Usted está en:

Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 19.992

Establece pensión de reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 10 de diciembre, 2004. Mensaje en Sesión 29. Legislatura 352.

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE SE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE PENSIÓN DE REPARACIÓN Y OTORGA OTROS BENEFICIOS A FAVOR DE LAS PERSONAS QUE INDICA

_______________________________

SANTIAGO, diciembre 10 de 2004

MENSAJE Nº 203-352/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

I. RECONCILIÁNDONOS CON LA HISTORIA.

La ambivalencia que caracteriza el espíritu humano ha visto transitar a las distintas sociedades por episodios de enorme esplendor y luminosidad, así como descender a los abismos más oscuros y aberrantes.

Chile, precisamente, vivió en nuestro pasado reciente, uno de esos períodos históricos sombríos, en que la vida, integridad y dignidad de las personas, resultaron severamente erosionadas. Debido a la imposición de dinámicas y contextos locales y mundiales, que subordinaron valores fundamentales y permanentes de respeto al ser humano, al servicio de ciertas doctrinas e ideologías, nos vimos compelidos a funcionar durante mucho tiempo bajo una lógica de amigos y enemigos, la que deterioró gravemente nuestra convivencia, allanando el camino hacia una grave descomposición moral de nuestra sociedad.

El quiebre de la institucionalidad democrática en un país jamás se produce como un rayo que altera de pronto, sin previo aviso, un cielo que hasta entonces permanecía apacible y sereno. Se produce siempre en medio de tormentas recientes que los países y los líderes no son capaces de controlar.

Por ello, es necesario que quienes vivimos ese quiebre y teníamos responsabilidades en las distintas áreas de la vida nacional no dejemos nunca de pensar y reconocer, con humildad y realismo, cuales fueron los errores individuales y colectivos que nos llevaron a un momento terrible en nuestra historia patria.

Nadie puede declarase ajeno a la profunda división que ocurrió entre nosotros los chilenos y que nos condujo a la catástrofe antidemocrática que todos conocemos.

Intentar comprender y asumir el contexto y las causas del quiebre civil de ese entonces no significa, en modo alguno, justificar lo que posteriormente sucedió.

En ese contexto, muchos agentes del Estado, imbuidos de una visión maniquea, desprendieron de todo valor intrínseco a un conjunto importante de compatriotas, lo que legítimo la violación sistemática y masiva de sus derechos fundamentales, incluido el más sagrado: el de la vida y al respeto a su dignidad psíquica y física.

Como consecuencia de ello, el país heredó con el retorno a la democracia, una carga política, social y, especialmente, moral insatisfecha que ha intentando superar con los esfuerzos mancomunados de los distintos actores de nuestra sociedad. Esta carga tiene su origen en los luctuosos hechos que ocurrieron en el pasado.

Desde 1990 en adelante, en efecto, las Administraciones democráticas de Patricio Aylwin y Eduardo Frei y el Gobierno que me honro en presidir, se han empeñado, como labor prioritaria, en restañar las heridas del período 1973-1990, para poder así construir juntos el futuro en paz.

Las acciones para conseguir este fin se han emprendido con la profunda convicción de que ello sólo será posible si la Verdad, la Justicia, la Reconciliación y la Reparación, constituyen las bases para una nueva convivencia entre los chilenos.

Con todo, la sociedad chilena mantenía una deuda pendiente para con quienes sufrieron la negación y atropello de sus derechos fundamentales en dicho período, como víctimas de la prisión política y la tortura.

Con la publicación del Informe entregado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, se comienza a cumplir esta tarea inconclusa del Estado, para reparar a estas víctimas en su dolor. Con ello, se terminó el silencio, se desterró el olvido, se ha reivindicado la dignidad de cada uno de ellos.

II. LOS ESFUERZOS PREVIOS.

Como ya se anotó, los gobiernos desde 1990 en adelante, han hecho un esfuerzo sistemático destinado a ubicar el paradero de los detenidos desaparecidos. También han buscado establecer reparaciones para todos los sufrimientos generados en el pasado como el exilio y la exoneración.

La siguiente es una relación de los hitos más significativos efectuados en aras de la reparación de las víctimas por los hechos ocurridos después de 1973.

1. La Comisión Rettig.

La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, que produjo el llamado "Informe Rettig", se creó por el D.S. Nº 355, de Interior, del 9 de mayo de 1990. Su objetivo fue establecer un cuadro lo más completo posible sobre las graves violaciones a los derechos humanos, entendiendo por tales la situación de los detenidos desaparecidos, ejecutados y los torturados con resultado de muerte, en que apareciera comprometida la responsabilidad del Estado por actos de sus agentes o personas a su servicio, como asimismo los secuestros y los atentados contra la vida de personas cometidos por particulares bajo pretextos políticos.

Conocida también como la Comisión Rettig, al estar presidida por el abogado Raúl Rettig Guissen, el 9 de febrero de 1991, presentó los resultados de su investigación al Presidente de la República.

El Informe, de tres volúmenes y 2.000 páginas, concluyó que los Derechos Humanos de 2.279 personas fueron gravemente violados durante el periodo 1973-1990. 2.115 fueron calificadas como “víctimas de violación a los Derechos Humanos” y 164 como “víctimas de la violencia política”.

El 4 de marzo del mismo año, el Presidente Patricio Aylwin, al dar a conocer ante todo el país el Informe de la Comisión, como Jefe de Estado, asumiendo la representación de la nación entera, pidió perdón a los familiares de las víctimas en su nombre, “reivindicando pública y solemnemente la dignidad personal de las víctimas, en cuanto hayan sido denigradas por acusaciones de delitos que nunca les fueron probados y de los cuales nunca tuvieron oportunidad ni medios adecuados para defenderse”. Al mismo tiempo, solicitó a las Fuerzas Armadas y de Orden, y a todos los que hayan tenido participación en los excesos cometidos, realizar gestos de reconocimiento del dolor causado.

Con el informe, Chile entero conoció, entonces, los trazos principales de una verdad que había sido negada. Millones de chilenos se enteraron que los detenidos desaparecidos constituían una realidad que había que mirar de frente, y que el dolor de sus familiares era el dolor de todo Chile.

2. La Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.

En febrero de 1992, producto de la Ley Nº 19.123, se creó la "Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación", continuadora de la labor desplegada desde 1990 por la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación.

De conformidad con la ley que le dio origen, a la Corporación se le encomendaron diversas tareas. Entre otras, establecer a través de antecedentes e indagaciones, la calidad de víctima de violaciones a los derechos humanos o de víctima de la violencia política de los afectados cuando la Comisión Rettig no pudo formarse convicción de ello, no contó antecedentes o no tuvo conocimiento oportuno de ellos. También le correspondió a la Corporación asistir social y legalmente a los familiares de las víctimas para acceder a ciertos beneficios y ayudarles a obtener la reparación moral del daño ocasionado.

Siguiendo las disposiciones de la Ley, la Comisión diseñó seis líneas de acción, cada una de las cuales fue organizada en un programa particular. Estos fueron: Programa de Calificación de Víctimas; Programa de Investigación del Destino Final de las Víctimas; Programa de Atención Social y Legal a los Familiares de las Víctimas y apoyo a las Acciones de Reparación de ellos; Programa de Educación y Promoción Cultural; Programa de Estudios e Investigaciones Jurídicas y Programa del Centro de Documentación y Archivos de la Corporación.

Parte importante del contenido de la ley N° 19.123, se tradujo en el otorgamiento de una serie de beneficios económicos a las víctimas de violaciones a los derechos humanos, que se detallan a continuación.

En primer lugar, en efecto, se otorgaron pensiones de reparación, otorgándose 287 a cónyuges, 1.187 a madres o padres, 252 a madres de hijos no matrimoniales, 244 a hijos y 133 a hijos discapacitados. Durante los once años de vigencia de esta ley, más de cinco mil personas han sido beneficiarios de ella. El Instituto Nacional de Normalización Previsional contabiliza hasta la fecha de hoy un gasto de cien mil millones de pesos por concepto de pensiones de reparación.

En segundo lugar, otorgó beneficios educacionales a las víctimas, consistentes en el pago de aranceles y matrícula y un subsidio mensual a estudiantes de educación media, técnica o universitaria hasta los 35 años. A la fecha, dichos beneficios han generado un costo de más de once mil millones de pesos.

En tercer lugar, estableció un programa de reparación y atención integral en salud, conocido con la sigla PRAIS, que beneficia a los padres, cónyuges, convivientes, hijos y hermanos de la persona calificada como víctima. El Programa ha beneficiado a más de 110 mil personas.

3. Programa de Reconocimiento al Exonerado Político.

Muchos chilenos, injustamente, se vieron afectados también en su situación laboral por razones políticas. Para ellos, se creó el programa de reconocimiento al exonerado político.

El programa se concretó a través de la dictación de una completa normativa que beneficia a los exonerados, que está constituida fundamentalmente por las leyes Nº 19.234, de 1993 y Nº 19.582, de 1998. El último texto legal buscó corregir una serie de deficiencias que se detectaron en la Ley Nº 19.234, de 1993. La Ley N° 19.881, de 2003, amplió el plazo para acogerse a sus beneficios.

El primer cuerpo legal en referencia, estableció cuatro beneficios posibles: jubilación por expiración obligada de funciones, indemnización de desahucio, pensión no contributiva y abono de tiempo por gracia.

El Programa ha otorgado la calidad de exonerado político, hasta la fecha, a cerca de cien mil personas. De ellas, 47 mil 207 reciben Pensión No Contributiva y 33.004 obtuvieron Abono de Tiempo por Gracia con el cual pueden regularizar su situación previsional.

La cifra pagada a los exonerados entre 1993 y el presente año, asciende a más 350 mil millones de pesos.

4. Asistencia a los retornados del exilio.

Durante el período 1973-1990 también muchos chilenos sufrieron el exilio. Ello les imposibilitó vivir en su patria. Cuando pudieron volver, el Estado fue en su ayuda de distinta manera.

Mediante las leyes Nº 18.994, de 20.08.1990, que creó la Oficina Nacional de Retorno; la Ley Nº 19.128, de 07.02.1992, que otorgó ciertas franquicias aduaneras a los retornados, y la Ley Nº 19.740, 30.06.2001, que otorgó beneficios a los deudores del Banco del Estado que obtuvieron créditos en el marco del programa de créditos para el establecimiento por cuenta propia de chilenos retornados, se fue en su ayuda.

5. La Mesa de Diálogo.

En agosto del año 1999, se constituyó la Mesa de Diálogo. Esta fue una instancia convocada por el Gobierno de la época con el propósito de dar pasos serios y consistentes a fin de encontrar a las víctimas del régimen militar, o cuando ello no fuera posible, obtener al menos la información para clarificar su destino, con el concurso de las Fuerzas Armadas y de Orden.

La Mesa reunió a los estamentos más representativos de la vida nacional, incluyendo a las más altas autoridades del país, instituciones civiles, militares, religiosas y éticas.

Su propuesta se tradujo en la Ley Nº 19.687, que reconoció el secreto profesional para quienes recibieran o recabaran información sobre el paradero de los detenidos-desaparecidos.

El día 13 de junio del año 2002, se dio a conocer al país el resultado de esta iniciativa. En ella, las Fuerzas Armadas y de Orden entregaron un listado señalando lo que habría sido el destino final de 200 víctimas, entre ellas 180 identificadas y 20 NN.

La información fue entregada al Presidente de la República, quien, a su vez, la entregó al Presidente de la Corte Suprema. Dicho organismo procedió a designar Ministros en Visita, jueces especiales con dedicación exclusiva y jueces preferentes y ordenó la reapertura de procesos en torno al tema, agilizando notablemente la acción de los tribunales en todo el país y abriendo de hecho nuevas posibilidades para establecer el destino de las víctimas del periodo 1973-1990.

6. No hay mañana sin ayer.

En una línea de continuidad con lo esfuerzos desplegados, el 12 de agosto de 2003, se dio a conocer al país la propuesta de derechos humanos de este Gobierno, bajo el título de “No hay Mañana sin Ayer”.

Esta propuesta se tradujo en el envío al Congreso Nacional de tres iniciativas legales.

Mediante la primera, que se tradujo en la Ley Nº 19.980, se aumentaron en un 50% el monto de las pensiones de la Ley de Reparación. Enseguida, se incluyó al padre de la víctima como beneficiario, en caso de fallecimiento de la madre o renuncia de ella a la pensión reparatoria. También incrementó en un 40% el beneficio reparatorio para la madre o el padre de los hijos de filiación no matrimonial del causante. Además, otorgó, por una sola vez, un bono de reparación de 10 millones de pesos, para los hijos del causante que nunca recibieron la pensión mensual de reparación, y por la diferencia que corresponda para aquellos que la recibieron pero dejaron de percibirla. Finalmente, reguló con rango legal el programa PRAIS, destinado al otorgamiento de beneficios médicos para las víctimas reconocidas por la Ley de Reparación y Reconciliación. En este sentido, se precisaron los beneficiarios del programa y se detallaron los beneficios médicos.

Mediante la segunda iniciativa, que se tradujo en la ley N° 19.962, se permitió la eliminación de las anotaciones prontuariales referidas a condenas impuestas por Tribunales Militares en Tiempo de Guerra, por hechos acaecidos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990 y sancionados en las Leyes Nº 12.927, sobre Seguridad del Estado, Nº 17.798 sobre Control de Armas y Nº 18.314, que Determina Conductas Terroristas y Fija su Penalidad, o en los Decretos Leyes Nº 77, de 1973 o N° 3.627, de 1981.

Mediante la tercera iniciativa, que aún se encuentra en tramitación en el Congreso, se establecen incentivos tendientes a aclarar las investigaciones por las violaciones a los derechos humanos ocurridas entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.

El proyecto, en primer lugar, define su ámbito. Para ello, primero, señala un período de aplicación. Este es el ya señalado -11.09.1973 y 10.03.1990. Enseguida, lo define en base a los delitos: homicidios, detenciones ilegales, secuestros, sustracción de menores, inhumaciones y exhumaciones. En tercer lugar, define su ámbito en base a la víctima. Esta tiene que haber sido calificada como tal por la Comisión de Verdad y Reconciliación o por la Comisión de Reparación y Reconciliación.

Los incentivos que se establecen son de dos tipos: sustantivos y procesales. Los sustantivos son la existencia de una atenuante calificada, que le permite al juez rebajar la pena en uno o dos grados. Para que opere, es necesario que se entreguen voluntariamente datos fidedignos comprobables y que conduzcan eficazmente a esclarecer los hechos y la participación punible. Otro beneficio sustantivo es la eximente de responsabilidad penal para los civiles que hacían el servicio militar al momento que ocurrieron los hechos y para los que desempeñaban labores sanitarias de enfermería. Para que opere, es necesario que hayan recibido órdenes superiores que no pudieron dejar de ejecutar sin poner en riesgo inmediato su propia vida o integridad física. No pueden invocar este beneficio quienes, después de los hechos, pasaron a integrar los cuadros permanentes de Fuerzas Armadas y Carabineros. Un tercer beneficio sustantivo es que la información que se entregue no puede ser utilizada contra el informante para construir el delito de falso testimonio, perjurio u obstrucción a la justicia.

Los beneficios procesales son: consideración de la entrega de información para obtener la libertad provisional; traspaso de las causas de tribunales militares a jueces civiles; libertad del juez para apreciar la prueba; protección de testigos; secreto del expediente.

III. LA COMISIÓN VALECH.

Otra iniciativa de este Gobierno para cerrar las heridas del pasado es la que se materializó mediante el decreto supremo N° 1040, publicado en el Diario Oficial de 11 de noviembre de 2003, que creó la “Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, para el esclarecimiento de la verdad acerca de las violaciones de derechos humanos en Chile”.

1. Su objetivo.

Para su creación, se tuvo especialmente en consideración que en el proceso de violación de los derechos humanos acaecido en Chile durante el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, muchas personas sufrieron injustas y vejatorias privaciones de libertad, muchas veces acompañadas de apremios físicos ilegítimos.

Asimismo, que cualquier intento de solución del problema de los derechos humanos en Chile obliga a dar una mirada global a las violaciones de los derechos esenciales de la persona humana y a reconocer a las víctimas de dichas violaciones.

A mayor abundamiento, se consideró que muchas de esas personas no han sido hasta la fecha reconocidas en su carácter de víctimas de la represión, ni han recibido reparación alguna por parte del Estado.

En consecuencia, se consideró que sólo en la medida que se conozca en forma completa la verdad acerca de las violaciones de derechos humanos en Chile, se reconozca a sus víctimas y se repare el injusto mal causado, el país podrá avanzar en forma efectiva por el camino de la reconciliación y el reencuentro.

En este contexto, el Gobierno se sintió obligado jurídica y moralmente, a promover el bien común de la sociedad y hacer todo cuanto su autoridad permita para contribuir al más pronto y efectivo esclarecimiento de toda la verdad y a la reconciliación de la Nación.

Además, tuvo a la vista la exitosa experiencia de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y de la denominada Mesa de Diálogo, que demuestran que es posible alcanzar crecientes grados de verdad, especialmente cuando la recopilación y sistematización de los antecedentes del caso es entregada a personas de reconocido prestigio y autoridad moral del país.

La Comisión en cuestión se creó como un órgano asesor del Presidente de la República.

Estuvo integrado por Monseñor Sergio Valech Aldunate, quien la presidió y por los siguientes integrantes: Miguel Luis Amunátegui, Luciano Foullioux, José Antonio Gómez, Elizabeth Lira, María Luisa Sepúlveda, Lucas Sierra y Álvaro Varela.

La Comisión trabajó entre el 11 de noviembre 2003 y 30 de noviembre de 2004.

La Comisión tuvo como objeto exclusivo determinar, de acuerdo a los antecedentes que se presenten, quiénes son las personas que sufrieron privación de libertad y torturas por razones políticas, por actos de agentes del Estado o de personas a su servicio, en el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.

Nunca fue su propósito actuar como Tribunal de Justicia. Una cosa es señalar que algo ocurrió y otra decir que ciertas personas son culpables. Precisar quienes sometieron las torturas, es un esfuerzo que sólo pueden hacer los tribunales.

También cabe señalar que desde el inicio, su labor estuvo sujeta a reserva. Así lo señaló su decreto constitutivo tanto respecto de los antecedentes que recibió como de la identidad de quienes proporcionaron antecedentes o colaboraron en sus tareas, sólo que en este último caso era facultativa dicha reserva (arts. 5 y 10, DS N° 1.040, I, 2003).

2. El informe.

Luego de un año de funcionamiento, la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura entregó su Informe al Presidente de la República el día miércoles 10 de noviembre. Para su elaboración, la Comisión recibió los testimonios de más de 35.000 personas, que fueron entrevistadas en su sede en Santiago, en 42 gobernaciones provinciales y en 102 localidades apartadas. Se recibieron también testimonios desde 40 países a través de los consulados y embajadas.

El Informe contiene una nómina de las 27.255 personas que la Comisión reconoció como víctimas de privación de libertad y tortura por motivos políticos, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, cometida por agentes de Estado y una explicación de cómo se desarrolló la prisión política y la tortura. Contiene también criterios y propuestas de reparación a las víctimas reconocidas.

El informe se estructura en varios capítulos, que abordan distintos aspectos vinculados con las circunstancias y de 30.000 personas que se vieron afectadas por la prisión política y la tortura, en especial, el contexto en que ello ocurrió, los distintos períodos en que se aplicó, los métodos de tortura, los lugares de detención, el perfil de las víctimas, las consecuencia que tuvo para los afectados estas prácticas, y finalmente las propuestas de reparación.

3. La propuesta de la Comisión.

Entre las conclusiones de la Comisión, destacan tres. En primer lugar, manifiesta que se formó la Convicción de que la prisión política y la tortura constituyeron una política de Estado del régimen militar, definida e impulsada por las autoridades políticas de la época, el que para su diseño y ejecución movilizó personal y recursos de diversos organismos públicos, y dictó decretos leyes y luego leyes que ampararon tales conductas represivas. Y en esto contó con el apoyo, explícito algunas veces y casi siempre implícito, del único Poder del Estado que no fue parte integrante de ese régimen: la judicatura.

En segundo lugar, respecto al perfil de las víctimas, cabe señalar que de los casos calificados (27.255) -que corresponde a aquellos casos en que la Comisión se formó plena convicción respecto a su condición de víctima de prisión política y tortura-, el 87,5% (23.856) son hombres y el 12,5% (3.399), mujeres.

Según los datos obtenidos por la Comisión, el 44,2% (12.060) tenía entre 21 y 30 años al momento de la detención, es decir, se ubicaban en el segmento que hoy día se denomina, adulto joven. Un 25,4% (6.913) tenía entre 31 y 40 años, y un 12,5% (3.397) entre 41 y 50. A su vez, el 9,7% (2.631) tenía entre 18 y 20 años, de los cuales 4% (1.080) eran menores de 18 años. Los mayores de 50 representan el 4,3% (1.174).

El grueso de las personas víctimas de prisión política y tortura eran hombres jóvenes, entre los 21 y 30 años, que al momento de la detención se desempeñaban en actividades propias del trabajo calificado.

De los menores de 18 años, 766 tenían entre 16 y 17, es decir, corresponden a aquellos cuyo discernimiento debía ser establecido por el tribunal competente;226 tenían entre 13 y 15 años, y 88 tenían 12 años o menos, lo que incluye aquellos casos de los niños en gestación y los nacidos durante le cautiverio de la madre.

En tercer lugar, en materia de reparación, la Comisión propone una serie de medidas divididas en tres categorías: aquellas individuales, dirigidas a las víctimas, que intentan reparar el daño ocasionado; las colectivas, de carácter simbólico, que tienen un mayor efecto sobre la percepción actual y futura de lo sucedido y del juicio social, que buscan garantizar que no se vuelvan a producir hechos de la gravedad que aquí se han documentado; y aquellas referidas a la institucionalidad, para asegurar la puesta en práctica de las medidas, así como la vigencia de los derechos humanos en la convivencia futura de la nación.

4. La reacción constructiva de las Fuerzas Armadas y Carabineros.

Todos los actos políticos y sociales han valorado el informe. De ellos destaca la reacción de los institutos armados y las fuerzas policiales. Esta ha sido de validación del mismo en cuanto a su contenido y veracidad.

El Ejército, en primer lugar, expresó su posición durante el mes de noviembre a través de declaraciones de su Comandante en Jefe, General Juan Emilio Cheyre, en el documento “Ejército de Chile; el fin de una visión.”.

En este documento se le otorga plena validez al informe en cuestión, expresándose “Las violaciones de los derechos humanos nunca y para nadie pueden tener justificación ética”.

Asimismo, se expresa que “El Ejército de Chile tomó la dura, pero irreversible decisión de asumir las responsabilidades que como institución le cabe en todos los hechos punibles y moralmente inaceptables del pasado”.

Finalmente, el Ejército expresa que dicha institución “Ha reconocido en reiteradas oportunidades las faltas y delitos cometidos por personal de su directa dependencia; las ha censurado, criticado públicamente y ha cooperado permanentemente con los tribunales de justicia para, en la medida de lo posible, contribuir a la verdad y a la reconciliación.”.

La Armada de Chile, por su parte, también se ha condolido con las situaciones contenidas en el aludido informe.

En esta perspectiva, ha reconocido, en términos generales, la validez del informe, expresando una fuerte condena a la tortura, señalando: “Independientemente de las observaciones procesales que pudiera merecer el informe, su lectura es impactante y conmovedora, y nadie podría desconocer que en Chile se violaron gravemente los derechos humanos y la dignidad de muchas personas inocentes, por parte de agentes del Estado. En este contexto, algunos miembros de la Armada, desviándose de la recta doctrina, también participaron en estos luctuosos hechos, particularmente durante los primeros meses inmediatamente posteriores al 11 de septiembre de 1973.”.

Por su parte, la Fuerza Aérea de Chile señaló que el actual Alto Mando asume esta dolorosa verdad y reitera su compromiso para que actos de esta naturaleza nunca vuelvan a repetirse.

Al respecto, la institución aérea manifiesta que “En la Fuerza Aérea las responsabilidades corresponden (por doctrina) siempre a los mandos, quienes tienen la obligación moral y legal de velar para que la institución no se aparte nunca de la finalidad para la cual fue creada.”.

El mando aéreo calificó el documento sobre tortura como una “avance significativo” en el proceso de reconciliación nacional recordando que desde hace más de una década, y después del informe Rettig, la Aviación ya había reconocido la existencia y lamentado las violaciones de derechos humanos ocurridas en el régimen militar. De hecho, se ha expresado, la institución ya ha tomado hace muchos años “todas las medidas necesarias para que estos actos no vuelvan nunca a repetirse”.

Carabineros de Chile, finalmente, también ha expresado su pesar por los hechos descritos en el informe, puntualizando al respecto que “Hoy, después de 30 años y con la perspectiva que da el tiempo, Carabineros se hace cargo de su historia y estima que las acciones de represión política, prisión y tortura descritas en el Informe, nunca debieron realizarse porque son contrarias a su esencia y misión”.

Asimismo, la policía uniformada ha manifestado que “Carabineros repudia que personal de sus filas tuviese participación en casos de violaciones a los derechos humanos donde se cuentan personas que ejercían el mando jerárquico y que tuvieron responsabilidad de acción u omisión”.

Finalmente expresa que “Carabineros reitera su compromiso de caminar con firmeza a un deseable reencuentro nacional bajo el imperio de la solidaridad, la verdad y la paz social.”.

IV. PARA NUNCA MÁS VIVIRLO, NUNCA MÁS NEGARLO.

El 28 de noviembre del 2004, di a conocer ante el país el informe de la Comisión.

Sobre su crudo contenido, expresé que “Creo no equivocarme al señalar que este Informe constituye una experiencia sin precedentes en el mundo. Ha sido capaz de entrar –treinta y un años después– a una dimensión oscura de nuestra vida nacional, a un abismo profundo de sufrimientos y de tormentos.”.

El informe –agregué- “nos hace mirar de frente una realidad insoslayable: la prisión política y las torturas constituyeron una práctica institucional de Estado que es absolutamente inaceptable y ajena a la tradición histórica de Chile.”.

En aquella oportunidad me pregunté como fue posible tanto horror y tanto silencio durante tantos años acerca de una verdad tan estremecedora.

Al respecto, reflexioné señalando: “No tengo respuesta frente a ello. ¿Cómo explicar que el 94% de los detenidos señalen que fueron objeto de torturas? ¿Cómo explicar que, de las 3.400 mujeres que entregaron testimonio, casi todas señalen haber sido objeto de alguna violencia sexual?”.

Y sobre las razones del largo silencio, concluí “Sin duda, por el miedo. Pero también el silencio se relaciona con una actitud de dignidad básica de la persona. El Informe lo dice: "descorrer el velo de la tortura, de la humillación, de la violación física y psicológica, es algo muy difícil de hacer. Incluso ante los propios cónyuges. Y ese mismo silencio comprensible fue ahondando el daño de los sufrimientos no compartidos, de aquello que preferimos esconder, ocultar, arrancar de los archivos de nuestra historia".

“Vidas quebradas, familias destruidas, proyectos personales tronchados, incapacidad de poder dar a sus hijos una vida mejor. Todo ello se ha vivido durante años y años cubierto por un velo de silencio, espeso, insano. Eso tenía que terminar; ha terminado.”.

Sin embargo, creo firmemente que el silencio no puede convertirse en olvido.

En esta perspectiva, agregué que el Informe, “aunque 31 años después, tiene un enorme valor ya que tal como lo señala el mismo Informe, "la experiencia de la prisión política y la tortura representó un quiebre vital que cruzó todas las dimensiones de la existencia de las víctimas y de sus familias, y que las acompañan hasta el presente".

“No se trata –continué- sólo de horrores cometidos hace 31 años; se trata también de daños que permanecen hasta el día de hoy. Se trata también de una verdad que nos era debida, que era necesaria para completar la justicia y reparación para estas familias y que ellas tienen derecho.

Reconocer el desvarío, la pérdida del rumbo que hizo que las instituciones armadas y el Estado se apartaran de su tradición histórica, de sus propias doctrinas que las vieron nacer y desarrollarse, es lo que nos permite retomar la senda de siempre y enfrentar con optimismo el futuro.”.

Con la presentación del informe se terminó el silencio, se desterró el olvido, se ha reivindicado la dignidad de cada uno de ellos.

Pero ello requiere algo más. Si está comprometida la responsabilidad de los agentes del Estado, lo que corresponde es que el Estado adopte medidas que ayuden a mitigar los efectos de tanto dolor.

Lo digo claramente: estas medidas tienen que estar orientadas a sanar las heridas, no a reabrirlas.

Y en este sentido, comparto las tres líneas de reparación que presenta la Comisión. En primer lugar dice que tienen que haber medidas institucionales, las cuales tienen que cristalizar en la creación de un Instituto Nacional de Derechos Humanos que promoverá, a través de la educación, el respeto a dichos derechos y a la vez se hará cargo del patrimonio y la confidencialidad de la información acumulada en Chile, desde los archivos de la Vicaría de la Solidaridad hasta el trabajo de esta Comisión.

En segundo lugar, dice que tienen que haber medidas simbólicas y colectivas que deberán expresar el reconocimiento moral del Estado y la sociedad hacia las víctimas, como asimismo medidas jurídicas que prevengan a las actuales y futuras generaciones de esta terrible experiencia. Estas medidas, por cierto, y esto es muy importante, no deben producir afrenta alguna a las Fuerzas Armadas, pues ellas son instituciones permanentes de la República y pertenecen a todos los chilenos.

En tercer lugar, tienen que haber medidas de reparación individuales, que se expresan tanto en el ámbito jurídico como en el económico.

Las jurídicas, básicamente se refieren a cómo restablecemos la honra de estas personas. La mayor parte de las veces fueron acusadas de delitos que nunca cometieron, y por tanto, el restablecimiento pleno de sus derechos ciudadanos.

En el ámbito económico, lo he dicho antes, es imposible reparar daños físicos y espirituales que han marcado la vida de tantos compatriotas. Creo que sería una falta de respeto hacia las víctimas el que este valioso proceso de regeneración moral derivara en una pura discusión sobre dineros.

No obstante, considero que el Estado ya hizo un esfuerzo respecto de los familiares de los ejecutados y desaparecidos, respecto de quienes sufrieron el exilio, respecto de quienes fueron exonerados de sus trabajos por razones políticas. Debe entonces ahora el Estado entregar una compensación que, aunque sea austera, es una forma de reconocer su responsabilidad en lo ocurrido.

Al tomar una decisión respecto de su monto, tengo que tomar en cuenta todas las obligaciones que el Estado tiene con toda la sociedad, con todos los chilenos, particularmente con las familias más pobres de nuestra patria.

Por eso, haciendo el máximo esfuerzo, he decidido enviar al Congreso Nacional un proyecto de ley de reparación, que se describe a continuación.

V. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY.

El proyecto de ley que someto a consideración del H. Congreso Nacional, tiene dos contenidos fundamentales. Por una parte, establece medidas de reparación y otorga beneficios a las víctimas objeto de prisión política y tortura, establecidas por la Comisión, que creó el D.S. Nº 1.040, de 2003. Por la otra, confiere carácter secreto a los antecedentes recopilados por la señalada Comisión. Este proyecto, junto con el relativo al de la creación del Instituto de Derechos Humanos, que será enviado en el próximo tiempo al Congreso Nacional, completa la propuesta legislativa del Gobierno respecto de lo sugerido por la Comisión Valech.

1. La reparación.

El proyecto establece tres tipos de mecanismos de reparación de las víctimas de prisión política y tortura: una pensión de reparación, un bono y benéficos médicos y educacionales.

a. La pensión de reparación.

La pensión de reparación beneficia a las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos individualizadas en el anexo “Listado de prisioneros políticos y torturados”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.

La pensión se distingue por lo siguiente.

En primer lugar, en cuanto a su monto, es distinto según la edad de los beneficiarios. Para aquellos menores de 70 años, ésta asciende a $1.353.798 anuales. Para aquellos beneficiarios de 70 o más años de edad, pero menores de 75 años, su monto es de $1.480.284 anual. Para aquellos beneficiarios de 75 años o más, la pensión es de $1.549.422 anual.

En segundo lugar, la pensión se paga en doce cuotas mensuales de igual monto y se devenga a partir del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que los beneficiarios presenten sus solicitudes.

En tercer lugar, se trata de una pensión reajustable conforme al sistema que sigue para las pensiones que da el INP.

En cuarto lugar, se trata de una pensión renunciable en favor de personas jurídicas sin fines de lucro reguladas por las normas del Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil, cuya finalidad fundamental sea la de cautelar, fomentar y promover el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de las personas que habiten en el territorio de Chile. La renuncia se debe efectuar ante el Instituto de Normalización Previsional, el que debe transferirla a las señaladas personas jurídicas mientras viva la persona que renunció, con los reajustes y los incrementos de la pensión que correspondería por aumento de edad de la víctima.

En quinto lugar, se trata de una pensión inembargable.

En sexto lugar, se trata de una pensión compatible con cualquier otra, de cualquier carácter, de que goce o que pudiere corresponder al respectivo beneficiario, incluidas las pensiones asistenciales del decreto ley N° 869, de 1975. Es, asimismo, compatible con cualquier otro beneficio de seguridad social establecido en las leyes.

Sin embargo, es incompatible con las pensiones establecidas en las leyes Nº 19.234, 19.582 y 19.881, sobre exonerados. Dicha incompatibilidad obliga al beneficiario a optar entre ambas prestaciones. Pero las personas que realicen la mencionada opción tendrán derecho a un bono. Este asciende a la suma de tres millones de pesos y se paga por una sola vez dentro del mes subsiguiente de materializada la opción.

Para aquellas personas que reciban primero una pensión por haber sido víctimas de prisión política y tortura, y luego se hagan beneficiarias de una pensión como exoneradas, también tienen que optar. El bono que les corresponde, en este caso, se calcula considerando la diferencia entre los tres millones y el monto total de lo percibido por la pensión. Pero si el monto total percibido por la pensión es superior al del bono, el beneficiario no está obligado a devolver el exceso.

b. El bono para los menores de edad nacidos en prisión o bajo detención de sus padres.

El segundo beneficio reparatorio que establece el proyecto es un bono de cuatro millones de pesos.

Los beneficiarios de este bono son Las personas individualizadas en el anexo “Menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.

Este bono se caracteriza por lo siguiente. En primer lugar, este bono no está afecto a tributación ni a descuentos de seguridad social o de otra naturaleza.

En segundo lugar, puede renunciarse en favor de las mismas personas y en los mismos términos señalados respecto de la pensión.

Finalmente, se devenga a partir del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que los beneficiarios presenten sus solicitudes.

c. Beneficios médicos y educacionales.

La tercera línea de reparación, es el otorgamiento de beneficios médicos y educacionales.

Los beneficios médicos son los que otorga el Programa PRAIS.

Pero sólo cubre los apoyos técnicos y la rehabilitación física necesaria para la superación de las lesiones físicas surgidas a consecuencia de la prisión política o la tortura, cuando dichas lesiones tengan el carácter de permanentes y obstaculicen la capacidad educativa, laboral o de integración social del beneficiario.

El procedimiento para acreditar la discapacidad será el señalado en la ley que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad.

En relación a los beneficios educacionales, el Estado garantizará la continuidad gratuita de los estudios, sean de nivel básico, medio o superior, a aquellas personas beneficiarias de la pensión o el bono ya señaladas, y que por razón de prisión política o tortura, vieron impedidos sus estudios.

Los beneficiarios que soliciten completar sus estudios de educación básica y media, deberán hacerlo conforme a las normas de enseñanza de adultos.

Por su parte, los beneficiarios que soliciten continuar sus estudios de enseñanza superior en instituciones de educación superior estatales o privadas reconocidas por el Estado, tendrán derecho al pago de la matrícula y del arancel mensual.

2. Secreto a los antecedentes recopilados por la Comisión.

El segundo contenido del proyecto, es que establece el carácter de secreto para todos los documentos, datos, testimonios, declaraciones y demás antecedentes recibidos por la Comisión, por el plazo de cincuenta años. También establece que los integrantes de la Comisión, así como las personas que participaron en ella, están obligados a mantener reserva respecto de todos los antecedentes y datos que tuvieron conocimiento en virtud de dicha tarea.

Lo anterior se funda en lo siguiente. En primer lugar, el éxito de las tareas encomendadas a la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura está, en gran medida, vinculado a la confidencialidad y reserva con que, desde su creación, se revistió a sus actuaciones y a las informaciones que recabara.

En efecto, dicha reserva y confidencialidad permitió que las personas directamente afectadas por prisión política y tortura encontraran en dicha instancia, un espacio de acogimiento y de respetuosa consideración hacia sus personas y hacia sus dolorosas experiencias y testimonios, elementos indispensables para generar en ellos la confianza y valentía que les exigía la dura tarea de traer al presente un pasado de sufrimientos, vejámenes y degradaciones, para verbalizarlo, expresarlo y en definitiva entregarlo a terceros extraños e incluso ajenos.

La confianza que las víctimas supieron depositar en la Comisión debe ser honrada y salvaguardada. Como sociedad, no podemos permitir que sus valerosos testimonios y dolorosos recuerdos sean utilizados para ningún otro propósito que aquel para el cuál fueron proporcionados, esto es, para la elaboración del informe que a dicha Comisión se le encomendó.

Por esta misma razón, el decreto supremo que estableció la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, en su artículo 5°, confirió expresamente carácter reservado a todos los antecedentes que recibiera en el desempeño de su cometido, así como a las actuaciones que realizara.

De este modo, la reserva y confidencialidad de los antecedentes aportados a la Comisión no solo ha sido un elemento esencial para el éxito de su cometido, sino que además fue un compromiso formal del Gobierno para con las víctimas que concurrieron a dicha instancia a prestar su testimonio, compromiso que estamos todos llamados a cumplir y respetar.

La información, testimonios y demás antecedentes aportados a la Comisión pertenece a exclusivamente a sus titulares. Estos los entregaron a una instancia gubernamental para un propósito determinado y único, que se concretiza en el informe elaborado y entregado por dicha Comisión y, por lo mismo, ni ella, ni sus integrantes o partícipes, ni el Gobierno o sus autoridades, pueden disponer de tales antecedentes para una finalidad diferente a la dicha, sin traicionar con ello el compromiso de confidencialidad asumido frente a las víctimas de prisión y tortura, y sin atentar contra el derecho elemental que toda persona tiene sobre su propia historia, sobre sus experiencias y memorias.

Debemos, por lo tanto, garantizar la reserva y confidencialidad de los antecedentes recibidos por la Comisión, resguardando adecuadamente el compromiso asumido con las víctimas que concurrieron a ella y preservando, de ese modo, su dignidad y derecho a disponer libremente sobre sí mismas.

Para ello, la reserva otorgada en el decreto supremo que creó la Comisión respecto de los antecedentes que recibiera en su cometido se estima insuficiente, tanto por su rango reglamentario, como porque no cuenta con un respaldo legal pleno para los obligados a ella, de modo que pudiera no ser oponible frente a determinados requerimientos de acceso a dicha información.

Por tal motivo, se hace necesario declarar el secreto de los referidos antecedentes mediante una norma legal, que los ponga a resguardo por un período de tiempo adecuado y suficiente para las finalidades de protección que lo justifican y que, además, sea oponible a toda persona, institución, autoridad o magistratura.

En segundo lugar, dicho secreto se funda en que la Comisión receptora de los antecedentes y testimonios que se propone amparar con secreto legal, fue creada con una finalidad única y específica: determinar las personas que sufrieron privación de libertad y torturas por razones políticas, por actos de agentes del Estado o de personas a su servicio, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, y proponer al Presidente de la República medidas de reparación austeras para dichas personas.

La labor de la Comisión quedó así circunscrita a recibir antecedentes que le permitieran identificar a las víctimas, para luego elaborar un informe acerca de las personas afectadas sobre la base de dichos antecedentes, proponiendo las medidas señaladas. Esta fue su función y ninguna otra puede atribuírsele a posteriori, ni por extensión, ni por derivación, ni por analogía.

Así, por ejemplo, el mismo decreto que creó dicha instancia, en su artículo 3°, estableció perentoriamente que sus actuaciones no constituyen actividad jurisdiccional y que de manera alguna podría asumir funciones de tal índole. Asimismo, prescribió que no podría pronunciarse sobre la responsabilidad que pudiere caber a personas individuales por los hechos de que tome conocimiento en el desarrollo de su cometido.

La naturaleza de la función encomendada a la Comisión es exclusivamente la recién descrita; no es ni jurisdiccional, ni de investigación, ni de difusión, ni periodística. Y tal naturaleza se trasmite íntegra los antecedentes, datos, documentos, testimonios y declaraciones que ha recibido en el cumplimiento de dicha función. Por lo mismo, éstos no constituyen declaraciones indagatorias o inculpatorias, ni probanzas de ningún tipo, ni investigación judicial o periodística, ni denuncias.

En tal contexto, el secreto de los antecedentes que la Comisión recibió tiene también como finalidad impedir que, sea de buena o mala fe, sea oficiosamente o en cumplimiento de deberes legales, se pretenda conferir una naturaleza diversa a la función de dicha entidad o a los antecedentes que recibió en cumplimiento de aquella.

Es por eso que la regulación que se propone, establece expresamente que son los titulares de los referidos antecedentes, quienes tienen el derecho y la libertad de darlos a conocer o proporcionarlos a terceros, para cualquiera de las finalidades u objetos que no corresponden a la función para la cual fueron recibidos por la Comisión.

De este modo, el secreto que se establece sobre dichos antecedentes impide, de un lado, la desnaturalización de la función desarrollada por la Comisión y de la información proporcionada a ésta y, del otro, deja a salvo el derecho de las víctimas, que son los únicos titulares de dicha información, de disponer de ella como estimen conveniente.

La última razón que funda el secreto, es que se ha estimado prudente y necesario, hacerse cargo de la situación en que se ven las personas que integraron la Comisión sobre Prisión Política y Tortura y las que colaboraron con ésta en el desarrollo de su cometido, quienes están obligadas a guardar reserva de la información y antecedentes que se proporcionaron a la Comisión, pero no cuentan con el respaldo legal necesario para el cabal cumplimiento de tal deber.

No obstante la integridad y alta calidad moral de las personas que participaron en la Comisión, cualidades que dan plena certeza acerca de su compromiso moral con la función desarrollada y la confidencialidad de los antecedentes que conocieron en ella, jurídicamente podrían verse compelidos a proporcionar tales antecedentes, sea ante órganos jurisdiccionales o de control político.

Resulta, por lo mismo, inadecuado e injusto que la reserva y confidencialidad con que se ha querido amparar la información recabada por la Comisión, descanse principalmente en el compromiso ético de las personas mencionadas, sin proveerlas de los resguardos jurídicos adecuados.

Por estas razones, la regulación que se propone, junto con establecer el deber de reserva para los integrantes y partícipes de la Comisión respecto de los antecedentes cubiertos por secreto, establece que estas personas estarán amparadas por el secreto profesional en relación a dicha información, quedando por lo mismo liberadas de testificar en juicio sobre ella, sin que le sea aplicable la figura de la obstrucción a la justicia.

Con esta disposición, más aquella que penaliza la divulgación de los antecedentes amparados por secreto, se completa la regulación legal mínima que se requiere para los objetivos descritos.

VI. PALABRAS FINALES.

El camino de hacernos cargo de nuestro pasado ha sido largo, difícil, complejo. Asumir la cruda verdad de lo ocurrido y la responsabilidad de lo obrado, no ha sido fácil para ningún chileno.

Como sociedad hemos ido abriendo los ojos a la realidad de nuestros compatriotas, los desaparecidos, los ejecutados, los exiliados, los exonerados. Ahora, abrimos los ojos a quienes sufrieron prisión política y tortura. Nos hemos atrevido a mirar la verdad, sin esconderla debajo de la alfombra. No todos los países se han atrevido a esto.

Como Estado, en la medida de las posibilidades, hemos ido proponiendo y definiendo medidas de reparación moral, simbólica, y también económicas, a todas las personas que han sido víctimas de aquellos atropellos a sus derechos fundamentales. Con el reconocimiento de las víctimas de la prisión política, completamos un capítulo por el cual teníamos que pasar. Pero lo completamos para mirar el futuro, no para escudriñar eternamente en el pasado.

Lo hemos hecho no para reavivar rencores y divisiones, sino para fortalecer la convivencia y la unidad de todos los chilenos. Ese es el espíritu del Informe de la Comisión. Ese es el espíritu que debe prevalecer una vez conocido el sufrimiento y el dolor.

Porque hemos sido capaces de mirar toda la verdad de frente, podemos empezar a superar el dolor, a restaurar las heridas.

Para nunca más vivirlo, nunca más negarlo.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, para ser tratado en la actual Legislatura, Extraordinaria, de Sesiones del Congreso Nacional, el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“TÍTULO I

DE LA PENSIÓN DE REPARACIÓN Y BONO

Artículo 1°.- Establécese una pensión anual de reparación en beneficio de las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos individualizadas en el anexo “Listado de prisioneros políticos y torturados”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.

Artículo 2°.- La pensión anual establecida en el artículo anterior ascenderá a $1.353.798 para aquellos beneficiarios menores de 70 años de edad, a $1.480.284 para aquellos beneficiarios de 70 o más años de edad pero menores de 75 años y a $1.549.422 para aquellos beneficiarios de 75 o más años de edad. Esta pensión se pagará en 12 cuotas mensuales de igual monto y se reajustará en conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 del decreto ley 2.448, de 1979, o en las normas legales que reemplacen la referida disposición.

La pensión establecida en el inciso precedente será incompatible con aquellas otorgadas en las leyes Nos. 19.234, 19.582 y 19.881, pudiendo quienes se encuentren en tal situación optar por uno de estos beneficios en la forma que determine el Reglamento.

Con todo, aquellas personas que ejerzan la opción antedicha, tendrán derecho a un bono de $3.000.000, el que se pagará por una sola vez dentro del mes subsiguiente de ejercida la opción.

Por su parte, quienes fueren beneficiarios de la pensión a que se refiere el inciso primero del presente artículo, que obtuvieren con posterioridad algunos de los beneficios incompatibles antes referidos, tendrán derecho por concepto del bono establecido en el inciso anterior, a la diferencia entre el monto total percibido por concepto de la pensión de esta ley durante el período anterior a la concesión del beneficio incompatible y el monto del bono antes señalado. Si el monto total percibido por pensión fuere superior al del bono, el beneficiario no estará obligado a la devolución del exceso.

Artículo 3°.- Esta pensión podrá renunciarse ante el Instituto de Normalización Previsional, mediante el procedimiento que éste determine por resolución exenta, en favor de personas jurídicas sin fines de lucro reguladas por las normas del Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil, cuya finalidad fundamental sea la de cautelar, fomentar y promover el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de las personas que habiten en el territorio de Chile. La renuncia será irrevocable.

Las transferencias que efectúe el Instituto de Normalización Previsional a las personas jurídicas antes señaladas por efecto de la antedicha renuncia, se realizarán mientras viva la persona que renunció, debiendo adecuarse los montos cuando ocurran reajustes de estas pensiones y cuando el renunciante cumpla las edades señaladas en el artículo anterior.

Artículo 4°.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 2° de la presente ley, la pensión otorgada por esta ley será compatible con cualquiera otra, de cualquier carácter, de que goce o que pudiere corresponder al respectivo beneficiario, incluidas las pensiones asistenciales del decreto ley N° 869, de 1975.

Será, asimismo, compatible con cualquier otro beneficio de seguridad social establecido en las leyes.

Artículo 5°.- La pensión anual establecida en esta ley será inembargable.

Artículo 6°.- Las personas individualizadas en el anexo “Menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, podrán optar a un bono que ascenderá a $4.000.000.

Este bono no estará afecto a tributación ni a descuentos de seguridad social o de otra naturaleza y podrá renunciarse en favor de las mismas personas y en los mismos términos señalados en el inciso primero del artículo 3° de la presente ley.

Artículo 7°.- Tanto la pensión como el bono establecidos por la presente ley, se devengarán a partir del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que los beneficiarios presenten sus solicitudes.

Artículo 8°.- El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, mediante un reglamento que deberá ser también suscrito por los Ministros del Interior y de Hacienda, establecerá los mecanismos para conceder los beneficios establecidos en el presente Título, ejercer las opciones que en él se disponen, determinar los procedimientos de actualización de los montos para efecto de las imputaciones y deducciones que correspondan y todas las demás normas necesarias para la adecuada operación de lo dispuesto en esta ley.

TÍTULO II

DE LOS BENEFICIOS MÉDICOS

Artículo 9°.- Agrégase al inciso primero del artículo séptimo de la ley N° 19.980, la siguiente letra d):

“d) Aquellos que se individualizan en la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.”.

Artículo 10°.- Las personas señaladas en los artículos 1° y 6° de la presente ley, tendrán derecho a recibir por parte del Estado los apoyos técnicos y la rehabilitación física necesaria para la superación de las lesiones físicas surgidas a consecuencia de la prisión política o la tortura, cuando dichas lesiones tengan el carácter de permanentes y obstaculicen la capacidad educativa, laboral o de integración social del beneficiario.

El procedimiento para acreditar la discapacidad será el señalado en el Título II de la ley N° 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad.

El Ministerio de Salud, mediante resolución exenta visada por la Dirección de Presupuestos, establecerá la modalidad de atención de las referidas lesiones y todas las normas necesarias para su adecuada operación.

TÍTULO III

DE LOS BENEFICIOS EDUCACIONALES

Artículo 11.- El Estado garantizará la continuidad gratuita de los estudios, sean de nivel básico, medio o superior, a aquellas personas señaladas en los artículos 1° y 6° de la presente ley, que por razón de prisión política o tortura, vieron impedidos sus estudios.

Artículo 12.- Los beneficiarios que soliciten completar sus estudios de educación básica y media, deberán hacerlo conforme a las normas de enseñanza de adultos, pudiendo el Presidente de la República, a través de decreto supremo expedido a través del Ministerio de Educación, autorizar modalidades especiales para esos casos.

Artículo 13.- Los beneficiarios que soliciten continuar sus estudios de enseñanza superior en instituciones de educación superior estatales o privadas reconocidas por el Estado, tendrán derecho al pago de la matrícula y del arancel mensual. El costo de este beneficio será de cargo del Fondo de Becas de Educación Superior del Ministerio de Educación.

Artículo 14.- Un reglamento expedido a través del Ministerio de Educación y que además deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, establecerá las normas necesarias para el uso eficaz de estos beneficios, su extinción, el procedimiento de solicitud y pago de los mismos, el procedimiento para renovarlos o extenderlos en casos calificados, las condiciones de financiamiento de la continuidad de los estudios y toda otra norma necesaria para la debida aplicación de las disposiciones del presente Título.

TÍTULO IV

DEL SECRETO

Artículo 15.- Son secretos los documentos, datos, testimonios, declaraciones y demás antecedentes recibidos por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, en el desarrollo de su cometido. En todo caso, este secreto no se extiende al informe elaborado por la Comisión sobre la base de dichos antecedentes.

El secreto establecido en el inciso anterior se mantendrá durante el plazo de 50 años, período en que los antecedentes sobre los que recae quedarán bajo la custodia del Ministerio del Interior.

Mientras rija el secreto previsto en este artículo, ninguna persona, grupo de personas, autoridad o magistratura tendrá acceso a los antecedentes amparados por él, sin perjuicio del derecho personal que asiste a los titulares de los documentos, informes, declaraciones y testimonios incluidos en ellos, para darlos a conocer o proporcionarlos a terceros por voluntad propia.

Los integrantes de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, así como las demás personas que participaron a cualquier título en el desarrollo de las labores que se le encomendaron, estarán obligados a mantener reserva respecto de los antecedentes y datos que conforme al inciso primero de este artículo tienen carácter secreto, durante todo el plazo establecido para aquel. Estas personas se entenderán comprendidas en el N° 2 del artículo 201 del Código de Procedimiento Penal.

La comunicación, divulgación o revelación de los antecedentes y datos amparados por el secreto establecido en el inciso primero, será sancionada con las penas señaladas en el artículo 247 del Código Penal.

TÍTULO V

DEL FINANCIAMIENTO

Artículo 16.- Los beneficios establecidos en el Título I de la presente ley serán administrados por el Instituto de Normalización Previsional conforme a las normas que este mismo establezca, y se financiarán con cargo a los recursos que se contemplen en su presupuesto.

Los beneficios establecidos en el Título II de la presente ley se financiarán con los recursos que se contemplen en la partida 16, Ministerio de Salud, del Presupuesto de la Nación.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo primero.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2005, se financiará con traspasos de recursos provenientes de la partida Tesoro Público y con traspasos y reasignaciones de otras partidas presupuestarias.

Artículo segundo.- Aquellas personas que hubiesen presentado sus antecedentes a la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, con anterioridad a la entrega del Informe sobre Prisión Política y Tortura al Presidente de la República y que fueren posteriormente incorporadas por la misma Comisión a la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, tendrán derecho a todos los beneficios indicados en los Títulos I, II y III de la presente ley, según corresponda, a contar del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que se produzca la señalada incorporación.”.

Dios guarde a V.E.,

RICARDO LAGOS ESCOBAR

Presidente de la República

JOSE MIGUEL INSULZA SALINAS

Ministro del Interior

NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN

Ministro de Hacienda

RICARDO SOLARI SAAVEDRA

Ministro del Trabajo y Previsión Social

SERGIO BITAR CHACRA

Ministro de Educación

PEDRO GARCÍA ASPILLAGA

Ministro de Salud

1.2. Oficio a la Corte Suprema

Oficio a La Corte Suprema. Fecha 14 de diciembre, 2004. Oficio

VALPARAÍSO, 14 de diciembre de 2004

Oficio Nº 5308

A S. E. EL PRESIDENTE DE LA EXCMA. CORTE SUPREMA

En conformidad con lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 74 de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 16 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, tengo a honra remitir a esa Excma. Corte Suprema copia del proyecto de ley -iniciado en Mensaje- que establece pensión de reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica, boletín N° 3762-17, con urgencia calificada de discusión inmediata.

Dios guarde a V.E.

PABLO LORENZINI BASSO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

1.3. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 14 de diciembre, 2004. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 31. Legislatura 352.

?Valparaíso, 14 de diciembre de 2004.

El Secretario de Comisión que suscribe, CERTIFICA:

Que el proyecto de ley, originado en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República, QUE ESTABLECE PENSIÓN DE REPARACIÓN Y OTORGA OTROS BENEFICIOS A FAVOR DE LAS PERSONAS QUE INDICA (Boletín N° 3.762-17), con urgencia calificada de “discusión inmediata”, fue despachado por esta Comisión, con la asistencia de los Diputados señores Escalona, don Camilo (Presidente),

Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo; Cardemil, don Alberto; Dittborn, don Julio; Jaramillo, don Enrique; Kuschel, don Carlos Ignacio; Ortiz, don José Miguel; Pérez, don José; Saffirio, don Eduardo; Silva, don Exequiel; Tuma, don Eugenio y Von Mühlenbrock, don Gastón.

Concurrieron a la sesión, durante el estudio del proyecto, los señores José Miguel Insulza, Ministro del Interior; Nicolás Eyzaguirre, Ministro de Hacienda; Francisco Vidal, Ministro Secretario General de Gobierno; la señora Macarena Carvallo, Subsecretaria de Previsión Social; el señor Alberto Arenas, Subdirector de Racionalización y Función Pública, y los señores Julio Valladares y Carlos Pardo, Asesores de la Dirección de Presupuestos.

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento de la totalidad del proyecto de ley, salvo el artículo 15 permanente. En esta Comisión se propuso una indicación por los Diputados señores Alvarado, Álvarez, Escalona, Dittborn, Pérez, don José, Saffirio, Silva y Von Mühlenbrock, al artículo 15, del siguiente tenor: “Suprímese el punto final (.) del inciso cuarto del artículo 15 y agrégase a continuación la siguiente oración: “o del artículo 303 del Código Procesal Penal, según corresponda.”, por lo que fue incorporado este artículo a su conocimiento.

Puestos en votación los artículos permanentes del proyecto de ley, con la indicación precedente y el articulado transitorio, fueron aprobados todos por unanimidad.

La Comisión acordó, además, que el informe se emitiera en forma verbal, directamente en la Sala, para lo cual designó Diputado al señor CAMILO ESCALONA.

Se adjunta al presente certificado el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos.

Javier Rosselot Jaramillo

Secretario de la Comisión

1.4. Informe de Comisión de Derechos Humanos

Cámara de Diputados. Fecha 14 de diciembre, 2004. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 31. Legislatura 352.

?BOLETÍN 3762-17

El Secretario de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía que suscribe, CERTIFICA: Que el texto que ha sido sometido a conocimiento de la Comisión, por Mensaje de S.E. el Presidente de la República N° 203-352, que establece pensión de reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica. (Boletín N° 3762-17), al que se le ha hecho presente la urgencia con calificación de “discusión inmediata”, fue aprobado por esta Comisión en los siguientes términos:

“PROYECTO DE LEY:

“TÍTULO I

DE LA PENSIÓN DE REPARACIÓN Y BONO

Artículo 1°.- Establécese una pensión anual de reparación en beneficio de las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos individualizadas en el anexo “Listado de prisioneros políticos y torturados”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.

Artículo 2°.- La pensión anual establecida en el artículo anterior ascenderá a $1.353.798 para aquellos beneficiarios menores de 70 años de edad, a $1.480.284 para aquellos beneficiarios de 70 o más años de edad pero menores de 75 años y a $1.549.422 para aquellos beneficiarios de 75 o más años de edad. Esta pensión se pagará en 12 cuotas mensuales de igual monto y se reajustará en conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 del decreto ley 2.448, de 1979, o en las normas legales que reemplacen la referida disposición.

La pensión establecida en el inciso precedente será incompatible con aquellas otorgadas en las leyes Nos. 19.234, 19.582 y 19.881, pudiendo quienes se encuentren en tal situación optar por uno de estos beneficios en la forma que determine el Reglamento.

Con todo, aquellas personas que ejerzan la opción antedicha, tendrán derecho a un bono de $3.000.000, el que se pagará por una sola vez dentro del mes subsiguiente de ejercida la opción.

Por su parte, quienes fueren beneficiarios de la pensión a que se refiere el inciso primero del presente artículo, que obtuvieren con posterioridad algunos de los beneficios incompatibles antes referidos, tendrán derecho por concepto del bono establecido en el inciso anterior, a la diferencia entre el monto total percibido por concepto de la pensión de esta ley durante el período anterior a la concesión del beneficio incompatible y el monto del bono antes señalado. Si el monto total percibido por pensión fuere superior al del bono, el beneficiario no estará obligado a la devolución del exceso.

Artículo 3°.- El beneficiario podrá solicitar al Instituto de Normalización Provisional, mediante el procedimiento que este determine por resolución exenta, que la pensión que determine esta ley sea pagada a favor de personas jurídicas sin fines de lucro reguladas por las normas del Título XXXIIII del Libro I del Código Civil, cuya finalidad fundamental sea la de cautelar, fomentar y promover el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de las personas que habiten en el territorio de Chile.

Artículo 4°.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 2° de la presente ley, la pensión otorgada por esta ley será compatible con cualquiera otra, de cualquier carácter, de que goce o que pudiere corresponder al respectivo beneficiario, incluidas las pensiones asistenciales del decreto ley N° 869, de 1975.

Será, asimismo, compatible con cualquier otro beneficio de seguridad social establecido en las leyes.

Artículo 5°.- Las personas individualizadas en el anexo “Menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, podrán optar a un bono que ascenderá a $4.000.000.

Artículo 6°.- La pensión anual y los bonos que establece esta ley serán inembargables.

Artículo 7°.- Tanto la pensión como el bono establecidos por la presente ley, se devengarán a partir del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que los beneficiarios presenten sus solicitudes, las que podrán ser solicitadas desde la publicación de la misma.

Artículo 8°.- El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, mediante un reglamento que deberá ser también suscrito por los Ministros del Interior y de Hacienda, establecerá los mecanismos para conceder los beneficios establecidos en el presente Título, ejercer las opciones que en él se disponen, determinar los procedimientos de actualización de los montos para efecto de las imputaciones y deducciones que correspondan y todas las demás normas necesarias para la adecuada operación de lo dispuesto en esta ley.

TÍTULO II

DE LOS BENEFICIOS MÉDICOS

Artículo 9°.- Agrégase al inciso primero del artículo séptimo de la ley N° 19.980, la siguiente letra d):

“d) Aquellos que se individualizan en la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.”.

Artículo 10°.- Las personas señaladas en los artículos 1° y 6° de la presente ley, tendrán derecho a recibir por parte del Estado los apoyos técnicos y la rehabilitación física necesaria para la superación de las lesiones físicas surgidas a consecuencia de la prisión política o la tortura, cuando dichas lesiones tengan el carácter de permanentes y obstaculicen la capacidad educativa, laboral o de integración social del beneficiario.

El procedimiento para acreditar la discapacidad será el señalado en el Título II de la ley N° 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad.

El Ministerio de Salud, mediante resolución exenta visada por la Dirección de Presupuestos, establecerá la modalidad de atención de las referidas lesiones y todas las normas necesarias para su adecuada operación.

TÍTULO III

DE LOS BENEFICIOS EDUCACIONALES

Artículo 11.- El Estado garantizará la continuidad gratuita de los estudios, sean de nivel básico, medio o superior, a aquellas personas señaladas en los artículos 1° y 6° de la presente ley, que por razón de prisión política o tortura, vieron impedidos sus estudios.

Artículo 12.- Los beneficiarios que soliciten completar sus estudios de educación básica y media, deberán hacerlo conforme a las normas de enseñanza de adultos, pudiendo el Presidente de la República, a través de decreto supremo expedido a través del Ministerio de Educación, autorizar modalidades especiales para esos casos.

Artículo 13.- Los beneficiarios que soliciten continuar sus estudios de enseñanza superior en instituciones de educación superior estatales o privadas reconocidas por el Estado, tendrán derecho al pago de la matrícula y del arancel mensual. El costo de este beneficio será de cargo del Fondo de Becas de Educación Superior del Ministerio de Educación.

Artículo 14.- Un reglamento expedido a través del Ministerio de Educación y que además deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, establecerá las normas necesarias para el uso eficaz de estos beneficios, su extinción, el procedimiento de solicitud y pago de los mismos, el procedimiento para renovarlos o extenderlos en casos calificados, las condiciones de financiamiento de la continuidad de los estudios y toda otra norma necesaria para la debida aplicación de las disposiciones del presente Título.

TÍTULO IV

DEL SECRETO

Artículo 15.- Son secretos los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, en el desarrollo de su cometido. En todo caso, este secreto no se extiende al informe elaborado por la Comisión sobre la base de dichos antecedentes.

El secreto establecido en el inciso anterior se mantendrá durante el plazo de 50 años, período en que los antecedentes sobre los que recae quedarán bajo la custodia del Ministerio del Interior.

Mientras rija el secreto previsto en este artículo, ninguna persona, grupo de personas, autoridad o magistratura tendrá acceso a lo señalado en el inciso primero de este artículo, sin perjuicio del derecho personal que asiste a los titulares de los documentos, informes, declaraciones y testimonios incluidos en ellos, para darlos a conocer o proporcionarlos a terceros por voluntad propia.

Los integrantes de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, así como las demás personas que participaron a cualquier título en el desarrollo de las labores que se le encomendaron, estarán obligados a mantener reserva respecto de los antecedentes y datos que conforme al inciso primero de este artículo tienen carácter secreto, durante todo el plazo establecido para aquel. Estas personas se entenderán comprendidas en el N° 2 del artículo 201 del Código de Procedimiento Penal.

La comunicación, divulgación o revelación de los antecedentes y datos amparados por el secreto establecido en el inciso primero, será sancionada con las penas señaladas en el artículo 247 del Código Penal.

TÍTULO V

DEL FINANCIAMIENTO

Artículo 16.- Los beneficios establecidos en el Título I de la presente ley serán administrados por el Instituto de Normalización Previsional conforme a las normas que este mismo establezca, y se financiarán con cargo a los recursos que se contemplen en su presupuesto.

Con todo, para el pago de los bonos establecidos por los incisos tercero y cuarto del artículo 2° de la presente ley será aplicable lo dispuesto en el párrafo final del inciso cuarto y en los incisos quinto, sexto y séptimo del artículo quinto de la ley N° 19.980, pudiendo dictarse al efecto el decreto a que se refiere el inciso quinto antes citado.

Los beneficios establecidos en el Título II de la presente ley se financiarán con los recursos que se contemplen en la partida 16, Ministerio de Salud, del Presupuesto de la Nación.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo primero.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2005, se financiará con traspasos de recursos provenientes de la partida Tesoro Público y con traspasos y reasignaciones de otras partidas presupuestarias.

Artículo segundo.- Aquellas personas que hubiesen presentado sus antecedentes a la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, con anterioridad a la entrega del Informe sobre Prisión Política y Tortura al Presidente de la República y que fueren posteriormente incorporadas por la misma Comisión a la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, tendrán derecho a todos los beneficios indicados en los Títulos I, II y III de la presente ley, según corresponda, a contar del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que se produzca la señalada incorporación.”.

Se deja constancia que el proyecto fue aprobado en general por unanimidad, y que no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni que requieran de quórum calificado.

La Comisión de Hacienda , de acuerdo con el artículo 220 del Reglamento deberá conocer los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11, 12, 13, 14, 16 permanentes, y primero y segundo transitorios.

****

La Comisión acordó, además, designar Diputada Informante a la señora Laura Soto González.

Acordado en sesión de fecha 14 de diciembre de 2004 y aprobado en general, por unanimidad, con la asistencia de las Diputadas señoras Laura Soto González (Presidenta), y de los Diputados Enrique Accorsi, Sergio Aguiló Melo, Jorge Burgos Varela, Maximiano Errázuriz Eguiguren, Patricio Melero Abaroa, Sergio Ojeda Uribe; Fulvio Rossi Ciocca, Felipe Salaberry Soto, Ignacio Urrutia Bonilla, Alfonso Vargas Lyng, Edmundo Villouta Concha y Gastón von Mühlenbrock Zamora y de los diputados no miembros de la Comisión señora Isabel Allende Bussi, Claudio Alvarado Andrade, Eugenio Tuma Zedán y Jorge Tarud Dacarret .

Sala de la Comisión, 14 de diciembre de 2004.-

JOSE VICENCIO FRIAS

SECRETARIO DE LA COMISION

1.5. Discusión en Sala

Fecha 15 de diciembre, 2004. Diario de Sesión en Sesión 31. Legislatura 352. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

BENEFICIOS EN FAVOR DE VÍCTIMAS DE VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS. Primer trámite constitucional.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en un mensaje de su excelencia el Presidente de la República , con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que establece una pensión de reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica.

Diputada informante de la Comisión de Derechos Humanos es la señora Laura Soto.

Antecedentes:

-Mensaje, boletín Nº 3762-17, sesión 29ª, en 14 de diciembre de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 1.

-Certificados de las Comisiones de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, y de la de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nºs 2 y 3, de esta sesión.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada informante.

La señora SOTO (doña Laura).-

Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Derechos Humanos, paso a informar, en primer trámite constitucional, sobre el proyecto de ley, originado en un mensaje de su excelencia el Presidente de la República , con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que establece una pensión de reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica.

La iniciativa alude a una época dramática y sombría de nuestro país y en la cual la dignidad de las personas fue ultrajada.

A pesar del escaso tiempo de que dispusimos, los miembros de la Comisión escucharon a los dirigentes de Coordinadora Nacional de ex Presos Políticos, quienes, con angustia, nos expresaron sus demandas. Luego hubo un intenso debate.

El proyecto fue aprobado en general por unanimidad y en particular todas sus disposiciones fueron aprobadas por mayoría.

Es cuanto puedo informar.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.

El señor ESCALONA.-

Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece pensión de reparación y otorga beneficios a favor de las personas que indica.

Concurrieron a la sesión, durante el estudio del proyecto, el ministro del Interior , José Miguel Insulza ; el ministro de Hacienda , Nicolás Eyzaguirre ; el ministro secretario General de Gobierno , Francisco Vidal ; la señora subsecretaria de Previsión Social , señora Macarena Carvallo ; el director subrogante de la Dirección de Presupuestos y los asesores, señores Julio Valladares y Carlos Pardo .

Varios señores diputados propusieron a la Comisión una indicación al inciso cuarto del artículo 15, del siguiente tenor: “Suprímese el punto final (.) del artículo 15 y agrégase a continuación la siguiente oración: o del artículo 303 del Código Procesal Penal, según corresponda”. Ésta es una prevención en el caso que desde el punto de vista judicial se requiera la utilización de las disposiciones de la reforma procesal penal.

La Comisión discutió y aprobó en forma unánime, con la totalidad de sus miembros presentes, en general y particular, los artículos permanentes de la iniciativa, con la indicación precedente y el articulado transitorio.

El proyecto de ley otorga los siguientes beneficios:

1. Pensión a las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos individualizadas en el anexo “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, conocida como Comisión Valech, creada por el decreto supremo Nº 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.

2. Un bono de 4 millones de pesos a las personas individualizadas en el anexo “Menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Valech.

3. De acuerdo a la incompatibilidad establecida en el proyecto, entrega un bono de 3 millones de pesos a quienes estén recibiendo una pensión por exoneración política y que también les correspondiere por ser víctimas de prisión política y tortura.

Es decir, por la incompatibilidad establecida en el proyecto, se acogió un conjunto de peticiones; se mantiene la incompatibilidad, pero se agrega el bono de 3 millones de pesos a las personas que estén en la situación descrita.

4. Un bono de 3 millones de pesos a las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos individualizadas en el “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados”, de la nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo Nº 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, y que recibirán en el futuro una pensión según lo establecido en las leyes Nºs 19.234, 19.582 y 19.881.

5. Beneficio de salud a las personas individualizadas en el Informe Valech que, como todos sabemos, se conecta con el proyecto de reparación aprobado hace poco en el Congreso Nacional, que otorga financiamiento al Prais, Programa de Reparación en Atención Integral en Salud. Por lo tanto, también desde ese punto de vista se acogieron las preocupaciones existentes, en el sentido de que hasta hace un tiempo el Prais era simplemente un resorte de las decisiones administrativas de la autoridad de salud. Pero dicho programa ya es ley de la república y su financiamiento está debidamente establecido en el presupuesto de la nación.

6. Garantía de continuidad gratuita de los estudios a las personas contenidas en el anexo “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados de la Comisión Valech”.

Según el informe financiero que los señores diputados tienen en su escritorio, para el año 2005 se establece un costo por pensión de reparación levemente superior a 29 mil millones de pesos; por el bono del artículo 6º, 408 millones de pesos; por el bono del artículo 2º, 6 mil millones de pesos; por los beneficios de salud, 1.600 millones de pesos; por los beneficios de educación, 4 mil millones de pesos, lo que hace un total de costos de 41 mil 636 millones de pesos. Luego, para el año 2006 se mantendrá más o menos la misma cantidad de 41 mil millones de pesos y así sucesivamente hasta el estado de régimen que se establece, por ser ésta una disposición de carácter permanente. En otras palabras, mirado en su conjunto, es un desembolso importante desde el punto de vista del presupuesto nacional y, en consecuencia, constituye un esfuerzo real y significativo que hará el país, al aprobarlo por unanimidad el Congreso Nacional. Entendemos que éste ya no sólo es un esfuerzo del Estado, sino también de la sociedad chilena, con el objeto de reparar los daños sufridos por las personas contenidas en el informe sobre Prisión Política y Tortura y que fueron víctimas de los tormentos que allí se señalan.

Entiendo que la unanimidad habida en la Comisión de Hacienda representa el compromiso común de todos los actores políticos representativos de nuestra sociedad, elegidos mediante el ejercicio de la soberanía popular, para reparar el daño causado y para avanzar por la senda del reencuentro nacional.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Entrando en debate, en representación del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado Carlos Montes.

El señor MONTES (de pie).-

Señor Presidente , esta sesión tiene un propósito de gran trascendencia. Por ello, pido a los colegas la mayor dignidad, solemnidad y altura de miras en este debate.

La Cámara de Diputados reflexionará sobre los hechos atroces ocurridos en nuestro Chile, sobre las consecuencias que estos hechos tuvieron en miles de compatriotas y sus familias y sobre las medidas que deben tomar el Estado y la sociedad.

Cada vez se oye con más fuerza que los políticos somos impotentes, que no tenemos principios ni programas y que sólo nos mueve el poder. En estos años, muchos de nosotros hemos sentido esta impotencia cuando vemos la desigualdad y la humillación en este Chile democrático, en especial en los temas sobre derechos humanos.

Los socialistas valoramos la decisión del Presidente Lagos de plantearse este importante paso hacia adelante. Asimismo, valoramos el trabajo serio y riguroso de la Comisión Valech y la actitud y fuerza de los chilenos que fueron a declarar. Valoramos también a todos los que desde el Comité por la Paz, la Vicaría de la Solidaridad, el Codepu, la Comisión de Derechos Humanos, el Movimiento Sebastián Acevedo , la Agrupación de Detenidos Desaparecidos y todas las organizaciones de víctimas, mantuvieron en alto la lucha por los derechos humanos.

Chile necesitaba mirar con madurez la profundidad del abismo en el cual se cayó. Más de treinta años de silencio sobre lo que ocurrió a miles de chilenos y sus familias. Con este informe se busca construir un Chile mejor.

Estamos convencidos de que la paz social no se construye con silencio, con mentiras ni con impunidad. Ella exige antes que nada reconocer los hechos, enfrentar la verdad y asumir las responsabilidades. La vida misma ha demostrado que no es posible el olvido, no es posible dar vuelta la página.

Tenemos el desafío de reflexionar, de asumir tanto la responsabilidad ética como política. Poco aporta reducir todo a un pequeño cálculo político. No tiene sentido buscar sacar ventajas políticas inmediatas o defenderse suponiendo operaciones, maquinaciones y conspiraciones de otros, o echarle la culpa al empedrado, que podría justificar cualquier cosa. Esas no son más que formas de eludir la reflexión de fondo. Lo fundamental es que la sociedad conozca y reconozca los hechos de barbarie e inhumanidad que sufrieron miles de chilenos.

Se ha constatado un enorme y profundo sufrimiento humano. Treinta y cinco mil personas declararon y, probablemente, el doble de esa cifra no fue a declarar, además de los ejecutados y desaparecidos que ni siquiera pudieron hacerlo, dentro de los cuales hay mil menores de quince años.

Se emplearon métodos atroces de tortura, que no describiré, porque no viene al caso, pero en la Sala hay un colega a cuya hermana le cortaron los pezones.

Se trató de una política de Estado, de terrorismo de Estado, como lo demuestran datos irrefutables. Hubo 1.100 recintos de detención y operaciones de alto costo, que incluían el uso de aviones, barcos, etcétera. Hubo gran simultaneidad de los hechos a lo largo del país en las distintas épocas.

La tortura ha estado presente en la mente y en las relaciones sociales de los chilenos desde hace más de treinta años. Hoy no se descubre la tortura, sino que la sociedad se hace cargo de su existencia y, por lo tanto, del impacto emocional, social, político y ético y de haber convivido con ella durante tanto tiempo.

Un mundo oculto se hace presente en el escenario nacional. Ya no es posible decir: yo no sabía, fueron excesos, no correspondió a mi generación, son casos aislados. En este contexto, ha surgido un escenario de verdadera efervescencia emocional, con muestras de angustia, dolor genuino y llanto incontenible. Se ha roto el límite del mundo más politizado, donde la verdad había permanecido entrampada sin empapar al conjunto de la sociedad.

Dos o tres generaciones son las afectadas por las secuelas de estas barbaries. Los hijos y los nietos ya viven las consecuencias.

La tortura constituye una situación límite. Se somete a una persona a experiencias extremas de dolor físico y psíquico. Su objetivo es humillarlas, quebrar su identidad, romper su sistema de ideales y de valores, alterar su proceso de pensamiento, destruir sus proyectos de vida. Hay quienes lograron salir adelante y construir una vida satisfactoria, gracias al apoyo familiar o de un grupo y los más afortunados con tratamientos médicos y sicológicos oportunos. Sin embargo, la mayoría no contó con la ayuda necesaria.

El informe deja en evidencia que miles de chilenos y chilenas, luego de ser detenidos y torturados, no pudieron volver a estudiar, ni a trabajar ni a tener una familia, ni a caminar tranquilos por las calles de su país, ni a soñar con un futuro mejor, ni a tener amigos, ni a hacer el amor, ni a dormir sin pesadillas.

Han sido muchos años sin que el Estado se haga responsable de los horrores de la tortura. Han sido muchos los intentos por ser reconocidos, por lograr reparación y justicia. Han sido muchas y muy dolorosas las frustraciones por no lograrlo. La existencia de este informe vuelve a despertar esperanzas.

Cada uno tiene que hacerse cargo de sus propias responsabilidades.

El Partido Socialista mantiene su profunda convicción de que el golpe de Estado de 1973 es responsabilidad exclusiva de quienes lo hicieron. Está documentado que la derecha chilena y el gobierno de Estados Unidos hicieron todo lo posible para impedir que asumiera el Presidente Allende.

(Aplausos).

El asesinato del general Schneider, anterior al gobierno de Salvador Allende, fue un golpe muy duro para todos los demócratas y, en particular, para la generación joven de la época.

Reconocemos que los que estábamos en contra del golpe de Estado no fuimos capaces de mantener una política consistente de defensa de la democracia y de llegar a acuerdos que lo impidieran.

Allende respetó los derechos y libertades. El 11 de septiembre de 1973 convocaría a un plebiscito para encauzar democráticamente el conflicto.

Muchos militantes de la izquierda cometimos errores, porque atizamos una radicalización política inconducente, porque nos propusimos llevar a cabo un programa de cambios que no contaba con las mayorías parlamentarias y sociales necesarias, porque no le dimos al Presidente Allende todo el apoyo que necesitaba.

La responsabilidad histórica fundamental respecto de la violación sistemática de los derechos humanos, a nuestro juicio, es de quienes asumieron durante la dictadura la administración del Estado el poder Ejecutivo, de las Fuerzas Armadas, de la justicia, de las universidades, de los medios de comunicación y, en general, de las instancias de poder.

En ese sentido, valoramos profundamente las reflexiones y actitudes que ha asumido el general Cheyre , pues no ha eludido las responsabilidades éticas. Él ha reconocido lo que pasó con su institución en esos años y se ha diferenciado de la CNI y de la Dina. Las otras ramas de las Fuerzas Armadas aún no terminan de decantar una línea de reflexión y comportamiento a la altura del informe.

El Poder Judicial , a través de la Corte Suprema, ha asumido una posición decepcionante, porque no ha enfrentado su historia con coraje y transparencia y porque ha dado señales poco adecuadas a las nuevas generaciones.

Esperamos que los intelectuales y los medios de comunicación que apoyaron estos hechos: “La Tercera”, “El Mercurio”, Canal 13, Canal 7, en algún momento hagan una reflexión seria.

Es oportuno aprovechar de destacar el papel que desempeñaron medios de comunicación que demostraron con gran valor que las cosas se podían hacer de otra manera. Destacar a las revistas Mensaje, Solidaridad, Apsi, Hoy, Análisis y Cauce, a los diarios “La Época” y “ Fortín Mapocho ”; a las radios Balmaceda , Cooperativa y Chilena.

(Aplausos).

Los civiles que participaron de diversas formas en la administración del Estado en esos años no pueden decir que no sabían lo que sucedía. La Iglesia Católica señaló lo que ocurría desde el comienzo. Entre 1974 y 1989 hubo reiteradas condenas internacionales tanto de la Asamblea de la Organización de las Naciones Unidas como de la Comisión de Derechos Humanos de la OEA. Hubo relator especial, cuatro visitas y ocho informes.

Tal como preguntaba ayer muy agudamente un columnista de “El Mercurio”: “Si la Alianza no rompe frontalmente con la tortura y sus circunstancias y no reacciona desde lo más profundo de sí misma frente a este acto de indignidad sobrehumano, ¿quién va a creerle? Ha llegado la hora de la reflexión y de hablar en serio”.

Después de 1973, nadie identificado con esa elite de poder estuvo obligado a callar, forzado a pactar con el mal ni constreñido a abandonar sus valores. Nadie podía ignorar lo que ocurría a su alrededor.

La reparación no persigue volver atrás ni retomar el camino interrumpido hace treinta años. Esa vida ya fue vivida, con miedo, inseguridad y desesperanza. Quienes reclaman reparación no buscan cambiar el pasado, sino el presente y el futuro; buscan denunciar los horrores vividos para que la sociedad chilena se reconozca como una sociedad que puede torturar y tome conciencia de la necesidad de hacer lo que sea por evitarlo. También lo hacen buscando ser reconocidos como ciudadanos y ciudadanas que luchan por un proyecto de sociedad y un futuro mejor, con la esperanza de no ser recordados como terroristas o delincuentes, sino como personas comprometidas con el bienestar de su sociedad.

La reparación no es una tarea social y política sólo del Estado, sino de toda la sociedad. Los ciudadanos que sufrieron la tortura primero se atrevieron a hablar y se sintieron escuchados y luego reconocidos por el Estado chileno. Ahora exigen que la verdad se extienda, pero también exigen reparación moral, ética y económica. Hoy caminan tranquilos y pueden hacer exigencias porque recuperaron su condición de ciudadanos.

Las reparaciones contempladas en el proyecto de ley, a las que se referirán otros colegas, son insuficientes. Las pensiones son bajas, aparentemente hay cien niños que sufrieron torturas que quedarán sin pensión; habrá que cubrir las lagunas previsionales, no se considera una beca de educación. En fin, hay distintos aspectos sobre los cuales reflexionar para ver cómo los enfrentamos.

Proponemos ceder el Palacio Ariztía al Instituto Nacional de Derechos Humanos para que se convierta en un lugar de encuentro de las personas que fueron víctimas de la violación de sus derechos esenciales.

(Aplausos).

También debemos preocuparnos de construir una cultura de derechos humanos. La misma idea de derechos humanos significa, por encima de todo, el derecho a ser diferentes y a ver respetadas esas diferencias.

Los socialistas hemos aprendido del dolor. Hay quinientos desaparecidos, miles de torturados. Hemos internalizado dimensiones profundas de los derechos humanos. Jamás olvidaremos a los que murieron, porque cuentan y contarán, generación tras generación, con nuestra admiración y respeto.

En 1989 incorporamos en la declaración de principios del Partido Socialista la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a fines de los años 70 desarrollamos un profundo debate sobre la democracia el cual nos llevó a revalorizarla. Aprendimos que la lucha contra los enemigos de la democracia debe hacerse siempre con los medios de la democracia.

Todos los que fuimos perseguidos por la dictadura tenemos el gran desafío de reflexionar y reconstruir nuestras vidas y ser firmes constructores de la cultura de los derechos humanos; de respetar a los distintos, a los que no piensan como nosotros; de reflexionar sobre la historia, porque tenemos mucho más que aprender; de educar a partir de la experiencia y de los principios; de hablar mucho con nuestros hijos y nietos; de reflexionar en nuestros distritos.

A los que fueron parte de la dictadura sólo nos atrevemos a pedirles respeto por las víctimas, a reflexionar lo más profundamente que puedan, a no seguir en esto de la acusación de uso político de las cosas o de parcialidad. Eso es no reconocer los hechos; lo importante es conocerlos y reconocerlos en primer lugar, entender que es legítimo que se aspire a lograr justicia, comprender que la rabia no es banal, sino fundada en la vida.

Además, pedimos el apoyo a esta ley de reparación y, especialmente, a los tratados y convenciones que aseguren contextos institucionales nacionales y mundiales para que esto no vuelva a ocurrir, como es el caso del Tribunal Penal Internacional, la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad o la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

Como dirigentes políticos tenemos el desafío de construir bases de convivencias propias de una sociedad más decente.

Con mucha fuerza decimos a todos los que sufrieron prisión política y tortura que cuentan con todo nuestro respeto, con toda nuestra solidaridad y con todo nuestro afecto.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Maximiano Errázuriz.

El señor ERRÁZURIZ (de pie).-

Señor Presidente , estimados colegas, nadie podría dejar de conmoverse hasta lo más profundo de su corazón con el informe sobre las distintas formas de tortura perpetradas contra presos políticos entre 1973 y 1990.

Sin perjuicio de las responsabilidades institucionales, el perdón individual es indispensable para lograr la reconciliación nacional.

En la mañana de ayer recibí la visita en mi oficina de Valparaíso del prefecto inspector de la Policía de Investigaciones de la Quinta Región, don Alberto Contreras , y del comisario don Cristián Gallardo , oficial de enlace con el Congreso Nacional. Venían a agradecerme la intervención que realicé durante la discusión del proyecto de ley que establece que el director de la Policía de Investigaciones de Chile debe salir de las filas de la institución.

Sobre mi escritorio había unos libros que les llamaron su atención. Les dije que esos libros relataban las torturas que sufrí en un período no investigado por la Comisión Valech. Entonces, les conté que la noche del miércoles 15 de septiembre de 1971 fui secuestrado, a la una y media de la madrugada, en Santa Cruz, por funcionarios de la Policía de Investigaciones que provenían de la comuna de La Granja.

Me amarraron a la línea férrea que une a San Fernando con Pichilemu , a la altura de Cunaco. Me llevaron al cuartel de Investigaciones en Rancagua y permanecí allí toda la noche. A la mañana siguiente me llevaron a Machalí para que no estuviera en el cuartel al efectuarse la visita semestral de cárceles y establecimientos penitenciarios que correspondía realizar ese jueves 16.

Volvimos a mediodía y nos detuvimos en la plaza de Rancagua. Se bajaron dos funcionarios de la Policía de Investigaciones que iban delante, permaneciendo conmigo el que estaba a mi lado. Los que se bajaron fueron a hablar con el intendente, Vladimir Lenín Chávez Rodríguez , comunista. En ese momento apareció Nelson González , abogado, a quien yo había atendido como notario suplente cuando iba a pedir títulos para expropiar campos en Santa Cruz. Él me vio sentado en la parte posterior de mi auto y me preguntó qué me pasaba. El que estaba a mi lado, me dijo: “Si hablas te matamos”. Yo le dije: “No puedo hablar porque estoy secuestrado”.

Nelson González llamó a Carabineros, quienes rodearon el vehículo. En eso apareció Vladimir Lenín Chávez acompañado de los dos funcionarios de Investigaciones. Mientras tanto, le dije a la persona que estaba a mi lado: “Mire, yo voy a salir en libertad”. Tomé una hoja de papel, hice un escrito dirigido a la Corte, lo firmé y lo dejé allí. Cuando volvieron Vladimir Lenín Chávez y los funcionarios de Investigaciones me dijeron: “Esto te va a costar caro”.

Llegamos al cuartel de Investigaciones y me hicieron firmar una declaración, según la cual aparecía comprometido en un golpe de Estado contra Allende. Yo les dije que eso no era efectivo, que no era cierto. Me dijeron: “No importa, fírmela”. Pero, ¿por qué cinco copias?, pregunté. Después supe que eran para los diarios “El Clarín”, “Puro Chile”, “Última Hora”, “La Nación” y “El Siglo”. Insistí: ¿Por qué cinco copias? -”Fírmelas, no más”, fue la respuesta. Entonces hice una firma falsa, pero el que se había quedado a mi lado les dijo a los demás: “Yo les voy a decir cuál es la firma de él”. Partió a mi auto y trajo el escrito que había firmado mientras estaba en la plaza.

Me hicieron firmar una nueva declaración, a la cual accedí, pidiéndoles previamente el nombre de mis torturadores. Pertenecían a la Policía de Investigaciones.

(Manifestaciones en tribunas).

Les pido a las personas que se encuentran en las tribunas que me permitan hablar, tal como lo han hecho con los otros diputados que han intervenido.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Los asistentes a las sesiones son bienvenidos en esta Sala, pero deben guardar el debido respeto. Hago esta advertencia, porque queremos tener una sesión normal.

El señor ERRÁZURIZ.-

No voy a pedir a las personas que están en las tribunas que me permitan hacer uso de la palabra. Soy parlamentario y tengo derecho a hacerlo.

(Manifestaciones en las tribunas).

Los funcionarios de la Policía de Investigaciones me exhibieron su carné de identidad: Eduardo Díaz , de Valparaíso y Orlando Huerta , de Quillota. El nombre de uno de ellos lo anoté con un lápiz de pasta verde en mi mano y el del otro en un papel que guardé en un bolsillo.

Luego de firmar esta segunda declaración sin poder leerla, fui desnudado, esposado y golpeado brutalmente en la misma celda en la cual había pasado la noche anterior. Con una mano me tomaban el pelo y con el canto de la otra me golpeaban en la nuca, quedándose con un puñado de mi pelo en sus manos.

(Manifestaciones en tribunas).

Como consecuencia de esa declaración estuve preso 25 días en la cárcel de Rancagua hasta que se probó mi inocencia.

Tres meses más tarde fui sacado de mi oficina en Santa Cruz, bajo engaño, por personal de la Policía de Investigaciones. Nuevamente me llevaron a la cárcel de Rancagua, quedando incomunicado en una celda absolutamente oscura, inmunda y llena de bichos.

(Manifestaciones en tribunas).

Dos días después, es decir, el lunes, la Corte de Apelaciones de Rancagua me dejó en libre plática.

Cuando caminaba desde la Corte hacia la cárcel, distante un par de cuadras, los gendarmes me dijeron: “Mire, nosotros somos comunistas, aquí está nuestro carné, pero no somos asesinos. A usted lo van a matar. El comité de Unidad Popular de la cárcel -que dirigía un señor Hermosilla - ha azuzado a los reos en su contra. Pida continuar en la celda de incomunicados”. Así lo hice cuan-

do llegué a la cárcel, pero el alcaide, Carlos Lira Moscoso , del Mapu, ordenó que debía pasar al patio común. Cuando ingresé allí, 90 reos que estaban almorzando se levantaron y, en medio de una silbatina ensordecedora, fueron acercándose a mí mientras yo retrocedía. Al llegar a la reja que separaba el patio común del pasillo pedí que abrieran ésta, pero el gendarme que me había acompañado me dijo: “Tiene que pedirlo por escrito”. Entonces, comenzaron a golpearme hasta que caí. Sorpresivamente, desde uno de los torreones de observación, un vigilante disparó al aire su ametralladora. Ahí cesó el castigo.

Los entonces diputados Patricio Mekis , Ricardo Tudela y José Monares reclamaron por medio de un telegrama al ministro del Interior , José Tohá , la falta de seguridad en la cárcel.

El 14 de septiembre de 1973 fui a Investigaciones. Estuve con el general Baeza , recién nombrado. Me mostró fotos de Eduardo Díaz y Orlando Huerta , pero no quise que los castigaran porque tras ellos había una familia.

(Manifestaciones en las tribunas).

Cuando relaté estos hechos, el prefecto de la Quinta Región de Valparaíso , don Alberto Contreras , me dijo que, en nombre de la institución, me pedía perdón. El ejército ha pedido perdón.

Siete viudas de Carabineros asesinados me visitaron en Puente Alto hace algunos meses. Una de ellas era viuda del carabinero muerto durante el rescate de la “mujer metralleta” desde el hospital Sótero del Río.

El recuerdo de esos dolorosos hechos deben servirnos para mirar hacia adelante y evitar que vuelvan a repetirse. No contribuye a la reconciliación lo que hizo Canal 13 al mostrar la imagen de mi amigo, colega y compañero de curso en la Escuela de Periodismo de la Universidad Católica, Claudio Sánchez , así como tampoco la publicación del diario “La Nación”, en primera página, de los que llamó “top ten” de la tortura en Chile, exhibiendo hasta una foto de Jaime Guzmán , víctima de la violencia y el terrorismo y principal denunciante de los abusos que cometía el general Manuel Contreras y la Dina.

Señor Presidente , pido disculpas por haber relatado una experiencia personal. Sin embargo, en Chile, los derechos humanos se han violado desde hace mucho tiempo. Ello nos obliga a todos a pedir perdón, por acción o por omisión. También hay pecados de omisión, como cuando se dejó de hacer algo que debió hacerse.

Ojalá que esta sesión no se transforme en un ajuste de cuentas, sino en un acto de contrición que sirva para que nosotros y el país miremos hacia delante, con fe y más unidos que nunca, a fin de lograr la justicia y la paz que todos anhelamos.

He dicho.

El señor ESPINOZA .-

Señor Presidente , al diputado Errázuriz le faltó decir que el 11 de septiembre estaba vestido de militar en la plaza de Santa Cruz.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Su señoría podrá intervenir en el tiempo de su Comité.

En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.

El señor BURGOS .-

Señor Presidente , voy a iniciar mi intervención con una mención directa al proyecto que estamos conociendo, para después hacer algunas consideraciones sobre los hechos que lo motivan.

Sin duda, la iniciativa intenta reparar el brutal daño moral que sufrieron nuestra patria y muchos de nuestros compatriotas. El Presidente de la República ha hecho bien al presentarlo.

Obviamente, se pueden discutir los términos de la reparación, pero no es lo fundamental. Es un intento serio por remediar lo que es reparable, porque hay miles de cosas y circunstancias irreparables.

Quiero hacer una consideración acerca del artículo 15, respecto del cual se presentó una indicación que también suscribí. Entiendo que el bien jurídico que se desea proteger es la privacidad de las personas, lo que me parece loable, pero el problema es cómo conciliamos ese derecho con el de los tribunales de abocarse al conocimiento de las causas. La Constitución Política obliga a los tribunales a conocerlas; es una facultad irrenunciable.

En consecuencia, hay que buscar una fórmula que permita conciliar el bien jurídico protegido, en este caso la privacidad, con la facultad constitucional de los tribunales de conocer las causas. Si no se logra, corremos el riesgo de que, vía Tribunal Constitucional, que de todas maneras conocerá el proyecto, o vía inaplicabilidad de oficio por la Corte Suprema, se ponga en peligro el artículo 15.

Entonces, hay que hacer un esfuerzo en ese sentido, en el entendido de que todos buscamos el bien -no he escuchado decir que esta discusión sea absurda- y debemos tratar de proteger ambos bienes. En consecuencia, es un punto pendiente y ésta es una buena oportunidad para discutirlo.

Ahora bien, ¿por qué estamos discutiendo este proyecto? ¿Cuáles son los duros hechos?

La finalidad de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, órgano asesor del Presidente de la República , creada el 11 de noviembre de 2003, era colaborar para la reconciliación de todos los chilenos, mediante el reconocimiento de las personas que sufrieron la privación de libertad y/o tortura por causas políticas, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.

El número total de concurrentes a esa Comisión fue de 35.878 personas y calificaron 27.255; el 87 por ciento de las cuales eran hombres. Al momento de su detención, la mayoría tenía entre 21 y 30 años de edad; 88 víctimas eran menores de 12 años.

La Comisión no indagó sobre la filiación política, pero un 70 por ciento de los declarantes la mencionó espontáneamente. Señalaron haber pertenecido a los partidos que formaron la Unidad Popular, en especial al Partido Socialista y al Partido Comunista. Además, se constató que existieron más de mil recintos de torturas en el país.

El número de víctimas -más de 90 por ciento de los que sufrieron prisión por causas políticas fueron torturados- y la gran cantidad de recintos utilizados, conducen a una conclusión irrebatible e indesmentible: el recurso de la tortura no constituyó un hecho aislado, sino una política del régimen militar. Eso no merece discusión.

Así, considero que debemos recurrir a algunos elementos éticos respecto de lo que pasó. Para quienes pertenecemos, como esta bancada, a la corriente del humanismo cristiano, nada mejor que recordar dos o tres declaraciones de la Iglesia Católica, la misma que tuvo un rol preponderante a la hora de defender los derechos humanos, junto con otras iglesias, el Comité Pro Paz y, luego, en la Vicaría de la Solidaridad, como recordó el diputado Carlos Montes .

En el Concilio Vaticano II, de 1965, en la constitución pastoral Gaudium Et Spes, se dejó en claro que cuanto viola la integridad de la persona humana, como, por ejemplo, las mutilaciones, las torturas morales o físicas, los conatos sistemáticos para dominar la mente ajena; cuanto ofende a la dignidad humana, como son las condiciones infrahumanas de vida, las detenciones arbitrarias, las deportaciones, son en sí mismas infamantes, degradan la civilización humana, deshonran más a sus autores que a sus víctimas y son totalmente contrarias al honor debido al Creador.

Además, el Episcopado Latinoamericano, en el documento de Puebla, en 1979, denunció la presencia sistemática de la tortura en el continente. Ante la deplorable realidad de la violencia en América Latina queremos pronunciarnos con claridad. La tortura física y psicológica, los secuestros, la persecución de los disidentes políticos o de los sospechosos y la exclusión de la vida pública por causas de ideas, son siempre condenables.

Es importante hacer estos recuerdos, porque algunas personas, al revés de lo que dijo la Corte Suprema en la reciente declaración del pleno, no renunciaron a la lucha por los derechos humanos. No se omitieron y accionaron por la recuperación de los derechos humanos en nuestro continente. Es bueno decirlo, porque no se puede torcer la historia, aunque la declaración del pleno de la Corte Suprema, casi por unanimidad, la tuerce.

No es efectivo que en 1973 la Corte Suprema no tuvo los medios. Renunció a los medios y a sus facultades para conocer las causas.

(Aplausos.)

En definitiva, sus integrantes eran partidarios acérrimos del régimen militar y renunciaron a su condición de jueces. La historia de Chile debe recordar esa situación tal como pasó y no limpiar la cara de quienes no cumplieron con su obligación moral y legal.

En 1974, el Presidente de la Corte Suprema inició su discurso de la siguiente manera: “Producidos los hechos ocurridos el 11 de septiembre último, de los cuales me ocuparé más adelante, puedo asegurar de una manera enfática que los tribunales de nuestra dependencia han funcionado en forma regular, como lo establece la ley. La autoridad administrativa que rige el país -o sea, la Junta Militar-, cumple nuestras resoluciones y a nuestros jueces se les respeta con el decoro que merecen. Para el que habla es muy satisfactorio declarar lo expresado”.

¿De qué imposibilidad me hablan? De ninguna.

¿Y qué dijo en 1975? “Con la veracidad que me exige la solemnidad de este acto, digo que los tribunales han continuado actuando con la independencia que les confiere la ley, según su real saber y entender -ahí estuvo el problema-, ajenos a toda intromisión del gobierno que ahora rige el país, pudiendo agregar que con posterioridad a los hechos ocurridos en 1973, las resoluciones de los tribunales han sido cumplidas sin excepción alguna, cuidando el Poder Ejecutivo de no menoscabar en lo más mínimo la autonomía, derechos y prerrogativas de los funcionarios judiciales.

¡Por favor, eso fue lo que pasó en nuestro país! Decir que no pudieron hacer más, derechamente y con respeto, es faltar a la historia de nuestro país. Esos son los hechos.

Simplemente, quiero comparar esa acción con la actitud de vida que tuvo el cardenal Raúl Silva Henríquez al crear el Comité Pro Paz y luego la Vicaría de la Solidaridad. ¡Ahí está la diferencia!

(Aplausos).

Rindo un homenaje a las personas -algunas de mi familia espiritual- que siempre fueron capaces de condenar las violaciones de los derechos humanos en Chile y en el extranjero: Jaime Castillo Velasco , que en paz descanse; Alejandro González , Andrés y Patricio Aylwin Azócar , Adolfo Zaldívar , Roberto Garretón Merino, Bernardo Leighton , Gastón Cruzat Paul , Luis Ortiz Quiroga , Alfredo Etcheberry , Eugenio Velasco , del mundo radical; Fabiola Letelier , del mundo socialista, y José Zalaquett , del PPD. Allí están los que fueron capaces de testimoniar lo ocurrido y quienes hacen la diferencia.

Finalmente, debo reconocer que me parece más honesto decir “nos omitimos”, como se lo he escuchado al presidente de la UDI , o el documento del Ejército de Chile llamado “El fin de una visión”, en el cual se hace un reconocimiento de un error, cuestión que no se observa en la declaración del pleno de la Corte Suprema.

¡Así se construye el futuro! No negando los hechos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

En el turno del Comité de la Unión Demócrata Independiente, hasta el momento no hay inscritos.

En el tiempo del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado señor José Pérez.

El señor PÉREZ, don José (de pie).-

Señor Presidente , señores ministros, dilectos colegas; amigos que se encuentran en las tribunas:

No voy a cometer la imprudencia de referirme a la situación que sufrí en aquellos años que el proyecto en discusión nos hace recordar, sino que me referiré al informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.

En primer lugar, quiero agradecer al Presidente de la República , don Ricardo Lagos Escobar , por haber dado este importante e indispensable paso, cuyo propósito es reparar, en forma mínima, el tremendo daño causado a miles de compatriotas.

Sin duda deben estar viendo la transmisión de esta sesión a través del canal de la Cámara de Diputados y analizando este debate los familiares de quienes sufrieron la tortura como prisioneros políticos. Algunos de ellos, que debieron soportarla por largo tiempo, ya no están con nosotros.

Asimismo, no cabe duda que están preocupadas aquellas mujeres violadas durante su encarcelamiento y que engendraron hijos como consecuencia de dichos actos, los que nacieron al interior de las cárceles. Deben estar llorando las obligadas a abortar a causa de la brutalidad que se cometió en esos años en los lugares donde estuvieron detenidas.

Con esta iniciativa se dará un paso importante en la reconciliación nacional. No podríamos darles la espalda a tanta gente, a miles de compatriotas que sufrieron injustamente la prisión política y la tortura.

Cualquiera que haya sido la situación por la que atravesara el país, se pudo haber tomado medidas adecuadas para imponer el orden. Nada justifica el ensañamiento que se aplicó contra seres humanos, incluso de niños, que hoy no están con vida, porque la perdieron en un lugar de reclusión.

Me felicito, como parlamentario, por representar al Partido Radical y a la Concertación en este hemiciclo para decirles a los presos políticos y torturados, como también a sus familias, que gozan de nuestro respaldo, respeto y apoyo incondicional. Haremos todos los esfuerzos a fin de que nunca más vuelvan a ser pisoteados en su dignidad.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

En representación del Partido Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry.

El señor SALABERRY.-

Señor Presidente , algunos señores diputados han hecho su intervención desde el podio, pero yo la haré desde mi pupitre.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Ruego a las personas que se encuentran en las tribunas mantener silencio.

El señor SALABERRY.-

No quiero ser majadero, pero parte de mi intervención la conversé con Demetrio Sanson , hijo de un detenido desaparecido, militante socialista, quien en Iquique, hace un año, con familias de Pisagua, se acercó a conversar respecto de su dolor con parlamentarios de la Unión Demócrata Independiente.

Debo reconocer que en algunos puntos no coincidíamos. Por ejemplo, ante mi expresión “intervención militar del 11 de septiembre”, él dijo: “No, golpe militar”.

Al cumplirse treinta años de la intervención militar para algunos, golpe para otros, hace poco más de un año, entregamos al país nuestra propuesta en materia de derechos humanos: “La Paz Ahora”, que surgió, tal como señalaba, a petición de cientos de familiares de detenidos desaparecidos que, a raíz de la violencia política de ese entonces, perdieron a sus seres queridos.

Lamentablemente, ante la instrumentalización política de sus sentimientos, buscaron en nosotros un espacio de reencuentro y de paz social, más allá de nuestras diferencias.

Una parte minoritaria de nuestra sociedad pretendió, tal vez, ensuciar su honra y afectar su dignidad, a través de las mismas prácticas que llevaron a nuestro país a su quiebre institucional.

El paso dado por esas familias permitió avanzar, desde otra perspectiva, en el debate sobre los derechos humanos. Ya no son patrimonio de ningún grupo en particular.

Ello, en verdad, ha permitido demostrar quienes están comprometidos en superar los odios del pasado.

Luego de la propuesta de la Unión Demócrata Independiente, y no antes, nuestro país conoció dos importantes documentos: “No hay mañana sin ayer”, del Presidente Ricardo Lagos y, bajo el amparo de ese documento, el Informe de la Comisión de Prisión Política y Tortura, conocido como Informe Valech.

Ambos documentos nos han permitido avanzar en la búsqueda de consensos y responsabilidades por lo sucedido, y más fuerte aún, en nuestra actitud de profundo rechazo al uso de la violencia como método de acción política. Sin embargo, la utilización cruel del dolor de aquellos compatriotas que sufrieron, a mi juicio, queda demostrada en el boicot de algunos a las propuestas legislativas que emanaron del primer documento y en el uso político, también de algunos, de este segundo informe, al estigmatizar a quienes, legítimamente y de buena fe, trabajaron en el gobierno militar con la decidida impronta de contribuir a la reconstrucción nacional, promoviendo el respeto a los derechos humanos y evitando sus atropellos.

Quiero recordar que a esta sesión, que se realizaría esta tarde, estaba invitado monseñor Valech . Él dijo al diario “La Segunda”, de hace unos días, textualmente, que “los civiles no tenían por qué tener un conocimiento completo acerca de lo que ocurría en los centros de detención y de tortura.”

(Manifestaciones en las tribunas).

“Si todos los hombres públicos tuvieran que abandonar sus funciones, porque el gobierno al que pertenecen aprueba leyes que van en contra de sus principios, o porque descubren que hay corrupción económica o porque se tortura, los países no tendrían quiénes los gobernaran.”

Terminó expresando señalando monseñor Valech “que las personas que colaboran con un gobierno buscando el desarrollo humano, social, económico y espiritual de su país, hacen bien en procurar desde adentro corregir los errores (y los horrores) de injusticia social, corrupción económica, tortura y otros atentados contra la vida, desde el interior del gobierno al que sirven, con el fin de modificar su rumbo.”

Las declaraciones del último tiempo en materia de derechos humanos, y también las intervenciones de quienes me han antecedido en el uso de la palabra, nos permiten señalar con mucha fuerza una lectura positiva de estos pasajes de nuestra historia.

Nunca más, señor Presidente . Todos los sectores, en todas sus declaraciones, hemos admitido que antes y después de 1973 se pudo hacer mucho más por resguardar los derechos fundamentales. Sin embargo -es justo reconocerlo-, eso es algo que cabe pensar con los antecedentes hoy disponibles y con la visión que ahora es posible, dado que otra era la situación real entre el fragor de los odios y los peligros y las luchas de entonces. Hoy, el tiempo permite analizar nuestras propias conductas o las de los actores de aquella época.

Ya lo señalaba el Presidente Lagos al decirnos que nadie puede declararse ajeno a la profunda división que ocurrió entre nosotros. Es necesario que quienes vivimos ese quiebre y teníamos responsabilidades en las distintas áreas de la vida nacional, no dejemos nunca de pensar y de reconocer con humildad cuáles fueron nuestros errores.

A mi juicio, en las causas de la violencia en el país podemos distinguir dos grandes grupos -el primero, incluso, fue asumido, en un seminario académico en la Escuela Militar, hace algunos días, por personeros de distintas visiones políticas, entre ellos, por el senador socialista Ricardo Núñez , quien señaló lo inevitable del golpe militar-.

(Manifestaciones en las tribunas).

Para este primer grupo de causas de la violencia basta con remitirse a documentos de valor histórico irrefutable. Por ejemplo, el Partido Socialista, en sus acuerdos de 1967, señaló: “La violencia revolucionaria es inevitable y legítima; resulta necesariamente del carácter represivo y armado del estado de clases; constituye la única vía que conduce a la toma del poder político y económico y a su ulterior defensa y fortalecimiento. Sólo destruyendo el aparato burocrático y militar del estado burgués puede consolidarse la revolución socialista.”

El ex presidente Eduardo Frei Montalva , en su carta Mariano Rumor , describe el derrumbe institucional y explica la intervención de las Fuerzas Armadas.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-

Por favor, ruego al público asistente permanecer en silencio.

El señor SALABERRY.-

La Iglesia Católica, en la Conferencia Episcopal de 1975, declaró: “Nosotros reconocemos el servicio prestado al país por las Fuerzas Armadas al liberarlo de una dictadura marxista que parecía inevitable y que había de ser irreversible”. Creemos justo reconocer -señala en otro de sus párrafos- que las Fuerzas Armadas interpretaron el 11 de septiembre, de 1973, un anhelo mayoritario.

Este ambiente de profunda convulsión social y de violentas confrontaciones sólo es posible debatirlas -como señalé- con los antecedentes que hoy se tienen a la vista. Sin embargo, al desaparecer el poder de quien despertó tales odiosidades, se desataron reacciones que quebraron todos los patrones normales de comportamiento. Aquí surge la segunda gran causa de la violencia política en el país. Aquellos grupos, no obstante haber quedado atrás la convulsión referida, se creyeron autorizados para actuar brutalmente contra quienes estimaron sus enemigos políticos, reales o imaginarios, con abierta violación a sus derechos humanos, llevando a cabo repudiables acciones de tortura y desaparición, inaceptables, condenables, que no tienen explicación moral ni racional alguna y que merecen nuestro más profundo rechazo.

La mayoría de los actores políticos y sociales, salvo aquellos animados por la venganza, el provecho y el odio, hemos coincidido que con voluntad y liderazgo es posible la paz. El tiempo, como verdadero aliado, se constituye en un elemento indiferente, que presiona por soluciones para que las heridas no sigan abiertas. Como lo señalaba Jaime Guzmán , lo que concierne a esos derechos siempre es una situación moral que tiene mucho más importancia que los acontecimientos políticos.

-Manifestaciones en las tribunas

El señor OJEDA (Vicepresidente).-

Pido a los asistentes en tribunas que no hagan manifestaciones en contra de quienes intervienen en el debate.

El señor SALABERRY.-

Señor Presidente , todos los chilenos nos dolemos de los sufrimientos vividos por miles de compatriotas. Asumimos el compromiso para que nunca más vuelva a repetirse algo semejante. No podemos borrar el dolor del pasado, que lo hacemos nuestro en señal de solidaridad; pero sí podemos actuar para reducir el dolor del presente y para prevenir el del futuro, en cuanto nos sea posible. Los derechos humanos no pueden estar referidos sólo a una época ni ser patrimonio de alguien en particular: son inherentes a la persona, a su propia dignidad y se refieren a todas las fases de la vida en cualquier contexto político, social, económico o cultural.

Quiero hacer presente lo que, a mi juicio, en palabras del propio Presidente de la República , Ricardo Lagos , hoy exigen las grandes mayorías del país de sus instituciones, del Congreso Nacional. En la medida de las posibilidades -dice el Presidente -, hemos ido proponiendo y definiendo medidas de reparación moral, simbólicas, y también económicas, a todas las víctimas de atropellos a sus derechos fundamentales.

En esta sesión que nos convoca, con el reconocimiento de las víctimas de la prisión política, completamos un capítulo por el cual teníamos que pasar, pero, -dice el Presidente Lagos - para mirar el futuro; no para escudriñar eternamente en el pasado; no para reavivar rencores y divisiones, sino para fortalecer la convivencia y la unidad de todos los chilenos.

Hoy, ese liderazgo es una prueba para todos los actores políticos y sociales del país: para el Congreso Nacional, el Gobierno, el Presidente de la República . En su momento, el Presidente Lagos dijo: “No hay mañana sin ayer. Mi responsabilidad y mi compromiso atañen al conjunto del proceso, a impulsar su avance, a cuidar lo que hemos avanzado y a construir el futuro del país. Es imprescindible darle a estas propuestas prioridad en el tiempo y plantearse un horizonte de concreción”.

Es hora de mirar el futuro, expresando nuestra solidaridad con todas las víctimas de la violencia política, con aquellos que sufrieron la muerte y la desaparición de sus seres queridos, la tortura y la prisión política, o que fueron denigrados en su dignidad humana, y también con aquellos que murieron en manos terroristas. Debemos asumir la impronta moral de la promoción, defensa, respeto y conocimiento de los derechos humanos, de la sociedad en su conjunto, para poder asumir el ayer y vivir un mañana de paz. A quienes quieran seguir avivando rencores, porque esperan venganza o provecho, dejémoslos entregados a su cultura de la muerte y del odio; en cambio, a quienes quieran cerrar heridas, démosles, a partir de estas leyes, los instrumentos para ello.

La Unión Demócrata Independiente votará a favor de este proyecto para que nunca más dejemos que el odio divida a un país de hermanos. Ese odio, tal vez, después de treinta años pareciera que nos sigue haciendo daño, o porque aún no sanan las heridas o porque todavía representa una bandera con interesantes dividendos políticos. Votaremos a favor del proyecto para que nunca más la violencia se legitime como método de acción política, para que nunca más en Chile se violen los derechos humanos.

He dicho.

El señor OJEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO .-

Señor Presidente , es difícil hablar de estos temas cuando ya han transcurrido treinta y un años desde el golpe militar, que hoy se recuerda nuevamente.

Se me vienen a la memoria tantos momentos amargos que, por ser muy cercanos, impactaron en mi vida y en mi familia. Muchos familiares estuvieron a punto de no estar con vida en este momento y, aunque sin el apremio de ese tiempo, conservan el dolor en su existencia.

Sé también del dolor que sufrieron las víctimas, de quienes, por ideales, sufrieron la cárcel injusta, la incertidumbre de no saber qué sería de sus vidas, de la de sus hijos y esposa. Pareciera que no es tarde -decimos hoy-, después de treinta y un años. ¡Hacernos cargo de lo que pasó! Lo dudo. El Gobierno, sí, con valentía y entereza, sin odiosidades, lo ha hecho a través de la Comisión Valech. Allí se trata de reparar la prisión, la tortura.

En ello, el Presidente Lagos ha tenido la capacidad de liderar un proceso para llevar más verdad y, a partir de ella, comenzar a curar las heridas. Y digo curar, porque hay heridas del cuerpo que sanan, pero las del alma, pero las del alma, no.

Pero quiero referirme no sólo al dolor de las víctimas, sino al contenido del proyecto. En ese sentido, deseo detenerme en dos aspectos que, a mi juicio, son fundamentales. El primero dice relación con los beneficios concedidos, especialmente a los denominados simbólicos de reparación integral, como los de carácter educacional. Me parecen bien, pero con una salvedad: para que ese carácter simbólico tenga algún sentido, la medida debe ser aplicable de manera tal que el beneficio pueda devengarse y producir algún efecto en la vida de las personas que sufrieron tan crueles atentados a sus derechos.

Quiero referirme a los beneficios de continuidad en la educación, que aseguran derechos a gratuidad de la enseñanza. Hay muchas personas con edades sobre los cincuenta o sesenta años que, obviamente, a estas alturas de su vida difícilmente pueden o quieren volver a estudiar. Me parece que para que el beneficio y la reparación no se desvanezcan y queden sólo en promesa, debiera darse esa la posibilidad a hijos o nietos de las víctimas.

(Aplausos en las tribunas).

Eso sería justo, generaría un beneficio indirecto, al disminuir su carga económica. Además, haría de dicho carácter simbólico algo concreto al permitir que hijos o nietos puedan tener la oportunidad que a padres o abuelos les fue arrebatada por la fuerza.

(Aplausos en las tribunas).

El costo no es tan grande. Para esos hijos o nietos, podría destinarse un porcentaje de las diversas becas, que año a año aumentan.

Asimismo, para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, quiero dejar asentado que la Comisión Valech no recibió las declaraciones de todas las víctimas, entre otras razones, porque han sido recibidas sólo en ciudades capitales de provincia, donde un profesional, enviado desde la capital, recogió los testimonios. Así, en mi región, la Décima, de Los Lagos, muchas personas, incluso miles, no se enteraron. Es más, quien habla, en su condición de legislador y conocedor de la situación, no pudo tener conocimiento a tiempo del envío de esos profesionales a las ciudades cabecera de provincia. Por lo tanto, cientos de personas de mi distrito, compuesto, entre otras, por las comunas de Panguipulli, Lago Ranco y Futrono , quedaron sin poder dar su testimonio. Por eso, solicito que se establezca un plazo adicional para que las víctimas de zonas extremas que no pudieron dar su testimonio, puedan hacerlo.

La situación es delicada en zonas rurales, como las que represento. Así, tenemos el caso de los cientos de desaparecidos de Panguipulli, ciudad donde existe un monolito que sólo recuerda en número las personas torturadas y asesinadas.

Reitero mi solicitud de establecimiento de un plazo adicional para que las personas de zonas extremas puedan entregar su testimonio, porque aquellos que tanto sufrieron no pueden quedar sin los beneficios de una iniciativa de ley enviada a tramitación por nuestro Gobierno.

Finalmente, con orgullo, deseo decir que considero positivo el proyecto, pero deseamos más beneficios, porque son muchos los que todavía esperan.

He dicho.

El señor OJEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Edgardo Riveros.

El señor RIVEROS.-

Señor Presidente , estamos discutiendo un proyecto que tiene una fuente, una desgraciada fuente: durante un tiempo de su historia, en Chile, así como se asesinó sin juicio, hubo detenidos desaparecidos y gente torturada. Ésa es la fuente que genera este proyecto; no debemos olvidarlo.

Cuidado con argumentar sobre elementos causales de un momento político determinado, porque está en la historia, ha sido discutido, analizado y se han asumido responsabilidades. Cuando se alude a las causas de una crisis política, se quiere justificar que en el país haya habido desaparecidos, torturados y ejecuciones sin juicios. Esto es lo que hoy estamos discutiendo, porque existen responsabilidades y responsables específicos.

No se nos venga a plantear un inaceptable empate moral, porque no es lo mismo haber sido víctima de la represión que represor; no es lo mismo haber sido víctima de las violaciones a los derechos humanos que violador;...

(Aplausos).

...no es lo mismo haber estado en la defensa que haber estado entre quienes utilizaban el instrumento legal para amparar esas violaciones. No es posible ese empate moral, menos en esta Cámara, porque hay quienes estuvieron por la prolongación de la dictadura en 1988 y quienes estuvieron en contra de aquello. Algunos, por acción o por omisión, tuvieron que cumplir tareas que tienen que ver con los efectos que hoy estamos discutiendo. Desde ese punto de vista, es necesario que nos escuchemos con respeto, pero asumiendo la verdad.

Chile era parte, como lo es ahora, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Nuestro país firmó ese pacto en 1971, lo ratificó en 1972 y lo promulgó en 1976. ¿Y qué se hizo en tiempos de la dictadura? No se publicó en el Diario Oficial y, cada vez que la gente iba a reclamar a los tribunales de justicia por los derechos protegidos por ese pacto, quienes amparaban las violaciones alegaban que ese instrumento jurídico no era válido en Chile porque no estaba publicado. ¿Por quienes? Por las mismas autoridades que tenían la obligación de publicarlo para hacerlo efectivo.

¿Qué hacían los tribunales? El diputado Burgos lo ha dicho muy bien: acogían ese argumento de subterfugio para no amparar los derechos humanos. ¿Quiénes eran los responsables intelectuales de esa postura? ¿Quiénes alegaban en los tribunales? Por ejemplo, el presidente del Tribunal Supremo de uno de los partidos de la Oposición era precisamente quien cuestionaba en el estrado ese tipo de instrumentos. También el actual presidente de un partido de Oposición afirmaba en la Organización de Naciones Unidas que en Chile no se violaban los derechos humanos, mientras aquí ocurría lo que todos sabemos. Ésa era la situación. Insisto en que aquí no puede haber empate moral respecto de este tema.

¿Quiénes redactaron la disposición transitoria vigésima cuarta de la Constitución Política, en que se decía que, decretado un estado de excepción, se podía “arrestar a personas hasta por el plazo de cinco días, en sus propias casas o en lugares que no sean cárceles”? ¿Para qué eran esos lugares que no eran cárceles? Para esconder a la persona arrestada.

También se podía “restringir el derecho de reunión y la libertad de información”. ¡Por favor! Los medios de comunicación tienen una responsabilidad muy grande en esta situación. Alguien redactó tal disposición.

Además, se podía “prohibir el ingreso al territorio nacional o expulsar de él a los que propaguen las doctrinas a que alude el artículo 8º de la Constitución”. ¡Por favor! ¿Por qué fueron expulsados del país Jaime Castillo Velasco o Eugenio Velasco ? Por demandar la vigencia de los derechos humanos cuando aquí estaba sesionando la OEA. Otros fueron impedidos de regresar al país. El propio actual ministro del Interior , que ha participado en los debates en esta Sala, no podía regresar al país en esa época. Muchos estaban estigmatizados por la letra “L”.

¿Qué decía la disposición transitoria vigésima cuarta? Que estas facultades “las ejercerá el Presidente de la República , mediante decreto supremo firmado por el ministro del Interior , bajo la formula “Por orden del Presidente de la República ”. Las medidas que se adopten en virtud de esta disposición no serán susceptibles de recurso alguno, salvo el de reconsideración de la autoridad que las dispuso.” Esto está escrito; se olvida, pero está escrito. ¿Quiénes lo hicieron? ¿Están pecando por omisión o por acción los que actuaron de esta manera? No me conforma una declaración que dice que se es responsable por omisión ¡Aquí se es responsable por acción! porque éste fue el instrumental ocupado para reprimir y para violar sistemáticamente los derechos humanos. Esas son responsabilidades políticas que hay que saber asumir. Hay que saber reconocer, primero, y asumir, después. Sólo así podrá haber un efectivo proceso de reencuentro, que hay que construirlo, pero sobre la base de la verdad y de la justicia.

Esta es la realidad, esto es lo que nos tocó vivir en un pasaje de nuestra historia, con un instrumental jurídico creado ad hoc, aplicado por personas cuya conducta hasta el día de hoy no ha cambiado. ¿Por qué Chile no puede ratificar el estatuto de la Corte Penal Internacional que, precisamente, se hacen cargo de las más graves violaciones a los derechos humanos, ni la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas? ¿Por qué? Porque no ha habido mayoría política en este Congreso para conseguirlo.

Por eso, quiero terminar manifestando que el tema de los derechos humanos en nuestro país tiene constituirse en un asunto de principios, en un tema fundamental. El “nunca más” tiene que enraizarse en asumir que lo que ocurrió en nuestro país tiene responsabilidades que deben ser reconocidas y en que exista la voluntad de no volver a repetirlo.

En una publicación del Centro de Ética de la Universidad Alberto Hurtado, una casa de estudios amparada en principios, se nos dice: ¡NUNCA olvidar!¡repetir JAMÁS! Ese debe ser el elemento fundamental que guíe nuestros pasos para hacer posible que de una vez por todas asumamos que los derechos humanos son parte integrante de la historia moral de la humanidad y que nuestro país, con tanto dolor, con tanto sacrificio y con tantas víctimas, cuando repara, lo hace no tan solo en lo material, sino también en lo profundo, en función de poder construir en principios, y que la actuación de aquellos que transformaron al adversario político en enemigo, jamás vuelva a repetirse.

He dicho.

El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-

Cito a reunión de Comités, durante cinco minutos, sin suspender la sesión.

Tiene la palabra la diputada señora María Pía Guzmán.

La señora GUZMÁN (doña María Pía).-

Señor Presidente , hace tres años, en esta Sala, discutíamos las conclusiones de la Mesa de Diálogo. Ahí supe de la existencia de uno de los tantos recintos secretos de la Dina. Lo que era la “Venda Sexy”, que hoy se menciona en en el Informe Valech. Investigué de qué se trataba. Supe de casos que me impactaron y me marcaron mucho, lo que llevó a hacer algunos comentarios y declaraciones. Creo que las cosas importantes en la vida de una persona, como ésta, que me marcó profundamente, no necesitan ser repetidas. No quiero hablar sobre eso, porque sería como abrir mi alma, lo cual ya lo hice una vez y fue muy doloroso.

En 1882, el francés Ernest Renan manifestó: “Una nación es un alma. Dos cosas, que en realidad son sólo una, constituyen esta alma. Una es el pasado, la otra es el presente. Una es la posesión en común de un rico legado de memorias; la otra es el consentimiento actual, el deseo de vivir juntos, la voluntad de seguir apreciando la herencia que uno ha recibido como una posesión en común.”

Sería fatal para Chile que renunciáramos al esfuerzo de reconstruir una memoria compartida y un alma común. Se requiere mucho esfuerzo para aunar voluntades y mucha humildad para reconocer la verdad del otro. Sólo así superaremos los quiebres del último tercio del siglo XX y entregaremos a las futuras generaciones una nación, un alma y el deseo de vivir juntos.

Aquí se ha hablado mucho del contexto histórico; pero sólo se señalan hechos. Yo entiendo el contexto histórico como algo diferente: un contexto histórico común en estos treinta años, el que, en algunos casos, incluso hoy, se expresa a través de los tribunales de justicia. Ese contexto histórico, respecto del cual no podré extenderme por razones de tiempo, está constituido por cuatro elementos: Primero, por la violencia política que se generó durante la Unidad Popular y que se mantuvo durante el gobierno militar, de diferentes formas; fue una violencia política que generó otra. Segundo, por un miedo vivencial: la violencia engendra miedo. Tercero, por el desapego a la democracia, que, quizás, es el elemento más importante, porque cuando no aceptamos los valores de la democracia, no toleramos que existe diversidad y que el otro puede tener una realidad diferente, cuando no nos dolemos por aquello que le ha hecho daño a otro, cuando no aceptamos las excusas o las explicaciones que se pueden dar del otro lado, no podemos construir una patria común. Cuarto, debemos decirlo con dolor, por el hecho de que la independencia de los tribunales de justicia falló, no sólo entre 1970 y 1973, sino también en 1980 y, quizás, está fallando hoy.

Esos cuatro elementos básicos constituyen el contexto histórico en el cual han transcurrido esos años que hoy nos dividen.

Creo que el informe de la Comisión Valech, el de la Comisión Rettig y la labor de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación pueden quebrar este círculo vicioso de la violencia, del miedo y del desapego a los valores democráticos. Para eso se requiere voluntad. Nosotros somos los líderes, los que guiamos el país. Si no podemos hacerlo, si no podemos dialogar, estos hechos de dolor se repetirán.

Como diputada de Renovación Nacional , quiero citar las palabras expresadas por el presidente de mi partido en 1992, cuando se refirió al Informe Rettig. En esa oportunidad hizo preguntas que aún hoy están vigentes, como: ¿Por qué resulta tan difícil que cada uno admita aquello que nadie ignora? ¿Puede alguien desconocer que la izquierda de 1973 introdujo y validó la violencia política en Chile? ¿Puede alguien negar que la Democracia Cristiana apoyó firmemente que los militares asumieran el poder ante la crisis provocada por la Unidad Popular? ¿Puede alguien discutir que los altos mandos de las Fuerzas Armadas no controlaron el actuar de los servicios de inteligencia, que hoy reconocen que hubo una política institucional del Ejército en esta materia? ¿Es posible negar que muchos partidarios del gobierno militar no protestaron e, incluso, avalaron -palabras del año 92- hechos de tal naturaleza?

A las preguntas anteriores agrego las siguientes: ¿Puede el Poder Judicial negar que no acogió los recursos de amparo interpuestos para salvar la vida de muchas personas detenidas ilegalmente? ¿Puede el Congreso Nacional negar que cayó en la lógica del enfrentamiento de la ciudadanía, que no logró apartarse y no generó los espacios para alcanzar los grandes acuerdos que pudieron salvar al país? ¿Podemos hacerlo nosotros? ¿Podemos generar ese espacio común, esa patria común para aceptarnos, dolernos y reconocernos como personas y como nación?

Nuestro compromiso será siempre trabajar por la democracia, porque es el único medio para que gobiernen las mayorías y para que las minorías sean siempre respetadas. Eso es la democracia. Una patria que se enriquece y progresa, un país que lucha y se levanta como un ejemplo de desarrollo y de empeño, una nación que recuerda, que tiene una historia común, que educa y que trasciende los intereses personales y de partido.

Debemos suscribir un nuevo contrato social que renueve el deseo de vivir juntos y la voluntad de apreciar nuestra herencia como una posesión común. Tenemos la madurez de 30 años o más y la dura enseñanza de la experiencia. Que el respeto nos inspire, que la defensa de la vida digna sea nuestro objetivo, que la fraternidad sea nuestra herramienta y que la libertad sea nuestro futuro.

He dicho.

-Aplausos.

El señor OJEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.

El señor ESPINOZA .-

Señor Presidente , como diputado por el Partido Socialista, quiero iniciar mi intervención con un cariñoso saludo a todos los ex presos políticos que se encuentran acompañándonos en las tribunas.

(Aplausos).

En esta Sala hemos escuchado una serie de intervenciones de diferentes actores políticos de la contingencia nacional.

Quiero aludir a una declaración pública del señor Julio Dittborn , actual diputado de la UDI y presidente de dicho partido en aquel entonces, quien aparece en la foto que ilustra dicha declaración en compañía de los señores Andrés Chadwick y Joaquín Lavín , ambos con una manifiesta “carita de ángel” y muy jóvenes en aquella época.

Esos distinguidos parlamentarios y el ex alcalde de Santiago expresaron en el diario “Las Últimas Noticias” del 29 de marzo de 1991, que lo que el Informe Rettig señalaba era mentira, que lo de los detenidos desaparecidos y ejecutados políticos era una verdad a medias, que era sólo una parte intencionada y superficial de la verdad y que, por lo tanto, desfiguraba la realidad integral.

También señalaron que no nos estábamos acercando a la reconciliación debido a la existencia del Informe Rettig, que revivía las pasiones del pasado, lo que impedía el reencuentro entre los chilenos.

Comencé mis palabras con esos hechos porque estamos convencidos de que el Chile de hoy es distinto al de 1991, cuando, a lo mejor, la mitad de los chilenos podía creer a esos señores. Pero hoy, gran parte de nuestra ciudadanía sabe que en este país se cometieron las mayores atrocidades que la sociedad mundial puede soportar y que fueron ellos los cómplices civiles de esas atrocidades.

Tengo en mis manos un correo electrónico de un amigo que el día en que fue detenido tenía diecisiete años y era dirigente estudiantil. Dice lo siguiente:

“Fui detenido el 13 de octubre de 1973 en el sector alto de Puerto Montt, a las 9 de la noche, por una patrulla militar que integraban miembros de las tres ramas de las Fuerzas Armadas y Carabineros. Fui inmediatamente golpeado y amarrado con alambre y posteriormente trasladado a una comisaría de Carabineros. En ese recinto fui sometido a flagelos físicos durante ese fin de semana.

El día 15 de octubre, en la mañana, fui trasladado al cuartel de la Policía de Investigaciones, en calle Serena de Puerto Montt. Ese recinto era usado a la fecha como centro de reclusión clandestina y tortura de presos políticos. El recinto, interior y exteriormente, era custodiado por guardias militares.

Siempre vendado y con las manos amarradas a la espalda, fui trasladado a un subterráneo, donde permanecí durante tres días en el pasillo que conectaba las celdas en donde permanecían numerosos presos políticos. Durante esos días fui objeto de golpizas y patadas, mientras era obligado a permanecer tendido en el pasillo. En varias ocasiones fui torturado por civiles y militares.

Fui amarrado a catres metálicos y sometido a golpes de corriente. También saltaban encima de mi cuerpo, especialmente estómago y tórax. Además, fui sometido a un simulacro de fusilamiento.

Finalmente, el 6 de enero de 1974, fui llevado hasta la cárcel y, en junio de 1976, salí expulsado del país.”

Este testimonio, lamentablemente muy parecido a miles que hemos conocido, leído o escuchado directamente de hombres y mujeres, pertenece a Conrado Ulloa Uribe, quien hoy tiene 52 años y quien, en 1973 era dirigente regional del Mapu.

Escogí el testimonio de Conrado Ulloa para graficar el impacto que ha generado en la sociedad chilena el informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, por su condición de preso político, torturado y exiliado, la cual muchos chilenos llevan en su memoria y en su corazón, pero especialmente porque lo conozco, puesto que Conrado Ulloa fue una de las últimas personas que vieron con vida a mi padre, el ex diputado Luis Espinoza , quien, como todos ustedes saben, fue asesinado el 2 de diciembre de 1973, después de haber sufrido también viles torturas.

Por eso hoy, cuando nos encontramos discutiendo este proyecto, que valoramos en su esencia, como señaló nuestro jefe de bancada, el diputado Carlos Montes , para esas más de 35 mil personas que entregaron su testimonio, sabiendo que hay muchas más que no lo hicieron por diferentes razones. De hecho, queremos compartir algunas de sus reflexiones.

La más fuerte y dura, a propósito del tema de los beneficios, es que no se trata de monetarizar el tema; no es de platas más o platas menos, sino de la reparación moral y sicológica de esas personas y de sus familias, que, sin duda, también resultaron dañadas. Es cuestión de leer un testimonio que aparece en la revista que tengo en mis manos, publicada esta semana, en la cual alguien, refiriéndose al famoso lugar denominado “Venda Sexy”, al cual se refirió la diputada Pía Guzmán , dijo muy duramente lo siguiente: “A mí no me llegó a penetrar -se refiere al perro-. Mientras estuve detenida en la “Venda Sexy”, una de las compañeras que actualmente está desaparecida llegó destrozada de la tortura en una oportunidad y dijo que el perro la había penetrado. Lo único que hicimos fue acogerla, pero tampoco queríamos saber detalles. Saber más significaba meterte una carga más, pensando que si te metían el perro, eso te podía pasar en el subterráneo.” Eso fue lo que hicieron en Chile y lo que todos queremos superar, pero debemos hacerlo con la verdad y no de la forma grotesca como algunos en esta Sala que pretenden dar testimonios de buena fe, cuando en la práctica también fueron cómplices de las atrocidades que se cometieron.

Un aspecto clave para aquellos que reciben beneficios es tener que optar entre un beneficio y otro, como sucede en el caso de los beneficiarios del Programa de Exonerados Políticos. Podría dar muchos argumentos técnicos y socioeconómicos para explicar lo que nos han señalado en los últimos días sus agrupaciones nacionales y regionales.

Sin embargo, quiero repetir un ejemplo dicho en algunas de esas reuniones por los ex presos políticos: “¿Acaso pudimos elegir entre ser detenidos, torturados, exiliados o asesinados? Ninguno de nosotros eligió -dicen con justa razón- que en muchos casos sucedieran estas cosas en situaciones conjuntas”. También se nos ha dicho: “¿Por qué tenemos que optar entre una pensión de 100 mil y una de 112 mil pesos? ¿Acaso a los torturadores que andan por las calles tranquilamente, a la hora de jubilar se les preguntó en su rama de las Fuerzas Armadas, de Carabineros o de Investigaciones si torturaron para quitarles beneficios o para darles menos jubilación que a los que no torturaron?” Ciertamente, a ninguno de ellos se le traspasó al sistema de AFP o al Fonasa como castigo y siguen gozando de los beneficios del antiguo sistema previsional.

Para los socialistas es un tema fuerte y duro. Somos parte de este Gobierno y nos sentimos orgullosos por todos los pasos que se han dado para saber la verdad cada día más y romper los mitos y mentiras con las que se nos trató de cambiar la historia durante más de 16 años. Sin embargo, no estamos indiferentes ante esa larga lista de víctimas no sólo de torturas, sino también de muertos, exiliados, desaparecidos y exonerados, porque ahí están muchos de nuestros amigos, sus padres, amigos, hermanos, madres o, peor aún, hijos; los conocemos, sabemos dónde viven y hemos visto su difícil camino para vivir con dignidad, pese al dolor y a los problemas de salud o de vivienda. Ninguno de ellos es millonario; reciben los beneficios que ya existen con una mezcla rara de rabia, vergüenza y dignidad, porque los necesitan para ellos y sus familias; porque requieren comprar sus remedios, terminar de pagar sus dividendos, arreglarse la dentadura o, quizás, tener un lugar en el cementerio para que reposen sus huesos al final del camino.

Entonces, para nosotros no se trata sólo de platas más o menos, sino de la vida de miles de compatriotas que sienten que, a pesar del avance en el tema de la verdad, siguen siendo víctimas, porque se les hace optar entre sus dolores, mientras los nombres de los torturadores se guardan bajo llave por, al menos, durante los próximos 50 años. Quizás, no soy el más objetivo para hablar sobre el tema, porque lo viví en carne propia, pero, en representación de los miles de ex presos políticos de mi región y del país, no puedo callarlo. Escuché con atención el discurso del ministro Eyzaguirre en Enade, hace unos días, oportunidad en que planteó, con mucho dolor, el tema de los derechos humanos. Quisiéramos que ese mismo dolor se viera traducido en mayores beneficios para los que sufrieron tanto. Por ejemplo, para que los hijos de las víctimas puedan seguir estudiando.

Señor Presidente , por su intermedio, deseo responder al diputado señor Salaberry , quien señaló que queremos venganza. En realidad, lo que buscamos es hacer justicia.

¿Cómo no ser un poco más amplio de mente para entender que el dolor no es igual al odio y que el ánimo de justicia no es igual a la venganza? ¿Cómo no entender que todos queremos construir un Chile más justo y más solidario?

Sin embargo, para lograrlo debemos dignificar la vida de esas personas que sufrieron tanto y que siguen vivos. Quizás sea muy duro decirlo, pero pienso que en estos largos treinta años ellos han sufrido más que quienes perdieron la vida.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

En nombre del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Alfonso Vargas.

El señor VARGAS .-

Señor Presidente , ¿quién puede declararse ajeno a la profunda división que ocurrió entre los chilenos?

Intentar comprender y asumir el contexto y las causas del quiebre civil de ese entonces no significa en modo alguno justificar lo que posteriormente sucedió.

En esta sesión, poco o nada se ha dicho respecto al proyecto de ley que nos corresponde votar. Es fácil hacer un discurso bonito para la galería o hacer que ésta se enoje.

Hace muchos años que integro la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados y puedo señalar que Renovación Nacional ha contribuido a la aprobación de todas las iniciativas en beneficio de los derechos humanos. Por ejemplo: la que creó la Oficina Nacional del Retorno; la que creó la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación; la que otorgó franquicias aduaneras a las personas que señalaba la ley y modificó el arancel aduanero; la que concedió un nuevo plazo para los efectos de lo dispuesto en el número 4, del artículo 2º, de la ley Nº 19.123; la que estableció beneficios previsionales por gracia a personas exoneradas; la que otorgó un nuevo plazo al consejo superior de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación; la que modificó nuevamente la ley Nº 19.123; la que modificó el artículo 16 de la ley Nº 19.123; la que establece beneficios para las personas exoneradas por motivos políticos; la que establece la obligación de secreto para quienes remitan información conducente a la ubicación de detenidos desaparecidos; la que da una nueva ampliación del plazo a los exonerados, y la que dispone la eliminación de ciertas anotaciones prontuariales.

Los diputados de Renovación Nacional, tal como lo hicimos ayer en la Comisión, aprobaremos este proyecto que otorga beneficios a los presos políticos y a las víctimas de la tortura.

El proyecto otorga pensiones y bonos. En la Comisión escuchamos a algunas personas que plantearon derechamente que esas pensiones y esos bonos son miserables. No obstante, quiero dejar claramente establecido que el Ejecutivo es el único que tiene la facultad de fijar los montos; no nos corresponde a los parlamentarios.

A la sesión de la Comisión de Derechos Humanos realizada ayer asistieron los ministros Eyzaguirre , Insulza y Vidal . Si quisieran y contaran con los fondos necesarios, como representantes del Ejecutivo, podrían presentar una indicación para aumentar esos montos.

Es importante que se aclaren las cosas, porque hay parlamentarios que señalan que quieren mejores pensiones o bonos sin tener las facultades para aumentarlos. Eso le corresponde al Ejecutivo.

Por otra parte, está el tema de los beneficios médicos del, Programa de Reparación en Atención Integral en Salud, Prais , respecto del cual hemos escuchado críticas en cuanto a su funcionamiento. En esta materia no podemos más que decir que toda esa gente también va a recibir esos beneficios. Decir otra cosa sería engañarlos.

En materia educacional, ayer algunos parlamentarios de la Concertación plantearon la posibilidad de que los beneficios que se consideran puedan ser traspasados a los hijos o a los nietos de las víctimas. Lo podemos entender, pero nos topamos con la misma piedra: depende del Ejecutivo.

Digámoslo claramente: el Gobierno debe haber calculado el gasto que significaría este proyecto pensando en que sólo algunos o muy pocas personas ocuparían el beneficio educacional, pero si éste es transferido a los hijos o a los nietos de las víctimas, el costo del proyecto aumentará mucho. En todo caso, si se quiere hacer, se requiere una indicación del Ejecutivo, no de los parlamentarios. No nos engañemos. Digamos las cosas con total claridad. Lo demás es demagogia. Si el Gobierno presenta la indicación, estamos dispuestos a analizarla.

En cuanto al tema del secreto, es bastante complejo. Ayer, mientras tratábamos esta iniciativa en la Comisión de Derechos Humanos, junto con el diputado Errázuriz redactamos una indicación para eliminar el secreto, pero después de escuchar al ministro Insulza exponer los motivos para mantenerlo me convencí de que tenía razón. Explico:

El secreto, tal como está planteado, no significa de ninguna manera que una persona que haya entregado su testimonio a la comisión no pueda entregar los antecedentes a la justicia. Lo puede hacer.

Lo que el ministro Insulza planteó es que la Comisión se comprometió a no hacer públicas las declaraciones, porque algunas personas no quieren que se hagan públicas.

(Manifestaciones en las tribunas).

Eso es lo que planteó el ministro del Interior, en presencia de los otros ministros. En verdad, creo en la seriedad del Gobierno. Por eso, modificamos el artículo para dejarlo en la forma que se ha presentado. Esas son las verdades y las cosas hay que decirlas por su nombre.

Debo expresar también que, al escuchar el debate, pareciera que algunos creen que es la última vez que hablaremos del tema. ¡Cuán equivocados están los que piensan así! Aquí falta mucho por hacer, y en lo que queda pendiente, Renovación Nacional, como lo ha hecho desde siempre, y como lo hace hoy, estará dispuesta a trabajar con seriedad en estos temas.

He dicho.

El señor OJEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Accorsi.

El señor ACCORSI.-

Señor Presidente , sin duda, el tema que abordamos es tremendamente complejo y doloroso.

Nos habría gustado que no ocurrieran algunas situaciones, como tratar el proyecto con trámite de discusión inmediata, pero debemos que cumplir las leyes y así están dadas las cosas.

Entre todos debemos realizar un esfuerzo para aliviar la situación de quienes sufrieron un tremendo daño moral. Lo que hoy hacemos constituye un paso adelante que, si bien es cierto no es definitivo, puede subsanar algunos aspectos.

Creo que no necesitamos una ley para mejorar el Programa de Reparación en Atención Integral en Salud, Prais , porque es perfectamente posible llegar a un acuerdo entre todos y pedir al Ministerio de Salud que mejore la calidad de la atención y que disponga de mayores recursos para el Prais. Para eso no se requiere de una ley, sino una mejor distribución de los recursos.

En cuanto al tema del secreto, tenemos discrepancias con el Ejecutivo, y es bueno que así sea, porque en democracia es importante que se planteen las diferencias.

Quiero pedir algo mayor, que realmente nos comprometa a todos: pido una sesión solemne, en algunos días más, para que todas las fuerzas políticas representadas en este Congreso hagan un compromiso solemne de un nunca más, para que cada uno de nuestros partidos firme un compromiso de honor, a fin de que nunca más en el país se vuelva a asesinar, a torturar, a desaparecer personas, a destruir familias.

Tenemos que hacer ese gesto como Cámara de Diputados, porque no basta que uno diga que está arrepentido o que otro lo haga en una instancia diferente. Tenemos que asumir una responsabilidad histórica. La Cámara de Diputados, en una sesión solemne, debe firmar un acuerdo para que nunca más en el país se cometa ese tipo de atrocidades.

Solicito que mi planteamiento sea visto en reunión de Comités y en ella se decida si lo hacemos, pero tiene que haber un mea culpa institucional y el compromiso de que nunca más se van a repetir esas atrocidades en Chile.

He dicho.

El señor OJEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.

El señor MEZA.-

Señor Presidente, en primer lugar, deseo saludar a las distinguidas visitas que nos acompañan en tribunas, en especial a los representantes de los que sufrieron las atrocidades que hemos conocido.

Quiero referirme brevemente a algunos aspectos del proyecto. Por ejemplo, el artículo 15 señala que los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas, prisioneros políticos y torturados por el régimen militar, serán secretos durante el plazo de 50 años.

El Partido Radical no está de acuerdo con este artículo y ha presentado, junto con otros parlamentarios, una indicación que, de ser aprobada, modificaría nuestra conducta.

Uno de los pocos aciertos de la Constitución de 1980, dictada durante el régimen militar, indica que todos los funcionarios del Estado son responsables y hacen responsable al Estado de sus actos.

Los radicales, y entiendo que la mayoría de esta honorable Cámara, pedimos algunas reparaciones concretas que tienen que ver con la educación, no sólo para los que sufrieron la tortura o la prisión, sino para sus hijos, porque puede que ellos no estén en condiciones de seguir estudiando, dada su avanzada edad.

(Aplausos).

También hemos solicitado que el Estado se haga cargo de las deudas habitacionales o de la falta de vivienda que tienen muchas de las personas que sufrieron estos daños físicos, morales y sicológicos.

Además de la vivienda y la educación también deben tener acceso a una salud digna, no a una salud Prais , Programa de Reparación en Atención Integral en Salud, programa que muchas veces no cumple con el objetivo para el cual fue creado.

Hemos solicitado al supremo gobierno que los siete mil exonerados que hoy reciben una pensión debido a que perdieron su trabajo por pensar distinto, y que también calificaron por la Comisión Valech, sean beneficiados con un bono indemnizatorio que reemplace de alguna manera esa pensión, es decir, que pueden optar por una o por otro.

Nada compensa lo vivido pero, simbólicamente, es importante que todos reconozcan las culpas, unos íntimamente y otros públicamente, sin descalificar a quienes hoy tienen otra visión de país, distinta de la nuestra, de la Concertación, sobre todo si no tuvieron implicancias en los terribles hechos sobre los que hoy reflexionamos. Aun cuando comprendemos el dolor y la tristeza que muchos han sufrido, no nos desesperemos ni metamos todos en el mismo saco.

Había pensado referirme más extensamente al proyecto, pero me voy a permitir, a la luz de los testimonios aquí escuchados, hablar sólo de un par de cosas más sobre lo que ha vivido este diputado y algunos de sus familiares.

Hace 32 años, en febrero de 1972, el gobierno de Chile suscribió un convenio de cooperación educacional con el gobierno de Cuba. Se hizo una selección nacional de jóvenes a quienes se pidieron sus currículos y fueron elegidos cien de ellos para ir a estudiar medicina a Cuba y cambiar un poco el estilo de medicina mercantilista que algunos médicos todavía tienen en Chile.

Fui uno de los favorecidos con esa beca. Marché a Cuba el 18 de marzo de 1972, junto a mis casi cien amigos tempraneros en edad, imbuido por la ilusión de adquirir los conocimientos necesarios en mi profesión. En mi único encuentro personal con el presidente Salvador Allende , me puso la mano en el hombro y me dijo: “Fernando, hazte médico y regresa a La Araucanía a curar a los pobres, a los campesinos y a los mapuches”. En ese clima marché a obtener los conocimientos que hoy poseo.

Pero todos fuimos responsables, unos por acción y otros por omisión, del clima previo al golpe de Estado. Algunos vendieron su dignidad a la Derecha económica y a las potencias extranjeras y compraron la conciencia de los golpistas, civiles y militares. Otros sufrieron las atrocidades que ocasionaron los agentes de la dictadura.

Muchos años más tarde, cuando me encontraba en España realizando mi doctorado, una mujer que salió de Chile, alrededor de 1983, gracias a la Cruz Roja nacional e internacional, me mostró su cuerpo y me dijo: Mira, hermanito, lo que hicieron conmigo. No voy a describir los horrores que vi y escuché de parte de esa persona.

Durante muchos años, mes tras mes, me dirigí a la embajada de Chile, a la embajada de Pinochet en España, a solicitar autorización para regresar al país, a fin de cumplir con el compromiso de curar y sanar a los más desfavorecidos. Mes tras mes, año tras año, se me repitió lo mismo: “Usted no puede volver a Chile por ser un elemento peligroso para la seguridad interior del Estado”, según el decreto reservado que aún conservo.

En lo personal, recibí la amputación de 17 años de mi vida. En mi ausencia, fueron muriendo mi padre, mis tíos, mi madre y otros familiares. Hoy, cuando la patria está recuperando los valores que nos hicieron grandes un día, la democracia, la solidaridad, la fraternidad y la tolerancia, enseño a mis hijos esos valores para que no aparezcan nunca más en Chile los “ Mamos” Contreras o los Pinochet Ugarte.

No nos equivoquemos: Chile debe ser construido por todos: por los de la Alianza, por los de la Concertación, por los de Juntos Podemos, por los Verdes, por los Humanistas, por los comunistas y por los independientes. Todos tenemos lugar en esta patria grande y linda que deseamos construir. La responsabilidad es de todos.

Tolerancia hoy y tolerancia futura sí, pero no con los culpables de esta tremenda mancha en la historia de la patria.

Por eso, los radicales pedimos verdad y justicia para lograr un futuro hermoso, sin odios, con serenidad y firmeza, pero sin punto final.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Jaime Quintana.

El señor QUINTANA.-

Señor Presidente , no he querido quedarme al margen de un debate al cual hemos sido convocados para, en representación de la sociedad chilena, contribuir al establecimiento de la verdad, por dolorosa que sea, y sanar una de las heridas más profundas de nuestra patria.

Para alguien que tenía seis años al iniciarse estas prácticas, no aisladas, sino sistemáticas y planificadas, que tal vez pudo no ser un testigo directo de las mismas, es posible observar en su desarrollo como individuo que el aniquilamiento y la destrucción de las personas van dejando sus huellas en generaciones enteras.

Sin duda, el trabajo de la Comisión Valech también implica para la generación de las protestas, de la rebeldía, la que vivió la represión de la dictadura militar en su fase “más suave”, un momento de reflexión profunda sobre algo que no sólo no puede repetirse, sino que tampoco olvidarse.

Es necesario destacar la voluntad del Presidente Lagos para avanzar en algo tan importante y necesario para la convivencia de los chilenos. Importantes fueron, por cierto, el informe Rettig, la Mesa de diálogo y también muchas iniciativas, hoy convertidas en ley, para reparar, en alguna medida, a muchos chilenos que fueron víctimas de violaciones a los derechos humanos.

Respecto de las reparaciones, es cierto que hay insuficiencia en esta materia, la cual, en esencia, tiene que ver también con la justicia. Los beneficios en salud y en educación no son suficientes. Nos habría gustado, y lo hemos planteado con el diputado Accorsi , un plazo adicional para prestar testimonio. Más allá de las materias contenidas en este proyecto, hay otras que se podrán ir resolviendo.

Respecto de las normas sobre secreto de la información, nadie de mi bancada es partidario del silencio y mucho menos en materia de derechos humanos. No obstante, apreciamos el Informe de la Comisión de Prisión Política y Tortura en lo que realmente corresponde. Éste, en sí, no produce efectos jurídicos. La privacidad que debemos respetar es la de las 35 mil personas que declararon y entregaron su testimonio, así como la de otras víctimas a quienes rendimos homenaje.

Hay momentos en que la verdad es más profunda y absoluta que nunca, y éste es uno en el cual la sociedad entera, con sus instituciones fundamentales, también se hace cargo de ella.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

En el tiempo del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra, por seis minutos, el diputado señor Sergio Ojeda.

El señor OJEDA .-

Señor Presidente , quiero resaltar la maravillosa casualidad que hoy se ha producido. Analizamos el proyecto que establece beneficios en favor de víctimas de violaciones de derechos humanos, individualizadas en el informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Torturas con la presencia en las tribunas de una delegación de la Cruz Roja chilena.

Sabemos el papel que desempeñó la Cruz Roja Internacional para socorrer a los presos políticos. Gracias a su intervención, se logró saber, ya en esa época, algo de la verdad de lo que estaba ocurriendo en Chile.

Es indudable que los compañeros de Izquierda sufrieron con mayor rigor la represión y la dictadura militar. Nosotros luchamos por el respeto a los derechos humanos y por la recuperación de la democracia, pero fuimos incapaces de lograr que se supiera la verdad en el mundo y que en esos tiempos ya pudiese existir justicia.

Durante los gobiernos de la Concertación hemos realizado grandes esfuerzos para que se haga justicia. Prueba de ello son el informe Rettig, la Mesa de Diálogo y la intervención del Presidente Ricardo Lagos , el año recién pasado, cuando dijo que “No hay mañana sin ayer.”

Valoro el informe emitido por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, en el cual constan los tratos crueles y degradantes dados a conocer por 35.865 personas residentes en Chile y en el extranjero, quienes narran de manera abierta, descarnada y detallada, lo que a ellos les ocurrió.

Era hora de que nos ocupáramos de este grupo de chilenos. ¿Estaban olvidados? ¿Estaban marginados o los marginamos intencionalmente de nuestra preocupación en materia de derechos humanos? No, muchos sabíamos de esto; unos más que otros, pero parece que había temor de dar a conocer esta cruda realidad, por sus efectos, y en el caso de las víctimas, por temor a descargar una verdad.

Pecamos de falta de decisión, de claridad y de consecuencia para atender a este sector. De hecho, debieron transcurrir más de treinta años para que se descorriera el velo que ocultaban los hechos. ¿Por qué tuvo que pasar tanto tiempo -y tantas cosas- antes de llegar a esta instancia?

El Presidente de la República , don Ricardo Lagos , en su discurso a la nación en que dio a conocer parte del informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, preguntó, con razón: “¿Cómo pudimos vivir treinta años en silencio? A lo cual el mismo respondió: “No tengo respuesta para ello”. Agregó que, como en otras partes del mundo y en otros momentos de la historia, la razón no alcanza a explicar ciertos comportamientos humanos en los que predomina la crueldad. ¿Cómo explicar que el 94 por ciento de las personas detenidas señalaron haber sufrido torturas y prácticamente la totalidad de las 3.406 mujeres que prestaron testimonio ante dicha Comisión señalaron haber sido objeto de violencia sexual?

¿Qué sucede hoy? ¿Qué ocurrió con la democracia, que no posibilitó sacar a la luz estos antecedentes? ¿Acaso ella no implica la existencia de transparencia, libertad y condiciones legales necesarias para que concurrieran las circunstancias políticas que permitieran a la gente decir lo que al país le interesaba y necesitaba saber?

Pese a los años transcurridos y a que hay gente que quiere que eso se olvide, el horror que hoy producen las torturas sobre la sociedad tiene el mismo efecto que si éstas se hubieran conocido en días inmediatos a su ocurrencia. Es como si se hubieran cometido ayer.

A pesar de que existen pactos y declaraciones universales en materia de derechos humanos, que los gobiernos suscriben y acatan, nuestro país avanza mucho más lentamente que los tratados internacionales, porque muchos de ellos todavía no son aprobados por el Congreso Nacional.

Aparte de los agentes del Estado que detuvieron injustamente y que torturaron directa y despiadadamente, hubo instituciones que muchas veces contribuyeron al abuso, que posibilitaron la violación brutal de los derechos humanos y que permitieron la muerte, las ejecuciones y las desapariciones de personas. Los tribunales de justicia tienen responsabilidad en lo sucedido, porque pecaron de omisión al no acceder a los recursos de amparo, al no visitar los lugares de detención y por su relación amistosa con las autoridades del gobierno dictatorial. Dicha institución hoy no ha querido reconocer su responsabilidad, sino que se ha desentendido de ella, actitud contraria a la que ha adoptado el Ejército, institución directamente involucrada en esos hechos y que ha reconocido su responsabilidad. En cambio, la Corte Suprema reaccionó de manera pobre y egoísta, pues no pidió perdón ni ha hecho un mea culpa. ¡Qué cuesta hacerlo! ¡Si son palabras las que debe verter, no son acciones y no pesan!

Como un acto de nobleza, el presidente de la Asociación Nacional de Magistrados , señor Diego Simpertegui , hoy ha criticado la labor del Poder Judicial durante el régimen militar. Señaló: “Es evidente que no se les concedió a los hechos denunciados la gravedad que tenían y no se les prestó la atención ético-jurídica que merecían.” Expresó que los magistrados que intervinieron en causas en las que se denunciaron violaciones a los derechos humanos vieron su actuación enmarcada en el ámbito de la información oficial de la época, resultando su actuación insuficiente.

¡Cuántas vidas habríamos salvado y cuántas torturas se habrían evitado si el Poder Judicial , es decir, los ministros y jueces, hubiesen llegado a los lugares de detención secreta de la CNI o de la Dina!

Similar responsabilidad tienen los medios de comunicación, sobre todo cierta prensa que, incluso hoy, insiste en monopolizar la información y representar a un sector político y social. Todos la conocemos y sabemos quiénes son. ¿Por qué no informaron bien? ¿Por qué no dijeron la verdad? ¿Por qué no actuaron conforme a sus normas éticas y a su deber dentro de la sociedad de informar objetiva, veraz y oportunamente?

Hoy día, son valientes; publican todo. Y, ayer, ¿por qué no lo hicieron? ¿Qué pasó? ¿Se volvieron o se hicieron los locos? Nadie estaba en su lugar. Los poderes del Estado estaban intervenidos. Se dijo que no había independencia del Poder Judicial y que ahora tampoco la hay.

¿Cómo se puede decir que ahora no hay independencia si nuestra democracia ha permitido que todos los poderes y organismos del Estado funcionen como corresponde?

El informe reivindica el honor y memoria de las víctimas y rescata la dignidad herida y pisoteada.

Pero, ¿cómo reivindicar a los que no fueron capaces de soportar la tortura y fallecieron?

La reacción de la sociedad chilena, estupefacta, impresionada y conmovida, ha sido positiva para entender el daño moral y físico sufrido por las víctimas.

El informe contiene dos fondos importantes, con diferentes matices.

Primero, la parte moral.

Todos estamos de acuerdo en que se puede ir reparando.

Segundo, la parte monetaria o reparación patrimonial.

Nadie quiere vender su dolor, nadie pretende valorar en pesos cada segundo, hora o día de prisión; nadie quiere tasar la magnitud y naturaleza de los daños físicos o psíquicos. ¡Eso no tiene precio!

Sólo reparar y compensar el daño sufrido, como consecuencia de la inhabilidad física o psíquica, o reemplazar lo que no se pudo obtener como remuneración o como sueldo, por haber salido de sus puestos de trabajo, por la discriminación, por un mundo sesgado por la marginación,...

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Concluyó su tiempo, señor diputado .

El señor OJEDA .-

Termino, señor Presidente .

Incluso, para algunos, el hecho de haber sido detenido político y torturado es un impedimento o una traba.

Hoy, en democracia, ¿cuántos proyectos personales o familiares están frustrados?

El daño es irreparable. Pero el Estado debe compensarlos de alguna manera, como lo dispone el Pacto Internacional sobre la Tortura, en forma adecuada y necesaria, más que simbólica y austera, como lo indica el informe.

Queremos legislar para beneficiar a los afectados, como lo hicimos respecto de los exiliados y retornados, de los familiares de los detenidos desaparecidos y de los exonerados.

Al asumir su responsabilidad, el Estado responde, de una vez por todas para, de esa manera, sentir en verdad que nos estamos reencontrando.

Por lo tanto, seremos consecuentes. Vamos a aprobar un proyecto que conceda real justicia a ese grupo de chilenos, presos y torturados políticos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.

La señora ALLENDE ( doña Isabel).-

Señor Presidente , había pensado no hacer uso de la palabra, dado que el diputado señor Carlos Montes intervino en nombre de nuestra bancada y nos representó ampliamente, además de las palabras del diputado señor Fidel Espinoza , quien intervino con mucha dignidad.

Sin embargo, quiero alzar mi voz esta mañana, porque me es imposible no intervenir y también me es imposible no mencionar la conmoción que he sentido, lo difícil que es a veces no emocionarse cuando uno ha tenido que revivir, con amistades, con amigos y con gente muy cercana, el dolor y el sufrimiento; de escuchar testimonios sobre horas tan difíciles, momentos tan dramáticos, sufrimientos tan grandes, que faltan palabras para describirlo.

Pero también he decidido levantar mi voz, porque no puedo dejar de sentir que, más allá de que algunos intenten dar explicaciones, al final terminan justificando lo que no tiene justificación.

Quiero que quede claro que no sólo no hay justificación; que quede claro, también, que no hay empate moral; quiero que quede claro que no hay la misma responsabilidad de unos y otros; quiero que quede claro que aquí, algunos, hasta hace muy pocas horas, han intentado decir al país que no sabían nada, que nunca se enteraron, que no tuvieron la oportunidad de enterarse.

A estas alturas, un acto de dignidad, de madurez, es decir en esta Sala y al país que todo aquel que quería enterarse, por cierto que se enteraba, y aquellos que quisieron negarlo, por cierto que lo negaron; no levantaron la voz, fueron cómplices, permitieron que pasara lo que pasó y, hasta hace muy pocas horas, algunos de ellos todavía nos quieren convencer.

Por ejemplo, un ex ministro del Interior , actual senador, todavía nos quiere convencer, incluso, que ayudó a mejorar la situación de los derechos humanos y ha querido ignorar la responsabilidad que le cupo como Secretario de Estado de un régimen que no sólo violó los derechos humanos, sino que transformó el país, de Arica a Magallanes, en lugares de detención en los que se cometieron las peores torturas, las peores vejaciones, los peores crímenes que hemos conocido en la historia de nuestro país.

No sólo eso. Aquí también -y es legítimo, porque para eso es la democracia y ésta es una Cámara política- hemos escuchado a algunos que intentan dar cierto contexto a lo ocurrido; no sólo eso, sino que intentan acusar a un sector -y nos miran a nosotros- para decir que son responsables de lo que cosecharon por lo que sembraron.

Quiero esta mañana levantar mi voz para decir con claridad que es evidente que se vivía un contexto de polarización, que a fines de los años 60 y comienzos de los 70 las cosas no eran como ahora, pero también quiero decir con mucha claridad cómo la violencia en nuestro país se había instalado desde mucho antes.

Quiero recordar esta mañana las campañas del terror que empezaron en 1964; quiero recordar el financiamiento del diario “El Mercurio”; quiero recordar las mentiras, unas tras otras, que se empezaron a levantar ya en los años 60; quiero señalar cómo se asesinó al general Schneider sólo para que no asumiera el presidente que había sido elegido democrática y soberanamente por la voluntad popular.

-Aplausos.

¡Cómo pueden, entonces, algunos, pretender ignorar lo que ocurría! Cuando ya teníamos en nuestro país un movimiento como Patria y Libertad; cuando ya había en nuestro país atentados, cuando ya no sólo había asesinatos, sino voladuras de torres y muchos otros actos criminales que muchos de nosotros tuvimos que vivir.

¿Se puede, entonces, intentar señalar que la violencia vino sólo de nuestro lado? Con dolor, muchas veces, incluso los socialistas, hemos sido autocríticos, hemos reconocido errores, pero nunca vamos a aceptar ese empate moral que más de alguno quisiera en esta Sala, y cree que es posible. Nunca serán lo mismo las víctimas que los victimarios.

Deseo hacer un paréntesis doloroso, porque un colega hizo de su intervención un testimonio personal. Debo decirle que todos rechazamos y rechazaríamos un acto de violencia o de violación de derechos humanos en un gobierno democrático, como lo era el de Salvador Allende. La diferencia es que un caso aislado, doloroso, que no aceptamos y que nos duele, no fue una política sistemática como la que sí tuvo la dictadura militar, aplicada de Arica a Magallanes, hecha con recursos del Estado, con agentes del Estado, pagada por el Estado y, por cierto, con la complicidad de muchos civiles que estaban en el Gobierno, que instigaron el golpe y que por todos los medios empujaron a la situación que se vivía. Además, es absurdo ignorar o negar la intervención internacional, hoy ampliamente reconocida.

Quisiera pedir a ese colega, que tiene derecho a dar su testimonio personal, que no se equivoque. Eso no fue una política de Estado, y si hoy estamos tratando este proyecto como una consecuencia de la Comisión Valech, es porque fue una política de Estado, porque se ocuparon recursos públicos y porque se institucionalizó desde el primer día.

Pero, no sólo eso. Algunos colegas han dicho que querer justicia equivale poco menos que al odio y a la venganza. ¡Qué poca comprensión son capaces de demostrar ante sus propios conciudadanos! Durante 30 años miles de chilenos no sólo fueron asesinados, perseguidos y torturados, sino que se les humilló una y otra vez. ¿Alguien en esta Sala puede olvidar cuando a Augusto Pinochet Ugarte se le preguntó qué pensaba cuando en el patio 29 se encontraron restos de varias personas en una misma tumba, y su frase célebre fue: “Qué economía para el país”? ¿Podemos olvidar cuando se le preguntó sobre los derechos humanos, y contestó: “¿Qué es eso?”? ¿Podemos olvidar -lamentablemente las verdades hay que decirlas- cuando el actual presidente de un partido fue a Naciones Unidas, en su calidad de embajador, a decir que no existían los detenidos desaparecidos, que era una ficción y que la gente de izquierda andaba paseando con sus amantes en otros países? ¡Cuánta humillación han sufrido sus familiares durante todos estos años! ¡Cuántos años han tenido que pasar para que finalmente el Presidente Lagos fuera capaz de crear esta Comisión que, obviamente, es la continuación de un primer trabajo que partió con el Informe Rettig! ¡Cuánto silencio cómplice! ¡Cuánto decir -como tantas veces lo hemos escuchado en esta Sala- que hubo un “pronunciamiento”, no una “dictadura”; aquí se dice “exceso”, no “se asesinó”!

Este dolor, que embargó a tantos ciudadanos chilenos, a tantas familias, espero que nos enseñe, porque realmente no queda sino aceptar que las sociedades solamente pueden construir futuro, y sanarse si marchan sobre la verdad y la justicia. Obviamente eso es la reparación. Nada más perverso que informarnos a través del informe de la Comisión Valech. Nada más conmovedor y doloroso de escuchar.

Quiero agregar mi admiración a todas aquellas personas que concurrieron a la Comisión, que dieron su testimonio. El país les tiene que dar las gracias. Gracias a ello hoy podemos decir que más de 35 mil personas nos ayudaron a develar lo que se había ocultado cómplice y silenciosamente. ¡Gracias a esas personas! Hoy, incluso, según las encuestas, el 86 por ciento de la población cree absolutamente en la veracidad de esos testimonios. Gracias a ellos, vamos a poder enseñar a las nuevas generaciones lo que nunca más, bajo ninguna circunstancia, puede repetirse.

Por eso, debo decir que mi admiración no es sólo para quienes entregaron su testimonio. Así como la sociedad, sólo reconociendo sus errores y sus crímenes puede madurar y aprender ese “¡nunca más!”, también debo decir por cierto, no sólo a civiles, que fueron instigadores, colaboradores o silenciaron lo que ocurría, sino también a aquellos que tienen el monopolio de las armas, que jamás debieron atentar contra los derechos de las personas. Por eso, valoro el reconocimiento que ha hecho el comandante en jefe del Ejército; porque, justamente, se trata de que nunca más se pueda aceptar que, desde el punto de vista institucional, no se reconozca la responsabilidad ética en los asesinatos y las torturas. Además de reclamar contra aquellos civiles, espero que las otras Ramas de las Fuerzas Armadas comprendan que diciendo la verdad, enfrentando lo que ocurrió, ayudarán a esas futuras generaciones.

No me voy a referir mayormente a lo expresado en relación con el Poder Judicial , porque lo comparto. Pero con qué dolor hemos tenido que reconocer su enorme incapacidad de asumir una historia dolorosa para el país. No sólo discrepamos de su declaración, sino que no logramos entender por qué no quieren entender que si hubieran tenido otra conducta se habrían salvado muchas vidas humanas, y que jamás se puede justificar la abdicación de un Poder Judicial de hacer justicia, aun en circunstancias de dictadura. Espero que realmente esa sea la lección.

Junto con reconocer esos testimonios, me duele que con esta iniciativa no seamos todo lo generosos que debiéramos. No se trata de ser muy materialista. Aprecio el esfuerzo que se está haciendo, porque sobre todo debe ser una reparación moral, simbólica. Como decía una presa torturada: “Lo único que quiero es un certificado que diga que estuve detenida para que sea reconocida la responsabilidad.” Sin embargo, -reitero a los señores ministros y a mi Gobierno- como lo planteamos en la Comisión, y, ojalá, durante la tramitación seamos escuchados, la educación para los hijos de los torturados debe ser asegurada y lamento mucho que este proyecto no lo establezca.

Finalmente, espero que todos aquellos colegas que hoy han levantado la voz diciendo “¡nunca más!”, estén dispuestos a aprobar una reforma constitucional para permitir la aceptación por Chile de una corte penal internacional; que realmente seamos consecuentes y decir que nos interesa, que nos preocupa y que debemos velar por los derechos humanos para que nunca más se cometan crímenes de lesa humanidad.

He dicho.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Agradezco a los diputados Guillermo Ceroni, Gabriel Ascencio, Eugenio Tuma y Antonio Leal, por haber accedido a insertar sus discursos.

-El texto de los discursos cuya inserción se acordó, es el siguiente:

El señor TUMA.-

Señor Presidente, estimados colegas, a nombre de cada uno de sus diputadas y diputados, como jefe de la bancada de diputados del PPD, quiero valorar, la iniciativa y proactividad del Presidente Lagos en esta materia y la seriedad, la rigurosidad y profesionalismo del trabajo de sus comisionados, que como sabemos provienen de distintos sectores de pensamiento.

Tan sólo hace 6 meses o un año nadie imaginaba que era posible estar discutiendo una iniciativa de esta naturaleza. Hace tan sólo un año, las demandas que se comenzaban a traducir en plataformas reivindicatorias de las organizaciones de víctimas probablemente no eran escuchadas y eran rechazadas, hasta con cierto desdén por parte de algunos.

Hoy, estimados colegas, aprobando un proyecto de ley en tan corto plazo, estamos dando una señal importante a las generaciones que no conocieron directamente nuestra historia de atrocidades de hace tres décadas y además estamos enviando al mundo una señal de que en Chile, los derechos de las personas, y al hacernos cargo de nuestra historia, es un asunto que estamos dispuestos a hacer para construir una sociedad más sana, más integrada y más justa.

Hoy quiero recordar a los muchos que cayeron en medio del terror desatado. Quiero recordar a los que creyeron en un Chile más justo, que sufrieron la consecuencia de sus ideales. Los partidarios de la Unidad Popular, los obreros, los campesinos, los mapuches, los intelecturales y pequeños comerciantes que se sumaban a una fuerza social bajo el liderazgo del Presidente Allende , era gente sana, era gente buena, era gente decente, no eran criminales. La nobleza de sus actos y de sus ideas, parece que con tanto mea culpa de algunos, va quedando olvidada y yo, y la bancada del PPD, al menos, no la olvidamos. El golpe de Estado era evitable, la tortura y la prisión política eran evitables.

También quiero recordar esta mañana a quienes no tenían vínculo alguno con los procesos políticos de la época. Eran las personas que sufrían las consecuencias de delaciones falsas. Eran los involucrados por el odio que sentía hacia él, el vecino, el compañero de trabajo, el familiar inescrupuloso. Esa gente que sufrió más aún, porque ni siquiera tenía el consuelo de la conciencia política del luchador popular, hoy también esa gente debe estar presente en esta Sala.

Quiero recordar a los jóvenes de los años 70 y 80 que se alzaron contra un régimen injusto. A los resistentes, a los combatientes que no estaban dispuestos a seguir tolerando que se arrasaran los derechos de su pueblo. A ellos que sufrieron la crueldad de la CNI, quiero ponerlos también en el centro de este debate. Por su nobleza, por su entrega, por su combate en las calles, por su esfuerzo puesto en la organización del mundo popular, en las universidades, por gente como esa, hoy estamos aquí sentados, reconstruyendo la Patria herida.

Quiero, especialmente, recordar esta mañana a las víctimas de la novena Región. A muchos hombres y mujeres con quienes me he reunido y quienes me han expresado su demanda de una reparación más amplia e integral. Algunas de sus propuestas hoy están contenidas en este proyecto, otras, creo que deberán ser abordadas por la vía administrativa por parte del Gobierno. Algunos, por ejemplo, pertenecientes a comunidades mapuches, quedaron excluidos del reparto de tierras por estar presos, en los años de la demarcación. Ellos al salir de la cárcel se encontraron con que sus comunidades habían sido divididas y que la autoridad de la época lisa y llanamente no los consideró en la asignación de títulos. Hay que buscar un sistema que les permita a ellos también acceder a la tierra que ayer se les negó, privados de libertad, sin cargos, sin procesos y sin condenas.

Están también quienes quieren que la memoria histórica, que será el testimonio de la conciencia social chilena quede marcada, mediante el emplazamiento de memoriales, de placas recordatorias que llamen a la reflexión en cada uno de los centros de prisión y tortura.

Están también aquellos que legítimamente quieren que los beneficios económicos que se le ofrecen se adecuen a su realidad. Así los mayores, que ya no pueden seguir estudiando, quieren que las becas que se les han ofrecido puedan ser cedidas a sus hijos o nietos. Algunos que ya son propietarios de viviendas del sistema público, quieren, que se les condonen sus deudas, pues su casa, modesta, ya la han recibido pero no pueden pagarla. En fin, son todas situaciones que creo que con buena voluntad podrán ser abordadas por el Gobierno para lograr efectividad en las medidas reparatorias.

Señor Presidente , durante la discusión de este proyecto de ley, que insisto, esta bancada del PPD respalda en su conjunto, hemos hecho valer nuestra objeción a una de sus normas, el artículo 15, pues éste, podría generar impunidad en los hechores de estos horrendos crímenes. Ayer, en un largo debate en la Comisión de Derechos Humanos, hemos escuchado las razones del Gobierno y las hemos entendido. Se trata de salvaguardar el compromiso que el Estado de Chile asumió con las víctimas al momento de tomarles declaración en relación a los contenidos de sus declaraciones. Ese compromiso del Estado hay que cumplirlo, pero hay que cumplirlo sin que ello termine generando una protección indeseada para los hechores, sin que ello signifique limitar el derecho de algunos de obtener la tutela de sus derechos a la justicia y a la reconstrucción completa de la verdad.

Hemos presentado una indicación con la firma de las diputadas y diputados de la bancada de la Concertación, se pone en la justa medida: permite la comunicación de los antecedentes a los tribunales de justicia para que ejerzan sus funciones propias, que no pueden ser limitadas por la ley y al mismo tiempo, salva el derecho de las víctimas a la confidencialidad de sus datos peresonales. Sólo con su autorización podrá comunicarse a los tribunales su nombre y su relato, para servir en indagaciones judiciales, pero siempre, el relato, sin su nombre, podrá ser comunicado para que los tribunales mediante un cuaderno secreto registren dichos relatos para que esa parte de la verdad, sea transformada en verdad procesal y permita a los jueces ejercer el poder punitivo del Estado.

Señor Presidente . Nada repara el dolor, las horas de insomnio, el miedo, las pesadillas reiteradas de las víctimas. Que sea esta sesión, bien conducida, la oportunidad para que todos, respetemos al menos ese dolor de las víctimas ese es en sí mismo, un gran homenaje a la verdad a la reparación y a la justicia tan largamente esperada.

He dicho.

La señora VIDAL ( doña Ximena).-

Señor Presidente , es difícil ponerse de acuerdo en cuanto a las miradas y a los estilos, y a las formas de cómo queremos un mundo mejor, con más paz, justo y solidario.

Por eso existen diferentes líneas de pensamiento, esas diferencias nos dan la posibilidad de ejercer nuestra libertad, eligiendo en cual proyecto político social queremos estar y definiendo desde ¿dónde venimos? ¿porqué estamos en política? ¿para defender qué intereses? Y ¿hacian dónde vamos? Todas estas preguntas deben tener una clara respuesta de cada uno de nosotros en nuestra acción de vida de todos los días.

No se trata de perdonar: se trata de hacer justicia, aceptar la verdad, aunque duela, reparar en la medida de lo posible a las víctimas.

De eso se trata el proyecto que debatimos hoy. Como miles de familias de este país, la mía también fue víctima de la dictadura, sufrimos persecución y censura política. A pesar de todos los golpes recibidos, sobrevivimos y estamos queriendo construir un Chile mejor y estamos todos llamados a ejercer nuestras tareas para que eso ocurra.

Este proyecto de ley sobre reparaciones para las víctimas reconocidas por la Comisión Valech es una buena acción política, porque el estado de Chile, a través de sus poderes e instituciones, unas más y otras menos, están entregando más que señales, signos que muestran que hemos sido capaces de avanzar con la recuperación de la democracia que, queremos lograr. Este es un paso más, falta mucho por hacer, estamos claros, por eso hay que seguir trabajando.

Si hablamos de dignidad, debemos reconocer que este proyecto de ley dignifica a las víctimas, no sólo por los beneficios económicos que ayudan a entregarles algo más para mejorar la vida, pero la dignidad como sabemos es un valor humano, que no se vende ni se compra, que está fuera como lo sotros valores humanos, fuera de la economía de libre mercado, por suerte. Entonces no nos quedemos en la discusión del área chica, de la confidencialidad o la incompatibilidad, veamos el todo y eso es lo que debemos hacer hoy: Votar a favor este proyecto de ley para construir un país conectado profundamente con los valores humanos.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado señor Rossi.

El señor ROSSI.-

Señor Presidente , se ha hablado lo suficiente de la importancia del informe de la Comisión Valech, por su valor histórico y porque sabemos que la verdad en sí misma tiene un efecto reparador, y también tiene que ver con la justicia. Sin duda, conocer estos hechos y que los conozcan nuestros hijos y la juventud nos ayudará a tener la capacidad para construir un país donde la paz y la convivencia pacífica sean los pilares fundamentales.

Este proyecto sobre reparación otorga pensiones y beneficios en favor de las personas que indica.

Las reparaciones tienen tres dimensiones. La primera, tiene que ver con el aspecto institucional, claramente establecido con la creación del Instituto de Derechos Humanos.

Una segunda dimensión es la reparación colectiva, que tiene que ver con la reivindicación histórica de la dignidad de las personas que fueron víctimas de tortura y de prisión política. Por cierto, todo esto pasa por los mea culpa que han hecho diversas instituciones. Pero echamos de menos la misma actitud de parte de los civiles, quienes pueden tener mayor responsabilidad que las Fuerzas Armadas en las violaciones de los derechos humanos, pero no han tenido el mismo coraje para asumirla.

La tercera dimensión dice relación con la reparación individual. No sé por qué cuesta tanto hablar del aspecto económico, que es parte de la reparación y de la justicia. La reparación debe ser justa, integral y, como lo establecen la Comisión Internacional de Justicia y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, también debe ser adecuada. ¿Para qué? Para mejorar la calidad de vida de personas que hoy viven en una situación muy precaria. Según los datos que nos entregan las respectivas agrupaciones, existe gran cantidad de cesantes, muchos empleos informales y bajos ingresos familiares. Conocemos la precaria situación previsional en que se encuentran esas personas; incluso más, la inmensa mayoría de los ex presos políticos no tendrá una jubilación digna porque ni siquiera tienen los años de imposiciones necesarios para impetrar ese derecho. Sabemos que sólo un porcentaje muy pequeño tiene vivienda propia y que hay muchos que viven el drama de ser allegados.

Considero que si bien es cierto que algo se avanzó al no hacer incompatibles el beneficio del bono de 3 millones de pesos con las pensiones otorgadas a los ex presos políticos, a los exonerados o a otras víctimas de violación de los derechos humanos, sin duda, las reparaciones son independientes, porque tienen un origen distinto, la génesis del daño es diferente.

Por otro lado, quiero hacer un llamado a los senadores, porque creo que es posible avanzar un poco más.

Nosotros presentamos una indicación al artículo 11, que se refiere a los beneficios educacionales. En realidad, resulta irrisorio porque, en la práctica, muchas víctimas que en la actualidad son adultos mayores no podrán hacer uso del beneficio educacional que se les otorga.

Por lo tanto, si realmente queremos entregar una reparación en el ámbito educacional, ¿por qué no establecemos que la víctima, es decir, el causante, designe a un hijo o hija, a un nieto o nieta, para que haga uso del beneficio? De lo contrario, es fácil pensar que se entregará un beneficio que no podrá ser utilizado en la práctica, porque según el informe de la Comisión Valech, el 91 por ciento de quienes calificaron tienen sobre 51 años, de los cuales el 40 por ciento son adultos mayores. Entonces, me pregunto, ¿cómo podrán reanudar sus estudios y volver a universidades que ni siquiera existen?

Por eso, hago un llamado al Ejecutivo para que, al menos, considere una modificación en relación con este punto, que considero crucial. Ojalá que esta tarde, en el Senado, los senadores sean capaces de lograr que este beneficio pueda ser transferido a los hijos o a los nietos de las víctimas.

Finalmente, espero que este proyecto sirva para que vayamos sanando las heridas; pero ellas se sanarán con la verdad y la justicia. Asimismo, hago un llamado a tantos civiles que tuvieron responsabilidad política o, tal vez, mucho mayor, para que la reconozcan, y les digo que pedir perdón no degrada, sino que engrandece.

He dicho.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Por último, tiene la palabra, por cinco minutos, la presidenta de la Comisión, diputada señora Laura Soto.

La señora SOTO (doña Laura).-

Señor Presidente , junto con verme en la obligación de acortar mi discurso, deseo hacerme eco de la petición relacionada con la educación y de lo planteado por el diputado señor Valenzuela , en cuanto a la creación de un fondo especial para las víctimas que se encuentran en una situación más precaria.

Quiero referirme a algunos aspectos sustanciales del proceso. Soy una abogada defensora de los derechos humanos y conozco a las víctimas, su dolor y sus esfuerzos, siempre íntegros, por conocer la verdad y la justicia.

Por eso, el debate en la Comisión se centró en el artículo 15, disposición que, a nuestro juicio, con la actual redacción propuesta por el Ejecutivo , tiene visos de abierta inconstitucionalidad, por limitar los atributos de la jurisdicción y la función jurisdiccional de los tribunales ordinarios de justicia.

Nuestra carta fundamental asegura a los tribunales la exclusividad para conocer, fallar y ejecutar lo juzgado. El acto de conocer, en materia penal, y en el antiguo sistema aplicable a estas causas, supone el indagar los hechos que revistan caracteres de delitos, como son estos casos de tortura. Creemos que limitar esta posibilidad con una cláusula de cierre de la información, como ocurre con el artículo 15, inciso tercero, contraría la norma constitucional que hace prevalecer los tratados internacionales sobre derechos humanos.

Hoy, el derecho internacional sobre derechos humanos, integrado a nuestro ordenamiento constitucional, nos impone obligaciones, y entre ellas la de enjuiciar a los torturadores. No hacerlo significaría violar los tratados, entre ellos el Pacto de San José de Costa Rica, la Convención de Derechos Humanos de Naciones Unidas y el Pacto contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes. Si así ocurriera, Chile podrá ser llevado a los foros internacionales, arriesgando su responsabilidad de derecho internacional público.

Hago este alcance porque si no somos capaces de innovar en la propuesta del Ejecutivo , salvaguardando el accionar de los tribunales y la plena vigencia del derecho internacional, esta parte del proyecto no podría ser aprobada por ningún motivo en su trámite de control previo de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional. La supremacía constitucional es absoluta; no respetarla significa, lisa y llanamente, cuestionar todo nuestro estado de derecho.

En conjunto con diputados de mi bancada y de otras bancadas de la Concertación, hemos redactado una indicación que pretende conciliar dos valores que aparecen contrapuestos, y relacionados con el artículo 15. Por una parte, el valor de la persecución criminal legítima, necesaria y obligatoria y, por otra, el valor de la privacidad de las personas y de la fe pública, pues estas declaraciones de las victimas se recibieron, según nos han expresado, en calidad de confidenciales. No queremos que quien no quiera ser identificado como víctima de abusos sea expuesto a la vergüenza y al oprobio de terceros, incluyendo a su familia, si no quiere que se conozcan las atrocidades que vivió. Hay que respetar su voluntad. Esto es especialmente sensible en el caso de muchas mujeres que sufrieron toda clase de apremios que afectaron lo más íntimo de su ser. Sin embargo, tampoco queremos que ese resguardo de las víctimas se convierta, por efectos del proyecto, en resguardo para los victimarios. Quiero decir al Gobierno que no podemos ni queremos amparar a los violadores.

Defiendo a una madre que fue detenida a los 15 años, fue violada y fruto de ese acto tuvo un hijo. Respeto su voluntad, pero lo que no podemos hacer es amparar a ese torturador. Le pregunto al Gobierno, ¿qué pasaría si ese violador, encumbrado a las más altas esferas del poder, fuera enviado en una misión especial al extranjero? ¿Cómo quedaríamos? La comunidad internacional nunca nos perdonaría eso.

Nuestra propuesta es simple: dividir, separar el relato de la identificación de la persona que lo narró; que quede sólo lo que ella quiera expresar, cuando lo autorice. Esta solución salvaguarda los principios en juego y, de aprobarse, impediría que se establezca esta cláusula de cierre de la información que, en el fondo, lo único que logra es impedir que la verdad sirva para reconstruir más verdad y, a partir de ella, lograr justicia. Confiamos en que esta indicación tendrá el apoyo de todos; en caso contrario, no concurriremos con nuestro voto favorable, al menos de la que habla y de gran parte de la bancada del PPD, a la aprobación del mencionado artículo 15 en los términos propuestos por el Ejecutivo .

Finalmente, no quiero dejar de mencionar un hecho producido a partir de un alegato en la sala penal de la Corte Suprema. Me refiero al intento de la defensa de violadores de los derechos humanos de hablar de prácticas sistemáticas de adoctrinamiento del personal militar que cometió tales abusos, como una forma de echar por tierra la antijuridicidad de sus acciones. Ese alegato que, desde un punto de vista jurídico, podría ser legítimo, desde una perspectiva ética resulta cuestionable e ilegítimo.

Por lo tanto, haciendo estas observaciones, anunciamos nuestro voto afirmativo al proyecto, con excepción del artículo 15, respecto del cual hemos presentado indicaciones.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el ministro del Interior, señor José Miguel Insulza.

El señor INSULZA ( ministro del Interior ).-

Señor Presidente , para que no se crea un privilegio especial, quiero precisar que había manifestado mi intención de hacer uso de la palabra una vez finalizado el debate.

Dado lo avanzado de la hora, sólo me referiré a algunos aspectos del proyecto.

Pero antes es fundamental reconocer el valor que tiene el hecho de que esta Comisión haya funcionado en la forma en que lo hizo. Por una decisión del Presidente de la República , no existía otra obligación que no fuera ética de constituir esta Comisión en la forma en que se hizo. Y si el Presidente decidió hacerlo así, fue porque consideró que la enorme cantidad de esfuerzos que hemos hecho para hacer verdad y conocer el drama que el país vivió especialmente durante los primeros años del gobierno militar, no habían sido suficientes. Sin embargo, sin abordar un tema que muy pocos han abordado -cuando se habla del mundo entero, se olvida que prácticamente nadie ha estudiado este tema con la prolijidad y acuciosidad con que lo hemos hecho en Chile- decidimos encargar a personas independientes, no ligadas al Gobierno, la gran tarea de elaborar un informe sobre la prisión política y la tortura.

Creo que cuando se cuestionan determinados beneficios que entrega el proyecto, no se puede dejar de lado la opinión y la visión de quien lanzó esta gran iniciativa, el Presidente Ricardo Lagos, sin cuya decisión personal, nada de lo que estamos discutiendo hoy habría sido posible. Ahora, esto me sirve como antecedente fundamental para señalar que la petición del Ejecutivo a todos los diputados, tanto de la Concertación -nuestra alianza de Gobierno- como de la Oposición, es que aprueben este proyecto en su integridad. El Presidente de la República no lo envió ni propuso la creación de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura para provocar divisiones entre nosotros, sino para llegar a un acuerdo con el conjunto del país -sobre la base de los antecedentes que figuran en ese documento que se ha publicado- respecto del horror que significó la tortura y la prisión.

Aquí se ha dicho que es legítimo discutir acerca de las causas que llevaron al golpe militar de septiembre de 1973. No nos engañemos. Probablemente nunca nos pondremos de acuerdo respecto de la calificación de esas causas. Pero sí podemos ponernos de acuerdo en rechazar los horrores que se cometieron con posterioridad al golpe. A eso se refiere el informe de la Comisión de Nacional sobre Prisión Política y Tortura.

¿Por qué fue posible ese informe? Lo fue gracias a los términos en que el Presidente de la República dictó el decreto que generó la comisión. En ese sentido, quiero referirme al secreto y la confidencialidad. El Presidente creó la comisión con ese carácter. No fue una comisión investigadora, ni una instancia judicial. Fue un ámbito en el cual un grupo de personas escuchó, de manera confidencial, lo que querían testimoniar quienes sufrieron la tortura y la prisión.

Estamos convencidos de que el éxito de la comisión, traducido en el informe y en el envío de este proyecto, está en gran medida vinculado a la confidencialidad y reserva con que desde su creación se revistieron sus actuaciones. Quienes testimoniaron ante ella podrán desmentirme. A cada persona que se presentó ante esa instancia se le dijo, antes de que iniciara su declaración sobre lo que le había ocurrido, que todo lo que señalara sería mantenido en secreto.

(Manifestaciones en tribunas).

Ustedes saben que fue así. Esa reserva, esa confidencialidad, permitió que las personas afectadas encontraran ahí un espacio de acogida y de consideración hacia sus dolorosos testimonios y experiencias. Esos elementos fueron indispensables para crear este clima de confianza.

No obstante lo anterior y sin perjuicio de que el decreto fue dictado en esa condición -así figura en su texto-, reconocemos plenamente el derecho de las personas afectadas, que declararon o no declararon ante la comisión. Eso no es requisito para acceder a la justicia.

Si lo estiman conveniente, pueden recurrir a la justicia y entregar su testimonio; aportar los mismos documentos y citar a los testigos que crean necesarios. Pero lo que no podemos hacer es no honrar la confianza que las víctimas depositaron en la Comisión. No es una obligación de las víctimas, sino del Estado.

(Manifestaciones en tribunas).

Y no se trata de que algunos, por mayoría o como sea, puedan decidir por otros. A la gente le prometimos confidencialidad y entregaron sus testimonios en esa creencia. El Presidente de la República no está disponible para traicionar la confianza que en él depositaron.

-Manifestaciones en tribunas.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Los asistentes a las tribunas deben abstenerse de hacer manifestaciones.

El señor INSULZA ( ministro del Interior ).-

Insisto, quien quiera recurrir a los tribunales de justicia, podrá hacerlo, pero no puede pedir que el Presidente de la República y el Congreso Nacional cambien ahora los términos en que se constituyó la comisión. Los términos fueron esos, y se les prometió que los testimonios entregados serían reservados y confidenciales. Así permanecerán y no serán conocidos por autoridad alguna.

(Manifestaciones en tribunas).

Es decir, tampoco habrá una autoridad que los examine, discrimine y resuelva sobre ellos. La garantía que todos tienen -no sólo quienes están aquí- es que permanecerá en la confidencialidad lo que dijeron. ¿Esto limita a las personas que quieran acudir a la Justicia? Desde luego que no. Pueden llevar su testimonio. Por lo demás, así lo establece la ley; hace esa reserva.

(Manifestaciones en tribunas).

Pero, repito, la comisión no era una instancia judicial ni investigadora. Hizo la tarea que el Presidente de la República le encomendó, cual fue recabar testimonios confidenciales y, sobre la base de ellos, elaborar el informe que el país conoció.

Por lo tanto, insisto en la petición formal hecha por instrucción del Presidente de la República , en el sentido de que el artículo 15 sea votado en la forma en que ayer fue acordado por la Comisión.

(Manifestaciones en tribunas).

Pero hay otras indicaciones. Por ejemplo, una que establece que tendrán derecho a la pensión, más los bonos correspondientes, todas las personas que figuren en la nómina entregada por la comisión.

También hay casos de personas que testificaron, pero respecto de las cuales la comisión no se formó convicción. Sin embargo, están siendo reconsideradas, por lo que podrían ser agregadas a la lista de beneficiados.

Ahora bien, podría darse el caso de que una persona decida no solicitar el beneficio, pero si lo pide, aunque sea al día siguiente de publicada la ley, comenzará a recibir los fondos al mes subsiguiente de presentada la solicitud. En consecuencia, la indicación en cuanto a que sea automática, a mi juicio, es improcedente, porque quien quiera la pensión la tendrá de manera inmediata y sin más trámite. Y si por algún motivo hubiera alguna demora, recibirá la totalidad del dinero, desde el momento en que la pensión fue devengada.

-Manifestaciones en tribunas.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Ruego a los asistentes a las tribunas guardar silencio.

El señor INSULZA (ministro del Interior).-

En segundo lugar, hay una proposición en materia de educación.

Según nos informó la Comisión Nacional sobre Política y Tortura, durante sus testimonios -insisto en que nosotros no hemos visto ni veremos nunca ningún testimonio- algunas personas manifestaron, que querían continuar sus estudios a pesar de su edad y del tiempo transcurrido. Eso está contenido en el proyecto.

Hay gente que, por el drama que sufrió, por la interrupción de sus vidas y por las dificultades económicas que luego experimentó, puede tener dificultades para costear la educación de sus hijos. Hoy, el Estado tiene los instrumentos necesarios para acudir en su auxilio con becas. Pero en ese caso necesariamente debe existir una instancia discriminatoria entre quienes pueden pagarla y quienes no.

Las becas que entrega el Estado están establecidas en función de reglamentos que privilegian la falta de recursos para hacerlo. Y nosotros estamos dispuestos a incluir dentro de esos reglamentos las normas que consideren la prisión y la tortura como un antecedente para recibirlas, en la medida en que las personas demuestren que no tienen otra forma de costear la educación. Por lo tanto, no es necesario legislar sobre esa materia, porque -reitero- los instrumentos estatales existen.

Finalmente, el Ejecutivo presentó una indicación para modificar el artículo 2º transitorio, que se refiere a las personas que están siendo recalificadas. Pero no son las personas que dieron antecedentes hasta el momento en que se entregó el informe, ya que el plazo estaba cerrado desde mucho antes y esos antecedentes no podían entregarlos, sino las que entregaron antecedentes dentro del plazo fijado por el decreto que creó la comisión y los decretos posteriores. Y ésa es la enmienda, estrictamente formal, al artículo 2º transitorio.

Este proyecto de ley será un beneficio real para muchas personas. Ciertamente, ante el drama que se vivió no caben equivalencias materiales o monetarias, pero sí la posibilidad, de manera reparatoria, de mejorar, en alguna medida, la vida de quienes sufrieron la prisión y la tortura. Este proyecto cumple esa función.

El objetivo principal de la Comisión Valech era que se reconociera por parte de la sociedad chilena la injusticia que sufrió esa gente. Nosotros creemos que esa misión o tarea encomendada por el Presidente de la República está cumplida.

Por lo tanto, espero que los diputados de Gobierno y de la Oposición aprueben el proyecto del Presidente de la República.

Por último, reitero, el Presidente de la República , al crear la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, comprometió el secreto de los testimonios.

(Manifestaciones en tribunas).

Así se les manifestó a las víctimas que concurrieron. Honremos ese compromiso, porque es lo que corresponde hacer en este momento.

Muchas gracias.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Carlos Montes.

El señor MONTES.-

Señor Presidente , los diputados Patricio Hales , Antonio Leal , Sergio Aguiló y quien habla estamos incluidos en la lista de presos políticos y torturados y, por lo tanto, estamos inhabilitados para votar el proyecto, en virtud del artículo 145 del Reglamento.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Gracias, señor diputado. Se ha tomado debida nota de ello.

(Manifestaciones en las tribunas).

Ruego a los asistentes en tribunas guardar silencio.

Tiene la palabra el diputado Sergio Aguiló.

El señor AGUILÓ .-

Señor Presidente , el diputado Carlos Montes tiene razón. Todos los artículos se refieren a beneficios y, de acuerdo con nuestras disposiciones, los diputados que él acaba de nombrar nos abstendremos de votar, salvo en el artículo 15, que se refiere a un tema general, al rol de la justicia y a las indicaciones que se puedan presentar durante el trámite.

El señor LORENZINI (Presidente).-

En votación general el proyecto de ley. Se requiere quórum simple.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 3 abstenciones.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi, Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Allende (doña Isabel), Ascencio, Barros, Becker, Burgos, Bustos, Caraball ( doña Eliana), Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cristi ( doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Forni, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García-Huidobro, Girardi, González (doña Rosa), González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hernández, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Kast, Kuschel, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longueira, Lorenzini, Luksic, Martínez, Masferrer, Melero, Mella ( doña María Eugenia), Meza, Monckeberg, Mora, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (don Adrián), Norambuena, Ojeda, Ortiz, Palma, Paredes, Paya, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez ( doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Seguel, Sepúlveda ( doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Uriarte, Valenzuela, Vargas, Venegas, Vidal (doña Ximena), Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Bertolino, Espinoza y Navarro.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Queda aprobado en particular el resto del articulado respecto del cual no hay indicaciones.

Las diputadas señoras Muñoz, doña Adriana, y Soto, doña Laura, y los diputados Leal, Tuma, Meza, Villouta, Letelier, don Juan Pablo; Pérez y Robles han presentado una indicación en el sentido de agregar, al final del artículo 1º, la siguiente oración: “La pensión se otorgará de manera automática a las personas acreditadas en dicha lista.”

La señora MUÑOZ (doña Adriana).-

Señor Presidente , quiero plantear los fundamentos de esta indicación.

Nuestra experiencia como legisladores, después de haber aprobado tres leyes a favor de los exonerados políticos, es que, posteriormente, el espíritu de éstas se desvirtúa en las oficinas administrativas de los distintos ministerios y en los tribunales de justicia, debido a las interpretaciones que de ellas se hacen. La indicación no provocará impacto económico. Sabemos lo que hoy sucede en el Ministerio del Interior en que nadie sabe cómo está la tramitación de los casos de exonerados políticos, sobre todo, después de que el señor Humberto Lagos abandonara su cargo. Reitero, la indicación tiene un carácter netamente administrativo y podría decirse: “Una vez solicitada, será automática”. El temor es que los exonerados, otra vez, tengan que ir a registrarse, a mostrar sus papeles y a realizar ese trámite eterno al que hoy están sometidos miles de ellos.

He dicho.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Gracias, señor ministro por su alcance, pero la indicación no ha sido retirada.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 27 votos; por la negativa, 59 votos. Hubo 6 abstenciones.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi, Allende ( doña Isabel), Bustos, Encina, Girardi, González (don Rodrigo), Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Meza, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Ojeda, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Robles, Saa (doña María Antonieta), Sepúlveda ( doña Alejandra), Soto (doña Laura), Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Valenzuela, Venegas, y Villouta.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Ascencio, Barros, Becker, Bertolino, Burgos, Caraball ( doña Eliana), Cardemil, Cornejo, Correa, Cristi ( doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Dittborn, Egaña, Errázuriz, Forni, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García-Huidobro, González ( doña Rosa), Guzmán (doña Pía), Hernández, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Kast, Kuschel, Longueira, Luksic, Martínez, Masferrer, Melero, Mella ( doña María Eugenia), Monckeberg, Mora, Moreira, Norambuena, Ortiz, Palma, Paredes, Paya, Pérez (don Ramón), Pérez ( doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Recondo, Riveros, Rojas, Saffirio, Salaberry, Seguel, Silva, Tapia, Uriarte, Vargas, Von Mühlenbrock y Walker.

-Se abstuvieron lo diputados señores:

Ceroni, Espinoza, Navarro, Quintana, Rossi y Vidal (doña Ximena).

Tiene la palabra el diputado Forni.

El señor FORNI.-

Señor Presidente , me gustaría que la Mesa se pronunciara sobre la admisibilidad de esa indicación.

El señor LORENZINI (Presidente).-

La hemos considerado admisible, señor diputado. Por eso la votaremos.

Tiene la palabra el diputado Burgos.

El señor BURGOS .-

Señor Presidente , esa indicación, que parece razonable, choca con otros artículos que aprobamos en cuanto a que las personas incorporadas en esa lista deben solicitar la pensión y se establece que se devengará a contar de la publicación en el Diario Oficial. Entonces, no sé si se modifican esos artículos y me gustaría conocer la opinión del ministro de Hacienda al respecto.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Dittborn para plantear un punto de Reglamento.

El señor DITTBORN .-

Señor Presidente , en relación a la afirmación del diputado Burgos , el otorgamiento de este beneficio incide claramente sobre la administración financiera del Estado. Por eso, me gustaría que la Mesa clarificara la admisibilidad de la indicación.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el señor ministro.

El señor EYZAGUIRRE ( ministro de Hacienda ).-

Señor Presidente , al parecer, hay un malentendido. La pensión se otorgará en forma enteramente automática y basta con que se solicite. De lo contrario, se la estaría imponiendo a la persona que la reciba independientemente de su voluntad.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Entonces, pareciera que la indicación está de más.

Tiene la palabra la diputada Adriana Muñoz.

-Aplausos.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el señor ministro.

El señor EYZAGUIRRE ( ministro de Hacienda ).-

Señor Presidente , este tema se analizó con detalle en la Comisión. Insisto en que la pensión se entregará de manera absolutamente automática. Desde el momento en que se la solicita, el Estado contrae inmediatamente la obligación. No puede haber demora de ninguna especie. Si esta indicación prospera producirá problemas administrativos, de compatibilidad y de inconstitucionalidad, ya que esta materia es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

La diputada Ibáñez, doña Carmen, y los diputados señores Cardemil, Salaberry, Egaña, Ulloa, Norambuena, Álvarez-Salamanca, Galilea, don Pablo y Errázuriz, han presentado una indicación para agregar, al final del artículo 1º, la siguiente oración: “y que no hayan sido condenados por crímenes y delitos de carácter terrorista o que hayan afectado la integridad física de las personas.”

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 44 votos; por la negativa, 53 votos. No hubo abstenciones.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Barros, Becker, Bertolino, Cardemil, Correa, Cristi ( doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Dittborn, Egaña, Errázuriz, Forni, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García-Huidobro, González ( doña Rosa), Guzmán (doña Pía), Hernández, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Kast, Kuschel, Longueira, Martínez, Masferrer, Melero, Monckeberg, Moreira, Norambuena, Palma, Paya, Pérez (don Ramón), Pérez ( doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Recondo, Rojas, Salaberry, Uriarte, Vargas y Von Mühlenbrock.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi, Aguiló, Allende ( doña Isabel), Ascencio, Burgos, Bustos, Caraball ( doña Eliana), Ceroni, Cornejo, Encina, Escalona, Espinoza, Girardi, González (don Rodrigo), Hales, Jaramillo, Jarpa, Leal, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Lorenzini, Luksic, Mella ( doña María Eugenia), Meza, Montes, Mora, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Ojeda, Ortiz, Paredes, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Quintana, Riveros, Robles, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Seguel, Sepúlveda ( doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Valenzuela, Venegas, Vidal (doña Ximena), Villouta y Walker.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Habiéndose rechazado las indicaciones presentadas al artículo 1º, corresponde votarlo con su redacción original.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 87 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi, Alvarado, Álvarez, Allende ( doña Isabel), Ascencio, Barros, Becker, Burgos, Bustos, Caraball ( doña Eliana), Ceroni, Cornejo, Correa, Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Forni, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García-Huidobro, Girardi, González (doña Rosa), González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Kast, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longueira, Lorenzini, Luksic, Martínez, Masferrer, Melero, Mella ( doña María Eugenia), Meza, Monckeberg, Mora, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Ortiz, Palma, Paredes, Paya, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez ( doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Seguel, Sepúlveda, Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Uriarte, Valenzuela, Vargas, Venegas, Vidal (doña Ximena), Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Bertolino y Espinoza.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Hay una indicación al artículo 11. No obstante que fue declarada inadmisible, a solicitud de algunos señores diputados, pido al señor Secretario que le dé lectura

El señor LOYOLA ( Secretario ).-

Indicación de los diputados señores Meza, Rossi, Aguiló; de la diputada señora Soto, doña Laura; del diputado señor Ascencio y de la diputada señora Allende, doña Isabel, para agregar el siguiente inciso, nuevo, en el artículo 11: “Dicho beneficio podrá ser transferido a un hijo o hija o nieto o nieta designado por la víctima.”

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Hay otra indicación al artículo 15 de las diputadas señoras Allende, doña Isabel; Muñoz, doña Adriana, y Soto, doña Laura, y de los diputados señores Meza, Burgos, Leal, Tuma, Ceroni, Aguiló, Jaramillo, Letelier, don Felipe; Venegas, Saffirio, Accorsi, Tarud, Robles y Bustos.El señor Secretario le va a dar lectura.

El señor LOYOLA (Secretario).-

La indicación es al inciso tercero del artículo 15, para eliminar la expresión “o magistratura” y agregar la siguiente oración, pasando el punto final a ser punto seguido:

“Con todo, los Tribunales de Justicia, en el ejercicio de sus atribuciones, podrán requerir antecedentes específicos que consten o pudieren constar en las actas que recogen los testimonios de los deponentes ante la Comisión.

La entidad a cargo de la custodia de esta información deberá requerir de la víctima que compareció a suministrarla su consentimiento expreso de que sus datos personales sean puestos en conocimiento de la autoridad judicial requirente. En todo caso, siempre se podrá comunicar a la justicia el relato íntegro sin identificar a la persona física de la víctima. Esta información será, en ambos casos, incorporada a los respectivos procesos a través de un cuaderno especial de carácter secreto.

Asimismo, siempre el tribunal podrá requerir los documentos y antecedentes entregados por la víctima, sin limitación alguna.”

El señor LORENZINI (Presidente).-

En votación la indicación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 53 votos. Hubo 5 abstenciones.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi, Aguiló, Allende ( doña Isabel), Ascencio, Bustos, Ceroni, Encina, Girardi, González (don Rodrigo), Hales, Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Leal, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longton, Luksic, Meza, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Ojeda, Paredes, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Robles, Rossi, Saffirio, Soto (doña Laura), Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Valenzuela y Venegas.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alvarado, Álvarez, Barros, Becker, Bertolino, Burgos, Caraball ( doña Eliana), Cardemil, Cornejo, Correa, Cristi ( doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Dittborn, Egaña, Errázuriz, Escalona, Forni, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García-Huidobro, González ( doña Rosa), Guzmán (doña Pía), Hernández, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Kast, Kuschel, Longueira, Martínez, Masferrer, Melero, Mella ( doña María Eugenia), Mora, Moreira, Norambuena, Ortiz, Palma, Paya, Pérez (don Ramón), Pérez ( doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Recondo, Rojas, Salaberry, Sepúlveda ( doña Alejandra), Tapia, Uriarte, Vargas, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Espinoza, Navarro, Quintana, Saa (doña María Antonieta) y Vidal (doña Ximena).

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Hay otra indicación al artículo 15. Proviene de la Comisión de Hacienda y tiene por objeto agregar, al final de dicha disposición, la frase: “o del artículo 303 del Código Procesal Penal, según corresponda.”

Para explicar el sentido de la indicación, tiene la palabra el diputado Camilo Escalona.

El señor ESCALONA.-

Señor Presidente , esta indicación fue incorporada a proposición de la Secretaría de la Comisión y aprobada por unanimidad, incluso por el Ejecutivo , por cuanto, como es sabido, en algunas regiones ya se encuentra en aplicación la reforma procesal penal.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Sobre el mismo punto, tiene la palabra el diputado señor Burgos.

El señor BURGOS .-

Señor Presidente , todos estos hechos, cualquiera sea la región en que se traten, se rigen por el procedimiento antiguo. En consecuencia, la indicación es innecesaria.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Señor diputado , la aclaración es válida, pero la indicación fue presentada y hay que votarla.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 61 votos; por la negativa, 27 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi, Alvarado, Álvarez, Allende ( doña Isabel), Ascencio, Barros, Becker, Correa, Cubillos (doña Marcela), Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Forni, García-Huidobro, Girardi, González (doña Rosa), González (don Rodrigo), Hernández, Jaramillo, Jeame Barrueto, Kast, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Lorenzini, Luksic, Masferrer, Melero, Meza, Montes, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Ortiz, Palma, Paredes, Pérez (don José), Pérez ( doña Lily), Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Seguel, Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Uriarte, Valenzuela, Venegas y Von Mühlenbrock.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Bertolino, Burgos, Caraball ( doña Eliana), Cardemil, Ceroni, Cornejo, Cristi ( doña María Angélica), Delmastro, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), Guzmán (doña Pía), Ibáñez (doña Carmen), Kuschel, Longton, Martínez, Mella ( doña María Eugenia), Mora, Paya, Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Prieto, Sepúlveda ( doña Alejandra), Urrutia, Vargas, Villouta y Walker.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Espinoza y Vidal (doña Ximena).

El señor LORENZINI (Presidente).-

En votación el resto del artículo 15.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos; por la negativa, 9 votos. Hubo 10 abstenciones.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alvarado, Álvarez, Barros, Becker, Burgos, Bustos, Caraball ( doña Eliana), Correa, Cristi ( doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Forni, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García-Huidobro, González ( doña Rosa), González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hernández, Ibáñez ( doña Carmen), Jeame Barrueto, Kast, Longueira, Lorenzini, Luksic, Masferrer, Melero, Mella ( doña María Eugenia), Moreira, Mulet, Muñoz (don Pedro), Norambuena, Ojeda, Ortiz, Palma, Paredes, Paya, Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez ( doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Rojas, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Sepúlveda ( doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tohá (doña Carolina), Uriarte, Urrutia, Vargas, Vidal (doña Ximena), Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Accorsi, Girardi, Hales, Jaramillo, Letelier (don Felipe), Muñoz (doña Adriana), Tarud, Tuma y Valenzuela.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Allende ( doña Isabel), Ascencio, Bertolino, Ceroni, Espinoza, Leal, Letelier ( don Juan Pablo), Navarro, Rossi y Seguel.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Se ha formulado indicación para agregar un artículo 17, nuevo.

El señor Secretario le dará lectura.

El señor LOYOLA ( Secretario ).-

Indicación de los honorables diputados señores Muñoz, don Pedro; Rossi, Aguiló, Escalona, Espinoza; Allende, doña Isabel, y Navarro“Artículo 17.- Los hijos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos individualizas en los anexos “Listados de prisioneros políticos y torturados” y “Menores de edad nacidos en presión o detenidos con sus padres” de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, estarán exentos de realizar el servicio militar obligatorio.”

El señor LORENZINI (Presidente).-

En votación la indicación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 63 votos; por la negativa, 10 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi, Aguiló, Allende ( doña Isabel), Ascencio, Becker, Burgos, Bustos, Caraball ( doña Eliana), Ceroni, Cubillos (doña Marcela), Encina, Escalona, Espinoza, García (don René Manuel), García-Huidobro, Girardi, González (don Rodrigo), Hernández, Ibáñez ( doña Carmen), Jarpa, Jeame Barrueto, Kast, Leal, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Lorenzini, Luksic, Mella ( doña María Eugenia), Meza, Montes, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Ojeda, Ortiz, Paredes, Pérez (don José), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Riveros, Robles, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Seguel, Sepúlveda ( doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Uriarte, Valenzuela, Venegas, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Álvarez, Cristi ( doña María Angélica), Dittborn, Egaña, Errázuriz, Guzmán (doña Pía), Kuschel, Melero, Mora y Pérez (don Aníbal).

-Se abstuvieron los diputados señores:

Alvarado, Barros y Forni.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Hay indicación del Ejecutivo al artículo segundo transitorio.

El señor Secretario le dará lectura.

El señor LOYOLA ( Secretario ).-

Indicación de su Excelencia el Presidente de la República para modificar el artículo segundo transitorio, de la siguiente manera:

“a) Agrégase la siguiente oración, después de la expresión “antecedentes”: “, durante el plazo fijado para tal efecto,”.

b) Suprime la expresión “con anterioridad a la entrega del informe sobre Prisión Política y Tortura al Presidente de la República ”.

El señor LORENZINI (Presidente).-

En votación la indicación del Ejecutivo.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 73 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 3 abstenciones.

El señor LORENZINI ( Presidente ).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi, Alvarado, Álvarez, Allende ( doña Isabel), Ascencio, Barros, Becker, Burgos, Caraball ( doña Eliana), Ceroni, Cornejo, Correa, Cristi ( doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Dittborn, Egaña, Errázuriz, Escalona, Forni, García (don René Manuel), García-Huidobro, González ( doña Rosa), González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hernández, Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Kast, Kuschel, Letelier (don Juan Pablo), Longueira, Lorenzini, Luksic, Masferrer, Melero, Mella ( doña María Eugenia), Meza, Monckeberg, Moreira, Muñoz (don Pedro), Ojeda, Ortiz, Paredes, Paya, Pérez (don José), Pérez (don Ramón), Pérez ( doña Lily), Pérez (don Víctor), Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Seguel, Sepúlveda ( doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tohá (doña Carolina), Tuma, Uriarte, Urrutia, Valenzuela, Vargas, Venegas, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Bertolino, Letelier ( don Felipe) y Vidal (doña Ximena).

El señor LORENZINI (Presidente).-

En votación el resto del artículo segundo transitorio.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 71 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi, Alvarado, Álvarez, Allende ( doña Isabel), Ascencio, Barros, Burgos, Caraball ( doña Eliana), Ceroni, Cornejo, Correa, Cristi ( doña María Angélica), Cubillos (doña Marcela), Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Forni, García-Huidobro, Girardi, González (don Rodrigo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Kast, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longueira, Lorenzini, Luksic, Masferrer, Melero, Mella ( doña María Eugenia), Meza, Mora, Moreira, Mulet, Muñoz (don Pedro), Navarro, Ojeda, Ortiz, Paredes, Paya, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Seguel, Sepúlveda ( doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Valenzuela, Vargas, Venegas, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.

-Se abstuvo el diputado señor Bertolino.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Despachado el proyecto. 

Ante la petición de algunos diputados y diputadas, se posterga en 15 minutos el inicio de la sesión de la tarde fijada para las 15 horas.

1.6. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 15 de diciembre, 2004. Oficio en Sesión 22. Legislatura 352.

La fecha del documento no coincide con la tramitación de este proyecto de Ley. Se incorpora la fecha de tramitación correspondiente al Boletín N° 3762-17.

VALPARAISO, 15 de noviembre de 2004

Oficio Nº 5309

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del Mensaje, Certificados y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“TÍTULO I

DE LA PENSIÓN DE REPARACIÓN Y BONO

Artículo 1°.- Establécese una pensión anual de reparación en beneficio de las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos individualizadas en el anexo “Listado de prisioneros políticos y torturados”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.

Artículo 2°.- La pensión anual establecida en el artículo anterior ascenderá a $1.353.798 para aquellos beneficiarios menores de 70 años de edad, a $1.480.284 para aquellos beneficiarios de 70 o más años de edad pero menores de 75 años y a $1.549.422 para aquellos beneficiarios de 75 o más años de edad. Esta pensión se pagará en 12 cuotas mensuales de igual monto y se reajustará en conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 del decreto ley 2.448, de 1979, o en las normas legales que reemplacen la referida disposición.

La pensión establecida en el inciso precedente será incompatible con aquellas otorgadas en las leyes números 19.234, 19.582 y 19.881, pudiendo quienes se encuentren en tal situación optar por uno de estos beneficios en la forma que determine el Reglamento.

Con todo, aquellas personas que ejerzan la opción antedicha, tendrán derecho a un bono de $3.000.000, el que se pagará por una sola vez dentro del mes subsiguiente de ejercida la opción.

Por su parte, quienes fueren beneficiarios de la pensión a que se refiere el inciso primero del presente artículo, que obtuvieren con posterioridad algunos de los beneficios incompatibles antes referidos, tendrán derecho por concepto del bono establecido en el inciso anterior, a la diferencia entre el monto total percibido por concepto de la pensión de esta ley durante el período anterior a la concesión del beneficio incompatible y el monto del bono antes señalado. Si el monto total percibido por pensión fuere superior al del bono, el beneficiario no estará obligado a la devolución del exceso.

Artículo 3°.- El beneficiario podrá solicitar al Instituto de Normalización Previsional, mediante el procedimiento que éste determine por resolución exenta, que la pensión que se otorga por esta ley sea pagada a favor de personas jurídicas sin fines de lucro reguladas por las normas del Título XXXIII del Libro I del Código Civil, cuya finalidad fundamental sea la de cautelar, fomentar y promover el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de las personas que habiten en el territorio de Chile.

Artículo 4°.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 2° de la presente ley, la pensión otorgada por esta ley será compatible con cualquiera otra, de cualquier carácter, de que goce o que pudiere corresponder al respectivo beneficiario, incluidas las pensiones asistenciales del decreto ley N° 869, de 1975.

Será, asimismo, compatible con cualquier otro beneficio de seguridad social establecido en las leyes.

Artículo 5°.- Las personas individualizadas en el anexo “Menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, podrán optar a un bono que ascenderá a $4.000.000.

Artículo 6°.- La pensión anual y los bonos que establece esta ley serán inembargables.

Artículo 7°.- Tanto la pensión como el bono establecidos por la presente ley, se devengarán a partir del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que los beneficiarios presenten sus solicitudes, las que podrán ser solicitadas desde la publicación de la misma.

Artículo 8°.- El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, mediante un reglamento que deberá ser también suscrito por los Ministros del Interior y de Hacienda, establecerá los mecanismos para conceder los beneficios establecidos en el presente Título, ejercer las opciones que en él se disponen, determinar los procedimientos de actualización de los montos para efecto de las imputaciones y deducciones que correspondan y todas las demás normas necesarias para la adecuada operación de lo dispuesto en esta ley.

TÍTULO II

DE LOS BENEFICIOS MÉDICOS

Artículo 9°.- Agrégase al inciso primero del artículo séptimo de la ley N° 19.980, la siguiente letra d):

“d) Aquellos que se individualizan en la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.”.

Artículo 10.- Las personas señaladas en los artículos 1° y 5° de la presente ley, tendrán derecho a recibir por parte del Estado los apoyos técnicos y la rehabilitación física necesaria para la superación de las lesiones físicas surgidas a consecuencia de la prisión política o la tortura, cuando dichas lesiones tengan el carácter de permanentes y obstaculicen la capacidad educativa, laboral o de integración social del beneficiario.

El procedimiento para acreditar la discapacidad será el señalado en el Título II de la ley N° 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad.

El Ministerio de Salud, mediante resolución exenta visada por la Dirección de Presupuestos, establecerá la modalidad de atención de las referidas lesiones y todas las normas necesarias para su adecuada operación.

TÍTULO III

DE LOS BENEFICIOS EDUCACIONALES

Artículo 11.- El Estado garantizará la continuidad gratuita de los estudios, sean de nivel básico, medio o superior, a aquellas personas señaladas en los artículos 1° y 5° de la presente ley, que por razón de prisión política o tortura, vieron impedidos sus estudios.

Artículo 12.- Los beneficiarios que soliciten completar sus estudios de educación básica y media, deberán hacerlo conforme a las normas de enseñanza de adultos, pudiendo el Presidente de la República, mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Educación, autorizar modalidades especiales para esos casos.

Artículo 13.- Los beneficiarios que soliciten continuar sus estudios de enseñanza superior en instituciones de educación superior estatales o privadas reconocidas por el Estado, tendrán derecho al pago de la matrícula y del arancel mensual. El costo de este beneficio será de cargo del Fondo de Becas de Educación Superior del Ministerio de Educación.

Artículo 14.- Un reglamento expedido a través del Ministerio de Educación y que además deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, establecerá las normas necesarias para el uso eficaz de estos beneficios, su extinción, el procedimiento de solicitud y pago de los mismos, el procedimiento para renovarlos o extenderlos en casos calificados, las condiciones de financiamiento de la continuidad de los estudios y toda otra norma necesaria para la debida aplicación de las disposiciones del presente Título.

TÍTULO IV

DEL SECRETO

Artículo 15.- Son secretos los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, en el desarrollo de su cometido. En todo caso, este secreto no se extiende al informe elaborado por la Comisión sobre la base de dichos antecedentes.

El secreto establecido en el inciso anterior se mantendrá durante el plazo de 50 años, período en que los antecedentes sobre los que recae quedarán bajo la custodia del Ministerio del Interior.

Mientras rija el secreto previsto en este artículo, ninguna persona, grupo de personas, autoridad o magistratura tendrá acceso a lo señalado en el inciso primero de este artículo, sin perjuicio del derecho personal que asiste a los titulares de los documentos, informes, declaraciones y testimonios incluidos en ellos, para darlos a conocer o proporcionarlos a terceros por voluntad propia.

Los integrantes de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, así como las demás personas que participaron a cualquier título en el desarrollo de las labores que se les encomendaron, estarán obligados a mantener reserva respecto de los antecedentes y datos que conforme al inciso primero de este artículo tienen carácter secreto, durante todo el plazo establecido para aquel. Estas personas se entenderán comprendidas en el N° 2 del artículo 201 del Código de Procedimiento Penal o del artículo 303 del Código Procesal Penal, según corresponda.

La comunicación, divulgación o revelación de los antecedentes y datos amparados por el secreto establecido en el inciso primero, será sancionada con las penas señaladas en el artículo 247 del Código Penal.

TÍTULO V

DEL FINANCIAMIENTO

Artículo 16.- Los beneficios establecidos en el Título I de la presente ley serán administrados por el Instituto de Normalización Previsional conforme a las normas que este mismo establezca, y se financiarán con cargo a los recursos que se contemplen en su presupuesto.

Con todo, para el pago de los bonos establecidos por los incisos tercero y cuarto del artículo 2° de la presente ley será aplicable lo dispuesto en el párrafo final del inciso cuarto y en los incisos quinto, sexto y séptimo del artículo quinto de la ley N° 19.980, pudiendo dictarse al efecto el decreto a que se refiere el inciso quinto antes citado.

Los beneficios establecidos en el Título II de la presente ley se financiarán con los recursos que se contemplen en la partida 16, Ministerio de Salud, del Presupuesto de la Nación.

Artículo 17.- Los hijos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos individualizadas en los anexos “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados” y “Menores de Edad Nacidos en Prisión o Detenidos con sus Padres” de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, y que así lo decidan, estarán exentos de realizar el Servicio Militar Obligatorio.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo primero.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2005, se financiará con traspasos de recursos provenientes de la partida Tesoro Público y con traspasos y reasignaciones de otras partidas presupuestarias.

Artículo segundo.- Aquellas personas que hubiesen presentado sus antecedentes durante el plazo fijado para tal efecto, a la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, y que fueren posteriormente incorporadas por la misma Comisión a la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, tendrán derecho a todos los beneficios indicados en los Títulos I, II y III de la presente ley, según corresponda, a contar del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que se produzca la señalada incorporación.”.

Dios guarde a V.E.

PABLO LORENZINI BASSO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

1.7. Oficio de la Corte Suprema

Oficio de Corte Suprema. Fecha 17 de diciembre, 2004. Oficio

Santiago, 17 de diciembre de 2004

Oficio N° 6057

INFORME

Antecedente: P.L. 8-2004

Mediante oficio N° 5308, de fecha 14 de diciembre de 2004, remitido por don Pablo Lorenzini Basso, Presidente de la H. Cámara de Diputados, se ha solicitado la opinión de esta Corte, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 16 de la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, sobre el proyecto de Ley -iniciado en mensaje- que establece pensión de reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica, boletín N° 3762-17, el que tiene urgencia calificada de discusión inmediata.

Impuesto el Tribunal Pleno sobre la materia consultada, en sesión de fecha 17 de diciembre de 2004, bajo la presidencia del Subrogante, señor Hernán Álvarez García y con la asistencia de los Ministros señores, Eleodoro Ortíz Sepúlveda, José Benquis Camhi, Ricardo Gálvez Blanco, Alberto Chaigneau del Campo, Jorge Rodríguez Ariztía, Enrique Cury Urzúa, Urbano Marín Vallejo, Humberto Espejo Zúñiga, Jorge Medina Cuevas, Domingo Kokisch Mourgues, Milton Juica Arancibia, Nibaldo Segura Peña, señorita María Antonia Morales Villagrán, señor Adalís Oyarzún Miranda, y el señor Jaime Rodríguez Espoz, acordó hacer presente lo siguiente:

AL SEÑOR PRESIDENTE

H. CAMARA DE DIPUTADOS

PABLO LORENZINI BASSO

PRESENTE

1. El artículo 74 de la Constitución Política de la República establece, en lo pertinente, que toda ley orgánica constitucional relativa a la organización y atribuciones de los tribunales, sólo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema.

El referido artículo establece que la Corte Suprema deberá evacuar la respectiva consulta dentro del plazo de treinta días, contados desde la recepción del oficio en que se le solicita la opinión pertinente.

En caso de que el Presidente de la República hubiere hecho presente una discusión inmediata al proyecto consultado, se comunicará esta circunstancia a la Corte, caso en el cual deberá evacuar la opinión dentro del plazo de tres días.

2. Cabe señalar que el proyecto en consulta fue aprobado el martes 14 de diciembre de 2004 por la H. Cámara de Diputados y el miércoles 15 del presente por el Honorable Senado. En la actualidad, se encuentra despachado por el Congreso Nacional al Presidente de la República, mediante oficio enviado por la H. Cámara de Diputados de fecha 16 de diciembre de 2004.

3. El oficio de la Cámara de Diputados en que se efectúa la consulta a esta Corte Suprema fue recepcionado en la oficina de partes de la misma el día de ayer, 16 de diciembre de 2004.

4. Habiendo concluido la tramitación del referido proyecto sin haberse oído a esta Corte, resulta improcedente que este tribunal, en consecuencia, se pronuncie al respecto.

Saluda atentamente a V.S.

Hernán Álvarez García

Presidente Subrogante

Marcela Paz Urrutia Cornejo

Secretaria Subrogante

Santiago, diecesiete de diciembre de dos mil cuatro

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisiones Unidas

Senado. Fecha 15 de diciembre, 2004. Informe de Comisiones Unidas en Sesión 22. Legislatura 352.

?CERTIFICADO

Certifico que en el día de hoy, a las 16:30 horas, se reunieron las Comisiones de Hacienda, y de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, unidas, para tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece pensión de reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica, Boletín Nº 3.762-17, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

A la sesión en que se analizó el proyecto concurrieron el Ministro del Interior, señor José Miguel Insulza; el Ministro de Hacienda, señor Nicolás Eyzaguirre; el Ministro Secretario General de Gobierno, señor Francisco Vidal, y los asesores señores Alberto Arenas, Julio Valladares, Carlos Pardo y Antonia Urrejola.

Asimismo, se recibió a representantes de la Coordinación de Organizaciones de ex presas y ex presos políticos de Chile, a cuyo nombre expuso la señora Liliana Mason.

El proyecto fue aprobado en general y en particular por unanimidad, en los mismos términos en que fue despachado por la Honorable Cámara de Diputados. La idea de legislar se aprobó con los votos de los Honorables Senadores señora Matthei y señores Boeninger, Chadwick, Foxley, Ominami, Silva, Valdés, Viera-Gallo y Zurita. Con la misma votación se aprobaron los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º. Los restantes artículos fueron aprobados por la unanimidad de los miembros de las Comisiones unidas, Honorables Senadores señora Matthei y señores Boeninger, Chadwick, Foxley, García, Ominami, Silva, Valdés, Viera-Gallo y Zurita.

El informe financiero adjunto a los antecedentes, de fecha 14 de diciembre de 2004, señala que el costo asociado a la implementación del conjunto de medidas que propone la iniciativa “es presentado en el siguiente cuadro:

El financiamiento de la pensión y bonos que establece este proyecto de ley será con cargo a los recursos que se contemplen en el presupuesto del capítulo correspondiente al Instituto de Normalización Previsional en la partida Ministerio del Trabajo y Previsión Social del Presupuesto de la Nación. Los beneficios médicos propuestos se financiarán con los recursos que se contemplen en la partida 16, Ministerio de Salud, del Presupuesto de la Nación. Los beneficios educacionales serán de cargo del Fondo de Becas de Educación Superior del Ministerio de Educación.

Para 2005, el mayor gasto que represente la aplicación de las propuestas se financiarán con traspasos de recursos provenientes de la partida Tesoro Público y con traspasos y reasignaciones de otras partidas presupuestarias.”.

En consecuencia, y de acuerdo a lo expuesto en el informe financiero, las normas de la iniciativa legal no producirán desequilibrios presupuestarios, ni incidirán negativamente en la economía del país.

Valparaíso, 15 de diciembre de 2004

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario

2.2. Discusión en Sala

Fecha 15 de diciembre, 2004. Diario de Sesión en Sesión 22. Legislatura 352. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

PENSIÓN DE REPARACIÓN Y OTROS BENEFICIOS PARA VÍCTIMAS DE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece una pensión de reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica, con urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (3762-17) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 22ª, en 15 de diciembre de 2004.

Informes de Comisión:

Certificado de Comisión de Hacienda y Derechos Humanos, unidas, sesión 22ª, en 15 de diciembre de 2004.

El señor HOFFMANN ( Secretario ).-

Los principales objetivos de la iniciativa son:

a) Establecer una pensión anual de reparación en beneficio de las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos individualizadas en el anexo "Listado de prisioneros políticos y torturados", de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas que forma parte del informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.

b) Determinar para las personas individualizadas en el anexo "Menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres", de la misma Nómina, un bono de cuatro millones de pesos.

c) Otorgar beneficios médicos y educacionales a las personas ya mencionadas, y

d) Disponer el carácter secreto de los documentos, testimonios y datos aportados por las víctimas ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura. Ello se mantendrá durante el plazo de 50 años, período en el cual los antecedentes respectivos quedarán bajo la custodia del Ministerio del Interior.

Las Comisiones de Hacienda y de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, unidas, aprobaron en general y en particular la iniciativa por la unanimidad de sus miembros, en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados.

El señor LARRAÍN (Presidente).-

En discusión general y particular, a la vez, el proyecto.

Tiene la palabra el Senador señor Foxley, Presidente de las Comisiones de Hacienda y de Derechos Humanos, unidas.

El señor FOXLEY .-

Señor Presidente , no resumiré todo el texto, sino que, para ser muy breve, simplemente informaré que las Comisiones unidas se reunieron hoy en la tarde para estudiarlo. Al hacerlo, escucharon a los señores Ministros del Interior y de Hacienda . También recibieron a la Agrupación de Ex Presos Políticos, la cual hizo presentes sus puntos de vista, al igual que varias observaciones y críticas. Tomamos nota cuidadosa de ello.

En el trámite en las Comisiones unidas se realizó una discusión en general y particular, en la cual se comentaron distintos puntos del articulado y algunos de los asistentes consideraron insatisfactorios varios aspectos. Sin embargo, como criterio unánime de los miembros de ambos órganos técnicos, prevaleció finalmente la idea de aprobar el proyecto en general y particular, con el objeto de que hoy pudiera ser votado en el Senado y evitar un tercer trámite en la Cámara de Diputados.

Ése fue el acuerdo. De modo que no entraré a señalar cada una de las observaciones, sino que sólo hago constar que la iniciativa fue aprobada por unanimidad -repito- en general y particular.

Las opiniones de los distintos Parlamentarios fueron consignadas, obviamente, para la historia fidedigna de la ley.

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

¿El Senador señor Viera-Gallo hará la relación por la Comisión de Derechos Humanos?

El señor VIERA-GALLO.-

No, señor Presidente . Intervendré después en nombre de la bancada socialista.

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

--(Manifestaciones en las tribunas).

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Ruego al público asistente que mantenga respeto por quienes hacen uso de la palabra. Si no es así, me veré obligado a hacer desalojar las tribunas, medida que no deseo tomar. Espero, en cambio, que los concurrentes permanezcan hasta el final observando el debate y participando como ciudadanos, ya que les asiste el derecho de oír a sus representantes.

Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.

El señor MARTÍNEZ .-

Señor Presidente , señores Senadores, expondré seis puntos, muy breves, frente al proyecto que nos ocupa.

Primero, si se acoge la iniciativa y se convierte en ley, y de acuerdo con el texto presentado, en ese acto se dará plena validez legal al Informe Valech.

Segundo, si se aprueban la validez y vida legal que se sancionan con este acto, se legaliza, también, la validez del concepto de que en Chile, a pesar de lo dispuesto por la Constitución, funcionan tribunales especiales cuyos informes presentan valores decisorios y sirven de prueba plena.

Tercero, lo anterior es de la máxima gravedad, por coartar el derecho a la legítima defensa y al debido proceso, en la medida en que se da crédito sólo a la declaración de una parte, sin existir -por así decirlo- la otra, en su defensa, en el plano jurídico y legal.

Cuarto, el contraste entre hoy y lo que ocurrió hace treinta años es por completo diferente, y juzgar sin a lo menos explicar el ambiente que se vivió es fundamentalmente injusto. Esto no quiere decir -lo repito: no quiere decir- que no se rechace la violencia, el abuso y el apremio ilegítimo.

Quinto, debe agregarse a lo anterior que el secreto tiende un manto de dudas sobre todas las personas que, en diferentes ocasiones, fueron parte del Gobierno militar, en distintos niveles y capacidades, afectando gratuitamente su honra y prestigio, pues el Informe es general y, en muchos aspectos, ambiguo.

Sexto, no se logra el propósito de concordia, unidad y reconciliación entre los chilenos en la forma como se presenta el proyecto en debate. Es más, su uso político divide, afecta a las Instituciones de la Defensa Nacional, sin la posibilidad de poder defender su imagen y honra, ya que las autoridades de la época no están presentes, pues han fallecido, salvo excepciones. Pero lo más grave, quizás, es que hace que la opinión pública ya haya juzgado, sin escuchar, y también condenado emocionalmente.

El señor LARRAÍN (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO .-

Señor Presidente , lamento mucho que el Senador señor Martínez no haya estado presente en la sesión de esta mañana, cuando cada bancada hizo presente su posición respecto de los hechos que dieron origen a la Comisión Valech.

Está de más decir que, por nuestra parte, hacemos plena fe de lo que el Informe menciona. Incluso, las propias Fuerzas Armadas no han controvertido la verdad global que el documento señala, independientemente de su carácter no judicial.

Sobre el proyecto de ley propiamente tal, nosotros lo compartimos, aunque tenemos cuatro observaciones, que dimos a conocer en las Comisiones unidas. No obstante, ante la premura del despacho de la iniciativa y por la necesidad de evitar un tercer trámite constitucional, sólo queremos dejar constancia de ellas.

En primer término, no estamos de acuerdo con la incompatibilidad entre la indemnización por tortura y la indemnización por exoneración, toda vez que se trata de hechos distintos que originan causas de pedir jurídicamente diferentes. Puede haber exonerados que no fueron torturados, y torturados que no fueron exonerados. Por lo tanto, para una persona que sufrió ambos agravios no tiene por qué una pensión ser imputable a la otra.

--(Aplausos en tribunas).

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Ruego guardar silencio.

El señor VIERA-GALLO .-

La segunda observación se refiere a la reparación para los mayores de 75 años. Nos parece que, en ese caso, debió haber asumido la forma de una indemnización única, por cuanto, si se considera el daño que las personas sufrieron, tal vez lo que reciban no sea comparable con lo que va a percibir alguien de menor edad.

En tercer lugar, opinamos que el secreto de que trata el artículo 15 -comprensible por la naturaleza de los temas que aquí se abordan- no debiera extenderse a 50 años. Actualmente no existe país en el mundo que imponga un lapso tan prolongado, ni aun para secretos de Estado. Inclusive, el Gobierno de los Estados Unidos tiene plazos menores para asuntos que revisten mayor envergadura nacional e internacional.

En cuarto término, pensamos que los beneficios educacionales debieran ser transferibles a los hijos, por cuanto es muy probable que los beneficiarios no puedan gozar de ellos.

Por último, señor Presidente , tanto el Senador señor Ominami como el que habla, hicimos presentes estas observaciones en las Comisiones unidas. A su vez, los dos Ministros asistentes nos manifestaron la posición del Ejecutivo.

Por ello, teniendo en cuenta la globalidad del proyecto y su propósito fundamental, votamos a favor, dejando constancia de las observaciones anotadas.

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

A fin de mantener el funcionamiento normal de la sesión, quiero insistir a quienes están en las tribunas en que no hagan manifestaciones.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Corresponde poner en votación la idea de legislar.

¿Algún señor Senador desea fundar el voto?

En votación electrónica.

El señor HOFFMANN ( Secretario ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (34 votos contra 2).

Votaron por la afirmativa los señores Arancibia, Ávila, Boeninger, Bombal, Chadwick, Espina, Fernández, Flores, Foxley, Frei ( doña Carmen), Frei (don Eduardo), García, Gazmuri, Horvath, Larraín, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Páez, Parra, Prokurica, Ríos, Romero, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Silva, Valdés, Vega, Viera-Gallo, Zaldívar (don Andrés) y Zurita.

Votaron por la negativa los señores Martínez y Stange.

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Como no se ha presentado ninguna indicación, la iniciativa se aprueba también en particular, con la misma votación, y queda despachada en este trámite.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 15 de diciembre, 2004. Oficio en Sesión 33. Legislatura 352.

Valparaíso, 15 de Diciembre de 2.004.

Nº 24.431

A S. E. El Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que establece pensión de reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica, correspondiente al boletín Nº 3.762-17.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 5309, de 15 de Diciembre de 2.004.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 16 de diciembre, 2004. Oficio

VALPARAÍSO, 16 de diciembre de 2004

Oficio Nº 5317

A S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“TÍTULO I

DE LA PENSIÓN DE REPARACIÓN Y BONO

Artículo 1°.- Establécese una pensión anual de reparación en beneficio de las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos individualizadas en el anexo “Listado de prisioneros políticos y torturados”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.

Artículo 2°.- La pensión anual establecida en el artículo anterior ascenderá a $1.353.798 para aquellos beneficiarios menores de 70 años de edad, a $1.480.284 para aquellos beneficiarios de 70 o más años de edad pero menores de 75 años y a $1.549.422 para aquellos beneficiarios de 75 o más años de edad. Esta pensión se pagará en 12 cuotas mensuales de igual monto y se reajustará en conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 del decreto ley 2.448, de 1979, o en las normas legales que reemplacen la referida disposición.

La pensión establecida en el inciso precedente será incompatible con aquellas otorgadas en las leyes números 19.234, 19.582 y 19.881, pudiendo quienes se encuentren en tal situación optar por uno de estos beneficios en la forma que determine el Reglamento.

Con todo, aquellas personas que ejerzan la opción antedicha, tendrán derecho a un bono de $3.000.000, el que se pagará por una sola vez dentro del mes subsiguiente de ejercida la opción.

Por su parte, quienes fueren beneficiarios de la pensión a que se refiere el inciso primero del presente artículo, que obtuvieren con posterioridad algunos de los beneficios incompatibles antes referidos, tendrán derecho por concepto del bono establecido en el inciso anterior, a la diferencia entre el monto total percibido por concepto de la pensión de esta ley durante el período anterior a la concesión del beneficio incompatible y el monto del bono antes señalado. Si el monto total percibido por pensión fuere superior al del bono, el beneficiario no estará obligado a la devolución del exceso.

Artículo 3°.- El beneficiario podrá solicitar al Instituto de Normalización Previsional, mediante el procedimiento que éste determine por resolución exenta, que la pensión que se otorga por esta ley sea pagada a favor de personas jurídicas sin fines de lucro reguladas por las normas del Título XXXIII del Libro I del Código Civil, cuya finalidad fundamental sea la de cautelar, fomentar y promover el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de las personas que habiten en el territorio de Chile.

Artículo 4°.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 2° de la presente ley, la pensión otorgada por esta ley será compatible con cualquiera otra, de cualquier carácter, de que goce o que pudiere corresponder al respectivo beneficiario, incluidas las pensiones asistenciales del decreto ley N° 869, de 1975.

Será, asimismo, compatible con cualquier otro beneficio de seguridad social establecido en las leyes.

Artículo 5°.- Las personas individualizadas en el anexo “Menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres”, de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, podrán optar a un bono que ascenderá a $4.000.000.

Artículo 6°.- La pensión anual y los bonos que establece esta ley serán inembargables.

Artículo 7°.- Tanto la pensión como el bono establecidos por la presente ley, se devengarán a partir del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que los beneficiarios presenten sus solicitudes, las que podrán ser solicitadas desde la publicación de la misma.

Artículo 8°.- El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, mediante un reglamento que deberá ser también suscrito por los Ministros del Interior y de Hacienda, establecerá los mecanismos para conceder los beneficios establecidos en el presente Título, ejercer las opciones que en él se disponen, determinar los procedimientos de actualización de los montos para efecto de las imputaciones y deducciones que correspondan y todas las demás normas necesarias para la adecuada operación de lo dispuesto en esta ley.

TÍTULO II

DE LOS BENEFICIOS MÉDICOS

Artículo 9°.- Agrégase al inciso primero del artículo séptimo de la ley N° 19.980, la siguiente letra d):

“d) Aquellos que se individualizan en la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.”.

Artículo 10.- Las personas señaladas en los artículos 1° y 5° de la presente ley, tendrán derecho a recibir por parte del Estado los apoyos técnicos y la rehabilitación física necesaria para la superación de las lesiones físicas surgidas a consecuencia de la prisión política o la tortura, cuando dichas lesiones tengan el carácter de permanentes y obstaculicen la capacidad educativa, laboral o de integración social del beneficiario.

El procedimiento para acreditar la discapacidad será el señalado en el Título II de la ley N° 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad.

El Ministerio de Salud, mediante resolución exenta visada por la Dirección de Presupuestos, establecerá la modalidad de atención de las referidas lesiones y todas las normas necesarias para su adecuada operación.

TÍTULO III

DE LOS BENEFICIOS EDUCACIONALES

Artículo 11.- El Estado garantizará la continuidad gratuita de los estudios, sean de nivel básico, medio o superior, a aquellas personas señaladas en los artículos 1° y 5° de la presente ley, que por razón de prisión política o tortura, vieron impedidos sus estudios.

Artículo 12.- Los beneficiarios que soliciten completar sus estudios de educación básica y media, deberán hacerlo conforme a las normas de enseñanza de adultos, pudiendo el Presidente de la República, mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Educación, autorizar modalidades especiales para esos casos.

Artículo 13.- Los beneficiarios que soliciten continuar sus estudios de enseñanza superior en instituciones de educación superior estatales o privadas reconocidas por el Estado, tendrán derecho al pago de la matrícula y del arancel mensual. El costo de este beneficio será de cargo del Fondo de Becas de Educación Superior del Ministerio de Educación.

Artículo 14.- Un reglamento expedido a través del Ministerio de Educación y que además deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, establecerá las normas necesarias para el uso eficaz de estos beneficios, su extinción, el procedimiento de solicitud y pago de los mismos, el procedimiento para renovarlos o extenderlos en casos calificados, las condiciones de financiamiento de la continuidad de los estudios y toda otra norma necesaria para la debida aplicación de las disposiciones del presente Título.

TÍTULO IV

DEL SECRETO

Artículo 15.- Son secretos los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, en el desarrollo de su cometido. En todo caso, este secreto no se extiende al informe elaborado por la Comisión sobre la base de dichos antecedentes.

El secreto establecido en el inciso anterior se mantendrá durante el plazo de 50 años, período en que los antecedentes sobre los que recae quedarán bajo la custodia del Ministerio del Interior.

Mientras rija el secreto previsto en este artículo, ninguna persona, grupo de personas, autoridad o magistratura tendrá acceso a lo señalado en el inciso primero de este artículo, sin perjuicio del derecho personal que asiste a los titulares de los documentos, informes, declaraciones y testimonios incluidos en ellos, para darlos a conocer o proporcionarlos a terceros por voluntad propia.

Los integrantes de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, así como las demás personas que participaron a cualquier título en el desarrollo de las labores que se les encomendaron, estarán obligados a mantener reserva respecto de los antecedentes y datos que conforme al inciso primero de este artículo tienen carácter secreto, durante todo el plazo establecido para aquel. Estas personas se entenderán comprendidas en el N° 2 del artículo 201 del Código de Procedimiento Penal o del artículo 303 del Código Procesal Penal, según corresponda.

La comunicación, divulgación o revelación de los antecedentes y datos amparados por el secreto establecido en el inciso primero, será sancionada con las penas señaladas en el artículo 247 del Código Penal.

TÍTULO V

DEL FINANCIAMIENTO

Artículo 16.- Los beneficios establecidos en el Título I de la presente ley serán administrados por el Instituto de Normalización Previsional conforme a las normas que este mismo establezca, y se financiarán con cargo a los recursos que se contemplen en su presupuesto.

Con todo, para el pago de los bonos establecidos por los incisos tercero y cuarto del artículo 2° de la presente ley será aplicable lo dispuesto en el párrafo final del inciso cuarto y en los incisos quinto, sexto y séptimo del artículo quinto de la ley N° 19.980, pudiendo dictarse al efecto el decreto a que se refiere el inciso quinto antes citado.

Los beneficios establecidos en el Título II de la presente ley se financiarán con los recursos que se contemplen en la partida 16, Ministerio de Salud, del Presupuesto de la Nación.

Artículo 17.- Los hijos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos individualizadas en los anexos “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados” y “Menores de Edad Nacidos en Prisión o Detenidos con sus Padres” de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, y que así lo decidan, estarán exentos de realizar el Servicio Militar Obligatorio.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo primero.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2005, se financiará con traspasos de recursos provenientes de la partida Tesoro Público y con traspasos y reasignaciones de otras partidas presupuestarias.

Artículo segundo.- Aquellas personas que hubiesen presentado sus antecedentes durante el plazo fijado para tal efecto, a la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, y que fueren posteriormente incorporadas por la misma Comisión a la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, tendrán derecho a todos los beneficios indicados en los Títulos I, II y III de la presente ley, según corresponda, a contar del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que se produzca la señalada incorporación.”.

Dios guarde a V.E.

PABLO LORENZINI BASSO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 19.992

Tipo Norma
:
Ley 19992
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=233930&t=0
Fecha Promulgación
:
17-12-2004
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cxbs
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Título
:
ESTABLECE PENSION DE REPARACION Y OTORGA OTROS BENEFICIOS A FAVOR DE LAS PERSONAS QUE INDICA
Fecha Publicación
:
24-12-2004

LEY NUM. 19.992

ESTABLECE PENSION DE REPARACION Y OTORGA OTROS BENEFICIOS A FAVOR DE LAS PERSONAS QUE INDICA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

             " TITULO I

De la pensión de reparación y bono

    Artículo 1º.- Establécese una pensión anual de reparación en beneficio de las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos individualizadas en el anexo "Listado de prisioneros políticos y torturados", de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo Nº 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.

    Artículo 2º.- La pensión anual establecida en el artículo anterior ascenderá a $1.353.798 para aquellos beneficiarios menores de 70 años de edad, a $1.480.284 para aquellos beneficiarios de 70 o más años de edad pero menores de 75 años y a $1.549.422 para aquellos beneficiarios de 75 o más años de edad. Esta pensión se pagará en 12 cuotas mensuales de igual monto y se reajustará en conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 del decreto ley 2.448, de 1979, o en las normas legales que reemplacen la referida disposición.

    La pensión establecida en el inciso precedente será incompatible con aquellas otorgadas en las leyes números 19.234, 19.582 y 19.881, pudiendo quienes se encuentren en tal situación optar por uno de estos beneficios en la forma que determine el Reglamento.

    Con todo, aquellas personas que ejerzan la opción antedicha, tendrán derecho a un bono de $3.000.000, el que se pagará por una sola vez dentro del mes subsiguiente de ejercida la opción.

    Por su parte, quienes fueren beneficiarios de la pensión a que se refiere el inciso primero del presente artículo, que obtuvieren con posterioridad algunos de los beneficios incompatibles antes referidos, tendrán derecho por concepto del bono establecido en el inciso anterior, a la diferencia entre el monto total percibido por concepto de la pensión de esta ley durante el período anterior a la concesión del beneficio incompatible y el monto del bono antes señalado. Si el monto total percibido por pensión fuere superior al del bono, el beneficiario no estará obligado a la devolución del exceso.

    Artículo 3º.- El beneficiario podrá solicitar al Instituto de Normalización Previsional, mediante el procedimiento que éste determine por resolución exenta, que la pensión que se otorga por esta ley sea pagada a favor de personas jurídicas sin fines de lucro reguladas por las normas del Título XXXIII del Libro I del Código Civil, cuya finalidad fundamental sea la de cautelar, fomentar y promover el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de las personas que habiten en el territorio de Chile.

    Artículo 4º.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 2º de la presente ley, la pensión otorgada por esta ley será compatible con cualquiera otra, de cualquier carácter, de que goce o que pudiere corresponder al respectivo beneficiario, incluidas las pensiones asistenciales del decreto ley Nº 869, de 1975.

    Será, asimismo, compatible con cualquier otro beneficio de seguridad social establecido en las leyes.

    Artículo 5º.- Las personas individualizadas en el anexo "Menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres", de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo Nº 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, podrán optar a un bono que ascenderá a $4.000.000.

    Artículo 6º.- La pensión anual y los bonos que establece esta ley serán inembargables.

    Artículo 7º.- Tanto la pensión como el bono establecidos por la presente ley, se devengarán a partir del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que los beneficiarios presenten sus solicitudes, las que podrán ser solicitadas desde la publicación de la misma.

    Artículo 8º.- El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, mediante un reglamento que deberá ser también suscrito por los Ministros del Interior y de Hacienda, establecerá los mecanismos para conceder los beneficios establecidos en el presente Título, ejercer las opciones que en él se disponen, determinar los procedimientos de actualización de los montos para efecto de las imputaciones y deducciones que correspondan y todas las demás normas necesarias para la adecuada operación de lo dispuesto en esta ley.

             TITULO II

        De los beneficios médicos

    Artículo 9º.- Agrégase al inciso primero del artículo séptimo de la ley Nº 19.980, la siguiente letra d):

"d) Aquellos que se individualizan en la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo Nº 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior.".

    Artículo 10.- Las personas señaladas en los artículos 1º y 5º de la presente ley, tendrán derecho a recibir por parte del Estado los apoyos técnicos y la rehabilitación física necesaria para la superación de las lesiones físicas surgidas a consecuencia de la prisión política o la tortura, cuando dichas lesiones tengan el carácter de permanentes y obstaculicen la capacidad educativa, laboral o de integración social del beneficiario.

    El procedimiento para acreditar la discapacidad será el señalado en el Título II de la ley Nº 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad.

    El Ministerio de Salud, mediante resolución exenta visada por la Dirección de Presupuestos, establecerá la modalidad de atención de las referidas lesiones y todas las normas necesarias para su adecuada operación.

             TITULO III

De los beneficios educacionales

    Artículo 11.- El Estado garantizará la continuidad gratuita de los estudios, sean de nivel básico, medio o superior, a aquellas personas señaladas en los artículos 1º y 5º de la presente ley, que por razón de prisión política o tortura, vieron impedidos sus estudios.

    Artículo 12.- Los beneficiarios que soliciten completar sus estudios de educación básica y media, deberán hacerlo conforme a las normas de enseñanza de adultos, pudiendo el Presidente de la República, mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Educación, autorizar modalidades especiales para esos casos.

    Artículo 13.- Los beneficiarios que soliciten continuar sus estudios de enseñanza superior en instituciones de educación superior estatales o privadas reconocidas por el Estado, tendrán derecho al pago de la matrícula y del arancel mensual. El costo de este beneficio será de cargo del Fondo de Becas de Educación Superior del Ministerio de Educación.

    Artículo 14.- Un reglamento expedido a través del Ministerio de Educación y que además deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, establecerá las normas necesarias para el uso eficaz de estos beneficios, su extinción, el procedimiento de solicitud y pago de los mismos, el procedimiento para renovarlos o extenderlos en casos calificados, las condiciones de financiamiento de la continuidad de los estudios y toda otra norma necesaria para la debida aplicación de las disposiciones del presente Título.

             TITULO IV

        Del secreto

    Artículo 15.- Son secretos los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por decreto supremo Nº 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, en el desarrollo de su cometido. En todo caso, este secreto no se extiende al informe elaborado por la Comisión sobre la base de dichos antecedentes.

    El secreto establecido en el inciso anterior se mantendrá durante el plazo de 50 años, período en que los antecedentes sobre los que recae quedarán bajo la custodia del Ministerio del Interior.

    Mientras rija el secreto previsto en este artículo, ninguna persona, grupo de personas, autoridad o magistratura tendrá acceso a lo señalado en el inciso primero de este artículo, sin perjuicio del derecho personal que asiste a los titulares de los documentos, informes, declaraciones y testimonios incluidos en ellos, para darlos a conocer o proporcionarlos a terceros por voluntad propia.

    Los integrantes de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, así como las demás personas que participaron a cualquier título en el desarrollo de las labores que se les encomendaron, estarán obligados a mantener reserva respecto de los antecedentes y datos que conforme al inciso primero de este artículo tienen carácter secreto, durante todo el plazo establecido para aquel. Estas personas se entenderán comprendidas en el Nº 2 del artículo 201 del Código de Procedimiento Penal o del artículo 303 del Código Procesal Penal, según corresponda.

    La comunicación, divulgación o revelación de los antecedentes y datos amparados por el secreto establecido en el inciso primero, será sancionada con las penas señaladas en el artículo 247 del Código Penal.

             TITULO V

        Del financiamiento

    Artículo 16.- Los beneficios establecidos en el Título I de la presente ley serán administrados por el Instituto de Normalización Previsional conforme a las normas que este mismo establezca, y se financiarán con cargo a los recursos que se contemplen en su presupuesto.

    Con todo, para el pago de los bonos establecidos por los incisos tercero y cuarto del artículo 2º de la presente ley será aplicable lo dispuesto en el párrafo final del inciso cuarto y en los incisos quinto, sexto y séptimo del artículo quinto de la ley Nº 19.980, pudiendo dictarse al efecto el decreto a que se refiere el inciso quinto antes citado.

    Los beneficios establecidos en el Título II de la presente ley se financiarán con los recursos que se contemplen en la partida 16, Ministerio de Salud, del Presupuesto de la Nación.

    Artículo 17.- Los hijos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos individualizadas en los anexos "Listado de Prisioneros Políticos y Torturados" y "Menores de Edad Nacidos en Prisión o Detenidos con sus Padres" de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, y que así lo decidan, estarán exentos de realizar el Servicio Militar Obligatorio.

ARTICULOS TRANSITORIOS

    Artículo primero.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2005, se financiará con traspasos de recursos provenientes de la partida Tesoro Público y con traspasos y reasignaciones de otras partidas presupuestarias.

    Artículo segundo.- Aquellas personas que hubiesen presentado sus antecedentes durante el plazo fijado para tal efecto, a la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo Nº 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, y que fueren posteriormente incorporadas por la misma Comisión a la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, tendrán derecho a todos los beneficios indicados en los Títulos I, II y III de la presente ley, según corresponda, a contar del primer día del mes subsiguiente a la fecha en que se produzca la señalada incorporación.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 17 de diciembre de 2004.- JOSE MIGUEL INSULZA SALINAS, Vicepresidente de la República.- Jorge Correa Sutil, Ministro del Interior (S).- María Eugenia Wagner Brizzi, Ministro de Hacienda (S).- Ricardo Solari Saavedra, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Sergio Bitar Chacra, Ministro de Educación.- Antonio Infante Barros, Ministro de Salud (S).

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Jorge Claissac Schnake, Subsecretario del Interior Subrogante.