Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I.- ASISTENCIA.
- II.- APERTURA DE LA SESIÓN.
- III.- TRAMITACIÓN DE ACTAS.
- IV.- LECTURA DE LA CUENTA.
- LECTURA DE LA CUENTA
- PUBLICACIÓN DE SESIÓN SECRETA DE LA COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL EN LO ATINENTE A REFERENCIAS DEL COMANDANTE EN JEFE DEL EJERCITO, GENERAL CARLOS PRATS, A LA LEY SOBRE CONTROL DE ARMAS.
- TRAMITE DIRECTO DE COMISIÓN DE GOBIERNO A LA DE HACIENDA DE PROYECTOS SOBRE FACULTADES PARA MUNICIPALIDADES DE CODEGUA, SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA Y PAREDONES.
- INTERVENCIÓN : Rafael Adolfo Moreno Rojas
- OTORGAMIENTO DE TÍTULOS DE DOMINIO A OCUPANTES DE POBLACIONES DE TARAPACA Y ANTOFAGASTA LEVANTADAS EN TERRENOS FISCALES. TRAMITE DE COMISIÓN.
- INTERVENCIÓN : Rafael Adolfo Moreno Rojas
- ORGANIZACIÓN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES DE CHILE. TRAMITE A COMISIÓN.
- INTERVENCIÓN : Rafael Adolfo Moreno Rojas
- BONIFICACIÓN ADICIONAL A LOS TRABAJADORES DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD. TRAMITE A COMISIÓN.
- INTERVENCIÓN : Hugo Eugenio Ballesteros Reyes
- COMISIÓN ESPECIAL DE SENADORES SOBRE ENTRADAS Y GASTOS REFERENTES A CUENTAS DE INVERSIÓN. PLAZO PARA SU INTEGRACIÓN.
- INTERVENCIÓN : Ricardo Valenzuela Saez
- CELEBRACIÓN DE JUEGOS PANAMERICANOS. TRAMITÉ A COMISIÓN.
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- V. FÁCIL DESPACHO.
- AUTORIZACIÓN A MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO PARA TRANSFERIR TERRENOS A SUS OCUPANTES.
- ANTECEDENTE
- MODIFICACIÓN DE LEY 17.336, SOBRE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL PEQUEÑO DERECHO DE AUTOR.
- ANTECEDENTE
- NORMAS PARA EL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL DE CARABINEROS DE CHILE.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Foncea Aedo
- INTERVENCIÓN : Jorge Antonio Montes Moraga
- INTERVENCIÓN : Hugo Eugenio Ballesteros Reyes
- INTERVENCIÓN : Ramon Augusto Silva Ulloa
- AUTORIZACIÓN A MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO PARA TRANSFERIR TERRENOS A SUS OCUPANTES.
- VI.- ORDEN DEL DÍA.
- TARIFAS PARA TRANSPORTE QUE EFECTUÉ LINEA AEREA NACIONAL DESDE LAS PROVINCIAS DE AISEN Y MAGALLANES Y HACIA ELLAS. OFICIO.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Juan De Dios Carmona Peralta
- INTERVENCIÓN : Ramon Augusto Silva Ulloa
- INTERVENCIÓN : Narciso Irureta Aburto
- INTERVENCIÓN : Fernando Ochagavia Valdes
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN
- Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN
- INTERVENCIÓN : Jaime Leon Suarez Bastidas
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Patricio Phillips Penafiel
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Alfredo Macario Lorca Valencia
- INTERVENCIÓN
- Aniceto Rodriguez Arenas
- INTERVENCIÓN
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- DESCUENTO DE CUOTA SOCIAL A TRABAJADORES DEL SERVICIO DE CORREOS Y TELÉGRAFOS.
- ANTECEDENTE
- TRANSFERENCIA GRATUITA DE SITIO FISCAL A LA ASOCIACIÓN GENERAL DE JUBILADOS, VIUDAS Y MONTEPIADAS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE TALCAHUANO.
- ANTECEDENTE
- SESIÓN SECRETA.
- TARIFAS PARA TRANSPORTE QUE EFECTUÉ LINEA AEREA NACIONAL DESDE LAS PROVINCIAS DE AISEN Y MAGALLANES Y HACIA ELLAS. OFICIO.
- VI. TIEMPO DE VOTACIONES.
- ENVIÓ DE OFICIO.
- TABLA DE FÁCIL DESPACHO PARA LA PRÓXIMA SESIÓN ORDINARIA.
- HOMENAJE A LA MEMORIA DEL EX SENADOR SEÑOR EDUARDO ALESSANDRI RODRÍGUEZ.
- HOMENAJE : Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- HOMENAJE : Humberto Aguirre Doolan
- HOMENAJE : Jose Antonio Foncea Aedo
- HOMENAJE : Alberto Jorge Jerez Horta
- HOMENAJE : Pedro Ibanez Ojeda
- HOMENAJE A LA MEMORIA DEL DOCTOR MARIO ALESSANDRI RODRÍGUEZ.
- HOMENAJE : Jorge Eduardo Ibanez Vergara
- VIII.- INCIDENTES.
- PETICIONES DE OFICIOS.
- Del señor Acuña: REPARACIONES DE ESCUELA SUPERIOR DE HOMBRES Nº1 DE VALDIVIA (VALDIVIA).
- REPIADURA DE CAMINO DE COFALMO Y TRINIDAD (OSORNO).
- Del señor Aylwin: LOCAL PARA ESCUELA Nº 30. LOS CUARTELES (LINARES).
- DENUNCIA CONTRA JEFE DE LA I ZONA DE SALUD (TARAPACA).
- Del señor Carmona: VIOLACIÓN A NORMAS LEGALES SOBRE HORARIO DE TRABAJO POR PARTE DE LA CORPORACIÓN DE SERVICIOS HABITACIONALES EN ANTOFAGASTA.
- Del señor Diez: LOCAL PARA ESCUELA Nº30, LOS CUARTELES LINARES.
- OBRAS DE ADELANTO PARA COMUNA DE VILLA ALEGRE (LINARES).
- FONDOS PARA OBRAS DEL CAMINO CAUQUENES CHANCO (MAULE).
- Del señor García: GIMNASIO TECHADO PARA CODEGUA Y LOCAL PARA TENENCIA DE CARABINEROS EN LA MISMA COMUNA (O'HIGGINS).
- Del señor Hamilton: TRIPULACIÓN DE BUQUE ADQUIRIDO POR EMPRESA MARÍTIMA DEL ESTADO(MAGALLANES).
- Del señor Montes: CENTRO DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES PSICOLÓGICAS INFANTILES PARA CHILLAN (ÑUBLE).
- PUENTE ENTRE COIHUECO Y SAN FABIÁN (ÑUBLE).
- Del señor Moreno: GIMNASIO TECHADO PARA CODEGUA (O'HIGGINS).
- REPARACIÓN DE CAMINO ENTRE CARRETERA PANAMERICANA Y CODEGUA (O'HIGGINS).
- EDIFÍCIO PARA TENENCIA DE CARABINEROS DE CODEGUA (O'HIGGINS).
- Del señor Noemi: AUMENTO DE PERSONAL EN JUZGADO DE MAYOR CUANTÍA DE VALLENAR.
- Del señor Ochagavía: RETEN PARA LLIUCO (CHILOE) Y AUMENTO DE LA DOTACIÓN DEL RETEN DE QUEMCHI(CHILOE).
- TRANSPORTE DE CORRESPONDENCIA EN QUEILEN (CHILOE).
- SOLUCIÓN DE PROBLEMAS DE QUEMCHI (CHILOE).
- MEDICO PARA HOSPITAL DE QUEMCHI (CHILOE).
- Del señor Papic: AGUA POTABLE PARA RIACHUELO (OSORNO).
- Del señor Valente: DESALOJO DE HABITANTES DE POBLACIÓN MANUEL RODRÍGUEZ, DE IQUIQUE(TARAPACA).
- ALUMBRADO PUBLICO PARA PAPOSO (ANTOFAGASTA).
- PRACTICANTES CUMPLAN LOS REQUISITOS DE LAS LEYES Nºs 14.904 y 12.441.
- ESCRITURAS DE COMPRAVENTA A ASIGNATARIOS DE DEPARTAMENTOS EN POBLACIÓN EX ESTADIO, DE ARICA (TARAPACÁ).
- AGILIZA PAGO DE SUBSIDIO DE CESANTÍA EN IQUIQUE (ANTOFAGASTÁ).
- DEMORA EN TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE JUBILACIÓN.
- Del señor Valenzuela: GIMNASIO TECHADO PARA CODEGUA (O'HIGGINS).
- EDIFICIO PARA CARABINEROS DE CODEGUA (O'HIGGINS).
- PAVIMENTACIÓN DE CAMINO DE ACCESO A CODEGUA (O'HIGGINS).
- DECLARACIÓN DEL PARTIDO SOCIALDEMOCRACIA, CHILENA SOBRE LA REALIDAD POLÍTICA DE CHILE.
- INTERVENCIÓN : Americo Arturo Acuna Rosas
- PETICIONES DE OFICIOS.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXOS.
- 1.- MENSAJE DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY, QUE MODIFICA EL ARTICULO 6° DE LA LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO, CON EL OBJETO DE CREAR NUEVAS FIGURAS DELICTIVAS SOBRE ATENTADOS TERRORISTAS.
- 2.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS QUE 'OTORGA UNA BONIFICACIÓN ADICIONAL A LOS TRABAJADORES DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD.
- 3.- INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO RECAÍDO EN LA SOLICITUD DE DESAFUERO DEL SEÑOR INTENDENTE DE SANTIAGO, DON JULIO STUARDO GONZÁLEZ, INTERPUESTA POR EL SEÑOR FISCAL DE LA ILUSTRISIMA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO, DON LUIS HERMOS1LLA LEÓN.
- 4.- INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA A LOS PROFESIONALES Y TÉCNICOS CHILENOS QUE INDICA PARA INTERNAR AL PAÍS DETERMINADOS BIENES.
- 5.- INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN LA MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR FONCEA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 63 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO PARA DISPONER LA CITACIÓN DEL CONTRIBUYENTE EN LA DILIGENCIA QUE INDICA.
- 6.- INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR HAMILTON, QUE DICTA NORMAS SOBRE FIJACIÓN DE TARIFAS PARA EL TRANSPORTE AEREO QUE EFECTUÉ LINEA AEREA NACIONAL DESDE O HACIA LAS PROVINCIAS DE AISEN Y DE MAGALLANES.
- 7.- SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS QUE FIJA LAS PLANTAS DE CARGOS PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO Y DEL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO.
- 8.- INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS RECAÍDO EN LA OBSERVACIÓN DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE CONSTITUCIONAL, FORMULADA AL PROYECTO DE LEY QUE ACLARA EL SENTIDO DEL VOCABLO OCUPANTES DEL ARTICULO 1 DE LA LEY Nº 16.9.08.
- 9.- SEGUNDÓ INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR LORCA, QUE AMPLIA LA FIJACIÓN DE TARIFAS ESPECIALES A DETERMINADOS CONJUNTOS QUE SE TRASLADEN POR LINEA AEREA NACIONAL ENTRE SANTIAGO Y PUNTA ARENAS.
- 10.- INFORME DE LA COMISIÓN DE MINERÍA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY N' 17.624, CON EL OBJETO DE BENEFICIAR A LOS SOCIOS DE COOPERATIVAS MINERAS QUE EXTRAIGAN PIRITAS DE COBRE EN EL RIO SALADO EN FORMA MECANIZADA.
- 11.- INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY 17:624, CON EL OBJETO DE BENEFICIAR A LOS SOCIOS DE COOPERATIVAS MINERAS .QUE EXTRAIGAN PIRITAS DE COBRE EN EL RIO SALADO, EN FORMA NO MECANIZADA.
- 12.- INFORME DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y COLONIZACIÓN, RECAÍDO EN LAS OBSERVACIONESDEL EJECUTIVO, EN PRIMER TRAMITÉ CONSTITUCIONAL, FORMULADAS AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE QUE LOS DUEÑOS DE DETERMINADOS PREDIOS RÚSTICOS QUE' SEAN EXPROPIADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL EMBALSE CONVENTO' VIEJO TENDRÁN DERECHO A QUE LA CORPORACIÓN DE LM REFORMA AGRARIA LES ASIGNE TIERRAS DE UN VALOR EQUIVALENTE:
Notas aclaratorias
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- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL.
LEGISLATURA 318ª, ORDINARIA
Sesión 59ª, en martes 21 de agosto de 1973.
Ordinaria.
(De 16.12 a 19.14).
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES EDUARDO FREI MONTALVA,PRESIDENTE;
HUMBERTO AGUIRRE DOOLAN, VICEPRESIDENTE,Y
AMERICO ACUÑA ROSAS, PRESIDENTE ACCIDENTAL.
SECRETARIOS, LOS SEÑORES DANIEL EGAS MATÁMALA, PROSECRETARIO, Y RAÚL CHARLIN VICUÑA, SECRETARIO JEFE DE COMISIONES
ÍNDICE.
Versión taquigráfica.
I.- ASISTENCIA ... ... 2496
II.- APERTURA DE LA SESIÓN ... ... ... 2496
III.- TRAMITACIÓN DE ACTAS 2496
IV.- LECTURA DE LA CUENTA ..,..., ... 2496
Publicación de sesión secreta de la Comisión de Defensa Nacional en lo atinente a referencias del Comandante en Jefe del Ejército, General Carlos Prats, a la ley Sobre Control de Armas... ... ... 2499
Trámite directo de Comisión de Gobierno a la de Hacienda de proyecto sobre facultades para Municipalidades de Codegua, San Vicente de Tagua Tagua y Paredones : 2500
Proyecto sobre otorgamiento de títulos de dominio a ocupantes de poblaciones de Tarapacá y Antofagasta levantada en terrenos fiscales. Trámite a Comisión 2500
Organización de pequeños agricultores de Chile. Trámite a Comisión 2501
Bonificación adicional a los trabajadores del Servicio Nacional de
Salud. Trámite a Comisión 2501
Comisión especial de Senadores sobre entradas y gastos referentes a cuentas de inversión. Plazo para su integración 2501
Celebración de Juegos Panamericanos. Trámite a Comisión 2501
V.- FACÍL DESPACHO:
Proyecto de ley, en primer trámite, que autoriza a la Municipalidad de San Antonio para transferir terrenos a sus ocupantes (se despacha) 2502
Proyecto de ley, en cuarto trámite, sobre modificación de la ley
17.336, sobre gastos de administración del pequeño derecho de autor (se despacha) . 2502
Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre normas para el Departamento de Bienestar Social de Carabineros de Chile (se despacha) 2502
VI.- ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en primer trámite, sobre tarifas para transporte que efectúe Línea Aérea Nacional desde las provincias de Aisén y Magallanes y hacia ellas. Oficio ' 2504
Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre descuento de cuota social a trabajadores del Servicio de Correos y Telégrafos (se despacha) 2521
Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre transferencia gratuita de sitio fiscal a la Asociación General de Jubilados, viudas y. montepiadas de las Fuerzas Armadas de Talcahuano (se despacha) .. 2521
Sesión secreta ¡. ... 2522
VII.- TIEMPO DE VOTACIONES:
Envío de oficio 2522
Tabla de Fácil Despacho para la próxima sesión ordinaria 2522
Homenaje a la memoria del ex Senador señor Eduardo AlessandriRodríguez (se rinde) 2523
Homenaje a la memoria del doctor Mario Alessandri Rodríguez ... 2528
VIII.- INCIDENTES:
Petición de oficios (se anuncian)
2529
Declaración del Partido Social Democracia Chilena sobre la realidad política (observaciones del señor Acuña) 2537
Anexos.
1. Proyecto de ley, en primer trámite, modificatorio dé la Ley de
Seguridad del Estado, que crea nuevas figuras delictivas sobre atentados terroristas , 2542
2. Proyecto de ley, en segundo trámite, que otorga una bonificación adicional a los trabajadores del Servicio Nacional de Salud 2543
3. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y
Reglamento recaído en la solicitud de desafuero del Intendente de Santiago señor Julio Stuardo González presentada por el Fiscal de la Corte de Apelaciones de Santiago, señor Luis Hérmosilla León 2544
4. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en él proyecto sobre franquicias de internación para determinados profesionales y técnicos chilenos 2548
5. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que modifica el Código Tributario para disponer la citación del contribuyente en la diligencia que indica... .: . 2554
6. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto sobre fijación de tarifas de Línea Aérea Nacional para los viajes desde las provincias de Aisén y Magallanes o hacia ellas 2555
7. Segundo informe de la Comisión de Obras Púbicas recaído en el proyecto que fija las plantas del personal del Ministerio de la
Vivienda y Urbanismo 2558
8. Informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en las observaciones, al proyecto que aclara el sentido del vocablo ocupantes empleado por la ley Nº16.908 2584
9. Segundo informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en el proyecto sobre tarifas especiales a conjuntos deportivos y culturales que se trasladen, por Línea Aérea Nacional, desde Punta Arenas o hacia esa ciudad 2586
10. Informe de la Comisión de Minería recaído en el proyecto que beneficia a los socios de cooperativas mineras que extraigan piritas de cobre en el río Salado 2588
11. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto qué beneficia a los socios de cooperativas mineras que extraigan piritas de cobre en el río Salado .. .... , 2690
12. Informe de la Comisión de Agricultura y Colonización recaído en las observaciones al proyecto que beneficia a dueños de predios rústicos que sean expropiados para la construcción del embalse Convento Viejo .. 2591
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA.
I.-ASISTENCIA.
Asistieron los señores:
Acuña Rosas, AméricoAguilera Báez, LuisAguirre Doolan, HumbertoAraneda Briones, ErnestoBallesteros Reyes, EugenioBossay Leiva, LuisBulnes Sanfuentes, FranciscoCarmona Peralta, Juan de DiosContreras Tapia, VíctorDiez Urzúa, SergioFoncea Aedo, JoséFrei Montalva, EduardoGarcía Garzena, VíctorHamilton Depássier, JuanIbáñez Ojeda, PedroIrureta Aburto, NarcisoJarpa Reyes, Sergio OnofreJerez Horta, AlbertoLavandero Illanes, JorgeLorca Valencia, AlfredoMiranda Ramírez, HugoMontes Moraga, JorgeMoreno Rojas, RafaelMusalem Saffie, JoséOchagavía Valdés, FernandoPablo Elorza, TomásPapic Ramos, LuisPhillips Peñafiel, PatricioPrado Casas, BenjamínRodríguez Arenas, AnicetoSilva Ulloa, RamónSuárez Bastidas, JaimeToro Herrera, Alejandro;
Valenzuela Sáez, Ricardo, y
Zaldívar Larraín, Andrés.
Actuó de Secretario, el señor Daniel Egas Matamata, y de Prosecretario, el señor Raúl Charlín Vicuña.
II.-APERTURA DE LA SESIÓN.
Se abrió la sesión a las 16.12, en presencia de 20 señores Senadores.
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III.-TRAMITACIÓN DE ACTAS.
Se da por aprobada el acta de la sesión 57ª, que no ha sido observada.
El acta de la sesión 58ª, queda en Secretaría a disposición de los señores Senadores hasta la sesión próxima, para su aprobación (véase en el Boletín el acta aprobada).
IV.-LECTURA DE LA CUENTA.
El señor FREI (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor EGAS (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes.
Seis de Su Excelencia el Presidente de la República.
Con el primero comunica que ha resuelto convocar al Congreso Nacional a un período extraordinario de sesiones a contar del 19 de septiembre del año en, curso, con el objeto de que pueda ocuparse en los siguientes proyectos de ley:
1) El que establece normas sobre filiación (Cámara de Diputados), y
2) El que modifica el Código de Justicia Militar. (Senado), segundo trámite, pendiente en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Se manda archivarlo.
Con el segundo hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que establece un procedimiento y penalidad especiales para los autores de atentados terroristas.
Se califica de simple la urgencia.
Con el tercero inicia un proyecto que modifica el artículo 6º de la Ley de Seguridad del Estado, con el objeto de crear nuevas figuras delictivas sobre atentados terroristas, y les aumenta su penalidad; y, además, hace presente la urgencia para su despacho (véase en los Anexos, documento 1).
Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y la urgencia se califica de simple, quedando suspendido su plazo en virtud de lo dispuesto en el artículo 46ª de la Constitución Política del Estado.
Con los dos siguientes solicita el acuerdo constitucional necesario para conferir los empleos de Capitán de Navio a favor de los Capitanes de Fragata señores Hernán Sepúlveda Gore y Fernando Carrasco Herrera.
Pasan a la Comisión de Defensa Nacional.
Con el último formula indicaciones al proyecto que confiere el ascenso post mortem al grado de Contralmirante a favor del Capitán de Navio don Arturo Araya Peeters. Se manda agregarlo a sus antecedentes.
Oficios.
Tres de la Honorable Cámara de Diputados.
Con el primero comunica que ha tenido a bien aprobar un proyecto de ley que otorga una bonificación adicional a los trabajadores del Servicio Nacional de Salud (véase en los Anexos, documento 2).
Pasa a la Comisión de Salud Pública y a la de Hacienda en su caso.
Con el segundo comunica que ha tenido a bien aprobar las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley que libera del pago de derechos la internación de equipos y mercancías que se emplearán en el desarrollo de la 61ª Conferencia Interparlamentaria.
Con el tercero comunica que ha tenido a bien acceder a la proposición del Senado para enviar al Archivo el proyecto de ley que declara legalmente válidos determinados acuerdos adoptados por la Municipalidad de Talca.
Se manda archivarlos.
Diecinueve, de los señores Ministros del Interior, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de Educación Pública, de Justicia, de Obras Públicas y Transportes, de Agricultura y del Trabajo y Previsión Social; Director General de Salud; Director de Industria y Comercio; Director General de Asistencia Social; Vicepresidentes Ejecutivos de la Corporación de Servicios Habitacionales y del Consejo Nacional de Menores y Director de Educación Profesional, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Acuña (1), Foncea (2), Jerez (3), Lavandero (4), Ochagavía (5), Papic (6), Phillips (7), Toro (8), Valente (9), y Zaldívar (10):
1) Determinación de precio de los automóviles Peugeot importados por la Corporación de Fomento de la Producción;
2) Construcción de salas de clases en la Escuela de Villa Prat;
3) Construcción de local para la Escuela Industrial de Schwager;
4) Destinación de taxis para el servicio de Curacautín, Traiguén y Victoria ;
Construcción de local para la Escuela Nº50 de Molco;
5) Falta de atención en la Oficina de Correos y Telégrafos de Villa Mañihuales;
Antecedentes sobre descarga de partida de avena destinada a los Regimientos de Magallanes. Envío de abonos a Chiloé; Reparación del local del Liceo de Puerto Aisén;
6) Aumento de remuneraciones para el personal de Carabineros de Chile;
7) Construcción de local para la Escuela Nº50 de Molco;
8) Entrega de especies para alhajar una cabaña de veraneo ubicada en Pelluhüe y perteneciente a la Unión Comunal de Centros de Madres de Cauquenes;
9) Aumento de personal en la Tenencia de Carabineros de Huara; Provisión de cargos en el Juzgado de Pica;
Revisión de contrato de trabajo que otorga el Ferrocarril de Antofagasta a Bolivia;
Construcción de Cuartel de Carabineros en San Pedro de Atacama; Instalación de supermercado en la población Elias Lafferte, de Antofagasta;
10) Despido de obreros efectuado por CORHABIT en Salamanca; Problemas asistenciales que afectan a la provincia de Atacama, y Construcción de un hogar de menores en Freirina.
Quedan a disposición de los señores Senadores.
Uno del señor Presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago con el cual remite el expediente sobre petición de desafuero del señor Intendente de Santiago, don Julio Stuardo González, formulada por el señor Alvaro Puga Cappa.
Se acuerda enviar copia de los antecedentes respectivos al funcionario afectado.
Uno del señor Presidente del TribunalConstitucional, don Enrique Silva Cimma, con el que comunica que ha sido designado en ese cargo por un nuevo período, a contar del 11 de septiembre próximo.
Se manda archivarlo.
Informes.
Uno de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaído en la solicitud de desafuero del Intendente de Santiago, don Julio Stuardo González, interpuesta por el Fiscal de la Ilustre Corte de Apelaciones de Santiago, don Luis Hermosilla León (véase en los Ane. vos, documento 3).
Queda para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria.
Tres de la Comisión de Hacienda recaídos en los siguientes asuntos:
1) Proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que autoriza a los profesionales y técnicos chilenos que indica para internar al país determinados bienes (véase en los Anexos, documento 4).
2) Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Foncea, que modifica el Código Tributario para disponer la citación del contribuyente en la diligencia que indica (véase en los Anexos, documento 5).
3) Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Hamilton, que dicta normas sobre fijación de tarifas para el transporte que efectúe Línea Aérea Nacional desde o hacia las provincias de Aisén y Magallanes (véase en los Anexos, documento 6).
Segundo informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que fija las plantas del personal del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo (véase en los Anexos, documento 7).
Dos de la Comisión de Obras Públicas recaídos en los siguientes asuntos:
1) Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, formuladas al proyecto de ley que aclara el sentido del vocablo ocupantes del artículo 1º de la ley Nº16.908 (véase en los Anexos, documento 8).
2) Segundo informe recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Lorca, que modifica la ley Nº16.708, sobre fijación de tarifas especiales a conjuntos deportivos y culturales que se trasladen por Línea Aérea Nacional desde o hasta Punta Arenas (véase en los Anexos, documento 9).
Uno de la Comisión de Minería y otro de la de Hacienda recaídos en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que modifica la ley Nº 17.624, con el objeto de beneficiar a los socios de cooperativas mineras que extraigan piritas de cobre en el río Salado en forma no mecanizada (véanse en los Anexos, documentos 10 y 11).
Uno de la Comisión de Agricultura y Colonización recaído en las observaciones del Ejecutivo, en primer trámite, formuladas al proyecto de ley que establece que los dueños de predios rústicos de una superficie no superior a cuarenta hectáreas que sean, expropiadas para la construcción del embalse Convento Viejo tendrán derecho a que la Corporación de la Reforma Agraria les asigne tierras de un valor equivalente a las de sus actuales predios (véase en los Anexos, documento 12).
Quedan para tabla.
PUBLICACIÓN DE SESIÓN SECRETA DE LA COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL EN LO ATINENTE A REFERENCIAS DEL COMANDANTE EN JEFE DEL EJERCITO, GENERAL CARLOS PRATS, A LA LEY SOBRE CONTROL DE ARMAS.
Indicaciones:
Una del Honorable Senador señor Hamilton con la cual solicita el acuerdo del Senado, en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 64 del Reglamento de la Corporación, para hacer pública el acta de la sesión de la Comisión de Defensa Nacional celebrada el 14 de abril próximo pasado en la parta en que el Comandante en Jefe del Ejército, General Carlos Prats, se refiere a la ley Nº 17.798, sobre Control de Armas.
Si hay acuerdo de la Sala, se aprobará la indicación.
¿Me permite, señor Presidente?
Tiene la palabra Su Señoría.
Señor Presidente, creo que al menos debemos saber de qué se trata. Y, como no es posible solicitar la lectura de la parte de la sesión de la Comisión de Defensa Nacional que se desea hacer pública, dado su carácter de secreta, sugiero ver la posibilidad de tratar el problema mañana, para que se nos permita formarnos juicio sobre la materia. Digo esto, porque es muy difícil pronunciarse sobre un asunto que, desgraciadamente, nos toma de sorpresa; no sabemos con exactitud cuál es la situación.
O sea, ¿solicita segunda discusión Su Señoría?
No hay discusión al respecto, señor Presidente.
Pido la palabra.
Tiene la palabra Su Señoría.
La verdad es que se trata de un problema que creo que a varios señores Senadores les sucede lo mismo me toma de sorpresa. No soy miembro de la Comisión de Defensa e ignoro qué se ha expresado en la citada sesión.
No me gusta oponerme porque sí. Estimo que podríamos resolver la cuestión constituyéndonos durante un momento en sesión secreta. De esta manera nos sería factible conocer la parte que el Honorable señor Hamilton desea hacer pública y determinar si es conveniente o inconveniente publicarla.
Me parece que el problema podría resolverse hoy mismo.
Considero más práctico dejar pendiente la votación hasta la sesión de mañana.
Perfecto.
Sería mejor.
La indicación podría ubicarse al final de la Cuenta. Así se daría tiempo para inquirir detalles a los señores Senadores interesados en imponerse del asunto.
En el bien entendido de que, al tratarse la materia, se declare secreta la parte pertinente de la sesión.
Si algún señor Senador lo solicita, así se procederá. Basta que un Comité lo pida.
Continúa la Cuenta.
Indicación del señor Presidente de la Comisión de Legislación, Justicia y Reglamento, con la que solicita, en virtud de un acuerdo adoptado por ése organismo, cambiar de trámite, enviándolo a la Comisión de Educación Pública, el proyecto de la Honorable Cámara de Diputados que modifica la ley Nº17.336, sobre propiedad intelectual.
Se aprueba.
Indicación mediante la cual el Honorable señor Phillips solicita autorizar a la Comisión de Hacienda para sesionar simultáneamente con la Sala durante el día de mañana, miércoles 22 de agosto, a partir de las 18 horas.
Se aprueba.
Desafuero.
El señor Presidente anuncia que, en conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 190 del Reglamento, corresponde votar en el Tiempo de Votaciones de la sesión ordinaria siguiente la petición de desafuero formulada en contra del Intendente de Santiago, don Julio Stuardo González, por el Fiscal de la Ilustre Corte de Apelaciones de Santiago, don Luis Hermosilla León.
Pido la palabra.
Sobre la Cuenta, pido la palabra.
Puede intervenir, en primer lugar, el Honorable señor Moreno.
TRAMITE DIRECTO DE COMISIÓN DE GOBIERNO A LA DE HACIENDA DE PROYECTOS SOBRE FACULTADES PARA MUNICIPALIDADES DE CODEGUA, SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA Y PAREDONES.
El señor MORENO.-
Ruego al señor Presidente recabar el asentimiento de la Sala para que los tres proyectos despachados esta mañana por la Comisión de Gobierno mediante ellos se otorgan determinadas facultades a las Municipalidades de Codegua y San Vicente de Tagua Tagua, de la provincia de O'Higgins, y de Paredones, de la provincia de Colchagua, que necesitan reglamentariamente el trámite a la Comisión de Hacienda, pasen a ésta sin tener que volver a la Sala.
Si le parece a la Sala, se acogerá la solicitud de Su Señoría.
Acordado.
OTORGAMIENTO DE TÍTULOS DE DOMINIO A OCUPANTES DE POBLACIONES DE TARAPACA Y ANTOFAGASTA LEVANTADAS EN TERRENOS FISCALES. TRAMITE DE COMISIÓN.
Se tramitó a la Comisión de Obras Públicas el proyecto, iniciado en moción del Honorable señor Víctor Contreras, que dispone el otorgamiento de títulos de dominio a los ocupantes de viviendas de poblaciones levantadas en terrenos fiscales en las provincias de Tarapacá y Antofagasta.
Solicito, transmitiendo un acuerdo que adoptó por unanimidad esta mañana la Comisión de Agricultura y Colonización, que la iniciativa en referencia se envíe a este organismo, el cual está conociendo varios proyectos de la misma naturaleza, y respecto de lo que se ha tomado el acuerdo de preparar, junto con el Ejecutivo, una iniciativa que legisle en forma genérica sobre la materia.
Si le parece al Senado, se procederá como lo solicita Su Señoría. Acordado.
ORGANIZACIÓN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES DE CHILE. TRAMITE A COMISIÓN.
Finalmente, solicito del señor Presidente recabar el acuerdo de la Sala para que el proyecto de ley, iniciado en moción del Senador que habla, que crea la Organización de los Pequeños Agricultores de Chile y que se tramitó a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, se remita a la de Agricultura, en vista de que la primera de dichas Comisiones, con cuyo presidente y varios de sus miembros hemos conversado, está abocada al estudio de una serie de otras iniciativas, motivo por el cual no. ha tenido tiempo suficiente para tratar aquélla. El Presidente de la Comisión de Legislación concuerda en que el proyecto sea transferido a la de Agricultura.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
BONIFICACIÓN ADICIONAL A LOS TRABAJADORES DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD. TRAMITE A COMISIÓN.
¿Me permite, señor Presidente?
Quiero solicitar que el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados que otorga una bonificación adicional a los trabajadores del Servicio Nacional de Salud y que fue tramitado por la Mesa a la Comisión de Salud Pública y a la de Hacienda, en su caso, sea remitido solamente a esta última, en mérito de la urgencia que tiene su despacho.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
COMISIÓN ESPECIAL DE SENADORES SOBRE ENTRADAS Y GASTOS REFERENTES A CUENTAS DE INVERSIÓN. PLAZO PARA SU INTEGRACIÓN.
Señor Presidente, hace algunos días el Senado acordó designar una Comisión especial que deberá pronunciarse sobre la inversión de los fondos destinados a los gastos de la Administración Publica. En esta oportunidad quiero pedir que se otorgue plazo hasta mañana a las 12, o hasta las 18, para que los diversos Comités designen a los representantes ante dicha Comisión.
Creo que la proposición del Honorable señor Valenzuela podría condicionarse a que sea la Comisión de Hacienda la que...
¡No!
Eso ya está acordado.
Si le parece a la Sala, se fijarán las seis de la tarde de mañana como plazo para que los Comités indiquen las personas que integrarán la Comisión en referencia.
Acordado.
CELEBRACIÓN DE JUEGOS PANAMERICANOS. TRAMITÉ A COMISIÓN.
¿Me permite, señor Presidente?
Algunos miembros de la Comisión de Deportes han solicitado que el proyecto que ésta ha estudiado acuciosamente, inclusive en sus aspectos de financiamiento, relacionado con la celebración de los Juegos Panamericanos próximos, pase desde esa Comisión a la consideración de la Sala, y, para su segundo informe, que sea estudiado sólo por la Comisión de Hacienda, cambiándose el trámite ya acordado.
Si le parece a la Sala, se procedería de acuerdo con la proposición del Honorable señor Lavandero.
No hay acuerdo.
No hay acuerdo, señor Presidente.
No hay acuerdo.
V.FÁCIL DESPACHO.
AUTORIZACIÓN A MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO PARA TRANSFERIR TERRENOS A SUS OCUPANTES.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Contreras, que autoriza a la Municipalidad de San Antonio para transferir gratuitamente terrenos de su propiedad a sus actúales ocupantes.
La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorable señores Lorca (Presidente), Aguirre Doolan, Jerez, Ochagavía y Toro, recomienda a la Sala aprobar la iniciativa, que consta de un artículo único.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción del señor Contreras):
En primer trámite, sesión 1ª, en 28 de mayo de 1973.
Informe de Comisión:
Gobierno, sesión 42ª, en 17 de julio de 1973.
Se aprueba en general y en particular el proyecto.
MODIFICACIÓN DE LEY 17.336, SOBRE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL PEQUEÑO DERECHO DE AUTOR.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
Proyecto de ley, en cuarto trámite constitucional, que modifica el artículo 91 de la ley 17.336, con el objeto de facultar a la Universidad de Chile para determinar anualmente el monto de los gastos que le demanda la administración del Pequeño Derecho de Autor.
La Cámara de Diputados rechazó las enmiendas introducidas por el Senado en el segundo trámite.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 88ª, en 17 de abril de 1973.
En cuarto trámite, sesión 41ª, en 17 de julio de 1973.
Informe de Comisión:
Educación Pública, sesión 100ª, en 15 de mayo de 1973.
Discusión:
Sesiones 103ª, en 16 de mayo de 1973, y 21ª, en 28 de junio de 1973 (se despacha).
En discusión general y particular el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se insistirá en el criterio del Senado.
Acordado.
NORMAS PARA EL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL DE CARABINEROS DE CHILE.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
Proyecto de ley de la Cámara de Diputados que establece normas relativas al Departamento de Bienestar Social de Carabineros de Chile.
La Comisión de Trabajo y Previsión social, en informe suscrito por los Honorables señores Ballesteros (Presidente), Aguilera, Araneda, Jarpa y Lavandero, propone aprobar el proyecto, que consta de un artículo único, con las dos modificaciones que aparecen consignadas en el boletín correspondiente.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican.
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 92ª, en 25 de abril de 1973.
Informe de Comisión:
Trabajo y Previsión Social, sesión 50ª en 25 de julio de 1973.
En discusión general y particular el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor FONCEA.-
¿Me permite, señor Presidente?
Del artículo único del proyecto se desprende, por lo menos a primera vista, que el Congreso no estaría delegando sus atribuciones en el Presidente de la República, sino en el General Director de Carabineros. Y la verdad es que esto me parece desusado, porque si bien aquí se ha discutido mucho lo relativo a la delegación de facultades en el Primer Mandatario, lo cierto es que éstas nunca habían recaído en un director de servicio.
Por lo demás, del informe no se deduce información alguna que indique en qué consisten los fondos y cuál será la cuantía aproximada de ellos. En efecto, en el proyecto sólo se dice que el General Director de Carabineros podrá dictar, dentro del plazo de 180 días, normas especiales que regulen el ingreso, administración, inversión, control y destino de los fondos qué por cualquier concepto' perciba el Departamento de Bienestar Social de Carabineros de Chile. ...
Me parece que algún miembro de la Comisión debiera dar una explicación sobre el particular. Personalmente, deseo saber si nosotros estamos delegando atribuciones legislativas en el Director General de Carabineros.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, entiendo que el proyecto venía formulado precisamente en los términos que señaló el Honorable señor Foncea, y la Comisión, a mi juicio desgraciadamente, modificó lo relativo a la autorización al Presidente de la República otorgándola al Director de Carabineros. Por consiguiente, desde nuestro punto de vista, considerando la situación que probablemente llevó a la Comisión a adoptar ese criterio, interesados en que el problema sea resuelto de la manera más adecuada y, por último, frente a ciertos intentos diría yo de pequeña intriga que no alcanzan al Jefe del Estado, los Senadores 'comunistas votaremos el proyecto tal como lo propone la Comisión.
El señor BALLESTEROS.-
¿Me permite, señor Presidente?
Yo no quiero hacerme cargo de las últimas reflexiones del Honorable señor Montes, sino más bien referirme a la materia, respecto de la cual versa esta iniciativa.
En realidad, la Comisión de Trabajo estimó que las disposiciones del proyecto eran casi de carácter reglamentario. Se trata del Departamento de Bienestar Social de Carabineros de Chile y, por lo tanto, no aparecía como desmesurado o desorbitado el hecho de que el Director del Cuerpo de Carabineros fuera quien dictara las normas reglamentarias por las cuales se regirá ese Departamento. Es decir, estimamos que ésta no era propiamente una delegación de facultades como la que establece el artículo 44, número 16, de la Constitución, sino que se trataba simplemente de normas de tipo reglamentario, que bien podría dictar el Director de Carabineros. Esto por una parte.
Por otra parte, si la norma aprobada por la Cámara de Diputados, como aquí se está argumentando, involucra una delegación de facultades, sería inconstitucional, porque el texto de nuestra Carta Fundamental exige que cuando se otorga ese tipo de facultades se fije para ellas un plazo de vigencia. Como es evidente, en el texto del proyecto en estudio no hay plazo de vigencia. Y en estas condiciones, sólo cabe entender una de estas dos cosas: o la Cámara de Diputados no conoce su obligación, o bien ella estimó que la cuestión era meramente de tipo reglamentario y no una delegación de facultades. Yo pienso que la otra rama legislativa procedió de acuerdo con la segunda tesis, pues no puedo creer que haya incurrido en tan craso error.
Por estas consideraciones, estimamos que era posible que el Director General de Carabineros pudiera dictar las normas correspondientes.
El señor
SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, yo comparto el juicio del Honorable señor Foncea, y creo que el proyecto despachado por la Comisión de Trabajo es correcto en cuanto ha incorporado a la redacción del artículo único él plazo de 180 días. Ahora, en cuanto al problema planteado por el señor Senador, pienso que éste puede resolverse sustituyendo la expresión General Director de Carabineros por Presidente de la República, porque si se comete un abuso en la dictación de ese reglamento, el Director General de Carabineros carece de responsabilidad ante el Congreso. Lo lógico es que sea el Presidente de la República quien responda constitucionalmente, como ocurre respecto de cualquiera delegación de facultades, pues en el hecho ésta es una delegación.
¿Me permite una interrupción, señor Senador, con la venia de la Mesa?
Cómo no.
Si el Senado considera que es delegación de facultades, evidentemente debe hacerla recaer en el Presidente de la República; perro, acto seguido, tendrá que aprobar la indicación de la Comisión de fijar un plazo, porque de lo contrario sería del todo inconstitucional.
Eso es lo que he señalado precisamente: aprobar el proyecto despachado por la Comisión de Trabajo, haciéndole la sustitución a que antes me referí.
Estaríamos de acuerdo en esto último.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto en los términos propuestos por el Honorable señor Silva Ulloa.
Aprobado.
VI.-ORDEN DEL DÍA.
TARIFAS PARA TRANSPORTE QUE EFECTUÉ LINEA AEREA NACIONAL DESDE LAS PROVINCIAS DE AISEN Y MAGALLANES Y HACIA ELLAS. OFICIO.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Hamilton, que dicta normas sobre fijación de tarifas para el transportes que efectúa Línea Aérea Nacional desde las provincias de Aisén y Magallanes, o hacia ellas, con informes de las Comisiones de Obras Públicas y de Hacienda.
Esta última, en informe suscrito por los Honorables señores Bossay (Presidente), Musalem, Phillips, Rodríguez y Silva Ulloa, propone aprobar la iniciativa en los términos consignados en el boletín correspondiente.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción del señor Hamilton) :
En primer trámite, sesión 13ª, en 14 de junio de 1973.
Informe de Comisión:
Obras Públicas, sesión 51ª, en 31 de julio de 1973.
Discusión:
Sesiones 56ª, en & de agosto de 1973, y 57ª, en 9 de agosto de 1973.
En discusión general el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, en forma muy breve quiero expresar que este proyecto fue informado favorablemente, en su texto original, por la Comisión de Obras Públicas. Cuando se conoció aquí en la Sala, hubo unanimidad para acoger la idea de dar a los habitantes de la zona austral un tratamiento especial en relación con el valor de los fletes y pasajes que aquéllos deben pagar por concepto de pasajeros y carga hacia y desde esa zona, a través del único medio de transporte y comunicación que tienen con el resto del país: el aéreo. Al mismo tiempo, el Honorable señor Rodríguez cuya ausencia de la Sala lamento planteó la posibilidad de que, en lo futuro, la aplicación del proyecto pudiera crear problemas económicos a la Línea Aérea Nacional, y se refirió también a las dificultades financieras de esa institución para solucionar no sólo ese problema, sino que en general el desarrollo de la empresa. De acuerdo con tales planteamientos, la Sala acordó enviar la iniciativa a la Comisión de Hacienda, donde se la estudió, al menos en dos oportunidades, con representantes de LAN. Allí se acordó, en primer lugar, desligar el problema general de la empresa del aspecto particular del transporte hacia y desde el extremo austral del país.
En segundo lugar, llegamos en principio a un acuerdo que, si bien no satisface ni al autor de la moción ni, tampoco, lo que es más importante, los intereses de los pobladores de esa zona, al menos representa un alivio para éstos y la posibilidad de que el proyecto se transforme en definitiva en ley. Tal acuerdo consiste, fundamentalmente, en que el valor de los pasajes y de los fletes, para las dos provincias de que se trata, sólo pueda aumentarse una vez al año, y en una cantidad que no exceda el porcentaje de alza que hubiere experimentado el flete o pasaje, lo que hasta ahora no ha ocurrido.
En tercer lugar, se convino en incorporar al proyecto de ley en debate y redondear a beneficio de los pobladores de esa región las franquicias que actualmente reconoce la reglamentación de LAN, que significan 20% de rebaja en los pasajes para todos los residentes de Aisén y Magallanes, y 40% si el residente tiene una renta inferior a cinco sueldos vitales vigentes en la respectiva provincia.
Y, por último, se resolvió consignar en la ley de Presupuestos las partidas correspondientes al menor ingreso que tanto para la LAN, única empresa que presta este servicio, como para cualquiera otra línea aérea que pudiera hacerlo en lo futuro, signifiquen las condiciones que establece el proyecto en discusión.
Sobre todo ello hubo unanimidad en la Comisión. En consecuencia, propongo aprobar el proyecto en la Sala.
El señor
CARMÓNA.-
Señor Presidente, cuando se trató esta iniciativa de ley en la Sala y sé acordó pedir sobre ella un nuevo informe, se presentaron diversas indicaciones. Por mi parte, formulé una consistente en hacerla extensiva a las provincias de Tarapacá y Antofagasta, pues creo que la situación es exactamente igual en ambos extremos del país. No abundaré sobre esta materia, respecto de la cual el Senado ya tiene debida conciencia.
He sabido que la Comisión rechazó mi sugerencia, aun cuando ésta no se menciona en el informe, y quería preguntar a la Mesa si las indicaciones presentadas con ocasión del primer informe se considerarán en vigencia para el segundo.
¿Me permite, señor Presidente?
Yo quería manifestar la voluntad, compartida por el señor Silva Ulloa, que también firmó mi indicación, de considerarlas vigentes para el envío del proyecto en segundo informe.
Son dos las indicaciones. En consecuencia, deberá mandarse de nuevo a Comisión la iniciativa.
Hay acuerdo de la Sala, adoptado a proposición del señor Rodríguez, para tratar y despachar hoy el proyecto en el primer lugar del Orden del Día.
Señor Presidente...
Tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa. En seguida, podrá intervenir el Honorable señor Ochagavía.
Señor Presidente, comparto el criterio del colega señor Carmona en el sentido de que cualquier tratamiento que se dé a la zona austral del país en materia de valor de pasajes debe también darse a las provincias de Tarapacá y Antofagasta.
En verdad, creo que esta materia la estamos abordando superficialmente. La única ventaja real que importa el proyecto hasta el momento es la de que las tarifas de LAN podrían reajustarse sólo una vez al año.
Por desgracia, al mismo tiempo que funcionaba la Comisión de Hacienda estuvo reunida la de Gobierno, y tuve que asistir a esta última, que tenía en tabla varios proyectos, por lo que físicamente no participé de la discusión de la Comisión de Hacienda. En consecuencia, en esta ocasión quiero formular dos o tres observaciones al articulado que se nos propone.
Decía que la única ventaja real que éste importa es la de que las tarifas no podrán reajustarse más de una vez en el año calendario. No es misterio para nadie que estamos viviendo un período extraordinariamente difícil, en que la inflación alcanza porcentajes exorbitantes; y, como es natural, el hecho de que las tarifas deban mantenerse durante todo un año calendario resulta, para cualquier servicio, sin duda inconveniente.
Por otra parte, dice el proyecto textualmente que el mayor valor de las tarifas no podrá ser superior al aumento que haya experimentado el costo de operación de los vuelos a la zona referida. Si tomamos literalmente la oración, nos encontraremos con que no estamos haciendo nada, pues el mayor valor del costo de operaciones a la zona austral está muy por encima de cualquier índice de los que regulan las remuneraciones de los trabajadores a los que se pretende proteger. Entiendo que lo que se quiso decir es que el mayor valor no podrá superar el porcentaje de aumento, que es cosa diferente; o sea, se comieron dos palabras que, en este artículo, son de importancia fundamental. ...
Así me parece.
Lo otro, es no decir nada, engañarse y sostener una ilusión en quienes queremos ayudar y proteger.
¡Afortunadamente, aún hay qué comer en Chile...¡
Ruego a los señores Senadores pedir la palabra a la Mesa, a fin de evitar los diálogos.
Yo los evito, señor Presidente. Pero como soy respetuoso del derecho de los demás, miro hacia todos lados mientras Su Señoría mira sólo al centro. Creí que el colega señor Ballesteros me había pedido una interrupción, y no tenía inconveniente en dársela. Si éste ha sido mi pecado, lo reconozco: no me han pedido interrupción alguna.
El señor FREI (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Irureta, y, a continuación, el Honorable señor Ochagavia.
El señor IRURETA
.
A. Señor Presidente, quiero felicitar al señor Hamilton por este proyecto relativo a las provincias de Aisén y Magallanes, y hacer presente que el interés que el señor Senador ha puesto en evitar que casi mensualmente el Ejecutivo, a manera de castigo, descargue alzas sobre tarifas y precios de artículos de primera necesidad, debería hacerse extensivo a todo el país. Bien podríamos aprobar aquí un proyecto que estableciera que sólo una vez al año en virtud de un plan económico del que tantas veces nos hablaron los Ministros de la Unidad Popular y sus jefes de servicios pudieran alzarse tarifas, fletes, etcétera.
Pero, entre tanto, espero tener la oportunidad de que, por lo menos, la provincia de Llanquihue, que es el centro de este tráfico aéreo y marítimo que cubre todo el extremo austral, quede incorporada a un proyecto como éste, porque las últimas alzas que han afectado a las tarifas de LAN y de Ferrocarriles impiden, de hecho, trasladarse desde esa provincia a otros puntos del país a miles de ciudadanos que allí viven y que son muy modestos. Es verdad que, como dice el señor Silva Ulloa, una situación de esta especie ha de agravar la situación dé LAN, pero todos sabemos que ésta es una empresa bonificada y que con cargo a la bonificación que percibe incurre en gastos absolutamente injustificados, como el de otorgar pasajes liberados a miles de personas y digo miles y no cientos o decenas que viajan al extranjero sin pagar pasaje. Yo quisiera saber con cargo á qué fondos LAN enfrenta este tipo de gastos. Pero si en materia de pérdidas LAN tuviera que establecer prioridades, sería de toda justicia que, en primer lugar, este sacrificio financiero se previera para las provincias más alejarlas del centro del país.
Por eso, término señalando que sería del mayor interés que esta exigencia de alzar sólo una vez al año las tarifas de LAN pudiera comprender, no sólo a Aisén y Magallanes, sino prácticamente el país entero, o, en todo caso, hacerla extensiva a un mayor número de provincias, no tan alejadas del centro como aquéllas, pero sí lo suficientemente como para que la misma razón que justifica el proyecto en debate respecto de Aisén y Magallanes justifique igual medida para ellas, como es el caso de la provincia de Llanquihue.
El señor OCHAGAVIA.
Señor Presidente, ya en una sesión anterior tuve oportunidad, de formular algunas observaciones sobre este proyecto de ley. Y ahora, realmente, ni para mí ni para la zona que represento resulta satisfactorio el informe que nos entrega la Comisión de Hacienda.
Debo decir al Senado que el alza de pasajes ha provocado en la zona austral un conflicto; un paro a todos los niveles, de todas las actividades, sin distinción, de colores políticos, que ni siquiera es un paro gremial: es la paralización de una provincia que así quiere manifestar al resto del país que es preciso tomar en cuenta que Magallanes, al igual que Aisén, no tiene otro medio de comunicarse con el resto de Chile que no sea la vía aérea. Esta es la realidad. Por muy respetable que sea la posición de los Senadores que representan otras provincias del Norte, del Centro o del Sur, ésa es la particularidad de la zona austral, que no la tiene ninguna otra.
Un país debe preocuparse de la integración de todo su territorio. Por lo tanto, dada la geografía del nuestro, debemos Considerar que los habitantes de Magallanes y Aisén tienen derecho a disponer de un sistema de comunicación que esté al alcance económico de los sectores medios.
En este momento, un pasaje de ida y vuelta a Punta Arenas cuesta 12.700 escudos. Con esta tarifa, que representa más de cinco sueldos vitales, ni siquiera un empleado ya no digo un obrero tiene la posibilidad de trasladarse al Norte, no. a pasear, no a tomar sol los niños que viven en esa zona necesitan venir al Norte a recibir las vitaminas que se forman por acción de los rayos solares, que allí no tienen, sino a recibir atención médica.
En suma, creo que la Comisión de Hacienda ha actuado, con criterio exclusivamente contable. Con el criterio, que todos los chilenos compartimos, de que LAN no sufra deterioro financiero, llega a la conclusión de que esa empresa no debe subir sus tarifas, sino en el porcentaje, de aumento, como ha dicho muy bien el colega señor Silva Ulloa, que significa el aumento del costo de operación de los vuelos a la zona.
Al respecto, haré una sola referencia. ¿Qué piensa la gente que vive en provincias? Que en Santiago se favorece a los habitantes de la capital con una bonificación a los servicios de locomoción colectiva, bonificación que pagan todos los chilenos, desde Arica a Magallanes. Y esa gente se pregunta por qué los que viven en Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aisén, Cautín o Magallanes tienen que contribuir a pagar el transporte de pasajeros de los habitantes de Santiago, ya que éste se bonifica con lo que produce un impuesto que grava a todos los chilenos.
Por lo tanto, no cabe aplicar, como lo ha hecho la Comisión de Hacienda, un criterio de contador para favorecer a una zona que no tiene otro medio de comunicación que el aéreo para llegar a la capital.
A mí juicio, el proyecto es absolutamente insatisfactorio en los términos en que fue aprobado. Compartí la iniciativa del Honorable señor Hamilton, pero tanto a él como al Senado les digo Con toda franqueza que ella frustra en su totalidad las posibilidades de una real solución del problema. No pretendo que tengamos un régimen de absoluto privilegio, pero considero que un tratamiento especial se justifica plenamente en una zona de clima tan inhóspito y donde en este momento hay cientos de vehículos bloqueados por la nieve. Porque Aisén y Magallanes, aparte no contar siquiera con medios para movilizar a sus habitantes, debido a las características del invierno en esa región, tampoco tiene posibilidades de transporte terrestre. Para lograr éste sé hace necesario trasladarse a territorio argentino, en la corta temporada del año en que ello es posible, en un viaje que constituye, verdadera proeza y cuyo costo, por las características que debe reunir un vehículo capaz de hacerlo, está absolutamente fuera del alcance de cualquier ciudadano común.
Tales son las razones y consideraciones que justifican que Línea Aérea Nacional, empresa estatal y de servicio público recurra a un sistema semejante, por ejemplo, al de Correos y Telégrafos, el cual debe contar con una pequeña estafeta que, en muchos casos, no se financia ni siquiera para cubrir los gastos de mantenimiento del personal. Sin embargo, se trata de servicios que deben prestarse a los ciudadanos de los distintos rincones del país para que puedan recibir correspondencia. Estos son los llamados servicios esenciales.
Esa es la situación que deseamos representar al Senado en los instantes en que se discute una iniciativa cuya materialización espera la zona austral.
En estos momentos la provincia de Magallanes se encuentra paralizada en su totalidad, en, un movimiento que repito nada tiene que ver con aspectos políticos, pues precisamente la Unidad Popular, encabezada por el alcalde, también adhirió al conflicto. Tampoco se debe a problemas gremiales ni a la crítica situación económica que vive el país, y a la cual ya se han referido algunos señores Senador res. Se trata de un problema distinto, que yo enfoco desde otro ángulo, del cual espero que los señores Senadores lo analicen para, buscarle una solución.
Me parece que ello sería posible mediante indicaciones que permitan una nueva argumentación que nos proporcione mejor solución para el problema. Tengo entendido que se han presentado indicaciones, pero desconozco la parte reglamentaria del acuerdo anterior.
Con mucha franqueza, quiero decir a mi Honorable colega de Agrupación y autor del proyecto que, a mi juicio, su plausible iniciativa se frustra en la forma como aparece en el informe que se nos ha entregado, por lo cual me permitiré formularle algunas indicaciones, si el proyecto debe volver reglamentariamente a Comisión, a fin de buscar una solución eficaz que, por desgracia, no se da en el proyectó en debate.
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor
LAVANDERO.-
Señor Presidente, estimo loable la iniciativa en el sentido de pretender que los habitantes de un extremo del país puedan llegar a Santiago por vía aérea, con tarifas adecuadas a los ingresos de quienes viven en las zonas apartadas de Chile.
Pero hay que decir las cosas claramente. Por lo menos aquí en el Senado es preciso hacerlo en esa forma.
Considero que en esta oportunidad se está soslayando el verdadero y grave problema por que atraviesa la Línea Aérea Nacional, y que la obliga a alzar sus tarifas en forma exorbitante para corregir los vicios internos en que ha incurrido.
Por otra parte, esa empresa aérea, para hacer frente al desfinanciamiento, se ve en la necesidad de disminuir la frecuencia de sus vuelos internos y ordinarios y también los internacionales.
Hace algunos días proporcioné antecedentes que demostraban que más de seis mil personas habían viajado a Europa en forma absolutamente gratis, con pasajes liberados, aparte otras a las cuales, por órdenes del Gobierno, se les han facilitado pasajes; integrantes de conjuntos folklóricos, estudiantes, etcétera. Ese sólo capítulo ha significado a la LAN una pérdida cercana a los 1Q millones de dólares.
Deseo llamar la atención de los señores Senadores hacia un hecho que figura en un informe, el cual, aun cuando tiene carácter confidencial para la Oficina de Informaciones, no lo tiene para los efectos de ser leído parcialmente en este hemiciclo. Sobre el particular, deseo destacar un aspecto para que los señores Senadores aprecien que nada sacamos con obtener rebajas de pasajes para algunos puntos del país, si en definitiva disminuirá la frecuencia de los vuelos, pues tal beneficio, junto con el terrible desorden económico y administrativo de la empresa, contribuirá al desfinanciamiento de la misma.
El informe suscrito por el Superintendente de Compañías de Seguros y Sociedades Anónimas, señor Joaquín Morales Abarzúa, quien no es precisamente un funcionario de Oposición, sino de Gobierno, dice textualmente en la parte pertinente:
Situación económica y financiera de la Empresa.
Según se desprende de los antecedentes investigados, la situación en este aspecto es mala o, empleando expresiones de algunos declarantes, es difícil o deficitaria.
En todo caso y como apreciación general, podría estimarse que este estado de cosas se debe primordialmente a una falta de control adecuado y oportuno de los gastos de la compañía y a una falta de fiscalización interna que permita establecer la necesidad y adecuación de ellos a las exigencias propias de la compañía, por ejemplo en lo que se refiere a comisiones de servicios las que he señalado como asimismo a contrataciones de personal en Chile y en el extranjero (su número y calidad).
En el aspecto de la organización contable y financiera de la empresa ella es de escasa calidad y eficacia.
En otro de los puntos de dicho informe se señala que inclusive en lo tocante a la seguridad de vuelo de los aviones de la Línea Aérea Nacional, se han practicado revisiones que dejan mucho que desear.
En cuanto a la disciplina interna de la empresa, el documento expresa textualmente:
A este respecto puede afirmarse categóricamente, en base a los resultados de la investigación, que en la Empresa LAN Chile no hay disciplina funcionaría.
Ella, en efecto ha sido sobrepasada en forma absoluta por determinados grupos sectoriales de trabajadores.
Ruego a los señores Senadores prestar atención a lo que dice el informe en lo relativo a las comisiones de servicio, por la gravedad que ello implica en una empresa que Chile logró crear con gran esfuerzo y que fuera orgullo no sólo de nuestro país y de América Latina, sino del mundo entero, por la asombrosa regularidad de sus vuelos y la seguridad que prestaba a todos los pasajeros.
Bajo el título de Comisiones de Servicios dentro y fuera del país, el documento señala lo siguiente:
Sólo por concepto de viáticos asciende a las cantidades de Eº 4.009.530,16 respecto de las que se han cumplido dentro del país y US$ 295.569,02 relativos a comisiones efectuadas en el extranjero.
Sobre el particular, el infrascrito ha podido establecer lo siguiente:
a) Que existen comisiones de servicios excesivas, algunas de las cuales no responderían a reales necesidades de la empresa.
b) Que muchas de ellas se han realizado sin expresar motivos y sin informes posteriores, con lo cual se afianzaría aún más lo expresado en la letra anterior.
Y en la letra h) se da cuenta de un hecho digno de Ripley: No ha existido autoridad suficiente de los ejecutivos de la empresa, en parte porque gran número de ellos participaba personalmente de la misma falta, para obligar al personal a rendir cuenta de los dineros que le ha significado a la empresa las comisiones de servicios, lo que dio como resultado, al 11 de abril del presente año, el número de comisiones que se encontraba en este estado ascendía a 1.135, correspondiendo 362 de ellas a comisiones efectuadas en el extranjero.
Podría leer dicho informe en su totalidad para demostrar cómo algunos funcionarios contratados a última hora han hecho un verdadero escándalo y han destruido la paciente labor de levantar con el esfuerzo de todo el país la Línea Aérea Nacional.
¿Qué fecha tiene ese informe?
Este informe, fue presentado el 10 de noviembre de 1972.
En lugar, pues, de corregirlos errores a que me he referido, ellos se han agravado. De modo que si al caótico y anárquico estado financiero de la empresa, cuyos aviones se encuentran en su mayoría en tierra por falta de mantenimiento, de repuestos, de espíritu de trabajo y sacrificio de algunos de sus nuevos jefes, agregamos la obligación de rebajar en algunos puntos del país las tarifas sin antes investigar y resolver los problemas mencionados, nos encontraremos, señor Presidente y señores Senadores, con que la vela se va a encender por las dos puntas. En vez de otorgar algún beneficio a los habitantes de Punta Arenas y de las regiones apartadas, sencillamente la Línea Aérea Nacional deberá continuar haciendo lo que ha estado poniendo en práctica hasta la fecha: disminuir la frecuencia de los vuelos y perjudicar a todo el país, por cuanto el valor de sus tarifas le significa, por último, mantener sus actividades en forma precaria.
Por eso, si bien es cierto que soy partidario de la iniciativa por estimar que no se puede negar a vastos sectores la posibilidad de viajar a Santiago desde las zonas extremas del país, sea por razones de estudio, dé salud, de negocios o dé traslado de funcionarios, no lo es menos que debemos abocarnos con seriedad a resolver un problema que realmente constituye una olla de grillos. Porque la Línea Aérea Nacional, que fue un servicio eficiente, está convertida en una olla de escándalos y en una oficina pagadora' de servicios de carácter político, en la cual predomina una corrupción increíble y jamás vista.
No podemos abocarnos de manera irresponsable y dadivosa a entregar algunos beneficios que sabemos que, en el fondo, sólo constituirán una mascarada, pues, en definitiva, los habitantes de esa región se quedarán con la letra muerta de una ley que no se cumplirá.
El señor
CONTRERAS.-
Señor Presidente, creo que nadie discute la necesidad de rebajar el valor de los pasajes aéreos para favorecer a quienes viven en los extremos del país. Sin embargo, junto con preocuparnos de ese problema, me parece que debemos ver también la posibilidad de incrementar los medios de comunicación y transporte, especialmente en las provincias de Aisén y Magallanes.
Considero importante discutir la iniciativa, pues sabemos que en las provincias señaladas la vía aérea constituye el único medio de que disponen en la actualidad sus habitantes para comunicarse y viajar al centro del país. .
La iniciativa en debate no resolverá en su integridad el problema, pues sólo aborda una parte de él. A la zona norte se puede llegar por la vía terrestre, si bien no oportunamente o cuando se necesita o se desea; pero la región austral se encuentra doblemente aislada. La falta de medios de transporte marítimo, por ejemplo, se ha agravado en los últimos años. Son muy escasos los barcos de que se dispone, comparados con los que existieron seis o diez años atrás. Los medios de movilización marítima, han disminuido considerablemente. La Empresa Marítima del Estado ha procurado la adquisición de algunas embarcaciones para paliar el problema del transporte tanto de carga como de pasajeros. Pero ello no es fácil, no tanto por la escasez de recursos económicos, sino porque los astilleros donde deben construirse las naves generalmente no están en Condiciones de entregarlas a la brevedad posible.
A mi juicio, respecto de este proyecto en discusión deberían considerarse dos aspectos fundamentales: primero, cómo mejorar los servicios de LAN y, segundo, ver qué posibilidad y qué cantidad de recursos podemos entregar a EMPREMAR con el propósito de incrementar su flota mercante. Sabemos que durante la discusión de la ley de Presupuestos el Congreso recortó considerablemente los fondos que la Empresa venía solicitando para adquirir bienes de capital. No quiero referirme a los argumentos que en aquella oportunidad se dieron, pero sí es necesario que en esta ocasión reflexionemos acerca de que a veces con el correr del tiempo se nota la falta de interés o que nos ciegan los intereses políticos para no otorgar oportunamente los recursos necesarios para ir solucionando estos graves problemas de los extremos norte y sur del país.
Entiendo que la iniciativa en debate debe merecer un estudio más profundo y acucioso, con el propósito de considerar otros aspectos. No se trata sólo de demostrar la preocupación general que sentimos en estos instantes por beneficiar a todos los que viven en las zonas extremas de Chile. Está legislación debe estar destinada a otorgar facilidades a la gente de más escasos recursos. Sabemos que en las provincias señaladas viven personas que disponen de medios más que suficientes para pagar tarifas superiores a las que estarían en condiciones de cubrir los obreros que van a trabajar a la zona austral durante el tiempo de la esquila o cuando ellos regresan de esa región a las provincias de Chiloé o Llanquihue. Para ellos, según entiendo, debe fijarse una tarifa especial. Pero aquellos señores que obtienen fabulosas ganancias y que están radicados durante muchos años en esas provincias no deben merecer el mismo tratamiento. No deseo hacer distingos entre ciudadanos chilenos, pero me parece que hay que procurar dar mayores facilidades a la gente de modestos recursos que viaja por motivos de trabajo, de salud o de vacaciones. Sabemos que la única manera de que esas personas se trasladen al centro del país es, precisamente, por vía aérea. Comparto el argumento de que no es posible que un obrero que gana dos o tres sueldos vitales pueda pensar en venir al centro del país a pasar sus vacaciones; él ni siquiera contará con los medios necesarios para trasladar un enfermo.
Por otra parte, también se han formulado graves cargos a la administración de LAN, lo cual no es algo nuevo. Siempre se ha objetado que la Línea Aérea Nacional realiza un mal servicio. Los parlamentarios que frecuentemente debemos viajar con motivo de nuestro trabajo, en el desempeño de nuestros cargos, conocemos los esfuerzos que hacen algunos funcionarios. No deseo, con ello, poner las manos al fuego y defender a todos los funcionarios sin excepción. Entiendo que en todas las reparticiones públicas hay buenos y excelentes funcionarios y otros que no sólo dejan mucho que desear, sino que sencillamente vegetan. Y no podemos culpar únicamente a quienes pertenecen a los partidos de la Unidad Popular. ¡En la viña de Cristo hay de todo! Por eso, debemos empezar a plantear críticas concretas a fin de conocer quiénes realmente cometen toda esta clase de tropelías de que aquí se ha dado cuenta. Pero hay otros funcionarios que se sacrifican lo indecible, y es justo que a ellos se les reconozca el esfuerzo que realizan.
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
Cómo no, con la venia de la Mesa.
Comparto plenamente la observación que estaba formulando el señor Senador, en el sentido de que no todos los funcionarios de LAN, como se dice han pecado.
Yo no quise dar a conocer nombres, por creer que no corresponde al Senado señalar a los responsables de esta situación caótica y corrompida, que afecta como un cáncer a LAN. Tengo los nombres; están en ese oficio, y creo que la responsabilidad en este caso es distinta, pues se trata de corrupción administrativa, de malversación de fondos, de uso indebido de dineros e, incluso, de adquisición de material de vuelo, con comisiones especiales, no indicado para LAN. En el informe a que me referí se dan a conocer una serie de irregularidades y se señalan los culpables.
Ya que el señor Senador ha expresado con tanto acierto que este asunto debe investigarse, propondría que el informe mencionado que tengo en mi poder y que fue preparado repito por un funcionario del Gobierno, el Superintendente de Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, se inserte en la versión oficial y se envíe al Ministro de Hacienda, con el objeto de que, después de casi un año de ocurridos los hechos, por lo menos la opinión pública y el Senado tengan conocimiento de que se ha sancionado a los responsables. Algunos de estos responsables, señor Senador, fueron echados de la empresa y después contratados por ella misma como asesores, ganando rentas y volviendo a estafar a LAN en forma suculenta y en dólares en el extranjero. Posteriormente a esta meritoria labor de sustracción, fueron designados como interventores en algunas empresas estatificadas.
De manera .que la corrupción es mucho mayor de la que pretende reconocer el señor Senador. Es un hecho grave que a Gobierno alguno prestigia, ni al anterior, si hubiera ocurrido en él, ni al actual.
Reitero: solicito, por las razones que expuse, insertar el informe en referencia en la versión oficial y enviarlo, con posterioridad, junto con mi intervención, al señor Ministro de Hacienda, a fin de que disponga las medidas respectivas para sancionar severamente a los responsables. Además, pido remitir ese documento a la Cámara de Diputados.
Si le parece a la Sala, se insertará el informe a que se ha referido el señor Senador.
No hay acuerdo.
Hay oposición.
En votación.
¿No se puede votar la indicación una vez que concluya el Honorable señor Contreras?
Así es, señor Senador. Cuando finalice la intervención del Honorable señor Contreras, se votará la proposición del Senador señor Lavandero.
Puede continuar el Honorable señor Contreras.
Con la venia de la Mesa, concedo una interrupción al Honorable señor. Suárez.
El señor SUAREZ.-
Respecto de la observación formulada por el Honorable señor Lavandero, me parece, fundamental puntualizar lo siguiente. Primero, la investigación a que Su Señoría se refiere fue ordenada por el propio Gobierno a principios de 1972. Segundo, los funcionarios responsables, de acuerdo con lo que se estableció en los sumarios pertinentes, fueron exonerados de la empresa. Tercero, considero una extraordinaria irresponsabilidad tratar de insertar en la versión de las sesiones del Senado un documento que contiene una investigación que dañará en último término a LAN, que es una empresa de todos los chilenos.
No obstante ser muy legítimas las observaciones de algunos señores Senadores, que demuestran su inquietud fiscalizadora, pienso que ellas revelan una inquietud bastante inconstitucional, porque Sus Señorías han pasado a cumplir poco menos que tareas fiscalizadoras, que no les corresponden.
También creo que se ha estado especulando respecto de la cantidad de pasajes liberados concedidos por LAN. Sobre esa materia Línea Aérea Nacional entregó una respuesta oficial al Senado, que obra en poder de la Oficina de Informaciones en la cual se coteja la cantidad de pasajes liberados otorgados por la Administración anterior y la de los pasajes liberados concedidos durante este Gobierno.
Me parece, repito y agradezco la interrupción que me concedió el Honorable señor Contreras, que un debate de esta naturaleza, por muy entusiasta que sea la motivación política que lo provoque, no puede llevar a un deterioro de la imagen de Línea Aérea Nacional.
Nada más, señor Presidente.
El señor CONTRERAS.-
Como decía al comienzo de mi intervención, considero importante analizar las necesidades de los habitantes de las provincias de Aisén y Magallanes. Pero subrayo, una vez más, que el problema no se resolverá mediante este proyecto, pues los medios de que dispone la empresa son insuficientes. Todos, absolutamente todos, sabemos cuáles han sido las dificultades que ella ha tenido para renovar su material de vuelo, y cuáles han sido, especialmente, las dificultades surgidas con las empresas norteamericanas que lo fabrican, que se han negado no sólo a vender los repuestos necesarios, sino también la maquinaria que LAN precisa para operar y que ha solicitado reiteradamente.
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
Con todo gusto.
El señor HAMILTON.-
Son muy atendibles las consideraciones de carácter general que se están haciendo respecto del tráfico aéreo, del funcionamiento de LAN y de su administración. No tengo ninguna autoridad para limitar a nadie el alcance de las observaciones que quiera formular; pero deseo plantear una sola consideración al Honorable colega para que la tenga presente.
Se modificó el proyecto original que patrocinó el Senador que habla y que la. Comisión de Obras Públicas aprobó por unanimidad, en virtud de un acuerdo con la propia empresa, por intermedio de su Gerente de Finanzas, quien concurrió tanto a reuniones privadas como a la Comisión de Hacienda y aceptó no digo el texto final, pues su redacción quedó entregada a la Mesa el contenido de la iniciativa. Hago esta observación no obstante que figura en el informe, pues creo que ella podría ahorrar muchos de los comentarios en cuanto a los efectos que en el problema financiero o económico de la línea podría significar la aprobación del proyecto. No seamos en este sentido más papistas que el Papa. Si Línea Aérea Nacional está de acuerdo con esta idea, nadie puede saber mejor que ella dónde le aprieta el zapato.
El señor CONTRERAS.-
Yo no estoy impugnando el proyecto, sino entregando algunas ideas que, a mi modesto entender son atendibles.
Digo que la iniciativa puede ser todo lo justa que se quiera, pero que no resuelve el problema de LAN, que radica precisamente en la falta de material de vuelo. Por esta razón, creo que, junto con estudiar alguna iniciativa de esta naturaleza, es importante ver qué posibilidades tenemos de poder incrementar otros medios de transportes.
Por otra parte, aquí se han formulado críticas bastante duras en cuanto al número de personas que viajan con pasajes liberados. Por ejemplo, se ha dicho que en 1972 viajaron gratis dos mil personas, pero no se aclara que parte considerable cosa. Los señores Senadores saben que, en virtud de una ley, se otorgó a todos los funcionarios de LAN el beneficio de viajar gratis en sus vuelos en determinadas circunstancias. Así, con motivo de las vacaciones de los funcionarios, la empresa debe otorgar un pasaje anual a cada uno de ellos. Otro tanto ocurre en el caso de enfermedades.
Cuando se discutió el proyecto que concedió este beneficio, algunos miembros de la Comisión que lo estudió fueron más generosos y plantearon la posibilidad de hacerlo extensivo a los familiares de los funcionarios. Por cierto, no hubo acuerdo en la Comisión para aprobar tal proposición.
No sé cuántos son los funcionarios de Línea Aérea Nacional. Tampoco sé si estos pasajes se otorgan sólo para los vuelos dentro del territorio nacional. Pero sí estoy en condiciones de asegurar que también se otorga este tipo de pasajes al extranjero a los funcionarios que hacen uso de sus vacaciones.
Para no incurrir en errores, deberíamos tener en cuenta estos argumentos, máxime si fue el propio Senado el que aprobó esta franquicia a favor de los trabajadores de LAN Chile durante el Gobierno de Alessandri.
Reitero que esta iniciativa debe ser objeto de un estudio acucioso en la Comisión, a fin de lograr soluciones integrales para el problema.
Me parece que a veces nos imbuimos demasiado en algunos proyectos, y queremos aparecer solicitando y dando a conocer todo tipo de datos en cuanto al funcionamiento de las empresas del Estado. Me parece que ésta es una función propia de la Cámara de Diputados. Si los señores Senadores desean conocer más a fondo el problema que nos interesa, el buen funcionamiento de LAN, pueden pedir que la Cámara lo analice, ya que a ella le corresponde la fiscalización de las instituciones estatales.
Pido la palabra.
Se encuentran inscritos los Honorables señores Hamilton, Phillips, Rodríguez y Montes.
El señor HAMILTON.-
¿Me permite, señor Presidente?
Quisiera que se aclarara una cuestión previa.
El Senado había adoptado un acuerdo anteriormente no sólo en el sentido de tratar este proyecto, sino de despacharlo en esta oportunidad. Concurrimos con nuestros votos a aprobar la indicación que formuló para este efecto el Honorable señor Rodríguez, en el entendido de que no se trata y estoy seguro de que de parte del Honorable colega no hubo ese propósito de una simple postergación del despacho de la iniciativa. Sólo por eso accedimos a este aplazamiento de 15 días, pues de otro modo este lapso, en los cortos cuatro meses que dura la legislatura ordinaria, haría imposible el despacho de la iniciativa. Por esta razón, ruego a la Mesa aclarar que el proyecto se despachará en esta oportunidad.
Hay un acuerdo sobre la materia.
¿Qué dice el acuerdo?
El acuerdo es para tratarlo en la sesión de hoy.
Quisiera rogar al Honorable señor Rodríguez, que es el autor de la proposición para postergar el estudio del proyecto, que yo también apoyé, que aclarara cuál fue el sentido del acuerdo.
El acuerdo fue tratar el proyecto en esta sesión, y eso es lo que estamos haciendo.
Aquí podemos tener posiciones discrepantes, pero no podemos tratar de sorprendernos unos a otros en nuestra buena fe. Si así fuera, querría decir, Honorable señor Araneda, que ni siquiera para estas materias podríamos tener confianza en ustedes.
Su Señoría plantea sus puntos de vistas, y nosotros somos dueños de plantear los nuestros.
Se leerá la providencia que se anotó en el texto original del informe respectivo.
En el boletín 26.931 se lee la siguiente anotación, hecha con fecha 8 de agosto de 1973:
El proyecto inició su segunda discusión. Queda pendiente.
El 9 de agosto de 1973 se anota una nueva providencia:
Se acuerda enviarlo a la Comisión de Hacienda para tratarlo en la Sala con o sin informe en el primer lugar de la tabla ordinaria en la sesión del próximo martes del 21 de agosto de 1973.
Hay una firma autorizada.
Por otra parte, en la versión taquigráfica del debate habido en esa oportunidad, al momento de pedirse que este asunto fuese tratado en esta ocasión, el Honorable señor Hamilton expresó lo siguiente:
Señor Presidente, estoy de acuerdo, como lo he dicho, en enviar el proyecto a Comisión, y entiendo que hay consenso en las ideas de entregar recursos especiales a LAN, particularmente para atender sus servicios al Sur, de fijar un plazo a la Comisión para el despacho de la iniciativa y de que, con informe o sin él, en la fecha indicada en la proposición formulada se trate el proyecto en la Sala. Y entiendo que estamos todos de acuerdo en que ese día se tratará y en que no se hará valer ningún recurso reglamentario para impedirlo.
Termina el señor Senador votando afirmativamente.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, en la discusión de este proyecto se han tocado dos problemas: el, que afecta en general a LAN, y el relativo a las franquicias para los pasajes a la zona austral, a las cuales también se han tratado de agregar otras zonas del país.
Consecuente con la posición que he tenido durante toda una vida en el Parlamento, debo decir que lo relativo a los vuelos internacionales de Línea Aérea Nacional debe enfrentarse con cierto cuidado.
El Senador que habla fue autor de la iniciativa mediante la cual durante el Gobierno anterior, se dio a esta empresa un estatuto distinto, dadas las condiciones en que debe operar sus rutas internacionales, en las cuales compite no con una compañía nacional, sino con un consorcio de compañías extranjeras subvencionadas por los respectivos Gobiernos de acuerdo con las horas de vuelo y con los materiales que se usan. La competencia en tales circunstancias era muy difícil para LAN, por lo que era preciso permitirle las condiciones necesarias para que pudiera alcanzar el grado de eficiencia que logró durante el último Gobierno, cuando alcanzó a mantener una flota de aviones del último modelo.
Los problemas de vuelos internacionales de Línea Aérea Nacional se pueden abordar en sesión secreta. Allí podemos analizar todas las denuncias hechas por el Honorable señor Lavandero y tratar de enmendar rumbos en lo que se ha realizado en el plano interno. Pero la verdad es que si estos detalles trascienden, no serán las empresas chilenas las que se preocuparán de los problemas de política dentro de LAN, sino la competencia extranjera, la que se aprovechará de estas circunstancias para desacreditarla internacionalmente, produciéndose con ello una baja en la venta de pasajes. No hay nada más sensible que este rubro en el mercado internacional. LAN tendría que hacer sus vuelos sin copar su capacidad máxima, lo que haría subir los costos o, más bien dicho, haría bajar los ingresos de la empresa, con el consiguiente mayor gasto de dólares. De ahí que hay que tener un tino exquisito para tocar estos problemas. Ello no implica desconocer la necesidad de solucionar las anomalías que se denuncian en la institución, con el control de los organismos fiscales correspondientes y el Congreso.
En cuanto a los problemas de financiamiento, no está tan claro que el Congreso no haya dado a la empresa los fondos que necesita. Jamás el Parlamento ha rechazado ninguna proposición formulada a este respecto por el Gobierno. Lo que ha sucedido es que la Oficina de Presupuesto no le ha entregado ciertos recursos en dólares asignados, lo que es muy distinto. Creo que en todos los Gobiernos anteriores las iniciativas que favorecen a LAN han contado con gran simpatía en el Congreso.
Estamos dispuestos a apoyar los planteamientos hechos por el Honorable señor Aniceto Rodríguez, representante de las provincias australes. Yo le ofrecí en la mañana de hoy, en la Comisión, juntó con el Honorable señor Hamilton, mi concurso para realizar un estudio que permita financiar los vuelos internacionales de la línea. Personalmente, pienso que ello podría traer como consecuencia lo que los señores Senadores desean: bajar el precio de los pasajes de los vuelos internos. Si LAN no se financia, es imposible imponerle una obligación a futuro como ésta, de rebajar los pasajes a menos del costo.
Existen razones atendibles, y las compartimos, para bajar los pasajes a ciertas zonas del país. Se podría discutir que a ciertas zonas les corresponde o no les corresponde una franquicia como ésta, de acuerdo con las distancias. A mi juicio, en provincias como Aisén y Magallanes se justificaría muchísimo más una medida como ésta, porque no cuentan con otro medio de transporte, a diferencia de lo que sucede con las del extremo norte. Aquellas no tienen otra salida.
O sea, la única posibilidad de transporte que tienen los habitantes de la zona austral son los servicios de la Línea Aérea Nacional. Y para solucionar el problema, por un lado podemos dar la oportunidad de cubrir esa ruta a líneas aéreas particulares que deseen efectuar dichos vuelos, y por otro, entregar a LAN los medios para que pueda cumplir en mejor forma su función.
Por la brevedad del tiempo y para poder despachar hoy este proyecto, termino señalando que este no me satisface porque es discriminatorio, ya que el valor de los pasajes será fijado de acuerdo con lo que ganan los usuarios, vale decir, habrá que preguntarles si están enfermos o sanos, si ganan más de cinco sueldos vitales, etcétera, para poder venderles un pasaje rebajado. En el fondo, serán sometidos a un cuestionario que demorarán toda una noche en contestar.
Me parece que lo lógico, dentro de un sistema democrático, es que los pasajes tengan un valor fijado en sueldos vitales, según la respectiva zona y de acuerdo con los costos de operación de la empresa. Porque insisto si la Línea Aérea Nacional no se financia, en el futuro no va a disponer de aviones.
Esa es la verdad. En la actualidad hay dos o tres aviones 727 detenidos. Los Boeing 707 no corren la misma suerte sólo porque tienen mantención internacional. En fin, hay una serie de problemas internos que solucionar.
Comparto la idea del Honorable señor Rodríguez de estudiar una fórmula para entregar recursos a LAN, a fin de que se adelante en la colocación de pedidos de aviones, como lo hacía antes, para que pueda abrir ciertos mercados en los cuales Chile está en una situación ventajosa, como es el caso de los vuelos a Isla de Pascua y a Tahiti, más aún si se consideran los problemas del Perú, como lo dije en la sesión anterior. Es decir, habría que buscarle un financiamiento adecuado de acuerdo con las normas que estipula la ley.
Debo aclarar que en ningún caso estamos avalando las irregularidades que se puedan cometer dentro de la empresa.
Estamos conscientes de que hay que dar un trato de excepción a la zona sur en cuanto al valor de los pasajes aéreos, pero no con normas discriminatorias que lo rebajen en 40% o 20%, según sea el caso. Además, cada uno de nosotros, como representantes de las diversas provincias del país, no podemos estar agregando nuevas zonas para que gocen de un trato preferencial, porque no debemos imponer nuevas obligaciones a la Línea Aérea Nacional.
Lo lógico es que las ganancias, que produzcan los vuelos internacionales sean destinadas a subvencionar los que LAN realiza en el interior del país, como servicio de utilidad pública, que es a lo que se pretende llevarla.
Por lo menos, yo me abstendré de imponer nuevas obligaciones a esa empresa sin entregarle los recursos correspondientes.
Es cuanto quería decir.
Tiene la palabra el Honorable señor Lorca.
He cedido una interrupción al Honorable señor Lavandero.
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El señor LAVANDERO.-
Deseo usar de esta interrupción sólo con el objeto de modificar mi petición de insertar en forma completa en el Diario de Sesiones del Senado el oficio a que me referí.
Por supuesto, no es mi propósito causar daño a la Línea Aérea Nacional. No obstante, debo hacer notar que su Vicepresidente contestó ese documento en forma ofensiva al anterior Vicepresidente, sobre la base de hechos absolutamente distintos de los ocurridos, incluso de lo señalado por el Honorable señor Suárez, porque quiso confrontar dos cosas que no son comparables. En efecto, colocó frente a frente la extensión de pasajes y la suma de los vuelos realizados, por ejemplo, entre Santiago, Lima, Miami y Washington. O sea, contabilizó cuatro vuelos para compararlos con un pasaje que fue extendido por el Gobierno anterior, lo que no se puede hacer.
He conversado con el Honorable señor Rodríguez, y como no es mi propósito repito causar daño a la empresa, solicito, en lugar de la publicación del documento, enviar un oficio al señor Ministro de Hacienda a fin de que, a la brevedad posible, nos informe acerca de cómo se han resuelto los graves problemas descritos; cuáles han sido las sanciones aplicadas, y de qué manera se ha tratado de corregir los vicios que existían en LAN, materia sobre la que, a mi juicio, vale la pena realizar un debate a fondo, porque no sólo incide en este asunto, sino en muchos otros tanto o más graves.
Muchas gracias, señor Senador.
Está con la palabra el Honorable señor Lorca.
El señor LORCA.-
Señor Presidente yo quiero expresar lo siguiente.
No es mi deseo impedir que el proyecto se despache en esta sesión, pero pienso que vale la pena decir dos palabras. Mi ánimo es intervenir brevemente en el debate, porque creo que todos concordamos en que lo ideal es que se vote hoy la iniciativa.
En primer lugar, no me parece buena la idea de efectuar todo un análisis de la política aérea del país en una sesión en que se trata un proyecto tan acertado y justo, y referido a una materia tan limitada, como el que presentó el Honorable señor Hamilton, tendiente a evitar que se siga alzando en forma desorbitada el valor de los pasajes aéreos.
Cuando el Honorable señor Hamilton accedió a la petición del Honorable señor Rodríguez de enviar a la Comisión de Hacienda el proyecto, me permití decirle que yo accedía a su punto de vista sólo porque él era su autor, ya que, a mi juicio, la Línea Aérea Nacional no se iba a financiar por el hecho de que este punto fuera estudiado por esa Comisión.
Creo que podríamos estar hablando muchas horas sobre la política aérea. Y cuando algunos señores Senadores sostienen que el servicio aéreo internacional produce utilidades y el servicio aéreo nacional que produce pérdidas, yo podría agregar algo que es de conocimiento común: ninguna empresa aérea del mundo obtiene ganancias, porque todas ellas son subvencionadas, tanto las de los países socialistas como las de las naciones capitalistas.
Por eso me extraña un poco lo digo con todo respeto la posición reaccionaria de los Senadores de la Unidad Popular, que están preocupados del financiamiento de LAN, en circunstancias de que insisto ninguna línea aérea produce utilidades. Ninguna se financia; ni las soviéticas ni las norteamericanos. Es cuestión de leer los diarios para saber que todas ellas están subvencionadas.
Soy partidario del proyecto presentado por el Honorable señor Hamilton, pero no
concuerdo con las modificaciones introducidas por la Comisión de Hacienda, pues no hay duda de que ha caído, como yo quiero ser muy franco en esto, en la ignorancia de nuestras propias leyes. Algunas veces, los políticos, los legisladores olvidamos el pasado y nuestras propias obras.
No pretendo rendir un homenaje. Lo habría hecho si en este instante estuviera en la Mesa el Presidente del Senado, don Eduardo Frei, quien somo Primer Mandatario firmó el decreto con fuerza de ley que dio vida al nuevo estatuto de LAN Chile, el cual olvidamos aquí con una facilidad infinita.
Quiero pedir a los colegas que escuchen con mucho respeto lo que voy a expresar, porque van a descubrir que lo propuesto por la Comisión de Hacienda aparece en el D.F.L Nº 3, de 27 de junio de 1969, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, dictado en virtud de lo dispuesto en la ley Nº 17.072. En efecto, el artículo 3º del proyecto de la Comisión de Hacienda señala que a partir del año 1974 la Ley de Presupuestos de la Nación deberá consultar, anualmente, un ítem que contemple fondos suficientes para compensar a Línea Aérea Nacional los menores ingresos que se le produjeren como consecuencia de la aplicación de esta ley.
La verdad es que me extrañé cuando leí esta norma, porque siempre he pensado que los miembros de la Comisión de Hacienda son muy cultos; tanto, que cuando uno llega a ella, dice: Bueno, ahí están todos los sabios. Pero resulta que en el decreto con fuerza de ley citado existe la disposición que leí. Y no quiero que los Senadores de Gobierno se enojen porque voy a nombrar a los que firman el decreto que dio una estructura orgánica a Línea Aérea Nacional. Ellos son: Eduardo Frei, Andrés Zaldívar, nuestro común amigo, y Sergio Ossa, siendo entonces Vicepresidentede LAN don Eric Campaña.
El artículo 1º del decreto con fuerza de ley Nº 3 dispone lo leeré para que todos los Senadores conozcan lo que existe en el país...
Léalo entero.
Lo voy a hacer.
El Honorable señor Silva Ulloa, como hombre de Gobierno, siempre cree que uno lee sólo parte de los documentos para darle una puñalada al Gobierno. No es así.
El artículo 1º del D.F.L. Nº3 mencionado dice que a través de LAN podrán cumplirse, además, las funciones que el Estado ha de realizar en la consecución de sus fines para asegurar el transporte aéreo entre distintos puntos del país. Esto, como principio fundamental de LAN.
Por su parte, el artículo 10 agrega algo más. De ahí que me desconcierte el desconocimiento de la Comisión de Hacienda.
Por lo demás, los autores de esto son seguramente los señores Jerez que ahora se ríe y Eric Campaña, a quienes unía una gran amistad.
Así es.
Entonces, la realidad es que ahora estamos un poco en la luna.
Yo soy modesto, y me quedo callado.
Pero como yo soy cariñoso, le recuerdo que usted fue uno de los autores.
El artículo 10 expresa que en la Ley de Presupuestos de la Nación de cada año, y esto es ley de la república se consultarán los fondos que se requiera escuché, señor Araneda; hay que reconocer los errores para complementar el costo de operación de servicio, que realiza la empresa de transporte aéreo nacional o internacional, no comerciales o remunerativos, y que el Estado requiera de conformidad al artículo 1º de este D.F.L.
Es decir, señor Presidente, este Gobierno...
¿Me permite, una interrupción, Honorable colega?
Con mucho gusto.
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
Lo que usted está diciendo poco tiene que ver con el proyecto de ley en debate.
¿Cómo?
Decía que sus palabras poco tienen que ver con esta iniciativa, porque cuando el artículo 3º propuesto por la Comisión habla de los menores ingresos que se le produjeren como consecuencia de la aplicación de esta ley, se refiere al texto en debate y no a alguna ley del período del señor Frei.
Su Señoría se está refiriendo a un texto legal distinto.
El señor Senador es muy inteligente, pero la pasión lo pierde. Y me va a perdonar lo que voy a decir, pero hay algo que usted va a reconocer.
La que cité es una ley general que establece que la Línea Aérea Nacional podrá efectuar transporte de personas a pérdidas, y que todos los años en determinada fecha, podrá decir al señor Ministro de Hacienda a cuánto asciende el déficit por este rubro, a fin de que en el Presupuesto de la nación se reembolsen las pérdidas. Es decir, como el transporte aéreo desde Puerto Montt a Palena, por ejemplo, de ninguna manera deja utilidades porque el valor de los pasajes es muy bajo, el Ministro de Hacienda deberá reembolsar con cargo al Presupuesto de la nación lo que se ha perdido. Esto es lo que prescribe la ley general que rige a LAN, la cual, tanto usted como Senador de Gobierno y yo corno Senador de Oposición, debemos conocer.
En realidad, todos hemos incurrido en el error. Porque yo he sido partidario del proyecto de ley del colega Hamilton también por error.
Si este Gobierno estuviera al servicio del pueblo y aquí viene la parte contra ustedes, no debería haber alzado los pasajes de LAN, ya que la pérdida que produce el tráfico desde Punta Arenas a Santiago, de Punta Arenas a Puerto Montt, o de Aisén a Puerto Montt, debió reponerla mediante una indicación al Presupuesto de la Nación del próximo año. Eso dice la ley que está rigiendo en el país. Pero como este Gobierno no cumple las leyes, soy partidario de la iniciativa del señor Hamilton para ver si la ley en proyecto se cumple después de su promulgación, aun cuando insisto no habría necesidad de alzar los pasajes si el actual Gobierno acatara la legislación vigente.
El aumento de las tarifas señalado constituye un error cometido por la actual Administración, que se dice de los hombres nuevos, al servicio del pueblo. Pero resulta que los trabajadores que el Honorable señor Rodríguez representó brillantemente en el Senado obreros, campesinos, proletarios tendrán que pagar 12 mil escudos para poder venir a Santiago.
En verdad, el valor del pasaje podría haberse mantenido sin alza, y la diferencia reembolsarse mediante el Presupuesto.
Creo que lo ideal en este instante es aprobar el proyecto para ver si esta ley se cumple, aun cuando si se aplicara la ley cuyos autores fueron el PresidenteFrei, Andrés Zaldívar, Sergio Ossa y el Senador Jerez, no habría habido necesidad de azar los pasajes en las rutas citadas.
Quiero advertir a Su Señoría que restan tres minutos para el término del Orden del Día.
Le he concedido una interrupción al Honorable señor Zaldívar.
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra el señor Senador.
El señor ZALDÍVAR.-
Sólo deseo ratificar las palabras del Senador Lorca.
Hoy en la mañana, antes de que empezara la sesión de la Comisión de Hacienda, me encontré con los Senadores señores Phillips y Hamilton, y les hice ver que existía una disposición en el estatuto de la Línea Aérea Nacional, dictado en virtud de una ley aprobada en el Gobierno anterior; y que cualquiera subvención, bonificación o rebaja de pasajes puede realizarse tal como lo ha dicho el Senador Lorca con cargo a un ítem presupuestario de la ley de Presupuesto de la nación. No sólo para el caso de LAN, sino en general para todas las empresas del Estado que requieran este tipo de bonificación, existen los ítem excedibles correspondientes en el Presupuesto Nacional, destinados a financiar las bonificaciones que pudieran otorgarse para conceder estos beneficios de tipo social.
Es cuanto quería aclarar.
Terminó el tiempo destinado al debate de la iniciativa que ocupa a la Sala.
Si le parece al Senado, se aprobará en general el proyecto.
No, señor Presidente.
No hay acuerdo.
Queda pendiente la discusión de la iniciativa para la próxima sesión.
Reclamo de la actitud de la Mesa, porque yo estaba inscrito antes que el Honorable señor Lorca.
El Honorable señor Lorca estaba inscrito antes. Su Señoría está equivocado.
Usted, señor Presidente, me acaba de decir que alteró los turnos.
El Honorable señor Lorca se hallaba inscrito antes que Su Señoría.
No, señor Presidente.
El Honorable señor Rodríguez queda inscrito para intervenir en primer lugar en la próxima sesión.
¡Una de las tantas arbitrariedades de la Mesa!
DESCUENTO DE CUOTA SOCIAL A TRABAJADORES DEL SERVICIO DE CORREOS Y TELÉGRAFOS.
El señor EGAS (Secretario subrogante).
Por acuerdo de los Comités Comunista, Demócrata Cristiano, Socialista y Unido, corresponde tratar el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza a la Asociación Postal Telegráfica de Chile para descontar por planilla la cuota social que indica a los trabajadores del Servicio de Correos y Telégrafos.
La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca (Presidente), Ochagavía y Toro, recomienda a la Sala aprobar la iniciativa en los mismos términos en que viene concebida de la Cámara.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 48ª, en 24 de julio de 1973.
Informe de Comisión:
Gobierno, sesión 54ª, en 7 de agosto de 1973.
Se aprueba en general y en particular el proyecto.
TRANSFERENCIA GRATUITA DE SITIO FISCAL A LA ASOCIACIÓN GENERAL DE JUBILADOS, VIUDAS Y MONTEPIADAS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE TALCAHUANO.
El señor EGAS (Secretario subrogante).
Los Comités Comunista, Demócrata Cristiano, Socialista e Izquierda Radical resolvieron destinar cinco minutos al despacho del proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza al Presidente de la República para transferir, a título gratuito, a la Asociación General de Jubilados, Viudas y Montepiadas de las Fuerzas Armadas de Talcahuano el sitio fiscal que indica.
La Comisión de Agricultura y Colonización, en informe suscrito por los Honorables señores Moreno (Presidente), Aguirre Doolan y Araneda, recomienda a la Sala aprobar la iniciativa con las modificaciones señaladas en la página 3 del boletín 26.958.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 47ª, en 19 de julio de 1973.
Informe de Comisión:
Agricultura y Colonización, sesión 58ª, en 14 de agosto de 1973.
Se aprueba en general y en particular el proyecto, en la forma propuesta por la Comisión de Agricultura y Colonización.
En virtud de un acuerdo suscrito por los Comités Demócrata Cristiano, Comunista, Socialista e Izquierda Radical, corresponde ocuparse en dos informes de la Comisión de Defensa Nacional recaídos en sendos ascensos en las Fuerzas Armadas.
Se va a constituir la Sala en sesión secreta.
SESIÓN SECRETA.
Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 17.58 y prestó su acuerdo para ascender en las Fuerzas Armadas a los señores Alberto Clemente Spoerer Covarrubias y Agustín Hércules Beltramí Vieyra. Se reanudó la sesión pública a las 18.5.
Continúa la sesión pública.
Solicito el asentimiento de la Sala, y sin que ello signifique sentar precedente para que el homenaje a la memoria del ex Senador señor Eduardo Alessandri se rinda antes de suspender la sesión.
Acordado.
VI.TIEMPO DE VOTACIONES.
ENVIÓ DE OFICIO.
El señor EGAS (Secretario subrogante).Indicación del Honorable señor Lavandero para oficiar a los Ministros de Hacienda y de Obras Públicas y Transportes, y también a la Cámara de Diputados, a fin de que, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales, conozcan los antecedentes que señaló en su intervención durante el debate de la iniciativa atinente a la Línea Aérea Nacional, que figuraba en el primer lugar del Orden del Día de hoy.
El señor MONTES.- En nombre del señor Senador.
El señor AGUIRRE DOOLAN (Vicepresidente).- Exclusivamente en nombre de Su Señoría.
El señor PHILLIPS. Y del Comité Nacional.
El señor AGUIRRE DOOLAN (Vicepresidente). Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
TABLA DE FÁCIL DESPACHO PARA LA PRÓXIMA SESIÓN ORDINARIA.
El señor Presidente anuncia la siguiente tabla de Fácil Despacho:
Proyecto de la Cámara que autoriza la realización de carreras hípicas extraordinarias con el objeto de adquirir buses para el transporte de estudiantes.
Proyecto, iniciado en moción del Honorable señor Diez, que condona los préstamos que indica, otorgados al Instituto de Linares.
Proyecto de la Cámara que establece un impuesto especial a favor del Cuerpo de Bomberos dé Puente Alto.
Proyecto de la Cámara que concede nuevo plazo a los trabajadores de la ex Empresa de Transportes Colectivos del Estado para impetrar los beneficios establecidos en las leyes 16.446 y 17.173.
Proyecto de la Cámara que modifica la ley 16.319, que creó la Comisión Chilena, de Energía Nuclear.
Solicitud de amnistía presentada por el señor Julio Sergio Valenzuela Oliva.
Proposición de la Comisión de Trabajo y Previsión Social en cuanto a enviar al Archivo las mociones y el asunto que indica, y a recabar el acuerdo de la Cámara de Diputados para remitir al Archivo los proyectos que señala.
Proyecto de la Cámara que denomina Monseñor Francisco Vives Estévez y Monseñor Jorge Gómez Ugarte a las calles Namur y Rosal, respectivamente, de la comuna de Santiago.
Proyecto de la Cámara que modifica la ley 17.624, del cual se dio cuenta hoy día.
HOMENAJE A LA MEMORIA DEL EX SENADOR SEÑOR EDUARDO ALESSANDRI RODRÍGUEZ.
Para rendir homenaje, tiene la palabra el Honorable señor Diez.
El señor DIEZ.-
Señor Presidente: Rendir homenaje a la memoria de don Eduardo Alessandri Rodríguez es referirse a un ser de condiciones humanas excepcionales, porque fue un hombre que supo conjugar el talento con la bondad, y un acendrado espíritu público con un profundo sentido dé la amistad.
Desde muy niño en el hogar de su padre, don Arturo Alessandri Palma conoció de cerca los vaivenes de la política. Supo de los triunfos electorales, del halago de los aplausos, y conoció el poder de igual manera que la persecución, la injusticia y el sufrimiento del destierro.
Esas experiencias vividas en plena juventud forjaron su personalidad con durezas de metales que él templó siempre con simpatía y cordialidad.
Su afán por el servicio público.
Heredó de su padre, al igual que sus hermanos, el afán del servicio público, y, por eso, no vaciló para luchar, alcanzando éxitos que le permitieron llegar a la Cámara de Diputados trayendo el sólido respaldo del hombre nortino, luego como Diputado por Maule, y más tarde convertirse en Senador de la República por la Agrupación de Curicó, Talca, Linares y Maule.
En su actuación parlamentaria, se destacó por su constante preocupación por el progreso de las zonas que representó en el Congreso, y fundamentalmente por servir a los sectores más modestos, porque su sensibilidad le permitió entender, mejor que muchos, que el principal deber de un político, es velar por los intereses de quienes más necesitan de una respuesta adecuada a sus necesidades y esperanzas.
Político por herencia y por vocación, entregó, en todos los actos de su vida, sus desvelos sin fatigas a la cosa pública, cumpliendo de esa manera con el mandato de su sangre y de su propio espíritu, y con la difícil responsabilidad de ser un eslabón en una cadena de prestigios.
Fue además un hombre que tuvo la extraña virtud de saber hacer suyos, de igual manera, el dolor y la alegría de quienes se cruzaban en su vida.
Pero lo más vital de la personalidad de don Eduardo Alessandri radicó en su extraordinaria capacidad para vivir plenamente la amistad, vínculo que a él le resultó siempre fácil establecer, por su innato calor humano y porque entendía que la generosidad, por sobre el desprendimiento material, es entrega de amor y comprensión.
Un demócrata por excelencia.
A lo largo de toda su existencia, observó un profundo respeto a la persona, a los derechos de cada cual y a la opinión de los demás, porque sabía que esa actitud es la base estructural de cualquier sistema político democrático, y él era un demócrata por excelencia.
Gran parte del ambiente afable con que supo rodear su vida se debió a su inalterable respeto por el pensamiento y la posición de todos, incluso la de sus adversarios.
Profundo conocedor de la realidad política, fraguó su temple en su experiencia acerca de los hombres y de los acontecimientos vividos, lo que le permitió tener las energías necesarias para enfrentar con entereza las adversidades de la vida.
En las actuales circunstancias que vive el país, cuando no se respetan el derecho ni el pensamiento ajeno, la personalidad de don Eduardo Alessandri Rodríguez adquiere todo el valor de una excepción.
Señor Presidente, en nombre de los Senadores nacionales, rindo el más cálido y sentido homenaje a su memoria, convencido de que Dios le ha dado el lugar que tiene reservado a quienes saben cumplir con bondad la dura tarea de vivir.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Honorable Senado:
Hace unos días, en el Cementerio General, en representación del Senado de la República y en mi calidad de Vicepresidente de, esta Alta Corporación, rendimos justo y merecido homenaje al ex Senadordon Eduardo Alessandri Rodríguez, que por un lapso de 16 años representó brillantemente a las provincias de Curicó, Talca, Linares y Maule.
Hoy alzo mi voz en nombre de mi partido, la Social Democracia chilena.
Un hogar de políticos.
Hablar de Eduardo Alessandri en el hecho es abrir las páginas de la historia política del presente siglo, pues cuando él nace, su padre, don Arturo Alessandri Palma, inicia su tercer período de Diputado por Curicó. Su hogar era el de un político que realizaba su labor parlamenta, ría con pasión y devoción patrióticas, que trasmite a sus hijos. Asimismo, es el de un abogado con nutrida clientela, que acudía a su bufete por sus méritos de jurisconsulto y profundo conocedor de los códigos.
Cuando el joven Alessandri cursaba humanidades en el Instituto Nacional, ve llegar a su padre desde las tierras nortinas ungido Senador por Tarapacá y con un apodo que le enorgullece: León de Tarapacá.
Tres años más tarde, después del triunfo de la Alianza Liberal, don Arturo es designado para organizar el Gabinete Ministerial de la combinación política mayoritaria. Es testigo del continuo ascenso de su padre hacia la cima de la montaña del poder político, la Presidencia de la República, que asume en los mismos días en que nuestro homenajeado se recibe de bachiller en humanidades y termina su curso de aspirante a oficial en el Regimiento Cazadores, cumpliendo con el servicio militar obligatorio.
Como estudiante de leyes, presencia el desarrollo del primer Gobierno de su padre y aprecia su afán de avance y progreso en el país, con innovaciones profundas en la legislación social, Código del Trabajo, creación del Banco Central, robustecimiento del Ejecutivo, conversión metálica, etcétera; y, en el orden internacional, las positivas gestiones para dar término al conflicto vigente con la República hermana del Perú.
Los años de quebranto.
Ve también a su padre salir al destierro en septiembre de 1924 y regresar en marzo de 1925, triunfante, para cumplir una vieja aspiración suya: la modificación de la Constitución Política del Estado, previo un plebiscito, e igualmente la separación de la Iglesia del Estado, la abolición del patronato, la indemnización congrua del clero por la repentina supresión del presupuesto del culto, el voto municipal a la mujer, etcétera.
En el ir y venir político, también llegan para los Alessandri los años duros, de quebranto, persecuciones e injusticias que culminan con la deportación de don Arturo y familiares. Eduardo Alessandri es apresado, flagelado, injuriado y, por último, deportado a la isla de Pascua por el delito de conspirador. Un hombre de su temple tenía que rebelarse ante un régimen de fuerza, de tiranía, de desaciertos y de atropello a las leyes y la Constitución Política vigente, la misma que su padre había promulgado, con la aquiescencia de la mayoría de la ciudadanía.
Largo tiempo vivió en isla de Pascua, hasta que un día una goleta contratada ex profeso llega a liberar a los cautivos y trasladarlos al continente europeo. A fines de 1932, su padre asume la Presidencia de la República, y Eduardo Alessandri organiza su estudio profesional e inicia febrilmente actividades industriales en beneficio del país y, en especial, de la agricultura, con la explotación del azufre.
El parlamentario.
En 1937 llega a la Cámara de Diputados, en representación de la provincia de Atacama, y en 1941 y 1945, de la de Maule.
En 1949 se incorpora al Senado, representando a las provincias de Curicó, Talca, Linares y Maule, y termina su mandato en 1965.
Es esa época nos tocó conocerlo más de cerca y apreciar en él su acción constructiva, generosa, de realizador, y su inigualable ánimo de servir sin odios, ni mezquindades, con respeto admirable para con todos sus colegas, fueran éstos de Oposición o de Gobierno. La discreción y el don de gentes eran atributos sobresalientes que adornaban su recia y viril personalidad. Como Senador le correspondió un período de suyo difícil: ser Senador durante el Gobierno de su hermano Jorge. En las agrias e ingratas polémicas de aquellos años, fuera en proyectos o actuaciones de aquel Gobierno, supo ser valiente, modesto y morigerador.
Su perfil humano.
Nunca vimos en el SenadorEduardo Alessandri un gesto o actitud de orgullo, vanidad o prepotencia. Muy por el contrario, buscaba el diálogo sincero y franco, pues sabía bien que en política nadie clava la rueda de la fortuna.
La agricultura le apasionaba. Por ello, en los últimos años de su existencia se dedicó con fruición a la explotación de su fundo Los Castaños, en la provincia de Curicó, y que explotó industrializándolo, con afán de progreso y principalmente construyendo casas confortables para sus colaboradores, aumentando la remuneración de éstos, con salarios justos para una más grata vida del campesino chileno.
En algunos pueblos orientales se suele poner a los hijos el nombre de la cualidad que se desea ver en ellos. Si así se hubiere hecho en el caso de nuestro homenajeado, se le habría llamado cordialidad, o se le habría denominado inteligencia o amistad, lealtad ü hombría. Y, en verdad, Eduardo Alessandri habría merecido la suma de estos nombres.
En nombre de la Social Democracia chilena, rendimos nuestro homenaje a nuestro recordado ex colega y hacemos llegar, una vez más, nuestra emocionada condolencia a su viuda señora Florencia Barahona de Alessandri, a nuestros ex colegas señores Fernando y Jorge Alessandri, a su hermano político Arturo Matte y a sus demás familiares, como también a nuestros colegas del Partido Nacional, colectividad política a la cual él pertenecía y cuyos principios doctrinarios defendió con hidalguía y profunda honestidad.
El señor FONCEA.-
Honorable Senado:
Los Senadores de la Democracia Cristiana, por mi intermedio, adhieren con sincera congoja al recuerdo que esta tarde se hace de la personalidad de nuestro desaparecido ex colega y amigo don Eduardo Alessandri.
Existe una concepción adentrada en la mente de muchos chilenos acerca de lo que es un político: un sector apreciable de la comunidad identifica al ciudadano que se ocupa en los asuntos públicos con la imagen del hombre invariablemente solemne, ajeno a las cosas sencillas y contingentes del convivir y ensimismado en cavilaciones casi siempre insondables, distantes y extrañas. Dentro de este esquema, el hombre público resulta ser un personaje superhumano o extrahumano que, naturalmente, como por derecho propio, irradia en el ambiente reflejos de inconfundible severidad y a veces hasta de temor.
Un espíritu extraordinario y superior.
Eduardo Alessandri Rodríguez, cuya memoria evocamos, es precisamente la antítesis de esa concepción. Porque al primer asomo dé su recuerdo hay que destacar, de preferencia, su rica humanidad y su extraordinaria hombría de bien, que lo hacía compartir y familiarizarse con todos los sectores de la sociedad.
Estoy en la obligación de precisar que ni su estirpe que con armas de la mejor ley concitaba legítimamente la acumulación de la mayor suma de poder en un mismo grupo familiar, ni el éxito que por muchas décadas coronó sus iniciativas, ni sus preclaras condiciones personales de inteligencia y tenacidad lograron nunca alterar en nada la llaneza, la sencillez, la cálida solidaridad humana que constituyeron la sustancia misma de su espíritu extraordinario y superior.
Muchas fueron sus intervenciones que a través de sus largos años de vida parlamentaria, pusieron de manifiesto sus permanentes afanes por el desarrollo de Chile, por nuestras Fuerzas Armadas y por la zona que tan dignamente representó en el Parlamento. Siendo, como lo fue, firme e intransigente en sus convicciones y actitudes, es necesario destacar que, por su bondad innata, su trayectoria política debe ser simbolizada, antes que por la lanza guerrera, por la mano tendida, siempre pronta a la cordial comprensión.
Su actividad en el agro.
Se alejó, en los últimos años, de la vida pública para entregar sus esfuerzos principalmente a la madre tierra, en la misma zona donde su ilustre padre inició su brillante carrera política.
Demostrando en esas no siempre comprendidas tareas su voluntad inquebrantable, superó hasta donde le fue posible la incomprensión burocrática que trató de esterilizar su labor. Por sobre la montaña de dificultades que se ha convertido en algo consustancial a las faenas del agro, su esfuerzo y capacidad le permitieron formar una unidad agrícola en la que emularon el cultivo y la industrialización, formando un complejo modelo de eficiencia, de técnica y de progreso.
Su amplio sentido social lo llevó a compartir los éxitos alcanzados con sus colaboradores, para quienes fue posible obtener un nivel compatible con su dignidad personal y con las normas de una auténtica justicia social. Por eso, la noticia de su muerte significó un duro golpe para tantos campesinos y asalariados. Duro golpe fue también para las innumerables instituciones que sirvió con cariño y silenciosamente, y un pesar inmenso ha significado principalmente para sus amigos, cuyo recuerdo perdurará siempre en la intimidad de nuestros corazones.
El señor JEREZ.-
Señor Presidente, en nombre de la Unidad Popular y del Comité Unido, adhiero a este homenaje en recuerdo de don Eduardo Alessandri Rodríguez.
Justificación de este homenaje.
No lo conocí personalmente; por eso es posible que mis palabras, paradójicamente, pudieran tener un mérito mayor, porque lo juzgo a través del juicio de quienes lo conocieron, y no por adhesión meramente personal. Y si hablo es porque, al aceptar esta designación de la Unidad Popular, me impuse de que se trataba de un hombre que, a juicio de quienes lo conocieron, poseía muchas cualidades que justifican este homenaje.
Perteneció a una familia políticamente muy discutida, pero cuyo talento no se discute. Sé que era un hombre alegre, de gran simpatía personal. Creo que a todos nos gustaría que estuviera aquí ahora, cuando las diferencias políticas y la inevitable dureza de un proceso pareciera que hacen más necesaria que nunca la presencia de hombres como él, capaces de reír, de conversar, de discutir limpiamente, aun con sus más inquebrantables adversarios. Esto me acerca a su recuerdo, porque gran cosa es poder decir eso de un hombre, ya que la alegría no sólo es una forma de vivir la vida, sino esencialmente una manera de ser inteligente y humano. Los hombres con sentido de humor no son crueles, sino generosos y cordiales. Su risa no ofende, sino que estrecha los vínculos entre los seres humanos.
Un hombre ligado a su tierra.
Fue un Senador por esencia, ligado política y humanamente a su tierra. Leal, entonces, a su labor parlamentaria y a quienes pusieron en él su confianza y su fe.
Parecía no tener pretensiones de intelectual; pero era un hombre resuelto. Don Víctor Contreras, Senador comunista que lo conoció personalmente, me contaba hace un momento una anécdota que lo retrata de cuerpo entero: recordaba cómo en una oportunidad, en la Comisión de Defensa Nacional se discutía la situación del personal de FAMAE, y el Ministro de Hacienda de la época, cuando su hermano Jorge Alessandri era Presidente de la República, decía que no existían recursos. La Comisión se empantanó uso la expresión textual del Senador señor Contreras durante veinticuatro horas; hasta que, perdiendo un poco la paciencia, don Eduardo Alessandri partió a La Moneda y volvió sonriente diciendo: Recibí, al llegar, un tremendo reto de mi hermano, porque él no conocía bien la situación de este personal, pero aquí están los recursos. Y el problema se arregló.
Por eso, esta tarde, en un lugar en que se dicen muchas palabras y en que yo a menudo he manifestado mi congoja porque realmente me gustaría estar en otra parte, en donde se pudiera crear más y hablar menos, quizás, me siento un poco solidario con don Eduardo Alessandri, aunque no lo conocí en persona. Y también porque él era cristiano y yo procuro serlo.
Por esta identidad entre ambos, aunque políticamente pensábamos de modo distinto, ruego a Dios que lo acoja en su seno, y pido al señor Presidente que haga llegar mis expresiones de condolencia a su familia.
Se enviará las condolencias, si le parece a la Sala...
En nombre del Senado.
..- en nombre del Senado.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Pedro Ibáñez.
Señor Presidente, al adherir a las palabras de condolencia que, en nombre del Partido Nacional, ha expresado esta tarde nuestro colega el Senador Diez, quisiera ante todo agradecer, también en nombre de nuestra colectividad, las expresiones muy sentidas que se han oído de parte de los señores Senadores que representan a todos los sectores de esta Corporación.
Un espíritu amistoso y cordial.
Y permítaseme agregar, a título personal, aunque sea unas pocas palabras para manifestar mi profundo sentimiento por la muerte inesperada de mi ex colega don Eduardo Alessandri, a quien me unían profundos y largos lazos de afecto y amistad. En tan tristes circunstancias, sólo quisiera poner de relieve un rasgo suyo, un rasgo muy esencial de su carácter. Su alma sentimental, su espíritu amistoso y cordial y su adhesión total a las personas que él quería y que lo querían a él, hicieron de don Eduardo Alessandri un amigo incomparable y un hombre que supo servir la actividad pública de nuestra patria a través de ese prisma de los afectos, que era tal vez su condición predominante.
Pocos seres humanos tuvieron vínculos tan hondamente sentidos como los que tuvo don Eduardo Alessandri con las personas que estaban junto a él. Y me atrevería a decir que fueron precisamente esos sentimientos los que en definitiva precipitaron su inesperado deseso, que hoy tanto lamentamos todos. En efecto, muy pocas semanas antes de su muerte había fallecido su hermano don Mario Alessandri, unido a él por los más entrañables sentimientos, que lo hicieron sentirse impulsado a participar en sus exequias no obstante el estado muy precario de su salud, actitud que puso su vida en grave riesgo y que en definitiva lo llevó a la muerte. Porque no sólo realizó esfuerzos físicos que no debió haber hecho, sino que estaba tremendamente acongojado y mortalmente herido, diría yo, por la pena inconmensurable que sentía al ver partir a ese hermano con quien durante toda su vida había estado unido en forma entrañable e inseparable.
HOMENAJE A LA MEMORIA DEL DOCTOR MARIO ALESSANDRI RODRÍGUEZ.
Señor Presidente
No puedo evocar esos hechos tan dolorosos sin decir también, en mi carácter de Senador por Valparaíso y de amigo de don Mario Alessandri Rodríguez, unas, palabras de homenaje y de elogio a ése médico distinguidísimo, que sobresalió en esa profesión, particularmente en el curso de los últimos años de su vida, en que ejerció la medicina en la ciudad de Valparaíso. Don Mario Alessandri Rodríguez fue un profesor notable, un destacadísimo médico y, por sobre todo, un amigo generoso de los pacientes; y, al igual que su hermano Eduardo, un amigo leal de todos los que lo conocieron y estuvieron junto a él. Su espíritu, como el de su hermano, era también extraordinariamente sensible y afectuoso y lo hacía sentir las desgracias de los demás como propias, las angustias de sus pacientes como si fueran suyas, y las penurias de sus amigos las compartía como si fueran de su propia familia. Todos esos afectos y todas esas penas, que tanto le afectaban, terminaron por minar su resistencia, y un día nos encontramos con la trágica noticia de su muerte inesperada.
Para quienes hemos conocido de cerca a esta destacadísima familia, que si ha sido notable en la vida pública, no lo es menos en la intimidad de su hogar y en la de sus sentimientos, la muerte casi simultánea de esos dos hermanos constituye un golpe muy rudo, que compartimos en forma extraordinariamente sentida.
Nos apena inmensamente la partida de Eduardo Alessandri. Como Senador por Valparaíso, sé que interpreto los sentimientos de miles de personas de esa ciudad cuando digo que la pérdida de don Mario la lloran muy sinceramente sus amigos, sus colegas, sus discípulos, Que vieron en él a un maestro ejemplar, y tantas y tantas personas que recibieron de él no sólo una atención médica notable, sino el afecto, la simpatía y la bondad con que siempre curó en los demás las dolencias del cuerpo y del espíritu.
La pérdida de estos destacados ciudadanos llena de congoja a quienes ellos sirvieron, cada uno en la esfera de su propia vida, y de un pesar muy hondo a quienes nunca podremos olvidar sus inalterables y efusivas demostraciones de amistad y de cariño.
He dicho.
Se suspende la sesión por veinte minutos.
Se suspendió a las 18.33. Se reanudó a las 18.57.
VIII.-INCIDENTES.
PETICIONES DE OFICIOS.
El señor CHARLIN (Secretario accidental).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor AGUIRRE DOOLAN (Vicepresidente).- Se les dará curso en la forma reglamentaria.
Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor Acuña: REPARACIONES DE ESCUELA SUPERIOR DE HOMBRES Nº1 DE VALDIVIA (VALDIVIA).
Al Ministro de Educación Pública, para que la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales considere con urgencia la necesidad de ejecutar los siguientes trabajos, de carácter urgente, en la Escuela Superior de Hombres Nº1 de Valdivia, en la provincia del mismo nombre:
1º) Arreglo de las estructuras de madera de todas las ventanas y su reposición por metálicas. Los marcos de madera tienen ya más de 14 años de uso, en una zona intensamente lluviosa y están en mal estado, lo que no permite ni siquiera abrirlas.
2º) Cambio del sistema de servicios higiénicos y mayor dotación de ellos. Hay actualmente 14 W. C. para una población escolar de 1.300 alumnos en el día, y 500 en la noche. Por lo menos se requiere de la instalación de 20 más, de los cuales la mitad habría que reservar para el sexo femenino, porque es co-educacional, sistema educativo que será obligatorio para el año próximo. Por lo demás, el sistema de estanques de fierro fundido que alimenta a la taza del W. C. es antiguo y prácticamente están todos inutilizados.
3º) Cambio de algunas puertas, cuya armazón está totalmente podrida y se han desprendido los tableros.
Como ese edificio es propiedad de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, es factible la ejecución de esos trabajos que no admiten dilación alguna.
REPIADURA DE CAMINO DE COFALMO Y TRINIDAD (OSORNO).
Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, a fin de que se impartan instrucciones a la Dirección de Vialidad para que proceda a ejecutar en forma urgente trabajos de ripiadura del camino de Cofalmo y Trinidad, provincia de Osorno.
Los vecinos de ese lugar, todos pequeños y medianos agricultores, están cansados de pedir una solución definitiva al problema planteado. Esa ruta se halla sin ripio desde el sector de Molino de Curaco hasta Las Juntas. Es tal el aislamiento actual de esos pobladores, que para llegar a la Estación de Trumao deben hacerlo en botes, muy de madrugada, para poder tomar el tren a Osorno o a cualquier otro punto del país. El problema es de fácil solución, pero para ello deben enviarse fondos e instrucciones a la Oficina Provincial de Vialidad de Osorno.
Del señor Aylwin: LOCAL PARA ESCUELA Nº 30. LOS CUARTELES (LINARES).
Al señor Ministro de Educación Pública, a fin de que requiera de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales la construcción de un nuevo local para la Escuela Nº30, departamento de Parral, provincia de Linares, ubicada en Los Cuarteles, debido a que un incendio consumió totalmente el viejo local. Actualmente los 297 alumnos concurren a la Escuela Particular Nº 6, la que gentilmente facilitó su local por espacio de dos meses.
Informa esta Agrupación que la orden impartida por el señor Delegado obedecería a instrucciones entregadas por el señor Intendente de la provincia de Antofagasta.
Como esta medida no se ajusta a derecho y, por el contrario, es violatoria de expresos textos legales (Estatuto Administrativo, Código del Trabajo, etcétera) solicito al señor Contralor un pronunciamiento sobre el alcance y obligatoriedad de estas instrucciones.
DENUNCIA CONTRA JEFE DE LA I ZONA DE SALUD (TARAPACA).
Al señor Director del Servicio Nacional de Salud, rogándole que haga las investigaciones correspondientes o tome las medidas administrativas que sean del caso frente a la denuncia formulada por los dirigentes de la Federación de Trabajadores de la Salud, Asociación Zonal de Tarapacá y Antofagasta, en contra del Dr. Carlos Maureira Lazo, Jefe de la I Zona de Salud.
Del señor Carmona: VIOLACIÓN A NORMAS LEGALES SOBRE HORARIO DE TRABAJO POR PARTE DE LA CORPORACIÓN DE SERVICIOS HABITACIONALES EN ANTOFAGASTA.
Al señor Contralor General de la República, solicitándole un pronunciamiento respecto de la orden del señor Delegado Regional de la Corporación de Servicios Habitacionales al personal de este organismo, en el sentido de concurrir, dentro de los horarios normales de trabajo, a prestar sus funciones los días sábado, domingo y festivos, mientras dure la situación de emergencia provocada por el paro de los transportistas.
Del señor Diez: LOCAL PARA ESCUELA Nº30, LOS CUARTELES LINARES.
Al Ministerio del Interior y al señor Gerente de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, en relación con el grave problema que aqueja a la Escuela Nº30, Los Cuarteles, Parral, la que fue totalmente destruida por un incendio el 5 de julio recién pasado.
Ese establecimiento tiene una matrícula de 297 alumnos y en la actualidad, después del siniestro ocurrido, está funcionando provisionalmente en la Escuela Particular Nº 6, de Las Camelias.
El Centro de Padres y Apoderados, conjuntamente con la dirección y profesorado de la escuela, han solicitado al señor Gobernador de Parral que oficie al Ministerio del Interior para que se autorice a girar fondos con cargo al 2% constitucional para la pronta construcción de dicha escuela, ya que cuentan con un terreno donado por un vecino para edificar un nuevo local.
OBRAS DE ADELANTO PARA COMUNA DE VILLA ALEGRE (LINARES).
A los Ministerios de la Vivienda y Urbanismo, de Obras Públicas y Transportes y de Educación Pública, para que incluyan en sus respectivos presupuestos las obras de adelanto que la comuna de Villa Alegre solicita a las autoridades.
Sobre el particular, adjunto una minuta enviada por el Alcalde de esa localidad que ilustra este justo y urgente petitorio.
FONDOS PARA OBRAS DEL CAMINO CAUQUENES CHANCO (MAULE).
Al señor Director de Vialidad, organismo dependiente del Ministerio de Obras Públicas, para que informe sobre la disponibilidad de fondos para el año 1973 sobre obras del camino Cauquenes Chanco
Sobre el particular, adjunto antecedentes que ilustran la información solicitada.
Del señor García: GIMNASIO TECHADO PARA CODEGUA Y LOCAL PARA TENENCIA DE CARABINEROS EN LA MISMA COMUNA (O'HIGGINS).
A la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a fin de darle a conocer dos oficios de la Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad, de Codegua, en la que me solicita que interceda ante dicha Dirección de Arquitectura con el propósito de que se consulten en las obras programadas para el año 1974 la construcción de un gimnasio techado y de un edificio para la Tenencia de Carabineros en esa comuna.
Se trata de dos peticiones muy justificadas, por cuanto Codegua es una comuna relativamente nueva que carece de construcciones adecuadas para la habilitación de los servicios públicos que atienden su población.
Tengo el mayor interés en que el Ministerio de Obras Públicas consulte las obras referidas dentro de su plan para el año próximo. Por eso, mucho le agradeceré que se sirva tener a bien disponer el envío de los oficios que sean necesarios a la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas transcribiéndole mi petición.
Del señor Hamilton: TRIPULACIÓN DE BUQUE ADQUIRIDO POR EMPRESA MARÍTIMA DEL ESTADO(MAGALLANES).
Al señor Director de la Empresa Marítima del Estado, para que considere la petición del Sindicato GENTEMAR, de Punta Arenas, en el sentido de que el nuevo buque adquirido por la empresa sea tripulado por personal de ese puerto, de acuerdo a promesas que había recibido el Sindicato y para solucionar en parte problemas de cesantía que se están produciendo.
Del señor Montes: CENTRO DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES PSICOLÓGICAS INFANTILES PARA CHILLAN (ÑUBLE).
Al señor Ministro de Educación Pública, en los siguientes términos:
En las escuelas básicas de Chillan se realizó una investigación sobre problemas de aprendizaje.
La Cooperativa de Profesores 11 de Septiembre donó un terreno ubicado en la población del mismo nombre para que se construyera un Centro de Diagnóstico y Tratamiento de estos problemas específicos, tales como: dislexias, disfunciones mínimas y trastornos emocionales severos.
Algunos funcionarios de la Zonal de Arquitectura confeccionaron los planos de dos anteproyectos de un local adecuado a los fines perseguidos.
Copia de los resultados fueron enviados a la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Educación Pública, que aceptó en un principio la iniciativa y formó una comisión de estudio, la que dio su aprobación al proyecto de construcción de dicho establecimiento.
Tal proyecto nació de la necesidad de la población infantil y de trabajos voluntarios realizados por especialistas de la Universidad de Chile con sede en Chillan y el Departamento de Psicología de la Escuela de Educación de la Universidad de Concepción. Él proyecto es de real importancia para esta población infantil, ya que el oportuno tratamiento liberará a los niños frustrados pedagógicamente y desadaptados emocionalmente, lo que es muy común en la infancia chilena.
En consecuencia, me permito solicitar que se agilicen los estudios para la construcción del Centro de Diagnóstico y Tratamiento.
PUENTE ENTRE COIHUECO Y SAN FABIÁN (ÑUBLE).
Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, solicitándole considerar la petición formulada por el señor Gobernador de San Carlos, en orden a que se construya un puente que una las comunas de Coihueco y San Fabián, en la provincia de Ñuble, que se encuentra separada por el río del mismo nombre.
Del señor Moreno: GIMNASIO TECHADO PARA CODEGUA (O'HIGGINS).
Al señor Ministro de Obras Públicas v Transportes, solicitándole lo siguiente:
Incluir dentro del programa de construcciones del año 1974 la realización de las obras del gimnasio techado para la comuna de Codegua, provincia de O'Higgins, construcción que es una vieja aspiración de los deportistas de una vasta zona campesina.
REPARACIÓN DE CAMINO ENTRE CARRETERA PANAMERICANA Y CODEGUA (O'HIGGINS).
Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, solicitándole lo siguiente:
Incluir dentro del próximo presupuesto de ese Ministerio los fondos, necesarios a fin de proceder a asfaltar el camino que une la Carretera Panamericana con la comuna de Codegua, provincia de O'Higgins, trabajos que son de imprescindible necesidad para un vasto sector de pequeños y medianos agricultores de esa zona.
EDIFÍCIO PARA TENENCIA DE CARABINEROS DE CODEGUA (O'HIGGINS).
Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, solicitándole lo siguiente:
Incluir en los programas del año 1974. la construcción de un local adecuado a sus funciones, para la Tenencia de Carabineros de la comuna de Codegua, provincia de O'Higgins, beneficiando con ello a un amplio sector poblacional.
Del señor Noemi: AUMENTO DE PERSONAL EN JUZGADO DE MAYOR CUANTÍA DE VALLENAR.
Al Ministro de Justicia, respecto del recargo de trabajo que afecta al Juzgado de Mayor Cuantía de Vallenar y de la necesidad de aumentar su personal.
El Juzgado de Mayor Cuantía de Vallenar, que tiene jurisdicción además de lo civil, en lo criminal, de menores y del trabajo, tiene como personal auxiliar un secretario, un oficial de sala, un oficial primero, un oficial segundo y un oficial tercero; es decir, el mismo personal que lo atendía cuando en su territorio jurisdiccional, hace veinte años, habitaban no más de doce mil personas.
Al presente, como consecuencia de la explosión demográfica excepcional de este departamento en relación con los índices nacionales, fruto de las explotaciones del hierro y otras que antes no existían, su población excede los sesenta mil habitantes, con tendencia a incrementar ese número.
Como resultado natural de este proceso, ha sido y es apreciable el aumento del movimiento de causas en el juzgado referido y, por ende, al personal encargado de su atención le es imposible dispensarla mediana y oportuna, a pesar de todos sus esfuerzos y de su excelente disposición de trabajo y de atención al público.
La labor de los profesionales se ve entrabada por esto y la administración de justicia no puede ser del todo eficaz, dice la Asociación de Abogados de Vallenar en una comunicación que me han hecho llegar para solicitar la búsqueda de una solución a tan grave problema.
Justo es dejar debida constancia de que el magistrado de ese tribunal ha oficiado por la vía regular, haciendo presente esta situación en forma reiterada, expresando que la designación de dos actuarios más para la sección criminal, uno para la sección de menores y otro para la sección alcoholes, ebriedad y trabajo, podría importar una solución al problema del enorme recargo de trabajo. Conociendo muy de cerca la verdadera situación del departamento y la seriedad y acuciosidad del señor magistrado titular del cargo, no puedo menos que hacer mía esta justa petición, compartiendo plenamente la idea que ella debe ser atendida con urgencia.
En mérito de las consideraciones expuestas y frente a la necesidad planteada, solicito al señor se sirva considerar la petición que formulo procurando otorgarle la necesaria prioridad y rogándole informarme sobre lo que se resuelva al respecto.
Del señor Ochagavía: RETEN PARA LLIUCO (CHILOE) Y AUMENTO DE LA DOTACIÓN DEL RETEN DE QUEMCHI(CHILOE).
Al señor Ministro del Interior, solicitándole instruir a la Dirección General de Carabineros para la construcción de un retén en la localidad de Lliuco, comuna de Quemchi, provincia de Chiloé. Asimismo, es necesario asignar dos funcionarios más a la dotación del retén de Quemchi.
TRANSPORTE DE CORRESPONDENCIA EN QUEILEN (CHILOE).
Al señor Ministro del Interior, solicitándole impartir las instrucciones pertinentes a la Dirección General de Correos y Telégrafos a fin de solucionar el problema creado con el despacho y recepción de la correspondencia en la comuna de Queilén, ya que la empresa de buses que gratuitamente la transportaba desde Castro a Compu y viceversa no lo puede hacer en la actualidad debido a las innumerables máquinas "en panne" por falta de repuestos con el consiguiente perjuicio para la población de esa comuna.
SOLUCIÓN DE PROBLEMAS DE QUEMCHI (CHILOE).
Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, solicitándole tomar las medidas tendientes a solucionar algunos de los problemas más importantes de la comuna de Quemchi, provincia de Chiloé, que se detallan a continuación:
1. Agilizar al máximo la construcción de un gimnasio cubierto, por intermedio de la Dirección de Arquitectura.
2. Entrega a la brevedad, por la Dirección de Obras Sanitarias, de la red de agua potable.
3. Iniciar los estudios para construir un edificio destinado a las diferentes reparticiones públicas.
MEDICO PARA HOSPITAL DE QUEMCHI (CHILOE).
Al señor , solicitándole impartir las instrucciones pertinentes para que se designe un médico con residencia en el Hospital de Quemchi, provincia de Chiloé.
Del señor Papic: AGUA POTABLE PARA RIACHUELO (OSORNO).
Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, con el fin de que la Dirección de Obras Sanitarias, dependiente de esa Secretaría de Estado, proceda a dar curso a los trabajos de dotación de agua potable para la localidad de Riachuelo, comuna de Río Negro, provincia de Osorno, cuyos estudios deben encontrarse terminados y en poder de la Dirección de Obras Sanitarias.
Cabe agregar que las cañerías de Rocalit que se emplearán en la instalación de la red, ya se encuentran en Río Negro, recibidas por la Municipalidad y que, además, ésta puso a disposición de la Dirección General de Obras Sanitarias un aporte extraordinario de E' 200.000 (doscientos mil escudos), entregados en agosto de 1972.
En la actualidad se justifica la urgencia de estos trabajos: análisis recientes han comprobado que la localidad de Riachuelo está consumiendo aguas contaminadas.
Del señor Valente: DESALOJO DE HABITANTES DE POBLACIÓN MANUEL RODRÍGUEZ, DE IQUIQUE(TARAPACA).
Al señor Ministro de Defensa Nacional, en los siguientes términos:
Varios ex servidores de las Fuerzas Armadas que ocupan desde hace muchos años viviendas en la población Manuel Rodríguez, de Iquique, han sido notificados de desalojo, por la autoridad militar de la zona, iniciando un juicio sumario de comodato precario contra ellas.
Las familias afectadas, acogiéndose a las disposiciones del artículo 3º de la ley 17.663, han solicitado la venta de esas viviendas en virtud de la antigüedad que tienen como ocupantes y a mejoras que han introducido a las casas con gastos de su propio peculio.
No ha sido posible resolver el problema de estas familias. La superioridad militar de la zona ha dado, en diversas oportunidades, plazo para el abandono de las viviendas. Sin embargo, la imposibilidad de conseguir, aunque sea una casa en Iquique, ha impedido una solución adecuada.
Ruego al señor Ministro que se sirva disponer, si lo tiene a bien, intervenir para que las familias afectadas no sean desalojadas y se les dé la oportunidad de adquirir las casas que ocupan desde hace varios años.
ALUMBRADO PUBLICO PARA PAPOSO (ANTOFAGASTA).
A los señores Ministros de Obras Públicas y Transportes y del Interior, en los siguientes términos:
El señor' Gobernador subrogante de Taltal ha solicitado al suscrito reiterar la petición que formulé hace algún tiempo y que se refiere a la extensión de la red de alumbrado público al pueblo de Paposo que carece de este servicio.
La postación de esta obra se encuentra instalada y sólo falta el tendido de 3.000 metros de alambre. Ello permitiría resolver este problema y dotar de este elemento vital a los habitantes del citado pueblo de Paposo.
Mientras tanto, es preciso destinar un motor para que distribuya la energía correspondiente a este pueblo. Provisionalmente, la conexión para el suministro de energía se haría con las instalaciones de Mina Julia. La solución definitiva está en la prolongación de la red hasta Paposo y la instalación de un 'motor eléctrico.
Agradeceré al señor Ministro que se sirva acoger favorablemente esta petición.
PRACTICANTES CUMPLAN LOS REQUISITOS DE LAS LEYES Nºs 14.904 y 12.441.
Al señor Ministro de Salud Pública, en los siguientes términos:
El Consejo Provincial de Tarapacá y Antofagastá del Colegio de Practicantes ha solicitado al suscrito apoyar las petición que han formulado a ese' Ministerio, a fin de que se permita rendir exámenes para obtener el título de practicantes a aquellas personas que cumplan los requisitos de las leyes Nºs 14.904 y 12.441.
Señalan también que entre los postulantes se encuentran varios antiguos y eficientes funcionarios del Servicio Nacional de Salud con una experiencia fundamental en esta actividad, pero que carecen del requisito de haber cumplido con el curso de auxiliar de Enfermería. El suscrito estima que la experiencia, la práctica profesional y la capacitación lograda por estos funcionarios después de años de servicios suple ventajosamente el curso de Auxiliar de Enfermería. Por ello viene en solicitar al señor Ministro que se sirva considerar la petición de los Consejos Provinciales del Colegio de Practicantes para que no se exija ese requisito a los funcionarios que he mencionado.
ESCRITURAS DE COMPRAVENTA A ASIGNATARIOS DE DEPARTAMENTOS EN POBLACIÓN EX ESTADIO, DE ARICA (TARAPACÁ).
Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, en los siguientes términos:
La Caja de Previsión de Empleados Públicos y Periodistas adquirió para sus imponentes en Arica varios departamentos en la Población Ex Estadio.
Los beneficiados con las asignaciones de viviendas están solicitando la entrega de las escrituras de compraventa, pero han sido informados por la Caja de que no es posible extender esas escrituras debido a que la Corporación de la Vivienda no ha hecho entrega a la Caja del título da dominio del grupo habitacional.
Agradeceré al señor Ministro que se sirva disponer que la Corporación de la Vivienda acelere el trámite del traspaso del dominio de las viviendas citadas a la Caja de Previsión, a fin de que ésta pueda proceder a entregar las escrituras correspondientes a los imponentes beneficiados.
AGILIZA PAGO DE SUBSIDIO DE CESANTÍA EN IQUIQUE (ANTOFAGASTÁ).
Al señor Superintendente de Seguridad Social, en los siguientes términos:
La Central Única de Trabajadores de Iquique ha solicitado al suscrito dirigir una petición al señor Superintendente para recabarle su intervención ante el señor Vicepresidente de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, a objeto de que la agencia de Iquique agilice el pago de los subsidios de cesantía a los imponentes acogidos a ese beneficio.
Actualmente el pago de estos subsidios de cesantía demora 30 días y más lo que perjudica a los imponentes. La agencia justifica esa demora, señalando que no reciben autorización de pago oportunamente de la Vicepresidencia.
Como se advierte, hay una demora injustificada, razón por la cual ruego al señor Superintendente interceder para que la Caja mencionada agilice los trámites de pago de ese beneficio.
DEMORA EN TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE JUBILACIÓN.
Al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, al señor Superintendente de Seguridad Social y al señor Contralor General de la República, en los siguientes términos:
Estoy recogiendo la inquietud de miles de imponentes a través del país que advierten con preocupación y malestar la excesiva demora que tienen los trámites de los expedientes de jubilación y otros beneficios previsionales o económicos.
El país sabe que el Gobierno ha heredado un sistema previsional anticuado, excesivamente burocrático, lento y engorroso. Conoce que existen más de 40 sistemas previsionales distintos, según sea el trabajador y la actividad a la que pertenezca. La conciencia ciudadana para atacar en profundidad este sistema de previsión es proclive a una reforma total de la seguridad social, especialmente para que se agilice el otorgamiento de los beneficios y no se tenga al imponente que jubila, no meses, sino años esperando el pago de su pensión.
El Gobierno ha anunciado reiteradamente la aplicación de normas sobre agilidad administrativa, desterrando trámites innecesarios, duplicados, engorrosos. La Contraloría, por encargo especial del Gobierno, debe aplicar conjuntamente con los institutos previsionales, normas más expeditas para estos trámites. Sin embargo, estas recomendaciones no se aplican y la agilidad administrativa no marcha
He recibido y recibo a diario comunicaciones de imponentes que mantienen en las distintas cajas de previsión trámites pendientes y demorados. Hay casos, la mayoría por desgracia, que son dramáticos, ya que al acogerse el jefe de hogar a la jubilación deja de percibir su salario o sueldo y permanece por más de un año sin recibir ninguna remuneración, con el consiguiente perjuicio para la familia.
Hay cajas de previsión que aún no cumplen el pago del reajuste de la ley que entró en vigencia en octubre de 1972; mucho menos se ha cumplido la ley de anticipo de reajuste; los trámites tan simples, como son los pagos de asignaciones familiares, también sufren demoras increíbles.
Toda esta situación no puede continuar ocurriendo y la razón de esta petición es precisamente solicitar tanto al señor Ministro, como al señor Superintendente de Seguridad Social y al señor Contralor General de la República la adopción de medidas inmediatas que pongan término a tanta tramitación y a tanta desidia para atender a los imponentes que no hacen sino reclamar los derechos que las leyes le han otorgado.
Del señor Valenzuela: GIMNASIO TECHADO PARA CODEGUA (O'HIGGINS).
Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, solicitándole que se sirva incluir en los programas del año 1974 la construcción de un gimnasio techado en la localidad de Codegua, provincia de O'Higgins. Esta petición está en conocimiento del señor Director General de Arquitectura de ese Ministerio, en conformidad al acuerdo tomado con los señores Regidores de la Ilustre Municipalidad de Codegua.
EDIFICIO PARA CARABINEROS DE CODEGUA (O'HIGGINS).
Al señor, haciéndole presente la urgente necesidad de consultar dentro de los programas del año 1974 la construcción de un edificio para la Tenencia de Carabineros de la localidad de Codegua, provincia de O'Higgins.
PAVIMENTACIÓN DE CAMINO DE ACCESO A CODEGUA (O'HIGGINS).
Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, haciéndole presente la urgente necesidad de iniciar los trabajos de asfalto del camino de acceso a Codegua, de la provincia de O'Higgins, tan indispensable para esa comuna.
En Incidentes, corresponde el primer turno al Comité Socialista.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El turno siguiente corresponde al Comité Mixto.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Acuña.
DECLARACIÓN DEL PARTIDO SOCIALDEMOCRACIA, CHILENA SOBRE LA REALIDAD POLÍTICA DE CHILE.
Señor Presidente, deseo aprovechar esta oportunidad para dar a conocer, desde esta tribuna de la democracia chilena, una declaración emitida en el día de ayer a la opinión pública, por acuerdo unánime de la Comisión Política y de la Directiva Nacional del Partido Socialdemocracia Chilena, sobre la realidad política de nuestra patria en la hora que estamos viviendo.
Un enfoque a la conducción del país.
Dicha declaración analiza las actuaciones del Gobierno de la Unidad Popular y del PresidenteSalvador Allende en lo relativo a la conducción del país. En ella precisamos con absoluta claridad nuestra opinión respecto de lo que ha significado, para desgracia de Chile, la errada y desafortunada conducción económica y administrativa de la combinación política denominada Unidad Popular, que encabeza como Presidente de la República el señor Salvador Allende Gossens.
El documento a que me refiero señala textualmente:
1ºLa Socialdemocracia Chilena, por definición doctrinaria y por su composición humana y social, propugna una transformación profunda en nuestra sociedad para erradicar la miseria, eliminar nuestra dependencia extranjera, realizar un acelerado desarrollo económico e. iniciar de verdad la construcción de una sociedad sin privilegios, más igualitaria y más justa, y con plena participación de todos los trabajadores.
También es por definición doctrinaria que sostenemos que estas transformaciones deben hacerse por la vía democrática, pues ésta es la única forma de efectuarla, so pena de que ellas se vean frustradas y fracasen.
2ºPrecisamente el Gobierno de la UP ha fracasado porque su acción no ha estado encaminada en los hechos a realizar dichos cambios estructurales, cuya necesidad la inmensa mayoría de los chilenos comparte, sino a imponer una dictadura totalitaria a través de la quiebra del Estado de Derecho y de nuestras instituciones democráticas.
En buenas cuentas, el sectarismo, el derroche y la deshonestidad, la incapacidad y la ineficiencia, con sus catastróficas consecuencias de inflación, desabastecimiento, mercado negro, bajas en la producción e inversión; la violencia, la pérdida de la autoridad, las amenazas a la seguridad nacional y demás males que nos aquejan en este momento, sólo han sido posibles y no tienen correctivos porque el Gobierno ha sobrepasado uno a uno los mecanismos institucionales que nuestro régimen democrático había previsto y creado para impedirlos o sancionarlos.
3ºCon este objeto el Gobierno de la UP ha atacado y socavado las bases fundamentales de nuestro Estado de Derecho, que son:
a) El principio de la separación de los poderes, en cuya virtud éstos y todas las autoridades y órganos del Estado deben ejercer sus atribuciones con independencia y respeto recíprocos, y dentro de los márgenes fijados por la Constitución y las leyes;
b) La plena vigencia de las garantías y derechos fundamentales que la Constitución a todos los habitantes del país asegura y que el llamado Estatuto de Garantías Constitucionales del 9 de enero de1971 amplió y reforzó.
c) El sistema de mecanismos preventivos y sancionadores que contemplan la Constitución y las leyes para las infracciones que puedan cometerse en su contra.
El Gobierno ha violado sistemáticamente cada una de estas bases fundamentales de nuestro régimen jurídico.
Larga sería la enumeración de las múltiples infracciones que se han cometido contra la Constitución y las leyes; pero, en todo caso, vale la pena sintetizar cómo se ha atentado contra los poderes y órganos del Estado, se han vulnerado las garantías fundamentales y se ha eludido la fiscalización y sanción de los órganos llamados a ejercerlos.
4ºEl Gobierno ha realizado toda su política al margen del Congreso Nacional y prescindiendo de él, abusando para ello de sus propias atribuciones, legislando por la vía del decreto de insistencia, que no por ser tal deja de ser ilegal, o imponiéndose lisa y llanamente por la acción directa de los grupos que controla o maneja.
Ha burlado también en forma permanente el ejercicio de las funciones fiscalizadoras del Parlamentó, desconociendo la sanción que importan las acusaciones constitucionales y las investigaciones y requerimientos de la Cámara de Diputados.
5°Como lo ha denunciado reiteradamente la Corte Suprema, el Gobierno ha desconocido sistemáticamente las atribuciones del Poder Judicial, negándose a cumplir sus sentencias y resoluciones, atribuyéndose, contra lo que dispone expresamente el artículo 80 de la Constitución, la facultad de calificar su contenido y oportunidad, y ha burlado la acción de la justicia respecto a los extremistas cuando son afines a la UP, ya sea abusando del indulto o negándose a colaborar en la investigación de los delitos cometidos, y en la detención de sus autores;
6ºEl Gobierno igualmente ha desconocido y vulnerado sistemáticamente los dictámenes, resoluciones e instrucciones de la Contraloría General de la República, y ha anulado su acción preventiva y fiscalizadora mediante los ya citados decretos de insistencia o manteniendo por las vías de hecho situaciones representadas por este organismo.
7ºEl propio Presidente de la República ha tolerado que se cometan graves atropellos y haga víctima de infames campañas de injurias y calumnias a los representantes de los demás poderes y órganos del Estado que no controla la UP, y tampoco ha cumplido con el imperativo constitucional que radica en su persona el mando supremo de la Nación.
A la inversa, ha permitido y en ocasiones alentado, la formación de poderes paralelos, creados al margen de la Constitución y las leyes, compuestos por grupos extremistas y brigadas armadas, y cuyo objetivo declarado es reemplazar a los poderes constitucionales, sojuzgar por el terror y la violencia a las personas e instituciones, y llegar a constituir una fuerza pública paralela a las Fuerzas Armadas y Carabineros, a quienes la Constitución encomienda en forma exclusiva esta función en su artículo 22.
8ºConjuntamente con este grave desquiciamiento del ordenamiento jurídico institucional del país, el Gobierno ha vulnerado reiteradamente las garantías y derechos fundamentales, y es así como:
a) Ha roto la igualdad ante la ley, ejerciendo toda clase de discriminaciones entre los que son afectos al Gobierno y los que discrepan con él, persiguiendo a estos últimos en sus ocupaciones, en la protección que la autoridad debe prestarles y aún en la distribución de los artículos esenciales para su subsistencia;
b) Ha atentado gravemente contra la libertad de expresión, adquiriendo medios de información por la vía de la presión y tratando de silenciar a todos los que discrepen con el Gobierno, clausurando arbitrariamente diarios y radios, arrestando en forma ilegal a periodistas de oposición, y vulnerando, reiteradamente, la Constitución y la Ley de TV, al impedir la extensión del Canal 13 a provincias, al amparar la usurpación del Canal 9 de la Universidad de Chile, al atentar contra su Canal 6 y al utilizar contra expresa disposición de la ley el Canal Estatal con fines subalternos de mezquina propaganda y concientización política;
c) Ha violado la autonomía universitaria y la libertad de educación, esto último al pretender aplicar subrepticiamente y al margen de la ley un sistema de concientización de los estudiantes a través de la ENU y los llamados Consejos de Democratización de la Enseñanza;
d) Ha negado en repetidas oportunidades el derecho a reunión de los opositores al Gobierno, y prestado protección, incluso policial, a grupos armados que le son afines para que se apoderen de las calles y caminos y realicen toda clase de tropelías y atropellos;
e) Ha atentado gravemente contra las organizaciones comunitarias, desconocido sus atribuciones legales, y contra las organizaciones sindicales, por medio del paralelismo sindical, la falsificación de sus elecciones, la represión de las huelgas y justas protestas de los trabajadores, etc.;
f) Ha violado la libertad personal, introduciendo arbitrarias limitaciones al traslado de los ciudadanos en el interior del país y hacia o desde el extranjero; efectuando detenciones arbitrarias y quebrantando la inviolabilidad del hogar y de la correspondencia, etc.;
'9ºEsta gravísima ruptura del sistema institucional ha culminado con la injustificada negativa del Presidente de la República a promulgar la Reforma Constitucional despachada por el Poder Constituyente para encauzar el proceso de formación del área social y mixta por la vía de la ley, en vez de la toma, el resquicio o el atropello y abuso que ha sido hasta aquí la utilizada por el Gobierno, y para otorgar una efectiva participación a los trabajadores.
El Gobierno ha pretendido eludir su promulgación cometiendo toda clase de infracciones constitucionales, desde enviar al Congreso vetos que excedían con creces sus facultades en la materia, pasando por una inconsulta apelación al Tribunal Constitucional, el cual naturalmente se declaró incompetente, una tentativa de promulgación amañada y parcial de la Reforma, que rechazó la Contraloría General de la República, hasta acondicionar en reciente documento público la promulgación a una serie de requisitos que revelan su intención de no cumplir el imperativo mandato del artículo 109 de la Constitución que le ordena promulgar el texto aprobado por el Congreso Nacional.
10ºEl Gobierno al quebrantar las bases del Estado de Derecho en la reforma antes reseñada se ha colocado al margen de la Constitución del Estado, y se ha transformando en un gobierno dictatorial que opera de facto, mediante el uso de la fuerza, la represión y la violencia y de una apariencia de legalidad que funciona sólo por la inercia de algunas instituciones a punto también de derrumbarse.
Por eso, el restablecimiento inmediato del régimen de derecho y democrático es básico y fundamental para que Chile pueda recuperar lo que ha sido destruido en este último período, e inicie un camino de efectivas transformaciones en favor de nuestro pueblo, y especialmente de sus sectores más postergados y desposeídos.
Para ello, deben promulgarse de inmediato las Reformas Constitucionales despachadas por el Congreso, erradicarse a todos los grupos extremistas armados y restablecerse la autoridad legítima de los poderes y órganos del Estado.
Mientras así no ocurra, el Gobierno será el único responsable del caos y la anarquía a que están llevando al país quienes quieren asumir la dictadura definitiva contra la cual el pueblo tiene el legítimo y democrático derecho a oponerse y resistirse.
Firma esta declaración de nuestro partido el colega SenadorLuis Bossay Leiva, Presidente Nacional, y el ex Diputado señor Alberto Naudon Labarca, Secretario General de la Socialdemocracia Chilena.
Señor Presidente, la declaración pública que acabo de leer contiene, como decía, nuestro enfoque fundamental de lo que es en este instante y de lo que ha significado para el país, en el transcurso del tiempo que lleva en el Gobierno, la Unidad Popular y el PresidenteSalvador Allende Gossens.
La responsabilidad del Gobierno.
Creemos que en los difíciles momentos que vive la patria, en las duras horas que estamos soportando, en la angustia que invade a toda la comunidad nacional frente al quebrantamiento absoluto de las instituciones, al sectarismo impuesto como política oficial del Gobierno y a la deshonestidad y corrupción que penetran toda la esfera gubernativa, nuestro planteamiento enfoca de manera lapidaria pero profundamente certera la responsabilidad de la Unidad Popular y del Presidente Allende en el proceso que Chile vive.
Cuando él país se debate en la miseria que hoy día está soportando, y cuando más de un millón de chilenos diariamente deben hacer colas y ¡más colas para adquirir alimentos, como consecuencia del caos económico que el actual Gobierno ha sembrado en Chile, liquidando las actividades económicas productivas e introduciendo la anarquía más profunda a raíz de su política caótica, sectaria e irracional, pensamos que ha llegado la hora de que los poderes ¡constitucionales democráticos, radicados fundamentalmente en el Congreso, donde de manera auténtica y genuina se deposita la soberanía del pueblo, tomen decisiones y se pronuncien para calificar, en los términos en que nosotros lo estamos haciendo en el documento que acabo de leer, la acción del Gobierno más irresponsable, más nefasto y más profundamente antichileno que haya habido en nuestra' patria.
Una rectificación necesaria.
El caos y la situación en que la gestión desgraciada del señor Allende ha colocado al país en el plano internacional y a nuestros conciudadanos dentro de Chile, enfrentados a un proceso de pauperismo, de miseria y de anarquía, está haciendo desear anhelosamente a la gran mayoría de los chilenos que tal proceso concluya y se entre a una rectificación, con el propósito de iniciar en nuestra nación una política seria, responsable, racional y socialmente justa, que devuelva la paz ciudadana y la tranquilidad y que imponga normas de justicia dentro de lo que siempre ha sido la tradición libertaria y democrática de este Chile, al que desgraciadamente quiere arrojar al fondo del precipicio la gestión tremendamente desafortunada del Gobierno del señor Allende. He dicho.
Ha llegado a la Mesa una indicación del Honorable señor Aguirre Doolan para publicar in extenso la intervención del Honorable señor Acuña.
Queda para el Tiempo de
Votaciones de la sesión ordinaria venidera.
El turno siguiente corresponde al Comité Demócrata Cristiano.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Se levanta la sesión.
-Se levantó a las 19.14.
Dr. Raúl Valenzuela García, Jefe de la Redacción.
ANEXOS.
1.- MENSAJE DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY, QUE MODIFICA EL ARTICULO 6° DE LA LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO, CON EL OBJETO DE CREAR NUEVAS FIGURAS DELICTIVAS SOBRE ATENTADOS TERRORISTAS.
Ante la ola de atentados terroristas que se han desencadenado en nuestro país con singular intensidad en el último tiempo, con grave alteración del orden público y de la economía nacional, los que han recaído sobre bienes o instalaciones pertenecientes a servicios públicos o de utilidad pública, bienes nacionales de uso público, industrias del sector público o privado, etcétera, el Gobierno juzga indispensable la dictación de una ley que reprima estos hechos, muchos de los cuales ni siquiera se encuentran contemplados en nuestra legislación.
En el proyecto que os someto se mantiene la incriminación de los atentados contra las instalaciones de los servicios de agua potable, luz, gas y otros semejantes; se amplía la figura legal a otros atentados en contra de los demás servicios públicos o de utilidad pública y, en general, bienes de uso público; se introducen otras formas de sabotaje que al igual que las anteriores, también perjudican gravemente la tranquilidad pública y el normal funcionamiento de las actividades económicas de la Nación, y que recaen sobre bienes que no se encontraban suficientemente protegidos, tales como maquinarias, industrias y otros elementos de la producción o distribución de bienes.
Las penas que se asignan a estos atentados se han elevado en consideración con la actualmente prevista en el artículo 7º de la Ley de Seguridad del Estado, de modo de hacerlas más consecuentes con la señalada en el artículo 5º, que resulta aplicable a actos como los contemplados en la letra g) del artículo 4º de la misma ley, que también se refieren a la perturbación de la actividad económica, si bien perpetrada por medios intelectuales, como lo es la expresión. Nos ha parecido que el empleo, como ocurre en el sabotaje, de medios materiales que ocasionan también en forma inmediata grandes daños, debía tener mayor penalidad. El mayor rigor se justifica también ante la proliferación de esta clase de actos ejecutados por quienes no ven en la actual legislación un motivo para abstenerse de ellos.
En consecuencia, vengo en proponeros el siguiente proyecto de ley, que solicito sea tratado con urgencia en todos sus trámites.
Proyecto de ley:
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº12.927, de Seguridad del Estado, de 6 de agosto de 1958:
1.- Sustituyese la letra c) del artículo 6º, por las siguientes:
c) Los que inciten, promuevan o fomenten la destrucción, inutilización, interrupción o paralización, o de hecho destruyan, inutilicen, interrumpan o paralicen, instalaciones públicas o privadas de alumbrado, energía eléctrica, de agua potable, gas, demás combustibles u otras semejantes o los medios o elementos empleados en su funcionamiento;
c) Los que inciten, promuevan o fomenten, o de hecho realicen los actos indicados en la letra c), respecto de instalaciones o bienes públicos o privados de cualquier otro servicio público o de utilidad pública; y los que inciten, promuevan o fomenten, o de hecho dañen, destruyan o inutilicen cualquier otro bien de uso público, como puentes, calles y caminos;
d) Los que inciten, promuevan o fomenten, o de hecho dañen, destruyan o inutilicen maquinarias, instalaciones, plantíos, sementeras u otros bienes, medios o elementos de la producción o distribución de artículos o productos de la actividad industrial, minera, agrícola o comercial', y los que incurran en iguales hechos respecto de dichos artículos o productos..
2.- Sustituyese el artículo 7º, por el siguiente:
Los delitos contemplados en el artículo anterior, serán castigados, excepto los señalados en sus letras c), c') y c), con presidio, relegación o extrañamiento menores en sus grados mínimo o medio. Las infracciones contempladas en las letras citadas serán sancionadas con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo. Las penas referidas se aplicarán sin perjuicio de las penas accesorias que correspondan según las reglas generales del Código Penal..
(Fdo.): Salvador Allende Gossens.
2.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS QUE 'OTORGA UNA BONIFICACIÓN ADICIONAL A LOS TRABAJADORES DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD.
Con motivo del Mensaje e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1.- Todos los trabajadores del Servicio Nacional de Salud, con excepción de los profesionales funcionarios afectos a las disposiciones de la ley Nº15.076, percibirán durante los meses de julio a diciembre, ambos inclusive, del año 1973, una bonificación adicional a sus remuneraciones ordinarias, que no será imponible ni se considerará renta para ningún efecto legal, y que por los meses de julio, agosto y septiembre de 1973, será equivalente a la suma de E° 4.000 mensuales, más el 10% del monto del sueldo, base de que en esos mismos períodos esté gozando el respectivo funcionario.
En los meses de octubre, noviembre y diciembre de 1973, la misma bonificación adicional será equivalente a la suma de E? 6.000 mensuales, más el 10% del sueldo base de que en esos mismos períodos esté gozando el respectivo funcionario.
Artículo 2.- A contar del 1º de julio de 1973, la asignación de antigüedad establecida en el artículo 1 de la ley Nº17.920, se determinará en un porcentaje calculado sobre tres y medio sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago, y no de dos y medio sueldos vitales mensuales, como lo dispuso esa norma.
Artículo 3.- Introdúcense en la ley Nº12.120 sobre Impuesto a las Compraventas y otras Convenciones sobre Bienes y Servicios, las siguientes modificaciones:
Sustituyese en el inciso primero del artículo 1 y en el artículo 42, el guarismo 17,5% por 19%, y en los incisos quinto y séptimo del mismo artículo 1, el guarismo 8% por 6%..
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Raúl Guarrero Guerrero, Secretario.
3.- INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO RECAÍDO EN LA SOLICITUD DE DESAFUERO DEL SEÑOR INTENDENTE DE SANTIAGO, DON JULIO STUARDO GONZÁLEZ, INTERPUESTA POR EL SEÑOR FISCAL DE LA ILUSTRISIMA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO, DON LUIS HERMOS1LLA LEÓN.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento tiene el honor de informaros la solicitud de desafuero del señor Intendente de Santiago, don Julio Stuardo González, interpuesta por el señor Fiscal de la Ilustrísima Corte de Apelaciones deSantiago, don Luis Hermosilla León.
1.- Cargos que formula el recurrente.
El señor Fiscal manifiesta que de acuerdo a la resolución de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha 19 de julio último, confirmada por la Excelentísima Corte Suprema el 26 del mismo mes, se acogieron recursos de amparo en favor de Juan Cembrano Perasso y de otras personas, ordenándose pasar dichos antecedentes al Ministerio Público. En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 311 del Código de Procedimiento Penal, cumple con la obligación de deducir querella criminal en contra del señor Intendente de la provincia por detención arbitraria de las mencionadas personas, delito previsto y sancionado en el artículo 148 del Código Penal, que castiga con reclusión menor y suspensión del empleo en sus grados mínimo a medio a todo empleado público que ilegal y arbitrariamente detuviere a alguna persona.
Agrega que, en la especie, resulta indiscutible que la referida detención sólo pudo llevarse a efecto por funcionarios de Investigaciones practicando una orden de allanamiento, librada por el querellado, respecto de un local en que funcionaba el Canal 6 de Televisión, y que tanto dicha orden de allanamiento como las detenciones efectuadas con ocasión del cumplimiento de ella, fueron estimadas arbitrarías e ilegales por la Ilustrísima Corte de Apelaciones.
Por tales razones, inicia querella criminal en contra del señor Intendente de Santiago por el delito sancionado en el artículo 148 del Código Penal, detención arbitraria practicada por funcionario público.
2.- Antecedentes que constan en el expediente.
A) Oficio del Departamento de Informaciones al señor Intendente de Santiago.
En dicho documento se da cuenta del cumplimiento de la orden de allanamiento, haciéndose una relación de los equipos retirados. Asimismo, se dice que al practicarse la diligencia, fueron detenidas 31 personas las cuales se encontraban premunidas de una gran cantidad de bombas Molotov, linchacos, hondas, balines, cascos, laque y bidones plásticos con restos de parafina, como también, de un revólver.
B) Orden de allanamiento librada por el señor Intendente.
En ella se expresa que en cumplimiento del oficio respectivo de la Dirección de Servicios Eléctricos y Gas y en uso de la facultad que le confiere el artículos 52 de la Ley de Régimen Interior, procédase por el Servicio de Investigaciones conjunta o separadamente con el Cuerpo de Carabineros de Chile, al allanamiento de la propiedad ubicada en allanamiento de la propiedad ubicada en Pedro de Valdivia 2454, de esta ciudad, facultándose descerrajamiento y habilitándose día y hora para el cumplimiento de esta diligencia. El allanamiento se llevará a efecto para poner término al funcionamiento de la estación de televisión clandestina que allí funciona, debiendo recogerse todos los equipos que allí se encuentren, como asimismo cualquier otro elemento que haya, servido para cometer el delito..
C) Resolución recaída en los recursos de amparo respectivos.
En ella se expresa que la privación de libertad de las personas en favor de quienes se recurre de amparo, fue obra de los funcionarios de Investigaciones^ practicando un allanamiento dispuesto por el Intendente de la provincia en un local que pertenecía a la Universidad de Chile porque, se afirma, se habían encontrado algunas armas.
Se dice, además, que las Universidades están facultades por la Constitución y la ley para establecer canales de televisión y que esta sola circunstancia es bastante para concluir que la orden de allanamiento fue arbitraria. Lo fue, asimismo, porque el Intendente no está autorizado sino en situaciones muy especiales para ordenar un allanamiento, las que no concurren en la especie. Por último, de poder haberlo hecho, caso que no es así, debió solicitar la anuencia de la autoridad universitaria correspondiente.
A continuación, se expresa que, siendo así, la detención efectuada por los agentes de la autoridad, de personas que estaban en el interior del local, que no podía allanarse en las circunstancias señaladas por orden de autoridad administrativa, resulta también arbitraria e ilegal.
Luego, se consigna, en lo tocante al hecho de que se habrían encontrado algunas armas, que ello no autoriza la detención de las personas que se encontraban en este local universitario, dadas las circunstancias precedentemente expuestas, y tan sólo puede dar lugar a una denuncia formulada ante la autoridad que corresponde.
De acuerdo a los mencionados antecedentes, se dispuso la inmediata libertad de los detenidos y el paso de los antecedentes al Ministerio Público.
3.- Descargos formulados por el señor Intendente.
Expresa el señor Stuardo que por oficio Nº822, de 18 de junio del año en curso, la Dirección de Servicios Eléctricos y Gas, solicitó dé la Intendencia la Dictación de un decreto de fuerza pública con allanamiento para proceder a poner término al funcionamiento de la estación de televisión instalada clandestinamente en Pedro de Valdivia 2454 de esta ciudad, debiendo efectuarse asimismo el decomiso de los equipos....
Añade que como dicho Servicio tiene facultades para requerir el auxilio de la fuerza público, dicto el decreto Nº127, de la misma fecha, disponiendo que el allanamiento se llevará a efecto para poner término al funcionamiento de la estación de televisión que allí funciona, debiendo recogerse todos los equipos que allí se encuentran....
De lo anterior afirma que en ninguna parte de las Resoluciones transcritas se dispuso la detención de persona alguna. Agrega que, sin embargo, al llevarse a cabo el allanamiento, funcionarios de Investigaciones que actuaron en la diligencia descubrieron armas y, en uso de sus propias facultades, procedieron a detener a varias personas que allí se encontraban. En seguida, expresa que la propia Corté de Apelaciones deja constancia en la resolución que acogió los recursos de amparo qué la detención de las citadas personas fue obra de los funcionarios de Investigaciones.
De lo anterior concluye que no tuvo actuación ni resolución, directa ni indirecta, respecto de la' detención de las personas indicadas, por lo que no procede la querella iniciada en su contra, ya que el artículo 148 del Código Penal que invoca el señor Fiscal, castiga al empleado público que arrestare o detuviere a alguna persona, y él no ha arrestado ni ordenado detener a nadie.
Por último manifiesta que la acción de Investigaciones fue positiva, ya que los detenidos fueron puestos a disposición de la Fiscalía Militar, en donde se les sigue proceso por infracción a la Ley de Control de Armas.
Por lo expuesto, concluye que no se justifica jurídicamente el desafuero solicitado por el señor Fiscal de la Ilustrísima Corte de Apelaciones.
4.- Resolución de vuestra Comisión.
El Honorable Senador señor Bulnes manifestó que estimaba de dudosa legalidad la orden de allanamiento dictada por el señor Intendente, ya que en esta materia las facultades de la autoridad provincial están taxativamente enumeradas en la Ley de Régimen Interior, que no contempla una situación como la que motiva el requerimiento. Además, dicha orden es ilegal y reprobable porque no se solicitó la anuencia de la autoridad universitaria. Sin embargo, agregó el Honorable Senador, no hay, al parecer, disposición legal alguna que dé categoría de delito a cualquier allanamiento ilegal. El artículo 155 del Código Penal sanciona al empleado público qué, abusando de su oficio, practicare allanamiento fuera de los casos previstos por la ley en un templo o la casa de cualquiera persona. Como no es ése el caso, la disposición no es aplicable. De modo que aunque ilegal el allanamiento, no constituye delito.
En cuanto a las detenciones practicadas ellas son no sólo ilegales, sino delictuosas, manifestó Su Señoría, ya que nada justifica la detención de más de 30 personas por el solo hecho de encontrarse presentes en un lugar en que se descubren armas. No obstante, de los autos no aparece la responsabilidad del señor Intendente en las referidas detenciones. Al contrario, consta de los antecedentes que el señor Stuardo no ordenó detención alguna, ni verbalmente ni por escrito. Expresó el señor Senador que no compartía la opinión del señor Fiscal de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago en el sentido de que el señor Intendente sería responsable de las detenciones por haberse practicado éstas durante un allanamiento ilegal decretado por éste, ya que por la circunstancia de ordenar una persona un acto ilegal no puede transformarse en responsable de otros actos ilegales, no necesarios para el cumplimiento del primero, efectuados con ocasión de éste.
Por tales razones, expresó el señor Senador que se abstendría de votar respecto del desafuero en informe.
El Honorable Senador señor Miranda expresó que la petición de desafuero del señor Intendente de Santiago ha sido solicitada por el Ministerio Público, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 311 del Código de Procedimiento Penal, en relación con el artículo 148 del Código Penal, esto es, con el delito de detención arbitraria. De los antecedentes no consta que el señor Intendente haya decreto la detención de persona alguna, sino sólo que concedió el auxilio de la fuerza pública, con facultad de allanamiento, en cumplimiento del requerimiento formulada por la autoridad competente para hacerlo, en este caso, la Dirección de Servicios Eléctricos.
Señaló a continuación, que en la especie no se daban los requisitos exigidos por el Código de Procedimiento Penal para conceder el desafuero solicitado. En efecto, el artículo 612 de ese cuerpo legal, que es aplicable a Intendentes y Gobernadores en atención a la referencia expresa que hace el artículo 622, exige la concurrencia de datos que podrían bastar para decretar la ninguna responsabilidad del señor Intendente en la detención practicada por funcionarios de Investigaciones.
Agregó que aceptaba que la detención pudo ser arbitraria, en caso de no haberse ceñido a las normas que establece la Ley sobre Control de Armas como, al parecer, ocurrió, pero tal arbitrariedad o ilegalidad de la actuación practicada es inimputable al Intendente.
Por tales razones, señaló que votaría en contra de la petición de desafuero.
El Honorable Senador señor Suárez sostuvo que el señor Intendente se limitó a conceder el auxilio de la fuerza pública, con facultades de allanamiento, a fin de poner término a las transmisiones del Canal 6 de televisión, tal como lo solicitara la Dirección de Servicios Eléctricos, organismo que tiene atribuciones suficientes para ello de acuerdo al DFL. Nº 4, de 1959. Al proceder en la forma solicitada, el señor Intendente procedió de acuerdo a las facultades que le concede el artículo 52 de la Ley de Régimen Interior.
La detención de las personas que se encontraban en el local allanado fue por entero ajena a la decisión de la autoridad provincial, ya que ella fue practicada por funcionarios de Investigaciones, quienes detectaron la tenencia ilegal de armas, hecho sancionado por la ley.
En síntesis, la detención de esas personas no es de responsabilidad del señor Intendente, y como la querella del señor Fiscal de la Ilustrísima Corte de Apelaciones dice relación con el delito previsto y sancionado en el artículo 148 del Código Penal detención arbitraria procede el rechazo de la petición de desafuero.
Los Honorables Senadores señores Ballesteros y Hamilton votaron a favor de la solicitud de desafuero.
En consecuencia, vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, por dos votos a favor, dos en contra y una abstención, os propone que declaréis que no ha lugar a la formación de causa en materia criminal en contra del señor Intendente de Santiago, don Julio Stuardo González, por los hechos materia del requerimiento.
Sala de la Comisión, a 20 de agosto de 1973.
Acordado en sesión celebrada el día 14 de agosto en curso, con asistencia de los Honorables Senadores señores Bulnes (Presidente), Ballesteros Hamilton, Miranda y Suárez.
(Fdo.) : Iván Auger Labarca, Secretario.
4.- INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA A LOS PROFESIONALES Y TÉCNICOS CHILENOS QUE INDICA PARA INTERNAR AL PAÍS DETERMINADOS BIENES.
Honorable Senado:
El país afronta desde hace años el problema denominado la fuga
de cerebros, que representa una ingente pérdida que afecta en mayor o menor grado a todos los países latinoamericanos, llegándose a sostener por organismos especializados que el costo que representa para estos países la formación de profesionales que, posteriormente, emigran a países desarrollados es superior al total del endeudamiento externo de estas mismas naciones.
La fuga de cerebros ha cobrado seria y grave trascendencia en el momento que vive el país. De aquí que el Ejecutivo y los demás poderes del Estado estén interesados en proporcionar las herramientas legales que hagan atractivo al profesional o técnico chileno radicado en el extranjero su regreso al país.
Con anterioridad, en noviembre de 1971, se dictaron sendas leyes, que llevan los números 17.238 y 17.473, mediante las cuales se otorgan, por plazos determinados, franquicias tributarias para la importación de bienes pertenecientes a profesionales y técnicos que regresen al país, siempre que reúnan las condiciones que en ellas se establecen.
En esta oportunidad, os informamos un proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, iniciado en un mensaje que el Ejecutivo enviara al Congreso con fecha 21 de noviembre de 1972, el que en parte de su fundamentación expresa: El momento histórico por el cual atraviesa el país, reclama hoy más que nunca la necesidad de contar en la diversa gama de la actividad productiva nacional con el concurso de profesionales y técnicos a fin de que se integren en forma masiva al desarrollo socioeconómico y cultural en el proceso de cambios estructurales que lleva a cabo la política revolucionaria del Gobierno Popular.
La Comisión comparte el criterio del Ejecutivo y estima plausible atraer, en toda época de nuestra evolución histórica, al mayor número de profesionales al país, toda vez que ellos son portadores de las modernas tecnologías, impulsoras indispensables del progreso y del desarrollo.
Por esto tan pronto recibió el proyecto de la Honorable Cámara de Diputados inició su estudio, el que, desgraciadamente, se ha visto postergado al no recibir oportuna respuesta del Ministerio de Hacienda y de otros organismos fiscales a consultas y a observaciones formuladas a esta iniciativa de ley.
En primer lugar pareció a la Comisión un contrasentido querer legislar nuevamente sobre las mismas ideas contenidas en las leyes Nºs. 17.238 y 17.473, cuando decenas de profesionales y técnicos que se acogieron a ellas han visto frustradas sus intenciones de importar elementos al amparo de las franquicias que ellas consagran, obteniendo sólo permisos de admisión temporal, lo cual los deja afectos a posibles requisiciones y remates de esos bienes. Las leyes referidas adolecieron de varios errores que han impedido, en la mayor parte de los casos, una correcta aplicación.
Estima la Comisión que si se quiere inspirar confianza a los profesionales y técnicos nacionales residentes en el extranjero para regresar a Chile es indispensable sanear la situación de sus colegas que atraídos por ofrecimientos legales de franquicias tributarias volvieron al país.
La Comisión de Hacienda piensa también que si es extraordinaria
mente conveniente el regreso del mayor número de profesionales y técnicos, lo es también de cualquier chileno radicado en el extranjero, razón por la cual propició que este proyecto de ley tuviere un carácter general, beneficiando a todos los chilenos residentes por más de dos años en el extranjero.
Inspirada en el deseo de que esta iniciativa de ley constituya efectivamente una medida de atracción inmediata, al país del mayor número de profesionales y técnicos, cree la Comisión que toda legislación de esta especie debe ser de carácter transitoria, pues de lo contrario, aparte de no servir como un correctivo inmediato, podría entrar a beneficiar en el futuro a personas que obligadamente deban por cualesquier causa, volver al país.
Por último, la Comisión observó que los valores que asigna el proyecto al automóvil susceptible de ser internado, así como los referentes a equipos, herramientas y otros, no resultan ajustados a la realidad por tener en sus países de origen precios superiores, lo que, en definitiva, hará nuevamente inoperante una ley de esta especie.
Después de reiterados oficios, lacónicamente, la Comisión recibió un oficio del señor Fernando Flores, entonces Ministro de Hacienda, en el que expresa que el punto de vista del Ejecutivo sobre el proyecto de ley está contenido en el Mensaje que le dio origen, con lo cual desestimó de plano todas las observaciones que este proyecto de ley merecía a la' Comisión y que hemos reseñado anteriormente.
En cambio, debemos agradecer la constante asesoría que nos brindara la Superintendencia de Aduanas, la que se hizo representar, principalmente, por los señores José Sarmiento y Nicolás Martín. Este organismo compartió casi todas las apreciaciones de la Comisión sobre este proyecto de ley.
El debate en general de este proyecto de ley, en el que se hicieron resaltar los puntos de vista de la Comisión que hemos mencionado, se calificó, por algunos señores Senadores, de simplista la solución que se propone para interesar a profesionales y técnicos a trabajar en el país, ignorando los profundos fundamentos que provocan la fuga de cerebros. Resulta difícil, para algunos señores Senadores, pensar que algún profesional pueda regresar a un país en el que existe tanta incertidumbre laboral, en el que se pierde tan rápidamente una moderna tecnología y en el que estos trabajadores especializados tienen un límite de remuneraciones de veinte sueldos vitales mensuales, cifra absurda desde un punto de vista de comparación internacional y exigua para sufragar gastos de vida a ese nivel.
No obstante lo anterior, la Comisión, por unanimidad, prestó su aprobación a esta iniciativa de ley. En síntesis, mediante él se autoriza a los profesionales y técnicos chilenos que regresen a radicarse definitivamente en el país, después de una permanencia ininterrumpida en el extranjero por más de dos años, para importar las siguientes mercaderías:
a) Menaje de casa, hasta por un valor de US$ 2.000;
b) Equipos y herramientas de uso para la profesión u oficio del beneficiario, hasta por US$ 1.500, y
c) Un automóvil de un precio de fábrica inferior a US$ 2.500.
Estas especies quedan afectas en su importación a un 25% sobre su valor aduanero. Tratándose de equipos y herramientas podrán internarse por cualquier valor, pagando sobre el exceso de US$ 1.500, los derechos normales vigentes. Igual ocurre tratándose del automóvil, pero en este caso se pagan los derechos normales vigentes sobre el exceso recargado en un 25%.
La Comisión introdujo varias modificaciones al texto propuesto. Por de pronto, aprueba este proyecto de ley con el carácter de transitorio, beneficiando exclusivamente a quienes regresen al país antes de un año contado desde la fecha de vigencia de esta ley.
En seguida, a indicación del Honorable Senador señor Bulnes, modificada por la Comisión, se acordó extender a 180 días las visitas que pueda haber hecho el beneficiario al país antes de su regreso definitivo, las que no se consideran como interrupción de su permanencia en el extranjero. El proyecto establece que estas visitas no podrán exceder de 60 días en los dos años anteriores a su regreso definitivo. La extensión se este plazo se adoptó en consideración a que puede haber chilenos que hayan permanecido en el extranjero por lapsos mucho mayores de tiempo, lo que les habría permitido venir en varias oportunidades al país sin desconectarse de su actividad fuera de él.
Se aceptó también una indicación de los Honorables Senadores señores Phillips y Pablo que tiene por objeto no hacer exigible un requisito que establece el proyecto de ley, en el inciso final de su artículo 1º, a los profesionales y técnicos que hubiesen regresado al país con posterioridad a. la dictación de la ley Nº17.238. La disposición citada dispone que el solicitante acredite mediante contrato de trabajo u otro documento que obtuvo ingresos por el ejercicio de su profesión u oficio en el exterior, los cuales le permitieron adquirir los bienes que se desea internar. La aprobación de la indicación se fundamenta en que resulta difícil a aquellos profesionales que ya han regresado al país obtener los certificados aludidos.
A proposición de los Honorables Senadores señores Rodríguez, Silva Ulloa y Valente se perfecciona el artículo 4º que sanciona como delito de fraude aduanero la enajenación o negociación de las especies importadas bajo el amparo de las franquicias tributarias que se concedan, agregándole un inciso que sanciona como infractor del mismo delito, el cual se castiga con multa de hasta cinco veces el valor de la mercadería que se importe, o con presidio qué no exceda de tres años, o con ambas penas a la vez, además del comiso de la mercadería en que caerá ésta una vez capturada, al profesional o técnico que, dentro del plazo de tres años de haber efectuado importaciones al amparo de esta ley, abandone nuevamente el país para prestar servicios en forma permanente en el extranjero que no tengan relación con Chile o con los organismos internacionales en los cuales participa.
El objeto de ésta disposición es obtener que el profesional o técnico que hace uso de las franquicias de esta ley, al menos por un plazo de tres años no pueda prestar servicios sino a intereses nacionales, sean éstos públicos o privados.
En virtud de las consideraciones expuestas, os proponemos aprobar el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, con las siguientes modificaciones:
Artículo 1
En su inciso primero, suprimir las palabras después de y agregar, en su lugar, la siguiente frase: antes del plazo de un año contado desde la fecha de vigencia de esta ley y acreditar.
En su penúltimo inciso, reemplazar la frase 60 días en los dos años anteriores por la siguiente: 180 días en el período anterior.
En su inciso final, el punto aparte (.), y final del artículo, pasa a ser punto seguido (.), agregándose la siguiente oración final: Este requisito no se exigirá para aquellos profesionales o técnicos becados en el exterior que hubiesen regresado al país definitivamente con posterioridad a la dictación de la Ley Nº17.283..
Artículo 4
Su inciso final pasa a ser inciso segundo, con la siguiente modificación: suprimir la frase: en conformidad a lo establecido en el artículo 186'.' y reemplazarla por la siguiente: con las penas asignadas al fraude aduanero en el artículo 194.
Agregar el siguiente inciso final, nuevo:
En el mismo delito mencionado en el inciso anterior incurrirá el profesional o técnico que, dentro del plazo de tres años de haber efectuado importaciones al amparo de esta ley, abandone nuevamente el país para prestar servicios en forma permanente en el extranjero que no tengan relación con Chile o con los organismos internacionales en los cuales participa..
Artículo 5
En su inciso segundo, sustituir el guarismo 17.473 por 17.238.
En virtud de las consideraciones antes expuestas os proponemos aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1º.- Autorízase a los profesionales y técnicos chilenos que regresen a radicarse definitivamente en el país, antes del plazo de un año contado desde la fecha de vigencia de esta ley y acreditar una permanencia ininterrumpida en el extranjero de más de dos años, para importar las siguientes mercancías de su propiedad, sin depósito ni registro en el Banco Central de Chile:
a) Muebles, útiles, enseres y demás artículos que constituyen el menaje normal de casa, adecuados a las necesidades del beneficiario y su grupo familiar, hasta por un valor FOB máximo de US$ 2.000.
b) Equipo, herramientas y demás elementos de uso normal para la profesión u oficio del beneficiario, hasta por un monto FOB máximo de US$ 1.500, y
c) Un automóvil, adquirido a lo menos seis meses antes del regreso definitivo del beneficiario al país, siempre que su precio de fábrica en el año de su producción no exceda de US$ 2.500.
La importación de estas mercancías estarán afectas a un impuesto único de 25% sobre su valor aduanero, en sustitución de los derechos establecidos o que se establezcan en el Arancel Aduanero o en cualquiera otra ley.
Si el avalúo de los equipos, herramientas y demás elementos a que se refiere la letra b) excediere del monto máximo señalado en ella, siempre podrán internarse acogidos a las franquicias de este artículo, pero, en tal caso, se aplicará el impuesto único sobre la parte de avalúo hasta US$ 1.500 y deberá pagarse el total de los derechos vigentes que correspondan sobre el exceso. Para conformar el valor aduanero de la parte de avalúo superior a US$ 1.500, se agregará la proporción respectiva del flete, seguro y demás que se consideran para su determinación. Igual norma se aplicará respecto del automóvil a que se refiere la letra c), pero, en este caso, los derechos de aduana vigentes a la fecha de la internación que deben aplicarse sobre la parte de precio que excediere de US$ 2.500, deberán pagarse recargados en un veinticinco por ciento.
No interrumpirán el plazo de permanencia en el extranjero, las entradas temporales al país del beneficiario, siempre que éstas, en conjunto, no sumen más de 180 días en el período anterior a su regreso definitivo.
Será requisito indispensable para el otorgamiento de la franquicia, que el solicitante acredite mediante contrato de trabajo u otro documento fehaciente que obtuvo ingresos por el ejercicio de su profesión u oficio en el exterior los cuales le permitieron adquirir los bienes que desea internar. Este requisito no se exigirá para aquellos profesionales o técnicos becados en el exterior que hubiesen regresado al país definitivamente con posterioridad a la dictación de la Ley Nº17.238.
Artículo 2º.- Las franquicias a que se refiere el artículo 1º serán otorgadas por decreto del Ministerio de Hacienda, una vez acreditados los requisitos y antecedentes que le sirven de fundamento.
El Servicio de Aduanas aplicará el decreto respectivo, sin exigir que se acrediten nuevamente los requisitos y antecedentes referidos.
Artículo 3º.- Los beneficios establecidos en el artículo 1º de la presente ley, sólo podrán impetrarse por una sola vez.
Artículo 4º.- El automóvil y las demás especies importadas al amparo de estas franquicias, no podrán ser objeto de negociación dé ninguna especie, tales como compraventa, arrendamiento, comodato o cualquier acto jurídico que signifique la tenencia, posesión o dominio por persona extraña al beneficiario, dentro de los tres años siguientes a la fecha de su importación definitiva.
La infracción a lo dispuesto en el inciso precedente será sancionada con las penas asignadas al fraude aduanero en el artículo 194 de la Ordenanza de Aduanas.
En el mismo delito mencionado en el inciso anterior incurrirá el profesional o técnico que, dentro del plazo de tres años de haber efectuado importaciones al amparo de esta ley, abandoné nuevamente el país para prestar servicios en forma permanente en el extranjero que no tengan relación con Chile o con los organismos internacionales en los cuales participa.
Artículo 5°.- La presente ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.
No obstante, podrán acogerse a sus beneficios los profesionales y técnicos que cumplan con los requisitos exigidos por el artículo 1º y que hayan llegado al país después de la vigencia de la ley Nº17.238.
La aplicación del inciso anterior no dará derecho a pedir la devolución de Cantidades pagadas por la internación de mercancías que pudieren acogerse a las franquicias.
Sala de la Comisión, a 17 de agosto de 1973.
Acordado en sesión celebrada el día martes 14 de agosto del presente año, con asistencia de los Honorables Senadores señores Bossay (Presidente), Musalem, Phillips, Rodríguez y Silva Ulloa.
(Fdo.) : Pedro Correa Opaso, Secretario.
5.- INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN LA MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR FONCEA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 63 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO PARA DISPONER LA CITACIÓN DEL CONTRIBUYENTE EN LA DILIGENCIA QUE INDICA.
Honorable Senado:
El Honorable Senador señor Foncea ha iniciado un proyecto de ley tendiente a modificar el artículo 63 del Código Tributario que estatuye que el Servicio de Impuestos Internos hará uso de todos los medios legales para comprobar la exactitud de las declaraciones presentadas por los contribuyentes y para obtener las informaciones y antecedentes relativos a los impuestos que se adeuden o pudieran adeudarse. Para este efecto el Jefe de la oficina respectiva podrá citar al contribuyente para que, dentro del plazo de un mes, presente una declaración o rectifique, aclare, amplíe o confirme la anterior.
Es de ordinaria ocurrencia que el referido Servicio proceda a girar diferencias sin hacer uso de la facultad de notificar previamente al contribuyente para que efectúe los descargos que corresponda. Esto complica notoriamente el resultado de los reclamos posteriores, los que para efectuarlos exigen la cancelación de los giros que se hubieren hecho.
Expresa el autor de la moción que en nada perjudicaría al Servicio y, en cambio, se beneficiaría a los contribuyentes si esta citación previa al contribuyente fuere obligatoria cuando el Servicio estime que deba girar diferencias en contra de determinados contribuyentes, el que tendrá el plazo general dé treinta días para hacer las presentaciones que estime convenientes.
La Comisión de Hacienda comparte el espíritu que anima al Honorable Senador señor Foncea al someterse a la consideración del Honorable Senado este proyecto de ley y le ha prestado su aprobación en los términos en que os indicamos más adelante recomendándoos adoptar igual predicamento.
Proyecto de ley:
Artículo único.- Agrégase el siguiente inciso final al artículo 63 del Código Tributario:
Sin embargo, si como consecuencia de la revisión se estableciere que debe girar diferencias en contra del contribuyente, deberá citársle antes dé efectuarse el giro correspondiente, para que haga sus descargos en los plazos establecidos en el inciso segundo...
Sala de la Comisión, a 16 de agosto de 1973.
Acordado en sesión del día martes 14 de agosto de 1973, con asistencia de los Honorables Senadores señores Bossay (Presidente), Musalem, Phillips, Rodríguez y Silva Ulloa.
(Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario.
6.- INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR HAMILTON, QUE DICTA NORMAS SOBRE FIJACIÓN DE TARIFAS PARA EL TRANSPORTE AEREO QUE EFECTUÉ LINEA AEREA NACIONAL DESDE O HACIA LAS PROVINCIAS DE AISEN Y DE MAGALLANES.
Honorable Senado:
En sesión de fecha 9 de agosto acordasteis enviar esta materia en informe a la Comisión de Hacienda para tratarlo en el primer lugar de la sesión ordinaria a realizarse en el día de hoy.
La moción del Honorable Senador señor Hamilton tiene por objeto legislar para evitar que las tarifas que Línea Aérea Nacional aplica a sus vuelos hacia o desde las provincias de Aisén o Magallanes no se reajusten más de una vez en cada año calendario y que este reajuste no pueda exceder del 50 % del alza del costo de la vida en el año calendario anterior.
Es evidente que esta proposición de ley involucra reducir los ingresos que por este concepto percibe Línea Aérea Nacional y, en consecuencia, contribuye a su desfinanciamiento, materia de la cual se ocupó esta Comisión.
El Honorable Senador señor Rodríguez planteó la conveniencia de que esta Comisión se abocara a un análisis completo de la situación financiera de esta empresa estatal, designando una subcomisión que se encargara de estudiar el problema financiero global, que deriva de compromisos existentes, de sus plantas administrativas y de compra de equipos que afronta, en forma ineludible, esta empresa que tan importantes servicios presta, nacional e internacionalmente. Informó haberse reunido con el señor Ministro de Hacienda para obtener su apoyo en la búsqueda de una solución que le permita a Línea Aérea Nacional afrontar adecuadamente sus obligaciones financieras, al mismo tiempo que modernizar e incrementar sus equipos.
El Honorable Senador señor Phillips concordó en que la situación de Línea Aérea Nacional interesa a todos los chilenos y es por ello que ha habido grave preocupación por el desprestigio que se ha cernido en ocasiones sobre esta empresa, ocasionando un grave perjuicio a Chile.
Recordó que la Línea Aérea Nacional, durante la administración anterior, logró la cúspide de su desarrollo al ser equipada con los más modernos equipos y prestar una excelente atención, realidad que difiere sustancialmente a la que esta línea aérea ha vivido en los últimos años, en que incluso ha llegado a ser albergue de guerrilleros, no obstante que reconoce la existencia de una recuperación en los últimos meses.
Estima que el problema financiero de Línea Aérea Nacional se ha complicado con la existencia de un importante material de vuelo que se encuentra fuera de uso y, además, porque el Ejecutivo no ha dado cumplimiento a la entrega de aportes de divisas presupuestarias.
El señor Phillips expresó su buena voluntad para aceptar la proposición del señor Rodríguez y al mismo tiempo dar su apoyo a la iniciativa del señor Hamilton de consultar tarifas diferenciadas para los residentes de Aisén y Magallanes siempre y cuando se reembolsare en forma efectiva a Línea Aérea Nacional por el menor ingreso que obtendría de adoptarse esta medida.
El Honorable Senador señor Hamilton hizo presente que, concordando con la sugerencia del señor Rodríguez de abordar globalmente el problema de Línea Aérea Nacional, no debía confundirse esa materia con la específica contenida en el proyecto de ley en informe, que tiene por finalidad hacer efectiva para un sector importante de la población, que reside en un extremo del país, la garantía constitucional de trasladarse de un punto a otro del territorio nacional, lo que se impide a los trabajadores de esa zona al fijarse al único medio de transporte de que disponen para salir de ella precios que no concuerdan con su realidad salarial.
El señor Iván Cerda, Gerente de Finanzas de LANCHILE, señaló que Línea Aérea Nacional ha estado desde hace tiempo preocupada de atender preferentemente los residentes de la zona del extremo sur, lo que se prueba con la estadística de que el 35% del total de pasajes nacionales de LAN se extienden precisamente a o desde la zona de Aisén o Punta Arenas. Además se han dictado decretos que otorgan rebajas de hasta el 40% a residentes de dicha zona, atendidos el monto de sus ingresos.
El Presidente de la Comisión manifestó también su buena disposición para efectuar un análisis completo de la situación de LANCHILE, a fin de buscar la forma de devolverle su potencialidad perdida, sin embargo hizo notar que no correspondía a esta Comisión entrometerse en la política financiera de esa empresa estatal, siendo ello obligación de su administración y del Poder Ejecutivo. La Comisión de Hacienda no tiene facultades fiscalizadoras ni tampoco puede otorgar financiamientos que no respondan a proyectos específicos, los que, por otra parte, para ser financiados con impuestos deben tener su origen en la Cámara de Diputados. No obstante lo anterior reiteró su disposición a evacuar personalmente o colectivamente en la Comisión cualquier consulta que quisiera hacerle LANCHILE acerca de peticiones de financiamiento.
En una sesión, posterior el Honorable Senador señor Hamilton, en presencia del Gerente de Finanzas de LANCHILE, dio a conocer los puntos de acuerdo a que habría llegado con este Ejecutivo a fin de beneficiar a los clientes de esa empresa residentes en el extremo sur, puntos que omitimos reseñar por estar contenidos en el proyecto de ley que transcribimos más adelante.
El proyecto de ley se complementa con un artículo 3º que establece ser obligación del Presupuesto de la Nación consultar los fondos necesarios para suplir el menor ingreso que obtenga LANCHILE por la aplicación de esta ley.
Por las consideraciones expuestas os proponemos aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1º.- La Línea Aérea Nacional y demás líneas aéreas no podrán aumentar el valor de las tarifas correspondientes al transporte aéreo de pasajeros, carga o correspondencia que efectúe desde o hacia las provincias de Aisén y de Magallanes, sino una vez en cada año calendario y, en tal caso, el mayor valor no podrá ser superior al aumento que haya experimentado el costo de operación de los vuelos a la zona referida.
Articuló 2º.- Las tarifas que se fijen en conformidad al artículo anterior regirán rebajadas en un 20% para aquellos que acrediten ser residentes en las provincias de Aisén o Magallanes. Este porcentaje se elevará al 40% si dichos residentes perciben ingresos inferiores a cinco sueldos vitales mensuales vigentes en las citadas provincias.
Artículo 3º.- A partir del año 1974 la Ley de Presupuestos de la Nación deberá consultar, anualmente, un ítem que contemple fondos suficientes para compensar a Línea Aérea Nacional los menores ingresos que se le produjeren como consecuencia de la aplicación de esta ley..
Sala de la Comisión, a 21 de agosto de 1973.
Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables
Senadores señores Bossay (Presidente), Musalem, Phillips, Rodríguez y Silva Ulloa.
(Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario.
7.- SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS QUE FIJA LAS PLANTAS DE CARGOS PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO Y DEL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Obras Públicas tiene el honor de emitiros su segundo informe reglamentario sobre el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que fija las Plantas de Cargo para el personal del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y del Parque Metropolitano de Santiago.
A la sesión en que se trató esta materia asistieron los señores Carlos Müller Reyes, Subsecretario de la Vivienda y Urbanismo; Sergio Farías Fernández, Director Jurídico del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, y Francisco Lira Teube, Director de la Asociación del Personal de la misma Secretaría de Estado.
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 106 del Reglamento, dejamos constancia de lo siguiente:
I.- Artículos del proyecto propuesto en nuestro primer informe que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones: 4º, 5º, 9º (que pasa a ser 10), 13 (que pasa a ser 14), 14 (que pasa a ser 15), 16 y 17;
II.- Artículos que sólo fueron objeto de indicaciones rechazadas: 2ºy 7º;
III.- Artículos que fueron objeto de indicaciones aprobadas: 1º, 3º, 6º, 8º, 10 (que pasa a ser 11), 11 (que pasa a ser 12), 12 (que pasa a ser 13) y 15 (que fue suprimido)
IV.- Artículos nuevos aprobados en este trámite: 9º, 18, 19, 20 y 21;
V.- Indicaciones rechazadas: 2, 4, 10, 11, 12 y 20;
VI.- Indicaciones aprobadas: 1, 3, 5, 6, 13, 14, 16, 18, 19, 21, 23, 24, 25 y 26, y
VIII.- Indicaciones retiradas: 7, 8, 9, 15, 17 y 22.
Las indicaciones formuladas durante la discusión general constan en el Boletín Nº27.100, que forma parte integrante de este informe.
Por consiguiente, deben darse por aprobados los artículos indicados en el número I, y los del número II siempre que las indicaciones de que fueron objeto no sean renovadas en su oportunidad.
Deben discutirse y votarse las modificaciones introducidas en los artículos señalados en el número III y los artículos del número IV, como asimismo las indicaciones referidas en el número V, siempre que fueren renovadas en forma reglamentaria.
I.- Indicaciones aprobadas.
En este acápite nos referiremos tanto a las indicaciones que aprobamos en los mismos términos en que fueron formuladas, como las que merecieron nuestra aprobación parcial o con enmienda.
A).- la indicación signada con el Nº 1, del Honorable Senador señor Hamilton, modifica el número I del artículo 1º del proyecto y tiene por objeto disminuir algunos cargos en la Planta Directiva de la Planta Subsecretaría del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
A este respecto, el autor de la indicación expresó que consideraba excesivo consultar doce cargos entre Jefes de Gabinetes, Secretarios, Ayudantes y Coordinadores, Por ello, propuso crear un solo cargo de Jefe de Gabinete, mantener dos cargos de Secretarios Privados lo que modifica su propia indicación y únicamente dos de Ayudantes Técnicos, y suprimirlos dos cargos de Coordinadores.
El Director Jurídico del Ministerio explicó que la Planta de que se trata contiene cargos correspondientes a funcionarios que colaboran tanto con el Ministro como con el Subsecretario, razón por la cual el Ejecutivo había propuesto crear dos cargos de Jefe de Gabinete.
La unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión, señores Phillips, Hamilton y Valenzuela, aprobó esta indicación, con la supresión de los cargos de Coordinadores, pero consultando dos cargos de Secretarios Privados.
B.- La indicación Nº3, del Honorable Senador señor Hamilton, reduce de diez a seis los cargos del Escalafón de Periodistas de la Planta General del Ministerio que fija el artículo 1º del proyecto.
Unánimemente, con los votos de los Honorables Senadores señores Phillips, Hamilton y Valenzuela, vuestra Comisión aprobó esta indicación.
C.- La indicación Nº5, del Honorable Senador señor Diez, recae en el, inciso primero del artículo 3º, el cual determina que la primera provisión de los cargos del Escalafón, Directivo de Mandos Medios de la Planta General del Ministerio, que no sean de libre designación del Presidente de la República, deberá hacerse mediante concurso de conformidad al Estatuto Administrativo.
La indicación en estudio tiene por objeto que la provisión de la totalidad de los cargos referidos se efectúe en la forma ya señalada,' incluso aquellos respecto de los cuales, según el citado Estatuto, el Presidente de la República tiene facultad para designarlos libremente.
La unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión, aprobó esta indicación.
D.- La indicación Nº 6, del Honorable Senador señor Diez, tiene por objeto que la preferencia establecida en el artículo 39 del proyecto para oponerse el concurso de provisión de los cargos del mencionado Escalafón Directivo de Mandos Medios favorezca sólo a los funcionarios de planta que estuvieren en servicio a la época de publicación de la ley, excluyéndose de aquella preferencia a los funcionarios a contrata.
La unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión aprobó la indicación.
E.- La indicación Nº 13, del Honorable Senador señor Hamilton, sustituye el inciso tercero del artículo 8º del proyecto, el cual señala como requisito para llenar los cargos del Escalafón de Procuradores la circunstancia de haber cursado tercer año de Derecho a lo menos. Debido a que los estudios referidos ya no se realizan por años, sino por semestres, la indicación hace aplicable la norma general de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados que regula los requisitos para ser mandatario judicial.
Unánimemente, vuestra Comisión aprobó esta indicación.
Con la misma votación, se aprobó una indicación de los Honorables Senadores señores Phillips y Hamilton, concerniente a la signada con el Nº 13, que consulta un agregado al inciso segundo del mencionado artículo 89. Dicho agregado dispone que el funcionario que al 31 de diciembre de 1972 ocupaba el cargo de Subdirector Administrativo, deberá ser encasillado en el Escalafón de Coordinadores Directivos, a contar del 1º de enero del año en curso.
F.- La indicación Nº 14, que tuvo su origen en el Ejecutivo, agrega un artículo nuevo a continuación del 89.
El nuevo artículo propuesto señala que las Plantas del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo que se fijan por el artículo 1º del proyecto, regirán desde el 1º de enero de 1973.
El inciso primero establece que los funcionarios de planta en servicio al 31 de diciembre de 1972, serán encasillados desde el 1º de enero del año en curso; en cambio, los funcionarios que hubieren ingresado a la Planta con posterioridad a diciembre de 1972 y antes de la publicación de la ley en proyecto, serán encasillados desde sus respectivos nombramientos.
Más adelante, el inciso tercero del artículo propuesto determina que los funcionarios del Ministerio que estuvieran contratados al 31 de diciembre de 1972 y que en virtud de lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 79 pueden ser encasillados en la Planta, serán encasillados a partir del 1º de enero de 1973. Respecto del encasillamiento de los funcionarios contratados con posterioridad al 31 de diciembre de 1972, pero antes de la publicación de la ley, se establece que regirá a partir de la respectiva contratación.
En seguida, el inciso final del artículo nuevo propuesto prescribe que, encasillados los funcionarios de planta o a contrata en servicio a la fecha de publicación de la ley, los cargos vacantes se llenarán en conformidad al Estatuto Administrativo, rigiendo sus nombramientos desde la respectiva resolución, salvo los cargos de Directivos de Mandos Medios que recaigan en funcionarios que al 31 de diciembre de 1972 desempeñaban funciones propias de esos cargos, caso en el cual no se requerirá concurso y sus encasillamientos regirán a partir del 1º de enero de 1973.
Dado que el precepto arriba comentado contempla los acuerdos a que llegaron las autoridades del Ministerio con el personal del mismo, la respectiva indicación mereció la aprobación unánime de vuestra Comisión.
G.- La indicación Nº 16, proveniente del Ejecutivo, propone reemplazar el artículo 10 del proyecto, que fija las Plantas de Cargo para el personal del Parque Metropolitano de Santiago.
En primer lugar, el artículo propuesto agrega dos Escalafones nuevos a dicha Planta, uno de los cuales el da Choferes se crea con cargos que se disminuyen en otros.
En efecto, primeramente se crea el Escalafón de Coordinadores en la Planta Directiva del Parque Metropolitano, a fin de que en él sean encasillados los funcionarios que actualmente desempeñan los cargos titulares de Administrador y Subadministrador.
Luego, la otra modificación consignada en el artículo propuesto, consiste en suprimir 11 cargos en el Escalafón de Auxiliares Especializados y 7 en el Escalafón de Auxiliares de la Planta de Servicios Menores, todos los cuales pasan a formar parte del nuevo Escalafón de Choferes que esta indicación crea.
Por otra parte, el inciso segundo del nuevo artículo prescribe que se encasillará,' sin sujeción a las normas que para ingresar a la Administración Pública establece el D. F. L. Nº338, de 1960, todo el personal que se encontraba en servicio a la fecha de publicación de la ley en proyecto y que, además, estaba en funciones al 31 de diciembre de 1972. Sobre el particular, cabe tener presente que el artículo 10 del proyecto de nuestro primer informe sólo otorgaba este beneficio a aquellos funcionarios que se hallaban en funciones al 30 de septiembre de 1971.
El inciso tercero de este artículo nuevo contiene la misma norma establecida en nuestro anterior informe, es decir, consulta expresamente el principio de que su aplicación no podrá significar eliminación de personal en servicio a la fecha de publicación de esta iniciativa como ley; ni tampoco disminución de sus remuneraciones, ni pérdida de su régimen previsional o dé cualquier otro beneficio.
La indicación en referencia fue también aprobada por unanimidad.
H.- La indicación signada con el Nº18, que tuvo como la anterior origen en el Ejecutivo, sustituye el artículo 11 de la iniciativa, que da efecto retroactivo tanto a las Plantas del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo como a las del Parque Metropolitano de Santiago, y que, en su inciso segundo, dispone que las Plantas de esa Secretaría de Estado deberán ser provistas exclusivamente con el personal que al 31 de diciembre de 1972 se encontraba en servicio en el mismo Ministerio.
Dado que en la indicación Nº14, aprobada por vuestra Comisión, que agregó un artículo nuevo a continuación del 8º, se considera la fecha de vigencia de las Plantas del Ministerio, estimamos innecesario que el artículo 11 se refiera nuevamente a materias sobre las cuales ya se había legislado.
Por esta causa, la unanimidad de vuestra Comisión aprobó la indicación en estudio, que sólo da efecto retroactivo a la vigencia de la Planta del Parque Metropolitano.
I.- La indicación Nº19, proveniente del Ejecutivo, concede personalidad jurídica a las diversas asociaciones gremiales del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, del Parque Metropolitano de Santiago y de las instituciones o Corporaciones que se relacionan con el Gobierno a través de la mencionada Secretaría de Estado.
También por unanimidad, vuestra Comisión aprobó esta indicación, puesto que ella satisface un anhelo largamente sentido por los gremios respectivos.
J.- En seguida, vuestra Comisión aprobó unánimemente la indicación Nº21, de los Honorables Senadores señores Diez y Hamilton, la cual suprime el artículo 15, que faculta al Presidente de la República para dictar el texto definitivo de la ley Nº16.391 y sus modificaciones posteriores.
Al adoptar tal temperamento, tuvimos en consideración que eran excesivas dichas facultades.
K.- La indicación Nº23, formulada por el Ejecutivo, agrega un artículo 18, nuevo, a continuación del artículo 17.
El referido artículo nuevo declara válidos los pagos efectuados durante los meses de enero a septiembre de 1972, por concepto de asignación familiar, que excedieron el reajuste permitido por la ley Nº 17.597.
La unanimidad de vuestra Comisión estuvo de acuerdo con esta indicación y, en consecuencia, la aprobó.
L.- La indicación Nº24, del Honorable Senador señor Hamilton agrega un artículo 19, nuevo, que establece que los trabajadores contratados por las Corporaciones qué se relacionan con el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y que desempeñan labores de ejecución directa, no podrán participar en las elecciones de los dirigentes gremiales de las asociaciones a las cuales el proyecto en informe concede personalidad jurídica.
El señor Senador autor de la iniciativa solicitó se modificara la redacción de la misma, con el objeto de precisar su verdadero sentido y alcance, que es el expresado en el párrafo precedente.
Unánimemente, vuestra Comisión aprobó la iniciativa con la modificación propuesta por su autor.
M.- La indicación Nº25, del mismo señor Senador, agrega un artículo nuevo, signado con el número veinte, que establece el derecho de los funcionarios del sector vivienda para recurrir a la Contrataría General de la República con el fin de que ésta revise sus calificaciones, con amplias facultades.
Con enmiendas meramente formales, vuestra Comisión, en forma unánime, aprobó esta indicación.
N.- Por último, vuestra Comisión aprobó unánimemente la indicación Nº26, del Honorable Senador señor Hamilton, para agregar un precepto que establece que las Plantas del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y las de las Corporaciones que se relacionan con el Gobierno a través de él, podrán modificarse únicamente en virtud de una ley.
Actualmente las Plantas de las referidas Corporaciones pueden alterarse mediante la vía del decreto supremo.
La unanimidad de vuestra Comisión aprobó la iniciativa, teniendo presente que ella iguala la situación de todos los funcionarios del sector vivienda.
2.- Indicaciones rechazadas:
A.- La indicación Nº2, formulada por el Ejecutivo, modifica el artículo 1º del proyecto, y tiene por objeto dividir el Escalafón de Bibliotecarios o Traductores de la Planta General del Ministerio, en dos Escalafones distintos. Según explicaron los funcionarios del Ministerio, la indicación obedece a una petición de los afectados, quienes la fundamentan en la circunstancia de que el mencionado Escalafón comprende a profesiones distintas.
Por unanimidad, vuestra Comisión rechazó la iniciativa en razón de que, a su juicio, no se justifica la mencionada división.
B.- La indicación Nº 4, de los Honorables Senadores señores Diez y Hamilton, tiene por objeto suprimir el artículo 2º del proyecto, que declara de la exclusiva confianza del Presidente de la República los cargos que integran la Planta de la Subsecretaría, los 27 cargos del Escalafón Directivo de la Planta General del Ministerio y el cargo de Director del Parque Metropolitano de Santiago.
El Honorable Senador señor Hamilton retiró su firma de tal indicación.
Puesta en votación, ella fue rechazada con la sola abstención del Honorable Senador señor Phillips.
C.- La indicación Nº 10, del Honorable Senador señor Diez, propone suprimir el artículo 69 del proyecto, que establece el derecho de los funcionarios directivos, a excepción de los que tengan la calidad de Directores, que estaban en servicio al 31 de diciembre de 1972, para solicitar dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la ley en proyecto su encasillamiento en los Escalafones que les corresponda de acuerdo a su profesión, especialidad o actividad funcionaría.
Vuestra Comisión, con el voto favorable a la iniciativa del Honorable Senador señor Phillips, y los votos contrarios de los Honorables Senadores señores Hamilton y Valenzuela, rechazó esta indicación por considerar que el derecho de opción consultado en el artículo que se propone suprimir, constituye una verdadera solución de los problemas suscitados en el Ministerio.
En relación con esta indicación, vuestra Comisión, por unanimidad, acogió una idea del Honorable Senador señor Hamilton, para sustituir al final del inciso primero del precepto el guarismo 5 por 15, con el fin de facilitar el ejercicio del referido derecho de opción. El señor Subsecretario de la Vivienda y Urbanismo exteriorizó la conformidad del Ejecutivo con esta enmienda.
D.- La indicación Nº 11, del Honorable Senador señor Diez, incide en el inciso primero del artículo 79 del proyecto, en el que se establece la forma de efectuar los encasillamientos de los funcionarios del Ministerio en cargos que no sean directivos. Según esta disposición, tal encasillamiento deberá hacerse por estricto orden de Escalafón, exceptuándose los cargos que sean de la exclusiva confianza del Presidente de la República o de su libre designación. La indicación propone eliminar esta excepción.
Con el voto favorable a la indicación del Honorable Senador señor Phillips y los votos en contra de los Honorables Senadores señores Hamilton y Valenzuela, vuestra Comisión rechazó la iniciativa.
E.- La, indicación Nº 12, también del Honorable Senador señor Diez, tenía el mismo objetivo que la indicación Nº 13, del Honorable Senador señor Hamilton, la que como os lo explicamos, fue aprobada por la Comisión. En consecuencia, la referida indicación Nº 12 fue rechazada con los votos de los Honorables Senadores señores Hamilton y Valenzuela, y el voto disidente del Honorable Senador señor Phillips, quien estimó más adecuada la redacción de la iniciativa del Honorable Senador señor Diez.
F.- La indicación Nº 20, formulada por el señor Senador recién nombrado, propone sustituir el inciso segundo del artículo 12 del proyecto de nuestro primer informe, con el fin de hacer aplicables a las elecciones de los dirigentes de las organizaciones gremiales a las cuales la iniciativa concede personalidad jurídica, las normas pertinentes de la Ley General de Elecciones.
Con el voto favorable del Honorable Senador señor Phillips y la oposición de los Honorables Senadores señores Hamilton y Valenzuela, vuestra Comisión no aceptó esta indicación por considerar que la aplicación de aquel texto legal haría engorroso el procedimiento electoral de los sindicatos.
En mérito de las consideraciones que preceden, vuestra Comisión de Obras Públicas tiene el honor de recomendaros que aprobéis el proyecto de ley contenido en nuestro primer informe, con las siguientes modificaciones:
Artículo 1º
Reemplazar en el número I.- Planta de Subsecretario,, la Planta Directiva, por la siguiente:
Planta Directiva
f/g Subsecretario 1
B * Jefe de Gabinete 1
D Secretarios Privados ... 2
Ayudantes Técnicos 2
6.
En el número II.Planta General del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, reemplazar el Escalaón de Periodistas, por el siguiente:
Escalafón de Periodistas:
CH Periodistas 2
D Periodista . 1
E Periodista 1
F Periodista 1
G Periodista 1
6.
Artículo 3º
En su inciso primero, eliminar, a continuación de la expresión Mandos Medios, la frase que dice: que no sean de libre designación del Presidente de la República, y la coma que la sigue; intercalar entre las palabras los funcionarios y del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, los vocablos de planta, y suprimir la frase final ya sean de planta o a contrata.
En seguida, intercalar como inciso segundo, nuevo, el siguiente:
Los concursos deberán hacerse con participación de representantes designados por la Directiva de la respectiva asociación de funcionarios y estarán en todo caso sujetos a la supervigilancia de la Contraloría General de la República.
En su inciso segundo, que pasa a ser tercero, sustituir el vocablo anterior por primero.
Artículo 6º
En su inciso primero, reemplazar el guarismo 5 por 15.
Artículo 8º
En su inciso segundo, reemplazar la referencia al artículo siguiente por otra al artículo 10. En seguida, agregar la siguiente oración final, en punto seguido:
El funcionario que ocupaba el cargo de Subdirector Administrativo grado F de la Planta Directiva del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo al 31 de diciembre de 1972, deberá ser encasillado en igual grado en el Escalafón de Coordinadores Directivos establecido en el artículo 1° de esta ley, a contar desde el 1º de enero de 1973, aunque a la fecha de publicación de la presente ley no estuviere ocupando el cargo de Subdirector Administrativo y se encontrare contratado asimilado a grado.
Sustituir su inciso tercero, por el siguiente:
Para ingresar a los cargos de los nuevos grados que se crean en el Escalafón de Procuradores, será necesario cumplir con los requisitos que, para los estudiantes o egresados de alguna Facultad de Derecho de las Universidades del país, establece el inciso primero del artículo 41 de la ley Nº 4.409, de 9 de octubre de 1941..
Agregar en seguida, como artículo 9º, el siguiente, nuevo:
Artículo 9ºLas Plantas fijadas en el artículo 1º de la presente ley regirán desde el 1º de enero de 1973 y desde la misma fecha deberán ser encasillados los funcionarios de planta que estaban en servicio al 31 de diciembre de 1972, de acuerdo con las normas contenidas en los artículos anteriores.
Los funcionarios de planta que hayan sido designados entre el 1º de enero de 1973 y la fecha de publicación de esta ley, deberán ser encasillados a contar de la fecha de sus respectivos nombramientos.
Los funcionarios contratados que estaban en servicio al 31 de diciembre de 1972, que sean encasillados en las Plantas a que se refiere el artículo 1º, de conformidad a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 7º, serán encasillados a contar del 1º de enero de 1973. Respecto de los funcionarios contratados entre esa última fecha y la de publicación de esta ley, su encasillamiento regirá desde la respectiva contratación.
Una vez practicados los encasillamientos a que se refieren los incisos anteriores, los cargos que queden vacantes deberán ser provistos de conformidad a lo dispuesto en los artículos 17 y siguientes del D.F.L. Nº338, de 1960. En todo caso, los nombramientos que se hagan para proveer estos cargos, regirán desde la fecha del correspondiente nombramiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de esta ley..
Artículo 9º
Ha pasado a ser artículo 10, sin modificaciones.
Artículo 10
Ha pasado a ser artículo 11, con las siguientes modificaciones: Agregar, a continuación del título Planta Directiva, el siguiente:
Escalafón Directivo.
En seguida, consultar en la misma Planta Directiva un Escalafón de Coordinadores, nuevo, a continuación del Escalafón Directivo, en los siguientes términos:
Escalafón de Coordinadores:
B Coordinador 1
C Coordinador 1
2.
Sustituir, en el Escalafón de Auxiliares Especializados de la Planta de Servicios Menores, el número de cargos 13 por 12 correspondiente al grado R Auxiliares Especializados; asimismo, eliminar los grados RR Auxiliares Especializados 10. En consecuencia, se sustituye el total del número de cargos del referido Escalafón de Auxiliares Especializados, de 145 por 134.
Sustituir, en el Escalafón siguiente, Escalafón de Auxiliares, el número de cargos 8 correspondiente al grado R Auxiliares por 7, y eliminar los grados RR Auxiliares 6. En consecuencia, se sustituye el total del número de cargos del mencionado Escalafón de Auxiliares de 57. por 50.
En seguida, consultar el siguiente Escalafón de Choferes, nuevo, a continuación del Escalafón de Auxiliares:
Escalafón de Choferes:
M Choferes . 3
N Choferes ... 3
Ñ Choferes 3
O Choferes:... .., , ., 3
P Choferes 3
Q Choferes ... .. ... , , 3
18.
En el inciso segundo, sustituir la fecha 30; de septiembre de 1971 por 31, de diciembre de 1972.
Por último, sustituir su inciso final,, por el siguiente: Los funcionarios que a la fecha, de esta ley desempeñen los cargos titulares de Administrador y Subadmiñistrador del Parque Metropolitano de Santiago, que no fueren encasillados en la Planta Directiva, deberán ser encasillados en los cargos de Coordinadores. Estos cursos se entenderán suprimidos cuando los funcionarios que se encasillen en ellos, cesen en el ejercicio de sus cargos por alguna causa legal..
Artículo 11
Ha pasado a. ser artículo 12, sustituido por el siguiente: Artículo 12. Las Plantas fijadas en el artículo 11 de esta ley y sus respectivos encasillamientos, regirán desde el 19 de enero de 1973..
Artículo 12
Ha pasado a ser artículo 13, con la sola modificación de sustituir su inciso primero, por el siguiente:
La Federación Nacional de Trabajadores de la Vivienda; la Asociación de Trabajadores del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; la Asociación de Trabajadores del Servicio de Bienestar del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; la Asociación de Empleados y Auxiliares de la Corporación de Servicios Habitacionales; la Asociación del Personal de la Corporación de Mejoramiento Urbano; la Asociación de Trabajadores de la Vivienda; la Asociación del Personal de Trabajadores de Desarrollo Social; la Asociación, Nacional de Funcionarios dé la División de Servicios Sanitarios de la Corporación de Obras Urbanas, y la Asociación de Trabajadores del Parque Metropolitano de Santiago gozarán de personalidad jurídica en la forma establecida en el artículo 6º de la ley Nº17.594, de 4 de enero de 1972..
Artículos 13 y 14
Han pasado a ser artículos 14 y 15, respectivamente, sin modificaciones.
Artículo 15
Suprimirlo.
En seguida, consultar como artículos 18, 19, 20 y 21, los siguientes, nuevos:
Artículo 18.- Decláranse válidamente efectuados y no sujetos a reintegro los pagos del beneficio de la asignación familiar, efectuados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y las instituciones de su dependencia a sus personales, durante los meses de enero a septiembre de 1972, que hubieren excedido el montó permitido por el artículo único de la ley Nº17.597 en relación con el artículo 11 de la ley Nº17.654, provenientes de la interpretación dada por estos Servicios de las normas especiales sobre asignación familiar contempladas en el artículo 12 del D.F.L. Nº 56, de 1960.
Artículo 19.- Para los efectos señalados en el inciso segundo del artículo 13, no podrán considerarse como trabajadores de las distintas Corporaciones que se relacionan con el Gobierno a través del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, al personal contratado en las obras de ejecución directa de las mismas.
Artículo 20.- Declárase que los funcionarios del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y de las Corporaciones que se relacionan con el Gobierno a través de esa Secretaría de Estado, podrán recurrir a la Contraloría General de la República para que ésta conozca sus calificaciones por la vía de la apelación y pueda confirmarlas, dejarlas sin efecto o modificarlas apreciando la «prueba en conciencia.
Artículo 21.- Las Plantas del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y de las Corporaciones que se entienden con el Gobierno a través de esa Secretaría de Estado sólo se podrán modificar por ley..
En virtud de las modificaciones que anteceden, el proyecto de ley queda como sigue:
Proyecto de ley:
Artículo 1ºFíjanse las siguientes Plantas de Cargos para el personal del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Grado Denominación Nº de cargos
1.- Planta de Subsecretaría.
Planta Directiva.
f/g Subsecretario ... 1
B Jefe de Gabinete 1
D Secretarios Privados ... 2
Ayudantes Técnicos ... 2
Planta Administrativa.
F Oficial Administrativo 1
G Oficiales Administrativos 2
H Oficiales Administrativos 2
I Oficial Administrativo 1
II.- Planta General del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. Planta Directiva. Escalafón Directivo:
A Director General de Planificación y Presupuesto (1), Director de Asuntos Jurídicos (1), Director de Asuntos Administrativos y Secretario General (1), Director de Oficinas Regionales (1), Director de Planificación del Desarrollo Urbano (1), Director de Planificación y Equipamiento Comunitario (1), Director de Planificación Habitacional (1), Director de Finanzas (1), Director de Estudios y Fomento Habitacional (1), Director de Control y Evaluación (1) 10
B Subdirector de Asuntos Jurídicos (1), Subdirector de Asuntos Administrativos (1), Jefe Departamento Central de Difusión (1), Jefe Departamento de Bienestar (1), Secretario Abogado del Consejo Nacional de la Vivienda (1), Delegados Zonales (12) 27
Grado Denominación Nº de cargos
Escalafón Directivo de Mandos Medias:
B Jefes de Departamentos (14) ...... 14
C Jefes de Subdepartamentos (7), Jefe de Oficina de
Organización, Control y Métodos (1) ........ . 8
CH Jefes de Subdepartamentos ... 4
D Jefes de Sección ... 8
E Jefes de Sección ... .. ... 15
F Jefes Administrativos de Delegaciones (12), Jefe
Oficina de Inventarios (1) 13
G Jefe Oficina de Informaciones 1
63
Escalafón de Coordinadores Directivos:
A Coordinadores Directivos .. 7
B Coordinadores Directivos .. . 14
C Coordinadores Directivos 2
CH Coordinador Directivo 1
D Coordinadores Directivos 10
F Coordinador Directivo ... ... ...... 1
H Coordinador Directivo 1
36
Planta Profesional y Técnica.
Escalafón de Abogados:
C Abogados ... 3
CH Abogados ... ... ... ...... 2
D Abogados ... 4
E Abogados ... 3
F Abogados (1), Abogados Delegaciones (6) .: .. 7
19
Escalafón de Ingenieros:
B Ingenieros ... 3
C Ingenieros 5
CH Ingenieros 7
D Ingenieros 5
E Ingenieros 4
Grado Denominación Nº de cargos
Escalafón de Arquitectos,:
C Arquitectos 16
CH Arquitectos 16
D Arquitectos 18
E Arquitectos 16
F Arquitectos 16
82
Escalafón de Sociólogos:
C Sociólogo 1
CH Sociólogo 1
D Sociólogo 1
E Sociólogos 2
F Sociólogo 1
6
Escalafón de Constructores:
C Constructores 3
CH Constructores ' 4
D Constructores , 4
E Constructores 6
F Constructores 4
G Constructores 3
24
Escalafón de Geógrafos:
C Geógrafo 1
CH Geógrafo .. 1
D Geógrafos 2
E Geógrafos 2
F Geógrafo 1
7
Escalafón de Administradores Públicos:
CH Administrador Público 1
D Administrador Público ... 1
E Administradores Públicos 2
Grado Denominación Nº de cargos
F Administradores Públicos 3
G Administradores Públicos 2
H Administradores Públicos 2
11
Escalafón de Contadores:
CH Contadores 2
D Contadores 2
E Contadores 3
F Contadores 3
G Contadores 4
H Contadores 3
I Contadores : 3
J Contadores 3
23
Escalafón de Bibliotecarios o Traductores:
D Bibliotecario o Traductor 1
E Bibliotecario o Traductor ... ... 1
F Éibliotecarios o Traductores 2
G Bibliotecario o Traductor 1
5
Escalafón de Técnicos Universitarios:
CH Técnico Universitario 1
D Técnico Universitario 1
E Técnico Universitario 1
F Técnico Universitario 1
G Técnico Universitario 1
5
Escalafón de Periodistas:
CH Periodistas 2
D Periodista 1
E Periodista 1
F Periodista 1
G Periodista 1
Grado Denominación N° de cargos
Escalafón de Diseñadores o Artífices:
D Diseñadores o Artíficas 2
E Diseñadores o Artífices 2
F Diseñador o Artífice 2
G Diseñador o Artífice 1
H Diseñador o Artífice 1
Escalafón de Asistentes. Sociales:
D Asistente Social 1
E Asistente Social 1
F Asistentes Sociales 2
G Asistentes Sociales 2
H Asistente Social 1
Escalafón de Egresados Universitarios:
F Egresados Universitarios 6
G Egresados Universitarios 7
H Egresados Universitarios 7
20 Escalafón de Procuradores:
CH Procurador 1
G Procurador 1
H Procurador 1
Escalafón de Coordinadores del Desarrollo Urbano:
D Coordinadores del Desarrollo Urbano 2
E Coordinadores del Desarrollo Urbano 8
F Coordinadores del Desarrollo Urbano 10
G Coordinadores del Desarrollo Urbano 9
29
Escalafón de Educadoras de Párvulos:
F Educadora de Párvulos 1
G Educadora de Párvulos 1
H Educadora de Párvulos 1
Grado Denominación Nº de cargos
Escalafón de Oficiales Técnicos:
F Oficiales Técnicos 6
G Oficiales Técnicos . ... 5
H Oficiales Técnicos 4
I Oficiales Técnicos 5
J Oficiales Técnicos 5
K Oficiales Técnicos 6
L Oficiales Técnicos 5
LL Oficiales Técnicos 4
M Oficiales Técnicos , 4
N Oficiales Técnicos 4
Ñ Oficiales Técnicos 4
52
Planta Administrativa.
Escalafón de Oficiales Administrativos:
F Oficiales Administrativos 18
G Oficiales Administrativos . 9
H Oficiales Administrativos 9
1 Oficiales Administrativos ... 9
J Oficiales Administrativos 10
K Oficiales Técnicos 6
L Oficiales Técnicos 5
LL Oficiales Técnicos 4
M Oficiales Técnicos 4
N Oficiales Técnicos 4
Ñ Oficiales Técnicos ... 4
O Oficiales Administrativos 8
P Oficiales Administrativos 7
Q Oficiales Administrativos 7
142
Escalafón de Auxiliares de Educadoras de Párvulos:
L Auxiliares de Educadoras de Párvulos ......... 2
LL Auxiliares de Educadoras de Párvulos ......... 4
M Auxiliares de Educadoras de Párvulos 3
Grado Denominación Nº de cargos
Planta de Servicios Menores.
Escalafón de Mayordomos:
M Mayordomo 1
1
Escalafón de Choferes:
M Choferes '3
N Choferes 3
Ñ Choferes .' 3
O Choferes 3
P Choferes .......... 4
Q Choferes 2
R Choferes ., .... ... ... 2
RR Chofer 1
21
Escalafón de Auxiliares Esocializados:
M Auxiliar Especializado 1
N Auxiliar Especializado 1
Ñ Auxiliar Especializado ... ... ....... ... 1
O Auxiliares Especializados ' 2
P Auxiliares Especializados ... ..... .' 2
Q Auxiliar Especializado .................... 1
R Auxiliar Especializado 1
RR Auxiliar Especializado 1
10
Escalafón de Auxiliares:
N Auxiliares ... ., 6
Ñ Auxiliares 8
O Auxiliares 14
P Auxiliares ... ... 12
Q Auxiliares 6
R Auxiliares 5
RR Auxiliares 5
III.- Planta de la Central de Informaciones de Vivienda y Urbanismo {CIVU).
Grado Denominación Nº de cargos
Planta Directiva.
Escalafón Directivo de Mandos Medios:
B Administrador del CIVU 1
C Jefe de Análisis (1), Jefe de Programación (1), Jefe de Programación de Sistemas (1), Jefe de
Operación Control (1) 4
CH Analistas 4
9
Planta Profesional y Técnica.
Escalafón de Programadores:
CH Programadores 2
D Programadores 3
E Programadores 3
F Programadores 2
G Programadores 2
12
Escalafón de Programadores de Sistemas:
CH Programador de Sistemas 1
D Programador de Sistemas 1
2
Escalafón de Operación de Computador:
E Jefe Operación de Computador 1
F Operadores 2
G Operadores 2
5
Escalafón de Control:
G Revisor ... . 1
H Revisores 3
4
Escalafón de perforistas:
G Perforista 1
H Perforistas 2
I Perforistas 3
J Perforistas 4
K Perforistas 2
12
Lo dispuesto en este artículo no afectará las facultades administrativas que correspondan al Subsecretario de acuerdo con el inciso 2º del artículo 18 de la ley Nº 16.391, agregado por el artículo 42 de la ley Nº 16.742, y otras disposiciones legales vigentes.
Artículo 2º.- Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72 Nº 5 de la Constitución Política del Estado, tendrán exclusivamente el carácter de Oficiales de Secretaría de Estado los funcionarios que integren la Planta de Subsecretaría a que se refiere el número I del artículo anterior. Asimismo, serán de la exclusiva confianza del Presidente de la República el cargo de Director del Parque Metropolitano de Santiago y los siguientes cargos de la Planta General del Ministerio: a) Director General de Planificación y Presupuesto; b) Director de Asuntos Jurídicos; c) Director de Asuntos Administrativos y Secretario General; d) Director de Oficinas Regionales; e) Director de Planificación Habitacional; f) Director de Planificación de Equipamiento Comunitario; g) Director de Planificación del Desarrollo Urbano; h) Director de Finanzas; i) Director de Estudios, y Fomento Habitacional; j) Director de Control y Evaluación; k) Subdirector de Asuntos Jurídicos; 1) Subdirector de Asuntos Administrativos; 11) Secretario Abogado del Consejo Nacional de la Vivienda; m) Jefe del Departamento Central de Difusión; n) Jefe del Departamento de Bienestar, y ñ) Delegados Zonales.
Artículo 3º.- La primera provisión de los cargos del Escalafón Directivo de Mandos Medios se hará mediante concurso, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20, letra a), del D.F.L. Nº338, de 1960. Tendrán preferencia para oponerse a este concurso, los funcionarios de planta del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo en servicio a la fecha de publicación de la presente ley.
Los concursos deberán hacerse con participación de representantes designados por la Directiva de la respectiva asociación de funcionarios y estarán en todo caso sujetos a la supervigilancia de la Contraloría General de la República.
No obstante lo dispuesto en el inciso primero, los funcionarios que al 31 de diciembre de 1972 desempeñaban funciones propias de alguno de los cargos Directivos de Mandos Medios que se crean, podrán ser designados en ellos sin necesidad de concurso, a partir del 1º de enero de 1973.
Artículo 4º.- Todos los funcionarios de las Plantas del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, existentes al 31 de diciembre de 1972, incluso los que desempeñan cargos que en virtud de esta ley se declaran de exclusiva confianza del Presidente de la República, deberán obligatoria
mente ser encasillados en las Plantas señaladas en el artículo 1º, en cargos de a lo menos igual grado del que tengan actualmente, aun cuando sean encasillados en un escalafón distinto al que se encontraren, sin perjuicio del derecho de opción que se otorga en el artículo 6º a los funcionarios directivos.
Artículo 5ºLos funcionarios de la Planta Directiva en servicio al 31 de diciembre de 1972, que no sean encasillados en el Escalafón Directivo dé la Planta Directiva a que se refiere el número II del artículo 1º, deberán ser encasillados en el escalafón de Coordinadores Directivos a que se refiere el mismo artículo, en el mismo grado que tenían a esa fecha, • sin perjuicio del' derecho dé opción contemplado en, el artículo 6º; pero para ser encasillados en el citado Escalafón. Directivo se requerirá su consentimiento escrito.
Los cargos del Escalafón de Coordinadores Directivos que no sean Objeto de encasillamiento por aplicación dé las normas del inciso anterior, se entenderán suprimidos. Del mismo modo, dejarán de existir los cargos de este escalafón a medida que los funcionarios que se encasillen en él cesen en el ejercicio: de sus cargos por alguna causa legal.
El encasillamiento de los actuales funcionarios Directivos en el escalafón de Coordinadores Directivos no podrá significar, respecto de ellos, disminución de sus remuneraciones, alteración de su régimen previsional o pérdida, de cualquier otro beneficio que les favoreciere y gozarán en el futuro, de las mismas remuneraciones, derechos previsionales y cualquier otro beneficio de que lleguen a gozar los funcionarios de los otros Escalafones Directivos a que se refiere el artículo 1º, según correspondiere.
Artículo 6º.- Los funcionarios de la Planta Directiva en servicio al 31 de diciembre de 1972, que no tenían la calidad de Directores, deberán ser encasillados en los Escalafones de sus respectivas profesiones,, especialidades o actividades funcionarías en los mismos grados que tenían a esa fechado en los grados topé de los escalafones correspondientes, si sus grados de la Planta Directiva fueren superiores a estos últimos, siempre que los interesados lo soliciten por escrito al Ministro de la Vivienda y Urbanismo, en el plazo de 15 días contados desde la publicación de la presente ley.
En caso de ser encasillado un funcionario directivo en el escalafón de su respectiva profesión, especialidad o actividad funcionaria, sus remuneraciones, régimen previsional, condición y calidad jurídica serán las que correspondan al escalafón en que sea encasillado. Con el objeto de que pueda darse debida aplicación a lo dispuesto en este artículo, el Presidente de la República podrá crear los cargos' que sean necesarios en los escalafones correspondientes.
Artículo 7º.- El encasillamiento del resto de los funcionarios que se practique con motivo de la aplicación de esta ley, en cargos que no sean de la exclusiva confianza del Presidente de la República o de su libre designación, deberá efectuarse por estricto orden de escalafón.
Para él encasillamiento de los funcionarios de Planta que al 31 de diciembre de 1972 se encontraban en escalafones distintos a los que en definitiva sean encasillados por aplicación de la presente ley, se estará primero al grado que tenían a esa fecha; en caso de igualdad de grado, se estará a la antigüedad en el mismo y si esta igualdad persistiere, se estará a la antigüedad en el Servicio.
Para los efectos de determinar el orden de escalafón de los funcionarios arquitectos, se entenderán fusionados los escalafones de Arquitectos y Arquitectos Urbanistas que se encontraban vigentes al 31 de diciembre de 1972.
Los funcionarios actualmente contratados asimilados a grado, podrán ser encasillados en los cargos que queden vacantes al final de cada escalafón, una vez practicado el encasillamiento del personal de las actuales plantas, y por estricto orden de grado y de antigüedad en el Servicio.
Tratándose de personal a contrata que con motivo del encasillamiento a que se refiere el inciso anterior, sufriere disminución de sus remuneraciones, será necesaria su conformidad expresa para ser encasillado en los escalafones correspondientes. En todo caso, los funcionarios a contrata que sean encasillados en algunas de las Plantas perderán, a contar desde la fecha de su encasillamiento, su cargo a contrata.
Artículo 8º.- Los cargos de Abogados de Delegaciones tendrán su residencia en las ciudades de Arica, La Serena, Valparaíso, Concepción, Puerto Montt y Punta Arenas.
Los funcionarios grados CH y D que figuraban en la Planta de Procuradores vigentes al 31 de diciembre de 1972, deberán ser encasillados en iguales grados, respectivamente, en el Escalafón de Abogados, una vez que acrediten, dentro del año siguiente, a la fecha de publicación de esta ley, estar en posesión del título profesional respectivo. En este evento, se aumentará en un cargo al grado CH del Escalafón de Abogados y quedará suprimido el cargo grado CH del Escalafón de Procuradores. En todo caso, respecto de estos funcionarios regirá lo dispuesto en el artículo 10. El funcionario que ocupaba el cargo de Subdirector Administrativo grado F de la Planta Directiva del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo al 31 de diciembre de 1972, deberá ser encasillado en igual grado en el Escalafón de Coordinadores Directivos establecido en el artículo 1º de esta ley, a contar desde el 1º de enero de 1973, aunque a la fecha de publicación de la presente ley no estuviere ocupado el cargo de Subdirector Administrativo y se encontrare contratado asimilado a grado.
Para ingresar a los cargos de los nuevos grados que se crean en el Escalafón de Procuradores, será necesario cumplir con los requisitos que, para los estudiantes o egresados de alguna Facultad de Derecho de las universidades del país, establece el inciso primero del artículo 41 de la ley Nº4.409, de 9 de octubre de 1941.
Para ingresar al Escalafón de Geógrafos contemplado en la Planta Profesional y Técnica a que se refiere el Nº II del artículo 1º de la presente ley, se requerirá estar en posesión del título de Geógrafo o del título de Profesor de Historia y Geografía.
Artículo 9º.- Las plantas fijadas en el artículo 1º de la presente ley regirán desde el 1º de enero de 1973 y desde la misma fecha deberán ser encasillados los funcionarios de planta que estaban en servicio al 31 de diciembre de 1972, de acuerdo con las normas contenidas en los artículos anteriores.
Los funcionarios de planta que hayan sido designados entre el 1º de enero de 1973 y la fecha de publicación de esta ley, deberán ser encasillados a contar de la fecha de sus respectivos nombramientos.
Los funcionarios contratados que estaban en servicio al 31 de diciembre de 1973, que sean encasillados en las Plantas a que se refiere el artículo 1º, de conformidad a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 7°, serán encasillados a contar del 1º de enero de 1973. Respecto de los funcionarios contratados entre esa última fecha y la de publicación de esta ley, su encasillamiento regirá desde la respectiva contratación.
Una vez practicados los encasillamientos a que se refieren los incisos anteriores, los cargos que queden vacantes deberán ser provistos de conformidad a lo dispuesto en los artículos 17 y siguientes del D.F.L. N° 338, de 1960. En todo caso, los nombramientos que se hagan para proveer estos cargos, regirán desde la fecha del correspondiente nombramiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de esta ley.
Artículo 10.- La aplicación de la presente ley no podrá significar eliminación del personal en actual servicio, disminución de sus remuneraciones, pérdida de su actual régimen previsional incluidos los derechos sobre jubilación y desahucio que les otorgan las leyes o beneficios que le confieren los artículos 59 al 63 y 132 del D.F.L. Nº338, de 1960, y no le será aplicable lo dispuesto en el artículo 64 del mismo cuerpo legal.
Lo anterior se entenderá sin perjuicio que el personal a contrata que sea encasillado en la Planta y el personal Directivo que opte a ser encasillado en el respectivo Escalafón profesional, de especialidad o actividad funcionaría, gocen únicamente de las remuneraciones asignadas a los cargos en que sean encasillados.
Artículo 11.- Fíjanse las siguientes Plantas de Cargos para el personal del Parque Metropolitano de Santiago:
Grado DENOMINACIÓN Nºde cargos
Planta Directiva.
Escalafón Directivo:
A Director 1
B Jefe de Departamento 1
C Jefes de Subdepartamento 2
4
Escalafón de Coordinadores:
B Coordinador 1
C Coordinador l
2
Grado Denominación Nº de cargos
Planta Profesional y Técnica.
Escalafón Profesional:
C Médicos Veterinarios (2), Ingeniero Civil (1) .. 3
E Abogado (1), Ingeniero Forestal (1) 2
G Asistentes Sociales (2), Contadores (2) 4
9
Escalafón de Oficiales Técnicos:
F Oficiales Técnicos 2
G Oficiales Técnicos . 3
H Oficiales Técnicos 3
I Oficiales Técnicos 2
J Oficiales Técnicos ... 2
K Oficiales Técnicos 2
L Oficiales Técnicos 2
LL Oficial Técnico 1
M Oficial Técnico 1
18
Planta Administrativa:
F Oficiales Administrativos 4
G Oficiales Administrativos 4
H Oficiales Administrativos 5
I Oficiales Administrativos .•. ... 5
j Oficiales Administrativos 6
K Oficiales Administrativos . 6
L Oficiales Administrativos 5
LL Oficiales Administrativos 5
M Oficiales Administrativos 4
N Oficiales Administrativos 3
Ñ Oficiales Administrativos 3
50
Planta de Servicios Menores.
Escalafón de Auxiliares Especializados:
M Auxiliares Especializados 10
N Auxiliares Especializados 13
Ñ Auxiliares Especializados 23
O Auxiliares Especializados 26
P Auxiliares Especializados 27
Grado Denominación N° de cargos
Q Auxiliares Especializados 23
R Auxiliares Especializados 12
134
Escalafón de Auxiliares:
N Auxiliares 6
Ñ Auxiliares 8
O Auxiliares 9
P Auxiliares ... 11
Q Auxiliares 9
R Auxiliares ... 7
50
Escalafón de Choferes:
M Choferes .. , 3
N Choferes 3
Ñ Choferes 3
O Choferes 3
P Choferes 3
Q Choferes 3
18
Escalafón de Maestros Calificados:
J Maestros Calificados 20
K Maestros Calificados . 24
L Maestros Calificados ... 27
LL Maestros Calificados 33
M Maestros Calificados 37
N Maestros Calificados 37
Ñ Maestros Calificados ... 33
O Maestros Calificados 27
P Maestros Calificados 24
Q Maestros Calificados ... 20
282
El personal en actual servicio, que se encontraba en funciones al 31 de diciembre de 1972, deberá ser encasillado en las Plantas fijadas en el inciso anterior, sin sujeción a las normas de los artículos 14, 19 y 20 del D.F.L. N° 338, de 1960.
La aplicación de esta ley no podrá significar eliminación del personal en actual servicio, disminución de sus remuneraciones, pérdida de su actual régimen previsional o beneficios que les confieren los artículos 59, 60 y 132 del D.F.L. Nº 338, de 1960.
Los funcionarios que a la fecha de esta ley desempeñen los cargos titulares de Administrador y Subadministrador del Parque Metropolitano de Santiago, que no fueren encasillados en la Planta Directiva, deberán ser encasillados en los cargos de Coordinadores. Estos cargos se entenderán suprimidos cuando los funcionarios que se encasillen en ellos, cesen en el ejercicio de sus cargos por alguna causa legal.
Artículo 12.- Las Plantas fijadas en el artículo 11 de esta ley y sus respectivos encasillamientos, regirán desde el 1º de enero de 1973.
Artículo 13.- La Federación Nacional de Trabajadores de la Vivienda; la Asociación de Trabajadores del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; la Asociación de Trabajadores del Servicio de Bienestar del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; la Asociación de Empleados y Auxiliares de la Corporación de Servicios Habitacionales; la Asociación del Personal de la Corporación de Mejoramiento Urbano; la Asociación Nacional de Trabajadores de la Vivienda; la Asociación del Personal de Trabajadores de Desarrollo Social; la Asociación Nacional de Funcionarios de la División de Servicios Sanitarios de la Corporación de Obras Urbanas, y la Asociación de Trabajadores del Parque Metropolitano de Santiago gozarán de personalidad jurídica en la forma establecida en el artículo 6º de la ley Nº17.594, de 4 de enero de 1972.
Los dirigentes de las organizaciones señaladas en el inciso interior serán elegidos mediante un sistema proporcional y en votación secreta, y gozarán de fuero y demás prerrogativas que las leyes acuerdan a los dirigentes sindicales.
Artículo 14.- El gasto que signifique la aplicación de la presente ley se financiará con cargo al mayor ingreso que sobre lo estimado en el Cálculo de Entradas del Presupuesto Fiscal para el año 1973 se produzca en la recaudación del impuesto a las compraventas (ítem 2110 a 2130).
Artículo 15.- Reemplázase el artículo 11 de la ley Nº 16.391, por el siguiente:
Artículo 11.La Dirección General de Planificación y Presupuesto estará formada por los siguientes Servicios:
a) Dirección de Planificación Habitacional;
b) Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario;
c) Dirección de Planificación del Desarrollo Urbano;
ch) Dirección de Finanzas;
d) Dirección de Estudios y Fomento Habitacional, y
e) Dirección de Control y Evaluación..
Artículo 16.- Déjanse sin efecto todas las medidas administrativas adoptadas en el Ministerio dé la Vivienda y Urbanismo y en las instituciones señaladas en el artículo 5º de la ley Nº16.391, para perseguir la responsabilidad funcionaría de los trabajadores de esos Servicios que adhirieron al último movimiento gremial ordenado por los Colegios Profesionales, asociaciones de trabajadores, comercio, transportistas y otras organizaciones gremiales o sindicales. No podrá adoptarse por la autoridad administrativa ninguna medida disciplinaria, sanción o represalia, individual o colectiva en contra de funcionarios por la circunstancia de haber adherido ha dicho movimiento gremial.
Artículo 17.- Decláranse válidos para todos los efectos legales los pagos efectuados por el Ministerio' de la Vivienda y Urbanismo a los obreros que prestaban sus servicios en la Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario, por concepto de aguinaldo de Pascua y Año Nuevo, en los meses de diciembre de 1971 y enero de 1972.
Artículo 18.- Decláranse válidamente efectuados y no sujetos a reintegro los pagos del beneficio de la asignación familiar, efectuados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y las Instituciones de su dependencia a sus personales, durante los meses de enero a septiembre de 1972, que hubieren excedido el monto permitido por el artículo único de la ley Nº 17.597 en relación con el artículo 11 de la ley Nº 17.654, provenientes, de la interpretación dada por estos Servicios de las normas especiales sobre asignación familiar contempladas en el artículo 12 del D.F.L. Nº 56, de 1960.
Artículo 19.- Para los efectos señalados en el inciso segundo del artículo 13, no podrán considerarse como trabajadores de las distintas Corporaciones que se relacionan con el Gobierno a través del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, al personal contratado en las obras de ejecución directa de las mismas.
Artículo 20.- Declárase que los funcionarios del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y de las Corporaciones que se relacionan con el Gobierno a través de esa Secretaría de Estado, podrán recurrir a la Contraloría General de la República para que ésta conozca sus calificaciones por la vía de la apelación y pueda confirmarlas, dejarlas sin efectos o modificarlas apreciando la prueba en conciencia.
Artículo 21.- Las Plantas del Ministerio de la Vivienda 'y Urbanismo y de las Corporaciones que se entienden con el Gobierno a través de esa Secretaría de Estado sólo se podrán modificar por ley..
Sala de la Comisión, a 17 de agosto de 1973.
Acordado en sesión de 13 del mes en curso, con asistencia de los Honorables Senadores señores Phillips (Presidente), Hamilton y Valenzuela.
8.- INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS RECAÍDO EN LA OBSERVACIÓN DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE CONSTITUCIONAL, FORMULADA AL PROYECTO DE LEY QUE ACLARA EL SENTIDO DEL VOCABLO OCUPANTES DEL ARTICULO 1 DE LA LEY Nº 16.9.08.
Honorable Senado:
El año recién pasado, el Ejecutivo presento al Congreso Nacional un proyecto de ley que tenía por finalidad precisar el sentido del vocablo ocupantes, que se emplea en el artículo 19 de la ley Nº 16.908.
La citada disposición estableció que el Servicio Nacional de Salud debe transferir a sus ocupantes a la fecha de vigencia de esa ley, los terrenos de su propiedad en los cuales se construyó la Población 21 de Mayo, de la ciudad de Concepción, y las viviendas que posee en la ciudad de Arica, y que debe vender a igual calidad de ocupantes las viviendas de su dominio ubicadas en la Población El Santo*', de la ciudad de La Serena.
A su vez, el artículo 39 de dicha ley señaló que las condiciones y modalidades de pago o transferencia a título gratuito, según el caso, serán las establecidas en el artículo 4º de la ley Nº 16.322, esto es, que los inmuebles deben transferirse siempre que no estén destinados a un uso público conforme a los respectivos planos reguladores, en el valor equivalente a su avalúo fiscal, cantidad que se paga en el plazo máximo de diez años y devenga un interés no superior al 5% anual, y que sólo en casos calificados y tratándose de personas de escasos recursos, previo informe favorable de la Dirección de Asistencia Social, pueden transferirse a título gratuito.
Finalmente, el artículo 49 de la referida ley Nº 16.908 dispuso que los compradores o donatarios de los inmuebles deben efectuar en estas poblaciones las obras de urbanización que corresponda.
Para los tres casos a que se refiere el artículo 1º de la ley Nº 16.908, el Ejecutivo consideró necesario aclarar el sentido del término ocupantes, determinando que él se refiere a quienes habiten personalmente o con su familia un inmueble del Servicio Nacional de Salud y cuya ocupación emane de título legítimo, entendiéndose por tal aquel que provenga de la autoridad competente, obrando dentro de sus respectivas atribuciones y que se encuentre vigente.
En la exposición de motivos del Mensaje se expresa que debe suponerse la existencia previa de un título legítimo, para evitar que personas que han obtenido viviendas por vías de hecho o sin cumplir o dejando de cumplir las normas que regulan el contrato que les sirve de título, impetren en su favor los beneficios de dicha ley, en desmedro de quienes cumplan con estos requisitos.
Durante la tramitación del proyecto, la Honorable Cámara de Diputados sustituyó la norma propuesta por el Ejecutivo y en su reemplazo aprobó otra distinta, posteriormente también sancionada por el Senado, que establece que en el otorgamiento de los títulos de dominio que deba efectuar el Servicio Nacional de Salud de acuerdo a la ley Nº 16.908, no regirán las disposiciones legales y administrativas sobre urbanización o loteos de terrenos. Esta norma, consultada para acelerar el otorgamiento, de los títulos definitivos de dominio a los ocupantes, constituye el texto del artículo único del proyecto de ley aprobado y ahora observado.
La observación sólo consiste en agregar, como inciso segundo, la misma disposición inicial del Ejecutivo que precisa el sentido del vocablo ocupantes, en idéntica forma a la ya expuesta en el Mensaje con que se inició este proyecto.
Entre los fundamentos del veto, el Ejecutivo manifiesta que observa el proyecto de ley porque éste ha omitido absolutamente la idea original contenida en el Mensaje; que la aclaración del sentido del vocablo ocupantes la ha planteado a petición del Servicio Nacional de Salud, y que de tal manera se evitaría la consagración legal del abuso cometido por quienes, con desmedro de las legítimas expectativas de otros con mejores derechos y, a veces, obrando por la fuerza, se han instalado en esas propiedades y tendrían derecho a exigir que el Servicio se las transfiriera..
La Honorable Cámara de Diputados aprobó esta observación aditiva.
Por unanimidad, vuestra Comisión de Obras Públicas acordó recomendaros que adoptéis igual criterio.
Sala de la Comisión a 16 de agosto de 1973.
Acordado en sesión de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Phillips (Presidente), Hamilton, Lorca y Valente.
(Fdo.): José Luis Lagos López, Secretario.
9.- SEGUNDÓ INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR LORCA, QUE AMPLIA LA FIJACIÓN DE TARIFAS ESPECIALES A DETERMINADOS CONJUNTOS QUE SE TRASLADEN POR LINEA AEREA NACIONAL ENTRE SANTIAGO Y PUNTA ARENAS.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Obras Públicas tiene el honor de entregaros su segundo informe reglamentario acerca del proyecto de ley iniciado en moción del Honorable Senador señor Lorca que modifica la ley número 16.708, sobre fijación de tarifas especiales a conjuntos artísticos, científicos, deportivos y culturales que se trasladen por Línea Aérea Nacional desde Punta Arenas a Santiago, y viceversa.
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 106 del Reglamento, dejamos constancia de lo siguiente:
I.- Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones en este segundo informe: 2º, 3º y 5º, y
II.- Artículos que sólo fueron objeto de indicaciones rechazadas: 1º y 4º.
En consecuencia, procede dar por aprobados los artículos del número I, y los del número II si no fueren oportunamente renovadas las indicaciones recaídas en ellos.
El inciso primero del artículo 1º de la ley Nº16.708 estatuye que los pasajes de ida y vuelta por Línea Aérea Nacional que adquieran los miembros de los conjuntos artísticos, científicos, deportivos y estudiantiles que determine la Comisión a que se refiere el artículo 5º de esa ley, para trasladarse entre las ciudades de Punta Arenas y Santiago, y viceversa, tendrán un descuento que fluctuará entre el 90 y el 50% del valor de las tarifas ordinarias respectivas de dicha empresa aérea, rebaja que establecerá el Reglamento.
El Reglamento referido contenido en el decreto Nº 61, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Subsecretaría de Transportes, publicado en el Diario Oficial de 16 de febrero de 1968 fijó en un 10% del valor de dichas tarifas, la proporción en que deberán contribuir aquellos conjuntos, al financiamiento de los gastos de transporte aéreo entre las ciudades a que se ha hecho referencia.
Con el objeto de financiar el saldo del valor de los pasajes y gastos de transporte, el artículo 2º de la ley establece un impuesto de dos por ciento sobre el valor de los pasajes de Santiago a Punta Arenas, o viceversa, que expenda Línea Aérea Nacional, eximiéndose de este gravamen a las personas domiciliadas en la provincia de Magallanes. Por otra parte, el artículo 4º de la ley estatuye que la Línea Aérea Nacional no estará obligada a prestar esta clase de servicios cuando no existan fondos suficientes provenientes de dicho tributo.
El artículo 1º del proyecto en informe tiene por objeto fundamental hacer extensivos los beneficios establecidos en la ley citada a los viajes que dichos conjuntos realicen por Línea Aérea Nacional entre la capital de Magallanes y las ciudades donde se realicen las reuniones o torneos respectivos, y viceversa, y no exclusivamente a los viajes entre Punta Arenas y Santiago.
El Honorable Senador señor Montes formuló sendas indicaciones para obligar también a los medios de transporte carretero a conceder similares franquicias a los referidos conjuntos.
Vuestra Comisión no estimó conveniente la proposición del Honorable Senador señor Montes por considerar que estas empresas no dispondrían de recursos para costear este gravamen, ya que la indicación no contiene un mecanismo de financiamiento como el que favorece a Línea Aérea Nacional.
En consecuencia, la Comisión, tácitamente, desechó las indicaciones formuladas a este artículo. El Honorable Senador señor Valente pidió se dejara constancia de que prestaba su aprobación a la iniciativa en informe, en el entendido de que la misma no irrogaba gastos a Línea Aérea Nacional.
El artículo 4° obliga al Estanco Automotriz a vender anualmente dos vehículos motorizados al Consejo Provincial de Deportes de Magallanes, para que éste proceda a sortearlos públicamente con el objeto de reunir fondos para el deporte regional.
El Honorable Senador señor García formuló indicación para suprimir este precepto.
Los Honorables Senadores señores Phillips y Valente no estimaron adecuado el financiamiento propuesto en esta norma para el deporte regional.
Los Honorables Senadores señores Hamilton y Lorca discreparon de esta opinión, por lo que la indicación supresiva fue rechazada luego de un doble empate.
Finalmente, con el voto en contra del Honorable Senador señor Valente y la abstención del Honorable Senador señor Phillips, también se rechazó una indicación formulada por el primero para hacer extensiva la ley Nº16.708 a los viajes que realicen por Línea Aérea Nacional los conjuntos científicos, estudiantiles, artísticos y deportivos entre Santiago y Arica e Iquique, y viceversa.
En consecuencia, vuestra Comisión de Obras Públicas tiene el honor de recomendaros que aprobéis esta iniciativa de ley en los mismos términos que constan en nuestro primer informe.
Sala de la Comisión, a 16 de agosto de 1973.
Acordado en sesión de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Phillips (Presidente), Hamilton, Lorca y Valente.
(Fdo.) : José Luis, Lagos López, Secretario.
10.- INFORME DE LA COMISIÓN DE MINERÍA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY N' 17.624, CON EL OBJETO DE BENEFICIAR A LOS SOCIOS DE COOPERATIVAS MINERAS QUE EXTRAIGAN PIRITAS DE COBRE EN EL RIO SALADO EN FORMA MECANIZADA.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Minería tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que modifica la ley Nº 17.624, con el objeto de beneficiar a los socios de cooperativas mineras que extraigan piritas de cobre en el río Salado, en forma no mecanizada.
A la sesión en que vuestra Comisión consideró esta materia asistieron los Honorables Senadores señores García (Presidente), Noemi y Zaldívar.
La ley Nº16.723, de 13 de diciembre de 1967, estableció, en su artículo 15, un impuesto equivalente a 1,7 sueldos vitales mensuales por cada tonelada de cobre fino que se extrajera o recuperara en el goce de mercedes de agua del río Salado, gravamen del que están exentas las empresas en que el Estado a través de ENAMI, CORFO o CODELCO tenga, a lo menos, el 30% del capital social.
Posteriormente, el artículo 1° de la ley Nº 17.624, de 29 de febrero de 1972, declaró que todos aquellos que se han instalado en el curso de dicho río, para extraer las piritas de cobre en suspensión que aquél arrastre, serán considerados, para todos los efectos legales, como titulares en el dominio de los concentrados que obtengan,, previo cumplimiento ,de los requisitos que a continuación se indican, establecidos en la misma disposición :
1.- Que el lugar en que se efectúen los trabajos se encuentre, a lo menos, 20 kilómetros aguas arriba de la Planta Recuperadora de la Empresa Nacional de Minería, que opera en la localidad de El Salado, o en cualquier lugar aguas abajo de esa Planta;
2.- Que las faenas de extracción de piritas de cobre en suspensión se hayan iniciado con anterioridad al 30 de julio de 1971;
3.- Que los trabajos correspondientes no menoscaben o limiten las obras que se realicen para desviar el curso del río Salado, con el objeto de evitar el embancamiento del Puerto de Chañaral, y
4.- Que paguen el mencionado impuesto de 1,7 sueldos vitales mensuales por tonelada de cobre fino que se extraiga o recupere en el goce de mercedes de agua del río Salado, de conformidad con el citado artículo 15 de la ley Nº16.723.
Estas normas se aplicaron a cuatro grandes Plantas que en el año 1967 operaban en esa zona y que percibían considerables utilidades, dado que el alto grado de mecanización de sus equipos les permitían obtener un buen porcentaje de cobre fino1.
Posteriormente, se instalaron en esa región alrededor de 300 personas que iniciaron la recuperación de priritas mediante procedimientos rudimentarios.
Estos trabajadores, comúnmente denominados planteros, cuyo número alcanza en la actualidad a cerca de 1.000, trabajan personalmente o ayudados por familiares y, como es natural, su producción es muy baja.
Es por ello que se hace necesario modificar la legislación vigente para permitir a los planteros, debidamente organizados en cooperativas, ser considerados también titulares en el dominio del concentrado de cobre que obtengan, aun cuando se hayan establecido con posterioridad al 30 de julio de 1971 y no cumplan con el requisito de pagar el impuesto de 1,7 sueldos vitales mensuales por tonelada de cobre fino que extraigan, lo que traerá como consecuencia que estos pequeños mineros quedarán afectos sólo al impuesto del 2% sobre el precio de venta, establecido en las leyes NºS. 10.270 y 11.127.
El Honorable Senador señor Noemi manifestó su acuerdo con la iniciativa de ley en informe, agregando que, a su juicio, este proyecto se justifica ya que el impuesto de 1,7 sueldos vitales mensuales por tonelada de cobre fino extraída se había establecido en atención a que se iba a aplicar a empresas cuyos márgenes de producción y utilidad eran considerablemente altos. Por el contrario, añadió el señor Senador, en la actualidad esas empresas han sido estatizadas, de donde el impuesto se aplica únicamente a estos pequeños trabajadores,, Hizo presente además, que la situación de éstos se hace mucho más gravosa por cuanto ahora ha bajado ostensiblemente la ley de fino del cobre del río.
El Honorable Senador señor García, fundamentando su voto en favor de la iniciativa expresó, que una de las formas que tiene el país para mejorar su situación económica es permitiendo que la pequeña minería se desarrolle libremente.
Recordó que en el año 1932, el Gobierno de la época logró emerger de una situación económica apremiante incentivando a los pequeños empresarios que desarrollaban faenas en los lavaderos de .oro.
Por último, se manifestó partidario de eximir de todo tipo de impuesto para estos pequeños trabajadores, Jo que desgraciadamente no puede hacer por impedimento constitucional.
En mérito de lo anterior, vuestra Comisión de Minería tiene el Honor de proponeros, con los votos unánimes de sus miembros presentes, que aprobéis el proyecto de ley en informe en .los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados.
Sala de la Comisión, a '26 de julio de 1973.
Acordado en sesión de fecha 25 de julio de 1973, con asistencia de los Honorables Senadores señores Noemi (Presidente), Carmona y García.
(Fdo.): Rafael Eyzaguirre E., Secretario.
11.- INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY 17:624, CON EL OBJETO DE BENEFICIAR A LOS SOCIOS DE COOPERATIVAS MINERAS .QUE EXTRAIGAN PIRITAS DE COBRE EN EL RIO SALADO, EN FORMA NO MECANIZADA.
Honorable Senado:
La Comisión de Minería analiza detalladamente el problema que se ha creado a los socios de cooperativas mineras que extraigan piritas de cobre en el río Salado, en forma no mecanizada, el que es solucionado en el proyecto de ley en informe.
En lo que respecta a la Comisión de Hacienda, el proyecto de ley libera a estos planteros, debidamente organizados en cooperativas, del impuesto de 1,7 sueldos vitales mensuales por tonelada de cobre fino que se extraiga o recupere en el goce de mercedes de agua del río El Salado, impuesto por el artículo 15 de la Ley Nº16.723.
Se ha justificado esta exención en que el impuesto aludido se adoptó con el objeto de gravar a empresas de altos márgenes de producción y utilidad que operaban en ese río y no a estos trabajadores, denominados planteros, que en número cercano a los mil, trabajan personalmente o ayudados por sus familiares y con márgenes de producción muy bajos.
La Comisión comparte los fundamentos dados para otorgar esta exención tributaria y os recomienda, por lo tanto, aprobar el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, sin modificaciones, al igual que la Honorable Comisión de Minería.
Sala de la; Comisión, a 16: de agosto de 1973.
Acordado en sesión de martes 14 de agosto de 19Í73, con la; asistencia, de los! Honorables Senadores señores Bossay (Presidente), Musalem, Phillips, Rodríguez, y Silva Ullloa.
(:FdO ): Pedro Conrea Opaso, Secretario..
12.- INFORME DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y COLONIZACIÓN, RECAÍDO EN LAS OBSERVACIONESDEL EJECUTIVO, EN PRIMER TRAMITÉ CONSTITUCIONAL, FORMULADAS AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE QUE LOS DUEÑOS DE DETERMINADOS PREDIOS RÚSTICOS QUE' SEAN EXPROPIADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL EMBALSE CONVENTO' VIEJO TENDRÁN DERECHO A QUE LA CORPORACIÓN DE LM REFORMA AGRARIA LES ASIGNE TIERRAS DE UN VALOR EQUIVALENTE:
Honorable Senado:
El estudio de esta materia se inició el 7 de noviembre de 1972'y hasta dio lugar a que la Comisión se trasladara el día 13 de ese mismo mes, para reunir mayores antecedentes, a Convento Viejo y Colonia Quinta, ocasión en que visitó la obra en ejecución, recibió variadas informaciones técnicas vinculadas con ella y escuchó a los propietarios de los predios expropiados, así como a diversos sectores afectados por la construcción de este embalse.
De Tas cinco observaciones que motivan este informe, las tres primeras están referidas al artículo 1° y las dos últimas al1 artículo 39 del proyecto de ley enunciado.
La primera, observación sustituye el inciso primero de ese precepto, según el cual los dueños de predios rústicos de superficie no superior a 40 hectáreas de riego básicas que sean expropiados para la construcción del Embalse Convento Viejo y sus obras complementarias, tendrán derecho a que la Corporación de la Reforma Agraria les asigne tierras de valor equivalente, al de sus actuales predios, dentro de los límites territoriales de los departamentos de San Fernando y Curicó.
El texto sustitutivo tiene tres finalidades:
1°.- Limitar el derecho a la asignación dé tierras únicamente a los dueños de las parcelas de la Colonia Quinta, asignadas por la ex Caja de Colonización Agrícola;
2°.- Determinar que las tierras que asigne la Corporación de la Reforma Agraria sean dé una superficie equivalente a la unidad agrícola familiar., y
3°.- Establecer que las tierras asignadas queden de preferencia dentro dé los límites territoriales de los departamentos de San Fernando y Curicó o, si ello no fuere posible, en cualquier otro lugar del territorio de la República.
Sobre este particular, en el oficio de observaciones se expresa lo siguiente: El fundamento de este veto, es evitar la generalidad y, además, ante la imposibilidad real qué existe de que la Corporación de la Reforma Agraria se vea en la obligación y necesidad de cumplir un precepto tan amplio. La substitución que se propone tiene por finalidad limitar este derecho solamente en favor de aquellos propietarios de predios rústicos que han sido asignados o por la ex Caja de Colonización Agrícola o por la Corporación de la Reforma Agraria. Los demás propietarios afectados quedan perfectamente amparados con la indemnización a que tienen derecho. Además, ha de tenerse presente que los campesinos y pequeños propietarios de la zona, con sus familias, han estado siendo ubicados en un Villorrio Agrícola formado por la propia Corporación de la Reforma Agraria y en un Centro de Reforma Agraria.
Por otra parte, es inconveniente, a juicio del Ejecutivo, que, conforme al texto aprobado por el Honorable Congreso, las tierras que asigne la Corporación de la Reforma Agraria deban tener un valor equivalente a los predios que sean materia de la expropiación. Porque, en efecto, si se atiende a que la finalidad o espíritu de la ley es proporcionar a los parceleros tierras que permitan al grupo familiar vivir y prosperar con el racional aprovechamiento de las mismas, resulta lógico, como lo propone el veto sustitutivo, establecer que la superficie de los nuevos terrenos que se asignen correspondan a un unidad agrícola familiar, sin atender ni a su avalúo ni a su valor comercial.
Por último, en lo que se refiere a este primer veto, es inconveniente, también, a juicio del Ejecutivo, que se limite la asignación de nuevas tierras a las que queden comprendidas dentro de los límites territoriales de los departamentos de San Fernando y Curicó. Los estudios técnicos realizados en la zona, han demostrado que en los límites territoriales de los citados departamentos no existen disponibilidades físicas de terrenos adecuados para dar cumplimiento a la norma; y es por esto, que en el veto se propone que los parceleros afectados puedan ser ubicados en cualquier otro lugar del territorio, dando no obstante, la debida preferencia o posibilidad de que puedan ser instalados dentro de algunos de los dos departamentos señalados.
La unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión estima que el veto se aparta de la finalidad perseguida por el proyecto de ley aprobado, puesto que tanto el autor de la iniciativa, Honorable Senador señor Aylwin, como el Congreso Nacional pretenden favorecer con asignación de tierras a todos .los pequeños propietarios cuyos predios rústicos sean expropiados para la construcción del citado Embalse y no limitan el beneficio exclusivamente a los parceleros de la Colonia Quinta. Además, reitera que considera más equitativo que las tierras asignadas sean de valor equivalente al de los predios expropiados y que juzga mucho más razonable la afirmación de los propios interesados en orden a que las nuevas tierras queden dentro de los, límites territoriales de los departamentos donde actualmente viven y trabajan. Pese a estos argumentos, como una manera de posibilitar que haya ley sobre esta materia, ha aprobado la observación formulada.
La segunda observación sustituye el inciso quinto del artículo 1°, que concede derecho, a la asignación de tierras a los campesinos asentados, en el evento de que los predios expropiados para la construcción del referido Embalse hayan sido a su vez expropiados previamente por la Corporación de la Reforma Agraria.
El texto sustitutivo no otorga aquel derecho. Sólo dispone que en tal caso los campesinos deberán ser ubicados en los asentamientos u otras unidades de reforma agraria más próximos ya constituidos o en aquellos que se constituyan en la misma provincia o en las vecinas.
La sustitución que aquí se propone dice el Ejecutivo tiene por objeto dar un trato especial a los campesinos asentados, quienes por la naturaleza de su actual condición, deben recibir una protección radicalmente distinta a la que se conceda a los propietarios y arrendatarios de parcelas.
La unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión no concuerda con el fundamento del veto y por eso acordó rechazar la observación e insistir en la aprobación del texto primitivo.
La tercera observación consiste en agregar una oración al final del artículo 1°, cuyo inciso prescribe que, para gozar del derecho a la asignación de tierras los interesados deben solicitarlo por escrito a la Corporación de la Reforma Agraria dentro de cierto plazo.
La nueva oración establece que la obligación de solicitar la asignación de tierras no regirá para los campesinos miembros de los asentamientos constituidos en predios de la Corporación de la Reforma Agraria, y ello porque la segunda observación, formulada al inciso precedente, no concede a los campesinos asentados derecho a asignación de tierras, sino a ser ubicados en otros asentamientos, beneficio éste que se produce por el solo ministerio de la ley.
Esta observación es consecuencia, de la anterior y por eso la unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión acordó rechazarla.
La cuarta observación sustituye el inciso primero del artículo 39, de acuerdo con el cual el valor de los predios que sean asignados por la Corporación de la Reforma Agraria debe imputarse al monto de la indemnización que corresponda a los asignatarios por la expropiación de sus actuales predios.
El veto sustitutivo mantiene esta norma, pero agrega que el valor de los predios asignados será determinado por* la propia Corporación de la Reforma Agraria y que él debe imputarse al monto de la indemnización que corresponda a los asignatarios por la expropiación de sus actuales parcelas. Es decir, realmente salva la. omisión del proyecto de ley observado, que no determina a quien corresponde fijar el valor de las nuevas tierras que asigne la Corporación de la Reforma Agraria, y armoniza la terminología de esta disposición con el nuevo texto del inciso primero del artículo 1°.
Por estas razones, la unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión aprobó el veto.
La quinta observación sustituye el inciso cuarto del artículo 3°, el cual dispone que cuando el derecho a la asignación de tierras se haga efectivo por campesinos, asentados en predios expropiados por la Corporación de la Reforma Agraria, la asignación y su pago se sujetarán a las reglas de la ley Nº16.640.
El veto sustitutivo, concordante con la segunda observación que reemplaza el inciso quinto del artículo 1º, establece que el monto de la indemnización que corresponda a la Corporación de la Reforma Agraria por los predios que le sean expropiados para la construcción del aludido Embalse, será destinado a cubrir los gastos que demandes el traslado: y ubicación de los campesinos asentados.
El objeto de este veto agrega el Ejecutiva es simplemente armonizar o coordinar esta norma con la nueva disposición substitutiva propuesta anteriormente al incisa quinto del articula 1º, De esta manera, la Corporación de la Reforma Agraria podría contar con recursos que le permitan dar una aplicación casi inmediata a aquel precepto y proceder sin apremios a. la nueva ubicación de los campesinos: asentados que se vean afectados con las expropiaciones en pro de las obras del embalse..
Consecuente con el criterio adoptado con la segunda observación, la unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión os recomienda rechazar también esta quinta observación e insistir en la aprobación del texto primitivo.
En consecuencia, la unanimidad de los miembros presentes, de vuestra Comisión os recomienda adoptar los siguientes acuerdos respecto de estas observaciones:
Artículo 1º
1ª observación (sustituye el inciso primero). Aprobarla.
2ª observación (sustituye el inciso quinto). Rechazarla e insistir en la aprobación del texto, primitivo.
3ª observación (agrega una oración, al final del artículo). Rechazarla.
Artículo 3º
4ª observación (sustituye el inciso primero). Aprobarla.
5ª observación (sustituye el inciso cuarto). Rechazarla e insistir en la aprobación del texto original».
Sala de la* Comisión; a l4 de agosto de 1973.
Acordado en sesiones: de fechas 7 y 13 de noviembre; de 1972 y 14 de agosto en curso, con asistencia, de los Honorables Senadores señores Moreno ((Presidente), Aylwin Acuña, Contreras y Von Muhlenbrock; Moreno (Presidente), Aylwin, Contreras y García y Moreno (Presidente), Aguirre Doolan y Phillips, respectivamente.
(Fdo): Carlos Hoffmann Contreras, Secretario.