Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- TRATAMIENTO DE ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA MINISTRO DE EDUCACIÓN, SEÑOR HARALD BEYER BURGOS
-
REPAROS ANTE ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA MINISTRO DE EDUCACIÓN
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
ANTECEDENTES SOBRE CONDONACIONES DE MULTAS E INTERESES DETERMINADAS POR SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS EN FAVOR DE PEQUEÑAS, MEDIANAS Y GRANDES EMPRESAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Carlos Anibal Larrain Pena
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Carlos Ignacio Kuschel Silva
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
-
ANTECEDENTES SOBRE CONDONACIONES DE MULTAS E INTERESES DETERMINADAS POR SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS EN FAVOR DE PEQUEÑAS, MEDIANAS Y GRANDES EMPRESAS
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESION
- 3. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR NAVARRO Y SEÑORA ALLENDE, PÉREZ SAN MARTÍN Y RINCÓN, CON LA QUE SE DA INICIO A UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN MEMORIA DE LA EX DIPUTADA SEÑORA INÉS ENRÍQUEZ FRÖDDEN EN LA CIUDAD DE CONCEPCIÓN (8870-04)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- Maria Isabel Allende Bussi
- Lily Perez San Martin
- Ximena Rincon Gonzalez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 4. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORA VON BAER Y SEÑORES COLOMA, LARRAÍN FERNÁNDEZ, ORPIS Y URIARTE, CON LA QUE SE DA INICIO A UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE EL QUÓRUM DE APROBACIÓN PARA LOS TRATADOS MODIFICATORIOS DE LA INTEGRIDAD DEL TERRITORIO NACIONAL (8868-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Ena Von Baer Jahn
- Juan Antonio Coloma Correa
- Hernan Larrain Fernandez
- Jaime Orpis Bouchon
- Gonzalo Uriarte Herrera
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 5. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES LETELIER, GÓMEZ Y WALKER (DON PATRICIO), CON LA QUE SE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE QUE EL ESTADO DEBE ELIMINAR LOS OBSTÁCULOS QUE, DE HECHO, IMPIDAN EL PLENO DESARROLLO DE LAS PERSONAS (8871-07)
- 6. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR MUÑOZ ABURTO Y SEÑORA ALVEAR, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY DE TRÁNSITO PARA IMPEDIR EL CÚMULO DIARIO DE INFRACCIONES A CONDUCTORES QUE CIRCULEN EN CAMINOS PÚBLICOS EN QUE OPERE UN SISTEMA ELECTRÓNICO DE COBRO DE TARIFAS O PEAJES SIN EL DISPOSITIVO HABILITANTE (8872-15)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Maria Soledad Alvear Valenzuela
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 7. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN, CANTERO, LETELIER, ORPIS Y PIZARRO, CON LA QUE SE DA INICIO A UN PROYECTO QUE OTORGA UN NUEVO PLAZO A LOS TITULARES DE CONCESIONES DE SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN SONORA DE MÍNIMA COBERTURA PARA ACOGERSE A LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2° TRANSITORIO DE LA LEY N° 20.433 (8873-15)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Carlos Cantero Ojeda
- Juan Pablo Letelier Morel
- Jaime Orpis Bouchon
- Jorge Pizarro Soto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 8. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORA ALVEAR Y SEÑOR LARRAÍN FERNÁNDEZ, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE INSTAURA EL DÍA 12 DE MARZO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DEL TRABAJADOR PAPELERO (8875-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Maria Soledad Alvear Valenzuela
- Hernan Larrain Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 9. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORA ALLENDE Y SEÑORES CANTERO, GÓMEZ, ORPIS, PROKURICA Y URIARTE, CON EL QUE SOLICITAN A LAS AUTORIDADES Y TRABAJADORES DE CODELCO EL ESTABLECIMIENTO, A LA BREVEDAD, DE UNA MESA DE DIÁLOGO PARA RESOLVER SUS DISCREPANCIAS, Y PROPENDER ASÍ A LA MEJOR SATISFACCIÓN DE LOS PLANTEAMIENTOS RESPECTIVOS Y A REGUARDO DE ESA EMPRESA, PATRIMONIO DE TODOS LOS CHILENOS (S 1564-12)
- AUTOR PROYECTO DE ACUERDO
- Maria Isabel Allende Bussi
- Carlos Cantero Ojeda
- Jose Antonio Gomez Urrutia
- Jaime Orpis Bouchon
- Baldo Prokurica Prokurica
- Gonzalo Uriarte Herrera
- AUTOR PROYECTO DE ACUERDO
- 3. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR NAVARRO Y SEÑORA ALLENDE, PÉREZ SAN MARTÍN Y RINCÓN, CON LA QUE SE DA INICIO A UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN MEMORIA DE LA EX DIPUTADA SEÑORA INÉS ENRÍQUEZ FRÖDDEN EN LA CIUDAD DE CONCEPCIÓN (8870-04)
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 361ª
Sesión 9ª, en martes 9 de abril de 2013
Especial
(De 12:19 a 14:7)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES JORGE PIZARRO SOTO, PRESIDENTE
, Y JOSÉ ANTONIO GÓMEZ URRUTIA, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités..............................................................................................
Tratamiento de acusación constitucional contra Ministro de Educación, señor Harald Beyer Burgos.......................................................................................
Reparos ante acusación constitucional contra Ministro de Educación...........................
V. ORDEN DEL DÍA:
Antecedentes sobre condonaciones de multas e intereses determinadas por Servicio de Impuestos Internos en favor de pequeñas, medianas y grandes empresas...........
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allende Bussi, Isabel
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Larraín Peña, Carlos
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Muñoz Aburto, Pedro
--Navarro Brain, Alejandro
--Novoa Vásquez, Jovino
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Rincón González, Ximena
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Uriarte Herrera, Gonzalo
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrió, además, el Ministro de Economía , Fomento y Turismo, señor Pablo Longueira Montes. Asimismo, estuvo presente el Director del Servicio de Impuestos Internos , señor Julio Pereira Gandarillas.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 12:19, en presencia de 19 señores Senadores.
El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor GÓMEZ ( Vicepresidente ).- Las actas de las sesiones 7ª y 8ª, ordinarias, en 2 y 3 de abril del presente año, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor GÓMEZ (Vicepresidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Tres de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con los dos primeros da inicio a la tramitación de los siguientes asuntos:
1.- Proyecto de ley que establece incentivo para fomentar igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en candidaturas a cargos de elección popular (boletín N° 8.876-06).
--Pasa a Comisiones de Gobierno y de Hacienda.
2.- Proyecto aprobatorio de "Acuerdo para modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá", firmado en Santiago, Chile, el 16 de abril de 2012 (boletín N° 8.869-10).
--Pasa a Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda.
Con el último hace presente la urgencia, en el carácter de "simple", a la tramitación del proyecto aprobatorio de "Acuerdo para modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá", firmado en Santiago, Chile, el 16 de abril de 2012 (boletín N° 8.869-10).
--Se tiene presente la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Oficios
Dos de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero da a conocer que eligió Presidente y Primer y Segundo Vicepresidentes a Diputados señores Edmundo Eluchans Urenda, Joaquín Godoy Ibáñez y Pedro Velásquez Seguel, respectivamente.
--Se toma conocimiento.
Con el segundo comunica que acordó dar lugar a la acusación constitucional, deducida por diez señores Diputados, en contra del Ministro de Educación , señor Harald Beyer Burgos, por la causal de infringir la Carta Fundamental o las leyes o haber dejado estas sin ejecución, establecida en la letra b) del número 2) del artículo 52 de la Constitución Política de la República (boletín Nº S 1.563-01).
Además, señala que designó una Comisión, integrada por los Diputados señores Fuad Chahín Valenzuela, Manuel Monsalve Benavides y Marco Antonio Núñez Lozano, para proseguir y formalizar la acusación constitucional ante el Honorable Senado.
--Se tiene por entablada la acusación constitucional y se manda despachar las citaciones correspondientes, de acuerdo con la resolución que adopte el Senado sobre día y hora en que comenzará a tratarla.
Mociones
De los Honorables señor Navarro y señoras Allende, Pérez San Martín y Rincón, con la que se da inicio a un proyecto de ley que autoriza erigir un monumento en memoria de ex Diputada señora Inés Enríquez Frödden en ciudad de Concepción (boletín N° 8.870-04).
--Pasa a Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
De los Honorables señora Von Baer y señores Coloma, Larraín Fernández, Orpis y Uriarte, con la que se da inicio a un proyecto de reforma constitucional que establece quórum de aprobación para tratados modificatorios de la integridad del territorio nacional (boletín N° 8.868-07).
De los Honorables señores Letelier, Gómez y Walker, don Patricio, con la que se inicia un proyecto de reforma constitucional que establece que el Estado debe eliminar los obstáculos que, de hecho, impidan pleno desarrollo de las personas (boletín N° 8.871-07).
--Pasan a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
De los Honorables señor Muñoz Aburto y señora Alvear, con la que inician un proyecto que modifica Ley de Tránsito, para impedir el cúmulo diario de infracciones a conductores que circulen, sin dispositivo habilitante, en caminos públicos en que opere un sistema electrónico de cobro de tarifas o peajes (boletín N° 8.872-15).
De los Honorables señores Chahuán, Cantero, Letelier, Orpis y Pizarro, con la que se da inicio a un proyecto que otorga un nuevo plazo a titulares de concesiones de servicios de radiodifusión sonora de mínima cobertura para acogerse a disposiciones de artículo 2° transitorio de ley N° 20.433 (boletín N° 8.873-15).
--Pasan a Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
De los Honorables señora Alvear y señor Larraín Fernández, con la que inician un proyecto de ley que instaura el 12 de marzo de cada año como Día Nacional del Trabajador Papelero (boletín N° 8.875-13).
--Pasa a Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Proyecto de acuerdo
De los Honorables señora Allende y señores Cantero, Gómez, Orpis, Prokurica y Uriarte, con el que solicitan a autoridades y trabajadores de Codelco el establecimiento, a la brevedad, de una mesa de diálogo para resolver sus discrepancias y propender, así, a la mejor satisfacción de los planteamientos respectivos y al resguardo de la Empresa, patrimonio de todos los chilenos (boletín Nº S 1.564-12).
--Queda para Tiempo de Votaciones de la sesión ordinaria respectiva.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Terminada la Cuenta.
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El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Horvath.
El señor HORVATH.- Señor Presidente , solicito a la Mesa recabar el asentimiento de la Sala para que la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales pueda proseguir, en forma simultánea, la sesión que lleva a cabo con la presencia de dos Ministros de Estado y más de 50 invitados.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Si no hay objeciones, se accederá.
--Se accede.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- En sesión del día de hoy, los Comités determinaron lo siguiente:
1.- Que se traten, como si fueran de Fácil Despacho, en el primero, segundo y tercer lugares de la sesión ordinaria de hoy, los siguientes asuntos, signados con los números 2, 7 y 10 del Orden del Día, respectivamente:
a) Proyecto de acuerdo que aprueba la enmienda al Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional sobre la reforma del Directorio Ejecutivo , adoptada en Washington, D. C., el 15 de noviembre de 2010.
b) Proyecto de acuerdo que aprueba el protocolo por el que se modifica el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio, adoptado el 6 de diciembre del año 2005.
c) Proyecto de Acuerdo de Coproducción Cinematográfica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Italiana, suscrito en Roma, Italia, el 6 de octubre de 2004.
2.- Incorporar en el Orden del Día de la sesión ordinaria de hoy, en primer término, el proyecto que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, y en segundo lugar, el que perfecciona disposiciones introducidas por la ley Nº 20.568, sobre inscripción automática y modernización de sistema de votaciones, siempre que ambos se encuentren informados por la Comisión de Hacienda.
3.- Enviar a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía el oficio mediante el cual la señora Directora del Instituto de Derechos Humanos solicita que el Senado designe un nuevo consejero del organismo, en reemplazo del señor Luis Hermosilla, proponiéndose para el cargo al señor Carlos Frontaura Rivera.
TRATAMIENTO DE ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA MINISTRO DE EDUCACIÓN, SEÑOR HARALD BEYER BURGOS
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Respecto a la tramitación de la acusación constitucional aprobada por la Honorable Cámara de Diputados en contra del Ministro de Educación , señor Harald Beyer Burgos , informo lo siguiente.
El asunto se comenzará a tratar el próximo martes 16 en una sesión especial que se citará de 10 a 14, oportunidad en la que el señor Secretario General efectuará una relación, de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento. En seguida se escuchará a los Honorables Diputados miembros de la Comisión Especial que formalizarán la acusación, los que dispondrán de dos horas para exponer los antecedentes en que esta se funda.
Para el mismo día se citará a una sesión especial, de 15:30 a 20, en la cual intervendrá en primer lugar y por dos horas la defensa del acusado. A continuación, los Honorables Diputados acusadores dispondrán de una hora para la réplica, y la defensa, de otra hora para la dúplica.
Finalmente, se citará a otra sesión especial, para el miércoles 17, a partir de las 10 y sin hora de término, a fin de que cada señor Senador pueda, por quince minutos, fundamentar su pronunciamiento respecto de cada capítulo del libelo acusatorio. Terminada esta etapa, se pondrá en votación separada cada uno de ellos, que son tres.
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El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Escalona.
El señor ESCALONA.- Señor Presidente , antes de la importante información que usted acaba de entregar pedí intervenir en relación con la providencia, contenida en la Cuenta, en orden a que el proyecto de ley que establece un incentivo para fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en candidaturas a cargos de elección popular pase a las Comisiones de Gobierno y de Hacienda.
Consulto si es posible que la iniciativa sea conocida por estos dos órganos técnicos unidos.
El señor PIZARRO (Presidente).- Si le parece a la Sala, se procederá en esa forma.
--Así se acuerda.
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El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente , con motivo de la presente sesión especial, solicito a la Mesa recabar la autorización de la Sala para que pueda ingresar el Subdirector de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, señor Alejandro Burr, quien acompaña al señor Director.
El señor ESCALONA.- No hay acuerdo.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- No hay acuerdo.
Deseo consignar que el señor Ministro de Hacienda , quien había sido invitado, me informó hoy en la mañana que se encuentra reunido con el Presidente de la República , por lo que no va a alcanzar a llegar. Manifestó su disposición para participar en cualquier otra instancia o sesión que el Senado fije para estos efectos.
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El señor LARRAÍN.- Pido la palabra sobre la Cuenta.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Puede usar de ella, el Senador señor Hernán Larraín.
REPAROS ANTE ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA MINISTRO DE EDUCACIÓN
El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , se ha dado a conocer que la Honorable Cámara de Diputados dio lugar a una acusación constitucional contra el Ministro de Educación , señor Harald Beyer , por la causal de infringir la Carta Fundamental o las leyes o haber dejado estas sin ejecución, y, habiéndola dado el Senado por entablada, se mandó despachar las citaciones correspondientes, de acuerdo con la resolución adoptada sobre el procedimiento.
Al respecto -y a Su Señoría ya le anticipamos algunos criterios en la sesión de Comités a la que citó especialmente sobre la materia-, creemos que se está registrando una grave confusión, ya que, por los antecedentes que hemos podido recabar de la acusación, mediarían errores jurídicos sustantivos que permiten pensar que estamos frente a un hecho de dudosa constitucionalidad. Y digo "dudosa", sin formular una afirmación definitiva, porque me parece que la materia requiere un estudio ulterior, en la medida en que ello tanto podría ser efectivo como no serlo.
Me explico.
El acuerdo concreto de la Cámara apunta, sobre la base de la petición de señores Diputados, a que el Senado acoja la declaración de culpabilidad del señor Harald Beyer , Ministro de Educación , en conformidad a lo dispuesto en el artículo 53, Nº 1), de la Carta, por dos motivos: primero, dejar sin aplicación el artículo 3°, letra b), de la ley Nº 20.502, y segundo, haber infringido, abusando de sus facultades legales, los artículos 19, N° 1° y N° 5° de la Constitución.
Estos son los fundamentos del planteamiento que hace la otra rama del Congreso, la cual, habiendo dado lugar a la acusación, nos solicita que destituyamos al señor Ministro por tales razones.
¿A qué se refieren las disposiciones invocadas? El cuerpo legal que se menciona dice relación con las atribuciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y la letra b) de su artículo 3° dispone que a este le corresponderá, además de las facultades con que cuenta para otras materias, la de "Velar por la mantención del orden público en el territorio nacional.".
Esta es la primera de las razones jurídicas por las cuales la Cámara de Diputados ha formulado la acusación constitucional.
Hay una segunda, señor Presidente : haber infringido los números 1º y 5º del artículo 19 de la Constitución Política.
¿Qué dicen estos preceptos?
El número 1º asegura a todas las personas "El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona"; agrega que "La ley protege la vida del que está por nacer"; precisa cuándo procede la pena de muerte, y prohíbe todo apremio ilegítimo.
Por su parte, el número 5º se refiere a "La inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada".
La razón de fondo por la cual se pide al Senado la destitución del Ministro Beyer es por haber infringido el artículo 3º, letra b), de la ley Nº 20.502 -el cual, según el texto de la acusación, lo manda a "Velar por la mantención del orden público en el territorio nacional", y porque, en virtud de sus actuaciones, habría violado las disposiciones constitucionales consagradas en los números 1º y 5º del artículo 19 de la Carta Fundamental, esto es, el derecho a la vida y el derecho a la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada.
A todas luces, señor Presidente , esta situación parece bastante impresentable a primera vista.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
Tiene un minuto más.
El señor LARRAÍN .- No sé por qué me da un minuto más si no estamos en el debate de un proyecto, señor Presidente .
El señor LETELIER .- ¡Ese no es un asunto reglamentario, señor Presidente!
El señor PIZARRO (Presidente).- Usted pidió la palabra para hacer una consulta sobre la Cuenta, señor Senador.
El señor LARRAÍN .- Estoy fundamentando una petición, señor Presidente .
El señor PIZARRO (Presidente).- Está haciendo una consulta y entregando una opinión respecto de la Cuenta.
El señor LARRAÍN .- No, señor Presidente . Estoy fundamentando una petición sobre una materia que es muy seria.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Está bien. Haga su petición, entonces.
El señor LARRAÍN.- ¡Es lo que estoy haciendo y le pido que no me limite excesivamente en el tiempo!
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .- ¡Estamos citados a una sesión especial, señor Presidente!
El señor LARRAÍN .- Voy a ser lo más breve posible.
El señor PIZARRO (Presidente).- Es lo que le pido, para poder abocarnos al tema específico para el cual estamos convocados.
El señor LARRAÍN .- ¡Por cierto!
El señor PIZARRO (Presidente).- Usted sabe mejor que yo -porque fue Presidente de la Corporación- que las sesiones especiales se citan para tratar un tema específico.
Tiene un minuto más para terminar.
El señor LARRAÍN .- Como la Mesa dio cuenta de ciertas materias,...
El señor PIZARRO (Presidente).- Termine en un minuto, señor Senador.
El señor LARRAÍN.- Es el minuto que tendré para hacer mi planteamiento.
El señor PIZARRO (Presidente).- Por eso le di la palabra, aunque la pidió a destiempo.
Tiene un minuto más, señor Senador.
El señor LARRAÍN.- Se lo agradezco, señor Presidente.
Solo deseo manifestar que una acusación constitucional en contra de un Ministro de Educación por haber alterado el orden público o por atentar contra el derecho a la vida o la inviolabilidad del hogar no pareciera procedente, y que, si eso fuera así, el Senado no podría entrar a conocer la cuestión.
Señor Presidente , como no tengo la verdad en mis manos, quiero pedir que hagamos una reflexión sobre esta materia antes de entrar a conocer la causa, pues, una vez que entremos en ella, cada uno juzgará los antecedentes según su leal saber y entender, por cuanto la Constitución nos obliga a obrar como jurado y en conciencia.
Me parece que aquí hay una cuestión previa. Y por eso sugiero que el Senado le pida un informe a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento acerca de la procedencia de la acusación constitucional.
A nadie le cabría duda alguna de que, si en la Cámara no se hubiera reunido el quórum para su aprobación y de todas maneras hubiese llegado al Senado, la acusación no procedería y tal vez ni siquiera sería necesario enviarla a la Comisión de Constitución.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Terminó su tiempo, señor Senador.
El señor LARRAÍN .- Le pido treinta segundos más, señor Presidente .
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Muy bien.
El señor LARRAÍN .- Entonces, habiendo llegado al Senado esta acusación con una inconsistencia jurídica de enormes consecuencias, pensamos que no es posible resolverla hasta tener la claridad que nos podría entregar la Comisión de Constitución sobre la pertinencia de la misma.
Creemos que nos hallamos ante un tema demasiado relevante y pedimos, por tanto, que, previo al inicio del procedimiento establecido -que usted bien ha planteado, señor Presidente-, el libelo sea enviado a dicha Comisión para que nos informe sobre el particular.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- La Mesa no da lugar a su petición, señor Senador.
La admisibilidad de la acusación...
El señor LARRAÍN.- Entonces, pido que se vote por la Sala, señor Presidente.
El señor PIZARRO (Presidente).- No corresponde, señor Senador.
El señor LARRAÍN .- ¿Por qué no?
El señor PIZARRO ( Presidente ).- No voy a someter a votación el punto.
Le quiero decir que la admisibilidad de la acusación constitucional -y usted lo sabe bien-...
El señor LARRAÍN .- ¡No estoy hablando de la inadmisibilidad!
El señor PIZARRO ( Presidente ).-... la establece la propia Cámara de Diputados, de acuerdo al artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. De manera que no es facultad del Senado determinar si podemos conocer o no de la acusación. Es nuestra obligación, según lo que nos mandata la Constitución en los artículos pertinentes, conocerla conforme al procedimiento respectivo.
Los problemas de forma o de fondo los analizará cada Senador, dentro de la facultad que le corresponde como jurado, en el momento en que la acusación se lleve a cabo, lo cual, como se ha indicado, tendrá lugar la próxima semana.
Así que le voy a dar la palabra al señor Secretario para entrar de lleno al tema específico para el cual hemos sido convocados.
El señor LARRAÍN .- ¡Pido que se vote mi solicitud, señor Presidente!
El señor PIZARRO (Presidente).- Además, el Reglamento dispone que en una sesión especial solo se pueden tratar los asuntos que la motivaron.
El señor LARRAÍN .- ¡En la Cuenta se pueden tratar todos los temas que uno considere pertinentes, señor Presidente ! ¡Lo otro es una opinión personal suya!
En consecuencia, le pido que ponga en votación mi solicitud.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Senador Larraín , si usted quiere, puede volver a plantear su petición en la sesión ordinaria de la tarde. Ahora estamos abocados a analizar el tema que corresponde a la sesión especial a la que hemos sido convocados. Excepcionalmente, le di la palabra fuera de tiempo. Usted no se encontraba en la Sala cuando se leyó la Cuenta. Varios señores Senadores hablaron una vez concluida su lectura, y luego se dieron a conocer los acuerdos de Comités, sobre los cuales también intervinieron algunos de sus colegas. Tuve la deferencia de ofrecerle la palabra porque sabía lo que quería plantear.
Entonces, le ruego que respetemos el Reglamento. En este momento estamos en una sesión especial que tiene un objetivo bien preciso y en la cual no se pueden tratar otros temas que no sea aquel para el cual ha sido citada.
El señor LARRAÍN .- ¿Puedo volver a plantear el punto en la sesión de la tarde?
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Perfectamente, señor Senador, una vez terminada la Cuenta.
El señor LARRAÍN .- Así lo haré.
El señor ESCALONA.- ¡Lo suyo es un abuso, Senador Larraín!
V. ORDEN DEL DÍA
ANTECEDENTES SOBRE CONDONACIONES DE MULTAS E INTERESES DETERMINADAS POR SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS EN FAVOR DE PEQUEÑAS, MEDIANAS Y GRANDES EMPRESAS
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- Señores Senadores, la Corporación ha sido citada a esta sesión especial con la finalidad de conocer la mayor cantidad de antecedentes posibles respecto de las resoluciones de condonación de multas e intereses de impuestos que el Servicio de Impuestos Internos ha determinado tanto a favor de pequeñas y medianas como de grandes empresas durante los últimos años.
Han sido invitados a esta sesión el señor Ministro de Hacienda -el señor Presidente ya informó acerca de las excusas pertinentes- y también el señor Director del Servicio de Impuestos Internos .
Como es habitual en estas reuniones, se distribuyeron los tiempos de acuerdo a lo que le corresponde a cada Comité.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Muchas gracias, señor Secretario .
Consulto si algunos Senadores que se habían inscrito para el otro asunto van a hacer uso de la palabra.
En el tiempo de la Democracia Cristiana, la tiene el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente , discúlpeme que vuelva sobre el tema anterior, pero ha quedado constancia en la Versión Oficial de un tema que no teníamos por qué haber tratado en esta sesión especial.
A mí me parece que la admisibilidad de la acusación constitucional contra el Ministro de Educación -como muy bien usted lo señaló hace unos momentos- es una materia propia de la Cámara de Diputados.
Sin embargo, más delicado aún es que el Senador que me antecedió en el uso de la palabra haya cumplido una labor que corresponde a los abogados de la defensa, quienes son los que debieron haber puesto de relieve el punto en la Cámara de Diputados en su momento, aun cuando también podrán hacerlo durante los alegatos que realicen en este Hemiciclo.
Ninguno de nosotros, como Senadores, puede asumir un papel distinto del que nos ordena la Constitución: actuar como jurado para resolver si es procedente o no la acusación constitucional, ocasión en la cual podremos tener en cuenta los alegatos sobre su admisibilidad, no para resolverla, sino como un antecedente más.
En consecuencia, quiero dejar constancia de que el Senador que me antecedió en el uso de la palabra no está cumpliendo con su función constitucional, toda vez que ha asumido el papel que le corresponde a un abogado de la defensa, lo cual no procede.
El señor NOVOA.- ¡No es así!
El señor PIZARRO (Presidente).- Señores Senadores, les ruego que nos aboquemos al objetivo de la sesión y entremos en el debate.
Aunque ningún orador quiera hablar con relación al tema que originó esta citación (conocer la mayor cantidad de antecedentes posibles respecto de las resoluciones de condonación de multas e intereses que el Servicio de Impuestos Internos ha determinado tanto a favor de pequeñas y medianas como de grandes empresas en los últimos años), mi obligación es recordarles que ese es el objetivo de esta sesión.
Por lo tanto, les pido, por favor, que se aboquen a eso.
Cualquier otra consideración, otros temas, otras opiniones, las podemos ver después.
El señor NOVOA.- ¿En la Cuenta de la sesión de la tarde?
El señor PIZARRO (Presidente).- Ahí, señor Senador, operaremos de acuerdo al Reglamento.
En consecuencia, vuelvo a ofrecer la palabra para el objetivo para el cual fue citada esta sesión.
Senador Letelier.
Senador Escalona.
Senador Coloma.
Senador Novoa. ¿Respecto del objetivo de la sesión?
El señor NOVOA.- No, señor Presidente . Yo me había inscrito para intervenir sobre un tema anterior.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Conforme.
Senador Navarro.
Senador Hernán Larraín.
Senador Zaldívar.
El señor PROKURICA.- ¡No hay oradores!
El señor GÓMEZ.- ¡Que hable el Director!
La señora RINCÓN.- ¿Quién pidió la sesión?
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Esta sesión fue convocada a solicitud de los Comités Partido Movimiento Amplio Social (MAS), Partido Socialista, Partido Radical Social Demócrata, Partido por la Democracia e Independientes.
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , pensé que me había ofrecido la palabra para responder los planteamientos del Senador Hernán Larraín , respecto a su procedencia o improcedencia. En mi opinión, son absolutamente improcedentes. Pero, si se va a retomar el punto en la tarde, dejemos el debate para ese momento. Dicho sea de paso, tendremos que actuar como tribunal, como jurado, un jurado que no encuentra a ningún juez con opinión imparcial. ¡Son todos parciales! ¡Todos, absolutamente todos!
El señor BIANCHI .- Señor Presidente , tenemos al Director del Servicio de Impuestos Internos aquí.
El señor PROKURICA .- Así es.
El señor NAVARRO.- Por lo mismo.
El señor PIZARRO (Presidente).- Por favor, señores Senadores, diríjanse a la Mesa.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , pedimos esta sesión y quiero hacer uso de mi tiempo.
Son las 12:46 y la sesión estaba citada para las 12. Ya hemos perdido tres cuartos de hora.
Ante todo, quiero agradecer la presencia de Julio Pereira , Director del Servicio de Impuestos Internos , porque son muchos los ciudadanos -entre ellos, por cierto, los de las pymes, las mipymes y las microempresas- que, dada la situación de escándalo nacional -si uno pudiera definirla así- por la condonación de 125 millones de dólares a Johnson's, están interesados en este debate.
El Servicio de Impuestos Internos ha argumentado que estos son procedimientos normales, establecidos en la ley, y que el señor Director tiene facultades para llevarlos a cabo. O sea, es posible que un Director de Impuestos Internos condone 125 millones de dólares sin preguntarle al Ministro de Hacienda -cuya escasa generosidad o el extremo cuidado que pone sobre los recursos del país son por todos conocidos-, ni al propio Presidente de la República .
Yo soy de los que creen que el Ministro y el Presidente de la República sabían. ¡Cómo no va a saber el Presidente si un funcionario público de su exclusiva confianza va a condonar 125 millones de dólares, que equivalen casi al Bono Marzo, que costó 200 millones de dólares! ¡Cómo no iba a saber también el otro jefe, el Ministro , de esta situación!
Por tanto, pienso que a lo menos hay dos temas involucrados. Uno de ellos es el actual estado del proceso, porque surgen razonables dudas, tal como lo han planteado los propios funcionarios del Servicio, respecto del procedimiento que se lleva al interior de él, sin que esté resuelto lo relativo al informe de la Contraloría.
¡No hay informe!
¡Aquí se le ha mentido al país! ¡No hay informe de la Contraloría! Existe un primer avance, donde se formularon cargos a algunos funcionarios, si bien no al señor Director.
Por consiguiente, no hay informe de la Contraloría. El proceso está abierto. El señor Director podría ser objeto de nuevos cargos. Hay un proceso interno en el cual todos los funcionarios...
¿Solo dispongo de cinco minutos, señor Presidente?
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Yo me imagino que cualquiera de los Comités le va a ceder tiempo al Senador Navarro.
La Democracia Cristiana le cede tiempo, señor Senador.
El señor NAVARRO.- Le doy las gracias, señor Presidente , así como también a la Senadora Rincón .
Decía que hay un sumario y un espacio abierto, que es el procedimiento interno que en estos momentos está en marcha en el propio Servicio.
El segundo tema se refiere a la situación de las pymes, mipymes y microempresas en materia de condonaciones.
Uno quisiera, efectivamente, que hubiera una política de igualdad; es decir, que si se condona a las grandes empresas, también se condone a las pymes. Se ha dicho que hay 270 millones de dólares en condonación para estas últimas -para las que estén al día, para las que no estén al día-, en una situación que ha sido planteada como de equilibrio. Lamentablemente, uno se encuentra siempre con pequeños empresarios que dicen que van a repactar y a los cuales lo único que les piden es que estén al día, pero, como están quebrados, no tienen plata para pagar y no pueden hacerlo. Y los plazos en los cuales se les parcela la cuota son más bien estrictos.
En cuanto al primer punto, cabe señalar que el sumario secreto que se sigue por parte de la Contraloría está siendo trabajado. Y la situación, por cierto, no está zanjada.
La Ministra Pérez , al igual que el Presidente , ha señalado que no hay responsabilidad del señor Director. Y aquí se ha generado una confusión que es bueno aclarar. El Presidente Piñera dijo el lunes 4 de marzo que un informe de la Contraloría dejaba libre de cargos al señor Director. En una entrevista en Radio ADN textualmente señaló que "desde el primer minuto tomamos la posición de esperar un informe de la Contraloría que acaba de salir. Lo he estudiado y por tanto, durante los próximos días, tal como lo anunciamos, vamos a tomar una definición".
Y lo cierto es que no hay informe.
La primera pregunta para el señor Director y su equipo de asesores, entonces, es si efectivamente hay o no informe. El Primer Mandatario dice que sí.
Lo que sí hubo, al parecer, señor Presidente , es una notificación de formulación de cargos a los involucrados: a Mario Vila , ex Subdirector Jurídico del Servicio de Impuestos Internos , y a Mirtha Barra, ex Jefa de la Dirección de Grandes Contribuyentes.
La misma notificación recibió Julio Pereira , pero señalando que en su caso no se acogieron las acusaciones.
El señor Director podría volver a aparecer eventualmente dentro del proceso de la Contraloría con formulación de cargos. Por eso resulta importante conocer lo que los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos y diversos medios de prensa -entre ellos, CIPER- han venido planteando.
De hecho, se llevó a cabo el completo descabezamiento de la Dirección Superior del Servicio:
1.- Renuncia del Subdirector de Recursos Humanos a fines de enero de este año.
2.- Renuncia (se le solicita el cargo) del Subdirector de Contraloría Interna, señor Mario Moren . En su lugar se designa a Paulina Carrasco , ex jefa de gabinete de Mario Vila (Subdirector Jurídico suspendido de sus funciones por la Contraloría por conflictos de interés en el caso Johnson's). La señora Carrasco tendría que pronunciarse sobre una posible sanción contra Vila, lo que representa parcialidad por haber sido ella jefa de gabinete de este último durante el proceso Johnson's .
3.- No hay Subdirector Jurídico. Mario Vila está suspendido de sus funciones.
4.- Renuncia del Subdirector de Fiscalización, señor Iván Beltrand , en pleno proceso de la Operación Renta. En su lugar es designado Alejandro Burr , quien se desempeñaba como Subdirector de Estudios.
5.- En la Dirección de Grandes Contribuyentes existen tres jefes de departamento. El Jefe de Departamento Internacional renunció al Servicio hace unas semanas. El Jefe de Departamento Nacional renunció (se le pidió el cargo), pero sigue en el Servicio. Y a la Jefa del Departamento Jurídico no se le prorrogó el cargo. Creemos que se le pedirá la salida del Servicio (es una pregunta para el señor Director ). La Dirección de Grandes Contribuyentes se encuentra totalmente descabezada de funcionarios de carrera que en su momento no estuvieron de acuerdo con la condonación a Johnson's. Además, estos cambios se producen en pleno proceso de la Operación Renta.
Señor Presidente , ahora tenemos la posibilidad de escuchar al señor Director del Servicio de Impuestos Internos sobre este procedimiento. Existe preocupación, porque en medio de un proceso de investigación de la Contraloría se descabeza a toda la Dirección Superior, a los que tienen que hacer los informes que la Contraloría va a investigar.
Las declaraciones de Mirtha Barra en la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados fueron cruciales para el trabajo del grupo parlamentario que indagaba las posibles responsabilidades en la condonación. Y ella podría aportar nuevos antecedentes luego de las declaraciones que el propio señor Director de Impuestos Internos hizo ante la misma instancia fiscalizadora.
Por lo tanto, la pregunta es: ¿la decisión de remover funcionarios en pleno proceso de investigación de la Contraloría obedece a requerimientos internos del Servicio?
Y me gustaría que el señor Director nos pudiera informar además si eso no ha sido observado por la Contraloría. Porque, si yo inicio una investigación y echo a todos los jefes que tienen que declarar, probablemente en mi contra, la verdad es que estoy interfiriendo en el proceso.
Y, en segundo lugar, señor Presidente -este es, claramente, un desafío para esta Cámara-, este tipo de condonaciones no las puede hacer el Director del Servicio de Impuestos Internos, sea cual fuere este y en el Gobierno que sea.
Las condonaciones deben implicar un proceso previo y ser vistas por un comité más amplio y contar con una instancia que las analice, las evalúe y decida. No pueden recaer en el señor Director.
De haber existido un comité, no tendríamos el problema que ahora se nos presenta, porque un directorio -es lo más probable- hubiera aprobado las condonaciones mediante mecanismos de mayor transparencia.
Del mismo modo, me gustaría que el Jefe Superior de Impuestos Internos nos informase acerca de los procedimientos que su organismo lleva a cabo a fin de atender las demandas de las micro, pequeñas y medianas empresas en materia de condonación de impuestos, de deudas, de moras y de intereses.
El Servicio de Impuestos Internos chileno es uno de los mejores del mundo. Todos reconocemos su alta capacidad, su real y beneficiosa modernización. Estamos cuestionando un punto que dice relación a un hecho que, ojalá, no vuelva nunca más a ocurrir: el beneficio que obtuvo una gran empresa que podría tener -como se ha sabido- conflictos de intereses con el señor Director del Servicio de Impuestos Internos . Ese aspecto lo aclaró la prensa, pero la Contraloría lleva a cabo la investigación pertinente.
Cuando se nombró como Director al señor Julio Pereira -persona sobre la cual no tengo opinión en contrario-, advertí la eventualidad de conflictos de intereses, con motivo del nombramiento de la señora María Eugenia Sandoval como integrante de la Corte Suprema. Ella había sido directora y socia de PriceWaterhouse durante 25 años. De la misma manera, por el hecho de que don Julio Pereira también era socio y fue director de PriceWaterhouse durante 21 años, advertí en la Sala de ese eventual conflicto.
Lo dije y lo reitero: este Gobierno va a pasar a la historia como el de los conflictos de intereses, porque ha llamado a muchas personas del área privada a integrar el sector público.
Espero que el señor Director nos pueda aclarar las dos observaciones que formulé, porque causa real preocupación entre los funcionarios del Servicio que dirige y también entre todos quienes creemos que tal organismo debe entregar la mayor transparencia respecto de las remociones o cambios realizados en medio de la investigación que lleva a cabo la Contraloría General de la República.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP, señor Presidente!
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Director de Impuestos Internos.
El señor PEREIRA (Director del Servicio de Impuestos Internos).- Agradezco la invitación para dar a conocer los antecedentes respecto de las resoluciones relativas a las condonaciones de multas e intereses de tributos del Servicio de Impuestos Internos.
Al respecto dispongo de una presentación para los Senadores, con el objeto de que puedan tener claridad en la materia.
La primera lámina nos muestra que todas las actividades del Servicio están orientadas a cumplir con los roles que la ley le asigna: aplicar y fiscalizar todos los impuestos internos actualmente establecidos. En forma más específica, interpretar administrativamente las disposiciones tributarias, fijar normas, impartir instrucciones, dictar órdenes para la aplicación.
Entre las estrategias adoptadas por el Servicio para lograr cumplir con esos importantes roles y tender a reducir la evasión, se encuentran las siguientes:
Primero, facilitación del cumplimiento. Es un conjunto de acciones con el propósito de que el contribuyente cumpla, de la mejor forma y al menor costo, con sus obligaciones tributarias.
Segundo, control del cumplimiento tributario. Son acciones que se realizan con el propósito de verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y sancionar el incumplimiento.
Tercero, minimización del incumplimiento. Dentro de las acciones de la estrategia "facilitación del cumplimiento", se encuentra la condonación de multas e intereses, que busca principalmente el pronto pago del total de las obligaciones tributarias y la normalización de los contribuyentes frente a la administración tributaria.
En la siguiente lámina y para lograr comprender de mejor forma los datos, es necesario entender los efectos del "aumento en la fiscalización" y cómo esto impacta en la condonación de multas e intereses.
En el diagrama se observa que, al aumentar la fiscalización, se producen dos efectos inmediatos. Por un lado, mejora en el comportamiento de los contribuyentes; y, por otro, aumento de las diferencias entre lo declarado y lo pagado. Este segundo efecto trae como consecuencia el incremento del cobro de los impuestos no pagados y, por ende, el aumento del monto de multas e intereses, lo que llevará finalmente a que los contribuyentes afectados concurran al Servicio a solicitar una condonación.
Este es -por así decir- el modelo desde donde surge la condonación de multas e intereses.
Quiero recordar que nadie puede condonar impuestos. Y la facultad de condonar multas e intereses está dada por ley a los directores regionales, al subdirector de fiscalización y al director de grandes contribuyentes.
En la siguiente imagen, habiendo entendido el proceso del otorgamiento del beneficio de la condonación, se pueden examinar los datos de forma más analítica.
En esta tabla, se observa el alza sostenida de los ingresos tributarios. Y esta es la primera ocasión en que voy a dar al respecto alguna información, incluyendo el año 2012.
Se destaca el explosivo incremento que estos tuvieron entre los años 2010 y 2012, con ingresos récords que superaron los 20 billones de pesos entre los años 2011 y 2012. Es decir, más de 40 mil millones de dólares, aproximadamente.
En forma adicional, los giros u órdenes de pago pagados por acciones de fiscalización -es decir, pagos por acciones directas de fiscalización- han ido creciendo en forma sostenida. El año 2012 llegaron a más de 309 mil millones de pesos, con un crecimiento nominal de más de 66 por ciento en comparación con el año 2009.
Desde el punto de vista de las condonaciones que otorga el Servicio de Impuestos Internos, del gráfico se desprende un aspecto muy relevante: que la cantidad de condonaciones otorgadas a contribuyentes pasó de 24.308 en el año 2002 a 205.919 en 2012. Con ello se puede concluir que el acceso a condonaciones, o la cobertura de ellas, ha tenido un aumento exponencial. Y como veremos más adelante, apoyado por el acceso a Internet.
En ese sentido, el segmento más beneficiado -esto lo quiero destacar- de quiénes tienen mayor acceso a las condonaciones -fue una de las preguntas hechas- es aquel que corresponde a las micro, pequeñas y medianas empresas. Y las condonaciones para ellas han ido en aumento, desde 56 por ciento del total, entregadas el año 2002, hasta 89 por ciento del total para el 2012.
Quiero destacar nuevamente que el segmento de las mipymes es el que ha sido más beneficiado.
Aquí tenemos tres "tortas" o gráficos ilustrativos sobre el particular.
En el primero de ellos, se puede observar que el 93 por ciento de las condonaciones que entrega el Servicio de Impuestos Internos, se realiza a través de Internet, mientras que el 7 por ciento se hace por medio de las unidades del Servicio de Impuestos Internos; es decir, en forma presencial.
Esta cifra da cuenta de la penetración y de la igualdad en el acceso al beneficio. Repito: 93 por ciento.
En el segundo gráfico o "torta" podemos observar que, de los contribuyentes que obtuvieron condonación a través de Internet el año 2012 -es decir, de ese 93 por ciento de que hablábamos anteriormente-, el 89 por ciento correspondió al segmento de las micros, pequeñas y medianas empresas, mientras que 6 por ciento a grandes empresas y 5 por ciento a personas.
Recordemos que en el caso de las personas, solo el 18 por ciento tributa.
Acá se observa claramente cómo la utilización de Internet beneficia a los pequeños empresarios y al segmento mipymes.
En el tercer gráfico o "torta", sin embargo, se puede observar que tratándose de las condonaciones entregadas en las unidades del Servicio (o en forma presencial) el segmento mipymes sigue siendo el que tiene más acceso a las condonaciones, con 79 por ciento del total.
Obviamente, voy a dejar esta presentación a disposición de los señores Senadores.
Esta lámina es muy importante, porque compara la ratio entre condonación y monto pagado.
En ella se observa un indicador que resulta clave para ver históricamente a quiénes realmente benefician las condonaciones. Se trata del que señala cuál es el monto condonado sobre el monto pagado en las unidades del Servicio de Impuestos Internos.
Mientras la relación de condonación sobre pago sea más alta, mayor será el beneficio para el contribuyente; y, por el contrario, mayor el costo potencial para el Fisco. Y digo "potencial", porque, mientras no se realice el pago, esos recursos podrían potencialmente llegar o no llegar.
En la tabla se presentan los segmentos de manera histórica, desde el año 2002 hasta el 2012. En verde figuran los que obtuvieron una mejor relación de condonación versus pago, y en rojo, los que obtuvieron una peor.
Se puede apreciar que en los años 2010, 2011 y 2012, bajo mi dirección, los segmentos con mayor beneficio fueron los de micros y pequeñas empresas. Esto demuestra que el Servicio de Impuestos Internos les ha facilitado el pronto pago.
Por el contrario, los segmentos menos favorecidos durante mi administración fueron los de las medianas empresas, el 2010, y el de las personas, el 2011. Pero es importante recordar que solo 18 por ciento de las personas, como contribuyentes de mayores ingresos, están afectas a impuesto. Y, normalmente, como personas naturales, no solicitan su condonación.
Por último, el 2012 las menos beneficiadas fueron las grandes empresas.
Respecto de los años anteriores, invito a Sus Señorías a observar qué segmentos resultaron más favorecidos, de acuerdo a los datos de la Subdirección de Estudios, que son públicos.
Antes de referirme a la lámina pertinente en concreto, quiero mencionar un aspecto: en la tabla de pagos realizados sobre condonaciones, figuran 341 mil millones de pesos en condonaciones, de los cuales más de 60 por ciento lo fueron en el Servicio de Impuestos Internos.
Por su parte, la Tesorería General de la República recibió pagos con condonaciones por 100 mil millones de pesos, y pagos con condonaciones conjuntas por más de 35 mil millones de pesos.
Quiero señalar que el Congreso Nacional ha aprobado leyes especiales que permiten obtener, por un tiempo determinado, beneficios de condonación ante la Tesorería General de la República. Pero hay una gran diferencia entre la condonación otorgada por el Servicio de Impuestos Internos y aquella que se acoge a esas normativas especiales, cual es que los pagos efectuados en la Tesorería General obedecen a convenios de pago a plazo, mientras que las condonaciones otorgadas por el SII responden al principio de pronto pago al contado dentro del mes siguiente. De lo contrario, se termina la condonación.
Es importante considerar que actualmente hay -ello se debe a un fenómeno histórico- 5 mil millones de dólares en impuestos por cobrar. Estos tienen asociados multas e intereses por aproximadamente 20 mil millones de dólares más. Y no estoy hablando de los últimos 5 o 10 años, sino de los últimos 20 a 25.
Otro punto relevante radica en que -repito- solo por ley se condonan multas e intereses. Y la ley da esa facultad a los directores regionales, a los subdirectores de fiscalización y al director de la DGC, no al Director Nacional.
Algunos han confundido ambos términos y han hablado de "condonación de impuestos". ¡Eso jamás puede ocurrir!
Pero la pregunta de fondo es: ¿cuándo podrían dejarse de pagar impuestos?
Y aquí tiene importancia la siguiente imagen, referida al pago provisional por utilidades absorbidas (PPUA), que corresponde al impuesto de primera categoría pagado que afecta a las utilidades que resultan absorbidas por pérdidas tributarias y que constituyen un crédito para su titular.
En la tabla se puede observar que el año 2002, a consecuencia del funcionamiento del sistema tributario chileno, se utilizaron créditos de PPUA por 348 mil millones de pesos. Y el 2009 fue el período en que más se utilizaron estos créditos, alcanzando a 472 mil millones.
No voy a repetir lo que ya mencioné; pero invito a revisar el artículo 31, N° 3, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, relativo a las pérdidas de arrastre, que establece: "En el caso que las pérdidas absorban total o parcialmente las utilidades no retiradas o distribuidas, el impuesto de primera categoría pagado sobre dichas utilidades se considerará como pago provisional" aplicándose las normas de devolución y reajuste.
Con lo anterior, esta situación sí genera un menor pago de impuestos, o bien una devolución de impuestos.
Por tanto, hay que revisar si, en los procesos de condonación de pérdidas cuestionadas, se deja o no se deja viva una pérdida que pueda implicar el no pago de impuestos, o la eventual devolución de impuestos por parte de la Tesorería.
Cabe destacar, señor Presidente, las siguientes conclusiones:
1) Las condonaciones que entrega el Servicio de Impuestos Internos están íntimamente asociadas con los ingresos por fiscalización. No estamos hablando aquí de "crecimiento económico", sino de "acciones concretas de fiscalización".
Por consiguiente, al aumentar los ingresos por fiscalización, se incrementa (relación causa-efecto) el monto de las condonaciones solicitadas.
2) El ejercicio de la facultad de condonar multas e intereses es una herramienta que promueve y facilita el cumplimiento tributario. Ello está establecido por ley. Además, es un aspecto ampliamente estudiado en organismos internacionales, tales como el CIAT y la OECD (en el grupo sobre administración tributaria).
3) El único escenario en el que el Servicio no condona multas e intereses es aquel en que un contribuyente registra causales de exclusión graves (por ejemplo, ser objeto de un juicio por delitos tributarios).
4) Los años 2011 y 2012 fueron récord en ingresos tributarios, pero también en pago de giros con condonaciones pagados, y como consecuencia, obviamente, en montos condonados.
5) Es muy importante dejar claro que los contribuyentes que más utilizan las condonaciones son el segmento de las mipymes, según datos duros, tanto -aquí hay un paradigma- a través de Internet (recordemos que, si hay un retraso, todo el mundo tiene la posibilidad de acceder por esta vía a un promedio de 66 por ciento de condonación), como en oficinas del Servicio (condonaciones presenciales).
6) Los contribuyentes que obtuvieron una mejor relación de condonación sobre pago en las unidades del SII para los años 2011 y 2012 fueron las microempresas.
Los datos expuestos los hemos ido discutiendo con algunas de las asociaciones gremiales de microempresas, de forma tal que puedan ser utilizados en otros proyectos que son emblemáticos para el Servicio de Impuestos Internos, como el ligado al régimen del artículo 14 quáter de la Ley sobre Impuesto a la Renta (exención del impuesto de primera categoría hasta determinado monto) y el que introduce modificaciones a la legislación tributaria en materia de factura electrónica, que esperamos -depende del Ejecutivo, por supuesto- que se tramite prontamente.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Escalona.
El señor ESCALONA.- Señor Presidente , como es de conocimiento público, soy de las personas que opinan que, a raíz del caso Johnson, la responsabilidad política del señor Director del Servicio de Impuestos Internos , quien nos acompaña en esta sesión, lo inhabilita para el ejercicio del cargo, y que debiese haberle entregado al Presidente de la República esa responsabilidad, con el objeto de que este nombrara un nuevo Director.
Ello lo digo por lo siguiente.
Los artículos 6º B, N° 4, 56 y 106 del Código Tributario facultan al Director Regional del SII a condonar total o parcialmente las multas e intereses penales cuando el contribuyente pruebe que la omisión o la acción que origina las multas o los antecedentes hacen que sea excusable.
El artículo 106 del Código Tributario, relativo a las sanciones administrativas, es más expreso en señalar que esa facultad, de aplicarse, es "a juicio exclusivo del Director Regional ".
Cuando el monto es significativo, como ocurrió respecto de la empresa Johnson , la facultad de condonar requiere la autorización del Director Nacional.
Aun cuando la atribución que otorgan la ley y las diversas circulares al Director Regional y Nacional -como es el caso- es discrecional, tal discrecionalidad, que supone un acto de discriminación, no puede ser arbitraria; en consecuencia, debe ser razonada, limitada y factible de ser escrutada para determinar si ella se ajusta o no a los estándares de discrecionalidad y proporcionalidad permitidos por la ley.
El principio de probidad que deben observar los funcionarios públicos en el cometido de sus funciones tiene que ajustarse a esos principios. No se trata solo de un principio que deriva de la ley; su fundamento, además, se consagra en una norma expresa de la Constitución Política de la República: en el artículo 8°.
En el actuar del señor Director en funciones, se observa que se aparta de manera frontal de tal principio e incumple la regla del artículo 62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, por las siguientes razones:
1) Usa información que conoce en razón de su función para beneficiar a un tercero.
2) Ejerce influencia para obtener ventaja respecto de un cliente que tuvo hasta marzo de 2010 (Johnson) y de uno con el cual mantiene relaciones contractuales vigentes (Cencosud). Es decir, se aparta de lo establecido en el artículo 62, Nos 1, 2 y 5, de la referida ley.
Queda establecido, de acuerdo con lo que se conoce del informe de la Comisión investigadora de la Cámara de Diputados, que el mencionado Director dio instrucciones y tomó participación directa en otorgar un beneficio a un tercero con el que tenía relaciones directas.
Se lesiona de esa manera el principio de probidad.
Aun cuando se trate de una facultad discrecional del Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos, el hecho de tener vínculos profesionales y contractuales con los directos beneficiarios genera un uso discriminatorio de tal atribución, de manera equívoca, dañando el principio de probidad establecido en la ley y en la Constitución Política. De haberse inhibido en el proceso de condonación, se supone, en este caso, que el Fisco hubiera percibido la suma de 50 mil millones de pesos, aproximadamente.
En consecuencia, de la infracción de los artículos 8° de la Carta Fundamental y 62, Nos 1, 2 y 5, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y de la forma en que el señor Director ejerció su actuar, se establece la hipótesis factual de los artículos Nos 240 y 240 bis del Código Penal, razón por la cual, desde mi punto de vista, se constituye el delito de fraude al Fisco.
Asimismo, se configura la infracción al artículo 71 del Código de Ética del Colegio de Abogados, que prohíbe de modo expreso la intervención en un asunto en el que se haya tomado parte como abogado.
De igual modo, debo señalar que, a mi juicio, el señor Ministro de Hacienda , cuando tomó conocimiento de los asuntos que motivan la realización de esta sesión especial, debió haberlos puesto a disposición del Ministerio Público, según establece el artículo 52, N° 2, letra b), de la Constitución Política de la República.
Es cuanto quiero señalar, señor Presidente.
He dicho.
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.- Señor Presidente , quiero hacer dos comentarios respecto de la intervención del Senador que me antecedió en el uso de la palabra y una reflexión sobre la materia que nos convoca esta mañana, la cual, por cierto, es bastante diferente de lo planteado por el referido colega.
En primer lugar, Su Señoría dio una opinión, a mi juicio, completamente arbitraria, como suelen ser las opiniones.
Él considera, en virtud de no sé qué disposición, que quien ha sido invitado por el Senado para explicar datos, dentro de la actividad legal, en relación con el sistema de condonaciones de multas e intereses tendría una suerte de inhabilidad para ejercer el cargo.
Señor Presidente , quiero ser claro: eso me parece un abuso.
El señor Director del Servicio de Impuestos Internos ha sido citado por esta Corporación para dar una explicación, la que ya ha entregado, sobre cómo funciona el sistema de condonaciones de multas e intereses, particularmente en la pequeña y mediana empresa.
Invitar a una persona y decirle, al inicio de la conversación, que es inhábil para ejercer su cargo lo estimo un abuso. Yo por lo menos quiero contradecir ese planteamiento y señalar, desde mi perspectiva, que ello es profundamente inadecuado.
Por otra parte, señor Presidente , tan mala memoria yo no tengo.
Si alguien quiere sacar dividendos políticos de un tema tan complejo como el relativo al sistema de condonaciones de multas e intereses del Servicio de Impuestos Internos, lo rechazo.
Toda la argumentación planteada por el Senador que me antecedió en el uso de la palabra se vincula con un caso que esta Sala analizó en sesión de 4 de julio de 2012. Fue en esa instancia cuando el Director del SII explicó en detalle, por largo tiempo, todas las acciones que su Servicio realizó con relación a Johnson, sin que existiera de parte de esta Corporación censura alguna sobre su actuación.
Adicionalmente, como la institucionalidad funciona en Chile, lo que está bien, la Contraloría General de la República se hizo cargo de algunas de las objeciones que se plantearon. Es este organismo -no el colega que acaba de intervenir, ni yo, ni los Senadores que pidieron esta sesión especial- el encargado de resolver en esta materia.
La Contraloría, en su dictamen del 27 de febrero de 2012, señaló de manera explícita que el Director del Servicio de Impuestos Internos no tenía ninguna responsabilidad en las conductas inadecuadas que algunos le atribuían.
Entonces, quiero preguntar: ¿para qué citamos a esta sesión? Si lo hicimos para denostar a una autoridad pública, me parece mal. Si es para abordar un tema de fondo -lo encuentro interesante-, está bien. De hecho, las conclusiones expuestas por el Director del SII son profundamente alentadoras.
¿Cuál es la función de dicho Servicio? Básicamente, recaudar recursos para gasto social, que, como sabemos, es muy importante para el país.
Entonces, cuando dicha autoridad nos explica que la recaudación ha aumentado, en parte por las acciones de fiscalización, que son las que generan las condonaciones de multas e intereses (herramienta que promueve y facilita el cumplimiento tributario), y que en los últimos años ha sido especialmente eficiente tal mecanismo -le ha permitido al Estado obtener más recursos que antes-, uno concluye que la función se está ejecutando en forma correcta.
Adicionalmente, me parece legítima la inquietud del Senador señor Navarro en el sentido de saber dónde se concentran las condonaciones. Enterarnos de que el grueso de ellas favorecen a las mipymes -el beneficio se otorga a través de Internet y de oficinas del Servicio-, en cantidades muy superiores a cualquier otro tipo de contribuyente, nos permite entender que tal facultad -es especial y no está referida a impuestos, sino a multas e intereses- se ha aplicado con la lógica de ayudar al fiscalizado de menores recursos, al que no le ha sido posible cumplir con sus obligaciones, al que probablemente no pagaría ningún impuesto de no mediar esta condonación, para que formalice su situación y se convierta en un contribuyente que colabore en la recaudación de fondos necesarios para el Estado.
Más aún, cuando se observa el cuadro en el que se muestra la ratio de condonaciones -imagino que todos lo miraron-, se puede apreciar con claridad que en los últimos años, en los que el actual Director de Impuestos Internos ha ejercido el cargo, se han dado los mejores resultados para la microempresa y la pequeña empresa.
Sin embargo, aquí se pretende acusar, denostar, al señor Director del SII , quien ha generado un escenario diferente del que hubo los años 2005, 2006 y 2008, en que los mayores beneficiados -según las estadísticas oficiales- fueron las grandes empresas. Tal cuestión en sí misma no reviste ninguna gravedad, porque simplemente, si hubo fiscalización en esa lógica, pudo haberse producido condonaciones con ese alcance.
En efecto, si se comparan las cifras de los años 2005, 2006 y 2008 con las del 2010, 2011 y 2012, donde se observa un giro hacia las micro y pequeñas empresas, hecho que, además, genera mayor recaudación para gasto social, uno no puede sino concluir que el Servicio de Impuestos Internos ha actuado en forma correcta en esta materia y que esta herramienta especial, establecida en distintas leyes para efectuar las condonaciones, ha surtido los efectos del caso.
Cuestión distinta es plantear -me parece legítimo, aunque no comparto lo propuesto- que las condonaciones deberían regirse por un procedimiento diferente. Me parece bien que alguien quiera cambiar la ley en este ámbito, ya sea mediante la creación de un consejo o de varios consejos que monitoreen la situación o den las autorizaciones pertinentes. Tengo, sí, el legítimo derecho de señalar que esa enmienda generará un aumento de burocracia, característica que no es especialmente útil para un mecanismo que debe ser eficiente y ágil, en lugar de transformarse en un mar de papeleo, lo que al final -y esto se reclama en el mismo Parlamento- dificulta el ejercicio de los cargos.
Señor Presidente , de esta sesión, cuya citación es superespecífica (conocer cómo ha funcionado el sistema de condonaciones de multas e intereses en los últimos años, particularmente a favor -así se pidió- tanto de pequeñas y medianas empresas como de grandes empresas), se puede concluir que, según lo expuesto por el señor Director, que no ha sido contradicho hasta ahora, el Servicio de Impuestos Internos ha actuado conforme al mandato legal y, también, a un criterio moral: tratar de ayudar a las pequeñas empresas, que son las que más se complejizan con este tipo de situaciones.
Por ello, a mi juicio, el objetivo de la sesión ha sido cumplido favorablemente. Es una prueba superada.
Cualquier interpretación distinta con el fin de hacer renacer causas fenecidas, o de desconocer o ignorar lo que la Contraloría -la misma a la que nosotros le pedimos que investigara- señaló en la resolución pertinente, o de tratar de repetir una sesión realizada hace un año, con amplia cobertura de prensa y en la cual fueron igualmente resueltos los problemas planteados, o de intentar alterar el alcance de lo que discutimos es algo profundamente contrario al espíritu que en esta sesión debería verificarse.
En resumen, señor Presidente , esta sesión se basa en una petición perfectamente legítima para clarificar o conocer más en detalle un punto que ha estado en la discusión pública. Se ha dado una explicación perfectamente coherente, con un agregado positivo respecto de quiénes han sido los mayores beneficiados. Pero yo, por lo menos, rechazo el que se haya pretendido atacar al funcionario que ha sido invitado hoy, quien entregó una debida explicación de su cometido.
He dicho.
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Carlos Larraín.
El señor LARRAÍN (don Carlos).- Señor Presidente , estoy un poco perplejo. Resulta que desde las bancas de la Oposición se invita al Director del Servicio de Impuestos Internos a exponer cómo operan los mecanismos contemplados en la ley, en los reglamentos y en las directivas generales de dicho organismo con relación a las condonaciones de multas e intereses, y a indicar quiénes serían los beneficiarios, especialmente con énfasis en las llamadas "mipymes". Dicha autoridad asiste a la sesión puntualmente; entrega una información sumamente completa, y ¿con qué se encuentra? Con una andanada de acusaciones que linda con la injuria. Es una cosa brutalmente descalificadora. Se la ha acusado de cometer delitos: fraude al Fisco, específicamente.
Pienso que, si alguien tuviera la convicción de que en este caso existe ese delito -no hay prueba alguna, claro-, debería iniciar acciones judiciales. Pero no se puede traer al Director de tal Servicio aquí para hacerlo pasar un mal rato.
Yo reclamo por la falta de cortesía mínima que se ha mostrado hacia un alto funcionario del Estado, quien, además, ya pasó por la revisión de la Contraloría General de la República.
Algunas personas individuales, amparadas en el fuero, pretenden saltarse las conclusiones de la Contraloría y omitir lo actuado por los tribunales. Es decir, ahora tenemos "jueces de elección popular" en Chile.
Bueno, hecho ese comentario, me referiré muy brevemente al contenido de la presentación del Director del SII, que -reitero- es sumamente satisfactoria como tal, por cuanto demuestra cosas bien sencillas, las cuales debieran dejar muy satisfechos a quienes se autodenominan "defensores del interés del Estado".
En ella se señala que entre el 2009 y el 2012 aumentan al doble los montos recaudados por la vía de la fiscalización, registrándose también un incremento en la recaudación general. Como estamos hablando de la función del Servicio de Impuestos Internos, lo más relevante es la aludida alza al doble.
Y agrego otro dato que podría ser trascendente, si acaso no fuera cubierto con una costra de adjetivos irrelevantes: en el año 2012 el 89 por ciento de las condonaciones corresponden a mipymes, mientras que en 2002 -diez años antes- esa cifra llegaba apenas al 56 por ciento.
¡Yo supongo que en esa época los "defensores del interés fiscal" estarían muy activos...! Además, representaban al Ejecutivo . Pues bien, entonces la cifra de mipymes beneficiadas era muy inferior.
Luego, se nos recuerda que el año 2007 hubo acuerdo en 47 de las 73 situaciones provocadas por la compra de pérdidas por parte de grandes contribuyentes.
Yo me pregunto: ¿Dónde se encontraban en ese momento los savonarolas tributarios que hoy día afloran con tanta vehemencia? ¡Al parecer estaban ausentes o silenciosos...! No hubo denuncia alguna, que yo recuerde.
En el caso específico de Johnson's, otro dato concreto: se eliminaron pérdidas, supuestamente aprovechables, por la cifra de 1.200 millones de dólares, algunas de las cuales habían sido adquiridas. Es decir, en teoría, la recuperación de impuesto de categoría sobre esas pérdidas pudo llegar a 240 millones de dólares, cifra asaz sustancial. Además, se hizo posible la subsistencia de la compañía -futuro contribuyente- y la mantención de un número importante de empleos: objetivo social muy plausible.
Quizás, en relación con lo anterior, valiera la pena también hacer presente aun otro punto concreto y no del orden de las descalificaciones.
En Chile hay alrededor de 5 mil millones de dólares por cobrar y, aplicado a esa base de deudas, cerca de 20 mil millones de dólares en multas e intereses. Tal vez, si se profundizara un poco sobre el particular, podríamos vislumbrar, con algo de buena voluntad, la utilidad de las negociaciones con deudores y la inutilidad de las multas e intereses excesivos, que terminan haciendo reventar a los contribuyentes.
Un aspecto que a mi juicio merece la pena ser destacado es el que deriva del último cuadro que mostró el señor Director en su exposición, que se refiere a la fiscalización del Pago Provisional por Utilidades Absorbidas. Ahí aparece una cifra que debiera interesar mucho a los que encarnan invariablemente el interés fiscal. Entre los años 2008 y 2009 -tiempos de feliz memoria para algunos- se duplicó la cantidad que ciertos contribuyentes compensaron contra sus utilidades, absorbiendo pérdidas tributarias que pasaban a constituir un crédito.
Repito lo recién señalado porque parece trabalenguas: el 2008 se pudieron compensar 235 mil millones de pesos chilenos, es decir, del orden de los 400 millones de dólares. El 2009, estas compensaciones con pérdidas tributarias -las mismas que el señor Director de Impuestos Internos eliminó en el caso de Johnson's- llegaron a 472 mil millones de pesos. Yo no sé si esto sea simplemente casual o si tenga concomitancia con un año electoral. Quiero pensar que obedece a una simple casualidad. Pero resulta interesante que los montos compensables contra utilidades de grandes contribuyentes se pudieran doblar en un año. Bueno, en qué queda esta defensa apasionada del interés fiscal, que permite hacer acusaciones de fraude al Fisco y otras hierbas; en qué estaban los hiperacusadores durante 2008-2009. Ahí hay una pregunta importante que debiera ser respondida.
Agradezco mucho la presencia del señor Director del Servicio de Impuestos Internos, quien nos ha proporcionado información muy valiosa, la que demuestra que el Servicio que administra ha actuado de manera muy beneficiosa para el Fisco; desde luego, dentro del marco de la ley.
Yo solo manifiesto que ojalá tuviéramos más servidores del Estado...
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Ha concluido su tiempo, señor Senador.
Se le concederá un minuto adicional.
El señor LARRAÍN (don Carlos).- Muchas gracias.
Decía que ojalá contáramos con más servidores del Estado de la categoría personal y profesional de don Julio Pereira.
He dicho.
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .- Señor Presidente , la razón por la cual algunas intervenciones no dicen relación con el objeto de la sesión es porque se pretende realizar, desde el Senado, una función de fiscalización que de acuerdo a la Constitución y a las leyes no nos corresponde.
Me parece una muy mala práctica.
No podemos arrogarnos facultades que no tenemos y menos, desde esa perspectiva, emitir juicios como los que se han oído acá.
Tampoco encuentro razonable ni legítimo que haciendo uso de la inviolabilidad parlamentaria se acuse al Director de Impuestos Internos de cometer delitos. Creo que eso es absolutamente inaceptable.
Haré una reflexión respecto al tema de las condonaciones.
En el caso de la empresa Johnson 's -cuestión que motivó la sesión especial anterior y, por cierto, la que ahora se celebra-, la deuda viene arrastrándose desde hace muchos años, lo que significa un aumento gigantesco de reajustes e intereses. ¿Qué hicieron las administraciones anteriores, que no cobraron oportunamente? ¿Por qué se permite que se llegue a cifras que implican, evidentemente, la quiebra de la empresa, la desaparición de una actividad productiva y el término de una fuente laboral? ¿Por qué hubo negligencia de los directores anteriores, quienes toleraron que la situación llegara al estado al que derivó?
Las respuestas pueden ser muchas. Yo no las conozco todas. Incluso, una de ellas puede basarse en que el Servicio de Impuestos Internos no pide quiebras de empresas, precisamente para no perjudicar a trabajadores.
Pero resulta evidente que si no se actúa con prontitud aumenta el volumen de los reajustes, de los intereses, y que si no se solicita la quiebra para no perjudicar la actividad económica, a los trabajadores, en algún momento se deberá proceder a la condonación, porque, si no, se tenderá a hacer que crezca una deuda contra el Fisco, sin ningún sentido.
Entonces, hay que ser muy cuidadoso cuando se analizan situaciones acaecidas un año atrás sobre hechos que se generaron hace muchos años. Y que se acuse con liviandad una falta de probidad o una falta de manejo adecuado, en circunstancias de que los antecedentes dados a conocer en 2012, y reiterados mil veces, demuestran que la Dirección de Impuestos Internos actuó apegada a la ley y en defensa de los intereses del Fisco.
Gracias.
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor COLOMA.- ¿No había hablado antes?
El señor NOVOA.- ¿En el tiempo de qué Comité interviene ahora?
El señor PIZARRO (Presidente).- En el del Comité Partido por la Democracia.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , quienes hayan leído a Piaget en materia de educación y la evolución de los niños se acordarán que se preguntaba cuándo un menor se reconocía a sí mismo. Y manifestaba: cuando se mira al espejo. Al principio, cree que es otra persona; luego, va cobrando identidad propia.
Yo podría llamar "falacia del espejo" a la opinión que escucho del oficialismo, en este caso, de los Senadores Coloma, Novoa, Carlos Larraín.
En primer lugar, lo recordaba el Senador Espina -por su intermedio, señor Presidente -, los sofistas en Grecia tuvieron gran auge, pero, en realidad, no centraron su acción en la sabiduría, en el saber, en la búsqueda de la verdad, sino en presentar como verdad hechos que no son tales.
Tengo en mis manos la convocatoria para la presente sesión, la cual ha sido objeto de un cuestionamiento, en mi opinión, absurdo. Qué dice, y para qué estamos aquí: "Conocer la mayor cantidad de antecedentes posibles respecto de las" -¡atención!- "resoluciones de condonación de multas e intereses de impuestos que el Servicio de Impuestos Internos ha determinado...".
El señor COLOMA .- ¿Cómo sigue la citación?
El señor NAVARRO.- "Resoluciones de condonación de multas e intereses de impuestos": por eso estamos preguntando. Y lo estamos haciendo, por supuesto, respecto de la más importante de ellas: la condonación a Johnson's.
Y aquí el Senador Coloma nos acusa de querer establecer dividendos políticos. Claramente, somos la Oposición. Tenemos el derecho, al menos, a preguntar. La facultad fiscalizadora se halla radicada en la Cámara de Diputados, donde el resultado de la votación del informe de la Comisión investigadora, en la Sala, fue 49 a 49, con el voto de Alinco, que ya lo conocemos. Y yo lo he manifestado: este Gobierno compra votos. Ha inaugurado una fórmula única, que en tiempos de la Concertación al menos no se conocía -aquí se ha hecho explícita-, de ofrecer a los Diputados por su voto algunos beneficios, que pueden ser legales, pero no ajustadamente éticos ni morales.
Se nos acusa, al igual que en materia de educación, de que antes no se hizo nada.
Pero quiero recordar que durante veinte años quienes fueron de Oposición y tenían que fiscalizar al Gobierno eran precisamente los que tenemos al frente. ¡Si ustedes debieron fiscalizar! ¡A ustedes les correspondía esa tarea! ¡Eran Oposición, y no lo hicieron! Y, por cierto, muchas veces siendo de Gobierno -me decían "el díscolo"- me tocó fiscalizar y hacerle la pega a la Derecha, porque no fiscalizaron en educación; en el caso de Impuestos Internos, de las empresas, en materia laboral. Claramente, esa función, al contrario de lo que señalaba el Senador Carlos Larraín -lo entiendo porque lleva poco tiempo en el Senado; no era parlamentario, sino concejal de una rica comuna del sector oriente de Santiago-, les correspondía a los Diputados de Oposición, con el apoyo de los Senadores respectivos. No obstante, no lo hicieron.
Yo le he pedido al señor Director de Impuestos Internos -por su intermedio, señor Presidente - que nos dé a conocer la mayor cantidad de antecedentes respecto de las resoluciones de condonación.
Y le he formulado un conjunto de preguntas acerca de los cambios que él se encuentra realizando. Está descabezando totalmente las unidades de mayor jerarquía dentro del Servicio de Impuestos Internos, lo que contraviene la más mínima norma de transparencia en torno a la investigación de la Contraloría General de la República. Está echando a todos los jefes. Y esto no lo ha denunciado Navarro, el Senador del MAS, el Senador de la Izquierda: lo dicen los propios funcionarios de dicho Servicio, como lo plantearon en la Comisión y a través de la prensa. Estos acusan que se está llevando a cabo un descabezamiento.
Yo he elaborado un detalle exacto de todas las unidades que se hallan en esa situación. Y a esos jefes habrá que preguntarles después, en la investigación que realice la Contraloría, por qué les dijeron: "¡Chao, pescao; fuera!".
Señor Presidente , entonces, no se trata de que hayamos proferido injurias. El Senador Escalona ha planteado una opinión política, legítima. No hemos injuriado. Creemos que existe responsabilidad política de parte del Director de Impuestos Internos. Y, efectivamente, esta situación se podría haber ahorrado -así lo manifesté- si el Presidente de la República hubiese tomado la decisión inmediatamente de establecer la responsabilidad política.
No estamos hablando de responsabilidad penal, sino de responsabilidad política. Porque nadie ha probado responsabilidad penal en el caso del señor Director de Impuestos Internos. No hay un proceso al respecto, aparte de la denuncia que presentaron algunos Diputados ante el Consejo de Defensa del Estado.
Nosotros no estamos acusando penal ni criminalmente al señor Director. Hemos hecho uso de nuestra facultad como Senadores de Oposición de pedir al Presidente de la República que se establezca la responsabilidad política. Cuando ocurre un hecho grave como este, hay que asumir dicha responsabilidad. Y el Primer Mandatario tomó la decisión política de confirmarlo en su puesto, aun cuando no existe informe de Contraloría. ¡Por favor! No engañemos. No hay informe. Existe una formulación de cargos; el proceso sigue, y puede haber nuevas denuncias.
Por eso me preocupa que quienes serán citados a declarar estén saliendo del Servicio o, como dicen algunos, siendo perseguidos al interior de él. Lo señalan los funcionarios. Nos referimos a quienes están siendo afectados. En efecto, en la Dirección Grandes Contribuyentes, ¡todos fuera; no hay cabezas!
Entonces, siento que es legítimo que podamos formular preguntas. Como siempre ocurre en estas sesiones, puede contestar el Director, el Ministro ; si no desean hacerlo, no nos responden. Es facultad de ellos. En definitiva, le podemos hablar al aire, ya que es posible que las consultas queden sin respuesta. Está bien. Esta es la Constitución monárquica que nos rige, en donde este Parlamento posee escasísimas atribuciones. Existen Congresos como el norteamericano, en el que se deciden, incluso, los gastos de defensa, los cuales tienen una gravitación importante en el presupuesto. En cambio, el Parlamento chileno y, en particular, el Senado pesan "cabritas".
Por consiguiente, frente a un hecho de esta naturaleza, el único derecho con que contamos es a decir las cosas. Y cuando lo hacemos nos acusan de injurias, de buscar dividendos políticos. En definitiva, no existe ninguna posibilidad de expresar algo.
Señor Presidente , si el señor Director no quiere responder a los temas de procedimiento interno -ello será tarea de la Contraloría (el que nada hace nada teme)-, podría explicar por qué está echando a todos esos funcionarios.
El 5 por ciento de las pymes se beneficia de la condonación de multas e intereses de las deudas tributarias. ¿Qué plantean las pymes del Biobío? Que "la ley para estos casos favorece a los grandes conglomerados económicos y el resto seguimos en clara desventaja". Y hay una queja permanente de las mipymes respecto del acceso a los beneficios.
El señor Director nos ha entregado un cuadro acerca de la cifra de condonaciones para las mipymes. Parte el 2002 -durante el Gobierno de Lagos- y señala que en 2005 alcanzó a 78 por ciento. Después, durante la Administración de la Presidenta Bachelet -de 2006 a 2009-, sube a 81 por ciento. Y en estos últimos tres años se produce un aumento de cuatro puntos.
No se dan a conocer las cifras totales de recursos, sino los porcentajes de condonaciones. Porque no es lo mismo condonar 59 mil millones de pesos a Johnson's que un millón 800 mil pesos a una mipyme. Por ende, como el Director nos presenta cifras porcentuales, yo deseo conocer los montos brutos. Porque no da exactamente igual. Puede haber 10 mil condonaciones a las mipymes, pero es posible que una sola condonación, a una empresa, sea más elevada que todas aquellas.
El dirigente Juan Araya y todos han planteado que quieren más meses para poder pagar...
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Ha concluido su tiempo, señor Senador.
El señor NAVARRO.- Además del tiempo del PPD, tengo el del Partido Radical Social Demócrata.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Puede continuar, Su Señoría.
El señor NAVARRO.- Gracias, señor Presidente.
Como dicen los directores de APIALAN, las grandes empresas cuentan con ejércitos de abogados, con contadores auditores, con los recursos económicos y contactos directos para enfrentar al Servicio de Impuestos Internos. Y, conforme a la declaración de esos dirigentes, solo el 5 por ciento accede al beneficio, el resto queda afuera.
Por eso, me interesa saber, primero, la cifra total de la demanda; segundo, el volumen total de recursos que han sido condonados, y tercero, por qué no se otorga más plazo, por qué no podemos condonar las deudas menores a un millón de pesos, solicitud también planteada por Juan Araya .
En definitiva, deseo conocer cuál será la política para mejorar lo que ya se ha hecho, que está bien. Asimismo, si existe una disposición del Servicio de Impuestos Internos para eliminar la posibilidad de que esto vuelva a ocurrir, es decir, que sea una sola persona quien decida ante un hecho como el que nos tiene debatiendo.
¿Qué han manifestado las mipymes? "¡Qué bueno que haya ocurrido lo de Johnson's, porque eso nos abrió las puertas!" Entonces, solo luego de una crisis es factible discutir lo que nunca se había querido debatir, ni en los Gobiernos anteriores ni en el actual: la situación de las mipymes.
Este es un país que se mueve después de las crisis. Y a veces estas constituyen una oportunidad para discutir los problemas. Ojalá esta sirva para debatir la política que se aplica en estos casos. En eso estamos.
Las pymes y las mipymes plantean que lo que se les ofrece resulta todavía insuficiente. Quieren más plazo, condonación, que efectivamente se den más meses para poder pagar y que exista también mayor acceso, pues ellos alegan que el que tienen actualmente es escaso. Y las cifras que se nos entrega son porcentuales.
Quisiera que esas preguntas fueran respondidas por el Director, si es posible.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
He dicho.
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El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).- En este momento ha llegado a la Mesa el informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual (boletín Nº 8.845-05).
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Queda para la tabla de la sesión de la tarde, según lo acordado en la reunión de Comités.
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El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Kuschel.
El señor KUSCHEL.- Señor Presidente , fuimos convocados para "conocer la mayor cantidad de antecedentes posibles respecto de las resoluciones de condonación de multas e intereses de impuestos que el Servicio de Impuestos Internos ha determinado, tanto a favor de pequeñas y medianas, así como de grandes empresas, en los últimos años".
El señor Director nos entregó esos antecedentes, agregando la situación de las condonaciones a personas.
Nos explicó, al igual que el 4 de julio del año recién pasado, el sistema de trabajo del Servicio de Impuestos Internos; cómo se organiza la facilitación del cumplimiento para las personas, para las pymes, para las grandes empresas; cuál es el control del incumplimiento tributario, cómo funciona, cómo opera y cómo se trata de minimizar ese incumplimiento, y de qué manera han evolucionado el incumplimiento, el cumplimiento, la recaudación. Y todos estos antecedentes, divididos por las diversas categorías de contribuyentes.
Nos explicó, asimismo, detalles de la fiscalización: cómo incide en la condonación y, finalmente, en pagos de impuestos. Porque, según la fiscalización, aumentan eventualmente la condonación y la recaudación por mayor pago de impuestos, que es lo que ha sucedido en los últimos años, particularmente durante la gestión del señor Pereira .
Igualmente, nos señaló el porcentaje de contribuyentes con condonación y nos explicitó la situación particular de las pequeñas y medianas empresas y de las personas.
Bueno: para eso habíamos invitado al señor Director del Servicio de Impuestos Internos.
Pero aquí, como "cachetá de payaso" -así dicen en el campo-, inesperadamente, se lanzan preguntas; incluso, se formulan acusaciones y se hacen aseveraciones que en mi concepto no corresponden.
Ahora, si había esa intención o ese interés, los parlamentarios convocantes a esta sesión especial deberían haberlo advertido al señor Director de Impuestos Internos , pero también a los restantes Senadores, quienes teníamos derecho a saber de qué íbamos a conversar en ella.
Si nos dan una tabla y nos dicen que vamos a hablar acerca de cuáles son las resoluciones de condonación que hay por tamaño de contribuyente, uno consigue antecedentes y se prepara sobre el tema, pero no en cuanto a materias que incluso ya hemos visto, que esta Sala ha conocido y que no dicen relación con el momento actual.
En todo caso, señor Presidente , quiero expresar mi agradecimiento al señor Director del Servicio de Impuestos Internos , porque, desde mi perspectiva y de acuerdo a las preguntas que yo tenía, nos entregó todos los antecedentes. Pero aquí se insiste, aun en aspectos que están sumamente claros en los antecedentes que hemos recibido.
Gracias.
El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina, por cinco minutos.
El señor ESPINA.- Seré muy breve, señor Presidente .
En primer lugar, felicito al señor Director del Servicio de Impuestos Internos por la extraordinaria labor que ha desempeñado en esa Institución. Y lo hago sin ningún complejo y muy orgulloso de que el Presidente de la República lo haya nombrado en ese cargo.
Pocas veces en la historia de Chile ha habido una institución tan importante que haya tenido el éxito que ha logrado dicho Servicio bajo la conducción de don Julio Pereira.
Primero, ha recaudado más recursos que nunca; segundo, se ha preocupado de modernizar los servicios de atención a los clientes. Sin embargo, ha debido enfrentar un clima de odiosidad, de ataque personal, de descalificación, de ofensas y de injurias como pocas veces he visto en la historia de un funcionario público en nuestro país.
En el caso Johnson's se halla absolutamente demostrado -lo digo para que quede claro en la historia fidedigna del debate- que ¡el Estado ganó plata!, porque la decisión adoptada evitó que la pérdida para el erario fuese bastante mayor.
En los gobiernos de la Concertación, situaciones como esa se hacían mucho más cotidianas y se enfrentaban con menor rigurosidad, con menos control que en la actualidad. Porque ahora se actúa con total rigor.
En consecuencia, simplemente dejo mi testimonio en el sentido de que se trata de un brillante servidor público, quien ha recibido un ataque artero, descalificador.
Porque una cosa es el derecho a preguntarle a un funcionario público sobre su función y otra acusarlo de haber actuado con falta de honestidad y de probidad, elementos que para la gente decente son el capital político más grande que existe. Porque para la gente decente el valor más importante es su honradez.
Empero, como se trata de un asesinato de imagen; como no estamos frente a alguien con grandes padrinos en la política, le han disparado.
Señor Presidente , yo quiero dejar testimonio en esta Sala de que los Senadores de Renovación Nacional respaldamos absoluta y totalmente al señor Director del Servicio de Impuestos Internos ; consideramos que su gestión ha sido brillante, y estaremos dispuestos a defender siempre a cualquier funcionario público que sea objeto de un ataque artero, como el que algunas autoridades y otras personas han dirigido contra el Director de dicho Servicio para cuestionar, no su función, sino su honorabilidad. ¡Y por Dios que muchas de ellas podrían tener tejado de vidrio si se tratara de cuestionar su honorabilidad!
Por consiguiente, en nombre de los Senadores de Renovación Nacional y -me dicen- de dos Senadores de la Unión Demócrata Independiente, lo felicito; cuente con nuestro apoyo y ayuda, y seguiremos trabajando juntos en beneficio de todos los chilenos.
Gracias, señor Presidente.
El señor PIZARRO (Presidente).- Antes de finalizar la sesión, tiene la palabra el señor Director del Servicio de Impuestos Internos.
El señor PEREIRA ( Director del Servicio de Impuestos Internos ).- Muchas gracias, señor Presidente . Seré muy breve.
Agradezco la invitación que, por su intermedio, me hicieron los Honorables Senadores.
Solo quiero dar respuesta a algunas de las inquietudes planteadas. Creo que mi explicación fue muy clara en cuanto a quiénes son los más beneficiados con condonaciones de multas e intereses y qué administración se ha preocupado de proteger el interés fiscal.
En seguida, debo puntualizar que en la administración anterior se les pidió el cargo a once subdirectores, funcionarios de exclusiva confianza del Director Nacional, en virtud de una disposición legal.
Bajo mi administración han salido ocho. De ellos, dos renunciaron porque se fueron al mundo privado. Por tanto, solo se les ha solicitado el cargo a seis. Y en muchos de estos casos se ha dejado a los funcionarios dentro del Servicio de Impuestos Internos, por expresa disposición mía, pues creo fervientemente en la carrera funcionaria y en la capacitación.
En cuanto a la Dirección de Grandes Contribuyentes, el Director de Grandes Contribuyentes quedó en el mismo grado profesional, en una labor estratégica vinculada con la capacitación y la carrera funcionaria, en Recursos Humanos.
Tocante al Jefe de Fiscalización de Grandes Empresas Internacionales , renunció y asumió un trabajo en el Fondo Monetario Internacional.
Por último, en lo concerniente al Jefe Jurídico , yo renové personalmente el segundo período que preceptúa la ley. Lo hice en abril de 2010. Y el plazo expiró en igual mes de este año, sin que pueda renovarse nuevamente: el cargo debe ir a concurso público, conforme al nuevo trato aprobado en el Honorable Congreso Nacional.
En tercer lugar, debo decir que solo la Tesorería General de la República, en los denominados "convenios de pago", puede establecer plazos para el pago de los tributos y las condonaciones a que respecto de ellos se acceda.
Con relación al Servicio de Impuestos Internos, nuestras condonaciones, como lo señalé en mi exposición, únicamente son -por así decirlo- al contado y no consignan plazos. De forma tal que, si no se cumple con el pago dentro del período, inmediatamente se cae el beneficio de pleno derecho.
Finalmente, dejo a disposición de todos los señores Senadores la presentación donde se confirma que el segmento de mipymes es el más beneficiado con este mecanismo de cobranza -por así denominarlo- y de ingresos tributarios.
Pero quiero recordar, aprovechando la operación renta, los proyectos emblemáticos que benefician a aquellos a quienes les resulta muy costoso viajar a unidades lejanas para timbrar, obtener guías de despacho, etcétera, que es factura electrónica, como asimismo los significativos beneficios que van directamente en favor de las micro y pequeñas empresas, como la contabilidad simplificada que dispone el artículo 14 ter de nuestra Ley de la Renta y la exención de primera categoría que consagra el artículo 14 quáter, denominado "el artículo de las mipymes".
Esta es una de las oportunidades en que el contribuyente puede ejercer esa opción en el código 888 del formulario 22 de la renta.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Habiéndose cumplido el...
El señor LETELIER.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor PIZARRO ( Presidente ).- A efectos de darle la palabra a Su Señoría, pido el acuerdo de la Sala para prorrogar la sesión por...
El señor LETELIER.- Un minuto.
El señor PIZARRO ( Presidente ).-... un minuto.
Acordado.
Tiene la palabra, señor Senador.
El señor LETELIER.- Señor Presidente , por su intermedio, quiero manifestarle al Director de Impuestos Internos que en la información que le escuchamos, más allá del tono empleado, se advierte -discúlpenme, pues la expresión que voy a usar puede parecerles mal a algunos- cierta soberbia.
A mí me molesta cuando una autoridad de Gobierno cree que ha reinventado la rueda y que ellos son los mejores de la historia.
La verdad es que muchos funcionarios públicos hacen bien su trabajo.
Voy a dejar pasar lo relativo al tono utilizado, señor Presidente . Pero sí debo señalar que en la Sexta Región -a la que represento- hay varios pequeños productores y empresarios que, cuando se enredan con el Servicio de Impuestos Internos, viven una situación distinta de la indicada aquí por su Director.
Por ejemplo, a un pequeño productor del giro tabacalero, a raíz de una factura emitida hace ocho años, Impuestos Internos todavía lo persigue por un IVA que era de responsabilidad de Chiletabacos, empresa que se lava las manos.
Así, pequeños tabacaleros o empresarios de otros rubros enfrentan dificultades tremendas.
Yo entiendo el afán de mostrar que no se discrimina entre grandes y chicos, que se realizan muchas operaciones, que se opera por Internet a gran velocidad. Pero la realidad es que un pequeño agricultor que le plantea a Impuestos Internos cualquier situación termina absolutamente perdido.
El señor KUSCHEL.- Hay que invitarlo a conocer los mecanismos existentes.
El señor LETELIER.- Entonces, lo único que pido es que se busquen soluciones para los chicos. Porque el Estado gasta mucha plata persiguiendo por deudas menores derivadas del IVA a pequeños agricultores, por ejemplo.
Yo no digo que la ex Chiletabacos actúe como canalla en el aspecto reseñado, sino que a causa de la burocracia a veces se afecta a numerosas personas. Al pequeño productor que mencioné, aunque ya no se dedica al rubro tabacalero, ahora, después de ocho años, pretenden embargarle su casa.
Según lo que escuchamos, la solución parece muy simple. No obstante, expongo el problema, porque muchos agricultores de la Sexta Región no tienen acceso a Internet o no entienden cómo funciona esta red: para ellos es como el idioma chino.
He dicho.
)-----------------(
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Por haberse cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 14:7.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESION
3. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR NAVARRO Y SEÑORA ALLENDE, PÉREZ SAN MARTÍN Y RINCÓN, CON LA QUE SE DA INICIO A UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN MEMORIA DE LA EX DIPUTADA SEÑORA INÉS ENRÍQUEZ FRÖDDEN EN LA CIUDAD DE CONCEPCIÓN (8870-04)
“Inés Enríquez es una mujer excepcional que, solo con la labor desarrollada hasta el presente, pasará a colocarse en la historia patria al lado de las modernas pioneras contemporáneas de la emancipación de la mujer”
Fernando Santiván, Premio Nacional de Literatura 1952, manuscrito de 1965. Citado en “Hijos del Bío-Bío. Perfiles humanos”, Margarita Rodríguez Serra y María Lavín Infante editoras
Biografía
Inés Leonor Enríquez Frödden, hija del abogado liberal balmacedista Marco Antonio Enríquez Enríquez y Rosalba Fröden Lorenzen, nació en Concepción el 11 de Noviembre de 1913. Fue hermana de Humberto Enríquez, ex senador y ex Ministro de Educación en el gobierno del Presidente Jorge Alessandri Rodríguez y Edgardo Enríquez, ex rector de la Universidad de Concepción y ex Ministro de Educación del gobierno del Presidente Salvador Allende Gossens. Sus tíos maternos fueron: Carlos Fröden, Ministro del Interior y de Guerra y Marina en el primer gobierno de Carlos Ibáñez y Orestes Fröden, Maestro de la Gran Logia de Chile.
Estuvo casada con Mario Sáenz Lagos, ex Alcalde y ex Diputado radical por Concepción, con quien adoptaron a su hijo Jorge, fallecido en 1981.
Realizó sus estudios primarios y secundarios en el Concepción College. Posteriormente, ingresó a la Escuela de Leyes de la Universidad de Concepción donde se tituló de abogada el 18 de octubre de 1938. Su tesis versó sobre "Trastornos mentales en las intoxicaciones".
Ejerció su profesión en Concepción, como secretaria-abogado de la Intendencia de Concepción, entre 1940 a 1950. También, se dedicó a la labor docente, como profesora de la Cátedra de Economía Política en la Escuela de Servicio Social de la Universidad de Concepción, entre 1941 y 1951. Asimismo, fue vicepresidenta de la Federación Chilena de Instituciones Femeninas de Concepción y Fundadora del Hogar Femenino de la misma ciudad.
Se inició en política como integrante del Partido Radical sección Concepción, en 1935. Fue presidenta de la Asociación de Mujeres Universitarias de Chile, organización fundada en 1932, donde compartió con destacadas defensoras de los derechos de las mujeres, como Amanda Labarca y Elena Caffarena[1] . También, se desempeñó como presidenta del Centro Femenino Radical, integró el Consejo Nacional de Organización Femenina y presidió a las Mujeres Radicales.
En 1950 fue nombrada Intendenta de la Provincia de Concepción, cargo que ocupó hasta 1951. Fue la primera mujer diputada chilena, manteniéndose en el cargo por cuatro períodos, entre 1951 y 1969.
A los 84 años de edad, falleció el 15 de agosto de 1998, en la ciudad de Santiago.
Trabajo legislativo [2]
En la Legislatura 1949-1953 llegó al Parlamento como reemplazante del fallecido diputado radical Angel Evaristo Muñoz García. En 1951, fue electa diputada en votación complementaria, por la Decimoséptima Agrupación Departamental conformada por las ciudades de Concepción, Talcahuano, Tomé, Yumbel y Coronel. Se incorporó a la Cámara el 24 de abril de 1951. Se integró como reemplazante en la Comisión Permanente de Defensa Nacional y en la de Trabajo y Legislación Social.
En 1957, obtuvo su reelección por la Vigesimosegunda Agrupación Departamental integrada por las comunas de Valdivia, La Unión y Río Bueno. Integró la Comisión Permanente de Relaciones Exteriores y la Comisión Especial sobre Problema de la Vagancia Infantil, entre 1958 a 1959.
En 1961, fue confirmada en su cargo por la misma Agrupación Departamental, que a partir de 1968 incorporó a Panguipulli. Fue reemplazante en la Comisión Permanente de Vías y Obras Públicas e integró la Comisión Permanente de Trabajo y Legislación Social. Además, fue miembro de la Comisión Mixta de Presupuestos y de la Comisión Especial de Deportes y Educación Física.
En 1965, obtuvo su cuarto período por la Séptima Agrupación Departamental de Santiago. Integró la Comisión Permanente de Relaciones Exteriores y la Especial Investigadora de la Acusación Constitucional en Contra de un Ministro de la Corte Suprema, entre 1967 y 1968.
Entre sus mociones que terminaron convertidas en leyes están: la Ley N°10.004, del 19 de octubre de 1951, sobre aumento de recursos económicos para la Universidad de Concepción; la Ley N°11.051, del 18 de noviembre de 1952, que estableció normas para el pago asignación familiar; la Ley N°14.687, del 26 de octubre de 1961, sobre modificación ley N°10.475 de 1952, relativa a jubilación de la mujer empleada particular; y la Ley N°16.520, del 22 de junio de 1966, correspondiente al establecimiento de normas de protección de menores.
Su legado
Tal como lo consigna un reportaje publicado por la Revista NOS, en su edición de Septiembre de 2010, titulado “Rostros del bicentenario: Los 20 guerreros del Biobío”, uno de los principales legados de Inés Enríquez Frödden, es que “abrió a otras el camino de la política”[3] .
Dicha crónica recuerda que “la abogada penquista fue la primera intendenta y diputada en Chile y se abrió paso en el áspero mundo de la educación superior y de la política en el siglo 20, cuando la mujer tenía confinada su vida al espacio privado del hogar. Por entonces, el único horizonte era convertirse en amante esposa y abnegada madre. O tomar los hábitos por vocación o decisión de los padres.”
Después de promulgada en Chile la Ley de sufragio femenino municipal (7 de enero de 1934), uno de los verdaderos acontecimientos para lo que se conocerá más tarde como la reivindicación de la mujer como sujeto social e histórico, “con su vida, con su compromiso social, con su afán de superación, con su compromiso de género, doña Inés hizo camino y, por eso, es acreedora al homenaje sincero del pueblo”, dijo, en un sentido discurso en el Congreso, cuatro días después de su muerte, el entonces senador y ex Rector de la U. de Concepción, Augusto Parra Muñoz.
Otros congresistas se sumaron: “Uno no puede dejar de recordar su señorío y encanto, además de su inteligencia”, dijo el ex senador Sergio Diez. Le reconoció su aporte a una serie de proyectos constructivos que dieron como resultado el cambio del sistema monetario, la modificación de la Ley de presupuestos y el nacimiento del Plan Habitacional durante el gobierno de Jorge Alessandri Rodríguez.
Inés, la feminista
Sin duda otra de las facetas destacadas en la trayectoria pública desplegada por Inés Enríquez fue su permanente y activa participación en distintas organizaciones feministas.
En este contexto, fue una de las primeras y más decididas impulsoras del derecho a voto para las mujeres, pero también promoviendo la promulgación de una Ley de Divorcio.
Tal como lo señala la historiadora Claudia Rojas Mira en la investigación “Contradicciones de la modernidad: el no divorcio en Chile”[4] , fue Inés Enríquez quien en 1958 “entregó un proyecto redactado con la colaboración de un ex rector de la Universidad de Concepción, David Stitchkin”, argumentando que este era un paso “moralizador y no desquiciador de la familia chilena”. La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados, aprobó los dos primeros artículos del proyecto, que establecía el divorcio con disolución de vínculo.
La investigación de Claudia Rojas agrega que “en 1964, Inés Enríquez presentó una moción sobre divorcio, coincidiendo con la campaña de Julio Durán que postulaba para Presidente. En dicha oportunidad manifestó: “Ahora es el momento de que el Partido Radical, libre de compromisos políticos, haga aprobar la ley de divorcio”[5].
Lo anterior sirvió, además, para que el Partido Radical aprovechara la coyuntura electoral para levantar iniciativas que consideraban de interés y beneficio para las mujeres, como por ejemplo: el Ministerio de la Mujer, la legitimación de los hijos adoptivos, la dictación de un Código del Niño, la previsión para las dueñas de casa, el término de la vagancia infantil y, por cierto, la ley de divorcio.
El texto de Rojas señala más adelante que “al año siguiente, 1965, en torno a una reforma a la Constitución, la diputada Inés Enríquez Frödden solicitó la inclusión en el artículo 10 –sobre derechos constitucionales- el derecho a divorcio con disolución de vínculo.”[6]
Este debate se reanudó más tarde, en 1970, a fines del gobierno de Eduardo Frei Montalva y fue ampliamente difundido por la prensa que le dedicó amplia cobertura. En el caso particular de El Mercurio, se señalaba entonces, que tras la presentación de un nuevo proyecto de divorcio, esta vez de autoría de los diputados radicales Alberto Naudon y Carlos Morales, Inés Enríquez Frödden, ya retirada del parlamento se resiste a opinar sobre el problema, “porque no me gusta el papel del divorcista sin embargo rompió su reserva para insistir en que la única solución posible es que el Ejecutivo proponga una reforma seria y de fondo al Código Civil basado en el Código Napoleónico y en el Canónico, alguna de cuyas disposiciones se originan en el Concilio de Trento de 1564 y que se tramite con urgencia en ambas cámaras.”[7]
Su recuerdo en la región
Pese a su origen penquista no existen demasiados hitos que recuerden el largo historial de servicio público de Inés Enríquez Frödden en la región del Bío-Bío. Está la Villa Inés Enríquez en Concepción y el Liceo municipal, inaugurado en el 2007, que también lleva su nombre en la comuna de Florida. Sin embargo, porque creemos que por su destacada trayectoria y entrega al trabajo en beneficio de la comunidad, la región y el país, merece un reconocimiento mayor, es que venimos en proponer el siguiente,
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º. Autorícese erigir un monumento, en la comuna de Concepción, en memoria de la ex Diputada Doña Inés Leonor Enríquez Frödden.
Artículo 2º. Las obras se financiarán mediante la realización de una colecta pública en la Provincia de Concepción. Su producto se depositará en una cuenta especial que al efecto se abrirá en el Banco Estado.
Artículo 3º. Créase un fondo especial con el mismo objeto, que estará constituido por erogaciones, donaciones y aportes privados.
Artículo 4º. Créase una Comisión Especial de ocho integrantes ad honorem encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará integrada por el alcalde de la comuna de Concepción, que presidirá la Comisión, los Senadores de la 12° Circunscripción, los diputados del distrito 44, los decanos de la Facultad de Arquitectura de las Universidades de Concepción y del Bío-Bío, el Secretario Regional Ministerial de Educación y el Intendente Regional de la Región del Bío-Bío.
Artículo 5º. La Comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Preparar las bases y el llamado a concurso público;
b) Fijar la ubicación exacta del monumento;
c) Seleccionar los proyectos respectivos;
d) Organizar la colecta pública dispuesta en el artículo 2º;
e) Administrar la cuenta y el fondo especial establecido en los artículos 2º y 3º, y,
f) Adquirir los bienes necesarios para el emplazamiento del monumento.”
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.- Isabel Allende Bussi, Senadora. Lily Pérez San Martín, Senadora.- Ximena Rincón González, Senadora.
4. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORA VON BAER Y SEÑORES COLOMA, LARRAÍN FERNÁNDEZ, ORPIS Y URIARTE, CON LA QUE SE DA INICIO A UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE EL QUÓRUM DE APROBACIÓN PARA LOS TRATADOS MODIFICATORIOS DE LA INTEGRIDAD DEL TERRITORIO NACIONAL (8868-07)
Fundamentos:
1.- La soberanía reside esencialmente en la Nación y su ejercicio se realiza por el pueblo, dice nuestra Constitución. La soberanía en su dimensión material implica el dominio sobre el territorio chileno, sea este marítimo, aéreo o terrestre. Parece imposible de aceptar que un Gobierno o el legislador de turno, por la vía de las simples mayorías circunstanciales tenga la posibilidad de desprenderse de territorio chileno, el cual nos pertenece a todos, tanto a las generaciones actuales, como al pretéritas y a las futuras. Por tanto, ni aun a pretexto de vivir en un mundo cada vez más interconectado y globalizado, sería deseable que los gobiernos y los parlamentos dispusieran a su antojo de lo que pertenece a generaciones de chilenos.
2.- Lo expuesto es particularmente válido respecto de las relaciones con países vecinos, en las que nuestra historia, producto de tratados internacionales legítimamente celebrados, han permitido dotar a nuestro país de su actual fisonomía territorial.
3.- La presente propuesta, viene en reconocer que los actos jurídicos que signifiquen disposición de territorio nacional y por consiguiente, desprendimiento de soberanía, deben ser evitados, puesto que no se puede desmembrar a la Nación de uno de sus atributos más esenciales, salvo que exista un amplio consenso nacional revestido de mayorías sustanciales que reflejen una decisión democrática.
4.- La propuesta, sin seguir los términos de la Carta Fundamental de 1833 que fijaba los límites de Chile, busca situar en el ámbito de las bases de la institucionalidad el deber de preservar la integridad territorial y establecer adicionalmente el modo de disponer de territorios nacionales sólo mediante la concurrencia de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio. Esto es del todo importante, pues las bases de la institucionalidad, justamente vienen a determinar los principios y valores fundamentales que definen las características del Estado Nacional, dentro las cuales justamente se encuentra el territorio y su soberanía.
5.- Nos ha parecido pertinente relacionar el concepto de soberanía con el imperativo de preservar el territorio nacional, pues la relación con potencias extranjeras que a futuro pudiere implicar cesiones territoriales es una materia que interesa a la nación toda, en la cual las decisiones deben concitar gran acuerdo ciudadano, manifestando éstos su voluntad a través de sus representantes mediante normas de quórum elevados, igual al exigible para cambios constitucionales de gran magnitud.
Por todo lo señalado, venimos en presentar el presente proyecto de reforma constitucional:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
1. Agréguese un nuevo inciso final al artículo 5° de la Constitución Política de la República de Chile:
"Es deber del Estado y sus órganos preservar la integridad territorial del país y velar por el ejercicio de la soberanía en dicho territorio."
2. En el artículo 54 de la Constitución Política de la República de Chile, numeral 1), intercálese un nuevo inciso segundo:
"Cuando un tratado contuviere actos de disposición de territorio nacional, requerirá la aprobación de los dos tercios de los diputados y senadores en ejercicio".
(Fdo.): Ena von Baer Jahn, Senadora.- Juan Antonio Coloma Correa, Senador.- Hernán Larraín Fernández, Senador.- Jaime Orpis Bouchón, Senador.- Gonzalo Uriarte Herrera,
5. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES LETELIER, GÓMEZ Y WALKER (DON PATRICIO), CON LA QUE SE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE QUE EL ESTADO DEBE ELIMINAR LOS OBSTÁCULOS QUE, DE HECHO, IMPIDAN EL PLENO DESARROLLO DE LAS PERSONAS (8871-07)
CONSIDERANDO:
1.- Que en nuestra Constitución, en el capítulo I Bases de la institucionalidad, en su artículo 1° se consagra el principio de igualdad para todos los chilenos y chilenas, señalando:
“Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
Más adelante, en su inciso 4, se impone un deber al Estado en el sentido de promover y asegurar el derecho de oportunidad en igualdad de condiciones.
Inciso 4: “Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional”.
La norma constitucional por excelencia que consagra el principio de igualdad, pero en el marco de las garantías constitucionales, la encontramos en el número 2 del artículo 19 que dispone:
Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas:
2º.- La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley.
Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias;
También encontramos mención a ella en los números 3, 16 y de una forma más indirecta los números 17 y 22 del artículo 19.
Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas:
3º.- La igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos.
16º.- La libertad de trabajo y su protección. Inciso 2: Se prohíbe cualquiera discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos.
17º.- La admisión a todas las funciones y empleos públicos, sin otros requisitos que los que impongan la Constitución y las leyes.
22º.- La no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica.
Sólo en virtud de una ley, y siempre que no signifique tal discriminación, se podrán autorizar determinados beneficios directos o indirectos en favor de algún sector, actividad o zona geográfica, o establecer gravámenes especiales que afecten a uno u otras. En el caso de las franquicias o beneficios indirectos, la estimación del costo de éstos deberá incluirse anualmente en la Ley de Presupuestos;
2.- Que los antecedentes que derivan de la Historia de la Constitución Política de Chile (Comisión Ortúzar), a propósito de la discusión del artículo 19 N° 22. “La no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica”, destacan el análisis sobre el concepto de discriminación que se llevó a cabo en dicha comisión, en la cual se señaló (precisamente) que el concepto de discriminación positiva es parte de la igualdad ante la ley, derecho que debe considerar la situación de las personas que por una determinada circunstancia se encuentran en desventaja.
En la sesión N° 389 del 27 de junio de 1978 la Comisión continúa el estudio de la preceptiva constitucional sobre el Orden Público Económico.
El señor ORTÚZAR (Presidente) entiende que el quórum especial es fundamental en el punto en debate. En efecto, dice, establecido el principio de no discriminación tanto para la ley como para toda autoridad, puede surgir, sin embargo, la necesidad de efectuar discriminaciones; por ejemplo, con el objeto de favorecer el desarrollo de las regiones extremas del país.
El Señor GUZMÁN disiente de esta argumentación, fundado en lo que el constituyente ha prohibido son las discriminaciones arbitrarias, de las cuales no es posible exceptuarse, porque no puede haber quórum alguno que dé legitimidad a una ley que violente la justicia. Sentado que hay discriminaciones que no son arbitrarias, sino justas, entiende que el objetivo del precepto es que éstas sean menester de ley, ley que, en su concepto, no requiere quórum especial.
El señor BERTELSEN confiesa verse obligado a criticar de nuevo el Acta Constitucional N° 3 (…) Advierte que la voz “discriminar” posee dos acepciones. Supone que la primera -“separar, distinguir, diferenciar una cosa de otra”- es la que se ha tenido en vista al redactar el texto comentado, en el deseo de significar que hay discriminaciones arbitrarias, que se prohíben, y discriminaciones razonables o justas, que se permiten. No obstante, cree no equivocarse si afirma que la segunda acepción -“dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, políticos, religiosos, etc.”- es la que se emplea en el lenguaje corriente de Chile. Concluye que, en virtud de esta consideración, habría preferido decir en el Acta: “Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”.
Más adelante, en sesión N° 393 del 4 de julio de 1978, la comisión continúa el debate relativo a no establecer discriminaciones arbitrarias, también discute sobre el trato que recibirá el Estado en su actividad empresarial.
El señor GUZMÁN (…) Dice que una expresión alternativa a “discriminaciones arbitrarias” podría ser “discriminaciones injustas” toda vez que referirse simplemente a “discriminaciones” es, a su juicio, excesivo y puede tender a la injusticia.
(…) Considera indispensable la referencia a la autoridad debido a que ésta, cuando hace uso de la potestad reglamentaria, establece diferencias o discriminaciones, y destaca que cualquiera norma que establezca diferencias entre categorías de ciudadanos, por razones justificadas, es perfectamente concorde con el principio de la igualdad ante la ley. Aclara que, por otra parte, al aludir a la autoridad, no sólo se están refiriendo a la administrativa, sino que a toda autoridad de la República. Reconoce que se cometen arbitrariedades e injusticias, pero considera imposible que se pueda establecer la posibilidad de negar a la autoridad la facultad de establecer diferencias o discriminaciones justas, por cuanto la potestad reglamentaria está permanentemente haciendo diferencias precisamente para resguardar la justicia.
1.8. Sesión N° 397 del 11 de julio de 1978. La Comisión continúa la discusión sobre el Orden Público Económico, específicamente, acerca del texto del artículo 19 N°22, el que originalmente contemplaba un inciso tercero.
El señor ORTÚZAR (Presidente) expone que la discusión se ha centrado en tres aspectos: primero, sobre el inciso segundo (…) En cuanto a lo primero, estima indispensable precisar que excepcionalmente una ley podrá autorizar en forma expresa determinados beneficios por causas justificadas; pero que si ello importa una discriminación arbitraria e injusta, podrá recurrirse a la Corte Suprema para que declare inaplicable tal ley. (…) dice que la idea en que la Comisión está de acuerdo es clara: solamente en el caso de que se trate de beneficios justificados, razonables y no injustos, una ley especial podrá autorizarlos.
Así se acuerda.
El señor GUZMÁN precisa que la disposición puede consagrarse en dos formas específicas: primera, que el beneficio se otorgue por causas justificadas, y segunda, incorporarla entre las materias que figuran bajo la expresión “Sólo en virtud de una ley se puede”, o ubicarla en la preceptiva en debate: “Sólo una ley especial podrá autorizar…”, porque en este caso se aplica en forma inequívoca la norma general de que ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer discriminaciones arbitrarias.
El señor ORTÚZAR (Presidente) dice que la idea en que la Comisión está de acuerdo es clara: solamente en el caso de que se trate de beneficios justificados, razonables y no injustos, una ley especial podrá autorizarlos.
El señor BERTELSEN se inclina por consignar el precepto en la normativa que la Comisión analiza, porque de lo contrario podría interpretarse que estas leyes especiales no están sujetas al principio de la no discriminación.
3.- Que para incorporar la reforma constitucional que recoja la discriminación positiva, resulta necesario tomar en consideración que en nuestro ordenamiento jurídico se han reconocido las acciones afirmativas tanto en la Ley N°20.422 que establece normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad y la Ley 20.530 que creó el Ministerio de Desarrollo Social, en su artículo 2° N° 2). Además ha reconocido las acciones positivas a través de la regulación de la discriminación en el Código del trabajo.
4.- Que en este orden de ideas existe abundante elaboración doctrinal que tratan este tema, destacándose en este sentido el trabajo de autores como Cecilia Medina [1] (jurista y académica chilena especializada en Derecho internacional de los derechos humanos), señaló que “las acciones afirmativas son modalidades del cumplimiento deber de garantizar el goce de los derechos humanos a todas las personas, sin discriminación, por parte de los Estados. La necesidad de emprender acciones positivas está dispuesta desde el momento que corresponde a los Estados garantizar el goce de los derechos. Ningún tratado de derechos humanos tiene como objetivo sólo la igualdad formal; también se exige igualdad de facto”.
Hoy se puede afirmar que la “discriminación inversa” corresponde a una herramienta social tendiente a corregir determinadas situaciones de desigualdad injusta. Concretamente, por aplicación del principio de igualdad “se debe tratar a todas las personas con igual consideración y respeto”. Según el filósofo R. Dworkin “es necesario preguntarse cuáles desigualdades en bienes, oportunidades y libertades se permiten y por qué”.
La discriminación afirmativa se sustenta en que existen ciertas diferencias fácticas que son relevantes y deben considerarse al momento de legislar, y por ello se hace necesario lograr una “igualdad por diferenciación”. En la misma línea el filósofo Carlos Nino plantea que “la carga emotiva de las expresiones lingüísticas perjudica su significado favoreciendo la vaguedad, puesto que si una palabra funciona como una condecoración o como un estigma, la gente va manipulando arbitrariamente su significado para aplicarlo a los fenómenos que acepta o repudia”.
Rawls sostuvo que “con el objeto de tratar igualmente a todas las personas y de proporcionar una auténtica igualdad de oportunidades, la sociedad tendrá que dar mayor atención a quienes tienen menos dotes naturales y a quienes han nacido en las posiciones sociales menos favorables”.
N. Bobbio: “(…) una desigualdad se convierte en un instrumento de igualdad, por el simple motivo de que corrige una desigualdad precedente”.
La prohibición de discriminar se refiere sólo a la discriminación arbitraria o injusta, que no cabe dentro de la discriminación inversa.
5.- Que a mayor abundamiento, la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha fallado recogiendo el principio de discriminación inversa, destacando los casos que a continuación se indican:
a) Corte I.D.H., Propuesta de Modificación a la Constitución Política de Costa Rica Relacionada con la Naturalización. Opinión Consultiva OC-4/84 de 19 de enero de 1984. Serie A N°4. “Existen, en efecto, ciertas desigualdades de hecho que legítimamente pueden traducirse en desigualdades de tratamiento jurídico, sin que tales situaciones contraríen la justicia. Por el contrario, pueden ser un vehículo para realizarla o para proteger a quienes aparezcan como jurídicamente débiles”. “No habrá pues, discriminación si una distinción de tratamiento está orientada legítimamente, es decir, si no conduce a situaciones contrarias a la justicia, a la razón o a la naturaleza de las cosas”.
b) Corte I.D.H., Caso del Pueblo de Saramaka. Sentencia de 28 de noviembre de 2007. Serie C N°172. “Es un principio establecido en el derecho internacional que el trato desigual a personas en condiciones desiguales no necesariamente constituye discriminación no permitida (…).
6.- Que en este orden, la Corte Suprema de Chile también se ha pronunciado sobre este tema, resolviendo que “El principio de igualdad ante la ley (…) se traduce en el amparo de bienes jurídicos y valores humanos de carácter político social, e impide establecer estatutos legales diferentes, atendiendo a razones de raza, condición social, estirpe, fortuna, religión, ideologías u otros atributos estrictamente particulares; pero no es obstáculo para que el legislador pueda contemplar circunstancias especiales que afecten a ciertos sectores o grupos de personas y darles tratamientos de los que gozan otros, siempre que las reglas obliguen a todos los que están en la misma situación o condición, porque es característica de la norma jurídica su generalidad, aunque relativa, en cuanto debe tener vigencia sobre todos los gobernados o, por lo menos, respecto de todos los que se hallen en las circunstancias contempladas por el legislador al establecer la regla de derecho” .
7.- Que desde la perspectiva del derecho comparado -en general- las constituciones no hacen una mención expresa a la discriminación positiva, puesto que a partir de consensos sociales recogidos por la doctrina como por la jurisprudencia constitucional y judicial de cada país, se ha entendido que la discriminación implica necesariamente recoger las diferencias para establecer -en base al mismo principio- acciones afirmativas que permitan competir, ya sea en la postulación a un empleo, en normas de participación política, etc., a determinadas personas que, por su condición, se encuentran en desventaja. Se destaca en este sentido la Constitución española en su artículo 14, el cual si bien no recoge explícitamente la denominada “discriminación positiva”, el Tribunal Constitucional ha venido incluyéndola como una de las circunstancias objeto de protección al máximo nivel ante los tribunales ordinarios y a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional; la Constitución portuguesa; la Constitución Francesa, la cual en todo caso, hace una mención expresa a la participación política en su artículo 1 inciso 1: “La ley favorecerá el igual acceso de las mujeres y los hombres a los mandatos electorales y cargos electivos, así como a las responsabilidades profesionales y sociales”; la Constitución Boliviana y la Constitución de Argentina.
Sin embargo, existen otras constituciones en las que se hace una mención expresa a la discriminación positiva, como por ejemplo la Constitución italiana que en su artículo 3 establece: “Todos los ciudadanos tendrán la misma dignidad social y serán iguales ante la ley, sin distinción de sexo, raza, lengua, religión, opiniones políticas ni circunstancias personales y sociales.
Constituye obligación de la República suprimir los obstáculos de orden económico y social que, limitando de hecho la libertad y la igualdad de los ciudadanos, impiden el pleno desarrollo de la persona humana y la participación efectiva de todos los trabajadores en la organización política, económica y social del país”.
Por otro lado se destaca lo dispuesto en la Constitución de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, que en su artículo 11 dispone: “Todas las personas tienen idéntica dignidad y son iguales ante la ley.
Se reconoce y garantiza el derecho a ser diferente, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo.
La Ciudad promueve la remoción de los obstáculos de cualquier orden que, limitando de hecho la igualdad y la libertad, impidan el pleno desarrollo de la persona y la efectiva participación en la vida política, económica o social de la comunidad”.
En la misma línea, la Constitución de la Provincia Autónoma de Buenos Aires, también en su artículo 11, luego de consagrar la igualdad ante la ley en su inciso 3 dispone: “Es deber de la Provincia promover el desarrollo integral de las personas garantizando la igualdad de oportunidades y la efectiva participación de todos en la organización política, económica y social.”
También se destaca la Constitución de Tucumán, Art. 24: “Los habitantes de la Provincia, como habitantes de la Nación Argentina, y al amparo de la Constitución Nacional, tienen todos los derechos que aquélla establece, sin negación ni mengua de otros derechos no enumerados o virtualmente retenidos por el pueblo.
El Estado Provincial deberá promover medidas de acción positiva y remover los obstáculos para garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución, la Constitución Nacional, y por los Tratados Internacionales vigentes sobre Derechos Humanos, en particular respecto de los niños, los jóvenes, los ancianos, las personas con discapacidad y las mujeres”.
Por Tanto; en virtud de los antecedentes expuestos vengo en proponer la siguiente:
REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo único.- Agréguese en el artículo 19, número 2 de la Constitución Política del estado, el siguiente inciso tercero nuevo:
“Constituye una obligación del Estado eliminar los obstáculos de cualquier índole que, limitando de hecho la igualdad y la libertad, impidan el pleno desarrollo de la persona. Para ello deberá promover medidas de acción afirmativa para garantizar el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en los Tratados Internacionales que se que se encuentren vigentes y estén ratificados por Chile, por esta Constitución y las leyes.”.
(Fdo.): Juan Pablo Letelier Morel, Senador.- José Antonio Gómez Urrutia, Senador.- Patricio Walker Prieto
6. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR MUÑOZ ABURTO Y SEÑORA ALVEAR, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY DE TRÁNSITO PARA IMPEDIR EL CÚMULO DIARIO DE INFRACCIONES A CONDUCTORES QUE CIRCULEN EN CAMINOS PÚBLICOS EN QUE OPERE UN SISTEMA ELECTRÓNICO DE COBRO DE TARIFAS O PEAJES SIN EL DISPOSITIVO HABILITANTE (8872-15)
Vistos. Lo dispuesto en el D.F.L. N° 1 de 2007, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, N° 18.290; en el Decreto 900 de 1996, Ley General de Concesiones; en la Ley N° 20.410, que modifica, entre otros, los citados textos y en la Ley N°18.287, sobre procedimiento ante los Juzgados de Policía Local.
Considerando.
1.- Que con el objeto de ampliar y modernizar la red vial nuestro país llevó adelante, a partir de los '90 un programa de concesiones de carreteras. El propósito de dicha política pública fue focalizar los recursos fiscales en la red de caminos secundarios.
Lo anterior, a nivel urbano, se complementó con diversas autopistas, creándose con este objeto la modalidad de cobro a través de dispositivos de control, conocidos como TAG, los cuales son distribuidos por las mismas concesionarias y permiten la facturación de las tarifas correspondientes
2.- Que para posibilitar la masificación de dichos televías se incorporaron en la normativa mecanismos de sanción y apremio, tanto respecto del uso de los dispositivos, como del pago de las facturaciones respectivas.
En el primer caso, se estableció una infracción de una UTM, calificada de grave, por la circulación por las autopistas sin contar con el contrato y el dispositivo pertinente.
En el segundo ámbito, se fijó un recargo en hasta cuarenta veces del valor de lo facturado en caso de no pago oportuno. La dureza y falta de proporcionalidad de dicha sanción debió ser atenuada en la ley 20.410, que la redujo a sólo 5 veces.
3.- Que con el objeto de brindar una posibilidad de tránsito esporádico a quienes no quisieran disponer de estos dispositivos se generó el sistema conocido como Pase Diario, sea normal o tardío, que permite circular por las distintas autopistas durante un día completo, sin limitaciones.
Al respecto, el Decreto Supremo N° 171, de fecha 06.09.2011 indica: "Los usuarios poco frecuentes que ingresen a las vías concesionadas sin haber adquirido un PDUI, tendrán la obligación de adquirir el Pase Diario Único lnteroperable como mecanismo de Post Pago, en un plazo máximo de 20 días corridos, contados desde el día de la respectiva circulación."
4.- Que, como se señaló, existe una infracción derivada de transitar por una autopista sin disponer del dispositivo de control pertinente ni obtener el citado pase diario dentro de los aludidos veinte días siguientes.
Ella está regulada en el artículo 114 de la ley de tránsito, que establece, en lo pertinente, lo siguiente: "En los caminos públicos en que opere un sistema electrónico de cobro de tarifas o peajes, sólo podrán circular los vehículos que estén provistos de un dispositivo electrónico habilitado u otro sistema complementario que permitan su cobro. La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una unidad tributaria mensual y para todos los efectos se entenderá como una infracción grave de conformidad al artículo 200 N° 7 de la presente ley."
5.- Que del tenor señalado, se infiere que en este caso la multa de una unidad tributaria mensual se aplica por cada autopista a la que el usuario acceda sin el TAG requerido, sin límite temporal, pudiendo darse el caso de acumular tantas infracciones como autopistas existan en el lugar en un mismo día.
Tal como el recargo de cuarenta veces para el caso del no pago de las facturaciones resultaba desproporcionado, esta multa también lo es, si se considera que la alternativa, esto es el Pase Diario, habilita para transitar por todas las autopistas durante una jornada completa en el mismo vehículo.
6.- Que, por tanto, creemos que la multa correspondiente a la infracción de transitar sin disponer del televía habilitado debe tener también un límite temporal diario.
Nos parece que la sanción de una unidad tributaria por día mantiene el carácter disuasivo de norma actual, sin recargar excesivamente a un usuario que, por descuido o desconocimiento, como sucede con quienes viajan de regiones a la capital, circule por distintas autopistas en un mismo día sin contar con el dispositivo habilitado ni adquirir oportunamente el Pase Diario.
Que, por lo anterior, el senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.- Intercálese en el inciso primero del artículo 114 de la ley 18.290, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1 de 2007, entre las palabras "mensual" y la conjunción "y" que le sucede, la expresión "por cada día en que se haya cometido".
Artículo 2°.- Incorpórese el siguiente numeral 5.- al artículo 43 bis de la ley 18.287:
"5.- El pago de la multa aplicada en una causa de este tipo extinguirá la responsabilidad del usuario por otras infracciones cometidas con el mismo vehículo durante el mismo día."
Artículo 3°.- Lo dispuesto en el inciso precedente se aplicará aún respecto de infracciones cometidas con anterioridad a la publicación de esta ley, que no hubieran sido pagadas.
(Fdo.): Pedro Muñoz Aburto, Senador.- Soledad Alvear Valenzuela
7. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN, CANTERO, LETELIER, ORPIS Y PIZARRO, CON LA QUE SE DA INICIO A UN PROYECTO QUE OTORGA UN NUEVO PLAZO A LOS TITULARES DE CONCESIONES DE SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN SONORA DE MÍNIMA COBERTURA PARA ACOGERSE A LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2° TRANSITORIO DE LA LEY N° 20.433 (8873-15)
Exposición de motivos:
La ley N° 20.433, publicada el 4 de mayo de 2010, creó los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, estableciendo las exigencias para el otorgamiento de las respectivas concesiones, como asimismo las normas pertinentes para su operación.
En su artículo 2° transitorio, se dispone que los concesionarios de servicios de radiodifusión de mínima cobertura que al momento de publicarse dicho texto legal, mantuvieren vigente su concesión, podrán acogerse a las normas de la ley, para cuyo efecto deben acreditar ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones, dentro del plazo de 365 días, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el citado cuerpo legal. Dicho plazo se debe contar, desde la entrada en vigencia del reglamento pertinente.
Mediante la ley N° 20.556, publicada el 27 de enero de 2012, se modificó este artículo 2° transitorio, ampliándose el plazo referido, por un lapso de 180 días, el cual expiró el 15 de noviembre de 2012, por cuanto no se había dictado el reglamento correspondiente ni se había regulado el régimen transitorio que correspondía aplicar.
Pese a la extensión del plazo señalado, es del caso señalar que un número importante de concesionarios de estos servicios, aún no han ejercido el derecho de acogerse a las disposiciones de la ley, dada la dificultad en su implementación, todo lo cual conllevaría el cierre de muchas radioemisoras comunitarias ciudadanas, con el consiguiente perjuicio tanto sus titulares como para los auditores de estas radioemisoras.
Por otra parte, este plazo suplementario que se contempla otorgar, permitirá que las concesiones continúen vigentes, pese a que sus titulares no hayan presentado la solicitud pertinente para acogerse a las disposiciones de la citada ley N° 20.433, en los términos que prevé su artículo 2° transitorio.
En mérito a las consideraciones expuestas, sometemos a la aprobación del Senado de la República, el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: "Otórguese un plazo adicional de ciento ochenta días, contado desde la publicación de esta ley, para que los titulares de concesiones de radiodifusión sonora de mínima cobertura, puedan acogerse a las disposiciones de la ley N° 20.433, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la misma".
(Fdo.): Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- Carlos Cantero Ojeda, Senador.- Juan Pablo Letelier Morel, Senador.- Jaime Orpis Bouchón, Senador.- Jorge Pizarro Soto
8. MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORA ALVEAR Y SEÑOR LARRAÍN FERNÁNDEZ, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE INSTAURA EL DÍA 12 DE MARZO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DEL TRABAJADOR PAPELERO (8875-13)
Fundamentos:
La Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones fue fundada mediante Decreto Supremo N° 589, el 12 de Marzo de 1920, lo anterior con firma del Presidente de la República de la época, Don Juan Luis Sanfuentes. La CMPC, ha estado ligada no tan sólo al quehacer de la industria del papel, sino que está íntimamente relacionada con lo que fue la Villa, después Departamento y hoy, la Comuna de Puente Alto.
Hablar de la "La Papelera" es hablar de lo más recóndito de la historia patria. Es hablar por ejemplo, del nacimiento del primer sindicato de obreros ilustrados, es hablar de una industria que se gestó desde las fuentes mismas del trabajo, en que resaltó un legado de genialidad creadora y visionaria.
Todo comenzó con don Luis Matte Larraín. Nació en la capital, el 10 de julio de 1891. Sus padres fueron don Domingo Matte y doña Javiera Larraín Bulnes.
Empezó sus estudios en la Deutsche Schule, de Santiago, pasando después al Instituto Nacional. Ya en esa época, empiezan a manifestarse en él un espíritu emprendedor, un interés por las ciencias y en especial por la mecánica, siendo motivado tenazmente por un maestro del fundo de su padre en Buin; Don Juan Guillén.
Este maestro anarquista español, mecánico de profesión, que por sus ideas, había sido expulsado de España refugiándose en Chile, sin ayuda, rodeado acaso del temor que inspiraban sus antecedentes, es acogido por don Domingo Matte, en cuya hacienda, por curioso desquite del azar, sienta las bases de una sólida visión.
El famoso "maestro palomo", como lo apodaron después los trabajadores de la futura naciente Compañía, fue cómplice del aprendizaje de dos niños: Luis y Arturo Matte. Sin temor de ensuciarse las manos o los trajes, aprenden de ese extraño revolucionario, el verdadero concepto del trabajo en equipo, el secreto que hace grande la más modesta actividad.
Luego en su vida universitaria, siguió fortaleciendo su espíritu de trabajo en equipo o y entrega hacia los demás, en un contexto de un país convulsionado por las desigualdades sociales y representado por una frase que inspiraba a los idealistas de la época; La llamada "cuestión social", que implicaba analfabetismo, alcoholismo, epidemias y viviendas insalubres, que aquejaron al país en las primeras décadas del siglo XX.
Años después, a su regreso de Estados Unidos, no se deja aprisionar por el calor confortable de su hogar acaudalado, no cede ante el ambiente que aún mira con recelo toda iniciativa industrial, toda inversión a largo plazo y permite, mientras tanto, el valioso aporte de capitales extranjeros.
Su voluntad de crear, junto a su extraordinario espíritu emprendedor, comienzan una larga lucha, no desprovista de fracasos dolorosos, en que su esfuerzo inteligente y tenaz gira sobre su imaginación fecunda y soñadora, logrando levantar en breve plazo la magnífica industria papelera.
En la pequeña oficina, de aspecto modesto, se reúnen diariamente tres antiguos compañeros de estudio. No tanto para atender las exigencias de una incierta clientela o discutir arduos problemas legales, sino que simplemente, para soñar y planificar. Son ellos: Arturo Matte, Manuel Garrido y Eduardo Morel, quienes se embarcan con un pequeño capital prestado por sus padres, junto a un nuevo compañero, Guillermo Garcia B., dando origen a "Luis Matte y Co., más recordada por "Matteco”.
Una tarde, después de una larga reunión con el maestro Palomo, ya muy entrado en edad, pero siempre con su espíritu soñador, Luis y Arturo con la ayuda de otro español el señor Feixá y asesorados por su hermano Domingo, ingeniero y gran conocedor de la situación industrial chilena, proyectan su primera fábrica de cartón.
Con alguna dificultad juntan el dinero necesario y con la cooperación técnica de Don German Ebbinghauss, que tiene un pequeño establecimiento papelero en Puente Alto, "Matteco" endereza rumbos hacia una nueva actividad.
Sin embargo, la competencia entre los productores de cartón se hace cada día intensa. Luis Matte y Manuel Garrido, empiezan a organizar la industria, hasta conseguir formar una asociación cuyo control obtienen rápidamente.
El 12 de marzo de 1920, tras problemas que afectan seriamente a la fábrica Esperanza de Puente Alto y después de algunos estudios entre Luis Matte y su entonces muy amigo don Germán Ebbinhauss, nace a la luz pública la "Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones".
Desde sus orígenes la empresa no solo se ha ocupado del capital industrial y financiero para impulsar sus actividades productoras, sino que ha dedicado primordial atención a la mantención, resguardo y conservación del capital humano, génesis y factor esencial de la riqueza de la gran familia papelera. De ese modo, Luis Matte Larraín y el directorio de la empresa, impulsaron la creación de un Sindicato de Obreros.
La fecha de la constitución que da vida pública al sindicato y la primera acta de la primera sesión, retrata la histórica reunión en los siguientes términos:
"Con fecha 25 de septiembre de 1927 se reunieron los operarios de las fábricas Esperanza, Victoria y Construcción para sentar las bases y organizar el Sindicato Industrial de Papeleros en cumplimiento de la ley 4057.
El señor Medardo Pumarino presidió la primera reunión en donde 60 trabajadores fueron los pioneros de esta naciente y señera organización. En esta ocasión se tomaron los siguientes acuerdos:
Se nombró un Directorio Provisorio compuesto por los siguientes trabajadores:
Presidente: Nolasco Cabello
Secretario: Daniel Loyola R.
Tesorero: Romilio Aguilar (Fábrica Esperanza)
Vocal: Luis Gonzalez (Fábrica Victoria)
Bibliotecario: Luis Berrios (Fábrica La Construcción)
También se nombraron seis delegados, dos por cada fábrica, a los cuales se les encargó la misión de hacer una activa compañía de engrandecimiento de la organización, como igualmente subsanar toda diferencia suscitada entre jefes y trabajadores, siempre que fuesen de carácter leve, o en casos muy graves, dar cuenta al presidente en la próxima reunión a celebrarse.
Los delegados fueron los siguientes:
Luis Silva y Manuel Gonzalez (por la Fábrica Esperanza) Abraham Soza y Gerardo Carreño (por la Fábrica Victoria) Gregorio Marco y Enrique Troncoso (por la Fábrica Construcción).
Se nombró una comisión compuesta por tres personas para estudiar los estatutos del Sindicato.
La comisión estuvo compuesta por Medardo Pumarino, Alejandro Alvarado y Luis Berríos.
Se acordó que la cotización sea de $1 peso y que próximamente una comisión se traslade a Santiago a dar cuenta de la organización del Sindicato.
Se levantó la reunión a las 11 am.
Firmados; Nolasco Cabello Presidente y Daniel Loyola, Secretario. Estos testimonios, reflejan la trascendencia y vigor que puede alcanzar una visión, siempre que se sostenga sobre la base de un espíritu emprendedor vigoroso, que respete y promueva a los trabajadores, sus derechos y la importancia de su asociación para defenderlos.
En dicha mirada, está el ejemplo de la CMPC y el notable testimonio de sus trabajadores, a quienes me parece de justicia reconocer mediante un día especial, expresado en esta ocasión en la fecha de La Fundación de la Empresa Manufacturera de Papeles y Cartones, un 12 de marzo 1920, como una contribución a la memoria histórica de los chilenos y en especial de las nuevas generaciones, respecto al esfuerzo y entrega ejemplar de estos trabajadores al desarrollo productivo y humano del país por tantos años en esa gran empresa y en la gran visión que le dio vida.
Por las razones expuestas vengo en presentar el siguiente:
Proyecto de ley
ARTÍCULO ÚNICO: Declárese el día 12 de marzo de cada año, Día Nacional del Trabajador Papelero.
(Fdo.): Soledad Alvear Valenzuela, Senadora.- Hernán Larraín Fernández, Senador.
9. PROYECTO DE ACUERDO DE LOS SENADORES SEÑORA ALLENDE Y SEÑORES CANTERO, GÓMEZ, ORPIS, PROKURICA Y URIARTE, CON EL QUE SOLICITAN A LAS AUTORIDADES Y TRABAJADORES DE CODELCO EL ESTABLECIMIENTO, A LA BREVEDAD, DE UNA MESA DE DIÁLOGO PARA RESOLVER SUS DISCREPANCIAS, Y PROPENDER ASÍ A LA MEJOR SATISFACCIÓN DE LOS PLANTEAMIENTOS RESPECTIVOS Y A REGUARDO DE ESA EMPRESA, PATRIMONIO DE TODOS LOS CHILENOS (S 1564-12)
"Considerando:
1. Que, a través de diversos medios de prensa nacionales y extranjeros, se ha anunciado que los trabajadores de la división norte de CODELCO, que conforman Chuquicamata, Radomiro Tomic, Gabriela Mistral y Ministro Hales, realizarán movilizaciones que se enmarcarían en una eventual paralización total de un día que afectaría a todas las divisiones de la compañía durante este mes.
2. Que el enorme costo económico que la materialización de dicho anuncio tendría para la propia empresa y para el país en su conjunto, generaría graves perjuicios para el patrimonio de la cuprífera estatal y para el erario nacional.
3. Que resulta indispensable establecer, al más breve plazo, una mesa de trabajo que dé origen a un diálogo fructífero entre las autoridades y los trabajadores de CODELCO.
4. Que la vía del diálogo es la adecuada para resolver las discrepancias y acercar las posiciones que puedan sustentar las partes involucradas.
5. Que al momento de aunar criterios entre ambas partes y acordar la forma en que será resuelto el problema, es relevante cautelar los objetivos e intereses superiores de Chile.
El Senado acuerda:
Instar a las autoridades y trabajadores de CODELCO al establecimiento, a la brevedad, de una mesa de diálogo que permita resolver las discrepancias existentes entre ambas partes, y propender a la mejor satisfacción de los planteamientos de cada cual y al resguardo de CODELCO Chile, patrimonio de todos los chilenos.".
(Fdo.): Isabel Allende Bussi, Senadora.- Carlos Cantero Ojeda, Senador.- José Antonio Gómez Urrutia, Senador.- Jaime Orpis Bouchón, Senador.- Baldo Prokurica Prokurica, Senador.- Gonzalo Uriarte Herrera, Senador.