Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- VIII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Manuel Rojas Molina
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- PERMISO
- David Sandoval Plaza
- PERMISO
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Alfonso De Urresti Longton
- Aldo Cornejo Gonzalez
- Jorge Tarud Daccarett
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Carlos Recondo Lavanderos
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Gustavo Hasbun Selume
- Leopoldo Perez Lahsen
- Mario Venegas Cardenas
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- IX. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Robles Pantoja
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- DEBATE
- V. ORDEN DEL DÍA
- CONDICIONES ESPECIALES PARA APLICACIÓN DE ARTÍCULO 18 DE LA LEY N° 19.479 Y OTORGAMIENTO DE BONO COMPENSATORIO A EX FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9113-05)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Aldo Cornejo Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- DEBATE
- CONFIRMACIÓN DE VIGENCIA INMEDIATA DE NORMA QUE DEROGÓ INDEMNIZACIÓN COMPENSATORIA POR NO PAGO DE TARIFA O PEAJE EN OBRAS CONCESIONADAS (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 8861-09)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Javier Hernandez Hernandez
- INTERVENCIÓN : Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- DEBATE
- ADMINISTRACION DEL BORDE COSTERO Y CONCESIONES MARÍTIMAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 8467-12)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : David Sandoval Plaza
- INTERVENCIÓN : Alejandro Santana Tirachini
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Clemira Pacheco Rivas
- INTERVENCIÓN : Joaquin Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Guillermo Leon Teillier Del Valle
- INTERVENCIÓN : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- INTERVENCIÓN : Matias Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Cristian Campos Jara
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Perez Lahsen
- INTERVENCIÓN : Denise Pascal Allende
- CONDICIONES ESPECIALES PARA APLICACIÓN DE ARTÍCULO 18 DE LA LEY N° 19.479 Y OTORGAMIENTO DE BONO COMPENSATORIO A EX FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9113-05)
- VI. INCIDENTES
- MAYORES RECURSOS PARA APOYAR A AGRICULTORES DE MELIPILLA Y TALAGANTE, E INFORMACIÓN SOBRE MEDIDAS EN FAVOR DE FRUTICULTORES DE DICHAS PROVINCIAS (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE LISTA DE ESPERA AUGE Y MÉDICOS ESPECIALISTAS EN REGIÓN DE LOS RÍOS, Y SOBRE PROGRAMA DE FORMACIÓN DE GERIATRAS (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE ERRADICACIÓN DE PLAGAS EN SECTORES DE PUTREGUEL Y HUICHACO, COMUNA DE MÁFIL (Oficios)
- REITERACIÓN DE SOLICITUD DE AUDIENCIA A MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PARA ABORDAR PROBLEMAS EN INSTRUMENTO DE FOCALIZACIÓN PREVISIONAL (Oficio)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- David Sandoval Plaza
- Manuel Rojas Molina
- Nino Baltolu Rasera
- Javier Hernandez Hernandez
- Leopoldo Perez Lahsen
- Joel Rosales Guzman
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Enrique Van Rysselberghe Herrera
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carolina Goic Boroevic
- Karla Rubilar Barahona
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Enrique Accorsi Opazo
- Alfonso De Urresti Longton
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- David Sandoval Plaza
- Gabriel Silber Romo
- Guillermo Leon Teillier Del Valle
- Patricio Vallespin Lopez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Araya Guerrero
- Osvaldo Raul Andrade Lara
- Marcelo Schilling Rodriguez
- Victor Marcelo Torres Jeldes
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Enrique Jaramillo Becker
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rene Alinco Bustos
- Mario Bertolino Rendic
- Juan Luis Castro Gonzalez
- Enrique Jaramillo Becker
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
- Rene Alinco Bustos
- Pepe Auth Stewart
- Nino Baltolu Rasera
- Jose Ramon Barros Montero
- Cristian Campos Jara
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Alejandro Santana Tirachini
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 361ª
Sesión 82ª, en jueves 10 de octubre de 2013
(Ordinaria, de 10.10 a 12.29 horas)
Presidencia de los señores Eluchans Urenda, don Edmundo, y Godoy Ibáñez, don Joaquín.
Secretario, el señor Landeros Perkic, don Miguel.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- INCIDENTES
VII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. ASISTENCIA 9
II. APERTURA DE LA SESIÓN 11
III. ACTAS 11
IV. CUENTA 11
V. ORDEN DEL DÍA 13
CONDICIONES ESPECIALES PARA APLICACIÓN DE ARTÍCULO 18 DE LA LEY N° 19.479 Y OTORGAMIENTO DE BONO COMPENSATORIO A EXFUNCIONARIOS Y FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9113-05) 13
CONFIRMACIÓN DE VIGENCIA INMEDIATA DE NORMA QUE DEROGÓ INDEMNIZACIÓN COMPENSATORIA POR NO PAGO DE TARIFA O PEAJE EN OBRAS CONCESIONADAS (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 8861-09) 18
ADMINISTRACION DEL BORDE COSTERO Y CONCESIONES MARÍTIMAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 8467-12) 24
VI. INCIDENTES 43
MAYORES RECURSOS PARA APOYAR A AGRICULTORES DE MELIPILLA Y TALAGANTE, E INFORMACIÓN SOBRE MEDIDAS EN FAVOR DE FRUTICULTORES DE DICHAS PROVINCIAS (Oficios) 43
INFORMACIÓN SOBRE LISTA DE ESPERA AUGE Y MÉDICOS ESPECIALISTAS EN REGIÓN DE LOS RÍOS, Y SOBRE PROGRAMA DE FORMACIÓN DE GERIATRAS (Oficios) 44
INFORMACIÓN SOBRE ERRADICACIÓN DE PLAGAS EN SECTORES DE PUTREGUEL Y HUICHACO, COMUNA DE MÁFIL (Oficios) 45
REITERACIÓN DE SOLICITUD DE AUDIENCIA A MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PARA ABORDAR PROBLEMAS EN INSTRUMENTO DE FOCALIZACIÓN PREVISIONAL (Oficio) 45
VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA 47
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República. (boletín N° 8995-07) 47
2. Oficio de S.E. el Presidente de la República. (boletín N° 8324-03) 47
3. Oficio de S.E. el Presidente de la República. (boletines Nos 8467-12, 8197-07) 48
4. Oficio del Senado. (boletines Nos 8787-19 y 8790-15, refundidos) 48
5. Oficio del Senado. (boletín Nº 6274-19) 49
6. Oficio del Senado. (boletín Nº 8952-10) 49
7. Informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural recaído en el proyecto de ley que modifica la Ley N° 18.450 con el fin de fomentar la inversión privada en obras riego o drenaje comprendidas en proyectos integrales y de uso múltiple cuyo costo supere las 30.000 Unidades de Fomento. (boletín N° 8771-01) (S). 50
Pág.
8. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Sandoval, Rojas,Baltolú, Hernández, Pérez, don Leopoldo; Rosales, Urrutia, Van Rysselberghe, Vilches y Von Mühlenbrock, que establece el 30 de noviembre como el “Día del Gendarme de Chile”“. (boletín N° 9132-06) 65
9. Proyecto iniciado en moción de los señoras diputadas Goic, doña Carolina; Rubilar, doña Karla; Sepúlveda, doña Alejandra, y los señores diputados Accorsi, De Urresti, Espinoza, don Fidel; Sandoval, Silber, Teillier y Vallespín, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros, artificiales biodegradables en la Patagonia Chilena. (boletín N° 9133-12). 66
10. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Araya, Andrade, Schilling, Torres, y las señoras diputadas Isasi, doña Marta, y Sepúlveda, doña Alejandra, que establece mecanismo de repartición de la rentabilidad de las AFP. (boletín N° 9137-13) 67
11. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Ascencio, Castro, Jaramillo y Marinovic, sobre reforma constitucional que crea el sueldo mínimo regionalizado. (boletín N° 9135-07). 69
12. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Bertolino, Castro, Jaramillo, Marinovic y Rincón, que modifica el Título V del Código Penal, con el objeto de sancionar la corrupción en cargos de elección popular. (boletín N° 9136-07). 72
13. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Marinovic, Alinco, Auth, Baltolú, Barros, Campos, Ortiz, Santana y Ulloa, que perfecciona el procedimiento de regularización para ampliaciones de viviendas sociales y de autoconstrucción de la ley N° 20.251. (boletín N° 9134-14). 73
14. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2.430-13-INA 74
15. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2496-13-INA 75
16. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2.499-13-INA. 75
17. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2497-13-INA 76
VIII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
1. Comunicación:
- De la Presidencia de la Cámara de Diputados por la que indica que el diputado señor Manuel Rojas no participará en la reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, que se realizará el 16 de octubre próximo, en Panamá (326).
2. Nota:
- Del diputado señor Sandoval, por la cual justifica su inasistencia a la Sesión de Sala del día 1 de octubre próximo pasado.
3. Oficios:
- De la Comisión Investigadora del funcionamiento del Instituto Nacional de Estadísticas INE, por el cual solicita el acuerdo de la Sala para prorrogar en 30 días su mandato que finaliza el próximo 4 de noviembre, en pleno receso parlamentario. La ampliación de este plazo se solicita a contar del reinicio de la actividad legislativa.
- De la Comisión de Régimen Interno por el que comunica que los señores diputados De Urresti, Cornejo y Tarud integrarán la delegación que concurrirá a la reunión de la Comisión Parlamentaria de Asociación Congreso Nacional de Chile Parlamento Europeo, que se realizará el 23 de enero de 2014 en Bruselas, y el 24 del mismo mes en París (324).
- De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que el diputado señor Recondo reemplazará al diputado señor Bauer en la reunión de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano, que se realizará el 16 de octubre próximo, en Panamá (327).
- De la Comisión de Régimen Interno por la que informa que acordó designar como integrantes de la Comisión Bicameral encargada de nombrar a los integrantes del Consejo de Asignaciones Parlamentarias para el próximo periodo legislativo, a los diputados señores Hasbún; Pérez, don Leopoldo; Venegas y Espinoza, don Fidel (319).
Respuestas a oficios.
Ministerio de Interior:
- Diputada Goic doña Carolina, Diputada Zalaquett doña Mónica, Patrocinio a las indicaciones al proyecto de ley sobre prevención y protección del embarazo adolescente, boletín N° 9033-18, que se adjuntan, y hacer presente la urgencia para su despacho. (482 al 5362).
Ministerio de Relaciones Exteriores:
- Diputado Sandoval, Solicita tenga a bien analizar e implementar las medidas que sean procedentes en relación con la situación descrita en la intervención adjunta, referida a la conectividad de las zonas fronterizas de la Región de Aysén. (1228 al 5310).
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo:
- Diputado García don René Manuel, Remitir un listado detallado sobre los proyectos entregados a contar de enero del año 2012, por medio del Servicio de Cooperación Técnica (Sercotec) en la Región de La Araucanía, particularmente, en las comunas de Curacautín, Galvarino, Lautaro, Lonquimay, Melipeuco, Perpenco, Victoria, Vilcún, Carahue, Cholchol, Freire, Nueva Imperial, Pitrufquén, Puerto Saavedra, Teodoro Schmidt, Cunco, Curarrehue, Gorbea, Loncoche, Pucón, Toltén y Villarica, indicando nombres de los beneficiarios y monto otorgado. (7975 al 12383).
Ministerio de Defensa Nacional:
- Diputada Goic doña Carolina, Solicita tenga a bien informar sobre las materias señaladas en la intervención adjunta, referidas a la situación de los funcionarios civiles de las Fuerzas Armadas en razón de la aplicación de la ley Nº 20.672 que establece nuevo mecanismo de cálculo del sueldo base para el personal a jornal de las fuerzas armadas. (5752 al 12354).
Ministerio de Trabajo y Previsión Social:
- Diputado Monsalve , Denuncia que formula contra la institución ejecutora de planes de empleo en Curanilahue, “Corporación de Desarrollo Provincial ONG Cordepro”, por cotizaciones previsionales y de salud impagas; disponer una investigación y adoptar las medidas que correspondan con el propósito de obtener el pago de lo adeudado. (294 al 11293).
- Diputado Díaz don Marcelo, Posibilidad de disponer una investigación sobre presuntas irregularidades en la Escuela Experimental de Música Jorge Peña Hen de la ciudad de La Serena ante la renuncia de inspectoras de patio debido a malos tratos y acoso laboral. (295 al 12374).
Ministerio de Salud:
- Diputado Baltolú, Campañas y políticas públicas llevadas a cabo por ese Ministerio, en los últimos 4 años, destinadas a acrecentar la sensibilización y la comprensión de la hepatitis viral y las enfermedades que provoca. (1682 al 12542).
- Diputado Díaz don Marcelo, Informe cuál es la política de atención de enfermedades raras o de baja prevalencia en el país, particularmente aquellas cuyo tratamiento implica un alto costo. (3190 al 11327).
- Diputado Sabag, Solicita tenga a bien disponer las medidas que sean procedentes para fortalecer las micro red de salud de las comunas de Quirihue, Cobquecura, Ninhue, Coelemu, Treguaco y Ranquil de la Región del Biobío y particularmente, en las comunas de Quirihue y Coelemu se realicen las gestiones necesarias para dotar de personal médico especializado a los centros de salud de las referidas comunas. (3235 al 5352).
- Diputado Cornejo, Solicita tenga a bien instruir a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso, para que inspeccione el cumplimiento de la normativa sanitaria en las dependencias de los terminales de buses del sistema de transporte público del Gran Valparaíso e informe a esta Corporación de sus resultados. (3236 al 12264).
- Diputado Godoy, Tenga a bien adoptar las medidas sanitarias y administrativas que sean pertinentes, en relación con los altos niveles de coliformes fecales, cloruros y nitrógeno amoniacal detectados en el sector de Laguna Verde de la Región de Valparaíso . (3237 al 5363).
- Diputado Álvarez-Salamanca, Solicita para poner en conocimiento la situación que afecta a los vecinos de los sectores de Flor del Llano y Aurora de la comuna de San Clemente, Región del Maule , en relación con el trazado de vía eléctrica que se pretende instalar en el sector. (3238 al 5313).
- Diputado Díaz don Marcelo, Estado en que se encuentra la elaboración del Plan de Descontaminación de la comuna de Andacollo, los plazos considerados y la oportunidad en que se iniciará su ejecución. (3239 al 12329).
- Diputado Espinoza don Fidel, Situación que afecta a la señora Yolanda Ojeda de la comuna de Puyehue ante una presunta negligencia cometida en el hospital base de Osorno e instruya a su Director para que dé pronta respuesta a los requerimientos formulados por el tribunal que conoce la causa. (3240 al 12340).
- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Informar sobre la factibilidad de realizar un sumario interno y una investigación en el Hospital de Teno de la Región del Maule, con el fin de aclarar la existencia de alguna posible negligencia en la atención médica prestada a doña Amada Urria Medina. (3272 al 11809).
- Diputado Jaramillo, Para que informe sobre las materias señaladas en la solicitud adjunta, referidas a la incorporación en el presupuesto del año 2013 de los estudios de ingeniería para los proyectos de construcción de los hospitales de las comunas de La Unión y Río Bueno, Región de Los Ríos. (3274 al 12151).
- Diputado Carmona, Informar sobre la situación descrita en la solicitud adjunta, en relación con las posibles irregularidades efectuadas durante el proceso de compra de medicamentos, en el Servicio de Salud de la Región de Atacama. (3275 al 12210).
- Diputado Araya , Estado en que se encuentra el Estudio Básico de la Red Asistencial de la Región de Antofagasta y acerca de las razones que ha impedido su recepción, precisando la fecha estimativa de su conclusión. (3277 al 12623).
Ministerio Secretaría General de la Presidencia:
- Diputada Vidal doña Ximena, Para que el Ministro de Salud sobre cada una de las materias señaladas en la intervención adjunta, referidas a las concesión del Hospital Salvador Geriátrico, Región Metropolitana. (3276 al 5292).
Ministerio de Desarrollo Social:
- Diputada Molina doña Andrea, Ordene reconsiderar la situación de la señora Ivonne Ernestina Guzmán González, en especial su vulnerabilidad socio económica, con el propósito que pueda acceder al beneficio del Bono Trabajo Mujer. (4679 al 3934).
- Diputado Accorsi, Tenga a bien remitir antecedentes sobre las cifras correspondientes a los funcionarios de planta, a contrata y a honorarios que desempeñan funciones bajo su dependencia, clasificado por cada región del país. (4680 al 11067).
Ministerio Medio Ambiente:
- Diputado Baltolú, Criterios que ha adoptado ese organismo respecto de la exigencia de requisitos para procurar la máxima protección del medio ambiente en el ejecución de los proyectos fotovoltaicos que se desarrollan en la Región de Arica y Parinacota. (131534 al 12543).
Intendencias:
- Diputado Farías, Solicita informar sobre los motivos por los que la estación móvil de monitoreo de calidad del aire de la comuna de San Bernardo. (7600 al 12802).
- Diputado Díaz don Marcelo, Medidas que se adoptarán para garantizar la continuidad de los servicios que presta la biblioteca pública y centro cultural Monte Gabriela. (986 al 11770).
IX. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
- Diputado Robles, Informe a esta Cámara sobre los motivos que se consideraron para no incluir dentro del beneficio de las patologías del Plan de Acceso Universal de Garantías Explícitas, la patología que aqueja al menor Cristóbal Sebastián Vallejos Díaz, siendo que presuntamente fue diagnosticado de ella, dentro del plazo que se establece en los protocolos correspondientes. (13118 de 07/10/2013). A Ministerio de Salud.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (77)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38
Andrade Lara, Osvaldo PS RM 29
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Baltolú Rasera, Nino UDI XV 1
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Campos Jara, Cristián PPD VIII 43
Cerda García, Eduardo PDC V 10
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53
Delmastro Naso, Roberto IND XIV 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Harboe Bascuñán, Felipe PPD RM 22
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Macaya Danús, Javier UDI VI 34
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Sabat Fernández, Marcela RN RM 21
Saffirio Espinoza, René PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Santana Tirachini, Alejandro RN X 58
Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor PDC V 15
Tuma Zedan, Joaquín PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54
Walker Prieto, Matías PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Concurrió, además, la ministra de Obras Públicas , señora Loreto Silva Rojas.
-Por encontrarse en misión oficial no estuvieron presentes la diputada señora Marta Isasi Barbieri y el diputado señor Cristián Letelier Aguilar.
-Por encontrarse con permiso constitucional no asistieron los diputados señores Roberto León Ramírez y Fernando Meza Moncada.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.10 horas.
El señor GODOY (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor GODOY (Vicepresidente).- El acta de la sesión 76ª, se declara aprobada.
El acta de la sesión 77ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor GODOY (Vicepresidente).- El señor Secretario dará lectura a la Cuenta.
-El señor LANDEROS (Secretario) da lectura a la Cuenta.
-o-
El señor GODOY ( Vicepresidente ).- Si le parece a la Sala, se accederá a la petición formulada por la Comisión Investigadora del funcionamiento del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) para prorrogar en 30 días su mandato, que finaliza el próximo 4 de noviembre. La ampliación de este plazo se solicita a contar del reinicio de la actividad legislativa.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 26 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 1 abstención.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).- Rechazada por falta de quorum.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Andrade Lara Osvaldo; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cornejo González Aldo; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Teillier Del Valle Guillermo; Tuma Zedan Joaquín; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Bauer Jouanne Eugenio; Browne Urrejola Pedro.
-Se abstuvo el diputado señor Pérez Lahsen Leopoldo.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor GODOY (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente , si no hay el número suficiente de diputados para aprobar la petición, quiere decir que no hay quorum en la Sala.
Por lo tanto, le pido que suspenda la sesión y se toquen los timbres para que los colegas vengan a votar.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).- Señora diputada , nuestro problema no es de quorum. Simplemente, algunos diputados no quisieron participar en la votación, y están en su derecho.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el diputado Ramón Farías.
El señor FARÍAS.- Señor Presidente , el derecho de los diputados es a votar a favor, en contra o abstenerse, pero deben votar. Sin embargo, muchos de los diputados que están presentes en la Sala no votaron. Eso es lo que corresponde por Reglamento.
Pido que el Secretario me ratifique si es obligación o no que el diputado presente en la Sala está obligado a votar.
Según su respuesta, pido que se repita la votación.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).- Diputado Farías, si usted tiene una posición distinta, lo que puede hacer es reclamar a la Comisión de Ética y Transparencia, como corresponde.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
-o-
El señor GODOY (Vicepresidente).- La señora ministra de Obras Públicas me ha pedido que se autorice el ingrese a la Sala de su asesor.
¿Habría acuerdo para acceder a su solicitud?
No hay acuerdo.
V. ORDEN DEL DÍA
CONDICIONES ESPECIALES PARA APLICACIÓN DE ARTÍCULO 18 DE LA LEY N° 19.479 Y OTORGAMIENTO DE BONO COMPENSATORIO A EX FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9113-05)
El señor GODOY ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece condiciones especiales transitorias para la aplicación del artículo 18 de la ley N° 19.479 y faculta para otorgar el bono compensatorio que indica.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Pablo Lorenzini.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 74ª de la presente legislatura, en 12 de septiembre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 2.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 79ª de la presente legislatura, en 8 de octubre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 11.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).-
Para rendir el informe de la Comisión de Hacienda, tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ (de pie).-
Señor Presidente, antes de informar el proyecto, quiero expresar que observo que hay periodistas que constatan que estamos cumpliendo nuestra labor como corresponde.
Ayer funcionaron las subcomisiones especiales mixtas de Presupuestos, hasta altas horas de la noche, pero ese trabajo no fue cubierto por muchos medios de comunicación. Es decir, estamos cumpliendo nuestras funciones.
En nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece condiciones especiales transitorias para la aplicación del artículo 18 de la ley N° 19.479 y faculta para otorgar el bono compensatorio que indica.
Esta iniciativa, que beneficia a algunos funcionarios y exfuncionarios del Servicio Nacional de Aduanas, es consecuencia de una práctica que siempre nos ha caracterizado a los políticos, especialmente a quienes integramos la Cámara de Diputados desde 1990, como es mi caso, año desde el que he tenido el privilegio y el honor de formar parte de esta Corporación.
En efecto, resulta que los funcionarios de dicho servicio estuvieron a minutos de iniciar una huelga en septiembre recién pasado, pero gracias a la intervención de los diputados Aldo Cornejo , Joaquín Godoy , Víctor Torres , la diputada María José Hoffmann y el diputado que les habla, José Miguel Ortiz, como representante de la Comisión de Hacienda, los dirigentes gremiales de esos funcionarios pudieron llegar a un acuerdo con el subsecretario de Hacienda , que en ese instante era ministro subrogante, y que se nota que tiene manejo político, pues también fue diputado de la república. Lo importante es que gracias al esfuerzo de todos se alcanzó un acuerdo, cuyo resultado es el proyecto en informe.
La iniciativa otorga una indemnización por años de servicio a todos aquellos funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas que, por una u otra razón, no se acogieron a ese beneficio en las fechas en que era procedente hacerlo.
La ley Nº 19.882 estableció un incentivo al retiro para todos los funcionarios de la Administración Central del Estado, consistente en el pago de un mes de remuneración por cada dos años de servicio, con un tope de nueve meses en el caso de los hombres, y de diez meses en el de las mujeres.
Por su parte, la ley Nº 19.479 concedió a los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas el mismo beneficio, pero con un tope de once meses, sin distinción de sexo. Además, la ley Nº 19.882 dispuso que aquellos funcionarios que no se acogieran a retiro al cumplir la edad para jubilar perderían un mes de bonificación por cada semestre que transcurriera con posterioridad a esa época.
En la discusión del proyecto en la Comisión de Hacienda, se mencionó que, en la práctica, hay 90 funcionarios de Aduanas que cumplen con los requisitos para impetrar el beneficio en comento y que no lo hicieron oportunamente y otros 3 que lo percibieron parcialmente, pues solo cobraron 4 ó 5 meses de bonificación.
Otro tema que aborda el proyecto dice relación con un error que cometió el Servicio Nacional de Aduanas en el cálculo de la asignación de antigüedad correspondiente a algunos de sus empleados, en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2000 y el 31 del mismo mes de 2005. Al efecto, se propone pagar, por una sola vez, un bono complementario a 91 funcionarios afectados por esta equivocación, con un costo de 116 millones de pesos.
El gasto fiscal que implica esta iniciativa se desglosa de la siguiente forma:
1.- Por concepto de la adecuación transitoria del artículo 18 de la ley N° 19.479, 672 millones de pesos durante 2013, que beneficiarán a 69 funcionarios, y 311 millones de pesos durante 2014, que beneficiarán a 21 funcionarios. En total, significa un mayor gasto fiscal de 983 millones de pesos, que beneficiarán a 90 funcionarios.
2.- Por concepto de bonificaciones a exfuncionarios, 25 millones de pesos durante 2013, que beneficiarán a tres exfuncionarios.
3.- Por concepto de bono compensatorio, 116 millones de pesos durante 2013, para 91 beneficiarios.
En resumen, el gasto total ascenderá a 813 millones de pesos durante 2013 y a 311 millones de pesos durante 2014, lo que da un total de 1.124 millones de pesos.
El mayor gasto que represente la aplicación de este proyecto de ley durante el primer año de su aplicación se financiará con los recursos del presupuesto vigente del Servicio Nacional de Aduanas. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, a solicitud de muchos parlamentarios que estábamos en la comisión, aceptó cargar a la partida presupuestaria Tesoro Público la diferencia que hubiere; esto es, la parte que no se pudiere financiar con los recursos de ese servicio.
Expusieron ante la comisión el señor Julio Dittborn , en calidad de ministro de Hacienda subrogante, como representantes de la Asociación Nacional de Funcionarios de Aduanas de Chile (Anfach), quienes plantearon que hacían fe de lo acordado y deponían el paro que tenían programado iniciar justo antes de Fiestas Patrias, que habría significado un gran problema para el erario nacional y para los usuarios del servicio.
El señor Dittborn , en ese momento ministro subrogante, destacó que este proyecto lo venían pidiendo desde hace mucho tiempo los dirigentes de la Anfach y que el Gobierno había accedido a tramitarlo. Asimismo, brindó reconocimiento a la labor de los cinco parlamentarios que intervinieron como garantes del acuerdo.
El diputado Enrique Jaramillo consultó al señor Dittborn acerca de la situación de la negociación entre la ANEF y la Dirección de Presupuestos sobre estas materias, a lo cual el ministro subrogante contestó que se había planteado el problema y se estaba llegando a un acuerdo para establecer un mecanismo de incentivo al retiro aplicable en el futuro a todos los funcionarios de la Administración Pública.
Sometido a votación en general y particular el proyecto, fue aprobado en forma unánime, con el voto favorable de los diputados señores Roberto Delmastro , Enrique Jaramillo, José Miguel Ortiz, Ernesto Silva , Orlando Vargas , que concurrió en reemplazo de un colega de su bancada, y el diputado Gastón von Mühlenbrock .
El proyecto se trató y acordó en sesión de la Comisión de fecha 2 de octubre de 2013.
Quiero agregar que el día de ayer me llamó el ministro de Hacienda subrogante, señor Julio Dittborn , para informarme que no podría asistir a esta sesión, de manera que entrego sus excusas, como corresponde entre demócratas y por amistad cívica.
Finalmente, solicito a la Sala que, tal como ocurrió en la Comisión de Hacienda, aprobemos la iniciativa como una demostración de reconocimiento a los esforzados trabajadores de Aduanas.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado Aldo Cornejo.
El señor CORNEJO.-
Señor Presidente, me alegra que se haya enviado con la debida premura un proyecto de ley que soluciona en parte una de las demandas de los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, que firmaron -como lo dijo el diputado informante- un acta o un protocolo de acuerdo que contemplaba el envío de un proyecto de ley que otorgara un bono compensatorio por retiro, de once meses, a los funcionarios que se encuentran en las condiciones que el proyecto de ley indica.
Me alegra que el compromiso se haya cumplido, toda vez que varios parlamentarios fuimos garantes del acuerdo.
Así como el Ejecutivo ha cumplido uno de los compromisos de ese protocolo, reitero que nuestra voluntad es seguir avanzando en los asuntos relativos al Servicio Nacional de Aduanas. Todavía falta por enviar el proyecto de ley que moderniza ese servicio fiscalizador extraordinariamente importante, toda vez que se debe considerar que prácticamente la totalidad de nuestras exportaciones se efectúa por vía marítima. Por lo tanto, el Servicio Nacional de Aduanas juega un rol muy importante en los puertos del norte, centro y sur del país. El diputado señor Matías Walker me ha pedido mencionar a los funcionarios de Aduanas de Coquimbo, que también serán beneficiados.
Por lo tanto, es necesario y urgente otorgarles el estatuto que el Servicio Nacional de Aduanas requiere como uno de los principales organismos fiscalizadores. Normalmente, cuando se habla de fiscalización, nos remitimos exclusivamente al Servicio de Impuestos Internos, a las superintendencias, etcétera, pero no incluimos al Servicio Nacional de Aduanas, el que, a lo mejor, por tener su sede central y su Dirección Nacional en Valparaíso, tiene menos relevancia que otros ubicados en la capital del país.
Insisto en que es urgente el envío de ese proyecto de modernización, para otorgar al Servicio Nacional de Aduanas y a sus funcionarios el estatus que merecen, porque es uno de los más importantes servicios fiscalizadores.
He dicho.
El señor GODOY (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, estamos frente a un tema de justicia previsional, que es escasa en nuestro país.
El informe del diputado José Miguel Ortiz esbozó algo que me parece interesante profundizar: lo que esta iniciativa significa para los exfuncionarios del Servicio Nacional de Aduanas. Es un detalle que vale la pena considerar al momento de votar el proyecto de ley, que hará justicia a 184 funcionarios, de los cuales Coquimbo debe tener alrededor de 18.
El proyecto considera a quienes renunciaron voluntariamente a sus cargos de planta a contar del 18 de junio de 2012, a quienes no se les aplicó lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 19.479, que otorga ese beneficio, aun cuando cumplían con los requisitos que establece dicha norma.
Por lo tanto, el bono no es imponible para los exfuncionarios, pero sí lo será hacia el futuro. Vale la pena hacer presente dicha aclaración. Este bono para los exfuncionarios no será imponible ni tributable, y será equivalente a la diferencia entre los meses de la bonificación por retiro voluntario que percibieron los referidos funcionarios conforme a las normas del título II de la ley N° 19.882 y los once meses que podrían haberles correspondido si el director nacional de Aduanas hubiese ejercido la facultad de la declaración de vacancia respecto de los cargos que servían.
Este tema me pareció interesante, y por eso quise exponerlo, especialmente para quienes nos escuchan y ven a través del canal de televisión de la Cámara de Diputados. Reitero que el proyecto es muy beneficioso y de justicia para los exfuncionarios de esa repartición.
He dicho.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS ( Presidente ).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece condiciones especiales transitorias para la aplicación del artículo 18 de ley N° 19.479 y faculta para otorgar el bono compensatorio que indica.
Hago presente a la Sala que la totalidad de sus normas son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
CONFIRMACIÓN DE VIGENCIA INMEDIATA DE NORMA QUE DEROGÓ INDEMNIZACIÓN COMPENSATORIA POR NO PAGO DE TARIFA O PEAJE EN OBRAS CONCESIONADAS (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 8861-09)
El señor GODOY ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el artículo primero transitorio de la ley Nº 20.410, para confirmar la vigencia inmediata de la norma que derogó la indemnización compensatoria por no pago de tarifa o peaje en obras concesionadas.
Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor Javier Hernández.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, sesión 41ª de la presente legislatura, en 20 de junio de 2013. Documentos de la Cuenta N° 7.
-Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, sesión 79ª de la presente jornada, en 8 de octubre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 10.
El señor GODOY (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor HERNÁNDEZ (de pie).-
Señor Presidente , en primer lugar, saludo a la ministra de Obras Públicas , señora Loreto Silva , aquí presente.
En representación de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley, iniciado en moción de la honorable senadora señora Soledad Alvear, que modifica el artículo primero transitorio de la ley N° 20.410, para confirmar la vigencia inmediata de la norma que derogó la indemnización compensatoria por no pago de tarifa o peaje en obras concesionadas.
El proyecto tiene por objeto precisar que el texto vigente del artículo 42 de la ley de concesiones de obras públicas corresponde al de la norma sustitutiva contenida en la ley N° 20.410, para evitar interpretaciones que atribuyen vigencia al texto sustituido.
En el estudio de la iniciativa, la Comisión contó con la colaboración y asistencia de la ministra de Obras Públicas , señora Loreto Silva ; del director nacional de Vialidad , señor Mario Fernández ; del jefe de Seguridad Vial , señor René Verdejo ; del fiscal del Ministerio de Obras Públicas, señor Franco Devillaine , y del asesor legislativo señor Luis Granier .
Además, en representación de la honorable senadora señora Soledad Alvear, participaron los asesores señores Jorge Cash y Marcelo Bravo . También participó el presidente de Copsa A.G., señor Rodrigo Álvarez .
Cabe destacar que durante la discusión del proyecto en la Comisión se aprobó una indicación que sustituye el artículo único del proyecto y se incorpora un artículo transitorio nuevo. La indicación fue suscrita por los diputados señores Pepe Auth , René Manuel García , Javier Hernández, Juan Carlos Latorre , Fernando Meza , la señora Clemira Pacheco , el señor Leopoldo Pérez, la señora Alejandra Sepúlveda y los señores Joaquín Tuma y Mario Venegas .
El nuevo texto tiene por objeto hacer una interpretación diferente a lo dispuesto por la ley Nº 20.410, ya que dicha normativa puede darle opción a las concesionarias para que hagan uso de la facultad de acogerse o no a dicha ley, lo que en la práctica les permitía obtener hasta 40 veces el monto adeudado originalmente.
A través del Nº 1) del texto propuesto, se resuelve definitivamente el problema interpretativo, al permitirle a los tribunales de justicia que, en todas aquellas materias en las que se encuentren discutiendo cobros de tarifas impagas, tendrán que aplicarse las modificaciones que introduce el artículo 42 del decreto Nº 900, del Ministerio de Obras Públicas, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 164, del Ministerio de Obras Públicas, de 1991, ley de concesiones de obras públicas, y no el régimen anterior, para que se entienda por parte de los tribunales de justicia que dicha norma siempre debió aplicarse de la manera como se señala hoy, con el objeto de evitar dobles interpretaciones.
El Nº 2) de la indicación se hace cargo de un planteamiento formulado por miembros de la Comisión respecto de los juicios que actualmente se encuentran en trámite y en los cuales aún se encuentra pendiente su resolución, de los juicios que fueron iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley Nº 20.410, y, por último, de los que fueron iniciados después de la entrada en vigencia de la citada ley y sobre los cuales aún no hay sentencia definitiva.
Además, se incorpora una regulación para las empresas concesionarias que renuncien al cobro de las indemnizaciones compensatorias, cuyos títulos emanaren de sentencias de término de fecha anterior a la entrada en vigencia de la ley N° 20.410, lo cual se realizará mediante carta enviada al director general de Obras Públicas , sin perjuicio del derecho opcional de las sociedades concesionarias a perseverar en el cobro de las tarifas o peajes impagos a través del antiguo régimen, con el objeto de resguardar los derechos ya adquiridos. Esa es una forma de sancionar el silencio negativo de las empresas concesionarias.
También se establece que igual regla se aplicará a aquellas indemnizaciones compensatorias reclamadas en causas iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley N° 20.410 y con sentencia de término de fecha posterior a la entrada en vigencia de la misma ley, en las cuales no se hubiere aplicado el régimen de multas introducido por la ley N° 20.410, es decir, en aquellos casos en los cuales el juez, a pesar de las modificaciones efectuadas a la ley, continúe aplicando el régimen de las indemnizaciones compensatorias, situación en la cual también se establece el derecho de las sociedades concesionarias a decidir si perseveran o no en el régimen anterior.
Finalmente, se regula la situación de las causas iniciadas con anterioridad a la dictación de la ley N° 20.410, pero respecto de las cuales aún se encuentre pendiente el fallo a la fecha de publicación como ley de la presente iniciativa. Ellas se deberán fallar aplicando el régimen de multas conforme a lo dispuesto en el actual artículo 42 del decreto N° 900, del Ministerio de Obras Públicas, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 164, del Ministerio de Obras Públicas, de 1991, ley de concesiones de obras públicas, modificado por la ley N° 20.410. Con ello se establece que, cuando una causa se haya iniciado con anterioridad a la modificación del régimen, los tribunales deberán entender que, al aplicar la sanción, se haga a través del régimen de multas y no de la indemnización compensatoria. Ello obedece a la aplicación de normas de derecho administrativo de carácter más favorable.
Cabe destacar que el presidente de Copsa A.G., señor Rodrigo Álvarez Zenteno , durante su intervención sostuvo que el proyecto de ley necesariamente debe entregar a las empresas concesionarias certeza jurídica y respeto a los derechos adquiridos de naturaleza constitucional, ya que el marco jurídico institucional permitió en su oportunidad la existencia de sistemas de financiamiento de largo plazo.
Consideraciones Reglamentarias
El proyecto no contiene artículos que deban ser calificados como normas orgánicas constitucionales ni de quorum calificado.
Tampoco contiene artículos que deban ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
Puesto el proyecto de ley en votación en general y en particular, fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes, señores Auth , Bobadilla , García, don René Manuel ; Hernández, Latorre , Meza , Norambuena , Pérez, don Leopoldo ; Tuma y Venegas y las diputadas señoras Pacheco , doña Clemira , y Sepúlveda , doña Alejandra .
Es todo cuanto puedo informar a la Sala.
He dicho.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón.
El señor RINCÓN.-
Señor Presidente , esta moción de la senadora Soledad Alvear viene a corregir un problema que, dicho sea de paso, se trató de enmendar rebajando la indemnización compensatoria. No olvidemos que, originalmente, se pagaba 40 veces más y luego se bajó a 5 veces. Sin embargo, se produjeron discusiones interpretativas a nivel de la judicatura respecto del plazo de vigencia, a tal punto que, incluso, ha habido sentencias diversas sobre el tema de la vigencia. Justamente, esta moción pretende que la fecha de vigencia sea la de publicación de la ley, para que no haya ninguna duda interpretativa ni distintos criterios judiciales, situación que es comprensible que existan cuando no necesariamente está en el texto expreso de la norma lo que esta moción busca aclarar.
Es importante que se apruebe esta moción, porque, de una u otra forma, producirá una aclaración jurídica importante y terminará uniformando la judicatura. Incluso, solucionará las tramitaciones pendientes en los juzgados al día de hoy, lo que no es un tema menor. Por lo tanto, es una clara moción orientadora que, según entiendo -la ministra de Obras Públicas lo podrá ratificar en la Sala-, comparte el Ejecutivo . Y el trabajo que ha desarrollado la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, que es nuestra instancia técnica y especializada, va en esa misma línea.
En consecuencia, este proyecto será un aporte y dará tranquilidad en un tema que ha suscitado más de alguna controversia, incluso pública, porque cuando se produjeron los cobros de 40 veces la deuda se generó alarma pública por las deudas que se abultaban considerablemente. De hecho, más de alguna persona habló de un enriquecimiento ilícito o sin causa, cuando, a consecuencia de una multa legítima, después se elevaba el monto a cobrar por ocupar la autopista y pasar por debajo de los pórticos. Pero elevar 40 veces el cobro de la multa termina generando un enriquecimiento injustificado a costa de una infracción, lo que aparecía como desproporcionado. Eso se puede haber entendido en el contexto de garantizar el adecuado funcionamiento de un sistema que otorga un servicio sin contraprestación inmediata, que queda pendiente, como una forma de tender permanentemente a la baja en el no pago, porque el servicio se está prestando automáticamente, minuto a minuto y hora tras hora. Pero no hay una contraprestación inmediata de pago por el uso de ese servicio, la autopista, al pasar por cada uno de los pórticos, porque no hay un cobro manual, sino que es automático, electrónico, computacional.
Entonces, se puede entender como una buena intención o idea para garantizar que no haya mucha tendencia a la evasión de los pagos. Pero el cobro de 40 veces la multa terminó por transformarse en una desproporción.
Por eso, la ley N° 20.410 dispuso la rebaja de 40 a 5 veces la multa, como una medida de corrección. Sin embargo, aún así subsistió la duda sobre en qué minuto comenzaba a regir esa modificación: si desde la publicación de la ley o desde que la empresa aceptaba la modificación, toda vez que había un contrato previo que la regulaba. A partir de eso, se hicieron varias disquisiciones jurídicas que terminaron en los diferentes fallos que he mencionado y no en un criterio único respecto de algo que debiera tener claramente uniformidad jurisprudencial.
Justamente, este proyecto pretende eliminar eso, pues busca que la ley rija desde su publicación y, a la vez, entrega pautas orientadoras de solución respecto de las causas que están pendientes y en litigio en los tribunales. Creo que esta aclaración terminará siendo positiva no solo para los usuarios de las autopistas concesionadas y la institución que vela por ellas -el MOP y su respectiva Unidad de Concesiones-, sino también para las propias concesionarias, porque no es bueno para nadie que un sistema que ha funcionado bastante bien, que ha recibido una buena evaluación internacional, por las innovaciones tecnológicas que implicó para Chile, que se ha copiado en otras partes -Chile fue uno de los países pioneros en esto, sino el que más-, termine siendo cuestionado o deslegitimado públicamente por una modalidad de cobro o recaudación de un pago que se hace a posteriori.
Por tanto, es buena esta iniciativa. La senadora Soledad Alvear -la “Chol”, como la llamamos algunos amigos- ha contribuido con esta moción y es bueno también que el Gobierno, con su ministra acá presente, por su intermedio, Presidente , haya coadyuvado con la Comisión especializada de Obras Públicas para que esta moción se transforme en ley. Entiendo que todavía falta introducir algunas modificaciones que ha efectuado la Comisión en el tercer trámite en el Senado. También la Cámara de Diputados, a través de la Comisión de Obras Públicas, ha hecho el aporte respectivo.
Por tanto, la bancada de la Democracia Cristiana -lo digo como jefe de la misma- va a concurrir favorablemente con sus votos para aprobar esta moción de la senadora Soledad Alvear.
He dicho.
El señor GODOY (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la ministra de Obras Públicas, señora Loreto Silva.
La señora SILVA, doña Loreto ( ministra de Obras Públicas ).-
Muy buenos días.
Para el Ministerio de Obras Públicas es fundamental la aprobación de esta normativa, porque va a aclarar una interpretación en cuanto a cómo se debe aplicar la ley N° 20.410 que, como decía anteriormente el diputado Rincón , disminuyó una multa por el no pago del peaje, de cuarenta a cinco veces.
Para nosotros es fundamental que exista igualdad ante la ley y, por lo tanto, claridad sobre quiénes y desde cuándo se aplica esta norma, y, por sobre todas las cosas, que se entienda que se aplica in actum; es decir, desde el momento mismo de su publicación. Ahora, como entendemos que este proyecto de ley se va a transformar en una norma interpretativa, debiera aplicarse desde la época de publicación de la ley N° 20.410. Creemos que con esto estamos dando certeza jurídica a los usuarios, a los concesionarios y, por sobre todo, equiparando y haciendo posible que la interpretación de esta norma sea igual para todos los tribunales ordinarios de justicia, dando a la gente certeza jurídica respecto de sus derechos.
También es fundamental hacer hincapié en la importancia de que los usuarios paguen la tarifa proporcional al servicio que reciben y la multa que se aplique no tiene que ser excesiva, como se establecía originalmente cuando la indemnización compensatoria era 40 veces el peaje no pagado.
Por consiguiente, es fundamental avanzar en este proyecto de ley. Valoramos la moción de la senadora Alvear, como asimismo el trabajo conjunto entre el Gobierno y el Congreso Nacional en relación con la dictación de esta norma interpretativa que, repito, va a dar certeza jurídica a los usuarios.
He dicho.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).-
Gracias, señora ministra.
Tiene la palabra el diputado señor Rincón.
El señor RINCÓN.-
Señor Presidente , aprovechando la presencia de la ministra y que la Comisión de Obras Públicas, en muchos proyectos -a usted le consta, señor Presidente - ha trabajado mancomunadamente con el gobierno, porque son proyectos muy transversales que interesan a toda la ciudadanía -de hecho, viene uno la próxima semana, en otro ámbito-, por su intermedio, señor Presidente , le solicito formalmente que analice, estudie y pondere, el proyecto de ley sobre “Barreras Arriba” que ha sido presentado por varios parlamentarios en forma transversal. Establece algo distinto de lo que existe hoy, en que el MOP puede aplicar multas cuando se producen atochamientos en las plazas de peaje y no se asegura el flujo continuo que la Ley de Concesiones establece que debe asegurarse; pero, el procedimiento de multas es engorroso, no beneficia directamente al usuario; éste queda igual, perdiendo tiempo y atascado en la plaza de peaje. Esto es mucho más expedito y a usted le consta que el MOP hizo gestiones directas para que las barreras se levantaran los fines de semana largo.
Por tanto, por su intermedio, señor Presidente , aprovecho esta oportunidad para pedirle a la ministra que examine el proyecto de ley “Barreras Arriba” que, junto con el diputado Gabriel Silber y otros parlamentarios, transversalmente, hemos presentado hace ya un tiempo y está radicado en la Comisión de Obras Públicas.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS ( Presidente ).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el artículo primero transitorio de la ley N° 20.410, para confirmar la vigencia inmediata de la norma que derogó la indemnización compensatoria por no pago de tarifa o peaje en obras concesionadas.
Hago presente a la Sala que la totalidad de sus normas son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
ADMINISTRACION DEL BORDE COSTERO Y CONCESIONES MARÍTIMAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 8467-12)
El señor GODOY ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley sobre administración del borde costero y concesiones marítimas.
Diputados informantes de las Comisiones de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente; de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, y de Hacienda, son los señores David Sandoval, Alejandro Santana y Roberto Delmastro, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 61ª de la legislatura 360ª, en 31 de julio de 2012. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, sesión 29ª de la presente legislatura, 16 de mayo de 2013. Documentos de la Cuenta N° 7.
-Informe de la Comisión Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, sesión 36ª de la presente legislatura, en 11 de junio de 2013. Documentos de la Cuenta N° 10.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 80ª de la presente jornada, en 8 de octubre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor GODOY (Presidente).- Previamente, tiene la palabra el señor Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , el Ejecutivo estaba muy interesado en este proyecto e, incluso, solicitó que ojalá no se hubiera discutido este jueves, por razones obvias.
El señor GODOY ( Vicepresidente ).- Gracias, diputado Jaramillo.
Tiene la palabra el diputado don Leopoldo Pérez.
El señor PÉREZ (don Leopoldo).- Señor Presidente , le pido que solicite la autorización de la Sala para que pueda ingresar el subsecretario de Bienes Nacionales .
El señor GODOY (Vicepresidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para que pueda ingresar el señor subsecretario. Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor David Sandoval, informante de la Comisión de Recursos Naturales.
El señor SANDOVAL (de pie).- Señor Presidente , me corresponde presentar la minuta sobre el proyecto de administración del borde costero y concesiones marítimas.
Pero, antes de entrar en materia, quiero recordar que fue el señor Oscar Nahuelhuén , de la zona sur del fiordo de Aysén, quien nos presentó esta situación hace algún tiempo, manifestándonos su inquietud por haber recibido un título de dominio gratuito; pero las concesiones de playa le habían significado un alto costo. Un saludo muy especial a él.
Respecto de esta materia, también quiero saludar y agradecer a la Ministro de Bienes Nacionales , y particularmente al Gobierno.
Asimismo, destaca de manera significativa el trabajo y aporte que, con anterioridad, varios parlamentarios hemos venido realizando sobre este proyecto, como son los diputados Leopoldo Pérez, Alejandro Santana -del distrito de la provincia de Chiloé y Palena -; Manuel Rojas , Carlos Vilches , Joel Rosales , Cristián Letelier , Pedro Araya , Javier Hernández y Nino Baltolú , quienes fuimos parte del inicio de su discusión y que hoy me permito exponer a la Sala la minuta respectiva.
En mi calidad de diputado informante de la Comisión de Recursos Naturales , Bienes Nacionales y Medio Ambiente, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley, originado en mensaje, sobre administración del borde costero y concesiones marítimas (Boletín N° 8467-12).
La idea matriz o fundamental del proyecto consiste en crear un régimen regulatorio de las concesiones marítimas que permita una mayor celeridad en su tramitación y que garantice de mejor manera la seguridad jurídica para sus titulares, considerando los aspectos ambientales, sociales y económicos, que confluyen en el borde costero de forma coherente con la administración y gestión del resto del territorio nacional, radicando en el Ministerio de Bienes Nacionales su gestión y ordenamiento.
Durante el estudio de la iniciativa, vuestra Comisión contó con la asistencia y participación de autoridades del Ministerio de Bienes Nacionales, incluyendo a la ex ministra, señora Catalina Parot , y al actual ministro , don Rodrigo Pérez ; de representantes de las Fuerzas Armadas; de la Dirección General del Territorio Marítimo y de la Marina Mercante ( Directemar ); de la Asociación de Funcionarios de la ex Subsecretaría de Marina, preocupados por las implicancias de este cambio; de la División de Políticas y Estudios de la Subsecretaría de Desarrollo Regional (Subdere).
También asistieron académicos de la Facultad de Historia, Geografía y Ciencias Políticas de la Pontificia Universidad Católica; representantes de las comunidades indígenas y miembros de otras organizaciones de la sociedad civil, como Chile Sustentable, y de la Cámara Chilena de la Construcción.
Fundamentos del proyecto.
El mensaje que da origen al proyecto de ley en informe destaca que el borde costero ocupa una posición de vital importancia para el desarrollo del país. Agrega que, sin embargo, en nuestra legislación sólo existen disposiciones dispersas en diferentes textos normativos que hacen alusión al tratamiento de esta unidad geográfica, otorgando facultades y atribuciones a diferentes organismos, lo cual ha impedido una administración ordenada, coherente territorialmente y razonable.
Hasta la fecha ha sido el Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, el encargado de la tramitación y otorgamiento de las concesiones marítimas sobre bienes nacionales de uso público y bienes fiscales existentes en el borde costero y, también, en los lagos y ríos navegables por buques de más de cien toneladas. Sin embargo, esta competencia ha obedecido más a razones históricas que a los objetivos y competencia propios de dicho Ministerio y a la necesidad de radicarlo en un ente que verdaderamente regule la administración del borde costero, con perspectiva territorial y geográfica.
Por ello, se ha considerado como una mejor alternativa radicar la gestión y ordenamiento del borde costero en un órgano de la Administración del Estado con vocación territorial, como es el Ministerio de Bienes Nacionales, cuya expresión está a lo largo de todo el país, y entregarle facultades de coordinación sobre las demás entidades públicas con competencia en el borde costero.
Por último, el mensaje reconoció la labor realizada por los diputados antes individualizados y de quien les habla, quienes, a través del proyecto de acuerdo N° 376, de 2011, que fue aprobado por la unanimidad de esta Cámara, solicitaron expresamente el envío de un proyecto de ley que consagrara la entrega de la administración del borde costero al Ministerio de Bienes Nacionales.
El proyecto de ley consta de 11 artículos permanentes. Por el 1° se fija la ley sobre administración del borde costero y concesiones marítimas, cuyo texto consta en 78 disposiciones permanentes y 11 transitorias, agrupados en 5 títulos, los que abordan las siguientes materias: Normas generales; administración del borde costero; nuevo régimen de concesiones marítimas; división del litoral y disposiciones transitorias.
Constancias reglamentarias previas.
El proyecto no contiene normas de quorum calificado, pero sí de carácter orgánico-constitucional, amén de una serie de disposiciones que deben ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
El proyecto de ley fue aprobado en general por la unanimidad de los diputados presentes, señorita Marcela Sabat y señores Fernando Meza , Leopoldo Pérez, David Sandoval, Guillermo Teillier y Patricio Vallespín .
Durante la discusión general del proyecto se contextualizó la situación actual en cuanto al manejo del borde costero y concesiones marítimas; se identificaron los cambios que se requerían para ajustarse a las nuevas políticas públicas del sector y, a partir de ahí, se precisaron los objetivos perseguidos con este proyecto de ley, enfatizando la necesidad de radicar en el Ministerio de Bienes Nacionales la administración y coordinación del borde costero y mejorar la eficiencia y rapidez en la tramitación de las concesiones marítimas.
El proyecto de ley fue aprobado en particular después de 11 sesiones de la comisión, en las cuales se debatieron múltiples indicaciones parlamentarias que buscaron principalmente asegurar la consideración de los aspectos medioambientales vinculados a la gestión del borde costero. Acorde con este espíritu, se incorporaron, por ejemplo, referencias a la búsqueda del desarrollo sustentable, con pleno respeto a los estándares medioambientales que la ley exige. Asimismo, se debatieron y aprobaron indicaciones para perfeccionar los procesos que permitirán contar con una adecuada participación de las instancias regionales.
También se abordó la forma cómo armonizar la aplicación de este nuevo cuerpo legal con el resto de la legislación especial que pudiera resultar pertinente en el ámbito del borde costero. Al respecto, se optó por no alterar la aplicabilidad del resto de la normativa especial, aunque se incorporaron referencias, por ejemplo, a la denominada Ley Lafkenche y a disposiciones que establecen las facultades fiscalizadoras de Directemar para aclarar que mantienen su plena vigencia.
Por último, la comisión se abocó también al estudio de ciertas situaciones de hecho que convenía resolver en este proyecto de ley. Es así como se concordó incorporar disposiciones transitorias para abordar la situación de ocupantes de hecho de franjas del borde costero. También, en las disposiciones transitorias, se debatió cómo asegurar los derechos laborales y previsionales de los funcionarios que serán traspasados al Ministerio de Bienes Nacionales, cuestión que se evaluó y analizó en las respectivas conversaciones con el Ejecutivo y con los funcionarios, para el debido resguardo de esos derechos.
En definitiva, la Comisión llevó a cabo un completo y exhaustivo análisis del proyecto, razón por la cual solicita a esta honorable Sala su aprobación en los términos en que lo hizo la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente.
Por último, agradezco la voluntad y disposición del Ejecutivo , a través del ministro de Bienes Nacionales , por su constante preocupación y dedicación por compatibilizar los inte-reses del usuario con la necesidad de mejorar y perfeccionar los niveles de ocupación del borde costero, en algunos casos tan dramáticamente afectado por el último tsunami.
Destaco y felicito también el compromiso de los diputados antes individualizados, para generar el escenario y el ambiente necesarios para llevar a cabo la iniciativa en informe.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , solicito que recabe nuevamente el asentimiento de la Sala para autorizar el ingreso del subsecretario de Bienes Nacionales . El señor Bulnes logró que nuestras indicaciones contaran con el patrocinio del Ejecutivo.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Señor diputado , ya tengo señales de negación a su petición.
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Santana, informante de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos.
El señor SANTANA (de pie).- Señor Presidente , lamento que no demos la unanimidad, porque el subsecretario Bulnes cumplió una importante labor durante la discusión del proyecto en las tres comisiones que lo conocieron.
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, me corresponde informar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, sobre administración del borde costero y concesiones marítimas, que se encuentra en primer trámite constitucional y primero reglamentario.
El mensaje expresa que el proyecto de ley acoge la solicitud y reconoce la labor realizada por los diputados Manuel Rojas , David Sandoval , Carlos Vilches , Nino Baltolú , Alejandro Santana, Joel Rosales , Cristián Letelier y Pedro Araya , a la que se suma la del diputado señor Leopoldo Pérez, quienes, a través del proyecto de acuerdo N° 376, de 2011, solicitaron expresamente el envío de un proyecto de ley para consagrar la entrega de la administración del borde costero al Ministerio de Bienes Nacionales.
En la actualidad, el Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, es el encargado de la tramitación y otorgamiento de las concesiones marítimas sobre bienes nacionales de uso público y bienes fiscales existentes en el borde costero. Por su parte, la política nacional de uso del borde costero del litoral está contenida en una norma de rango reglamentario, cual es el decreto supremo N° 475, del Ministerio de Defensa, de 1994, que creó la Comisión Nacional del Uso del Borde Costero, que presidia el ministro de Defensa y con la participación de otras carteras, procurando el mejor uso de esa área.
El propósito del proyecto es radicar la gestión y ordenamiento del borde costero -espacio que ocupa una posición de vital importancia para el desarrollo del país- en el Ministerio de Bienes Nacionales, entregándole las facultades de coordinación de las demás entidades públicas con competencia en el área, con la finalidad de fomentar su desarrollo de manera sustentable y armónica, por estimarse que esta cartera tiene vocación definida en materia de gestión y administración territorial.
El hecho que se le entregue la facultad de otorgar concesiones marítimas, la que actualmente reside en la autoridad marítima, tiene por objeto radicar esta labor en una sola autoridad.
En resumen, el proyecto desarrolla el concepto de borde costero; eleva la política de su uso a rango legal, hoy contenida en un decreto supremo; saca del Ministerio de Defensa Nacional la facultad de otorgar concesiones marítimas, entregándosela al Ministerio de Bienes Nacionales, dentro del cual se crea la División del Litoral, el cual asume las facultades de dicho ministerio en este ámbito, como también las facultades que tiene sobre concesiones de acuicultura, que pasan al Ministerio de Bienes Nacionales.
En cuanto a las concesiones marítimas, hay cambios orientados a dar mayor seguridad jurídica al concesionario; agilizar las concesiones, permitiendo más de una concesión, siempre que sean compatibles, en un mismo espacio.
La política nacional será fijada por el Presidente de la República , para lo cual contará con un órgano asesor, cual es la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero. Además, se contemplan comisiones regionales.
Cabe destacar algunos aspectos fundamentales.
Se establece la forma en que debe fijarse la política nacional de uso del borde costero y su zonificación, a través de los gobiernos regionales, cuyo proyecto, una vez aprobado por la Comisión Regional de Uso del Borde Costero, será remitido a la Comisión Nacional del Uso del Borde Costero, que preside el ministro de Bienes Nacionales . Una vez aprobado el proyecto definitivo, a través del Ministerio de Bienes Nacionales, se remite al Presidente de la República para su consideración y aprobación final.
Este sistema permite una efectiva participación de las regiones en todo este proceso.
Dada su estrecha vinculación con el uso del borde costero, se regula un nuevo régimen de concesiones marítimas, el que se radica en el Ministerio de Bienes Nacionales.
Será posible autorizar dos o más concesiones respecto de un mismo sector concesionable con el propósito de amparar distintos usos, armónicos entre sí.
Habrá una concesión marítima mayor hasta por 30 años y una concesión marítima menor hasta por 10 años.
Se puede prescindir de la opinión de la Comisión Regional del Uso del Borde Costero en el caso de que ya se encuentre aprobada y vigente la zonificación del borde costero.
Se confiere al ministerio la atribución de convocar a licitación pública para el otorgamiento de una concesión marítima cuando se presenten dos o más interesados en un mismo sector, cuando así lo estime conveniente.
Se mantienen inalteradas las facultades de fiscalización y supervigilancia sobre toda la costa y el mar territorial de la República, y sobre los ríos y lagos que sean navegables por buques de más de 100 toneladas, de conformidad con las leyes vigentes.
En cuanto a la fiscalización de las Concesiones Marítimas, será ejercida por los funcionarios del ministerio.
En el mencionado Ministerio, para cumplir sus nuevas funciones, se crea una División del Litoral.
Finalmente, nuestra comisión, conociendo el proyecto presentado por la Comisión de Recursos Naturales, procedió a aprobarlo con algunas modificaciones, siendo las más relevantes las siguientes:
En el artículo 23, para incorporar en las comisiones regionales de Uso del Borde Costero al gobernador marítimo y al director zonal de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con competencia en la región, por cuanto se consideró imprescindible la presencia de dos autoridades con competencia en materias fundamentales en el borde costero.
En el artículo 3° transitorio, para permitir que los funcionarios que corresponda traspasar desde la Subsecretaría de las Fuerzas Armadas puedan optar entre mantenerse en esa entidad o bien ser traspasados al Ministerio de Bienes Nacionales
En el artículo 6° transitorio, para extender la facultad de enajenar terrenos de playa -esto es, los que estén en la faja de terreno de propiedad del Fisco sometida al control, fiscalización y supervigilancia del Ministerio de Defensa, de hasta 80 metros de ancho, medida desde la línea de la playa- a la Región de Antofagasta, siendo que en la actualidad sólo es factible hacerlo en las Regiones Décima y Duodécima.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Carlos Montes, para rendir el informe de la Comisión de Hacienda.
El señor MONTES (de pie).- El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 9 de julio de 2012, señala que el mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación del proyecto de ley durante el primer año de su entrada en vigencia, considerando su efecto por año completo, no podrá exceder la cantidad de 45.830 miles de pesos, correspondiente a la creación del cargo de jefe de la División del Litoral del Ministerio de Bienes Nacionales .
Este mayor gasto se financiará con cargo al presupuesto vigente de dicha Secretaría de Estado y, en lo que faltare, con recursos provenientes de la Partida Tesoro Público.
El informe financiero complementario, de 1 de octubre de 2013, relativo a las indicaciones, señala que estas no generan gastos adicionales al Fisco.
En el debate de la comisión, el señor Juan Carlos Bulnes explicó que el Ministerio de Bienes Nacionales es el encargado de elaborar políticas sobre el territorio fiscal y de reconocer, administrar y gestionar dicho patrimonio, que equivale aproximadamente al 50 por ciento de Chile continental (38 millones de hectáreas).
Por otra parte, Chile tiene aproximadamente 4.200 kilómetros de costa, cifra que sube a cerca de 83.850 kilómetros si se consideran las islas que bordean el continente.
Se ha observado también que existe una regulación antigua, inorgánica y esencialmente reglamentaria; falta de coherencia territorial en la administración del borde costero y los terrenos fiscales aledaños. Sólo dos regiones del país tienen zonificado su borde costero: Coquimbo y Aysén .
Hay una deficiencia en la política para el otorgamiento de concesiones, pues se reacciona frente a solicitudes de particulares, pero no existe una facultad que permita al Ministerio de Defensa Nacional licitar concesiones y otorgarlas proactivamente; existen demoras en la tramitación de las concesiones y, sobre todo, inseguridad jurídica en los concesionarios, pues la propia ley señala que los títulos que se les entregan son muy precarios.
Los principales cambios que el proyecto contempla son:
1. Traspasar la administración del sistema de concesiones marítimas desde el Ministerio de Defensa al Ministerio de Bienes Nacionales;
2. Pasar de una administración caso a caso a una gestión basada en políticas definidas y con mayores grados de certeza para los agentes públicos y privados.
3. Pasar de una participación regional más bien inorgánica a una participación institucionalizada de las regiones.
Con respecto al proceso de definición de la política nacional de uso del borde costero, el proyecto lo eleva a rango legal, estableciendo los criterios generales y específicos para el aprovechamiento integral, equilibrado y armónico de dicha zona, con miras a conciliar las necesidades sociales, de desarrollo económico, uso racional de los recursos naturales y protección del medio ambiente, desde una perspectiva nacional.
En lo que atañe a esta zonificación, el proyecto implica un gran avance en materia de descentralización, al encomendar su realización a los gobiernos regionales, en concordancia con la política nacional.
Por último, destacó el señor subsecretario que el nuevo régimen de concesiones marítimas administrado por el Ministerio de Bienes Nacionales ofrece mayor seguridad jurídica a sus titulares para fomentar el desarrollo en la zona costera; mantiene inalterables las facultades de fiscalización y supervigilancia sobre toda la costa y el mar territorial que hoy recae sobre las autoridades marítimas; mantiene también vigente la Ley General de Pesca y Acuicultura, sustituyendo únicamente las referencias contenidas en ella al Ministerio de Defensa Nacional por otras hechas al Ministerio de Bienes Nacionales. Se establece además que la única forma de administración del borde costero es a través de las concesiones o destinaciones, definiéndose así como una zona inalienable, salvo las excepciones contempladas en el articulado transitorio de la iniciativa.
Finalmente, el señor subsecretario de Bienes Nacionales presentó diversas indicaciones al proyecto, que recogen las observaciones formuladas en la comisión y que dicen relación con las áreas concesibles, los planes reguladores comunales e intercomunales y las facultades fiscalizadoras de la Directemar, así como con el carácter de ministros de fe de sus funcionarios, además de algunas adecuaciones indispensables para dar coherencia al texto de la iniciativa.
En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente:
La comisión acordó votar, en primer lugar, las indicaciones presentadas en esta comisión con sus respectivos artículos, siendo las del Ejecutivo aprobadas ad referendum, las que después fueron aprobadas por dicho Poder del Estado.
Puestos finalmente en votación los artículos 18, 22 al 26, 29, 31, 40 al 45, 64, 74 y 76 permanentes, y 1o, 2o, 3o, 6o y 9o transitorios, de la ley sobre Administración del Borde Costero y Concesiones Marítimas, contenidas en el artículo primero del proyecto, y los artículos segundo y tercero del mismo, fueron aprobados por 7 votos a favor y 2 abstenciones.
Tratado y acordado en sesiones de fechas 30 de julio; 6, 13, 27 de agosto, 3 y 10 de septiembre, de 2013, con la asistencia de los diputados señores Miodrag Marinovic , Presidente ; Ernesto Silva , Presidente accidental ; Joaquín Godoy , Presidente accidental ; Pepe Auth , Roberto Delmastro , Enrique Jaramillo , Pablo Lorenzini , Javier Macaya , Carlos Montes, remplazado por la diputada señora Clemira Pacheco ; diputados señores José Miguel Ortiz , Leopoldo Pérez, Carlos Recondo , Alberto Robles , Alejandro Santana , Ernesto Silva y Gastón von Mühlenbrock .
Concurrieron, además, la diputada señora Carolina Goic y los diputados señores David Sandoval y Patricio Vallespín .
Es cuanto corresponde informar a esta Sala.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra la diputada señora Clemira Pacheco.
La señora PACHECO (doña Clemira).- Señor Presidente , este proyecto lo hemos conocido y analizado en la Comisión de Pesca, pero no he logrado clarificar las dudas que allí planteé. Además, su estudio se hizo con un apuro impresionante, ya que el Ejecutivo le puso urgencia, por lo que pudimos conocer el proyecto sólo en dos sesiones.
Comparto lo que dice relación con la necesidad de regular el uso del borde costero. Es evidente que se requiere una planificación para ese recurso tan valioso, que en innumerables ocasiones está subexplotado y en otras, que no son pocas, está sobreutilizado, al punto de impactar gravemente el ambiente y la estética de nuestras ciudades.
Las comunas que represento en la Región del Biobío dan cuenta de una proliferación desordenada, cuyo resultado es un borde costero saturado; sin embargo, el proyecto no logra resolver adecuadamente esos inconvenientes.
Es una materia tan relevante que su estudio requiere tiempo y participación. Efectivamente, hay que darse el tiempo necesario para conocer en terreno lo que piensan los habitantes de las comunas que poseen borde costero, la visión de sus organizaciones, autoridades y sectores gremiales interesados, como la pesca artesanal y el turismo a nivel de empresa familiar.
En cuanto al contenido del proyecto, me parece que está muy enfocado para agilizar y facilitar la generación de negocios en el borde costero, en lugar de apuntar hacia su adecuada preservación y administración desde la perspectiva del bien común y el cuidado del medio ambiente.
El borde costero es un bien nacional de todos los chilenos, que se entrega a privados en forma excepcional, con el objetivo de que realicen actividades que apunten al desarrollo. Sin embargo, con el proyecto se busca todo contrario, ya que crea un mecanismo jurídico para que los emprendedores consigan el financiamiento necesario para sus proyectos, lo que me parece bien, pero el borde costero termina hipotecado a favor de la banca.
Ello se hace aún más anómalo cuando vemos situaciones como las que han vivido los pescadores de la Caleta Lo Rojas, en Coronel, a quienes este Gobierno les ha dado títulos de dominio precario, sujeto a que el Estado los pueda recuperar si así lo estima.
Además, el contenido del proyecto habla de la entrega de concesiones, lo que nos preocupa, ya que en el borde costero de las comunas de Penco, Lirquén y Tomé se ha entregado una recomendación para la instalación de un gasoducto en un terminal portuario, que además tiene una termoeléctrica.
En resumen, entregamos títulos de dominio precario a la gente que siempre ha vivido en el borde costero, lo que significa que aquí hay manga ancha, estabilidad y derechos para el empresariado e inversionistas, pero hay dificultades para los pequeños productores y para gente de esfuerzo, como los pescadores, que han vivido toda su vida en las caletas. Además el proyecto es muy benévolo con los ocupantes ilegales, al establecer una condonación excesiva y masiva. Ello debe corregirse. Puede entenderse para la ocupación de particulares de escasos recursos que residen en el lugar, pero no respecto de grandes empresas o privados que utilizan el borde costero con fines turísticos y empresariales. Creo que no debe seguir sucediendo esto. ¡No más abusos y privilegios; no más negocios con bienes de todos los chilenos!
Me interesa mucho el tema de la pesca y del borde costero, pero creo muy necesario discutirlo y destinarlo para el desarrollo de las comunidades costeras, pero con participación y con una lógica de desarrollo sustentable, armónico y a escala humana, no la del gran negocio.
Por lo anterior, votaré en contra el proyecto. Además, rechazo la forma en que se discutió, ya que no es participativa y porque, como dije, entrega bienes públicos a privados de manera indiscriminada.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Tuma.
El señor TUMA.- Señor Presidente , Chile cuenta con más de 4 mil kilómetros de litoral, uno de los más extensos del planeta, con el cual sólo compite la costa desmembrada de algunos países escandinavos. La dimensión de ese espacio terrestre colindante con el mar nos obliga necesariamente a contar con regulaciones adecuadas para asegurar, por una parte, un correcto poblamiento de la costa, lo cual supone ocupar aquella extensa zona casi virgen, especialmente en el norte del país; pero, al mismo tiempo, asegurar que los asentamientos humanos y que los proyectos productivos que se desarrollen en él no produzcan daño al entorno marino y terrestre y, al mismo tiempo, a las comunidades.
Creo que la decisión del Gobierno de superar una legislación cuya base tiene su origen en los años 60, cuando se entregó a la Armada de Chile un rol preponderante en la materia, es acertada. Esta es una cuestión esencialmente civil, y, en consecuencia, lograr que las competencias en materia de concesiones marítimas pasen al Ministerio de Bienes Nacionales también nos parece acertado.
En el caso de la Región de La Araucanía, desde los primeros tiempos del poblamiento del continente, su costa litoral se halla ocupada por pueblos originarios. En la actualidad, las comunidades Lafkenches tienen derecho a hacer uso de una ley especial que les permite acceder a concesiones de lo que se denomina “espacio costero marítimo de los pueblos originarios”. Sin embargo, hasta el día de hoy no lo han conseguido: las aguas interiores, como los ríos y los lagos, siguen sujetas a la normativa común y general.
Como parlamentario del distrito N° 51 he promovido en estos últimos años un proyecto de asociatividad municipal para el aprovechamiento de las dos riberas del río Imperial, el cual hoy se encuentra abandonado, en circunstancias de que en sí mismo representa una oportunidad inigualable para la conformación de un núcleo turístico en la zona que puede reportar enormes beneficios para los habitantes asentados a su vera.
En relación a ese asunto, si bien comparto que se pasen las atribuciones en materia de concesiones marítimas desde el mundo militar, especialmente desde el Ministerio de Defensa al de Bienes Nacionales, me parece poco razonable que pese a la existencia de comisiones regionales del uso del borde costero del litoral, estas no sean, en el caso al menos de concesiones en el borde de ríos y lagos, quienes puedan decidir el otorgamiento de tales concesiones.
El problema de este país es el centralismo extremo, la burocracia, las demoras injustificadas. No hay necesidad de que un ministro de Estado tenga que decidir todo en Santiago y que las regiones no podamos al menos definir dónde se puede instalar un quiosco en la playa de un lago o de un río.
Los emprendimientos de una pyme pueden abortarse por la demora de la burocracia chilena. Espero que el Ministerio de Bienes Nacionales transfiera a las regiones, a través de las seremis, la facultad de decidir estas pequeñas situaciones, que no tienen que ver ni con la defensa nacional ni con cuestiones mayores.
Por lo expuesto, anuncio que votaré favorablemente el proyecto, pero con la objeción regionalista y realista de quien ha padecido, junto a su comunidad, los excesos del centralismo de la capital.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Teillier.
El señor TEILLIER.- Señor Presidente , el borde costero, hasta hace unos años, solo se regulaba mediante el decreto supremo N° 475, ícono de la política nacional de uso del borde costero. Poco a poco comenzaron los procesos de zonificación costera, a los cuales dio inicio la experiencia pionera en Aysén.
Al mismo tiempo, aparecieron libros sobre la materia, y los centros de estudios e investigación de distintas universidades como la Católica del Norte y la de Valparaíso comenzaron a organizar estudios, seminarios y contribuyeron a crear una nueva conciencia sobre el uso del borde costero.
El desafío estaba determinado por la necesidad de ordenar el espacio territorio marítimo de forma tal que la política costera lograra responder a distintos problemas. A saber: la contaminación marina, la actividad portuaria, la actividad pesquera, la actividad acuícola, los asentamientos humanos, el desarrollo turístico y la seguridad nacional, porque la zona costera no solo es un espacio de interacción geofísica, sino también un encuentro de diferentes usos humanos y sociales. Todos esos son temas atingentes al borde costero y justifican ampliamente la necesidad de plantear una ley.
El decreto supremo N° 475 ha cumplido una etapa, y comienza otra que debe permitimos abrir paso hacia un salto cualitativo en la política costera nacional, en su cuidado, buena administración y uso equilibrado.
Ese fue nuestro ánimo en la Comisión de Recursos Naturales: contribuir a un desafío que impacta en la vida de centenares de miles de chilenos a lo largo del país.
El proyecto nos pareció ambicioso, toda vez que promovía, por una parte, la zonificación costera y, por otra, el traspaso de las concesiones marítimas al Ministerio de Bienes Nacionales. Esto, obviamente, supone un cambio institucional drástico, el cual quedó reducido si consideramos solo que se contratará un jefe de división en dicha Secretaría de Estado.
Llama la atención el poco gasto destinado a este proyecto. No aparecen en ninguna parte del informe financiero -no lo conocimos en la Comisión Recursos Naturales- los dineros destinados a promover y consolidar los procesos de zonificación.
La creación de una institucionalidad pública adecuada con financiamiento para implementar los procesos de zonificación pasa por dotar a esta institucionalidad de atribuciones y dinero. Para ello, es fundamental que la visión que subyace sea de manejo integrado de zonas costeras; es decir, una mirada holística que integre las variables físicas con las institucionales, de modo de que exista una columna vertebral de carácter público a cargo de la implementación de la administración costera.
La zonificación fue un debate muy amplio que dimos en la Comisión de Recursos Naturales. Allí nos fue posible conocer las experiencias y las limitaciones. De hecho, el mismo proyecto habla de la comisión nacional y de las regionales que regulan el uso del borde costero, y en ellas son de suyo relevante las tareas de zonificación.
Lamentablemente, el proyecto se esfuerza más en concesiones que en zonificación, y en el ámbito financiero carece de las definiciones para llevar a efecto dichos procesos y evitar que el texto sea letra muerta.
Nuestra decisión debe dirigirse a que esta división del litoral futura acompañe con autoridad, capacidad de coordinación, instrumentos adecuados, como matrices de uso y recursos monetarios, todo el quehacer de la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero. Debemos disponer de un fondo mínimo para los efectos de la organización administrativa costera y regional para la zonificación.
Tenemos, por otra parte, las concesiones, que han sido el foco principal del Gobierno, que inicialmente quería traspasar a los funcionarios de concesiones desde el Ministerio de Defensa al de Bienes Nacionales. Sin embargo, la pérdida de beneficios previsionales que dicho traspaso significaría para los trabajadores al parecer estaría impidiendo tal medida. El Ministerio de Bienes Nacionales se va a quedar sin la experiencia de la Armada en este ámbito.
Estamos, entonces, ante un proyecto necesario, pero aún incompleto e imperfecto, pese a que se estudió en tres comisiones, lo cual da cuenta de su complejidad, como lo he relatado.
No puedo dejar de mencionar dos observaciones.
En primer lugar, hemos sido informados por el Ejecutivo de una iniciativa que pretende fusionar los Ministerios de Vivienda y de Bienes Nacionales. Ya sabemos que este proyecto sobre borde costero que discutimos traspasa competencias de la Armada al Ministerio de Bienes Nacionales. No quisiera que todo este esfuerzo, todos los años de trabajo de las instituciones de la Armada y el compromiso de varios gobiernos regionales con la zonificación se redujeran a que la administración de borde costero en el futuro se realizara en función de proyectos inmobiliarios, porque ahí estaríamos pavimentando el camino al colapso costero, sobre todo desde el punto de vista de la capacidad de carga que tienen los ecosistemas marinos.
Sería vergonzoso que la única culminación de todo esto fuera grandes condominios en la playa y “el negocio del siglo”. No me gustaría que se repitiera lo que ocurre, por ejemplo, en Valparaíso, donde desde hace mucho tiempo se está discutiendo la construcción de un mall en un terreno que pertenece al Estado, cuyo uso destinado es portuario.
Fue en esas condiciones, además, que se concesionó una parte del puerto a privados. De hecho, Valparaíso , como lo dice la canción, es el “puerto principal”, y su gentilicio es “porteño”. Lo afirmo con toda claridad: un mall en una zona portuaria dentro de una ciudad patrimonial es una muy mala idea.
Me he ido convenciendo de que todavía falta para tener la institucionalidad robusta que se requiere. Sin embargo, Chile necesita una ley de borde costero, una norma que sea una referencia nacional e internacional. Fue por ello que contribuimos con indicaciones en la Comisión de Recursos Naturales; todos los parlamentarios hicimos un esfuerzo al respecto.
Por eso, no me parece que se desdibuje el objetivo de administrar el borde costero limitando su empeño solo a los trámites de concesión, sobre todo si se considera que esa función ya se lleva a cabo, en circunstancias de que los procesos de zonificación no se realizan.
Me parece del todo necesario que en el trámite en el Senado se robustezca el propósito zonificador de la iniciativa, es decir, el establecimiento de un claro ordenamiento de los usos del espacio territorial marítimo, el cual considere todas las implicancias que ello puede tener, por ejemplo, en materia medioambiental y de seguridad, entre otras.
También, creo que se debe tener especial cuidado en observar los derechos de aquellas personas que tienen concesiones o derechos en el borde costero o que han vivido siempre en esos territorios y que no tienen el afán del gran empresariado o del Estado.
En el proyecto de ley en discusión se debe contemplar la entrega de mayores recursos para la administración del borde costero, sobre todo para relevar el propósito zonificador. En la iniciativa no se señala cuál es el rol que tendrá la secretaria técnica y ejecutiva, en circunstancias de que se trata de un aspecto fundamental. Además, no se plantea nada respecto de su composición, su financiamiento y el nivel profesional que deberá tener ese organismo. Se requiere dotar al Ministerio de Bienes Nacionales, en el que funcionarán las comisiones nacionales y regionales de uso del borde costero, de la organización, las atribuciones, los especialistas, la vinculación y los programas necesarios para llevar a efecto el cometido central del proyecto, cual es la administración del borde costero a partir de su zonificación.
Queremos que Chile tenga una buena ley de administración de borde costero. Por eso esperamos que en lo que resta de su tramitación legislativa el proyecto se mejore mucho más.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Vilches.
El señor VILCHES.- Señor Presidente , el proyecto de ley sobre administración del borde costero y concesiones marítimas es muy delicado, porque aborda materias que, en forma tradicional, han estado a cargo del Ministerio de Defensa Nacional. La iniciativa sometida a nuestra consideración propone que la administración del borde costero y de las concesiones marítimas quede en manos del Ministerio de Bienes Nacionales.
El borde costero ocupa una posición de vital importancia para el desarrollo del país, ya que en ese punto del territorio confluyen procesos naturales y diversas actividades económicas y sociales que requieren una regulación coherente, que permita el desarrollo sustentable de cada una de ellas.
Es obvio que en relación con un proyecto de ley de esta naturaleza cada uno de nosotros debe hacer referencia a la forma en que sus disposiciones afectarán a las regiones en las que se encuentran los distritos que representamos. En ese sentido, debo señalar que el borde costero de la Región de Atacama cuenta con hermosas playas, en las que viven más de 20.000 personas en casas de veraneo, situación que requiere ser sometida a un proceso de regularización, puesto que hay gente que lleva más de veinte años en esas condiciones. Lo señalo porque muchas de esas personas están instaladas en el borde costero, en terrenos de playa fiscales, ubicados dentro de una franja de ochenta metros de ancho, medidos desde la línea de la más alta marea de la costa del litoral.
Por eso, el mensaje que dio origen al proyecto señala que el concepto de borde costero no ha sido desarrollado por la legislación chilena, sino que solo existen disposiciones dispersas en diferentes textos normativos que hacen alusión al tratamiento de esa unidad geográfica, para lo cual se otorgan facultades y atribuciones a diferentes organismos, lo que ha impedido una administración ordenada, coherente y razonable desde el punto de vista territorial. Ello explica la dictación de diversas resoluciones dictadas en épocas pasadas en virtud de las cuales se han levantado viviendas en lugares prohibidos por las concesiones marítimas.
Hasta la fecha ha sido el Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, el organismo encargado de la tramitación y el otorgamiento de las concesiones marítimas sobre bienes nacionales de uso público y bienes fiscales existentes en el borde costero, así como en los lagos y ríos navegables por buques de más de cien toneladas. Sin embargo, esa competencia ha obedecido más a razones históricas que a los objetivos y las competencias propias de ese ministerio. Desde esa perspectiva, vale la pena trasladar dichas atribuciones a un ministerio con reales competencias en la materia.
Al respecto, se debe señalar que el Ministerio de Bienes Nacionales ha intentado efectuar la regularización de las viviendas instaladas en el borde costero, pero hasta la fecha no ha sido posible llevar a cabo dicho proceso, en circunstancias de que en algunos casos han pasado aproximadamente quince años, situación que ha impedido el desarrollo de esa franja de nuestro litoral.
Es sabido que hay personas que pasan todo el verano en viviendas ubicadas en esos lugares, a pesar de que no cuentan con servicios de agua potable, alcantarillado y electricidad.
Por las razones señaladas, es vital legislar sobre esa materia, sin perjuicio de lo cual se deben establecer disposiciones que contemplen la solución de los problemas que estoy planteando. Cuando no se resuelven ese tipo de situaciones resulta muy fácil culpar a la autoridad, pero en muchos casos no se toma en cuenta que los servicios respectivos carecen de las atribuciones que les impiden avanzar en la búsqueda de una solución.
¿Cuál es el organismo encargado de hacer eso? Hay muchos que señalan que las municipalidades son las que deben llevar a cabo ese proceso de regularización, porque son las que cuentan con las facultades para llevar adelante las políticas en materia de vivienda y urbanismo que se deben aplicar en sus territorios, pero debo decir con claridad que los municipios respectivos no realizan inversión alguna en materia de administración de los bordes costeros comprendidos en sus territorios. Cuando se legisla respecto de una materia tan importante es necesario tomar en cuenta esas atribuciones.
El proyecto en discusión tiene tres objetivos principales, el primero de los cuales dice relación con el proceso de regularización del proceso de fijación y modificación de la política nacional de uso del borde costero, para lo cual propone radicar en el Ministerio de Bienes Nacionales su administración y coordinación, aspecto en el que se debe determinar en qué situación quedarán los terminales de pesca artesanal.
En segundo lugar, la iniciativa busca regular el proceso de zonificación del borde costero a lo largo del territorio nacional y, tercero, el establecimiento de un nuevo régimen de concesiones marítimas, para lo cual se entrega esa competencia al Ministerio de Bienes Nacionales.
Respecto de ese último punto, cabe hacer presente la lentitud que ha tenido ese servicio para resolver los problemas del territorio fiscal. Lo peor de todo es que en el borde costero se han fijado precios por metro cuadrado que se alejan absolutamente del alcance de las personas interesadas en comprar. Hay empresas que pueden pagar los montos que se piden, pero los precios de mercado que se han establecido están absolutamente fuera de lugar. A modo de ejemplo, en lugares en los que prácticamente lo único que había eran piedras y por los que no se pagaba más de una unidad de fomento por metro cuadrado, el precio actual del metro cuadrado supera las 6 unidades de fomento, materia que debe ser discutida, planificada y resuelta mediante una ley que permita que esos terrenos realmente estén al alcance de todas las personas. En la actualidad, hay muchas zonas de borde costero cuya situación no se ha regularizado, lo cual constituye una irresponsabilidad que debe ser denunciada, puesto que ha provocado atraso en términos de su administración para permitir el avance en distintas áreas. En la actualidad se observa ese problema en el caso de proyectos mineros, así como en la ejecución de proyectos de servicios de transporte pesado y de construcción de plantas de generación de energía eólica y solar. En definitiva, todos tienen problemas con la definición de precios en los terrenos de bienes nacionales.
En consecuencia, creo que debemos tener sumo cuidado en la aprobación de este proyecto, el cual es de gran envergadura, puesto que propone el establecimiento de nuevas atribuciones y responsabilidades al Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del borde costero y de las concesiones marítimas, porque con ello podríamos estar haciendo un daño a nuestra sociedad en lugar de un beneficio.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Matías Walker.
El señor WALKER.- Señor Presidente , nos tocó estudiar, tratar y votar este proyecto sobre administración del borde costero y concesiones marítimas en la Comisión de Pesca.
En primer lugar, lamento que se haya negado el ingreso a la Sala del subsecretario de Bienes Nacionales. No sé si es posible recabar nuevamente la unanimidad de la Sala para permitir su ingreso. Sucede que el subsecretario de Bienes Nacionales participó con nosotros en la discusión del proyecto en la Comisión de Pesca, y es el que ha seguido más de cerca este tema. Hay que considerar que el titular de esa cartera es biministro de Vivienda y Urbanismo y de Bienes Nacionales.
Me parece que son pequeñeces propias de la política, que han existido en este y en anteriores períodos legislativos, las que impiden el ingreso de los subsecretarios a la Sala. Ello finalmente conspira contra el buen trámite legislativo de los proyectos. Lamento esa circunstancia porque, a lo mejor, otros colegas que no participaron en la discusión del proyecto, ya sea en la Comisión de Pesca, en la de Medio Ambiente o en la de Hacienda, pueden tener legítimas inquietudes respecto de algunos aspectos del mismo.
En segundo lugar, solicito al señor Presidente que nos entregue la minuta de la votación del proyecto. Hay muchas indicaciones que aprobamos en la Comisión de Pesca y no sé de qué manera se va a ordenar la votación.
Quiero contarles a los diputados presentes en la Sala que presentamos algunas indicaciones, las cuales fueron aprobadas por la Comisión. Una de ellas tenía por objeto incorporar a los alcaldes de comunas costeras en la Comisión Regional de Uso del Borde Costero. Es fundamental que estén presentes. No estaban considerados en el proyecto. Es una indicación que presentamos con los diputados Bobadilla , Campos, Espinoza , Santana ( Presidente de la Comisión), Sauerbaum , Ulloa y Vargas .
Asimismo, la indicación contempla la incorporación del gobernador marítimo en la referida Comisión. Es importante que también forme parte de ella. ¿Por qué es importante? Porque a través de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero y de este ordenamiento que se quiere hacer, podremos establecer, como ocurre en las regiones de Coquimbo y de Aysén, que son las únicas que tienen un ordenamiento del borde costero, las actividades preferentes para cada una de las zonas.
Por ejemplo, ha sido muy polémico el intento de instalar termoeléctricas en algunos sectores cercanos a parques nacionales, como ocurrió con el fallido proyecto Barrancones en nuestra Región de Coquimbo, que pretendía ubicarse a 20 kilómetros de un parque nacional en Punta de Choros.
Es muy importante establecer cuáles serán las zonas preferentes para cada una de esas actividades y priorizar en aquellas regiones que lo requieran, por ejemplo, el uso del borde costero para la pesca artesanal. Es necesario saber qué zonas del país se destinarán a la acuicultura de pequeña escala, como la que se desarrolla en Tongoy y en Guanaqueros, y a la de gran escala, como la que se desarrolla en el sur del país; cuáles serán las zonas preferentes para el uso del borde costero con fines turísticos, y cuáles serán las zonas del país donde se puedan desarrollar otro tipo de actividades industriales. Todo eso que es tan importante está consagrado en el proyecto.
Insisto en que es muy importante que nos entreguen la minuta de la votación para saber de qué manera se sancionarán las indicaciones que aprobamos en la Comisión de Pesca.
Me parece bien que exista un ordenamiento territorial, me parece bien que los planes regionales de uso del borde costero se sometan al sistema de evaluación de impacto ambiental que establece la ley. En ese sentido, todos los trámites que consideró la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente apuntan en la dirección correcta.
Espero que el proyecto sea aprobado por unanimidad, a fin de que contemos con un sistema integrado y con una regulación sistemática sobre la administración del borde costero y las concesiones marítimas en el país.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.- Señor Presidente , voy a ser una voz tal vez disonante respecto del proyecto. He conversado con algunos y algunas colegas sobre el particular, y tenemos severas inquietudes, que hice presente en el momento de la votación general en la Comisión de Pesca, en la cual me abstuve por varias razones.
Por medio de la iniciativa se busca cambiar al administrador de las concesiones -son territorios del Estado, de todos nosotros- desde el Ministerio de Defensa Nacional, específicamente desde la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, antigua Subsecretaría de Marina , al Ministerio de Bienes Nacionales. Como idea, como intención parece del todo muy razonable. Sin perjuicio de ello, no sé si con la iniciativa ayudaremos a mejorar la situación o terminaremos perjudicando más y enredando más el tema. Voy a señalar por qué.
El hecho de entregar la administración del borde costero y de las concesiones marítimas al Ministerio de Bienes Nacionales reviste un particular problema, toda vez que ello implica crear una división, una unidad en ese ministerio, con una persona más. Con muchas dificultades, el Ministerio de Bienes Nacionales despliega a su personal a nivel solo de capitales de región. Pues bien, en el caso de lo que propone la iniciativa, estamos hablando de toda la costa del territorio nacional, lo que significará abarcar enormes distancias que no se estará en condiciones de cubrir. Así de claro: dicha cartera no estará en condiciones de cubrirlas. Esto implicará que el trámite administrativo para pedir una concesión en una caleta, por ejemplo, de la Undécima Región, costará mucho, porque habrá que llegar a la capital regional, a Coyhaique, luego de muchas horas de conducción -hasta donde se pueda- o de navegación.
Siento sinceramente que vamos a colocar un obstáculo mayor que el que se busca resolver. Este problema se producirá también a nivel de otras regiones.
Pero lo peor es que la concesión marítima no dice relación solo con la entrega de un bien, de un territorio aledaño al mar, sino que también tiene mucho que ver, básicamente, con lo que quiere el Estado de su política costera. En esta perspectiva, no tengo claro que lo más relevante sea el negocio inmobiliario; creo que no lo es. Además, en el caso de la Armada, realiza un trabajo conjunto con la pesca artesanal y por lo mismo entiende la posición de este sector.
Mi visión es que, no obstante tener muy buenas intenciones, el proyecto terminará provocando más problemas a quienes ocupan realmente el borde costero; es decir, los pescadores artesanales. ¿Qué ocurrirá, por ejemplo, si existe una disputa entre una inmobiliaria y una comunidad costera de pescadores? Que la mejor opción para acceder al terreno en disputa será para el que tenga más recursos.
Por eso, quiero poner una luz amarilla de alerta respecto de este proyecto, que -reitero- no obstante tener muy buenas intenciones, terminará provocando más perjuicios que beneficios. Si lo que se pretende es acelerar el procedimiento de adjudicación de las concesiones, existe una vía administrativa que puede ser corregida; pero este proyecto retrasará su otorgamiento. Si creemos que es la Armada la que las concede, debemos tener claro que no es esta la que las otorga, sino el poder político, a través del Ministerio de Defensa Nacional; la Armada solo colabora con todos sus recursos, que son muchos más que los del Ministerio de Bienes Nacionales, debido a que este solo tiene presencia en las capitales regionales.
Quiero centrar en este aspecto mis mayores dudas, las que me obligarán a abstenerme en la votación del proyecto, que, no obstante ser bueno, más que contribuir a resolver el problema que se pretende solucionar, terminará provocando efectos negativos.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Cristián Campos.
El señor CAMPOS.- Señor Presidente , quiero sumarme a las palabras del diputado Ma-tías Walker respecto de este proyecto de ley, que traspasa el régimen de concesiones marítimas al Ministerio de Bienes Nacionales.
Hay dos aspectos que llaman la atención y que para nosotros son importantes -al respecto, felicito al subsecretario de Bienes Nacionales-, porque ellos permiten hacerse cargo de ciertas situaciones como las que estamos viviendo en Talcahuano y en toda la provincia de Concepción, relacionadas con el proyecto Octopus.
Mediante indicaciones se logró incorporar la posibilidad de que en las comisiones regionales de uso del borde costero también puedan participar representantes de la sociedad civil. Considero que vamos por el camino correcto al establecer que el alcalde tendrá amplias facultades para hacer presentes las observaciones formuladas por su comunidad, relacionadas con la instalación de un proyecto que afectará el borde costero, las que pueden implicar el rechazo del otorgamiento de una concesión marítima.
Quiero respaldar lo que digo con argumentos. Cuando estábamos discutiendo el proyecto en la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos tuvimos oportunidad de conocer ciertos antecedentes, en el sentido de que el ciento por ciento de los pescadores artesanales de Talcahuano y Coronel está en contra de que la comisión regional de uso del borde costero de la Región del Biobío dé su visto bueno. Los alcaldes dijeron que no, pero el Gobierno dijo que sí. Creo que esto implica saltarse un aspecto fundamental: escuchar la voz de los alcaldes, que son la primera instancia de aceptación o de rechazo de la comunidad sobre determinados proyectos. Es un elemento valorable. El debate efectuado en la comisión permitió que fuera considerada la participación de la comunidad en este tipo de decisiones.
Por otra parte, no nos pareció adecuado que el gobernador marítimo integrara dicha instancia, y así lo hicimos presente. Pero, por cierto, una institución tan querida como la Armada estará presente para que formule sus observaciones, así como también otros actores con los cuales deberá convivir y llegar a una resolución final en este nuevo régimen de concesiones marítimas, que permitirá que distintos actores, que representan a distintas instituciones, puedan tomar la mejor decisión.
Por eso, considero que la facultad que tendrá el Ministerio de Bienes Nacionales para administrar en mejor forma las concesiones marítimas, a lo largo y ancho del borde costero de nuestro país, es la mejor solución. Nadie podría afirmar que es una mala decisión porque se le está quitando una facultad a una institución, toda vez que es necesario reconocer que la incorporación de mejores actores, validados políticamente a través del sufragio popular, como son los alcaldes, constituye un aspecto relevante de la nueva forma en que se otorgarán las concesiones marítimas en nuestro país.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Leopoldo Pérez.
El señor PÉREZ (don Leopoldo).- Señor Presidente , quiero hacer algunas precisiones relacionadas con los discursos que se han pronunciado sobre este proyecto, que -diría- era muy esperado, tal como lo han afirmado diputados de los distintos sectores políticos.
Como lo indicó el diputado informante , la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente destinó once sesiones al estudio del proyecto. La iniciativa ingresó al Congreso Nacional el 31 de julio de 2012, es decir, hace más de un año, y recién en marzo del año en curso el Ejecutivo le fijó “suma” urgencia para su tramitación.
En las tres comisiones que lo trataron -hemos escuchado a algunos de sus integrantes-, el proyecto tuvo un apoyo transversal, más allá de las dudas que se hayan planteado hoy respecto de la futura aplicación de la iniciativa, que no me cabe duda alguna será aprobada por la Sala.
La política nacional que existe sobre la materia regula el uso sustentable del borde costero, lo que constituye un aspecto importantísimo porque serán las regiones las que tendrán la responsabilidad de realizar la zonificación y definir, conjuntamente con la comunidad, el uso del borde costero.
Además, debo precisar que, respecto del Ministerio de Defensa Nacional, la Directemar conservará su rol de fiscalizar el borde costero y de implementar las actividades de seguridad pertinentes. No se modifican en forma alguna las facultades de este organismo de la Armada, aspecto que queda establecido expresamente en el proyecto.
Existirá personal de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas que será traspasado al Ministerio de Bienes Nacionales.
Durante la discusión del proyecto en las distintas comisiones, entiendo que en particular en las de Bienes Nacionales y de Hacienda, se hizo presente una preocupación: que los beneficios que tienen funcionarios con cierta cantidad de años, dado el régimen laboral que tienen en su calidad de funcionarios civiles de la Defensa Nacional, podrían verse eventualmente amagados. Eso también se conversó y su solución fue acogida por el Ejecutivo .
En suma, el Ministerio de Bienes Nacionales administrará el territorio nacional por mandato de la Constitución Política de la República y de la ley.
En cuanto a la inquietud planteada por algunos señores diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, en relación con la unión del Ministerio de Vivienda y Urbanismo con el Ministerio de Bienes Nacionales, considero que no sería conveniente para el quehacer de Bienes Nacionales y para el desarrollo del país. Dichas carteras tienen vocaciones y visiones distintas, por lo cual su fusión, reitero, no sería conveniente.
Más allá de ahondar en las supuestas bondades que debiera haber tenido el proyecto y de clarificar algunos de sus aspectos, quiero expresar que lamento que no se haya permitido el ingreso a la Sala del subsecretario de Bienes Nacionales , quien estuvo presente en todas las comisiones y demostró una disposición encomiable para sacar adelante este proyecto.
Por otro lado, quiero expresar a la gente de la pesca que los precios de las concesiones seguirán siendo los mismos; la ley en tramitación no va a innovar en esa materia. Además, con respecto a la posibilidad de que exista un alza de precios en el borde costero, quiero aclarar que no es así, porque no se trata de algo enajenable; el cobro dice relación con la concesión. En realidad, aquí se trata de aquellos territorios que, valga la redundancia, están al borde del borde costero. Así por ejemplo, la actividad minera del norte ha incidido sobre el mercado inmobiliario; pero eso, reitero, no tiene ninguna relación con el borde costero.
Por todo lo anterior, hago un llamado a la Cámara para aprobar la iniciativa y, desde ya, comprometo el voto afirmativo de la bancada de Renovación Nacional.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente , no pertenezco a ninguna de las comisiones en las cuales se trató este proyecto, por lo cual no tengo los antecedentes necesarios para poder evaluarlo en profundidad.
Siento mucho que no se autorizara el ingreso a la Sala del subsecretario de Bienes Nacionales, quien nos podría haber explicado mejor el proyecto.
La iniciativa me inquieta, porque no me queda claro cuál será el objetivo con el que trabajará el Ministerio de Bienes Nacionales para administrar el borde costero. No tenemos una mirada país con respecto a su desarrollo. De hecho, en muchos lugares del país se ha perdido la posibilidad de aprovechar turísticamente el borde costero; hemos tapado el acceso al mar con edificios, malls y otras construcciones.
En los países desarrollados se contempla el borde costero. En Chile, no lo hemos hecho y tampoco hemos logrado que comulguen las distintas posiciones, esto es, las relacionadas con los recursos marítimos, el borde costero, las concesiones para desarrollos, el turismo, la pesquería artesanal, etcétera.
Me preocupa que el proyecto de ley, cuya intención puede ser positiva, deje una serie de espacios, los cuales pueden generar situaciones de las que el día de mañana tal vez nos arrepintamos.
¿Cómo lograr que comulguen la mirada nacional en materia de políticas de borde costero con la protección marítima de nuestros bordes? Quizá, el día de mañana tengamos que enfrentar otro tsunami, pero no se contempla una protección mayor del borde costero.
Reitero que no participé en la discusión de las comisiones que analizaron este proyecto, pero, tras su lectura, creo que le falta por madurar algunos aspectos. Aunque se diga que, a última hora, los municipios entregaron su acuerdo, es un proyecto que tiene una mirada unilateral, desde un punto de vista “comercial”, más que de una mirada de protección del borde costero. Falta señalar con claridad cuál es la política de Chile para la protección real de su borde costero.
Por lo tanto, me voy a abstener en la votación, porque es una iniciativa a la que, repito, le falta mucho por madurar.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Ha concluido el tiempo del Orden del Día.
Como se encuentran inscritos seis diputados para hacer uso de la palabra respecto de este proyecto, su discusión y votación quedarán pendientes para una próxima sesión.
VI. INCIDENTES
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Mixto Partido Radical Social Demócrata, Partido Comunista e Izquierda Ciudadana.
Ofrezco la palabra
Ofrezco la palabra.
El segundo turno corresponde al Comité Renovación Nacional.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El tercer turno corresponde al Comité Socialista.
Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
MAYORES RECURSOS PARA APOYAR A AGRICULTORES DE MELIPILLA Y TALAGANTE, E INFORMACIÓN SOBRE MEDIDAS EN FAVOR DE FRUTICULTORES DE DICHAS PROVINCIAS (Oficios)
La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente , quiero referirme a la situación que vive la zona que represento en la Cámara, a raíz de las recientes heladas.
Ayer, el consejo regional decretó emergencia agrícola a favor de las provincias de Talagante y de Melipilla, lo cual me alegra. En cambio, quiero manifestar mi preocupación por las medidas que, a través de Indap, se están proponiendo para solucionar la situación de los pequeños agricultores. El monto que se está entregando -200.000 pesos por hectárea, con un tope de 400 mil pesos-, deja en evidencia que los pequeños agricultores no recibirán ni siquiera el 10 por ciento del costo que significará replantar sus predios. Nos preocupa enormemente esa situación, porque estamos en la fecha en que deberían comenzar a arar y sembrar.
Por eso, pido oficiar al ministro de Agricultura y al director nacional del Indap , a fin de que se corrija esta situación y dispongan los fondos necesarios para que los pequeños agricultores de nuestra zona, la mayoría hortaliceros, reactiven su agricultura. Es bueno que la zona central pueda contar con sus hortalizas, muy caras en los últimos días.
Asimismo, las fuertes heladas afectaron en gran medida a los grandes, medianos y pequeños fruticultores. A ellos no se les ha hecho saber cuáles son las herramientas de que dispondrán para protegerse de las consecuencias de las heladas y conservar su producción. Muchos de ellos tendrán que esperar uno o dos años para la recuperación de los árboles.
Junto con la petición de oficiar al ministro de Agricultura y al Indap , invito a seguir trabajando en la protección de la extensa zona que abarca desde la Quinta Región hasta la Séptima, afectada por este terremoto blanco.
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE LISTA DE ESPERA AUGE Y MÉDICOS ESPECIALISTAS EN REGIÓN DE LOS RÍOS, Y SOBRE PROGRAMA DE FORMACIÓN DE GERIATRAS (Oficios)
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.
El señor DE URRESTI.- Señor Presidente , solicito el envío de un oficio al ministro de Salud para que informe acerca de las listas de espera de pacientes de la Región de Los Ríos que requieren atención de especialistas por el Plan AUGE.
Los parlamentarios escuchamos que las garantías del AUGE se están cumpliendo, que no hay inconvenientes. Pero los usuarios nos han manifestado ciertas inquietudes por la tardanza en las listas de espera para acceder a su atención.
Por otro lado, me gustaría que el ministro de Salud nos indicara la cantidad de especialistas disponibles en la atención pública de Valdivia, en oftalmología, otorrinolaringología y traumatología, entre otras especialidades.
También pido que informe sobre el programa de formación de geriatras.
De acuerdo con la información recibida del Ministerio, en la Región de Los Ríos no existen geriatras. Por eso, sería importante saber cuáles son las propuestas que hay en materia de formación de especialistas y en programas de formación de geriatras. Solicito que se envíe copia de esta información a distintas organizaciones sociales, cuya dirección dejaré en Secretaría.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE ERRADICACIÓN DE PLAGAS EN SECTORES DE PUTREGUEL Y HUICHACO, COMUNA DE MÁFIL (Oficios)
El señor DE URRESTI.- En otro orden de cosas, en reunión con las juntas de vecinos de Putreguel y Huichaco, de Máfil, junto al alcalde y concejales de esta comuna, en la que también había dirigentes de otras juntas de vecinos, se señaló su preocupación por el avance de plagas en el sector, como la mosca del cuerno, la abeja chaqueta amarilla y visones, que generan inconvenientes a los pequeños agricultores.
Por eso, pido oficiar al director del SAG para que me informe sobre los programas de erradicación de este tipo de plagas, las medidas que se han adoptado y si existen recursos y profesionales destinados para este tipo de situación en la Región de Los Ríos, en particular en la comuna de Máfil.
Pido enviar copia de esta intervención a don Fernando Ormeño, presidente de la junta de vecinos de Putreguel, y al alcalde y concejo de la Municipalidad de Máfil.
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo indican.
REITERACIÓN DE SOLICITUD DE AUDIENCIA A MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PARA ABORDAR PROBLEMAS EN INSTRUMENTO DE FOCALIZACIÓN PREVISIONAL (Oficio)
El señor ELUCHANS (Presidente).- En el tiempo cedido por la bancada de Renovación Nacional, tiene la palabra, hasta por tres minutos, la diputada Cristina Girardi.
La señora GIRARDI (doña Cristina).- Señor Presidente , pido oficiar al ministro del Trabajo y Previsión Social para darle a conocer que le he solicitado en seis ocasiones que me reciba para plantearle diversos problemas relacionados con el Instrumento de Focalización Previsional, desarrollado por ese ministerio en conjunto con el Instituto de Previsión Social.
Dicho instrumento, que está en la ley y debe ser diseñado por esos dos organismos, hoy genera una serie de dificultades y problemas en adultos mayores pensionados por discapacidad o vejez.
La reforma previsional apuntó a favorecer a muchos pensionados y jubilados que perci-bían pensiones sumamente bajas, paupérrimas, que no les permitían enfrentar la vida cotidiana. El objetivo de dicha reforma fue que esas personas pudieran tener, al menos, un ingreso mínimo para enfrentar las emergencias del día a día.
Sin embargo, con el Instrumento de Focalización Previsional, desarrollado por el Ministerio del Trabajo y el Instituto de Previsión Social, muchas pensiones aumentadas con el Aporte Previsional Solidario y el término del descuento de 7 por ciento para la salud, así como las pensiones asistenciales, están siendo retiradas a sus beneficiarios. En efecto, personas que tenían una pensión asistencial, hoy ya no cuentan con ella; personas que obtuvieron el Aporte Previsional Solidario, hoy ya no cuentan con él; personas favorecidas con la eliminación del descuento del 7 por ciento para salud -iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados-, ya no cuentan con dicho beneficio, debido a la aplicación del Instrumento de Focalización Previsional.
Me parece inadmisible y vergonzoso que, como Congreso Nacional, aprobemos iniciativas que se convierten en leyes que aportan beneficios, y que, luego, legislemos sobre la creación de instrumentos para quitarlos.
Solicito una vez más, ya que vía telefónica no lo he logrado, que el ministro del Trabajo me reciba para plantearle esta situación y pedirle que corrija ese instrumento, pues está causando una debacle a personas que figuran entre las más necesitadas y desprotegidas del país: adultos mayores y discapacitados.
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de las señoras diputadas y los señores diputados que así lo manifiestan.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 12.29 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República. (boletín N° 8995-07)
Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto hacer presente urgencia para el despacho del siguiente proyecto de ley:
8995-07
Aumenta las protecciones legales y beneficios aplicables a los miembros de las Fuerzas de Orden y Seguridad.
Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata.”
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): SEBASTIAN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia .”
2. Oficio de S.E. el Presidente de la República. (boletín N° 8324-03)
Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto hacer presente urgencia para el despacho del siguiente proyecto de ley:
8324-03
Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo.
Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata”
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): SEBASTIAN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia .”
3. Oficio de S.E. el Presidente de la República.(boletines Nos 8467-12, 8197-07)
Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto hacer presente urgencia para el despacho del siguiente proyecto de ley:
8467-12
Administración del borde costero y concesiones marítimas.
8197-07
Establece el nuevo Código Procesal Civil.
Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): SEBASTIAN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia .”
4. Oficio del Senado. (boletines Nos 8787-19 y 8790-15, refundidos)
“Valparaíso, 9 de octubre de 2013.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que establece la meta todo Chile a llamada local, correspondiente a los Boletines Nos 8787-19 y 8790-15, refundidos, con la siguiente enmienda:
Artículo transitorio
Lo ha suprimido.
-o-
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 10.821, de 9 de julio de 2013.
Acompaño la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado ; JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA, Secretario General (S) del Senado.”
5. Oficio del Senado. (boletín Nº 6274-19)
“Valparaíso, 9 de octubre de 2013.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que modifica normas sobre depósito legal de creaciones audiovisuales, correspondiente al Boletín Nº 6274-19, con las siguientes enmiendas:
Artículo único
Número 1)
Numerales iii) y iv)
Los ha suprimido.
Numeral v)
Ha pasado a ser numeral iii), modificado del modo que sigue:
-Ha sustituido los tres primeros incisos propuestos, por los dos siguientes:
“Tratándose de creaciones cinematográficas, la obligación se entenderá cumplida, al depositarse una copia en formato original y una en formato digital en la Cineteca Nacional y otra, también en formato digital, en la Biblioteca Nacional.
La obligación que establece este artículo deberá cumplirse dentro del plazo máximo de noventa días. En caso de incumplimiento de lo dispuesto en los incisos primero y tercero, junto con la denuncia correspondiente, podrá exigirse la entrega de los ejemplares a la persona natural o jurídica responsable de la producción editorial de los mismos, dentro de sesenta días contados desde el vencimiento del plazo anterior.”.
- Ha intercalado, en el último inciso propuesto, a continuación de la palabra “producciones”, la expresión “electrónicas o”.
-o-
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 10.243, de 21 de junio de 2012.
Acompaño la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado ; JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA, Secretario General (S) del Senado.”
6. Oficio del Senado. (boletín Nº 8952-10)
“Valparaíso, 9 de octubre de 2013.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo que aprueba el “Convenio entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos sobre Protección y Restitución de Bienes Culturales”, suscrito en Ciudad de México, el 8 de julio de 2011, correspondiente al Boletín Nº 8952-10.
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 10.850, de 30 de julio de 2013.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado ; JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA, Secretario General (S) del Senado.”
7. Informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Ruralrecaído en el proyecto de ley que modifica la Ley N° 18.450 con el fin defomentar la inversión privada en obras riego o drenaje comprendidas enproyectos integrales y de uso múltiple cuyo costo supere las 30.000Unidades de Fomento. (boletín N° 8771-01) (S).
“Honorable Cámara:
La Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural pasa a informar el proyecto de ley del epígrafe, de origen en un mensaje de S.E. el Presidente de la República , en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, con urgencia calificada de “suma”.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1) La idea matriz o fundamental del proyecto.
La idea matriz o fundamental del proyecto es modificar la ley N° 18.450, de fomento a la Inversión Privada en Obras de Riego y Drenaje, con la finalidad de incluir como beneficiarios de las bonificaciones que establece dicha ley, a quienes realicen estudios, construyan o rehabiliten obras de riego o drenaje, comprendidas en proyectos integrales y de uso múltiple, cuyo costo supere las 30.000 unidades de fomento y no exceda las 250.000 unidades de fomento.
2) Normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.
No hay
3) Normas que requieren trámite de Hacienda.
El artículo único permanente debe ser conocido por la Comisión de Hacienda.
4) Aprobación del proyecto.
El proyecto fue aprobado en general por ocho votos a favor de las diputadas señoras Pascal y Sepúlveda, y de los diputados señores Álvarez-Salamanca, Barros, Hernández, Martínez, Pérez, don José y Urrutia, y la abstención del diputado señor Chahín.
5) Diputado informante .
Se designó como Diputado Informante al señor Pedro Pablo Álvarez-Salamanca Ramírez.
-o-
Durante el análisis de esta iniciativa legal, la Comisión contó con la colaboración de autoridades del Ministerio de Agricultura, de la Comisión Nacional de Riego y de representantes de Asociaciones de Canalistas y otras organizaciones del sector agrícola.
II. ANTECEDENTES.
a) Fundamentos del proyecto.
El mensaje al referirse a esta materia clasifica los fundamentos entre los que justifican el fomento del riego y los que fundamentan el impulso a obras de riego y drenaje.
Así es como, en el mensaje se explicita que los fundamentos para fomentar el riego radican en los siguientes aspectos:
a) Impulso al desarrollo agrícola: aspecto directamente relacionado con uno de los objetivos del Gobierno como es transformar a Chile en una potencia agroalimentaria y situarlo entre los diez países más importantes del mundo en exportación de alimentos.
b) Uso eficiente del recurso hídrico: Nuestro país posee, según el VII Censo Agropecuario y Forestal del año 2007, gran disponibilidad de suelos aptos para la agricultura, los que al ser correctamente utilizados podrían duplicar la superficie actualmente explotada y una de las razones por las que actualmente dichos suelos no están siendo utilizados productivamente es el déficit del recurso hídrico, déficit que en muchas ocasiones se produce no por la inexistencia del recurso, sino por la falta de infraestructura que permita el uso eficiente del agua. De hecho, se estima que el país almacena menos de un 4% del recurso hídrico superficial disponible.
c) Disminución de la Pobreza: La encuesta CASEN 2009 constató que en la agricultura se concentra la segunda mayor proporción de trabajadores jefes de hogar en situación de pobreza, con un diecisiete coma siete por ciento del total a nivel país. En este sentido, el impulso productivo que conlleva el cambio de una zona de secano o falta de seguridad de riego a una regada o con seguridad de riego, genera un aumento en la cantidad y estabilidad de los empleos locales, lo que contribuye a la disminución de la pobreza y desincentiva la migración de la población rural hacia las ciudades, fenómeno demográfico que no pocas veces genera situaciones de marginalidad, hacinamiento y pobreza en las grandes urbes.
d) Experiencia Internacional: Se debe seguir el ejemplo de países con mayor desarrollo agrícola como Estados Unidos, España, y Australia, en los cuales el Estado ha desarrollado y potenciado fuertemente la inversión en infraestructura de riego, así como también en otros como Canadá y China ha asumido un rol relevante en la construcción de obras de regulación e infraestructura de riego.
A su vez, las razones que justifican el impulso a obras de riego o drenaje son:
a) Ley de fomento como eficiente administrador de recursos.
En efecto la ley N° 18.450 de Fomento a la Inversión Privada en Obras de Riego y Drenaje, es una herramienta de fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje, basada en la demanda y cuya operatividad implica que el desembolso fiscal se produce una vez construida la obra y, por consiguiente, una vez generados los efectos a los que propende el instrumento.
Por consiguiente, las principales características de la Ley 18.450 son:
i) Fomenta la inversión privada, incentivando el emprendimiento;
ii) Potencia la participación y asociatividad entre agricultores;
iii) El Estado no asume riesgos porque el desembolso opera una vez construidas y recibidas las obras; y,
iv) Se enfoca en la demanda y no en la oferta.
Además, el mensaje hace hincapié en la necesidad de incorporar las obras de riego o drenaje cuyo costo supere las 30.000 unidades de fomento y en este sentido es necesario tener presente que la ley N° 18.450, a pesar de ser una herramienta de fomento a la inversión privada en obras de riego o drenaje, establece un límite al costo de las obras, por lo que obras que tienen un costo superior a 30.000 unidades de fomento, aún cuando pueden ser consideradas como medianas, quedan fuera del campo de acción de esta herramienta de fomento.
Agrega el mensaje, que estas Obras Medianas de Riego pueden ser también complementarias a las Grandes Obras de Riego que construye el Estado mediante el Decreto con Fuerza de Ley N° 1.123, puesto que muchas de ellas cumplen con el objetivo de conducir y distribuir el agua embalsada en dichas obras.
En efecto, según el Banco Integrado de Proyectos de cargo del Ministerio de Desarrollo Social, existen 12 proyectos postulados a la etapa de ejecución entre los años 2007 y 2011, con inversiones que se ubican en el tramo de 15.000 y 250.000 UF, muchos de ellos con Recomendación favorable del Ministerio de Desarrollo Social. A estos proyectos se suma la cartera de proyectos de obras medianas de riego catastrados por la Comisión Nacional de Riego, que consiste en 144 proyectos de los cuales un 54% se ubica dentro del rango de bonificación propuesto, es decir, entre las 15.000 y 250.000 unidades de fomento.
Consecuentemente con lo expresado, el Consejo de Ministros de la Comisión Nacional de Riego, en sesión Nº 153, integrado por los ministerios de Agricultura, Economía, Hacienda, Obras Públicas , y Desarrollo Social acordó por unanimidad presentar una propuesta de modificación de la Ley Nº 18.450 que permita la postulación de obras de riego o drenaje comprendidas en proyectos integrales y de uso múltiple cuyo costo supere las 30.000 unidades de fomento.
b) Objetivos fundamentales del proyecto de ley.
El objetivo de la iniciativa legal es modificar la ley N° 18.450, de Fomento a la Inversión Privada en Obras de Riego y Drenaje, con la finalidad de extender las bonificaciones a aquellas obras de riego o drenaje, comprendidas en proyectos integrales y de uso múltiple, cuyo costo supere las 30.000 unidades de fomento y no exceda las 250.000 unidades de fomento, con el propósito de incrementar la superficie regada a nivel nacional, permitir un mejor acceso al riego frente a la escasez del recurso hídrico, impulsar el desarrollo de proyectos agrícolas de mayor complejidad y fomentar la inversión privada en obras medianas de riego.
c) Normas legales relacionadas con la iniciativa legal.
1.- Constitución Política de la República, en especial, su artículo 19 numeral 24°.
2.- Ley N° 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje.
3.- Ley N° 20.401, que modifica la ley N° 18.450, sobre fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje.
4.- Decreto Supremo N° 98, de 2011, del Ministerio de Agricultura, que aprueba el Reglamento de la ley N° 18.450, de fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje, modificada por la ley N° 20.401.
5.- Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
6.- Decreto con fuerza de ley N° 1.123, de 1981, del Ministerio de Justicia, que establece normas sobre ejecución de obras de riego por el Estado.
7.- Decreto supremo N° 285, del Ministerio de Obras Públicas de 1995, que Reglamenta el Procedimiento sobre Ejecución de Obras de Riego por el Estado.
III. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR EL SENADO.
El proyecto consta de un artículo único permanente que consta de cuatro numerales y uno transitorio, con los contenidos que, a continuación, se indica:
a) Establece bonificaciones a obras de riego: Se bonificarán, por intermedio de la Comisión Nacional de Riego, CNR, los estudios, la construcción y rehabilitación de obras de riego o drenaje, así como de proyectos integrales que incorporen el concepto de uso multipropósito; inversiones en equipos y elementos de riego mecánico o de generación; y, en general, toda obra de puesta en riego u otros usos asociados directamente a las obras bonificadas, habilitación y conexión, cuyos proyectos sean seleccionados y aprobados en la forma que se establece en esta ley. Los proyectos cuyo costo no supere las 30 mil unidades de fomento, podrán postular a la bonificación máxima establecida en la ley. Los proyectos cuyo costo sea superior al monto señalado podrán postular a las bonificaciones máximas antes referidas, en la parte que no exceda de las 30 mil unidades de fomento.(N° 1, artículo único).
b) Evaluación de proyectos: Se establece un sistema de evaluación de proyectos cuyo costo supere las 15.000 unidades de fomento, que considera tanto el “aporte” como el “costo” de dichos proyectos. (N° 2, artículo único).
c) Inspección de los proyectos: Para los proyectos cuyo costo supere las 30 mil unidades de fomento, se establece la necesidad de contar con inspecciones y recepciones técnicas, y solo cuando estas sean favorables la Comisión Nacional de Riego emitirá orden de pago del Certificado de Bonificación de Riego. (N° 3, artículo único, inciso primero del artículo 7° bis, que se agrega.)
Las inspecciones serán efectuadas por las personas inscritas en el Registro Público Nacional de Consultores de la Comisión Nacional de Riego para Obras Medianas. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, la CNR podrá efectuar inspecciones aleatorias de obras. (N° 3, artículo único, inciso segundo del artículo 7° bis que se agrega)).
d) Financiamiento: Los recursos necesarios para financiar el gasto anual que demande la aplicación de la presente ley estarán incluidos en el Programa Subsidios de la Partida Tesoro Público.
En la glosa presupuestaria correspondiente se deberá identificar fondos separados con los montos que anualmente podrán comprometerse en llamados a concurso, distinguiendo entre aquellas obras cuyo costo no supere las 15 mil unidades de fomento y las que superen dicho monto. (N° 4, del artículo único, inciso segundo que se agrega al artículo 15)
Asimismo, se establece que los Gobiernos Regionales, en coordinación con la Comisión Nacional de Riego, podrán celebrar convenios mandato o de programación, anuales o plurianuales, con el objeto de fomentar la inversión privada regional en obras de riego y drenaje. (N° 4, del artículo único, inciso tercero que se agrega al artículo 15)
El artículo transitorio, establece que el reglamento de la ley N°18.450 deberá ser dictado dentro del plazo de 180 días, contado desde la fecha de publicación de esta ley.
IV. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS.
a) Discusión en general.
Durante la discusión del proyecto se contó con la participación del Ministro (S) de Agricultura, don Álvaro Cruzat; del Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego , don Felipe Martin; del asesor de dicha institución, don Mauricio Riesco; del Asesor del Ministerio de Agricultura, don Andres Meneses; del Presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura , don Patricio Crespo; del Presidente de la Asociación de Canalistas del Canal la Cuesta, don Luis Farías; y del asesor de esa Asociación de Canalistas, don Werner Clement.
a.1) Síntesis de las opiniones entregadas por los invitados.
a.1.1) Ministro (S) de Agricultura, don Álvaro Cruzat.1
Señaló que este proyecto está orientado a ampliar el rango de obras que pueden financiarse a través de la ley N° 18.450, ampliando el tope de 30 mil unidades de fomento, UF, hasta 250 mil UF. Explicó que en la actual legislación de riego, existen mecanismos para financiar las grandes obras de riego y las menores, pero se dejaba en desventaja a las obras medianas (entre 30 mil UF y 250 mil UF). Para estas obras se ha establecido un mecanismo concursal, con ciertos requisitos, pero que se basa en la filosofía de cofinanciamiento público y privado.
a.1.2) Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, don Felipe Martin.2
Expresó que Chile enfrenta un déficit de infraestructura más que un déficit hídrico, puesto que 84% del recurso hídrico disponible en regiones con aptitud de riego se vierte en el mar. En este sentido, explicó que si bien se han destinado recursos para obras de riego, los que se han incrementado de $29.000 millones a $41.000 millones, pero que aún se requiere mayor inversión.
Destacó que los objetivos que persigue este proyecto de ley son:
i) incrementar la superficie de riego;
ii) incrementar la inversión agrícola;
iii) fomentar la inversión privada;
iv) mejorar la eficiencia en el uso del agua;
v) capturar y acumular excedentes superficiales o subterráneos, y
vi) fomentar el uso multipropósito de los proyectos de riego.
Indicó que los beneficios que acarrearía este proyecto incluyen: una mayor y mejor infraestructura, actuación de usuarios organizados y la promoción de una gestión multipropósito y eficiente.
En definitiva, expresó que el proyecto de ley, en comparación con la ley actual propone las siguientes modificaciones:
Actual ley 18.450
Modificación Propuesta
1. Límite hasta 30 mil UF.
2. No requiere evaluación económica favorable.
3. Subsidio para proyectos extra-prediales, según la composición de la OUAS puede ser hasta 90%.
Para obras intraprediales el subsidio va entre 90% a un 70% dependiendo de las características del agricultor.
4. Obras solo para riego.
5. Postulación de obras por partes.
6. Variables de concurso: aporte, costo y superficie
1. Límite hasta 250 mil UF.
2. Los proyectos medianos requerirán (a partir de 15 mil UF) necesariamente para postular de una evaluación económica favorable (RS).
3. El límite actual de 30 mil UF se mantiene, y a partir de ahí se determinaría una curva decreciente de subsidios máximos con aportes marginales por tramo. Sobre 50 mil UF podrán postular solo las OUA3.
4. Carácter de la obra, multipropósito.
5.- Postulación de una obra completa (economía de estala).
6. Variables de concurso: aporte y costo (a partir de 15 mil UF).
El señor Ministro (S) de Agricultura advirtió que no hay que confundir el volumen de la obra con el perfil de los usuarios, porque si bien esta ley apunta a aquellas obras cuyo volumen supere las 30 mil UF, los beneficios pasarán por una evaluación social efectuada por Mideplan.
Para mayor claridad, el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego mostró los cuatro tramos que quedarían en la legislación con este proyecto:
El señor Cruzat, Ministro (S) de Agricultura, señaló que existían múltiples estudios sobre proyectos de obras medianas de riego encargados a la DOH, lo cual evidenció que se estaba actuando en base a la lógica de la oferta y no de la demanda. Es así como se generaba que el Ministerio de Obras Públicas presionaba por lograr la realización de grandes obras, mientras que el Ministerio de Agricultura presionaba por pequeñas obras de riego, lo que dejaba una brecha respecto a las obras medianas.
a.1.3) Presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura , don Patricio Crespo.4
Señaló que este proyecto de ley viene a satisfacer una necesidad, pues la legislación actual si bien ha cumplido un rol significativo no ha sido suficiente para lograr las metas de inversión en materia de riego que el país requiere. Destacó que el desarrollo del país, sumado a las restricciones hídricas de este último tiempo, exige inversiones para lograr cuidar el agua. En este sentido, declaró que es necesario mejorar la eficiencia en el uso del agua y continuar administrándola sin conflictos.
Expresó que actualmente 2/3 de los usuarios del agua de riego son pequeños productores agrícolas y eso implica que las posibilidades de inversión en infraestructura sean muy difíciles, lo cual también explica que exista bastante dispersión de las obras actualmente existentes. Así es como algunos canales presentan gran capacidad de gestión por lo que han logrado cierta infraestructura, mientras otros han quedado atrás. Existe un desbalance en este sentido. En su opinión, este proyecto de ley permitirá que se hagan los estudios necesarios y se financien las obras que se requieren, tales como inversión en obras de telemetría para lograr un mejor control de los recursos, así como en infraestructura de captación, de distribución y de control.
También indicó que es importante avanzar en la profesionalización de las Juntas de Vigilancia, de modo tal de ir reuniendo las capacidades necesarias en un solo espacio y poder ir uniformando los canales. Para eso se requiere que las organizaciones de usuarios no se aíslen y participen de las respectivas Juntas de Vigilancia. Además, indicó que el financiamiento de estas organizaciones es a prorrata de los derechos de cada regante, por lo que hay cierta proporcionalidad y solidaridad al interior de estas organizaciones.
En definitiva, reafirmó que, a su juicio, se trata de un proyecto muy necesario e importante, por lo que alabó la iniciativa legal y formuló votos por su pronta aprobación.
a.1.4) Presidente de la Asociación de Canalistas Canal la Cuesta, don Luis Farías.5
Agradeció la labor desarrollada por la Comisión Nacional de Riego la que les ha permitido acceder al financiamiento de proyectos que han sido desarrollado en el rio Tinguiririca. Señaló que a su Asociación, les preocupa que el agua recorra casi 50 kilómetros a través de canales que no poseen impermeabilización por lo que se mucha agua se pierde por evaporación y por grietas.
Además, informó que los agricultores de la zona están sufriendo la escasez de agua y el incremento de las heladas. A su juicio, es urgente construir acumuladores de agua y revestir los canales para evitar pérdidas.
Por último, también hizo alusión a la necesidad de ayudar a las organizaciones a resguardar el recurso de las usurpaciones y robos de agua.
a.1.5) Ingeniero de la Asociación de Canalistas del Canal la Cuesta, don Werner Clement.6
Señaló que ha trabajado muchos años en el área de riego, principalmente en la región de O´Higgins y ha asesorado a organizaciones de regantes en múltiples proyectos. En el Canal La Cuesta informó que desarrollaron un proyecto, que debieron dividir en dos etapas, la primera de ellas se ejecutó el año 2005 por 24 mil UF, precisamente porque ese es el tope en la legislación actual de fomento de riego. Sin embargo, ahora requieren llevar a cabo la segunda etapa de este proyecto para financiar bocatomas. Situación de usual ocurrencia en el sector a fin de poder estar dentro del tope que actualmente rige la ley de fomento para inversión privada en obras de riego y drenaje.
En atención a esta experiencia, indicó que estima positivo que se aumente dicho tope. Sin embargo, advirtió que también será necesario apoyar a los agricultores para que estos puedan conseguir los respectivos aportes. Asimismo, será necesario ajustar los presupuestos de Indap para que puedan financiar estudios de mayor envergadura que se requerirán en estos proyectos mayores.
a.2) Síntesis de las opiniones entregadas por los diputados y diputadas durante el estudio en general.
El diputado Chahín valoró los objetivos de esta ley, pero señaló que alcanza a obras de valores muy elevados, por lo que no cree que sea una ley orientada a los pequeños regantes. Además, indicó que puede transformarse en un subsidio indirecto para obras de hidroelectricidad. Señaló que sería conveniente incorporar facilidades para que los pequeños regantes puedan acceder a estos proyectos. También sugirió la posibilidad de incorporar a esta ley la exención de los pequeños regantes del pago de patentes por no uso del agua, así como los parámetros para establecer las bonificaciones, los que, en su opinión deberían estar establecidos en la ley y no en el Reglamento. Asimismo, consultó si se prevén mecanismos para evitar que mediante la parcelación de proyectos, se subsidien mega proyectos con esta ley.
La diputada Sepúlveda coincidió en que los recursos deberían estar orientados a los pequeños regantes y eso no sucede en la legislación de riego, sector en donde los grandes agricultores reciben proporcionalmente mayores subsidios porque poseen mayor cantidad de acciones de agua.
La diputada Sepúlveda también aludió a la necesidad de estudiar los recursos que requiere Indap y el presupuesto que se le asignará a dicho servicio, porque este proyecto tendría repercusiones en este servicio. Asimismo, indicó que debería evaluarse cuál será el aporte exigido a los agricultores, ya que a su juicio dichos aportes deberían ser proporcionales, de modo tal que los grandes agricultores sean quienes otorguen la mayor parte de estos aportes.
Además, señaló que le preocupa la ausencia de un plan o programación de mediano plazo para cada región o rio relevante del país, programación que debería realizarse en forma conjunta entre regantes y las respectivas intendencias. Asimismo, manifestó sería necesario abordar el tema de las hidroeléctricas.
Sobre el contenido específico del proyecto, la diputada señaló que hay dos aspectos que le merecen críticas:
a) La determinación a través de un Reglamento de cómo se determinarán las bonificaciones máximas. A su juicio, esto es parte esencial de este proyecto y no cree que debería quedar entregado a un Reglamento.
b) El establecimiento de un procedimiento especial que regirá los concursos para bonificaciones de proyectos entre 15 mil y 250 mil UF también vía reglamentaria. Enfatizó que este contenido debería venir incluido en la ley, más aún habida cuenta de tratarse de una materia de iniciativa exclusiva del Poder Ejecutivo .
La diputada Pascal coincidió con estas inquietudes y llamó al Ejecutivo a resolver estas dudas y comunicar a la Comisión si dicho Reglamento ya está elaborado o cuando estaría listo, y cuáles serian sus principales directrices. Asimismo, consultó si habría recursos reservados para este proyecto en el Presupuesto del año 2014.
El diputado Sauerbaum señaló que hay mucha atomicidad de la propiedad agrícola en algunas zonas, por lo que es importante analizar cómo pueden los pequeños agricultores organizarse y aprovechar estos beneficios. En su opinión, el Estado debería facilitar la organización de estos agricultores.
El diputado Sabag destacó la indicación presentada en el Senado, la que involucra a los gobiernos regionales en esta ley, e indicó que esta modificación puede generar la posibilidad de considerar los intereses de los pequeños agricultores. También coincidió en que debería apoyarse a los pequeños agricultores en las postulaciones a estos beneficios.
El diputado Hernández celebró que se intente cubrir las necesidades de embalses de mediano tamaño, y preguntó si existen estudios que prevean cuáles son estas necesidades.
El diputado Urrutia consultó si con este mecanismo también se apunta a subsidiar centrales de paso.
El diputado Barros coincidió en la necesidad de aprovechar mejor el agua disponible, pues en el país se produce la paradójica situación de tener problemas de disponibilidad del recurso a la vez que se desperdicia agua. De ahí la necesidad de poder financiar proyectos integrales y de uso múltiple del agua. Por último, señaló que sería conveniente tener este proyecto aprobado en forma previa al proceso presupuestario de 2014.
Don Mauricio Riesco, asesor de la Comisión Nacional de Riego, aclaró que el proyecto cuenta con su informe presupuestario donde se indican los montos con los que se contará para efectos de esta ley. Además, indicó que los recursos para pobras pequeñas y medianas estarán separados en el Presupuesto 2014, para identificar claramente el financiamiento para cada tipo de obras.
Sobre el apoyo a usuarios del agua, que son principalmente pequeños agricultores, indicó que el proyecto considera tres herramientas:
a) El Certificado de Bonificación y su naturaleza de título de crédito, pues implica que este puede endosarse a bancos y/o constructores y de ese modo facilitar el financiamiento para pequeños agricultores.
b) Considerar el uso multipropósito del recurso, pues esto permitirá que los titulares de acciones de agua -que en su mayoría son regantes- puedan convenir con otros usuarios una forma conjunta de financiamiento.
c) Involucrar a los Gobiernos Regionales y que estos puedan determinar sus necesidades locales, asumir un rol activo y poner a disposiciones recursos a través de concursos regionales.
a.3) Discusión general del proyecto de ley.
El diputado Chahín insistió -tal como lo hiciera en el estudio en general- en que la mención a los usos “multipropósito” contenido en el proyecto, podría traducirse en subsidios indirectos a las hidroeléctricas y que se debería examinar con detenimiento esta cuestión.
Asimismo, señaló que le preocupa la amplitud con la que estarían reguladas las bonificaciones tratándose de los proyectos entre 30 mil y 250 mil unidades de fomento, puesto que el proyecto de ley solo señala que las bonificaciones máximas irán disminuyendo “de acuerdo a lo establecido en el reglamento”, sin señalar topes ni parámetros en la propia ley. A su juicio, la ley debería indicar las bonificaciones máximas a las cuales se puede postular de acuerdo a ciertos tramos de proyectos, pues no establecer ningún parámetro resulta discrecional. Dejar tanta discrecionalidad a la potestad reglamentaria le pareció un exceso.
El asesor de la Comisión Nacional de Riego, don Mauricio Riesco señaló que dichas menciones solo hacen referencia a los máximos posibles y que no necesariamente se obtienen esos montos de bonificación pues se establece un proceso de concursabilidad.
Hizo presente que el máximo de bonificación posible se mantiene para aquellas obras de hasta 30 mil unidades de fomento y luego -para obras de mayor costo- se establecerá una curva decreciente de porcentajes máximos de bonificación.
El diputado Urrutia señaló que este mecanismo es similar al contemplado actualmente en la ley de bonificación a obras de riego, pues para obras de mayor costo, el aporte privado probablemente será menor y eso se traduce en menores porcentajes de bonificación.
El diputado Chahín indicó que es necesario analizar a quién van a beneficiar las obras de riego y no solo quién es capaz de aportar mayores recursos, de lo contrario los pequeños regantes tendrán mayores dificultades para acceder a las bonificaciones. Insistió en que es relevante que la propia ley determine los parámetros de la curva decreciente que fija los máximos de bonificación posible.
El diputado Sauerbaum manifestó que la idea tras esta ley es promover la asociatividad de los regantes y así también conseguir mayores recursos para aportar y presentar estos proyectos. Sin embargo, consideró que sería conveniente establecer algún parámetro en la ley para evitar incertidumbres.
La diputada Pascal coincidió con el diputado Chahín, compartiendo la preocupación por la única mención a las variables “aportes” y “costos” en la evaluación de proyectos. Añadió que también es preocupante que se deje al reglamento el establecimiento de un “procedimiento especial” que regirá los concursos para la bonificación de proyectos cuyo valor sea superior a 15 mil e inferior a 250 mil UF.
La diputada Sepúlveda también había manifestado sus aprehensiones respecto a las referencias al reglamento y reiteró que es necesario examinar con cuidado cómo se selecciona a los proyectos bonificados y a quienes beneficia, pues en función de eso se focaliza la ayuda del Estado. En este sentido, señaló que entiende que el Estado busque la realización de obras mayores de riego, pues estas pueden resultar más eficientes que varias pequeñas. Sin embargo, estimó que no queda claro en la ley cuáles serán los criterios para determinar las bonificaciones. En definitiva, le pareció positivo que la ley busque una disminución de costos, pero cree que los contenidos del Reglamento deberían ser aclarados para evitar que los proyectos beneficiados sean solo aquellos con se traducen en una mayor capacidad de ahorro.
El diputado Barros, por su parte, señaló que este proyecto no busca beneficiar a regantes particulares, sino a agrupaciones de usuarios, para de ese modo poder financiar obras de mejoramiento de canales, medición de distribución de aguas, etc., obras que beneficiarán a regantes pequeños, medianos y grandes. Aclaró que la ley N° 18.450 de bonificación de riego ya distingue entre bonificaciones orientadas a pequeños regantes de aquellas orientadas a grandes usuarios. El diputado Urrutia coincidió con esta mirada del proyecto.
El diputado Pérez Arriagada, a su turno, indicó que todo aquello que redunde en mejorar el riego del país es bienvenido, porque el agua continuará escaseando. Particularmente destacó la necesidad de contar con marcos partidores en los distintos canales ya que ello permitirá regular que cada regante utilice el agua que realmente le corresponde y no se perjudique a aquellos usuarios que están aguas abajo.
El diputado Hernández señaló que el proyecto pareciera estar destinado solo a la zona central del país y consultó si existían iniciativas con un alcance nacionales, por ejemplo, que sirvieran para el sur de Chile en donde no hay un alto nivel de asociaciones de regantes. A su juicio, deberían incorporarse mayores incentivos para promover la formación de asociaciones de usuarios.
b) Votación en general.
La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos proporcionados durante la discusión general del proyecto de ley procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por por ocho votos a favor (8 de 9) de las diputadas señoras Pascal y Sepúlveda, y de los diputados señores Álvarez-Salamanca, Barros, Hernández, Martínez, Pérez Arriagada y Urrutia; y la abstención (1 de 9) del diputado señor Chahín.
c) Votación en particular.
El proyecto de ley está contenido en un artículo único,
Artículo único.
Modifica la ley N° 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje:
N° 1.
Modifica el artículo 1°, en la forma que se indica:
a) Sustituye el inciso primero, por el siguiente:
“Artículo 1°.- El Estado, por intermedio de la Comisión Nacional de Riego, bonificará el costo de estudios, construcción y rehabilitación de obras de riego o drenaje, así como de proyectos integrales de riego o drenaje que incorporen el concepto de uso multipropósito; inversiones en equipos y elementos de riego mecánico o de generación; y, en general, toda obra de puesta en riego u otros usos asociados directamente a las obras bonificadas, habilitación y conexión, cuyos proyectos sean seleccionados y aprobados en la forma que se establece en esta ley.”.
b) Reemplaza, en el inciso octavo, el número “12.000” por “50.000”.
c) Sustituye, en el inciso noveno, la cifra “12.000” por “50.000”.
d) Reemplaza, en el inciso décimo, el número “30.000” por “250.000”.
e) Agrega los siguientes incisos undécimo, duodécimo y décimo tercero:
“Los proyectos cuyo costo no supere las 30.000 unidades de fomento podrán postular a la bonificación máxima establecida en los artículos 1° y 3° de esta ley, según corresponda. Igualmente, los proyectos cuyo costo sea superior al monto señalado podrán postular a las bonificaciones máximas antes referidas, en la parte que no exceda de las 30.000 unidades de fomento. Para cada uno de los demás tramos incrementales situados por sobre las 30.000 unidades de fomento, la bonificación máxima a la que se podrá postular irá disminuyendo de acuerdo a lo establecido en el reglamento.
Los proyectos cuyo costo supere las 15.000 unidades de fomento deberán contar previamente con Recomendación Favorable del Ministerio de Desarrollo Social. El plazo para pronunciarse respecto de la recomendación será de 60 días corridos, contado desde la fecha de ingreso de la respectiva solicitud ante el mencionado Ministerio. El interesado podrá invocar el silencio administrativo positivo en caso de no existir pronunciamiento de la autoridad dentro del plazo antes señalado.
Los concursos para la bonificación de proyectos cuyo valor sea superior a 15.000 e inferior a 250.000 unidades de fomento se regirán por un procedimiento especial contemplado en el reglamento.”.
Se solicitó votación separada de las letras d) y e) del N° 1 y así se acordó.
Sobre las modificaciones y normas contenidas en las letras d) y e) del número 1, el asesor del Ministerio de Agricultura, don Andrés Meneses, señaló que los parámetros que fueron mencionados durante la discusión general ya están contenidos en la ley, ya que tal y como se explicó también durante la discusión en el Senado, existirá un perfil de los usuarios y además debe existir una rentabilidad social de los proyectos, interviniendo incluso el Ministerio de Desarrollo Social.
El diputado Chahín consideró insuficiente estas aclaraciones, pues la ley no hace mención expresa al perfil de los usuarios y la intervención del Ministerio de Desarrollo Social es un filtro previo de admisibilidad, pero las únicas directrices que se señalan para la evaluación propiamente tal de los proyectos son el “aporte” y el “costo”. La evaluación social no contempla un tope de bonificación y establecer dicho tope es fundamental para poder evaluar la eficacia de la ley, los incentivos que generará, etc. La diputada Pascal coincidió con esta apreciación.
Por el contrario, el diputado Barros, alabó la intervención del Ministerio de Desarrollo Social e insistió que esta ley es necesaria para llevar a cabo las modernizaciones que el país necesita en materia de riego, pues permitirá financiar proyectos que requieren las organizaciones de usuarios y que pueden resultar muy costosos para usuarios aislados.
El diputado Sauerbaum también destacó el rol que asumirá el Ministerio de Desarrollo Social, a pesar de que podría verse como un obstáculo burocrático para la aprobación de proyectos, porque es fundamental que se evalúe la rentabilidad social de estas obras y así se asegura que los proyectos bonificados beneficien a quienes realmente lo necesitan.
La diputada Sepúlveda señaló que es interesante que se incorpore al Ministerio de Desarrollo Social, pero advirtió el que el plazo que se establece para su pronunciamiento es de solo 60 días. Además, indicó que incluso considerando que este proyecto apunta a proyectos presentados por organizaciones de usuarios -que comprende regantes pequeños, medianos y grandes- puede producirse que los agricultores más pequeños se transformen en un “lastre” para la propia agrupación porque no podrán aportar demasiado para el proyecto.
Sometidas a votación, las letras a), b) y c), fueron aprobadas por seis votos a favor (6 de 8) de la diputada Sepúlveda y de los diputados Álvarez-Salamanca, Barros, Chahín, Martínez y Urrutia; y dos votos en contra (2 de 8) de la diputada Pascal y del diputado Pérez Arriagada.
Puestas en votación, las letras d) y e) del número 1, fueron aprobadas por cinco votos a favor (5 de 9) de los diputados Álvarez-Salamanca, Barros, Martínez, Sauerbaum y Urrutia; y cuatro votos en contra (4 de 9) de las diputadas Pascal y Sepúlveda, y de los diputados Chahín y Pérez Arriagada.
N° 2.
Intercala, en el artículo 5°, un inciso sexto, pasando los actuales incisos sexto, séptimo, octavo y noveno, a ser incisos séptimo, octavo, noveno y décimo, respectivamente, del siguiente tenor:
“En la evaluación de los proyectos cuyo costo supere las 15.000 unidades de fomento, sólo se considerará las variables “Aporte” y “Costo” de acuerdo a los numerales 1) y 3) precedentes. Para este caso, al proyecto que proponga el mayor aporte se le otorgarán quinientos puntos en la calificación de esa variable, y al que ofrezca el menor, cero puntos. Al proyecto de menor costo por hectárea beneficiada se le adjudicarán quinientos puntos, y al de mayor, cero puntos.”.
Sin mayor debate, sometido a votación, el número 2, fue aprobado por cinco votos a favor (5 de 9), de los diputados Álvarez-Salamanca, Barros, Martínez, Sauerbaum y Urrutia; y cuatro votos en contra (4 de 9), de las diputadas Pascal y Sepúlveda, y de los diputados Pérez Arriagada y Sabag.
N° 3.
Agrega el siguiente 7° bis.
“Artículo 7° bis.- Los proyectos cuyo costo supere las 30.000 unidades de fomento deberán contar con una inspección y recepción técnica de obras de costo del beneficiario. La Comisión Nacional de Riego sólo podrá emitir la orden de pago del Certificado de Bonificación al Riego y Drenaje cuando las obras cuenten con inspección y recepción técnica favorable en los términos que señale el reglamento. La Comisión Nacional de Riego podrá denegar la referida orden de pago cuando, a partir de los informes de inspección o recepción técnica de las obras, o de las inspecciones aleatorias que se indican en el inciso tercero de este artículo, pudiese constatarse que el inspector técnico de obras ha incurrido en incumplimiento de la ley o del reglamento.
La inspección y recepción técnica de obras de proyectos de más de 30.000 unidades de fomento deberá llevarse a cabo por personas inscritas en el Registro Público Nacional de Consultores de la Comisión Nacional de Riego para Obras Medianas. El reglamento establecerá los parámetros y condiciones necesarios para la ejecución de las labores de inspección y recepción técnica de éstas.
Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, la Comisión Nacional de Riego podrá efectuar inspecciones aleatorias de obras, en terreno, a objeto de verificar que las labores de inspección y recepción técnica se ejecuten de conformidad a los parámetros y condiciones que establezca el reglamento y la información proporcionada por la inspección privada de las obras.”.
Sin mayor debate, puesto el votación, el número 3 fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes (10), señoras Pascal y Sepúlveda, y señores Álvarez-Salamanca, Barros, Chahín, Martínez, Pérez Arriagada, Sabag, Sauerbaum y Urrutia.
N° 4.
Agrega, en el artículo 15, los siguientes incisos segundo y tercero:
“El Programa Subsidios de la Partida Tesoro Público incluirá los recursos necesarios para financiar el gasto anual que demande la aplicación de la presente ley. La correspondiente glosa presupuestaria deberá identificar fondos separados con los montos que anualmente podrán comprometerse en llamados a concurso, distinguiendo entre aquellas obras cuyo costo no supere las 15.000 unidades de fomento y aquellas que superen dicho monto.
Los Gobiernos Regionales, en coordinación con la Comisión Nacional de Riego, podrán celebrar convenios mandato o de programación, anuales o plurianuales, con el objeto de fomentar la inversión privada regional en obras de riego y drenaje.”.
Sin mayor debate, puesto en votación, el número 4 fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes (10), señoras Pascal y Sepúlveda, y señores Álvarez-Salamanca, Barros, Chahín, Martínez, Pérez Arriagada, Sabag, Sauerbaum y Urrutia.
Artículo transitorio
Establece que el reglamento de la ley N° 18.450 deberá ser dictado dentro del plazo de 180 días, contado desde la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial.
Sin debate, sometido a votación, el artículo fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes (10), señoras Pascal y Sepúlveda, y señores Álvarez-Salamanca, Barros, Chahín, Martínez, Pérez Arriagada, Sabag, Sauerbaum y Urrutia.
V. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS.
No existen artículos ni indicaciones rechazados.
VI. MENCIÓN DE LAS ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.
De conformidad a lo establecido en el N° 7° del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, se hace constar que el proyecto de ley fue aprobado en los mismos términos propuesto por el Senado:
VII. TEXTO DEL PROYECTO
Por los fundamentos tenidos en consideración y las razones que dará a conocer el Diputado Informante , la Comisión recomienda dar su aprobación, en los mismos términos que lo hizo el Senado en el primer trámite constitucional, al siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje:
1) Modifícase el artículo 1° de la siguiente manera:
a) Sustitúyese el inciso primero por el que se transcribe a continuación:
“Artículo 1°.- El Estado, por intermedio de la Comisión Nacional de Riego, bonificará el costo de estudios, construcción y rehabilitación de obras de riego o drenaje, así como de proyectos integrales de riego o drenaje que incorporen el concepto de uso multipropósito; inversiones en equipos y elementos de riego mecánico o de generación; y, en general, toda obra de puesta en riego u otros usos asociados directamente a las obras bonificadas, habilitación y conexión, cuyos proyectos sean seleccionados y aprobados en la forma que se establece en esta ley.”.
b) Reemplázase, en el inciso octavo, el número “12.000” por “50.000”.
c) Sustitúyese, en el inciso noveno, la cifra “12.000” por “50.000”.
d) Reemplázase, en el inciso décimo, el número “30.000” por “250.000”.
e) Agréganse los siguientes incisos undécimo, duodécimo y décimo tercero:
“Los proyectos cuyo costo no supere las 30.000 unidades de fomento podrán postular a la bonificación máxima establecida en los artículos 1° y 3° de esta ley, según corresponda. Igualmente, los proyectos cuyo costo sea superior al monto señalado podrán postular a las bonificaciones máximas antes referidas, en la parte que no exceda de las 30.000 unidades de fomento. Para cada uno de los demás tramos incrementales situados por sobre las 30.000 unidades de fomento, la bonificación máxima a la que se podrá postular irá disminuyendo de acuerdo a lo establecido en el reglamento.
Los proyectos cuyo costo supere las 15.000 unidades de fomento deberán contar previamente con Recomendación Favorable del Ministerio de Desarrollo Social. El plazo para pronunciarse respecto de la recomendación será de 60 días corridos, contado desde la fecha de ingreso de la respectiva solicitud ante el mencionado Ministerio. El interesado podrá invocar el silencio administrativo positivo en caso de no existir pronunciamiento de la autoridad dentro del plazo antes señalado.
Los concursos para la bonificación de proyectos cuyo valor sea superior a 15.000 e inferior a 250.000 unidades de fomento se regirán por un procedimiento especial contemplado en el reglamento.”.
2) Intercálase, en el artículo 5°, un inciso sexto, nuevo, del siguiente tenor, pasando los actuales incisos sexto, séptimo, octavo y noveno, a ser incisos séptimo, octavo, noveno y décimo, respectivamente:
“En la evaluación de los proyectos cuyo costo supere las 15.000 unidades de fomento, sólo se considerará las variables “Aporte” y “Costo” de acuerdo a los numerales 1) y 3) precedentes. Para este caso, al proyecto que proponga el mayor aporte se le otorgarán quinientos puntos en la calificación de esa variable, y al que ofrezca el menor, cero puntos. Al proyecto de menor costo por hectárea beneficiada se le adjudicarán quinientos puntos, y al de mayor, cero puntos.”.
3) Agrégase un artículo 7° bis con el siguiente texto:
“Artículo 7° bis.- Los proyectos cuyo costo supere las 30.000 unidades de fomento deberán contar con una inspección y recepción técnica de obras de costo del beneficiario. La Comisión Nacional de Riego sólo podrá emitir la orden de pago del Certificado de Bonificación al Riego y Drenaje cuando las obras cuenten con inspección y recepción técnica favorable en los términos que señale el reglamento. La Comisión Nacional de Riego podrá denegar la referida orden de pago cuando, a partir de los informes de inspección o recepción técnica de las obras, o de las inspecciones aleatorias que se indican en el inciso tercero de este artículo, pudiese constatarse que el inspector técnico de obras ha incurrido en incumplimiento de la ley o del reglamento.
La inspección y recepción técnica de obras de proyectos de más de 30.000 unidades de fomento deberá llevarse a cabo por personas inscritas en el Registro Público Nacional de Consultores de la Comisión Nacional de Riego para Obras Medianas. El reglamento establecerá los parámetros y condiciones necesarios para la ejecución de las labores de inspección y recepción técnica de éstas.
Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, la Comisión Nacional de Riego podrá efectuar inspecciones aleatorias de obras, en terreno, a objeto de verificar que las labores de inspección y recepción técnica se ejecuten de conformidad a los parámetros y condiciones que establezca el reglamento y la información proporcionada por la inspección privada de las obras.”.
4) Agréganse, en el artículo 15, los siguientes incisos segundo y tercero:
“El Programa Subsidios de la Partida Tesoro Público incluirá los recursos necesarios para financiar el gasto anual que demande la aplicación de la presente ley. La correspondiente glosa presupuestaria deberá identificar fondos separados con los montos que anualmente podrán comprometerse en llamados a concurso, distinguiendo entre aquellas obras cuyo costo no supere las 15.000 unidades de fomento y aquellas que superen dicho monto.
Los Gobiernos Regionales, en coordinación con la Comisión Nacional de Riego, podrán celebrar convenios mandato o de programación, anuales o plurianuales, con el objeto de fomentar la inversión privada regional en obras de riego y drenaje.”.
Artículo transitorio.- El reglamento de la ley N° 18.450 deberá ser dictado dentro del plazo de 180 días, contado desde la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.
-o-
Se designó Diputado Informante al señor Pedro Pablo Álvarez-Salamanca Ramírez.
-o-
Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de los días 10 de septiembre, 1 y 8 de octubre de 2013, con la asistencia de las diputadas señoras Denise Pascal Allende y Alejandra Sepúlveda Órbenes y de los diputados señores René Alinco Bustos, Pedro Pablo Álvarez-Salamanca Ramírez; Ramón Barros Montero; Fuad Chahín Valenzuela; Javier Hernández Hernández; Rosauro Martínez Labbé; Jorge Sabag Villalobos; Frank Sauerbaum Muñoz, e Ignacio Urrutia Bonilla, ( Presidente ).
Asistieron además los diputados señores Alberto Cardemil Herrera y Eduardo Cerda García.
Sala de la Comisión, a 8 de octubre de 2013.
(Fdo.): MARÍA TERESA CALDERÓN ROJAS, Abogada Secretaria de Comisiones ”.
8. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Sandoval, Rojas,Baltolú, Hernández, Pérez, don Leopoldo; Rosales, Urrutia, Van Rysselberghe, Vilches y Von Mühlenbrock “La Ley Orgánica de Gendarmería de Chile de 1979 lo establece como un servicio público dependiente del Ministerio de Justicia, que tiene por finalidad atender, vigilar y contribuir a la reinserción social de las personas que por resolución de autoridades competentes, fueren detenidas o privadas de libertad y cumplir las demás funciones que le señale la ley. Este es el organismo responsable del sistema carcelario en nuestro país, su misión fundamental es la contribución a una sociedad más segura, garantizando el cumplimiento eficaz de la detención preventiva y de las condenas que los Tribunales determinen, proporcionando a los afectados un trato digno, acorde a su calidad de persona humana y desarrollando programas de reinserción social que tiendan a disminuir las probabilidades de reincidencia delictual.
La valiosa historia que forja a esta institución se inicia el año 1843 bajo la presidencia del General Manuel Bulnes en la cual se crea la Penitenciaria de Santiago. El 30 de noviembre de 1921 se crea y se organiza jurídicamente bajo la Ley N° 3.815 el “Cuerpo de la Gendarmería” de Prisiones de la República de Chile, pero es el 30 de noviembre del año 1929 mientras permanecía fusionados con el Cuerpo de Carabineros de Chile, nace y se le denomina al área penitenciaria Servicio de Prisiones como resultado de la unificación del Cuerpo de Gendarmería; Es por ello que la entidad considera el día de su aniversario institucional el 30 de noviembre, pero contado desde 1930 ya que antes no había una legislación enfocada a su reconocimiento.
Actualmente Gendarmería de Chile es una de las instituciones más valoradas de nuestro país debido a la enorme y sacrificada labor que se les asigna, sin embargo, el esfuerzo que despliegan día a día sus funcionarios, muchas veces, no se condice con el reconocimiento y retribución que les corresponde percibir por parte del Estado. No es un tema desconocido la crisis que afecta al sistema carcelario; condiciones graves de hacinamiento, altas tasas de suicidios en gendarmes jóvenes, y sobrecarga laboral, son solo alguna de las falencias que aún falta por enmendar a través de las políticas públicas y regulaciones necesarias que se hagan cargo en profundidad del régimen penitenciario chileno.
Cabe destacar además, que hoy la institución se encuentra en una etapa modernizadora y de cambios sustanciales para mejorar la calidad de vida de cada uno de sus funcionarios y de sus familias, gestiones que valoramos expresamente en esta moción.
Es por ello, como una forma de reconocer su abnegada y sacrificada labor, a través de esta simple pero trascendental moción, se pretende, retribuir, homenajear y valorar a cada uno de los funcionarios a través del día 30 de noviembre como el “Día del Gendarme”.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Establézcase el día 30 de noviembre como el “Día del Gendarme de Chile”
9. Proyecto iniciado en moción de los señoras diputadas Goic, doña Carolina; Rubilar, doña Karla; Sepúlveda, doña Alejandra, y los señores diputados Accorsi, De Urresti, Espinoza, don Fidel; Sandoval, Silber, Teillier y Vallespín, que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas depolietileno, polipropileno y otros polímeros, artificiales biodegradablesen la Patagonia Chilena. (boletín N° 9133-12).
“Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que, las bolsas de polietileno brindan utilidad con ocasión del transporte de mercadería, no es menos cierto que éstas se han convertido en la principal contaminación de la Patagonia.
2° Que, según cifras del Ministerio del Medio Ambiente,. en Chile se utilizan cerca de 250 millones de bolsas plásticas al mes, de las cuales el 90 por ciento termina en un vertedero. Además, se estima que cada persona utiliza en promedio 1,5 bolsas diarias, una cantidad más que considerable si pensamos que sólo las utilizamos en el trayecto desde el comercio hasta la casa. Lo anterior, constituye una cuestión que evidentemente impacta de manera importante a nuestro ecosistema.
3° Que, Los plásticos y los materiales sintéticos son los dos tipos de basura marina más común y son responsables de la mayor parte de los problemas que sufren los animales y aves marinas. Se conocen al menos 267 especies diferentes que se han enredado o han ingerido restos plásticos; entre ellas se cuentan aves, tortugas, focas, leones marinos, ballenas y peces. El lecho marino, especialmente cerca de las regiones costeras, también está contaminado, sobre todo con bolsas de basura. Los plásticos están también presentes en las playas, desde las regiones más pobladas hasta las costas de islas remotas y deshabitadas.
4° Que, atendidos los fundamentos esgrimidos en los considerandos de la presente iniciativa legislativa, el propósito de esta es lograr la disminución paulatina del uso de las bolsas no biodegradables, hasta su total reemplazo por otras hechas de materiales biodegradables que no afecten el medio ambiente y, en consecuencia, la calidad de vida de la población y los recursos naturales de la Patagonia
5° Que, además, debiera constituir un firme propósito la implementación de acciones que tiendan a sensibilizar, concientizar y educar a la sociedad en su conjunto, sobre la necesidad de la racionalizar el uso de bolsas de material no biodegradable toda vez que, en particular en la Patagonia Chilena a causa de sus fuertes vientos, éstos agentes contaminantes se trasladan hacia sectores que constituyen un parque de naturaleza vivo de una riqueza invaluable.
Por lo tanto,
PROYECTO DE LEY
Artículo único.- “Sustitúyase por completo el uso de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de material no biodegradable supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y cualquier otro tipo de comercio para la contención y transporte de las mercaderías que expenden a sus clientes, quedando prohibido su uso dentro del territorio de la Patagonia chilena, siendo reemplazadas por aquellas de papel, género o algodón.
La total sustitución de las bolsas no biodegradables deberá verificarse transcurridos seis meses desde la publicación de la presente ley.
La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa que asciende desde una Unidad Tributaria Mensual”
10. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Araya, Andrade,Schilling, Torres, y las señoras diputadas Isasi, doña Marta, y Sepúlveda, doña Alejandra, que establece mecanismo de repartición de la rentabilidad de las AFP. (boletín N° 9137-13)
“1. Que el actual sistema de pensiones privado manifiesta importantes inequidades en cuanto a la distribución de sus recursos se refiere. En este sentido, los montos que se acumulan en las cuentas de capitalización individual, y posteriormente en la pensión correspondiente, son notoriamente inferiores en proporción a las utilidades que perciben las Administradoras de Fondos de Pensiones por el giro que desarrollan.
2. A modo meramente ilustrativo, y tornando como base los antecedentes que proporciona la Superintendencia de Pensiones, se puede hacer una comparación que comprueba lo señalado anteriormente. Al mes de septiembre del año 2011, la rentabilidad total del Sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones alcanzaba un 13,14%, mientras que la rentabilidad real promedio de todos los Fondos del Sistema calculado sobre un periodo considerable (desde el año 2002 al 2011) sólo alcanzaba un 6,3%. Este último porcentaje decrece a medida que se toman como base los últimos años de rentabilidad de los fondos.
3. A mayor abundamiento, la normativa referida a la materia, esto es, el Decreto Ley 3500, como la ley 20255, se refieren a la responsabilidad de las Administradoras de Fondos de Pensiones en el desarrollo de su giro, sólo contemplando consecuencias jurídicas para el evento en que la rentabilidad de los Fondos sea menor a un determinado porcentaje, como lo señala el artículo 37 del referido Decreto, pero no dice nada en cuanto a que la rentabilidad de las Administradoras sea superior al de los Fondos. Por lo anterior, y debido a que en su proporción los cotizantes aportan una cantidad importante al Sistema, es del todo equitativo que aquélla rentabilidad obtenida a través del giro, sea compartida entre quien proporciona la cotización y quien la administra. De esta manera, el proyecto propone repartir, al término de cada ejercicio, en un 50% las utilidades percibidas entre los cotizantes, directamente a su cuenta de capitalización individual, a título de compensación, lo cual será regulado por norma general que dicte la Superintendencia de Pensiones. El 50% restante será de libre disponibilidad de la Administradora.
4. Que para que esta repartición se produzca, el proyecto contempla como requisito que la rentabilidad anual de la Administradora supere en un punto porcentual al de la rentabilidad anual promedio de todos los Fondos que administra. De esta manera se asegura, por una parte, que la Administradora deberá velar en todo momento por la rentabilidad de estos dos elementos propendiendo a mejorar su gestión, y, por otra parte, introducir elementos de solidaridad al sistema que a la fecha aún muestra claros signos de inequidad.
5. Que una indicación de similar tenor al actual proyecto fue presentada en la tramitación de la Ley 20255 de Reforma Previsional, pero fue declarada inadmisible por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, en su respectivo trámite, por ser de iniciativa exclusiva del Presidente de la República . No obstante ello, los suscriptores del proyecto manifestamos que esta interpretación es errónea, por cuanto no existe en los numerales del artículo 65 impedimento constitucional que prohíba a los Diputados presentar una moción en la materia propia del articulado propuesto.
En efecto, la norma que podría parecer la que coarte esta posibilidad sería la del numeral 6° que indica que “Corresponderá, asimismo, al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para: N°6. Establecer o modificar las normas sobre seguridad social o que incidan en ella, tanto del sector público como del sector privado”.
En este sentido, cabe tener presente una definición de seguridad social, la cual puede ser entendida como “la política socio-económica del Estado dirigida a la abolición de los estados de necesidad, provenientes de contingencias sociales (vejez, enfermedades, muerte, etcétera)”. Esto se refleja claramente en el modo de concepción del constituyente que adopta en el artículo 19 N° 18, en donde señala, en su inciso cuarto, “El Estado supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social”. En este sentido, desde el momento en que se adopta en nuestro país un sistema de capitalización individual caracterizado por el ingreso de sociedades anónimas especiales a la administración de los Fondos en un régimen de libre competencia, la intervención estatal se limita y restringe a la fiscalización de este esquema (y por tanto, es a lo que se restringe la seguridad social en el concepto del constituyente).
En consecuencia, serían materias propias de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República , por ejemplo, el establecimiento, monto, y forma de la cotización obligatoria, o las condiciones requeridas para formar una Administradora de Fondos de Pensiones . No nos parece, en este sentido, que la regulación de la relación directa existente entre el afiliado y la AFP esté relacionada con la seguridad social directamente, más bien se trata de una consecuencia indirecta que produce. Esto se condice con una interpretación adecuada del articulado, ya que, al ser excepciones a la regla general (esto es, que cualquier materia de ley puede ser objeto de Moción o Mensaje) deben ser interpretadas restrictivamente.
De este modo, el régimen previsional privado actualmente existente permite concluir que el proyecto en comento es una regulación de un sector de la economía, tal como muchos otros, no referido a la seguridad social, por cuanto aquélla está referida a una política estatal, la cual se inicia y termina, en la fiscalización.
6. Que los diputados que suscribimos el presente proyecto manifestamos que éste puede considerarse un avance en torno a la mejor distribución de los recursos en el sistema de pensiones, y por consiguiente, a un mayor desarrollo de la calidad de vida de quienes perciben sus ingresos del mismo. No obstante, el articulado es insuficiente para poder darle solución a los graves problemas que aquejan al sistema, y por tanto debe estimarse como una base para una futura reforma mayor y completa que contenga una gran protección normativa del derecho a la seguridad social.
Por tanto:
Los diputados que suscribimos venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único.- Modifíquese el Decreto Ley 3.500 de 1980 en el siguiente sentido: Agréguese el siguiente artículo 37 bis:
Toda rentabilidad anual de las Administradoras de Fondos de Pensiones que exceda de la rentabilidad anual promedio de todos los Fondos que cada una de ellas administra, más un punto, se asignará en un cincuenta por ciento para la Administradora y el resto se distribuirá entre las cuentas individuales de sus afiliados a prorrata de las cotizaciones efectuadas.
Esta asignación se realizará a título de compensación, la cual deberá ser efectuada en la cuenta de capitalización individual del cotizante al término del ejercicio anual.
11. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Ascencio,Castro, Jaramillo y Marinovic, sobre reforma constitucional que crea el sueldo mínimo regionalizado. (boletín N° 9135-07).
“El Estado de Chile es unitario y se divide político administrativamente en Regiones, en atención a las similares características de las distintas zonas geográficas del país.
Es un deber del Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Constitución Política de la República, “contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno dé los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible” para lo cual debe -entre otras, y de acuerdo a lo prescrito en la misma Constitución- asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.
Conforme a lo anterior, el Estado debe crear las condiciones el desarrollo material y asegurar la igualdad de oportunidades de todas las personas.
Crear las condiciones para el desarrollo material, bajo la inspiración liberal de la Constitución Política de nuestra República, supone un Estado que participa de la actividad económica desde dos perspectivas bien definidas y limitadas; la primera, y de la mayor de las importancias, donde podemos concebir y asimilar el rol del Estado a un árbitro, ya que éste sólo se limita a velar por del correcto desempeño de los actores en la vida nacional, procurando un juego limpio, y; la segunda, también muy importante, en que el Estado cumple un rol subsidiario, ejerciendo activamente, ya sea de un modo directo o indirecto, las actividades que los particulares no pueden o no quieren desarrollar por distintos motivos.
El asegurar la igualdad de oportunidades, se relaciona con la primera de las perspectivas comentadas precedentemente, a propósito de la creación de condiciones para el desarrollo material; esto es, con la noción del Estado árbitro, es decir, del aquél que sólo se ocupa de establecer ciertas y determinadas reglas que los actores privados y públicos deben respetar, en el desarrollo de la actividad económica. Esto supone que el Estado cuenta con una serie de dispositivos institucionales y normativos que le permiten ejercer su rol de árbitro. Es lo que sucede, por ejemplo, con las Superintendencias, que son órganos que no participan de la actividad que supervigilan, limitándose a velar por el correcto desempeño de los actores de un determinado sector. En un sentido similar también encontramos órganos como los tribunales de la libre competencia y la Fiscalía Nacional Económica.
Por su parte el Estado, dentro del complejo de instituciones, órganos y normas con que cuenta para el desarrollo de su rol de árbitro, posee -entre otros- mecanismos normativos que le permiten fijar las remuneraciones mínimo para los trabajadores del sector privado. Se trata de una de las materias que de acuerdo a la Constitución corresponde regular por ley. Nuestro orden constitucional, de un exacerbado presidencialismo, entrega a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República el fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector público, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos.
Mediante el presente proyecto de reforma constitucional buscamos introducir un mecanismo de corrección monetaria a nivel regional, en consideración al mayor o menor costo de la vida en las distintas regiones en que se divide el país.
La modificación propuesta, se justifica no sólo en hechos tan objetivos y conocidos como que el costo de la vida en determinadas regiones -las aisladas- es más cara que en otras no aisladas, sino en antecedentes tales como que en la Administración del Estado, una misma actividad es remunerada de un modo distinto si se ejerce en regiones aisladas, lo que se conoce como la asignación
Como lo señalamos anteriormente, es un deber del Estado el procurar el máximo desarrollo material de las personas, deber que si lo integramos al otro deber al que nos referimos, podemos afirmar que el Estado debe procurar el máximo desarrollo que además mitigue las desigualdades que naturalmente existen a lo largo y ancho de nuestra patria, dado por factores territoriales.
Por otra parte, dentro del catálogo de derechos y garantías fundamentales, es un deber del Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 N° 22 de la Carta Fundamental, no establecer discriminaciones arbitrarias en el trato que deben otorgar el Estado y sus organismos en materia económica; es decir, es lícito, y a nuestro entender, necesario, establecer diferencias, siempre y cuando éstas diferencias no sean caprichosas o injustificadas. Agrega la norma constitucional que, “sólo en virtud de una ley, y siempre que no signifique tal discriminación, se podrán autorizar determinados beneficios directos o indirectos en favor de algún sector, actividad o zona geográfica, o establecer gravámenes especiales que afecten a uno u otras” a partir de lo cual podemos entender que nuestra idea guarda plena coherencia con el sistema normativo que nos rige en la actualidad.
Junto a lo anterior, es preciso recordar que el Estado de Chile ratificó el 13 de septiembre de 1999 el Convenio 131 y el Acuerdo 134 de la Organización Internacional del Trabajo (01T), donde adhiere explícitamente a los objetivos y criterios de fijación del SM que en ellos se expresan. Se recomienda que el SM se constituya en un elemento de toda política establecida para eliminar la pobreza y asegurar la satisfacción de las necesidades de todos los trabajadores y de sus familias. En ese contexto Chile debe avanzar en asegurar la satisfacciones de las necesidades de los trabajadores de regiones, particularmente de zonas extremas, cuyo poder adquisitivo es brutalmente menor al de otras regiones dados los altos costos de vida.
Por otra parte, hay que hacerse cargo del hecho de que si bien, como señaláramos, Chile es un Estado unitario, cuenta con una geografía muy desigual, en la cual se determinan costos de abastecimiento para productos y servicios de primera necesidad que son extremadamente más altos, particularmente en la Patagonia chilena. En otras palabras, el valor de una canasta básica de consumo familiar no es la misma en las regiones del Norte, del Centro, del Sur y del extremos Sur del país, donde en ésta última la diferencia es sustancial.
En la valoración de la canasta básica familiar, debe tenerse en cuenta que existen regiones donde se requieren mayores gastos en viviendas, en calefacción, en abrigo, por las condiciones propias del clima allí imperantes. Por otro lado, la menor densidad demográfica y los altos costos de transportes hacen que el costo de la canasta básica sea mayor que en el resto del país.
Finalmente, hacemos presente a la Secretaría de la Cámara por la que ingresa a tramitación el presente proyecto, que este es plenamente admisible, pues no consulta materias de la iniciativa exclusiva de la Presidenta de la República , ya que sólo se limita a establecer requisitos especiales de admisibilidad del proyecto que pretenda fijar las remuneraciones mínimas del sector privado, sin pretender fijarlas, por lo que no se invaden materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República .
Es por todo lo ya expresado que venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE CREA EL SUELDO MÍNIMO REGIONALIZADO
Artículo único.- Reemplazase en el artículo 65 N° 4 de la Constitución Política de la República la frase “como asimismo fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos; todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en los números siguientes;” por la siguiente: “como asimismo fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios considerando los mecanismos que permitan mantener el mismo valor adquisitivo en las distintas regiones del país y establecer las bases objetivas que sirvan para determinarlo.”
12. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Alinco, Bertolino, Castro, Jaramillo, Marinovic y Rincón, que modifica el Título V del Código Penal, con el objeto de sancionar la corrupción en cargos de elección popular. (boletín N° 9136-07).
“La credibilidad de las instituciones en Chile, tienden a la baja, especialmente las políticas. Al respecto estudios de opinión como el Índice de Confianza Pública (ICP), correspondiente al mes de junio y que .es elaborado por la consultora ASIA Marketing, sitúa la credibilidad de los Senadores y Diputados en apenas un cinco por ciento.
Por otra parte, el Barómetro Internacional de la Corrupción, realizado por la organización Transparencia Internacional en 2010, el país evalúa con nota 3.6 el nivel de corrupción en el aparato público.
Si bien, lo anterior puede tener una serie de explicaciones, políticas y sociológicas, contribuyen a dicha situación los casos de corrupción el hecho de que, según cifras del Ministerio Publico, entre 2010 y 2012 la mayoría de las indagaciones por casos de corrupción terminaron en archivo provisional, con 1.734 de los casos investigados y 1.249 en suspensión condicional.
Por ello, se hace urgente y necesario que desde el Congreso Nacional, demos una fuerte señal de transparencia, legislando en el sentido de establecer fuertes sanciones penales, que contemplen la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, a quienes siendo elegidos por voluntad popular, ya sea Presidente de la República , Parlamentarios, Alcaldes, Consejeros Regionales o Concejales, hayan abusado de sus cargo cometiendo actos de corrupción.
Por ello, sometemos a la discusión de este H. Congreso Nacional, el presente proyecto de ley, que por medio un artículo único, agrega un nuevo artículo en nuestro Código Penal, que aumenta las sanciones a los empleados públicos elegidos por voluntad popular, que en el ejercicio de sus cargos, hayan cometido alguno de los delitos contemplados en el Título V del Código Penal.
Por lo anterior, sometemos a vuestro conocimiento el siguiente
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL TÍTULO V DEL CÓDIGO PENAL, CON EL OBJETO DE SANCIONAR LA CORRUPCION EN CARGOS DE ELECCION POPULAR.
ARTÍCULO ÚNICO. Agréguese el Siguiente Artículo 26 Bis , en Título V de los crímenes y simples delitos cometidos por empleados públicos en el desempeño de sus cargos, del Código Penal.
“Artículo 260 BIS. Los delitos descritos en este título, y que sean cometidos por empleados públicos elegidos por voluntad popular, tales como el Presidente de la República , Diputados, Senadores, Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales, se les aplicará la pena contemplada para el delito en su grado máximo, y la pena accesoria de inhabilidad para el ejercicio de cargos públicos”
13. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Marinovic, Alinco, Auth, Baltolú, Barros, Campos, Ortiz, Santana y Ulloa, que perfecciona el procedimiento de regularización para ampliaciones de viviendas sociales y de autoconstrucción de la ley N° 20.251. (boletín N° 9134-14).
“Considerando:
Que la política habitacional en el país por muchos años se preocupó de avanzar en la solución del déficit de viviendas, pero con soluciones de viviendas sociales de escaso tamaño que han obligado a la gente a mejorar sus condiciones de vida mediante la ampliación de sus viviendas por sus propios medios.
Que la mayor parte de las viviendas más antiguas o de la época anterior a los programas de subsidios habitacionales impulsados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se han levantado por el esfuerzo individual de las personas mediante el sistema de autoconstrucción. La mayor parte de estas viviendas, datan de las décadas del 60 y 70.
Que, la ley N° 20.671 ha renovado la vigencia y modificó el procedimiento de regularización de ampliaciones de viviendas sociales contemplado en la ley N° 20.251, permitiendo regularizar las ampliaciones de hasta 25 metros cuadrados, en la medida que se cumplan los demás requisitos que establece la misma ley.
Según esta ley, las viviendas sociales, que en promedio tenían superficies de 40 metros cuadrados, podrán regularizar las ampliaciones realizadas de hasta 25 metros cuadrados adicionales, y con un plazo de para hacer efectiva la regularización hasta junio del año 2015. Sin embargo, la gran mayoría de las viviendas sociales han materializado ampliaciones por una superficie mayor y por tanto no ha sido suficiente la solución de la ley recientemente aprobada.
Las mayores facilidades para la regularización de las viviendas sociales, así como también las de viviendas de autoconstrucción, son absolutamente necesarias para que sus propietarios puedan acceder a diversos subsidios del Estado, entre los cuales destaca el programa de subsidio de protección térmica, que está orientado a las viviendas con mayor vulnerabilidad en su construcción y que por cierto generan un mayor gasto de calefacción en los hogares.
En definitiva, creemos necesario introducir una modificación legal que permita a las personas propietarias de viviendas sociales y de autoconstrucción, regularizar tanto las ampliaciones como la viviendas por autoconstrucciones, en la medida que la superficie total de la edificación no supere un límite de 90 metros cuadrados.
Por lo anterior, y en virtud de las facultades que la Constitución Política de la República nos confiere, venimos en presentar el siguiente,
PROYECTO DE LEY:
Artículo único:
Introducense las siguientes modificaciones en el artículo 1° de la Ley N° 20.671:
1.- Modifícase el inciso primero del artículo 1° en la siguiente forma:
a) Reemplázase en el encabezado la oración “ampliaciones de hasta 25 m2 de superficie que hubieren efectuado en dichas viviendas” por la oración “viviendas o las ampliaciones que hubieren efectuado, siempre que la superficie edificada total no supere los 130 metros cuadrados”.
b) Reemplázase en el número tres la expresión “ampliaciones” por “obras a regularizar”.
c) lntercálase en la letra a) del número cuatro, a continuación de “dominio del inmueble y que la” la expresión “vivienda o”.
d) Intercálase en la letra b) del número cuatro, a continuación de “el perfil de la” la expresión “vivienda o”.
2.- Remplázase en el inciso segundo del artículo 1°, la expresión “ampliaciones en segundo piso o superior” por “regularización de viviendas, o de ampliaciones en pisos segundo o superior, o ampliaciones cuya superficie a regularizar sea más de 25 metros cuadrados”, seguida de una coma.
14. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2.430-13-INA
?Santiago, 4 de octubre de 2013.
Oficio Nº 9.052
Remite sentencia.
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 3 octubre de 2013, en el proceso Rol Nº 2.430-13-INA sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo único de la Ley Nº 20.411.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A S.E. EL
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON EDMUNDO ELUCHANS URENDA
VALPARAÍSO.”
15. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2496-13-INA
?Santiago, 4 de octubre de 2013.
Oficio Nº 9.066
Remite resolución.
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 3 de octubre de 2013, en el proceso sobre requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad Rol Nº 2496-13-INA referido a los artículos 166 y 171, inciso segundo, del Código Sanitario. Asimismo, acompaño copia del requerimiento y de la resolución que declaró su admisibilidad, a los efectos que indica.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A S.E. EL
PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
DON EDMUNDO ELUCHANS URENDA
VALPARAÍSO.”
16. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2.499-13-INA.
?Santiago, 4 de octubre de 2013.
Oficio Nº 9.070
Remite sentencia.
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 3 de octubre de 2013, en el proceso sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad Rol
Nº 2.499-13-INA referido a los artículos 166 y 171, inciso segundo, del Código Sanitario, a los efectos que indica. Asimismo, acompaño copia de la resolución que declaró su admisibilidad.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A S.E.
EL PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON EDMUNDO ELUCHANS URENDA
VALPARAÍSO.”
17. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2497-13-INA
?Santiago, 4 de octubre de 2013.
Oficio Nº 9.074
Remite resolución
Excelentísimo señor
Presidente de la Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 3 de octubre de 2013, en el proceso sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad Rol Nº 2497-13-INA referido a los artículos 166 y 171, inciso segundo, del Código Sanitario. Asimismo, acompaño copia del requerimiento y de la resolución que declaró su admisibilidad, a los efectos que indica.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.
A S.E. EL
PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
DON EDMUNDO ELUCHANS URENDA
VALPARAÍSO.”