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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 19.969

Modifica el artículo sexto transitorio de la ley N° 19.578, prorrogando vigencia de cotización extraordinaria para el seguro social contra riegos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 03 de agosto, 2004. Mensaje en Sesión 31. Legislatura 351.

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE SE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO SEXTO TRANSITORIO DE LA LEY N° 19.578, PRORROGANDO VIGENCIA DE COTIZACIÓN EXTRAORDINARIA PARA EL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.

_______________________________

SANTIAGO, agosto 03 de 2004.-

MENSAJE Nº 253-351/

Honorable Cámara de Diputados:

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.

En uso de mis facultades constitucionales, someto a vuestra consideración un proyecto de ley por el cual se introduce una modificación al artículo sexto transitorio de la Ley N° 19.578.

I. ANTECEDENTES.

El artículo 6° transitorio de la Ley N° 19.578, que hoy se busca modificar a través de la presente iniciativa legal, estableció, a contar del 1° de septiembre de 1998 y hasta el 31 de agosto de 2004, una cotización extraordinaria del 0,05% de las remuneraciones imponibles, de cargo del empleador, en favor del seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la Ley N° 16.744.

En el caso de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744, los recursos obtenidos provenientes de dicha cotización extraordinaria, junto con otros definidos en la Ley N° 19.578, deben destinarse a la creación y mantenimiento de un Fondo de Contingencia, cuyo objetivo es financiar mejoramientos extraordinarios de pensiones y beneficios pecuniarios extraordinarios para los pensionados de dichas entidades.

Al respecto, cabe hacer presente que la principal fuente de financiamiento del Fondo de Contingencia es, justamente, la ya mencionada cotización extraordinaria del 0.05% de las remuneraciones imponibles, la cual en el período 1998 a 2003 representó, para el conjunto de las Mutualidades, el 61% del total de ingresos de los citados Fondos.

II. PROBLEMAS DETECTADOS.

Con motivo de la aplicación de la Ley N° 19.953, recién publicada, que estableció un mejoramiento de las pensiones de viudez y de las pensiones mínimas para los pensionados de 75 años de edad y más, las Mutualidades de Empleadores deberán destinar en el trienio 2004 a 2006 alrededor del 47% de los recursos acumulados en su Fondo de Contingencia al 31 de agosto de 2004, para la constitución de capitales representativos y gastos corrientes derivados de la citada ley. Si se considera además los beneficios extraordinarios que ya está financiando dicho Fondo, el porcentaje anterior aumentará al 72%.

Por su parte, al Instituto de Normalización Provisional, quien financia los mejoramientos extraordinarios de pensiones y/o déficit producidos por la administración del seguro de la Ley N° 16.744 con cargo al presupuesto fiscal, la eliminación de la citada cotización extraordinaria le significa dejar de percibir M$ 1.136.703 anuales a partir del año 2005. Si al menor ingreso señalado para este y los dos próximos años, se le suma el déficit de M$540.599 que arrojó la administración de este Seguro para el INP durante el año 2003 y el mayor gasto a contar del 2006, generado por los mejoramientos establecidos en la Ley N°19.953, el déficit permanente para el citado Instituto a contar del año 2006, ascenderá a M$2.082.637.

III. LA PROPUESTA.

En consecuencia, los efectos producidos por la eliminación de la cotización extraordinaria del 0.05% prevista a contar del próximo mes de septiembre de 2004, más la incidencia de los mejoramientos establecidos en la recientemente publicada Ley N° 19.953, hace procedente prorrogar por cuatro años la vigencia de la citada cotización extraordinaria, la que es indispensable para el financiamiento de futuros mejoramientos extraordinarios de pensiones, en el caso de las Mutualidades de Empleadores y para disminuir el déficit que impactará al Instituto de Normalización Previsional.

En mérito de lo expuesto, someto a vuestra consideración, el siguiente

PROYECTO DE LEY:

"ARTICULO UNICO.- Reemplázase en el inciso primero del artículo sexto transitorio de la Ley N° 19.578, el guarismo “2004” por “2008”.”.

Dios guarde a V.E.,

RICARDO LAGOS ESCOBAR

Presidente de la República

NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN

Ministro de Hacienda

RICARDO SOLARI SAAVEDRA

Ministro del Trabajo y Previsión Social

1.2. Informe de Comisiones Unidas

Cámara de Diputados. Fecha 17 de agosto, 2004. Informe de Comisiones Unidas en Sesión 32. Legislatura 351.

?COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

EL SECRETARIO DE LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL QUE SUSCRIBE, CERTIFICA:

Valparaíso, 17 de agosto de 2004.-

Que el texto que se acompaña, debidamente autenticado, contiene el articulado íntegro del PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO SEXTO TRANSITORIO DE LA LEY N° 19.578, PRORROGANDO VIGENCIA DE COTIZACIÓN EXTRAORDINARIA PARA EL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (Boletín N° 3.636 – 13), con urgencia calificada de “discusión inmediata”, tal como fue aprobado por las Comisiones Unidas, con la asistencia de los Diputados señores Escalona, don Camilo (Presidente), Aguiló, don Sergio; Cardemil, don Alberto; Kuschel, don Carlos Ignacio; Muñoz, don Pedro; Muñoz, señora Adriana; Ortiz, don José Miguel; Pérez, don José; Saffirio, don Eduardo; Salaberry, don Felipe; Seguel, don Rodolfo; Silva, don Exequiel; Tapia, don Boris; Vidal, señora Ximena; Vilches, don Carlos y Von Mühlenbrock, don Gastón.

Asistieron a la Comisión durante el estudio de la iniciativa la señora Ximena Rincón, Superintendente de Seguridad Social, y los señores Julio Valladares, Asesor de la DIPRES y Francisco del Rio, Asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Sometido a votación el proyecto, en general y particular a la vez, se aprobó por 15 votos a favor y un voto en contra.

En consecuencia, se propone a la Sala el siguiente texto:

PROYECTO DE LEY

"Artículo único.- Reemplázase en el inciso primero del artículo sexto transitorio de la ley N° 19.578, el guarismo “2004” por “2008”.”.

Las Comisiones Unidas de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social acordaron, además, que el informe se emitiera en forma verbal directamente en la Sala, para lo cual se designó Diputada Informante a la señora Ximena Vidal.

Al presente certificado se adjunta el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos.

Javier Rosselot Jaramillo

Secretario de las Comisiones Unidas

1.3. Discusión en Sala

Fecha 18 de agosto, 2004. Diario de Sesión en Sesión 32. Legislatura 351. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

PRÓRROGA DE VIGENCIA DE COTIZACIÓN EXTRAORDINARIA PARA EL SEGURO SOCIAL CONTRA ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. Modificaciones de la ley Nº 19.578. Primer trámite constitucional.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto que modifica el artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578, que prorroga la vigencia de la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Diputada informante de las Comisiones Unidas de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social es la señora Ximena Vidal.

Antecedentes:

-Mensaje, boletín 3636-13, sesión 31ª, en 17 de agosto de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 1.

-Certificado de las Comisiones Unidas de Trabajo y Seguridad Social, y de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nº 2, de esta sesión.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada informante.

La señora VIDAL (doña Ximena).-

Señor Presidente, el texto que se acompaña, debidamente autenticado, contiene el articulado íntegro del proyecto de ley que modifica el artículo sexto transitorio de la leyNº 19.578, prorrogando la vigencia de cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, tal como fue aprobado por las Comisiones Unidas, con la asistencia de los diputados señores Escalona, don Camilo (Presidente); Aguiló, don Sergio ; Cardemil, don Alberto ; Kuschel, don Carlos Ignacio ; Muñoz, don Pedro ; Muñoz, señora Adriana ; Ortiz, don José Miguel ; Pérez, don José ; Saffirio, don Eduardo ; Salaberry, don Felipe ; Seguel, don Rodolfo ; Silva, don Ezequiel ; Tapia, don Boris ; Vidal , señora Ximena ; Vilches, don Carlos , y Von Mühlenbrock, don Gastón.

Asistieron a la Comisión durante el estudio de la iniciativa la señora Ximena Rincón , superintendente de Seguridad Social, y los señores Julio Valladares , asesor de la Dipres y Francisco del Río, asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Sometido a votación, en general y en particular a la vez el proyecto, fue aprobado por 15 votos a favor y 1 voto en contra.

En consecuencia, se propone a la Sala el siguiente texto:

“Artículo único.- Reemplázase en el inciso primero del artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578, el guarismo “2004” por “2008”.”.

Las Comisiones Unidas de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social acordaron, además, que el informe se emitiera en forma verbal directamente en la Sala, para lo cual se me designó diputada informante.

Al presente certificado se adjunta el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, en el cual se señala que el proyecto establece una prórroga por cuatro años a la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales establecida en el artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578, sin involucrar incremento en el gasto fiscal.

Con el objeto de que quienes me escuchan lo tengan claro, explicaré brevemente los objetivos del proyecto.

La ley Nº 19.578 representa grandes beneficios para quienes reciben pensiones de invalidez, especialmente, en cuanto al reajuste de las mismas. Este solo hecho amerita votar favorablemente la iniciativa, porque se enmarca en el anuncio de aumento de las pensiones de viudez, de 50 a 55 por ciento de la pensión del causante, a septiembre de 2004, y de 55 a 60 por ciento, a septiembre de 2005, cuando no hay hijos con derecho a pensión de orfandad. Asimismo, aumenta las pensiones mínimas de vejez e invalidez de los pensionados de 75 y más años de edad, y se otorga un bono extraordinario de 10 mil pesos por una sola vez, entre otros, a los beneficiarios de la ley Nº 16.744.

No se puede cuestionar la propuesta del Ejecutivo porque las mutualidades cuenten con grandes recursos y dispongan de un ítem distinto del que corresponde para beneficios directos a sus asociados. Me refiero a la sobrecotización del 0,05 por ciento de la remuneración del trabajador que es de cargo del empleador y que no tiene otro destino que el Fondo de Contingencia, creado por la ley Nº 19.578. No se destina ni un peso de dicho fondo a gastos de administración de las mutuales.

La iniciativa apunta a entregar seguridad a los beneficiarios de pensiones de invalidez, cuyos exiguos ingresos serán reajustados oportunamente.

En síntesis, mediante esta modificación al artículo 6º de la ley Nº 19.578 se resguarda el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Por lo tanto, invito a mis colegas a votar favorablemente el proyecto.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que pueda ingresar a ella la superintendenta de Seguridad Social, señora Ximena Rincón.

No hay acuerdo.

Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry.

El señor SALABERRY.-

Señor Presidente, tal como lo señaló la diputada informante, ayer las Comisiones Unidas de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social conocieron este proyecto de ley, que yo calificaría como justo.

En efecto, las pensiones han experimentado aumentos constantes y extraordinarios, en especial las pensiones mínimas o similares, que son financiadas por el fisco. Tales reajustes son asumidos por los organismos pertinentes del Estado.

Pues bien, el 31 de agosto vence el plazo establecido por la ley Nº 19.578, durante el cual los empleadores debían hacer un aporte del 0,05 por ciento de las remuneraciones de los trabajadores, que iba a un Fondo de Contingencia administrado por las diversas mutuales de seguridad. Entonces, si la cotización de ese aporte de cargo del empleador termina en la fecha indicada, podría producirse un déficit en el sistema de pensiones de alrededor de 6 mil millones de pesos al año. Es la información entregada por el Ejecutivo ayer.

Por eso, nos parece razonable la prórroga por cuatro años que propone el Ejecutivo -agosto del año en curso a agosto del 2008- de esta sobrecotización de 0,05 por ciento de las remuneraciones de los trabajadores, reitero, que es de cargo del empleador, y administrada por las mutuales de seguridad, destinada a paliar los constantes aumentos de las pensiones mínimas.

Por lo tanto, nuestra bancada votará a favor del proyecto.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Carlos Vilches.

El señor VILCHES.-

Señor Presidente, el proyecto que nos convoca, con calificación de discusión inmediata, salva una situación de emergencia, al prorrogar la vigencia del pago de la cotización extraordinaria del 0,05 por ciento de las remuneraciones de los trabajadores que deben hacer las empresas para el seguro social contra riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que administran las mutuales de seguridad. La modificación del artículo 6º transitorio de la ley Nº 19.578, que prorroga la vigencia de dicha cotización hasta el año 2008, no significa gasto fiscal, ya que son las empresas las que deben hacer este aporte.

Si hay una ley que ha sido efectiva es, precisamente, la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. La administración del Fondo de Contingencia llevada a cabo por las mutuales de seguridad: la Asociación Chilena de Seguridad, la Mutual de Seguridad y el Instituto de Seguridad del Trabajo, sumado al rol del Instituto de Normalización Previsional, sin duda, ha permitido su efectividad. La sobrecotización del 0,05 por ciento constituye un aporte para el pago de las pensiones de invalidez cuando faltan recursos, y como su vigencia vence el 31 de este mes, luego de cuatro años, es necesario su prórroga.

Por eso, hago un llamado a los diputados que no participan en la Comisión de Trabajo para que aprueben esta iniciativa, porque ello permitirá contar con los recursos necesarios para pagar sus pensiones a todos los trabajadores afectados por accidentes del trabajo.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Riveros.

El señor RIVEROS.-

Señor Presidente, ante todo, anuncio mi voto favorable a este proyecto, con urgencia calificada de discusión inmediata, que prorroga el pago de la cotización extraordinaria a que están afectas las empresas en virtud de la ley Nº 19.578, obligación que vence el 31 de este mes.

Cabe recordar que esta cotización extraordinaria del 0,05 por ciento de las remuneraciones imponibles de los trabajadores es de cargo del empleador.

Ahora bien, de no mediar esta prórroga se producirá un déficit en instituciones del sector público y privado, tales como el Instituto de Normalización Previsional y el Instituto de Seguridad del Trabajo. En el primer caso sería no inferior a los 2 mil millones de pesos y, en el segundo, tendría un déficit progresivo de 31 mil millones de pesos.

Por cierto, un déficit de esta cuantía en el ámbito público, es decir, en el del Instituto de Normalización Previsional -a cargo de este sistema-, haría difícil pensar en la posibilidad de otorgar, en el futuro, algún reajuste extraordinario de pensiones. También tendríamos un impacto en el ámbito de la seguridad del trabajo, administrado por institutos de esa naturaleza.

De manera que, sin dar más argumentaciones que las entregadas, de carácter financiero, y sobre la base de la necesidad de mantener esta cotización adicional de 0,05 por ciento que, como dije, es de cargo del empleador, considero que se debe votar favorablemente el proyecto y responder a la urgencia calificada de “discusión inmediata”, lo que se justifica por el vencimiento, el próximo 31 de agosto, de la vigencia de dicha cotización adicional establecida en el artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Camilo Escalona.

El señor ESCALONA.-

Señor Presidente, en atención a que la urgencia de la iniciativa ha sido calificada de “discusión inmediata” y a que, según entiendo, la voluntad es aprobarla antes de suspender la sesión, sólo quiero anunciar que nuestra bancada la aprobará, porque resuelve un problema involuntario de financiamiento, originado con la aprobación por el Congreso Nacional, en junio, del proyecto de ley que reajustó las pensiones.

En este caso, se trata de prorrogar por cuatro años la vigencia de la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, establecida en el artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578.

En relación con otros aspectos de la discusión, referidos a las mutualidades, la disposición de nuestra bancada es, naturalmente, a tratarlas, pero en cuanto a este proyecto, su aprobación nos parece indispensable.

He dicho.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Rodolfo Seguel.

El señor SEGUEL.-

Señor Presidente, lamentablemente, al parecer, mi opinión será la única disidente respecto de este proyecto, tal como sucedió ayer en la votación efectuada en las Comisiones unidas de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social. Tengo mis razones de fondo sobre el particular, que deseo exponer en esta oportunidad.

Junto con el diputado Cornejo , hace ya algunos años, presentamos al Ejecutivo un proyecto de ley cuyo objeto era hacer modificaciones de fondo a la ley Nº 16.744, sobre enfermedades profesionales y accidentes del trabajo.

Estamos convencidos -así se lo explicamos al Ejecutivo en su oportunidad y, posteriormente, se lo hemos reiterado en forma permanente, en particular el doctor Cornejo- respecto de la existencia de problemas en aspectos tales como el comportamiento de las mutuales el hecho de que éstas “no tendrían fines de lucro”, el uso de los recursos y la atención a los trabajadores.

Reitero que voté en contra de este proyecto en las Comisiones unidas, por las razones que voy a dar a continuación. Junto con el diputado Cornejo , queremos que en el Congreso Nacional, junto con el Gobierno, se haga un profundo debate sobre el comportamiento económico de las mutuales.

Hace pocos días, el colega hizo una grave denuncia relacionada con el problema de la silicosis, al cual se le está buscando una solución, en las zonas mineras, en especial en la de Los Andes. ¿Dónde está la prevención de las mutuales? Por años, no se ha efectuado en ninguno de los minerales de la gran minería del cobre, y menos en los de la pequeña y mediana minería. ¿Qué pasa con la asbestosis? Hace algunos años, se formó una agrupación con el objeto de luchar contra el uso del asbesto, porque incluso puede producir cáncer. Pero no hemos visto que las mutuales hayan adoptado medidas de prevención a favor de los trabajadores y de las personas que viven cerca de las industrias. Además, tampoco tenemos antecedentes que aclaren el comportamiento económico de las mutuales. Se dice que son sin fines de lucro, pero si se les hace un seguimiento permanente, cuesta creerlo, debido al inmenso crecimiento que han tenido; a esa permanente conducta de dar trabajo, muy bien remunerado, a figuras políticas que pierden las elecciones; a la ayuda que prestan para realizar o ganar elecciones; a la construcción de edificios en distintos lugares; a la compra de aviones y de lanchas, y a que sus personajes más importantes se jactan de ser los principales apoyos de candidaturas de derecha.

-Hablan varios señores diputados a la vez.

El señor SEGUEL.-

Algunos se ríen porque no tienen conocimiento de lo que estamos discutiendo.

¿Para qué seguir dándole dinero a mutuales si lo único que tienen es plata? ¿Por qué no le entregamos ese dinero al Instituto de Normalización Previsional para que él lo administre?

Si un familiar o cualquiera de nosotros tiene algún problema que no se relaciona con una enfermedad y concurre a alguna mutual -lo digo por experiencia propia, porque me ocurrió-, en la camilla le van a pedir el cheque en garantía para que pueda ingresar. ¡En la camilla!

-Hablan varios señores diputados a la vez.

El señor SEGUEL.-

Señor Presidente, pido a los señores diputados que escuchen.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Señores diputados, respetemos al orador. Les pido que guarden silencio.

Puede continuar, diputado Seguel.

El señor SEGUEL.-

Señor Presidente, éste es un tema muy serio. Si a alguien no le gusta, que salga de la Sala o guarde silencio.

Estoy muy preocupado, porque las mutuales han desvirtuado los fundamentos que dieron origen a la ley Nº 16.744, de acuerdo con la voluntad del entonces Presidente de la República, Eduardo Frei Montalva , que siempre ha sido muy apreciada por los trabajadores chilenos.

Hoy, los que menos participan en las mutuales son los trabajadores, que sólo recurren a ellas por accidentes del trabajo o por enfermedades profesionales. Sin embargo, hay pabellones completos para atender a los particulares.

No sé si la superintendencia correspondiente tiene algún registro claro y transparente de estas instituciones, para que nos informe qué pasa con los dineros que reciben las mutuales que no provienen de la ley Nº 16.744. ¿Qué pasa con los dineros de los particulares si se supone que las mutuales son sin fines de lucro? ¿Qué hacen con él? ¿A quiénes atienden preferentemente?

Me siento extremadamente incómodo por esta situación, porque cuando el Ejecutivo se dio cuenta de que se acababa el tiempo, calificó el proyecto de discusión inmediata y no analizamos el fondo del problema: la ley Nº 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Existen mutuales que lo único que han hecho por años es lucrar con el dinero que se les entrega para que proporcionen salud y pensiones a los trabajadores y a los jubilados chilenos.

Si el Ejecutivo no quiere introducir modificaciones de verdad a la ley Nº 16.744, que lo diga, y nos quedaremos tranquilos sabiendo que no quiere hacerle modificaciones; pero que no dilate más el tratamiento de un proyecto de ley que presentamos junto al diputado Cornejo , al que se opusieron las mutuales porque les cambia el sistema de administración.

El Gobierno parece que prefirió quedarse con la opinión de las mutuales y no alterar un sistema en el que hay tanto dinero escondido y que manejan otros para hacer las cuestiones que ya he señalado. Si es así, que lo diga y seguiremos votando en contra de situaciones que prefiero encarar y decirlas públicamente, porque es preferible pelearse con quienes administran las mutuales y defender a la gente que siempre ha votado por nosotros y a la que durante años le han usurpado plata para su propio beneficio.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Carlos Vilches.

El señor VILCHES.-

Señor Presidente, quiero que el señor Seguel me escuche con la misma atención con que yo lo he escuchado. Aprovecho esta tribuna, en donde debe imperar la democracia, para decir que he sido usuario de la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, como empresario y trabajador. Por ello, considero que lo que señaló el diputado colega diputado es una aberración.

Creo que se ha equivocado profundamente al rechazar la administración de la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales por parte de las mutuales de seguridad, porque lo han hecho realmente bien. Incluso, el propio Servicio Nacional de Salud ha hecho convenios con ellas para que sus clínicas suplan las carencias del sistema público, por ejemplo, de pabellones de cirugía. Muchos pacientes del sistema público son atendidos en las clínicas de las mutuales. Si el diputado Seguel desconoce esta realidad, no puede decir lo contrario, porque es uno de los servicios que mejor prestan a los trabajadores estas entidades sin fines de lucro. Tampoco tienen derecho a cuestionar el uso de sus recursos.

Por eso, quienes durante tantos años hemos conocido la aplicación de la ley Nº 19.578, creemos necesaria la aprobación del proyecto.

Señor Presidente, concedo una interrupción al diputado René Manuel García.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el diputado René Manuel García.

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señor Presidente, coincido plenamente con el diputado Seguel. He visto a ex diputados que después de haber perdido las elecciones, son asesores de ministros o ministros de Estado, o hacen lobby en los pasillos de la Cámara y ganan sueldos bastante millonarios.

Sin embargo, el diputado Seguel ha hecho una acusación gravísima respecto del cheque en garantía, cuya supresión ofreció en su campaña el propio Presidente Lagos. Me da la impresión que el colega es una especie rara, porque es a la única persona en Chile a la que se lo han exigido. Entonces, me gustaría que se aclarara esta situación y que se supiera si efectivamente es así, con el objeto de que se tomen las medidas para que no se siga exigiendo.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Ximena Vidal.

La señora VIDAL (doña Ximena).-

Señor Presidente, más allá de cuestionamientos específicos, que son válidos, pero harina de otro costal -si se exige el cheque en garantía, significa que en nuestro país las leyes a veces no se cumplen-, el proyecto calificado de discusión inmediata, responde a un necesario ajuste de caja para solventar el aumento de las pensiones de las personas más vulnerables.

Las cifras entregadas por la Superintendencia de Previsión Social están a disposición de quienes quieran revisarlas.

Por lo tanto, pido que se vote a favor del proyecto como una forma de dar respuesta al profundo sentir de las personas que requieren el aumento de sus pensiones de viudez y de vejez.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Salaberry.

El señor SALABERRY.-

Señor Presidente, llama la atención que ante la falta de argumentos de fondo, con ocasión del debate de un proyecto eminentemente técnico, se llegue a la descalificación y al desprestigio al señalar que las mutuales de seguridad financian candidaturas de personeros de la Derecha. ¡Nunca he recibido plata de estas empresas!

Por otra parte, quiero hacer una aclaración respecto del cheque en garantía. Efectivamente, por ley no puede ser exigido, bajo ninguna condición, en casos de urgencia. Sin embargo, sí es pedido en otros tipos de atención.

Ahora bien, nosotros ya anunciamos el voto a favor, pero ¿qué significaría votar en contra del proyecto? Se generaría al Instituto de Normalización Previsional, INP, un déficit superior a los 1.000 millones de pesos. Debemos recordar que hoy presenta uno cercano a los 500 millones de pesos que deben ser suplidos por el Estado.

También, significaría votar en contra de los trabajadores y de la posibilidad de que se aumenten las pensiones y a favor de los empleadotes, porque se trata de una sobrecotización que es de cargo del empleador, no del trabajador.

Ayer, la superintendenta entregó un acabado análisis de su acción respecto de la administración de los fondos por parte de las mutuales y nos pareció bien lo que ha hecho el Ejecutivo en esa materia. Por eso, podrá discutirse su número y definirse cómo deben administrar los fondos, pero no descalificarse con motivo del debate de un proyecto eminentemente técnico.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Alberto Robles.

El señor ROBLES.-

Señor Presidente, el proyecto permite abordar también otros aspectos relacionados con la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Sin duda, solucionar la temática que nos ocupa es importante, sobre todo para los trabajadores; sin embargo, no quiero dejar pasar la ocasión para destacar algunos elementos de juicio que me parecen importantes, especialmente para el futuro.

Cuando uno revisa los accidentes del trabajo, desde que dicha ley se creó, se da cuenta de que es una buena ley. A mi juicio, a diferencia de otros colegas, las mutualidades, efectivamente, han hecho bien su trabajo. En general, los accidentes del trabajo en las empresas han disminuido y la tasa de accidentabilidad en Chile, comparada con el resto del mundo, es de buen nivel. Es decir, nuestros trabajadores tienen suficiente resguardo respecto de países, incluso, más desarrollados.

Por lo tanto, el know how, la capacidad de nuestros prevencionistas, asociado a las mutualidades y al INP, han logrado una disminución notable de la tasa de accidentabilidad de nuestros trabajadores.

Algo distinto sucede con las enfermedades profesionales, donde todavía hay un vacío importante que solucionar. Dadas las características del trabajo que hoy se desarrolla y la incorporación de mucha tecnología, las enfermedades profesionales han ido cambiando. Por ejemplo, en las grandes empresas mineras han disminuido la silicosis y otros problemas de salud, pero han aumentado dolencias como el lumbago y otras, respecto de las cuales, hoy, los trabajadores tienen una visión distinta de cómo deben ser tratados en las mutualidades.

Rescato el trabajo que realizan las mutualidades. No estoy de acuerdo con el colega Seguel , en términos de que ellas se queden con los recursos. La ley es clara: son instituciones sin fines de lucro, por lo que no se puede decir que han beneficiado con los recursos que el Estado les ha entregado. Eso sí, hoy tienen capacidad para hacer muchas más cosas que las que hacían y debe aprovecharse. Existe una cantidad importante de recursos en poder de las mutualidades, las cuales han invertido en infraestructura hospitalaria a lo largo del país, que les permite, incluso, efectuar tratamientos de enfermedades más allá de lo que la ley les franquea. Poseen clínicas que perfectamente podrían ser utilizadas para solucionar problemas serios, por ejemplo, el trauma. ¿Por qué las mutualidades no podrían hacerse cargo de esta patología o de los accidentes del tránsito que afectan a un número importante de hombres y de mujeres jóvenes? ¿Por qué no, en vez de exigir el seguro para accidentes del tránsito, a través de instituciones del Estado y privadas, que pagan todos los automovilistas, se entrega su aporte a las mutualidades para que hagan prevención en dichos accidentes, puesto que tienen un gran know how en prevención? Que se hagan cargo de los accidentes del tránsito, de los escolares, y de los que sufren las dueñas de casa en el hogar, etcétera, porque la mayor capacidad operativa en esta materia la tienen las mutualidades. No sólo cuentan con el know how, sino también con los profesionales con alta capacidad.

Este tema da para una discusión más de fondo.

Los trabajadores de menores recursos, aquellos que no logran cotizar en las empresas, se atienden en el INP. En verdad, la diferencia entre atenderse en dicho instituto y a través de las mutualidades es enorme. Para ser franco, en Chile muchos trabajadores no encuentran solución a sus problemas cuando se atienden por el INP, porque éste, finalmente, los deriva a los servicios de salud y todos sabemos la gran cantidad de recursos que dichos servicios tienen, comparativamente a las mutualidades, para un mismo problema.

Debemos mejorar este proyecto de ley; apuntar a un cambio radical en el sentido de aumentar las atribuciones de la Superintendencia de Seguridad Social para que se involucre más efectivamente y controle con mayor precisión la forma de utilizar y hacer llegar los recursos a los trabajadores; pero que también permita mejorar la atención de nuestra gente mediante la potencialidad de las mutualidades que estamos aprovechando muy mal.

Votar a favor del proyecto implica solucionar un problema de la actual legislación y, por lo tanto, se requiere prorrogar la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Por eso, anuncio nuestro voto favorable.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Seguel.

El señor SEGUEL.-

Señor Presidente, de todos los diputados que han opinado a favor del proyecto, sólo la intervención del diputado Robles ha sido seria y con conocimiento de causa. Las anteriores no tienen mucha fuerza ni siquiera para responderlas, salvo la del diputado Carlos Vilches , quien tiene algún conocimiento sobre el tema. Se nota que no han entendido absolutamente nada de lo que he planteado. Aunque formen parte de la Comisión de Trabajo, no entienden nada de nada.

Por el proyecto de ley se pretende ampliar, por cuatro años más, el 0,05 por ciento que los empleadores pagan a las mutuales. Pero, para quienes no lo saben, el fondo de esta discusión tiene que ver con la ley Nº 16.744, sobre enfermedades profesionales y accidentes del trabajo.

Me parece interesante lo manifestado por el diputado Robles; sin embargo, no comparto con él el hecho de que las mutuales han cumplido bien. ¿Cómo no van a cumplir mínimamente bien con las sumas estratosféricas de millones de pesos que se les entrega, provenientes de un porcentaje del salario de cada trabajador, para que actúen en beneficio social de sus afiliados, ante enfermedades profesionales y accidentes del trabajo? Si así fuese, si las mutuales atendiesen las enfermedades profesionales y los accidentes del trabajo, como todas las empresas, y no las escondieran, menos los accidentes laborales, obviamente estarían llenas de trabajadores en espera de ser atendidos y no tendríamos, como hoy, pabellones ni camas ocupadas por particulares. Es decir, no entregan el servicio que corresponde a quienes realmente son sus usuarios.

Me llama la atención. El diputado Robles debería discutir este punto con el diputado Cornejo , quien es doctor, al igual que él, pero con un conocimiento distinto. El diputado Cornejo acaba de denunciar públicamente a la División Andina de Codelco Chile, puesto que nunca ha hecho la prevención necesaria respecto de la silicosis. Si el diputado Robles se hubiese preocupado de conversar con él antes, sabría que Codelco va a gastar una cantidad impresionante de millones de pesos en pagar a sus trabajadores un tipo de indemnización, revisiones médicas y los problemas de salud que el diputado Cornejo descubrió a raíz de sus estudios.

El diputado Cornejo y yo nos preguntamos, entonces, ¿dónde está la prevención que deben realizar las mutuales? El problema no es otorgar el 0,05 por ciento a las mutuales de seguridad social y al INP: es más de fondo, más serio y requiere de una mayor discusión entre los profesionales de la salud, los dirigentes sindicales, los trabajadores y los parlamentarios que conocemos el tema y nos interesa.

Por eso, no me ha gustado que nos presenten este proyecto para discutirlo y aprobarlo en menos de 24 horas, como si aquí no pasara nada. Sí aquí pasa mucho. Las mutuales no están actuando como corresponde, pues su atención en materia de salud y prevención no se limita a cumplir con la ley Nº 16.744.

Algunos creemos que dicha ley debe ser revisada y cambiada. Otros, como el diputado Robles, piensan que las mutuales lo han hecho bien. Discutámoslo , vayamos a terreno, pero no nos traigan un proyecto, de la noche a la mañana, de dos líneas, para prorrogar por cuatro años más la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, que reciben las mutuales y el INP, sin discutir el fondo del asunto.

Este hecho habría pasado colado si ayer no hubiese asistido, como es mi obligación, a la Comisión de Trabajo, donde fui el único que votó en contra del proyecto y habría pasado colado si no hubiese intervenido hoy y se habría despachado al Senado. Pero no estoy dispuesto a eso. A mi gobierno debo decirle que este proyecto es un paso un poquito fraudulento para aprovechar una ley, cuando hay que solucionar el problema de fondo de la ley Nº 16.744.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Carlos Montes.

El señor MONTES.-

Señor Presidente, proyecto tiene una finalidad bien específica y focalizada, cual es mantener el aporte patronal por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales hasta el 2008.

Estamos completamente de acuerdo con ese fin y en que el proyecto debe ser apoyado, porque permite mantener el aporte patronal.

Pido a la Sala referirse al objeto específico del proyecto y no entrabarse a propósito de otros problemas que presenta el sistema y que, a lo mejor, ameritan otro tipo de reflexión y de trabajo.

Desde mi punto de vista, dado los antecedentes que poseo, el sistema tiene grandes atributos. Es una adaptación nacional que da cuenta de un problema y que ha permitido mejorar el equipamiento, la infraestructura, las condiciones de atención de los accidentes del trabajo a lo largo del país y responder a distintas necesidades en esta materia.

Pero, como en todo sistema, hay insuficiencias. El diputado Seguel ha planteado algunas que desconozco, pero le creo y hay que analizarlas. Podría encargarse a la Comisión de Trabajo que realice una investigación sobre esta materia, que constate los problemas existentes y cite a gente de Gobierno para que vea si tiene o no razón. Ahora, si la tiene, ello obliga a hacer mayores rectificaciones.

Por experiencias directas puedo decir que, a pesar de esta inmensa inversión y capacidad que tiene, por ejemplo, la Asociación Chilena de Seguridad, gracias a los recursos de todos los trabajadores, hay un alto porcentaje de capacidad ociosa, al menos en la Región Metropolitana.

El porcentaje que se utiliza es muy bajo, lo que obliga a discutir y establecer criterios para celebrar convenios con el resto del sistema de salud, de manera que la capacidad de atención de accidentes que se encuentra ociosa en un territorio determinado pueda ser utilizada en porcentajes mayores y no sólo para una cantidad de casos muy limitada. De hecho, actualmente la capacidad utilizada no supera el 20 por ciento. Me parece que podríamos acordar por unanimidad que la Comisión de Trabajo realice un estudio respecto de estos temas y de los que ha planteado el diputado señor Seguel , para que hoy sólo nos aboquemos a discutir el propósito específico para el cual se presentó esta iniciativa, esto es, mantener el aporte patronal al sistema.

Los diputados socialistas vamos a votar a favor del proyecto, porque lo consideramos acotado y focalizado, porque valoramos el sistema y nos parece fundamental que se mantenga el aporte patronal.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado José Miguel Ortiz.

El señor ORTIZ.-

Señor Presidente, ayer, en la discusión en las Comisiones Unidas de Hacienda y de Trabajo, fue posible analizar el objetivo de la iniciativa que nos ocupa: mantener por otros cuatro años, a partir del 1 de septiembre próximo, la cotización extraordinaria del 0,05 por ciento de las remuneraciones imponibles, de cargo del empleador, para el financiamiento del seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, establecida en el artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578.

Nadie puede discutir la validez de lo planteado por el diputado Rodolfo Seguel , porque tiene bastante razón. De hecho, hace algunos años, junto con el colega Patricio Cornejo solicitaron que se buscara la forma de perfeccionar la ley Nº 16.744, promulgada durante el gobierno del presidente y estadista Eduardo Freí Montalva.

Se trata de un tema que debe ser asumido por el Gobierno a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para lo cual debe conversar con los diputados Seguel y Cornejo. Asimismo, tal como señaló el diputado Carlos Montes , la situación denunciada debiera ser analizada por la Comisión de Trabajo de nuestra Corporación.

En todo caso, me parece oportuno dejar en claro que esto no significa estar en contra de las mutualidades.

Es bueno recordar dos hechos que nos permiten entender porqué se creó el fondo de contingencia.

A partir del gobierno del presidente Patricio Aylwin se establecieron varios beneficios para los pensionados que, en su inmensa mayoría, son de costo fiscal y se encuentran consagrados en la ley Nº 16.744. No obstante, posteriormente, entre 1996 y comienzos de 1998, la asociación gremial de asociaciones de mutualidades expresó su permanente preocupación, por cuanto pensaban que, por la forma como se estaban otorgando los beneficios, se podía producir la quiebra de las mutualidades.

¡Ésa es la verdad acerca del establecimiento del fondo de contingencia!

En ese instante, hubo gran polémica a través de la prensa, incluso se hicieron inserciones de los diarios. En mi condición de integrante de la Comisión de Hacienda, me correspondió participar en una reunión, celebrada aproximadamente en 1998, a la que también asistieron representantes de las mutualidades, quienes expresaron que no estaban en condiciones de financiar el fondo de contingencia, que se creó exclusivamente en función de unos aguinaldos otorgados a los pensionados.

Por razones de Estado y como siempre resulta ser lo mejor en política, se firmó un protocolo, fruto de un acuerdo en el que incluso participamos varios parlamentarios, como consecuencia del cual, mediante la ley Nº 19.578, se creó el fondo de contingencia. El número 1 de la letra A de su artículo 21 dispone: “A partir del 1º de octubre de 1998, cada Mutualidad deberá constituir un Fondo de Contingencia, que estará destinado a solventar mejoramientos extraordinarios de pensiones y beneficios pecuniarios extraordinarios para los pensionados.”

Aquí se ha planteado que el gran perjudicado puede ser el INP, lo que es efectivo, pero no en la medida en que lo serían las mutualidades. Las cifras no mienten. Si no aprobamos esta prórroga de cuatro años, el impacto anual para el Instituto de Normalización Previsional sería de 1.136 millones de pesos, mientras que para la Asociación Chilena de Seguridad, dueña de los hospitales del Trabajador, llegaría a 2.823 millones de pesos; vale decir, más que el doble de lo que perdería el INP; para la Mutual de Seguridad, ascendería a 1.849 millones de pesos, y para el IST alcanzaría a 634 millones de pesos.

¿Quiénes serían los perjudicados? Las mutualidades. Y ninguno de nosotros, como diputados de gobierno, serios y responsables, estamos de acuerdo con que las mutualidades quiebren, porque son instancias útiles respecto de las enfermedades del trabajo. Pero es bueno analizar en qué forma se puede mejorar el rendimiento de los ingresos cuantiosos que perciben estas instituciones cada año.

Debido a eso, voy a votar favorablemente la iniciativa, porque no quiero, por ningún motivo, perjudicar las pensiones y beneficios de millones de chilenos.

Además, debo aclarar que no estamos en contra de las mutualidades, pero no debemos olvidar que las instituciones las dirigen personas, quienes deben tener absolutamente claro que tiene que imperar el bien común.

Reitero que votaré favorablemente la prórroga de la vigencia de este aporte extraordinario.

He dicho.

El señor LEAL (Vicepresidente).-

El diputado Carlos Montes propuso encargar un informe a la Comisión del Trabajo sobre el funcionamiento del sistema. Esto se hace generalmente a través de proyectos de acuerdo, pero si hay unanimidad de la Sala, podremos solicitar ese informe a la Comisión.

¿Habría acuerdo?

No hay acuerdo.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor LEAL (Vicepresidente).-

Corresponde votar en general el proyecto que modifica el artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578, a fin de prorrogar la vigencia de la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 81 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.

El señor LORENZINI (Presidente).-

Aprobado en general el proyecto.

Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara también aprobado en particular.

Despachado el proyecto.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Accorsi , Aguiló , Alvarado , Allende ( doña Isabel) , Araya , Ascencio , Bauer , Bayo , Becker , Bertolino , Burgos , Cardemil , Ceroni , Cornejo , Correa , Cristi ( doña María Angélica) , Delmastro , Dittborn , Egaña , Errázuriz , Escalona , Espinoza , Galilea (don José Antonio) , García (don René Manuel) , García-Huidobro , González (doña Rosa), González (don Rodrigo) , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Ibáñez (don Gonzalo) , Ibáñez (doña Carmen) , Jaramillo , Jarpa , Kast , Kuschel , Leal , Leay , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Masferrer , Meza , Molina , Montes, Muñoz (don Pedro) , Muñoz (doña Adriana) , Navarro , Norambuena , Ojeda , Olivares , Ortiz , Palma, Pérez (don José) , Pérez (don Ramón) , Pérez (don Víctor) , Prieto , Recondo , Riveros , Robles, Rojas , Rossi , Saa (doña María Antonieta) , Saffirio , Salaberry , Salas , Sánchez , Sepúlveda ( doña Alejandra) , Silva , Tapia , Tarud , Tohá (doña Carolina) , Tuma , Uriarte , Urrutia , Valenzuela , Vargas , Vidal ( doña Ximena) , Vilches , Villouta , Von Mühlenbrock y Walker.

-Votó por la negativa el diputado señor Seguel.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 18 de agosto, 2004. Oficio en Sesión 22. Legislatura 351.

VALPARAISO, 18 de agosto de 2004

Oficio Nº 5106

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del Mensaje, certificado y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único.- Reemplázase en el inciso primero del artículo sexto transitorio de la ley N° 19.578, el guarismo “2004” por “2008”.”.

Dios guarde a V.E.

PABLO LORENZINI BASSO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisiones Unidas

Senado. Fecha 18 de agosto, 2004. Informe de Comisiones Unidas en Sesión 22. Legislatura 351.

?CERTIFICADO

Certifico que en el día de hoy, a las 16:00 horas, se reunieron las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas, para tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578, prorrogando vigencia de cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Boletín Nº 3.636-13, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

A la sesión en que se analizó el proyecto asistieron el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Ricardo Solari, acompañado de su asesor, don Francisco Del Río; la señora Superintendente de Seguridad Social, doña Ximena Rincón; el Subjefe del Departamento Actuarial de la Superintendencia de Seguridad Social, don Emilio Torres, y el asesor del Ministerio de Hacienda, don Julio Valladares.

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los miembros presentes de las Comisiones unidas, en los mismos términos en que fue despachado por la Honorable Cámara de Diputados. El acuerdo fue adoptado por los Honorables Senadores señora Matthei, como integrante de ambas Comisiones y señores Boeninger, Canessa, Foxley, García, Lavandero, Ominami y Parra.

El informe financiero adjunto a los antecedentes, de fecha 16 de agosto del presente año, señala que “Este proyecto de ley no involucra incremento en el gasto fiscal.”.

En consecuencia, las normas de la iniciativa no producirán desequilibrios presupuestarios ni incidirán negativamente en la economía del país.

Valparaíso, 18 de agosto de 2004.

ROBERTO BUSTOS LATORRE

Secretario

2.2. Discusión en Sala

Fecha 18 de agosto, 2004. Diario de Sesión en Sesión 22. Legislatura 351. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

PRÓRROGA DE VIGENCIA DE COTIZACIÓN EXTRAORDINARIA PARA SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Conforme a lo recién acordado, corresponde ocuparse del proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica el artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578, prorrogando la vigencia de la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, con urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (3636-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 22ª, en 18 de agosto de 2004.

Informe de Comisión:

Trabajo y Hacienda, unidas (verbal), sesión 22ª, en 18 de agosto de 2004.

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Solicito la autorización del Senado para que ingrese a la Sala la señora Ximena Rincón, Superintendenta de Seguridad Social.

--Se accede.

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Foxley, Presidente de la Comisión de Hacienda , quien rendirá un informe verbal sobre el asunto.

El señor FOXLEY .-

Señor Presidente , el proyecto se analizó recién a las cuatro de la tarde de hoy, en reunión conjunta de las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social.

La iniciativa prorroga la vigencia de la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Tal cotización extraordinaria, acordada mediante una ley del 1º de septiembre de 1998, consiste en un 0,05 por ciento de las remuneraciones imponibles, de cargo del empleador, en favor de dicho seguro.

Se establece que los recursos obtenidos mediante la normativa en estudio deben destinarse a la creación y mantenimiento de un Fondo de Contingencia, cuyo objetivo es financiar mejoramientos extraordinarios de pensiones y otros beneficios pecuniarios del mismo carácter para los pensionados de las mutualidades de empleadores.

Recientemente, el Congreso aprobó un mejoramiento de pensiones de viudez y de pensiones mínimas para jubilados mayores de 75 años de edad. Las mutualidades de empleadores deberán destinar en el trienio 2004 a 2006 casi el 50 por ciento de los recursos acumulados en su Fondo de Contingencia a financiar tal incremento extraordinario del monto de las pensiones.

Por otra parte, de eliminarse esa cotización extraordinaria, al Instituto de Normalización Previsional, que financia los mejoramientos excepcionales de pensiones generalmente con cargo al presupuesto fiscal, le significaría dejar de percibir más de mil millones de pesos, con lo que se generaría un problema fiscal y de financiamiento producto de ese incremento en el valor de las pensiones.

Lo que se propone en el proyecto es la prórroga de esa cotización extraordinaria por un período de cuatro años (hasta el 2008), de tal modo que ello permita financiar futuros mejoramientos extraordinarios de pensiones en el caso de las mutualidades de empleadores, y, por esa vía, disminuir también el déficit que se provocaría al Instituto de Normalización Previsional en caso de no aprobarse la extensión del referido plazo.

Las Comisiones de Hacienda y de Trabajo, unidas, contaron con la presencia del señor Ministro del Trabajo y de la Superintendenta de Seguridad Social, señora Ximena Rincón , y, luego de analizar el proyecto, lo aprobaron por unanimidad, razón por la cual recomiendan a la Sala proceder en los mismos términos.

El señor LARRAÍN (Presidente).-

Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.

La señora MATTHEI.-

Señor Presidente , la ley 16.744 tiene por objeto prevenir accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; tratar médicamente a quienes han sufrido un accidente o una enfermedad de este tipo, y, también, pagar pensiones cuando, como consecuencia de lo anterior, se produce la invalidez del afectado.

Las pensiones que pagan las mutualidades de empleadores se encuentran consagradas en la ley. Cuando se aprueba un aumento o reajuste no previsto en la legislación -los contemplados en ella operan automáticamente, sobre la base del IPC o del alza del costo de la vida- con el objeto de incrementar la pensión mínima u otorgar un beneficio especial a las viudas, por ejemplo, el financiamiento no proviene de la cotización normal establecida en la Ley sobre Accidentes del Trabajo. Por eso, las mutualidades de empleadores reclaman por el hecho de tener que estar destinando al pago de pensiones dineros orientados a otros fines, como inversión médica y hospitales.

De ahí que me parece razonable elevar el monto de las cotizaciones, de tal modo que el aumento extraordinario de pensiones aprobado hace algún tiempo por el Senado no signifique, de alguna manera, distraer recursos que las mutualidades de empleadores tienen para otros fines. Ése es el motivo que nos llevó a acoger la iniciativa en las Comisiones unidas.

Sin embargo, señor Presidente , reclamo porque este proyecto debió haberse presentado junto con el que estableció el aumento de las pensiones. No puede ser que primero nos den la buena noticia del alza en sus montos y todo el mundo la celebre en la prensa, y luego nos planteen el incremento de las cotizaciones, sin el cual no se podría financiar el mejoramiento de aquéllas. Eso no es aceptable. El Gobierno sabía perfectamente el costo de la medida y que ella no se podía llevar a efecto con los fondos existentes.

Por lo tanto, no resulta admisible que primero nos digan "Se aumenta el monto de las pensiones", el Presidente de la República aparezca dando las buenas noticias, y el Gobierno, llevándose todo el crédito, para luego comunicarnos que eso implica que los empleadores deben subir las cotizaciones.

Consideramos absolutamente imprescindible el proyecto, pero nos hubiera gustado -y éste es nuestro reclamo- que se presentara en forma conjunta con el otro.

El señor LARRAÍN (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.

El señor ZURITA.-

Sólo deseo hacer una pregunta, señor Presidente : ¿se va a producir la misma situación el 2008?

Es una consulta para los señores miembros de la Comisión de Hacienda.

El señor FOXLEY .-

¿En qué sentido, señor Senador ?

El señor ZURITA.-

O sea, ¿el que gobierne el 2008 ya no va a tener este problema de que no le alcance la plata? ¿O los accidentes y las enfermedades profesionales se van a terminar? Ésas son mis dudas.

El señor LARRAÍN (Presidente).-

Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.

La señora MATTHEI.-

Señor Presidente , en la cotización que cobran las mutualidades de empleadores está previsto el pago de las pensiones. Ellas saben qué porcentaje de gente se va a invalidar o se va a morir por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, y eso está incluido en la cotización. De hecho, si en determinada empresa se producen más accidentes que los habituales, la tasa de cotización se ajusta de inmediato al alza. Por lo tanto, las pensiones normales se hallan perfectamente financiadas por la Ley sobre Accidentes del Trabajo.

Lo que ocurre es que, cuando se concede un reajuste extraordinario no contemplado en la ley, el monto de la cotización no alcanza a cubrir la diferencia, por lo que se debe establecer temporalmente un descuento adicional para financiar ese reajuste.

El señor LARRAÍN (Presidente).- 

Tiene la palabra el señor Ministro del Trabajo.

El señor SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsión Social) .-

Señor Presidente , simplemente deseo hacer dos afirmaciones a propósito del contexto en que se ha desarrollado la discusión.

El universo de personas beneficiadas por los anuncios que hizo el Presidente Lagos el 21 de mayo último gira en torno del millón. Y aquí estamos hablando de pensiones que cubren un número no superior a las 15 mil personas. Considero importante enfatizar la relación entre las muy buenas noticias que se dieron el 21 de mayo y el contenido del proyecto en debate, cuya urgencia hemos calificado de "discusión inmediata".

En segundo lugar, los ingresos totales del sistema mutual destinados a pensiones ascienden a 19 mil 995 millones de pesos. Estos recursos -respondiendo al Senador señor Zurita - permitirían financiar las pensiones en régimen; pero, tal como lo ha hecho presente la Honorable señora Matthei , cualquier reajuste excepcional requiere, no aumentar -quiero ser muy claro en eso-, sino mantener la contribución adicional establecida en 1998, cuando el Gobierno del Presidente Frei decidió realizar un conjunto de mejoramientos extraordinarios a las pensiones con cargo a una sobrecotización de 0,05 por ciento de las remuneraciones imponibles. O sea, se trata de una cifra bastante marginal en relación con el costo total de las pensiones asistenciales y de vejez que fueron reajustadas.

Claro, habría sido eventualmente razonable, como ha dicho la Senadora señora Matthei , tratar en conjunto ambas iniciativas; pero el importe que implica el proyecto en discusión es absolutamente minúsculo comparado con el inmenso gasto que significa el desembolso total en pensiones.

En cuanto a lo que sucederá en el año 2008, es algo que deberá resolver la Administración siguiente.

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor García.

El señor GARCÍA .-

Señor Presidente , estimo indispensable aprobar el proyecto, porque, si existen instituciones que funcionan bien en nuestro país, ésas son precisamente las mutualidades de empleadores, que administran los recursos para hacer frente a los accidentes del trabajo. Son un ejemplo para Latinoamérica, e incluso para varios países de otras partes del mundo. Por eso, desde ningún punto de vista quisiera poner en riesgo su solvencia financiera, pues al final los perjudicados serían los trabajadores que sufrieran algún accidente laboral.

La iniciativa busca que las mutualidades de empleadores -que, repito, son las que administran los dineros provenientes de las cotizaciones para cubrir los riesgos contra accidentes del trabajo- mantengan un Fondo de Contingencia, es decir, reservas suficientes para hacer frente a eventuales alzas en las pensiones que deban pagar.

Mi recomendación es aprobar el proyecto, señor Presidente.

El señor LARRAÍN (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor CANTERO.-

Señor Presidente , considero muy importante aprobar esta iniciativa, toda vez que permite allegar recursos para mejorar las pensiones asistenciales, de viudez y de personas mayores de 75 años de edad.

La eliminación de la cotización extraordinaria significaría dejar de percibir mil 136 millones de pesos anuales a partir de 2005. Además, el INP ya padece un déficit de aproximadamente 540 millones por este concepto. De tal manera que, atendido su enfoque social, me parece de la más alta conveniencia apoyar la aprobación del proyecto.

Empero, no quiero dejar pasar la oportunidad sin señalar que, si bien las mutualidades de empleadores son un sistema muy positivo y ampliamente aceptado, es necesario considerar, para efectos de la equidad y la justicia con que se debe abordar este tema, que ellas presentan todavía un problema muy grave en cuanto al procedimiento por el cual un trabajador enfermo accede a aquél. En ese estado, tiene que ir al Servicio de Salud correspondiente a su empresa, donde se le detecta la enfermedad (por ejemplo, silicosis); después de ello, debe pasar a COMPIN, donde se evalúa el diagnóstico; y si no está de acuerdo con la resolución que se dicta, tiene que acudir a la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (COMERE). Y -dicho sea de paso-, producto de la escasez de recursos y de la falta de una definición respecto de su gestión, tal entidad actualmente demora, en promedio, un año y hasta 18 meses en resolver el reclamo de una persona que, además de padecer un grave problema de salud, no tiene ingresos suficientes. Esto genera un cuello de botella.

Conversamos el asunto con el Ministro del Trabajo y con la Superintendenta de Seguridad Social, doña Ximena Rincón , y hemos percibido gran comprensión sobre el particular.

El sistema funciona, pero lo hace con déficit significativos.

A pesar de que mis observaciones tocan tangencialmente el fondo del proyecto, quiero hacer presente que en la Segunda Región, por ejemplo, la cantidad de casos pendientes cada año es muy superior a la de los que se resuelven. Además, los principales recurrentes de apelación de las resoluciones sobre diagnósticos de salud de personas gravemente enfermas son, precisamente, la Asociación Chilena de Seguridad, el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) y la Mutual de Seguridad de Chile, además de la CODELCO, tanto en su división de El Teniente como en la de Chuquicamata.

El sistema funciona, sin duda, pero con un problema muy serio: la persona muere, en espera de que su diagnóstico sea finalmente ratificado, sin acceder a los beneficios correspondientes.

Pese a lo anterior, junto con agradecer la comprensión que el señor Ministro del Trabajo y la Superintendenta de Seguridad Social han mostrado respecto de esta materia, y en consideración a los compromisos que hemos asumido para superar la situación a la brevedad, anuncio mi voto favorable.

El señor LARRAÍN (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

¿Algún señor Senador desea fundar su voto?

En votación electrónica.

El señor HOFFMANN ( Secretario ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LARRAÍN ( Presidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (37 votos a favor), y queda terminada su discusión en este trámite.

Votaron los señores Aburto, Arancibia, Ávila, Boeninger, Canessa, Cantero, Cariola, Chadwick, Coloma, Cordero, Espina, Fernández, Flores, Foxley, Frei (don Eduardo), García, Gazmuri, Horvath, Larraín, Martínez, Matthei, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Núñez, Ominami, Páez, Parra, Prokurica, Ríos, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Stange, Vega, Zaldívar (don Andrés) y Zurita.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 18 de agosto, 2004. Oficio en Sesión 34. Legislatura 351.

Valparaíso, 18 de Agosto de 2.004.

Nº 24.073

A S.E. El Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que modifica el artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578, prorrogando vigencia de cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, correspondiente al boletín Nº 3.636-13.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 5106, de 18 de Agosto de 2.004.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 19 de agosto, 2004. Oficio

VALPARAÍSO, 19 de agosto de 2004

Oficio Nº 5115

A S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único.- Reemplázase en el inciso primero del artículo sexto transitorio de la ley N° 19.578, el guarismo “2004” por “2008”.”.

Dios guarde a V.E.

PABLO LORENZINI BASSO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 19.969

Tipo Norma
:
Ley 19969
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=229647&t=0
Fecha Promulgación
:
25-08-2004
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cx3e
Organismo
:
MINISTERIO DE HACIENDA
Título
:
MODIFICA EL ARTICULO SEXTO TRANSITORIO DE LA LEYNº 19.578, PRORROGANDO VIGENCIA DE COTIZACIÓNEXTRAORDINARIA PARA EL SEGURO SOCIAL CONTRARIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADESPROFESIONALES
Fecha Publicación
:
31-08-2004

    LEY NUM. 19.969

MODIFICA EL ARTICULO SEXTO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 19.578, PRORROGANDO VIGENCIA DE COTIZACIÓN EXTRAORDINARIA PARA EL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Reemplázase en el inciso primero del artículo sexto transitorio de la ley Nº 19.578, el guarismo "2004" por "2008".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

      Santiago, 25 de agosto de 2004.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.- Ricardo Solari Saavedra, Ministro del Trabajo y Previsión Social.

      Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.