Comienza el traspaso de los procesos electorales a los municipios.




13-09-1861

EL Congreso Nacional dicta una importante reforma al reglamento electoral de 1833, compuesta por un texto de 151 artículos divididos en 9 títulos. En general, está caracterizada por el traspaso de algunas funciones electorales a las municipalidades, además del establecimiento de un registro electoral permanente y no renovable cada tres años. De acuerdo al texto, “para los efectos de la inscripción, no se les computaba la renta en calidad de tales a los soldados y clases del ejército permanente y de los cuerpos de policía, se suprimía la prohibición de calificarse a los eclesiásticos regulares, a los jornaleros y peones, y se suprimieron las calificaciones por poder.” . En definitiva, se dispuso que la calificación fuera un acto personal, en el que no se pudiera admitir por las mesas poderes, ni representaciones de ninguna clase que supliesen el requisito de comparencia personal del ciudadano. Entre otros elementos, además, reguló aspectos como el orden y la libertad de las elecciones, los delitos en materia electoral, y las causas de nulidad y los casos en los cuales las elecciones debían repetirse. Una novedad importante al respecto, es que por primera vez se facultaba al Congreso Nacional para conocer las reclamaciones de nulidad de electores, tanto en el caso de las elecciones de Presidente de la República, como de senadores.


Citas en orden de aparición:
-Ricardo Anguita, Leyes promulgadas en Chile: desde 1810 hasta el 1 de junio de 1913, Editorial Barcelona, Santiago tomo II, pp. 114-125.
-Elecciones en Chile: desde el voto a viva voz y las cédulas de suscripción a la cámara secreta. En: http://www.senado.cl/elecciones-en-chile-desde-el-voto-a-viva-voz-y-las-cedulas-de-suscripcion-a-la-camara-secreta/prontus_senado/2013-10-30/173727.html#vtxt_cuerpo_T4
-Ricardo Donoso, Ideas políticas en Chile, Fondo de Cultura Económica, México, 1946, p. 413.


Top