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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.059

Concede la nacionalidad por gracia al señor Leopoldo López Mañez

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 07 de marzo, 2016. Mensaje en Sesión 7. Legislatura 364.

MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE LA NACIONALIDAD POR GRACIA A LEOPOLDO LÓPEZ MAÑEZ.

Santiago, 07 de marzo de 2016.-

MENSAJE Nº 1534-363/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración el proyecto de ley que tiene por objeto conceder la nacionalidad por gracia al señor Leopoldo Ernesto López Mañez.

I. ANTECEDENTES

La nacionalidad por gracia constituye un reconocimiento honorífico que el Estado confiere a un extranjero que ha prestado o presta grandes servicios al país.

Esta institucionalidad está consagrada en la Constitución Política de la República que, en su artículo 10 N° 4, prescribe que son chilenos “[l]os que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley”.

En consecuencia, la nacionalidad por gracia se concede, a modo de reconocimiento, por la relevante labor y entrega al país que ha tenido o tiene una persona de nacionalidad extranjera.

II. FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA

El señor López Mañez nació en Chiva, Valencia, España, el 20 de julio de 1956.

Asimismo, cursó sus estudios de Bachillerato en el Colegio Luis Vives de Valencia e inició la carrera de derecho en la Universidad de la misma ciudad, obteniendo, en junio de 1978, el título de Licenciado en la especialidad de Derecho Privado. Con posterioridad, realizó una serie de cursos para post-licenciados, relativos a distintas materias del derecho, en las Universidades de Madrid, Salamanca, Barcelona y Valencia.

Igualmente, el señor López Mañez es un destacado profesor, ejerciendo en distintas universidades de Valencia.

Del mismo modo, en 1989 fue designado como Cónsul Honorario de Chile en Valencia, mediante decreto N° 829, del mismo año, tomado razón por la Contraloría General de la República el 6 de abril de 1990; desempeñándose como tal durante veinticuatro años, de manera eficaz y comprometida.

Su cometido como Cónsul Honorario, tal como lo atestigua la Embajada de Chile en España, ha sido ejemplar, destacándose por su permanente compromiso con Chile en los diversos ámbitos de la realidad nacional, comercial, judicial, política y social; por su disposición a colaborar en distintos aspectos vinculados con la labor diplomática de Chile en la Comunidad Autónoma de Valencia; y por su contribución eficaz en el apoyo a nuestros connacionales residentes en la jurisdicción del Consulado.

Entre las muchas labores realizadas desde su nombramiento como Cónsul Honorario, igualmente, destacan sus acciones para profundizar los lazos de amistad entre España y Chile, las que han contribuido al establecimiento de efectivos lazos económicos y comerciales entre Valencia y Chile; y la intensa y permanente gestión que ha desarrollado para promover a Chile en Valencia, especialmente a la XII Región, que se tradujo en la “Declaración de Intenciones y de Hermanamiento” que suscribieron el año 2003 la Generalitat Valenciana y la Región de Magallanes y Antártica Chilena, para el desarrollo de las relaciones bilaterales entre ambas comunidades.

Por otra parte, y en su condición de abogado, el señor López Mañez ha prestado servicios a la Embajada de Chile en España en diversos temas judiciales, de forma gratuita.

Cabe destacar que, reiteradamente, el señor López Mañez ha manifestado su interés en ser ciudadano chileno, tanto a las autoridades nacionales, tales como Presidentes de la República, Senadores, Diputados, Intendentes y Alcaldes; como a los Embajadores que se han desempeñado en España. En este contexto, recientemente, solicitó se le conceda la nacionalidad chilena por gracia mediante carta de fecha 15 de diciembre de 2014, remitida a S.E. la Presidenta de la República.

Por último, es preciso indicar que los antecedentes que fundamentan esta iniciativa fueron proporcionados por la Embajada de Chile en España y por la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores.

III. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

Este proyecto de ley consiste en el otorgamiento por gracia de la nacionalidad chilena al señor Leopoldo Ernesto López Mañez, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 N° 4 de la Constitución Política de la República.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“ARTÍCULO ÚNICO.- Otórguese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al señor Leopoldo Ernesto López Mañez.”.

Dios guarde a V.E.,

MICHELLE BACHELET JERIA

Presidenta de la República

JORGE BURGOS VARELA

Ministro del Interior

y Seguridad Pública

HERALDO MUÑOZ VALENZUELA

Ministro de Relaciones Exteriores

1.2. Informe de Comisión de Gobierno

Cámara de Diputados. Fecha 05 de octubre, 2016. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 79. Legislatura 364.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y REGIONALIZACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL SEÑOR LEOPOLDO LÓPEZ MAÑEZ.

BOLETÍN N° 10.589-06

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en un Mensaje, con urgencia calificada de “suma”.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto es la de conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena al ciudadano español, señor Leopoldo Ernesto López Mañez.

2) Normas de carácter orgánico constitucional.

No existen artículos que revistan ese carácter.

3) Normas de quórum calificado.

Tampoco las hay.

4) Trámite de Hacienda.

No hay normas que requieran de este trámite.

5) El proyecto fue aprobado, tanto en general como en particular, por la unanimidad de los presentes, Diputados Arriagada, don Claudio; Aguiló, don Sergio; Berger, don Bernardo; Chávez, don Marcelo; Cicardini, doña Daniella; Morales, don Celso; Ojeda, don Sergio, y Sandoval, don David.

6) Se designó Diputado Informante al señor Roberto León.

II.- ANTECEDENTES.

A.- Fundamentos del Mensaje.

Señala éste que la nacionalidad por gracia constituye un reconocimiento que el Estado de Chile confiere a aquel extranjero que ha prestado grandes servicios al país.

Agrega que, en la especie, se trata de otorgar dicho galardón al ciudadano español don Leopoldo López Mañez, quien nació en una localidad de Valencia el 20 de julio de 1956. Que efectuó sus estudios de derecho en la Universidad de la misma ciudad, habiendo obtenido, luego, distintos títulos de postgrado en diferentes materias atingentes al derecho en las principales universidades de España; ejerciendo, en la actualidad, como profesor en varias universidades de Valencia.

En 1989 fue designado Cónsul Honorario de Chile en dicha ciudad, mediante decreto N°829, del mismo año, desempeñándose como tal durante 24 años, de manera eficaz y comprometida.

Hace presente que su cometido como Cónsul Honorario, tal como lo atestigua la Embajada de Chile en España, ha sido ejemplar, destacándose por su permanente compromiso con Chile en los diversos ámbitos de la realidad nacional, comercial, judicial, política y social; por su disposición a colaborar en distintos aspectos vinculados con la labor diplomática de Chile en la Comunidad Autónoma de Valencia; y por su contribución eficaz en el apoyo a nuestros connacionales residentes en su área jurisdiccional.

Además, son destacables sus acciones para profundizar los lazos de amistad entre España y Chile lo que ha contribuido al establecimiento de efectivos vínculos económicos y comerciales entre Valencia y nuestro país; como, asimismo, su intensa y permanente gestión desarrollada para promover a Chile en Valencia, especialmente la XII Región, lo que se tradujo en la “Declaración de Intenciones y de Hermanamiento” suscrita el año 2003 entre la Generalitat Valenciana y la Región de Magallanes y Antártica Chilena, para el desarrollo de las relaciones bilaterales entre ambas.

B.- Normativa relacionada con el proyecto.

Al efecto, cabe traer a colación lo preceptuado en el artículo 10, N°4, de la Constitución Política de la República, que establece que son chilenos “los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley”.

III.- DISCUSIÓN DEL PROYECTO

Para el estudio del proyecto la Comisión contó con la asistencia del Subdirector de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Embajador señor Álvaro Arévalo Cunich, y del Director de Derechos Humanos de esa Cancillería, Embajador señor Hernán Quezada Cabrera.

Durante este trámite que, como se señaló, fue efectuado tanto en general como en particular, aprobándose en definitiva la iniciativa por la unanimidad de los presentes (8x0), luego de escuchar las declaraciones del Embajador señor Arévalo, quien señaló que la nacionalidad por gracia, consagrada en el número 4 del artículo 10 de la Constitución Política de la República, constituye un reconocimiento honorífico que concede el Estado a una persona extranjera por la relevante labor y entrega al país. En el caso en particular, este proyecto de ley tiene por objeto el otorgarla al señor Leopoldo Ernesto López Mañez.

Como información del beneficiario de la iniciativa, sostuvo que el señor López nació en Chiva, Valencia, España, el 20 de julio de 1956. Estudió derecho y se licenció en la especialidad de Derecho Privado, constituyéndose en un destacado profesor que ha ejercido en distintas universidades de Valencia.

Luego, en 1989, el Gobierno de la República de Chile lo designó como Cónsul Honorario en Valencia, desempeñándose como tal durante veinticuatro años, de manera eficaz y comprometida.

Precisó que su cometido como Cónsul Honorario, tal como lo atestigua la propia Embajada de Chile en España, ha sido ejemplar, destacándose por su permanente compromiso con Chile en los diversos ámbitos de la realidad nacional, comercial, judicial, política y social. También por su buena y permanente disposición a colaborar en distintos aspectos vinculados con la labor diplomática de Chile en la Comunidad Autónoma de Valencia. Asimismo, por su contribución eficaz en el apoyo a nuestros connacionales residentes en la jurisdicción del Consulado.

Destacó que entre las muchas labores realizadas desde su nombramiento como Cónsul Honorario, resaltan sus acciones para profundizar los lazos de amistad entre España y Chile, las que han contribuido al establecimiento de efectivos vínculos económicos y comerciales entre Valencia y Chile; y la intensa y permanente gestión que ha desarrollado para promover a nuestro país en Valencia, especialmente a la XII Región, lo que se tradujo finalmente en la “Declaración de Intenciones y de Hermanamiento”, que suscribieron el año 2003 la Generalitat Valenciana y la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, para el desarrollo de las relaciones bilaterales entre ambas comunidades.

Por otra parte, y a mayor abundamiento, señaló que en su calidad de abogado el señor López Mañez ha prestado servicios a la Embajada de Chile en España en diversos temas judiciales, de forma gratuita.

Destacó el hecho que, en reiteradas oportunidades, el señor López Mañez ha manifestado su interés en ser ciudadano chileno a las más altas autoridades nacionales. En este contexto, el 15 de diciembre de 2014, solicitó expresamente a S.E. la Presidenta de la República que se le conceda nuestra nacionalidad, por gracia.

Por tanto, en mérito de lo expuesto y en reconocimiento de los servicios que presta a nuestro país el señor López Mañez, solicitó a la Comisión la aprobación del proyecto de ley sometido a su consideración.

El diputado señor León manifestó que conoce personalmente al señor Leopoldo López, y da fe de la destacada manera, eficacia y buena disposición con que desempeña el cargo de Cónsul Honorífico en Valencia.

Por otro lado, destacó la activa participación que tuvo el señor López junto al actual diputado Juan Enrique Morano, en ese entonces alcalde de Punta Arenas, para llevar adelante la “Declaración de Intenciones y de Hermanamiento”, que suscribieron el año 2003 la Generalitat Valenciana y la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, para el desarrollo de las relaciones bilaterales entre ambas comunidades.

El diputado señor Ojeda destacó que es la primera vez que tiene la ocasión de ver un proyecto de ley que otorga la nacionalidad por gracia, originado en un mensaje; y más aún, que la propia persona lo haya solicitado, lo cual da cuenta de las virtudes del señor López, así como del estrecho lazo afectivo que lo une a nuestra patria.

IV.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS.

No hay indicaciones ni artículos en tal sentido.

V.- ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

Tampoco los hay.

VI.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS.

El artículo único del proyecto fue aprobado con pequeñas adecuaciones formales.

VII.- INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.

No hubo indicaciones formuladas a la iniciativa en estudio.

Por las razones antes señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor diputado informante, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al ciudadano español señor Leopoldo López Mañez.”.

Tratado y acordado, según consta en el acta de la sesión del día 4 de octubre de 2016, con la asistencia de los diputados miembros de la Comisión, señorita Cicardini (Presidenta), y los señores Arriagada, Aguiló, Becker, Berger, Chávez, Farías, Morales, Ojeda y Sandoval.

Concurrió, además, el diputado señor Roberto León.

Sala de la Comisión, a 5 de octubre de 2016.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 12 de octubre, 2016. Diario de Sesión en Sesión 82. Legislatura 364. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

OTORGAMIENTO DE NACIONALIDAD POR ESPECIAL GRACIA A SEÑOR LEOPOLDO LÓPEZ MAÑEZ (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. (BOLETÍN Nº 10589-06)

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al señor Leopoldo López Mañez.

De conformidad con los acuerdos de los Comités adoptados ayer, la discusión de este proyecto se limitará a dos discursos de hasta cinco minutos cada uno.

Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización es el señor Roberto León.

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 7ª de la presente legislatura, en 24 de marzo 2016. Documentos de la

Cuenta N° 1.

-Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, sesión 79ª de la presente legislatura, en 5 de octubre de 2016. Documentos de la Cuenta N° 1.

El señor ANDRADE (Presidente).-

¿Habría acuerdo para que ingrese a la Sala el subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Edgardo Riveros ?

Acordado.

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor LEÓN (de pie).-

Señor Presidente, la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización me ha designado para informar sobre el proyecto de ley -cuestión que agradezco mucho porque no soy miembro de la comisión-, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en mensaje, que concede la nacionalidad chilena por especial gracia al señor Leopoldo López Mañez. La urgencia para el despacho de la iniciativa ha sido calificada de “suma”.

Constancias reglamentarias previas

La idea matriz o fundamental del proyecto es conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena al ciudadano español señor Leopoldo Ernesto López Mañez.

La iniciativa no posee normas de carácter orgánico constitucional ni de quorum calificado, ni disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los diputados Claudio Arriagada , Sergio Aguiló , Bernardo Berger , Marcelo Chávez , Daniella Cicardini , Celso Morales , Sergio Ojeda y David Sandoval.

Antecedentes

El mensaje señala que la nacionalidad por gracia constituye un reconocimiento que el Estado de Chile confiere a aquel extranjero que ha prestado grandes servicios al país.

Agrega que, en la especie, se trata de otorgar dicho galardón al ciudadano español don Leopoldo López Mañez , quien nació en una localidad de Valencia, el 20 de julio de 1956; efectuó sus estudios de Derecho en la universidad de la misma ciudad, obteniendo luego distintos títulos de posgrado en diferentes materias atingentes al derecho en las principales universidades de España, y el cual en la actualidad ejerce como profesor en varias casas de estudio en Valencia.

En 1989 fue designado cónsul honorario de Chile en dicha ciudad, donde su cometido, tal como lo atestigua la embajada de Chile en España, fue ejemplar, destacándose por su permanente compromiso con nuestro país en los diversos ámbitos de la realidad nacional, comercial, judicial, política y social; por su disposición a colaborar en distintos aspectos vinculados con la labor diplomática de Chile en la Comunidad Autónoma de Valencia y por su contribución eficaz en el apoyo a nuestros connacionales residentes en su área jurisdiccional.

El Ejecutivo destaca, además, las acciones de don Leopoldo López Mañez para profundizar los lazos de amistad entre España y Chile, lo que ha contribuido al establecimiento de efectivos vínculos económicos y comerciales entre Valencia y nuestro país, como asimismo su intensa y permanente gestión desarrollada para promover a Chile, en especial la XII Región, en Valencia, lo que se tradujo en la Declaración de Intenciones y de Hermanamiento suscrita en 2003 entre la Generalitat Valenciana y la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena para el desarrollo de las relaciones bilaterales entre ambas.

Durante el estudio del proyecto, la comisión contó con la asistencia del subdirector de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor Álvaro Arévalo , y del director de Derechos Humanos de la Cancillería, el embajador Hernán Quezada , quienes ratificaron lo señalado en el mensaje en cuanto a los méritos del señor López para acceder al beneficio en cuestión.

Por otra parte, y a mayor abundamiento, se señaló que, en su calidad de abogado, el señor Leopoldo López ha prestado servicios en la embajada de Chile en España en diversos temas judiciales en forma absolutamente gratuita. Asimismo, se resaltó el hecho de que en reiteradas oportunidades el mencionado beneficiario ha manifestado su interés por ser ciudadano chileno a las más altas autoridades nacionales. En este contexto, le solicitó expresamente a su excelencia Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet , que se le conceda la nacionalidad chilena por gracia.

Ahora bien, quiero manifestar a la Sala que conozco personalmente a don Leopoldo López.

A comienzos del 2000, me tocó trabajar en varios de los proyectos de cooperación con Chile anunciados por él. En ese minuto yo era presidente de la Comisión Asesora Presidencial para la Cooperación Internacional en Regiones, y el señor López contribuyó muy fuertemente a que lográramos, por ejemplo, el acuerdo de colaboración entre ProChile y el Instituto Valenciano de la Exportación, el convenio de colaboración entre nuestra comisión y la Asociación de Investigación y Desarrollo en la Industria del Mueble y Afines.

Asimismo, como señalé, participó en la Declaración de Intenciones y de Hermanamiento suscrita entre la Generalitat Valenciana y la Región de Magallanes y Antártica Chilena. También hicimos algo parecido en Talca con la Red de Institutos Tecnológicos de la Comunidad Valenciana, una iniciativa muy importante de los valencianos.

Además, don Leopoldo López consiguió que Valencia fuera sede del congreso de la Federación de Asociaciones Chilenas en España.

Don Leopoldo fue galardonado en nuestro país con la Orden de Bernardo O’Higgins, en el grado de Comendador.

También, colaboró activamente con el embajador Sergio Romero Pizarro en la búsqueda de patronos para la Fundación Chile-España.

Por último, desde 2014 hasta la fecha se ha desempeñado como profesor en la Universidad Politécnica de Valencia, donde alumnos del Inacap van a estudiar los aspectos jurídicos y económicos de las transacciones comerciales entre España y nuestro país.

Por último, quiero manifestar que se trata de una persona que le ha solicitado a nuestro gobierno poder gozar de la nacionalidad chilena por gracia. En este sentido, reconozco la decisión adoptada por el Ejecutivo de presentar esta iniciativa y agradezco que el subsecretario de Relaciones Exteriores se encuentre hoy en el hemiciclo para defenderla.

Es cuanto puedo informar a la Sala.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.

El señor OJEDA.-

Señor Presidente, votaré a favor esta iniciativa que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al español Leopoldo López Mañez , quien nació en Chiva, Valencia, el 20 de julio de 1956.

Lo haré en virtud de lo que señala la Constitución Política de la República en su artículo 10, número 4°, que dispone que son chilenos los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley, y en su artículo 63, que establece que “Sólo son materias de ley: (…) 5) Las que regulen honores públicos a los grandes servidores;”.

La figura de don Leopoldo López Mañez se adecúa a estas disposiciones constitucionales y, sobre todo, a los hechos que justifican la concesión, por especial gracia, de la nacionalidad chilena.

En este caso se trata de una situación especial, porque estamos acostumbrados a que la nacionalidad por gracia se otorgue a personas que realizan acciones de tipo social, pastoral o de otra índole en beneficio de la gente.

La situación de don Leopoldo López es diferente por cuanto sus actuaciones, fundamentalmente en su condición de cónsul honorario de Chile en Valencia, se vinculan con la diplomacia, lo que ha favorecido las relaciones internacionales entre España y nuestro país y, sin duda, ha significado grandes ventajas para ambos.

Don Leopoldo ha tenido un compromiso permanente con Chile en los diferentes ámbitos de la realidad nacional, comercial, judicial, política y social, y una buena y permanente disposición para colaborar en distintos aspectos vinculados con la labor diplomática de Chile en la Comunidad Autónoma de Valencia. También ha sido un ardoroso defensor y asistente de los chilenos residentes en Valencia, sobre todo en la crisis económica que sufrió España hace unos años.

Lo anterior indica, de alguna manera, que participó en labores de tipo social en su país, beneficiando a los chilenos.

En 1989, el gobierno de la República de Chile lo designó cónsul honorario en Valencia, y se desempeñó como tal durante 24 años, de manera eficaz y comprometida.

Otro de los logros importantes de don Leopoldo ha sido el llevar adelante la Declaración de Intenciones y de Hermanamiento suscrita en 2003 entre la Generalitat Valenciana y la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena para el desarrollo de las relaciones bilaterales entre ambas.

Por tanto, creo que la labor de don Leopoldo López ha sido eficaz y favorable para las buenas relaciones diplomáticas entre Chile y España.

Como lo anuncié al inicio de mi intervención, voy a votar a favor del otorgamiento de la nacionalidad chilena por gracia al señor Leopoldo López Mañez por sus virtudes, sus grandes capacidades, su honestidad, sus actuaciones de gran amistad hacia Chile y su grandeza, y por el honor que nos concede al estimar a nuestro país como su segunda patria. Lo digo porque el señor López solicitó expresamente a su excelencia la Presidenta de la República, el 15 de diciembre de 2014, que se le concediera nuestra nacionalidad por gracia.

En la Comisión de Gobierno Interior destaqué dos aspectos que me parecen fundamentales. Uno es que, al parecer, por primera vez nos encontramos ante un proyecto de ley originado en mensaje en que se solicita que se conceda nuestra nacionalidad por especial gracia. Hasta ahora estábamos acostumbrados, como vimos en la…

El señor ANDRADE (Presidente).-

Concluyó su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger.

El señor BERGER.-

Señor Presidente, como integrante de la Comisión de Gobierno Interior, votaré a favor esta iniciativa que concede la nacionalidad por gracia al señor Leopoldo López Mañez , dado que en dicha instancia revisamos exhaustivamente todos los antecedentes que tuvimos a la vista y nos formamos la convicción, unánime, de que debíamos acoger la petición, por lo cual votamos a favor el proyecto de ley.

El señor López Mañez nació en Valencia, España, el 20 de julio de 1956 y siempre se destacó por ser una persona responsable y estudiosa. Prueba de ello es que se licenció en derecho privado y, por su destacada labor profesional, trabajó en diversas universidades españolas, incluida la de su ciudad natal, la Universidad de Valencia.

El gobierno de Chile, en reconocimiento a sus cualidades y méritos personales, lo designó como cónsul honorario en Valencia, en 1989, cargo en el que se desempeñó durante 24 años, siempre de manera eficaz y comprometida con los encargos y actividades que se le encomendaron.

Debo agregar que el señor López Mañez realizó múltiples acciones para profundizar los lazos de amistad entre España y Chile, lo que ha contribuido al establecimiento de vínculos efectivos, tanto económicos como comerciales, entre la ciudad de Valencia y el Estado de Chile.

La intensa y permanente gestión que desarrolló para promover a nuestro país en su ciudad, especialmente a la Región de Magallanes, se tradujo en una declaración de intenciones y de hermanamiento que en 2003 suscribieron la Generalitat Valenciana y la Región de Magallanes y Antártica Chilena para el desarrollo de las relaciones bilaterales entre ambas comunidades.

Por otra parte, y a mayor abundamiento, en su calidad de abogado, el señor López Mañez ha prestado servicios a la embajada de Chile en España, asesorándola en diversos temas judiciales en forma totalmente gratuita.

Por lo tanto, me sumo a lo expresado por los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra y anuncio que votaré a favor, una vez más, la iniciativa, al igual que lo hará mi bancada, la de Renovación Nacional, para conceder la nacionalidad por gracia al señor Leopoldo López Mañez.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Tiene la palabra el subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Edgardo Riveros.

El señor RIVEROS (subsecretario de Relaciones Exteriores).-

Señor Presidente, agradezco que me hayan autorizado a estar presente en la Sala durante el debate de este proyecto de ley, iniciado en mensaje, que busca otorgar la nacionalidad chilena por gracia al señor Leopoldo López Mañez.

Asimismo, agradezco el informe que, en nombre de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, entregó el diputado Roberto León , porque fue muy completo, lo que me ahorra tener que pormenorizar acerca de los fundamentos del mensaje.

Finalmente, también agradezco las intervenciones de los diputados Ojeda y Berger, pues van en la misma línea de lo que aprobó por unanimidad la comisión técnica, y espero que esta Sala refrende lo ya aprobado en esa instancia.

La posibilidad de adquirir la nacionalidad chilena por especial gracia, consagrada en el ordinal 4° del artículo 10 de nuestra Constitución, es excepcional, y esa excepcionalidad tiene que ver con la condición de la persona que puede acceder a este reconocimiento, que no es más que una distinción que nuestro país hace al conceder nuestra nacionalidad a una persona que no ha nacido en Chile y que no tiene padres de nuestra nacionalidad.

En el caso del señor Leopoldo López Mañez se dan las condiciones excepcionales exigidas por nuestra Carta Fundamental, tal como se expresó en el informe y en los discursos de los diputados que intervinieron en el debate de la Sala.

Quiero destacar en particular el trabajo excepcional que realizó el señor López Mañez como cónsul de Chile en Valencia, que se ha reflejado en múltiples iniciativas, y la gran calidad de su cometido en favor de nuestro país. Eso, unido a una petición expresa que formuló en cuanto a que se le permitiera acceder a la nacionalidad chilena, constituyen el fundamento básico por el cual el Ejecutivo, la Presidenta de la República y los ministros concernientes, el del Interior y Seguridad Pública y el de Relaciones Exteriores, decidieron presentar este proyecto de ley para la aprobación del Congreso Nacional y, de acuerdo a lo que exige nuestra Carta Fundamental, otorgarle la nacionalidad chilena.

De antemano, agradezco el pronunciamiento de esta Sala, porque creo que existen las condiciones y los fundamentos suficientes como para otorgar la nacionalidad por especial gracia a Leopoldo López Mañez.

He dicho.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor ANDRADE (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que concede la nacionalidad por gracia al señor Leopoldo López Mañez.

Hago presente a la Sala que su artículo único trata materias propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 12 abstenciones.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Carmona Soto , Lautaro ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Espinosa Monardes, Marcos ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; León Ramírez, Roberto ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morales Muñoz, Celso ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Silva Méndez, Ernesto ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan , Joaquín ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Vallejo Dowling, Camila ; Vallespín López, Patricio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Álvarez Vera, Jenny ; Andrade Lara, Osvaldo ; Boric Font, Gabriel ; Cariola Oliva, Karol ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Jackson Drago, Giorgio ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Pilowsky Greene, Jaime ; Saffirio Espinoza, René ; Sepúlveda Orbenes , Alejandra.

La señora CARVAJAL (doña Loreto).-

Señor Presidente, pido que se agregue mi voto favorable.

El señor ANDRADE (Presidente).-

Se dejará constancia de ello en el acta, señora diputada.

Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular. Despachado el proyecto.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 12 de octubre, 2016. Oficio en Sesión 55. Legislatura 364.

VALPARAÍSO, 12 de octubre de 2016.

Oficio Nº 12.920

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente proyecto de ley, correspondiente al boletín N° 10.589-06:

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al ciudadano español señor Leopoldo Ernesto López Mañez.”.

***

Dios guarde a V.E.

OSVALDO ANDRADE LARA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Derechos Humanos

Senado. Fecha 06 de diciembre, 2017. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 70. Legislatura 365.

?

INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede la nacionalidad por gracia al señor Leopoldo López Mañez.

BOLETÍN Nº 10.589-06

_____________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al ciudadano español, señor Leopoldo López Mañez, con urgencia calificada de discusión inmediata.

La presente iniciativa tuvo su origen en Mensaje de S.E. la Presidenta de la República.

Se dio cuenta del proyecto en análisis en la Sala del Honorable Senado, el 12 de octubre de 2016, disponiéndose su estudio por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

Cabe hacer presente que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley por tratarse de un artículo único y, acordó, unánimemente, proponer a la Sala que lo discuta del mismo modo.

A algunas de las sesiones en que la Comisión trató este proyecto asistieron los Honorables Diputados señora Claudia Nogueira y señor Roberto León.

Asimismo, concurrieron, por el Ministerio Secretaría General de Gobierno, la Ministra, señora Paula Narváez y el Jefe de Gabinete, señor Cristián Arancibia.

Por el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Subdirector Jurídico, señor Álvaro Arévalo.

El Cónsul Honorario de Chile en la Comunidad Autónoma Valenciana, señor Leopoldo López Mañez.

Los Asesores del Honorable Senador Ossandón, señora María Angélica Villadangos y señor José Huerta.

El Asesor del Honorable Senador Araya, señor Robert Angelbeck.

Los Asesores de la Honorable Senadora Van Rysselberghe, señores Felipe Caro y Pablo Urquízar.

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OBJETIVO DEL PROYECTO

Conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena al ciudadano español, señor Leopoldo López Mañez.

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ANTECEDENTES GENERALES

Para el debido estudio de esta iniciativa legal, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

La nacionalidad chilena, por especial gracia, se encuentra consagrada constitucionalmente en el Capítulo II, de la Carta Fundamental, denominado “Nacionalidad y Ciudadanía”, cuyo artículo 10, número 4°, dispone que son chilenos: “4º Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley.”.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

Hasta aquiII.1-Las pautas adoptadas por la Comisión para el otorgamiento de la nacionalidad, por especial gracia, que se mencionan a continuación:

a.-La nacionalidad por gracia constituye el más alto honor que se puede conferir a un extranjero en nuestro país, en consecuencia, sólo se deberá conceder a personas notables y destacadas, que exorbiten el término regular en el estado de actividad que les es propio.

b.-Para otorgar esta distinción especialísima deberá considerarse la existencia de una vinculación real del beneficiario con la comunidad nacional.

c.-Asimismo, será necesario que la actividad ejercida por el extranjero que se desea honrar se traduzca en un beneficio efectivo y relevante para el país, en el ámbito específico de que se trate y constituya un servicio destacado para la República.

d.-Las actividades del beneficiario deberán haber alcanzado relevancia nacional independientemente de que hayan tenido lugar en una zona determinada del territorio nacional o se hayan circunscrito a un sector específico de actividad. Resulta útil al efecto recoger el concepto procesal de hecho público y notorio, que es aquél que por evidente, patente, sabido y palmario, no es necesario acreditar.

e.-A los proyectos deberán acompañarse antecedentes escritos y documentos fundantes de la concesión de nacionalidad, pudiendo, por ejemplo, oficiarse al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior con el propósito de obtener las referencias que se estimen conducentes relativas a la individualización de la persona y su permanencia en nuestro país. Asimismo, puede estimarse como un antecedente valioso para apreciar el grado de reconocimiento comunitario, el haber obtenido otros galardones que premien la labor efectuada en el ámbito respectivo.

f.-Finalmente, debe quedar asentado que el constituyente dispone que este honor se confiera por ley y, en consecuencia, las calidades que justifiquen la dictación de la misma deberán ser expuestas y acreditadas por parte de quien inicie el proyecto de ley respectivo. De esta forma, se pretende evitar se distorsionen los fines del constituyente y que la obtención de la nacionalidad chilena, por especial gracia, pueda dar lugar a prácticas de “lobby” del todo ajenas a tal alta institución.

II.2.- El Mensaje, que da origen al presente proyecto de ley, informa que el señor López Mañez nació en la localidad de Chiva, perteneciente a la provincia de Valencia, España, el 20 de julio de 1956.

Cursó sus estudios de Bachillerato en el Colegio Luis Vives de Valencia e inició la carrera de Derecho en la Universidad de la misma ciudad, obteniendo el título de Licenciado en la Especialidad de Derecho Privado en 1978. Posteriormente, realizó una serie de cursos para post-licenciados en las Universidades de Madrid, Salamanca, Barcelona y Valencia.

Resalta que el señor López Mañez es un destacado profesor y que ejerce la docencia en distintas universidades de Valencia.

Da cuenta que en 1989, fue designado Cónsul Honorario de Chile en Valencia, cargó que desempeña desde hace veinticuatro años, de manera eficaz y comprometida.

Subraya que su cometido como Cónsul Honorario, tal como lo atestigua la Embajada de Chile en España, ha sido ejemplar, destacándose por su permanente compromiso con Chile en diversos ámbitos de la realidad nacional, comercial, judicial, política y social; por su disposición a colaborar en distintos aspectos vinculados con la labor diplomática de Chile en la Comunidad Autónoma de Valencia, y por su contribución eficaz en el apoyo a nuestros connacionales residentes en la jurisdicción del Consulado.

Asimismo, destaca sus acciones para profundizar los lazos de amistad entre España y Chile, las que han contribuido al establecimiento de efectivos lazos económicos y comerciales entre Valencia y nuestro país, además de la intensa y permanente gestión que ha desarrollado para promover a Chile en Valencia, especialmente a la XII Región, lo que se tradujo en la “Declaración de Intenciones y de Hermanamiento”, suscrita el 2003 por la Generalitat Valenciana y la Región de Magallanes y Antártica Chilena, para el desarrollo de las relaciones bilaterales entre ambas comunidades.

Asimismo, refiere que el señor López Mañez ha prestado servicios a la Embajada de Chile en España en diversos temas judiciales en forma gratuita.

Hace presente que, reiteradamente, el señor López Mañez ha manifestado su interés en ser ciudadano chileno a las distintas autoridades nacionales, como Presidentes de la República, Senadores, Diputados, Intendentes, Alcaldes y Embajadores que se han desempeñado en España. En este contexto, informa que el 15 de diciembre de 2014, solicitó que se le conceda la nacionalidad chilena por gracia, mediante carta remitida a Su Excelencia la Presidenta de la República.

Finalmente, indica que los antecedentes que fundamentan esta iniciativa fueron proporcionados por la Embajada de Chile en España y por la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores.

II.3.- La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado, ofició al Servicio de Registro Civil e Identificación para que remita antecedentes sobre la identificación, filiación, y copia de la respectiva cédula de identidad para extranjeros del señor Leopoldo López.

La respuesta se recibió mediante Ordinario N° 11.434, de 20 de octubre de 2016, en la cual señala que bajo el nombre de Leopoldo López Mañez no figura ninguna persona en los archivos manuales y computacionales de ese Servicio.

II.4- Oficio N° 12.920, de 12 de octubre de 2016, de la Honorable Cámara de Diputados, mediante el cual comunica que ha prestado su aprobación al proyecto de ley en estudio, el cual consta de un artículo único, que concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, al ciudadano español, señor Leopoldo López Mañez.

Esta iniciativa fue informada en la Honorable Cámara de Diputados por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, fue aprobada en la Sala de esa Corporación por 82 votos a favor, ningún voto en contra y 12 abstenciones.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Al iniciar el estudio del proyecto de ley en informe, en sesión de 21 de diciembre de 2016, el Honorable Senador señor Navarro hizo presente que esta iniciativa legal tiene su origen en un Mensaje de la Presidenta de la República y tiene por objeto reconocer al señor Leopoldo López Mañez, quien se ha desempeñado por más de treinta años como cónsul ad honorem de Chile en la Comunidad Autónoma de Valencia.

El Honorable Senador señor Ossandón manifestó su voluntad de aprobar el proyecto de ley considerando que se trata de un mensaje presidencial.

El Honorable Senador señor Letelier solicitó al Ejecutivo informar los motivos por los cuales calificó con urgencia este proyecto de ley.

El Subdirector Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor Álvaro Arévalo, manifestó que concurre ante esta Comisión para solicitar la aprobación de este proyecto de ley que concede la nacionalidad por especial gracia al señor Leopoldo López Mañez.

En seguida, relató algunos antecedentes generales del ciudadano español señor López Mañez y señaló que nació en el año 1956, estudió derecho y se licenció en la especialidad de derecho privado, convirtiéndose en un destacado profesor que ha ejercido en distintas universidades de Valencia.

En 1989, el Gobierno de la República de Chile lo designó como Cónsul Honorario en Valencia, cargo que ejerce hace más de veintisiete años de manera eficaz y comprometida. En efecto, destacó su permanente compromiso con Chile en diversos ámbitos de la realidad nacional, tanto comercial, judicial, política y social.

En general, apuntó, ha quedado demostrada su disposición a colaborar en distintos aspectos vinculados a la labor diplomática de Chile en la Comunidad Autónoma de Valencia, así como también su contribución en el apoyo a los connacionales residentes en la jurisdicción del Consulado Honorario.

Destacó, entre las muchas labores realizadas desde su nombramiento como Cónsul Honorario, sus acciones para profundizar los lazos de amistad entre España y Chile, las cuales han contribuido al establecimiento de efectivos lazos económicos y comerciales entre Valencia y Chile, además de su permanente gestión para promover a Chile en Valencia, especialmente a la Región de Magallanes, lo que se tradujo en la Declaración de Intenciones y de Hermanamiento que se suscribió en el año 2003 entre la Generalitat Valenciana y esta Región para el desarrollo de sus relaciones bilaterales.

Asimismo, señaló que en su condición de abogado ha prestado servicios a la Embajada de Chile en España en diversos temas judiciales de forma gratuita.

Subrayó que reiteradamente el señor López Mañez ha manifestado su interés en ser ciudadano chileno a las más altas autoridades nacionales.

Por todo lo anterior y, en reconocimiento a los servicios prestados a Chile, solicitó la aprobación de esta iniciativa en el entendido que el señor López reúne todos los requisitos para obtener este galardón.

El Honorable Senador señor Letelier consultó por el estado de salud del señor López.

El Subdirector Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores respondió que goza de buena salud y que a la fecha tiene sesenta años de edad.

El Honorable Senador señor Navarro coincidió en rendir un reconocimiento a las personas que han prestado un servicio a Chile en el exterior en forma gratuita, por lo que se mostró partidario de apoyar este proyecto de ley.

Posteriormente, en sesión de 10 de mayo de 2017, la Comisión recibió al señor Leopoldo López Mañez, quien luego de agradecer a la Comisión la invitación, comentó que la Presidenta de la República decidió honrarlo con este Mensaje que propone concederle la nacionalidad chilena, por especia gracia, lo cual ha sido un gran honor.

En seguida, informó que desde hace veintisiete años que desempeña el cargo de Cónsul. Durante este tiempo, expresó que ha recorrido el país y ha promovido la hermandad entre la Región de Magallanes y Antártica Chilena con la Comunidad Valenciana, esta última, precisó, tiene prácticamente el mismo producto interno bruto que todo Chile. Informó que está en el país para oficializar junto al Intendente de dicha Región un protocolo de amistad con motivo de la celebración del quinto centenario del descubrimiento del Estrecho de Magallanes.

Dio cuenta de un sinnúmero de obras que ha gestionado en favor de Chile y destacó que siempre se ha preocupado por los más desfavorecidos. Asimismo, dijo que ha trabajado con todos los Embajadores chilenos que se han desempeñado en España, con independencia de su tendencia política, porque defiende al Estado de Chile y a sus nacionales que viven en España.

Por todo lo anterior, expresó que sería un honor ser considerado chileno por medio de este galardón, porque ama a nuestro país. Sostuvo que si tuviera que optar por la nacionalidad chilena y la española, no dudaría en optar por la chilena, puesto que su vida siempre ha estado vinculada con nuestro país.

Posteriormente, el Honorable Senador señor Ossandón planteó a Sus Señorías incluir el proyecto en la tabla de la próxima sesión a fin de proceder a su votación, y anunció su voto favorable considerando el trabajo que ha realizado en favor del país.

El Honorable Diputado señor León agradeció a la Presidenta de la Comisión y a Sus Señorías la excelente disposición para recibirlos en la sesión de hoy, e hizo notar que este proyecto se inició en un Mensaje Presidencial, no obstante que en la mayoría de los casos los proyectos de ley que conceden la nacionalidad chilena por especial gracia corresponden a mociones parlamentarias, lo que da un mayor respaldo a esta iniciativa legal y confirma el destacado rol del señor Leopoldo López como Cónsul de Chile en la Comunidad Autónoma de Valencia.

La Honorable Senadora señora Van Rysselberghe valoró la presencia del señor López en la Comisión porque les permitió conocerlo personalmente y tener una mayor convicción acerca de esta iniciativa.

En la sesión de 17 de mayo de 2017, el Honorable Senador señor Letelier planteó conocer los criterios por los cuales el Ejecutivo presentó esta iniciativa legal y, en este sentido, sugirió invitar al señor Ministro de Relaciones Exteriores para que informe sobre la materia en cuestión, dado que no es habitual que el Gobierno patrocine este tipo de proyectos.

En esta misma línea, recordó que el ex Senador señor Enrique Silva Cimma fijó una serie de criterios que esta Comisión debe tener a la vista al momento de otorgar una nacionalidad por gracia. Entre otros, mencionó el tratarse de personas notables y destacadas; la existencia de un vínculo real entre el beneficiario y la comunidad nacional; que la actividad que preste se traduzca en un beneficio efectivo y relevante para el país, y que estas actividades alcancen relevancia nacional.

A continuación, la Honorable Senadora señora Van Rysselberghe comentó que se trata de un mensaje presidencial y que el Ejecutivo está plenamente facultado para hacer este tipo de presentaciones.

El Subdirector Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores afirmó que el Gobierno determinó que el Cónsul de Valencia cumple todos los requisitos para hacerlo merecedor de este galardón, y advirtió a Sus Señorías que la aprobación de esta iniciativa no implica que el Gobierno presentará nuevas solicitudes de nacionalidades por gracia en favor de otros cónsules ad honorem.

En sesión de 6 de diciembre del presente año, la Honorable Senadora señora Van Rysselberghe destacó la trayectoria del señor López y su dedicación hacia nuestro país y sometió a votación el proyecto en estudio.

La Comisión, luego de conocer los antecedentes del señor Leopoldo López Mañez, se formó la convicción de que es merecedor de esta especialísima distinción, ya que sus actividades y trayectoria han alcanzado relevancia nacional, lo que constituye un hecho público y notorio, que no es necesario acreditar.

Considerando lo anterior, vuestra Comisión, después de analizar la iniciativa en informe y en razón de las pautas establecidas para ponderar la procedencia del otorgamiento excepcional de la nacionalidad chilena, por especial gracia, a extranjeros de actuación notable en beneficio para la comunidad nacional, se formó la convicción de que el ciudadano español señor Leopoldo López Mañez, por su destacado aporte y entrega a nuestro país, es merecedor del reconocimiento reservado a las personas que han prestado valiosos servicios, a los que alude la norma contenida en el número 4°, del artículo 10 de la Constitución Política de la República.

-Sometido a votación en general y en particular, el proyecto fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes Honorables Senadora señora Van Rysselberghe y señores Araya y Ossandón.

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TEXTO DEL PROYECTO

En conformidad con el acuerdo adoptado, vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene a honra proponeros aprobar el proyecto de ley en informe en los mismos términos que la Honorable Cámara de Diputados:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al ciudadano español señor Leopoldo Ernesto López Mañez.”.

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Acordado en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2016, con la asistencia de sus miembros Honorables Senadores señor Alejandro Navarro Brain (Presidente), señora Jacqueline Van Rysselberghe Herrera y señores Juan Pablo Letelier Morel y Manuel José Ossandón Irarrázabal.

En sesiones celebradas los días 10 y 17 de mayo y 6 de diciembre de 2017, con la asistencia de los Honorables Senadores señora Jacqueline Van Rysselberghe Herrera (Presidenta) y señores Pedro Araya Guerrero, Juan Pablo Letelier Morel, Alejandro Navarro Brain y Manuel José Ossandón Irarrázabal.

Sala de la Comisión, a 6 de diciembre de 2017.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISION DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE CONCEDE LA NACIONALIDAD POR GRACIA AL SEÑOR LEOPOLDO LÓPEZ MAÑEZ

BOLETÍN Nº 10.589-06

I. PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena al ciudadano español, señor Leopoldo López Mañez.

II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular, unanimidad (3x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: proyecto de artículo único.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: discusión inmediata.

VI. ORIGEN DE LA INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mensaje de S.E. la Presidenta de la República.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo trámite.

VIII. APROBACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general por 82 votos, ningún voto en contra y 12 abstenciones.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 12 de octubre 2016.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: el artículo 10, número 4°, de la Constitución Política de la República.

Valparaíso, 6 de diciembre de 2017.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

2.2. Discusión en Sala

Fecha 12 de diciembre, 2017. Diario de Sesión en Sesión 71. Legislatura 365. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

CONCESIÓN DE NACIONALIDAD CHILENA, POR ESPECIAL GRACIA, A DON LEOPOLDO LÓPEZ MAÑEZ

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Corresponde tratar, como si fuera de Fácil Despacho, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, al señor Leopoldo López Mañez, con informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía y urgencia calificada de "suma".

--Los antecedentes sobre el proyecto (10.589-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 55ª, en 12 de octubre de 2016 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía: sesión 70ª, en 6 de diciembre de 2017.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el señor Secretario .

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El objetivo de la iniciativa es conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena al ciudadano español señor Leopoldo López Mañez.

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía discutió este proyecto en general y en particular, por ser de artículo único, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señora Van Rysselberghe y señores Araya y Ossandón).

El órgano técnico deja constancia de que, después de analizar la iniciativa y en razón de las pautas establecidas para ponderar la procedencia del otorgamiento excepcional de la nacionalidad chilena, por especial gracia, a extranjeros de actuación notable en beneficio de la comunidad nacional, se formó la convicción de que el ciudadano español señor Leopoldo López Mañez, por su destacado aporte y entrega a nuestro país, es merecedor del reconocimiento reservado a las personas que han prestado valiosos servicios, a los que alude la norma contenida en el número 4º del artículo 10 de la Constitución Política de la República.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

¿Habría acuerdo de la Sala para aprobar el proyecto?

--Por unanimidad, se aprueba en general y en particular el proyecto, y queda despachado en este trámite.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 12 de diciembre, 2017. Oficio en Sesión 102. Legislatura 365.

Valparaíso, 12 de diciembre de 2017.

Nº 254/SEC/17

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que concede la nacionalidad por gracia al señor Leopoldo López Mañez, correspondiente al Boletín N° 10.589-06.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 12.920, de 12 de octubre de 2016.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S.E. La Presidenta de la República. Fecha 13 de diciembre, 2017. Oficio

VALPARAÍSO, 13 de diciembre de 2017

Oficio Nº 13.649

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, correspondiente al boletín N° 10.589-06:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al ciudadano español señor Leopoldo Ernesto López Mañez.”.

*****

Dios guarde a V.E.

FIDEL ESPINOZA SANDOVAL

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.059

Tipo Norma
:
Ley 21059
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1112955&t=0
Fecha Promulgación
:
19-12-2017
URL Corta
:
http://bcn.cl/2ccv6
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Título
:
CONCEDE LA NACIONALIDAD POR GRACIA AL SEÑOR LEOPOLDO LÓPEZ MAÑEZ
Fecha Publicación
:
29-12-2017

LEY NÚM. 21.059

CONCEDE LA NACIONALIDAD POR GRACIA AL SEÑOR LEOPOLDO LÓPEZ MAÑEZ

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al ciudadano español señor Leopoldo Ernesto López Mañez.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 19 de diciembre de 2017.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.