Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
TIEMPO DE VOTACIONES
- INVESTIGACIÓN DE DESAPARICIONES EN SEGUNDA REGIÓN. PROYECTO DE ACUERDO
- VI.
ORDEN DEL DÍA
-
PERFECCIONAMIENTO DE LICITACIONES DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD EN CASO DE REGULACIÓN DE PRECIO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Alejandro Rene Eleodoro Guillier Alvarez
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- DEBATE
-
CREACIÓN DE CARGOS PARA DEFENSA PENAL ESPECIALIZADA EN ADOLESCENTES
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Felipe Harboe Bascunan
- VOTACIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- VOTACIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- VOTACIÓN : Victor Perez Varela
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- DEBATE
-
PRÓRROGA DE PERMANENCIA DE TROPAS MILITARES EN BOSNIA Y HERZEGOVINA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Francisco Chahuan Chahuan
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
- DEBATE
-
CREACIÓN DE SUBSECRETARÍA Y DE INTENDENCIA DE EDUCACIÓN PARVULARIA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Fulvio Rossi Ciocca
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Ena Von Baer Jahn
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Ena Von Baer Jahn
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Ignacio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Andres Allamand Zavala
- INTERVENCIÓN : Jacqueline Van Rysselberghe Herrera
- INTERVENCIÓN : Ena Von Baer Jahn
- INTERVENCIÓN : Jaime Quintana Leal
- INTERVENCIÓN : Ena Von Baer Jahn
- ANTECEDENTE
-
RENOVACIÓN DE LEY SOBRE ACCESO A TITULARIDAD DE DOCENTES A CONTRATA EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS SUBVENCIONADOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Fulvio Rossi Ciocca
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Rabindranath Quinteros Lara
- INTERVENCIÓN : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- INTERVENCIÓN : Francisco Chahuan Chahuan
- INTERVENCIÓN : Alejandro Rene Eleodoro Guillier Alvarez
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Ignacio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Jaime Quintana Leal
- INTERVENCIÓN : Carolina Goic Boroevic
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
- INTERVENCIÓN : Ena Von Baer Jahn
- INTERVENCIÓN : Jacqueline Van Rysselberghe Herrera
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- INTERVENCIÓN : Ricardo Lagos Weber
- DEBATE
-
PERFECCIONAMIENTO DE LICITACIONES DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD EN CASO DE REGULACIÓN DE PRECIO
-
PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESION
- 12. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES HARBOE, ARAYA, DE URRESTI, LARRAÍN Y WALKER, DON PATRICIO, CON LA QUE DAN INICIO A UN PROYECTO DE LEY QUE INCORPORA EN EL CÓDIGO PENAL UN PRECEPTO QUE SUPEDITA EL INICIO DE LA APLICACIÓN DE LAS PENAS SUSTITUTIVAS CONTEMPLADAS EN LA LEY N° 18.216 AL CUMPLIMIENTO DE UN AÑO DE PRESIDIO EFECTIVO, TRATÁNDOSE DE DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL CUYAS VÍCTIMAS SEAN MENORES DE EDAD (9.780-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Felipe Harboe Bascunan
- Pedro Araya Guerrero
- Alfonso De Urresti Longton
- Hernan Larrain Fernandez
- Patricio Walker Prieto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 13. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES PARA FIJAR CRITERIOS EN LA DETERMINACIÓN DE LAS INDEMNIZACIONES (9.792-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 14. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE BANCOS CON EL FIN DE ESTABLECER QUE LAS ENTIDADES BANCARIAS PRIVADAS TIENEN LA OBLIGACIÓN DE INSTALAR Y MANTENER UN NÚMERO MÍNIMO DE CAJEROS AUTOMÁTICOS POR COMUNA (9.793-05)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 15. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE INCORPORA UN INCISO FINAL EN EL ARTÍCULO 6° DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE PARTIDOS POLÍTICOS, AL EFECTO DE QUE LOS NOTARIO ASIGNEN, CON CARGO DEL REQUIRENTE, PERSONAL EXCLUSIVAMENTE DESTINADO A RECIBIR LAS DECLARACIONES DE AFILIACIÓN Y ATENDER LAS DEMÁS GESTIONES EN DÍAS Y HORARIOS DURANTE EL LAPSO LEGAL PARA PROCEDER A LA CONSTITUCIÓN DE UNA COLECTIVIDAD POLÍTICA EN FORMACIÓN (9.794-06)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 18 DEL CÓDIGO PENAL, CON EL FIN DE PRESUMIR LA RESPONSABILIDAD POR EL DAÑO MORAL RESPECTO DE LOS CONDENADOS POR LOS CRÍMENES QUE EL AUTOR SEÑALA O POR LA LEY N° 20.357 (9.795-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 17. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL NUMERAL 2° DEL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA EN MATERIA DE SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE SUFRAGIO (9.796-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 18. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL EN LO RELATIVO AL MALTRATO ANIMAL Y AUMENTA LA SANCIÓN PENAL SI EL DELITO COMPRENDE ACCIONES DE CONNOTACIÓN SEXUAL O DE BESTIALISMO (9.797-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 19. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 20.606 Y EXTIENDE LA PROHIBICIÓN DE SU ARTÍCULO 6°, RELATIVO AL EXPENDIO DE ALIMENTOS PROHIBIDOS EN ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, A LOS KIOSCOS Y NEGOCIOS UBICADOS EN SU ENTORNO(9.798-11)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 20 . MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 19.300, CON EL OBJETO DE INCORPORAR UNA PRESUNCIÓN DE DAÑO MORAL EN EL CASO DE ACTOS PERJUDICIALES AL MEDIO AMBIENTE CON RESULTADOS GRAVES PARA LA VIDA Y SALUD HUMANAS, ACTIVIDADES PRODUCTIVAS, ASENTAMIENTOS POBLACIONALES, POBLACIONES VULNERABLES O A LA SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL (9.799-12)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 21. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY N° 19.300 QUE APRUEBA LEY SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE EN RELACIÓN CON LOS CRITERIOS DE DETERMINACIÓN DE LAS INDEMNIZACIONES POR DAÑOS (9.800-12)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 22. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE ESTABLECE EN LA LEY DE TRÁNSITO UNA PRESUNCIÓN DE DAÑO MORAL, RESPECTO DE LAS INFRACCIONES CON RESULTADO DE LESIONES O DE MUERTE (9.801-15)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 23. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORES NAVARRO, ARAYA Y BIANCHI, CON EL QUE SOLICITAN A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA POLÍTICA DE SALUD INTEGRAL PARA EL HOMBRE, QUE COMPRENDA PERSPECTIVAS DE GÉNERO, ETNIA Y GENERACIONAL, EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN PRIMARIA (S 1.777-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Navarro Brain
- Pedro Araya Guerrero
- Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- 24 . PROYECTO DE ACUERDO DEL SENADOR SEÑOR OSSANDÓN, CON EL QUE SOLICITA A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA QUE ESTABLEZCA MEDIAS DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES QUE POSIBILITEN LA MOVILIDAD HABITACIONAL DANDO PREFERENCIA A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y LOS ADULTOS MAYORES (S 1.778-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Manuel Jose Ossandon Irarrazabal
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- 25 . PROYECTO DE ACUERDO DEL SENADOR SEÑOR QUINTEROS, CON EL QUE SOLICITA A SU EXCELENCIA DE LA REPÚBLICA LA REMISIÓN DE UNA INICIATIVA LEGAL QUE ESTABLEZCA UN EXAMEN ÚNICO NACIONAL PARA EL EJERCICIO DE LA ODONTOLOGÍA (S 1.779-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Rabindranath Quinteros Lara
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- 26 . PROYECTO DE ACUERDO DEL SENADOR SEÑOR BIANCHI, CON EL QUE PIDE A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL ENVÍO DE UN PROYECTO DE LEY PARA EL RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO DE TRENES DESDE SANTIAGO HASTA PUERTO MONTT Y LA MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL(S 1.780-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Carlos Antonio Karim Bianchi Chelech
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- 28 . PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORES GARCÍA-HUIDOBRO Y GUILLIER, SEÑORAS ALLENDE Y PÉREZ SAN MARTÍN, Y SEÑORES COLOMA, CHAHUÁN, ESPINA, GARCÍA, LAGOS, LARRAÍN, LETELIER, MONTES, MOREIRA, NAVARRO, ORPIS, OSSANDÓN, PÉREZ VARELA, PROKURICA, QUINTEROS Y ZALDÍVAR, CON EL QUE PIDEN AL SEÑOR FISCAL NACIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, LA DESIGNACIÓN DE UN FISCAL CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA A LA INVESTIGACIÓN DE LAS DESAPARICIONES DEL MENOR MATEO RIQUELME Y AL SEÑOR KURT MARTINSON EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA(S 1.781-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Alejandro Rene Eleodoro Guillier Alvarez
- Maria Isabel Allende Bussi
- Lily Perez San Martin
- Juan Antonio Coloma Correa
- Francisco Chahuan Chahuan
- Alberto Espina Otero
- Jose Garcia Ruminot
- Ricardo Lagos Weber
- Hernan Larrain Fernandez
- Juan Pablo Letelier Morel
- Carlos Montes Cisternas
- Ivan Moreira Barros
- Alejandro Navarro Brain
- Jaime Orpis Bouchon
- Manuel Jose Ossandon Irarrazabal
- Victor Perez Varela
- Baldo Prokurica Prokurica
- Rabindranath Quinteros Lara
- Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- 12. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES HARBOE, ARAYA, DE URRESTI, LARRAÍN Y WALKER, DON PATRICIO, CON LA QUE DAN INICIO A UN PROYECTO DE LEY QUE INCORPORA EN EL CÓDIGO PENAL UN PRECEPTO QUE SUPEDITA EL INICIO DE LA APLICACIÓN DE LAS PENAS SUSTITUTIVAS CONTEMPLADAS EN LA LEY N° 18.216 AL CUMPLIMIENTO DE UN AÑO DE PRESIDIO EFECTIVO, TRATÁNDOSE DE DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL CUYAS VÍCTIMAS SEAN MENORES DE EDAD (9.780-07)
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 362ª
Sesión 74ª, en martes 16 de diciembre de 2014
Ordinaria
(De 16:19 a 20:52)
PRESIDENCIA DE SEÑORA ISABEL ALLENDE BUSSI, PRESIDENTA,
Y SEÑOR EUGENIO TUMA ZEDAN, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA..................................................................................................................
Acuerdos de Comités.................................................................................................
V. TIEMPO DE VOTACIONES:
Investigación de desapariciones en Segunda Región. Proyecto de acuerdo (S 1.781-12) (se aprueba)........................................................................................................
VI. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto, en segundo trámite constitucional, que introduce modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos a fin de perfeccionar el sistema de licitaciones de suministro eléctrico para clientes sometidos a regulaciones de precios (9.515-08) (se aprueba en particular).........................................................................................
Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, con el objeto de crear cargos para la defensa penal especializada en adolescentes (9.529-07) (se aprueba en general y en particular)................................................................................................................
Oficio de Su Excelencia la señora Presidenta de la República, con el que solicita el acuerdo del Senado para prorrogar, por el plazo de un año, la permanencia de tropas y medios militares fuera del territorio de la República en Bosnia y Herzegovina (S 1.767-05) (se aprueba......................................................................
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, la Intendencia de Educación Parvularia y modifica diversos cuerpos legales (9.365-04) (queda pendiente su discusión particular).......................
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que renueva la vigencia de la ley N° 19.648 de 1999, sobre acceso a la titularidad de los docentes a contrata en los establecimientos (8.784-04) (se aprueba en general y en particular).........................
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿..
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores (as):
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Araya Guerrero, Pedro
--Bianchi Chelech, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--De Urresti Longton, Alfonso
--Espina Otero, Alberto
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Navarro Brain, Alejandro
--Orpis Bouchon, Jaime
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Tuma Zedan, Eugenio
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los Ministros de la Secretaría General de la Presidencia, señora Ximena Rincón González; de Educación, señor Nicolás Eyzaguirre Guzmán, y de Minería, señora Aurora Williams Baussa.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:19, en presencia de 17 señores Senadores.
La señora ALLENDE (Presidenta).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
La señora ALLENDE (Presidenta).- Las actas de las sesiones 72ª y 73ª, ordinarias, en 9 y 10 de diciembredel presente año, respectivamente, se encuentran en Secretaría a disposición de las señoras y señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
La señora ALLENDE (Presidenta).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Diez de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con los cinco primeros retira y hace presente la urgencia, calificándola de "discusión inmediata", para la tramitación de las iniciativas que se señalan a continuación:
1.- Proyecto de ley que crea la Subsecretaría de Educación Parvularia y la Intendencia de Educación Parvularia, y modifica diversos cuerpos legales (boletín N° 9.365-04).
2.- Proyecto de ley que crea la autorización de funcionamiento de jardines infantiles (boletín Nº 8.859-04).
3.- Proyecto que renueva la vigencia de la ley N° 19.648, de 1999, sobre acceso a la titularidad de los docentes a contrata en los establecimientos públicos subvencionados (boletín Nº 8.784-04).
4.- Proyecto de ley que regula la admisión de estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado (boletín N° 9.366-04).
5.- Proyecto de ley que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional (boletín Nº 9.326-07).
Con los cuatro siguientes retira y hace presente la urgencia, en el carácter de "suma", respecto de las siguientes iniciativas:
1.- Proyecto de ley que crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, y modifica normas legales que indica (boletín N° 9.287-06).
2.- Proyecto que modifica la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, fortaleciendo los consejos regionales (boletín Nº 9.691-06).
3.- Proyecto que modifica la ley N° 19.327 en lo tocante a su ámbito de aplicación y al establecimiento de un régimen sancionatorio efectivo, y la ley N° 20.502, en materia de funciones de la Subsecretaría de Prevención del Delito (boletín Nº 9.566-29).
4.- Proyecto de reforma constitucional que crea el cargo de Fiscal Especial de Alta Complejidad en el Ministerio Público (boletín N° 9.608-07).
Con el último retira y hace presente la urgencia, calificándola de "simple", respecto del proyecto que modifica la ley N° 18.483, que establece un nuevo régimen legal para la industria automotriz, en materia de importación de trolebuses usados (boletín Nº 9.484-15).
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Tres de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que aprobó, en los mismos términos en que lo hizo el Senado, el proyecto que modifica la ley N° 20.234, que establece un procedimiento de saneamiento y regularización de loteos, y amplía su plazo de vigencia (boletín N° 9.407-14).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia la Presidenta de la República para el efecto de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 73 de la Carta Fundamental.
Con los otros dos informa que dio su aprobación a los asuntos que se especifican a continuación:
1.- Proyecto de ley que modifica el Código Civil para crear el estado civil de soltero y su medio de prueba (boletín Nº 8.239-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
2.- Proyecto que modifica la ley N° 19.327 en lo tocante a su ámbito de aplicación y al establecimiento de un régimen sancionatorio efectivo, y la ley N° 20.502, en materia de funciones de la Subsecretaría de Prevención del Delito (boletín Nº 9.566-29) (con urgencia calificada de "suma").
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y a la de Hacienda, en su caso.
Dos de la Excelentísima Corte Suprema:
Emite su parecer, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política, respecto de los siguientes asuntos:
1.- Proyecto que modifica las leyes números 19.968 y 20.066 para incorporar una medida cautelar especial en favor de las víctimas de violencia intrafamiliar y facultar al tribunal, en casos calificados, para controlar su cumplimiento por medio del monitoreo telemático (boletín N° 9.715-07).
2.- Incorporación de un numeral 22, nuevo, en el artículo 1° del proyecto que modifica la ley N° 17.798, de Control de Armas, y el Código Procesal Penal (boletín N° 6.201-02).
--Se toma conocimiento y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Remite copia autorizada de la sentencia definitiva pronunciada en el ejercicio del control de constitucionalidad respecto del proyecto que aumenta las plantas de personal de Carabineros de Chile y modifica la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y la ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros (boletín Nº 9.336-25).
--Se toma conocimiento y se manda archivar el documento junto a sus antecedentes.
Envía copia de resoluciones dictadas en las acciones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los siguientes preceptos:
1.- Artículos 231 del Código Penal y 277, inciso segundo, del Código Procesal Penal.
2.- Artículo 22° del decreto con fuerza de ley N° 707, sobre cuentas corrientes bancarias y cheques.
--Se toma conocimiento y se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
De los señores Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional:
Rinden informe correspondiente al primer semestre del año en curso sobre operaciones de paz en las cuales participan tropas nacionales, con arreglo al artículo 13 de la ley N° 20.297.
--Se toma conocimiento y se remiten copias del documento a las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional.
Del señor Ministro de Defensa Nacional:
Amplía respuesta a solicitud de información, cursada en nombre de la Senadora señora Allende, acerca de asistencia a un equipo de científicos y expertos extranjeros que requieren visitar el territorio antártico en el mes de enero de 2015.
Responde solicitud de información, cursada en nombre del Senador señor De Urresti, en cuanto a los alcances y objetivos del ejercicio conjunto chileno-argentino "Solidaridad" 2014.
De la señora Ministra de Desarrollo Social:
Contesta acuerdo de la Cámara Alta, adoptado a proposición de la Senadora señora Allende, sobre envío de un proyecto de ley que establezca direcciones regionales del Servicio Nacional del Adulto Mayor en todo el país dotándolas de los recursos y atribuciones para impulsar y coordinar las políticas institucionales (boletín N° S 1.699-12).
Del señor Ministro de Obras Públicas:
Da respuesta a solicitudes de información, expedidas en nombre del Senador señor De Urresti, sobre las materias que se indican a continuación:
1.- Calidad de la obra ejecutada en la ruta Antilhue-Valdivia y ejecución de estudios para determinar eventuales problemas estructurales debido a fallas detectadas durante el presente año como consecuencia de un sistema frontal.
2.- Denuncia formulada por el alcalde y los concejales de Lago Ranco respecto al terreno en que se emplaza el paseo a La Pisada del Diablo, en la mencionada comuna.
Contesta solicitud de información, cursada en nombre del Senador señor Espina, relativa a la reparación y pavimentación del camino vecinal que une la Escuela Los Derrames con la vía principal, en la comuna de Purén.
Atiende solicitud de información, enviada en nombre del Senador señor García, sobre proyectos de inversión de las entidades que señala, dependientes de esa Secretaría de Estado, que se financiarán con cargo a recursos de la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2015.
Informa, en respuesta a reiteración de solicitud de información sobre planes de pavimentación o asfaltado del camino que comunica la comuna de San Javier y la localidad de Putagán, hecha en nombre del Senador señor Matta, que ella fue contestada mediante oficio N° 2.785 de esa Secretaría de Estado.
Atiende solicitudes de antecedentes, remitidas en nombre del Senador señor Navarro, acerca de los asuntos que se señalan a continuación:
1.- Informe sobre la Reserva Nacional Nonguén, emplazada mayormente en la comuna de Chiguayante.
2.- Informe en cuanto a obras viales y de agua potable rural en la comuna de Hualqui, Región del Biobío.
De la señora Ministra de Salud:
Responde solicitud de información, remitida en nombre del Senador señor Bianchi, con respecto a resultados de la presentación que la Ilustre Municipalidad de Puerto Natales dirigió a la Subsecretaría de Redes Asistenciales en materia de financiamiento del Programa Postrados.
Atiende solicitud de información, formulada en nombre del Senador señor García, acerca de la fecha definitiva en que se comenzará a construir el centro hospitalario de Ancud.
Contesta solicitud de información, enviada en nombre de la Senadora señora Goic, tocante a la dotación de médicos del Hospital Marcos Chamorro y de las atenciones que esos profesionales prestan durante su jornada, ante denuncias planteadas por la comunidad de Porvenir.
Responde solicitud de información, cursada en nombre del Senador señor Harboe, en cuanto al número de ataques cerebrovasculares ocurridos en la Región del Biobío, cantidad de personas atendidas por esta causa y tasa de sobrevida, así como de las acciones de esa Secretaría de Estado para asegurar atención a aquellas, montos de recursos asignados y resultados obtenidos.
Del señor Presidente del Consejo Directivo de Banco del Estado de Chile:
Contesta petición de antecedentes, enviada en nombre de la Senadora señora Von Baer, relativa a la factibilidad de establecer una sucursal de esa entidad bancaria en la comuna de Máfil.
Del señor Director Nacional (T y P) del Servicio Nacional de la Discapacidad:
Remite informe sobre proposiciones de enmiendas a la ley N° 20.422, planteadas por la Unión de Discapacitados de Parral (Unidispa), para que se establezcan normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, materia consultada en nombre del Senador señor Matta.
De la señora Vicepresidenta Ejecutiva (T y P) de la Junta Nacional de Jardines Infantiles:
Da respuesta a solicitud de información, remitida en nombre de la Senadora señora Van Rysselberghe, respecto al financiamiento y distribución del libro infantil .
Nicolás tiene dos papás
De la señora Jefa de la División Jurídica de la Superintendencia de Educación:
Da respuesta a una solicitud de información, expedida en nombre del Senador señor Navarro, acerca del estado actual de la denuncia sobre irregularidades en el cobro de subvenciones por parte del colegio Piaget, de Talcahuano, e informa en cuanto a las sanciones aplicadas.
De la señora Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores:
Responde solicitud de antecedentes, formulada en nombre del Senador señor Harboe, sobre las condiciones de licitación para prestar labores de apoyo a programas de dicho Servicio y sobre otros aspectos relacionados con la ejecución de sanciones y medidas en el medio libre de los menores infractores de ley en la provincia de Ñuble.
De la señora Superintendenta de Obras Sanitarias:
Atiende solicitud de información, enviada en nombre del Senador señor De Urresti, respecto a la investigación solicitada por señores concejales de la Región de Los Ríos acerca de la presencia de asbesto en la red de agua potable de varias comunas.
De la señora Superintendenta (S) de Pensiones:
Da respuesta a solicitud de información, formulada en nombre del Senador señor Ossandón, con relación a los recursos presupuestarios anuales destinados a perfeccionar el Programa Bono Por Hijo Nacido Vivo.
Del señor Intendente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena:
Contesta solicitud de información, cursada en nombre del Senador señor Bianchi, acerca de la posibilidad de implementar en el año 2015 un programa que disminuya el costo de los pasajes para el traslado en barcaza entre las ciudades de Punta Arenas y Porvenir.
Del señor Director de Obras de la Ilustre Municipalidad de Casablanca:
Atiende solicitud de información, planteada en nombre del Senador señor Chahuán, respecto a ventas de predios agrícolas de superficie igual o inferior a mil metros cuadrados en los loteos Altos de Tapihue y Hacienda Lo Orozco, de esa comuna, y a otorgamiento de permisos de construcción para esos inmuebles.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Minería y Energía recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que introduce modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos perfeccionando el sistema de licitaciones de suministro eléctrico para clientes sometidos a regulaciones de precios (boletín Nº 9.515-08) (con urgencia calificada de "suma").
De las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Hacienda, recaídos en el proyecto, en segundo trámite, que modifica la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, fortaleciendo los consejos regionales (boletín Nº 9.691-06) (con urgencia calificada de "suma").
De las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Hacienda, recaídos en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, con el objeto de crear cargos para la defensa penal especializada en adolescentes (boletín N° 9.529-07) (con urgencia calificada de "suma").
De la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba la Enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 10 de junio de 2010, y las Enmiendas al referido Estatuto relativas al crimen de agresión, de 11 de junio de 2010, ambas adoptadas en la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, celebrada en Kampala, Uganda (boletín N° 8.182-10) (con urgencia calificada de "simple").
Dos de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaídos, respectivamente, en los proyectos de ley, en primer trámite constitucional, que se especifican a continuación:
1.- El iniciado en moción de los Senadores señores Espina, Allamand, Chahuán, García y Prokurica que sustituye el texto de la ley N° 18.314, que determina las conductas terroristas y fija su penalidad, a fin de dar mayor protección a la ciudadanía y fortalecer la paz social (boletín N° 9.669-07).
2.- El iniciado en mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República que determina conductas terroristas y su penalidad y modifica los Códigos Penal y Procesal Penal (boletín N° 9.692-07).
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo estableciendo la prohibición de contabilizar el día feriado irrenunciable dentro de la planificación horaria mensual que determina el sistema de turnos de los trabajadores del comercio (boletín N° 9.402-13).
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Senadores señores Harboe, Araya, De Urresti, Larraín y Patricio Walker, con la que dan inicio a un proyecto que incorpora en el Código Penal un precepto que supedita el inicio de la aplicación de las penas sustitutivas contempladas en la ley N° 18.216 al cumplimiento de un año de presidio efectivo tratándose de delitos contra la libertad sexual cuyas víctimas sean menores de edad (boletín N° 9.780-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Diez del Senador señor Navarro, con las que da inicio a la tramitación de los asuntos que se mencionan a continuación:
1.- Proyecto que modifica la ley que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores para fijar criterios en la determinación de las indemnizaciones (boletín N° 9.792-03).
--Pasa a la Comisión de Economía.
2.- Proyecto que modifica la Ley General de Bancos con el fin de establecer que las entidades bancarias privadas tienen la obligación de instalar y mantener un número mínimo de cajeros automáticos por comuna (boletín N° 9.793-05).
--Pasa a la Comisión de Hacienda.
3.- Proyecto que incorpora un inciso final en el artículo 6° de la Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos al efecto de que los notarios asignen, con cargo al requirente, personal exclusivamente destinado a recibir las declaraciones de afiliación y atender las demás gestiones en días y horarios durante el lapso legal para proceder a la constitución de una colectividad política en formación (boletín N° 9.794-06).
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
4.- Proyecto que modifica el artículo 18 del Código Penal con el fin de presumir la responsabilidad por el daño moral respecto de los condenados por los crímenes que el autor señala o por la ley N° 20.357 (boletín N° 9.795-07).
5.- Proyecto que modifica el numeral 2° del artículo 16 de la Constitución Política de la República en materia de suspensión del derecho de sufragio (boletín N° 9.796-07).
6.- Proyecto de ley que modifica el Código Penal en lo relativo al maltrato animal y aumenta la sanción penal si el delito comprende acciones de connotación sexual o de bestialismo (boletín N° 9.797-07).
--Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
7.- Proyecto que modifica la ley Nº 20.606 y extiende la prohibición de su artículo 6°, relativo al expendio de alimentos prohibidos en establecimientos escolares, a los kioscos y negocios ubicados en su entorno (boletín N° 9.798-11).
--Pasa a la Comisión de Salud.
8.- Proyecto que modifica la ley N° 19.300 con el objeto de incorporar una presunción de daño moral en el caso de actos perjudiciales al medio ambiente con resultados graves para la vida y salud humanas, actividades productivas, asentamientos poblacionales, poblaciones vulnerables, o a la sanidad animal y vegetal (boletín N° 9.799-12).
9.- Proyecto que modifica el artículo 52 de la ley Nº 19.300, que aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en relación con los criterios de determinación de las indemnizaciones por daños (boletín N° 9.800-12).
--Pasan a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
10.- Proyecto que establece en la Ley de Tránsito una presunción de daño moral respecto a las infracciones con resultado de lesiones o de muerte (boletín N° 9.801-15).
--Pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
Proyectos de acuerdo
De los Senadores señores Navarro, Araya y Bianchi, con el que solicitan a Su Excelencia la Presidenta de la República el establecimiento de una política de salud integral para el hombre, que comprenda perspectivas de género, etnia y generacional, en el marco de la estrategia de atención primaria (boletín Nº S 1.777-12).
Del Senador señor Ossandón, con el que solicita a Su Excelencia la Presidenta de la República que disponga medidas de igualdad de oportunidades que posibiliten la movilidad habitacional dando preferencia a las personas con discapacidad y a los adultos mayores (boletín Nº S 1.778-12).
Del Senador señor Quinteros, con el que solicita a Su Excelencia la Presidenta de la República la remisión de una iniciativa legal que establezca un examen único nacional para el ejercicio de la odontología (boletín Nº S 1.779-12).
Del Senador señor Bianchi, con el que pide a Su Excelencia la Presidenta de la República el envío de un proyecto de ley para el restablecimiento del servicio de trenes desde Santiago hasta Puerto Montt y la modernización del sistema ferroviario nacional (boletín Nº S 1.780-12).
--Quedan para el Tiempo de Votaciones de la sesión ordinaria respectiva.
El señor ALLIENDE (Prosecretario).- En este momento ha llegado a la Mesa el informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula la admisión de los estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado (boletín N° 9.366-04) (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
La señora ALLENDE (Presidenta).- Queda para tabla.
Terminada la Cuenta.
ACUERDOS DE COMITÉS
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Los Comités, en sesión de hoy, adoptaron los siguientes acuerdos:
1.- Tratar en la presente sesión ordinaria, como si fueran de Fácil Despacho, los siguientes proyectos:
a) El que introduce modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos perfeccionando el sistema de licitaciones de suministro eléctrico para clientes sometidos a regulaciones de precios (boletín Nº 9.515-08), y
b) El que modifica la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública, con el objeto de crear cargos para la defensa penal especializada en adolescentes (boletín N° 9.529-07).
2.- Tratar en la sesión extraordinaria de mañana, miércoles 16, como si fueran de Fácil Despacho, los siguientes proyectos:
a) El que otorga una bonificación adicional por retiro al personal no académico que indica de las universidades del Estado y faculta a estas para conceder otros beneficios transitorios (boletín Nº 9.557-04), y
b) Proyecto de ley sobre asignaciones y modificaciones a la planta del Servicio Agrícola y Ganadero (boletín Nº 9.690-01).
3.- Votar luego de la Cuenta de la sesión ordinaria de hoy el proyecto de acuerdo relativo a la situación de conmoción pública causada en la Segunda Región por la desaparición del menor Mateo Riquelme y del guía turístico señor Kurt Martinson, mediante el cual se solicita al Fiscal Nacional la designación de un fiscal con dedicación exclusiva a la investigación.
4.- Fijar el siguiente próximo calendario de semanas regionales para el año 2015 y enero de 2016.
-Marzo: desde el lunes 23 hasta el viernes 27.
-Abril: desde el lunes 27 hasta el jueves 30.
-Mayo: desde el lunes 25 hasta el viernes 29.
-Junio: desde el lunes 22 hasta el viernes 26.
-Julio: desde el lunes 27 hasta el viernes 31.
-Agosto: desde el lunes 24 hasta el viernes 28.
-Septiembre: desde el lunes 21 hasta el viernes 25.
-Octubre: desde el lunes 26 hasta el viernes 30.
-Noviembre: desde el lunes 30 hasta el viernes 4 de diciembre.
-Diciembre: desde el lunes 28 hasta el jueves 31.
-Enero de 2016: desde el lunes 25 hasta el viernes 29.
Nada más, señora Presidenta.
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La señora ALLENDE (Presidenta).- Voy a llamar a reunión de Comités.
El señor LAGOS.- Pido la palabra.
La señora ALLENDE (Presidenta).- La tiene, Su Señoría.
El señor LAGOS.- Señora Presidenta, le solicito recabar la autorización necesaria para que la Comisión de Hacienda discuta en general y particular el proyecto de ley que otorga una bonificación adicional por retiro a personal no académico de las universidades del Estado y faculta a estas para conceder otros beneficios transitorios.
Está llegando una indicación del Ejecutivo. La idea es despachar la iniciativa y tratarla mañana en la Sala.
La señora ALLENDE (Presidenta).- En efecto, habíamos previsto la llegada a la Comisión de Hacienda de la indicación del Gobierno y el tratamiento del proyecto mañana en la tabla de Fácil Despacho.
El señor LAGOS.- Autorizándonos para sesionar en paralelo con la Sala durante la tarde.
La señora ALLENDE (Presidenta).- ¿Les parece a Sus Señorías?
Así se acuerda.
Llamo a reunión de Comités.
Se suspende la sesión.
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--Se suspendió a las 16:33.
--Se reanudó a las 16:40.
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La señora ALLENDE (Presidenta).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra el señor Secretario para dar a conocer lo determinado recién por los Comités.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Se ha acordado que el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula la admisión de estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado se incluya en el primer lugar de la sesión extraordinaria citada para el día de mañana, con el objeto de iniciar su discusión, y que esta continúe en la sesión de la tarde, hasta su total despacho con la votación en general.
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La señora ALLENDE (Presidenta).- Saludo al señor Ministro de Minería, lo que no había tenido la oportunidad de hacer.
Sea usted muy bienvenido.
V. TIEMPO DE VOTACIONES
INVESTIGACIÓN DE DESAPARICIONES EN SEGUNDA REGIÓN. PROYECTO DE ACUERDO
La señora ALLENDE (Presidenta).- Conforme a las resoluciones de los Comités dadas a conocer después de la Cuenta, corresponde ocuparse en el proyecto de acuerdo, firmado por señores Senadores de cada uno de ellos, relativo a la desaparición de dos personas en la Región de Antofagasta.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1.781-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 74ª, en 16 de diciembre de 2014.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El documento expresa lo siguiente:
"Considerando:
"1° La conmoción pública causada en la Segunda Región de Antofagasta y en todo el país por la desaparición, en circunstancias aún indeterminadas, del menor Mateo Riquelme y del guía turístico Kurt Martinson García;
"2° La ocurrencia hace ya más de dos semanas de ambas desapariciones sin que, hasta la fecha, las investigaciones ofrezcan antecedentes certeros sobre su paradero y condición;
"3° La necesidad de destinar mayores recursos humanos e investigativos para dar a la brevedad con el destino de ambas personas, como una forma de contribuir a la tranquilidad pública y de sus familias;
"El Senado de la República acuerda:
"Solicitar al Fiscal Nacional, Sr. Sabas Chahuán, la designación de un fiscal con dedicación exclusiva a la investigación de ambas desapariciones.".
La señora ALLENDE (Presidenta).- Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Por unanimidad, se aprueba el proyecto de acuerdo.
VI. ORDEN DEL DÍA
PERFECCIONAMIENTO DE LICITACIONES DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD EN CASO DE REGULACIÓN DE PRECIO
La señora ALLENDE (Presidenta).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que introduce modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos a fin de perfeccionar el sistema de licitaciones de suministro eléctrico para clientes sometidos a regulaciones de precios, con segundo informe de la Comisión de Minería y Energía y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.515-08) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 60ª, en 4 de noviembre de 2014.
Informes de Comisión:
Minería y Energía: sesión 64ª, en 18 de noviembre de 2014.
Minería y Energía (segundo): sesión 74ª, en 16 de diciembre de 2014.
Discusión:
Sesión 65ª, en 19 de noviembre de 2014 (se aprueba en general).
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Secretario General.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
La Comisión deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que los numerales 1) y 9) del artículo único y los artículos segundo y tercero transitorios no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones, por lo que deben darse por aprobados, salvo que algún señor Senador, con el acuerdo unánime de los presentes, solicite su votación o discusión.
--Conforme al Reglamento, se dan por aprobados.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
El órgano técnico realizó diversas enmiendas al proyecto de ley sancionado en general, todas ellas acordadas por unanimidad, por lo que deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador manifieste su intención de impugnar una proposición.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado en el que se transcriben los cambios introducidos por la Comisión y el texto que quedaría en caso de ser acogidos.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
En discusión particular.
Los Comités, conscientes de la urgencia de la iniciativa, determinaron que esta se tratara como si fuera de Fácil Despacho.
Tiene la palabra el señor Ministro de Energía para exponer el contenido.
El señor PIZARRO.-
Que se abra la votación.
El señor COLOMA.-
No. Vamos por orden.
El señor PACHECO (Ministro de Energía).-
Señor Presidente, quisiera partir por manifestar que el trabajo realizado en la Comisión, con el acuerdo unánime de sus integrantes, ha sido extraordinariamente provechoso para el Ministerio a mi cargo y permitió perfeccionar un proyecto que es el corazón del sistema eléctrico.
Tal vez, la semana pasada fue una de las mejores del sector en muchos años. Después de una sequía de ofertas en licitaciones, que en el año 2013 se tradujo en que no hubo ninguna en cuatro de dichos procesos, uno de ellos registró diecisiete, las cuales expresan el interés por invertir.
Las ofertas van a significar recursos por más de seis mil millones de dólares y el ingreso de otros actores al sector eléctrico: dos grandes empresas francesas. EDF llega por primera vez y GDF Suez, que solo participaba en el sistema interconectado del Norte Grande, va a estar ahora en el sistema interconectado central.
Y lo más importante es la entrada, extraordinariamente exitosa, de las energías renovables no convencionales, con propuestas de precio sumamente atractivas. Abiertos los sobres, se observa una reducción de 16 por ciento en relación con las ofertas de diciembre del año anterior.
Creo que eso es una muy buena señal para lo que viene. Los asuntos de energía obviamente no se resuelven de un día para otro, pero ya comienzan a darse demostraciones claras de nuevos competidores, tecnologías y oferta.
La iniciativa que se somete a la consideración del Senado permitirá que en marzo próximo expongamos las bases de licitación para las propuestas que recibiremos en marzo de 2016 por energía que se va a contratar a contar del año 2021.
Espero que la entrada de nuevos actores, tecnologías y oferta que el proyecto justamente facilita ayude a detener el alza en las cuentas de electricidad, de 20 por ciento en los últimos cuatro años, y que podamos empezar a pensar, a partir de 2021, en precios razonables que se traduzcan en una vida más fácil de los hogares, pero también en la recuperación del sector industrial y demás productivos.
Muchas gracias.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Se me ha pedido abrir la votación¿
El señor COLOMA.-
No.
El señor WALKER (don Ignacio).-
¡Es un asunto de Fácil Despacho¿!
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Guillier, Presidente de la Comisión de Minería y Energía.
El señor GUILLIER.-
Señor Presidente, deseo destacar no solo que la iniciativa traduce la voluntad de los cinco integrantes del órgano técnico, quienes llegamos a un acuerdo unánime para remover los obstáculos que impiden el pleno y sano desarrollo de nuestro sistema eléctrico, sino también que ello se logró después de escuchar a los distintos actores, tanto de las tecnologías tradicionales como de las nuevas. Ello nos ha permitido alcanzar un gran consenso entre los actores interesados, al objeto de encontrar caminos compartidos y visiones convergentes acerca de cómo destrabar los inconvenientes que han impedido que los procesos de licitación de bloques de energía respondan a condiciones de competitividad, seguridad y sustentabilidad.
Recordemos que uno de los objetivos principales de la llamada "Ley Corta II" fue crear incentivos para que las generadoras pudieran ofertar bloques de suministro de energía a precios estables y de largo plazo a los clientes regulados. Sin embargo, dicho cuerpo legal, en circunstancias de que estos últimos representan el 50 por ciento de la demanda eléctrica, no logró generar condiciones para fortalecer el mecanismo de contratos de largo plazo y darle mayor estabilidad al sistema.
En opinión de la Comisión, múltiples causas explican este estado de cosas. Las resumo, para beneficio del debate: un proceso poco flexible en plazos, periodicidad y estructura de precios; un término muy corto de los llamados a licitación; segmentación poco flexible de la demanda, sin que sea posible ofertar sobre la base de la de corto y la de largo plazo; amplio espacio para la interpretación de las bases de licitación, por no ser lo suficientemente precisas en sus requerimientos, e incertidumbre en la construcción de nuevas plantas, producto de la oposición social, el mayor cuestionamiento ambiental y la judicialización de los proyectos.
Por lo tanto, las modificaciones propuestas unánimemente por la Comisión buscan acometer los problemas identificados a partir de ese diagnóstico.
En lo concerniente a los principales aspectos contenidos en las enmiendas, puedo condensarlos de la siguiente manera:
1.- Se modifica de dos mil a cinco mil kilovatios por empalme el límite de los clientes regulados. Por ende, son clientes libres solo aquellos con consumos iguales o superiores a esa última cantidad. La idea de aumentar el límite de consumo que define a los clientes regulados obedece a la circunstancia de que aquellos entre dos mil y cinco mil kilovatios poseen hoy muy poca capacidad de negociación. Eso beneficia claramente a las nuevas tecnologías.
2.- Para independizar el valor agregado de distribución, se establece un proceso de carácter anual, pero al mismo tiempo se permite que el reglamento contemple uno o más períodos en el año para efectuar licitaciones.
3.- Se le entregan a la Comisión Nacional de Energía mayores atribuciones para diseñar, coordinar y dirigir estas últimas en concordancia con los objetivos de eficiencia económica, competencia, seguridad y diversificación de la legislación eléctrica. A la entidad le corresponderá elaborar y aprobar las bases, las que deberá remitir previamente a las distribuidoras participantes para sus observaciones.
4.- Las distribuidoras serán responsables de los aspectos administrativos y de gestión de los procesos de licitación, como también de 1os gastos en que se incurra. Asimismo, deberán monitorear y calcular su demanda futura para luego informar a la Comisión Nacional, en forma justificada, detallada y documentada, acerca de las proyecciones obtenidas y las necesidades de suministro.
5.- El proceso se va iniciar con un informe preliminar de la Comisión, que contendrá los aspectos técnicos, y si existieran, "las condiciones especiales de la licitación". Pero el estudio puede ser observado por los interesados, quienes incluso tienen la posibilidad de apelar ante el panel de expertos para que se emita una nueva opinión. El plazo máximo del contrato se aumenta de quince a veinte años.
6.- Las bases establecerán las condiciones, los criterios y las metodologías que serán empleados para realizar la evaluación económica de las ofertas, en lo que se podrán considerar fórmulas de indexación.
7.- Se anexa a las bases un contrato tipo para el "servicio público de distribución".
8.- Los contratos podrán contemplar mecanismos de revisión de precios que se justificarán en relación con un cambio cualitativo en el escenario.
9.- En cada licitación, el precio será fijado por la Comisión en un acto administrativo de carácter reservado, que permanecerá oculto hasta la apertura de las ofertas. 10.- En casos justificados podrán implementarse licitaciones de corto plazo.
11.- Los oferentes que se adjudiquen licitaciones con proyectos nuevos de generación podrán solicitar, fundadamente, la postergación del plazo de inicio del suministro o ponerle término anticipado al contrato por causas no imputables al adjudicatario.
12.- Cuando la Comisión prevea que el consumo efectivo de energía a clientes regulados sea superior al suministro contratado, podrá implementar una licitación de corto plazo, hasta por tres años.
Finalmente, los consumos asociados al suministro sin contrato serán pagados por las distribuidoras a las generadoras que corresponda a un precio equivalente al máximo valor entre el precio de nudo de corto plazo, vigente en la subestación más cercana a la barra de inyección de cada generadora, y el costo variable de operación real del sistema.
Deseo consignar que el conjunto de las enmiendas que la Comisión propone introducir al proyecto de ley no solo son unánimes, sino que también coinciden con los principales actores involucrados, por lo que se pide su aprobación.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Puede intervenir el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señora Presidenta, Honorable Sala, el señor Ministro de Energía destacaba, al inicio de su intervención, lo exitosa que fue la última licitación, adjudicada la semana pasada. Pues bien, esta se llevó a cabo de acuerdo con la legislación vigente, es decir, sin las modificaciones que se plantean hoy.
Me gustaría resaltar que se trata de enmiendas verificadas fruto de una coincidencia política completamente transversal. Es lo que ha sido la tónica, en general, en un asunto tan de Estado como el energético, que de manera recurrente ha propiciado la Comisión de Minería y Energía.
No es el primer acuerdo en la materia. También lo obtuvimos con el proyecto 20/25, con la Ley de Concesiones y actualmente con la iniciativa de licitaciones, en que la ex Senadora señora Rincón, actual Ministra, aquí presente, también fue protagonista muy central.
Me gustaría consignar de manera categórica que se va a provocar un punto de inflexión importante. Y lo señalo por lo siguiente: las modificaciones introducidas profundizan el respaldo que se debe dar a los clientes regulados, la parte más débil en el sistema eléctrico. Son los que carecen de capacidad de negociación y representan el 50 por ciento del consumo de energía.
Tal como lo decía mi Honorable colega Guillier, la protección se aumenta de dos mil a cinco mil kilovatios, porque se estima que en ese rango no hay capacidad de negociación.
Mas quisiera centrarme aquí en cambios que, a mi juicio, son la piedra angular, desde un punto de vista técnico, para el éxito de las licitaciones.
¿Cómo se protege al cliente regulado? Al establecerse contratos a largo plazo. Estos deben hacerse a través de licitaciones eléctricas, que venían resultando desiertas en el último tiempo, y en las que el cliente regulado tenía que "pagar el ", en definitiva. En ellas sistemáticamente había un aumento de precio.
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¿Qué se hace en la iniciativa en cuanto a tres enmiendas fundamentales?
Primero, se amplían las facultades de la Comisión Nacional de Energía. La entidad, a partir de ahora, va a ser la que coordine, dirija y realice el proceso de licitación. En la legislación vigente, son las distribuidoras las que lo hacen, y solo bajo un criterio: el del precio más bajo. En cambio, en este caso se incorporan criterios adicionales, como la eficiencia económica, la competencia, la seguridad y la diversificación al menor precio posible.
En seguida, el proyecto de ley parte por un documento que no existe en la legislación vigente e incorpora, para mí, un elemento fundamental, que es el informe técnico preliminar, el que tiene que proyectar la demanda para los efectos del proceso de licitación,
La modificación fundamental entre la Cámara y el Senado dice relación con que dicho texto, que elabora la Comisión Nacional de Energía, únicamente podía ser observado por los suministradores. Ahora no solo se otorga la facultad de observar, sino que adicionalmente se puede ir al Comité de Expertos, ya que si no se determina bien la demanda, las licitaciones pueden fracasar, en la medida en que se considera aquella que se ha proyectado.
Pero, desde mi punto de vista, la iniciativa también se hace cargo de todas las debilidades que presentaba el actual proceso de licitación. ¿Cuáles? La principal: era poco flexible. Por lo tanto, se aumenta la flexibilidad. De hecho, se incrementa el plazo máximo de las licitaciones, es decir, el plazo de suministro, de 15 a 20 años.
A mi juicio, se agrega un elemento muy importante en materia de flexibilidad, ya que las licitaciones serán exitosas y los precios bajarán en la medida en que haya mayor capacidad de generación.
Por eso precisamente este proyecto de ley establece un sistema más flexible para quienes postulan con nueva generación. Da plazos adicionales y posibilidades de retirarse si surgen imprevistos en el proceso intermedio por causas que no sean imputables al adjudicatario. O sea, existe una clara señal para los nuevos proyectos de generación.
En segundo lugar, tal como manifestaba en mi intervención, la clave es proyectar la demanda, pero a largo plazo. Porque muchas veces ocurre que los suministros contratados no corresponden a la demanda efectiva. Para evitar ese problema o para cuando se declaran desiertas las licitaciones, se fija un mecanismo de licitaciones de corto plazo.
Además, la iniciativa incorpora un tercer elemento tremendamente relevante.
Como en 20 años pueden suceder muchas cosas, se establece un mecanismo de revisión de precios para cuando se produzcan situaciones imprevisibles debido a que la actual legislación no contempla este tipo de instrumentos.
Lo importante es que dicho mecanismo se gatilla entre las distribuidoras y las generadoras, pero además participan las asociaciones de consumidores ante el panel de expertos.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Terminó su tiempo, Su Señoría.
Cuenta con un minuto más para redondear la idea.
El señor ORPIS.-
En resumen, señora Presidenta, si ya eran exitosos los sistemas de licitación con la actual legislación, al agregar estas modificaciones legales (el mecanismo de revisión de precios, las licitaciones de corto plazo y las mayores flexibilidades para la nueva capacidad de generación), las licitaciones futuras serán tremendamente exitosas, protegeremos al cliente regulado y generaremos más competencia y diversificación.
Y termino con un elemento muy trascendente, en particular para el norte.
Este proyecto resuelve un problema eléctrico en la zona que represento, porque, con la actual legislación, las tarifas se incrementarían por sobre el 40 por ciento, mientras que con las modificaciones introducidas por esta normativa en el Sistema Interconectado del Norte Grande esa alza no llegará más allá del 18 por ciento.
Por esa razón, la Comisión de Minería y Energía y el Gobierno llegamos de nuevo a un acuerdo político importante en un asunto de Estado como lo es el tema energético.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Según lo resuelto por los Comités, este proyecto sería tratado como si fuera de Fácil Despacho y ya han intervenido dos señores Senadores a favor. Solo podría usar de la palabra alguien que quisiera impugnarlo, conforme al artículo 87 del Reglamento.
Por tanto, correspondería votar.
Me está pidiendo la palabra el Honorable señor Prokurica para un asunto de reglamento.
El señor PROKURICA.-
Señora Presidenta, gracias por darme la palabra.
En virtud del artículo 8° del Reglamento del Senado, me inhabilito para esta votación.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Muy bien.
En votación las modificaciones introducidas por la Comisión de Minería y Energía.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en particular el proyecto con las enmiendas propuestas por la Comisión de Minería y Energía (31 votos favorables), y queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras
CREACIÓN DE CARGOS PARA DEFENSA PENAL ESPECIALIZADA EN ADOLESCENTES
La señora ALLENDE (Presidenta).- Conforme a lo acordado por los Comités, corresponde tratar a continuación, también como si fuera de Fácil Despacho, el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.718, que creó la Defensoría Penal Pública, con el objeto de crear cargos para la defensa penal especializada en adolescentes, con informes de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Hacienda y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.529-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 55ª, en 14 de octubre de 2014.
Informes de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 74ª, en 16 de diciembre de 2014.
Hacienda: sesión 74ª, en 16 de diciembre de 2014.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo principal de la iniciativa es incorporar 83 nuevos cargos a contrata a la dotación máxima de personal de la Defensoría Penal Pública, de los cuales 50 serán para defensores locales que se dedicarán a la defensa penal de adolescentes, mientras que los 33 restantes se destinarán a otros profesionales y personal administrativo de la misma área.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento discutió la iniciativa en general y en particular a la vez, por considerarla de artículo único, y la aprobó en los mismos términos en que la despachó la Cámara de Diputados, por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Araya, Espina, Harboe y Hernán Larraín.
La Comisión de Hacienda, por su parte, se pronunció sobre las normas de su competencia -el número 1) del artículo único y los artículos primero y segundo transitorios- las cuales aprobó en iguales términos que la Comisión de Constitución, por la unanimidad de sus miembros (Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Zaldívar) respecto del artículo único, y por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Coloma, Lagos, Montes y Zaldívar), en relación con las disposiciones transitorias.
El texto que se propone aprobar se transcribe en la página 12 del informe de la Comisión de Hacienda y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
La señora ALLENDE (Presidenta).- En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, Senador señor Felipe Harboe.
El señor HARBOE.- Señora Presidenta, este proyecto de ley se encuentra en segundo trámite constitucional y se originó en un mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República dirigido a la Cámara de Diputados.
La idea matriz o fundamental apunta a regularizar la situación laboral del personal que presta servicios en el Programa de Defensa Penal Juvenil de la Defensoría Penal Pública.
Según señala el mensaje, es necesario proponer una vía de solución para alcanzar una institucionalización de la defensa penal especializada en adolescentes en el país, de manera de contar con una dotación de defensores públicos que presten sus servicios en el contexto de las exigencias de la ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal.
Recuerda que la señalada ley impone el principio de especialización del sistema penal de adolescentes y contempla condiciones particulares para el juzgamiento penal de estos, diferenciándolo del aplicable a los adultos. Las justificaciones para ello son diversas. Por una parte, está la Convención sobre los Derechos del Niño, cuyo artículo 40.3 establece la obligación de los estados parte de establecer procedimientos, autoridades e instituciones específicos para niños infractores de la ley penal, dando lugar así al deber de constituir sistemas penales diferenciados para adolescentes y para adultos. Por otra parte, se hallan las características de la realidad psicológica, social y cultural de los adolescentes. También hay razones de orden político-criminal que obligan a revisar los fines especiales de este sistema penal, que busca también la responsabilización y la integración social del joven infractor.
En definitiva, se busca el quiebre de las carreras criminales.
Por ello, el mensaje recuerda que el artículo 29 de dicha ley exige que los jueces de garantía, los jueces del tribunal de juicio oral en lo penal, así como los fiscales adjuntos y los defensores penales públicos que intervengan en las causas de adolescentes deban estar capacitados en los estudios e información criminológica vinculada a la ocurrencia de estas infracciones, en la Convención sobre los Derechos del Niño, en las características y especificidades de la etapa adolescente y en el sistema de ejecución de sanciones establecido en la misma ley.
De lo anterior -dice el mensaje- derivan mayores exigencias para la defensa penal juvenil que se traducen en una mayor carga e intensidad de trabajo para los defensores.
El Ejecutivo hace presente que el modelo de provisión de defensa contemplado en la ley N° 19.718, que creó la Defensoría Penal Pública, prevé una dotación fija de defensores institucionales, que constituye la base del sistema, más una dotación de defensores cuyos servicios son licitados, no considerándose en la dotación a los defensores penales juveniles que hoy se requieren.
Informa el Ejecutivo que, hasta la fecha, la institución ha asumido la provisión del servicio de defensa penal juvenil implementando un programa piloto que ha permitido contratar profesionales vía honorarios. Dicho plan se inició con el propósito de contar con datos empíricos de los primeros años de funcionamiento del sistema de defensa penal juvenil, especialmente en cuanto a la demanda y el impacto en la defensa a partir de las nuevas obligaciones provenientes del sistema de ejecución de sanciones. Esto ha sido financiado, desde el año 2006, mediante reasignaciones presupuestarias, desde el subtítulo de transferencias corrientes al ítem honorarios. Señala que al haber transcurrido más de 5 años desde el inicio del plan piloto, es posible y necesario definir el modelo de servicio definitivo respecto de la defensa penal de los adolescentes, situación que justamente aborda el proyecto.
En cuanto al contenido de la iniciativa, debo destacar que su artículo único permanente modifica el artículo 31 de la ley N° 19.718, de manera de aumentar de 145 a 195 los defensores locales, estableciéndose que al menos 50 de ellos cumplirán funciones para la defensa penal de adolescentes.
En seguida, se agregan dos disposiciones transitorias.La primera, para incrementar en 83 cupos la dotación máxima de personal vigente de la Defensoría Penal Pública. Y la segunda, para proveer los recursos que cubrirán el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la ley para el año de su entrada en vigencia.
Cabe hacer presente que el informe financiero del proyecto, que debía ser analizado por la Comisión de Hacienda, señala que actualmente los 83 cargos que se estarían aumentando están siendo provistos en calidad de honorarios y que se trata de 50 defensores y 33 asistentes sociales y asistentes administrativos que conforman el equipo de apoyo de los defensores que cumplen funciones en la Defensoría Penal de Adolescentes.
La fórmula de financiamiento consiste en que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la ley para el año de su entrada en vigencia se financiará con los recursos contemplados en el presupuesto de la Defensoría Penal Pública y que, no obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, suplementaría dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con los referidos recursos.
Señora Presidenta, la Comisión de Constitución coincidió con los objetivos del proyecto, los que analizó con autoridades del Ministerio de Justicia y de la Defensoría Penal Pública, así como con representantes de las asociaciones de funcionarios de esta última institución. Por tal razón, por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Araya, Espina, Larraín y quien habla), lo aprobó tanto en general como en particular, por lo cual propone a la Sala proceder de la misma manera.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Antes de ofrecer la palabra, consulto a la Sala si habría consenso para abrir la votación, dejando 5 minutos para fundamentar el voto, ya que el acuerdo de los Comités fue tratar ambas iniciativas como si fueran de Fácil Despacho, es decir, en un tiempo máximo de 30 minutos.
¿Habría acuerdo para proceder en tal sentido?
Acordado.
Por lo tanto, en votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.- Señora Presidenta, por supuesto, voy a concurrir con mi voto favorable a la aprobación de la iniciativa.
Dicho eso, y a propósito de que ha existido un intenso debate público en el ámbito de la seguridad ciudadana, estimo que hay pendiente una deuda tremenda en materia de adolescentes, la cual ha sido abordada en Comisiones especiales por este Senado, como son las modificaciones a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.
Las cifras indican que la aplicación de la citada ley muestra los más altos niveles de reincidencia, así como serias falencias.
Por lo tanto, sin perjuicio de aprobar el proyecto, creo que lo adecuado, después de las sesiones especiales que celebró la Sala del Senado, habría sido considerar el trabajo de la Comisión de Constitución, que elaboró un documento completo con las modificaciones que habría que introducir a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente a partir de las jornadas temáticas que se realizaron.
Por ello, estimo tremendamente pobre que la primera modificación a dicha ley solo implique aumentar de 145 a 195 los cargos de defensores, en circunstancias de que el Senado habría esperado una enmienda para mejorar la serie de debilidades que exhibe desde su implementación (las cuales, entre paréntesis, fueron advertidas previamente a su puesta en vigencia por las comisiones de expertos que se establecieron en aquella oportunidad, las que les señalaron a las autoridades de Gobierno y al Parlamento que no era prudente ponerla en ejecución sin antes solucionar ciertos aspectos fundamentales).
Voy a concurrir con mi voto a la aprobación del proyecto, pero dejando constancia de la necesidad de que, ojalá a la brevedad posible -en mi opinión, en forma urgente-, se ingrese a tramitación legislativa una modificación más sustantiva a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, que tiene incidencia muy directa en los niveles de seguridad ciudadana.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.- Señora Presidenta, pedí la palabra para hacer dos comentarios.
En primer lugar, comparto lo planteado por el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra. El aumento de 145 a 195 defensores locales, así como el hecho de que, de los 83 nuevos cargos de la dotación máxima de personal, 50 se destinen al desempeño de funciones de defensa penal de adolescentes, tienen un sentido especial -así al menos fue explicado en la Comisión de Hacienda-, como es que, precisamente por la naturaleza de la adolescencia, el cumplimiento de penas vaya asociado al seguimiento que realice la Defensoría.
Por lo tanto, hay elementos que, desde mi perspectiva, justifican tal aumento. No se trata simplemente de decir que hay un incremento porque la delincuencia juvenil es un problema muy severo en nuestro país, aunque no cabe duda de que quizás ahí estén instalados los desafíos más complejos, mirando el Chile que se viene hacia el futuro. Se requieren más defensores locales, es cierto, pero, si ello no va acompañado de una preocupación específica o de una opción real por que exista el seguimiento que la ley plantea, los resultados serán bastante insatisfactorios.
Por eso, las asociaciones vinculadas a la Defensoría Penal Pública hicieron presente esta argumentación especial. Insisto: no es un simple aumento -insuficiente, por cierto-; el objetivo obedece al cumplimiento de una obligación que nace de la ley como es el seguimiento, que es lo único que tiene sentido si realmente se quiere que una persona que ha cometido un delito en su juventud no persista. La opción de persistir es muy alta y, por tanto, se está haciendo un esfuerzo para que exista un seguimiento, el cual es difícil de lograr si no se cuenta con un número de funcionarios adecuado.
El segundo comentario -que también planteé- es que toda esta situación es algo bien raro en la Defensoría Penal Pública, pues los defensores son, por naturaleza, funcionarios a contrata. Sin embargo, se explicó cuál fue la razón para haber procedido como se hizo. En todo caso, quedó bien claro -y así se entendió- que quienes se encuentran trabajando hoy en la práctica van a tener que concursar en su momento, porque la norma pertinente agrega que "El acceso a los empleos correspondientes se efectuará por concurso público".
Eso se encuentra asumido por todas las asociaciones. Fue parte del entendimiento para generar este apoyo unánime. Yo simplemente cumplo con señalar que no por el hecho de que se nombren en forma especial tendrán que excluirse del sentido del concurso, cosa en la que, para ser franco, estaban todos muy de acuerdo.
En resumen, señora Presidenta, creo que este proyecto va más allá de un simple número. Significa mejorar un poquito en una materia en la cual el país está muy deficitario: la forma de enfrentar la delincuencia juvenil y particularmente lograr reencausar la acción de adolescentes que incurren en determinadas conductas y respecto de lo cual la sociedad como tal se hace cargo.
Por lo expuesto, me parece positiva la iniciativa y la votaré a favor.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA.- Señora Presidenta, nos vamos a pronunciar a favor del proyecto. Pero no podemos dejar de mencionar que esta solución resulta claramente parcial.
Desde que se analizó en el Congreso, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, el establecimiento de un sistema de responsabilidad de adolescentes por infracción a la ley penal, expresamos que no funcionaría, como ocurre hasta hoy.
Y no solo opera inadecuadamente por la inexistencia de defensores penales de adolescentes, que a lo mejor resultan extraordinariamente necesarios, sino porque la estructura del Estado impide contar con un sistema adecuado para enfrentar al adolescente que ha infringido la ley, que ha cometido un delito. ¿A dónde se le manda? ¿A dónde se dirige? ¿A qué centro cerrado? ¿Qué características tienen estos centros establecidos por la ley para que cumplan determinada sanción y puedan llevar adelante un proceso de rehabilitación? ¿Dónde se encuentran los centros abiertos a los que puedan concurrir para que también les sea posible, de acuerdo a su penalidad, trabajar con especialistas para su rehabilitación? No existen. Por ejemplo, en la Región del Biobío, si un joven que vive en la comuna de Santa Bárbara comete un delito y debe ingresar a un recinto cerrado, tiene que ir a Coronel.
Por lo tanto, no están dadas las condiciones para hacer operativo un sistema que permita, por un lado, sancionar al joven que perpetra un delito, y por otro, rehabilitarlo para cortar su carrera delictual, como era la finalidad de la ley en su origen.
En tal sentido, basta ver lo que sucede en nuestras ciudades, basta escuchar o ver los medios de comunicación para constatar cómo no hay ninguna acción de disuasión hacia los menores de edad que cometen delitos. Por el contrario, existe un incentivo para ello, puesto que la institucionalidad que se dio el Estado a partir de la ley Nº 20.084 no ha funcionado en ninguno de sus aspectos.
Sin duda, colocar defensores penales especializados en el tema penal adolescente puede ayudar. No obstante, no tapemos el sol con un dedo: el sistema en general no ha operado adecuadamente.
Como manifestaba el Senador Orpis, aquí ha habido debates importantes, en los que se ha recomendado a la autoridad, al Ministerio de Justicia qué medidas hay que adoptar, qué instituciones se deben crear, cómo se ha de fortalecer el Servicio Nacional de Menores (SENAME), para contar verdaderamente con una institucionalidad que proteja al joven, que lo sancione, pero que permita rehabilitarlo para la sociedad. Y eso, claramente, no existe.
Con esta iniciativa habrá algo más de 40 defensores penales que, como decía el Senador Coloma, estarán capacitados para hacer un seguimiento a las sanciones. ¿A qué sanciones? A las que se cumplen en los centros abiertos del SENAME, que no reúnen las condiciones adecuadas para un sistema represivo dirigido a los jóvenes. Ello tampoco ocurre con los centros cerrados.
Por lo tanto, señora Presidenta, no hay duda de que este proyecto, que votaremos a favor, es claramente parcial y no resuelve el problema dramático que enfrentamos en materia de seguridad ciudadana.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.- Señora Presidenta, seré muy breve, pues el Senador que me antecedió en el uso de la palabra representa mi opinión sobre este tema.
Quiero ser como los fenicios en esta oportunidad, porque esta debe de ser como la séptima vez durante el presente año en que a través de la Mesa le pido al Gobierno que le ponga urgencia a la tramitación del proyecto de ley llamado "Reforma de la Reforma", que se encuentra paralizado desde marzo en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Lo hemos conversado en diversas ocasiones con el Ministro del Interior, con el Ministro de Justicia. Sin embargo, por altos que sean los índices delictuales, por evidente que resulte que la delincuencia se encuentra en muchos aspectos desbordada, no ha habido caso de que tomen conciencia acerca de la urgencia de enviar una iniciativa o de activar ese proyecto -lo cual correspondería-, que contiene medidas concretas y específicas para lograr disminuir los altísimos índices de delincuencia.
Solo quiero recordarles a Sus Señorías que la Corte Suprema nos informó en el Senado que en nuestro país hay más de 66 mil órdenes de detención pendientes por delitos graves. No estamos considerando aquí delitos menores u órdenes emanadas de tribunales de familia, como podrían ser las relativas a pensiones de alimentos. Nos referimos a 66 mil delitos en donde se incluyen robos con violencia o intimidación en las personas, robos con fuerza en las cosas, homicidios, tráfico de drogas, etcétera.
Este año hubo 255 mil casos de robos que se archivaron -¡un cuarto de millón!-, en que no se supo quién los cometió ni se logró encontrar alguna especie robada. ¡Eso no es normal en un país! Escapa a toda lógica. No obstante, hasta ahora no hay ninguna reacción de la autoridad de Gobierno.
Sería injusto sostener que la situación de la delincuencia es responsabilidad de lo que ha ocurrido en los últimos ocho meses. Sin embargo, también lo sería no mencionar que al Gobierno durante ocho meses le hemos pedido incansablemente que dicte una norma para mejorar las facultades investigativas de la policía; lograr mejores medios probatorios; obtener una coordinación adecuada entre fiscales, jueces y policías; establecer disposiciones que permitan compartir información. No se ha hecho nada.
Quiero advertir de ello, porque me imagino cuándo vendrá la reacción: cuando se produzca un asesinato, una violación, como ocurrió con el caso de ese delincuente -ya fallecido- conocido como "El Tila". Ahí se dictó la "ley corta". ¿Por qué? Porque se produjo una gran conmoción.
Sabemos que se requiere mucha prevención, que hay que hacer bastante en materia de rehabilitación. Pero no podemos decirles a los chilenos que seguimos esperando que aumente el 43 por ciento de victimización que existe en nuestro país.
En lo concreto del proyecto que nos ocupa, quiero señalar que también hay una enorme deuda con la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que ha funcionado muy mal, en el más amplio sentido de la palabra. Los centros de detención, que supuestamente son de rehabilitación, no lo son. Los centros de internación semicerrados son una burla, porque existe a lo más uno por región; por lo tanto, en el caso de un niño que vive a 100, 150 kilómetros del lugar donde se encuentra este centro, explíquenme cómo se va a internar en la noche, para qué y cómo vuelve al día siguiente a su ciudad. Las medidas de la llamada "libertad asistida especial", que consiste en nombrar un delegado que se supone está a cargo de rehabilitar, de sacar al niño de las drogas, no existen. Entonces, tenemos un semillero de jóvenes que en vez de estudiar, de salir adelante con su propio esfuerzo, entran al mundo del delito, y nadie hace nada para sacarlos.
Votaré a favor del proyecto, pues es bueno tener defensores de los niños, es positivo que se especialicen, que consideren sus características. Y, además, porque pensamos que en un Estado de Derecho democrático es necesario que el Estado defienda a las víctimas por sobre todas las cosas, como manifestó el Presidente de la Corte Suprema en uno de sus últimos discursos, pero también que quienes son imputados tengan derecho a la defensa.
Nos parece adecuado regularizar la situación de los defensores públicos que están a contrata, a honorarios, o que no cuentan con todas las garantías.
Por eso nosotros apoyamos este proyecto, pero con la prevención señalada en cuanto a las materias pendientes antes indicadas.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA.- Señora Presidenta, por supuesto que voy a votar a favor de este proyecto, el cual incorpora 83 plazas para la defensa penal de adolescentes: 50 para defensores penales propiamente tales y 33 para funcionarios profesionales, técnicos y administrativos de apoyo.
Quiero destacar, una vez más, cómo hemos ido creando una verdadera Administración Pública paralela mediante el sistema del pago de honorarios. Aquí regularizamos esta situación en un servicio clave como la Defensoría Penal Pública, y en un área tan sensible, como la dirigida a los adolescentes.
Esta mañana estuvimos trabajando en la Comisión de Hacienda y despachamos un proyecto que establece asignaciones y estímulos especiales para los funcionarios del Servicio Agrícola y Ganadero que cumplen labores de fiscalización. Y el Director de este Servicio nos decía que, de sus 4.000 funcionarios, 1.700 se encuentran a honorarios; y de estos, 1.000 -en cifras redondas- cumplen tareas permanentes.
Tengo la convicción de que, si analizamos servicio por servicio y, más aún, municipalidad por municipalidad, nos encontraremos -tal como lo señalé- con una verdadera Administración Pública paralela.
Por eso, con motivo de esta iniciativa, llamo al Gobierno a que regularicemos tal situación. No es justo que el Estado sea incapaz de entregar seguridad social a miles y miles de funcionarios que desempeñan labores fundamentales en las diversas áreas del quehacer del Estado; que no tengan derecho a enfermarse ni a tomar vacaciones, y que, en muchos casos, como ocurre con el INDAP y con los profesionales de los PDTI, vean descontados de sus honorarios el uso de vehículos, incluidos el combustible y la depreciación. ¡Esta situación es francamente insostenible!
Por lo tanto, llamo al Gobierno, concretamente al Ministro de Hacienda, a que regularicemos la situación de los miles de trabajadores del Estado que hoy cumplen sus tareas mediante el pago a honorarios.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER.- Señora Presidenta, estimados colegas, quiero hacer tres comentarios.
En primer término, aquí estamos regularizando una situación de la Defensoría Penal Pública y, en particular, para la especializada en adolescentes. Eso se somete a nuestra consideración hoy y, sin duda, debe contar con todo nuestro respaldo.
La Defensoría Penal Pública es una institución tremendamente importante para el debido proceso en nuestro país. Y resulta fundamental que tenga todas las atribuciones necesarias para el cumplimiento de convenios internacionales y obligaciones del Estado y, también, para la existencia de un Estado de Derecho que se valore como tal.
En segundo lugar, el Senador Espina, que me antecedió en el uso de la palabra, planteó la necesidad de adoptar acciones y medidas. Este Gobierno, encabezado por el Ministro Peñailillo, ha tomado la determinación de cambiar no solamente la Ley de Control de Armas (esto va a significar, en términos prácticos, el ingreso a la cárcel de 6.000 a 9.000 personas dentro de los próximos años), sino también la Ley Emilia o Ley Tolerancia Cero, lo cual va a significar darles a los tribunales de justicia normas y facultades extraordinarias para que las personas que cometen delitos no vuelvan a la calle.
Lo mismo va a ocurrir con otro tipo de ilícitos contra la propiedad, como mencionaba el Senador Espina. Y espero que cuando esa discusión se dé acá -ha sido anunciado- efectivamente quienes fueron Gobierno hasta ocho meses atrás tengan la voluntad de acotarles el campo de interpretación a los jueces en ciertas materias, y que asuman que no fueron capaces de hacerlo cuando estuvieron en el poder -a pesar de que fue la principal promesa de campaña del Presidente Piñera-, y que en este debate entendamos que, más que tratar de sacar ventajas políticas pequeñas, debemos unirnos en políticas públicas, de Estado, que nos interesan a todos.
Por último, señora Presidenta, es evidente que esta iniciativa hay que situarla en el contexto mencionado por el Senador García, quien me precedió: la regularización de la situación de muchos funcionarios públicos que están a honorarios requiere un gran acuerdo político.
Agradezco que se halle presente el Senador García para poder decirlo, porque es fácil afirmar: "Le pido al Ejecutivo". Pero cabe preguntar: "Bueno, si era tan importante, ¿por qué no lo hizo cuando fue Gobierno?".
Entiendo la razón de que en la Administración anterior no se regularizara la situación de las personas a honorarios, cuyo número incluso creció a una tasa muy superior a la existente en otro momento, en particular en PRODESAL (donde se nota). Pero, más que recriminaciones, se requiere construir un acuerdo político transversal para resolver el tema de la estabilidad laboral de muchos trabajadores del sector público.
Y, junto con manifestar que vamos aprobar este proyecto, que es un tema puntual, formulo un llamado para que con la Oposición logremos proponer una fórmula concreta, tal como está en el Protocolo que se firmó con el Ejecutivo en el marco de la Ley de Presupuestos, para reducir drásticamente el número de personas que se encuentren a honorarios, aunque ello signifique, en una primera fase, más que pasarlos a las plantas o a la contrata, a lo menos dejarlos sujetos al Código del Trabajo. Ello, a fin de que tengan derechos garantizados, de que hoy carecen al tener que recibir su remuneración mediante la modalidad de la boleta de honorarios, lo cual, en verdad, solamente precariza el empleo, y todos queremos terminarlo.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
La señora ALLENDE (Presidenta).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (27 votos a favor) y, por no haberse presentado indicaciones, se aprueba en particular y queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras
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El señor LABBÉ (Secretario General).- En este momento ha llegado a la Mesa el siguiente documento:
Informe
De las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional, unidas, recaído en el oficio de Su Excelencia la Presidenta de la República con el que solicita el acuerdo del Senado para prorrogar, por el plazo de un año, la permanencia de tropas y medios militares fuera del territorio de la República en Bosnia y Herzegovina (boletín N° S 1.767-05), respecto del cual se ha hecho presente la urgencia en los términos del inciso segundo del número 5) del artículo 53 de la Carta Fundamental.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Conforme a lo acordado por los Comités, este proyecto será visto sobre tabla.
PRÓRROGA DE PERMANENCIA DE TROPAS MILITARES EN BOSNIA Y HERZEGOVINA
La señora ALLENDE (Presidenta).- Oficio de Su Excelencia la Presidenta de la República, con el que solicita el acuerdo del Senado para prorrogar, por el plazo de un año, la permanencia de tropas y medios militares fuera del territorio de la República en Bosnia y Herzegovina.
--Los antecedentes sobre el oficio (S 1.767-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Se da cuenta en sesión 72ª, en 9 de diciembre de 2014.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores y Defensa Nacional, unidas: sesión 74ª, en 16 de diciembre de 2014.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Se ha hecho presente la urgencia en los términos del inciso segundo del número 5) del artículo 53 de la Constitución Política.
La señora ALLENDE (Presidenta).- En discusión la solicitud.
Tiene la palabra el Senador señor Prokurica, Presidente de las Comisiones unidas de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional.
El señor PROKURICA.- Señora Presidenta, cada vez que por disposición constitucional discutimos estos asuntos aquí, en el Senado, se hacen ver las distintas razones por las cuales Chile participa en las misiones de paz.
Yo siempre he sostenido, y así se ha determinado en las Comisiones unidas de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional, que la presencia de nuestro país en las distintas operaciones de paz es, en primer lugar, una forma de que nuestro país se inserte en el concierto internacional.
Al haber adoptado un sistema de comercio en un mundo global, sobre el cual se basa el desarrollo de nuestro país, Chile no puede hacerse a un lado en aquellos esfuerzos que se realizan en el orbe -especialmente por las Naciones Unidas- para establecer la paz -imponerla en algunos casos- y la estabilidad.
Donde no hay estabilidad no existe comercio, no existe desarrollo, no existe disminución de la pobreza. Por lo mismo, la participación de Chile en el orden internacional, al amparo de las disposiciones de Naciones Unidas, es necesaria e indispensable para consolidar todo el esfuerzo realizado como país en esta materia durante varias décadas.
En este caso específico, se trata de una fuerza pequeña, que ha interactuado con los ejércitos británico y holandés, y que hoy participa como único miembro de América bajo bandera nacional en esta fuerza multinacional europea y en el Sistema Nacional Europeo de Manejo de Crisis, lo cual constituye un reconocimiento a la gestión de nuestros hombres de armas en esta misión.
En términos generales, debe considerarse que las operaciones de gestión de crisis incluyen un espectro amplio de tareas, que van más allá de lo que en Chile se entiende por "operaciones de paz": mantenimiento e imposición de la paz, operaciones multidimensionales y humanitarias ante catástrofes naturales -acaba de haber una que afectó a toda Europa, especialmente a Bosnia y Herzegovina, en la cual colaboraron fuerzas armadas-, reconstrucción posconflicto, operaciones de interdicción, combate a la piratería y misiones civiles en procesos de reforma a la política y al sistema judicial, policial y de aduanas, entre otros.
A partir de nuevos debates acerca de las relaciones internacionales, se puede afirmar, como norma general, que la capacidad de influencia de los Estados ya no depende exclusivamente de su poderío económico y militar, sino -y cada vez más- de cómo su imagen y credibilidad se proyecta de forma directa en el ámbito internacional.
En la actualidad, Chile participa con un contingente de quince oficiales -una presencia bastante pequeña-, quienes desempeñan funciones en el Estado Mayor en dos ciudades distintas de Bosnia.
Es importante tener presente que dicha fuerza de paz se encuentra constituida por seiscientos efectivos, la cual se amplió durante este año en cien oficiales, debido a las necesidades de seguridad e institucionales que se observan en el referido país.
Si bien se han visto mejoras en materia de sistema democrático, estas todavía son frágiles e incipientes, y persisten tensiones y cierto clima de conflicto entre las trece etnias que existen en esa nación.
Ahora bien, durante la discusión que llevamos a cabo en las Comisiones unidas junto con el Subsecretario de Defensa, don Marcos Robledo, y los representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, varios señores Senadores plantearon diversas inquietudes.
Una de esas consultas fue sobre la evaluación que la Unión Europea ha hecho acerca de la evolución de la operación de paz en Bosnia, el desarrollo económico y el avance del sistema democrático.
También se ha preguntado cuál ha sido el desarrollo de la estabilidad política y de seguridad ante el crimen organizado y el terrorismo en la zona.
Asimismo, se ha inquirido por el orden práctico de los roles que están ejecutando los oficiales chilenos.
Y también se ha efectuado una revisión prospectiva sobre el futuro institucional de los distintos grupos que integran el acuerdo de paz en Bosnia.
Por lo tanto, considero un error pensar que la presencia de Chile en este tipo de misiones solo implica un beneficio para los países que se hallan en conflicto. La verdad, señora Presidenta, es que también se ven favorecidas nuestras Fuerzas Armadas, que generan vínculos con contingentes militares extranjeros.
Quienes hemos visitado esos lugares siempre recibimos -de parte de otros ejércitos y de las autoridades de los países afectados (Haití, Bosnia, entre otros)- las felicitaciones por el profesionalismo y la capacidad de nuestras instituciones castrenses y por la excelente participación de nuestros soldados en estas misiones de paz.
El señor ORPIS.- Abra la votación, señora Presidenta.
El señor LETELIER.- De acuerdo.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Si le parece a la Sala, procederemos a votar.
Acordado.
En votación la solicitud de Su Excelencia la Presidenta de la República.
--(Durante la votación).
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro, para fundamentar su voto.
El señor NAVARRO.- Señora Presidenta, además de anunciar que votaremos a favor de la petición, deseo señalar que se requiere, aparte de los informes económico y social, uno de índole política. Lo mismo planteamos cuando discutimos lo relativo a la mantención de tropas en Haití.
Como se trata de una relación política y se busca la estabilidad y gobernabilidad del país en conflicto, uno esperaría conocer un informe de dicha naturaleza para saber cuál es la situación interna y cómo podemos contribuir a mejorarla.
Es importante la presencia militar chilena en naciones como Haití y Bosnia -cuesta caro, por cierto,- que confían en nuestro país. Pero uno esperaría que el Senado -si es necesario, en sesión secreta- dispusiera de un informe más detallado al respecto.
¿Qué viene? ¿Cuál es la influencia de los bloques políticos que existen en Bosnia y Herzegovina? ¿Cómo se ha tensionado la relación con los Estados Unidos? ¿Cuál es el problema político de fondo que impide la estabilidad?
La gestión diplomática debe complementar la acción parlamentaria: "la diplomacia parlamentaria". En definitiva, no basta con financiar la presencia de tropas o agregados militares; también se precisa una política más activa en materia de gobernanza y estabilidad, tanto en Bosnia como en Haití.
Espero que cuando se someta a nuestra consideración una nueva solicitud para la permanencia de tropas en Haití podamos contar -no sé si ya se ha elaborado- con un informe político. Y si alguien estima que esa información debe entregarse en una sesión secreta, entonces así ha de ser. Con tal antecedente en las manos, podremos dar nuestro apoyo a la solicitud de la Primera Mandataria no solo para aprobar la presencia de militares chilenos en los países referidos, sino también para posibilitar una gestión diplomática, política y parlamentaria en esos lugares.
Voto a favor porque estimo que Chile está en condiciones de brindar esa colaboración y, además, porque la gestión de nuestro contingente ha sido objeto de una muy buena evaluación.
Con todo, quienes asumimos la responsabilidad de aprobar estos recursos necesitamos información política a fin de no votar a ciegas sobre el objetivo final, el cual no es solo permitir la presencia de militares chilenos en esas naciones, sino también contribuir a su gobernabilidad y a la solución de sus problemas internos.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.- Señora Presidenta, coincido con algunos de los términos planteados por el Senador Navarro, a quien le proporcionaré la información que nos entregaron el Ministerio de Defensa Nacional y el de Relaciones Exteriores en las Comisiones unidas, antecedentes que, por supuesto, no es posible dar a conocer en este trámite tan rápido.
En todo caso, lo que Su Señoría ha manifestado habla bien de la contribución que nuestras Fuerzas Armadas están haciendo en esos países.
Asimismo, hay un informe anterior en las Comisiones unidas con relación a Haití. El Senador puede acceder a él o, en su defecto, yo se lo puedo facilitar.
El señor NAVARRO.- Gracias, colega.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.- Señora Presidenta, Honorable Sala, nosotros concurriremos con nuestros votos favorables para prorrogar la presencia de tropas chilenas en Bosnia y Herzegovina.
Este asunto lo tratamos hoy en las Comisiones de Defensa Nacional y de Relaciones Exteriores, unidas.
Cabe señalar que nosotros también planteamos que la permanencia de efectivos chilenos en dichas misiones de paz no debe transformarse en un escollo para la prosecución de los procesos democráticos en los respectivos países.
Tiene toda la razón el Senador Navarro cuando sostiene que no es aceptable que ocurra lo que nos manifestó el Vicepresidente del Senado haitiano, en el sentido de que la mantención de nuestras tropas en Haití representa en algún grado un impedimento para concretar el proceso democrático.
De hecho, se suspendieron las elecciones de un tercio del Senado haitiano. Es el segundo tercio de Senadores que no ha sido posible elegir, debido a la referida postergación de comicios.
Por esa razón, hemos pedido tanto a la Cancillería como al Ministerio de Defensa Nacional un informe para conocer la situación política en las naciones donde el Estado chileno contribuye a las fuerzas de paz.
Cabe añadir que, respecto de la permanencia de nuestras tropas en Bosnia y Herzegovina, el General Heidecker planteó la necesidad de contar con mayor cantidad de fuerzas. Ante ello, nuestro país tomó la decisión de mantener el número de efectivos en operación.
Con todo, es muy relevante que haya claridad respecto de los procesos democráticos que se están desarrollando en las naciones donde participan tropas chilenas.
En consecuencia, vamos a votar favorablemente la solicitud de la Presidenta de la República, reconociendo la contribución que realizan nuestras Fuerzas Armadas en las misiones de paz en distintos países, particularmente en Bosnia y Herzegovina y en Haití.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA.- Señora Presidenta, el Gobierno ha solicitado al Senado la autorización para mantener tropas chilenas en Bosnia y Herzegovina.
Chile lleva más de diez años en ese lugar y ha ido reduciendo paulatinamente el número de su contingente. Hoy solo hay quince soldados chilenos en esa nación balcánica y se ha decidido mantener esa cantidad, a pesar de que las autoridades militares de la OTAN y de las fuerzas internacionales, como lo indicó el Senador Chahuán, han pedido aumentar la dotación de tropas, en atención a que en el último año ha habido diversos sucesos (crimen organizado, tensiones étnicas) que hicieron necesario un mayor despliegue de las fuerzas armadas en Bosnia y Herzegovina.
El Ejecutivo resolvió mantener el número de quince efectivos, de los cuales a lo menos seis son del Estado Mayor y el resto está en tareas operacionales.
En dicha nación, a diferencia de Haití, a pesar de los conflictos étnicos, de los problemas de delincuencia y de las tensiones sociales y de carácter económico, se ha ido consolidando un proceso democrático de manera razonable.
Por lo tanto, es necesario que concurramos con nuestro voto favorable para mantener nuestras tropas en Bosnia y Herzegovina.
Este Senado, que ha discutido parcialmente lo relativo a las misiones de paz (a propósito de Haití y Bosnia), debe asumir un debate más amplio, por cuanto este asunto llegó para quedarse. De hecho, la Unión Europea está solicitando que Chile participe en misiones de paz en África. Ante ello, como país tenemos que realizar un análisis riguroso para determinar en qué misiones vamos a participar, bajo qué condiciones y tomando qué responsabilidades.
Sin duda, la presencia de fuerzas nacionales en Bosnia -su permanencia es lo que estamos votando ahora- es la misión que mejor ha funcionado para nuestro país. Es la única nación latinoamericana que se encuentra presente en Bosnia y Herzegovina. Las tropas chilenas que han estado operando ahí desde hace diez años han actuado con un nivel óptimo, y así lo han reconocido las distintas autoridades de Naciones Unidas y de la Unión Europea y, también, las fuerzas de paz que ahí funcionan.
Indudablemente, lo relativo a Haití y otras definiciones futuras requieren un debate como país más amplio para precisar cómo asumir tales compromisos internacionales.
La señora ALLENDE (Presidenta).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
La señora ALLENDE (Presidenta).- Terminada la votación.
--Se aprueba la solicitud de Su Excelencia la Presidenta de la República para prorrogar, por el plazo de un año, la permanencia de tropas y medios militares en Bosnia y Herzegovina (27 votos a favor).
Votaron las señoras
CREACIÓN DE SUBSECRETARÍA Y DE INTENDENCIA DE EDUCACIÓN PARVULARIA
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, la Intendencia de Educación Parvularia y modifica diversos cuerpos legales, con segundo informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; informe de la Comisión de Hacienda, y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.365-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 20ª, en 3 de junio de 2014.
Informes de Comisión:
Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología: sesión 34ª, en 23 de julio de 2014.
Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología (segundo): sesión 73ª, en 10 de diciembre de 2014.
Hacienda: sesión 73ª, en 10 de diciembre de 2014.
Discusión:
Sesión 35ª, en 5 de agosto de 2014 (se aprueba en general).
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
La iniciativa fue aprobada en general en sesión de 5 de agosto del 2014.
La Comisión de Educación deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que los artículos 1°, 2°, 4°, 5°, 6°, 8°, 9° y 10 permanentes y los artículos transitorios no fueron objeto de indicaciones ni modificaciones. No obstante, cabe consignar que los artículos 2°, 6° y 9° permanentes sufrieron adecuaciones de carácter meramente formal, aprobadas unánimemente en el órgano técnico.
Las disposiciones que no fueron objeto de indicaciones ni modificaciones, con excepción del artículo 1° permanente y los artículos transitorios que fueron modificados posteriormente por la Comisión de Hacienda, deben darse por aprobadas, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador, con acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación.
Además, la Comisión de Educación efectuó diversas enmiendas al texto aprobado en general. Algunas de estas son de carácter meramente formal, y todas fueron acordadas por unanimidad.
A su vez, la Comisión de Hacienda introdujo una modificación unánime al artículo primero transitorio, norma que no había sido enmendada previamente en la Comisión de Educación y que, de consiguiente, corresponde votar sin debate.
Por otra parte, la Comisión de Hacienda -algunas veces por unanimidad y otras por mayoría- realizó cambios en los artículos 1° y 7° permanentes y en los artículos primero a cuarto transitorios.
Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas. De estas modificaciones, las recaídas en el artículo 3° permanente del proyecto requieren, para su aprobación, el voto conforme de 22 señores Senadores, por incidir en una norma de rango orgánico constitucional.
Por último, es del caso señalar que las enmiendas unánimes de la Comisión de Hacienda a los artículos 1° y 7° permanentes; una recaída en el número 4) del artículo segundo transitorio, y la que modificó el artículo cuarto transitorio inciden en normas que la Comisión de Educación despachó con un texto distinto. Se revisará cada una de esas enmiendas en su oportunidad en el orden del proyecto.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que transcribe el texto aprobado en general, las modificaciones realizadas por la Comisión de Educación, las enmiendas introducidas por la de Hacienda y el texto final que resultaría de aprobarse estas últimas.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
En discusión particular.
Tiene la palabra el Senador señor Rossi, Presidente de la Comisión de Educación.
El señor ROSSI.-
Señora Presidenta, este es un proyecto tremendamente importante. Por lo mismo, llama la atención que la opinión pública le haya dado poca relevancia. Todas las miradas se han concentrado más bien en la iniciativa sobre inclusión que se votará mañana.
Pero, sin duda alguna -y en esto existe consenso en la Comisión; de hecho, no hubo dos visiones al respecto-, es necesario modernizar la institucionalidad de la educación parvularia por diversas razones.
En primer lugar, porque ella es fundamental a la hora de poder potenciar el pleno despliegue de las capacidades y talentos de nuestros niños y niñas.
En seguida, porque cada vez es mayor la legitimidad social de la educación parvularia. Y es evidente su rentabilidad social. Por cada peso -como se dijo en la Comisión- que uno invierte en educación parvularia (en cobertura, en calidad, en fin) se recupera ocho veces esa inversión desde el punto de vista del aprendizaje y de las oportunidades que se generan para nuestros menores.
Sin embargo, señora Presidenta, los desafíos son tantos que esta institucionalidad no se encuentra a la altura de ellos. Sin ir más lejos, prácticamente duplicaremos la cobertura en salas cuna en estos cuatro años. Se van a crear 90 mil cupos para niños de menos de dos años.
Pero el problema es que hay una tremenda duplicidad de funciones que esta iniciativa pretende abordar.
Recordemos que hoy la JUNJI empadrona jardines infantiles, cumple funciones de supervigilancia, elabora políticas y, además, provee el servicio de educación parvularia.
Eso genera ineficiencia, problemas de coordinación.
Por lo tanto, la ley en proyecto busca hacerse cargo de esas deficiencias mediante el establecimiento de una nueva institucionalidad de la educación parvularia.
Para ello crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, que será el organismo a cargo de diseñar, elaborar y ejecutar políticas públicas vinculadas a la educación parvularia. De otro lado, tendrá que definir también un Plan Nacional de Aseguramiento de la Calidad de Educación Parvularia. Ello es tremendamente importante para fijar líneas de acción a la Agencia de Calidad de la Educación en materia de educación parvularia.
Para fiscalizar y establecer las directrices de fiscalización, se crea, dentro de la Superintendencia de Educación, una Intendencia de Educación Parvularia solo referida a la educación parvularia, lo cual permitirá que se ejerza de mejor manera esta función.
Posteriormente veremos un proyecto que, a diferencia del que ahora nos ocupa, se halla en segundo trámite constitucional y que dice relación con la autorización de funcionamiento de jardines infantiles. Estamos aumentando las exigencias para que se creen y puedan funcionar establecimientos que impartan educación parvularia, al objeto de garantizar la calidad de los servicios que estos prestan.
La iniciativa en debate contó con amplio respaldo, salvo en algunos artículos, en particular el referido a la posibilidad de lucrar con los recursos públicos en dichos establecimientos.
En todo caso, lo que hay hoy son aportes basales que se les entregan a los jardines infantiles. No existe el mismo sistema que conocemos en la educación general. En la educación parvularia la mayor provisión la hacen la JUNJI, Integra u otro tipo de instituciones que reciben el traspaso de fondos por parte de las primeras.
Así que este es un proyecto muy relevante, que ojalá cuente con el apoyo unánime de la Sala. Se trata de una de las iniciativas que forman parte de la reforma educacional. Quizás la más significativa. Y ha pasado de manera bastante silenciosa por nuestro Hemiciclo.
Pero espero que veamos los resultados a muy corto andar.
Eso es cuanto quería mencionar, señora Presidenta.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tengo a diversos Senadores inscritos, a quienes, por cierto, les daré la palabra.
Pero nos hallamos en la discusión particular. Y lo que debiéramos hacer en primer lugar es aprobar todos aquellos artículos que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones. Habría que partir por ahí, sin perjuicio de que después, en los que sí hubo enmiendas (en particular, de la Comisión de Hacienda, que introdujo modificaciones al texto despachado por la de Educación), Sus Señorías claramente podrán intervenir.
Entonces, procederíamos en tal sentido.
La señora VON BAER.-
¿Me permite, señora Presidenta?
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.
La señora VON BAER.-
Señora Presidenta, si abre la votación se nos reduce el tiempo de 10 minutos para intervenir.
El señor LETELIER.-
¡Es discusión particular!
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Se trata de la discusión particular, señora Senadora. Pero, evidentemente, la idea es darles la palabra cuando sea atingente intervenir. Para ello Sus Señorías disponen de cinco minutos.
La señora VON BAER.-
De acuerdo.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Tal como se señaló en la relación, los artículos 1°, 4°, 5°, 8° y 10 permanentes y los artículos transitorios no modificados por la Comisión de Hacienda en cuanto al 1° permanente y en los artículos transitorios, se tienen que dar por aprobados.
Ninguno de esos artículos requiere quórum especial. De consiguiente, no necesitan expresamente una votación, sino solo deben darse por aprobados.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Entonces, daremos por aprobados los artículos mencionados por el señor Secretario, que no fueron objeto de ninguna modificación.
--Se aprueban reglamentariamente.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
En segundo lugar, tal como se señaló en la relación, la Comisión de Educación realizó una serie de enmiendas, las cuales fueron aprobadas en forma unánime. A su vez, la Comisión de Hacienda efectuó una enmienda al artículo primero transitorio, que también se aprobó unánimemente y que no había sido modificado en la Comisión de Educación.
Las enmiendas unánimes deben votarse sin debate (después se entrará al debate de las aprobadas por mayoría), salvo que se pida votación separada respecto de alguna de ellas.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Entonces, como explicó el señor Secretario, se votarán sin debate las enmiendas unánimes, salvo que algún señor Senador pida votación separada.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
La situación es la siguiente: todas las enmiendas que hizo la Comisión de Educación y que la de Hacienda no controvirtió se aprobaron por unanimidad. Y la enmienda de la Comisión de Hacienda recaída en el artículo primero transitorio, que no fue modificado previamente por la de Educación, también se aprobó en forma unánime. Se incluye el artículo 3°, norma orgánica constitucional que viene con enmiendas aprobadas unánimemente por la Comisión de Educación.
Si Sus Señorías lo desean, puede realizarse una sola votación, dejando constancia del quórum de la norma de rango orgánico constitucional.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Creo que eso es lo más correcto.
En votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Terminada la votación.
--Se aprueban las modificaciones unánimes efectuadas por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; la enmienda aprobada por la Comisión de Hacienda al artículo primero transitorio, norma que no fue modificada previamente por la Comisión de Educación, y las modificaciones recaídas en el artículo 3° del proyecto (30 votos a favor), dejándose constancia de que respecto del último precepto se cumplió con el quórum constitucional exigido.
Votaron las señoras
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
En primer lugar, les ruego a Sus Señorías dirigirse a la página 1 del boletín comparado.
La Comisión de Educación propone sustituir la expresión "el desarrollo integral" por "la formación integral".
Por su parte, la Comisión de Hacienda hizo lo inverso, vale decir, sustituyó la expresión "la formación integral" aprobada por la Comisión de Educación por "el desarrollo integral". En el fondo, vuelve al texto que despachó en general el Senado.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señora Presidenta, primero quiero consultar el sentido de la modificación introducida por la Comisión de Hacienda. Porque más allá de su mérito, hasta donde yo entiendo, a ella le corresponde velar por los aspectos financieros de los proyectos.
Si se trata de "la formación integral" o "el desarrollo integral", también hasta mi limitado conocimiento, ello no forma parte de los aspectos financieros de esta iniciativa.
Me parece impropio que la referida Comisión se extralimite en el ejercicio de sus funciones.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Debo reconocer que tuve la misma observación. Le consulté al señor Secretario por cuanto me llamó la atención este asunto.
El señor MONTES.-
Es indicación del Gobierno.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
No sé si algún miembro de la Comisión de Hacienda desee aclarar este punto.
Nadie puede reprimir a dicha Comisión. Pero llama la atención esta modificación. Porque no se trata de una materia que diga relación con plantas u otros aspectos en que obviamente sí debe intervenir.
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA.-
Señora Presidenta, tal como acaba de señalar el colega Montes (están presentes también los Senadores Zaldívar y Coloma), se trata de una indicación que presentó el Ejecutivo a la Comisión de Hacienda. No es invento nuestro.
El señor WALKER (don Ignacio).-
¡Aprobémosla, entonces!
El señor GARCÍA.-
A mayor abundamiento, el Ejecutivo manifestó -ello se puede comprobar- que el proyecto aprobado en general por el Senado hablaba de "desarrollo integral de niños y niñas", y que por alguna razón, que no se logró explicar bien, en la Comisión de Educación en lugar de referirse a "el desarrollo integral" se estableció "la formación integral".
En tal sentido, estimó
El señor ESPINA.-
Por su preocupación respecto del desarrollo.
El señor GARCÍA.-
que la expresión correcta debía ser "el desarrollo integral".
Por esa razón aprobamos la indicación del Gobierno.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Ahora está más claro.
Sin embargo, el Secretario de la Comisión de Educación me acaba de señalar que se trata en verdad de un problema casi estrictamente de redacción, para que no quedara dos veces la palabra "desarrollo" en el texto de la norma aprobada. Por eso se sustituyó por el término "formación".
Creo que no debiéramos debatir excesivamente este punto.
El señor LETELIER.-
En nada cambia.
El señor COLOMA.-
Tiene toda la razón.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Así que si les parece a Sus Señorías, aprobaremos¿
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
¿Me permite?
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
Señora Presidenta, es efectivo lo que usted señaló.
En la Comisión de Educación, en vista de que en el texto del artículo 1° aparecía dos veces la palabra "desarrollo", se cambió donde se repetía por el término "formación".
En la Comisión de Hacienda hubo quienes opinaron que la palabra "formación" era un poco más restrictiva que "desarrollo".
La verdad de las cosas es que podemos vivir con cualquiera de las dos expresiones.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Parece casi absurdo ponerlo en votación.
El señor WALKER (don Ignacio).-
"Si le parece".
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señora Presidenta, la explicación de que es una indicación del Ejecutivo, tratándose del Ministro de Educación, quien fue Ministro de Hacienda, agrava la falta.
Porque el Ministro de Hacienda cree que esas materias se resuelven en la Comisión de Hacienda. Y nosotros pensamos que los asuntos vinculados con educación se resuelven en la Comisión de Educación.
El señor LETELIER.-
¿Y en la de Constitución?
El señor LARRAÍN.-
Los temas constitucionales, señor Senador.
Pero, adicionalmente, si se deja la expresión "el desarrollo integral", la frase queda mal redactada. Porque, como bien lo señaló la señora Presidenta, el texto dispone "que será el órgano de colaboración directa del Ministro de Educación en la promoción, desarrollo y coordinación de la educación parvularia de calidad para el desarrollo integral de niños y niñas", etcétera.
Además, la proposición de la Comisión de Hacienda presenta problemas de redacción.
Yo pido que votemos conforme a lo planteado por la Comisión de Educación, que es lo que corresponde.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
¿Les parece a Sus Señorías aprobar la proposición de la Comisión de Educación?
El señor WALKER (don Ignacio).-
Sí.
--Por unanimidad, se aprueba la modificación propuesta por la Comisión de Educación al artículo 1° del proyecto.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señora Presidenta, yo estoy de acuerdo con lo resuelto.
Lo único que quería preguntarle al Ministro, a pesar de que esté aprobado, es por qué en el artículo primero transitorio se señala: "podrá ser provisto, transitoria y provisionalmente" para el nombramiento del Intendente de Educación Parvularia.
Porque cuando se publican las leyes, algo ha de relacionarse con nosotros.
Entonces, no sé si tiene algún sentido legal que se exijan ambos términos, o si cualquiera de ellos puede ser aceptable (provisionalmente o transitoriamente). Pero no los dos.
Excúseme, señora Presidenta, pero me llamó la atención el punto ahora.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Es cierto que incluso tenemos aprobado lo que señaló el señor Senador.
No sé si el señor Ministro quiere hacer algún comentario sobre el particular.
El señor COLOMA.-
¡No se dio cuenta!
La señora ALLENDE (Presidenta).-
La norma se aprobó porque no tuvo modificaciones.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
Señora Presidenta, dado que he sido aludido, debo decirles a Sus Señorías que el mundo de la educación inicial es particularmente sensible con los conceptos. Y de allí que se prefirió -sin ánimo de ofender a nadie- repetir la palabra "desarrollo", porque se podía considerar un tanto restrictivo el término "formación".
Yo creo que lo que abunda no daña.
Pero ustedes son soberanos, y nosotros podemos vivir con cualquiera de las dos expresiones.
En el caso que indica el Senador Zaldívar, entiendo que ello procede justamente de la característica que tienen los directivos de Alta Dirección Pública, quienes cuando no han sido nombrados son provisorios y transitorios. De allí viene la nomenclatura.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
¡Es redundante!
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
Redundancia que es muy habitual, señor Senador. Porque, según la propia ley, quienes no han sido nombrados en propiedad se llaman "directores provisorios y transitorios".
La señora ALLENDE (Presidenta).-
En todo caso, ello ya fue aprobado. Así que la observación del Senador señor Zaldívar es tardía.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Señores Senadores, les ruego dirigirse a la página 10 del boletín comparado.
Allí hay una diferencia entre lo aprobado por ambas Comisiones.
Porque la Comisión de Educación solo efectuó una modificación de carácter formal (aparece en la tercera columna), para agregar en el encabezamiento del artículo 7° a continuación del vocablo "Sistema" la voz "Nacional". Pero la de Hacienda, vía indicación del Ejecutivo (se consigna en la cuarta columna), remplazó el artículo 7° por el siguiente:
"Artículo 7°.-
Agréganse, en el artículo 99 de la ley N° 20.529, que crea un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización, los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, nuevos:
"La organización interna de la Superintendencia considerará una Intendencia de Educación Parvularia, cuya función será fijar los criterios técnicos que permitan orientar el ejercicio de las atribuciones de aquella respecto de establecimientos educacionales que impartan educación parvularia y que cuenten con reconocimiento oficial del Estado o la autorización, en su caso.
"Sin perjuicio de las atribuciones de la Superintendencia, señaladas en el artículo 49 de esta ley, corresponderá especialmente a la Intendencia:
"1) Fijar los criterios técnicos que orienten la función fiscalizadora de la Superintendencia respecto de los establecimientos que imparten educación parvularia.
"2) Proponer al Superintendente la interpretación administrativa de la normativa educacional aplicable a los establecimientos que imparten educación parvularia.
"3) Proponer al Superintendente instrucciones de general aplicación al sector sujeto a su competencia.
"4) Elaborar índices, estadísticas y estudios relativos al sistema de educación parvularia.
"5) Las demás que le encomienden las leyes o reglamentos.
"La Intendencia estará a cargo de un Intendente de Educación Parvularia, directivo afecto al segundo nivel jerárquico de la Superintendencia, para los efectos del artículo trigésimo séptimo de la ley N° 19.882".
Esa modificación completa fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Hacienda.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
En discusión la enmienda.
Tiene la palabra la Honorable señora Von Baer.
La señora VON BAER.-
Señora Presidenta, entiendo que esta es una de las indicaciones del Ejecutivo que -al respecto, coincido con el Senador Larraín- debiéramos haber visto en la Comisión de Educación. Pero, ya que las analizó la Comisión de Hacienda, sería bueno que el Ministro y los integrantes de este último órgano técnico nos explicaran por qué se introducen las enmiendas pertinentes.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Está inscrito el Senador señor Coloma, quien nos puede iluminar.
El señor COLOMA.-
No quiero iluminar a nadie, señora Presidenta. Solo voy a hacer dos comentarios.
Primero, a mi estimado amigo el Senador Larraín, quien subrepticiamente menospreció a la Comisión de Hacienda, quiero decirle que cuando estábamos discutiendo este proyecto se pidió unanimidad para presentar indicaciones en el referido órgano técnico. De haberse reprobado ese acto y creído necesaria la participación de Educación, bastaba la oposición de un Senador. Pero nadie se opuso. Y el consenso se dio porque la Sala estimó que la Comisión de Hacienda podía hacerse cargo, entre otras, de la indicación del Ejecutivo a que nos estamos refiriendo.
Dicho sea de paso, ese tipo de situaciones se da mucho más en la Comisión de Constitución que en la de Hacienda.
Señora Presidenta, el objetivo básico que se persigue es dejar en claro cuáles son las funciones del intendente, las que no estaban descritas en el texto original.
En la Comisión de Hacienda hubo dos posiciones: una, votar en contra, por no ser teóricamente un asunto de competencia de este órgano, según los rigurosos conceptos planteados aquí; y la otra, tratar de resolver los problemas en beneficio de nuestro país.
Ahora, la idea es precisamente dar un sentido en cuanto a qué es la organización interna y qué es la Intendencia de Educación Parvularia, lo que nos pareció necesario, razonable, y que el mismo Ejecutivo estaba planteando.
Así que la norma se explica en la organización interna de la Intendencia, la cual tiene que ver con la Superintendencia.
Creo que la Comisión de Hacienda cumplió con un deber irrenunciable.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra al señor Ministro.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
Señora Presidenta, en efecto, los Senadores de la Comisión de Hacienda plantearon que la función del Intendente era poco clara y pidieron que se especificara.
Como tal materia es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo, este presentó la indicación, recogiendo una sugerencia de Sus Señorías que nos pareció apropiada.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Nos queda claro, entonces, que el Gobierno formuló la indicación porque se abordaba una materia de su iniciativa exclusiva.
Si a Sus Señoría les parece razonable que queden explicitadas las funciones, podemos dar por aprobada la norma sustitutiva que sugirió la Comisión de Hacienda.
¿Le parece a la Sala?
--Se aprueba el artículo 7° de remplazo propuesto por la Comisión de Hacienda.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Les ruego a los señores Senadores dirigirse a la página 28 del comparado, a partir de la cual figuran diversas sugerencias de la Comisión de Hacienda recaídas en el artículo segundo transitorio, que comienza en la página 27.
En primer lugar, con respecto al texto aprobado en general, que aparece en la segunda columna del comparado, la Comisión de Hacienda, por dos votos a favor (Senadores señores Lagos y Montes) y una abstención (Senador señor García), propone eliminar, en el número 3) del artículo segundo transitorio, la frase "y desde la Junta Nacional de Jardines Infantiles a la Superintendencia de Educación", referida a las plantas de personal y a los encasillamientos dentro de los organismos que se crean mediante el proyecto.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señora Presidenta, esta eliminación, según el señor Ministro, se justifica por cuanto la iniciativa original contemplaba el traslado de personal de planta de la JUNJI a la Superintendencia. Pero luego, durante el debate habido en la Comisión de Hacienda, se dieron cuenta de que todas las personas involucradas eran profesores, docentes, y de que en la Superintendencia se necesitaban fiscalizadores.
Por esa razón se presentó la indicación pertinente: para mantener a los docentes en la JUNJI y permitirle a la Superintendencia contratar personas con condiciones para fiscalizar.
Esa fue la explicación que dio el señor Ministro de Educación hace algunos minutos.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
En discusión la propuestas de la Comisión de Hacienda explicitada por el señor Secretario.
Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.
La señora VON BAER.-
Señora Presidenta, esto me llama muchísimo la atención, tanto más cuanto que una de las razones de este proyecto de ley es cambiar parte del trabajo que realiza hoy la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Porque la JUNJI actualmente fiscaliza, y la idea -por eso se juntaron los dos proyectos de ley: este y el que vamos a ver en seguida- es que dicha función se radique en la Superintendencia.
En último término, se procura ordenar nuestro sistema de educación preescolar, para que el Ministro y la Subsecretaría hagan los lineamientos de la política pública en educación preescolar; la JUNJI otorgue de parte del Estado el servicio de educación preescolar, y, separadamente, la Superintendencia fiscalice tanto a la JUNJI cuanto a los jardines infantiles privados, y también a los de Integra.
Por lo tanto, es natural que, si se separan tales funciones, durante la transición -por eso la existencia del artículo segundo transitorio-realicen la de fiscalización los funcionarios de la JUNJI que tienen experiencia en la materia por haber realizado labores de tal índole en los últimos años.
No se trata, señora Presidenta, de las funcionarias de la JUNJI que realizan el trabajo en aula, sino de quienes efectúan hoy la fiscalización de todo el sistema de educación parvularia.
La idea de este proyecto de ley -también la del otro; y por eso se trataron en forma conjunta- es que la JUNJI no sea juez y parte; es decir, que no sea un ente público que por un lado entrega el servicio de educación preescolar y por otro fiscaliza a los establecimientos.
Por consiguiente, lo lógico es que parte de los funcionarios de la JUNJI que hoy realizan labores de fiscalización -y las realizan; de hecho, lo conversamos largamente en la Comisión- sean traspasados a la Superintendencia, para que a través de la Intendencia se especialicen en fiscalizar a todos los jardines infantiles, incluidos los de la JUNJI.
Acá -insisto- no estamos hablando de educadores que cumplen su labor en aula, sino de los funcionarios que actualmente realizan la fiscalización. La idea es que desde ahora -y ese es el enredo institucional existente y que vamos a buscar resolver con este proyecto de ley- la JUNJI no efectúe labores de fiscalización, sino que concentre su accionar en la entrega del servicio de educación preescolar.
No se comprende, pues, el cambio registrado en la materia.
Había también una preocupación en los funcionarios de la JUNJI, quienes estaban de acuerdo en que se produjera el traslado de aquellos que llevan a cabo las labores de fiscalización, las que ya no serán acometidas por dicho ente.
Señora Presidenta, no se comprende qué se quiere hacer con la indicación formulada en la Comisión de Hacienda.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA.-
Señora Presidenta, todo indica que, finalmente, trabajamos con información distinta. Porque los funcionarios de la JUNJI estuvieron en la Comisión de Hacienda y señalaron entre sus inquietudes el hecho de que un grupo de ellos -entiendo que algo más de 70- deberían dejar la institución. Les preocupaba mucho que tuvieran que terminar con la función de supervigilancia.
Finalmente, se optó por mantener esa función en la JUNJI, pues se entiende que es distinta de la de fiscalización. Se trata más bien de una supervigilancia pedagógica -no de fiscalización-, que comprende todos los otros aspectos del funcionamiento de un jardín infantil.
Por eso se acordó eliminar la frase, lo que en el fondo implica mantener en la JUNJI a esos 70 y tantos funcionarios -es factible que me equivoque, pero recuerdo que la cantidad giraba en torno a la mencionada- para que lleven adelante la labor de supervigilancia.
Ello, además, es coherente con un artículo transitorio -espero encontrarlo- que señala que la JUNJI mantendrá la función de supervigilancia hasta que entre en funcionamiento la Intendencia de Educación Parvularia.
Quiero insistir, señora Presidenta, en que se trata de funciones distintas. Porque, básicamente, la idea es asimilar la labor de supervigilancia de la Junta Nacional de Jardines Infantiles sobre los establecimientos a lo que hacen hoy las direcciones provinciales de educación respecto de la enseñanza básica.
Esa es la razón por la que se elimina la frase "y desde la Junta Nacional de Jardines Infantiles a la Superintendencia de Educación".
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
Señora Presidenta, lamento el equívoco que se ha producido, porque tanto la Senadora Von Baer cuanto el Senador García tienen razón.
Lo que ocurre es más o menos lo siguiente.
En la superposición de roles que tenía la JUNJI, un conjunto de educadoras de párvulos, inicialmente de aula y con conocimientos pedagógicos, comenzaron a tomar crecientemente labores de supervisión. Porque dicha Junta determinaba políticas, supervisaba contenidos pedagógicos y, a la vez, fiscalizaba.
Con la ley en proyecto, el aseguramiento de la calidad -como dijo el Senador Rossi- está en la Agencia de Calidad; la fiscalización de las condiciones tanto para el reconocimiento oficial como para la autorización de funcionamiento se halla en la Intendencia, y la supervisión, que es una labor pedagógica, continúa en la JUNJI.
De suerte que las 77 funcionarias de la JUNJI que inicialmente pensamos que podían pasar a la labor de fiscalización eran en efecto personas que desarrollaban labores de supervisión, que no tenían necesariamente vocación ni especialización como fiscalizadores, sino que eran educadoras de párvulos.
Por eso -desgraciadamente, no se conoció en la Comisión de Educación la opinión de la Asociación de Funcionarios de la JUNJI-, el Gobierno, en la Comisión de Hacienda, decidió no reducir la planta de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, para que las referidas 77 funcionarias continuaran en las tareas de supervisión. Tanto en la labor de fiscalización, que es del todo distinta, iba a residir por completo en la Intendencia y en la Superintendencia de Educación, con nuevos funcionarios.
Obviamente, Senadora señora Von Baer, esto se refiere a funciones y no a personas.
Si hay funcionarias que estuvieron haciendo labor de supervisión en la JUNJI y desean traspasarse a fiscalizadoras a la Superintendencia, pueden hacerlo. Pero la planta de la Junta Nacional de Jardines Infantiles no se ve afectada y la labor de supervisión se continúa haciendo en esta institución.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.
La señora VON BAER.-
Señora Presidenta, aquí tenemos un punto que considero importante aclarar, por el proyecto en sí, más allá de si las personas son o no traspasadas.
Desde el punto de vista institucional, la Subsecretaría de Educación Parvularia tiene que dar los lineamientos, tal como lo hace la Subsecretaría de Educación Escolar en su ámbito. En tal sentido, aquella no debe fiscalizar, sino supervigilar.
Ahora, no estamos pensando que la JUNJI es un órgano que está por encima de los otros jardines infantiles. La idea de toda esta discusión gira en torno a que la JUNJI es prestadora de un servicio público.
Es como si pensáramos -por poner un ejemplo; no sé si se trata del mejor, pero es el primero que se me viene a la mente- que los municipios entregan hoy el servicio de educación escolar. En este caso es la JUNJI, y en el otro, el municipio; y este tendría una labor de supervigilancia sobre los demás.
Eso no corresponde. Quien tiene que hacer la referida labor -y por algo se está creando el ente respectivo- es la Subsecretaría. Y la JUNJI entrega el servicio estatal.
De hecho, debiéramos tener a la JUNJI e Integra juntas. Esa es otra discusión. Pero también es parte del debate.
Por eso me llevan un poco a equívoco las palabras del Ministro y las del Senador García, pues lo conversamos en forma distinta en la Comisión.
Con el proyecto que viene en la segunda parte de la discusión esta tarde, la idea es que, institucionalmente, la JUNJI no tenga un rol de supervigilancia sobre los demás jardines infantiles como sucede hasta el día de hoy, sino que sea un prestador de servicios supervigilado por la Superintendencia, al igual que todos los jardines infantiles privados y que Integra, que es en parte estatal, y que la Intendencia ejerza supervigilancia desde el punto de vista de la fiscalización.
Por consiguiente, la JUNJI debe ser supervigilada tanto por la Subsecretaría cuanto por la Superintendencia.
En tal sentido, la mencionada Junta no puede seguir cumpliendo la labor de supervigilancia que tiene hoy. De otra manera, quedaríamos con un enredo institucional, que es lo que buscamos despejar en la Comisión de Educación, más allá del traspaso de las personas.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Educación.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
Señora Presidenta, vuelvo a insistir en que, desgraciadamente, la similitud de las palabras nos puede llevar a equívocos.
La supervisión y la fiscalización son actividades completamente distintas.
Por ejemplo, si Sus Señorías observan cómo se organiza la Sociedad de Instrucción Primaria o de qué manera se organizan las direcciones provinciales de educación, percibirán que hay supervisores. Los supervisores son pedagógicos; sirven para los trabajos en red de distintos proveedores: miran cómo se están haciendo las clases, en fin. Son la parte pedagógica; típicamente, proveedores de servicios. Y pueden verlo en el funcionamiento de la Sociedad de Instrucción Primaria; también, en el de las direcciones provinciales de educación. Hay personal más sénior que supervisa las prácticas pedagógicas.
Lo que estaba ocurriendo en el hecho era que las personas que supervisaban las prácticas pedagógicas se habían asimilado a algo así como fiscalizadores. Pero no estaban haciendo esa labor.
En el proyecto de ley se suben los requisitos de funcionamiento tanto para la autorización de funcionamiento cuanto para el reconocimiento oficial. Y lo que hace la Superintendencia es fiscalizar estándares de seguridad de los niños y un conjunto de otras cuestiones.
Por ejemplo, en la educación media la Superintendencia fiscaliza el cumplimiento de la norma, etcétera, y en las direcciones provinciales los supervisores supervisan pedagógicamente.
Esto debimos conversarlo en la Comisión de Educación, señora Presidenta. Empero, no se hizo, y se produjo un equívoco, que -insisto- arranca del hecho de que nosotros supusimos que los 77 funcionarios en comento fiscalizaban en la JUNJI. El equívoco parte de allí, ya que no fiscalizan, sino que supervisan. Y la supervisión, sea por estas o por otras personas, se requiere dentro de la JUNJI. La fiscalización es algo distinto.
Entonces, tratándose del proyecto de ley, lo que hace la Subsecretaría, es fijar políticas, estándares, objetivos. Lo que hace la Agencia de Calidad es medir si los estándares y políticas están llegando o no a puerto. Lo que hace la Intendencia es fiscalizar la legalidad y el cumplimiento. Y lo que hace el proveedor es ejecutar. Este último, en el caso de cada jardín infantil, trabaja en red, no como compartimento estanco, y, para ello, se requiere personal supervisor de las prácticas pedagógicas.
Gracias.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señora Presidenta, efectivamente, en la Comisión de Hacienda no mantuvimos la discusión planteada ahora entre la Senadora señora Von Baer y el señor Ministro.
Nosotros tuvimos en vista lo expresado por el Honorable señor García. Escuchamos a la organización de funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles manifestar su creencia de que sacar de la entidad a setenta personas que efectúan una doble labor: la docente y la de supervigilancia, y pasarlas a la Superintendencia daría lugar a una debilidad en el caso de una iniciativa que pretende generar una mayor fortaleza en ese primer organismo para el cumplimiento de su cometido.
Sobre la base de esa información y de común acuerdo con el Ministerio, decidimos la modificación propuesta, porque estimamos que serían la Intendencia o la Superintendencia las que tendrían que reforzar su dotación con personal técnico profesional destinado precisamente a llevar a cabo la fiscalización.
No quiero echarle más pelos a la sopa, pero al primer inciso del artículo 1° de la ley que rige la Junta Nacional de Jardines Infantiles se le cambia la redacción en la parte relativa a que esta "tendrá a su cargo crear y planificar, coordinar, promover, estimular y supervigilar la organización y funcionamiento de jardines infantiles". Eso es lo que se entendía en el sentido de que era posible fiscalizar no solo a los establecimientos de la JUNJI. Entonces, ¿qué es lo que sucede? Se eliminó la palabra "supervigilar" y se dejaron los vocablos "promover y estimular". O sea, se hizo una precisión.
Cuando el señor Ministro hace referencia a la supervigilancia, entiendo que más que nada se refiere a lo otro, a lo que nos señalaban los funcionarios, que dice relación con el aspecto pedagógico.
Entonces, se está confundiendo. Y me parece que es un error, a lo mejor, en la forma como se ha discutido el proyecto.
Pero ¿por qué la Comisión de Hacienda acogió la idea que nos ocupa? Porque estimamos inconveniente sacar a setenta funcionarios especializados precisamente en la parte docente, la promoción y la visualización de cómo se manejan los jardines infantiles, en general, y pasarlos a la Intendencia o la Superintendencia.
Si se quiere fortalecer la fiscalización y regularla, o emplear el término "supervigilancia", se tiene que contratar personal diferente.
Ese fue el motivo por el cual la Comisión se inclinó por no hacer el traspaso de esas personas, pero no discutió lo que estamos tratando ahora, en cuanto al alcance de la palabra "supervigilar" o de fiscalizar. Ese es un punto que tal vez no quedó bien preciso. Mas he escuchado la explicación del señor Ministro y creo que es un asunto diferente del que estamos abordando: si somos partidarios o no de sacar a setenta funcionarios que se hallan en la parte docente y de programación de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y pasarlos a la Intendencia. Con eso estaríamos debilitando la estructura de los establecimientos.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tengo inscritos a los Senadores señores Montes e Ignacio Walker.
El señor WALKER (don Ignacio).-
Quiero hacer una pregunta.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
¿No tiene inconveniente en que sea formulada, Honorable señor Montes?
El señor MONTES.-
No, siempre que Su Señoría no se la responda él mismo...
El señor WALKER (don Ignacio).-
Es una consulta al señor Ministro de Educación, para comprender bien el asunto.
Juzgo que todos estamos de acuerdo -pido que se me corrija si estoy equivocado- en dos cosas. Una de ellas es que la fiscalización difiere de la supervisión o la supervigilancia. Creo que todos entendemos eso. La otra es que la JUNJI -y esto es de la esencia del proyecto- deja de fiscalizar. Es algo muy importante.
La pregunta, entonces, en relación con la frase que propone eliminar la Comisión de Hacienda, es si no media ningún traspaso de funcionarios de planta o a contrata -¡ninguno!- desde la JUNJI a la Superintendencia.
Porque si no hay ni uno solo de ellos en esa situación, la eliminación se justifica. Pero si algunos a lo mejor se encuentran en ese caso, por cualquier concepto, la cuestión resulta más compleja.
El señor LARRAÍN.-
¡La interrogante fue harto larga...!
El señor ALLAMAND.-
¡La pregunta no es esa!
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Puede intervenir el Senador señor Montes.
El señor Ministro podrá aclarar después.
El señor MONTES.-
Señora Presidenta, parto por valorar, como muchos, la importancia de la creación de una Subsecretaría de Educación Parvularia. Pienso que ello lleva a otra etapa en el desarrollo y las posibilidades del sector. Se requiere una institucionalidad que coordine, que elabore nuevos programas, que genere intercambio, en fin. Considero que será un organismo muy necesario. Es parte, en definitiva, de un plan de progreso de la educación pública y del proceso educativo, en general.
En relación con ello, quiero especialmente llamar la atención sobre el vínculo entre los niveles parvulario y escolar. Porque una de las principales debilidades del primero es que el nexo no existe, y, por lo tanto, los niños pasan a una etapa que es otro mundo, con otras condiciones. Ahí se requiere una transición mucho mejor pensada.
Respecto a lo que se encuentra en debate, solo quiero hacer referencia a la situación en la educación escolar. En esta última sucede lo mismo: hay una Superintendencia, que se llevó a los fiscalizadores, y un programa del Ministerio que se denomina "supervisión". ¿Qué se entiende por tal función, en este caso? Fundamentalmente, apoyo. De hecho, en la discusión presupuestaria se puso "apoyo y supervisión", porque ese es el rol.
Entonces, ¿qué tienen que hacer estos funcionarios? Ir a los jardines y apoyarlos para que cuenten con mejores programas educativos, para que se genere intercambio, así como respaldar la función docente y a los técnicos. O sea, son muy necesarios.
Otra cosa es que dentro de la JUNJI ha habido algunos personajes que han sido básicamente fiscalizadores. A mí me tocó conocer a los arquitectos, que resultaban bastante difíciles y no dejaban pasar ni un jardín infantil. Algunos de ellos eran muy odiosos para filtrar y todo lo demás. No sé si se van a traspasar o no. En el proyecto no está concebido que lo hagan. Imagino que se van a reciclar en función, también, de todas las obras que está llevando a cabo la JUNJI, que creó un Departamento de Infraestructura producto de la expansión de los jardines infantiles.
Es bueno que existan las dos cosas. Resultan positivos tanto el apoyo como la supervisión de la entidad a sus propios establecimientos, incluidos aquellos vía transferencia de fondos (VTF), porque conviene no olvidar que son supervisados y apoyados por la propia entidad.
La fiscalización de la Intendencia es algo distinto, y el rol de la Subsecretaría es más bien el de generar espacios de coordinación, de elaboración de planes y programas, en fin.
A mi juicio, el sistema se encuentra bien planteado, en definitiva.
Imagino que hasta ha mediado una cuestión gremial en el sentido de que "no se lleven a todas estas personas para allá". Porque siempre que se crean estos organismos se redefinen algunos funcionarios.
Finalmente se llegó a este acuerdo, y me parece que es preciso apoyarlo, porque es lo que los propios funcionarios han considerado más adecuado.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Honorable señor Allamand, miembro de la Comisión de Educación.
El señor ALLAMAND.-
Señora Presidenta, estimo muy relevante la conversación que sostenemos, porque de alguna manera apunta al corazón del proyecto, y es muy importante que a través del señor Ministro podamos despejar la situación que ha surgido.
Es necesario separar absolutamente lo relativo a los actuales funcionarios. Como aquí se ha señalado, no es cuestión de qué va a ocurrir o no con estas cincuenta o setenta personas, no obstante lo significativa que resulta. El aspecto que se podría llamar "del destino" o de los derechos del personal cabe dejarlo aparte de la discusión de fondo,
En toda la inteligencia de la iniciativa, la lógica era que, de todas las tareas de la JUNJI -digamos que han estado mezcladas: prestación del servicio, fiscalización, supervisión pedagógica-, las de fiscalización van a la Intendencia y las de supervisión pedagógica, como lo han explicado el Senador señor Montes y otros, a la Subsecretaría. Tengo la impresión de que eso fue lo que entendimos durante toda la tramitación en la Comisión de Educación.
Entonces, si ahora de alguna manera se dice: "No, en la JUNJI subsisten las tareas de supervisión pedagógica", uno inmediatamente puede suponer un eventual conflicto de competencias evidente entre lo que tienen que hacer dicho organismo y la Subsecretaría de Educación.
Porque, ¿cuál fue el concepto esencial o la inspiración del proyecto? La de ordenar la JUNJI y concentrarla en la prestación, y pasar la fiscalización a la Intendencia y la supervisión pedagógica a la Subsecretaría. Eso fue lo que siempre se entendió y expresó.
No estoy diciendo que esté bien o esté mal la idea de que en la entidad subsistan las tareas de supervisión pedagógica, sino que ello fue exactamente lo que no se planteó en la Comisión de Educación. La lógica del órgano técnico -repito- fue clarísima: ordenemos y terminemos con la mezcla, y la fiscalización le corresponde a la Intendencia, y la supervisión, a la Subsecretaría de Educación. Mas ahora aparece, a partir del aspecto funcionario, como una nueva competencia. Y, al revisar el texto, no la encuentro en la nueva definición de la JUNJI.
El punto no dice relación, por lo tanto, con los setenta funcionarios, quienes pueden pedir, sin duda, que se les respeten sus derechos y no se les someta a una situación de incertidumbre. El problema radica en qué competencia de supervisión pedagógica le dejamos a la entidad y respecto de quién.
Por mi parte, no creo que el criterio de la iniciativa haya sido el de que la subsistencia general de la supervisión, como lo expresó el Senador señor Montes, haya quedado en la JUNJI. Mi impresión fue siempre que se radicaba en la Subsecretaría de Educación Parvularia.
Quizás por lo mismo es buena la aclaración. No enfrentamos un conflicto ni una controversia: simplemente media una cuestión importante de definición institucional.
Gracias.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra la Honorable señora Van Rysselberghe.
La señora VAN RYSSELBERGHE.-
Señora Presidenta, escuché atentamente al señor Ministro y quisiera decirle que sí somos capaces de comprender la diferencia entre fiscalización y supervisión. Lo que sucede es que no soy capaz de advertir con claridad por qué sostenemos el presente debate en el momento de aprobar el proyecto. En verdad, pareciera constituir una discusión propia de una Comisión, desde donde este tipo de aspectos debieran llegar claros a la Sala, sin plantearse a esta hora las interrogantes en examen.
La Senadora que habla tuvo la posibilidad de ser sostenedora de colegios a través de la municipalidad de Concepción. Efectivamente, las instituciones pueden supervisarse solas, pero no es lo que vale. La que garantiza la calidad de la educación, que es lo que se supone que estamos tratando de resguardar, es la supervisión externa. En el caso del municipio, que es un prestador de servicios, ella es verificada por las direcciones provinciales y el Ministerio de Educación. Y la fiscalización también se entrega a un órgano externo. Porque las mismas instituciones, cuando se supervisan o se fiscalizan a sí mismas, intentan justificar las ineficiencias que eventualmente puedan encontrarse.
Llevamos dos aprobaciones de indicaciones y en ambas se ha registrado discusión por mediar errores o malas interpretaciones o diferencias de opinión. De verdad es algo que me llama la atención.
Veo en las tribunas a los representantes del Colegio de Profesores. Imagino que esperan el tratamiento de la iniciativa atinente al paso a la planta de los docentes a contrata. Si seguimos a este ritmo, no vamos a llegar a ninguna parte.
Muchas gracias.
--(Aplausos en tribunas)
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Sé que el público en las tribunas ha tenido paciencia. Espero el acuerdo de la Sala con relación al asunto que nos ocupa, para abocarnos en seguida al proyecto de los profesores y los que se encuentran a continuación. Ruego, sí, abstenerse de hacer manifestaciones, lo que se encuentra estrictamente prohibido.
Le daré la palabra al señor Ministro
La señora VON BAER.-
Deseo exponer una cuestión de Reglamento, señora Presidenta.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Pero el titular de la Cartera tiene derecho a hablar, por supuesto.
La señora VON BAER.-
Es algo previo.
El señor QUINTANA.-
Soy miembro de la Comisión de Educación y no he intervenido.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Así es. Ha sido el único, Su Señoría. Le daré la palabra después de la intervención del señor Ministro.
El señor LETELIER.-
De acuerdo con el Reglamento, pido la clausura del debate, señora Presidenta. Tiene que hacer uso de la palabra un Senador más después del señor Ministro para que se vote o se proceda a disponer dicha medida.
El señor ORPIS.-
No. ¿Por qué?
El señor LARRAÍN.-
Se puede intervenir antes.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
Seré muy breve, señora Presidenta.
Tal como lo expresó el Honorable señor Zaldívar, estamos haciendo referencia a setenta y siete funcionarios. La JUNJI nos hizo ver que cumplen labores de supervisión pedagógica y, contrariamente a lo que inicialmente habíamos pensado, no son fiscalizadores.
Siguiendo lo que decía la Senadora señora Van Rysselberghe -de ninguna de mis palabras puede deducirse que he dudado de la capacidad para distinguir las dos funciones que mencionó-, hago presente que, muchas veces, una corporación municipal, por ejemplo, cuenta con supervisores dentro de las escuelas en red, pero, además, están los del Ministerio, los de las direcciones provinciales, sin perjuicio de la fiscalización de la Superintendencia.
Por lo tanto, se trata de algo habitual en el trabajo en red. Nos estamos refiriendo a setenta y siete funcionarios para una labor de ese tipo, la cual no es la que le compete a la Subsecretaría, que dice relación con algo mucho más masivo y con el conjunto de los prestadores. Creo que realmente no es una discusión de una dimensión tan grande.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
La Honorable señora Von Baer quería exponer una cuestión de Reglamento.
Puede intervenir.
La señora VON BAER.-
Señora Presidenta, quizás todo se habría solucionado si se hubiera respondido la pregunta que hicimos desde el principio: si la supervisión pedagógica es solo respecto de la JUNJI o del sistema completo. Porque esa es una diferenciación superimportante en el proyecto. De ese modo, nos habríamos ahorrado todo el debate.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
Dice relación solo con los establecimientos en red.
La señora VON BAER.-
El trabajo de esa índole no se entiende solo respecto de la JUNJI.
Es sumamente relevante que en la historia de la ley quede claro que la supervisión pedagógica está alojada en el Ministerio de Educación, tal como en la educación escolar. Y pido que el señor Ministro lo diga con nitidez, porque, de otra manera, toda la discusión...
El señor LETELIER.-
Su Señoría puede votar en contra.
La señora VON BAER.-
Para mí, el punto es central. Si no queda claro, no estamos en disposición de pronunciarnos, porque¿
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Su Señoría puede solicitar el aplazamiento de la votación.
La señora VON BAER.-
Entonces, eso es lo que pido, señora Presidenta.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Quintana, a ver si logramos dilucidar el punto, y después habría que ver si corresponde o no la clausura del debate, que requiere votación.
El señor QUINTANA.-
Señora Presidenta, en verdad, me parece que nos estamos ahogando en un vaso de agua. El señor Ministro despejó la controversia al hacer la distinción entre supervisión y fiscalización.
Y seamos claros. Creo que nos ahorraremos muchos problemas si todos usamos los términos que corresponden. Si la preocupación de algunos señores Senadores es que los setenta y siete funcionarios van a supervisar a instituciones privadas, no es el caso. Esta labor dice relación con el organismo que presta el servicio -en este caso, la JUNJI-, que cuenta con dos mil quinientos establecimientos, mil setecientos de ellos vía transferencia municipal. Probablemente, esa cantidad de personas no será suficiente.
Una cosa distinta es lo que ocurrirá con INTEGRA, que dispondrá de sus propios supervisores, pero en el sentido del apoyo pedagógico que se tiene que ofrecer. Eso es muy diferente de las facultades de supervigilancia y fiscalización, que se hallan radicadas exclusivamente -porque la cuestión ha dado lugar a una larga discusión en el proyecto- en la Superintendencia.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Creo que ya llegó la hora de tomar decisiones. No podemos seguir debatiendo, porque ello ya se ha hecho hasta la saciedad. Se les ha dado la palabra a todos los miembros de las Comisiones de Educación y de Hacienda.
El señor COLOMA.-
Se pidió el aplazamiento de la votación.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Ello significa que el asunto tiene que tratarse en la sesión siguiente.
¿Se hace referencia solo a la norma que nos ocupa, Honorable señora Von Baer?
La señora VON BAER.-
Señora Presidenta, debo decirle que nosotros hemos tenido una superbuena disposición respecto de este proyecto. De hecho estábamos de acuerdo en todo. Sin embargo, hay un tema que es muy central para nosotros: la separación completa en materia de supervigilancia y supervisión pedagógica de parte de la JUNJI hacia los jardines infantiles y que esta entidad sea fiscalizada y supervigilada pedagógicamente al igual que los jardines infantiles.
El hecho de que eso no esté claro es tremendamente relevante para los Senadores de estas bancas.
Por lo tanto, tratándose de un proyecto en el cual no hemos pretendido trabar ni frenar nada, sino ayudar en todo, necesitamos aclarar ese punto.
Por eso estoy pidiendo aplazamiento de la votación.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Eso significa que la norma quedaría pendiente hasta la sesión siguiente porque, según usted, su contenido no estaría claro.
La señora VON BAER.-
Señora Presidenta, para nosotros este punto es tan central, que pedimos aplazamiento para todo lo que queda.
El señor LARRAÍN.-
¡Ya está pedido el aplazamiento de la votación, señora Presidenta, así que hay que concederlo!
El señor LETELIER.-
Suspenda la sesión, señora Presidenta, y llame a reunión de Comités.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Voy a suspender la sesión para realizar una reunión de Comités.
En todo caso, Senadora Von Baer, el aplazamiento de la votación que usted pide es para esta norma. No lo puede pedir para todo el resto. Podrá hacerlo cuando se vayan poniendo en discusión cada una de las disposiciones, pero no de antemano.
Quiero dejar aclarado eso.
Por lo tanto, voy a suspender la sesión para convocar a una reunión de Comités, a ver si logramos destrabar este asunto.
El señor ROSSI.-
¡Los niños de todo Chile están esperando este proyecto!
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Se suspende la sesión.
)---------------(
--Se suspendió a las 19:2.
--Se reanudó a las 19:21.
)--------------(
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Continúa la sesión.
Los Comités presentes han alcanzado un acuerdo unánime, que me parece bastante razonable, en el sentido de que se elabore una indicación que dé plenas garantías y claridad en cuanto a las funciones, de modo que no haya ninguna confusión.
Por lo tanto, vamos a suspender la tramitación del proyecto que crea la Subsecretaría de Educación Parvularia para dar paso al siguiente, relacionado con los profesores, quienes han estado esperando pacientemente en las tribunas.
--(Aplausos en tribunas).
Una vez que esté lista la indicación, retomaremos esta otra iniciativa, en la que faltan alrededor de cuatro puntos.
Por lo tanto, pasamos al asunto que figura en el tercer lugar de la tabla.
--Queda pendiente la discusión particular del proyecto que crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, la Intendencia de Educación Parvularia y modifica diversos cuerpos legales.
RENOVACIÓN DE LEY SOBRE ACCESO A TITULARIDAD DE DOCENTES A CONTRATA EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS SUBVENCIONADOS
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Según lo que acabo de señalar, corresponde tratar el proyecto, en segundo trámite constitucional, que renueva la vigencia de la ley N° 19.648, de 1999, sobre acceso a la titularidad de los docentes a contrata de los establecimientos públicos subvencionados, con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (8.784-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 32ª, en 18 de junio de 2013.
Informes de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 48ª, en 27 de agosto de 2013.
Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología: sesión 73ª, en 10 de diciembre de 2014.
Discusión:
Sesión 51ª, en 3 de septiembre de 2013 (se rechaza el informe de la Comisión y, por ende, se declara la admisibilidad del proyecto).
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
El objetivo del proyecto es prolongar los efectos de la ley N° 19.648, de 1999, de manera de extender la calidad de titular a los profesionales de la educación parvularia, básica y media dependiente de un mismo municipio o corporación de educación municipal que al 31 de julio de 2014 hayan tenido la calidad de contratados y se hayan desempeñado como docentes de aula durante al menos tres años continuos o cuatro años discontinuos, por un mínimo de 20 horas cronológicas de trabajo semanal, y precisar que la titularidad de las horas a contrata operará solo respecto de aquellas contratadas en aula.
La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología discutió este proyecto en general y en particular por tratarse de aquellos de artículo único, y lo aprobó en ambas modalidades con las modificaciones que consigna en su informe, con los votos favorables de los Senadores señores Quintana, Rossi e Ignacio Walker y las abstenciones de los Senadores señora Von Baer y señor Allamand.
--(Manifestaciones en tribunas).
El texto que se propone aprobar se consigna en la página 27 del informe de la Comisión y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
Además, debo hacer presente que el Ejecutivo ha hecho llegar una indicación -que se verá en su oportunidad- para intercalar, en la letra c) del artículo único, entre la palabra "aula" y el punto final, la frase: "y sus correspondientes horas no lectivas".
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Antes de ofrecer la palabra, voy a pedir a las personas apostadas en tribunas que me ayuden a respetar el Reglamento manteniendo el silencio que hasta ahora han observado. Así que les ruego abstenerse de realizar cualquier manifestación.
En discusión general y particular el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Rossi, Presidente de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
El señor ROSSI.-
Señora Presidenta, este es un proyecto muy breve -consta de un artículo único-, tiene origen en una moción, se encuentra en segundo trámite constitucional, es muy simple en el papel y a su respecto el Ejecutivo ha presentado una indicación.
Es muy importante, porque tiene que ver no solo con una reivindicación laboral, muy legítima, de los profesores y profesoras de Chile -y aprovecho de saludar a los que nos acompañan en las tribunas-, sino también con los procesos pedagógicos.
Efectivamente, hoy existe una situación de extrema precariedad en los contratos de trabajo de miles de profesores en todo Chile. Es impresionante. Cuando uno analiza la realidad de ciertas comunas de nuestro país, se encuentra con que en algunos lugares más del 80 por ciento de los profesores se hallan "a contrata"; por tanto, en una condición laboral extraordinariamente vulnerable, con un contrato muy precario, que, además de generarles incertidumbre -lo que, evidentemente, afecta su calidad de vida-, afecta el nivel de vinculación de los docentes con su escuela. Ello es bastante evidente, pues cada fin de año no saben lo que va a pasar con su futuro.
Por consiguiente, era absolutamente necesario hacerse cargo de este problema, que forma parte de una agenda de distintos temas que han estado conversándose, relativos a los profesores y a la docencia, en el cual se incluyen no solo el de la titularidad docente, sino también el del agobio laboral, que es un proyecto muy importante para los profesores y que necesariamente debe ocupar un lugar central en la discusión del Plan Nacional Docente, que ojalá cuente con una fase prelegislativa en donde todos los maestros puedan hacer aportes y dar a conocer sus puntos de vista.
Lo mismo ocurre con el incentivo al retiro, el daño previsional, la deuda histórica y tantos otros asuntos que son fundamentales para los profesores de nuestro país.
En cuanto al proyecto en debate, que beneficia a alrededor de 33 mil de ellos -y acabo de ver la indicación que envió el Ejecutivo, la cual resuelve varios de los problemas que presentaba el texto-, debo señalar que establece que los docentes de aula que hayan estado contratados al 31 de julio del 2014 van a adquirir la titularidad de sus cargos y pasar a la planta si han trabajado durante cuatro años de manera discontinua o tres años de forma continua, en un municipio o corporación municipal, y han desempeñado una labor por 20 horas cronológicas. Y veo que la indicación que acaba de llegar también se hace cargo de sus correspondientes horas no lectivas.
Es una buena noticia para los profesores, porque todos sabemos que la labor docente se ejerce dentro y fuera de la sala de clases. Y de hecho ojalá hubiese más horas fuera de ella, para poder no solo resolver el problema del agobio y el estrés laboral de los maestros, sino también para que se desarrollara más trabajo de planificación y otras tareas propias de la función docente.
Así que, como digo, señora Presidenta, esta es una muy buena noticia para los profesores de nuestro país. Alrededor de 33 mil van a pasar a la planta, por lo que el porcentaje de aquellos que se encuentran en esta condición -hoy, alrededor de la mitad- sube a casi el 85 por ciento.
Para ser bien exacto, el porcentaje de profesores titulares, antes del proyecto, era de 50,1 por ciento; ahora, con la aprobación de esta iniciativa, se llega al 84,5 por ciento.
Por lo tanto, señora Presidenta, es una muy buena noticia para 32.263 profesores de todo Chile.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Gracias, Senador Rossi.
Tengo una lista de 11 oradores, razón por la cual propongo abrir la votación para que se vaya fundamentando el voto. De otra manera se nos va terminar el tiempo del Orden del Día y no vamos a alcanzar a ver todos los asuntos que nos quedan.
¿Habría acuerdo?
El señor LARRAÍN.-
¿Me permite?
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Sí, señor Senador.
El señor LARRAÍN.-
Señora Presidenta, no tengo inconveniente. Pero antes quiero plantearle una pregunta al Ministro; porque, si se iniciara la votación, él no tendría ocasión de hablar.
Así es que estoy de acuerdo, pero en la medida que pueda hacer la consulta oportunamente.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Formule su interrogante si lo considera necesario, Su Señoría.
Después, de existir acuerdo, abriré la votación y quien lo desee fundamentará su voto.
Lo señalo para efectos de economía procesal, pues están inscritos 12 señores Senadores.
Le daré la palabra al Honorable señor Larraín para que el Ministro despeje sus dudas. Si alguien quiere hacer otra consulta, este es el momento.
El señor WALKER (don Ignacio).-
¿Y después votamos?
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Así es.
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señora Presidenta, mi inquietud es la siguiente.
Cuando este proyecto se debatió el año pasado se discutió sobre su constitucionalidad. Y aunque el informe de la Comisión de Constitución fue rechazado, por mayoría de votos se determinó la admisibilidad de la iniciativa.
No obstante, el sentido común y la prudencia recomendaron no seguir el trámite porque efectivamente adolecía de vicios de constitucionalidad.
Nuestra inquietud no apuntaba al fondo del proyecto. Porque -lo manifesté- estábamos de acuerdo en la necesidad de regularizar la situación de los profesores que estaban a contrata indefinidamente o por muchos años, sin estabilidad laboral, etcétera.
Por fortuna, ese error se corrigió con una indicación del Ejecutivo. Y el problema, por lo tanto, se solucionó.
Sin embargo, fue resuelto solo en parte, porque debemos enfrentar una dificultad: aunque se trate de los mismos recursos, esta iniciativa irroga gastos adicionales a los municipios.
En consecuencia, quiero preguntarle al Ministro acerca de si en el escenario de que los municipios -lo plantean en forma reiterada- hagan presente que este proyecto les significará un costo -por la acumulación de pasivos, por las indemnizaciones, por una serie de exigencias nuevas que contiene- ¿vamos a suplementar con recursos a los municipios que necesiten cumplir tales compromisos? Porque el problema no es solo de sueldo, sino de otros efectos económicos que inciden en esta determinación.
Apoyaré esta iniciativa, pero me parecería irresponsable -aquí hay personas que fueron alcaldes y saben de qué estoy hablando- que lo aprobáramos sin más y les dijéramos a los municipios: "Háganse cargo de la diferencia". El problema en esta materia no lo tienen los profesores, sino las municipalidades con el Ministerio de Hacienda.
Deseo consultar al señor Ministro si acaso existe tal voluntad. Porque quienes se abstuvieron de votar en la Comisión de Educación lo hicieron precisamente por la inquietud que genera este mayor costo, del cual nadie se hace cargo, que le seguiremos endosando a los municipios, que están endeudados desde hace mucho rato.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
Señora Presidenta, esta discusión ya se generó en la Comisión.
Desde nuestro punto de vista
El señor LARRAÍN.-
¡Pero no en la Sala!
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Educación).-
Tiene razón.
Como decía, desde nuestro punto de vista, esta normativa no irroga mayor gasto por cuanto no se produce un cambio de salario, sino del estatus del contrato de trabajo: de "a contrata" a "titular".
Existiría una eventualidad en el caso de que se acumulara un derecho a indemnización, que solo ocurre en el flujo y forma parte de las provisiones que hace normalmente un municipio por su planta.
Por tanto, estamos suponiendo posibles dificultades financieras que puedan sufrir los municipios frente a un proyecto que no irroga mayor gasto.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Vamos a abrir la votación para que Sus Señorías funden el voto. De lo contrario, sobrepasaremos la hora de término de la sesión.
El señor BIANCHI.-
¿Votaremos en general y en particular?
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Primero en general y después en particular. Aunque podríamos incluir la indicación del Ejecutivo y realizar una sola votación.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
En votación general y particular, a la vez.
--(Durante la votación).
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señora Presidenta, sobre la constitucionalidad de la iniciativa, me parece muy bien la explicación del Senador Larraín. Además, como se ha dicho, la indicación del Ejecutivo le ha dado, en el fondo, patrocinio, de acuerdo con la norma constitucional.
En cuanto al asunto de la generación de gastos, estos no pueden determinarse porque el traspaso a profesor titular no debería irrogarlos.
El problema se producirá si acaso en algún momento se debe pagar indemnización.
Cualquier cosa que diga el Ministro hoy sobre el particular no tiene ningún sentido. Porque debería tramitarse una disposición legal o considerarse alguna manera de suplementar los recursos municipales si eso llegara a ocurrir.
Creo que, en bien de lo que persigue, se debe aprobar el proyecto y luego ver si el problema se produce o no.
Voto que sí.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.
El señor QUINTEROS.-
Señora Presidenta, este proyecto constituye un gesto de justicia en materia laboral con una importante cantidad de profesores que, a pesar de llevar tres o más años dedicados a la labor de educar en las salas de clases de las escuelas públicas a lo largo de todo el país, se encuentran en una situación contractual de desmedro respecto de sus colegas adscritos a la planta docente en los municipios o corporaciones municipales de educación en las que cumplen sus funciones.
En cifras generales, en la actualidad solo la mitad de los profesores de la educación pública a nivel nacional gozan de la titularidad de sus cargos. De la otra mitad, la gran mayoría cumplen labores a contrata y un porcentaje menor a honorarios.
El sistema de contrata, en los hechos, se encuentra extendido y aceptado por prácticamente todos los municipios del país.
Solo en la Región de Los Lagos, de los 6 mil 650 profesores que se desempeñan en la educación pública, más del 50 por ciento lo hace a contrata, a pesar de que el Estatuto Docente solo autoriza a los municipios o corporaciones municipales a cubrir como máximo un 20 por ciento de la dotación bajo esta modalidad.
La sobreutilización de la contrata para cubrir las necesidades de recursos humanos es un problema que, lamentablemente, afecta no solo al ámbito de la educación, sino también a buena parte de la Administración Pública.
Si bien se trata de una fórmula que otorga mayor flexibilidad a la administración educacional, posee varios inconvenientes evidentes: entre otros, la inestabilidad laboral -por tratarse de contratos anuales-, la imposibilidad de desarrollar una carrera funcionaria y la limitación del crecimiento profesional de los docentes.
En todo caso, me parece injusto culpar de esta realidad solo a los sostenedores municipales, quienes, desde el traspaso de la educación pública a los municipios, han destinado cuantiosos recursos de sus presupuestos para complementar los ingresos por subvención educacional, que no alcanzan a financiar el sistema.
En los últimos treinta años el aporte municipal a la educación ha ido en aumento, en consonancia con el incremento de las exigencias a las que están sometidos los municipios, las cuales no siempre son financiadas por el Estado a nivel central.
Un solo ejemplo sirve para ilustrar lo anterior: cada vez que se acuerdan planes de egreso de los profesores, estos se financian con créditos que se descuentan de las subvenciones.
Los sostenedores municipales han debido asumir esos mayores costos, en una competencia desigual con el sector particular subvencionado, que no se rige por las normas del Estatuto Docente.
La práctica de la contrata es, entonces, una expresión más de la crisis de la educación pública, que en este caso han debido soportar los docentes, con perjuicio de sus condiciones laborales.
Con la renovación de la vigencia de la ley N° 19.648, de 1999, sobre acceso a la titularidad de los docentes a contrata en los establecimientos públicos subvencionados, se hace justicia con el gremio de los profesores y se avanza en el reconocimiento a su importante labor, que profundizará, con toda seguridad, el proyecto de carrera docente que próximamente enviará a trámite el Gobierno.
En consecuencia, esta medida adquirirá pleno sentido cuando esté inserta en el contexto de la reforma educacional, por lo cual debería comenzar a emparejarse la cancha entre la educación pública y la particular subvencionada.
Con esta iniciativa, los profesores que cumplan los requisitos establecidos podrán acceder a la titularidad de sus cargos; mejorarán su estabilidad y condiciones laborales, y podrán aspirar a una verdadera carrera docente.
Así, en mi región cambiarán su condición jurídica 2 mil 993 docentes, alcanzando la titularidad al 84 por ciento del total de la dotación.
Voto a favor de este proyecto, convencido de que este tipo de iniciativas son indispensables para enfrentar con seriedad y compromiso los importantes desafíos existentes para el mejoramiento de la equidad y la calidad de la educación en Chile.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.
El señor BIANCHI.-
Señora Presidenta, hoy día asistimos a uno de los grandes triunfos y logros de las maestras y los maestros de nuestro país.
Su situación era de absoluta injusticia, y los sobrepasaba con creces. Veíamos cómo profesoras o profesores, por largos años -10, 15, 20 o más años-, vivían en una completa inestabilidad laboral, sin poder acceder a créditos, ni a postular a una vivienda, ni a tener la certeza, a fin de año, de si continuaban o no trabajando.
Aquí también se daba algo lógico: el abuso de quienes administraban los colegios, situación que, por supuesto, cambia absolutamente con esta iniciativa en comento.
Lo hemos dicho siempre: el Estado de Chile es el peor empleador, ¡es el peor empleador! Y, al respecto, las corporaciones, los municipios no hacen nada distinto.
Por eso, concurrir con nuestros votos favorables es entregar justicia a miles de profesoras y profesores que por largos años vienen buscando que se les haga justicia y así alcanzar la tan deseada estabilidad laboral.
Asimismo, deseo hacer presente una preocupación, que seguramente será parte del debate de mañana cuando discutamos durante todo el día la reforma educacional, pero quiero dejar establecido el punto ahora.
Tengo el temor que, así como en la década del 80 se originó la deuda con los profesores -a estas alturas ya prehistórica, pues hace rato dejó de ser histórica-, ahora se cree una segunda. Mi preocupación pasa porque es probable que cambie el empleador de los profesores, cuando se traspasen de la Corporación al Estado. ¡Ahí habrá un cambio! Pero no se ha dicho absolutamente nada sobre cuál será la situación laboral de los docentes: si se les respetarán sus años de servicio; si el nuevo empleador mantendrá su continuidad laboral en el contrato o si se les va a finiquitar y, de esa forma, se les generará un perjuicio económico por los años ya trabajados; o si al momento del traspaso de una corporación al Estado recibirán remuneraciones iguales, distintas o mejores.
Eso es del todo preocupante.
Quiero valerme de la presencia de los Ministros de Estado en la Sala para dejar planteado este tema. Porque dentro de la reforma educacional que debatiremos mañana, yo por lo menos no he visto absolutamente nada referido a la condición en que podrían llegar a quedar las profesoras y los profesores de nuestro país en la eventualidad de que exista una desmunicipalización de la educación y esta pase a un empleador distinto, en este caso, el Estado. Y nada se ha discutido respecto a la estabilidad laboral de los profesores.
Me pronunciaré entusiastamente a favor del proyecto de ley, felicitando a cada uno de los profesores y las profesoras de nuestro país por este logro que les entrega estabilidad laboral.
Voto que sí.
--(Aplausos en tribunas).
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señora Presidenta, en primer lugar, felicito al Regional del Colegio de Profesores, pues fue justamente ahí donde se nos convocó, al Diputado González y al que habla, para efectos de trabajar el tema de la titularidad de los profesores.
Por eso, iniciamos esa labor con dos proyectos de ley: uno presentado en el Senado y otro en la Cámara de Diputados.
Agradezco que los señores Senadores hayan cambiado de opinión. Porque la iniciativa legal presentada en esta Sala fue declarada inadmisible por la mayoría de ustedes. Y hoy afortunadamente hay un criterio distinto, y doy gracias de que procedamos a dignificar a los profesores de Chile.
Pues bien, la Cámara de Diputados logró finalmente declarar su admisibilidad, tras lo cual el proyecto llegó a este Hemiciclo. Entonces, se produjo un problema en la Comisión de Constitución, porque lo declaró inadmisible, situación que se revirtió con la posterior votación favorable en la Sala.
Digo esto pues hay que hacer un poco de historia respecto a este proyecto de ley en que tanto ha costado avanzar.
Y, finalmente, se logró aprobar su admisibilidad en virtud de una votación en esta Sala.
El proyecto pasó, pero hubo un arduo debate en la Comisión de Constitución sobre si irrogaba o no irrogaba gastos. Nosotros afirmamos que no, porque se mantenían los mismos beneficios para los profesores. Hasta que por fin se consiguió que la iniciativa fuese a la Comisión de Educación.
Luego, hubo dificultades para ponerlo en tabla, pues los alcaldes ejercieron, muchas veces, un veto, a efectos de evitar que los profesores a honorarios pasaran a las plantas, debido a que -según ellos- les irrogaban un mayor gasto. ¡Pero no era así! Aquellos se resistían al cambio, fundamentalmente, porque no querían rigidizar sus plantas.
¡Hay que decir las cosas por su nombre!
Cabe señalar que lo que planteamos en relación con el objetivo de la iniciativa no es nuevo, sino que busca rescatar lo que hubo en otra similar, presentada por el entonces Diputado Prokurica, el año 1999, la cual permitió pasar a las plantas a un grupo importante de docentes: 15 mil profesores.
Por tanto -también digo las cosas por su nombre-, lamento que el proyecto que presentamos con los Senadores Prokurica y Bianchi fuera declarado inadmisible por esta Sala, y deseo destacar algunos temas cuya interpretación puede ser motivo de debate, para que queden en la historia fidedigna de la ley.
En primer término, lamento la limitación de los plazos que se fijan en virtud de este proyecto de ley. ¿Y por qué lo digo? Porque, por la precariedad de su labor, los profesores deben trasladarse de un DAEM a una corporación o a otra. Y acá hay docentes que trabajan en la Educación Pública que no podrán hacer uso del beneficio que se establece, debido a que cambió el empleador, pero tenían la calidad de profesores del sector público.
El segundo dice relación con que, cuando hay profesores trabajando en un DAEM o en una corporación, efectivamente se les asignan otras labores.
Se habría resuelto y no sería motivo de interpretación -espero que no lo sea- si se hiciera referencia a las horas de contrato, como ocurrió en la ley anterior.
Efectivamente, hoy se pueden producir algunas dificultades.
Agradecemos al Ejecutivo, pues el Senador Allamand y la Senadora Von Baer -a quienes doy las gracias- le habían pedido que reestudiara la situación con el propósito de incorporar a un mayor número de profesores. Y el día de hoy aquel presentó una indicación considerando las correspondientes horas no lectivas. Sin embargo, esto todavía será materia de interpretación.
Me habría gustado que la referencia hubiese sido a las horas de contrato, como sucedió en la legislación anterior, a fin de evitar que esto fuera a la Contraloría o las Direcciones del Trabajo a solicitud de los empleadores, porque los municipios se van a resistir a pagar ciertos beneficios a los profesores.
Sin lugar a dudas, esta iniciativa dignifica el trabajo del profesorado. Por supuesto que la vamos a apoyar y esperamos que sea aprobada por la unanimidad de los señores Senadores.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Honorable señor Guillier.
El señor GUILLIER.-
Señora Presidenta, a mi juicio, nadie podría discutir que es un mínimo de justicia laboral ir avanzando en el término del trabajo precario en Chile, que afecta a los distintos sectores de los mercados laborales, incluyendo al profesorado. Esto, por lo demás, se transformó en una práctica no solo del sector privado, sino también del Estado para abaratar la fuerza de trabajo calificada y no calificada.
Por lo tanto, obviamente, esta iniciativa legal es un avance.
No obstante, se han dado ciertas cifras que ameritan que se hagan algunas consultas -habría querido preguntarle al Ministro, pero como aquí se dispuso otra cosa, no puedo hacerlo-, que tienen que ver con lo siguiente.
Se habla que, de aprobarse esta indicación, se permitiría que el 84,5 por ciento de los docentes de las corporaciones municipales adquirieran la calidad de contratados. Sin embargo, en el mismo proyecto se establecen una serie de condiciones para ello. Por ejemplo, que tuviesen al menos tres años continuos o cuatro discontinuos de desempeño docente, por un mínimo de veinte horas cronológicas de trabajo semanal. No sé si tales requisitos reducen el mencionado porcentaje o lo mantienen.
Inicialmente, el proyecto hacía referencia a los "profesores de aula" solamente. Entiendo que, con la indicación que acaba de llegar, ese concepto se amplía también a las "correspondientes horas no lectivas".
Además, la calidad de titulares se concede por única vez.
Sería interesante saber si contaremos por fin con una normativa que establezca una situación permanente para los profesores cuando se incorporen a la educación municipal o a aquella que derive de su reforma, que está pendiente. ¿Resolveremos el problema en forma definitiva o nuevamente se hará una ley que entregue un beneficio "por única vez"? Si sucediera esto último, estaríamos dando un paliativo, en lugar de una solución de fondo, negando el trato que los profesores merecen en nuestro país.
Estos requieren condiciones estables permanentes, pues ejercen una función social de primera significación.
Esas son mis dudas. Pero, de todas maneras, apoyaré la iniciativa.
--(Aplausos en tribunas).
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señora Presidenta, en octubre de 1996, junto a los Diputados Homero Gutiérrez, Carlos Montes -hoy Senador-, Jaime Rocha, María Antonieta Saa, Jorge Ulloa, Felipe Valenzuela y José Antonio Viera-Gallo, presentamos un proyecto similar a este, que se tradujo en la ley Nº 19.648, la cual permitió la incorporación a la planta docente de más de 15 mil profesores a contrata.
Hicimos ya este ejercicio legislativo, que es un acto de justicia hacia los maestros.
En todo caso, la tramitación de aquella iniciativa no estuvo exenta de dificultades. Incluso, como recordó el Senador Chahuán, el Presidente de la República de la época ejerció su derecho a veto para impedir que se aplicara este beneficio a miles de docentes que a lo largo de nuestro país se encontraban -digámoslo claramente- en una situación de precariedad laboral. Ello es inaceptable y demuestra la veracidad de la afirmación, manifestada una y otra vez por el Senador Bianchi, de que el Estado es el peor empleador.
En los últimos meses, el Gobierno ha desplegado una campaña comunicacional y legislativa tendiente a modificar "parte" de nuestro actual sistema educativo. Sin embargo, en todo ese tiempo, en ningún momento se ha escuchado o visto que se implemente una idea para mejorar el estado del principal motor de la educación chilena: el profesor. Parecen no tener claro que sin cambios en la sala de clases no habrá cambios en la calidad de la educación.
Muchas veces me he reunido con los docentes de mi Región -en las tribunas está Francisco Martínez, Presidente regional-, colegiados o no, y todos ellos me manifiestan un solo y gran descontento: el Gobierno y parte del Parlamento están impulsando una reforma hecha entre cuatro paredes, sin consultar y sin escuchar a los que después deben implementarla.
El proyecto en análisis aporta un granito de arena en reconocimiento a la abnegada labor que cada uno de los miles de profesores realiza a lo largo y ancho de nuestro país.
El objetivo de esta iniciativa debiera ser el mismo que se tuvo en vista en 1996 -así me lo han planteado reiteradamente los dirigentes del Colegio de Profesores-: beneficiar a todos los docentes a contrata, sin las condiciones que se están estableciendo aquí.
Quiero decirlo derechamente: con la indicación propuesta se aumenta el número de maestros favorecidos. Son alrededor de 33 mil.
Los profesores, como seres humanos -lo mencionó un Senador-, no requieren solo estabilidad laboral, tan necesaria para aportar al proceso educativo. También precisan otras cosas.
En la actualidad, ni siquiera pueden contraer ciertos compromisos: habitualmente son segregados del sistema bancario por no ser considerados sujetos de crédito -acceder a préstamos financieros les permitiría adquirir una vivienda u otros bienes-; no tienen derecho a indemnización; no se les asegura regularidad en el pago de las cotizaciones, etcétera.
Ahora quiero abordar algunas inquietudes presentadas por el Senador Chahuán.
En primer lugar, señora Presidenta, hago presente que el proyecto que nos ocupa tiene letra chica, por cuanto se propone que el beneficio se entregue a los dependientes de un mismo empleador, en circunstancias de que todos sabemos que, debido a las bajas remuneraciones, muchos profesores trabajan en dos o tres corporaciones municipales. Entonces, si estos no cumplen con el número mínimo de años exigido o con los otros requisitos, no podrán recibir el beneficio, aunque se hallen dentro del sistema público.
En segundo término -se ha hecho una sugerencia al respecto-, la iniciativa habla de horas aula, y no de horas de contrato, como se planteó en 1996. Obviamente, hay que corregir este asunto. Como seguramente habrá Comisión Mixta, ahí se podrá hacer la enmienda pertinente.
Estamos dando un paso importante en una materia respecto de la cual siempre hay discursos, pero pocas veces se concreta un cambio.
¡No es posible que en la Administración Pública el 80 por ciento esté a contrata! Y no lo digo por un tema solo de justicia, sino también de legalidad. ¡Si es la ley la que establece que eso no puede ocurrir!
Sin embargo, por los montos involucrados, en todos los Gobiernos, no solo en el actual -sería injusto plantearlo así-, se ha mirado para el lado a fin de no ver la realidad del profesor, que es, sin duda, el eje fundamental de cualquier reforma en este ámbito.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señora Presidenta, siempre me quedo con la sensación de que estos problemas pudimos haberlos resuelto mucho antes de que se produjera un paro del sector.
Estamos contestes en que lo propuesto no implica mayor costo fiscal, no altera el plano administrativo y no encierra un vicio de constitucionalidad. En realidad, lo ilegal era mantener más del 20 por ciento de la planta a contrata. Es decir, la ilegalidad proviene del propio Estado.
El inciso final del artículo 25 del Estatuto Docente señala: "Tendrán calidad de contratados aquellos que desempeñan labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares.". Pero esa definición no se ha considerado. Los profesores llamados "a contrata" hasta ahora desempeñan las mismas funciones, e incluso más, que los de planta. Por tanto, la ilegalidad de incumplir el referido artículo -reitero- está dada por los sostenedores públicos.
Lo mismo sucede con relación al artículo 26, que dispone: "El número de horas correspondientes a docentes en calidad de contratados en una misma Municipalidad o Corporación Educacional, no podrá exceder del 20% del total de horas de la dotación de las mismas". ¡Nueva ilegalidad!
En el fondo, hemos asistido a una permanente violación flagrante de la ley. Eso es lo ilegal, no la presentación de un proyecto que busca pasar a la planta a los profesores a contrata.
Uno permanentemente se pregunta por qué tardamos tanto en legislar sobre el particular. ¿Era necesario un paro, un sacrificio de parte de los afectados para recién impulsar esta iniciativa?
Aprovecho la presencia del Ministro de Educación para manifestarle que esta propuesta legislativa dejará en el a varios docentes. Por ejemplo, existen profesores en Coronel con 17 años de servicio, contratados por el municipio por 19 horas: ¡no podrán optar al beneficio! Y habrá muchos otros casos. Los docentes con 15 horas en una municipalidad y 15 horas en otra tampoco cumplen el requisito de las 20 horas. En fin, se darán distintas situaciones a las que la ley en proyecto no se podrá ajustar. borderline
Ante ello, ¿qué tenemos que hacer? Votar a favor de proyecto en estudio, porque igual se avanza sustancialmente: más de 32 mil profesores a contrata pasarán de manera automática a ser titulares de planta.
Y lo que quede pendiente lo veremos en marzo. En ese momento analizaremos el fortalecimiento de la educación pública, que cambiará al empleador.
¡Ojo!, esa será una oportunidad histórica. Ni los docentes ni el Estado de Chile podrían soportar un cambio de empleador sin que se resuelvan las deudas de arrastre. Pasar a una nueva modalidad institucional con una mochila sobre los profesores sería un error histórico. Y tengo la convicción de que ellos no lo van a permitir. Entonces, la pregunta es si hacemos esa reforma en contra de los actores involucrados o de la mano de ellos. Ese es el gran debate que se nos viene en marzo.
Reitero la inquietud: lo que quede por hacer en materia educacional, ¿lo abordaremos en conjunto con los docentes, el Colegio de Profesores y los demás sectores que se han manifestado -porque, en definitiva, todos son profesores-, o en contra de ellos?
Ello supone mayor diálogo -incluso prelegislativo- al interior del Parlamento.
Siento que hoy estamos dando un paso muy importante. Pero aún quedan muchos problemas por resolver.
Como lo he mencionado en otras ocasiones, el 4 por ciento de los profesores le tiene fobia al aula. Están enfermos. Registran más de 180 días de licencia al año. ¡No pueden trabajar!
¿Y por qué no se van del sistema? ¡Porque no les es posible! ¡Recibirían pensiones miserables si jubilan! ¡Se mantienen en el sistema porque no pueden dejarlo!
En ese sentido, la próxima discusión será sobre la jubilación. ¿Cómo hacemos para que quienes continúan trabajando tengan a futuro una pensión digna, decente, que les permita sobrevivir y vivir de mejor forma?
Votaré a favor de este proyecto, para que todos los docentes pasen a la titularidad.
La pelea que se dio a propósito de la llamada "agenda corta" -más allá de cualquier otro nombre con que se le denomine- nos entregó una gran lección: si podemos avanzar, hay que hacerlo y no esperar a que nos lo pidan.
No es necesario que los profesores y otros movimientos sociales salgan a la calle para exigir al Estado, al Gobierno de la Presidenta Bachelet, mi Gobierno, las cosas que dijimos que íbamos a realizar. Las debiéramos abordar sin presión social, ojalá con participación de los ciudadanos.
Voto a favor, señora Presidenta.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señora Presidenta, el contexto en que se está dando este debate guarda relación con un compromiso que la Presidenta Bachelet adquirió con el país: la reforma de la educación.
Para fortalecer la calidad de la enseñanza, primero debemos mejorar las condiciones laborales de quienes imparten clases, del magisterio.
El reconocimiento de la precarización de que ha sido objeto la labor docente desde hace 30 años, debido a su mercantilización, es precisamente lo que motiva esta profunda reforma. Terminar con la educación como bien de mercado implica fijar normas para que el magisterio no sea tratado como un producto del mercado.
Valorar su condición de maestros dedicados a la enseñanza significa preocuparse por su estabilidad laboral. Los profesores a contrata todos los años se mantienen en ascuas hasta el 25 o 31 de diciembre. No saben hasta entonces si van a recibir al Viejo Pascuero o un sobre azul.
A mi juicio, a partir de esta modificación, muchos profesores -a pesar de que quedarán pendientes algunos en situación de precariedad- sentirán una mayor tranquilidad. Ello se transmitirá a los alumnos, quienes sabrán que el profesor seguirá en marzo; a los padres y apoderados, que interactuarán con un profesor de continuidad, y al país, que contará con docentes bastante mejor tratados.
Todavía no empezamos a discutir la reforma de la educación. Este proyecto puede ser el inicio; tal vez una primera señal de cuán profunda debe ser. Constituye solo un gesto hacia los profesores. Aún no hemos comenzado el debate a fondo acerca de las condiciones laborales en que estos tienen que desempeñarse y aportar a la educación de los niños y las niñas en Chile.
Se plantea beneficiar solo a los docentes con contrato de al menos 20 horas semanales. Pero ¡qué tiene si son menos horas! ¿Acaso eso justifica la precarización del trabajo y la inseguridad laboral?
Sin perjuicio de ello, esta iniciativa constituye un avance importante.
También tenemos que revisar lo relativo a la previsión. El país debe abordar una reforma previsional.
¡No es posible que los profesores y, en general, los trabajadores de Chile sigan tolerando un sistema de pensiones que los condena a la pobreza al momento de jubilarse!
Sería bueno tomar decisiones ahora que contamos con la mayoría de los votos, durante este Gobierno de la Presidenta Bachelet. En todo caso, me gustaría avanzar también con el apoyo de todos los parlamentarios, con el objeto de crear una situación más justa para los trabajadores en materias laborales, de equidad y de previsión.
Señora Presidenta, anuncio que votaré gustoso a favor de este proyecto, aunque sé que los municipios van a decir: "Esto implica un costo". Sí, claro. Pero eso es parte de la reforma.
Ya pronto analizaremos cómo resolver el endeudamiento municipal. Va a venir también la iniciativa sobre desmunicipalización de la educación, y entonces se destinarán los recursos respectivos. Que ello no sea una excusa para no respaldar este proyecto, que otorga un beneficio muy merecido a buena parte de los profesores de Chile.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.
El señor WALKER (don Ignacio).-
Señora Presidenta, más de 30 mil profesores y profesoras que hoy están a contrata en la educación pública, tan pronto sea aprobada esta iniciativa de ley, pasarán a formar parte de la planta.
Por cierto, no solo en términos personales y como Senador por la Región de Valparaíso cordillera -he sostenido muchas conversaciones con los docentes de mi circunscripción-, sino también como Presidente del Partido Demócrata Cristiano, me es muy grato sumarme a la aprobación de este proyecto.
Seamos claros: lo que mantiene en pie hoy a la educación pública chilena, que representa solo el 37 por ciento de la matrícula total escolar, principalmente es la acción de los 90 mil profesores que laboran en el sistema municipal. Por supuesto, también hay que considerar a los asistentes de la educación, a las manipuladoras de alimentos, etcétera.
Ahora bien, de esos 90 mil docentes -y hay que agregar los aportes de los 350 municipios, porque sin ellos sería imposible sostener financieramente la acción de la educación pública-, más del 40 por ciento está a contrata.
Tal situación, por un lado, obviamente establece una condición de precariedad e inestabilidad, con todas las consecuencias que ello acarrea para los profesores y sus familias. Y, por otro, rompe con la regla del 80/20, que impide que más del 20 por ciento del personal sea a contrata.
En consecuencia, se está haciendo justicia con los profesores y las profesoras que se encuentran en dicha situación, en particular al disponer que los beneficiarios serán los contratados como "docentes de aula y sus correspondientes horas no lectivas", como ha precisado el Ejecutivo mediante indicación.
Ahora, para entender esta modificación es preciso recoger el debate que se dio en la Comisión de Educación. Al respecto, quiero ser muy honesto: se plantearon tres dudas, todas legítimas, tanto en la Cámara de Diputados en su momento -lo mismo se manifestó el año 99- como en el Senado.
Primero, se habló de un problema de constitucionalidad.
Tiene razón el Senador Hernán Larraín en cuanto a que hubo una discusión respecto de la admisibilidad de la moción original. Esto se zanjó en el Senado gracias a una indicación sustitutiva que presentó el Ejecutivo. Por tanto, desaparece, por este último motivo, cualquier duda acerca de la constitucionalidad de la iniciativa.
Segundo, se generó todo un debate sobre cómo se ingresa a una planta docente.
Todos sabemos que en la legislación chilena eso se logra a través de concurso público. Luego de ganarlo, se llega a ser profesor o profesora. Pero aquí estamos estableciendo una vía excepcional: mediante una ley. Así se hizo en 1999 (ley N° 19.648) y así se pretende fijar ahora. Sin embargo, cabe consignar que la norma general, no solo en el caso de los docentes, sino en el de cualquier empleo público, es el concurso.
Y tercero -también planteé este punto en la Comisión de Educación-, se manifestó la preocupación por el gasto que esta propuesta originará a futuro.
Los alcaldes, quienes hacen sus mejores esfuerzos, tienen razón en preguntarle al Ejecutivo quién financiará las eventuales indemnizaciones, por ejemplo, respecto de eventuales desvinculaciones. Digámoslo claramente: es cierto que esto va a ser de cargo de los municipios. Y todos sabemos que estos han sido recargados excesivamente desde el punto de vista financiero.
Dejando constancia de esas tres dudas legítimas, las que se analizaron en la Comisión, manifiesto que estamos muy contentos de aprobar el proyecto que nos ocupa.
He dicho.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señora Presidenta, cada vez que el Gobierno de turno presenta una iniciativa para entregar beneficios a los profesores uno termina aprobándola como el mal menor.
Cuando asumió la actual Administración, yo me imaginé que el primer proyecto que se presentaría iba a ser para mejorar las condiciones de los profesores.
Aquí, francamente, no estoy pensando que un Gobierno lo hace más bien que otro. Cuando se habla de mejorar el modelo educativo y la calidad de la educación lo razonable es comenzar por los docentes.
Es muy simple.
Podemos tener lindos laboratorios, extraordinarios complejos deportivos, infraestructura de funcionamiento del colegio de primera calidad. Pero -como me dice mi propia señora, quien es profesora- todo eso vale bastante poco si no nos preocupamos de quienes enseñan a nuestros niños.
Entonces, imaginé que lo relativo a los profesores constituiría la prioridad de este Gobierno, y que estaríamos discutiendo durante todo este año, sobre todo si se había aprobado una reforma tributaria, cómo mejorar las condiciones laborales, la capacitación, la preparación de los docentes a lo menos en cuatro aspectos.
Primero, los incentivos para que se estudie más pedagogía.
Ya se efectuó un avance importante durante la Administración anterior. Pero falta mucho por hacer.
Segundo, las remuneraciones.
Resulta absolutamente injustificado que en nuestro país haya docentes que no tengan una remuneración a la altura de sus responsabilidades.
Tercero, la posibilidad de capacitación.
Ello tampoco existe en la forma como debería ser.
Cuarto, la factibilidad de que los docentes preparen adecuadamente sus clases.
Yo me reuní con Jaime Quilaqueo y Luis Almendra, quienes pertenecen a la Región de La Araucanía. Y una de las cuestiones que me señalaron dice relación con la cantidad de tiempo que pierden en burocracia, horas que no pueden destinar para preparar adecuadamente sus clases.
Por lo tanto, mi primera reflexión apunta a que mientras no abordemos lo tocante a los profesores en forma integral, global, completa y ello lo hagamos siempre mediante parcialidades, las soluciones en educación serán de parche.
Yo recuerdo que años atrás me tocó conformar una Comisión Mixta que debía resolver sobre el aumento de una asignación a los profesores. Y todas las asignaciones que se establecían no incluían el aspecto previsional.
Hoy en mi Región hay profesores que jubilan -y me lo mostraron- con 120 a 130 mil pesos, quienes al término de su carrera, después de treinta años de trabajo, ganaban 750 mil a 800 mil pesos.
Entonces, el profesor se encuentra ante una disyuntiva obvia: "Cómo me voy a mi casa con 130 mil pesos en circunstancias de que llevo 30 o 40 años trabajando". Por lo tanto, ese docente no querrá jubilar.
Señora Presidenta, yo siento que todos estos proyectos de ley son siempre medidas de parche. Tomamos las cosas a medias; no lo hacemos en forma integral. Y lo razonable es abordar el problema de los profesores de modo global.
En cuanto a los docentes a contrata, tampoco ha existido aquí la capacidad ni la voluntad política para resolver esta materia íntegramente.
Lo sensato es que existan profesores de planta, y que se modifique la forma como funciona dicha planta.
¿Cuál es el problema de un docente a contrata? No tanto que lo echen al término del año por ser mal profesor, sino porque no le simpatiza a la autoridad de turno, más allá de si es bueno o malo en su función.
No creo que los buenos profesores se opongan a que, sometidos a un buen sistema de calificación, quienes no hagan bien su trabajo y sean responsables del cumplimiento negligente de su labor corran el riesgo de la exoneración.
El problema estriba en cuáles son los criterios que se utilizan para medir aquello.
Por ejemplo, ¿cómo se evalúa a un profesor cuando tiene a un niño con déficit atencional y le dedica muchas horas?
Señor Presidente, he querido realizar estas reflexiones, porque a mi juicio el proyecto que nos ocupa avanza en materias como las que mencioné. Mas lo considero insuficiente en muchos aspectos.
Podemos legislar sobre los colegios particulares subvencionados o todo lo que queramos. Pero mientras no se tome el toro por las astas y se legisle a fondo con respecto al profesorado en nuestro país, será poco lo que avanzaremos en calidad de la educación.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señora Presidenta, cualquier persona que por alguna razón (por equivocación, en fin) hoy se haya quedado pegada al canal de televisión del Senado habrá visto la discusión del proyecto que crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, el cual probablemente será aprobado. La iniciativa que debiera tratarse a continuación dice relación con el permiso de funcionamiento de establecimientos que ofrecen educación parvularia. Y el proyecto que ahora nos ocupa tiene como propósito claramente regularizar la situación de decenas de miles de profesores en todo Chile, quienes se hallan en condiciones muy precarias.
Todo ello tiene que ver con la educación pública.
Algunos sectores políticos durante todos estos meses en que ha durado la tramitación de una iniciativa, de ocho o nueve que se presentaron, majaderamente han venido insistiendo en que aquí no está la educación pública.
Bueno, eso es educación pública.
Estamos hablando de profesores que se hallan en el sistema público, quienes -como bien señaló el Senador Tuma- se incorporarán posteriormente a la nueva institucionalidad que se creará a nivel local, territorial, muy cerca de la gente, y no municipal.
Esa es la reforma educacional.
Quien no quiere verlo y se queda pegado en la discusión del lucro; quienes son contrarios al proyecto que pone fin al lucro y a los sistemas de discriminación -hay que decirlo también- han hostigado permanentemente a todos los profesores del sistema público en Chile. Durante estos meses ha habido un acoso constante a los docentes que se desempeñan en el sistema municipal, y no solo por la paralización.
La iniciativa en debate, originada en moción del Diputado Rodrigo González, entre otros parlamentarios -por cierto, la valoramos-, recibió el patrocinio del Ejecutivo. Con ello -tal cual señalaron varios señores Senadores- se despejan cuestiones no menores. Porque se pensaba que sería muy fácil aprobarla acá el año pasado, con un Gobierno en contra; con los Ministros de Hacienda y de Educación en contra; con la Asociación Chilena de Municipalidades, a la que -como saben Sus Señorías- no le gusta su texto.
La verdad es que no era posible aprobarla. Se iba a estrellar en el Tribunal Constitucional.
Eso no lo podíamos permitir para los profesores.
Por lo tanto, valoro el que hoy, después de muchos años, se esté aprobando este proyecto. Porque ello no ocurría desde los Gobiernos de los Presidentes Frei y Lagos (este último lo implementó), en que el Congreso Nacional dio vida a una ley para corregir, por una vez, la situación de un número muy importante de docentes con los que traspasaba el límite legal del 20 por ciento de personal a contrata.
Entonces, claramente, eso les da seguridad a los profesores.
Hay, sí -como se ha dicho aquí-, algunos docentes que probablemente quedarán fuera de este beneficio (profesores SEP y PIE, y de otro tipo de programas).
Eso habrá que verlo más adelante. Aquí no estamos diciendo que no respecto de esos casos. Deben revisarse en el marco de una legislación posterior, que llegará con la nueva institución pública.
Entiendo que el Gobierno también acogió el planteamiento del Colegio de Profesores -aprovecho de saludar a su directorio, encabezado por el Presidente Nacional-, en el sentido de realizar esa discusión en marzo y no en el verano como se hizo durante el Gobierno anterior, en que se llevó a cabo un debate muy importante.
Considero relevante mirar a la cara a los profesores cuando uno va a legislar sobre materias que les pueden afectar o beneficiar.
Señora Presidenta, a mi juicio este proyecto ciertamente constituye un avance. Es más de lo que se hallaba originalmente contenido en la propuesta de los Diputados. La indicación que presentó el Gobierno (el Ministro, la Subsecretaria de Educación) es un elemento positivo.
Por eso el diálogo que hemos efectuado -en nuestro caso, en La Araucanía- con los presidentes regionales.
Me parece bueno incorporarlos, y en general, al Colegio de Profesores, en los establecimientos, en las salas de clases. Porque ahí es donde uno puede recibir de manera muy directa aspectos que forman parte, entre otras cosas, de la agenda corta, como el agobio laboral (qué vamos a entender por ello; es parte de la discusión que vendrá); lo relativo a la remuneración mínima; lo tocante a las pensiones (hoy ya no se sostienen jubilaciones tan bajas como las que tenemos), y, por supuesto, materias de más largo plazo que se consignan en la nueva carrera docente.
Así que -reitero- nos parece muy importante este paso. Por eso, el Partido Por la Democracia, que presido, votará entusiastamente a favor de este proyecto.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra la Senadora señora Goic.
La señora GOIC.-
Señora Presidenta, quiero justificar mi votación a favor de esta iniciativa y reiterar algo que hablamos en reunión de 28 de mayo del año en curso los Senadores por Magallanes con la Presidenta regional del Colegio de Profesores, señora Flor Oyarzo. En dicha ocasión nos pidió el compromiso para tratar de agilizar la tramitación de este proyecto, el cual -tal como se ha planteado durante esta discusión-, pone al día, regulariza la situación de precariedad de los profesores. Ello, sin duda, afecta su desempeño -se han entregado aquí los argumentos-; y también se incumple lo que la ley establece.
Asimismo, deseo destacar el logro también de los dirigentes del Colegio de Profesores, en particular de la Región que represento, que nos permitirá pasar del actual 48,9 por ciento de docentes contratados en calidad de titulares a 82 por ciento. Lo anterior significa que 457 hombres y mujeres cambiarán su realidad.
Así damos paso a una discusión más de fondo, que no se halla contenida en la ley en proyecto y que dice relación con el principal compromiso de la Nueva Mayoría para estos cuatro años: la reforma educacional.
De igual manera, deseo transmitir tranquilidad con respecto a las dudas que había en materia de horas no lectivas. Aquí quiero agradecer la indicación enviada por el Ejecutivo. Lo conversamos directamente con el Ministro. A mi juicio, ella zanja varias de las inquietudes expuestas en su momento no solo por los profesores, sino también por los Diputados.
Eso nos permite avanzar con calma en la aprobación de esta iniciativa.
Lo último que resta plantear se refiere a la necesidad de que en todas las materias de fondo señaladas acá se contemplen instancias de diálogo -tal como se hizo con la creación de mesas desde el Ministerio-, sobre todo para lo que tiene que ver con la carrera docente y los próximos proyectos que discutiremos. Cómo se refuerza aquello en la etapa prelegislativa, contemplando fundamentalmente la realidad regional, de las distintas comunas, para que la discusión que llevemos a cabo responda no solo a las expectativas, sino también a los requerimientos en una materia tan relevante como esta.
Espero, pues, que termine pronto la tramitación completa de esta iniciativa.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA.-
Señora Presidenta, el Estatuto Docente, normativa por la cual se rigen las relaciones laborales entre los profesores y las municipalidades, señala en su artículo 25 que: "Tendrán calidad de contratados aquellos que desempeñan labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares".
Como si eso fuera poco, el artículo 26 del referido cuerpo legal expresa que: "El número de horas correspondientes a docentes en calidad de contratados en una misma Municipalidad o Corporación Educacional, no podrá exceder del 20% del total de horas de la dotación de las mismas", etcétera.
Entonces, uno se pregunta cómo es posible que el propio Estado no cumpla las normas, las leyes. Porque, claramente, un profesor que lleva más de tres años trabajando para un municipio o una corporación municipal no realiza una labor de carácter transitoria, sino que está cumpliendo tareas permanentes.
Si los municipios se hallan impedidos en cuanto al número de horas correspondientes a docentes en calidad de contratados, que no podrá ir más allá del 20 por ciento del total de horas de la dotación, ¿por qué se les permiten cifras que sobrepasan con creces ese límite?
La verdad es que resulta incomprensible. Porque cuando se trata del sector privado, somos tremendamente exigentes. Y rápidamente se recurre a los organismos creados para garantizar el cumplimiento de la ley.
Pero no ocurre lo mismo con el Estado.
Por eso, señora Presidenta, yo me alegro de este proyecto, pues hace plena justicia respecto de los profesores.
Adhiero a quienes han señalado que no se puede concebir un mejoramiento de la calidad de la educación sin contar con la estabilidad de los docentes, sin la participación entusiasta de ellos.
Creo que una iniciativa de esta naturaleza va en la dirección correcta.
Voto a favor.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señora Presidenta, solo quiero reiterar que desde hace mucho tiempo hemos manifestado la necesidad de resolver lo relativo a las contratas, no solo en el ámbito de la educación municipal.
Es un problema que se repite en muchas agencias del Estado, en muchos ministerios. Si el Ejecutivo ha dado el paso para avalar esta propuesta, como se lo solicitamos, pensamos que resulta importante que se estudie lo mismo para otras dependencias de la administración pública.
Por distintas razones, aquí ha habido mal uso del trabajo bajo el régimen de contrata, que ha venido afectando la estabilidad laboral de muchas personas.
En el caso de los municipios, la cuestión de fondo radica en que el artículo 121 de la Constitución establece la forma de resolver las plantas de los municipios. Pero se requiere la dictación de una ley orgánica, la cual, desde la reforma de 1997, no ha sido dictada.
Eso es lo que tiene a los municipios estrangulados. Porque no pueden desarrollar sus plantas con libertad; en principio no es factible dictar leyes. Y, por lo tanto, recurren al camino, al expediente de incorporar personas a contrata o a honorarios, que es una situación de mucha mayor fragilidad todavía.
Eso es lo que debe resolverse. Y pienso que ello es responsabilidad del Gobierno. Insisto en la necesidad de hacerlo.
En tal sentido -tal cual lo señalé, y así fue recogido-, la Comisión de Educación, al escuchar la opinión de distintos constitucionalistas, llegó a la conclusión de que esta iniciativa era inconstitucional. En forma unánime le pedimos al Ejecutivo que avalara una normativa de carácter sustitutiva que permitiera resolver este problema.
Finalmente lo hizo el actual Gobierno, de lo cual me alegro.
Por tal motivo, apoyaré este proyecto, pues me parece que es lo que en justicia corresponde. Solo pienso que ha de agregarse a otros trabajadores que se hallan en la misma situación.
De otro lado, debo manifestar mis dudas con respecto a los gastos adicionales que representa esta iniciativa.
El Ministro de Educación señaló que son flujos y que, por lo tanto, no afectan.
En esta materia yo por lo menos quiero dejar constancia de que si hay mayores gastos no debemos endosárselos a los municipios. Esta es responsabilidad del Estado. No podemos pensar que ello se resuelve simplemente aumentando las tareas municipales.
Claro, se van a ganar los mismos sueldos; se mantendrán los ingresos de los profesores, aunque no sean los mejores. Y eso no irroga mayor gasto.
Pero hay una serie de otras responsabilidades que asumen los municipios al pasar esta cantidad de personas a la planta municipal.
Eso es lo que queremos evitar. Porque -reitero- resulta muy fácil resolver los problemas pasándole la cuenta a otro. En justicia los profesores merecen este mejoramiento. Y el problema que menciono no es de su responsabilidad.
Por eso apoyamos la norma. Pero dejamos constancia de que aquí hay recursos involucrados, y que si los municipios lo reclaman, el Gobierno deberá hacerse cargo de ello.
Anticipo desde ya nuestra decisión de apoyar la iniciativa de otorgarles mayores recursos a los municipios para financiar esta medida, la cual, en mi concepto, requerirá un fondo adicional.
Teniendo en consideración todo lo expuesto, manifiesto mi voto favorable a la ley en proyecto.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señora Presidenta, con todo respeto quiero hablar esta noche. Porque en las zonas rurales, en las regiones la iniciativa que nos ocupa es muy importante para los profesores, sobre todo para aquellos que lo han pasado muy mal en Cochamó, en Hualaihué, en Palena, en Futaleufú, en Chaitén, dentro de las treinta comunas que componen la Región que yo represento, la de Los Lagos.
Yo diría que este es un proyecto justo. Pero las cosas siempre hay que aclararlas.
La Nueva Mayoría, o Concertación, gobernó por veinte años. Nosotros hoy no somos la Nueva Mayoría, sino la "Nueva Minoría"; y en tal virtud, podemos aportar mucho.
Ahora, este no es un proyecto del Gobierno: nació de una moción de Diputados (también hubo una de Senadores). Lo que hizo el Ejecutivo, y muy bien, fue presentar indicaciones sustitutivas que permitieron votarlo esta tarde.
Ahora, esta iniciativa es justa. Por ejemplo, en la Región que represento hay 5 mil 900 a 6 mil profesores, y, en la práctica, la solución va a consistir en que de 49,8 por ciento de maestros con titularidad se subirá a 84 por ciento.
Señora Presidenta, más allá de lo que se hable acerca de la reforma tributaria, de la ley del lucro y de todo lo concerniente a la educación, debo puntualizar que este proyecto es relevante sobre todo porque da tranquilidad -esto no lo conseguían las otras iniciativas-, especialmente a profesores de sectores rurales, quienes van a tener un grado significativo de estabilidad. Porque la inestabilidad es un elemento que ha perseguido durante todos estos años a numerosos maestros.
En la Cámara de Diputados yo veía que sobre la materia se presentaban proyectos de acuerdo que -me disculpo por lo que voy a decir- muy poco valían, pues envolvían sentimientos, mas no soluciones. Y con ello se dejaba tranquilos a los maestros. Tal sucedía, por ejemplo, con la deuda histórica, respecto de la cual en privado se decía que ningún gobierno iba a poder pagarla, debido a la falta de recursos.
¡Este es un proyecto real!
Sí, hay que entender a los municipios. Ellos no son contrarios a la iniciativa en debate, pero están preocupados por cómo la financiarán.
Hoy, afortunadamente, nos congrega un punto importante en la educación chilena: este proyecto les va a llevar tranquilidad a todos los profesores, sobre todo a los de mi Región, quienes me hacían presente su inquietud.
Por eso, voto que sí.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.
La señora VON BAER.-
Señora Presidenta, este es un proyecto justo para los profesores, respecto de los cuales en muchos casos existe una situación tremendamente precaria desde el punto de vista laboral. Y, sin duda, ese no es el mejor ambiente para que los maestros puedan aportar a la buena educación de los niños en los colegios dependientes del Estado.
¡Es realmente lamentable que, en tal sentido, el Estado sea tan mal empleador!
Al comparar aquella situación con la del sector particular, donde no hay estatuto docente, uno ve que en este último los profesores tienen una mejor situación que la de contrata en el ámbito público, en la cual a fin de año surge la inquietud por la renovación de los contratos y los derechos laborales no están bien cuidados.
Cuando discutimos este proyecto de ley en la Comisión de Educación, yo me abstuve básicamente por dos razones.
En primer lugar, tengo una preocupación con respecto a los municipios. Porque este proyecto de ley, si bien fue apoyado por una indicación sustitutiva del Ejecutivo -y por eso estamos en condiciones de votarlo-, no viene acompañado de recursos. Y, obviamente, el paso de los profesores al Estatuto Docente tendrá un costo para las municipalidades, al menos en el momento de poner término a los contratos de los profesores.
Por lo tanto, es preocupante que estemos legislando para sacarnos una buena foto, pues en ella se pone de manifiesto que apoyamos a los profesores, pero estamos dejando pasar la falta de provisión de dineros adicionales para los municipios.
Eso constituye una preocupación. Porque el mandato está en la ley, y se ha de cumplir. No debiéramos hallarnos en la situación de tener que tramitar un proyecto de ley en el Congreso Nacional para permitir que la mitad o más de los profesores tengan un contrato como corresponde.
Entonces, la pregunta es por qué no se cumple dicho mandato, ¡por qué debemos hacer una ley para que la ley se cumpla...!
¡Es una cosa muy rara!
De ahí que, responsablemente, yo deba poner la preocupación sobre la mesa.
Por desgracia, en la Comisión de Educación no pudimos escuchar a los representantes de los municipios, por un problema de agenda.
Espero que el punto se trate en la Cámara.
Y, en segundo lugar, me abstuve en aquel órgano técnico porque los propios profesores presentes hicieron el punto de que no quedaba claro si quienes cumplían con todos los demás requisitos pero no realizaban su labor en aula estaban incluidos dentro del beneficio.
Yo pedí en ese minuto que se aclarara la situación entre el debate de la Comisión y el de la Sala. Y hoy el Ejecutivo formuló una indicación que recoge tal inquietud. En efecto, plantea que se trata no solo de los docentes que se encuentran en aula, sino también de los incluidos en las horas no lectivas.
Yo espero que de aquella manera se salve la preocupación expuesta por profesores que, por ejemplo, desarrollan sus labores en proyectos de integración, en proyectos de apoyo a niños con necesidades educativas especiales, sean transitorias o permanentes.
Ojalá que con esa indicación del Ejecutivo estén todos incluidos, sobre la base de los tres años. Se lo pregunté en privado al Ministro de Educación, quien dijo que sí.
En tal sentido, señora Presidenta, creo que este proyecto hace justicia. Pienso, sí, que podríamos haber empezado con una iniciativa¿
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Perdón, señora Senadora, pero terminó su tiempo.
Su Señoría dispone de 30 segundos adicionales para concluir.
La señora VON BAER.-
¿de tales características mucho antes. Pero bienvenido sea el texto que recibimos. Y ojalá que los municipios no tengan problemas con los fondos.
Voto que sí.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra en seguida la Senadora señora Van Rysselberghe.
La señora VAN RYSSELBERGHE.-
Quiero plantear un par de cosas sobre la materia, señora Presidenta.
En primer lugar ¿cuento con experiencia como sostenedora de colegios a través de la Municipalidad de Concepción-, la diferencia en el aprendizaje de los niños tiene mucho que ver con lo que sucede dentro del aula. Y dentro del aula tienen relevancia el interés y el amor de los profesores al trabajo bien hecho, a la pedagogía, a la enseñanza.
Por lo tanto, es muy importante disponer de maestros bien remunerados, con estabilidad financiera, para que puedan desarrollar de buena manera su labor.
Ahora, hay una pregunta que cae de cajón: si la ley permite solo 20 por ciento de personal a contrata, ¿por qué los municipios no llaman a concurso?
A lo mejor Sus Señorías no conocen la respuesta. Pero yo puedo darla.
Lo que sucede es que muchas veces los profesores a contrata, a pesar de que hacen una estupenda labor dentro del aula, de que ponen su conocimiento y su alma para enseñarles a los alumnos, no pueden ganar los concursos cuando compiten con otros de más años o con mejor currículum, pero no necesariamente con mayores posibilidades de enseñar en la sala de clases. De modo que muchas veces -y a mí me pasó- se llama a concurso y los buenos maestros de contrata no necesariamente quedan en los cargos como quiere el sostenedor. Así, en reiteradas oportunidades los municipios optan por aceptar tal situación pese a no ser lo que corresponde en estricto rigor.
Por lo tanto, me parece buena cosa regularizar tal situación, ayudar a los municipios para que les den titularidad y seguridad a los docentes.
Por otro lado, hay que respaldar con recursos a las municipalidades donde existen profesores que, no obstante haber cumplido la edad requerida, no pueden jubilar.
Tal como se ha dicho acá, debemos entregarles más dineros a las corporaciones edilicias para permitirles ayudar a la educación municipal mientras se mantenga en ellas.
Hoy los municipios no están ayudando a la educación pública. Necesitamos que el trabajo que se realiza en los colegios municipales se respalde con fondos públicos que posibiliten aumentar la labor que se está llevando a cabo.
Este proyecto me alegra profundamente. Conozco a muchos profesores que han laborado a contrata durante hartos años sin poder regularizar su situación. Por esta vía podrán hacerlo.
En todo caso, hay que sanear la situación existente, pues no se puede hacer esto cada cierto tiempo.
La permanencia de un profesor en un cargo de contrata debiera considerarse fuertemente en los llamados a concurso.
Hay que volver a revisar la forma como se procede a la titularidad de los cargos. Porque la situación que se da con los profesores a contrata (y lo conversábamos con los colegios y con maestros de la zona que represento) es bastante perversa, producto justamente de la manera en que se generan los concursos.
Así que, de verdad, esta iniciativa me alegra sobremanera. Espero que con ella se dé tranquilidad a los miles de profesores que están en la situación descrita pese a que dejan su alma y su vida tratando no solo de enseñar sino también de formar a numerosos niños.
Es lo que en justicia corresponde. Y espero que se entreguen mayores recursos a los municipios para que hagan cada vez mejor la labor que tienen encomendada.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Señora Presidenta, quiero partir valorando el tremendo esfuerzo que realizan todos los profesores de nuestro país.
Creo entonces, señor Ministro, que por ellos debiéramos haber partido nuestra reforma educacional.
En tal sentido, esta iniciativa viene justamente a poner en su lugar la dignidad del profesorado, la seguridad que necesitan los docentes para vivir como personas que se entregan por entero a nuestros jóvenes y a nuestros niños.
Los maestros necesitan estabilidad. Quienes ejercitan su vocación todos los días en zonas urbanas y en zonas rurales requieren estabilidad mínima en su empleo.
Eso no ha ocurrido. Y los Senadores que me antecedieron fueron bastante claros para referirse a la inestabilidad histórica que ha tenido el profesorado.
Es posible que esta iniciativa no les signifique más recursos, pero los maestros podrán decir con tranquilidad "Yo continúo mi trabajo en la Corporación o en el DAEM". Eso es fundamental, pues evita que los profesores a contrata tengan cada fin de año incertidumbre sobre la renovación de sus contratos, lo que no es bueno para personas que dedican su vida a formar a nuestras generaciones, ni tampoco para sus familias.
Por eso, en primer lugar, valoro el trabajo del profesorado. Y creo que esta es una manera mínima de colaborar con él y apoyarlo frente a una reivindicación histórica que el Estado no ha satisfecho.
En nuestro país, cualquier empresa privada ha tenido muchos más derechos que el profesorado.
Por eso, debemos nivelar a las personas más importantes de nuestra sociedad: los maestros.
De otro lado, señora Presidenta, debo hacer presente que los profesores sin titularidad son -y lo manifestó otro Senador- sujetos de crédito complejos, a los que se les cobra más por los préstamos. Entonces, deben acudir a las casas comerciales, donde las tasas de los créditos se los comen. ¿Y qué queda al final de mes? Pagar intereses y seguir con la incertidumbre de si el año siguiente van a tener trabajo.
Yo quiero valorar esta iniciativa.
Actualmente, en la Sexta Región, según la información que nos entregó el Ministerio de Educación, tenemos 2 mil 597 docentes de aula a contrata y vamos a aumentar en 1.976. En definitiva, señor Ministro, con este proyecto llegaremos prácticamente a 87 por ciento de profesores con titularidad.
Ahora, no puedo dejar pasar esta oportunidad sin referirme a lo que planteamos y conversamos con el señor Ministro durante la discusión del proyecto de Ley de Presupuestos en el sentido de que los profesores y los niños rurales necesitan un apoyo distinto y de que, por problemas económicos de los municipios, estamos perdiendo la posibilidad de mantener muchos colegios en ese sector.
Al respecto, pienso que debiera existir -y estoy convencido de que el señor Ministro va a trabajarlo en la reforma educacional- una subvención adicional para el sector rural, de modo que sea pujante y no se desplace hacia el sector urbano, pues ello a la larga significa separar a la gente de su familia y del mundo en que ha vivido históricamente.
Por eso, señora Presidenta y estimado Ministro, me parece que este proyecto es de mínima justicia para el profesorado de nuestro país. Y estoy convencido de que vamos a aprobarlo unánimemente, pues los maestros de Chile lo merecen.
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Tiene la palabra el Senador señor Lagos.
El señor LAGOS.-
Señora Presidenta, no iba a intervenir, pues voté a favor de este proyecto cuando lo vimos acá, en esta Sala, hace algún tiempo.
Mi único comentario es que hago míos muchos de los aspectos planteados acá respecto a la justicia de lo que estamos haciendo; a la deuda pendiente; a que los municipios no cumplen la ley, como dijo el Senador José García; a que resulta inconcebible que el Estado haga la vista gorda ante el hecho notorio de que no se cumple el estatuto docente en cuanto al máximo de 20 por ciento de cargos de contrata.
Todo eso lo hago mío.
Sin embargo, voy a referirme a un punto específico, para que quede en acta y para que cuando discutamos los muy complejos proyectos que vienen, que serán largamente debatidos, no lo olvidemos.
Algunas Senadoras y algunos Senadores (entre estos el colega García-Huidobro) han dicho estar por la estabilidad, para evitar la incertidumbre de fin de año, cuando el personal a contrata no sabe si tendrá continuidad por la vía de la renovación de los contratos.
Yo comparto cien por ciento dicho planteamiento.
Pero también he escuchado otros argumentos, que no se dicen en esta Sala, sino fuera de ella, en privado, en el sentido de que la estabilidad no es buena amiga de la productividad o de la eficiencia del sistema de educación pública.
--(Manifestaciones en tribunas).
Entonces, como no comparto eso, quiero relevarlo acá. Y a todos aquellos que han hablado de la importancia de la estabilidad les pido que nos acordemos de eso al discutir el estatuto docente, cuando lo revisemos. Ello, para asegurarnos de que vamos a velar por la estabilidad y no nos desviaremos.
Tal es el punto que quería hacer.
Eso, ciertamente, en una sociedad con discusiones importantes: evaluación y capacitación docente; currículum de las universidades; duración de las carreras.
Yo soy de los que creen que no es necesaria la posibilidad de cercenar la estabilidad laboral para obtener mejores beneficios.
El sector público de planta funciona relativamente bien; y son funcionarios que tienen ciertos beneficios. Pero esto no es único y prioritario de Chile: ocurre en otros países del mundo.
Yo no veo por qué, existiendo un sistema de evaluación razonable, exigente, periódico, no puede haber estabilidad laboral y, además, buenas remuneraciones, con espacio adecuado para que los profesores preparen sus materias, hagan las clases, se capaciten.
Todo eso implica una decisión mayor. Y la vamos a ver, ciertamente, a partir del año 2015.
Me alegro de que señores Senadores hayan hecho referencia a la importancia de la estabilidad. Si mencionamos hoy este elemento para justificar el traspaso de contrata a la planta, convendrá recordarlo cuando discutamos sobre el régimen de largo plazo que requerirán los profesores y no echarlo en saco roto dando vuelta el argumento.
-
--(Aplausos en tribunas).
El señor LABBÉ (Secretario General).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Terminada la votación.
--Por 37 votos a favor, se aprueba en general el proyecto, como también la indicación del Ejecutivo, quedando el primero asimismo aprobado en particular.
Votaron las señoras
--(Aplausos en tribunas).
La señora ALLENDE (Presidenta).-
Saludamos y agradecemos la presencia de quienes nos han acompañado en las tribunas.
--(Aplausos en tribunas).
La señora ALLENDE (Presidenta).-
¡Felicitaciones!
Se ha obtenido una altísima votación, de prácticamente la totalidad de los señores Senadores.
--(Aplausos en tribunas).
La señora ALLENDE (Presidente).-
Habiéndose cumplido su objetivo, se levantará la sesión, sin perjuicio de enviarse los oficios llegados a la Secretaría.
PETICIONES DE OFICIOS
--Los oficios cuyo envío se anunció son los siguientes:
Del señor BIANCHI:
Al señor Alcalde de Punta Arenas, a fin de solicitarle ESPACIOS PARA PLANTACIÓN DE CALAFATE EN PLAZAS DE PUNTA ARENAS,
y al señor Director Nacional del Trabajo, con el objeto de pedirle NORMATIVA DE EXCEPCIÓN PARA LABOR DE TRANSPORTISTAS DE SERVICIOS TURÍSTICOS DE MAGALLANES.
Del señor NAVARRO:
A la señora Ministra del Trabajo y Previsión Social, para que se informe SUELDO PROMEDIO DE TRABAJADORES FORESTALES;
al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, a fin de pedir COPIA DE CONVENIO DE TARJETA NACIONAL ESTUDIANTIL;
al señor Ministro de Energía, con el objeto de solicitar antecedentes sobre IMPLEMENTACIÓN Y DESARROLLO DE ENERGÍAS RENOVABLES NO CONVENCIONALES;
al señor Subsecretario de Pesca, para que remita información relacionada con INSTALACIÓN OBLIGATORIA DE GPS EN NAVES DE MÁS DE 12 METROS DE ESLORA;
a los señores alcaldes de las comunas de la Región del Biobío, para consultarles POSTURA ANTE DECLARACIÓN DE CONCEPCIÓN COMO REGIÓN METROPOLITANA;
al señor Alcalde de Concepción, a fin de preguntar MOTIVOS DE NO OTORGAMIENTO DE PERMISO A COMERCIANTES AMBULANTES CON OCASIÓN DE FIESTAS DE FIN DE AÑO y por CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE OBRAS EN CERRO CARACOL;
al señor Superintendente de Educación, pidiendo antecedentes de CRITERIOS DE UNIVERSIDADES PARA FIJACIÓN ANUAL DE ARANCELES Y MATRÍCULA;
a la señora Superintendenta de Servicios Sanitarios y al señor Superintendente del Medio Ambiente, para que se informe respecto de CUMPLIMIENTO DE NORMAS SANITARIAS POR PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS EN SECTOR DE ALTO RARI, COMUNA DE TOMÉ;
a los señores Director Nacional de CONADI y Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, para pedir antecedentes de CONSULTA INDÍGENA A RAÍZ DE AMPLIACIÓN DE PLANTA HORCONES, DE ARAUCO;
al señor Director del Servicio de Salud de Concepción y, por su intermedio, al Hospital Regional de Concepción, para que se informe sobre IMPACTO DE MOVILIZACIONES DE PERSONAL DE HOSPITAL REGIONAL EN ATENCIÓN A PÚBLICO,
y al señor Presidente del Consejo Nacional de Desarrollo Urbano, a fin de que entregue antecedentes relativos a CREACIÓN DE REGIONES METROPOLITANAS EN CONCEPCIÓN Y EN VALPARAÍSO.
)----------(
La señora ALLENDE (Presidenta).- Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 20:52.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESION
12. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES HARBOE, ARAYA, DE URRESTI, LARRAÍN Y WALKER, DON PATRICIO, CON LA QUE DAN INICIO A UN PROYECTO DE LEY QUE INCORPORA EN EL CÓDIGO PENAL UN PRECEPTO QUE SUPEDITA EL INICIO DE LA APLICACIÓN DE LAS PENAS SUSTITUTIVAS CONTEMPLADAS EN LA LEY N° 18.216 AL CUMPLIMIENTO DE UN AÑO DE PRESIDIO EFECTIVO, TRATÁNDOSE DE DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL CUYAS VÍCTIMAS SEAN MENORES DE EDAD (9.780-07)
FUNDAMENTOS.
Una realidad alarmante ha quedado de manifiesto en Chile y en el mundo durante los últimos años, y se refiere a la creciente tasa de agresiones sexuales de que son víctimas los menores de edad. En efecto, de acuerdo a cifras de UNICEF, una de cada diez niñas en todo el mundo ha sido alguna vez víctima de violencia sexual. Es decir, 120 millones de mujeres menores de 20 años han sido víctimas de agresiones sexuales. Unicef señala que hay notables diferencias regionales: de los 18 países del África negra con datos fiables, en 13 de ellos la tasa de niñas violadas supera el diez por ciento. En Europa central y del Este, en cambio, la cifra es inferior al uno por ciento. En cuanto a los homicidios, una de cada cinco víctimas en todo el mundo tiene menos de 20 años, según el estudio. Sólo en 2012, unos 95.000 niños fueron asesinados. [1]
Desafortunadamente, en Chile la realidad se condice con el diagnóstico mundial, ya que de acuerdo a cifras del Ministerio Público, sólo en el período 1 de enero - 30 de septiembre de 2014, es decir, en 9 meses, hubo 14.948 imputados por delitos que afectan la indemnidad sexual, de un total de 16.506 víctimas de esta clase de delitos. Estos número denotan que las agresiones sexuales, en especial a menores de edad, es un flagelo ínsito en nuestra sociedad, que ha ido en aumento, tanto así, que en su última cuenta pública, el fiscal nacional, Sabas Chahuán, dio a conocer que en 2013 ingresaron más de 24 mil casos por delitos sexuales, siendo un 74% de ellos correspondientes a menores de 18 años, lo que refleja que la tasa de denuncia ha ido en aumento durante la última década, pasando de 32,2% en 2006 a un 68,5% en 2012. [2]
Según cifras del SENAME, sólo en 2011 fueron atendidos 1.168 menores en los programas para tratar a víctimas de Explotación Sexual Comercial Infantil y Adolescente (ESCI) en todo el país. De estos, 842 casos corresponden a menores de edades comprendidas entre los 12 y los 17 años (81,4% son mujeres y 18,6% varones, proporción que se repite en todas las regiones). Contra toda suposición, un porcentaje cercano al 99,1% de los niños/as y adolescentes atendidos en estos programas no registra una “situación de calle” [3], es decir, los ataques sexuales a menores en un alto porcentaje, no sólo tienen lugar contra niños en situación de vulneración social extrema, sino que se trata de un fenómeno que atraviesa transversalmente todo los estratos socioeconómicos.
A mayor abundamiento, de acuerdo a United Nations Office on Drugs and Crime (UNODC), Chile ocupa en el tercer puesto a nivel mundial en la tasa de denuncias por abuso sexual infantil cada 100 mil habitantes, con 68,5 casos en 2012 -fecha en que todos los países informaron los registros de sus policías-, siendo sólo superado por Suecia y Jamaica. Además, a nivel sudamericano, es el primero en la tasa de denuncias por este ilícito. [4]
Las agresiones sexuales a menores, constituyen un acto violento que supone una imposición de poder del agresor respecto del menor víctima de la agresión y que de acuerdo a nuestro tratamiento positivo se las define el artículo 366 ter del Código Penal como cualquier acto de significación sexual y de relevancia realizado mediante contacto corporal con la víctima, o que haya afectado los genitales, el ano o la boca de la víctima, aun cuando no hubiere contacto corporal con ella. La gravedad de estas conductas contiene un disvalor mayor cuando las víctimas son menores de edad, precisamente por la imposibilidad o escasa posibilidad de aquellos para repeler el ataque o manifestar una voluntad formada, para acceder o reaccionar a un requerimiento o acto de significación sexual. Es por ello que estos delitos merecen el máximo repudio por parte de la sociedad, ya que se fundan en la violencia y en el abuso de una relación de poder, tal y como lo ha señalado la definición de abuso sexual dada por UNICEF. [5]
Más aún, la existencia de coerción y de asimetrías entre la edades, habilidades sociales, o sexuales entre la víctima y victimario, [6] hacen que muchas veces estos delitos no sean denunciados y deban ser detectados a través de un análisis conductual o de signos externos que tornan difícil la obtención de pruebas robustas para la imputación y condena por esta clase de conductas típicas, o bien existiendo dichas pruebas, las condenas sean dramáticamente bajas permitiendo que el hechor pueda acceder a la sustitución de la pena privativa de libertad. De esta manera muchas veces los resultados de los procesos son insatisfactorios para las víctimas, sin que el imputado cumpla parte alguna de su condena en prisión, no obstante la gravedad del delito cometido. Esta situación torna de imperiosa necesidad modificar la normativa en materia de sustitución de penas privativas de libertad con el fin de que los abusadores de menores cumplan al menos parte de su condena en prisión efectiva, tal y como sucedió con la dictación de la ley 20.770 o coloquialmente llamada “Ley Emilia”.
Es por lo anterior, que la idea matriz de la presente iniciativa radica en la incorporación de un artículo 372 quáter, al párrafo 7° del título VII del Libro Segundo de Código Penal, con el fin de establecer que en caso de condena de una persona por los delitos de abusos sexuales, abusos sexuales agravados, abusos sexuales propios, abusos sexuales impropios, exposición del menor a actos de significación sexual, producción de material pornográfico con participación de menores, favorecimiento de la prostitución, favorecimiento de la prostitución impropio, señalados en los artículos 363, 365 bis, 366, 366 bis, 366 quáter, 366 quinquies, 367, y 367 ter respectivamente, la ejecución de la respectiva pena sustitutiva quede en suspenso por un año, tiempo durante el cual deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad a la que fuere condenado. No se trata de imposibilitar al condenado el acceso a las formas de cumplimiento alternativo de la ley 18.216, ya que el régimen punitivo debe propender a la rehabilitación, pero tampoco se puede permitir que personas que han abusado de menores de edad, aprovechándose de sus situación de poder o vulnerando el deber de cuidado que tienen, y que hayan sido condenadas por esta clase de delitos, no cumplan un solo día de su condena en prisión.
Por consiguiente, el presente proyecto de ley se enmarca en la tendencia que ha seguido el legislador por varios años en materia represión de delitos sexuales contra menores. Los delitos regulados en nuestro Código Penal, en su título VII del Libro II, párrafo 6, artículos 363 y siguientes, han sufrido varias modificaciones en cuanto al cumplimiento de la pena, en aras de ir otorgando mayores instrumentos jurídicos que impidan la impunidad y endurezcan el castigo a los hechores de esta clase de conductas típicas. En efecto, con la entrada en vigencia de la ley 20.603 se establecieron ciertas limitaciones para la aplicación de penas sustitutivas de la ley 18.216, prescribiendo en el inciso segundo del artículo 4 de la ley en comento que si se cometiera alguno de los tipos de abusos sexuales (propio, impropio, etc.) no procederá remisión condicional de la pena, debiendo el tribunal aplicar sólo la pena de reclusión parcial, libertad vigilada o libertad vigilada intensiva según corresponda.
Asimismo, el artículo 1 de la ley n° 20.685 o ley “anti pedofilia” limitó el derecho a solicitar libertad condicional de quienes cumplan penas por haber sido condenados por delitos sexuales, exigiéndoles el cumplimiento de a lo menos dos tercios de la condena. La misma ley extiende por un plazo de 10 años contados desde el cumplimiento de las condena, para que el condenado pueda solicitar la cancelación de sus antecedentes penales. [7] Además, esta ley ha sido clave en la protección penal de los menores, ya que aumenta la pena por el delito de comercialización, importación, exportación, distribución, difusión o exhibición de material pornográfico infantil, que fluctúa entre los 3 y 5 años e imposibilita la consideración de los menores de edad como objeto sexual. [8]
Por su parte, la ley 20.207 incorporó al código penal el art. 369 quáter que la prescripción de la acción penal por delitos cometidos contra de menores de edad comenzará a correr cuando estos hayan cumplido 18 años, es decir, se suspende la prescripción, al modo del Código civil, mientras el menor no haya cumplido su mayoría de edad. Además se contempla una alteración a la regla contenida en el artículo 369 del Código Penal, en cuanto a que en los delitos sexuales contra menores siempre habrá acción penal pública.
A mayor abundamiento, las normas comunes aplicables a los delitos contemplados en los párrafos 5 y 6 del título VII del Libro Segundo del Código Penal, han establecido medidas más severas en materia de medidas cautelares (imposibilidad de acercamiento, clausura de lugares habilitados para corrupción de menores, vigilancia del imputado interceptación delas comunicaciones, entre otras), y en materia normas en materia de cuidado personal.
Como hemos revisado, el legislador chileno ha tenido en vista la necesidad de mejorar la legislación en materia de protección penal de las víctimas menores edad en materia de delitos sexuales, por ello es completamente necesario que se impongan sanciones drásticas para los condenados por ataques sexuales contra menores, sin proscribir la posibilidad de cambiar el régimen cerrado por el medio libre, pero sólo luego de haber cumplido parte de la condena en prisión efectiva.
En el derecho comparado, los esfuerzos legislativos se han centrado en dar definiciones de abuso sexual de carácter genéricas de manera de abarcar la mayor cantidad de hipótesis que puedan ser sancionadas, precisamente por el disvalor que encarnan este tipo de conductas. En efecto en Francia, los abusos sexuales se definen genéricamente como las agresiones sexuales distintas de la violación, y así, genéricamente se definen en el derecho Español en el artículo 181.1 del CP que castiga al que sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento realizare actos que atenten contra la libertad sexual de otra persona .[9]
En el Reino Unido, la Sexual Offences Act de 2003, ha sancionado en su Part 1, Sexual offences, Child Offences, los delitos contra los menores, con penas que pueden ir desde meses de prisión hasta 14 años, estableciendo diversas categorías de delitos que son consideradas abusos sexuales, buscando una omnicomprensión del fenómeno. [10]
En el concierto latinoamericano cabe destacar la realidad Argentina, que en el artículo 199 del Código Penal, establece que será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando, ésta fuera menor de trece años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción. [11]
La Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Chile en 1990, en su artículo 19 establece que “los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental ,descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”, de esta manera queda totalmente claro que en esta materia pesa una obligación internacional sobre nuestro país que incluye el deber de ir mejorando su legislación para reprimir con fuerza aquellos delitos que importen atentados graves contra los niños, niñas y adolescentes, sobre todo cuando son víctimas de agresiones de carácter sexual, como lo ha hecho el decreto 830/1990 del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga la Convención sobre los derechos del niño, o el Decreto 225/2003 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga el protocolo facultativo de la convención sobre los derechos del niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía, con su corrección a la letra b) del artículo 7, entre otros instrumentos.
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase al Código Penal el siguiente artículo 372 quáter nuevo, del tenor que sigue: “Respecto de los delitos señalados en los artículos 363, 365 bis, 366, 366 bis, 366 quáter, 366 quinquies, 367, y 367 ter de este Código, será aplicable lo prescrito en la ley n° 18.216. Sin embargo, la ejecución de la respectiva pena sustitutiva quedará en suspenso por un año, tiempo durante el cual el condenado deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad a la que fuere condenado.”
(Fdo.): Felipe Harboe Bascuñán, Senador.- Pedro Araya Guerrero, Senador.- Alfonso de Urresti Longton, Senador.- Hernán Larraín Fernández, Senador.- Patricio Walker Prieto, Senador.
13. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES PARA FIJAR CRITERIOS EN LA DETERMINACIÓN DE LAS INDEMNIZACIONES (9.792-03)
La responsabilidad del derecho del consumidor ante violaciones a los derechos de los consumidores, es principalmente administrativa y patrimonial, vía multas e indemnizaciones respectivamente.
El artículo 24 de la Ley del consumidor, N. 19.496, establece:
“Para la aplicación de las multas señaladas en esta ley, el tribunal tendrá especialmente en cuenta la cuantía de lo disputado, los parámetros objetivos que definan el deber de profesionalidad del proveedor, el grado de asimetría de información existente entre el infractor y la víctima, el beneficio obtenido con motivo de la infracción, la gravedad del daño causado, el riesgo a que quedó expuesta la víctima o la comunidad y la situación económica del infractor.”
Parece muy bien que las multas del derecho del consumidor se regulan con tales criterios, pues de lo contrario, su cuantía, entre el mínimum y el máximum legal, quedarían radicadas en la mera voluntad del juez.
No obstante, las multas que establece la ley 19.496, van en favor del Estado, no de los consumidores afectados. Para que el afectado pueda recibir dinero por las vulneraciones a la ley del consumidor, debe presentar una demanda de indemnización de perjuicios.
Tal como lo dice el concepto, se indemnizan perjuicios, es decir daños, y estos daños deben ser probados.
Aquí el juez debe indemnizar de acuerdo a los daños probados. No obstante, inmediatamente aparece el eterno argumento de la igualdad y desigualdad fáctica y legal.
La arquitectura legal del derecho del consumidor se basa en el reconocimiento de la desigualdad entre las partes, por un lado, un proveedor informado y con poder económico, y por otro lado, un consumidor desinformado y con poco poder económico.
Parecería un contrasentido negar tal desigualdad que la ley del consumidor desnuda, concediéndole al consumidor más derechos de los que se le reconocen en el Código Civil, para efectos de restablecerlo legalmente en igualdad frente al proveedor.
Desde esta perspectiva, muchos proveedores poderosos económicamente, les importa a veces muy poco violar la ley del consumidor, en virtud de que para ellos las indemnizaciones son dineros de poca monta, frente a las grandes ganancias que reciben.
Y en este sentido, los criterios de aplicación multas, casi todos pueden aplicarse a la fijación de las indemnizaciones.
No vemos razón para que tales criterios no puedan aplicarse a las indemnizaciones a los consumidores, y que siga aplicándose sólo en favor del Estado. Por el contrario, parece ser una discriminación contra los consumidores que se establezcan sanciones en favor del Estado con estos criterios, pero no respecto de los ciudadanos víctimas del abuso empresarial.
POR TANTO, VENGO EN PROPONER EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase el siguiente nuevo inciso final al artículo 50 de la Ley N. 19.496, que ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES:
“Al determinar la cuantía de las indemnizaciones, el tribunal tendrá especialmente en cuenta la cuantía de lo disputado, los parámetros objetivos que definan el deber de profesionalidad del proveedor, el grado de asimetría de información existente entre el infractor y la víctima, el beneficio obtenido con motivo de la infracción, la gravedad del daño causado, el riesgo a que quedó expuesta la víctima o la comunidad y la situación económica del infractor.”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
14. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE BANCOS CON EL FIN DE ESTABLECER QUE LAS ENTIDADES BANCARIAS PRIVADAS TIENEN LA OBLIGACIÓN DE INSTALAR Y MANTENER UN NÚMERO MÍNIMO DE CAJEROS AUTOMÁTICOS POR COMUNA (9.793-05)
En Chile, el artículo 40 de la Ley General de Bancos, define a un Banco como "toda sociedad anónima especial, que autorizada en la forma prescrita por la ley y con sujeción a la misma, se dedique a captar o recibir dinero o fondos del público, con el objeto de darlos en préstamo, descontar documentos, realizar inversiones, proceder a la intermediación financiera, hacer rentar estos dineros y, en general, realizar toda otra operación que la ley permita".
De acuerdo a la página web clientebancario.cl, para realizar la actividad de recibir dinero y luego darlo en préstamo, los bancos le cobran a quienes lo necesitan y piden préstamos; asimismo, a quienes les entregan dinero en depósito, les pagan por la confianza depositada. La diferencia entre lo que se les paga y lo que ellos pagan, es la ganancia que permite que el banco opere normalmente.
LOS CONTRATOS REFERIDOS AL USO DE TRAJETAS
Para funcionar descomprimiendo las filas de atención de público y dar acceso a los servicios bancarios fuera del horario de funcionamiento de las sucursales bancarias, se utilizan generalmente las tarjetas de débito.
Estas se pueden utilizar indistintamente ante locales comerciales. Tal y como señala la página cliente bancario.cl: “Para hacer una compra con tarjeta de débito, se debe presentar la tarjeta en el comercio. Allí se debe pasar la tarjeta por el dispositivo electrónico y aceptar el monto que se indique, el cual corresponde a la compra que se realiza; luego debe ingresar una clave con lo que se acepta el cargo. Sin embargo, éste sólo se hará si existen los fondos en la cuenta del dueño de la tarjeta. De acuerdo a las normas, los pagos hechos de esta forma no pueden ser anulados”.
No obstante, también puede utilizarse en cajeros bancarios automáticos, para extraer dinero de ellos desde una cuenta previamente contratada, o como créditos directos pre aprobado.
LOS CAJEROS AUTOMÁTICOS
Los Cajeros Automáticos son “máquinas dispensadoras de dinero activadas mediante una tarjeta y una clave secreta personal, que identifica a un usuario. Cuentan con mecanismos de seguridad, para permitir que sólo quien disponga de dicha tarjeta pueda realizar operaciones”.
En Chile operan desde el año 1984 y a abril de 2014 existían más de 8.400 distribuidos a lo largo del país (ver reporte), permitiendo no sólo ejecutar operaciones con las cuentas corrientes sino que el pago de varios servicios y productos utilizando el mismo sistema de acceso con tarjeta y clave. De dicho número, un poco más de 3 mil 900 estaban instalados en la Región Metropolitana, mientras que las regiones con mayor número disponible eran las de Valparaíso (929) y Biobío (740).
LLAMADO DE LOS BANCOS EN FIESTAS PATRIAS
Como es sabido, la Asociación de Bancos ha llamado a la ciudadanía para que “saquen” dinero de los cajeros bancarios antes de las fiestas patrias, pues durante ellas, los cajeros no serán recargados.
Por ejemplo, Eduardo Uchida, gerente de Canales del Banco BCI, señaló ante la prensa que :"Estamos hace una semana informando a nuestros clientes que ojalá pudiesen planificarse muy bien en sus gastos en efectivo, puesto que, como todos sabemos, 18 y 19 son dos días de feriado irrenunciable, donde los centros comerciales, supermercados y farmacias van a estar cerrados y la cobertura de los cajeros que tenemos ahí adentro no va a estar" (…) "hemos hecho un llamado a nuestros clientes para que empiecen durante el 18 y 19 empiecen a usar mucho el dinero plástico; básicamente las tarjetas Redbanc o de débito y las tarjetas de crédito".
Hernán Calderón, presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) señaló que en este contexto, "el servicio de cajeros automáticos se ha transformado en un servicio deficiente".
Creemos que esto es un grave incumplimiento a la fe pública y a los contratos con miles de usuarios de tarjetas.
El director nacional del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Ernesto Muñoz, fue muy claro al señalar que “Hay estándares normales en los que por mayor demanda haya cajeros sin dinero, pero no se puede dar una falla sistematizada porque una empresa no repone el dinero”.
“Es importante que los bancos no limiten la libertad de los usuarios para disponer de su dinero, hay un estándar de la calidad que significa que una prestación de un servicio no puede comprometer a los usuarios”, agregó Muñoz.
“Los Bancos cobran comisiones a los usuarios por el uso de sus tarjetas, hay un contrato que las rige, no es posible que entreguen tarjetas y luego no garanticen sus condiciones de uso. No es posible que se puedan usar todo el año, y en fiestas patrias se conviertan en un plástico inútil”.
Los Bancos, de acuerdo a cifras de la Superintendencia de bancos, sólo entre enero y febrero de este año ganaron US$ 645 millones de dólares, y aumentaron sus ganancias en 47 por ciento en el primer semestre. Ahora, dicen que sus utilidades no les bastan para instalar más cajeros, reponerles dinero o darles más seguridad. Eso hace inentendible que entreguen tarjetas, para qué cobran comisiones.
Los Bancos han señalado que el Decreto 222 del Ministerio del Interior les ha impuesto medidas de seguridad muy onerosas, tales como:
1. Empotramiento de los cajeros.
2. Cámaras de Seguridad
3. Alarmas
Alegan en su favor que los robos a cajeros automáticos aumentan en los periodos de fiestas. Cada cajero puede contener hasta 80millones de pesos, por lo que su extracción ilegal es muy cotizada entre los delincuentes especializados.
Últimamente se ha modificado incluso la forma de extraerlos: Desde el “oxicorte”, la modalidad ha cambiado a “explosión de gas”, tal como ocurre hoy en España.
En este sentido, los Bancos han señalado que no recargarán los cajeros automáticos con dinero para que estos no sean robados, y no tengan la obligación, en caso de reposición, de cumplir con el mentado decreto 222, muy oneroso para ellos.
De acuerdo a cifras de la Superintendencia de Bancos, en Chile, a junio de este año habían 8.195 cajeros automáticos disponibles en todo Chile. Es decir, 987 dispensadores salieron de circulación en los últimos doce meses. En nuestra opinión, ahí tienen los Bancos un buen elemento donde invertir sus excedentes y utilidades.
Las cifras de la Superintendencia de Bancos son claras: la región del Biobío es la ganadora en la baja de cajeros disponibles con un 15,6%, pasando de 867 cajeros automáticos a 732 dentro de los últimos doce meses.
A nuestro entender, aquí no importa si hay o ni normas de la Superintendencia o ley que normen el asunto, simplemente, estamos ante un incumplimiento de contrato.
FACULTADES DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS
La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) prepara una norma que “exigirá que los cajeros automáticos cuenten con dinero disponible en sus dispensadores durante el 95 por ciento del tiempo en que se encuentren operativos”.
Tal como señala la página de la Superintendencia de Bancos, “En sus disposiciones, determina que la disponibilidad del servicio de la red de cajeros de cada banco no podrá ser inferior a 95%; con lo cual las instituciones deberán adoptar las medidas de gestión necesarias para asegurar el cumplimiento de dicho estándar frente a un conjunto amplio de causales, con la sola excepción de aquellas asociadas a la reposición de un cajero siniestrado o a las intervenciones efectuadas con motivo de la adopción de cambios normativas en materia de seguridad pública.”
Creemos que los Bancos deberían tener el deber legal expreso, más allá de la letra de sus contratos que siempre pueden llevar a los tribunales para que sean interpretadas, de contar con cajeros suficientes, de acuerdo al número de tarjetahabientes. Sin este deber, se puede regular la disponibilidad de la red de cajeros ya existente, pero no el número de cajeros que obligatoriamente deben mantener.
De lo contrario, podemos tener cajeros operativos, pero ellos pueden seguir siendo escasos de cara a las crecientes necesidades de la población, que ve en los cajeros una solución y no un problema. En suma, no podemos llevar las largas filas de los bancos ahora a los cajeros.
POR TANTO, VENGO EN PRSENTAR EL SIGUIENTE
PROYECTO DE LEY
Agrégase el siguiente nuevo número 13 al artículo 49 del Decreto con Fuerza de Ley N. 3 de 26 de noviembre de 1997, del Ministerio de Hacienda, que FIJA TEXTO REFUNDIDO, SISTEMATIZADO Y CONCORDADO DE LA LEY GENERAL DE BANCOS Y DE OTROS CUERPOS LEGALES QUE SE INDICAN:
“13) Los bancos estarán obligados a instalar y mantener, a su costo, en todas las comunas del país, cajeros automáticos que funcionen las 24 horas del día, y en número suficiente para satisfacer la demanda de los tarjetahabientes de tales comunas. Su número y condiciones de seguridad estarán fijadas por Reglamento de la autoridad competente”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
15. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE INCORPORA UN INCISO FINAL EN EL ARTÍCULO 6° DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE PARTIDOS POLÍTICOS, AL EFECTO DE QUE LOS NOTARIO ASIGNEN, CON CARGO DEL REQUIRENTE, PERSONAL EXCLUSIVAMENTE DESTINADO A RECIBIR LAS DECLARACIONES DE AFILIACIÓN Y ATENDER LAS DEMÁS GESTIONES EN DÍAS Y HORARIOS DURANTE EL LAPSO LEGAL PARA PROCEDER A LA CONSTITUCIÓN DE UNA COLECTIVIDAD POLÍTICA EN FORMACIÓN (9.794-06)
De acuerdo al artículo 1 de la Ley 18603, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE LOS PARTIDOS POLITICOS
“Los partidos políticos son asociaciones voluntarias, dotadas de personalidad jurídica, formadas por ciudadanos que comparten una misma doctrina política de gobierno, cuya finalidad es contribuir al funcionamiento del régimen democrático constitucional y ejercer una legítima influencia en la conducción del Estado, para alcanzar el bien común y servir al interés nacional”.
Por su parte, el Artículo 5° de la Ley de Partidos Políticos señala que:
“Para constituir un partido político, sus organizadores, que deberán ser a lo menos cien ciudadanos con derecho a sufragio y que no pertenezcan a otro partido existente o en formación, procederán a extender una escritura pública que contendrá las siguientes menciones:
a) Individualización completa de los comparecientes;
b) Declaración de la voluntad de constituir un partido político;
c) Nombre del partido y, si los tuviere, sigla, lema y descripción literal del símbolo;
d) Declaración de principios del partido;
e) Estatuto del mismo, y
f) Nombres y apellidos de las personas que integran la Directiva Central y el Tribunal Supremo provisionales, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 24 y 28, respectivamente; constitución de un domicilio común para todas esas personas y normas para reemplazarlas o subrogarlas en caso de fallecimiento, renuncia o imposibilidad definitiva o transitoria que se produzcan antes de la inscripción del partido. Las personas que integren la Directiva Central y el Tribunal Supremo provisionales deberán concurrir al otorgamiento de la escritura pública a que se refiere este inciso.
Simultáneamente con el otorgamiento de la escritura pública, se procederá a protocolizar el facsímil del símbolo, la sigla y el lema que distinguirán al partido, si los tuviere”.
Por su parte, el artículo 6 dispone:
“El partido político en formación podrá proceder a la afiliación de sus miembros, para lo cual dispondrá de un plazo de doscientos diez días. Será necesario que se afilie al partido un número de ciudadanos con derecho a sufragio equivalente, a lo menos, al 0,5 por ciento del electorado que hubiere sufragado en la última elección de Diputados en cada una de las Regiones donde esté constituyéndose, según el escrutinio general practicado por el Tribunal Calificador de Elecciones.
La afiliación al partido en formación se efectuará mediante declaración suscrita por cada ciudadano con derecho a sufragio ante cualquier notario de la región respectiva, o ante el oficial del Registro Civil, si en la comuna donde la persona tenga su domicilio no hubiere notario.
Las declaraciones podrán ser individuales o colectivas y contendrán, respecto de cada afiliado, su nombre completo, apellidos, domicilio, fecha de nacimiento y cédula nacional de identidad. Cada afiliado deberá acreditar personalmente ante el ministro de fe su condición de ciudadano habilitado para votar en la Región respectiva y declarar bajo juramento no estar afiliado a otro partido político inscrito o en formación ni estar o haber estado participando en la formación de un partido político en los últimos doscientos cuarenta días.
La Directiva Central provisional podrá excluir, sin expresión de causa, a cualquier afiliado que haya suscrito la declaración a que se refiere este artículo. El ciudadano excluido no será considerado como afiliado al partido para efecto alguno”
Como es sabido, las escrituras públicas se otorgan ante notario, pero no han faltado oportunidades en que el Notario ha entorpecido el proceso de suscripción de la escritura.
Así, por ejemplo, hemos detectado Notarios que demoran excesivamente el trámite de firmar la escritura a los organizadores del partido y de las afiliaciones al mismo, quienes se retiran de las notarías por los excesivos tiempos de espera.
Es así que en la Notaría de Castro, se ha denunciado que su titular “ha dificultado el proceso de inscripción del partido político, al negarnos la posibilidad de designar un funcionario que tramite la legalización de las fichas de inscripción de manera expedita. En la Notaria de la comuna de Castro, no se nos facilitó poder contar con un horario específico, para atender por pequeños grupos a los suscriptores y tampoco se nos dio la facilidad de reservar varios números a la vez. Lo que hace casi imposible legalizar las fichas.
Realizamos la solicitud para que nos faciliten un ministro de fe para la inscripción del partido y la respuesta ha sido categórica: quienes quieran legalizar su ficha de adhesión, deben sacar número de atención por conducto regular, sin dar ninguna posibilidad de abrir una sala para el procedimiento, en circunstancia que las notarías están atochadas, con rangos de espera en promedio de entre dos, tres o más horas, por lo que quienes trabajan o estudian y efectivamente quieren militar en este nuevo partido político, no cuentan con el tiempo necesario para esperar estos horarios” (TESTIMONIO DE UNA AFECTADA).
Los notarios son los únicos que pueden certificar las firmas, pero eso no implica que no se destinen funcionarios especialmente dedicados para el proceso de firmas dentro de las notarías, facilitando dentro del establecimiento la atención de los organizadores del partido político. Se puede hacer, está dentro del marco legal, pues los funcionarios asisten al notario, no lo remplazan en el proceso de certificación de firmas e identidades, sino que lo asisten y apoyan para que el trámite sea más fácil y rápido. Lo que ocurre es que depende, hoy, de su exclusiva voluntad, disponer de tales funcionarios.
El derecho a la libre asociación, establecido y garantizado en el Nº 15 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, se encuentra plenamente en juego. Señala dicha norma:
“El Estado reconoce a todas las personas: (…)
El derecho de asociarse sin permiso previo.
Para gozar de personalidad jurídica, las asociaciones deberán constituirse en conformidad a la ley.
Nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.
Prohíbense las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado.
Los partidos políticos no podrán intervenir en actividades ajenas a las que les son propias ni tener privilegio alguno o monopolio de la participación ciudadana; la nómina de sus militantes se registrará en el Servicio Electoral del Estado, el que guardará reserva de la misma, la cual será accesible a los militantes del respectivo partido; su contabilidad deberá ser pública; las fuentes de su financiamiento no podrán provenir de dineros, bienes, donaciones, aportes ni créditos de origen extranjero; sus estatutos deberán contemplar las normas que aseguren una efectiva democracia interna. Una ley orgánica constitucional regulará las demás materias que les conciernan y las sanciones que se aplicarán por el incumplimiento de sus preceptos, dentro de las cuales podrá considerar su disolución. Las asociaciones, movimientos, organizaciones o grupos de personas que persigan o realicen actividades propias de los partidos políticos sin ajustarse a las normas anteriores son ilícitos y serán sancionados de acuerdo a la referida ley orgánica constitucional”
Como asociaciones, los partidos políticos están incluidos en la Ley 20500, SOBRE ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN PÚBLICA, que dispone en su artículo 1º: “Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente para la consecución de fines lícitos.
Este derecho comprende la facultad de crear asociaciones que expresen la diversidad de intereses sociales e identidades culturales”.
Por su parte, el artículo 2º de la misma ley ordena: “Es deber del Estado promover y apoyar las iniciativas asociativas de la sociedad civil”.
Así, para hacer carne este deber de promoción en la constitución de partidos políticos, creemos que es necesario establecer legalmente el deber de los notarios de disponer de tales funcionarios, pues de lo contrario se estaría entorpeciendo la constitución de partidos políticos, el tiempos de crisis de representación.
Por tanto, vengo en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase el siguiente nuevo inciso final al artículo 6 de la Ley N. 18.603, LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL DE LOS PARTIDOS POLITICOS:
“Los Notarios deberán ordenar, a requerimiento y costa del requirente, que las afiliaciones, declaraciones, acreditaciones y otras gestiones relativas a este artículo, sean tramitadas ante uno o más funcionarios, dispuestos exclusivamente para tales labores, en horarios, días o plazos que se determinen, a efectos de facilitar la constitución de los partidos en formación”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 18 DEL CÓDIGO PENAL, CON EL FIN DE PRESUMIR LA RESPONSABILIDAD POR EL DAÑO MORAL RESPECTO DE LOS CONDENADOS POR LOS CRÍMENES QUE EL AUTOR SEÑALA O POR LA LEY N° 20.357 (9.795-07)
Todos sabemos que los delitos criminales son conductas especialmente graves que dañan el orden social. La responsabilidad criminal, acarrea sanciones, y un sistema de asignación de penas, denominado IUS PUNIENDI, cuyo monopolio es del Estado como garante del orden social.
El Ius Puniendi implica un sistema preventivo de resguardo del orden imperante, un sistema judicial y un sistema de ejecución de la pena.
La sanción criminal grave como es por privar de importantes derechos fundamentales a las personas que cometen delitos, es ULTIMA RATIO, es decir, la solución criminal es la última a la que debe acudir el Estado, no la primera.
Existen unos delitos más graves que otros. Y por cierto, algunos repudian lo más hondo de la conciencia humana. A ellos están asignadas las más altas penas que nuestro ordenamiento jurídico contempla.
Los delitos criminales acarrean también responsabilidad civil o patrimonial, llamada, principalmente, a resarcir del daño a las víctimas de un delito. Este daño puede ser patrimonial y moral. El daño patrimonial está compuesto por la pérdida patrimonial efectivamente sufrida por la víctima del delito, y por la ganancia esperada que no pudo obtenerse (daño emergente y lucro cesante, respectivamente). También existe la acción restitutoria, dirigida a recobrar los bienes mal habidos por el imputado.
No obstante, también existe el daño no patrimonial, o daño moral, constituido por el dolor psíquico, el malestar psicólogo que acarrea un delito.
Como es sabido, si las partes no lo alegan (lo que en la práctica muchas veces es lo mismo que si al abogado se le olvida o negligentemente no lo incluye en la demanda), o no lo prueban (por las mismas razones), entonces el juez está impedido de declarar en la sentencia que el daño moral existe y se encuentra impedido de fijar su monto.
Esto parece un contrasentido en caso de daños graves, de delitos graves que repugnan la conciencia humana.
Creemos que es necesario que se presuma la existencia del daño moral, tal que el juez sólo deba determinar su cuantía ante delitos graves, y por cierto, los enumeramos:
1.- El delito del artículo 433 del Código penal, que dispone:
“El culpable de robo con violencia o intimidación en las personas, sea que la violencia o la intimidación tenga lugar antes del robo para facilitar su ejecución, en el acto de cometerlo o después de cometido para favorecer su impunidad, será castigado:
1° Con presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo calificado cuando, con motivo u ocasión del robo, se cometiere, además, homicidio, violación o alguna de las lesiones comprendidas en los artículos 395, 396y 397, N° 1.
2° Con presidio mayor en su grado medio a máximo, cuando las víctimas fueren retenidas bajo rescate o por más de un día, o se cometieren lesiones de las que trata el N°2° del artículo 397”.
2.- El delito del Inciso final del artículo 141 del Código Penal, que establece que:
“El que con motivo u ocasión del secuestro cometiere además homicidio, violación, violación sodomítica o algunas de las lesiones comprendidas en los artículos 395, 396 y 397 N° 1, en la persona del ofendido, será castigado con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado.
3.- El inciso final del artículo 142 dispone que en caso de la sustracción de un menor de 18 años: “Si con motivo u ocasión de la sustracción se cometiere alguno de los delitos indicados en el inciso final del artículo anterior, se aplicará la pena que en él se señala”.
4.- El inciso final del artículo 150 A del Código Penal, referido a los apremios ilegítimos, dispone que:
“Si de la realización de las conductas descritas en este artículo resultare alguna de las lesiones previstas en el artículo 397 o la muerte de la persona privada de libertad, siempre que el resultado fuere imputable a negligencia o imprudencia del empleado público, la pena será de presidio o reclusión mayor en su grado mínimo a medio y de inhabilitación absoluta perpetua”.
5.- El delito del artículo 150 B para los cómplices de los apremios, que dispone:
“Al que, sin revestir la calidad de empleado público, participare en la comisión de los delitos sancionados en los dos artículos precedentes, se le impondrán las siguientes penas: (...).
3° Presidio o reclusión menor en su grado máximo a presidio o reclusión mayor en su grado mínimo, si se tratare de la figura del último inciso del artículo 150 A”.
6.- Los contenidos entre los artículos 361 A 372 TER, referidos a los delitos sexuales contra niños.
El Artículo 372 bis, que dispone que “El que, con ocasión de violación, cometiere además homicidio en la persona de la víctima, será castigado con presidio perpetuo a presidio perpetuo calificado”.
7.- El delito del artículo 348, 351 y 352 del mismo Código, sobre abandono de menores, que disponen:
Art. 348. “Si a consecuencia del abandono resultaren lesiones graves o la muerte del niño, se impondrá al que lo efectuare la pena de presidio mayor en su grado mínimo, cuando fuere alguna de las personas comprendidas en el artículo anterior, y la de presidio menor en su grado máximo en el caso contrario.
Lo dispuesto en este artículo y en los dos precedentes no se aplica al abandono hecho en casas de expósitos”.
Art. 351. “Si del abandono en un lugar solitario resultaren lesiones graves o la muerte del niño, se impondrá al que lo ejecuta la pena de presidio mayor en su grado medio, cuando fuere alguna de las personas a que se refiere el artículo precedente, y la de presidio mayor en su grado mínimo en el caso contrario”.
Art. 352. “El que abandonare a su cónyuge o a un ascendiente o descendente, legítimo o ilegítimo, enfermo o imposibilitado, si el abandonado sufriere lesiones graves o muriere a consecuencia del abandono, será castigado con presidio mayor en su grado mínimo”.
8.- El delito de homicidio calificado, del artículo 391 N° 1 del Código Penal
Art. 391. “El que mate a otro y no esté comprendido en el artículo anterior, será penado:
1° Con presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo, si ejecutare el homicidio con alguna de las circunstancias siguientes:
Primera. Con alevosía.
Segunda. Por premio o promesa remuneratoria.
Tercera. Por medio de veneno.
Cuarta. Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor al ofendido. Quinta. Con premeditación conocida”.
9.- Los delitos de los artículos 411 a 411 octies del Código Penal, referido al tráfico de personas.
10.- Los delitos de la Ley N° 20.357 que TIPIFICA CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD Y GENOCIDIO Y CRÍMENES Y DELITOS DE GUERRA.
Queremos aclarar que en este proyecto de ley no presumimos la responsabilidad penal del imputado, lo que está prohibido expresamente por norma constitucional, sino sólo el daño moral, que dice relación con la responsabilidad civil, que es paralela a la criminal.
Por tanto, venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase el siguiente nuevo inciso final al artículo 18 del Código Penal:
“Sin perjuicio de lo anterior, se presumirá el daño moral respecto de las víctimas del delito y su familia, en los delitos contemplados en los artículos 141, 150 A, 150 13, 361 A 372 TER, 348, 351y 352, 391 N. 1, 411 a 411 octies y 433 del Código Penal, así como a los delitos de la Ley N. 20.357 que TIPIFICA CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD Y GENOCIDIO Y CRÍMENES Y DELITOS DE GUERRA”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
17. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL NUMERAL 2° DEL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA EN MATERIA DE SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE SUFRAGIO (9.796-07)
Una de las conquistas más importantes del mundo moderno es el derecho a sufragio universal, es decir, que todos y todas puedan votar y postular a cargos de elección popular. Antes de eso, habían requisitos desmedidos que mutilaban este derecho humano: edad avanzada, estado civil, propiedad sobre bienes raíces e incluso número de hijos, entre otros.
La doctrina tradicional diferencia entre el derecho a sufragio activo, concebido como el derecho A ELEGIR, y el pasivo, concebido como el derecho A SER ELEGIDO.
Como señala Mª Elena Rebato Peño de la Universidad de Castilla – La Mancha, en su ensayo EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO: “formará parte del contenido esencial del derecho de sufragio pasivo: el derecho a ser elegible, incluyéndose aquí el derecho a la presentación de candidaturas y el derecho a ser proclamado electo; y el derecho a mantenerse en el cargo y a desempeñarlo”.
Ahora bien, otro de los principios fundantes del Estado de Derecho es la presunción de inocencia, según el cual una persona, a pesar de ser imputada por un delito, debe ser tratada como inocente, y sólo será tratada como culpable en caso de recibir una condena y sólo después de ese hecho.
En el caso del Alcalde Jorge Soria Quiroga, de la comuna de Iquique, en virtud de acusaciones criminales de las que resultó absolutamente absuelto, se le despojó de su cargo el año 2007.
En el año 2012 finalizó un largo juicio en que la Corte Suprema determinó -por 5 votos contra cero- su total inocencia de los cargos que sobre él pesaban: “negociación incompatible, fraude y cohecho”.
Tal como dispone nuestra ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 57.- “El alcalde será elegido por sufragio universal, en votación conjunta y cédula separada de la de concejales, en conformidad con lo establecido en esta ley. Su mandato durará cuatro años y podrá ser reelegido”.
Por su parte, la Constitución Política de la república de 1980, dispone:
“Artículo 16.- El derecho de sufragio se suspende:
1º.- Por interdicción en caso de demencia;
2º.- Por hallarse la persona acusada por delito que merezca pena aflictiva o por delito que la ley califique como conducta terrorista, y
3º.- Por haber sido sancionado por el Tribunal Constitucional en conformidad al inciso séptimo del número 15º del artículo 19 de esta Constitución. Los que por esta causa se hallaren privados del ejercicio del derecho de sufragio lo recuperarán al término de cinco años, contado desde la declaración del Tribunal. Esta suspensión no producirá otro efecto legal, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso séptimo del número 15º del artículo 19.
Según el abogado Gustavo Fiamma –que es abogado de la Universidad de Chile y doctor en derecho por la Universidad Complutense de Madrid- Soria fue suspendido de su cargo de alcalde en 2007 “a través de una ‘orden de no innovar’ decretada por el Tribunal Electoral Regional de Tarapacá sin ostentar éste facultades legales para ello, no obstante lo cual el Tribunal Calificador de Elecciones confirmaría tan ilegal decisión”.
Añade este abogado: “Sin embargo, ese mismo Tribunal, en una causa de la V Región, dos meses después, resolvería que los Tribunales Electorales Regionales no cuentan con facultades legales para dar curso a una ‘orden de no innovar’”.
Gustavo Fiamma asevera: “Producto de los autos de procesamiento, Jorge Soria no pudo presentarse a su reelección como alcalde y su postulación al Senado fue rechazada por el Servicio Electoral y por el Tribunal Calificador de Elecciones, a pesar de no estar condenado por sentencia firme o ejecutoriada. Se violó flagrantemente su presunción de inocencia y el artículo 23.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El Tribunal Calificador de Elecciones dijo que el artículo 16° de la Constitución chilena no violaba el artículo 23.2 del Pacto de San José de Costa Rica. Sin embargo, al informar al Senado el proyecto de ley sobre voto voluntario los Ministros de la Corte Suprema que integran el Tribunal Calificador de Elecciones sostuvieron enfáticamente dicha violación. En virtud del Pacto de San José de Costa Rica no correspondía que lo suspendieran de su cargo y, por otra parte, según dicha Convención el señor Soria podía ser candidato a alcalde o a senador (artículo 23.2 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos). Así las cosas, el alcalde de Iquique ha sufrido violaciones graves en sus derechos a raíz de esta acción persecutoria llevada a cabo por agentes del Estado.”
El mentado artículo del Tratado Internacional citado, vinculante para Chile, dispone:
“Artículo 23. Derechos Políticos
1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades:
a. de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;
b. de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y
c. de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.
1. La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal.”
Creemos que este caso muestra de manera evidente la injusticia de mantener normas constitucionales, que diseñadas en Dictadura, no se ajustan plenamente a la doctrina de los derechos humanos, y que pueden ser utilizadas para perjudicar a las personas en su derecho a sufragio.
La presunción de inocencia es uno de los bienes más caros ganados a sangre y fuego por la modernidad. No podemos seguir dándonos el lujo de seguir manchando nuestro texto constitucional un día más con disposiciones medievales como la que queremos eliminar mediante este proyecto de reforma constitucional.
POR TANTO, VENGO EN PROPONER EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo único: Reemplázase en el número 2 del artículo 16 de la Constitución Política de la República, la voz “acusada” por la fórmula “condenada en virtud de sentencia ejecutoriada”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
18. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL EN LO RELATIVO AL MALTRATO ANIMAL Y AUMENTA LA SANCIÓN PENAL SI EL DELITO COMPRENDE ACCIONES DE CONNOTACIÓN SEXUAL O DE BESTIALISMO (9.797-07)
1.- Que es la zoofilia:
La etimología de zoofilia es “amor hacia los animales”. No obstante, comúnmente y en el área de la psicología es tratada como una conducta “desviada” es decir, anormal, que implica que una persona tenga contacto sexual con animales.
Existe un consenso a nivel nacional e internacional en el sentido de que esta conducta debe ser combatida. Algunos señalan que este combate es en aras de la moralidad y la naturaleza. Otros en vista del denominado “bienestar animal”, y la lucha contra el trato cruel hacia los animales.
En el plano de la moral tradicional, se sancionan las prácticas sexuales con animales. La zoofilia puede abarcar distintas prácticas, como contacto sexual directo o introducción de objetos.
Para la Ley para la Protección de la Fauna del Estado de Yucatán, México:
“Zoofilia: cópula de una persona en contra de animales, ya sea a través del miembro viril o cualquier otro objeto o instrumento distinto a éste”.
En el plano del derecho criminal, la conducta debe ser suficientemente dañosa y destructiva en el plano social para ser sancionada con penas de cárcel o privativas de libertad. Fuera de ese plano, puede ser sancionada administrativamente vía multas infraccionales u otras medidas, incluso vía ordenanza municipal, lo que de suyo deja a este fenómeno de las materias propias de una ley.
Veamos algunos casos en Chile:
28/11/2014: “Conmoción en Cerro Navia por caso de zoofilia: violaron a un perrito”. El alcalde Luis Plaza reconoció que “estamos todos desesperados, aquí todo el mundo habla del tema”. El hecho quedó al descubierto la semana pasada cuando la familia del animal se dio cuenta que algo raro le pasaba.
17/06/2013. Impacto en Tocopilla por video que muestra acto de zoofilia con perro. Joven que presenció los hechos grabó a la distancia el brutal acto de violación y lo entregó a Tocopilla Animales, que subió el registro a su página de Facebook y pidió ayuda para identificar al responsable y denunciarlo.
18/05/2013. Denuncian que perro murió tras ser violado y torturado en Antofagasta. Desconocidos cometieron zoofilia e introdujeron palos y fierros en el ano de un can llamado “Chocolate”. El animal dejó de existir después de agonizar durante dos días.
07/03/2012. Agricultor amenaza de muerte a vecino por supuesta zoofilia con sus ovejas. Lugareño de Quelhue, que alega inocencia, acudió a Carabineros de Pucón para denunciar constantes amedrentamientos por parte del dueño de los animales. Fiscalía local inició investigación.
2.- Legislación comparada
No hay muchos ejemplos a nivel comparado, salvo la práctica jurídica de atacar esta conducta vía los delitos que vulneran la “moralidad pública”, los que han sido derogados o reemplazados en la mayoría de los Códigos Penales modernos. Pero hay indicios de legislación específica.
Por ejemplo, por recomendación de la segunda cámara (Bundesrat), el Gobierno alemán ha encargado al Ministerio de Agricultura que prepare una ley para penalizar la sodomía con animales.
La Ley de Protección Animal en Veracruz prohíbe dar bebidas alcohólicas a animales, realizar peleas de perros, actos de zoofilia, así como el abandono de mascotas en vía pública.
El Reglamento de Protección a los animales para el municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en el Título “Del Trato Digno y Respetuoso a los Animales”, dispone en el Artículo 59:
“Se consideran actos de crueldad y maltrato, que deben ser sancionados conforme a lo establecido en el presente Reglamento y demás ordenamientos aplicables, realizados en perjuicio de cualquier animal, provenientes de sus propietarios, poseedores, encargados o de terceros que entren en relación con ellos, los siguientes: (…) IX.- Los actos de zoofilia;”
Queda más menos claro que para la legislación de estos países, lo relevante penal o criminalmente es que la práctica zoofílica implique un maltrato, una tortura, un acto cruel con el animal en cuestión.
3.- Práctica jurídica en Chile
En Chile, nuestro artículo Art. 291 bis del Código Penal, dispone: “El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última”. Es decir, la pena privativa de libertad va de 61 días a tres años.
Este es el delito al cual ha acudido la jurisprudencia para penalizar los actos de zoofilia. Cabe señalar que desde la lógica de este delito, no cabe sancionar la zoofilia como delito per se, sino en la medida que el acto zoofílicxo implique crueldad contra un animal, implique maltrato o “tortura”.
Tenemos un caso para citar, del Juzgado de Garantía de Angol, “Ministerio Público con Riffo Provoste; Ricardo Patricio”, Rol: 343-2008 (MALTRATO ANIMAL. PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. ACTOS DE ZOOFILIA O BESTIALISMO. MANTENER RELACIONES SEXUALES CON UN ANIMAL 07/03/2008)
Como reza el caso: “Aproximadamente a las 04:50 horas del 2 de marzo del presente año en circunstancias que el imputado se encontraba al interior de la propiedad ubicada en calle Julio Sepúlveda número 2747 de esta comuna fue sorprendido manteniendo relaciones sexuales, actos zoofílicos, con un caballar hembra de color blanco colorado propiedad de don Óscar Novoa.
Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen un delito de maltrato animal, prescrito y sancionado en el artículo 291 bis del Código Penal, en grado de consumado, correspondiéndole al requerido una participación criminal en calidad de autor, solicitando la imposición de una pena de multa equivalente al mínimo contemplado en la ley, además de las accesorias legales.
Segundo: Que habiendo sido informado en audiencia de las distintas posibilidades para enfrentar el procedimiento, en particular la de que su responsabilidad se estableciera por sentencia condenatoria luego de un juicio público, oral y contradictorio, el imputado resolvió admitir responsabilidad en los hechos por los cuales se le requirió. (...)
Quinto: Que beneficia al imputado la mitigante de responsabilidad penal contemplada en el número 6 del artículo 11 del Código Penal, esto es, la irreprochable conducta anterior, la que consta de su extracto de filiación exento de anotaciones prontuariales pretéritas.
Sexto: Que concurriendo una circunstancia atenuante y ninguna agravante, conforme dispone el inciso segundo del artículo 67 del Código Penal, el Tribunal deberá aplicar la pena en su mínimum.
Que se acoge el requerimiento y se condena, sin costas, al requerido Ricardo Patricio Riffo Provoste ya individualizado, a una pena de multa equivalente a un ingreso mínimo mensual como autor del delito de maltrato animal, que deberá solucionar en cuatro parcialidades iguales y sucesivas, los primeros cinco días de cada mes.
La multa impuesta deberá pagarse en pesos, en el equivalente que tenga la referida unidad al momento de su pago.
Si el sentenciado no pagare la multa impuesta en el plazo señalado precedentemente, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de prisión, regulándose un día por cada media unidad tributaria mensual, sin que ello pueda exceder de seis meses, sirviéndole de abono el día que estuvo privado de libertad, a saber, el 2 de marzo del año en curso”.
4.- Crítica y propuestas
Cabe señalar que en la sentencia citada, no ha habido una adecuada reflexión de lo que significa “maltrato” o “crueldad” en el caso concreto, ni tampoco una reflexión ni adecuada fundamentación fáctica de la efectividad de tales verbos rectores en el caso concreto. Menos existe una fundamentación de la efectiva lesión del bien jurídico.
No obstante, asombra que las penas sean tan bajas, y que no alcancen a ser suficientemente disuasivas de una conducta generalmente impune, y que causa asombro e indignación entre las organizaciones animalistas y defensa del bienestar animal.
Creemos que configurar un delito autónomo vinculado a la zoofilia es un paso riesgoso, pues puede moralizar excesivamente la ley, e imponer sanciones criminales desmedidas para algunas conductas abordables desde el punto de vista médico, social y aún infraccional, pero no por la vía de la persecución penal.
Tenemos la convicción de que este fenómeno puede combatirse criminalmente desde la perspectiva del delito de maltrato o crueldad contra animales, estableciendo una agravante en casos de conductas zoofílicas. Esta agravante aumentará la pena, haciendo justicia ante un delito que queda generalmente impune o con muy bajas penas. Hoy van de 61 días a tres años. Con nuestra propuesta, quedarán de tres años y un día a cinco años, y las multas serán el doble.
POR TANTO VENGO EN PRESENTAR EL SIGUIENTE
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase el siguiente nuevo inciso segundo al artículo 291 bis del Código Penal: “Cuando la comisión del delito de maltrato o crueldad animal implique actos de connotación sexual o mantener relaciones sexuales con un animal, la pena será de presidio menor en su grado máximo y las multas se doblarán”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
19. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 20.606 Y EXTIENDE LA PROHIBICIÓN DE SU ARTÍCULO 6°, RELATIVO AL EXPENDIO DE ALIMENTOS PROHIBIDOS EN ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, A LOS KIOSCOS Y NEGOCIOS UBICADOS EN SU ENTORNO(9.798-11)
Como es sabido, el 6 de julio de 2012 fue publicada la Ley Nº 20.606 de Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad. En lo sustancial, la ley:
- dispone que los fabricantes, productores, distribuidores e importadores de alimentos deberán informar en sus envases los ingredientes que contienen, incluyendo todos sus aditivos y su información nutricional
- prohíbe la comercialización de alimentos altos en grasa, sal y azúcar en los establecimientos de educación parvularia, básica y media
- prohíbe la publicidad de estos alimentos y la entrega de regalos como gancho para la venta de alimentos destinados a los menores de 14 años
En estos momentos el Reglamento de la ley se encuentra en consulta pública, lo que quiere decir que no existe posibilidad de aplicar la ley misma plenamente, pues aún no se determina por la potestad reglamentaria qué es alimento saludable y qué no lo es.
Paralelamente, creemos que la norma legal es insuficiente, pues si bien se prohíben kioskos con alimentos no saludables al interior de los establecimientos, nada dice respecto de los que están cerca de los mismos establecimientos.
De acuerdo a un informe anual divulgado recientemente por la Organización Mundial de la Salud (OMS), Chile encabeza en Sudamérica la lista de prevalencia de hipertensión, con un 39,7% en hombres y un 27,4% en mujeres.
También lidera la prevalencia de hiperglucemia (azúcar en ayunas) en hombres con un 11,2%, aunque en el caso de las mujeres ocupa el octavo lugar con un 8,5%. Además, es el segundo país de Sudamérica con más mujeres obesas al tener 33,6% y el segundo en hombres con el 24,5%.
Entre los niños de 6 años, la prevalencia de obesidad es del 23 %.
En este contexto, se entiende la preocupación del legislador, pero no ha terminado con complotar contra las posibilidades de mercado negro dentro de los colegios.
Cerca de los establecimientos educacionales no se podrán vender cigarrillos, pero si papas fritas, galletas azucaradas y otros dulces que tienen a nuestros niños entre los más obesos del mundo.
Creemos que esto debe cambiar, y que en un radio de trescientos metros alrededor de los establecimientos educacionales debe quedar prohibida la venta o expendio de alimentos poco saludables. De lo contrario, la norma quedaría incompleta.
POR TANTO, VENGO EN PROPONER EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase el siguiente nueva segunda parte al inciso primero del artículo 6 de la Ley N. 20606, SOBRE COMPOSICIÓN NUTRICIONAL DE LOS ALIMENTOS Y SU PUBLICIDAD:
“Tampoco podrán expender tales productos a menos de 300 metros de tales establecimientos. La distancia se medirá desde todos los puntos de la línea perimetral del establecimiento, por un radio calculado en metros a la redonda. Las cuadras adyacentes abarcadas parcialmente por estos radios, se entenderán sufrir completamente la misma prohibición. Sin perjuicio de lo anterior, jamás podrá ubicarse un lugar de venta o realizarse publicidad dentro de la misma cuadra del establecimiento, ni en las veredas de las cuadras inmediatamente contiguas a su línea perimetral”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
20. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 19.300, CON EL OBJETO DE INCORPORAR UNA PRESUNCIÓN DE DAÑO MORAL EN EL CASO DE ACTOS PERJUDICIALES AL MEDIO AMBIENTE CON RESULTADOS GRAVES PARA LA VIDA Y SALUD HUMANAS, ACTIVIDADES PRODUCTIVAS, ASENTAMIENTOS POBLACIONALES, POBLACIONES VULNERABLES O A LA SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL (9.799-12)
Uno de los instrumentos de gestión ambiental más significativos es la Ley de bases Generales del Medio ambiente, N. 19300. La ley entrega mecanismos preventivos, como el Sistema de Evaluación Ambiental, que permiten, dentro de lo posible, evitar daños ambientales. Pero también contiene elementos represivos, para enfrentar una vez que el daño ya ha ocurrido.
Para la Ley de Medio Ambiente, daño Ambiental es “toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo inferido al medioambiente o a uno o más de sus componentes” (artículo segundo).
Ante un hecho dañoso, la ley de medio ambiente no vacila en reconocer la existencia del principio de responsabilidad civil por daños medioambientales. En el mismo artículo 3°, dispone: “Sin perjuicio de las sanciones que señale la ley, todo el que culposa o dolosamente cause daño al medio ambiente, estará obligado a repararlo materialmente, a su costo, si ello fuere posible, e indemnizarlo en conformidad a la ley”.
Luego, en el artículo 51 vuelve a insistir: “Todo el que culposa o dolosamente cause daño ambiental responderá del mismo en conformidad a la presente ley.
No obstante, las normas sobre responsabilidad por daño al medio ambiente contenidas en leyes especiales prevalecerán sobre las de la presente ley.
Sin perjuicio de lo anterior, en lo no previsto por esta ley o por leyes especiales, se aplicarán las disposiciones del Título XXXV del Libro IV del Código Civil”.
Es decir, en Chile se requiere de negligencia o dolo para que exista responsabilidad civil o patrimonial por dañar el medio ambiente. Seguidamente la ley ambiental es supletoria a normas especiales, pero la legislación de fondo y que se aplica en el silencio de la ley ambiental y de leyes especiales, es el Código Civil de don Andrés Bello, con más de siglo y medio de existencia.
Como es sabido, el Código Civil se basa en la idea de que existe igualdad de poder económico e información entre partes contratantes. Es un Código exageradamente decimonónico, y carga con sus ideales burgueses de que la economía es la que da la solución justa, que la intervención del Estado es per se injusta, que la negociación entre partes iguales siempre dará una solución justa.
En cambio, el derecho del medio ambiente busca la protección del medio ambiente, y de ciudadanos desinformados y vulnerables, unos más que otros (los pueblos indígenas tienen un tratamiento especial, integrado a la legislación medioambiental).
Son dos mundos enfrentados: la ley de medioambiente supone desigualdad, mientras que el Código Civil igualdad plena.
En este sentido, las únicas normas que la ley de medio ambiente cambia respecto de la responsabilidad civil ordinaria, es el artículo 52, que reza: “Se presume legalmente la responsabilidad del autor del daño ambiental, si existe infracción a las normas de calidad ambiental, a las normas de emisiones, a los planes de prevención o de descontaminación, a las regulaciones especiales para los casos de emergencia ambiental o a las normas sobre protección, preservación o conservación ambientales, establecidas en la presente ley o en otras disposiciones legales o reglamentarias.
Con todo, sólo habrá lugar a la indemnización, en este evento, si se acreditare relación de causa a efecto entre la infracción y el daño producido”.
Queremos atender a la responsabilidad civil ordinaria, que busca la indemnización de todo daño. Los daños son patrimoniales y morales. Los primeros son los detrimentos pecuniarios que efectivamente sufre una persona, como la pérdida de sembradíos o fuentes de agua, la pérdida de aptitud forestal de un terreno, o los gastos médicos ante una enfermedad producida por la contaminación. Los daños morales, por su parte, son aquellos constituidos por el dolor psicológico de la víctima de la contaminación.
Muchas veces el daño moral es despreciado, y los jueces se resisten en dar sumas que reflejen el dolor de una persona ante graves atentados, Incluso algunas veces se resisten, a pesar de las pruebas, en darlos por ciertos y existentes.
Avanzado ya el siglo XXI, los daños morales deben probarse, tal que si el abogado de las partes no los alega o no prueba su cuantía (“pretium doloris”), el juez no puede concederlos, salvo riesgo de recaer en una causal de impugnación de la sentencia denominada Ulra petita (dar más de lo solicitado).
Creemos que ante daños ambientales graves, el daño moral debe presumirse, a efectos de que el juez los de por efectivos, y sólo deba concentrarse en su entidad.
Por ejemplo, ante un daño ambiental, por ejemplo, la contaminación de un río que provoca enfermedades o muerte de personas, o ante la necesidad de relocalizar un pueblo campesino o indígena, ante la pérdida de sus medios productivos, de sus cosechas, de agua, de lugares sagrados para los pueblos indígenas, o la desaparición de especies, ¿alguien podría dudar que el daño moral, el dolor psicológico, existe?
POR TANTO, VENGO EN PROPONER EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase el siguiente nuevo artículo 52 bis a la Ley 19.300, que APRUEBA LEY SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE:
“En caso de que los daños acarreen como resultado muertes, lesiones, enfermedades, pérdida de medios productivos, relocalización de asentamientos humanos, grave daño patrimonial, desaparición de especies vegetales o animales, o grave perturbación de la forma de vida de poblaciones vulnerables, se presumirá el daño moral de los afectados, para efectos de determinar la indemnización de perjuicios, por lo que el juez sólo deberá calcular su cuantía”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
21. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY N° 19.300 QUE APRUEBA LEY SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE EN RELACIÓN CON LOS CRITERIOS DE DETERMINACIÓN DE LAS INDEMNIZACIONES POR DAÑOS (9.800-12)
Tal como dispone el artículo 3° de la Ley de Bases generales de Medio Ambiente, N. 19.300, “Sin perjuicio de las sanciones que señale la ley, todo el que culposa o dolosamente cause daño al medio ambiente, estará obligado a repararlo materialmente, a su costo, si ello fuere posible, e indemnizarlo en conformidad a la ley”.
La fijación de indemnizaciones en materia de medioambiente, no se encuentra regulada. Algunos postulan baremos, es decir, tasaciones legales previas por cada daño posible, para efectos de dotar de seguridad jurídica tanto a las empresas como a los posibles afectados.
Otros creen que la discrecionalidad judicial es suficiente, y los partidarios del punto medio aseveran que deben fijarse criterios que atiendan a la especificidad del daño de que se trata, o al patrimonio del infractor.
Este último punto es importante, pues en el derecho medioambiental se pretende la existencia del principio jurídico “EL QUE CONTAMINA PAGA”.
Ahora bien, es tal la magnitud de los proyectos que se emprenden, denominados hoy megaproyectos, de índole minera, forestal, hidroeléctrica, geotérmica, hidrobiológica, fotovoltaica, entre otras, y el nivel de inversiones tan profundo, sumado a la Transnacionalización de las industrias extractivas y de producción de energía, que muchas veces eso de que el que contamina paga, se convierte en “EL QUE PAGA, CONTAMINA”.
En este sentido las multas medioambientales juegan su papel, y son cuantiosas, pero distinto es el caso de las indemnizaciones.
Cuando se paga una indemnización por haber contaminado, juegan las normas del Código Civil, tal como dispone la misma Ley ambiental. Su artículo 51 dispone:
“Todo el que culposa o dolosamente cause daño ambiental responderá del mismo en conformidad a la presente ley.
No obstante, las normas sobre responsabilidad por daño al medio ambiente contenidas en leyes especiales prevalecerán sobre las de la presente ley.
Sin perjuicio de lo anterior, en lo no previsto por esta ley o por leyes especiales, se aplicarán las disposiciones del Título XXXV del Libro IV del Código Civil”.
Aquí hay dificultades obvias, pues mientras que la ley ambiental supone desigualdad entre las partes, por un lado un empresario poderoso e informado y por otro, ciudadanos débiles y desinformados, el Código Civil regula relaciones entre iguales.
Por tanto, a nivel de la fijación de las indemnizaciones de perjuicios, hoy campea el principio de una igualdad formal, que desconoce las asimetrías propias de la realidad, las invisibiliza y las desconoce.
Por nuestra parte creemos que la indemnización debe fijarse de cara al principio de EL QUE CONTAMINA, PAGA, y reconociendo las asimetrías económicas y de información que existen en las relaciones entre empresario y ciudadano afectado por la contaminación o daños al medio ambiente.
En este marco, es ineludible que al fijarse las indemnizaciones, el juez atienda al patrimonio del responsable de la contaminación, al suyo propio y al de las personas con las que está relacionado, si es empresa.
POR TANTO, VENGO EN PROPONER EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase el siguiente nuevo inciso final al artículo 52 a la Ley 19.300, que APRUEBA LEY SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE:
“Al determinar las indemnizaciones, el juez atenderá especialmente al patrimonio del responsable, incluyendo el de personas jurídicas relacionadas, a efectos de dejar a la víctima indemne y absolutamente satisfecha por los daños causados, pudiendo incluso aumentarla prudencialmente por sobre lo solicitado, de manera justificada, y siempre de acuerdo a la extensión del daño”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
22. MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR NAVARRO, MEDIANTE LA CUAL DA INICIO A UN PROYECTO QUE ESTABLECE EN LA LEY DE TRÁNSITO UNA PRESUNCIÓN DE DAÑO MORAL, RESPECTO DE LAS INFRACCIONES CON RESULTADO DE LESIONES O DE MUERTE (9.801-15)
Como es sabido, en el año 2013, en Chile fallecieron 1623 personas por accidentes de tránsito, mientras que los lesionados por la misma causa fueron 59.592 personas.
Fuente: CONASET. Cifras del año 2013.
Todo esto genera numerosos juicios por lesiones o muertes, que repletan nuestros tribunales de justicia. Como siempre, estos juicios se tramitan mejor cuando abogados responsables se encargan de la defensa de las respectivas partes.
No obstante, hemos podido percatarnos que en muchos juicios no siempre se exigen, por parte de los abogados, todas las indemnizaciones que se pueden requerir en virtud de la ley, o siendo alegadas, no se presentan por parte de los abogados, de manera oportuna, todas las pruebas para darlas por acreditadas.
Esto ocasiona graves problemas, pues los juicios por indemnización se requiere que las partes exijan las indemnizaciones y que luego prueben el daño.
La arquitectura del sistema procesal chileno es el “impulso procesal de las partes”, tal que si las partes no exigen un determinado perjuicio, o no lo prueban, se entiende que renuncian tácitamente a ellos.
El problema surge cuando debido a las negligencias de algunos abogados, los juicios son mal defendidos o ciertamente abandonados en la etapa de prueba. Los clientes no tienen cómo saber que su juicio está siendo mal o bien atendido.
En caso de no haberse alegado un determinado argumento o perjuicio, o en caso de no rendirse prueba suficiente, el mismo tribunal no puede suplir dicha inactividad de las partes, pues si satisface un interés no solicitado por ellas, incurre en una causal de impugnación de la sentencia, denominada Ultrapetita, dar más de lo solicitado.
Esto ocurre recurrentemente con el daño moral, en virtud del cual se pretende indemnizar por el dolor psicológico de las víctimas.
El daño moral es definido como “el dolor psicológico de la víctima”, es decir, los padecimientos mentales, anímicos que sufre como consecuencia de un hecho dañoso. Creemos que hay ciertos casos graves en los cuales este dolor psicológico debe presumirse, y en ese sentido, no requeriría de prueba.
Imaginemos una persona que queda postrada para toda su vida por un accidente de tránsito, o mutilada, o que ha perdido a un ser querido. Creemos que en estos casos, debe suponerse que existe ese daño moral, aunque no haya sido alegado en juicio, sea o no por negligencia de un abogado.
POR TANTO, VENGO EN PROPONER EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agrégase el siguiente nuevo artículo 171 bis al DFL Nº 1, del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES; MINISTERIO DE JUSTICIA; SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA, de 27 de diciembre de 2007, que FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY DE TRÁNSITO:
“En caso de que las infracciones acarreen como resultado muertes o lesiones, se presumirá el daño moral, para efectos de determinar la indemnización de perjuicios, por lo que el juez sólo deberá calcular su cuantía”.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.
23. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORES NAVARRO, ARAYA Y BIANCHI, CON EL QUE SOLICITAN A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA POLÍTICA DE SALUD INTEGRAL PARA EL HOMBRE, QUE COMPRENDA PERSPECTIVAS DE GÉNERO, ETNIA Y GENERACIONAL, EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN PRIMARIA (S 1.777-12)
Considerando:
1. La menor expectativa de vida de los hombres chilenos en relación a las mujeres chilenas, con un promedio de 6,1 años menos de esperanza de vida.
2. La construcción sociocultural de la masculinidad hegemónica, caracterizada por un fuerte componente de transitar por riesgos como demostración de virilidad y en la falta de prevención en salud por parte de los hombres.
3. Las cifras de mortalidad de los hombres en lo que refiere a suicidios y homicidios, en accidentes laborales y de tránsito, así como la morbilidad asociada a problemas de salud mental, alcoholismo, tabaquismo y uso de otras sustancias psicoactivas.
4. La repercusión de estos eventos en la calidad de vida de las familias, en los recursos destinados a la salud y a la economía nacional.
5. La insuficiencia del impacto de los programas sanitarios existentes para el abordaje de una temática que abarca determinantes sociales de la salud.
6. La preocupación ya manifestada en administraciones anteriores con la temática, sin haber logrado concretar una política nacional.
7. La creciente evidencia científica en el campo de la salud y de las ciencias sociales a nivel nacional, latinoamericano e internacional de incidir en la salud de los hombres desde la perspectiva de género.
8. La preocupación manifestada desde la Conferencia de Población y Desarrollo (Cairo, 1994), el Secretario General de Naciones Unidas (2004), el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo (CEPAL, 2013) de incluir a los hombres en las políticas de equidad de género.
9. EL compromiso de Chile con una Nueva Agenda de Género, manifestada en el Programa de Gobierno de la Nueva Mayoría.
10. El desarrollo de políticas de salud dirigida a los hombres en Brasil y Australia, que han sido pioneros en la temática.
EL SENADO ACUERDA:
Solicitar a la Presidenta de la República y al ministerio de Salud: la creación de una Política de Salud integral para Hombres, con perspectiva de género y etnia, con un enfoque intergeneracional, basada en los determinantes sociales de la salud, considerando fundamentalmente los aspectos de promoción en salud, comunicación social y la capacitación de los equipos de salud en el marco de la Estrategia de Atención Primaria de Salud y la articulación de los programas de atención. De igual forma se solicita que la creación de dicha política cuente con un enfoque interministerial y de participación ciudadana.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.- Pedro Araya Guerrero, Senador.- Carlos Bianchi Chelech, Senador.
24. PROYECTO DE ACUERDO DEL SENADOR SEÑOR OSSANDÓN, CON EL QUE SOLICITA A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA QUE ESTABLEZCA MEDIAS DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES QUE POSIBILITEN LA MOVILIDAD HABITACIONAL DANDO PREFERENCIA A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y LOS ADULTOS MAYORES (S 1.778-12)
1.- Que el desarrollo de la política habitacional en Chile, desde sus albores hasta nuestros días, se ha ocupado de ir ampliando paulatinamente la cobertura de vivienda. Desde los quintiles más bajos, pasando a grupos emergentes con capacidad de ahorro y con la posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios, ha llegado a beneficiar a grupos de la clase media. Ha ampliado su cobertura y ofrecido una serie de subsidios habitacionales con el objeto de mejorar sus viviendas o el entorno, incentivar su movilidad habitacional, adaptarlas a sus necesidades, entre otros fines.
En tal sentido, el actual Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet se ha propuesto -según se desprende de su programa presidencial- atender los requerimientos de la ciudadanía "que hoy no tienen respuesta o ayuda del Estado, en especial, para aquellos que ya tienen casa, pero que sus condiciones de vida están afectadas gravemente por el deterioro de sus viviendas y barrios[...] por medio del restablecimiento, ampliación y mejora de algunos programas y la creación de otros nuevos, entregando un rol muy importante al Estado en la búsqueda de los objetivos de equidad e integración, permitiendo mejorar las condiciones de vida de miles de chilenas y chilenos, pertenecientes a sectores vulnerables y sectores medios".
2.- Que en armonía con el deseo de garantizar la equidad e inclusión de las personas, el Estado de Chile, en el año 2008, ratificó la Convención Internacional de los Derechos de las personas con discapacidad, el que bajo los principios de igualdad y no discriminación, autonomía personal, accesibilidad universal y participación, reconoce la importancia del acceso al entorno físico y propugna un nivel de vida adecuado para ellas y sus familias. Esto incluye una vivienda adecuada y la mejora continua de sus condiciones de vida, debiendo adoptar los Estados Parte medidas pertinentes para salvaguardar y promover el ejercicio de este derecho sin-discriminación por motivos de discapacidad. La Convención reconoce además el derecho de las personas con discapacidad a la protección social, comprometiéndose a adoptar las medidas pertinentes para proteger y promover el ejercicio de ese derecho.
Dicho instrumento internacional es parte integrante de nuestro ordenamiento jurídico interno, en virtud de lo preceptuado en el artículo 5, inciso segundo de nuestra Carta Fundamental, y cuyo compromiso es reconocido por el derecho interno con la dictación de la Ley 20.422, publicada en febrero del año 2010, que Establece Medidas de Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social para las personas con discapacidad. En el ámbito particular de la vivienda y la política habitacional, dicha ley establece en su art. 29: "El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, dentro de sus programas habitacionales, contemplará subsidios especiales para adquirir y habilitar viviendas destinadas a ser permanentemente habitadas por personas con discapacidad". Esto se satisface en parte a través de subsidios para mejorar condiciones de habitabilidad para personas con discapacidad hasta las 20 UF.
Esta situación tiene especial relevancia para nuestro país si consideramos que según la Encuesta Nacional de la Discapacidad realizada en el año 2004, se estableció que en Chile el 12.9 % de la población tiene algún tipo de discapacidad. Desagregando esta información, tenemos que 1 de cada 3 hogares tiene algún miembro con discapacidad y que 2 de cada 5 vive en una condición económica baja (principal grupo de la focalización de la política pública habitacional). Esto visibiliza su doble vulnerabilidad social (más si estos son niños, mujeres o adultos mayores) y que la política pública no puede obviar, al contrario, ella debe ejercer un rol más proactivo en este sentido a fin de ir mermando y reducir estos efectos, más aun si se estima que esta cifra fue publicada hace de diez años y que al 2014 debiese ser superior.
3.- Que el sistemático aceleramiento del ritmo de envejecimiento de la población mundial (realidad de la cual no se resta la población chilena) ha puesto sobre relieve la necesidad de velar por los intereses de los adultos mayores. Interés que se ha plasmado en los últimos años en diversas declaraciones e instrumentos, tanto internacionales como nacionales, con el fin de reconocer a nuestros adultos mayores una serie de derechos específicos, como la igualdad de oportunidades, independencia, autonomía, autorrealización, participación, dignidad y atención debida.
Dicho reconocimiento ha repercutido en las agendas de las políticas públicas de los países firmantes y que imponen una serie de exigencias al diseño de las mismas, con órganos atingentes que las elaboren, implementen, sistematicen, ejecuten y diagnostiquen. Bajo este contexto, surge en el año 2002 el Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama), creado por la Ley N 19.828, cuya misión es velar por la plena integración del adulto mayor en la sociedad, su protección ante el abandono e indigencia, y el ejercicio de los derechos que la Constitución y las leyes, dictadas conforme a ella, les reconocen.
4.- Que la política pública habitacional no escapa a estos ejes, considerando que el aumento de las prevalencias físicas y mentales (producto de la vejez) frente a las características de la vivienda que ocupan, tienen un rol y una repercusión importante en su calidad de vida. Esto ha quedado de manifiesto en diversos catastros y documentos públicos, como el Estudio Nacional de Dependencia del año 2009 y en las encuestas CASEN. Allí se observa que si bien los adultos mayores en forma mayoritaria residen en casas (92%), la proporción de la población de adultos mayores que reside en departamentos aumenta en la medida que envejece, alcanzando un 9.6% y que, al residir en pisos superiores, supone una serie de barreras difíciles de obviar.
Así, de los encuestados que residen en edificios se sostuvo que más del 55% de ellos vive en un piso superior al primero y solo un 5,4% de los edificios posee ascensor, dificultando su movilidad y posibilidades de participación. Para abonar lo dicho, según la encuesta Sabe (2001), en la cual las personas mayores identificaron los principales riesgos a los que se ven expuestas en el hogar, establecieron en cuarto lugar la necesidad de que el mobiliario estuviera a una altura adecuada para no utilizar escaleras, pues genera un riesgo y causal de caídas en el hogar. Esto supone la necesidad de avanzar y generar políticas públicas habitacionales que permitan eliminar estas barreras que generan una mayor dependencia en este sector de la población.
5.- Que en este marco de ideas, el presente proyecto de acuerdo tiene por objeto mejorar las condiciones habitacionales de estos grupos especialmente vulnerables o, si se prefiere, grupos vulnerados, estableciendo medidas de igualdad de oportunidades en su favor, en base a ciertos criterios.
En primer lugar, que consistan en otorgar preferencias en la postulación a los subsidios habitacionales, en la adjudicación de las viviendas y en la movilidad habitacional por razón de discapacidad o adultez mayor. En segundo lugar, los beneficiarios serán aquellas familias con algún integrante con problemas de desplazamiento o movilidad reducida, ya sea porque le sobreviene una discapacidad a causa de un accidente, una enfermedad o bien a consecuencia de haber llegado a la vejez. En tercer lugar, se requiere que habiendo obtenido un subsidio de vivienda, no obstante, la vivienda se les haya adjudicado en edificio en altura, pudiendo de esta forma revertir dicha situación.
Más en detalle, el objetivo es entregar una nueva oportunidad a las personas con discapacidad y a los adultos mayores para poder vivir en un primer piso o en una casa. Se propone que frente a estas situaciones sobrevinientes, las personas por la vía de la movilidad habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, puedan hacer excepción de manera preferente a la prohibición de enajenar los inmuebles adquiridos por medio de subsidio habitacional (art.39 del Decreto Supremo N°1, del año 2011, del MINVU, que aprueba el Reglamento del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional) De esta forma, se les autorizaría a permutar o vender su vivienda una vez verificada estas condiciones, con el fin de conseguir una vivienda accesible que se ajuste a sus necesidades de movilidad reducida, ya sea en el primer piso de un edificio en altura o ya sea en una casa.
En vista de lo anterior,
EL SENADO DE LA REPÚBLICA ACUERDA
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que establezca medidas de igualdad de oportunidades en orden a posibilitar la movilidad habitacional preferencial para personas con discapacidad y adultos mayores.
Con tal objeto, se solicita incorporar en el Decreto N° 1, del año 2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, medidas de igualdad de oportunidades que consistirán en:
1.- Postular de manera preferente a subsidios habitacionales. Conferir la posibilidad de presentar antecedentes que acrediten la discapacidad o calidad de adulto mayor del postulante o algún miembro del grupo familiar que va a residir en la vivienda, durante el proceso de postulación al subsidio de que se trate.
2.- Autorizar la movilidad habitacional preferente. Posibilidad de presentar antecedentes que acrediten la discapacidad sobreviniente o calidad de adulto mayor del adjudicado o algún miembro del grupo familiar que va a residir en la vivienda y que, habiendo obtenido un subsidio de vivienda, se les haya adjudicado en edificio en altura. De este modo se le permitirá, una vez acreditada esta circunstancia, permutar o vender su casa para efectuar su movilidad a viviendas de un solo piso o, tratándose de conjuntos habitacionales en altura, que se encuentren en el primer piso.
3.- Fijar la obligación del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de promover estas soluciones habitacionales, en conjunto con el Servicio Nacional de la Discapacidad y el Servicio Nacional del Adulto Mayor, elaborando campañas de información y orientación a las personas con discapacidad, adultos mayores y sus familias, a fin de optar a estas preferencias.
(Fdo.): Manuel José Ossandón Irarrázabal, Senador.
25. PROYECTO DE ACUERDO DEL SENADOR SEÑOR QUINTEROS, CON EL QUE SOLICITA A SU EXCELENCIA DE LA REPÚBLICA LA REMISIÓN DE UNA INICIATIVA LEGAL QUE ESTABLEZCA UN EXAMEN ÚNICO NACIONAL PARA EL EJERCICIO DE LA ODONTOLOGÍA (S 1.779-12)
Considerando:
1. Que la salud bucal corresponde a un objetivo esencial de las políticas del Ministerio de Salud, que ha aumentado sustancialmente la cobertura de estos programas, que se proyecta alcancen durante el 2015 a más de un millón de personas.
2. Que esta función hoy día es ejercida por 18500 profesionales egresados de universidades nacionales y extranjeras.
3. Que en la última década la oferta educacional de la carrera de odontología ha crecido en más de un 1000%, impartiéndose actualmente en más de 34 escuelas, la menor parte de las cuales se encuentra acreditada.
4. Que es obligación del Estado cautelar la calidad de las atenciones que se realizan tanto en el sector público como privado, por parte de los cirujano dentistas.
5. Que, con similares objetivos, la Ley N°20.129, estableció la acreditación obligatoria de las carreras de medicina, mientras que la Ley N°20.261, estableció el Examen Único Nacional para los médico cirujanos, ambas leyes aprobadas durante el primer mandato de S.E. la Presidenta de la República.
6. Que, en la historia de la ley N°20.261, se consignó que dicha ley correspondía al primer paso de un proceso que luego debía incorporar a otras disciplinas de la salud.
7. Que la odontología puede ser considerada como una disciplina dentro de la medicina y comparte con ella la facultad exclusiva de examinar, diagnosticar, prescribir y tratar a los pacientes, con autonomía respecto de otros profesionales, tal como lo reconoce el Código Sanitario.
8. Que transcurridos ocho años de aplicación del Examen Único Nacional para los médico cirujanos, éste ha demostrado cumplir plenamente con su finalidad.
9. Que, en consecuencia, el establecimiento de un Examen Único Nacional para los cirujano dentistas, es concordante con las políticas de salud del Gobierno, que se proponen ampliar fuertemente la cobertura pública y que, por lo tanto, requerirá de mecanismos de aseguramiento de la calidad de ellas.
10. Que, tanto el Colegio de Cirujano Dentistas de Chile A.G., como la Asociación Chilena de Enseñanza de Odontología y las Sociedades Científicas correspondientes han manifestado su aspiración de que se implemente este examen a los egresados de odontología, de la misma manera como hoy se aplica a los egresados de medicina.
El Senado acuerda solicitar a S.E. la Presidenta de la República:
Se instruya al Ministerio de Salud para que elabore un proyecto de ley que establezca el Examen Único Nacional, administrado por la asociación mayoritaria de escuelas de odontología del país, como requisito para ejercer como cirujano dentista en el país, tanto en el sector público como privado.
(Fdo.): Rabindranath Quinteros Lara, Senador.
26. PROYECTO DE ACUERDO DEL SENADOR SEÑOR BIANCHI, CON EL QUE PIDE A SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL ENVÍO DE UN PROYECTO DE LEY PARA EL RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO DE TRENES DESDE SANTIAGO HASTA PUERTO MONTT Y LA MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL(S 1.780-12)
En la sesión del día 5 de agosto de este año se aprobó en la Cámara de Diputados el proyecto de acuerdo N° 126 y 126 A, que tenía por objeto Solicitar a S.E. la Presidenta de la República y al Ministro de Transporte respectivamente, el envío de un proyecto de ley que modernice, mejore y restituya el servicio de trenes al sur desde Santiago hasta la ciudad de Puerto Montt. Dicho proyecto fue aprobado por 48 votos a favor, 4 en contra y 6 abstenciones y despachado con fecha 14 de octubre, el cual a la fecha de hoy, no ha recibido respuesta.
La consecución de la petición aludida es la misión del Comité Pro-Defensa del Tren, organización que lleva varios años trabajando para la recuperación del tramo Puerto Montt-Santiago y, que a pesar de sus esfuerzos, no ha logrado concretar su objetivo. Es a petición de ellos y en concordancia con nuestro interés de mejorar y aportar a la conexión nacional, que traemos este tema a colación.
El transporte es un tema al debe en nuestro país, especialmente para las regiones distintas a la región metropolitana, que por su tamaño y su nivel de población exige y demanda la mayor cantidad de recurso en el presupuesto pero, no es la única región, por lo tanto, grandes proyecto de transporte y conexión debiesen ser prioridad en el resto del territorio, aún más, si se considera el excesivo centralismo y la geografía de Chile.
La integración y conexión territorial es un presupuesto sine qua non para el fortalecimiento de las regiones; el crecimiento de su población; la mejora en el comercio, las oportunidades laborales y el turismo.
Asimismo, la equidad en relación a la calidad de vida exige conexión expedita en el territorio nacional, ello se traduce en más cultura, un tema no tan urgente, como puede ser la salud y el trabajo, pero igualmente importante para nuestra naturaleza humana. El acceso a la cultura es un criterio a considerar para construir un país más justo. Por ejemplo, por qué un niño de Santiago puede acceder a festivales de teatro, danza, cine, musicales y un largo etc. y las zonas del sur verse tan postergadas?. Un tren se transforma en un facilitador de todos los ámbitos mencionados y es una oportunidad y un mecanismo eficiente para avanzar como sociedad.
Es fuerte el contraste que se produce al comparar nuestra situación con la que se desarrolla en otros países, especialmente cuando el territorio chileno tiene características que hacen particularmente deseable y favorable la existencia de un sistema de ferrocarril que comunique a las diversas regiones. No es casualidad que los países más avanzados tengan un fuerte sistema ferroviario, el tren funciona y está comprobado.
Finalmente, esta iniciativa que logra un extraordinario consenso y apoyo en la población, tanto de los habitantes de la décima región como de las ciudades y localidades intermedias y de los residentes del propio Santiago, es una alternativa segura, menos contaminante, cómoda y realizable.
Por las razones anteriores es que venimos en presentar el siguiente:
Proyecto de Acuerdo:
Solicitar a S. E., la Presidenta de la República doña Michelle Bachelet y al Sr. Ministro de Transporte y Telecomunicaciones, don Andrés Gómez Lobo, el envío de un proyecto de ley que tenga por objeto restituir el servicio de trenes de Santiago al sur, además de mejorar y modernizar el servicio ferroviario nacional.
(Fdo.): Carlos Bianchi Chelech, Senador.
28. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORES GARCÍA-HUIDOBRO Y GUILLIER, SEÑORAS ALLENDE Y PÉREZ SAN MARTÍN, Y SEÑORES COLOMA, CHAHUÁN, ESPINA, GARCÍA, LAGOS, LARRAÍN, LETELIER, MONTES, MOREIRA, NAVARRO, ORPIS, OSSANDÓN, PÉREZ VARELA, PROKURICA, QUINTEROS Y ZALDÍVAR, CON EL QUE PIDEN AL SEÑOR FISCAL NACIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, LA DESIGNACIÓN DE UN FISCAL CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA A LA INVESTIGACIÓN DE LAS DESAPARICIONES DEL MENOR MATEO RIQUELME Y AL SEÑOR KURT MARTINSON EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA(S 1.781-12)
Considerando:
1° La conmoción pública causada en la Segunda Región de Antofagasta y en todo el país por la desaparición, en circunstancias aún indeterminadas, del menor Mateo Riquelme y del guía turístico Kurt Martinson García;
2° La ocurrencia hace ya más de dos semanas de ambas desapariciones sin que, hasta la fecha, las investigaciones ofrezcan antecedentes certeros sobre su paradero y condición;
3° La necesidad de destinar mayores recursos humanos e investigativos para dar a la brevedad con el destino de ambas personas, como una forma de contribuir a la tranquilidad pública y de sus familias;
El Senado de la República acuerda:
Solicitar al Fiscal Nacional, Sr. Sabas Chahuán, la designación de un fiscal con dedicación exclusiva a la investigación de ambas desapariciones.
(Fdo.): Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, Senador.- Alejandro Guillier Álvarez, Senador.- Isabel Allende Bussi, Senadora.- Lily Pérez San Martín, Senadora.- Juan Antonio Coloma Correa, Senador.- Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- Alberto Espina Otero, Senador.- José García Ruminot, Senador.- Ricardo Lagos Weber, Senador.- Hernán Larraín Fernández, Senador.- Juan Pablo Letelier Morel, Senador.- Carlos Montes Cisternas, Senador.- Iván Moreira Barros, Senador.- Alejandro Navarro Brain, Senador.- Jaime Orpis Bouchon, Senador.- Manuel José Ossandón Irarrázabal, Senador.- Víctor Pérez Varela, Senador.- Baldo Prokurica Prokurica, Senador.- Rabindranath Quinteros Lara, Senador.- Andrés Zaldívar Larraín, Senador.