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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 19.788

AUTORIZA LA CONSTRUCCIÓN DE MONUMENTOS EN PUERTO AYSÉN Y COYHAIQUE, CREA EL MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Rodolfo Stange Oelckers y Antonio Horvath Kiss. Fecha 31 de marzo, 1998. Moción Parlamentaria en Sesión 3. Legislatura 337.

MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES HORVATH Y STANGE, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA LA CONSTRUCCIÓN DE MONUMENTOS EN PUERTO AYSÉN Y COYHAIQUE, Y CREA EL MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE.

BOLETÍN Nº 2157-04.

CONSIDERANDO:

1.- La trascendente labor desarrollada en beneficio de Chile por Don Augusto Grosse Ickler, mediante sus exploraciones y apoyo a la colonización de la Patagonia Chilena, por la elaboración de un completo archivo de Obras Públicas en un largo período en el país y por su difusión en el extranjero.

2.- Su testimonio de vida, caracterizado por un espíritu de trabajo ejemplar, austeridad y capacidad de transmitir entusiasmo y amor por el territorio nacional.

3.- Sus datos biográficos:

Nacido el 22 de Marzo de 1902 en Bochum, Westfalia. De la República de Alemania. Estudió Agronomía en Hersfeld. Se instala en Chile en 1931 y a partir da 1932 inicio un largo proceso de exploraciones para futuros caminos y la colonización en Aysén, para lo cual es contratado en el Ministerio de Obras Públicas; en 1935 junto a Otto Uebel, Ernesto Ludwig, a los que se suma un poco más tarde Walter Hopperdietzel, fundan Puerto Puyuhuapi. Publica tres libros "Visión de Aysén" (dos ediciones, 1955 y 1974), "Visión Histórica y Colonización de la Patagonia Occidental" (1984), y "Expediciones en la Patagonia" (1990). Dicta numerosas conferencias con películas y diapositivas acerca de la Patagonia en Chile y Europa, desarrolla un extenso archivo de fotografías y películas del país, y en especial de Obras Públicas entre 1935 y 1992. Recibe condecoraciones de los gobiernos de Chile y Alemania. Las fotografías, por su alto valor artístico, se encuentran en numerosas oficinas pública y colecciones privadas. Fallece después de su fructífera y ejemplar vida el 16 de Enero de 1998.

4.– La conveniencia de dar acceso público a sus documentos, fotografías, películas y material de trabajo por su valor histórico, artístico, técnico y científico.

5.– La necesidad de perpetuar y rendir honor a su memoria, así como dar ejemplo a las generaciones venideras que no tuvieron la posibilidad de conocerlo, y

6.– El Nº 5 del artículo 60 de la Constitución Política de la República de Chile, es que vengo en presentar la siguiente

MOCION DE LEY

“ERIGE MONUMENTO EN LA CIUDAD DE PUERTO AYSEN Y COYHAIQUE, Y CREA MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE”

ARTICULO 1º.-

Autorízase erigir dos monumentos, uno en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la ciudad de Coyhaique, en memoria del explorador Augusto Grosse ickler, y un Museo y Archivo Regional de sus trabajos en Coyhaique.

ARTICULO 2º.-

La obras se financiarán mediante erogaciones populares obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes.

ARTICULO 3º.-

Las colectas públicas que señala el artículo anterior se efectuarán en las fechas que determine lo Comisión Especial que establece el artículo 5º de la presente ley.

ARTICULO 4º.-

Créase un fondo destinado a recibir iago erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en a! artículo 2º.

ARTICULO 5º.-

Créase una Comisión Especial integrada por 10 miembros ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Dos senadores y dos diputados designados por sus respectivas Cámaras.

b) Un representante de la familia de Don Augusto Grosse.

c) El Alcalde de la ciudad de Puerto Aysén.

d) El Alcalde de la ciudad de Coyhaique.

e) Un representante de la Dirección de Archivos, Bibliotecas y Museos del Ministerio de Educación.

f) Un representante del Ministerio de Obras Públicas.

g) Un representante de la Embajada Alemana en Chile.

Se requerirá de la mayoría de sus miembros para sesionar y adoptar acuerdos. Entre los miembros de la Comisión, elegirán un Presidente por unanimidad y éste tendrá voto dirimente en caso de empate.

ARTICULO 6º.-

La Comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y forma en que se efectúen las colectas públicas señaladas en el artículo 2º y realizar las gestiones para los objetivos que señala el artículo 1º.

b) Establecer los sitios en que se ubicaran los monumentos.

c) Establecer el sitio y lugar en que .se establecerá el Museo y Archivo.

d) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, elaborar las bases y resolverlo.

e) Administrar el fondo creado por el artículo 4º.

f) Establecer la administración y futuro desarrollo del Museo y Archivo.

g) Abrir una cuenta corriente especial para este Fondo.

RODOLFO STANGE OELCKERS

Senador

ANTONIO HORVATH KISS

Senador

1.2. Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 14 de julio, 1999. Informe de Comisión de Educación en Sesión 17. Legislatura 340.

?INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aysén y Coyhaique, y crea el Museo y Archivo del Explorador Augusto Grosse Ickler.

BOLETIN Nº 2.157-04.

Honorable Senado:

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, iniciado en Moción de los HH. Senadores señores Antonio Horvath Kiss y Rodolfo Stange Öelckers.

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Don Augusto Grosse Ickler nació el 22 de marzo de 1903 en la ciudad de Bochum, Westfalen, Alemania.

Luego de cursar estudios de agronomía y ganadería en Hersfeld y Holanda, termina su educación superior en la Escuela de Maquinaria Agrícola de Berlín. Una vez titulado viaja a Chile en 1931, con la finalidad de profundizar su especialización mediante prácticas profesionales en el extranjero.

Por encargo del Ministerio de Obras Públicas inicia, a partir de 1932, un exhaustivo proceso de exploraciones tendientes a los primeros análisis de factibilidad para la construcción de caminos y sendas de penetración que facilitaran la colonización del territorio austral. También, en calidad de funcionario estatal, prestó servicios en lsla de Pascua e Isla Juan Fernández.

Dicha labor le permitirá adquirir un gran conocimiento del extremo sur y será la base para fundar con apoyo gubernamental, el 10 de enero de 1935, Puerto Puyuhuapi, en compañía de Otto Uebel, Ernesto Ludwig y Walter Hopperdietzel. Cabe recordar que la fundación de este asentamiento buscaba constituirse en la primera fase de un proyecto de colonización con ciudadanos alemanes en el Valle Longitudinal de Chaitén.

Entre 1935 y 1965 organizó y dirigió varias expediciones al territorio patagónico, cuyas experiencias fue registrando en bitácoras personales. Como resultado de estas empresas fue posible incorporar de manera efectiva una porción geográfica relevante a la soberanía nacional, pues implicó ubicar con precisión cada uno de los accidentes y circunstancias propias de esa inhóspita zona.

Publica tres libros que compilan sus observaciones y material fotográfico relativos a la geografía de la XIª Región, características humanas de sus habitantes y principales aspectos de su colonización, a saber, “Visión de Aysén” con ediciones en 1955 y 1974; “Visión Histórica y Colonización de la Patagonia Occidental” en 1984, y “Expediciones en la Patagonia” en 1990. Dicta, además, numerosas conferencias en Chile y Europa acerca de la Patagonia, profusamente ilustradas con excelente documentación audiovisual de su propia creación. Todo ese material le permitirá reunir una de los más extensos archivos que sobre el tema se tienen en la actualidad, en especial sobre proyectos de infraestructura pública. Muchas de esas fotografías se encuentran, por su valor artístico, protegidas en colecciones privadas y oficiales.

Sus esfuerzos lo hacen acreedor de diversas condecoraciones y distinciones honoríficas, entre las que pueden mencionarse: Cruz por Servicios Distinguidos del Gobierno de Chile; Cruz al Mérito de Primera Clase del Gobierno Alemán; Medalla Anwandter de 1987; Diploma y Galvano de Honor entregados por el Presidente de la República don Patricio Aylwin con motivo de la inauguración de los puentes Rosselot y Palena, en enero de 1992, y designación como Ciudadano Ilustre de Coyhaique y Aysén.

Don Augusto Grosse falleció el 16 de enero de 1998.

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En mérito de los antecedentes anteriores, vuestra Comisión, por la unanimidad de sus miembros, HH. Senadores señores Chadwick, Díez, Muñoz Barra, Ruiz-Esquide y Vega, acordó aprobar la idea de legislar en la materia.

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La iniciativa legal en comentario persigue rendir un homenaje público en memoria del explorador don Augusto Grosse Ickler, autorizando al efecto erigir monumentos en las ciudades que indica, y crear un museo y archivo con sus trabajos. Este propósito se materializa en seis artículos que a continuación se describen brevemente.

El artículo 1º autoriza erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, así como la creación de un museo y archivo con sus trabajos en esta última ciudad, en memoria del explorador Augusto Grosse Ickler.

El artículo 2º indica el modo de financiar las obras, a saber, mediante erogaciones populares en colectas públicas y otras donaciones y aportes.

El artículo 3º encarga a la comisión especial que establece el artículo 5º determinar las fechas de las colectas.

El artículo 4º crea un fondo destinado a recibir las erogaciones.

El artículo 5º establece una comisión especial ad honorem encargada de ejecutar los objetivos del proyecto, y señala su forma de integración y el quórum para sesionar y adoptar acuerdos.

El artículo 6º consagra las atribuciones que competen a la citada comisión.

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Durante la discusión particular de la iniciativa la Comisión tuvo en cuenta que el articulado propuesto guarda concordancia en términos generales con el formato aprobado con anterioridad por el H. Congreso Nacional para proyectos de esta naturaleza, razón por la cual le prestó su unánime aprobación con algunas enmiendas de redacción y otras que persiguen ajustar sus disposiciones a dicho formato.

Además, le introdujo modificaciones que persiguen, por una parte, encomendar a la comisión especial disponer y supervigilar la construcción del monumento previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales (letra b) del artículo 5º) y, por otra, asegurar la realización de las obras mediante la fijación de un plazo al efecto. Para el evento de que al vencimiento del plazo no se hubieren erigido los monumentos, se faculta a la comisión para fijar el objetivo de beneficencia que deberá dársele a las erogaciones recibidas a esa fecha (artículo 7º).

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En consecuencia, vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología os propone que aprobéis el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, en memoria del explorador Augusto Grosse Ickler, así como la creación de un museo y archivo regional de sus trabajos en Coyhaique.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por nueve miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras;

b) Los Alcaldes de las I. Municipalidades de Coyhaique y Puerto Aysén;

c) Un representante del Ministerio de Obras Públicas;

d) Un representante de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos del Ministerio de Educación;

e) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales;

f) Un representante de la Embajada de Alemania, y

g) Un representante de la familia del explorador Augusto Grosse Ickler.

La comisión elegirá a su presidente. El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate dirimirá el presidente.

Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación de los monumentos, en coordinación con las respectivas municipalidades y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, así como señalar la ubicación del museo y archivo;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine.

Artículo 7º.- Los monumentos deberán erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubieren ejecutado las obras, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la comisión establezca.”.

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Acordado en sesión celebrada el día 14 de julio de 1999, con asistencia de los HH. Senadores señores Roberto Muñoz Barra (Presidente), Sergio Díez Urzúa, Sergio Fernández Fernández (Andrés Chadwick Piñera), Mariano Ruiz-Esquide Jara y Ramón Vega Hidalgo.

Sala de la Comisión, a 14 de julio de 1999.

M. Angélica Bennett Guzmán

Secretario

RESEÑA.

I.BOLETIN Nº: 2.157-04

II.MATERIA: Autoriza erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, en memoria del explorador don Augusto Grosse Ickler, así como crear un museo y archivo con sus trabajos en Coyhaique.

III.ORIGEN: Moción de los HH. Senadores señores Antonio Horvath Kiss y Rodolfo Stange Öelckers.

IV.TRAMITE CONSTITUCIONAL: Primer trámite.

V.INICIO TRAMITACION EN EL SENADO: 30 de marzo de 1998.

VI.TRAMITE REGLAMENTARIO: Primer informe.

VII.URGENCIA: No tiene.

VIII.ESTRUCTURA DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISION: Consta de siete artículos.

IX.PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISION: Rendir homenaje público en memoria del explorador don Augusto Grosse Ickler, mediante autorización para construir al efecto un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, así como crear un museo y archivo con sus trabajos en esta última ciudad.

X.NORMAS DE QUORUM ESPECIAL: No tiene.

XI.ACUERDOS: Tanto la aprobación en general cuanto en particular de la iniciativa se acordaron por la unanimidad de la Comisión (5-0).

M. ANGELICA BENNETT GUZMAN

Secretario

Valparaíso, 14 de julio de 1999.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 04 de agosto, 1999. Diario de Sesión en Sesión 19. Legislatura 340. Discusión General. Pendiente.

ERECCIÓN DE MONUMENTOS Y CREACIÓN DE MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE ICKLER

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

En Fácil Despacho, corresponde tratar el proyecto que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aisén y Coihaique, y crea el Museo y Archivo del Explorador Augusto Grosse Ickler, iniciado en moción de los Senadores señores Horvath y Stange, informado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley: (moción de los señores Horvath y Stange).

En primer trámite, sesión 3ª, en 31 de marzo de 1999.

Informe de Comisión:

Educación, sesión 17ª, en 21 de julio de 1999.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

El Honorable señor Valdés ha consultado si debe ser materia de ley la creación de un museo o un archivo, al igual que sucede con un monumento.

En discusión.

Tiene la palabra el Senador señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , en conformidad al Nº 5) del artículo 60 de la Constitución, son materia de ley "Las que regulen honores públicos a los grandes servidores".

Al respecto, la tradición ha sido siempre llegar hasta la etapa del monumento; pero, en este caso, dada la naturaleza de las obras de las dos personalidades a que nos vamos a referir -gran cantidad de documentos, obras de rango histórico, artísticas y objetos personales-, ellas deben ser resguardadas en honor a estos grandes servidores. Por lo tanto, la materia que nos ocupa está claramente dentro del espíritu de la ley.

Brevemente, deseo referirme al proyecto mismo, si es posible.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Hay un tema previo: declarar admisible o no admisible el proyecto en esa parte.

Por consiguiente, hay que pronunciarse sobre el asunto planteado por el Senador señor Valdés : la inadmisibilidad de la iniciativa en lo relacionado con la creación de un museo o archivo; no así en cuanto al tema de la erección de un monumento, que es materia propia de ley.

Tiene la palabra el Honorable señor Díez.

El señor DÍEZ .-

Señor Presidente , cuando la Constitución habla de rendir honores públicos, no se refiere sólo a monumentos. También se puede rendir honor público con la creación de un museo en memoria de alguien porque durante su vida acumuló cosas, por su forma de investigar, por sus libros y escritos, etcétera.

El hecho de que no sea normal que el honor se rinda por medio de un museo, no significa que limitaremos el sentido de la Carta Fundamental, de manera que sólo se pueda rendir honor mediante la erección de un monumento. Ningún precepto constitucional nos permite hacer esta interpretación tan restrictiva de la expresión "honores públicos".

En consecuencia, creo que el proyecto es admisible.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Valdés.

El señor VALDÉS .-

Señor Presidente , no me explico dónde está el límite, porque los nombres de las calles los ponen las municipalidades, y son honores bastante importantes. Pero algún límite debe haber en cuanto a los honores.

No estoy en contra del proyecto, pero no me gusta extender la honorabilidad de alguien por medio de una ley. Tampoco discuto la importancia de los archivos. En mi región se crean museos y centros culturales donde se regalan cosas; allí está el museo "fulano de tal" o el museo "tanto"; sin embargo, nunca ha sido necesaria una ley para ello. Me preocupa el asunto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , el artículo 60 de la Carta Fundamental indica: "Sólo son materias de ley". Después de dar lectura completa al precepto comprendí que, efectivamente, debe dictarse una ley que regule la materia. Al respecto, el Honorable señor Cantero y el Senador que habla han presentado una iniciativa que actualmente se halla en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización. Me parece que esa instancia es para las personas que desean tener algún marco de definición sobre qué puede considerarse como honor a un servidor público. Pero nosotros no estamos aquí para interpretar en forma restrictiva la Constitución.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.

El señor RÍOS.-

Señor Presidente , la situación planteada puede entenderse de dos maneras distintas.

Efectivamente, si por ley se establece la creación de un museo, sin duda alguna, en ese caso, tiene razón el Senador señor Valdés . Pero básicamente se está creando una estructura que representa la expresión y la acción realizada por la persona a la cual se rendirá homenaje, la que consiste en la erección de un monumento y en la creación de la estructura de un museo. Porque el artículo 3º del proyecto establece: "Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente"; y el precedente señala: "Las obras se financiarán". Y al hablar de "las obras" se refiere al museo y al monumento propiamente tal.

Por otro lado, no tengo claro quién administrará el museo. Obviamente, debe hacerlo alguien. Salvo que se entregue a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos; pero eso hay que establecerlo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Como Presidente de la Corporación , me corresponde determinar la admisibilidad o inadmisibilidad de los proyectos.

En cuanto a la iniciativa en debate, tengo una duda importante sobre la creación de un museo, porque no se especifica si dependerá -como bien señaló el Senador señor Ríos- del aparato del Estado o será un museo privado. Además, no se sabe quién lo organiza.

Respecto de la erección de los monumentos no hay dificultades. Por lo tanto, sinceramente, desde mi punto de vista, si se mantuviera la idea de crear un museo y erigir los monumentos, me vería en la obligación de declarar inadmisible lo relacionado con el primer punto, si no se determinan con precisión ciertos detalles, como su dependencia, porque sin duda tal museo deberá estar bajo la tuición de algún ente público o entidad similar.

Tiene la palabra el Honorable señor Díez.

El señor DÍEZ .-

Señor Presidente , aquí hay dos situaciones distintas. Una de ellas consiste en que seguramente tendremos que aprobar en general el proyecto y fijar plazo para presentar indicaciones tendientes a regular en la ley el funcionamiento del museo. En este caso, se autoriza conjuntamente el erigir un monumento y crear un museo y archivo regional de los trabajos de la persona a quien se tributa el reconocimiento. Éste no es un museo abierto, no es un museo cualquiera, es un lugar donde se expondrá la obra de aquel al que se está rindiendo homenaje, el explorador don Augusto Grosse . Se cuenta con los fondos respectivos y existe una comisión encargada de dar cumplimiento a lo propuesto. Lo que falta es determinar en la ley cómo se va a manejar ese museo en el futuro, y ésta es una materia que puede ser resuelta por medio de indicaciones. Es posible que el proyecto sea incompleto, pero no hay duda alguna de que no es inadmisible, porque no tenemos derecho a circunscribir los honores públicos sólo a monumentos. Por ejemplo, si decidimos guardar en una casa determinada las poesías de Pablo Neruda, podemos crear por ley un museo en homenaje a nuestro Premio Nobel. Podemos hacerlo o no hacerlo. Los honores públicos no pueden estar circunscritos a la construcción de monumentos. No veo ninguna razón para ello. En ese caso, la Constitución se referiría a "monumentos a los grandes servidores"; no emplearía el concepto de "honores públicos". Y, al hacerlo, da competencia al legislador para determinar qué considera como un honor público; y esto no precisa ser un monumento.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.

La señora MATTHEI.-

Señor Presidente , desde el punto de vista del país, creo que incluso es muchísimo más importante el museo que los monumentos. Estos últimos tienen por objeto honrar a una persona, pero un museo, donde se mantendrá todo el material que ella recopiló, como fotografías, películas y documentos, significa mucho más que un homenaje: es mantener vigente -y para todo el país- el inmenso legado que dejó esa persona. En este caso, se trata de 40 ó 50 años de recorrido de la Patagonia desde un punto a otro, y de un material difícil de lograr, arriesgando frecuentemente la vida, después de permanecer muchos meses en la soledad de esos lugares.

Reconozco no ser experta en materias constitucionales, pero si me preguntan qué es más importante desde el punto de vista de Chile, los dos monumentos o el museo, donde se van a mantener todos los archivos, las cartas y las películas recopilados por un hombre que descubrió lagos, cerros y muchísimas otras cosas, respondo que, desde el punto de vista del futuro de nuestro país, es más valioso el material que él logró reunir.

Por lo anterior, me parece un poco absurda esta discusión. Perfectamente podemos fijar un plazo para presentar indicaciones tendientes a decidir la dependencia del museo, cómo se lo va a financiar, cómo será su acceso, etcétera. Pero aquí en el Parlamento hemos dado miles de millones de pesos para un museo promovido por la Primera Dama de la Nación , y en ese caso no hubo ninguna discusión en cuanto a si correspondía entregar recursos para ese tipo de fundación, la que, según tengo entendido, es de carácter privado.

Por ello, solicito a la Mesa declarar admisible la iniciativa y fijar plazo para presentar indicaciones, a fin de precisar a cargo de quién va a estar este organismo, y la forma de su mantención. Pero, sin duda alguna, lo que más nos interesa, como legisladores, es que el material reunido no se disperse y sea accesible para los interesados en esta materia, para los académicos e incluso para nuestra propia legislación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.

El señor VIERA-GALLO .-

Señor Presidente , pienso que no podemos proceder de acuerdo a los criterios de la Constitución del 25. La Carta Fundamental de 1980, con mucha claridad, establece en su artículo 60 que "sólo son materias de ley" las que en él se detallan. Las que allí no figuran no lo son: ni los monumentos, ni la creación de museos. Sin embargo, muchas veces, por inercia, la costumbre o el hábito jurídico, actuamos como si nos rigiéramos por la Constitución anterior. Por tanto, creo que el Senador señor Valdés tiene razón en cuanto a que no corresponde crear un museo por ley. Si se pretendiera instalarlo, ¿qué se haría? Solicitar la personalidad jurídica como fundación, como corporación; proceder a la búsqueda de los fondos correspondientes, y crear el museo. Otra cosa sería modificar la normativa referente a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, pero para eso, obviamente, no procede iniciativa parlamentaria. O sea, independientemente de que esta moción se pueda justificar por los méritos de la persona a la cual estaría dirigida...

El señor DÍEZ .-

¿Me permite una interrupción, Honorable colega?

El señor VIERA-GALLO.-

Con mucho gusto, con la venia de la Mesa.

El señor DÍEZ .-

Señor Presidente , es evidente que, según la Constitución del 80, sólo son materias de ley las que ella señala. Pero yo formulo la siguiente pregunta al señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra: ¿de qué "honores públicos a los grandes servidores" estamos hablando? ¿De cómo se los saluda en la calle?

El señor VIERA-GALLO .-

Lo relativo a los "honores públicos" es muy simple: se refiere a la nacionalidad por ley. Eso no significa levantar monumentos ni poner nombres a las calles o a las plazas.

La señora MATTHEI .-

¿Me concede una interrupción, señor Senador?

El señor VIERA-GALLO.-

Con todo agrado, con la venia de la Mesa.

La señora MATTHEI .-

Sólo quiero preguntar por qué, entonces, tramitamos hace poco un proyecto de ley para cambiar el nombre de un aeropuerto.

El señor VIERA-GALLO .-

Debo señalar a Su Señoría que en ese punto también hubo una equivocación, pues no era materia de ley. Otra cosa es que se actúe por hábito, porque a veces la norma impuesta no cambia la mentalidad jurídica de la gente. Aunque Sus Señorías adhieran de corazón y de mente a la Constitución del 80, ella no ha hecho carne en vuestra mentalidad, y tampoco en la nuestra. Pero ése es un problema de otro tipo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor DÍEZ.-

¿Me permite una interrupción, señor Senador?

El señor CANTERO.-

Con mucho gusto, con la venia de la Mesa.

El señor DÍEZ .-

Señor Presidente , quiero aclarar al Honorable señor Viera-Gallo que lo relativo a la concesión de nacionalidad por ley está en otro artículo de la Constitución, y no aquí, porque también son materias de ley las consignadas en ella, la cual, en su artículo 10, número 5, dice: "Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley", y en seguida precisa el modo cómo la ley reglamentará el procedimiento correspondiente. De manera que los "honores públicos" mencionados en el artículo 60 no se refieren a nacionalidad. Y si no aluden a los monumentos ni a los honores públicos, yo no sé a qué se refieren.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.

El señor VIERA-GALLO.-

¿Me concede una interrupción, señor Senador?

El señor CANTERO.-

Con todo agrado, con la venia de la Mesa.

El señor VIERA-GALLO .-

Señor Presidente , sólo deseo informar al Honorable señor Díez que hay muchas disposiciones de la Constitución en las que se regulan algunas de las materias señaladas en el artículo que enumera las materias de ley. Pero eso no quiere decir que se refieran a otra cosa, porque, por ejemplo, aparte la disposición que incluye entre dichas materias las que autoricen la declaración de la guerra, hay otro artículo que precisa después cómo se procede en ese caso. En consecuencia, ése no es un argumento válido. Al hablar de los "honores públicos a los grandes servidores", se está aludiendo a la nacionalidad por gracia.

El señor CANTERO.-

Señor Presidente , resulta realmente poco edificante observar el doble estándar a que se recurre, dependiendo de las circunstancias que se vayan produciendo. El precedente está en este Parlamento, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. Tal precedente establece un criterio, y éste ha sido claro. El número 5) del artículo 60 de la Constitución , aludiendo a las materias de ley, señala que lo son "Las que regulen honores públicos a los grandes servidores". Ojalá se despache pronto el proyecto radicado en la Comisión de Gobierno que hará posible no seguir reiterando incansablemente esta discusión. Dicha iniciativa entrega el asunto a las esferas competentes: al ámbito regional las materias regionales, y al ámbito local las materias municipales.

El proyecto que nos ocupa efectivamente establece honores públicos a un servidor que es destacado para la zona austral y para el país. Y me parece perfectamente lógico, siguiendo los conceptos que se han establecido cuando se discutió el tema, permitir que se avance en este sentido, tal como se hizo en la anterior ocasión respecto de otras personas. Se actuó siempre con un criterio muy amplio. De hecho, respecto del proyecto que cambiaba de nombre a un aeropuerto, en cuya discusión tuvo gran protagonismo el Senador señor Hamilton , se solicitó un criterio amplio y generoso, con altura de miras. Entonces, reclamo ese criterio amplio y generoso, con altura de miras, para este proyecto. Aquí se establece un criterio donde el homenaje es el monumento y la creación de un archivo y un museo. Y si los fondos de las erogaciones públicas alcanzan para realizar eso, en buena hora y que se haga. Y si no son suficientes, se hará lo que se pueda. Pero no debemos cambiar de criterio en forma tan antagónica y tener hoy una tesis completamente distinta de la que defendimos hace pocos meses respecto de esta misma materia.

He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Hago presente a Sus Señorías que nos encontramos en tabla de Fácil Despacho. De modo que este proyecto debiera haberse discutido hasta por 10 minutos, divididos por iguales partes entre quienes lo sostengan y quienes lo impugnen. Por lo tanto, daré la palabra a tres señores Senadores más, que me la solicitaron con anterioridad; cerraré el debate, y me pronunciaré sobre la admisibilidad de la materia en cuestión o la votación del proyecto, en su caso.

Tiene la palabra el Senador Zurita.

El señor ZURITA.-

Señor Presidente , ha sido muy atinado lo que acaba de señalar Su Señoría en el sentido de que esta discusión ha hecho que el proyecto se torne de difícil despacho.

Creo que el trámite se ha vuelto difícil porque los oradores se han puesto difíciles. La frase de la Constitución es tan clara: "Las que regulen honores públicos a los grandes servidores". Se trata de todos los honores que se nos puedan ocurrir: poner el nombre de la persona a la que se le tributa el homenaje a una provincia, a una ciudad, a una escuela que se crea; establecer una condecoración, etcétera. Entonces, no podemos limitarlo sólo a la construcción de un monumento y no hacerlo extensivo a la creación de un museo, sobre todo que no se trata de un museo general, sino de uno exclusivamente con las cosas pertenecientes a esta persona y que la sociedad quiere guardar como tributo. De modo que, a mi juicio, el asunto es clarísimo, y el señor Presidente tiene facultades más que suficientes para declarar admisible el proyecto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Barra.

El señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente , me parece que lo importante de la discusión producida es darnos efectiva cuenta de si es el Senado el que debe legislar sobre la construcción de estos monumentos -como aquí se ha planteado-, pues, a lo mejor, esa materia se visionaría mucho mejor si estuviera radicada en las regiones, con el patrocinio de las municipalidades, de los gobiernos regionales.

Se trata de un asunto de lata discusión, donde, al menos en la Comisión de Educación, se ha iniciado el interés por un proyecto con patrocinio del Ejecutivo para dilucidar esta situación. Además, esto lo asocio a cuando se discuten las razones para otorgar la nacionalidad por gracia, pues muchas veces nos hemos encontrado con que ha habido extensas discusiones donde se entrega ésta a personalidades a las cuales constitucionalmente no corresponde concedérsela. De tal manera que lo relativo a los monumentos y a las concesiones de nacionalidad por gracia ha sido una materia recurrente que siempre nos ha enfrascado en algún tipo de discusión.

En consecuencia, propongo que el señor Presidente se pronuncie con respecto al proyecto que nos ocupa, aprobado en la Comisión por unanimidad. Porque, también, existe el criterio de que cada vez que se presente una moción parlamentaria (son tan pocas las atribuciones que poseemos en esta materia), la respaldemos. Como no existe una situación anterior en que se haya rechazado un proyecto de esta naturaleza, no veo por qué vamos a hacer una excepción respecto de la iniciativa de un Honorable colega Senador. Eso me parecería un pésimo precedente.

En consecuencia, en virtud del respeto que nos tenemos como Parlamentarios, yo llamaría a que votáramos favorablemente el proyecto y que dejáramos para otra oportunidad la discusión sobre el tema de fondo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra la Senadora señora Carmen Frei.

La señora FREI (doña Carmen).-

Señor Presidente, creo que hay que dejar en claro que nosotros no tenemos nada en contra de las personas a quienes se quiere rendir estos honores. Muy por el contrario, se trata de personalidades que, sin duda, merecen estos homenajes, tal como los que el Senado ha rendido respecto de otras destacadas personas, donde, los mismos que hoy nos piden que nos portemos en forma caballerosa, no lo fueron en ese momento, y dilataron proyectos dando toda clase de argumentos.

Al margen de esas pequeñeces, las que no pienso imitar, sí quisiera decir que hemos discutido muchas veces en el Senado proyectos relativos a estas materias, y hemos honrado a muchas personas. Pero, a raíz del problema que se suscitó con motivo del cambio de nombre de un aeropuerto, se empezó a analizar más detenidamente el tema. Y, desgraciadamente, como esa vez hubo quienes no se portaron tan "caballerosamente", comenzaron a surgir muchas dudas respecto de lo que estábamos haciendo. Por eso, empezamos a revisar tanto la Constitución Política como el Reglamento, y nos dimos cuenta de que estábamos realizando mal las cosas. Entonces, creo que éste es el momento de rectificarlas y proceder mejor de aquí para adelante.

Encuentro complicado el asunto para una comunidad cuando no actúa como agente realizador de estos proyectos. Y lo menciono porque he visto respecto de la creación de monumentos y otras formas de rendir honores a personas que los merecían, que después la comunidad no se muestra interesada, porque no la han motivado, y no llegan los recursos. Aclaro que estoy hablando en general. Puede que éste no sea el caso. Me refiero a los precedentes en esta materia.

El señor MUÑOZ BARRA .-

¿Me permite una interrupción, señora Senadora ?

La señora FREI (doña Carmen).-

Con la venia de la Mesa, con mucho gusto, señor Senador.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor MUÑOZ BARRA .-

Señor Presidente , sólo quiero confirmar las aprensiones de Su Señoría, con la salvedad de que la Comisión de Educación fijó un plazo para este tipo de proyectos.

Porque lo que señala la señora Senadora es muy cierto. Si hiciéramos un catastro de cuántos monumentos, entre aquellos cuya erección ha sido aprobada tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, se han concretado, comprobaríamos que el porcentaje sería ínfimo. Por esta razón, en el artículo 7º -y en todos los proyectos relativos a esta materia se ha hecho lo mismo- se estableció que si al quinto año no se hubiera ejecutado la obra respectiva, quedará absolutamente sin efecto la iniciativa de inspiración parlamentaria que en determinado momento fue aprobada.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Recupera el uso de la palabra la Senadora señora Carmen Frei.

La señora FREI (doña Carmen).-

Señor Presidente , agradezco a mi Honorable colega por su aclaración, porque viene a ratificar más mi idea. Al final, en vez de honrar a una persona, hacemos un mal servicio a la familia. Porque no puede construir el monumento, la obra o lo que se quiera realizar; queda mal la comunidad, y, finalmente, no honramos a nadie. Y -como señala el señor Senador- esto ha pasado, y me consta, porque se crea una comisión, se hace una colecta pública, etcétera. Y todos sabemos, y el que lo desconoce puede preguntar, que las colectas públicas no alcanzan ni siquiera para hacer el proyecto. Entonces, al final, creamos un problema a la comunidad, y sobre todo, a la familia, porque quiere ver realizado este homenaje, y no lo puede lograr.

Por eso, creo que debemos estudiar con profundidad el tema. No sé si corresponde que lo analice la Comisión de Gobierno, la de Educación o la de Constitución, Legislación y Justicia. Pero de alguna manera debemos reglamentar esto, porque se nos van a producir situaciones poco afortunadas para los familiares o descendientes de las personas a las que se quiere rendir honores, que no tienen por qué ser testigos de esta clase de debate, y solamente deberían presenciar los homenajes a sus seres queridos, que muchas veces merecen más que lo que significa un museo, un monumento o el cambio de nombre de una calle o aeropuerto.

He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Valdés.

El señor VALDÉS .-

Señor Presidente , siento mucho haber provocado esta discusión. No fue mi ánimo. Sólo hice una consulta. Mi preocupación no nace de que se rinda homenaje a una distinguida persona creando un museo con sus trabajos -estoy de acuerdo en que es mucho mejor un museo que una estatua; ¡cómo no va a ser lógico lo que dijo la señora Senadora que me precedió!-, sino de que para ello se estime necesaria una ley. Porque lo puede hacer una municipalidad, un vecino; cualquiera de los señores Senadores puede convertir su casa en museo o en un lugar de exposición de cuadros (no en un restaurante, pues para eso se requiere permiso municipal).

Estoy atento a esta idea de los honores. Lo que me preocupa es otra cosa. Un museo es un lugar que tiene objetos valiosos. Para eso hay una Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos que los ordena, los financia, los cuida, tiene especialistas. Y no veo que haya un informe de ese organismo o de su Directora. No se sabe quién administrará el museo, ni si será privado, público o municipal.

Hago esas preguntas, pero no formulo ninguna objeción, menos de tipo constitucional, pues no podemos llevar esto a un debate imposible de manejar.

Por ende, aceptando todas las observaciones de la Senadora señora Frei, que hago mías de principio a fin, retiro mis inquietudes respecto del tema.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Quiero hacer presente a la Sala que, de acuerdo con el artículo 87 del Reglamento, los proyectos de Fácil Despacho deben discutirse en general y particular a la vez. No cabría, entonces, lo señalado por el Senador señor Díez en el sentido de aprobar en general ambas iniciativas y remitirlas a la Comisión fijando plazo para formular indicaciones.

Por lo tanto, conforme a los artículos 87 y 127 del Reglamento, si votáramos el proyecto en debate, deberíamos aprobarlo en general y particular.

Para no seguir la discusión y existiendo el ánimo de no negar el homenaje público que se quiere rendir, propongo devolver el proyecto a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia con el encargo de que lo rehaga en lo relacionado con el archivo y el museo.

Tengo una duda de constitucionalidad, no respecto de la erección del monumento -porque reiteradamente hemos declarado constitucionales y admisibles las iniciativas sobre la materia-, sino en cuanto a que es primera vez que en el Senado se discute la creación de un archivo y de un museo regional en homenaje a una persona.

Entonces, para zanjar el tema, creo que perfectamente podríamos, de acuerdo con el artículo 131 del Reglamento -y haría indicación para que la Sala lo votara-, enviar ambos proyectos a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia a fin de que proponga un texto que no merezca ese tipo de observaciones y que podamos despachar con rapidez, como asunto de Fácil Despacho, en una próxima oportunidad.

En todo caso, formularé indicación en tal sentido, conforme al Nº 7º del artículo 131 del Reglamento. Si no, me veré en la obligación de pedir a la Sala que se pronuncie acerca de la inadmisibilidad, porque me asaltan dudas.

Tiene la palabra el Honorable señor Díez.

El señor DÍEZ .-

Señor Presidente , creo que lo lógico es aprobar en general el proyecto, acordar por unanimidad de la Sala un plazo para formular indicaciones y devolverlo a la Comisión de origen.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

De acuerdo con el Reglamento, no puedo hacerlo. Tiene que ser por unanimidad. Cualquier señor Senador puede oponerse.

El señor DÍEZ .-

Estoy pidiendo la unanimidad, señor Presidente . ¿Quién se va a oponer a eso?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

¿Habría consenso?

La señora FREI (doña Carmen).-

No, señor Presidente . Las cosas deben ser bien hechas alguna vez. Creo que el proyecto debe volver a Comisión, pero completo. ¿Cómo lo va a discutir aquélla sin saber las condiciones bajo las cuales se procederá? Vamos a crear un problema en vez de dar una solución.

Me opongo, señor Presidente .

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

No hay unanimidad.

El señor RÍOS.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor DÍEZ .-

Someta a votación si es admisible o no, señor Presidente .

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Voy a tener que hacerlo.

Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.

El señor RÍOS.-

El señor Presidente plantea la alternativa de que el proyecto vuelva a la Comisión de Constitución. Sugiera que vaya de nuevo a la de Educación para un segundo informe; es más lógico. Reglamentariamente, lo puede hacer.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

No para segundo informe. Tendría que ser para un nuevo informe, complementario del anterior, donde se recojan los términos de esta discusión, en el sentido de si es posible o no crear archivos y museos para rendir honores.

Es primera vez que en el Senado -por lo que yo recuerdo, incluso bajo la vigencia de la Constitución del 25- se trata de homenajear a personas mediante la creación de archivos y museos regionales; es algo novedoso. Sí se ha autorizado muchas veces la erección de monumentos, pero no la creación de archivos.

Y no estamos ante un cambio de nombre. Porque en estos momentos pasó a la Comisión de Salud un proyecto en virtud del cual se da al hospital de Copiapó el nombre de un ex Senador. Es otro tema que deberemos analizar en dicho organismo técnico: si por ley corresponde o no poner o cambiar el nombre a hospitales.

Reitero: éste es un hecho nuevo. Y lo planteo al autor del proyecto.

Entiendo el sentido del homenaje que se quiere rendir. En cuanto al monumento, no tengo ningún inconveniente. Por ende, sugiero enviar nuevamente el proyecto a Comisión, para que en el plazo de una semana revise el tema de la creación de museos y archivos en honor a determinada persona y nos haga una proposición. Pero resolvamos el punto. Porque ésta es una materia que cae en una "zona gris" muy grande en cuanto a la aplicación del Nº 5) del artículo 60 de la Constitución: hasta dónde y con qué se rinde homenaje.

En el Senado hemos discutido varias veces si la erección de monumentos es o no materia de ley. Inclusive, se ha dicho que sería más conveniente radicar de una vez por todas estas facultades en los gobiernos regionales o en las propias municipalidades. Lo he escuchado aquí a muchos Senadores, de todas las bancas.

Entonces, deseo pedir a la Sala devolver los dos proyectos a Comisión, nada más que con ese sentido y fijando el plazo de una semana para resolver.

Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor DÍEZ.-

¿Por qué va a devolver el otro proyecto, señor Presidente?

El señor HORVATH.-

Entiendo que Su Señoría está proponiendo devolver los dos, porque ambos pretenden crear museos y archivos.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Así es, señor Senador.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , trataré de poner las cosas en su lugar de la manera más objetiva posible.

A mi juicio, más que a las personas a quienes se rinde homenaje, aquí hay una objeción al autor de la moción, porque me atreví a traer al Senado la voz de la gente de la Región de Aisén, que se oponía al cambio de nombre del aeropuerto de Balmaceda. Y eso está trayendo como consecuencia el torpedear otro proyecto -y quiero ser muy enfático-, acerca del cual nadie -¡nadie!- de la Región se opone.

Ése es un punto que debe ser expuesto claramente. Aquí no estamos hablando de pequeñeces. Nos hallamos en este Congreso para representar a la gente que nos ha elegido a esos efectos. Y no puedo "hacerme el leso", ni tampoco entrar a negociar la facultad que me han dado.

El señor ZALDÍVAR (don Adolfo) .-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor HORVATH.-

Perdón, no he terminado.

Por otra parte, deseo poner las cosas un poquito más en altura.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Advierto a Su Señoría que se ha cumplido el tiempo destinado a Fácil Despacho y que me veré en la obligación de ponerle término y pasar al Orden del Día.

El señor HORVATH.-

Ocuparé sólo un minuto más, señor Presidente .

Creo que esta discusión es buena, pues permitirá abrir con más imaginación el abanico de posibilidades para rendir homenaje a los servidores públicos en Chile.

La iniciativa en cuestión se ha atrevido a dar ese paso. Y no estamos apurados por ella, porque dispondremos de cinco años para hacer el archivo, abrir el museo y levantar los monumentos con toda la dignidad que corresponde. Para esos efectos, se ha tomado contacto con las organizaciones y las familias involucradas, que justamente esperan que aquélla prospere y permita entregar las obras con que la comunidad procura tributar homenaje.

Quiero terminar mi intervención con la siguiente cita: "Uno puede conducirse de mil maneras diferentes, porque el mal pertenece a lo infinito, como oportunamente lo han demostrado los pitagóricos, pero el bien pertenece a lo finito. Por eso el mal es tan fácil y el bien, por el contrario, tan difícil, porque es fácil no lograr una cosa y difícil conseguirla".

En ese afán, estoy de acuerdo en que el proyecto vuelva a Comisión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Se lo agradezco, Su Señoría.

En realidad, lo del bien y el mal nos significó que la tabla de Fácil Despacho demorara 45 minutos, en lugar de los 30 que están autorizados.

Señores Senadores, tanto el proyecto en debate como el que autoriza la erección de monumentos en Puerto Cisnes, Coihaique e Isla de Chiloé y crea en la Región de Aisén un museo y un archivo en memoria del sacerdote Antonio Ronchi pasarán a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, para que emita un nuevo informe en el lapso de una semana.

--Así se acuerda.

1.4. Nuevo Primer Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 19 de agosto, 1999. Informe de Comisión de Educación en Sesión 27. Legislatura 340.

?NUEVO PRIMER INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aysén y Coyhaique, y crea el Museo y Archivo del Explorador Augusto Grosse Ickler.

BOLETIN Nº 2.157-04

___________________________________

Honorable Senado:

Vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología tiene el honor de someteros su nuevo informe relativo al proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, originado en Moción de los HH. Senadores señores Antonio Horvath Kiss y Rodolfo Stange Öelckers.

A las sesiones que la Comisión destinó al análisis de este asunto concurrió el H. Senador señor Horvath.

- - - - - -

En materia de antecedentes, esta Comisión se remite a los que se contienen en su primer informe.

- - - - - -

En sesión de 4 de agosto del año en curso, la Sala de la Corporación resolvió enviar a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología el proyecto de que se trata, con el objeto de evacuar a su respecto un nuevo primer informe que considerara los aspectos esenciales discutidos en esa oportunidad por el Senado, vinculados a la pertinencia de incorporar en una iniciativa de esta naturaleza normas que autoricen la creación de museos y archivos.

En el seno de la Comisión se efectuó un intercambio de ideas relativo al problema.

Al respecto, se tuvo en cuenta que el numeral 5 del artículo 60 de la Constitución Política enumera entre las materias que corresponden al dominio legal "las que regulen honores públicos a los grandes servidores", lo cual desde el año 1990 se ha interpretado en el sentido de que comprende la autorización para erigir monumentos en homenaje a esos servidores.

Asimismo, que la creación de museos y archivos públicos requiere, para el adecuado cumplimiento de sus funciones, de financiamiento estatal y de la acción de órganos que velen por su desarrollo y difusión en la sociedad, dada la relevante proyección cultural que emana de su propio carácter. En tal contexto se enmarca la creación, en su época, de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos.

Atendida la insuficiencia del erario nacional la iniciativa privada ha sido igualmente necesaria, pero en este caso su establecimiento se ha materializado en conformidad al Título XXXIII del Libro I del Código Civil, esto es, como corporación o fundación de derecho privado.

Por último, la Comisión se mostró preocupada por la circunstancia de que en el caso del proyecto de ley en informe los bienes que eventualmente conformarán el patrimonio del museo y archivo son particulares, por lo que no podría el legislador disponer de ellos sin el correspondiente acto expropiatorio y la indemnización de los afectados.

Con tales antecedentes, vuestra Comisión resolvió sustituir la autorización para crear un museo y archivo con el objeto de que se trata, por una atribución que se confiere a la comisión especial para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a constituir dichos establecimientos para custodiar y administrar aquellos bienes de interés cultural o histórico que habiendo pertenecido al explorador Augusto Grosse Ickler, sean donados al efecto por sus sucesores.

Cabe consignar que en opinión del H. Senador señor Horvath el texto acordado por la Comisión desdibujaría uno de los propósitos originales de la iniciativa, que se funda en la idea de que los homenajes a grandes servidores pueden asumir diversas formas, además de los monumentos, así la creación de archivos y museos.

- Con esas modificaciones, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, HH. Senadores señores Chadwick, Díez, Muñoz Barra, Ruiz-Esquide y Vega.

- - - - - -

TEXTO DEL PROYECTO

En mérito del acuerdo anterior, vuestra Comisión os propone que aprobéis el proyecto de ley en los siguientes términos:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, en memoria del explorador Augusto Grosse Ickler.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por ocho miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras;

b) Los Alcaldes de las I. Municipalidades de Coyhaique y Puerto Aysén;

c) Un representante del Ministerio de Obras Públicas;

d) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales;

e) Un representante de la Embajada de Alemania, y

f) Un representante de la familia del explorador Augusto Grosse Ickler.

La comisión elegirá a su presidente. El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate dirimirá el presidente.

Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación de los monumentos, en coordinación con las respectivas municipalidades y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º.- Facúltase a la comisión especial para celebrar convenios con entidades públicas o privadas con el objeto de constituir un archivo y museo para la custodia y administración de aquellos bienes de interés cultural o histórico que habiendo pertenecido al explorador Augusto Grosse Ickler, sean donados al efecto por sus sucesores.

Artículo 7º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin señalado en el artículo precedente.

Artículo 8º.- Los monumentos deberán erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubieren ejecutado las obras, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la comisión establezca.”.

- - - - - -

Acordado en sesiones de 11 y 18 de agosto de 1999, con asistencia de los HH. Senadores señores Roberto Muñoz Barra (Presidente), Andrés Chadwick Piñera (Sergio Fernández Fernández), Sergio Díez Urzúa, Mariano Ruiz-Esquide Jara y Ramón Vega Hidalgo.

Sala de la Comisión, a 19 de agosto de 1999.

M. ANGELICA BENNETT GUZMAN

Secretario

RESEÑA

I.BOLETIN Nº: 2.157-04

II.MATERIA: Autoriza erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, en memoria del explorador don Augusto Grosse Ickler.

III.ORIGEN: Moción de los HH. Senadores señores Antonio Horvath Kiss y Rodolfo Stange Öelckers.

IV.TRAMITE CONSTITUCIONAL: Primer trámite.

V.INICIO TRAMITACION EN EL SENADO: 30 de marzo de 1998.

VI.TRAMITE REGLAMENTARIO: Nuevo primer informe.

VII.URGENCIA: No tiene.

VIII.ESTRUCTURA DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISION: Consta de ocho artículos.

IX.PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISION: Rendir homenaje público en memoria del explorador don Augusto Grosse Ickler, mediante autorización para construir al efecto un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, así como establecer las condiciones para constituir un museo y archivo con sus trabajos.

X.NORMAS DE QUORUM ESPECIAL: No tiene.

XI.ACUERDOS: El texto que se propone se acordó por la unanimidad de la Comisión (5-0).

M. ANGELICA BENNETT GUZMAN

Secretario

Valparaíso, 19 de agosto de 1999.

1.5. Discusión en Sala

Fecha 01 de septiembre, 1999. Diario de Sesión en Sesión 27. Legislatura 340. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

ERECCIÓN DE MONUMENTOS Y CREACIÓN DE MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE ICKLER

El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-

Proyecto de ley, en primer trámite, iniciado en moción de los Senadores señores Horvath y Stange, que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aisén y Coihaique, y crea el Museo y Archivo del Explorador Augusto Grosse Ickler, con nuevo primer informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

--Los antecedentes sobre el proyecto (2157-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley: (moción de los señores Horvath y Stange).

En primer trámite, sesión 3ª, en 31 de marzo de 1998.

Informes de Comisión:

Educación, sesión 17ª, en 21 de julio de 1999.

Educación (nuevo), sesión 27ª, en 1 de septiembre de 1999.

Discusión:

Sesiones 18ª, en 3 de agosto (queda para segunda discusión); 19ª, en 4 de agosto de 1999 (vuelve a Comisión para nuevo informe, junto con proyecto 2156-04).

El señor LAGOS ( Secretario ).-

La Comisión deja constancia de que, por acuerdo de la Sala, el proyecto volvió para nuevo informe, a fin de considerar la pertinencia de incorporar en una iniciativa de ley normas que autorizan la creación de museos y archivos.

En la parte resolutiva se consigna que, por unanimidad, y en mérito de los antecedentes expuestos, se decidió sustituir la autorización para crear un museo y archivo por una atribución que se confiere a la Comisión Especial que se crea mediante el proyecto.

--Se aprueba, por unanimidad.

1.6. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 04 de septiembre, 1999. Oficio en Sesión 38. Legislatura 340.

Valparaíso, 4 de septiembre de 1999.

Nº 14.948

A S. E. El Presidente de la H. Cámara de Diputados

Con motivo de la Moción, informes y antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., el Senado ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, en memoria del explorador Augusto Grosse Ickler.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por ocho miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas Cámaras;

b) Los Alcaldes de las I. Municipalidades de Coyhaique y Puerto Aysén;

c) Un representante del Ministerio de Obras Públicas;

d) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales;

e) Un representante de la Embajada de Alemania, y

f) Un representante de la familia del explorador Augusto Grosse Ickler.

La comisión elegirá a su presidente. El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate dirimirá el presidente.

Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación de los monumentos, en coordinación con las respectivas municipalidades y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º.- Facúltase a la comisión especial para celebrar convenios con entidades públicas o privadas con el objeto de constituir un archivo y museo para la custodia y administración de aquellos bienes de interés cultural o histórico que habiendo pertenecido al explorador Augusto Grosse Ickler, sean donados al efecto por sus sucesores.

Artículo 7º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin señalado en el artículo precedente.

Artículo 8º.- Los monumentos deberán erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubieren ejecutado las obras, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la comisión establezca.”.

ººº

Dios guarde a V.E.

MARIO RIOS SANTANDER

Presidente (S) del Senado

JOSE LUIS LAGOS LOPEZ

Secretario del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Educación

Cámara de Diputados. Fecha 01 de agosto, 2000. Informe de Comisión de Educación en Sesión 24. Legislatura 342.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y RECREACIÓN RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA LA CONSTRUCCIÓN DE MONUMENTOS EN PUERTO AYSÉN Y COYHAIQUE, Y CREA EL MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE.

BOLETÍN Nº 2157-04 (S)

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación viene en informar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de la referencia, originado en una moción de los Senadores señores Antonio Horvath Kiss y Rodolfo Stange Oelckers.

En atención a la sencillez de la iniciativa, la Comisión acordó tratarla en la Tabla de Fácil Despacho, sin perjuicio de recibir el testimonio del Senador señor Antonio Horvath Kiss.

ANTECEDENTES.

Don Juan Augusto Grosse Ickler nació en la ciudad de Bochum, Westfalia, Alemania, el 22 de marzo de 1903, siendo hijo de don Augusto Grosse, quien ejercía la profesión de minero, y de doña Ana Margarita Ickler.

Efectuó sus primeros estudios en su ciudad natal y luego en la Escuela de Agricultura de Hersfeld. Una vez egresado pasa a Holanda donde realiza estudios de ganadería y finalmente a Berlín a la Escuela de Maquinaria Agrícola. En el año 1931, ya titulado, viene a Chile con la intención de perfeccionarse en su especialidad mediante la realización de prácticas en el extranjero.

En Chile realiza sus primeros trabajos en diversos predios agrícolas de la provincia de Santiago, pero su vocación científica y de explorador encuentra su verdadero cauce en el Ministerio de Obras Públicas, repartición en la que comienza a trabajar en el año 1932, en el que en cumplimiento de diversas destinaciones, realiza exploraciones en el sur del país, en las islas de Juan Fernández y de Pascua y en otras regiones de Chile.

Aparte de sus experiencias científicas, especialmente de carácter botánico, sus exploraciones tuvieron por objeto el estudio de la apertura de caminos y sendas que permitieran a futuro la colonización del territorio austral, labor en la que se interesa personalmente al traer desde Alemania a los señores Ernesto Ludwig y Otto Uebely luego al señor Walter Hopperdietzel, con miras a colonizar el valle longitudinal de Chaitén con personas de esa nacionalidad. Si bien el plan termina por no llevarse a cabo, el 10 de enero de 1935 logra, con ayuda gubernamental, fundar, en compañía de las personas nombradas, la localidad de Puerto Puyuhuapi.

Entre 1935 y 1965 organizó y dirigió diferentes expediciones, preocupándose cuidadosamente de anotar sus impresiones y experiencias en sus libros de viaje, muchas de las cuales sirvieron de referencia para la construcción más tarde de la Carretera Austral y dieron como resultado la incorporación efectiva de una parte importante del territorio a la soberanía nacional.

Todas sus observaciones y experiencias relativas a aspectos relacionados con la colonización, las características geográficas de la Undécima Región y las humanas de sus habitantes, las vuelca en tres libros en los que incluye abundante material fotográfico y que titula "Visión de Aysén" ( con ediciones en 1955 y 1974), "Visión Histórica y Colonización de la Patagonia Occidental" (1984) y "Expediciones en la Patagonia" (1990). Igualmente, esas mismas experiencias le permiten dar numerosas conferencias en Chile y en el extranjero y dan lugar a la formación de un extenso archivo sobre ese sector geográfico, en especial, en lo que se refiere a proyectos sobre infraestructura pública.

Tan intensa actividad lo hace merecedor del reconocimiento público, siendo designado Ciudadano Ilustre de Coyhaique y de Aysén, condecorado con la Cruz por Servicios Distinguidos y con la Cruz al Mérito de Primera Clase, distinciones otorgadas por los Gobiernos de Chile y de Alemania, respectivamente; la Medalla Anwandter en 1987 y un reconocimiento especial con motivo de la inauguración de dos puentes en la Carretera Austral en el año 1992, consistentes en un diploma y un galvano, entregados por el Presidente de la República.

Finalmente, considerándose como una persona agradecida de la vida por las experiencias que le tocó vivir, falleció el 16 de enero de 1998.

IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO Y SÍNTESIS DEL ARTICULADO PROPUESTO POR EL SENADO.

La idea central del proyecto se orienta a rendir un homenaje en recuerdo de don Juan Augusto Grosse Ickler por su extraordinario aporte al reconocimiento e incorporación efectiva a la soberanía nacional del territorio austral chileno.

Tal idea la que es propia de ley de conformidad a lo establecido en el artículo 60 Nº 5 de la Constitución Política, el proyecto propuesto por el Senado la concreta por medio de ocho artículos que, en síntesis, señalan lo siguiente:

Por el artículo 1º se autoriza la construcción de un monumento en memoria del señor Grosse en las ciudades de Puerto Aysén y de Coyhaique.

Por el artículo 2º se señala el financiamiento de las obras, el que consistirá en el producto de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.

Por el artículo 3º se crea un fondo para la recepción de las erogaciones y demás aportes.

Por el artículo 4º se establece una comisión especial encargada de la concreción de los fines del proyecto, la que estará conformada por ocho personas que se desempeñarán ad honorem y que son un Senador y un Diputado designados por sus respectivas Cámaras; los alcaldes de las municipalidades de Coyhaique y Puerto Aysén; un representante del Ministerio de Obras Públicas, otro del Consejo de Monumentos Nacionales, otro de la Embajada de Alemania y un último de la familia del señor Grosse.

La comisión sesionará y tomará acuerdos por mayoría y elegirá a su presidente, quien, en caso de empate, tendrá voto dirimente.

Por el artículo 5º se indican las funciones que tendrá la comisión, es decir, determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas y gestionar lo necesario para su concreción; determinar la ubicación de los monumentos en coordinación con ambos municipios y el Consejo de Monumentos Nacionales; llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo; administrar el fondo formado con los aportes que se reciban, y abrir una cuenta corriente especial para gestionarlo.

Por el artículo 6º se faculta a la comisión especial para convenir con entidades públicas o privadas la constitución de un archivo y museo para la custodia y conservación de aquellos bienes de interés cultural o histórico, que hayan pertenecido al homenajeado y que sus sucesores donen para tales efectos.

Por el artículo 7º se dispone que si existieren excedentes luego de construidos los monumentos, deberán destinarse a los fines señalados en el artículo anterior.

Por el artículo 8º se establece un plazo de cinco años a contar de la fecha en que este proyecto se publique como ley, para la construcción de los monumentos, vencido el cual los recursos que se hubieren reunido deberán destinarse a los fines benéficos que acuerde la comisión especial.

DISCUSIÓN DEL PROYECTO.

Dada su sencillez, el proyecto fue incluido en la Tabla de Fácil Despacho, motivo por el cual se lo trató en general y en particular a la vez.

a) Discusión en general.

En el tratamiento de la idea de legislar, la Comisión coincidió plenamente con la justeza de este homenaje en razón de los muchos merecimientos del señor Grosse y procedió a aprobar tal idea por unanimidad.

Sin perjuicio de lo anterior, el Diputado señor Ibáñez recordó que la Comisión, frente a situaciones similares anteriores, se había manifestado contraria a tratar este tipo de proyectos mientras no se asegurara por los impulsores de las respectivas iniciativas, la posibilidad cierta de reunir los recursos necesarios para concretar sus fines, motivo por el cual suponía que la aprobación que ahora otorgaba la Comisión se hacía en el entendido que los Senadores autores de la moción, contaban con esa posibilidad.

b) Discusión en particular.

Antes de entrar a la discusión artículo por artículo, la Comisión, ante las dudas manifestadas por algunos Diputados referentes a tener más antecedentes sobre el señor Grosse y a la factibilidad económica para la construcción de los monumentos y la instalación del archivo y museo, recibió el testimonio del Senador señor Antonio Horvath quien, en una rápida reseña, explicó que el agraciado, de origen alemán pero nacionalizado chileno, había efectuado exploraciones durante 35 años por la Patagonia Occidental, período en el que además de efectuar estudios y proyectar e iniciar colonizaciones, se había preocupado especialmente de la integración de esta zona al país mediante reconocimientos para la apertura de caminos transversales.

Señaló, asimismo, que había realizado una gran difusión de este sector del país, tanto en el interior como en el exterior de Chile y que tenía a su haber la peculiaridad de haber sido el único funcionario del Ministerio de Obras Públicas contratado en su calidad de explorador.

Agregó, también, que de sus exploraciones quedaron extensos archivos de películas y fotografías, destacando entre ellas las relativas a los efectos del terremoto de 1960 como también muchas otras que habían servido a programas de la calidad de "Al sur del Mundo" y "La Tierra en que vivimos".

Finalmente, señaló que en lo que respecta a toda la valiosa documentación reunida por el señor Grosse, su familia estaba dispuesta a donarla al archivo que se formaría, como también que en lo que se refiere a la construcción de los monumentos, la misma Embajada Alemana había expresado su interés en contribuir a su financiamiento.

Hechas las aclaraciones anteriores, la Comisión entró a tratar derechamente el proyecto, llegando a los siguientes acuerdos:

Artículos 1º, 2º y 3º.

Estas tres disposiciones autorizan erigir los monumentos en Puerto Aysén y en Coyhaique en memoria del señor Grosse; señalan los medios para la obtención del financiamiento y crean un fondo destinado a la recepción de los aportes, respectivamente.

No se produjo debate y se aprobaron en los mismos términos propuestos, por unanimidad.

Artículo 4º.

Dispone la formación de una comisión especial para la realización de los fines del proyecto e indica su composición.

La letra a) de este artículo señala que compondrán la comisión un Senador y un Diputado, designados por las respectivas Cámaras.

El Diputado señor Errázuriz estimando que en los lugares en que se pretende erigir los monumentos, las circunscripciones senatoriales coinciden con los distritos, y, por consiguiente, no se justificaría que sólo participaran dos parlamentarios en desmedro de los otros dos, presentó una indicación para substituir esta letra por la siguiente:

"a) Dos Senadores y dos Diputados, designados por sus respectivas Cámaras;".

Se aprobó la indicación, conjuntamente con el artículo, por unanimidad.

Artículo 5º.

Señala las funciones que deberá cumplir la comisión especial.

Los Diputados señores Errázuriz y Ávila formularon una indicación formal a la letra b) de este artículo, para substituir la expresión "supervigilar" por "supervisar", aprobándose, en seguida, el artículo por unanimidad.

Artículo 6º.

Faculta a la comisión especial para celebrar convenios con entidades públicas o privadas a fin de constituir el museo y archivo para la custodia de los bienes del señor Grosse.

Respecto de esta norma, la Diputada señorita Saa hizo presente la impropiedad de entregar a la comisión especial la facultad para celebrar convenios, toda vez que no siendo persona, carecería de capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones.

El Senador señor Horvath explicó que lo único que interesaba que hiciera la comisión en este caso, sería que sirviera sólo como elemento articulador entre las instituciones públicas o privadas, para la constitución del archivo y museo.

El Diputado señor Errázuriz, con el objeto de subsanar la observación, presentó una indicación para substituir las expresiones "celebrar convenios con" por las siguientes: "preparar y articular convenios con y entre".

Se aprobó la indicación, conjuntamente con el artículo, por unanimidad.

Artículo 7º.

Establece que si hubieren excedentes una vez construidos los monumentos, deberán destinarse a la formación del museo y archivo en memoria del señor Grosse.

Se aprobó sin debate, en los mismos términos, por unanimidad.

Artículo 8º.

Fija un plazo de cinco años para que se levanten los monumentos, debiendo, en caso de vencer el plazo sin que ello suceda, destinarse los fondos obtenidos a los fines benéficos que establezca la comisión especial.

El Diputado señor Villouta hizo presente que el proyecto tenía también fines culturales, por lo que parecía congruente que en el caso que trata este artículo, pudieran los recursos destinarse por la comisión a objetivos de esa naturaleza. En base a lo anterior, presentó una indicación para intercalar entre la palabra "beneficencia" y la conjunción "que" las expresiones "o culturales".

Se aprobó la indicación, conjuntamente con el artículo, por unanimidad.

CONSTANCIA.

Para los efectos de lo establecido en los números 4º, 5º y 6º del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:

1º Que tanto el Senado como esta Comisión consideraron que el proyecto no contiene disposiciones de rango orgánico constitucional o que deban aprobarse con quórum calificado.

2º Que ninguna de las disposiciones del proyecto es de la competencia de la Comisión de Hacienda.

3º Que no hubo artículos ni indicaciones rechazados por la Comisión.

MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA COMISIÓN AL TEXTO PROPUESTO POR EL SENADO.

La Comisión introdujo las siguientes modificaciones al texto propuesto por el Senado:

1º Reemplazó en el encabezamiento del artículo 4º la palabra "ocho" por "diez" y substituyó la letra a) por la siguiente:

"a) Dos Senadores y dos Diputados, designados por sus respectivas Cámaras;".

2º Reemplazó en la letra b) del artículo 5º la expresión " supervigilar" por "supervisar".

3º Substituyó en el artículo 6º las expresiones "celebrar convenios con" por las siguientes: "preparar y articular convenios con y entre" y escribió una coma (.) después de la conjunción "que".

4º Intercaló en el artículo 8º, entre la palabra "beneficencia" y la conjunción "que", las expresiones "o culturales".

***

Por las razones señaladas y por las que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, esta Comisión recomienda aprobar el proyecto en análisis, al que además de las modificaciones acordadas, se le han hecho otras de carácter formal sin mayor importancia, sobre la base del siguiente texto:

" PROYECTO DE LEY:

Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, en memoria del explorador Augusto Grosse Ickler.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por diez miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Dos Senadores y dos Diputados, designados por sus respectivas Cámaras;

b) Los Alcaldes de las I. Municipalidades de Coyhaique y Puerto Aysén;

c) Un representante del Ministerio de Obras Públicas;

d) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales;

e) Un representante de la Embajada de Alemania, y

f) Un representante de la familia del explorador Augusto Grosse Ickler.

La comisión elegirá a su presidente.

El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate dirimirá el presidente.

Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación de los monumentos, en coordinación con las respectivas municipalidades y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervisar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º.- Facúltase a la comisión especial para preparar y articular convenios con y entre entidades públicas o privadas con el objeto de constituir un archivo y museo para la custodia y administración de aquellos bienes de interés cultural o histórico que, habiendo pertenecido al explorador Augusto Grosse Ickler, sean donados al efecto por sus sucesores.

Artículo 7º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin señalado en el artículo precedente.

Artículo 8º.- Los monumentos deberán erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de la publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubieren ejecutado las obras, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia o culturales que la comisión establezca.".

Sala de la Comisión, a 1 de agosto de 2000.

Se designó Diputado Informante al señor Edmundo Villouta Concha.

Acordado en sesiones de fechas 18 de julio y 1 de agosto del año en curso, con la asistencia de los Diputados señoritas María Antonieta Saa Díaz (Presidenta) y María Rozas Velásquez, señora María Victoria Ovalle Ovalle y señores Nelson Ávila Contreras, Sergio Correa de la Cerda, Maximiano Errázuriz Eguiguren, Homero Gutiérrez Román, Gonzalo Ibáñez Santa María, Rosauro Martínez Labbé, Jorge Ulloa Aguillón, Felipe Valenzuela Herrera, Sergio Velasco de la Cerda y Edmundo Villouta Concha.

Asistió también a las sesiones el Diputado señor Carlos Montes Cisternas.

EUGENIO FOSTER MORENO

Secretario

2.2. Discusión en Sala

Fecha 08 de enero, 2002. Diario de Sesión en Sesión 23. Legislatura 345. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

CONSTRUCCIÓN DE MONUMENTOS Y CREACIÓN DE MUSEO Y ARCHIVO EN MEMORIA DEL SACERDOTE JUAN AUGUSTO GROSSE ICKLER . Segundo trámite constitucional.

El señor PARETO (Presidente).-

Corresponde conocer el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aisén y Coihaique y crea el museo y archivo del explorador Augusto Grosse .

Diputado informante de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación es el señor Edmundo Villouta .

-Antecedentes:

-Proyecto del Senado, boletín Nº 2157-04 (S), sesión 38ª, en 8 de septiembre de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 5.

-Informe de la Comisión de Educación, sesión 24ª, en 8 de agosto de 2000. Documentos de la Cuenta Nº 16.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta .

El señor VILLOUTA.-

Señor Presidente, la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación viene en informar, en segundo trámite constitucional, respecto del proyecto que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aisén y Coihaique y crea el museo y archivo del explorador Augusto Grosse , originado en una moción de los senadores señores Antonio Horvath y Rodolfo Stange .

Don Juan Augusto Grosse Ickler nació en la ciudad de Bochum, Westfalia , Alemania, el 22 de marzo de 1903, y fue hijo de un minero de esa zona.

Efectuó sus primeros estudios en su ciudad natal, y luego en la Escuela de Agricultura de Hersfeld. En 1931, ya titulado, vino a Chile con la intención de perfeccionarse en su especialidad.

Realizó sus primeros trabajos en la provincia de Santiago, pero su vocación científica y de explorador encontró su verdadero cauce en el Ministerio de Obras Públicas, repartición en la que empezó a trabajar en 1932. Realizó exploraciones en el sur del país, en las islas de Juan Fernández y de Pascua y en otras regiones de Chile.

Aparte de sus experiencias científicas, especialmente de carácter botánico, sus exploraciones tuvieron por objeto el estudio de la apertura de caminos y sendas que permitieran en el futuro la colonización del territorio austral, labor en la que se interesó personalmente al traer desde Alemania a tres distinguidos científicos, con miras a colonizar con personas de esa nacionalidad el valle longitudinal de Chaitén. Si bien el plan terminó por no llevarse a cabo, con ayuda gubernamental logró fundar, en compañía de esos científicos, la localidad de Puerto Puyuhuapi.

Entre 1935 y 1965 organizó y dirigió diferentes expediciones, preocupándose cuidadosamente de anotar sus impresiones y experiencias en sus libros de viaje, muchas de las cuales, más tarde, sirvieron de referencia para la construcción de la Carretera Austral y dieron como resultado la incorporación efectiva de una parte importante del territorio a la soberanía nacional.

Todas sus observaciones y experiencias relativas a aspectos relacionados con la colonización, aspectos geográficos de la Undécima Región y características humanas de sus habitantes las volcó en tres libros, en los que incluyó abundante material fotográfico. Esas experiencias le permitieron dictar numerosas conferencias en Chile y en el extranjero y dar lugar a la formación de un extenso archivo sobre ese sector geográfico, en especial en lo que se refiere a proyectos sobre infraestructura pública.

Tan intensa actividad lo hizo merecedor del reconocimiento público. Fue designado ciudadano ilustre de Coihaique y Aisén, condecorado con la Cruz por Servicios Distinguidos y con la Cruz al Mérito de Primera Clase, distinciones otorgadas por los gobiernos de Chile y de Alemania, respectivamente; la medalla Anwandter , en 1987, y un reconocimiento especial con motivo de la inauguración de dos puentes en la Carretera Austral, en 1992.

Falleció el 16 de enero de 1998.

La idea central del proyecto se orienta a rendir un homenaje en recuerdo de don Juan Augusto Grosse Ickler por su extraordinario aporte e incorporación efectiva a la soberanía nacional del territorio austral chileno.

Por las razones expuestas, la Comisión de Educación solicita a la Sala que dé su aprobación al proyecto.

He dicho.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Sánchez .

El señor SÁNCHEZ.-

Señor Presidente, hace un instante me referí al enorme valor de la personalidad y trayectoria de vida del padre Antonio Ronchi .

Ahora, deseo hacer algo similar respecto de la persona de don Juan Augusto Grosse Ickler , ciudadano alemán que llegó a Chile muy joven y que, en pleno siglo XX, hizo notables aportes para el conocimiento de parte importante de nuestro territorio, fundamentalmente de la Undécima Región antigua provincia de Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo, territorio de 110 mil kilómetros cuadrados y que en el año 2002 aún está en plena etapa de colonización.

Son muchos los aportes efectuados por ese gran hombre venido de Alemania a la Undécima Región, a su geografía, a sus complejidades e integración. Entre otros, hizo un aporte muy interesante diría vital de integración y soberanía a ese 17 por ciento del territorio nacional, representado por la Undécima Región, en pleno siglo XX. A pesar de ser ciudadano extranjero, como tantos que nos han venido a enseñar a nuestro propio país sintiéndose, quizás, más chilenos que muchos chilenos, supo reconocer el valor de nuestro territorio.

Tanto en el caso del padre Antonio Ronchi como en el de don Augusto Grosse a quienes tuve la suerte de conocer personalmente, es absolutamente justificado rendirles un homenaje simbolizado en la construcción de monumentos en su memoria en nuestro territorio, fundamentalmente en la Undécima Región.

He dicho.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Pablo Galilea .

El señor GALILEA (don Pablo).-

Señor Presidente, al igual que en el proyecto anterior, quiero manifestar mi adhesión al justo reconocimiento que se le brinda a don Augusto Grosse por la tremenda contribución que prestó, en su calidad de científico, ingeniero y explorador, a la apertura de caminos y sendas que permitieron, más tarde, la colonización del territorio austral. Fundó, incluso, localidades como Puerto Puyuhuapi.

Su mayor aporte, a mi juicio, fue traspasar sus conocimientos, que sirvieron de referencia para la construcción de la Carretera Austral que, sin duda, es la obra pública de mayor trascendencia realizada en la Región de Aisén.

He dicho.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad la iniciativa.

Aprobada.

Despachado el proyecto.

Con la venia de la Sala, la votación del proyecto que modifica la ley general de Cooperativas y de la iniciativa que crea el Registro Nacional de Transporte de Carga Terrestre, que requieren quórum de ley orgánica constitucional, se realizará en la sesión del próximo martes.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 08 de enero, 2002. Oficio en Sesión 23. Legislatura 345.

VALPARAISO, 8 de enero de 2002.

Oficio Nº3605

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha dado su aprobación al proyecto de ley de ese H. Senado que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aisén y Coyhaique y crea el Museo y Archivo del explorador Augusto Grosse, con las siguientes enmiendas:

Artículo 4°.-

Ha reemplazado en su encabezamiento la palabra "ocho" por "diez" y ha substituido la letra a) por la siguiente:

"a) Dos Senadores y dos Diputados, designados por sus respectivas Cámaras;".

Artículo 5°.-

Ha reemplazado en su letra b) la expresión "supervigilar" por "supervisar".

Artículo 6°.-

Ha substituido la expresión "celebrar convenios con" por la siguiente: "preparar y articular convenios con y entre" e incorporó una coma (,) después de la conjunción "que".

Artículo 8°.-

Ha intercalado entre la palabra "beneficencia" y la conjunción "que", la expresión "o culturales".

Lo que tengo a honra comunicar a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº14.948, de 4 de septiembre de 1999.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

LUIS PARETO GONZÁLEZ

Presidente de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ

Prosecretario de la Cámara de Diputados

3. Tercer Trámite Constitucional: Senado

3.1. Discusión en Sala

Fecha 16 de enero, 2002. Diario de Sesión en Sesión 24. Legislatura 345. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

ERECCIÓN DE MONUMENTOS Y CREACIÓN DE MUSEO Y ARCHIVO DE EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, iniciado en moción de los Honorables señores Horvath y Stange, que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aisén y Coyhaique y crea el Museo y Archivo del Explorador Augusto Grosse.

--Los antecedentes sobre el proyecto (2157-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley: (moción de los señores Horvath y Stange).

En primer trámite, sesión 3ª, en 31 de marzo de 1998.

En tercer trámite, sesión 23ª, en 15 de enero de 2002.

Informes de Comisión:

Educación, sesión 17ª, en 21 de julio de 1999.

Educación (nuevo), sesión 27ª, en 1 de septiembre de 1999.

Discusión:

Sesiones 18ª, en 3 de agosto (queda para segunda discusión); 19ª, en 4 de agosto de 1999 (vuelve a Comisión para nuevo informe, junto con proyecto 2156-04); 27ª, en 1 de septiembre de 1999 (se aprueba en general y particular).

El señor HOFFMANN ( Secretario ).-

La Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, introdujo modificaciones a los artículos 4º, 5º, 6º y 8º del proyecto despachado por el Senado.

La Secretaría elaboró un texto comparado de dos columnas que consigna el proyecto aprobado por esta Corporación y las enmiendas que propone la Cámara Baja.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

En discusión las modificaciones sugeridas por la Cámara de Diputados.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

--Se aprueban.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 22 de enero, 2002. Oficio en Sesión 28. Legislatura 345.

No existe constancia del Oficio de Ley por el cual se aprueban modificaciones del proyecto, pasando a Trámite Finalización.

4. Trámite Finalización: Senado

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 16 de enero, 2002. Oficio

Valparaíso, 16 de enero de 2.002.

Nº 19.310

A S.E. El Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, en memoria del explorador Augusto Grosse Ickler.

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por diez miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

a) Dos Senadores y dos Diputados, designados por sus respectivas Cámaras;

b) Los Alcaldes de las I. Municipalidades de Coyhaique y Puerto Aysén;

c) Un representante del Ministerio de Obras Públicas;

d) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales;

e) Un representante de la Embajada de Alemania, y

f) Un representante de la familia del explorador Augusto Grosse Ickler.

La comisión elegirá a su presidente. El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate dirimirá el presidente.

Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

b) Determinar la ubicación de los monumentos, en coordinación con las respectivas municipalidades y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervisar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº17.288, sobre Monumentos Nacionales;

c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo; Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

Artículo 6º.- Facúltase a la comisión especial para preparar y articular convenios con y entre entidades públicas o privadas con el objeto de constituir un archivo y museo para la custodia y administración de aquellos bienes de interés cultural o histórico que, habiendo pertenecido al explorados Augusto Grosse Ickler, sean donados al efecto por sus sucesores.

Artículo 7º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin señalado en el artículo precedente.

Artículo 8º.- Los monumentos deberán erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubieren ejecutado las obras, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia o culturales que la comisión establezca.”.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ANDRES ZALDIVAR LARRAIN

Presidente (S)del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario del Senado

5. : Senado

5.1. Discusión en Sala

Fecha 03 de agosto, 1999. Diario de Sesión en Sesión 18. Legislatura 340.

ERECCIÓN DE MONUMENTOS Y CREACIÓN DE MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE ICKLER

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-

Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Senadores señores Horvath y Stange, que autoriza la construcción de monumentos en Puerto Aysén y Coyhaique, y crea el Museo y Archivo del Explorador Augusto Grosse Ickler, con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

Los antecedentes sobre el proyecto (2157-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley: (moción de los señores Horvath y Stange).

En primer trámite, sesión 3ª, en 31 de marzo de 1998.

Informe de Comisión:

Educación, sesión 17ª, en 21 de julio de 1999.

--Queda para segunda discusión.

6. Publicación de Ley en Diario Oficial

6.1. Ley Nº 19.788

Tipo Norma
:
Ley 19788
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=194375&t=0
Fecha Promulgación
:
21-01-2002
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cx8e
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Título
:
AUTORIZA LA CONSTRUCCION DE MONUMENTOS EN PUERTO AYSEN Y COYHAIQUE, Y CREA EL MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE
Fecha Publicación
:
05-02-2002

AUTORIZA LA CONSTRUCCION DE MONUMENTOS EN PUERTO AYSEN Y COYHAIQUE, Y CREA EL MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    "Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, en memoria del explorador Augusto Grosse Ickler.

    Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.

    Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.

    Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por diez miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

    a) Dos Senadores y dos Diputados, designados por sus respectivas Cámaras;

    b) Los Alcaldes de las I. Municipalidades de Coyhaique y Puerto Aysén;

    c) Un representante del Ministerio de Obras Públicas;

    d) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales;

    e) Un representante de la Embajada de Alemania, y f) Un representante de la familia del explorador Augusto Grosse Ickler.

    La comisión elegirá a su presidente. El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate dirimirá el presidente.

    Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:

    a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su concreción;

    b) Determinar la ubicación de los monumentos, en coordinación con las respectivas municipalidades y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervisar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales;

    c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;

    d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y

    e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.

    Artículo 6º.- Facúltase a la comisión especial para preparar y articular convenios con y entre entidades públicas o privadas con el objeto de constituir un archivo y museo para la custodia y administración de aquellos bienes de interés cultural o histórico que, habiendo pertenecido al explorador Augusto Grosse Ickler, sean donados al efecto por sus sucesores.

    Artículo 7º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin señalado en el artículo precedente.

    Artículo 8º.- Los monumentos deberán erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de la publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubieren ejecutado las obras, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia o culturales que la comisión establezca.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 21 de enero de 2002.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Francisco Vidal Salinas, Ministro del Interior (S).

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Jorge Correa Sutil, Subsecretario del Interior.