oficinas de representaciones u oficinas similares, las cuales también se otorgarán a sus cónyuges, parejas oficiales y a sus hijos dependientes (Artículo IV).

En relación a las exenciones tributarias, las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, sus haberes, bienes e ingresos y sus operaciones y transacciones, autorizadas por sus instrumentos legales constitutivos, estarán exentas de todo impuesto y derecho de aduana, sin limitación. El Acuerdo agrega, además, que, en determinados casos, Chile podrá adoptar las disposiciones administrativas necesarias para la remisión de la cantidad correspondiente a derechos de impuesto y que, en relación a los funcionarios, sus sueldos y emolumentos estarán exentos de impuesto y de toda obligación relativa al servicio nacional, cumpliendo determinados requisitos (Artículo V).

Respecto a las prerrogativas para las comunicaciones, el Acuerdo prevé que éstas no estarán sujetas a censura y que las Organizaciones tendrán derecho a hacer uso de claves y a despachar y recibir correspondencia, ya sea por correos o en valijas selladas, las que tendrán la misma inmunidad y prerrogativas que los correos o valijas diplomáticas (Artículo VI).

En lo referente a la inmunidad de jurisdicción, el Acuerdo consagra la inmunidad de toda jurisdicción de las Organizaciones, excepto en los casos vinculados con la facultad de emitir o garantizar valores, o en aquellos casos en que las Organizaciones hayan renunciado expresamente y por escrito a esta inmunidad, la que incluirá la inmunidad respecto de cualquier proceso legal en materias referidas a funcionarios de las Organizaciones. Es relevante destacar que cualquier controversia entre los funcionarios y las Organizaciones deberá ser resuelta a través del sistema interno de justicia de las Organizaciones y que ninguna demanda podrá ser interpuesta por nuestro país en contra de las Organizaciones. Finalmente, en las limitadas situaciones en que las Organizaciones puedan ser demandadas, sus bienes y haberes no estarán sujetos a ninguna forma de embargo hasta que se dicte sentencia definitiva (Artículo VII).

Igualmente, en cuanto a las facilidades financieras, las Partes estarán obligadas por los instrumentos legales constitutivos de las Organizaciones. Además, Chile le otorgará a éstas las facilidades financieras de una manera no menos favorable que aquellas otorgadas a otra organización internacional establecida en Chile (Artículo VIII).

Del mismo modo, en relación a las importaciones y exportaciones, las Organizaciones estarán exentas de prohibiciones y de restricciones a los artículos importados o exportados para su uso oficial, los cuales se entienden que no serán vendidos en Chile (Artículo IX).

Por último, el Acuerdo contiene cláusulas finales, usuales en este tipo de instrumentos, tales como las relativas a la solución de controversias, entrada en vigor y terminación (Artículos X y XI).

IV.- DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y DECISIÓN ADOPTADA.

En el estudio de este Proyecto de Acuerdo la Comisión contó con la asistencia y colaboración del señor Edgardo Riveros Marín, Ministro (S) de Relaciones Exteriores, y del señor Claudio Troncoso Repetto, Director Jurídico de la Cancillería, quienes refrendaron los fundamentos expuestos en el Mensaje que acompaña este Proyecto de Acuerdo, efectuando una reseña acotada de sus contenidos, manifestando, en síntesis, que el presente Acuerdo tiene por objeto mejorar la definición del estatus, prerrogativas e inmunidades de dicha oficina u oficinas en nuestro país a fin de permitir el desarrollo del propósito y de las funciones de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en la República de Chile.

Por su parte, la señora Diputada y los señores Diputados presentes, que expresaron su decisión favorable a la aprobación de este Proyecto de Acuerdo, manifestaron su concordancia con los objetivos del mismo, puesto que él facilita el funcionamiento de dichas Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en nuestro país. Por ello, y sin mayor debate, por 9 votos a favor, ningún voto en contra y una abstención prestaron su aprobación al Proyecto de Acuerdo la señora Molina, doña Andrea, y los Diputados señores Campos, don Cristián; Edwards, don José Manuel; Hernández, don Javier; Jarpa, don Carlos Abel; Sabag, don Jorge; Tarud, don Jorge; Teillier, don Guillermo, y Verdugo, don Germán (en reemplazo de la señora Sabat, doña Marcela). Se abstuvo el señor Rocafull, don Luis.

VI.- MENCIONES REGLAMENTARIAS.

En conformidad con lo preceptuado por el artículo 287 del Reglamento de la Corporación, se hace presente que vuestra Comisión no calificó como normas de carácter orgánico o de quórum calificado ningún precepto contenido en Proyecto de Acuerdo en informe. Asimismo, ella determinó que sus preceptos deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda por tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.

Como consecuencia de los antecedentes expuestos y visto el contenido formativo del Acuerdo en trámite, la Comisión decidió recomendar a la H. Cámara aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el artículo único del Proyecto de Acuerdo, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO:

“ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.”.

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Discutido y despachado en sesiones de fechas 11 y 18 de agosto de 2015, celebrada bajo la presidencia del H. Diputado don Jorge Sabag Villalobos, y con la asistencia de las Diputadas señoras Molina, doña Andrea, y Sabat, doña Marcela, y los Diputados señores Campos, don Cristián; Edwards, don José Manuel; Flores, don Iván; Hernández, don Javier; Jarpa, don Carlos Abel; Mirosevic, don Vlado; Morales, don Celso; Rocafull, don Luis; Tarud, don Jorge, y Teillier, don Guillermo. Asimismo, el señor Verdugo, don Germán, reemplazo a la señora Sabat, doña Marcela, en la sesión de fecha 18 del presente.

Se designó como Diputado Informante al señor Rocafull, don Luis.

SALA DE LA COMISIÓN, a 18 de agosto de 2015.

Pedro N. Muga Ramírez,

Abogado, Secretario de la Comisión.

1.3. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 30 de septiembre, 2015. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 76. Legislatura 363.

? BOLETÍN Nº 10.244-10

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA SOBRE EL PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO, LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO, LA CORPORACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL Y EL ORGANISMO MULTILATERAL DE GARANTÍA DE INVERSIONES RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE OFICINAS EN LA REPÚBLICA DE CHILE, SUSCRITO EN WASHINGTON D.C., ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL 14, 16 Y 17 DE ABRIL DE 2015.

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Hacienda informa el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 226 del Reglamento de la Corporación.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS

1.- Origen y urgencia

La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados, mediante mensaje.

2.- Artículos que la Comisión Técnica dispuso que fueran conocidas por ésta.

La Comisión de Relaciones Exteriores dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento del proyecto de acuerdo aprobatorio del Convenio respectivo. Por tratarse de un tratado internacional la votación incidirá en aprobar o rechazar el proyecto de acuerdo respectivo.

3.- Disposiciones o indicaciones rechazadas

No hay

4.- Modificaciones introducidas al texto aprobado por la Comisión Técnica y calificación de normas incorporadas

No hay

5.- Disposiciones que no fueron aprobadas por unanimidad

Ninguna.

6.- Se designó Diputado Informante al señor Manuel Monsalve.

Asistieron a la Comisión, durante el estudio del proyecto, las siguientes personas:

DIRECCIÓN DE PRESUPUESTOS

• Sr. José Pablo Gómez, Jefe División Finanzas Públicas.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

• Sr. Augusto Garrido Vásquez, Jefe del Departamento de Gestión y Presupuesto de la Dirección de Asuntos Culturales.

DIRECON

• Sr. Pablo Nilo, asesor del Departamento de Servicios, Inversiones y Transporte Aéreo.

SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

• Sr. Néstor Venegas, asesor del departamento de Normas Internacionales.

MINISTERIO DE HACIENDA

• Sr. Cristián Salas, asesor asuntos internacionales.

• Sra. Pilar Fernández, asesora asuntos internacionales.

• Sr. Sergio Henríquez, abogado política tributaria.

La idea matriz o fundamental de este Proyecto de Acuerdo:

Aprobar el acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015

Antecedentes generales.

Explica el Mensaje que el Grupo del Banco Mundial es un conjunto de organizaciones internacionales que tienen por propósito erradicar la pobreza y promover la prosperidad compartida, apoyando el desarrollo y crecimiento económico inclusivo y sustentable mediante préstamos, garantías, inversiones, productos de gestión de riesgo e, igualmente, por medio de la prestación de servicios de análisis y consultoría.

Agrega, que el referido Grupo está compuesto, entre otras organizaciones, por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI).

En lo pertinente, da cuenta de que el 3 de noviembre de 2014, el Ministerio de Hacienda suscribió un Memorándum de Entendimiento con dichas organizaciones, acordando establecer oficinas de éstas en el territorio nacional, cuestión que finalmente se posibilitará mediante el Acuerdo, que permitirá que las referidas instituciones puedan cumplir con sus objetivos en nuestro país.

Finalmente, el Mensaje destaca que los derechos y privilegios otorgados por el Acuerdo beneficiarán al “Centro de Investigación y Desarrollo del Grupo Banco Mundial”, definido en el Memorándum de Entendimiento señalado. El financiamiento de los costos de establecimiento y operación de este Centro será compartido por las Partes y se establecerá en un acuerdo adicional. Así, se contempla que para su instalación y operación durante los primeros cuatro años el Gobierno de Chile aporte hasta seis millones cuatrocientos mil dólares de Estados Unidos de América, mientras que el Grupo Banco Mundial enterará un aporte de cinco millones ochenta mil dólares estadounidenses.

Síntesis descriptiva del proyecto: El texto aprobado por la Comisión Técnica consta de un Preámbulo, que expone los motivos que animaron a las Partes a suscribirlo; y de once artículos, donde se despliegan las normas que conforman su cuerpo principal y dispositivo.

Estructura y Contenido del Proyecto de Acuerdo.

El cuanto a su estructura, el Acuerdo consta de un Preámbulo, que expone los motivos que animaron a las Partes a suscribirlo; y de once artículos, donde se despliegan las normas que conforman su cuerpo principal y dispositivo.

En cuanto a su contenido, cabe señalar que en el Preámbulo, las Partes hacen referencia al mutuo interés en establecer las oficinas de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en la República de Chile, y a la intención de definir el estatus y las prerrogativas e inmunidades de dichas oficinas, a fin de permitir el desarrollo del propósito de las señaladas instituciones en el territorio nacional.

Seguidamente su articulado se compone de la siguiente forma; el artículo primero comprende las definiciones de conceptos básicos para su mejor aplicación.

Por su parte, en el artículo segundo, el Acuerdo regula las condiciones de la Oficina que podrán tener las Organizaciones que forman parte del Grupo del Banco Mundial en el territorio nacional, indicando que contará con uno o más sus funcionarios y contratar personal local para proveer los servicios de apoyo, todos ellos bajo la autoridad de los Jefes de Oficina. Agrega, además, que las instalaciones de la Oficina serán inviolables y estarán bajo el control y autoridad de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial. En este contexto, nuestro país se compromete a asegurar que la Oficina no sea perturbada por personas que no han sido autorizadas a ingresar a ella o por disturbios en sus inmediaciones, como asimismo, asistir a las referidas organizaciones para que encuentren un lugar idóneo para su instalación.

El artículo tercero consigna detalladamente las inmunidades que se confieren a las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial y, en concreto, a la Oficina. En este sentido, se establece que las referidas instituciones deberán realizar sus mejores esfuerzos para no abusar de las exenciones y facilidades otorgadas por el Acuerdo. Chile, por su parte, deberá otorgarles a ellas y a los funcionarios, independiente de su nacionalidad y residencia, una serie de prerrogativas e inmunidades que se adicionan a las ya existentes y que están en consonancia con aquellas otorgadas por los instrumentos legales constitutivos de las indicadas organizaciones, y de algunas de las cuales sólo estarán exceptuados los residentes permanentes en Chile.

A continuación, el artículo quinto hace extensible las prerrogativas, inmunidades, exenciones y facilidades a los Jefes de Oficina de manera no menos favorable que las que se conceden a los jefes de las oficinas de representaciones u oficinas similares, las cuales también se otorgarán a sus cónyuges, parejas oficiales y a sus hijos dependientes.

El artículo quinto, en relación a las exenciones tributarias, establece que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, sus haberes, bienes e ingresos y sus operaciones y transacciones, autorizadas por sus instrumentos legales constitutivos, estarán exentas de todo impuesto y derecho de aduana, sin limitación. Agrega que, en determinados casos, Chile podrá adoptar las disposiciones administrativas necesarias para la remisión de la cantidad correspondiente a derechos de impuesto y que, en relación a los funcionarios, sus sueldos y emolumentos estarán exentos de impuesto y de toda obligación relativa al servicio nacional, cumpliendo determinados requisitos.

El Acuerdo prevé, en su artículo sexto, en relación a las prerrogativas para las comunicaciones, que éstas no estarán sujetas a censura y que las Organizaciones tendrán derecho a hacer uso de claves y a despachar y recibir correspondencia, ya sea por correos o en valijas selladas, las que tendrán la misma inmunidad y prerrogativas que los correos o valijas diplomáticas.

Cabe tener presente, que en el artículo séptimo, el Acuerdo consagra la inmunidad de toda jurisdicción de las Organizaciones, excepto en los casos vinculados con la facultad de emitir o garantizar valores, o en aquellos casos en que las Organizaciones hayan renunciado expresamente y por escrito a esta inmunidad, la que incluirá la inmunidad respecto de cualquier proceso legal en materias referidas a funcionarios de las Organizaciones. Destaca que cualquier controversia entre los funcionarios y las Organizaciones deberá ser resuelta a través del sistema interno de justicia de las Organizaciones y que ninguna demanda podrá ser interpuesta por nuestro país en contra de las Organizaciones. Finalmente, en las limitadas situaciones en que las Organizaciones puedan ser demandadas, sus bienes y haberes no estarán sujetos a ninguna forma de embargo hasta que se dicte sentencia definitiva.

En cuanto a las facilidades financieras, el Acuerdo establece en el artículo octavo que las Partes estarán obligadas por los instrumentos legales constitutivos de las Organizaciones. Además, Chile le otorgará a éstas las facilidades financieras de una manera no menos favorable que aquellas otorgadas a otra organización internacional establecida en Chile.

En el mismo sentido, en relación a las importaciones y exportaciones, el artículo noveno concede a las Organizaciones exención de prohibiciones y de restricciones a los artículos importados o exportados para su uso oficial, los cuales se entienden que no serán vendidos en Chile.

Por último, en los artículos décimo y décimo primero se consignan normas que regulan los mecanismos de solución de controversias, la entrada en vigor y terminación del presente Proyecto de Acuerdo.

Incidencia en materia presupuestaria y financiera

El informe financiero N° 102-09/07/2015 que explica, como antecedente preliminar, que el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI), son organismos especializados autónomos sujetos a la coordinación del Consejo Económico y Social y de la Junta de Jefes Ejecutivos del sistema de las Naciones Unidas. Todas estas agencias, que conforman el grupo del Banco Mundial, trabajan dentro de las Naciones Unidas.

Agrega que con fecha 14, 16 y 17 de abril de 2015, el Ministro de Hacienda – en representación de la República de Chile – y los representantes de las organizaciones del Grupo del Banco Mundial, suscribieron un Acuerdo para establecer las oficinas de éstas en el territorio nacional, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de sus objetivos en nuestro país. En concreto, este acuerdo permite que las organizaciones indicadas puedan establecer y operar oficinas en Chile de la misma manera y con las mismas condiciones otorgadas a otros organismos internacionales que operan en nuestro país.

Efectos en la recaudación fiscal:

Al respecto establece disposiciones específicas en materias relativas a inmunidades, prerrogativas y exenciones otorgadas a las oficinas objeto del mismo y a sus funcionarios. Las materias relativas a exenciones tributarias y arancelarias tienen impacto fiscal en materia de Ingresos.

Respecto a lo señalado en el párrafo anterior, explica que pese a identificarse el impacto, la eventualidad de utilización de las prerrogativas que se conceden, unido a su muy baja cuantía respecto de la recaudación de los impuestos y aranceles respectivos, no hace posible su cuantificación preliminar.

Finalmente, señala que se contempla compartir con el Banco Mundial los costos de establecer y operar la oficina denominada “Centro de Investigación y Desarrollo del Grupo Banco Mundial en Chile”, en montos que sumados no superarán los 6,4 millones de dólares de Estados Unidos de América en cuatro años, los que se incorporarán en las respectivas Leyes de Presupuestos del Sector Público.

Debate de las normas sometidas a la consideración de la Comisión, en la especie todo el proyecto de acuerdo.

El señor Cristián Salas (asesor de asuntos internacionales del Ministerio de Hacienda) explica que se trata de un acuerdo que involucrar al grupo del Banco Mundial y que implica la creación del primer centro de estadios de dicho Banco fuera de su sede. Añade que se trata de constituir en Chile la sede de este centro de investigación acerca del “doing business” a nivel regional.

Explica que este centro tendrá el mismo tipo de privilegios que la CEPAL y generará conocimiento e insumos que servirán a nuestro país.

El señor Melero consulta si se tratará de una oficina nacional o regional y si Chile podrá poner una agenda al centro de estudios.

El señor De Mussy, consulta en qué se gastará el aporte que hará nuestro país para establecer la respectiva sede.

El señor Cristián Salas (asesor de asuntos internacionales del Ministerio de Hacienda) responde que el centro operará en Chile y que sus estudios se mostrarán en la región y añade que Chile podrá proponer temas a definir con el Banco Mundial.

El señor José Pablo Gómez (Jefe de la División de Finanzas Públicas de la DIPRES) explica que el banco Mundial viene con su staff y usará sus procedimientos para contratar y los trabajos saldrán con el timbre del Banco Mundial. En cuanto a los gastos, precisa que los fondos se entregarán en un plazo de cuatro años para financiar los costos de instalación y se efectuará rendición de cuentas, se financiarán los estudios, instalación y consultores.

Ante consulta del señor Melero, responde que la contraparte chilena será el Ministerio de Hacienda, aunque también participará el Ministerio de Economía y la Dirección de Presupuestos.

El señor Melero solicita que cuando se tengan definidos los temas se haga llegar el listado de los mismos a la Comisión, lo cual cuenta con el asentimiento de la Comisión y de los representantes del Ejecutivo.

El señor Auth (Presidente de la Comisión) junto con puntualizar que hace una gran diferencia que los informes vengan con el timbre del banco Mundial señala que también hay un impacto financiero por las exenciones tributarias que implica el acuerdo.

VOTACIÓN

Texto del proyecto de acuerdo:

“Artículo único.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.”.

Puesto en votación el artículo único del proyecto de acuerdo, es aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes señores Pepe Auth (Presidente de la Comisión); Felipe De Mussy; Enrique Jaramillo; Patricio Melero; José Miguel Ortiz; Ricardo Rincón, y Marcelo Schilling.

Se designa como Diputado informante al señor Manuel Monsalve.

Tratado y acordado en sesión de fecha 30 de septiembre de 2015, con las asistencia de los Diputados señores Pepe Auth (Presidente de la Comisión); Sergio Aguiló; Felipe De Mussy; Enrique Jaramillo; Juan Enrique Morano (por el señor Lorenzini); Patricio Melero; José Miguel Ortiz; Ricardo Rincón; Alejandro Santana; Marcelo Schilling, y Ernesto Silva.

SALA DE LA COMISIÓN, a 30 de septiembre de 2015.

1.4. Discusión en Sala

Fecha 13 de enero, 2016. Diario de Sesión en Sesión 118. Legislatura 363. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LAS ORGANIZACIONES QUE INTEGRAN EL GRUPO DEL BANCO MUNDIAL PARA EL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE SUS OFICINAS EN CHILE (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 10244?10)

El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.

Diputados informantes de las comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, y de Hacienda, son los señores Luis Rocafull y Manuel Monsalve , respectivamente.

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 57ª de la presente legislatura, en 11 de agosto de 2015. Documentos de la Cuenta N° 3.

-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, sesión 63ª de la presente legislatura, en 1 de septiembre de 2015. Documentos de la Cuenta N° 9.

-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 76ª de la presente legislatura, en 6 de octubre de 2015. Documentos de la Cuenta N° 6.

El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.

El señor ROCAFULL (de pie).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, me corresponde informar el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al establecimiento y operación de oficinas en la República de Chile, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015, el cual se encuentra sometido a la consideración de la Cámara de Diputados en primer trámite constitucional, sin urgencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15°, y 54, N° 1), de la Constitución Política de la República.

Según señala el mensaje, el Grupo del Banco Mundial es un conjunto de organizaciones internacionales que tienen por propósito erradicar la pobreza y promover la prosperidad compartida, apoyando el desarrollo y el crecimiento económico inclusivo y sustentable mediante préstamos, garantías, inversiones, productos de gestión de riesgo e, igualmente, por medio de la prestación de servicios de análisis y consultoría.

Agrega que este grupo está compuesto, entre otras organizaciones, por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI).

Añade que el 3 de noviembre de 2014, el Ministerio de Hacienda suscribió un memorando de entendimiento con dichas organizaciones, mediante el cual acordaron establecer oficinas de estas organizaciones en el territorio nacional, cuestión que, finalmente, se posibilitará mediante el acuerdo que hoy sometemos a vuestra consideración, que permitirá que las referidas instituciones puedan cumplir con sus objetivos en nuestro país.

Destaca, asimismo, que los derechos y privilegios otorgados por el acuerdo beneficiarán al Centro de Investigación y Desarrollo del Grupo Banco Mundial, definido en el memorando de entendimiento señalado.

El financiamiento de los costos de establecimiento y operación de este centro será compartido por las partes y se establecerá en un acuerdo adicional. Así, se contempla que para su instalación y operación durante los primeros cuatro años el gobierno de Chile aportará hasta 6.400.000 dólares de Estados Unidos de América, mientras que el Grupo Banco Mundial enterará un aporte de 5.080.000 dólares estadounidenses.

El acuerdo consta de un preámbulo, que expone los motivos que animaron a las partes a suscribirlo, y de once artículos en los que se despliegan las normas que conforman su cuerpo principal y dispositivo, a los cuales no me referiré en aras del tiempo y por estar ellos contenidos en el informe que mis colegas tienen en su poder.

En el estudio de este proyecto de acuerdo la comisión contó con la asistencia y colaboración del señor Edgardo Riveros Marín , ministro subrogante de Relaciones Exteriores, y Claudio Troncoso Repetto , director jurídico de la Cancillería, quienes refrendaron los fundamentos expuestos en el mensaje que acompaña este proyecto de acuerdo, efectuando una reseña acotada de sus contenidos, manifestando, en síntesis, que el presente acuerdo tiene por objeto mejorar la definición del estatus, prerrogativas e inmunidades de dicha oficina u oficinas en nuestro país a fin de permitir el desarrollo del propósito y de las funciones de las organizaciones del grupo del Banco Mundial en la República de Chile.

Por su parte, la señora diputada y los señores diputados presentes, que expresaron su decisión favorable a la aprobación del proyecto de acuerdo, manifestaron su concordancia con los objetivos del mismo, puesto que él facilita el funcionamiento de dichas organizaciones del grupo del Banco Mundial en nuestro país.

Por ello, y sin mayor debate, por 9 votos a favor, ninguno en contra y una abstención, prestaron su aprobación al proyecto de acuerdo la diputada señora Molina , doña Andrea , y los diputados señores Campos, don Cristián ; Edwards, don José Manuel ; Hernández, don Javier ; Jarpa, don Carlos Abel ; Sabag, don Jorge ; Tarud, don Jorge ; Teillier, don Guillermo , y Verdugo, don Germán . Se abstuvo el señor Rocafull, don Luis .

Por último, me permito hacer presente que vuestra comisión no calificó como normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado ningún precepto contenido en el proyecto de acuerdo en informe. Asimismo, determinó que sus preceptos deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda, por tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.

Como consecuencia de los antecedentes expuestos, la comisión decidió recomendar a la honorable Cámara aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo, cuyo texto se contiene en el referido informe.

He dicho.

El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.

El señor MONSALVE (de pie).-

Señor Presidente, en representación de la Comisión de Hacienda, me corresponde rendir el informe relativo al proyecto de acuerdo que aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, en primer trámite constitucional, sin urgencia, de conformidad con el artículo 226 del Reglamento de la Corporación.

El mensaje explica que las referidas organizaciones componen el Grupo del Banco Mundial y tienen por propósito erradicar la pobreza y promover la prosperidad compartida, apoyando el desarrollo y crecimiento económico inclusivo y sustentable mediante préstamos, garantías, inversiones, productos de gestión de riesgo e igualmente por medio de la prestación de servicios de análisis y consultoría.

En lo pertinente, da cuenta de que el 3 de noviembre de 2014 el Ministerio de Hacienda suscribió un memorándum de entendimiento con dichas organizaciones, acordando establecer oficinas de estas en el territorio nacional. Así, los derechos y privilegios otorgados por el Acuerdo beneficiarán a la oficina del denominado “Centro de Investigación y Desarrollo del Grupo Banco Mundial en Chile”, definido en el memorándum de entendimiento señalado, que desarrollará estudios con el timbre del Banco Mundial que se enfocarán tanto en Chile como en la región. Nuestro país podrá acordar temas a desarrollar con la institución del grupo que corresponda, según sea el caso. Se trata del primer centro del grupo del Banco Mundial que se instala fuera de la sede de la institución, lo cual es un privilegio para nuestro país.

La comisión técnica dispuso como de competencia de la Comisión de Hacienda el proyecto de acuerdo, esto es, todo el tratado.

En cuanto al impacto en la recaudación fiscal, el informe financiero N° 102, de 9 de julio de 2015, establece disposiciones específicas en materias relativas a inmunidades, prerrogativas y exenciones otorgadas a la oficina objeto del mismo y a sus funcionarios. En este sentido, las exenciones tributarias y arancelarias que se establecen tienen impacto fiscal en materia de ingresos, pero de orden menor.

Cabe señalar que, no obstante haberse identificado el impacto, la eventual utilización de las prerrogativas que se conceden, unida a su muy baja cuantía respecto de la recaudación de los impuestos y aranceles respectivos, no hace posible su cuantificación preliminar.

La iniciativa establece que el financiamiento de los costos de establecimiento y operación de este centro será compartido por las partes y se establecerá en un acuerdo adicional. Así, se contempla que para su instalación y operación durante los primeros cuatro años, el gobierno de Chile aporte hasta seis millones cuatrocientos mil dólares de Estados Unidos de América, mientras que el Grupo Banco Mundial enterará un aporte de cinco millones ochenta mil dólares estadounidenses. Estos recursos se irán ocupando durante el período de cuatro años para el proceso de instalación de la sede y se entregarán por las respectivas leyes de presupuestos.

Finalmente, la Comisión de Hacienda aprobó por unanimidad las normas sometidas a su competencia, recomendando su aprobación en la misma forma a la Sala de la Cámara de Diputados.

Es cuanto puedo informar

He dicho.

El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-

En discusión el proyecto. Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra. Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de acuerdo en los siguientes términos:

El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-

Corresponde votar el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 103 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, José Manuel ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Rist, José Antonio ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Meza Moncada, Fernando ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Rivas Sánchez , Gaspar ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan , Joaquín ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Vallespín López, Patricio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe .

El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-

Despachado el proyecto al Senado.

La señora GIRARDI (doña Cristina).-

Señor Presidente, nuevamente, mi voto no quedó registrado.

El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-

Señora diputada, inmediatamente informaremos a soporte informático y electrónico para que resuelva el problema que le afecta. Si el problema continúa, su voto será consignado en el acta.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 13 de enero, 2016. Oficio en Sesión 94. Legislatura 363.

VALPARAÍSO, 13 de enero de 2016

Oficio Nº 12.304

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del mensaje, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente proyecto de acuerdo, correspondiente al boletín N°10244-10:

PROYECTO DE ACUERDO:

“Artículo único.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.”.

Dios guarde a V.E.

MARCO ANTONIO NÚÑEZ LOZANO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores

Senado. Fecha 22 de marzo, 2016. Informe de Comisión de Relaciones Exteriores en Sesión 8. Legislatura 364.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.

BOLETÍN Nº 10.244-10

__________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros el proyecto de acuerdo de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. la Presidenta de la República, de fecha 29 de mayo de 2015, con urgencia calificada de “simple”.

Se dio cuenta de esta iniciativa ante la Sala del Honorable Senado en sesión celebrada el 19 de enero de 2016, donde se dispuso su estudio por las Comisiones de Relaciones Exteriores y por la de Hacienda, en su caso.

A la sesión en que se analizó el proyecto de acuerdo en informe, asistió, especialmente invitado, del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Director (s) de Asuntos Jurídicos, señor Álvaro Arévalo. También concurrió, del Ministerio de Hacienda, el Asesor de Asuntos Internacionales, señor Cristián Salas.

- - -

Asimismo, cabe señalar que, por tratarse de un proyecto de artículo único, en conformidad con lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, vuestra Comisión os propone discutirlo en general y en particular a la vez.

- - -

ANTECEDENTES GENERALES

1.- Antecedentes Jurídicos.- Para un adecuado estudio de esta iniciativa, se tuvieron presentes las siguientes disposiciones constitucionales y legales:

a) Constitución Política de la República. En su artículo 54, Nº 1), entre las atribuciones exclusivas del Congreso Nacional, el constituyente establece la de "Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación.".

b) Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, promulgada por decreto supremo Nº 381, de 5 de mayo de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 22 de junio de 1981.

2.- Mensaje de S.E. la Presidenta de la República.- El Mensaje señala que el Grupo del Banco Mundial es un conjunto de organizaciones internacionales que tienen por propósito erradicar la pobreza y promover la prosperidad compartida, apoyando el desarrollo y crecimiento económico inclusivo y sustentable mediante préstamos, garantías, inversiones, productos de gestión de riesgo e, igualmente, por medio de la prestación de servicios de análisis y consultoría.

Agrega que este Grupo está compuesto, entre otras organizaciones, por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI).

El Ejecutivo señala que el 3 de noviembre de 2014, el Ministerio de Hacienda suscribió un Memorándum de Entendimiento con dichas organizaciones, acordando establecer oficinas de éstas en el territorio nacional, cuestión que finalmente se posibilitará mediante el Acuerdo en estudio, que permitirá que las referidas instituciones puedan cumplir con sus objetivos en nuestro país.

Destaca el Mensaje que los derechos y privilegios otorgados por el Acuerdo beneficiarán al “Centro de Investigación y Desarrollo del Grupo Banco Mundial”, definido en el Memorándum de Entendimiento señalado. Añade que el financiamiento de los costos de establecimiento y operación de este Centro será compartido por las Partes y se establecerá en un acuerdo adicional. Así, se contempla que para su instalación y operación durante los primeros cuatro años el Gobierno de Chile aporte hasta seis millones cuatrocientos mil dólares de Estados Unidos de América, mientras que el Grupo Banco Mundial enterará un aporte de cinco millones ochenta mil dólares estadounidenses.

3.- Tramitación ante la Honorable Cámara de Diputados.- Se dio cuenta del Mensaje Presidencial, en sesión de la Honorable Cámara de Diputados, de 11 de agosto de 2015, donde se dispuso su análisis por parte de las Comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana y por la de Hacienda.

La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana estudió la materia en sesión efectuada el día 18 de agosto de 2015 y aprobó, por 9 votos a favor y 1 abstención, el proyecto en informe. A su vez, la Comisión de Hacienda trató la iniciativa en sesión realizada el día 30 de septiembre de 2015, y aprobó, por la unanimidad de sus miembros presentes el Convenio.

Finalmente, la Sala de la Honorable Cámara de Diputados, en sesión realizada el día 13 de enero de 2016, aprobó el proyecto, en general y en particular, por la unanimidad de sus miembros presentes (103 votos a favor).

4. Instrumento Internacional.- El Convenio consta de un Preámbulo y once artículos.

En el Preámbulo, las Partes hacen referencia al mutuo interés en establecer las oficinas de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en la República de Chile, y a la intención de definir el estatus y las prerrogativas e inmunidades de dichas oficinas, a fin de permitir el desarrollo del propósito de las señaladas instituciones en el territorio nacional.

El artículo I define el significado de conceptos básicos para su mejor aplicación: “Autoridades de la República de Chile”; “Organizaciones del Grupo del Banco Mundial”; “Organización del Grupo del Banco Mundial”; “Parte”; “Oficina”; “Jefe de la Oficina”; “Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial”; “Pareja Oficial”; e “Hijos Dependientes”.

Seguidamente, el artículo II consigna que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial podrán tener una Oficina en el territorio nacional, contar con uno o más sus funcionarios y contratar personal local para proveer los servicios de apoyo, todos ellos bajo la autoridad de los Jefes de Oficina. Agrega, además, que las instalaciones de la Oficina serán inviolables y estarán bajo el control y autoridad de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial. En este contexto, nuestro país se compromete a asegurar que la Oficina no sea perturbada por personas que no han sido autorizadas a ingresar a ella o por disturbios en sus inmediaciones, como asimismo, asistir a las referidas organizaciones para que encuentren un lugar idóneo para su instalación.

El artículo III dispone que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial deberán realizar sus mejores esfuerzos para no abusar de las exenciones y facilidades otorgadas por el Acuerdo. Chile, por su parte, deberá otorgarles a ellas y a los funcionarios, independiente de su nacionalidad y residencia, una serie de prerrogativas e inmunidades que se adicionan a las ya existentes y que están en consonancia con aquellas otorgadas por los instrumentos legales constitutivos de las indicadas organizaciones, y de algunas de las cuales sólo estarán exceptuados los residentes permanentes en Chile.

Entre las prerrogativas e inmunidades se encuentran las siguientes:

- Los bienes y activos gozarán de inmunidad con respecto a todo registro, requisa u otra forma de incautación en virtud de una medida ejecutiva o legislativa.

- Los archivos serán inviolables, independiente de su formato, ubicación o de quien los posea.

- Los funcionarios de las Organizaciones gozarán de inmunidad de jurisdicción respecto de palabras escritas y de todos los actos ejecutados por ellos en su capacidad oficial.

- El régimen laboral interno de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial regirá exclusivamente respecto de todas las materias relativas a las relaciones laborales de sus funcionarios en el territorio nacional.

- Los funcionarios de las Organizaciones, sus cónyuges, pareja oficial, hijos dependientes y familiares a su cargo deberán poder ingresar a Chile sin necesidad de visa de entrada y gozarán de las mismas facilidades de repatriación en tiempo de crisis internacional, dadas a los funcionarios de representaciones diplomáticas en Chile.

- Los funcionarios de las Organizaciones tendrán derecho a importar, libre de derechos de aduana y otros gravámenes, prohibiciones y restricciones a la importación, sus muebles y efectos personales.

En tanto, el artículo IV establece que la República de Chile les extenderá a los Jefes de Oficina, las prerrogativas, inmunidades, exenciones y facilidades de manera no menos favorable que las que se conceden a los jefes de las oficinas de representaciones u oficinas similares, las cuales también se otorgarán a sus cónyuges, parejas oficiales y a sus hijos dependientes.

El artículo V dispone que, en relación a las exenciones tributarias, las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, sus haberes, bienes e ingresos y sus operaciones y transacciones, autorizadas por sus instrumentos legales constitutivos, estarán exentas de todo impuesto y derecho de aduana, sin limitación. El Acuerdo agrega, además, que, en determinados casos, Chile podrá adoptar las disposiciones administrativas necesarias para la remisión de la cantidad correspondiente a derechos de impuesto y que, en relación a los funcionarios, sus sueldos y emolumentos estarán exentos de impuesto y de toda obligación relativa al servicio nacional, cumpliendo determinados requisitos.

Por su parte, el artículo VI norma que las comunicaciones oficiales de la Oficina no estarán sujetas a censura y que las Organizaciones tendrán derecho a hacer uso de claves y a despachar y recibir correspondencia, ya sea por correos o en valijas selladas, las que tendrán la misma inmunidad y prerrogativas que los correos o valijas diplomáticas.

En lo referente a la inmunidad de jurisdicción, el artículo VII consagra la inmunidad de toda jurisdicción de las Organizaciones, excepto en los casos vinculados con la facultad de emitir o garantizar valores, o en aquellos casos en que las Organizaciones hayan renunciado expresamente y por escrito a esta inmunidad, la que incluirá la inmunidad respecto de cualquier proceso legal en materias referidas a funcionarios de las Organizaciones. Es relevante destacar que cualquier controversia entre los funcionarios y las Organizaciones deberá ser resuelta a través del sistema interno de justicia de las Organizaciones y que ninguna demanda podrá ser interpuesta por nuestro país en contra de las Organizaciones. Finalmente, en las limitadas situaciones en que las Organizaciones puedan ser demandadas, sus bienes y haberes no estarán sujetos a ninguna forma de embargo hasta que se dicte sentencia definitiva.

El artículo VIII establece que, en cuanto a las facilidades financieras, las Partes estarán obligadas por los instrumentos legales constitutivos de las Organizaciones. Además, Chile le otorgará a éstas las facilidades financieras de una manera no menos favorable que aquellas otorgadas a otra organización internacional establecida en Chile.

Luego, el artículo IX señala que, en relación a las importaciones y exportaciones, las Organizaciones estarán exentas de prohibiciones y de restricciones a los artículos importados o exportados para su uso oficial, los cuales se entienden que no serán vendidos en Chile.

El artículo X dispone que la solución de controversias será resuelta mediante consultas o negociaciones, a excepción de las que digan relación con el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI), las cuales serán solucionadas de acuerdo a su Convenio constitutivo.

Por último, el artículo XI regula la entrada en vigor y terminación.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Pizarro, colocó en discusión el proyecto.

El Asesor de Asuntos Internacionales del Ministerio de Hacienda, señor Cristián Salas, señaló que el acuerdo en estudio se refiere a los privilegios e inmunidades que se otorgan a los organismos internacionales que se instalan en Chile. Añadió que, en este caso, se trata del establecimiento de un centro de investigaciones de desarrollo que verá temas relacionados con competitividad, en Chile y en la región latinoamericana.

Indicó que dicho centro será el primero con estas características en el mundo. Agregó que uno similar se planea instalar en Malasia, pero el proyecto en Chile se encuentra más adelantado.

Explicó que la principal ventaja y objetivo para el Gobierno, es contar en el país con un organismo internacional de reconocido prestigio, que elabore estudios de relevancia e impacto.

A continuación, el Honorable Senador señor Pizarro consultó si el mencionado Centro será un organismo dependiente del Banco Mundial.

El señor Salas respondió que se establecerá como una oficina del Banco Mundial en Chile. Por ello, planteó que es necesario aprobar este acuerdo de privilegios e inmunidades para que pueda operar este organismo internacional en el país.

El Honorable Senador señor Pizarro expresó que, según el Mensaje, el costo ascendería a cerca de doce millones de dólares. Al respecto, preguntó cuánto debe aportar nuestro país y el Banco Mundial, respectivamente.

El señor Salas contestó que Chile se compromete a aportar unos seis millones cuatrocientos mil dólares, cifra que se discutirá en la próxima Ley de Presupuestos del Sector Público y que se pagará en tres cuotas. En cuanto al Banco Mundial, señaló que deberá colocar una cantidad parecida. Añadió que eso podrá variar cuando se llegue a la discusión específica del plan de trabajo, momento en el cual se conocerá la suma con la cual el Banco Mundial deberá contribuir.

Luego, el Honorable Senador Pizarro inquirió si el referido Centro contempla la participación de investigadores y profesionales chilenos.

El señor Salas respondió que nuestro país tiene la posibilidad de sugerir y de recomendar personal, pero que es el Banco Mundial quien en definitiva tiene la decisión final. Precisó que es una posibilidad, la cual no se ha zanjado definitivamente, porque está en curso el proceso de negociación.

Hizo presente que la relevancia de los estudios dice relación con la independencia del organismo internacional y la credibilidad de los mismos.

Por su parte, el Honorable Senador señor Larraín expresó que, básicamente, el proyecto trata sobre la autorización para instalar una oficina del Banco Mundial en Chile, con todas las inmunidades y privilegios que corresponde a un organismo internacional, el cual desarrollaría actividades de estudio. Al respecto, preguntó cuál será el foco y dónde va a desarrollar esta actividad.

El señor Salas explicó que el Banco Mundial realiza estudios a nivel mundial, regional, y otros, a nivel de país. Añadió que, por ejemplo, en Chile podría efectuar un índice de competitividad regional, aparte del nacional. También podría confeccionar trabajos sobre experiencias que se han desarrollado en nuestro país y que podrían aplicarse a Latinoamérica o al Cono Sur. Añadió que eso se está discutiendo en el plan de trabajo.

A su vez, el Honorable Senador señor Chahuán consultó si el propósito es realizar estudios de toda la región, no solo de Chile.

El señor Salas contesto que se haría de las dos formas. En primer término, realizar análisis sobre Chile, y, en segundo lugar, estudiar la experiencia nacional para aplicarla a otros países de la Región.

Seguidamente, el Director Jurídico subrogante de la Cancillería, señor Álvaro Arévalo, explicó que el acuerdo de sede contempla los privilegios e inmunidades normales para una oficina internacional que se instala en Chile, tanto para beneficios de la oficina misma como de sus funcionarios. Destacó que en esa materia no existe ninguna mayor innovación en lo que es ordinariamente un acuerdo de sede.

El Honorable Senador señor Larraín manifestó que el proyecto es un esfuerzo de mucho interés para el país, el cual merece ser respaldado, por su proyección regional.

Puesto en votación, el proyecto de acuerdo fue aprobado, en general y en particular, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Chahuán, Larraín y Pizarro

- - -

En consecuencia, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de proponeros que aprobéis el proyecto de acuerdo en informe, en los mismos términos propuestos por la Honorable Cámara de Diputados, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO

“Artículo único.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.”.

- - -

Acordado en sesión celebrada el día 22 de marzo de 2016, con asistencia de los Honorables Senadores señores Jorge Pizarro Soto (Presidente), Francisco Chahuán Chahuán y Hernán Larraín Fernández.

Sala de la Comisión, a 22 de marzo de 2016.

JULIO CÁMARA OYARZO

Secretario

RESUMEN EJECUTIVO

_____________________________________________________________

INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.

(Boletín Nº 10.244-10)

I. PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: instalar una sede del Grupo del Banco Mundial en el país.

II. ACUERDO: aprobado en general y en particular, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión (3x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: artículo único que aprueba el Convenio que consta de un Preámbulo y once artículos.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: “simple”.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de S.E. la Presidenta de la República, enviado a la Cámara de Diputados.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo trámite.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado, en general y particular, por 103 votos a favor.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 19 de enero de 2016.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe. Pasa a la Comisión de Hacienda.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, promulgada por decreto supremo Nº 381, de 5 de mayo de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado el 22 de junio de 1981.

Valparaíso, 22 de marzo de 2016.

JULIO CÁMARA OYARZO

Secretario

2.2. Informe de Comisión de Hacienda

Senado. Fecha 05 de abril, 2016. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 8. Legislatura 364.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.

BOLETÍN Nº 10.244-10

__________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de informaros el proyecto de acuerdo de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en Mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República, con urgencia calificada de “simple”.

A la sesión en que se analizó el proyecto de acuerdo en informe, asistieron, especialmente invitados, del Ministerio de Hacienda, el Subsecretario, señor Alejandro Micco; la Coordinadora de Mercados Capitales, señora Bernardita Piedrabuena, las Asesoras Jurídicas, señoras Claudia Valle y Camila Astorga, y la Asesora de Asuntos Internacionales, señora Pilar Fernández.

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Asesor, señor Giovanni Semería.

Del Instituto Libertad y Desarrollo, el Director Legislativo, señor Francisco López, y el Asesor, señor Jorge Avilés.

De la Biblioteca del Congreso Nacional, el Analista, señor Samuel Argüello.

De Imaginacción, la Consultora, señora Beatriz Sanhueza.

De la Fundación Jaime Guzmán, el Asesor Legislativo, señor Benjamín Rug.

De la Bancada Demócrata Cristiana, la Asesora Externa, señora María Jesús Mella.

El Asesor del Honorable Senador Coloma, señor Álvaro Pillado.

El Jefe de Gabinete del Honorable Senador Zaldívar, señor Christian Valenzuela.

La Asesora del Honorable Senador Prokurica, señora Carmen Castañaza.

El Asesor del Honorable Senador García, señor Marcelo Estrella.

- - -

El proyecto de acuerdo en informe fue estudiado previamente por la Comisión de Relaciones Exteriores.

Cabe señalar que dicha Comisión ha hecho presente en su informe que, por tratarse de un proyecto que consta de un artículo único, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, propone discutir la iniciativa en general y en particular a la vez, proposición que hace suya vuestra Comisión de Hacienda.

La Sala del Senado, en sesión de 19 de enero de 2016, dispuso que el proyecto de acuerdo fuera conocido por vuestra Comisión de Hacienda en las materias de su competencia.

- - -

OBJETIVO DEL PROYECTO

Instalar una sede del Grupo del Banco Mundial en el país.

- - -

ANTECEDENTES

En lo relativo a los antecedentes jurídicos y de hecho, la Comisión de Hacienda se remite a lo consignado en el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.

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DISCUSIÓN

El artículo único del proyecto de acuerdo es el siguiente:

“Artículo único.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.”.

El Subsecretario de Hacienda, señor Alejandro Micco, expresó que la instalación de oficinas del Grupo del Banco Mundial en el país, permitirá que lleguen destacados profesionales –la mayoría economistas- que trabajarán y aportarán en el país, analizando la realidad de los países emergentes.

La Asesora de Asuntos Internacionales del Ministerio de Hacienda, señora Pilar Fernández, manifestó que el presente Acuerdo es inédito respecto del Grupo del Banco Mundial, ya que sólo existe un antecedente similar con Malasia, pero ese acuerdo no se encuentra tan avanzado como el que se refiere a nuestro país. Agregó que el trabajo que se desarrollará en las oficinas en territorio nacional se referirá a generar antecedentes y conocimientos para evaluar y proponer buenas políticas en materia de productividad.

Asimismo, informó que aún no existe definición de los proyectos en particular a evaluar y proponer, pero se está trabajando con el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para establecer un programa de trabajo para los primeros cuatro años.

El Honorable Senador señor Prokurica solicitó información más detallada acerca de los objetivos que se persiguen con la instalación de oficina en el país y si los profesionales que llegarán serán nacionales o vendrán desde el extranjero.

El Honorable Senador señor Montes consideró como positivo el Acuerdo. No obstante, como ha hecho con ocasión de otros acuerdos similares, reiteró que no existe la posibilidad de evaluar o recibir una evaluación acerca de los resultados y consecuencias de este tipo de iniciativas para que el Congreso Nacional pueda saber si fue una decisión correcta el aprobarlo o no. Observó que el parlamento entrega parte de su poder y de sus facultades y, al menos, debiera poder mantener un vínculo con lo que sucede después, de modo de saber qué ocurre realmente.

El señor Subsecretario señaló, a partir de su experiencia trabajando en organismos internacionales, que es importante contar con indicadores que permitan comparar la situación con otros países, y la oficina que se instalará permitirá estudiar en su conjunto la situación de Latinoamérica, además, que se generará una serie de externalidades positivas para el país, como la interacción de los profesionales que se instalarán con nuestras universidades y centros de estudios.

Añadió que el centro del Grupo del Banco Mundial tiene como producto más reconocido Doing Business, que ha sido muy relevante para la evaluación de políticas en relación a indicadores mundiales.

El Honorable Senador señor Prokurica manifestó su acuerdo con lo expresado por el Senador señor Montes, en el sentido que debería rendirse cuenta de la marcha de la iniciativa ante el Congreso Nacional, de modo de poder constatar cuál es el aporte de la misma y si se cumplen los objetivos o no.

El Honorable Senador señor Zaldívar sostuvo que al incluirse los recursos correspondientes a cada año en la respectiva ley de presupuestos del sector público, se podrá revisar y evaluar, en el momento de la discusión del proyecto de ley, cuál ha sido su evolución y trayectoria.

Añadió que sería una muy buena noticia que se instalarán en nuestro país las oficinas de diversos organismos internacionales como el del presente Acuerdo, de modo que se transforme en un centro neurálgico de América Latina, como ocurre con Bélgica en Europa.

El Honorable Senador señor Coloma solicitó al Ministerio de Hacienda un informe acerca de los privilegios y exenciones otorgados con ocasión de convenios internacionales y acuerdos como el que discuten, detallando el funcionamiento del principio de reciprocidad y la evolución que ha tenido en las últimas décadas.

Observó que, en el pasado, se han revisado privilegios relacionados con las exenciones y sus alcances, y también normas relacionadas con acciones delictuales. Agregó que en el caso del presente Acuerdo se llega al extremo de que, en relación a las importaciones y exportaciones, las Organizaciones del Grupo estarán exentas de prohibiciones y de restricciones a los artículos importados o exportados para su uso oficial.

Puesto en votación el artículo único del proyecto de acuerdo, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Coloma, García, Montes y Zaldívar.

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FINANCIAMIENTO

El Informe Financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, con fecha 9 de julio de 2015, señala, de manera textual, lo siguiente:

“I. Antecedentes

El Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI), son organismos especializados autónomos sujetos a la coordinación del Consejo Económico y Social y a la Junta de Jefes Ejecutivos del sistema de las Naciones Unidas. Todas estas agencias –en adelante Grupo del Banco Mundial- trabajan dentro de las Naciones Unidas.

Con fecha 14, 16 y 17 de abril de 2015, el Ministerio de Hacienda -en representación de la República de Chile- y los representantes de las organizaciones del Grupo del Banco Mundial, suscribieron un Acuerdo para establecer las oficinas de éstas en el territorio nacional, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de sus objetivos en nuestro país. Este Acuerdo permite que las organizaciones del grupo del Banco Mundial puedan establecer y operar oficinas en Chile de la misma manera y con las mismas condiciones otorgadas a otros Organismos Internacionales que operan en nuestro país.

II. Efecto del Proyecto sobre el Presupuesto Fiscal

El Acuerdo suscrito por la República de Chile con el Grupo del Banco Mundial establece disposiciones específicas en materias relativas a inmunidades, prerrogativas y exenciones otorgadas a las oficinas en cuestión y a sus funcionarios. De estas materias, aquéllas relativas a exenciones tributarias y arancelarias tienen impacto fiscal en materia de Ingresos.

Sin embargo, pese a identificarse el impacto, la eventualidad de utilización de estas prerrogativas, así como su muy baja cuantía respecto de la recaudación de los impuestos y aranceles respectivos, no hace posible su cuantificación preliminar.

Por otra parte, cabe señalar que fruto del presente Acuerdo, se contempla compartir con el Banco Mundial los costos de establecer y operar la oficina denominada “Centro de Investigación y Desarrollo del Grupo Banco Mundial en Chile”, en montos que sumados no superarán los 6,4 millones de dólares de Estados Unidos de América en cuatro años, los que se incorporarán en las respectivas Leyes de Presupuestos del Sector Público.”.

Se deja constancia del precedente informe financiero en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 17 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

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En mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponeros la aprobación del proyecto de acuerdo en informe, en los mismos términos en que lo hiciera la Comisión de Relaciones Exteriores, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO

“Artículo único.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.”.

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Acordado en sesión celebrada el día 5 de abril de 2016, con asistencia de los Honorables Senadores señores Andrés Zaldívar Larraín (Presidente), Juan Antonio Coloma Correa, José García Ruminot (Baldo Prokurica Prokurica) y Carlos Montes Cisternas.

Sala de la Comisión, a 5 de abril de 2016.

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.

(Boletín Nº 10.244-10)

I. OBJETIVO DEL PROYECTO: instalar una sede del Grupo del Banco Mundial en el país.

II. ACUERDO: artículo único, aprobado por unanimidad (4x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: simple.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República, enviado a la Cámara de Diputados.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado, en general y particular, por la unanimidad de 103 votos, en sesión de 13 de enero de 2016.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 19 de enero de 2016.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: informe de la Comisión de Hacienda.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, promulgada por decreto supremo Nº 381, de 5 de mayo de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado el 22 de junio de 1981.

Valparaíso, 5 de abril de 2016.

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario de la Comisión

2.3. Discusión en Sala

Fecha 12 de abril, 2016. Diario de Sesión en Sesión 9. Legislatura 364. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

INSTALACIÓN DE OFICINA DE GRUPO DE BANCO MUNDIAL EN CHILE

El señor LAGOS ( Presidente ).-

A continuación, corresponde tratar el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile", suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015, con informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda y urgencia calificada de "simple".

--Los antecedentes sobre el proyecto (10.244-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de acuerdo:

En segundo trámite: sesión 94ª, en 19 de enero de 2016 (se da cuenta).

Informes de Comisión:

Relaciones Exteriores: sesión 8ª, en 6 de abril de 2016.

Hacienda: sesión 8ª, en 6 de abril de 2016.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

El objetivo principal de la iniciativa es instalar una sede del Grupo del Banco Mundial en el país.

La Comisión de Relaciones Exteriores discutió el proyecto en general y en particular, por tratarse de aquellos de artículo único, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Chahuán, Larraín y Pizarro.

Por su parte, la Comisión de Hacienda adoptó igual resolución, por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Coloma, García, Montes y Zaldívar.

El señor LAGOS (Presidente).-

En discusión general y particular el proyecto.

No hay Senadores inscritos.

Por lo tanto, cerrado el debate y se abre la votación

--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, el mensaje señala que el Grupo del Banco Mundial es un conjunto de organizaciones internacionales que tienen por propósito erradicar la pobreza y promover la prosperidad compartida, apoyando el desarrollo y crecimiento económico inclusivo y sustentable mediante préstamos, garantías, inversiones, productos de gestión de riesgo e, igualmente, por medio de la prestación de servicios de análisis y consultoría.

Este Grupo está compuesto, entre otras organizaciones, por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI).

El 3 de noviembre de 2014, el Ministerio de Hacienda suscribió un Memorándum de Entendimiento con dichas organizaciones, acordando establecer oficinas de estas en el territorio nacional, cuestión que finalmente se posibilitará mediante el Acuerdo sometido a nuestra consideración, que permitirá que las referidas instituciones puedan cumplir con sus objetivos en nuestro país.

Además, el mensaje destaca que los derechos y privilegios otorgados por el Acuerdo beneficiarán al "Centro de Investigación y Desarrollo del Grupo Banco Mundial", definido en el Memorándum de Entendimiento señalado. Añade que el financiamiento de los costos de establecimiento y operación de este Centro será compartido por las Partes y se establecerá en un acuerdo adicional. Así, se contempla que para su instalación y operación durante los primeros cuatro años el Gobierno de Chile aporte hasta 6 millones 400 mil dólares de Estados Unidos de América, mientras que el Grupo Banco Mundial enterará un aporte de 5 millones 80 mil dólares estadounidenses.

El proyecto de acuerdo fue aprobado en la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados por 9 votos a favor y una abstención, y también, tal como indicó el señor Secretario , por la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado.

El Acuerdo consta de un Preámbulo y de once artículos.

A mi juicio, es importante y necesario contar en nuestro país con una plataforma del Banco Mundial, por las ventajas que ofrece.

Uno de los temas analizados fueron las motivaciones de dicha institución para establecerse en nuestro país. Por supuesto, una de ellas será el estudio para la formulación de políticas públicas en Chile.

Uno de los puntos en que hubo discusión dice relación con los privilegios e inmunidades para los funcionarios de la institución, materia que, luego de una ardua discusión, fue finalmente aprobada por parte de los señores Senadores.

Sin lugar a dudas, contar con una oficina del Banco Mundial en Chile significará un aporte relevante que servirá para iluminar la formulación de políticas públicas a través de los estudios que se realicen.

Su establecimiento involucra un gasto compartido entre el Estado de Chile y el Banco Mundial.

Por lo tanto, llamo a mis colegas a aprobar el proyecto de acuerdo.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.

El señor PROKURICA.-

Señor Presidente , habitualmente, cuando se ofrece instalar una oficina de algún organismo internacional en Chile, uno tiende a pensar que ello reporta un beneficio.

A mi parecer, el Banco Mundial es una entidad que ha ido ayudando a sobreponerse, con políticas y propuestas, a los países del tercer mundo.

Sin embargo, antes de votar, me gustaría saber de qué manera se beneficia Chile con una oficina de la institución, cuánto le cuesta instalarla, cuál es el personal que se necesitará y cómo será contratado este. Porque yo veo que ciertos organismos internacionales más bien sirven como cementerio de elefantes respecto de algunos políticos que ya no encuentran pega. Algunos que lo hicieron mal como ministros de hacienda van a dar a esas pegas. Entonces, si no lo hicieron bien en su país, difícilmente podrán desempeñar en buena forma una función en un organismo internacional.

Por lo mismo, le pido al Presidente de la Comisión que me explique cuánto le costará a Chile la instalación de una sede del Banco Mundial y de qué manera se verá beneficiado nuestro país, de tal manera de tener claridad acerca de lo que estamos votando.

El señor CHAHUÁN .-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS ( Presidente ).-

Sin perjuicio de que estamos en votación, tiene la palabra el Senador señor Chahuán .

El señor CHAHUÁN .-

Es simplemente para señalar cuál es el costo y aportar algunos datos.

El señor PROKURICA.-

Para aclarar algunas cosas que no aparecen en el informe, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).-

¡Diez segundos, Senador Chahuán!

El señor CHAHUÁN .-

Señor Presidente , simplemente para señalar que el Gobierno de Chile aportará 6 millones 400 mil dólares, mientras que el Grupo del Banco Mundial lo hará con 5 millones 80 mil dólares. Es parte del acuerdo.

El señor PROKURICA.-

¿La sede estará en Santiago o en regiones?

El señor CHAHUÁN .-

En Santiago. Idealmente, la oficina debería estar radicada en la Región Metropolitana.

También fueron materia de discusión el personal y su forma de contratación, el cual, en todo caso, gozará de las inmunidades respectivas.

Si bien no soy el Presidente de la Comisión -es el Senador Pizarro-, estoy encantado de haber entregado este aporte.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente , la verdad es que esperaría que se entregara mayor información, porque este no es un simple acuerdo: ¡va a costar 6,4 millones de dólares! Ya quisiera estos recursos para el fomento productivo o el desarrollo acuícola de mi Región, cuyo desempleo se bate en una caída desenfrenada.

El Banco Mundial va a instalar oficinas en Chile, y me dicen que su fin será generar antecedentes y conocimientos para evaluar y proponer buenas políticas en materia de productividad.

Por lo demás, en el informe de la Comisión de Hacienda se señala: "Asimismo, informó que aún no existe definición de los proyectos en particular a evaluar y proponer, pero se está trabajando con el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para establecer un programa de trabajo para los primeros cuatros años.".

Es decir, estamos aprobando la instalación de un organismo que no se sabe a qué viene. No hay ningún programa, ninguna priorización.

¿El Banco Mundial va a actuar en las regiones? ¿Va a incidir en los proyectos que estas necesitan o se va a dedicar a analizar instrumentos macroeconómicos para generar más indicadores a fin de que quienes tienen dinero puedan invertir sin riesgo? ¿Va a trabajar en aquellos asuntos que le interesan al país?

También se contempla compartir los costos con el Banco Mundial: 6,4 millones de dólares.

Señor Presidente , ¡no hay claridad respecto a qué proyectos se van a realizar, a qué sentido tendrán!

¿Quién tomó la decisión? ¿El Ministerio de Hacienda? ¿El Ministerio de Economía?

¡Este es un buen lobby internacional!

Se nos ha dicho a todos que se precisa mejorar la imagen de Chile para atraer inversiones y que una sede del Banco Mundial no nos vendría mal. Pero la verdad es que de repente veo a ese organismo en temas muy macro, muy alejados de las realidades, muy investigativos, muy de producir dosieres e investigaciones.

Si dicha entidad viniera a ponerse a disposición de los gobiernos regionales y estos, junto con el Gobierno central, generaran un conjunto de proyectos para la productividad regional, uno con gusto diría: "Puede ser una oferta interesante". Sin embargo, no hay ningún antecedente sobre eso. Por el contrario, aún no existe definición acerca de los proyectos por evaluar y proponer.

Si se quiere avanzar, uno siente que se debería decir: "Vengan; ahí veremos qué hacemos con ustedes". No obstante, lo que se está proponiendo le cuesta plata al país.

Por cierto, aprobamos recién que la Fundación IDEA se instalara en nuestro país, ¡pero con un protocolo de defensa impresionante!

¿Es necesario que la entidad de que se trata esté en Chile a fin de hacer interacción?

Señor Presidente , ojalá hubiera alguien de la Comisión de Relaciones Exteriores que nos dijera: "Por esto es importante". Ojalá estuviera el Subsecretario de Economía aquí, en la Sala, para que nos explicara por qué quiere que se apruebe un proyecto que nos costará 6,5 millones de dólares: la instalación del Banco Mundial en Chile.

No tengo ninguna duda acerca del trabajo eficaz que realiza esa entidad internacional. Solo quiero saber en qué va a beneficiar a nuestro país y a mi Región su llegada. Porque, por ejemplo, cuando fuimos a Corea del Sur, el principal proyecto con esa nación tenía por objetivo mejorar la efectividad de carga y descarga de los puertos en materia de grúas. Y está bien que se mejoren los tiempos de productividad en los puertos, ¡pero estos son todos privados!, y lo único que se logra cuando se gana en eficiencia de tiempo en estos es que se despida a más trabajadores.

¿Me explico o no?

Este no es un tema asociado a los intereses y necesidades de la región. Hay una empresa privada de por medio.

Entonces, ¿por qué tenemos que financiar, subsidiar nuevamente el mejoramiento de la productividad a las empresas privadas si no hay retribución directa para las regiones y ellas siguen pagando los impuestos en Santiago?

Me preocupa mucho que el tipo de proyectos que vaya a desarrollar el Banco Mundial en Chile esté acorde con lo que demandan las regiones y el país.

Ahora bien, señor Presidente , como dicho organismo tendrá todas las inmunidades que se han señalado y no sabemos qué profesionales van a venir, ni de dónde vendrán, esta es la última vez que voto un proyecto de acuerdo de esta envergadura sin la presencia del Ejecutivo. Porque, en definitiva, estamos siendo un mero trámite, un buzón.

Por eso, me pronuncio en contra.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.

El señor COLOMA.-

Señor Presidente , la verdad es que nunca pensé que iba a terminar defendiendo a un organismo del que no participa el Senador Navarro . Lo hago porque he oído en general atentamente su intervención y su fundamento de voto, pero creo que él no ha leído el proyecto. A mi juicio, es importante que este se lea, como también el informe.

Aquí se trata de un organismo internacional que no tiene nada que ver con el tema privado, sino que se relaciona absolutamente con el fortalecimiento y el respaldo de las capacidades nacionales para el mejoramiento de las instituciones de Gobierno, particularmente en la creación de estas y en los procesos democráticos que eso conlleva.

He leído -dispongo de la información- cierta cantidad de estudios que ha planteado el mencionado organismo, que es múltiple -por ejemplo, los relativos a sistemas electorales-, y quiero dejar en claro que no comparto algunos. Sin embargo, veo un sustento interesante respecto de cómo operan los distintos sistemas democráticos en diferentes lugares; de cuáles son los mecanismos de control; de cuáles son los mecanismos de transparencia.

Son todos estudios públicos realizados por personas determinadas.

Aquella es la única institución intergubernamental con mandato específico en la promoción de la democracia y las elecciones libres.

Y considero que eso es extraordinariamente importante.

Temas como la democracia y el desarrollo, los conflictos, la seguridad, la representación política son parte de los documentos que yo por lo menos tuve a la vista cuando aprobé este proyecto en la Comisión de Hacienda.

Quiero dejar en claro que en la referida instancia -y al Senador Zaldívar le consta- planteé lo importante que era ir al contenido de la iniciativa, por lo que ella -se lo agradezco- celebró dos sesiones, y en la segunda se abocó precisamente a escuchar al representante de IDEA Internacional , quien explicó en detalle todos y cada uno de sus compromisos.

Y eso, Senador Navarro, figura en el informe elaborado por las dos Comisiones...

El señor NAVARRO.-

¡Pero estamos en otro proyecto, en el relacionado con el Banco Mundial! Se lo digo con todo respeto.

El señor COLOMA.-

Perdón, pensé que todavía se estaba discutiendo el anterior.

El señor LAGOS (Presidente).-

No, Su Señoría, ese proyecto ya fue aprobado. Estamos en el del Banco Mundial

El señor COLOMA.-

Está bien.

Entonces, me disculpo.

Hasta aquí llego con mi intervención. El punto lo plantearé después de una manera distinta.

Me quedé, señor Presidente, en el fundamento anterior.

Cuando en su momento estaba hablando el Senador Navarro, salí a buscar los antecedentes porque la otra iniciativa me parecía que tenía una relevancia muy significativa. Por eso quise hacer el planteamiento.

No obstante, efectivamente ahora estamos viendo otro proyecto, el cual, a diferencia del Senador Navarro, yo voy a aprobar.

El señor LAGOS (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Señor Presidente , en este debate a uno realmente le llama la atención que se objete algo tan importante para Chile como que la ciudad de Santiago -bueno, porque es la Capital- se vaya transformando en lo que podría ser una sede de los organismos internacionales para América Latina.

Conforme al criterio que se ha manifestado, debió haberse negado la posibilidad de que la CEPAL se instalara en nuestro país, o que la OIT u otros organismos también pusieran sus oficinas en Chile.

En Ginebra, Suiza, están felices por haberse transformado en la capital de Europa en materia de organismos internacionales. Por su parte, Bruselas, junto con Estrasburgo, ha acogido todo lo relacionado con el Parlamento Europeo.

Entonces, Chile no puede quedarse en una actitud, yo diría, un poquito retrógrada. No quiero usar el término "provinciana", porque es peyorativo para la gente que vive en provincias...

--(Manifestaciones en tribunas).

La verdad es que vamos a gastar alrededor de 6 millones de dólares en cuatro años, no en uno solo, es decir, un millón y medio de dólares anuales durante cuatro años. Y el Banco Mundial va a poner una cantidad casi equivalente. Para Chile debiera ser una cosa de prestigio el convertirse en el centro de organismos internacionales vinculados a América Latina.

Por tales razones, nadie en la Comisión hizo una observación en el sentido de no querer aprobar el proyecto de acuerdo, sino que se pidieron más antecedentes; se analizaron cuáles funciones se iban a cumplir acá, etcétera.

Obviamente, esto implica un gasto, pero creo que es necesario y que va en beneficio del país el hecho de que el Banco Mundial tenga sus oficinas en Santiago de Chile.

El señor LAGOS (Presidente).-

No hay más oradores inscritos.

Señor Secretario .

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo (27 votos contra 1 y una abstención).

Votaron por la afirmativa las señoras Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Moreira, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.

Votó por la negativa el señor Navarro.

Se abstuvo el señor Prokurica.

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 12 de abril, 2016. Oficio en Sesión 12. Legislatura 364.

Valparaíso, 12 de abril de 2016.

Nº 86/SEC/16

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo que aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015, correspondiente al Boletín Nº 10.244-10.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 12.304, de 13 de enero de 2016.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JAIME QUINTANA LEAL

Vicepresidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S.E. La Presidenta de la República. Fecha 13 de abril, 2016. Oficio

VALPARAÍSO, 13 de abril de 2016

Oficio Nº12.477

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de acuerdo, correspondiente al boletín N°10244-10, del siguiente tenor:

PROYECTO DE ACUERDO:

“Artículo único.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile”, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 14, 16 y 17 de abril de 2015.”.

Dios guarde a V.E.

OSVALDO ANDRADE LARA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación del Decreto Supremo en Diario Oficial

4.1. Decreto Nº 80

Tipo Norma
:
Decreto 80
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1095379&t=0
Fecha Promulgación
:
21-06-2016
URL Corta
:
http://bcn.cl/2d263
Organismo
:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Título
:
PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO, LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO, LA CORPORACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL Y EL ORGANISMO MULTILATERAL DE GARANTÍA DE INVERSIONES RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE OFICINAS EN LA REPÚBLICA DE CHILE
Fecha Publicación
:
07-10-2016

PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO, LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO, LA CORPORACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL Y EL ORGANISMO MULTILATERAL DE GARANTÍA DE INVERSIONES RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE OFICINAS EN LA REPÚBLICA DE CHILE

    Núm. 80.- Santiago, 21 de junio de 2016.

    Vistos:

    Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.

    Considerando:

    Que con fechas 14, 16 y 17 de abril de 2015, se suscribió, en Washington D.C., el Acuerdo entre la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile.

    Que dicho Acuerdo fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en oficio N° 12.477, de 13 de abril de 2016, de la Cámara de Diputados.

    Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo XI, Sección 1., del referido Acuerdo, y, en consecuencia, éste entró en vigor internacional el 2 de junio de 2016.

    Decreto:

    Artículo único: Promúlgase el Acuerdo entre la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Asociación Internacional de Fomento, la Corporación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones relativo al Establecimiento y Operación de Oficinas en la República de Chile, suscrito en Washington D.C. el 14, 16 y 17 de abril de 2015; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.

    ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO, LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO, LA CORPORACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL Y EL ORGANISMO MULTILATERAL DE GARANTÍA DE INVERSIONES RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE OFICINAS EN LA REPÚBLICA DE CHILE

    Preámbulo

    La República de Chile, por una Parte, y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI) (en conjunto, las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial), por la otra Parte;

    Considerando:

    (i) El Convenio Constitutivo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento de 27 de diciembre de 1945, con sus modificaciones en vigor desde el 27 de junio de 2012 (en particular, el Artículo VII sobre la situación jurídica, inmunidades y privilegios del BIRF);

    (ii) El Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento de 24 de septiembre de 1960 (en particular, el Artículo VIII sobre la situación jurídica, inmunidades y privilegios de AIF);

    (iii) El Convenio Constitutivo de la Corporación Financiera Internacional de 20 de julio de 1956, con sus modificaciones en vigor desde el 27 de junio de 2012 (en particular, el Artículo VI sobre la situación jurídica, inmunidades y privilegios de CFI);

    (iv) El Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones de 12 de abril de 1988, con sus modificaciones en vigor desde el 14 de noviembre de 2010 (en particular, el Capítulo VII sobre los privilegios e inmunidades de OMGI).

    En conjunto, "los Instrumentos Legales Constitutivos de las Organizaciones", los que, por el presente, la República de Chile declara haber aceptado.

    Haciendo notar que los Instrumentos Legales Constitutivos de las Organizaciones continuarán rigiendo y aplicándose, y que su validez, no se verá limitada por este Acuerdo,

    Haciendo notar que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial podrán establecer oficinas en la República de Chile, y

    Deseando mejorar la definición del estatus, prerrogativas e inmunidades de dicha oficina u oficinas en la República de Chile a fin de permitir el desarrollo del propósito y de las funciones de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en la República de Chile;

    Han convenido lo siguiente:

    Artículo I

    Definiciones

    Sección 1. Los términos en mayúscula utilizados en este Acuerdo tendrán el significado otorgado en este Artículo I, salvo que de acuerdo al contexto requieran de uno distinto.

    Sección 2. A efectos del presente Acuerdo:

    (a) "Autoridades de la República de Chile" significa aquellas autoridades regionales, estaduales, municipales u otras autoridades en la República de Chile, de acuerdo al contexto respectivo y de acuerdo con la legislación aplicable en la República de Chile.

    (b) "Organizaciones del Grupo del Banco Mundial" significa el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI).

    (c) "Organización del Grupo del Banco Mundial" significa cualquiera de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial.

    (d) "Parte" significa, dependiendo del contexto, la República de Chile o cualquiera de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, y "Partes" significa conjuntamente, la República de Chile y las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial.

    (e) "Oficina" significa las oficinas de representación y las instalaciones de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en la República de Chile. Para mayor certeza, las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial podrán tener una o más oficinas en la República de Chile.

    (f) "Jefe de la Oficina" significa el Jefe de la Oficina de cada una de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial respectivamente, independiente del título otorgado a dicho oficial por las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial.

    (g) "Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial" significa todos los funcionarios que hayan sido nombrados de acuerdo al Reglamento de Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial.

    Las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial deberán tomar en consideración cualquier inquietud que pueda tener el Gobierno de Chile respecto de la aplicación de esta definición.

    (h) "Pareja Oficial" en este Acuerdo significa aquellas personas registradas como pareja de un funcionario en las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial de acuerdo con el Reglamento de Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en su versión vigente en cada momento.

    (i) "Hijos Dependientes" en este Acuerdo significa el hijo o hija de un funcionario, o de su cónyuge o Pareja Oficial, o el hijo o hija adoptado legalmente por un funcionario que se encuentre registrado como tal por las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial de acuerdo con el Reglamento de Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en su versión vigente en cada momento.

    Artículo II

    La Oficina

    Sección 1. Las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial podrán tener una Oficina en la República de Chile. La Oficina podrá contar con uno o más Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, quienes podrán ser designados desde la sede central de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial. Las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial podrán contratar también a un número de personal contratado localmente para proveer servicios de apoyo operacional y administrativo. Todos los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial empleados en la Oficina estarán bajo la autoridad de los Jefes de Oficina.

    Sección 2. Las instalaciones de la Oficina serán inviolables y estarán bajo el control y autoridad de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial. La República de Chile deberá asegurar que la Oficina no sea perturbada por personas que no hayan sido autorizadas a ingresar por los Jefes de Oficina (o por sus representantes) o por disturbios en sus inmediaciones. La República de Chile asistirá a las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial para que encuentren un lugar idóneo para la Oficina en Santiago o en cualquier otra ciudad de la República de Chile, si así lo requirieran. Ninguna autoridad de la República de Chile u otra persona ejerciendo autoridad pública delegada dentro de la República de Chile, podrá ingresar a la Oficina para realizar cualquier labor, excepto que lo haga con el consentimiento y bajo las condiciones aprobadas por los Jefes de Oficina o por sus representantes. Sin embargo, en caso de incendio o de cualquier emergencia, dicho consentimiento se entenderá otorgado si fuesen requeridas medidas de protección inmediata. Cualquier edificio utilizado, con el consentimiento de la República de Chile, por las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, para la realización de reuniones convocadas por una Organización del Grupo del Banco Mundial será considerado temporalmente como parte de la Oficina y, estará sujeto al mismo tratamiento. La República de Chile deberá adoptar todas las providencias necesarias para asegurar que los servicios públicos necesarios sean proveídos a la Oficina, en términos que no sean menos favorables que aquellos otorgados a oficinas similares de otras organizaciones internacionales o de misiones diplomáticas en la República de Chile.

    Artículo III

    Inmunidades de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial y de la Oficina

    Sección 1. Las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial deberán realizar sus mejores esfuerzos para asegurar que las prerrogativas, inmunidades, exenciones y facilidades conferidas por este Acuerdo no sean abusadas y, para dicho propósito deberán establecer las reglas y regulaciones que consideren necesarias y convenientes. Las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial y los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial deberán, en todo momento, cooperar con la República de Chile, para facilitar la adecuada administración de justicia, asegurar el cumplimiento de los reglamentos de policía y de las leyes en la República de Chile. Si la República de Chile estima que ha habido un abuso, se deberán celebrar consultas entre la República de Chile y las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial a fin de determinar si se ha producido tal abuso y, de ser así, asegurarse de que no se repitan.

    Sección 2. La República de Chile deberá otorgar a las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial y a los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, independientemente de su nacionalidad o residencia, de acuerdo con y en adición a las prerrogativas, inmunidades y exenciones otorgadas por los Instrumentos Legales Constitutivos de las Organizaciones, las siguientes prerrogativas e inmunidades:

    (a) Los bienes y activos de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, donde quiera que se encuentren y quienquiera que los posea, gozarán de inmunidad con respecto a todo registro, requisa, confiscación, expropiación u otra forma de incautación en virtud de medida ejecutiva o legislativa, en concordancia con lo establecido en los Instrumentos Legales Constitutivos de las Organizaciones.

    (b) Los archivos de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, en cualquier formato en que se encuentren, dondequiera que se encuentren y quienquiera que los posea, serán inviolables.

    (c) Los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial gozarán de inmunidad de jurísdicción 1  respecto de palabras escritas o habladas y de todos los actos ejecutados por ellos en su capacidad oficial, excepto cuando la respectiva Organización del Grupo del Banco Mundial renuncie a dicha inmunidad.

    (d) El régimen laboral interno de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, incluyendo todo lo relacionado a las reglas de empleo, regulaciones y procedimientos regirá exclusivamente respecto de todas las materias relativas a las relaciones laborales de los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial en la República de Chile.

    (e) Los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial empleados en la Oficina en la República de Chile, sus cónyuges, Pareja Oficial, Hijos Dependientes y familiares a su cargo deberán poder entrar a la República de Chile sin que previamente requieran de una visa de entrada.

    (f) Los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial gozarán, en materia de facilidades de cambio, de las mismas prerrogativas otorgadas a los funcionarios de las representaciones diplomáticas de rango similar en la República de Chile.

    (g) Los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial empleados en la Oficina gozarán del mismo tratamiento que se dé a los funcionarios de otras organizaciones internacionales, en materia de inmunidad de secuestro o decomiso de su equipaje personal y de inspección de su equipaje oficial.

    (h) Los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial empleados en la Oficina en la República de Chile, sus cónyuges, Pareja Oficial, Hijos Dependientes y familiares a su cargo, gozarán de las mismas facilidades de repatriación en tiempo de crisis internacional que sean dadas a los funcionarios de representaciones diplomáticas en la República de Chile.

    (i) La República de Chile considerará las solicitudes para el otorgamiento de permisos de trabajo para los cónyuges de los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial que no sean nacionales de la República de Chile, bajo las mismas condiciones establecidas por el decreto 1.545, del año 2000, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe para Regular el Ejercicio de las Actividades Remuneradas de los Cónyuges de los Funcionarios de dicho Organismo Internacional.

    (j) Los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial empleados en la Oficina de la República de Chile, tendrán el derecho a importar, libre de derechos de aduana y otros gravámenes, prohibiciones y restricciones a la importación, sus muebles y efectos personales, incluido, un automóvil, al momento de asumir su cargo en la República de Chile. La transferencia de cada automóvil, será regulada de acuerdo a las normas generales establecidas para los miembros del cuerpo diplomático residente en la República de Chile.

    (k) La República de Chile entregará tarjetas de identidad a los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial empleados en la Oficina para certificar que el titular goza de las prerrogativas, inmunidades y exenciones otorgadas por el presente Acuerdo.

_______________________________________

1 La inmunidad de jurisdicción no se extenderá a aquellos actos que, constituyan una infracción o contravención a las normas de tránsito vigentes en Chile. Dicha inmunidad tampoco se extenderá a las infracciones o contravenciones que pueda cometer los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial como empleador de trabajadores para su servicio personal.

    Sección 3. Sin perjuicio de lo establecido en la Sección 2, las personas que sean residentes permanentes de la República de Chile, no gozarán de las prerrogativas, inmunidades y privilegios establecidos en los párrafos (e), (f), (h), (i), y (j) de dicha Sección.

    Artículo IV

    Jefes de la Oficina

    La República de Chile extenderá a los Jefes de la Oficina de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial y a sus cónyuges, Pareja Oficial y a sus Hijos Dependientes, las prerrogativas, inmunidades, exenciones y facilidades de manera no menos favorable que las que se concedan a los jefes de las oficinas de representación u oficinas similares de otras organizaciones internacionales o de misiones diplomáticas en la República de Chile, conforme al derecho internacional.

    Artículo V

    Exenciones Tributarias

    Sección 1. Las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, sus haberes, bienes e ingresos y sus operaciones y transacciones, autorizadas por los instrumentos Legales Constitutivos de las Organizaciones, estarán exentas de todo impuesto y derecho de aduana, incluyendo la recaudación o pago de cualquier impuesto sin limitación.

    Para mayor certeza, las exenciones tributarias otorgadas a las Organizaciones del Grupo del. Banco Mundial incluirán también las exenciones a las siguientes categorías de impuestos:

    a) Las obligaciones de pago, tanto de los empleados como de empleadores, de las pensiones estatales, de los planes de seguro de salud nacional, de las cuentas de seguridad social o de esquemas similares.

    b) Derechos de aduana a todas las importaciones y prohibiciones y restricciones a la importación y exportación, respecto a los artículos importados o exportados para uso oficial, entendiéndose, sin embargo, que los artículos importados con tal exención solo serán vendidos dentro de la República de Chile conforme a las condiciones convenidas con el Gobierno.

    Sección 2. Si bien las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial no reclamarán, en principio, la exención de derechos de consumo, ni de impuestos sobre la venta de bienes muebles e inmuebles incluidos en el precio a pagar, cuando las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial efectúen, para su uso oficial, compras importantes de bienes gravados o gravables con tales derechos o impuestos, la República de Chile adoptará, siempre que sea posible, las disposiciones administrativas pertinentes para la remisión o reembolso de la cantidad correspondiente al derecho o al impuesto.

    Sección 3. Los sueldos y emolumentos que paguen las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial a los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial quedarán exentos de todo impuesto.

    Sección 4. Los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco .Mundial estarán exentos de toda obligación relativa al servicio nacional, siempre que tal exención se limite, respecto a los nacionales de Chile, a los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial que, por razón de sus funciones, hayan sido incluidos en una lista redactada por las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial y aprobadas por la República de Chile. En caso que otros Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial sean llamados al servicio nacional, la República de Chile otorgará a solicitud de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, las prórrogas al llamamiento de dichos Funcionarios que sean necesarios para evitar la interrupción de un servicio esencial.

    Artículo VI

    Prerrogativas para las Comunicaciones

    Las comunicaciones oficiales de la Oficina no estarán sujetas a censura y las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial tendrán derecho a hacer uso de claves y a despachar y recibir correspondencia ya sea por correos o en valijas selladas que gozarán de las mismas inmunidades y prerrogativas que las concedidas a los correos o valijas diplomáticas.

    Artículo VII

    Inmunidad de Jurisdicción

    Sección 1. Las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial disfrutarán de inmunidad de toda jurisdicción, excepto en los casos vinculados con la facultad de emitir o garantizar valores, o en aquellos casos en que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial hayan renunciado expresamente y por escrito a esta inmunidad. Esta inmunidad incluirá la inmunidad respecto de cualquier proceso legal en materias referidas a Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial. Cualquier controversia entre los Funcionarios de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial y las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial deberán ser resueltas de acuerdo con el sistema interno de justicia de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, el que tendrá jurisdicción exclusiva respecto de tales asuntos.

    En los casos vinculados con el ejercicio, por parte de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial, de la facultad de emitir o garantizar valores, o en los casos en que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial hayan renunciado expresamente y por escrito a la inmunidad de jurisdicción, se podrá entablar acción judicial en los lugares en que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial posean una Oficina, o donde hayan nombrado un agente para recibir requerimientos o notificaciones de requerimientos.

    Sección 2. Ninguna demanda podrá ser interpuesta en contra de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial por la República de Chile, o por personas actuando en nombre de, o cuyos reclamos deriven de, la República de Chile.

    Sección 3. En las situaciones muy limitadas e inconfundibles previstas en la Sección 1 de este Artículo VII, en las que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial puedan ser demandadas, sus bienes y haberes, en cualquier lugar en que se encuentren y quienquiera los tenga en su poder, no estarán sujetos a ninguna forma de embargo, secuestro o ejecución antes que se haya pronunciado sentencia definitiva contra las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial.

    Artículo VIII

    Facilidades Financieras

    Sección 1. En relación a las facilidades financieras, el Gobierno de Chile y cada Organización del Grupo del Banco Mundial estarán obligados por los Instrumentos Legales Constitutivos de las Organizaciones.

    Sección 2. A las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial se les otorgará facilidades financieras de una manera no menos favorable que aquella otorgada por el Gobierno de Chile a cualquier organización internacional que cuente con una Oficina en la República de Chile.

    Artículo IX

    Importaciones y Exportaciones

    Las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial deberán estar exentas de prohibiciones y de restricciones a los artículos importados o exportados para su uso oficial. Se entiende que los artículos importados bajo tal exención no serán vendidos en la República de Chile, salvo conforme a las condiciones consentidas con el Gobierno de Chile. Las publicaciones de las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial deberán estar exentas de toda prohibición y restricción a la importación y exportación.

    Artículo X

    Solución de Controversias

    Toda controversia relativa a la interpretación o aplicación del presente Acuerdo será resuelta por las Partes (a excepción de OMGI) mediante consultas o negociaciones. En estas consultas, cada Parte deberá estar representada por autoridades mandatadas para tomar decisiones sobre la materia en disputa. Toda controversia entre OMGI y la República de Chile deberá ser resuelta de acuerdo con el Convenio Constitutivo del OMGI.

    Artículo XI

    Disposiciones Finales, Entrada en Vigor y Terminación

    Sección 1. Una vez suscrito por las Partes, el presente Acuerdo entrará en vigor el trigésimo día siguiente a aquel en que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial reciban del Gobierno de Chile la notificación por escrito comunicando que ha obtenido su aprobación de acuerdo a los procedimientos constitucionales chilenos.

    Sección 2. El presente Acuerdo cesará de estar en vigor un año después de que cualquiera de las Partes haya notificado por escrito a la otra su decisión de terminarlo.

    Sección 3. El presente Acuerdo podrá ser modificado de mutuo consentimiento por escrito entre las Partes. Una vez que el consentimiento por escrito sea alcanzado, las modificaciones entrarán en vigor el trigésimo día siguiente a aquel en que las Organizaciones del Grupo del Banco Mundial reciban del Gobierno de Chile la notificación por escrito comunicando que ha obtenido su aprobación de acuerdo a los procedimientos constitucionales chilenos.

    Sección 4. Las notas al pie de página de este Acuerdo constituyen parte integrante del mismo.

    Sección 5. Este documento ha sido preparado en duplicado en idioma inglés y español, siendo cada texto igualmente auténtico. En caso de divergencia. prevalecerá el texto en idioma inglés.

    Hecho en cinco ejemplares, en idioma español e inglés. En testimonio de lo cual, los representantes debidamente autorizados, han firmado este Acuerdo.

    Por la República de Chile, Alberto Arenas de Mesa, Ministro de Hacienda de Chile, Fecha: 04/17/15, Washington D.C.- Por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y la Asociación Internacional de Fomento, Jorge Familiar, Vicepresidente Regional para América Latina y el Caribe, Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, Fecha: 4/17/15.- Por la Corporación Financiera Internacional, Gabriel Goldschmidt, Gerente Senior, Corporación Financiera Internacional, Fecha: 4-16-15.- Por el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones, Keiko Honda, Vice Presidente Ejecutiva y Directora Ejecutiva, Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones, Fecha: 4-14-15, Washington D.C.