Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- VIII. Otros documentos de la Cuenta.
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- PERMISO
- Pablo Lorenzini Basso
- PERMISO
- DEBATE
- IX. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
- PETICIÓN DE OFICIO : Gabriel Silber Romo
- PETICIÓN DE OFICIO : Matias Walker Prieto
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE LOS COMITÉS
- TRAMITACIÓN PREFERENCIAL DE PROYECTO DE ACUERDO
- REMISIÓN DE PROYECTOS DE LEY A COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DROGAS
- REMISIÓN DE PROYECTO DE LEY RADICADO EN COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR Y REGIONALIZACIÓN, A COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DROGAS
- V. ORDEN DEL DÍA
- APERTURA DE CUENTAS DE AHORRO POR EL PADRE Y LA MADRE, INDISTINTAMENTE, EN FAVOR DE SUS HIJOS (Segundo trámite constitucional)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Pepe Auth Stewart
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Denise Pascal Allende
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Pepe Auth Stewart
- INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- INTERVENCIÓN : Alfonso De Urresti Longton
- INTERVENCIÓN : Monica Beatriz Zalaquett Said
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- DEBATE
- APROBACIÓN DEL “ACUERDO PARA MODIFICAR EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE CANADÁ (Primer trámite constitucional) [Sobre Tabla]
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Monica Beatriz Zalaquett Said
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE NORMAS RELATIVAS AL MALTRATO Y ABANDONO DEL ADULTO MAYOR (Primer trámite constitucional)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Denise Pascal Allende
- INTERVENCIÓN : Monica Beatriz Zalaquett Said
- INTERVENCIÓN : Ramon Farias Ponce
- APERTURA DE CUENTAS DE AHORRO POR EL PADRE Y LA MADRE, INDISTINTAMENTE, EN FAVOR DE SUS HIJOS (Segundo trámite constitucional)
- VI. INCIDENTES
- DISCRIMINACIÓN EN LICITACIÓN DEL PARQUE DE TAXIS COLECTIVOS DE COPIAPÓ (Oficios)
- INCLUSIÓN DE LA FIBROMIALGIA EN PATOLOGÍAS AUGE (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE BASES DE LICITACIÓN Y RECURSOS PARA PROYECTO DE DESARROLLO DE RESERVA NACIONAL MOCHO CHOSHUENCO (Oficio)
- ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE SELECCIÓN DE DIEZ LOCALIDADES COMO NUEVOS DESTINOS TURÍSTICOS (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE POSTULACIÓN AL FONDO SOCIAL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE CLUB DE ADULTO MAYOR BELÉN, DE REUMÉN, COMUNA DE PAILLACO (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE PROGRAMA DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MUELLES EN ISLA DEL REY, COMUNA DE CORRAL (Oficio)
- EXENCIÓN DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES A PEQUEÑOS AGRICULTORES Y REBAJA EN PAGO DE PATENTES A PEQUEÑOS MINEROS DE PROVINCIA DE PETORCA (Oficios)
- HOMENAJE A “DIARIO CONCEPCIÓN” EN CONMEMORACIÓN DEL 5° ANIVERSARIO DE SU FUNDACIÓN (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE RESULTADOS DE AUDITORÍAS Y MEDIDAS ADOPTADAS POR MUERTES DE NIÑOS RECIÉN NACIDOS EN HOSPITAL DE COPIAPÓ (Oficios)
- INVESTIGACIÓN DE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA POR CONTRATAS A HONORARIOS EN DIRECCIÓN DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL (Oficios)
- INFORMACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES EN CONCURSO PÚBLICO PARA DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE COPIAPÓ (Oficios)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Enrique Accorsi Opazo
- Nino Baltolu Rasera
- Lautaro Carmona Soto
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Carolina Goic Boroevic
- Adriana Munoz D'albora
- Ximena Vidal Lazaro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marcos Espinosa Monardes
- Rene Alinco Bustos
- Lautaro Carmona Soto
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Luis Segundo Lemus Aracena
- Fernando Meza Moncada
- Jose Perez Arriagada
- Matias Walker Prieto
- Adriana Munoz D'albora
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Fernando Meza Moncada
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Cristian Campos Jara
- Marcos Espinosa Monardes
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Manuel Monsalve Benavides
- Carlos Montes Cisternas
- Jose Perez Arriagada
- Alberto Robles Pantoja
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Araya Guerrero
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Juan Carlos Latorre Carmona
- Rene Fernando Saffirio Espinoza
- Guillermo Leon Teillier Del Valle
- Adriana Munoz D'albora
- Denise Pascal Allende
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 361ª
Sesión 31ª, en jueves 23 de mayo de 2013
(Ordinaria, de 10.10 a 12.50 horas)
Presidencia del señor Eluchans Urenda, don Edmundo.
Presidencia accidental de los señores Melero Abaroa, don Patricio, y Monckeberg Díaz, don Nicolás.
Secretario, el señor Landeros Perkic, don Miguel.
Prosecretario, el señor Rojas Gallardo, don Luis.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- INCIDENTES
VII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 8
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
- Acuerdos de los Comités 11
- Tramitación preferencial de proyecto de acuerdo 11
- Remisión de proyectos de ley a Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas 12
- Remisión de proyecto de ley radicado en Comisión de Gobierno Interior y Regionalización, a Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas 13
V. Orden del Día.
- Apertura de cuentas de ahorro por el padre y la madre, indistintamente, en favor de sus hijos (Segundo trámite constitucional) 13
- Aprobación del “Acuerdo para modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá (Primer trámite constitucional) [Sobre Tabla] 32
- Modificación de normas relativas al maltrato y abandono del adulto mayor (Primer trámite constitucional) 36
VI. Incidentes.
- Discriminación en licitación del parque de taxis colectivos de Copiapó (Oficios) 43
- Inclusión de la fibromialgia en patologías AUGE (Oficios) 44
- Información sobre bases de licitación y recursos para proyecto de desarrollo de reserva nacional Mocho Choshuenco (Oficio) 44
- Antecedentes y fundamentos de selección de diez localidades como nuevos destinos turísticos (Oficios) 45
- Información sobre postulación al Fondo Social Presidente de la República de Club de Adulto Mayor Belén, de Reumén, comuna de Paillaco (Oficios) 46
- Información sobre programa de inversiones en infraestructura de muelles en Isla del Rey, comuna de Corral (Oficio) 46
- Exención del pago de contribuciones a pequeños agricultores y rebaja en pago de patentes a pequeños mineros de provincia de Petorca (Oficios) 47
- Homenaje a “Diario Concepción” en conmemoración del 5° aniversario de su fundación (Oficios) 47
- Información sobre resultados de auditorías y medidas adoptadas por muertes de niños recién nacidos en Hospital de Copiapó (Oficios) 50
Pág.
- Investigación de Contraloría General de la República por contratas a honorarios en dirección de atención primaria del Servicio de Salud Metropolitano Central (Oficios) 51
- Información sobre irregularidades en concurso público para directores de establecimientos educacionales de Copiapó (Oficios) 52
VII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia “suma”, para el despacho de los siguientes proyectos:
a) el que “Crea la autorización de funcionamiento de jardines infantiles.”. (boletín N° 8859-04). (109-361), y
b) el sobre “Tenencia responsable de mascotas y animales de compañía.”. (boletín N° 6499-11) (S). (109-361) 53
2. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia “simple”, para el despacho del proyecto que “Crea el Ministerio de Cultura”. (boletín N° 8938-24). (112-361) 53
3. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia “simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
a) el que “Reconoce la rayuela como deporte nacional.”. (boletín N° 8097-04) (S). (108-361), y
b) el que “Establece Día de la adopción y del que está por nacer”. (boletín N° 7254-07) (S). (108-361) 54
4. Oficio de S. E. el Presidente de la República, por el cual solicita acuerdo para prorrogar la permanencia de tropas y medios nacionales fuera del territorio de la República. (Copia Informativa). (Urgencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 N° 5 de la C.P.de la República). (Gab. Pres. N°554) 54
5. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos, el proyecto, iniciado en mensaje sobre “Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, entre la República de Chile, la República de Colombia, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú”, suscrito en Paranal, Antofagasta, el 6 de junio 2012. (boletín N° 8801-10). (427/SEC/13) 56
6. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en moción que “Concede nacionalidad chilena, por especial gracia, al señor David Feuerstein.”. (boletín N° 8894-07) (S). (428/SEC/13) 56
7. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “suma”, que “Agrava penas y restringe beneficios penitenciarios en materia de delitos sexuales contra menores de edad.”. (boletín N° 8677-07) (S). (431/SEC/13) 57
Pág.
8. Primer informe de la Comisión de Relaciones Exteriores recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, con urgencia “discusión inmediata”, sobre “Acuerdo para modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, firmado en Santiago, Chile, el 16 de abril de 2012”. (boletín N° 8951-10). En Tabla 58
9. Primer Informe de la Comisión de Ciencia y Tecnología, recaído en las mociones que “establecen la meta todo chile a llamada local”, y que “modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico”. 8787-19 y 8790-15 Refundidos. En estado de Tabla 63
10. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados González, Accorsi, Baltolu, Carmona, Jiménez, Saffirio, y de las diputadas señoras Goic, doña Carolina; Muñoz, doña Adriana y Vidal, doña Ximena, que “Modifica el Código del Trabajo, en relación al inicio y término de la jornada laboral en caso de necesidad de cambio de vestuario de los trabajadores”. (boletín N° 8959-13) 83
11. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Espinosa, don Marcos; Alinco, Carmona, Jarpa, Lemus, Meza, Pérez, don José; Walker, y de la diputada señora Muñoz, doña Adriana, que “Modifica el Código de Aguas y otros cuerpos legales respecto del uso de las aguas subterráneas”. (boletín N° 8960-33) 85
12. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Meza, Ascencio, Campos, Espinosa, don Marcos; García, don René Manuel; Jarpa, Monsalve, Montes, Pérez, don José y Robles, que “Mejora las condiciones de seguridad en las instalaciones eléctricas en domicilios particulares”. (boletín N° 8961-08) 88
13. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Montes, Araya, Jiménez, Latorre, Saffirio, Teillier, y de las diputadas señoras Muñoz, doña Adriana y Pascal, doña Denise, que “Establece reserva de suelo urbano para vivienda social”. (boletín N° 8962-14) 89
VIII. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones
- Comunicación de la Presidencia de la Corporación por la que indica que el diputado señor Felipe Salaberry, no integrará la delegación chilena que asistirá a la 102ª Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo, a realizarse en Ginebra, Suiza, entre los días 5 al 20 de junio próximo.
- Comunicación del jefe de bancada de diputados de Partido Demócrata Cristiano por la cual informa que el diputado señor Ricardo Rincón reemplazará al diputado señor René Saffirio en la Comisión de Ciencia y Tecnología.
2. Notas
- Nota del diputado señor Lorenzini, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 14 de junio en curso, para dirigirse a Europa.
- Nota del diputado señor Norambuena, por la cual informa que, se ausentará a las sesiones de Sala y Comisiones del día 23 de mayo en curso.
3. Oficios
- Oficio de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, por el cual solicita el acuerdo de la Sala, para que le sea remitido el proyecto, iniciado en moción, que “Modifica ley N°19.696, que establece Código Procesal Penal, en el sentido que indica.”, actualmente en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. (boletín N° 8516-07.
- Oficio de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, por el cual solicita el acuerdo de la Sala, para que le sea remitido el proyecto, iniciado en moción, que “Integra al Código Procesal Penal, los delitos contra las policías, como aquellos de mayor connotación pública.”, actualmente en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. (boletín N° 8908-07.
- Oficio de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, por el cual solicita el acuerdo de la Sala, para que le sea remitido el proyecto, iniciado en moción, que “Modifica la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, limitando la prohibición de ingreso a la administración pública.”, actualmente en la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización. (boletín N° 8520-06).
Respuestas a oficios
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo:
- Diputada Isasi doña Marta, Tenga a bien analizar la procedencia de la corrección de los antecedentes adjuntos. (1220 al 4854).
- Diputada Molina doña Andrea, Solicita informe sobre los locales de votación que existen en el distrito N° 10, correspondientes a las comunas de Cabildo, Calera, Hijuelas, La Cruz, La Ligua, Nogales, Papudo, Petorca, Puchuncaví, Quillota, Quintero y Zapallar; con indicación de su respectiva dirección. (3817 al 10657).
- Diputada Turres doña Marisol, Reiterar las solicitudes realizadas mediante oficios N° 02249, de 9 de agosto de 2011 y N° 6212, 11 de abril de 2012, remitidos a la Fiscalía Nacional Económica, cuyas copias se adjuntan, en especial se sirva remitir todos los antecedentes referidos a la investigación iniciada por esa entidad, rol N° 1931-11 FNE, en particular el informe evacuado con las conclusiones de la misma. (625 al 10860).
Ministerio de Agricultura:
- Diputado Accorsi, Tenga a bien remitir antecedentes estadísticos sobre las cifras correspondientes a las personas con discapacidad que se desempeñan en su cartera; desglosadas por región y clasificadas por género y calidad en que se ejerce el cargo. (382 al 11149).
Ministerio de Minería:
- Proyecto de Acuerdo 733, “Solicita a S.E. el Presidente de la República la creación de la Comisión Chilena del Litio.” (277).
Intendencias:
- Diputado Sandoval, Solicita informe sobre el traspaso de los terrenos en el loteo Escuela Agrícola, de la ciudad de Coyhaique, al Servicio de Vivienda y Urbanización para el desarrollo de proyectos habitacionales; particularmente, las razones por la demora en el referido trámite administrativo y las fechas estimativas para su concreción. (344 al 10643).
- Diputado Marinovic, Solicita informe si se contemplan actualmente en la cartera de inversiones regionales, proyectos para el mejoramiento del sector del Cerro de La Cruz, en la comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y, en caso de ser afirmativa la respuesta, se solicita la remisión de los antecedentes de la ficha del proyecto, su recomendación técnico económica y el período de ejecución programado. (924 al 10742).
Varios:
- Diputada Turres doña Marisol, Solicita disponer se investigue la actuación de los laboratorios farmacéuticos, en relación con los distintos precios de venta de un mismo medicamento o productos farmacéutico, a farmacias o cadenas de farmacias, a hospitales privados, a hospitales de instituciones de las fuerzas armadas o de orden y seguridad pública, a la Central Nacional de Abastecimiento, etc. (625 al 2249).
- Diputada Turres doña Marisol, Solicita disponer se investigue la actuación de los laboratorios farmacéuticos, en relación con los distintos precios de venta de un mismo medicamento o productos (625 al 6212).
IX. Peticiones de oficio. Artículos 9° y 9° A de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
- Diputado Silber, Tenga a bien instruir la fiscalización sobre la situación descrita en la solicitud adjunta, que afecta al humedal de Batuco y el sector de Lo Fontecilla de la comuna de Lampa e informe sobre sus resultados. (11247 de 14/05/2013). A intendencias.
- Diputado Walker, Solicita informe sobre los estudios o propuestas del organismo a su cargo, para la normalización de las plantas al tenor de lo dispuesto en la ley N°18.834 que aprueba el Estatuto Administrativo; y en particular, aquellos referidos a las materias descritas en la solicitud adjunta, en relación con la calificación del personal, incentivo al retiro, derecho de sala cuna y beneficios de salud para los funcionarios de planta y a contrata. (11268 de 16/05/2013). A Ministerio de Salud.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (77)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Alinco Bustos René IND XI 59
Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo UDI VII 38
Araya Guerrero, Pedro IND II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Auth Stewart, Pepe PPD RM 20
Baltolu Rasera, Nino UDI XV 1
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Browne Urrejola, Pedro RN RM 28
Calderón Bassi, Giovanni UDI III 6
Campos Jara, Cristián PPD VIII 43
Carmona Soto, Lautaro PC III 5
Castro González, Juan Luis PS VI 32
Cerda García, Eduardo PDC V 10
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
De Urresti Longton, Alfonso PS XIV 53
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
García García, René Manuel RN IX 52
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Gutiérrez Pino, Romilio UDI VII 39
Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26
Hoffmann Opazo, María José UDI V 15
Isasi Barbieri, Marta IND I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD XIV 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Lemus Aracena, Luis PS IV 9
Macaya Danús, Javier UDI VI 34
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Molina Oliva, Andrea UDI V 10
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pascal Allende, Denise PS RM 31
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rosales Guzmán, Joel UDI VIII 47
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Espinoza, René PDC IX 50
Sandoval Plaza, David UDI XI 59
Sauerbaum Muñoz, Frank RN VIII 42
Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23
Squella Ovalle, Arturo UDI V 12
Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28
Torres Jeldes, Víctor PDC V 15
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Van Rysselberghe Herrera, Enrique UDI VIII 44
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5
Walker Prieto, Matías PDC IV 8
Zalaquett Said, Mónica UDI RM 20
-Por encontrarse en misión oficial no estuvieron presentes los diputados señores Roberto León Ramírez, Miodrag Marinovic Solo de Zaldívar y Alejandro Santana Tirachini.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.10 horas.
El señor ELUCHANS (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ELUCHANS (Presidente).- El acta de la sesión 25ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 26ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor ELUCHANS (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
ACUERDOS DE LOS COMITÉS
El señor ELUCHANS (Presidente).- El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos de los Comités.
El señor LANDEROS (Secretario).- Reunidos los jefes de los Comités Parlamentarios, bajo la presidencia del diputado señor Edmundo Eluchans Urenda, adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:
1. Remitir a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia el proyecto de ley sobre protección de derechos de los niños, niñas y adolescentes (Boletín N° 8911-18), una vez informado por la Comisión de Familia.
2. Tratar sobre Tabla, en la sesión de hoy, el Acuerdo que modifica el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, firmado en Santiago, Chile, el 16 de abril de 2012 (Boletín N° 8951-10), con urgencia de “discusión inmediata”.
3. Retirar de la Tabla de la sesión de hoy los informes de la Comisión de Salud en calidad de investigadora sobre la gestión financiera de Cenabast y de los Servicios de Salud, y de la presencia de la bacteria Clostridium Difficile en la Asistencia Pública , y el referido a los niveles de cumplimiento de las listas de espera del AUGE, para ser tratados en junio próximo.
4. Enviar a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, hasta por dos semanas, el proyecto de ley recaído en las mociones que establecen la meta “Todo Chile a llamada local” y que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional, y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico (Boletines N°s 8787-19 y 8790-15 refundidos), despachado por la Comisión de Ciencias y Tecnología.
5. Trasladar a la sesión ordinaria del martes 11 de junio próximo el homenaje que se realizará a la Policía de Investigaciones de Chile.
TRAMITACIÓN PREFERENCIAL DE PROYECTO DE ACUERDO
El señor ELUCHANS (Presidente).- Sobre la Cuenta, tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.- Señor Presidente , por su intermedio, solicito que recabe la unanimidad de la Sala para tratar, con preferencia, en el tiempo destinado para ello, el proyecto de acuerdo Nº 840, suscrito por diputados de todas las bancadas, que pide al Ejecutivo unificar las cuotas de extracción de sardinas y anchovetas, a fin de evitar las enormes dificultades por las que atraviesa la pesquería artesanal.
El señor ELUCHANS (Presidente).- ¿Habría acuerdo para ello?
Acordado.
REMISIÓN DE PROYECTOS DE LEY A COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DROGAS
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se accedería a la petición formulada por la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, por la que solicita el acuerdo de la Sala para que le sean remitidos los siguientes proyectos que se encuentran en la Comisión de Constitución Legislación y Justicia:
1. El iniciado en moción que modifica la ley Nº 19.696, que establece el Código Procesal Penal, en el sentido que indica, y
2. El iniciado en moción que integra en el Código Procesal Penal los delitos contra las policías, como aquellos de mayor connotación pública.
Tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón.
El señor RINCÓN.- Señor Presidente , no he levantado la mano para no dar el acuerdo, sino para complementarlo, como se ha hecho en otras sesiones, en el sentido de que, una vez examinado el proyecto por la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas vuelva a la de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- ¿Habría acuerdo?
Acordado.
REMISIÓN DE PROYECTO DE LEY RADICADO EN COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR Y REGIONALIZACIÓN, A COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DROGAS
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se accedería a la petición formulada por la Comisión de Seguridad Ciudadana y Drogas, por la que solicita el acuerdo para que le sea remitido el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, limitando la prohibición de ingreso a la administración pública, actualmente radicado en la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización (Boletín Nº 8520-06).
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Cito a reunión de Comités sin suspender la sesión.
V. ORDEN DEL DÍA
APERTURA DE CUENTAS DE AHORRO POR EL PADRE Y LA MADRE, INDISTINTAMENTE, EN FAVOR DE SUS HIJOS (Segundo trámite constitucional)
El señor MELERO (Presidente accidental).-
Corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que permite al padre y a la madre, indistintamente, abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Pepe Auth.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín N° 7519-05, sesión 14ª de la legislatura 359ª, en 14 de abril de 2011. Documentos de la Cuenta N° 2.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 30ª de la presente legislatura, en miércoles 22 de enero de 2013. Documentos de la Cuenta N° 9 de este boletín de sesiones.
El señor MELERO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor AUTH (de pie).-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Hacienda paso a informar el proyecto de ley, iniciado en moción de las honorables senadoras señoras Ximena Rincón , Isabel Allende , Soledad Alvear y Lily Pérez, que modifica la Ley General de Bancos y la Ley Orgánica del Banco del Estado de Chile, con el objeto de permitir al padre y a la madre, indistintamente, abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos menores de edad en el sistema bancario.
A la Comisión asistió la promotora e ideadora del proyecto de ley, senadora señora Ximena Rincón González .
La moción que da origen al proyecto señala que el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda, más conocido como Ley General de Bancos, no señala expresamente en su articulado los requisitos que deben cumplir los bancos para autorizar la apertura de una cuenta de ahorro por parte de los padres o el representante legal de un menor.
Por su parte, el decreto ley Nº 2.079, de 1978, Ley Orgánica del Banco del Estado de Chile, en su artículo 35 señala los requisitos del banco para efectos de abrir una cuenta de ahorro y las exigencias para abrir dichas cuentas en favor de los menores de edad.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 243 del Código Civil, “la patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o la madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados”.
El artículo 244 señala que “la patria potestad será ejercida por el padre o la madre o ambos conjuntamente, según convengan en acuerdo suscrito por escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil , que se subinscribirá al margen de la inscripción de nacimiento del hijo dentro de los treinta días siguientes a su otorgamiento. A falta de acuerdo, al padre toca el ejercicio de la patria potestad.”.
Cabe señalar que actualmente se encuentra en estudio una modificación a fin de que la patria potestad sea compartida por ambos progenitores.
Se manifiesta en la moción que se han recibido muchas denuncias por parte de mujeres que han señalado la negativa de los bancos de abrir cuentas de ahorro a sus hijos menores de edad, argumentando que solo el padre podía realizar dicho trámite, sin hacer distinción respecto de si la mujer se encuentra separada o no del padre, tal como lo establece la ley.
De acuerdo con lo anteriormente señalado y las numerosas denuncias recibidas, muchas veces los bancos interpretan mal la norma exigiendo a todo evento la presencia del padre al momento de abrir la cuenta de ahorro, lo que no solo escapa de lo señalado en la legislación, sino que también es discriminatorio respecto de miles de mujeres que no obstante estar casadas y vivir con su familia en hogar común se ven imposibilitadas de realizar un trámite tan básico como es abrir una cuenta de ahorro en favor de su hijo.
Incluso, se han recibido denuncias de mujeres que no obstante estar separadas de hecho de sus cónyuges y tener el cuidado personal de sus hijos conforme lo determina la ley, los bancos no las autorizan para abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos.
Las autoras del proyecto han considerado necesario modificar la legislación para señalar expresamente que independientemente de quien ejerza la patria potestad, tanto el padre como la madre podrán abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos menores de edad, con el objeto de evitar que trámites sencillos como estos, y que van en evidente beneficio del hijo, queden a la libre interpretación de los bancos.
En consecuencia, se trata de terminar con una discriminación que si bien es cierto no está en la ley, deriva de la aplicación de esta. Por lo tanto, el proyecto explicita algo que está implícito.
La senadora señora Rincón expresó en la comisión que el proyecto es de vital importancia para las madres, y en especial para los niños de nuestro país, puesto que hoy los padres pueden abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos, pero por una errada interpretación de los bancos las madres están imposibilitadas de hacerlo, a menos que concurra el padre a firmar las libretas de ahorro.
Esto sucede en un contexto en que casi la mitad de los hogares de Chile están a cargo de mujeres, y además muchas veces no existe relación con los padres de los hijos, lo que dificulta enormemente la apertura de cuentas de ahorro por parte de las madres en favor de sus vástagos.
Comentó que hace aproximadamente tres años se ha estado planteando al superintendente de Bancos e Instituciones Financieras este problema, pero ante la ausencia de una circular que aclare este punto fue necesario presentar esta modificación a la ley vigente, que hoy discutimos, a fin de dejar expresamente consignado en la legislación que tanto el padre como la madre pueden abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos.
El diputado señor Pablo Lorenzini planteó que no sólo pueden abrirse cuentas de ahorro en favor de los hijos, sino que también cuentas a la vista, cuentas Rut, modalidades que deberían ser incluidas en este proyecto, por lo que anunció una indicación que las incorpore.
La senadora señora Rincón sostuvo que en la práctica el mismo problema acontece cuando una mujer quiere abrir en favor de su hijo una cuenta vista o una cuenta Rut asociada a la cuenta del que la abre.
El diputado señor Silva expresó su opinión contraria a esta idea, puesto que el proyecto busca solucionar una traba administrativa que no pudo ser resuelta a través de una circular de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, de manera que las mujeres puedan abrir cuentas de ahorro en favor de los hijos y no se relaciona con fomentar la apertura de cuentas para transacciones, que es la característica de las cuentas a la vista.
En relación con una duda planteada por el diputado que habla, acerca de la administración de los dineros depositados en las cuentas de ahorro, la senadora Rincón expresó que la administración de esos fondos corresponde, de acuerdo con las normas del Código Civil, al padre o madre que tenga la patria potestad, aun cuando haya sido el otro padre el que haya abierto y depositado los recursos. Esto puede llevar a la contradicción flagrante de que una madre abra una cuenta de ahorro al hijo, pero sea el padre el que decida retirar los fondos al cabo de algunos años.
Quien habla sugirió incorporar una indicación que establezca que la administración de la cuenta de ahorro corresponderá al padre o a la madre que la haya abierto, aun cuando no tenga la patria potestad de su hijo.
El diputado señor Silva, abogado, propuso votar el proyecto en los términos en que está, puesto que modificar por la vía de la excepción las normas sustantivas sobre patria potestad, a su juicio complicaría la tramitación de esta iniciativa, ya que requeriría su estudio por la comisiones de Familia y de Constitución de ambas Corporaciones.
Como los autores del proyecto solo deseaban hacer que esta objeción práctica fuera levantada por los bancos, se allanaron a que se aprobara tal cual. Por eso fue aprobado en general y particular por la unanimidad de los diputados, señores Pepe Auth, Enrique Jaramillo , Pablo Lorenzini , Miodrag Marinovic, José Miguel Ortiz , Alejandro Santana , Ernesto Silva y Gastón von Mühlenbrock .
Los diputados señores Lorenzini y Marinovic presentaron una indicación para agregar en el artículo 156 bis, que se agrega al decreto con fuerza de ley N° 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda, por el artículo 1° del proyecto, a continuación de la frase “Las cuentas de ahorro” la expresión “y las cuentas a la vista”, y para añadir en el inciso final del artículo 35 del decreto ley N° 2.079, de 1978, del Ministerio de Hacienda, que se incorpora por el artículo 2° del proyecto, a continuación de la frase “cuentas de ahorro”, la expresión “y cuentas a la vista”.
La indicación fue rechazada por 2 votos a favor, 5 votos en contra y una abstención.
Puestos en votación los artículos 1° y 2° del proyecto fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes.
En virtud de lo expuesto, la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del proyecto.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente accidental).-
Para comenzar el debate, tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente , como indica el diputado informante , ante el número importante de denuncias presentadas en relación con esta materia, el proyecto de la senadora Ximena Rincón nace como una necesidad dentro de la sociedad que hoy ya expresa su cercanía al desarrollo.
Al respecto, quiero decir que no solo a quien habla, sino que a muchos de nosotros, nos ha tocado ver que madres abnegadas han abierto cuentas de ahorro para sus hijos, pero que posteriormente esos recursos han sido retirados por un padre poco diligente -por no decir dilapidador- para manejar sus negocios, en razón de que poseen la patria potestad de los hijos, y la madre solo se entera de ello cuando va a realizar un nuevo depósito.
También conozco casos en que los cónyuges se han separado y el padre se ha marchado. Este último posteriormente ha retirado los fondos de las cuentas de ahorro de los hijos, dejándolos sin esta prevención pensada para el futuro.
Por ello, junto con permitir la apertura de la cuenta de ahorro por cualquiera de los padres, es necesario tomar prevenciones respecto de la administración de las mismas para evitar algunos de los problemas que he reseñado, quizás estableciendo al momento de la apertura un administrador o solo permitiendo el retiro de fondos con la autorización de ambos padres, aun cuando para ello haya que revisar las normas sobre patria potestad. La discusión de la Comisión nos llevó a esa conclusión.
Hoy, más que nunca, sabemos que la prevención económica para el futuro de los hijos es de primera necesidad en las familias. Está sucediendo. Todos queremos que nuestros hijos y nietos sean parte de la sociedad en la forma en que lo requiere un país desarrollado. Por eso, muchos padres, ya tempranamente, abren una cuenta de ahorro para sus hijos, a fin de que en el futuro, cuando tengan que enfrentar gastos tan importantes, como la educación superior, puedan ser más llevaderos gracias al ahorro mantenido en los años previos. Sin embargo, este deseo se ve entorpecido por el hecho de que quien administra los bienes de los hijos es aquel ascendiente que tiene sobre ellos patria potestad. Por ello, algunos bancos exigen que esa persona sea quien abra la cuenta de ahorro correspondiente. Este proyecto permite obviar ese inconveniente.
Recuerdo que hace más o menos tres años solicitamos al superintendente de Bancos su participación en esta materia, pero esta se dilató. No obstante, existe un inconveniente mayor que hemos conocido a través de la experiencia. Fue esbozado por el diputado informante , Pepe Auth , durante la discusión en la Comisión; lo sostuvo en el informe del proyecto, pero, finalmente, no se incorporó para evitar que el proyecto pasara a la Comisión de Familia. Aquello nos dejó con un sabor amargo y, como se señala en el informe, necesariamente debe ser considerado en la discusión de este proyecto, a fin de darle un tratamiento mayor, integral, a ese problema que dice relación con la administración de la cuenta de ahorro del menor.
Por tanto, señor Presidente, con lo dicho no hago otra cosa que apoyar la idea de una senadora -es un proyecto originado en moción- con mucho contenido social, a pesar de parecer de fácil despacho.
Por ello, no habiendo podido incorporar el tema planteado por el colega Auth , por cuanto el proyecto se dilataría en el tiempo y demoraría demasiado la resolución de una necesidad actual, creo que debiera volver a la comisión técnica para una segunda revisión.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Rincón.
El señor RINCÓN.-
Señor Presidente , he querido intervenir porque, como ha señalado muy bien el colega que me antecedió en el uso de la palabra, diputado Jaramillo , este proyecto tiene un profundo contenido social, pero también de justicia respecto de las madres del país, toda vez que les va a permitir, sin las trabas que hoy les colocan los bancos -principalmente el BancoEstado, la institución más requerida sobre esta materia- abrir cuentas de ahorro para sus hijos.
Hasta ahora, no había tenido la oportunidad de felicitar públicamente a mi hermana, la senadora Ximena Rincón . Quiero hacerlo desde este estrado a propósito de esta moción parlamentaria que comparte con otras mujeres que están preocupadas de este tema -lo que también hay que reconocerlo-, como las ex diputadas y senadoras Isabel Allende y Lily Pérez y la senadora Soledad Alvear. Es un proyecto con claro contenido de mujer; es muy bueno que haya sido suscrito solo por mujeres y debe ser despachado por esta Sala.
No puedo también no reconocer el apoyo que este proyecto recibió en la Comisión de Hacienda. Permítanme reconocer a mi colega y amigo José Miguel Ortiz , quien junto a los diputados Jaramillo , Lorenzini , Marinovic , Santana , Silva, Von Mühlenbrock y Auth -diputado informante- contribuyeron, por unanimidad, a despacharlo en la Comisión.
Asimismo, no puedo dejar de señalar la indignación que causa a las mamás que llegan al BancoEstado a abrir una cuenta de ahorro para sus hijos que dicho trámite les sea denegado. Es más, amerita un oficio de esta Corporación a dicho banco. ¡Hasta cuándo el BancoEstado reprueba en el trato que tiene a los chilenos! ¡Es una vergüenza lo que hace! ¡Indigna! Esta Corporación -insisto- debiera enviar un oficio al presidente del directorio de ese banco, con copia a cada uno de sus directores y gerentes, respecto de la actitud indigna con que trata a los clientes del país y, en este caso, a sus mujeres.
La legislación del BancoEstado es aberrante y no da cuenta de las modificaciones que el Congreso Nacional y la República han despachado. Lo que señala el artículo 35 de la Ley Orgánica del Banco del Estado de Chile es una vergüenza y, prácticamente, muchas de sus normas están derogadas por la legislación civil. Fíjense que hasta hoy el BancoEstado cuenta con normas que hablan del hijo natural, del hijo ilegítimo. Estoy leyendo con rabia, haciéndome eco de la indignación de las mamás del país, la página 2 del informe preparado por la Secretaría de la Comisión de Hacienda, los cuales, muchas veces, son muy buenos. En el párrafo tercero de esa página se transcribe parte de dicho artículo, que señala: “Los representantes legales no podrán retirar los depósitos de sus representados relativamente incapaces, sin el consentimiento de éstos. La cuenta abierta a nombre del impúber que tenga la calidad de hijo natural o simplemente ilegítimo, será administrada a título de tutor legal por la persona que abrió la cuenta a nombre del incapaz, mientras subsista su incapacidad. También podrá abrir y administrar cuenta de ahorro a nombre del impúber, la persona a quien se haya otorgado la tuición del menor por sentencia judicial…”.
A algunas mujeres les exigen copia de esa sentencia judicial. Todos sabemos que, por defecto, cuando no hay acuerdo, el cuidado del hijo recae en la mujer, pero también por defecto la patria potestad corresponde al hombre, al marido, al padre. Pero una cosa es la patria potestad que se relaciona con los bienes del hijo, y otra distinta es el peculio o patrimonio propio de una madre que, preocupada por su hijo, abre una cuenta de ahorro para depositar sus propios ingresos a nombre de éste, a quien quiere favorecer.
Repito, la situación es indignante. Le pido señor Presidente que, junto con aprobar este proyecto de ley -iniciativa de la senadora Rincón, junto con las senadoras Alvear, Allende y Pérez-, que hace justicia respecto de las mamás que tratan de tener algunos pequeños ahorros para sus hijos, cuando pueden hacerlo, obviamente, con el esfuerzo de su trabajo personal, envíe un oficio al BancoEstado, en nombre de la Corporación, señalándole que debe adecuar su legislación a las reformas que el Congreso Nacional y la República de Chile, en forma consensual, amplia y transversal, viene aprobando desde hace años, entre otras la que elimina toda distinción entre hijos legítimos, naturales y simplemente ilegítimos, además de impartir instrucciones que permitan la interpretación armónica de las normas.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).-
Señor Presidente , el proyecto es una avance en materia de derechos y deberes que corresponden al padre o la madre, en este caso permitiéndoles indistintamente abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos menores de edad en el sistema bancario. Es decir, independientemente de quien tenga la patria potestad, la madre también podrá abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos.
Este paso es muy positivo, sobre todo si se piensa que muchas madres ahorran peso a peso para la educación futura de sus hijos, o para que, por último, con esos ahorros empiecen a desarrollar sus vidas.
Señor Presidente, felicito al grupo de senadoras autoras del proyecto por el enfoque social que dieron a su moción. Con todo, me queda la gran duda sobre el retiro de los fondos de esa cuenta de ahorro que, de acuerdo con el proyecto, abrió la madre en bien de su hijo.
Pensemos en una madre que abre una cuenta de ahorro en favor de su hijo para que el día de mañana pueda seguir estudiando, pero aparece el padre de ese hijo, que a lo mejor no vive en el mismo hogar, que tiene otras condiciones sociales o que tiene otra familia, y retira los fondos de esa libreta. A mi juicio, aquí hay un vacío que puede ser bastante complicado, toda vez que el esfuerzo realizado por resguardar esos dineros se relativiza, porque cualquiera de los dos, el padre o la madre, los puede retirar.
Lamento que no se haya acogido la indicación del diputado Auth por el hecho de que podía complicar la tramitación de este proyecto que pretendemos que pronto se convierta en ley de la República. Lo lamento, porque quedará un vacío. A veces, por hacer más rápido las cosas, las hacemos más débiles. Es lo que puede ocurrir con las cuentas de ahorro en favor de los hijos, porque no queda claro si el padre podrá retirar los fondos -aunque sabemos que puede hacerlo en el ejercicio de la patria potestad- de una libreta de ahorro abierta por la madre.
Con todo, es positivo incentivar a la madre o al padre a ahorrar en bien de sus hijos. Esto se hizo hace algunos años. Durante los gobiernos de la Concertación se lanzó la campaña “ahorre para la educación de sus hijos”. Si bien esa campaña invitaba al ahorro para la educación de los hijos, también incentivaba al ahorro en bien de la familia misma y, por ende, en bien del futuro de los hijos.
Votaremos a favor del proyecto, pero dejando constancia de la preocupación por la administración de la cuenta de ahorro, que debiera corresponderle a quien la abrió. ¿Qué pasa si es el abuelo quien la abre en favor de sus nietos? ¿Acaso el padre o la madre podrán retirar esos fondos? Esa es la interrogante. Tal como está el proyecto, el padre y la madre, indistintamente, podrán retirar los ahorros, independientemente de quien abra la cuenta.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , tal como lo hicieron mis colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, felicito sinceramente a las patrocinadoras de la moción, particularmente a la senadora Ximena Rincón , autora de la iniciativa, porque marcaron una línea de debate y de tramitación legislativa. Aunque el proyecto parezca simple, conlleva profundas modificaciones para nuestra sociedad. Parece increíble que en pleno siglo XXI las mujeres, y qué decir de las madres, estemos consiguiendo a tirones derechos que parecen absolutamente razonables y justificados.
Hace muchos años, con la reforma al Código Civil, las mujeres dejamos de ser interdictas ante la ley. Con este proyecto estamos terminando con otra interdicción, porque la interpretación que hace la banca, particularmente la pública -me refiero al BancoEstado- de que las madres no podemos abrir cuentas de ahorro a nuestros hijos o a nuestras hijas, no es más que un resabio de esa concepción cultural de que estamos en interdicción. Hace muchos que cambiamos esas instalaciones en la ley y cada día, gracias a la lucha que han dado miles de mujeres durante años, desde siglos pasados, hemos ido conquistando derechos como personas y ciudadanas. Por ello felicito la proposición de la iniciativa, porque más que trabas administrativas derriba trabas culturales. La interpretación de los bancos no es casual; para ellos, a juzgar por este resabio cultural, todavía somos interdictas.
Según información entregada por la senadora Rincón en los considerandos del proyecto, el 48 por ciento de las madres nos hacemos cargo de los hijos y de las hijas, y aún así, en pleno siglo XXI, tenemos la prohibición de abrir cuentas de ahorro en favor de nuestros hijos.
Lamento que no se haya aprobado la indicación de los diputados Lorenzini y Marinovic , para también abrir cuentas a la vista. Digo lo lamento, porque cuando se rechaza ampliar estos derechos, vienen a mi visión resistencias culturales muy fuertes, incluso en el Congreso: “¡Sí, démosle este derechito a las mamás, para que abran cuentas de ahorro; pero nada más! Cuentas a la vista, no.” Eso se llama desconfianza. Me preguntó por qué no tenemos derecho también a abrir una cuenta a la vista. ¿Por qué los colegas de la Comisión de Hacienda rechazaron esa indicación? Si hay razones financieras, diputado Ortiz , me encantaría escucharlas, pero creo que en el trasfondo las razones son culturales, por lo que debemos seguir trabajando en esa línea
En el Mensaje del 21 de Mayo el Presidente anuncio la entrega de un bono de 100 mil pesos para el tercer hijo, el que será muy bien recibido. Sin embargo, ¿por qué la natalidad en Chile está detenida? Porque las mujeres estamos en huelga; porque no hay condiciones sociales y económicas para traer hijos a una sociedad en la que creamos que podremos criarlos y desarrollarlos. El bono de 100 mil pesos es para que muchas mujeres rompan la huelga de no tener más hijos; sobre todo es una invitación para que las mujeres pobres, la de los sectores más vulnerables, tengan hijos, a pesar de que son las que más tienen. Cuando a estas mujeres se les pregunta por qué tienen tantos hijos, ellas responden que eso se debe al incremento del subsidio familiar, lo que significa 4 mil o 5 mil pesos adicionales.
Estamos invitando a las mujeres a tener más hijos en una sociedad que desconfía de las capacidades de las mujeres para criar y sacar adelante a sus hijos. En la actualidad, cuesta muchísimo ser madre, porque, esté casada o en convivencia, tiene que salir a trabajar, pues el sueldo que aporta el marido o la pareja no alcanza para solventar los gastos de la gran mayo-ría de los hogares. Asimismo, más de 2,5 millones de mujeres son jefas de hogar, por lo que tienen que luchar solas por sus hijos y sus hijas.
Por otra parte, en países europeos y en Estados Unidos de América se bonifica a los hijos hasta los 18 o hasta los 20 años; el Estado entrega un verdadero aporte para la crianza de los hijos. Es efectivo que en los países europeos la tasa de natalidad se ha detenido; pero hay una invitación real para que las madres tengan más hijos, porque el Estado les garantiza que esos hijos se podrán desarrollar como seres humanos con derechos plenos, que tendrán un buen futuro.
Entonces, nos entregan 100.000 pesos para tener más hijos y se derriban las barreras para que, por fin, podamos abrir cuentas de ahorro a nuestros hijos y a nuestras hijas; pero no les podremos abrir cuentas vista, y la legislación no nos otorga muchos otros derechos sobre nuestros hijos.
Felicito a todas las personas que mencionó el diputado Rincón , quienes han contribuido para que el proyecto de ley avance y llegue a ser ley de la república; sin embargo, no debemos olvidar la gran movilización de las mujeres chilenas para conquistar sus derechos. Hemos conseguido todo a tirones y luchando durante muchos años en las calles. Por eso, me alegro de que senadoras patrocinaran el proyecto de ley en estudio, ya que a ellas les ha costado mucho llegar al Senado. ¡Por Dios, que nos resulta difícil a las mujeres aspirar a ser senadoras o diputadas, pero cómo cambiamos la agenda legislativa cuando ejercemos esos cargos!
Felicito una vez más a la senadora Ximena Rincón , y le pido al Parlamento que no legislemos a tirones; que entreguemos estos derechos para que las mujeres los ejerzamos, ya que eso es absolutamente lógico y natural. Avancemos en el sentido de que también tengamos la posibilidad de abrir cuentas RUT y administrar las cuentas de nuestros hijos. Es cierto que ese derecho debe estar vinculado a la patria potestad; pero cuando la madre queda a cargo de los hijos, debe administrar en plenitud las cuentas de ahorro o las cuentas RUT de sus niños.
Invito a que repensemos el tema de que las madres podamos abrir cuentas RUT a nuestros hijos, con el fin de incorporarlo en el proyecto.
Felicito una vez más a la senadora Ximena Rincón por patrocinar el proyecto, que ojalá despachemos de la mejor forma del Parlamento.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , por su intermedio, quiero decir a mi estimada amiga y colega la diputada Adriana Muñoz que hubo un motivo por el cual no se incluyó ese tema en el proyecto -a pesar de que todos éramos partidarios de que las mujeres pudieran abrir no solo cuentas de ahorro a la vista, sino cualquier otro documento bancario-, cual es que estaba en duda la constitucionalidad de la indicación. En la oportunidad estaba presente la senadora Rincón.
Quiero recordar que los trece diputados integrantes de la Comisión de Hacienda invitamos a la senadora Ximena Rincón, le hicimos un reconocimiento a las otras tres senadoras autoras de la iniciativa y despachamos el proyecto en una sesión.
No insistimos en la indicación, porque no quisimos demorar la tramitación del proyecto que, no me cabe la menor duda, aprobaremos en general y en particular en este segundo trámite constitucional, lo que permitirá que sea ley de la República antes de treinta días, porque es de una justicia inmensa.
Por otra parte, ¡qué manera de quedarse detenido en el tiempo el decreto ley N° 2.079, de 1978, del Ministerio de Hacienda, que es la Ley Orgánica del Banco del Estado de Chile! Desde esa fecha no ha sufrido ninguna modificación. Es decir, tenemos un Banco del Estado -un banco comercial más; decir otra cosa es mentir- que no se ha preocupado de realizar este tipo de modificaciones, que le pudieron significar un aumento en su captación de ahorro y en su prestigio. Tampoco tuvo claro un tema que pasa por la patria potestad sobre los hijos, como dicen los juristas y lo define el Código Civil.
¿Por qué lo digo? Porque la senadora Ximena Rincón , que fue invitada al análisis de su proyecto en la Comisión de Hacienda, recordó que hace tres años habló con el superintendente de Bancos e Instituciones Financieras , pero no pasó nada. Él le planteó que la superintendencia podría elaborar una circular que interpretara esa normativa. Hoy, hombres y mujeres son iguales, lo que constituye una reforma muy justa. Lo planteo, porque hace algunos años la Constitución señalaba: “Los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos.”.
La visión que tuvieron las cuatro senadoras, encabezadas por la senadora Ximena Rincón, es muy importante, ya que las mujeres no pueden abrir cuentas de ahorro a sus hijos e hijas, a pesar de que el 48 por ciento de los hogares chilenos están a cargo exclusivamente de mujeres.
Recordé en esa oportunidad que se abren cuentas de ahorro antes de que las niñas y los niños cumplan catorce años, y que desde esa edad, quien abrió la cuenta, que normalmente es el padre, puede realizar giros. Esta modificación, que será ley en los próximos días, permitirá que el padre o la madre puedan abrir cuentas de ahorro para sus hijos o hijas, independientemente de quien tenga la patria potestad del menor.
La mujer se ha ganado con creces ese derecho, por la maternidad, por cuidar a sus hijos e hijas, por amamantarlos, por conducirlos hasta que caminen, hablen, vayan al prekínder, etcétera. Se trata de un acto de justicia hacia las mujeres.
Pero aquí hay varias cosas de fondo que quiero expresar.
El proyecto de ley, que consta de dos artículos, originalmente modificaba tres leyes: en primer lugar, el decreto con fuerza de ley N° 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda, conocida como Ley General de Bancos.
Debo recordar que se han hecho varios intentos para modificar ese cuerpo legal, pero no han llegado a término, con excepción de la realizada en 1997, que fue muy discutida, pero que no contempló esta reforma, que tiene una gran importancia.
En segundo lugar, el decreto ley N° 2.079, de 1978, del Ministerio de Hacienda, conocido como la Ley Orgánica del Banco del Estado.
Por último, el artículo 243 del Código Civil.
El proyecto aborda cuestiones profundas, importantes, y que, una vez que se convierta en ley, creo ayudara a que los niños tengan un mejor pasar para su desarrollo el día de mañana.
Por otra parte, quiero descartar algunos aspectos que salieron a la luz en la Comisión.
Aquí, de verdad, se necesita un sistema que cambie muchas cosas y que actualice todo lo concerniente al Banco del Estado. Al respecto, quiero mandar un mensaje: El actual directorio del Banco del Estado debiera asumir esto como una de sus metas; pero no solo respecto de esta situación, sino también de otras que, no me cabe la menor duda, se encuentran pendientes, porque, reitero, no ha habido ninguna modificación a la correspondiente legislación.
Estoy total y absolutamente de acuerdo en que hoy día demos una señal potente en esta materia. Este proyecto, aparentemente simple, es muy grande. A mi juicio, tuvieron una gran visión las senadoras señoras Soledad Alvear, Lily Pérez e Isabel Allende , todas las cuales estuvieron encabezadas por Ximena Rincón . Ellas nos están dando un ejemplo acerca de las materias que se deben legislar y convertirse en leyes de la República.
Este es un reconocimiento a todas las madres de Chile. Por eso, anuncio que apoyaremos en general y en particular este proyecto de ley.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Auth.
El señor AUTH.-
Señor Presidente , me parece que el hecho de que estemos discutiendo un proyecto de ley como este habla del retraso de nuestras instituciones en adaptarse a la modernidad y al rol igualitario de hombres y mujeres en la sociedad. En efecto, las instituciones deberían haberse adaptado a esto, haber interpretado las leyes, y haber desarrollado las instrucciones pertinentes para que la corriente de igualdad de género se expresara también en estas materias.
En primer lugar, por supuesto que anuncio mi apoyo a esta iniciativa, tal como lo hicimos en la Comisión. Pero, al mismo tiempo, deseo volver sobre un punto que planteamos en dicha instancia, pero que fue pasado por alto para que el proyecto siguiera su tramitación.
En verdad es bastante contradictorio y abierto a la arbitrariedad y a la injusticia el que nosotros no resolvamos la materia que estamos poniendo sobre la mesa: la posibilidad de que una madre abra, con sus recursos, una cuenta de ahorro a su hijo menor pensando en sus estudios en la universidad, en coyunturas críticas a causa de accidentes, etcétera, o simplemente para traspasarle niveles de seguridad ante la eventualidad de su partida, y que un padre inescrupuloso se apropie de los dineros que con mucho esfuerzo ella ahorre en la cuenta de su hijo.
Francamente, me cuesta entender que, pese a haberlo visto, dejemos pasar por alto ese punto sin resolverlo por la vía más evidente, es decir, establecer que mientras el hijo no tenga la edad requerida por ley para hacerse cargo de sus propios recursos -podrá hacerlo cuando cumpla esa edad-, quien administrará su cuenta será quien la abrió, es decir, el padre o la madre. Porque esto podría ocurrir también al revés, para no estigmatizar a un género en particular: podría ser el padre quien abriera la cuenta de ahorro de sus hijos. Pero, digamos las cosas como son: lo habitual es que ello ocurra en sentido contrario; es decir, quien suele ser discriminada es la madre, y solo excepcionalmente el padre.
En consecuencia, ¿por qué no convenimos en incorporar -podríamos hacerlo por la vía de enviar nuevamente el proyecto a la Comisión- la norma que permita garantizar que los recursos ahorrados por la madre para su hijo sean efectivamente utilizados por él? Así se evitaría el arbitrio y el peligro de que años de ahorro maternal en beneficio del hijo, al final puedan ser legalmente expropiados por un exmarido o alguien de similar naturaleza.
¿Por qué no incorporamos una indicación al proyecto de ley, que señale expresamente que quien abra una cuenta de ahorro a favor del hijo será quien podrá administrarla, obviamente, hasta que este cumpla 18 años de edad?
Veo aquí a mis colegas abogados que se movilizan para redactar esa indicación, la que, por supuesto, suscribiré.
He dicho.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente , durante la reunión de Comités de ayer, vi que figuraba en el primer lugar de la tabla de la sesión de hoy, jueves, este proyecto, que permite al padre y a la madre, indistintamente, abrir cuentas de ahorro a favor de sus hijos, pero no entendí de qué se trataba. Ello, por una razón muy sencilla que tengo que reconocer: no tenía ni la menor idea de que las madres no podían abrir cuentas de ahorro para sus hijos.
(Manifestaciones en la Sala)
Lo reconozco; no lo sabía.
De hecho, a medida que fueron naciendo mis hijos, les abrí una cuenta de ahorro para que tuvieran algún ahorro en el futuro. Lo hice yo, pero siempre pensé en que también lo podría haber hecho mi mujer. No tenía ni la menor idea de que ella no podía hacerlo.
Por eso valoro con tanta fuerza este proyecto de ley, que permite hacer realidad algo que debió haber existido siempre. De verdad, desconozco por qué estaba restringida esa posibilidad. Por eso, como dije, valoro con mucha fuerza el que hoy estemos por aprobar la presente iniciativa de ley, que, en esta materia, entrega igualdad de derechos a las mujeres respecto de los hombres.
Hoy más que nunca en Chile hay madres solteras; es cosa de recorrer las distintas zonas de nuestro país. Por eso, no es lógico que esas madres no tengan la facultad de hacer lo mismo que hacen los hombres.
Por eso, simplemente quiero reiterar todo mi apoyo a este proyecto de ley, y si nuestras queridas diputadas consideran que hay que hacerle modificaciones, manifiesto que estoy absolutamente llano y dispuesto a apoyarlas en eso.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Gracias, diputado señor Urrutia.
Veo que su intervención causó aplausos.
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa.
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Señor Presidente , estoy complacida por la visión tan comprensiva del diputado Urrutia sobre estos problemas. Sin embargo, señor Presidente , por su intermedio deseo expresar al diputado Urrutia que estas razones existen desde que los varones descubrieron que algo tenían que ver en la procreación. En ese momento, las mujeres dejaron de ser sagradas y dejaron de ser diosas para que el universo y el mundo se convirtieran en un mundo de los hombres, un mundo de los dioses varones, un mundo del patriarcado, forma de organización social que ha durado hasta nuestros días y de la que es muy difícil sacudirse.
Las mujeres hemos estado siempre sujetas a la autoridad de los varones. El paterfamilias romano tenía propiedad sobre la vida de la madre, sobre la vida de la mujer. Nos ha costado siglos llegar a la relativa situación actual, pero todavía vemos cómo las mujeres somos consideradas ciudadanas y trabajadoras de segunda clase, puesto que percibimos menores salarios que los hombres. En el ámbito de la política también se nos considera menos que los hombres, en circunstancias de que somos más de la mitad de la población del país. De hecho, si las cifras del último censo son verdaderas, el número de mujeres superaría en quinientos mil al de varones. Sin embargo, en esta Corporación solo somos diecisiete diputadas, lo que representa poco más del 13 por ciento del total de sus integrantes. En suma, estamos ante una diferencia flagrante entre hombres y mujeres.
En 1994, presenté un proyecto de ley, patrocinado por diputados de distintas bancadas, que proponía modificar el concepto de patria potestad, con el objeto de que no fuera concedida en forma exclusiva a los varones. Se han producido algunos cambios en esa materia, pero no a raíz de mi proyecto, que planteaba que tanto el padre como la madre debían tener derecho a la patria potestad.
Ese proyecto fue objeto de una larga tramitación en la Cámara de Diputados, en la que fue aprobado por unanimidad y despachado al Senado. No obstante -me interesa mucho que el señor Presidente escuche esto- ¿qué hizo el Senado? ¡Lo archivó! ¡No veo su cara de sorpresa o de indignación debido a esa situación, señor Presidente!
Reitero que la Cámara trabajó sobre ese proyecto durante un largo tiempo, luego de lo cual lo aprobó por unanimidad y lo despachó al Senado, donde luego de dos años sin ser tramitado fue archivado Eso no solo ha sucedido con la iniciativa que proponía la modificación del régimen de patria potestad, la que hubiera solucionado hace muchos años los problemas que se suscitan en relación con esa materia, sino con muchas otras, las que, luego de ser sometidas a un arduo trabajo en la Cámara de Diputados, son enviadas al Senado y allí son archivadas.
Por lo tanto, aquí está en juego nuestra soberanía y representatividad. La gente votó por nosotros porque confiaba en nuestra capacidad de legislar como sus representantes. Así lo hemos hecho, pero muchos de los proyectos que hemos presentado han sido tramitados en nuestra Corporación y después han sido archivados por el Senado. ¿Con qué autoridad lo ha hecho?
¡Señor Presidente , le ruego que me escuche, porque su señoría debería protestar debido a esa situación! He tratado de conversar al respecto con los distintos senadores que han presidido la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, porque, reitero, lo señalado no ha ocurrido solo en el caso de dicho proyecto, sino con muchos otros, sobre todo en los que dicen relación con materias de familia. La Comisión de Constitución del Senado, que solo sesiona los martes y miércoles de las semanas legislativas, tiene una agenda muy recargada debido a las urgencias que el Ejecutivo hace presente a muchos proyectos iniciados en mensaje, situación que hace que nuestras mociones, a pesar de que pueden ser importantísimas, sean dejadas de lado. ¿Por qué la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado no trabaja un jueves para sacar adelante mociones de la Cámara de Diputados? ¿Por qué se hace ese desaire a nuestro trabajo?
Creo que lo planteado constituye un tremendo problema legislativo que afecta a la Cámara de Diputados. Al respecto, he planteado que no tiene sentido seguir legislando si con posterioridad muchos proyectos no son sometidos a discusión y son archivados. Ese es el problema concreto que enfrentamos.
Felicito a las senadoras autoras del proyecto en discusión, el cual propone permitir al padre y a la madre, indistintamente, abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos, pero debo decir que se han perdido diez años en abordar esa situación. Ha pasado todo ese tiempo desde que la planteamos, al igual como ocurrió con la modificación al Código Civil y diferentes leyes para regular el régimen patrimonial de la sociedad conyugal. Al respecto, les recuerdo que todavía está vigente la legislación que establece que el esposo es el jefe de la sociedad conyugal y que tiene potestad sobre los bienes propios de la mujer. Hace más de diez años presenté un proyecto para corregir esa situación, pero en el Senado se detuvo su tramitación. Este Gobierno presentó otro proyecto en la misma línea, porque -por cierto- no quiso asumir que hace diez años ya habíamos tramitado una iniciativa en la misma dirección. No hizo presente la urgencia para su tramitación en el Senado, a pesar de que ya había sido aprobada por la Cámara de Diputados; empezó todo de nuevo. En la Comisión de Constitución hubo protestas cuando se presentó ese proyecto, porque, como digo, hace diez años ya había sido discutido uno similar.
Entonces, señor Presidente , quiero solicitar, si usted me escucha…
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Diputada señora Saa, la estoy escuchando atentamente, de manera que puede continuar con su intervención.
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Su señoría tiene varias habilidades, entre ellas imagino que la de poder escuchar una cosa distinta por cada oreja. Lo felicito por eso.
Solicito que su señoría envíe una misiva al Senado para hacer presente la situación que he planteado. No podemos permitir que el Senado haga estéril nuestro trabajo: un proyecto en materia de patria potestad está esperando hace casi once años ser tramitado en el Senado, porque fue archivado, después de todo el trabajo que efectuó la Cámara de Diputados. Quiero consultar a los colegas en la Sala -por su intermedio, señor Presidente - si eso les parece justo.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
La señora SAA (doña María Antonieta).-
¡Es injusto, sobre todo si se considera que se trataba de un proyecto que solucionaba un problema concreto! De hecho, la posibilidad de que madres abrieran cuentas de ahorro en favor de sus hijos o se habría podido establecer hace diez años con el proyecto que presenté. ¿Cómo no me va a dar indignación esa situación?
Por lo tanto, con el apoyo de todos mis colegas, solicito al señor Presidente pida al Presidente del Senado que todos los proyectos aprobados por la Cámara sean tratados por la Cámara Alta, no archivados, porque eso es una falta de respeto tremenda hacia nuestra Corporación.
Debido a esa situación, por momentos he pensado en negarme a legislar; porque, ¿qué sacamos con pasar horas en nuestro trabajo legislativo si los proyectos que aprobamos después se archivan en el Senado?
Espero que los colegas diputados que lleguen al Senado trabajen en eso, porque después muchos se olvidan de que fueron diputados y les da lo mismo. Además, a la Cámara Alta llegarán solo hombres, en circunstancias de que estamos en la discusión de una iniciativa que tuvo su origen en una moción de senadoras. Por eso, necesitamos más mujeres en el Congreso Nacional, porque, a pesar de lo que he señalado, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado existe una visión misógina. Espero que los que no conocen esa palabra, la busquen en el diccionario. Da vergüenza el trato de que somos objetos las mujeres, como lo que se nos ha hecho ahora al ofrecer un bono de 100.000 pesos por el tercer hijo nacido, sin pensar que el problema de la tasa de natalidad y en materia de población del país es algo mucho más profundo y que las mujeres no nos vamos a vender por 100.000 o 150.000 pesos a una vida de cuidados y sacrificios sin compartir la crianza de un hijo. Eso es falta de respeto horrorosa hacia las mujeres.
He dicho.
El señor ULLOA.-
¡Claramente, la diputada Saa no entendió nada!
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente, luego de tan vehemente discurso, al menos quiero dejar consignado que cuando estemos en el Senado, apoyaremos este tipo de iniciativas y trabajaremos por la plena igualdad entre hombres y mujeres. En eso tengan la absoluta certeza.
La señora SAA (doña María Antonieta) .-
¡No le creo! ¡Si no llegan más mujeres al Senado, no pasará nada!
El señor DE URRESTI.-
Creo que el debate de fondo es la plena igualdad, pero lo que nos convoca hoy es este proyecto de ley, que permite al padre y a la madre, indistintamente, abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos. Creo que no hay excusa para no aprobar este proyecto, de manera de avanzar en una línea de plena igualdad.
Felicito a las senadoras que impulsaron la iniciativa en discusión. Me parece importante destacar que sus autoras son las senadoras señoras Ximena Rincón , Isabel Allende , Lily Pérez y Soledad Alvear, a quienes reitero mis felicitaciones, porque este tipo de iniciativas son pequeños ejemplos de cómo corregir situaciones que hoy afectan a nuestra sociedad.
La institución del ahorro -la que principalmente se ha hecho a través de BancoEstado-, muy extendida en Chile, consiste en la acumulación de dinero que, en este caso, muchas veces hacen padres, en particular madres, para costear los futuros gastos de sus hijos. Por lo tanto, la limitación para que las madres puedan llevar a cabo ese tipo de iniciativas es realmente una discriminación, un retraso en materia de igualdad ante la ley, y una situación absolutamente anacrónica. Por eso valoramos la iniciativa y la vamos a respaldar.
Destaco el hecho de que el debate de la moción permita ir al centro de otras discusiones. En ese sentido, valoro la opinión expresada por el diputado Rincón , quien se refirió al anacronismo de la ley orgánica constitucional del Banco Estado de Chile, que sigue estableciendo la odiosa diferenciación de hijo natural o de hijo simplemente ilegítimo. En el país se eliminó contundentemente, a través de una ley, la odiosa discriminación que consistía en instituir categorías de hijos dependiendo de si eran concebidos dentro o fuera del matrimonio. Establecer que todos los hijos son iguales, independientemente de si sus padres están o no casados o de si fueron concebidos dentro o fuera del matrimonio, es un avance enorme que permitió superar una odiosidad agraviante y aberrante en la sociedad. Por eso, el hecho de que esa discriminación continúe vigente en el artículo 35 del decreto ley N° 2079, de 1978, ley orgánica constitucional del Banco del Estado de Chile, genera una anomalía. Al respecto, solicito a la Mesa que oficie al presidente del Banco del Estado , a fin de hacerle presente que no es posible que exista una contradicción de esta naturaleza entre las disposiciones internas del banco y las leyes vigentes en esta materia. La normativa interna del banco se ha quedado anclada en el pasado y sigue discriminando sobre una situación que la sociedad y el Congreso Nacional ya superaron. En consecuencia, debería hacerse la adecuación normativa pertinente o enviarse por el Ejecutivo , si corresponde, una iniciativa legal que corrija esa situación.
Aún queda un largo camino que recorrer en términos de alcanzar la igualdad de derechos. Es importante reconocer y respetar la capacidad de las mujeres, en particular de las madres jefas de hogar, que son las que principalmente impulsan el ahorro y otras formas de conseguir los recursos necesarios para que sus hijos o hijas salgan adelante.
Por último, reitero mi respaldo a la iniciativa y mis felicitaciones a sus autoras.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Mónica Zalaquett.
La señora ZALAQUETT (doña Mónica).-
Señor Presidente , quiero sumarme a los reiterados reconocimientos que esta mañana se han hecho en la Sala a las autoras del proyecto.
Cuando veo una norma como la ya referida, me cuesta creer que siga existiendo este tipo de incongruencias en un país que sueña con ser desarrollado. Indudablemente, el hecho de que una madre no pueda abrir una cuenta de ahorro, una cuenta vista u otro tipo de cuenta a favor de sus hijos es una discriminación que no nos podemos permitir. Por lo demás, cuando vemos la mayoría de los hogares chilenos, más allá de como estén constituidos, no podemos dejar de reconocer que somos las mujeres las que tenemos arraigado el concepto del ahorro; somos nosotras quienes cuidamos en detalle el presupuesto de la familia, y quienes, la mayoría de las veces, inculcamos en nuestros hijos valores como el del ahorro. Por eso, el hecho de que exista una norma que nos prohíba a las madres abrir una cuenta de ahorro en beneficio de nuestros hijos, que nos impida inculcarles el valor del ahorro, en una sociedad que necesita recuperar la capacidad de ahorro, es una discriminación que para mí no tiene nombre.
Espero que aprobemos la iniciativa en forma unánime, de modo que en un futuro muy cercano toda madre chilena que quiera o que lo necesite, pueda abrir una cuenta de ahorro en favor de sus hijos. Hablo especialmente por las madres que tienen hijos con algún tipo de discapacidad. Una madre en esa situación no duerme pensando qué sucederá el día en que ella no exista. Por eso, la posibilidad de ahorrar en favor de los hijos nos puede dar tranquilidad.
Considero de vital importancia que la disposición que impide a las madres abrir una cuenta de ahorro en favor de sus hijos sea erradicada lo antes posible. Es necesario que sigamos legislando en la línea de acabar con las normas discriminatorias, que no nos pueden hacer sentir orgullosos a los chilenos ni menos a los que pensamos que Chile está a las puertas de alcanzar el desarrollo.
Reitero mis felicitaciones a las autoras del proyecto, y espero que todos votemos a favor de él.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente , me sumo al apoyo a esta moción presentada por las senadoras Ximena Rincón , Isabel Allende , Soledad Alvear y Lily Pérez, porque se orienta en el espíritu de terminar con las discriminaciones y desigualdades. Desde 1990 en adelante, hemos venido luchando contra la discriminación, para establecer la verdadera igualdad de la mujer frente al hombre, fundamentalmente en materia de patria potestad, de responsabilidades y de derechos dentro del matrimonio.
La iniciativa se hace cargo de una situación muy concreta. En la actualidad, los padres pueden abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos; pero por una errada interpretación de los bancos, las madres no pueden hacerlo, a menos que concurra el padre a firmar la libreta de ahorro. Esto es extraño y contrasta absolutamente con las legislaciones modernas, que tienden a lograr la igualdad entre el marido y la mujer. Existe un porcentaje enorme y creciente de mujeres jefas de hogar y de mujeres que están separadas de hecho de sus cónyuges, que tienen el cuidado personal de sus hijos, conforme lo determina la ley. Sin embargo, ante esta realidad, los bancos no orientan su normativa interna en la dirección de los modernos conceptos sobre igualdad. Las instituciones financieras se niegan a posibilitar que solo la madre pueda abrir una cuenta de ahorro para sus hijos. No ha habido una apertura que se oriente en ese sentido.
Por ello, creo que una norma como una ley de la república, superior a una resolución o un decreto, es mucho más interpretativa, no solo de una simple situación como la de autorizar la apertura de una cuenta de ahorro en un banco, sino de una realidad: la necesidad de que la mujer tenga amplitud en sus atribuciones, sobre todo considerando que el 48 por ciento de los hogares en Chile está a cargo de mujeres. Es necesario dar a la mujer jefa de hogar, a la mujer que vive sola con sus hijos, las atribuciones, el poder y las facilidades que les permitan hacer las cosas como corresponde. Las legislaciones actuales tienden a darles mayor proyección y mayores derechos. Hoy, la mujer jefa de hogar puede acceder a la vivienda y a muchos otros beneficios.
Me parece que la moción es muy oportuna, muy necesaria y muy útil para la mujer jefa de hogar, para la mujer que tiene capacidad e inteligencia de ir ahorrando para el futuro de sus hijos.
Se trata de un proyecto que termina con la falta de claridad de las normas bancarias y que va por el camino de la igualdad, estableciendo un derecho que, a partir de esta iniciativa, también corresponderá a la madre.
Por lo tanto, estoy absolutamente de acuerdo con este proyecto de ley que establece que las cuentas de ahorro para menores de edad, ofrecidas por los bancos regidos por la ley pertinente, puedan ser abiertas por el padre o la madre -no solo por el padre-, independiente de quien tenga la patria potestad del menor de edad.
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , después de escuchar con mucha atención a los colegas que son abogados, me doy cuenta de que ellos solo piensan en la ley.
La patria potestad siempre la han tenido los padres. Mediante este proyecto de ley se amplía a las madres la posibilidad de abrir cuentas de ahorro a favor de sus hijos. ¿Saben lo que se logra con esto? Terminar con una discriminación en contra de la mujer. La pregunta que cabe hacerse es por qué ocurría esto. Ahora, nos modernizamos, terminamos con la discriminación y tanto el padre como la madre podrán abrir una cuenta de ahorro a favor de sus hijos.
Pero, ¿sabe lo que me preocupa, señor Presidente ? Creo que estas cuentas de ahorro deben ser para casos especiales. Hace un instante, conversaba con la diputada Denise Pascal sobre la posibilidad de que existan cuentas cerradas. ¿Qué significa esto, según mi modesta opinión? Que los ahorros se puedan retirar solo cuando los niños tengan determinada edad, para que paguen la universidad o emprendan alguna actividad. Así debiera ser, porque si una persona abre una cuenta y los ahorros pueden ser retirados por el padre o la madre, ¿cuál es el beneficio para los niños? Ninguno. Asimismo, hay abuelos o tíos que abren cuentas de ahorro a sus nietos o sobrinos, las cuales también debieran ser por un determinado número de años, de manera que cumplan con su objetivo; es decir, para que los jóvenes puedan estudiar o emprender algo.
Creo que este proyecto es un paso adelante, algo que todo el mundo esperaba; no sé por qué no se había hecho. Como decía el diputado Ignacio Urrutia , antes, uno abría una cuenta de ahorro a sus hijos con las mejores intenciones, pensando que lo estaba haciendo muy bien, pero resulta que era ilegal; es decir, no existía la posibilidad de mantenerla ni de meterle más ahorros.
Aquí no estamos discutiendo la forma en que se trata o no se trata a las mujeres. Si analizamos el derecho penal, como me lo explicaba muy bien el diputado Ricardo Rincón , veremos que es un problema que siempre ha existido. Usted, señor Presidente , también es abogado y, por lo tanto, sabe perfectamente bien que la patria potestad de los menores siempre ha pertenecido al padre. Entonces, resulta raro que después de cien años se hayan dado cuenta de que existía una discriminación en contra de la mujer. Felicito de verdad a las senadoras que presentaron este proyecto de ley.
Por lo tanto, como un gesto importante para terminar con esta discriminación en contra de la mujer, que permitirá que los padres o las madres tengan los mismos derechos respecto de sus hijos, anuncio que vamos a votar favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Conforme a lo acordado, corresponde votar el proyecto de ley, iniciado en moción, que permite al padre y a la madre, indistintamente, abrir cuentas de ahorro en favor de sus hijos.
Hago presente a la Sala que la totalidad de sus normas son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda además aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
APROBACIÓN DEL “ACUERDO PARA MODIFICAR EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE CANADÁ (Primer trámite constitucional) [Sobre Tabla]
El señor ELUCHANS ( Presidente ).-
Por acuerdo de los Comités, corresponde tratar el proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional y con urgencia de “discusión inmediata”, que aprueba el “Acuerdo para modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago, el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá”, firmado en Santiago, Chile, el 16 de abril de 2012.
Diputada informante de la Comisión de Relaciones Exteriores , Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es la señora Mónica Zalaquett.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 8951-10, sesión 29 de la presente legislatura, en 16 de mayo de 2013. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana. Documentos de la Cuenta N° 8 de este boletín de sesiones.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).-
Antes de ofrecer la palabra a la diputada señora Mónica Zalaquett, quien me ha informado que su informe solo durará tres o cuatro minutos, propongo a la Sala que, inmediatamente después de rendido dicho informe, procedamos a votar el primer proyecto de ley de la Tabla, que acabamos de discutir, y este proyecto de acuerdo, para luego continuar con los informes de la Comisión de Salud, hasta el término del Orden del Día.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra la diputada informante.
La señora ZALAQUETT, doña Mónica (de pie).-
Señor Presidente , distinguidos colegas, en mi calidad de diputada informante de la Comisión de Relaciones Exteriores , me corresponde informar a esta Sala sobre el proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional y con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que aprueba el “Acuerdo para modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá”, firmado en Santiago, Chile, el 16 de abril de 2012, de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1°, de la Constitución Política de la República.
Según lo señala el mensaje, este año se cumplen 15 años de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Canadá . Este Tratado -agrega- fue el primero que negoció Chile con un país del G7 -actualmente, G8- y el primero que abarcó otras dimensiones del comercio, más allá de los bienes.
Manifiesta, asimismo, que en el decimocuarto año de su implementación, el resultado, en términos de comercio, ha sido exitoso, precisando que en 2011 el intercambio comercial con Canadá ascendió a 1.774 millones de dólares, y que las exportaciones chilenas a Canadá experimentaron un aumento significativo, tanto en su monto como en su diversificación. Por su parte, la tasa anual promedio de crecimiento de las exportaciones superó el 19 por ciento, y casi se duplicó el crecimiento de las exportaciones chilenas hacia el mundo: 11 por ciento, en el mismo período. Las cifras, al 2011, muestran que nuestras exportaciones ascendieron a 1.468 millones de dólares, mientras que las importaciones desde Canadá alcanzaron a 925 millones de dólares, de acuerdo con las estadísticas del Banco Central de Chile.
Este Acuerdo consta de incorporaciones y modificaciones realizadas a determinados capítulos del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá.
De este modo, se incorpora el Capítulo H Bis (Servicios Financieros), y el Anexo VI, relativo a las listas de reservas de Chile y Canadá, en materia de servicios financieros, que tiene por objeto asegurar un marco jurídico estable y predecible para el comercio de los servicios financieros, que incluye los servicios de seguros y relacionados con seguros, los servicios bancarios, así como los servicios auxiliares a un servicio de naturaleza financiera. La cobertura del capítulo se extiende a la prestación de servicios financieros, mediante la inversión en una institución financiera, el consumo en el extranjero y la prestación transfronteriza de los mismos. En particular, esto se logra mediante un compromiso de no discriminación, certeza en el acceso al mercado y no discriminación o exigencia de residencia o nacionalidad para cargos directivos.
No obstante lo anterior, las partes mantienen el derecho a adoptar medidas de acuerdo a sus listas de reservas, las que se reflejan en la legislación vigente y en algunas áreas de desarrollo de futuras normas. A esto se agrega la existencia de la llamada cláusula prudencial, que permite adoptar nuevas regulaciones tendientes a mantener la estabilidad y el correcto funcionamiento del mercado financiero.
Del mismo modo, se modifican el Capítulo B (Definiciones generales); el Capítulo C (Trato nacional y acceso de bienes al mercado); el Capítulo D (Reglas de origen); el Capítulo E (Procedimientos aduaneros); el Capítulo G (Inversiones); el Capítulo H (Comercio transfronterizo de servicios); el Capítulo K (Contratación pública) y su Anexo K Bis-01; el Capítulo N (Disposiciones institucionales y procedimientos para la solución de controversias) y su Anexo N 01.2, y finalmente el Capítulo O (Excepciones), todos los cuales se encuentran reseñados en el informe que mis colegas tienen en su poder y que, en razón del tiempo, omitiré su lectura.
En el estudio de este proyecto de acuerdo, la Comisión contó con la asistencia y colaboración del ministro de Relaciones Exteriores subrogante , don Alfonso Silva Navarro , y de las señoras Ana Novik Assael , directora de Relaciones Económicas Multilaterales , y Krasna Bobenrieth Miserda , jefa de América del Norte, ambas de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería, quienes, además de refrendar los argumentos y antecedentes acompañados en el mensaje, señalaron que, en términos de inversión, Canadá ha sido un socio clave para nuestro país, particularmente en los últimos años, en que la inversión extranjera directa materializada pasó de 81 millones de dólares, en 2005, a 1.180 millones de dólares, en 2011, acumulando un total de 14.822 millones de dólares en el período 1974-2011. Agregaron que con ello Canadá se sitúa como la tercera fuente de inversión más importante en términos acumulados, precisando que, en términos sectoriales, la inversión canadiense ha estado fuertemente concentrada en el sector minero, servicios y químicos.
Por su parte, la señora y señores diputados que concurrieron a la aprobación de este proyecto de acuerdo manifestaron su plena conformidad con su contenido y con la conveniencia de ampliar los marcos de cooperación, amistad e intercambio comercial con Canadá, consagrados en el Tratado de Libre Comercio que este año cumple quince años, desde su entrada en vigor, y que en su implementación ha resultado muy exitoso.
Por ello, por seis votos favor, ningún voto en contra y ninguna abstención prestaron su aprobación a este proyecto de acuerdo quien les habla, la diputada Mónica Zalaquett, y los diputados señores Gabriel Ascencio , Eduardo Cerda , Marcelo Díaz , Carlos Abel Jarpa y David Sandoval , en reemplazo de la diputada señora Andrea Molina .
Finalmente, me permito hacer presente a esta Sala que vuestra Comisión no calificó como normas de carácter orgánico o de quorum calificado ningún precepto contenido en el proyecto de acuerdo en informe. Del mismo modo, determinó que sus preceptos no necesitan ser conocidos por la Comisión de Hacienda por no tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado, tal como lo señala el informe financiero que se acompaña al mensaje.
Como consecuencia de los antecedentes expuestos, la Comisión decidió recomendar a esta Sala aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo que se acompaña en el referido informe.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente , creo que este proyecto debió ser visto también por la Comisión de Hacienda, porque si bien aquí no hay un tema presupuestario, sí hay aspectos de orden aduanero y financiero.
Hago esta advertencia para tener una sana legislatura en el futuro.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Corresponde votar el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo para modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, firmado en Santiago de Chile, el 16 de abril de 2012.
Hago presente a la Sala que todas sus normas son propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 55 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi
-Votó por la negativa el diputado señor
El señor ELUCHANS (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda además aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
MODIFICACIÓN DE NORMAS RELATIVAS AL MALTRATO Y ABANDONO DEL ADULTO MAYOR (Primer trámite constitucional)
El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que modifica normas relativas al maltrato y abandono de la persona adulto mayor.
Diputado informante de la Comisión Especial del Adulto Mayor es el diputado señor Sergio Ojeda.
Antecedentes:
-Mociones, boletines N° 5740-18, sesión 137 de la legislatura 355ª, en 4 de marzo de 2008. Documentos de la Cuenta N° 44, y N° 8162-32, sesión 140ª de la legislatura 359ª, en 6 de marzo de 2012. Documentos de la Cuenta N° 25.
-Informe de la Comisión Especial del Adulto Mayor, sesión 30ª de la presente legislatura, en 22 de mayo de 2013. Documentos de la Cuenta N° 7.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor OJEDA (de pie).- Señor Presidente , la Comisión Especial del Adulto Mayor pasa a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, dos proyectos de ley, iniciados en mociones, los cuales fueron refundidos en virtud de que ambos inciden en la protección de la persona adulto mayor, sancionando su maltrato y abandono.
En relación con la materia, se formulan modificaciones tanto en la ley que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor como en el Código Penal.
Las primera de las mociones, por orden de ingreso, corresponde a una iniciativa de las diputadas señoras Clemira Pacheco , Denise Pascal y Alejandra Sepúlveda , y de los diputados señores Carlos Abel Jarpa y Tucapel Jiménez y del exdiputado señor Álvaro Escobar ; la segunda es de iniciativa de la diputadas señoras Carolina Goic , Andrea Molina , Marcela Sabat y Mónica Zalaquett , y de los diputados señores Cristian Letelier , Cristián Monckeberg , Sergio Ojeda, Leopoldo Pérez, David Sandoval y Ernesto Silva .
La Comisión recibió la opinión del fiscal nacional del Ministerio Público, señor Sabas Chahuán , y del juez de familia de Valparaíso , señor Germán Núñez .
La idea matriz o fundamental del proyecto consiste en proteger jurídicamente a la persona adulto mayor desvalida ante el abandono y maltrato del que suelen ser víctimas, con la incorporación de una nueva figura penal que sancione el abandono que sufren, incluso, respecto de sus parientes más cercanos.
¿Cuál es el fundamento de estas iniciativas?
En primer lugar, el aumento de la población adulto mayor.
Coinciden sus autores en que el aumento sostenido de la población de adultos mayores a nivel nacional, supone un aumento para el 2020 del 45 por ciento. Sin ir más lejos, trece de cada cien chilenos son mayores de sesenta años, de manera que se hace cada vez más necesario contar con estatutos especiales para este grupo etario, como igualmente con políticas públicas concretas para este importante grupo de la población. Materias que ya cuentan con reconocimiento internacional, como ocurre con la Convención Americana sobre Derechos Humanos al disponer que toda persona tiene derecho a protección especial durante su ancianidad. En tal cometido, los Estados parte se comprometen a adoptar de manera progresiva las medidas necesarias a fin de llevar este derecho a la práctica.
En tal contexto, las iniciativas se fundamentan en la certeza de que el legislador nacional debe comprender que sin la especificidad, la eficacia de los medios de protección se torna relativa, y que el afán protector a la persona adulto mayor no es sino una respuesta al constante abandono y maltrato social que sufre. Es más, muchas veces el abuso, el maltrato y el abandono provienen precisamente del entorno familiar, lo que complica su detección y agrava la responsabilidad de quienes los cometen.
Para entender el texto que se somete a vuestra consideración, es necesario dar a conocer la legislación existente.
La protección jurídica actual de los adultos mayores respecto de hechos no constitutivos de crimen o simple delito, se encuentra contenida en la Ley de Violencia Intrafamiliar, en la que se consideran específicamente como sujetos vulnerables especiales a las que el Estado les debe protección; se incorporan, también, como sujeto eventual del maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar, como asimismo, dentro de las personas susceptibles de riesgo inminente de sufrir maltrato, y, en consecuencia, con el solo mérito de la denuncia, el tribunal debe tomar medidas de protección o cautelares ante situaciones de riesgo de violencia intrafamiliar, aun cuando no se hayan llevado a cabo. Dentro del maltrato, el abandono se considera igualmente como una forma del mismo.
Se incluye el abuso patrimonial como situación de riesgo inminente, explicitando justamente las situaciones por las que son abusadas las personas mayores.
Por otra parte, igualmente la Ley de Violencia Intrafamiliar considera al adulto mayor como persona a la que el Estado debe proteger cuando es víctima del delito de maltrato habitual; esto es, en el ejercicio habitual de violencia física o síquica respecto de las personas protegidas por la Ley de Violencia Intrafamiliar. El requisito determinante de este delito es que los actos de violencia intrafamiliar sean repetidos, porque para apreciar la habitualidad, el tribunal atenderá al número de actos ejecutados y a la proximidad temporal de los mismos. En este caso, el tribunal de familia debe enviar los antecedentes al Ministerio Público para que inicie la investigación por el delito de maltrato habitual.
Dicho lo anterior, actualmente el tribunal competente para conocer el abandono y maltrato al adulto mayor es el tribunal de familia, cuando los actos de violencia intrafamiliar no constituyan delito sino una falta, esto es, en el contexto de la Ley de Violencia Intrafamiliar. Por otra parte, lo será el Ministerio Público, cuando los actos de violencia intrafamiliar constituyan delito; esto es, dará curso a la investigación pertinente en caso de que se trate del delito de maltrato habitual, de acuerdo con la calificación que efectúe el respectivo juzgado de familia y le remita los antecedentes.
Por su parte, el Código Penal solo contempla una agravante de responsabilidad en caso de delito cometido por quien tiene a su cuidado un adulto mayor, y, en lo demás, sigue las reglas generales en cuanto se castiga al hechor por el resultado, es decir, por las lesiones o la muerte que resulten, agravadas en un grado. En otras palabras, no existe un delito específico.
Por lo anterior, los integrantes de la Comisión se manifestaron todos muy de acuerdo con los fundamentos de las iniciativas en cuanto a la necesidad de legislar. Coincidieron en que no existe una protección penal respecto de las personas adultos mayores desvalidas y la consecuente sanción para los victimarios que las maltratan, de manera que en la actualidad la conducta solo puede perseguirse eventualmente, cuando exista relación de familia entre los sujetos del delito, y siempre que ocurra la muerte o lesiones graves como resultado del maltrato.
En consecuencia, el texto que se somete a la consideración de la Sala, pretende tres cosas:
1. Incorporar en la ley que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor ( Senama ), dentro de las funciones del mismo que dicen relación con la protección del adulto mayor, “ante el maltrato”, toda vez que actualmente solo se señala el abandono, porque el término concede a la norma mayor amplitud e implica no solo el abandono -concebido como una forma de maltrato por la doctrina-, sino también los demás aspectos, como son el maltrato físico, sicológico, sexual, patrimonial y la negligencia, puesto que el abandono ya considerado en la ley, constituye solo una de sus expresiones, cuestión que la proposición corrige.
2. Crea una nueva figura penal, mediante la incorporación del nuevo artículo 351 bis, en la línea de lo expresado en la defensa y protección de la persona adulto mayor y se encuadra dentro de los denominados delitos de peligro; es decir, se concreta con la sola posibilidad de poner en peligro el bien jurídico protegido, esto es, el abandono de personas adultas mayores desvalidas, y siempre que estén bajo el cuidado del sujeto activo del delito, quien, en razón de determinadas circunstancias, debió prestarle auxilio o cuidado.
Lo que se sanciona es el solo hecho del abandono de personas mayores desvalidas; es decir, aquellas que necesariamente deben contar con la asistencia y cuidados de la persona a cuyo cargo se encuentran, la que debe otorgar el auxilio que las circunstancias requieran. De manera que se apunta claramente a sancionar a los cuidadores de personas mayores, o a quien los tenga bajo su protección, ya sean personas naturales o establecimientos de larga estadía, con o sin fines de lucro. Se sanciona drásticamente a quien ha omitido el deber de cuidado y protección, debiendo hacerlo, con la pena de presidio menor en su grado mínimo, esto es, de 61 a 540 días, y una multa de 21 a 30 unidades tributarias mensuales, que va desde $ 842.625 hasta $ 1.203.750.
3. Especifica la actual figura contenida en el artículo 352 del Código Penal, agregándole la condición “bajo su cuidado o protección”, al referirse al abandono del adulto mayor por parte del cónyuge o descendiente, condición que la actual disposición no considera. Por lo tanto, la generalidad de la norma dificulta su aplicación, porque exige el solo hecho del abandono efectuado por quien tiene un vínculo directo con el adulto mayor, y, como consecuencia del mismo, resultare con lesiones graves o muriere. Podría ocurrir, por ejemplo, que un adulto mayor estuviera en un establecimiento de larga estadía -casa de acogida-, y como consecuencia de un desplazamiento sin la ayuda que requiere cae con resultado de muerte, y se sancione a la cónyuge con la que están separados de hecho por largo tiempo ignorando su paradero, o a los hijos con los cuales nunca tuvo contacto. De modo que al agregar al tipo penal la condición “bajo su cuidado o protección” que debe existir entre el autor del delito y el adulto mayor, víctima del mismo, para configurar el delito de abandono con resultado, hace a la figura penal posible en su aplicación, y específica respecto del bien jurídico protegido. Además, apunta en la dirección correcta en cuanto sensibiliza y castiga el maltrato contra las personas mayores desvalidas respecto de quienes lo tienen bajo su cuidado y protección.
Finalmente, se introducen otras modificaciones para adecuar el texto a la actual legislación, como suprimir los términos “legítimo o ilegítimo”, a que se refiere el artículo 352 del Código Penal, que fueron eliminados de la legislación hace muchos años por este mismo Congreso Nacional, al referirse a los ascendientes o descendientes como posibles sujetos activos del delito de abandono.
Asimismo, sustituye el adjetivo “imposibilitado” por “desvalido”, cuando se hace referencia a la persona adulto mayor, que está bajo el cuidado de alguien o protegido.
En cuanto a los artículos rechazados, cabe mencionar el N° 2, del artículo único que propone agregar un nuevo artículo en la ley N° 19.828 ( Senama ) del siguiente tenor: “En los casos de maltrato o abandono a que se refiere el artículo 1° de la presente ley, se concederá acción popular para denunciar los hechos enmarcados en tales conductas”, y la letra a) del artículo único que propone sustituir el nombre del párrafo 2, del Titulo VII del Libro Segundo del Código Penal, por el siguiente: “2. Abandono de niños, adultos mayores y personas desvalidas”.
Por lo tanto, las mociones refundidas que dan forma a este proyecto de ley, fueron aprobadas por la unanimidad de los integrantes presentes al momento de la votación, como las diputadas señoras María Antonieta Saa y Marcela Sabat , y los diputados señores Cristián Campos , Marcos Espinosa , Cristián Letelier , Leopoldo Pérez, David Sandoval ( Presidente ), Ernesto Silva y Sergio Ojeda.
Es cuanto puedo informar, señor Presidente.
El señor ELUCHANS (Presidente).- En debate el proyecto de ley.
Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.
La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente , me alegra que estemos discutiendo esta iniciativa, que nació de la inquietud de diversos parlamentarios para mejorar la actual legislación sobre los adultos mayores.
Ciertamente, a pesar de que el Senama ha cumplido una gran labor desde su creación, el 27 de septiembre de 2002, hemos podido constatar que no ha estado al margen de las dificultades para desempeñar su rol.
Al respecto, en términos generales, tal como lo establece la ley que creó el Senama, el maltrato solo se puede probar si se constata físicamente, pero no contempla como maltrato el abandono, esto es, que una persona adulto mayor sea dejada en un hogar y nunca más se la atienda por parte de sus parientes, sean consanguíneos en línea recta -hijos, nietos- o colateral, hasta el tercer grado inclusive -hermanos, primos-, así como los afines y cónyuges. Incluso, esta situación se da en muchos hogares donde el adulto mayor está confinado a un espacio mínimo y es considerado casi como un mueble o un lastre para la familia.
Creo que estas mociones, refundidas, son un gran avance, pues sanciona a los ascendientes o descendientes, o a quienes tengan bajo su cuidado o protección a una persona adulto mayor, desvalida, con pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de 21 a 30 unidades tributarias mensuales.
Me parece superimportante, dado que, a la fecha, hemos visto cómo, muchas veces, los adultos mayores son abandonados en casas u hogares que no cumplen con los requisitos mínimos para atenderlos y los mantienen en condiciones físicas y de salud lamentables.
Creo que agregar la palabra “maltrato” a continuación de la expresión “abandono” es sumamente importante. No se trata solo del abandono, sino también del maltrato, que puede ser físico, sicológico, sexual, patrimonial o cualquier negligencia, toda vez que el abandono constituye solo una de las expresiones de la violencia intrafamiliar. Enseguida, la idea es corregir y mejorar la situación integral de los adultos mayores, sobre todo en nuestro país, en la que la población envejece cada día más, la esperanza de vida es cada vez mayor y en las que condiciones de retiro no son las mejores, dado lo cual muchos se convierten en un lastre, en una carga para sus familias, por lo cual sufren maltrato o abandono.
Por lo tanto, señor Presidente, creo que este proyecto de ley, que aúna propuestas de diversos parlamentarios, conlleva al mejor cuidado y a una mayor protección de los adultos mayores por parte de su familia.
Es un avance importante en un país en que el adulto mayor pasa a ser un estorbo, sobre todo al interior de familias de escasos recursos, y peor cuando no gozan de jubilaciones que les permitan sobrellevar su vejez. Por eso también hago un llamado para reformar el sistema previsional, de modo que el adulto mayor cuente con ahorros suficientes para subvenir sus propios cuidados.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra la diputada señora Mónica Zalaquett.
La señora ZALAQUETT (doña Mónica).- Señor Presidente , todos sabemos que nuestro país está viviendo un proceso de envejecimiento de su población.
Actualmente, una de cada diez personas, en Chile, pertenece al grupo de adultos mayores, y se espera que al 2025 una de cada cinco personas sea adulto mayor. Esta es una realidad que debemos reconocer, pero sobre todo enfrentar, no solo adoptando medidas para aumentar la tasa de natalidad, sino, también, garantizándoles protección y vida digna.
Lamentablemente, las denuncias por maltrato y abandono respecto de este grupo de personas aumentan día tras día, y aunque nuestra legislación considere sanciones contra estas conductas, hasta el día de hoy no existe una protección penal respecto del abandono y maltrato de personas adultas mayores y desvalidas. Estas personas son aquellas que no pueden valerse por sí mismas; que se encuentran muchas veces en un estado que no les permite ser del todo independientes, por lo que requieren de los cuidados y protección de quienes están a su cargo.
Las modificaciones contenidas en el proyecto, y que votaremos a continuación, van en la línea correcta, especialmente en el caso del nuevo artículo 351 bis del Código Penal, ya que crea un tipo penal específico para el caso del maltrato de adultos mayores con sus respectivas sanciones. Esta medida es muy necesaria para poner freno a tantas situaciones lamentables y penosas. Y, por qué no decirlo, muchas veces inhumanas, en que nuestros adultos mayores a veces en estado de fragilidad son abandonados, sin recibir los cuidados mínimos que necesitan, o reciben, más bien, maltratos físicos y síquicos. Incluso con dolor lo digo, muchas veces de parte de sus propios familiares o cercanos.
Estoy convencida de que, de aprobarse esta propuesta, se generará un resultado positivo en nuestra sociedad, no solamente porque existirá una sanción efectiva para quienes abandonen o maltraten a los adultos mayores, sino porque inducirá a tomar mayor conciencia en nuestro país, y especialmente en las futuras generaciones, sobre la importancia de cuidar y proteger a nuestros adultos.
Además, a través de la iniciativa, vamos a estar también educando a la población para que cuide y respete a las personas de más edad o a las vulnerables por su condición física y que no son independientes.
Es necesario que nunca olvidemos que son ellos, nuestros padres y abuelos, quienes dura y arduamente trabajaron durante toda su vida para construir un país mejor para nosotros y las futuras generaciones.
Señor Presidente, debemos retribuir a los adultos mayores todo su trabajo y esfuerzo, y lo debemos hacer con el respeto y la admiración que se merecen.
Espero que la Sala apruebe la iniciativa, porque va en la línea directa de valorar y dignificar a quienes han trabajado y se han esforzado durante toda la vida, a veces fuera de la casa y otras dentro de ella, en beneficio de la comunidad. Además, debemos reconocer que su sabiduría es tremendamente importante y la debemos transmitir a las nuevas generaciones. Por lo tanto, no debemos permitir que sean maltratados física ni síquicamente.
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías.
El señor FARÍAS.- Señor Presidente , este proyecto de ley constituye un gran avance para nuestro país.
Como dijo la diputada señora Mónica Zalaquett respecto del envejecimiento de la población, nuestra sociedad hoy tiene mayores expectativas de vida. Algunos avisos comerciales de la televisión nos hacen ver que hoy tener cincuenta años equivale a los treinta de antaño. Por lo tanto, hoy no vemos a las personas como lo hacíamos antes. Una persona de sesenta años era considerada una anciana, casi pronta a morir. Hoy, una persona de esa edad es considerada en la plenitud de su vida. Entonces, nuestra sociedad ha cambiado, y debemos hacernos cargo de esos cambios.
En efecto, es necesario preocuparnos de los dos extremos: los niños y los adultos mayores, que son los dos polos que tenemos que cuidar y por los cuales debemos legislar. Todos vamos a llegar a ser, indefectiblemente, adultos mayores. Por lo tanto, se requiere contar con una legislación que los proteja y no permita su maltrato y abandono.
El proyecto de ley que estamos discutiendo se refiere al maltrato y al abandono del adulto mayor. Y el N° 2 del artículo único establecía que en los casos de maltrato o abandono a que se refiere el artículo 1° de la presente ley, se concederá acción popular para denunciar los hechos enmarcados en tales conductas.
Esto es muy importante, porque cualquier persona, aunque no sea cercana, que presencie o sea testigo de hechos de maltrato o abandono de un adulto mayor tiene el deber, por ley, de accionar la justicia, la cual debe operar para proteger a los adultos mayores desde el momento en que se realice la correspondiente denuncia. Esto es particularmente importante, porque nuestros adultos mayores necesitan mucha ayuda y protección.
Cuando se aprobó el proyecto de ley que elimina el descuento de 7 por ciento en las pensiones de los adultos mayores, se entregó una información falaz por parte del Ejecutivo, puesto que los adultos mayores creyeron que a todos se les había eliminado el 7 por ciento. Sin embargo, ese beneficio se entregó solo a un pequeño porcentaje de la población: a los más pobres.
Sin embargo, se logró recuperar algo que el entonces director del Fonasa, el señor Mikel Uriarte, no quería hacer: el derecho a comprar bonos. Por suerte, logramos eso.
¿Por qué lo señalo? Porque la eliminación del 7 por ciento representa una materia fundamental para los adultos mayores. Aunque solo se trate de 3.000, 5.000, 10.000 pesos o la cifra que sea, es algo significativo para los adultos mayores, que requieren muchos medicamentos, a diferencia de lo que ocurre con las personas más jóvenes. Por lo tanto, ese monto les puede servir para comprar medicamentos.
Tenemos que avanzar para que a todos los adultos mayores no se les haga ese descuento de 7 por ciento, para que aumenten un poco sus ingresos, ya que sus jubilaciones son pésimas. De esa manera también podemos mejorar su calidad de vida, para que puedan tener un mejor pasar en esa etapa, junto a su familia.
Sabemos que, a esa edad, son muchas las enfermedades que los pueden aquejar, materia que se debe enfrentar legalmente.
No quiero salirme del tema del maltrato, pero estimo que hoy nuestros adultos mayores, al tener mayores expectativas de vida, son proclives a ser afectados por enfermedades que antes no existían o no tenían tanta incidencia, de las cuales todavía el Estado no se hace cargo, como ocurre, por ejemplo, con el Alzheimer, enfermedad degenerativa, un tipo de demencia, que debiese estar medicada, para retardar sus efectos, pero cuyo tratamiento es carísimo.
Por lo tanto, debemos avanzar más, porque, de lo contrario, el Estado -es decir, todos nosotros- seguirá maltratando a los adultos mayores y no les entregará la debida protección.
Estimo que el proyecto de ley es positivo, por lo que lo votaremos favorablemente.
El maltrato y el abandono deben ser sancionados. Debemos seguir en la dirección de proteger más a ese segmento de la sociedad, porque ha dado todo por nosotros, razón por la cual debemos retribuirles y brindarles un buen pasar.
He dicho.
El señor ELUCHANS (Presidente).- Ha concluido el tiempo del Orden del Día.
VI. INCIDENTES
DISCRIMINACIÓN EN LICITACIÓN DEL PARQUE DE TAXIS COLECTIVOS DE COPIAPÓ (Oficios)
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Mixto Partido Radical Social Demócrata, Partido Comunista e Izquierda Ciudadana.
Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.- Señor Presidente , en primer lugar, saludo a todos los trabajadores de taxis colectivos agrupados en la Federación de Trabajadores de Copiapó, que preside el señor Raúl Morgado . Ellos constituyen la clave del transporte público en la Región de Atacama, particularmente en la ciudad de Copiapó.
Han buscando mil formas de combinación con las autoridades y con las organizaciones sociales, particularmente con la Unión Comunal de Juntas de Vecinos y con la CUT provincial, para analizar cómo contribuir a disminuir lo que hoy constituye un problema de bastante gravedad para la ciudad: la congestión vehicular, dada la sobrepoblación de vehículos a propósito de las inversiones mineras y los nuevos trabajos existentes.
Ayer, esos trabajadores realizaron una paralización, con una convocatoria cercana al ciento por ciento de quienes conforman ese gremio, con la finalidad de denunciar la mala práctica del seremi de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama.
Comparto plenamente los planteamientos que ellos han formulado. No se puede baipasear a los trabajadores de taxis colectivos, que sostienen el transporte en la región, cuando se plantean licitaciones para nuevos taxis colectivos.
Ellos esperaban que quienes trabajan como conductores de taxis colectivos, y están postulando en forma individual al beneficio de comprar un vehículo, fueran los beneficiarios prioritarios de esta política. Pero la respuesta no ha sido esa. Se corre el riesgo de que ese parque nuevo lo cubran uno o dos dueños con muchos taxis colectivos, y queden postergados quienes dedican su vida completa a trabajar en ese servicio a la comunidad.
Por eso, solicito que se oficie al seremi de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama, para que explique por qué se ha discriminado a los trabajadores de taxis colectivos en cuanto a priorizarlos cuando se abren nuevas plazas en el parque automotor para ese servicio de transporte.
Estoy con ellos tanto en lo que se refiere a las vías segregadas en beneficio de la población como en cuanto a las demandas que han realizado.
Además, pido que copia de este oficio se haga llegar al intendente de la Región de Atacama , a los consejeros regionales, al alcalde y a los concejales de la comuna de Copiapó, a la CUT provincial de Copiapó, así como a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos y a los gremios de taxis colectivos de la ciudad de Copiapó.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
INCLUSIÓN DE LA FIBROMIALGIA EN PATOLOGÍAS AUGE (Oficios)
El señor CARMONA.- Señor Presidente , por otra parte, quiero llamar la atención sobre una manifestación que ha impactado en la comunidad de la Región de Atacama, particularmente en su capital, Copiapó . Me refiero a quienes están vinculados a pacientes que sufren la enfermedad de fibromialgia en la región y que también tiene una manifestación significativa a nivel nacional.
En concreto, en la presentación que me ha entregado la señora Norma Robles , representante en la ciudad de esta agrupación de carácter nacional, se solicita que la fibromialgia también sea considerada dentro de las patologías AUGE, toda vez que la sufren personas vinculadas al mundo laboral o que viven con recursos escasos y que, por lo tanto, no están en condiciones de sostener su tratamiento en forma personal.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Salud, para hacerle presente esta solicitud, que espero sean bien acogida o, en su defecto, que sea iniciativa de esta propia Corporación.
Además, solicito que se haga llegar copia de este oficio a la señora Norma Robles , cuyos datos entregaré a la Secretaría.
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que levantan la mano.
INFORMACIÓN SOBRE BASES DE LICITACIÓN Y RECURSOS PARA PROYECTO DE DESARROLLO DE RESERVA NACIONAL MOCHO CHOSHUENCO (Oficio)
El señor ELUCHANS (Presidente).- En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.
El señor DE URRESTI .- Señor Presidente , en la Región de Los Ríos existe la Reserva Nacional Mocho Choshuenco, compartida entre las comunas de Panguipulli, Los Lagos y Futrono . Dichas comunas aledañas acceden a una importante reserva, una de las joyas desde el punto de vista medioambiental y del desarrollo turístico relacionado con la nieve de la región.
Dentro de la política de desarrollo regional de turismo, se ha priorizado como uno de los elementos fundamentales para efectos de desarrollar el turismo de nieve y también el acceso a un área privilegiada.
Hemos tomado conocimiento de licitaciones para realizar los estudios de los accesos, de la disponibilidad y manejo de ese importante sector que, insisto, es una pieza fundamental para el desarrollo de nuestra Región de Los Ríos.
Por eso, pido que se oficie a la Conaf, a objeto de que nos informe cuáles son las bases de licitación, los montos involucrados y los elementos que se están considerando para desarrollar esta importante reserva, que debiera ser un elemento estratégico y fundamental en la política de desarrollo turístico de la Región de Los Ríos.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE SELECCIÓN DE DIEZ LOCALIDADES COMO NUEVOS DESTINOS TURÍSTICOS (Oficios)
El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, en otro orden de cosas, pido que se oficie al Servicio Nacional de Turismo y, particularmente, a la Subsecretaría de Turismo por la siguiente materia.
Hemos visto en la prensa que el Servicio Nacional de Turismo seleccionó diez pueblos para convertirlos en nuevos destinos para el turismo y para ampliar la demanda interna.
Dentro de ese listado de localidades se han considerado, entre otros, Ollagüe , en la Región de Antofagasta; caleta Los Hornos, en la Región de La Serena; Matanzas, en la Región de O’Higgins; Romeral , en la Región del Maule; Quinchamalí y Laraquete, en la Región del Biobío; Caleta Queule , en la Región de La Araucanía; Chaihuín , en la Región de Los Ríos; Contao , en la Región de Los Lagos, y Villa Punta Delgada , en la Región de Magallanes.
Es importante conocer cuáles son los antecedentes que se han tenido a la vista para seleccionar esas diez localidades.
Estamos contentos por que Chaihuín sea uno de los lugares seleccionados, ya que es un lugar importante que está trabajando muy bien en la costa de la Región de Los Ríos, particularmente en la comuna de Corral, pero es fundamental conocer los antecedentes y saber si esto va a ir acompañado de recursos y de una política de promoción nacional de dichas localidades.
Por eso, pido que se me informe detalladamente de qué manera se va a llevar adelante esa priorización de proyectos.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
INFORMACIÓN SOBRE POSTULACIÓN AL FONDO SOCIAL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE CLUB DE ADULTO MAYOR BELÉN, DE REUMÉN, COMUNA DE PAILLACO (Oficios)
El señor DE URRESTI.- Señor Presidente , el Club de Adulto Mayor Belén, de Reumén, comuna de Paillaco, ha postulado en tres oportunidades, por su sede social, al Fondo Social Presidente de la República .
Me reuní con sus miembros en el Día de la Madre, quienes me han señalado, con mucha preocupación, que aunque son una localidad que ha trabajado enormemente, que ha organizado beneficios, aún no tienen respuesta respecto de esa postulación.
Se trata de una gran cantidad de adultos mayores, muy organizados y muy dispuestos a trabajar en una zona en que se requiere con urgencia contar con cierta infraestructura.
Por lo anterior, pido que se oficie al ministro del Interior y Seguridad Pública , para que me informe qué ocurre con esa postulación del Club de Adulto Mayor Belén al Fondo Social Presidente de la República .
Pido que copia de esta intervención se haga llegar a la señoras Mercedes Contreras y Jovita Roa, presidenta y secretaria, respectivamente, de esa agrupación.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así lo indican.
INFORMACIÓN SOBRE PROGRAMA DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MUELLES EN ISLA DEL REY, COMUNA DE CORRAL (Oficio)
El señor DE URRESTI.- Señor Presidente , finalmente, pido que se envíe un oficio a la ministra de Obras Públicas , a objeto de que nos informe sobre el programa de inversiones en infraestructura de muelles en Isla del Rey, comuna de Corral, Región de Los Ríos.
Desde hace largo tiempo, se ha reclamado por una serie de instalaciones para muelles que son fundamentales para el trabajo y la conectividad de los habitantes, en especial los pescadores, de Isla del Rey, particularmente quienes residen en los sectores Las Coloradas, la Posta y Venegas .
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
EXENCIÓN DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES A PEQUEÑOS AGRICULTORES Y REBAJA EN PAGO DE PATENTES A PEQUEÑOS MINEROS DE PROVINCIA DE PETORCA (Oficios)
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra la diputada señora Andrea Molina.
La señora MOLINA (doña Andrea).- Señor Presidente , quiero reiterar un tema tremendamente complejo, delicado, que tiene que ver con la provincia de Petorca y el decreto firmado por el Presidente de la República que la declaró como zona de catástrofe.
Es de suma urgencia que este decreto no solo se remita a una firma. Es trascendental también que se analice, a través del delegado correspondiente en la zona, la posibilidad concreta y real de liberar, definitivamente, del pago de contribuciones a los pequeños y medianos agricultores de la zona. En consecuencia, pido que se oficie al Presidente de la República con el objeto de solicitarle que evalúe esa medida.
Además, pido que se oficie al Servicio de Impuestos Internos para conocer el impacto que generaría una decisión de esa naturaleza, si se llevara a cabo.
En segundo lugar, me preocupa mucho la situación de los pirquineros y, en general, de la pequeña minería de la zona, que también incluye el decreto aludido.
Actualmente, a causa de la crisis, muchos pequeños mineros, pirquineros, no pueden pagar su patente minera y, por lo tanto, podrían perder su fuente de ingresos.
Hoy existe una facultad, en el sentido de que aquellos que estén trabajando su mina pueden rebajar en 50 por ciento el pago de esa patente. Pero para quienes no han podido hacerlo, porque no están trabajando su mina, por la misma crisis, las circunstancias son muy adversas y difíciles para poder concretar dicho pago.
Por eso, es importante tener un catastro de las patentes que se han pagado hasta hoy y seguir trabajando en tal sentido con los ministerios de Minería y de Hacienda.
Por lo tanto, pido que se oficie al Presidente de la República , para solicitarle que se adopte una decisión política, transversal, que nos ayude a paliar la crisis que está viviendo nuestra zona, particularmente la provincia de Petorca.
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
HOMENAJE A “DIARIO CONCEPCIÓN” EN CONMEMORACIÓN DEL 5° ANIVERSARIO DE SU FUNDACIÓN (Oficios)
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.- Señor Presidente , intervengo solo con el propósito de señalar que, hace apenas algunos días, se ha celebrado un aniversario más de un importante diario de nuestra región y el diputado José Miguel Ortiz , en el tiempo del Comité de la UDI, rendirá el homenaje correspondiente.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Muy bien, diputado Ulloa .
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.- Señor Presidente , no es extraño que el gesto que acaba de tener mi amigo, el diputado Jorge Ulloa Aguillón , se haya repetido muchas veces durante los veintitrés años en que los dos hemos sido diputados, los únicos de la Región del Biobío que hemos sido elegidos en seis oportunidades, representando a nuestros respectivos distritos.
Doy infinitas gracias al diputado Ulloa por su gesto de cederme el tiempo de su Comité.
En este instante, nos están escuchando en el Diario Concepción y, naturalmente, muchos penquistas, los cuales, con su voto -que es secreto-, deciden quiénes quieren que sean sus representantes.
También me acompaña el diputado Cristián Campos , quien también ha querido estar presente en este homenaje.
Asimismo, el diputado Jorge Sabag me expresó su apoyo a este acto de reconocimiento.
A comienzos del nuevo siglo, Concepción fortalecía su condición de ser la segunda ciudad más importante de Chile. Era necesario fomentar nuevas visiones, representar la voz de más sectores productivos, económicos, de trabajadores, de estudiantes y, por supuesto, dar un impulso a la sociedad, que elevó su nivel con la gran cantidad de profesionales jóvenes que egresaban de las universidades de nuestra Región del Biobío.
Por todo lo anterior, era un largo anhelo de nuestra Universidad de Concepción generar una nueva empresa periodística escrita. Y el momento llegó el 2008, gracias al acercamiento de dos grandes instituciones que combinaron experiencia y conocimiento: Copesa y la Universidad de Concepción, que elaboraron un proyecto de medio escrito, que vio la luz el 20 de mayo del 2008. Vale decir, estamos celebrando los cinco años de la fundación del nuevo diario en la provincia de Concepción, que se llamó “El Diario de Concepción”.
Se trataba de una iniciativa que buscaba dar a los ciudadanos de esta zona la posibilidad de acercarse a una pluralidad de voces y ejercer de manera categórica su derecho a una información que mostrara todas las visiones y opiniones.
Su primer director fue el destacado periodista don Iván Cienfuegos , quien, hace cinco años, con una larga experiencia en la prensa, encaminó a un grupo de quince periodistas, gráficos, diseñadores, etcétera, para elaborar un diario que apuntara, principalmente, hacia los sectores profesionales, empresariales, estudiantiles, de trabajadores y, en general, hacia toda la opinión pública.
En ese momento, el ejemplar de 24 páginas contenía distintas secciones, y entre las principales estaban: economía, educación, política, cultura, deportes y opinión, con impresión -generalmente, así comienzan los diarios- en blanco y negro. En ese entonces, la circulación se realizaba junto al diario La Tercera, en toda la provincia y en varios puntos de la Región del Biobío.
Distintos acontecimientos hicieron que el Diario de Concepción adoptará decisiones que se veían a largo plazo. El terremoto del 27 de febrero del 2010 generó una necesidad informativa tal que, desde el 10 de mayo del 2010, el diario puede obtenerse comprándolo directamente en quioscos o puntos de venta, sin que por eso deje de circular con La Tercera.
En ese momento, ya había asumido su segundo director, don Francisco Martinic , quien le dio un nuevo impulso a las temáticas y al concepto de interpretación de la actualidad.
El 11 de marzo del 2012 se realizó un rediseño de su marca y formato, pasándose a llamar, desde ese instante, “Diario Concepción” -se le quitó la preposición “de”-, y se modificó su logotipo.
Hoy, Diario Concepción cumple cinco años, una historia breve, pero muy intensa, en la que ha ratificado la importancia de exponer nuevas miradas y más opiniones dentro de sus informaciones.
Con un mejoramiento continuo de sus secciones y de su impresión, Diario Concepción entrega ejemplares editados completamente en colores, con más de cien avisadores y un público cada vez más extenso.
Su actual director interino, quien también es presidente del directorio del Diario Concepción desde sus orígenes, es el señor Mariano Campos Ramírez . El periódico cuenta con una planta de 46 personas y se ubica en su tradicional casa de Cochrane 1102, donde trabaja el área de prensa.
Diario Concepción nació hace cinco años, gracias a la visión de liderazgo y de futuro de nuestra Universidad de Concepción y al importante apoyo de Sergio Lavanchy Merino , rector de esta casa de estudios superiores. El tiempo pasa, las personas pasan, pero las obras quedan. Por eso, hago un reconocimiento al rector Sergio Lavanchy .
Permítanme destacar un hecho, porque es bueno que quede consignado en la historia de la Cámara de Diputados. Con excepción de Punta Arenas, el único medio escrito comprometido con su región que ha nacido en los últimos quince años es el Diario Concepción. ¡Qué difícil es financiar un diario de provincia ciento por ciento!
Estos cinco años se visualizan con entusiasmo y nuevos desafíos, pero siempre con el objetivo de la información ciento por ciento local, con la visión del mundo a través de la región y con la tarea de elevar el valor de la opinión. No por nada el lema del Diario Concepción es: el valor de la opinión.
Aprovecho este homenaje para expresar mi especial reconocimiento a todo el cuerpo administrativo y a los periodistas del diario, que han demostrado un profesionalismo a carta cabal y que hacen posible que, día a día, tengamos una voz de verdad, que entrega todas las visiones.
Agradezco a los diputados señores Jorge Ulloa y Cristián Campos , quienes me han acompañado en este primer reconocimiento al Diario Concepción .
Pido que este homenaje se haga llegar oficialmente al rector de la Universidad de Concepción, don Sergio Lavanchy Merino ; a todo el personal del Diario Concepción, a través de su director interino, señor Mariano Campos ; a su gerente general, don Claudio Suárez , y a los trabajadores.
Vaya también mi reconocimiento a todos los trabajadores de la Universidad de Concepción.
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así lo manifiestan a la Mesa.
INFORMACIÓN SOBRE RESULTADOS DE AUDITORÍAS Y MEDIDAS ADOPTADAS POR MUERTES DE NIÑOS RECIÉN NACIDOS EN HOSPITAL DE COPIAPÓ (Oficios)
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- El Comité Mixto Partido Radical Social Demócrata, Partido Comunista e Izquierda Ciudadana ha solicitado los cinco minutos adicionales correspondientes a mayo.
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES .- Señor Presidente , el 21 de mayo recién pasado, Canal 13 presentó un reportaje sobre las madres de Copiapó. Se dijo que esas mujeres, durante casi dos años, han golpeado todas las puertas para solicitar justicia. Son madres que llegaron al Hospital de Copiapó con embarazos en su etapa final o con hijos recién nacidos, pero algo salió mal y sus guaguas finalmente fallecieron.
El 22 de mayo se exhibió un nuevo reportaje en Canal 13, que plantea que el Hospital de Copiapó está en estado de emergencia. Advierten que siguen surgiendo denuncias que acusan negligencias en las muertes de los recién nacidos en ese centro hospitalario. A eso se suman posibles irregularidades con recursos públicos.
Quienes pertenecemos a la Región de Atacama entendemos que el Hospital de Copiapó es muy relevante para la atención de salud de la población. Por eso, cualquier denuncia que incida en la calidad de la atención que se presta en este establecimiento perjudica y complica la salud pública de la Región de Atacama.
Por lo anterior, pido que se oficie al ministro de Salud para que disponga una auditoría al Hospital de Copiapó. Además, pido que me informe sobre el cumplimiento de una de las normas ministeriales más antiguas, cual es la ejecución de auditorías asistenciales, en este caso por muerte infantil, durante los últimos cinco años. Me interesa conocer los resultados de tales auditorías y las medidas que ha tomado la autoridad del hospital para resolver los problemas descritos, así como los mecanismos de orientación e información que ha establecido para informar a las madres de esos niños fallecidos, en el sentido de si se les ha informado en forma adecuada sobre esas desgracias. Al parecer, existirían serios problemas de información a los pacientes de parte del hospital.
También pido que se me informe sobre la cantidad de periodistas contratados en la Dirección del Servicio de Salud y cuántas personas están a cargo de las relaciones públicas del hospital.
Asimismo, pido que se me informe sobre los recursos utilizados por el Servicio de Salud de Atacama en actos de recreación y se me envíen copias de los contratos de cantantes u otros artistas, dado que es muy relevante que exista información clara desde el punto de vista ministerial.
Igualmente, pido que se inicie una investigación sumaria sobre lo denunciado por el reportaje de Canal 13 y de la decisión del director de contratar actos lúdicos en lugar de invertir esos recursos en el hospital.
Además, pido que copia de esta intervención se envíe a la Fenats, a la Fenpruss y a las distintas organizaciones de salud de la Región de Atacama.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así lo manifiestan a la Mesa.
INVESTIGACIÓN DE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA POR CONTRATAS A HONORARIOS EN DIRECCIÓN DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL (Oficios)
El señor ROBLES.- Señor Presidente, en segundo lugar, pido que se oficie al ministro de Salud para que me informe acerca de la denuncia que me hicieron los funcionarios del Servicio de Salud Metropolitano Central sobre contratas a honorarios con cargo a recursos destinados a la atención primaria.
Sobre la misma materia, pido que se oficie también al contralor general de la República para solicitarle que inicie un sumario e investigue la denuncia que me presentaron los funcionarios de la Dirección de Atención Primaria del Servicio de Salud Metropolitano Central, encabezados por el presidente de la Asociación de Profesionales-DAP , don Carlos Bau .
Entregaré copia de la denuncia a la Secretaría, para que sea remitida al contralor general de la República.
Pido que copia de esta intervención se envíe a la Fenats y a la Fenpruss de la Región Metropolitana.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así lo manifiestan a la Mesa.
INFORMACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES EN CONCURSO PÚBLICO PARA DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE COPIAPÓ (Oficios)
El señor ROBLES.- Señor Presidente , finalmente, pido que se oficie al contralor general de la República a objeto de solicitarle que me informe sobre el resultado de una petición que se presentó el 5 de abril del presente año, en relación con el expediente 30981, del 22 de marzo pasado, por el cual el profesor don Reinaldo del Pino Arellano solicita la intervención de la Contraloría por una serie de irregularidades que se habrían cometido en el llamado a concurso que hiciera un sostenedor de Copiapó, al amparo de la ley N° 20.501, para incorporar directores de establecimientos educacionales.
Entre esas irregularidades, que son motivo de cuestionamiento general, destacan, por ejemplo, que modificó varias veces la fecha del cronograma inicial en cuanto a entrega de antecedentes, entrevistas y notificación; el profesor de la comuna elegido para integrar la terna de la comisión evaluadora no fue seleccionado entre todos los que reunían los requisitos, sino que fue designado a dedo; el director del DAEM, el señor Raúl Ortiz , quien ha sido cuestionado durante mucho tiempo, participa y decide, sobre todo en la escuela Isabel Peña Morales , por un funcionario que no estaba calificado, de acuerdo con las exigencias del ministerio.
Por eso, pido que también se oficie al ministro de Educación , para que me informe sobre lo denunciado, y al contralor regional de Atacama , para que me señale en qué estado se encuentra el requerimiento en cuestión.
Finalmente, pido que se envíe copia de este oficio al Colegio de Profesores y a la CUT provincial de Copiapó y, por cierto, al profesor señor Reinaldo del Pino Arellano , con copia de mi intervención.
He dicho.
El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que están levantando la mano, de lo que la Secretaría está tomando debida nota.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 12.50 horas.
TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto hacer presente urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
8859-04
Crea la autorización de funcionamiento de jardines infantiles.
6499-11
Sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía.
Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
2. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto hacer presente urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
8938-24
Crea el Ministerio de Cultura.
Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
3. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto hacer presente urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
8097-04
Reconoce la rayuela como deporte nacional.
7254-07
Establece Día de la adopción y del que está por nacer.
Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la H. Cámara de Diputados-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
4. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
Gab. Pres. N° 554
Ant.:
1) Constitución Política de la República de Chile, Articulo 32 N° 17 y Articulo 53 N° 5.
2) Ley N° 19.067, Titulo II, Párrafo 2° “Normas especiales sobre salida de tropas para participar en Operaciones de Paz”.
3) Política para la participación del Estado de Chile en Operaciones de Paz.
4) Decreto N° 68 de 1999.
5) Decreto Supremo N° 75, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 2009.
6) Res. es de Naciones Unidas N° 2070, del12 de octubre de 2012.
7) Oficio del Senado N° 539/SEC/12 del22 de Mayo del2012.
8) Oficio (Res). N° 453 del 19 de Abril de 2013 de la Subsecretaria de Defensa dirigido al Ministro de RR.EE. en el que propone informe fundado para la solicitud de prórroga de la permanencia de tropas y medios nacionales fuera del territorio de la República para continuar integrando Minustah.
9) Oficio (Res). N° 2087 del 26 de Abril de 2013, del Ministro de Relaciones Exteriores dirigido al Ministro Secretario General de la Presidencia en la que propone solicitud de prórroga de la permanencia de tropas y medios nacionales fuera del territorio de la República para continuar integrando Minustah.
Mat.: Solicita acuerdo para prorrogar la permanencia de tropas y medios nacionales fuera del territorio de la República .
Santiago, 8 de mayo de 2013.
DE: Presidente de la República
A : Señor Jorge Pizarro Soto
Presidente del H. Senado
Santiago, 8 de mayo de 2013.
1. Como es del conocimiento de esa Honorable Corporación, Chile participa activamente en Operaciones de Paz bajo el mandato de la Organización de las Naciones Unidas, en cumplimiento de su política nacional de participación en Operaciones de Paz y dentro del marco jurídico dispuesto por la ley 19.067, modificada por la ley N° 20.297, por el decreto N° 75 y demás normas que regulan dicha participación nacional en estas operaciones.
2. Mediante la Resolución citada en el número 6) de los antecedentes, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en virtud de las atribuciones que le concede el Capítulo VII de su Carta, prorrogó el mandato de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (Minustah), a que se refieren sus resoluciones 2012 (2011), 1944 (2010), 1927 (2010), 1908 (2010), 1892 (2009), 1840 (2008), 1780 (2007), 1743 (2007), 1702 (2006), 1658 (2006), 1608 (2005), 1576 (2004) y 1542 (2004), reafirmando el compromiso de la Organización con la solución política de la crisis haitiana, preservando la soberanía e integridad territorial de ese país.
3. Como obra en su conocimiento, el H. Senado de la República autorizó al Ejecutivo la permanencia de tropas chilenas en Haití, por el período de un año, a contar del 1de junio del 2012, lo que se comunicó mediante Oficio citado en el número 7) de los antecedentes.
4. Cabe destacar que la labor del componente militar, destinada a promover un entorno seguro y estable para las tareas de estabilización y reconstrucción de Haití, se materializa en el marco de un esfuerzo multinacional en el cual la participación de nuestro país ha recibido altos niveles de reconocimiento, tanto de las autoridades haitianas, como de la Organización de las Naciones Unidas. Esta labor ha redundado, a la vez, en un fortalecimiento de las capacidades operativas y logísticas de la Defensa Nacional.
5. Debe considerase, asimismo, el consenso alcanzado entre los países contribuyentes de tropas y en Naciones Unidas, sobre la necesidad de vislumbrar un horizonte de salida para el contingente militar en Haití en el maLco de un retiro gradual de efectivos, proceso que ha sido recogido en el Plan de Consolidación presentado por el Secretario General en su informe de marzo de 2013 y cuya implementación se encuentra en marcha. Sin perjuicio de ello, debe tenerse a la vista los acuerdos alcanzados en el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en cuanto a la necesidad de mantener la presencia de fuerzas internacionales en Haití para proteger los avances en la reconstrucción y el desarrollo de ese país, en el entendido de que una transformación de la misión sin la protección adecuada puede descarrilar los logros alcanzados.
6. Por las razones anteriores, estimándose fundamental continuar con la participación de Chile en Minustah, y de conformidad con las normas constitucionales y legales pertinentes, vengo en solicitar a US. el acuerdo del Honorable Senado de la Republica para prorrogar la permanencia de tropas y medios nacionales en Haití por el plazo de un año, de acuerdo con los antecedentes y fundamentos que se acompañan y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 9°, inciso segundo, de la ley N° 19.067.
7. En uso de la facultad que me confiere el inciso segundo del número 5) del Artículo 53 de la constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho del acuerdo que recabo.
Saluda a V.E.,
(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; ALFREDO MORENO CHARME, Ministro de Relaciones Exteriores ; RODRIGO HINZPETER KIRBERG, Ministro de Defensa Nacional ”.
5. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 22 de mayo de 2013.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo que aprueba el “Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, entre la República de Chile, la República de Colombia, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú”, suscrito en Paranal, Antofagasta, el 6 de junio 2012, correspondiente al Boletín Nº 8.801-10.
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 10.697, de 30 de abril de 2013.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado ; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado ”.
6. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 22 de mayo de 2013.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín Nº 8.894-07:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Otórgase la nacionalidad chilena, por especial gracia, al señor David Feuerstein Wielgus.”.
-o-
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado ; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado ”.
7. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 22 de mayo de 2013.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del Mensaje, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín N° 8.677-07:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1°.- Reemplázase, en el inciso tercero del artículo 3° del decreto ley N° 321, de 1925, sobre libertad condicional, la frase “el previsto en el artículo 411 quáter del Código Penal”, por la siguiente: “los contemplados en el número 2 del artículo 365 bis y en los artículos 366 bis, 366 quinquies, 367 y 411 quáter, todos del Código Penal,”.
Artículo 2°.- Intercálase, en el artículo 1° del decreto ley N° 409, de 1932, sobre regeneración y reintegración del penado a la sociedad, el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero:
“Cuando la persona hubiere sido condenada a la pena temporal del artículo 39 bis, de conformidad con el artículo 372, ambos del Código Penal, el derecho a que se refiere el inciso anterior sólo se podrá ejercer transcurridos 10 años desde el cumplimiento de la pena, sin importar el número de condenas que dicha persona tuviere.”.
Artículo 3°.- Modifícase el Código Penal de la manera que sigue:
a) Agrégase, en el inciso primero del artículo 368, la siguiente oración final:
“La misma pena se impondrá a quien hubiere cometido los mencionados delitos en contra de un menor de edad, en calidad de autor o cómplice, con ocasión de las funciones que desarrolle, aun en forma esporádica, en recintos educacionales, y al que los cometa, en esas mismas calidades, con ocasión del servicio de transporte escolar que preste a cualquier título.”.
b) Suprímese, en el inciso primero del artículo 374 bis, la expresión “medio a”.”.
- -o-
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): CAMILO ESCALONA MEDINA, Presidente (A) del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado ”.
8. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana sobre el proyecto de acuerdo que aprueba el “Acuerdo para Modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá”, firmado en Santiago, Chile, el 16 de abril de 2012. (boletín N° 8951-10-1)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informar sobre el proyecto de acuerdo del epígrafe, que se encuentra sometido a la consideración de la H. Cámara, en primer trámite constitucional, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, y de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15 y 54, N° 1, de la Constitución Política de la República.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios correspondientes, y previamente al análisis de fondo de este instrumento, se hace constar lo siguiente:
1°) Que la idea matriz o fundamental de este Proyecto de Acuerdo, como su nombre lo indica, es aprobar el “Acuerdo para modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá”, firmado en Santiago, Chile, el 16 de abril de 2012.
2°) Que este Proyecto de Acuerdo no contiene normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado. Del mismo modo, determinó que los preceptos de este Acuerdo no necesitan ser conocidos por la Comisión de Hacienda por no tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.
3°) Que la Comisión aprobó el Proyecto de Acuerdo por 6 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención. Votaron a favor la señora Zalaquett, don Mónica, y los señores Ascencio, don Gabriel; Cerda, don Eduardo; Díaz, don Marcelo; Jarpa, don Carlos Abel, y Sandoval, don David (en reemplazo de la señora Molina, doña Andrea).
4°) Que Diputado Informante fue designada la señora Zalaquett, doña Mónica.
II. ANTECEDENTES.
1.- Consideraciones preliminares.
Según lo señala el Mensaje este año se cumplen 15 años de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Canadá. Este Tratado, agrega, fue el primero que negoció Chile con un país del G7, actualmente G8, y el primero que abarcó otras dimensiones del comercio más allá de los bienes.
Manifiesta, asimismo, que en el decimocuarto año de implementación, el resultado en términos de comercio ha sido exitoso, precisando que en el año 2011, el intercambio comercial con Canadá ascendió a US$ 1.774 millones, lo que representó un incremento de 15% comparado con el año 2010. Con posterioridad a la firma del Tratado, añade, y particularmente a partir de 1999, las exportaciones chilenas a Canadá experimentaron un aumento significativo, tanto en su monto como en su diversificación, logrando revertir la tradicional balanza negativa que hasta 2002 era superavitaria para Canadá. En este sentido, expresa, desde 2003 la relación comercial es crecientemente favorable para nuestro país. Entre 1997 y 2011, la tasa anual promedio de crecimiento de las exportaciones superó el 19%, y casi duplicó el crecimiento de las exportaciones chilenas hacia el mundo (11%) en el mismo período. Las cifras al 2011 muestran que nuestras exportaciones ascendieron a US$ 1.468 millones, mientras que las importaciones desde Canadá alcanzaron US$ 925 millones, de acuerdo a las estadísticas del Banco Central de Chile.
Del mismo modo, manifiesta que en términos de inversión, Canadá ha sido un socio clave para nuestro país, particularmente en los últimos años, donde la inversión extranjera directa materializada pasó de US$ 81 millones en 2005, a US$ 1.180 millones en 2011, acumulando un total de US$ 14.822 millones en el período 1974-2011. Con ello, Canadá se sitúa como la tercera fuente de inversión más importante en términos acumulados (con una participación de 18%), y como la segunda fuente en 2011 (29%). En términos sectoriales, la inversión canadiense ha estado fuertemente concentrada en el sector minero (33%), servicios (9%) y químicos (4%).
Expresa, a continuación, que la implementación del Tratado de Libre Comercio ha significado la negociación posterior de materias que no se habían abordado inicialmente. En este sentido, se incluyó el Capítulo sobre Contratación Pública, que entró en vigencia en enero de 2009
2.- Contenido del Acuerdo.-
Según lo señala el Mensaje, este Acuerdo consta de incorporaciones y modificaciones realizadas a los siguientes capítulos del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá: Se incorpora el Capítulo H bis (Servicios Financieros) y el Anexo VI relativo a las listas de reservas de Chile y Canadá en materia de servicios financieros; se modifica el Capítulo B (Definiciones Generales); el Capítulo C (Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado); el Capítulo D (Reglas de Origen); el Capítulo E (Procedimientos Aduaneros); el Capítulo G (Inversiones); el Capítulo H (Comercio Transfronterizo de Servicios); el Capítulo K bis (Contratación Pública) y su Anexo K bis-01.1-7; el Capítulo M (Derechos Anti-dumping y Compensatorios); el Capítulo N (Disposiciones Institucionales y Procedimientos para la Solución de Controversias) y su Anexo N 01.2; y finalmente, el Capítulo O (Excepciones).
Asimismo, agrega, el presente Acuerdo constituye el instrumento jurídico por el cual los Gobiernos de Chile y de Canadá incorporan el nuevo Capítulo de Servicios Financieros y modifican otros capítulos que a continuación se detallan.
3.- Incorporaciones.-
Capítulo H bis (Servicios Financieros)
Los artículos I y II de este Acuerdo, modifican el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Canadá al incorporar el Capítulo H bis sobre el comercio de Servicios Financieros y el Anexo VI, que incorpora las listas de reservas de las Partes.
Este Capítulo tiene por objeto asegurar un marco jurídico estable y predecible para el comercio de los servicios financieros, que incluye los servicios de seguros y relacionados con seguros, los servicios bancarios, así como los servicios auxiliares a un servicio de naturaleza financiera. La cobertura del Capítulo se extiende a la prestación de servicios financieros mediante una inversión en una Institución Financiera, el consumo en el extranjero y la prestación transfronteriza de los mismos. En particular, esto se logra mediante un compromiso de no discriminación (Trato Nacional y Trato de Nación Más Favorecida), certeza en el acceso al mercado (Derecho de Establecimiento y Comercio Transfronterizo), y no discriminación o exigencia de residencia o nacionalidad para cargos directivos (Altos ejecutivos y Directorios).
No obstante lo anterior, las Partes mantienen el derecho a adoptar medidas de acuerdo a sus listas de “Reservas”, las que reflejan la legislación vigente y algunas áreas de desarrollo futuro de normas. A esto se agrega la existencia de la llamada cláusula prudencial, que permite adoptar nuevas regulaciones tendientes a mantener la estabilidad y el correcto funcionamiento del mercado financiero.
4.- Modificaciones.-
1. Capítulo C (Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado)
El Artículo V del Acuerdo modifica el Capítulo C (Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado), al reemplazar el concepto de “Customs Valuation Code” (Código de Valoración Aduanera) por “Customs Valuation Agreement” (Acuerdo de Valoración Aduanera). Esta rectificación, tiende a uniformar el lenguaje de todos los Acuerdos suscritos por Chile e incorporar los conceptos técnicos establecidos en el Acuerdo de Valoración Aduanera de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
El Acuerdo sobre Valoración Aduanera de la OMC tiene por objeto establecer un sistema equitativo, uniforme y neutro de valoración en aduana de las mercancías: un sistema que se ajusta a las realidades comerciales y que prescribe la utilización de valores arbitrarios o ficticios.
Además, se modificó la definición de “bienes agrícolas”, en el sentido que los códigos y descripción de los bienes que ellos comprenden están contenidos en el Sistema Armonizado del año 2012.
2. Capítulo D (Reglas de Origen)
El artículo VI del Acuerdo modifica el Capítulo D (Reglas de Origen), para reemplazar las referencias hechas al “Código de Valoración Aduanera” por el “Acuerdo de Valoración Aduanera”.
3. Capítulo E (Procedimientos Aduaneros)
El Artículo VII del Acuerdo modifica el Capítulo E (Procedimientos Aduaneros), al conceder un período más extenso para que el exportador pueda acogerse a la devolución del impuesto arancelario, si así lo establece la legislación del país.
Otras modificaciones tienen relación con uniformar el lenguaje de los Tratados de Libre Comercio suscritos por Chile y utilizar correctamente los conceptos técnicos establecidos en el Acuerdo sobre Valoración Aduanera de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
En relación al artículo sobre Cooperación, el Acuerdo establece que las Partes pueden cooperar con un tercero no Parte del Tratado para desarrollar procedimientos aduaneros basados en los principios de este Capítulo, con el objetivo de determinar el origen de un bien y lograr acumulación.
4. Capítulo G (Inversiones)
El artículo VIII de este Acuerdo modifica el Capítulo G (Inversiones), con el objeto de establecer que el ámbito de aplicación para las inversiones en instituciones financieras queda establecido en el Capítulo H bis (Servicios Financieros), incorporado a través de este Acuerdo, al Tratado de Libre Comercio entre Chile y Canadá.
Asimismo, se eliminan algunos artículos que ahora están contenidos en el nuevo Capítulo H bis (Servicios Financieros), consecuentemente, se debieron reenumerar los artículos del Capitulo G.
Adicionalmente, se eliminó el artículo que se refería a negociar en el futuro un Capítulo sobre servicios financieros.
5. Capítulo H (Comercio Transfronterizo de Servicios).
El Artículo IX de este Acuerdo modifica el Capítulo H (Comercio Transfronterizo de Servicios), con el propósito de establecer que su ámbito de aplicación no incluye los servicios financieros, ya que ahora estos están contenidos en el Capítulo H bis (Servicios Financieros).
6. Capítulo K bis (Contratación Pública)
El artículo X de este Acuerdo modifica el Capítulo K bis (Contratación Pública) con la finalidad de clarificar la fórmula de ajuste de los umbrales del Anexo K bis-01.1-1 y K bis-01.1-2.
Estos umbrales representan el valor mínimo, a partir del cual la contratación pública estará cubierta o amparada por las disposiciones del Tratado. Este valor mínimo debe ser actualizado, según se dispone en el Tratado, a través de la utilización de la fórmula de ajuste.
Chile y Canadá acordaron mediante Decisión de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio, adoptar la modificación de la fórmula de ajuste de los umbrales que figuran en el Anexo 9.1, Sección A para bienes, servicios, y servicios de construcción adquiridos por las entidades cubiertas en el Tratado de Libre Comercio entre Chile y EE.UU.
7. Capítulo M (Derechos Anti-dumping y Compensatorios)
El artículo XI de este Acuerdo modifica el Capítulo M, con el fin de actualizar las referencias hechas al Capítulo N (Disposiciones Institucionales y Procedimientos para la Solución de Controversias) que son modificados por este Acuerdo.
8. Capítulo N (Disposiciones Institucionales y Procedimientos para la Solución de Controversias)
El artículo XII del Acuerdo modifica el Capítulo N (Disposiciones Institucionales y Procedimientos para la Solución de Controversias) al incorporar nuevas reglas relativas a la elaboración de la Lista de Panelistas, a los Requisitos para Desempeñarse como Panelista y a las disposiciones que rigen el establecimiento de las Reglas de Procedimiento del mecanismo de solución de controversias del Tratado.
En cuanto a la elaboración de la Lista de Panelistas, se establece que tanto el Panel como sus integrantes se designarán en el momento en que una controversia haya surgido, después de la solicitud de establecimiento de un Panel de acuerdo a las reglas que establece la norma.
En relación a los requisitos para ser Panelista, estos se refunden en un único artículo y se determina que cada Panelista debe tener conocimientos especializados o experiencia en las áreas que indica, que deben ser elegidos en función de su objetividad, confiabilidad y buen juicio, que deben ser independientes de las Partes; que pueden haber estado vinculados con la materia y deben cumplir con el Código de Conducta que establezca la Comisión.
Finalmente, se introducen nuevos principios que la Comisión de Libre Comercio debe considerar al establecer las Reglas de Procedimiento y que dicen relación con dotar de mayor transparencia, publicidad y participación a los procedimientos llevados a cabo ante un Panel.
Además, en relación a la Administración del Tratado, se incorporan los Comités de Compras Públicas y Servicios Financieros.
9. Otras Modificaciones
Finalmente, los artículos III y XIII del Acuerdo modifican los capítulos B (Definiciones Generales) y O (Excepciones), respectivamente, con el motivo de incorporar en ellos el nuevo contenido del Tratado de Libre Comercio, considerando la incorporación y las demás modificaciones detalladas en este Mensaje Presidencial.
III. DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y DECISIÓN ADOPTADA.
En el estudio de este Proyecto de Acuerdo la Comisión contó con la asistencia y colaboración del señor Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante , don Alfonso Silva Navarro, y de las señoras Ana Novik Assael, Directora de Relaciones Económicas Multilaterales , y Krasna Bobenrieth Miserda, Jefa de América del Norte , ambas de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería, quienes además de refrendar los argumentos y antecedentes acompañados en el Mensaje, señalaron que, en términos de inversión, Canadá ha sido un socio clave para nuestro país, particularmente en los últimos años donde la inversión extranjera directa materializada pasó de US$ 81 millones en 2005, a US$ 1.180 millones en 2011, acumulando un total de US$ 14.822 millones en el período 1974-2011. Agregaron que, con ello, Canadá se sitúa como la tercera fuente de inversión más importante en términos acumulados, precisando que, en términos sectoriales, la inversión canadiense ha estado fuertemente concentrada en el sector minero, servicios y químicos.
Por su parte, las señoras y señores Diputados que concurrieron a la aprobación de este Proyecto de Acuerdo manifestaron su plena conformidad con su contenido y con la conveniencia de ampliar los marcos de cooperación, amistad e intercambio comercial con Canadá, consagrados en el Tratado de Libre Comercio que este año cumple 15 años desde su entrada en vigor y que, en su implementación ha resultado muy exitoso.
Por ello, por seis votos favor, ningún voto en contra y ninguna abstención prestaron su aprobación a este Proyecto de Acuerdo, la señora Zalaquett, doña Mónica, y los señores Ascencio, don Gabriel; Cerda, don Eduardo; Díaz, don Marcelo; Jarpa, don Carlos Abel, y Sandoval, don David (en reemplazo de la señora Molina, doña Andrea).
IV. MENCIONES REGLAMENTARIAS.
En conformidad con lo preceptuado por el artículo 289 del Reglamento de la Corporación, se hace presente que vuestra Comisión no calificó como normas de carácter orgánico o de quórum calificado ningún precepto contenido en el Proyecto de Acuerdo en informe. Del mismo modo, determinó que sus preceptos no necesitan ser conocidos por la Comisión de Hacienda por no tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado, tal como lo señala el informe financiero acompañado en el Mensaje.
Como consecuencia de los antecedentes expuestos la Comisión decidió recomendar a la H. Cámara aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el artículo único del Proyecto de Acuerdo, cuyo texto es el siguiente:
PROYECTO DE ACUERDO:
“ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá para modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado, entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá”, firmado en Santiago, Chile, el 16 de abril de 2012.
-o-
Discutido y despachado en sesión de fecha 22 de mayo de 2013, celebrada bajo las presidencia del H. Diputado don Gabriel Ascencio Mansilla, y con la asistencia de la Diputada señora Zalaquett, doña Mónica, y los Diputados señores Cerda, don Eduardo; Díaz, don Marcelo; Jarpa, don Carlos Abel, y, Sandoval, don David (en reemplazo de la señora Molina, doña Mónica).
Se designó diputada informante a la señora Zalaquett, doña Mónica.
Sala de la Comisión, a 22 de mayo de 2013.
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado, Secretario de la Comisión ”.
9. Informe de la Comisión de Ciencia y Tecnología, recaído en mociones que “Establece la meta todo Chile a llamada local”, y que “Modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico”. (boletines NºS 8787-19 y 8790-15 refundidos).
“Honorable Cámara:
La Comisión de Ciencia y Tecnología pasa a informar sobre los proyectos de ley referidos en el epígrafe, en primer trámite constitucional y reglamentario, sin urgencia, originados en las mociones que a continuación se enuncian:
1.- De los señores Diputados Alberto Robles, Germán Becker, Juan Luis Castro, Ramón Farías, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, que establece la Meta todo Chile a llamada local, boletín N° 8787-19.
2.- De las Diputadas señoras María José Hoffmann, Andrea Molina, Marcela Sabat y de los Diputados señores René Manuel García, Gustavo Hasbún, Juan Carlos Latorre e Ignacio Urrutia, que modifica la Ley General de telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico, boletín N° 8.790-15.
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Cabe hacer presente que en virtud de lo dispuesto en el artículo 17° A de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, por Oficio N° 10.681, de 17 de Abril de 2013, la Cámara de Diputados acordó que ambas mociones sean refundidas y tramitadas en conjunto.
En sesión N° 89, de fecha 8 de mayo del presente año, los diputados Pedro Pablo Alvarez–Salamanca, Ramón Farías, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe, presentaron una indicación sustitutiva que integra en un solo texto lo normado en ambos proyectos.
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I. CONSTANCIAS PREVIAS.
1.- IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DE LOS PROYECTOS.
Poner término en forma definitiva y total -en todo el territorio de la República- al servicio de larga distancia nacional, y fijar a costo incremental de largo plazo los cargos de acceso.
2.- NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
No hay.
3.- TRÁMITE DE HACIENDA.
No existen normas en esta situación.
4.- LOS PROYECTOS FUERON APROBADOS, EN GENERAL, POR UNANIMIDAD.
VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES PEDRO PABLO ALVAREZ-SALAMANCA, RAMON FARÍAS, IVÁN MOREIRA, VÍCTOR TORRES, IGNACIO URRUTIA Y ENRIQUE VAN RYSSELBERGHE.
5.- SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE AL SEÑOR ALBERTO ROBLES PANTOJA.
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La Comisión contó con la asistencia y colaboración del señor Jorge Atton, Subsecretario de Telecomunicaciones , del señor Andrés Rodríguez y de las señoras Daniela González y Geraldine González, asesores de la señalada subsecretaría.
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II. ANTECEDENTES.
I.- MOCIÓN QUE ESTABLECE LA META TODO CHILE A LLAMADA LOCAL, BOLETÍN N° 8.787-19.
Señalan los autores de la iniciativa que la evolución tecnológica constituye una constante en la industria de las telecomunicaciones. En particular, la convergencia de redes y servicios permite el uso de diferentes tecnologías en una misma plataforma y el uso de terminales multiservicios a los cuales se ha trasladado la inteligencia que estaba contenida en una sola red. Lo anterior ha hecho necesario adaptar la actual regulación a los nuevos paradigmas que se imponen en el sector de modo que el fenómeno de la convergencia, se vea reflejado en la normativa y se traduzca en un aumento de la competencia.
Indican que durante los últimos años, y como parte de un proceso de adaptación de la regulación, la Subsecretaría de Telecomunicaciones ha venido impulsando un cambio en el modelo sectorial, con el objeto de promover la competencia por servicios, sin prescindir de la competencia por redes. En este contexto, el presente proyecto no constituye sino un paso más y natural en el camino hacia un modelo en el que una determinada infraestructura puede soportar una diversidad de servicios, beneficiando a los usuarios con el mayor uso de éstos.
Manifiestan que en particular, dentro de los avances en materias regulatorias orientados a modernizar el sector de las telecomunicaciones en Chile, se encuentran diversas iniciativas de orden legal aprobadas por este H. Congreso, muchas de las cuales posteriormente han sido desarrolladas mediante normativa reglamentaria. Así, mediante la ley N° 20.478, de 2010, sobre recuperación y continuidad en condiciones críticas y de emergencia del sistema público de telecomunicaciones, se incorporó en la normativa la figura del concesionario de infraestructura, que persigue generar los incentivos adecuados para el desarrollo de un modelo donde se separe la infraestructura física de los servicios; en tanto, la ley N° 20.599, de 2012, que regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones, dispuso un nuevo sistema para la instalación de torres y soportes de antenas, que busca incentivar la compartición de las mismas (colocalización); por su parte, la ley N° 20.453, de 2010, consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet, dándose reconocimiento legal al concepto de Internet y generándose un conjunto de obligaciones para los ISP (Proveedores de Acceso a Internet), en cuanto a informar correctamente a sus usuarios respecto de sus planes; adicionalmente se dictó la ley N°20.471, de 2010, que crea organismo implementador para la portabilidad numérica, que estableció la obligación de implementación de ésta. Como resultado de lo anterior, se inició la portabilidad para la telefonía local en diciembre de 2011 y para la telefonía móvil en enero de 2012, consiguiendo con ambos hitos que suscriptores y usuarios de estos servicios puedan cambiar de compañía sin perder su número telefónico. Respecto al tema de la larga distancia, la ley N° 18.168, general de telecomunicaciones, establece que son aquellas comunicaciones que exceden una zona primaria determinada. A raíz de esta definición existían ciertas confusiones territoriales para los usuarios, ya que en algunos casos, ni siquiera las provincias incluidas en una zona primaria correspondían a la misma región administrativa. Para solucionar la problemática anterior, en el año 2010 se publicó la ley N° 20.476 que modificó la ley N° 19.302, que definió las trece zonas primarias que dividen el país, y determinó que a partir del primer día del trigésimo séptimo mes de vigencia de dicha norma, previo pronunciamiento favorable del Tribunal de la Libre Competencia, el país se constituiría en una zona primaria, con lo cual se eliminaría la larga distancia nacional.
Advierten que, en la línea de la convergencia, el primer hito que da cuenta del inicio de las modificaciones regulatorias en pro de adaptarse a dichos nuevos paradigmas son las modificaciones normativas realizadas a partir del año 2010 que han permitido el uso de frecuencias inicialmente asociadas a servicios móviles, para proveer servicios locales, y viceversa. Por último, señalan que actualmente se encuentra en proceso la homologación de la numeración de la telefonía local, móvil y del servicio de voz sobre Internet a 9 dígitos, que inició su implementación gradual durante el segundo semestre del año 2012, y se espera su finalización este año 2013, consiguiendo de esta forma, que todas las redes telefónicas tengan el mismo largo de numeración, lo cual permitirá la ejecución total de la portabilidad entre redes independiente de la zona geográfica.
Pese a los avances, señalan que un tema regulatorio pendiente en este sector, se refería a la diferenciación de precios en las llamadas según red de origen y destino (on net/off net), dificultando la toma de decisiones del usuario al no poder identificar las redes de destino de sus llamadas e incluso restringiéndolas hacia ciertas redes, lo cual se vería acentuado con la aplicación total de la portabilidad entre redes. Además, dicha diferenciación es una distorsión de mercado que va en desmedro de la competencia ya que disminuye la capacidad de los entrantes de desafiar a los incumbentes dado que se produce un efecto de comunidad en el sentido de que los usuarios se ven compelidos a permanecer en las compañías establecidas porque pueden optar por tarifas on net (dentro de la red) más beneficiosas, lo cual en el equilibrio final afecta la competencia, por ende, los precios y, finalmente, el bienestar de los usuarios. Cabe mencionar que Chile presenta los cargos de acceso móvil más altos de la OECD –sólo superado por Irlanda- y los más altos de la región –sólo superado por Brasil-, alcanzando en promedio un valor por sobre los $70 por minuto, valor que es reflejado en las tarifas y traspasado al usuario final. Este argumento ha sido ampliamente utilizado por los operadores de telefonía para discriminar llamadas según red de origen y destino.
Todo lo anterior fue fundamental para que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), en instrucciones de carácter general N° 212012, según Rol NC N° 386-10, reconoció la problemática recién mencionada –señalando que dicha diferenciación de precios produce “efectos perniciosos para la libre competencia y para la eficiencia económica”- e instruyó que a partir del inicio de vigencia de los nuevos decretos tarifarios para las concesionarias de telefonía móvil, es decir, enero de 2014, los planes que se comercialicen no podrán contener tarifas diferentes para las llamadas on net y off net. Dentro del análisis detrás de esta medida, se mencionan reparos respecto a la capacidad de los cargos de acceso actuales para representar correctamente los costos de terminación de las llamadas, señalando como una de las razones de eso, es que se ha realizado la tarificación de los cargos de acceso a costo medio y no marginal. En este orden de ideas se menciona la Resolución N°389 de la Comisión Resolutiva que ordenó la fijación de las tarifas de cargo de acceso a “costo directo” y las dificultades que se han generado en aplicarlo, debido a una falta de metodología clara para esto. Luego, expresan, por todo lo recién mencionado se hace absolutamente necesario un cambio en los procesos de fijación tarifaria, de modo que la metodología y el procedimiento se haga cargo de los cambios tecnológicos experimentados por el mercado, en particular la convergencia y del cambio en las estructuras de costos de la industria, y al mismo tiempo, se opere en el sentido de lo instruido por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, lo cual finalmente redundará en una disminución relevante de tarifas y un proceso consistente de eliminación de la diferenciación de precios comentada.
Por otra parte, como quedó establecido en el Informe N° 212009 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y como lo demuestran los informes estadísticos de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, la telefonía de larga distancia es un mercado competitivo y maduro. La realidad actual del mercado de telefonía local, a nivel nacional nos indica que Telefónica Chile S.A. presenta el 55% de las líneas en servicio, observándose, en los últimos años, una tendencia a la baja en su participación en este mercado. Asimismo, otras empresas aumentaron su participación como VTR y el Grupo Claro alcanzando un 19.5% y un 6.7%, respectivamente, mientras que el resto del mercado se mantuvo relativamente estable. Continuando con el mercado de la telefonía local, precisan, cabe destacar que dos empresas del sector, Claro y Entel, han abierto ofertas comerciales que incluyen la entrega del servicio de telefonía local inalámbrica, aumentando el nivel de cobertura y oferta en zonas rurales o donde la oferta de este servicio era menor, de manera que este servicio alcance la cobertura nacional esperada. A mayor abundamiento, al considerar la tendencia de tráfico presentada durante los últimos años, se observa una disminución importante en la telefonía local y la larga distancia acompañada de un aumento de la telefonía móvil, quedando de manifiesto que una de las razones que explica lo anterior, es la sustitución entre tales servicios.
Entre el 2010 y el 2011, los tráficos de telefonía local y larga distancia nacional, disminuyeron un 9% y un 12%, respectivamente, mientras que en ese mismo periodo el tráfico móvil aumentó un 18%, a pesar que este último servicio tiene asociados mayores costos para el usuario respecto a los otros. Es decir, a estas alturas es claro que la voz móvil ha impuesto competencia al mundo local-larga distancia, más aún, la competencia se está comenzando a dar más bien por el servicio de voz, independiente de la plataforma por la cual se dé dicho servicio.
En lo que se refiere a la estructura de costos presentada por los operadores, la evolución tecnológica experimentada por las redes, explicada en parte, por la introducción de enlaces IP, tanto para voz como para datos, ha hecho que la distancia entre usuarios sea cada vez menos relevante en relación a la estructura de costos de la llamada, es así como han aparecido una serie de sustitutos que le permiten a los usuarios comunicarse entre “largas distancias” por precios mucho más baratos e incluso en algunos casos gratis, ejemplo de ello es Skype, WhatsApp, Viber, etc. Por tanto, agregan, desde dicho punto de vista ya no se justifica la mantención de la larga distancia nacional, más aún, parece económicamente absurdo que en muchos casos los precios de las llamadas de larga distancia sean ampliamente superiores a los sustitutos de éstas.
En resumen, atendido el proceso de convergencia tecnológica, la portabilidad total, la sustitución entre servicios y la actual estructura de costos de los operadores, el fenómeno de competencia por el servicio, independiente de la plataforma, está en franca masificación, es decir, en un futuro cercano, lo importante será la voz y no la red por donde ella transite, más aún, lo importante será “comunicarse”; este hecho también es reconocido por el TDLC en sus Instrucciones de Carácter General N°2/2012, ya citado anteriormente, donde señala: “actualmente no es posible asociar algún servicio a una red o tipo de red determinada, distinguir un servicio de una aplicación sobre internet ni tampoco delimitar estáticamente los atributos o propiedades de los servicios de telecomunicaciones frente a la satisfacción de necesidades de los usuarios, de modo que, producto de la convergencia, es posible dar por superada la definición de mercados separados de voz, datos e imágenes,...”. En este escenario, que generará una competencia total entre todos los actores de la industria, abandonando el antiguo modelo de competencia diferenciada por mercados fijo y móvil, lo cual finalmente redundará en menores precios y por consiguiente mayor bienestar social, por cierto que ya no se justifica la subsistencia del servicio de larga distancia nacional. En esta misma línea, a lo anterior deben sumarse, modificaciones que permitan dar mayor nitidez a la actualización del proceso de fijación tarifaría en cuanto a hacerse cargo de la convergencia y cambio en la estructura de costos -que reconozca una disminución en la relación entre los cargos de acceso fijo y móvil- que finalmente redunde en una reducción de tarifas y consolide el proceso de eliminación de la discriminación de tarifas on net/off net. El proyecto es una apuesta a impulsar este nuevo escenario, con la finalidad de tender a que los usuarios dispongan de la posibilidad de realizar llamadas a lo largo del territorio nacional al costo de una llamada local, y más aún, que las tarifas móviles bajen de manera relevante y, para así, finalmente, lograr que los usuarios se comuniquen dentro del país sin importar la plataforma o red a través de la cual lo hagan. Lo anterior lleva consigo además una serie de mejoras en el sentido que simplifica la oferta para los usuarios, la forma de hacer las llamadas y aumenta la transparencia en el mercado.
II. MOCIÓN QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES, PARA TERMINAR CON LA LARGA DISTANCIA NACIONAL Y HACER CONVERGENTES LOS CARGOS DE ACCESO DEL SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO, BOLETÍN N° 8.790-15.
Sostienen los diputados mocionantes, que la ley N° 20.476 que modificó la ley N° 19.302 redujo de 25 a 13 las zonas primarias en que se divide el país a efectos de la larga distancia nacional. Además, dispuso que a partir del primer día del trigésimo séptimo mes de vigencia de dicha norma, previo pronunciamiento favorable del Tribunal de la Libre Competencia, el país se constituiría en una zona primaria, con lo cual se eliminaría la larga distancia nacional.
La ley antes citada tuvo como diagnóstico compartido que la tecnología actual no justifica la diferencia entre llamada local y llamada de larga distancia, dado la entrada al mercado de la telefonía sobre Protocolo de Internet (IP). En efecto, hoy en día la llamada tiene el mismo costo para el emisor, independientemente del lugar en que se encuentre el receptor. No obstante lo anterior, la ley dispuso que a efectos de constituir el país en una sola zona primaria se consultara previamente al Tribunal de Defensa de la Libre competencia, a efectos de verificar si estaban dadas las condiciones de competencia en la telefonía fija en todo el país.
Sin embargo, en el tiempo transcurrido entre la aprobación de la ley 20.476, las condiciones de competencia en el mercado de las telecomunicaciones y especialmente en el servicio de telefonía ha experimentado un fuerte impulso, dadas otras importantes modificaciones legales como la ley N°20.471, de 2010, que crea el organismo administrador para la implementación de la portabilidad numérica, ley N° 20.478 de 2010, sobre recuperación y continuidad en condiciones críticas y de emergencia del sistema público de telecomunicaciones, que introdujo un nuevo tipo de concesionario de servicio intermedio que únicamente provee infraestructura física, la ley N° 20.453, de 2010, consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet. Además de lo anterior, se licitó el uso de la banda 2.600 Mhz que permitirá otorgar servicios de transmisión de datos de cuarta generación, ingresaron al mercado móvil varios nuevos actores, pasando de 3 a 8 actores en el mercado; se dictó la norma de desbloqueo de equipos celulares y se modificaron los contratos de las empresas de telefonía para eliminar de esta manera condiciones de amarre que limitaban el cambio de compañía por parte de los usuarios.
Expresan que estos elementos permiten estimar que es posible materializar la eliminación de la larga distancia sin necesidad de requerir informe previo al Tribunal de Defensa de la Libre competencia, dilatando así un cambio técnico y normativo que beneficia directamente a los consumidores.
Señalan que como es de público conocimiento, recientemente el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), se pronunció respecto de las diferencias de tarifas para llamadas on net y off net –llamadas dentro o fuera de la red de la concesionario de la que una persona es cliente- y de la paquetización de diferentes servicios por parte de una misma concesionaria. En el análisis que realiza el Tribunal, dio importantes luces acerca de otro aspecto que es relevante modernizar en el sector de telecomunicaciones a la luz de los cambios significativos que el mercado ha experimentado dado el fenómeno de la convergencia, como son los llamados cargos de acceso.
En efecto, indican que como explica el Tribunal en la Instrucción General sobre efectos en la Libre Competencia de la Diferenciación de Precios en los Servicios Públicos de Telefonía “Tarifas on-net/ off net” y de las ofertas conjuntas de servicios de telecomunicaciones, de fecha 18 de diciembre de 2012, “cuando una llamada termina en otra red, el dueño de la red en que se generó la llamada debe pagar al de la red en que se terminó la misma el denominado cargo de acceso. Este cargo de interconexión es determinado conforme lo señalan los artículos 30 a 30J de la ley N° 18.168 por el ente regulador cada cinco años, teóricamente en base a costos incrementales de desarrollo del servicio” (considerando décimonoveno).
Sin embargo, apunta el Tribunal que “si el cargo de acceso realmente reflejara el costo de terminación de llamadas, no habrían razones de costo para diferenciar tarifas según red de destino” (considerando vigésimo). Sin embargo, agrega el Tribunal que existen dos problemas que impiden lo anterior. El primero, es la asimetría de información entre el regulador que no posee toda la información para conocer realmente los costos de una empresa eficiente y, segundo, porque la tarificación se realiza a costo medio y no costo marginal, en circunstancias que el cargo de acceso óptimo no debería superar el costo marginal de terminar una llamada.
Lo anteriormente señalado da cuenta de una falencia de la actual regulación que debe ser corregida en el sentido de cautelar que la determinación de los cargos de acceso será la óptima considerando especialmente el fenómeno de la convergencia presente en el mercado. En efecto, como señaló el Tribunal los avances de la tecnología en el sector de las telecomunicaciones han introducido un quiebre entre redes y servicios, pues actualmente es posible otorgar distintos servicios por las mismas redes, o dicho de otra forma, no existe una vinculación necesaria entre la red que se utiliza y el servicio que se presta. Los consumidores experimentan esta nueva realidad día a día, pues los dispositivos inteligentes que utilizan les permiten acceder desde un único terminal a distintos servicios que antes se prestaban separadamente, siendo la transmisión de datos un servicio clave que se identifica con este servicio “convergente”. Así, en definitiva, actualmente no es posible asociar algún servicio a una red o tipo de red determinada, distinguir un servicio de una aplicación sobre internet ni tampoco delimitar estáticamente los atributos o propiedades de los servicios de telecomunicaciones frente a la satisfacción de necesidades de los usuarios, de modo que, producto de la convergencia, es posible dar por superada la definición de mercados separados de voz, datos e imágenes, sin perjuicio de existir regulaciones pendientes de adaptación que no son neutrales a esta evolución y que permanecen distinguiendo entre unos y otros servicios o prestadores (considerando cuadragésimo primero). Precisa el Tribunal que, sin embargo, aún es posible distinguir dos grandes tipos de servicios asociados a distintas redes: los servicios fijos y los servicios móviles, aun cuando dicha diferenciación se irá atenuando con el tiempo, con la llegada del servicio de internet móvil de grandes capacidades.
No obstante esta evidencia, indican que el régimen tarifado actualmente vigente mantiene una visión de redes separadas por tipo de servicio para la determinación de los costos que no es del todo consistente con la forma en que actualmente se proveen los servicios y, por tanto, con los costos efectivos que enfrenta la industria para proporcionarlos, situación que debe corregirse recogiendo en la normativa pertinente la nueva situación del mercado.
DESCRIPCIÓN DE LAS MOCIONES.
1.- Boletín N° 8.787-19. Consta de dos artículos permanentes y uno transitorio.
Su artículo primero adelanta la eliminación de la larga distancia nacional en algunos meses, y establece una sola zona primaria. Además elimina la consulta al Tribunal de la Libre Competencia .
Su artículo segundo adecua el articulado eliminando toda referencia a la larga distancia nacional; establece que, además de los procesos ya establecidos bajo la forma de tarifa eficiente, el cargo de acceso entre redes se calculará según tarifa eficiente, y no se considerará ni el origen ni el destino de la llamada (diferencia entre off y on net) y; se le otorga la facultad de vinculante a la opinión de peritos en la solución de controversias en el establecimiento de tarifas.
El artículo transitorio establece el periodo de entrada en vigencia de la ley. Señala que no se considerará el plazo establecido en este artículo (que establece un plazo no inferior a 6 meses para entrar en vigencia). En su lugar, establece un mecanismo de adaptación a los nuevos los procesos tarifarios, donde todas las cinco empresas se adaptarían a las nuevas tarifas en un período corto de tiempo.
2.- Boletín N° 8.790-15.- Consta de tres artículos permanentes y uno transitorio.
Su artículo primero adelanta la eliminación de la larga distancia nacional en algunos meses, y establece una sola zona primaria. Además elimina la consulta al Tribunal de la Libre Competencia .
Su artículo segundo adecua el articulado eliminando toda referencia a la larga distancia nacional.
El artículo tercero, establece el periodo de entrada en vigencia de la ley.
Su artículo transitorio, propone que los procesos tarifarios se adapten a un proceso único para todas, y que las tarifas se extiendan más allá de su plazo original producto de la implementación del proceso o norma técnica señalada por la subsecretaría, no podrán modificar sus tarifas.
III. INVITADOS.
La Comisión acordó invitar a los señores Rafael Zamora, Director de estrategias y regularización, Andrés Wallis, Director Asuntos Corporativos , Diego Suarez, Gestor de Asuntos Corporativos todos de Telefónica Chile S.A.; Miguel Oyonarte, Vicepresidente del Área Legal y Jaime Prado , Gerente de Relaciones Institucionales y Asuntos Judiciales de Nextel; Mario Raúl Domínguez, Gerente General de GTD; Matías Danús, Gerente Asuntos Regulatorios y Jorge Carey, abogado de VTR; Cristian Sepúlveda, Gerente Relaciones Institucionales y Estrategias, Pedro Suárez Subgerente de Regulaciones y Alejandro Trujillo, Jefe Área Asuntos Públicos de Entel ; Gianpaolo Peirano, Director Legal y Regulatorio, y Patricio Varas, Gerente de Planificación de Claro S.A.. quienes comparecieron a la Comisión expresando lo siguiente:
1.- TELEFONICA CHILE S.A.
El señor Rafael Zamora, señaló que el proyecto trata principalmente las siguientes materias:
I.- Adelanta eliminación del Servicio de Larga Distancia Nacional.
II.- Modifica procedimiento de Fijación de Tarifas.
III.- Hace retroactiva la ley a las fijaciones tarifarias ya iniciadas (último inciso del artículo transitorio).
A su juicio se incluyen materias controversiales en la industria y que no tienen relación con el título de la iniciativa.
La ley actual, modificada el 10 de diciembre de 2011, eliminaría larga distancia nacional en julio 2014, previo pronunciamiento del Tribunal de Libre Competencia.
La fecha de este proyecto de ley tiene sentido:
-Que el mayor costo de una llamada de Santiago-Arica, por ejemplo, se incluya en los nuevos procesos tarifarios de Cargos de Acceso de las Compañía Locales (termina en mayo 2014).
-Que se termine la habilitación del nuevo largo del número telefónico (15/06/13), para evitar duplicidad de números locales (hoy se diferencian por el código de área).
Manifestó que adelantar la eliminación al 2013 ocasiona un daño económico:
• A las compañías locales: por este mayor costo que no se puede reflejar en los actuales cargos de acceso.
-A los Portadores: que habían planificado su negocio con la certeza de la fecha que daba la ley actual.
-A la fuerza laboral que se desempeña en los Portadores.
-Positivo: Acelera la simetría entre el servicio móvil (no existe LDN) y el servicio local, y elimina la prohibición de comercialización conjunta con la larga distancia internacional.
En razón de lo expuesto, propuso que la eliminación de LDN coincida con el inicio del nuevo decreto tarifario de las compañías locales.
En cuanto al proceso de fijación tarifaria a través de la imposición de fijar los Cargos de Acceso al nivel de tarifa «eficiente», que equivale al Costo Incremental o Marginal (modificación al inciso segundo Art. 30 E); Inclusión en la Empresa Eficiente de todos los servicios de telecomunicaciones, sean regulados o no (modificaciones Art. 30 A y 30 C); Facultades discrecionales de Subtel para extender la fijación tarifaria a empresas que no participan en estudios tarifarios (modificación Art. 30 J); Comisión de peritos vinculante (modificación inciso segundo, Art. 30 I), señaló que estas materias no tienen relación con el fin de la larga distancia nacional y, a diferencia de ésta, generan gran controversia en la industria.
Respecto a la imposición de fijar cargos de acceso al nivel de costo incremental o marginal expresó que la ley actual respeta el principio económico: en empresas con importantes Economías de Escala la tarifa se debe fijar al nivel de Costo Medio, el que incluye los costos fijos, y no solo de acuerdo al Costo Incremental o Marginal (Art. 30 F de la Ley). La lógica económica es que la tarifa debe cubrir todos los costos de operar el servicio, para asegurar el autofinanciamiento y viabilidad de largo plazo.
Por ejemplo, si en industrias de altos costos fijos, como una Autopista, la tarifa no cubriera los costos fijos de construirla y solo pagara los costos marginales de transitar en ella (muy bajos), no habría inversionistas dispuestos a financiar su construcción.
Si bien Europa tiene una directriz de avanzar hacia el método «Pure LRIC» (símil al Costo Marginal), tiene un retraso en inversiones en redes de nueva generación (LTE y FTTH) respecto de Asia y USA (dónde opera el sistema RPP y no el CPP).
El Tribunal de Libre Competencia no instruyó al regulador ni solicitó un cambio de ley para fijar los cargo de acceso a Costo Marginal; la igualdad On/Off Net la solucionó con su instrucción que rige a partir de enero 2014, independiente de cómo o en qué nivel se fije el Cargo de Acceso Móvil.
Fijar tarifas a costo marginal no permite cubrir los costos fijos, afectando el autofinancimiento y los incentivos a las inversiones en redes de nueva generación.
Sobre este punto propuso mantener la ley actual y no aprobar lo contemplado en el proyecto.
En relación a la inclusión en la Empresa Eficiente de todos los servicios de telecomunicaciones manifestó que:
El diseño de empresa eficiente se amplía a TODOS los servicios de telecomunicaciones, independiente de que sus tarifas estén por ley en libertad de precios o se presten con redes distintas a las del servicio regulado (Ej. TV Satelital).
No se debe crear una empresa eficiente que artificialmente presta servicios vía distintas redes sólo para reducir los costos de los servicios que se regulan.
Además, se deberían calcular costos, planes de expansión y demanda de servicios no afectos a regulación, representando una sobrerregulación y un exceso de información de servicios que por ley están en libertad tarifaria.
Para reconocer el fenómeno de convergencia tecnológica hay otras soluciones más «económicas», como es acotar a los servicios de telecomunicaciones a los «prestados con la misma red que el servicio afecto a regulación tarifaria».
A su juicio es una exigencia inalcanzable de eficiencia y una sobrerregulación a servicios en libertad tarifaria.
Sobre este punto sugirió acotar el diseño de la empresa eficiente a los servicios prestados con la misma red que el servicio afecto a regulación tarifaria.
Respecto a que la opinión de la comisión de peritos sea vinculante, señalo que es positivo para la certeza jurídica de los procesos tarifarios.
Con esta norma, se elimina parte de la asimetría con sectores de energía y sanitario.
Sin embargo, expresó que en esta nueva situación se debe modificar también la forma de remuneración de los peritos del Estudio Tarifario, ya que en la actualidad sólo lo pagan la empresa, lo que puede prestarse a dudas cuando son vinculantes.
Sugirió replicar lo que se hace en la ley actual con los peritos de Bases Técnicas, en que cada parte asumo el 50%.
En resumen señalo que Movistar propone lo siguiente:
1.- Que el adelanto de la eliminación de LDN coincida con el inicio del nuevo decreto tarifario de las compañías locales (May.14 en el caso de Movistar).
2.- Que en relación a las modificaciones de los procesos tarifarios:
- Eliminar la modificación para calcular los cargos de acceso según tarifa eficiente (a costo incremental o costo marginal). No sentemos un precedente que pone en riesgo la inversión en infraestructura de telecomunicaciones.
-Acotar el diseño de la empresa eficiente a los servicios «prestados con la misma red que el servicio afecto a regulación tarifaria».
-Tener procesos de fijación de tarifas únicos por industria (Fijo y Móvil).
-Acuerdo con comisión de peritos vinculante, con pago en partes iguales.
3.- En cuanto a hacer retroactivo este proyecto de ley, aplicar sólo a procesos tarifarios que no tengan las Bases definitivas dictadas por la autoridad.
2.- NEXTEL
El señor Miguel Oyonarte, indicó que el proyecto contempla la eliminación del Servicio de Larga Distancia Nacional.
En la actualidad Chile permanece dividido en 13 zonas primarias hasta enero de 2015, fecha en que la ley N°20.476, contempla que previo pronunciamiento del Tribunal de Libre Competencia se pase a una única zona, eliminando la Larga Distancia Nacional.
El proyecto de ley, establece una zona primaria única nacional a 180 días de entrada en vigencia de la ley, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina.
Respecto al proceso de fijación de tarifas, el proyecto incorpora a una empresa eficiente multiservicio. La empresa eficiente para efectos del cálculo de tarifas ofrecerá servicios de telecomunicaciones en general (Artículo 30ºA).
La empresa eficiente sujeta a regulación corresponderá a una empresa multiservicio que provee los servicios en un esquema de convergencia de redes (Artículo 30º C).
Para el cálculo de los cargos de acceso se precisa que ello es a tarifa eficiente, sin importar la red de origen ni destino (Artículo 30º E).
La propuesta del legislador incorpora que las opiniones emitidas por las comisiones periciales en el contexto de los procesos tarifarios tengan carácter de vinculante tanto para el procedimiento de establecer las Bases Técnico Económicas (Artículo 30º I) como para la etapa del Informe de Modificaciones e Insistencias (Artículo 30º J).
Señaló que la modificación plantea la no obligatoriedad de participación en el proceso de regulación tarifaria incorporando que las concesionarias deberán informar a la Subtel su confirmación de participación en el proceso (Artículo 30º J).
Además faculta a la autoridad para emitir decretos conjuntos que aplicarían a dos o más concesionarios, en aquellos casos que por razones de evolución del mercado, estructura de costos y de inteligibilidad de las tarifas, exista mérito para establecer tarifas. En caso de no participación de una concesionaria Subtel podrá regular con las tarifas obtenidas en otro proceso (Artículo 30º J).
3.- VTR
El señor Matías Danus realizó las siguientes observaciones al proyecto boletín 8787-15:
1.- Adelantar el fin de la larga distancia nacional es la principal forma de disminuir el gasto de los chilenos en telecomunicaciones.
2.- Una reducción drástica en los cargos de acceso móviles a contar de 2014, sí puede influir en la reducción del gasto de los hogares.
3.- El proyecto es positivo en eliminar la arbitrariedad entre procesos tarifarios. Para que tenga efecto se deben reflejar las anomalías en el actual proceso tarifario.
4.- Los cargos de acceso son una tarifa que sirve como barrera estratégica: no son una fuente de ingreso relevante para las incumbentes sino que una barrera competitiva para los entrantes.
5.- Chile debe seguir a los principales países de la UE pertenecientes a la OCDE. Las últimas fijaciones de los países de la Unión Europea para el periodo 2014 están bajando los cargos de acceso móviles a $9 en promedio.
6.- En Chile, si se reduce la brecha entre los cargos de acceso móvil y fijo a una relación de 1,5 a 2 veces (tal como lo ha manifestado la autoridad) estamos hablando de una cifra entre $11 y $14.
7.- La caída debe aplicarse desde el 2014. Si se realiza de una manera gradual el impacto competitivo se diluye. No da lo mismo cuando ocurre la baja.
4.- ENTEL
El señor Cristián Sepúlveda, realizó las siguientes observaciones y comentarios al proyecto:
1.- Dado el escenario competitivo del mercado de telefonía fija, es indispensable el pronunciamiento del Tribunal de la Libre Competencia antes de transformar a Chile en una única zona primaria, por lo que no está de acuerdo con la modificación que propone el proyecto en su artículo 1°.
2.- Todo proceso de Fijación Tarifaria debe garantizar el autofinanciamiento de la Empresa Eficiente.
3.- Un nuevo valor que no considere la realidad del mercado chileno, podría generar un impacto social que excluiría a millones de chilenos que hoy tienen la posibilidad y utilizan su teléfono celular para estar conectados en todo momento y lugar.
4.- Afecta la certeza jurídica, técnica y económica la aplicación retroactiva de una ley, y por otra parte que sea aplicable de terceros que no son parte del respectivo procedimiento tarifario.
5.- Reconoce que es avance que la opinión de la comisión de peritos sea vinculante.
5.- CLARO
El señor Peirano, expresó que el proyecto busca cumplir con los siguientes objetivos:
1.- Adelantar término a la larga distancia nacional.
2.- Modificar el título de tarifas:
-Amplía los servicios que provee la empresa eficiente.
-Establece fijación de precios siempre a costo marginal.
-Establece como vinculante la opinión de la comisión de perito.
3.- Aplicación retroactiva del nuevo título de tarifas.
Indicó que el actual programa contempla la eliminación de la larga distancia nacional, previa consulta al Tribunal de Defensa de La Libre Competencia.
El proyecto contempla adelantar su aplicación a Octubre del presente, sin consultar al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
En términos económicos se provoca una migración de ingresos y costos desde un mercado que opera en términos de competencia, prácticamente perfecta (Portadores) a otro dominado o al menos duopólico (compañías telefónicas fijas)
A su juicio implementar estos cambios requiere de:
-Mesas de trabajo industria-regulador.
-Acuerdos técnicos y administrativos.
-Modificación de procedimientos y sistemas de soporte.
-Comunicación y capacitación a usuarios.
Señaló que la actual ley establece que la empresa sujeta a fijación de precios, provee los servicios regulados, que por razones de indivisibilidad tecnológica no puede separar su suministro. Ejemplo: telefonía móvil con banda ancha móvil.
La moción establece que se debe considerar todos los servicios de telecomunicaciones, sean éstos o no provistos por la misma red. Por ejemplo, Telefonía Móvil, Banda Ancha Móvil, Televisión de Pago, Banda Ancha Fija, etc. Estos no sería posible toda vez que, en la actualidad no existen comercialmente redes y tecnologías que de manera única soporten todos los servicios de telecomunicaciones.
Respecto a la fijación de precios a costo marginal advirtió que:
-La actual ley garantiza la recuperación de las inversiones, en todos los escenarios. Luego, en base a este principio, establece la metodología de cálculo de las tarifas de los servicios regulados.
-La moción no garantiza la recuperación de las inversiones, pues antepone la metodología al principio, pues la tarificación a costo marginal no garantiza la recuperación de inversiones en presencia de economías de escala.
Sobre la idea de establecer como vinculante la opinión de la comisión de peritos señaló estar de acuerdo toda vez que la actual ley establece que las discrepancias en la etapa de las bases y de definición de las tarifas, las resuelve en definitiva la Subsecretaría. La moción subsana este desequilibrio, pues le otorga el carácter de vinculante a la opinión que emita la comisión de peritos, tanto en la etapa de controversia a las bases como en la parte de definición de las tarifas. Aquí, al igual que en la etapa de las bases, la comisión debiera remunerarse en partes iguales y del mismo modo en la etapa de las tarifas.
Manifestó respecto a la aplicación retroactiva del nuevo título de tarifas, que el actual estatuto económico del sector ha amparado las cuantiosas inversiones a la fecha realizadas. Los procesos de fijación de tarifas ya están en curso. Se trata de procesos reglados, donde cualquier cambio importa retrotraerlos al inicio.
La retroactividad genera una incerteza jurídica de magnitud, pues significa que al momento de publicada la ley, los nuevos decretos se deben rehacer.
La moción busca tarificar servicios sobre dos principios:
-La existencia de empresas eficientes convergentes.
- o garantizar la recuperación de las inversiones.
El orden lógico es adecuar la regulación para que las empresas avancen en la adopción de redes y tecnologías convergentes, haciendo de la transmisión de datos y los servicios sobre este servicio una realidad, y luego ver si es necesario revisar el título de las tarifas.
IV.-DISCUSIÓN DEL PROYECTO.
A) DISCUSIÓN GENERAL.
Teniendo en vista las consideraciones y argumentos contenidos en las mociones boletines números 8.787-19 y 8.790-15 (refundidas), lo señalado por el señor Subsecretario y los invitados, los señores Diputados fueron de parecer de aprobar la idea de legislar sobre la materia. Se estimó que la tecnología actual no justifica la diferencia entre llamada local y llamada de larga distancia, dado la entrada al mercado de la telefonía sobre Protocolo de Internet (IP). Hoy en día la llamada tiene el mismo costo para el emisor, independiente del lugar en que se encuentre el receptor. No obstante lo anterior, se recordó que la ley dispuso que para efectos de constituir el país en una sola zona primaria se consultara previamente al Tribunal de Defensa de la Libre competencia, verificando si estaban dadas las condiciones de competencia en la telefonía fija en todo el país.
Se consideró adecuado no atender la condicionante anterior, debido al proceso de convergencia tecnológica, la portabilidad total, la sustitución entre servicios y la actual estructura de costos de los operadores. El fenómeno de competencia por el servicio, independiente de la plataforma, está en franca masificación, es decir, en un futuro cercano, lo importante será la voz y no la red por donde ella transite; más aún, lo importante será “comunicarse”.
En este escenario, que generará una competencia total entre todos los actores de la industria, abandonando el antiguo modelo de competencia diferenciada por mercados fijo y móvil, que redundará en menores precios y por consiguiente mayor bienestar social, por cierto que los hechos ya no justifican la subsistencia del servicio de larga distancia nacional.
A lo anterior, se reconoció que deben sumarse modificaciones que permitan dar mayor nitidez a la actualización del proceso de fijación tarifaría, en cuanto a hacerse cargo de la convergencia y cambio en la estructura de costos -que reconozca una disminución en la relación entre los cargos de acceso fijo y móvil- que finalmente redunde en una disminución de tarifas y consolide el proceso de eliminación de la discriminación de tarifas on net/off net.
Por otra parte, finalmente, se recordó que estas mociones vienen a culminar el proceso de terminación del servicio de larga distancia nacional, ya que habiéndose implementado durante el año 2011 en 7 regiones del país, entre las cuales se encuentra la región de Valparaíso, del Maule, de los Lagos, Atacama, Coquimbo, etc., ahora, esta segunda fase, que señalaba que 36 meses después de promulgada la ley, se debía hacer una consulta al tribunal de defensa de la libre competencia -para eliminar la larga distancia nacional en todo el país-, se adelanta por las razones dadas más arriba. A mayor abundamiento, la consulta al tribunal puede retardar entre 3 a 4 años la eliminación de la larga distancia nacional, puesto que es lo que demora en promedio en dictar un fallo.
Puesta en votación general la idea de legislar sobre la materia de que tratan las mociones, se aprueba por unanimidad.
Votaron a favor los diputados señores Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, Ramon Farías, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe.
B) DISCUSIÓN PARTICULAR.
La totalidad de los artículos de las mociones refundidas, fueron objeto de una indicación sustitutiva de la Diputados señores Pedro Pablo Álvarez–Salamanca, Ramón Farías, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique van Rysselberghe, aprobada por unanimidad, que integra en un solo texto lo normado en ambos proyectos.
Votaron a favor los diputados señores Pedro Pablo Álvarez–Salamanca, Ramón Farías, Iván Moreira, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique van Rysselberghe.
Articulo 1°
Este artículo, que adelanta la eliminación de la larga distancia nacional en algunos meses, estableciendo una sola zona primaria y elimina la consulta al Tribunal de la Libre Competencia, fue aprobado por asentimiento unánime.
Votaron a favor los diputados señores Juan Luis Castro ( presidente ), Roberto Delmastro, Ramón Farías, Alberto Robles, Víctor Torres y Enrique van Rysselberghe.
Artículo 2°
Este artículo, que adecua el articulado eliminando toda referencia a la larga distancia nacional, fue aprobado por asentimiento unánime.
Votaron a favor los diputados señores Juan Luis Castro ( presidente ), Roberto Delmastro, Ramón Farías, Ivan Moreira, Alberto Robles y Enrique Van Rysselberghe.
Artículo 3°
Este artículo, que establece el periodo de entrada en vigencia de la ley, fue aprobado por asentimiento unánime.
Votaron a favor los diputados señores Juan Luis Castro ( presidente ), Roberto Delmastro, Ramón Farías, Ivan Moreira, Alberto Robles y Enrique van Rysselberghe.
Artículo transitorio
Este artículo, que regula los procesos tarifarios que estuvieren vigentes una vez vigente esta ley, fue aprobado por asentimiento unánime.
Votaron a favor los diputados señores Juan Luis Castro ( presidente ), Roberto Delmastro, Ramón Farías, Ivan Moreira, Alberto Robles y Enrique van Rysselberghe.
-o-
C) ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.
Los artículos de las mociones refundidas fueron rechazados. Su texto se transcribe a continuación:
1.- Moción que establece la “Meta todo Chile” a llamada local. Boletín N° 8787-19.
Artículo 1°.- Sustitúyase el inciso segundo del artículo 4° transitorio, de la ley N°19.302, por el siguiente:
A partir de los 180 días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica.
Artículo 2°.- Modifíquese la Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en los siguientes artículos:
a) En el artículo 3° letra e), después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional.
b) En el artículo 24° bis:
- En el inciso primero, suprímase “, nacional e” y después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional”.
- En el inciso segundo, después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional”.
-En el inciso tercero, suprímase “, nacional o”.
-En el inciso cuatro, después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional”.
-En el inciso quinto, después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional”.
-En el inciso sexto, después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional”.
-En el inciso séptimo, suprímase “, nacional e”.
-En el inciso octavo, después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional”.
-En el inciso noveno, después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional”.
-En el inciso décimo, después de “larga distancia”, las dos veces en las que aparece incorpórese la palabra “internacional”.
c) En el artículo 26°:
-Suprímase el inciso segundo.
-En el inciso tercero, después de “larga distancia” incorpórese la palabra “internacional” y sustitúyase la frase “nacionales e internacionales” por la palabra “internacional”. Suprímase el inciso cuarto.
-En el inciso quinto, suprímase la frase “y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo”.
-En el inciso final, sustitúyase “que exceda una zona primaria” por “que exceda el territorio nacional” e intercálese entre “distancia” y “para” la palabra internacional”.
d) En el artículo 29°, inciso segundo, suprímase “nacional e”.
e) En el artículo 30° A, sustitúyase “sólo los servicios sujetos a fijación tarifaria”, por “servicios de telecomunicaciones” y elimínese la frase “sujetos a regulación tarifaria”.
f) En el artículo 30° C:
-En el inciso primero, suprímase “concesionarias”.
-En el inciso segundo, sustitúyase la frase “sujetos a regulación tarifaria” por “definidos conforme al inciso cuarto del artículo 30 I del presente Título”.
g) En el artículo 30° E:
-En el inciso segundo, agréguese “De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 30°, para el cálculo de los cargos de acceso siempre se utilizará la tarifa eficiente, sin importar la red de origen ni destino”.
h) Deróguese el artículo 30°G.
i) En el inciso segundo del artículo 30 I, agréguese a continuación de “opinión” la primera vez en la que aparece, la palabra “vinculante” y sustitúyase la expresión: “resolverá en definitiva respecto de” por “ aprobará”.
J) En el artículo 30°J:
-En el inciso primero, sustitúyase “serán” por “podrán ser”, intercálese entre “Subsecretaría de Telecomunicaciones” y “antes de los 180 días”, reemplazando la coma que las separa por un punto seguido, lo siguiente:
“Mediante oficio de notificación, las concesionarias deberán informar a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, 420 días previos al vencimiento del quinquenio respectivo, su confirmación de participación en el proceso de envío del estudio antes mencionado. Tal estudio deberá ser enviado”; elimínese la frase “acompañando copia del estudio antes mencionado y otros antecedentes que considere pertinentes.”;
-Intercálese entre “pronunciarse sobre ellas,” y “dicha Subsecretaría” la frase “mediante un informe evacuado” y sustitúyase “a través de” por la palabra “por”;
-Agréguese al final del inciso: “En caso que una concesionaria, de acuerdo a lo anteriormente estipulado, no participe en el proceso, los Ministerios podrán establecer como tarifas definitivas para dicha empresa aquéllas que resulten del proceso tarifario de otra concesionaria y que sean establecidas en un respectivo decreto tarifario.”
-En el inciso segundo, agréguese a continuación de “informe” la palabra “vinculante” y elimínese la expresión “resolverán en definitiva y”
-Agréguese el siguiente inciso tercero, pasando el actual inciso tercero a ser inciso cuarto:
“En aquellos casos que por razones de evolución del mercado, estructura de costos y de inteligibilidad de las tarifas, exista mérito para establecer tarifas que apliquen a un determinado conjunto de concesionarias, los Ministerios podrán dictar un solo decreto que aplique a dicho conjunto de concesionarias, y el proceso de fijación tarifaria se ajustará en lo pertinente.”
Artículo Transitorio: Para efectos de la implementación de las modificaciones incorporadas en la presente Ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24° de la Ley General de Telecomunicaciones.
Si concurre lo estipulado en el inciso tercero del artículo 30°J, y se encuentran vigentes decretos tarifarios de concesionarias a las cuales aplicaría dicho inciso, se irán adecuando a la nueva fijación tarifaria a medida que sus decretos expiren.
Respecto de aquellos decretos cuya vigencia se haya extendido por sobre el quinquenio correspondiente, a causa del plan citado en el inciso siguiente, conforme al artículo 30°, no resultarán aplicables las reglas sobre reliquidación contenidas en el inciso sexto del artículo 30° J.
La Subsecretaría establecerá, mediante normativa técnica, el cronograma que especifique el plan de modificación de los procesos establecidos en la presente Ley.
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, debiendo ajustarse a ésta los procesos tarifarios que a dicha fecha se encontraren en curso.
2.- Moción que modifica la Ley General de telecomunicaciones, para terminar con la larga distancia nacional y hacer convergentes los cargos de acceso del servicio público telefónico. Boletín N° 8.790-15
Artículo 1°.- Modifícase el inciso primero del artículo 4° transitorio, de la ley N°19.302 modificado por la Ley N° 20.476 en el siguiente sentido:
a) Reemplázase “se divide en trece zonas primarias. Estas zonas corresponden a las existentes actualmente, según el Plan Técnico Fundamental de Encaminamiento Telefónico vigente, con excepción de las zonas primarias de Copiapó, La Serena y Ovalle, que se fusionan; de Quillota, Valparaíso, Los Andes y San Antonio, que se fusionan; de Talca, Linares y Curicó, que se fusionan; de Chillán, Concepción y Los Angeles, que se fusionan; y de Valdivia, Osomo y Puerto Montt, que también se fusionan.” por “será una sola zona primaria”.
b) Reemplácese el inciso segundo, por el que sigue: “Lo dispuesto en el inciso anterior se implementará dentro del plazo de 90 días contados desde la entrada en vigencia del presente artículo en la forma y condiciones que fije la normativa técnica que al efecto dicte la Subsecretaría de Telecomunicaciones.”
Artículo 2°.- Modifíquese la Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en el siguiente sentido:
a) En los artículos 3° letra e), 24 bis, 26 y 29 elimínese la referencia a la larga distancia nacional, permaneciendo sólo la referencia a la larga distancia internacional.
b) En el artículo 26°, suprímase los incisos segundo y cuarto del artículo 26”; elimínesela expresión “y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo” de su inciso quinto y reemplácese “que exceda una zona primaria” por “hacia fuera del país o desde el extranjero”.
c) En el artículo 30° A, reemplácese “sólo los servicios sujetos a fijación tarifaría”, por “los servicios señalados en el artículo 3° de la presente ley” y reemplácese la frase “los servicios de telecomunicaciones sujetos a regulación tarifarla” por “dichos servicios”.
d) En el artículo 30°C inciso primero, reemplácese “concesionarias” por “que presten los servicios señalados en el artículo 30°A” y reemplácese “sujetos a regulación tarifada” por “definidos en las correspondientes bases técnico económicas”.
e) Deróguese el artículo 30°G.
f) En el artículo 30°J, inciso primero, sustitúyase “respectivas” por “que notifiquen a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, con una anticipación no menor a 420 días previos al vencimiento del quinquenio respectivo, su participación en el proceso de envío del estudio a que se refiere el artículo anterior,”; agréguese al final del mismo inciso la frase: “Las tarifas para una concesionaria podrán establecerse como tarifas definitivas para las concesionarias que no hubieren confirmado su participación en el proceso de envío de estudio, debiendo fundamentarse esta decisión.”; reemplácese el inciso final por el que sigue:
“Los Ministerios podrán definir la aplicación de una o más tarifas determinadas conforme al presente artículo a otra concesionaria que no hubiere iniciado el respectivo proceso en caso que los criterios técnicos utilizados para la fijación tarifaria que se respectiva así lo justifique” .
Artículo 3°.- La presente ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.
Artículo transitorio: Los procesos tarifarios que a la fecha de la publicación de la presente ley no se encontraren finalizados deberán sujetarse a ésta, pudiendo a consecuencia de lo anterior, extenderse la vigencia de los decretos tarifados anteriores más allá del respectivo quinquenio. En este último caso, no será aplicable la reliquidación establecida en el inciso sexto del artículo 30° J.
La Subsecretaría mediante la correspondiente norma técnica establecerá la forma y cronograma para la implementación de lo señalado en el presente artículo.
La aplicación de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 30°J se verificará a medida que los respectivos decretos tarifarios que les fueren aplicables expiren.
D) INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.
No hubo.
-o-
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las otras consideraciones que en su oportunidad dará a conocer la señora Diputada Informante , la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1°.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 4° transitorio de la ley N°19.302, por el siguiente:
“A partir de los 120 días de la entrada en vigencia de esta norma, y para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se constituirá en una zona primaria, en la forma y progresión que la Subsecretaría de Telecomunicaciones defina mediante la correspondiente norma técnica, proceso que en todo caso deberá concluir en el plazo máximo de 180 días. Para efectos de la implementación de lo señalado en esta ley, no se considerará el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 24 de la ley N° 18.168.”.
Artículo 2°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones:
a) En el artículo 3°, letra e), después de las palabras “larga distancia” agrégase la palabra “internacional”.
b) En el artículo 24 bis:
i.- En el inciso primero, suprímanse los vocablos “, nacional e” y después de las palabras “larga distancia”, en la segunda vez que aparece, incorpórase la palabra “internacional”.
ii.- En el inciso segundo, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.
iii.- En el inciso tercero, suprímanse los vocablos “, nacional o”.
iv.- En el inciso cuarto, después de las palabras “, larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.
v.- En el inciso quinto, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.
vi.- En el inciso sexto, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.
vii.- En el inciso séptimo, suprímanse los vocablos “, nacional e”.
viii.- En el inciso octavo, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.
ix.- En el inciso noveno, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”.
x.- En el inciso décimo, después de las palabras “larga distancia”, las dos veces en las que aparece, incorpórase la palabra “internacional”.
c) En el artículo 26°:
i.- Suprímanse los incisos segundo y cuarto.
ii.- En el inciso tercero, después de las palabras “larga distancia” incorpórase la palabra “internacional”, y sustitúyense los vocablos “nacionales e internacionales” por la palabra “internacional”.
iii.- En el inciso quinto, reemplázase la coma después de la palabra “permiso” por la letra “y”, y elimínase la expresión “y sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo de este artículo”.
iv.- En el inciso final reemplázase la frase “que exceda una zona primaria” por “que exceda el territorio nacional”, e intercálase entre la palabra “distancia” y la preposición “para” la palabra “internacional”.
d) En el artículo 29°, inciso segundo, suprímense los vocablos “nacional e”.
e) En el artículo 30° A, reemplázase la frase “sólo los servicios sujetos a fijación tarifaría”, por “los servicios señalados en el artículo 3° de la presente ley”, y reemplázase la frase “los servicios de telecomunicaciones sujetos a regulación tarifaria” por “tales servicios”.
f) En el artículo 30°C, inciso primero, reemplázase la palabra “concesionarias” por la frase “que presten los servicios señalados en el artículo 30°A”, y en el inciso segundo reemplázase la frase “sujetos a regulación tarifaria” por “definidos en las correspondientes bases técnico económicas conforme al inciso cuarto del artículo 30 I del presente Título”.
g) En el artículo 30 F, inciso segundo, agrégase la siguiente frase, después del punto seguido que está a continuación de la palabra “autofinanciamiento”: “En el caso de los cargos de acceso, las tarifas definitivas sólo podrán incrementarse más allá de su nivel eficiente, cuando concurran razones económicas fundadas que así lo justifiquen.” y reemplázase el vocablo “Los” por “En todos los casos, los”.
h) Derógase el artículo 30° G.
i) En el artículo 30° I:
i.- En el inciso segundo, agrégase a continuación de la palabra “opinión”, la primera vez en la que aparece, la palabra “vinculante”, sustítúyese las palabras “y el tercero” por las palabras “y uno”; agrégase después de la palabra “acuerdo” la frase “y dos por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia”, y sustitúyese la expresión: “resolverá en definitiva respecto de” por “dictará”.
ii.- En el inciso cuarto, antes del punto aparte, agrégase la frase “Además, en aquellos casos que por razones de evolución del mercado, estructura de costos y de inteligibilidad de las tarifas exista mérito para establecer tarifas que apliquen a un determinado conjunto de concesionarias, las bases indicarán tal circunstancia y todas las concesionarias incorporadas se someterán a un mismo procedimiento.”.
j) En el artículo 30°J:
i.- En su inciso primero, reemplázanse las palabras “la empresa concesionaria respectiva” por la frase “las empresas concesionarias respectivas que hubieren informado por escrito a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, con una anticipación no menor a 420 días previos al vencimiento del quinquenio respectivo, su participación en el proceso de envío del estudio a que se refiere el artículo anterior. La propuesta se formulará”.
ii.- En el inciso segundo, agrégase a continuación de la palabra “informe” la palabra “vinculante”, y elimínase la expresión “resolverán en definitiva y”.
iii.- Reemplázase el inciso final por el siguiente: “Los ministerios podrán definir la aplicación de una o más tarifas determinadas conforme al presente artículo a otra concesionaria que no hubiere iniciado el respectivo proceso en caso que los criterios técnicos utilizados para la fijación tarifaria que se respectiva así lo justifiquen, previo informe de la Subsecretaría.”.
Artículo 3°.- Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Con todo, las normas contenidas en ella que eliminan de la ley N° 18.168 la larga distancia nacional comenzarán a regir una vez que el país esté constituido en una zona primaria, conforme a lo establecido en el artículo primero de esta ley.
Artículo Transitorio
Si concurre lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 30°I, y se encontraren vigentes decretos tarifarios de concesionarias a las cuales aplicaría dicho inciso, éstas se irán adecuando a la nueva fijación tarifaria a medida que sus decretos expiren. Si, por el contrario, por aplicación del mismo inciso, se extendiere por parte de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Turismo la vigencia de decretos tarifarios más allá del quinquenio correspondiente con el objeto que las nuevas tarifas comiencen a regir para todas las concesionarias involucradas de manera simultánea, no resultarán aplicable las reglas sobre reliquidación.”.”.
Sala de la Comisión, a 22 de Mayo de 2013.
Tratado y acordado en sesiones de fecha 23 de enero, 6, 13 y 20 de marzo, 8 y 15 de mayo de 2013, con asistencia de la Diputada señora Maria Antonieta Saa y de los diputados señores Pedro Pablo Alvarez–Salamanca, Germán Becker, Juan Luis Castro ( Presidente ), Roberto Delmastro, Ramón Farías, Hugo Gutiérrez, Iván Moreira, Alberto Robles, René Saffirio, Víctor Torres, Ignacio Urrutia y Enrique Van Rysselberghe
El Diputado señor Marcos Espinoza, remplazó en una sesión al Diputado señor Alberto Robles.
(Fdo.): ROBERTO FUENTES INNOCENTI, Secretario de la Comisión”.
10. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados González, Accorsi, Baltolu, Carmona, Jiménez, Saffirio, y de las diputadas señoras Goic, doña Carolina; Muñoz, doña Adriana y Vidal, doña Ximena.
Modifica el Código del Trabajo, en relación al inicio y término de la jornada laboral en caso de necesidad de cambio de vestuario de los trabajadores. (boletín N° 8959-13)
Considerando:
1° Que fruto del desarrollo económico y social del país es necesario ir generando marcos normativos aún más protectores de los derechos de los trabajadores, evitando no solo el abuso o las malas prácticas patronales sino que además un ordenamiento jurídico que deje poco margen a la discrecionalidad administrativa de los órganos fiscalizadores y normativos llamados a interpretar la ley laboral.
2° Que un caso de conflicto entre trabajadores y empleadores, especialmente del área industrial, y en concreto, en el caso de empresas de faenas o procesos continuos, es el referido al cómputo de las horas de inicio y término de la jornada laboral, cuando el trabajador fruto de la naturaleza de sus funciones debe efectuar cambios de vestuario o colocación de implementos de seguridad personal.
Ante la falta de regulación legal, algunas empresas por la vía de los contratos individuales o incluso a través de sus reglamentos internos, han establecido que ese tiempo o no se imputa a la jornada o se imputa pero con una rebaja del valor de la remuneración, lo cual sin duda lesiona los derechos de los trabajadores, los cuales en la práctica no tienen los instrumentos legales adecuados para una pronta y adecuada resolución de estos conflictos, cuya fuente está en un déficit normativo imputable por cierto a los poderes públicos colegisladores.
Si esta iniciativa legal es necesaria, es precisamente por la insistencia de los empleadores a negarse a computar como hora trabajada la destinada a cambio de vestuario y de fijación de equipos de seguridad y/o su pretensión de pagarlas como horas ordinarias en circunstancias que computándoselas como en derecho corresponde suponen en los hechos horas extraordinarias pues exceden la jornada ordinaria.
3° Que sobre el particular la Dirección del Trabajo ha emitido varios dictámenes. Cabe tener presente que la doctrina vigente de este Servicio acerca de esta materia. La doctrina del servicio ha sido fijada en el Ordinario N° 2936/225 del año 2000, que estableció que “el tiempo destinado a las actividades de cambio de vestuario, uso de elementos de protección y/o aseo personal constituye jornada de trabajo cuando el desarrollo de la labor convenida requiera necesariamente la realización de las mismas por razones de higiene y seguridad independientemente de si ellas se encuentran consignadas como obligaciones del trabajador en el respectivo reglamento interno”.
De esta manera, obliga al empleador a imputar a la jornada laboral estas actividades que se consideran inseparables de los procesos productivos de la firma, en la medida en que el trabajador no puede sino que destinar ese espacio de tiempo para una actividad que cede única y exclusivamente a favor e interés de su empleador.
Es más, estas horas destinadas al cambio de vestuario, generan un exceso de tiempo en relación a la jornada ordinaria, razón por la cual deben ser pagadas como horas extraordinarias con el recargo legal del cincuenta por ciento en su valor.
Sin embargo, este Dictamen del 2000, amplió incluso la protección más allá de los casos en que el cambio de vestuario es por razones esencialmente productivas de higiene y seguridad e incluyó la hipótesis del cambio de vestuario cuando éste es exigido por el empleador “por razones de imagen corporativa, atención al público, requerimiento de clientes o por otras similares, consignadas en el citado reglamento.
Este criterio del Dictamen precedentemente citado, ha sido luego replicado en varios otros pronunciamientos, entre otros, el Dictamen N° 2243/107, del año 2001, que buscó regular el caso de las denominadas casas de cambio, esto es dependencias de la empresa anexas o ajenas a la faena en donde los trabajadores son trasladados exclusivamente para cambiarse vestuario e instalar los dispositivos de seguridad personal.
Otro tanto hizo el Dictamen N° 5097/191, del año 2004, que establece perentoriamente la forma en que debe verificarse el control de ingreso a la jornada, indicando que éste debe ser previo al cambio de vestuario de los trabajadores cuando es por cuestiones de higiene o seguridad, de manera que efectivamente se produzca la imputación al tiempo de la jornada ordinaria de trabajo.
4° Que los abajo suscritos proponemos recoger la doctrina de la Dirección del Trabajo contenida en su Dictamen 2936 del año 2000, modificando al efecto el artículo 21 del Código del Trabajo, agregándole un inciso tercero que la recoja en su esencialidad, que indique que siempre el tiempo destinado a cambio de vestuario por razones de higiene y seguridad será parte integrante de la jornada laboral y por tanto remunerada íntegramente. Pero más aún queremos establecer un derecho mínimo de los trabajadores, para que no existan dudas al respecto, lo que hacemos al indicar que este lapso de tiempo de cambio de vestuario al menos debe ser de media hora al inicio y al término de la jornada.
Al plantearse como derecho mínimo cabe la posibilidad que por la vía reglamentaria o incluso por la vía contractual, sea individual o colectiva el lapso de tiempo pueda ser mayor, pues las operaciones en áreas industriales muy peligrosas de cambio de vestuario y fijación de sistemas de seguridad tome incluso mayor tiempo.
Lo importante, es que la ley fije al menos ese mínimo, pues de lo contrario se deja siempre abierta la puerta ala arbitrariedad y al abuso patronal, que se muestra refractario a otorgar en general un tiempo razonable e idóneo para que los trabajadores queden en situación de plena disposición para el inicio de las operaciones productivas.
Por tanto:
Los parlamentarios que suscriben vienen en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO PRIMERO.- Agréguese el siguiente inciso tercero al Artículo 21 del Código del Trabajo.
“Con todo, el tiempo destinado al cambio de vestuario, uso de elementos de protección y/o aseo personal constituirá jornada extraordinaria de trabajo cuando el desarrollo de la labor convenida requiera necesariamente la realización de las mismas por razones de higiene y seguridad, imagen corporativa /atención al público, requerimiento de clientes u otras relacionadas con el carácter de la labor exigida al trabajador(a). Este tiempo no será inferior en ningún caso a media hora, sin perjuicio de lo que pueda establecer el Reglamento de conformidad a lo dispuesto en el Título III del Capítulo III de este Código”
El pago del tiempo destinado a cambio de vestuario será pagado de conformidad al Artículo 30 de este Código, si su aplicación hace que se supere el límite de las horas de la jornada ordinaria de trabajo”.
11. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Espinosa, don Marcos; Alinco, Carmona, Jarpa, Lemus, Meza; Pérez, don José; Walker, y de la diputada señora Muñoz, doña Adriana.
Modifica el Código de Aguas y otros cuerpos legales respecto del uso de las aguas subterráneas”. (boletín N° 8960-33)
“Considerandos
1.- La Constitución Política de la República establece en su artículo 1° que: “El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta constitución establece”; y más aún, el artículo 19 N° 9 de la Carta Fundamental asegura a todas las personas el derecho a la protección de la salud y el 19 N° 8 el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, en este mismo precepto se señala además que es deber del estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.
2.- Este marco de resguardo a la persona humana en su conjunto y de preservación a la naturaleza está íntimamente ligado con el actual problema que existe en Chile sobre escasez hídrica.
3.- Según estudios comprados, a nivel mundial existe una disponibilidad de 330.000 m3 al año por kilómetro cuadrado, cifra que no es definitiva pues está sujeta a los cambios climáticos que presenta nuestro planeta, como el acelerado derretimiento de los glaciares en el ártico y la ausencia de precipitaciones en estado líquido (lluvia). En Chile las cifras indican que la disponibilidad hídrica es de 1.226.000 m3 al año por kilómetro cuadrado. No obstante, esta, supuesta abundancia, también es relativa debido a una serie de problemas detectados, los que dicen relación principalmente con dos factores.
4. El primer factor es la distribución. La disponibilidad de agua se distribuye de manera desigual a lo largo del país. Los habitantes de la Región O 'Higgins hacia el sur, disponen de una mayor cantidad que el promedio mundial, mientras que aquellos que viven entre las regiones Arica y Parinacota y Metropolitana cuentan con sólo 1.000 m3/año/hab, cifra considerada muy baja y preocupante también, debido a que en esta zona habita el 61% de la población.
5.- El segundo factor está relacionado con la demanda del agua, la cual aumenta precisamente en aquellas áreas en que su disponibilidad relativa es extremadamente baja (entre las regiones de Aldea y Parinacota y Metropolitana), originando una fuerte disputa entre los sectores de agua potable, minero y agrícola.
6... Este último punto es particularmente preocupante en las regiones del Norte, principalmente de Antofagasta y Atacama, regiones preponderantemente mineras, cuya relación entre esta actividad económica y el uso de las aguas pugna con el desarrollo de otras actividades como la agricultura y la ganadería ovina, e incluso con el consumo humano.
7.- Lo anterior se debe a la mecánica utilizada por las empresas mineras para el uso de las aguas, autorizada por el propio Código de Minería. Dicho cuerpo normativo establece que el titular de una concesión minera tiene, por el solo ministerio de la ley, el derecho de aprovechamiento de las aguas halladas en las labores de su concesión, en la medida en que tales aguas sean necesarias para los trabajos de exploración, de explotación y de beneficio que pueda realizar, según la especie de concesión de que se trate. Estos derechos son inseparables de la concesión minera y se extinguirán con ésta. Disposición similar existe actualmente en la ley N° 19.657 sobre Concesiones de Energía Geotérmica. No obstante estas normas no son el peor mal la propia Constitución Política en su artículo 19 N° 24 señala que los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos.
8.- Además de lo antes dicho, cabe mencionar que según la Dirección General de Aguas (DGA), el consumo anual en Chile llega a 37,5 m31s, lo que significa 288 litros por habitante al día. Al 2050 se cree que habrá 21 millones de habitantes, lo que implicará una demanda de unos 80m31s, esto es, el doble que hoy. Tomando en consideración este dato es preciso puntualizar que gran parte del agua en las regiones del norte ya está usada, pues según las estadísticas de la DGA, los recursos hídricos en esta zona están casi todos utilizados. Sólo quedan disponibles ciertos derechos de aprovechamiento eventuales (excedentes por aumento del caudal), que ya están siendo otorgados indiscriminadamente a privados, sin resguardos ni protección de las cuencas; otros sobre aguas subterráneas, utilizadas ya por empresas mineras; y algunos para hidroeléctricas, que notablemente son necesarias para nuestra generación de energía, pero que pugnan con el medioambiente local.
9.- Para mayor ahondamiento y mayor preocupación sobre el particular, la Corte Suprema en fallo Rol 4914-11 sobre Casación en el Fondo reafirmó que labores que se realicen en virtud de una concesión de exploración o explotación minera, no deben contar con autorización previa de la autoridad encargada de velar por el correcto uso de las aguas (DGA), pues se encuentra dentro de la garantía, y plus, que reconoce la propia Constitución y demás cuerpos legales, como ya mencionabamos, de la concesión la cual incluye por el solo ministerio de la ley el derecho de aprovechamiento de las aguas halladas.
10.- Aún cuando legalmente la sentencias de los tribunales de justicia en Chile tienen un efecto relativo que implica que sus consecuencias afectan solo a las partes involucradas, en la práctica un dictamen como este se traduce en un pésimo precedente para casos futuros donde independiente que exista una concesión otorgada legalmente, existe un aprovechamiento desmedido de las aguas subterráneas que afectan de sobremanera el desarrollo de otras actividades productivas (agricultura, ganadería), y de la vida rural y urbana, y aumentan la escasez hídrica de las regiones más afectadas e incluso a los legítimos derechos de las comunidades indígenas de la zona.
11.- En base a lo ya mencionado, es que se postula el presente proyecto de ley, independiente de las modificaciones que puedan hacerse a la propia Constitución Política, con la finalidad de eliminar la íntima vinculación que existe entre las concesiones de exploración y explotación de recursos naturales (mineras y de geotermia) con el uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas halladas durante el ejercicio de actividades de la concesión. La idea además es asegurar el correcto uso de los derechos de aprovechamiento de aguas otorgados por la DGA e incorporar a los comités de agua potable rural, comités de riego y asociaciones de regantes, como titulares hábiles de ejercer derechos de aprovechamiento de aguas.
12.- Por lo anterior, y en mérito de lo expuesto, se hace presente el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°: Modifíquese el Código de Aguas en el siguiente sentido:
1. Reemplácese el artículo 5° por el siguiente:
“El Estado podrá otorgar a los particulares el derecho de aprovechamiento de las aguas para los siguientes usos: a) Agua potable para consumo humano; b) Producción de alimentos; c) Saneamiento; d) Bebida animal; e) Conservación de los ecosistemas; f) Turísticos y recreacionales.
El orden establecido precedentemente se entiende como un orden de prelación, salvo en aquellas áreas silvestres protegidas por el Estado o sitios prioritarios para la conservación de la biodiversidad, en que el uso preferente será la conservación de los ecosistemas.
El Estado deberá garantizar el acceso a la función productiva de cada uno de los usos de aguas permitidos, en conformidad a las disposiciones del presente Código”.
2. Agréguese el siguiente artículo 5° bis 2, nuevo:
“Si el titular de una concesión de uso utiliza las aguas para un fin diverso para el que ha sido otorgada, o permite que a cualquier título otra persona utilice las aguas involucradas en su concesión, caducará su concesión por el solo ministerio de la ley”.
3. Agréguese en el artículo 56 el siguiente inciso segundo nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero:
“El mismo derecho, en iguales condiciones, podrán ejercer los comités de agua potable rural, los comités de riego y las asociaciones de regantes, para hacer uso de aguas subterráneas destinada a consumo humano y para riego respectivamente, la que podrán extraer de pozos cavados en el suelo propio de la organización, de alguno de los integrantes de ella, o de un tercero, pero en los últimos dos casos con una servidumbre o usufructo que les faculte para ello. El derecho de aprovechamiento de aguas se entenderá constituido por el solo ministerio de la ley (...)”.
4. Reemplácese el inciso tercero del artículo 56 (actual inciso segundo) por el siguiente:
“Los dueños de pertenencias mineras y de concesiones de energía geotérmica deberán informar a la autoridad sobre las aguas halladas dentro del territorio de ellas, en el plazo de seis meses a contar del alumbramiento, y solicitar la concesión de uso temporal de dichas aguas en caso de requerir su uso para la explotación de la pertenencia minera o la concesión de energía geotérmica según corresponda.
La solicitud para el otorgamiento de las concesiones de uso temporal, se sujetarán en lo aplicable, al procedimiento contenido en el Párrafo del Título del Libro Segundo del presente Código”.
Artículo 2°: Modifíquese el Código de Minería en el siguiente sentido:
1. Reemplácese el artículo 110 del Código de Minería por el siguiente:
“Artículo 110. El uso de las aguas necesarias para explorar, explotar o beneficiar sustancias minerales se sujetará a las disposiciones del Código de Aguas y demás leyes aplicables”.
2. Deróguese el artículo 111
Artículo 3°: Modifíquese la Ley N° 19.657 sobre Concesiones de Energía Geotérmica
1. Reemplácese el artículo 27 por el siguiente:
“El uso de las aguas necesarias para explotar la concesión de energía geotérmica se sujetará a las disposiciones del Código de Aguas y demás leyes aplicables”.
12. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Meza, Ascencio, Campos; Espinosa, don Marcos; García, don René Manuel; Jarpa, Monsalve, Montes; Pérez, don José y Robles.
Mejora las condiciones de seguridad en las instalaciones eléctricas en domicilios particulares. (boletín N° 8961-08)
“Considerando:
La evolución de la Industria Eléctrica ha traído consigo grandes satisfacciones al Ser Humano que, como tal, ha sabido aprovechar esta forma de energía en múltiples utilidades. Estos grandes avances son fruto del esfuerzo y vida de muchas personas desde científicos, ingenieros, técnicos y hasta el usuario común y corriente que ha aprendido su mejor uso. La seguridad de una instalación eléctrica desde los criterios de diseño hasta su puesta en utilización es materia fundamental para evitar accidentes.
En más de una ocasión hemos sido espectadores a través de la prensa de gravísimos incendios ocasionados por las malas condiciones de las instalaciones eléctricas, tanto en viviendas de particulares, como en edificios históricos como el recientemente sucedido en el Mercado Central de Concepción.
Si bien, siempre serán importantes las pérdidas materiales, por cuanto muchas veces son el esfuerzo de toda una vida; en un incendio no sólo podemos sufrir daños materiales, sino lesiones en personas y hasta la pérdida de algún ser querido; y todo esto por descuido o por no darle la importancia que tiene el sistema eléctrico en el hogar.
Las consecuencias del paso de la corriente por el cuerpo pueden ocasionar desde lesiones físicas secundarias (golpes, caídas, etc.), hasta la muerte por fibrilación ventricular, y todo por la negligencia propia del usuario o por la responsabilidad de una empresa de distribución eléctrica que nunca verifico el estado de la instalación eléctrica de un domicilio particular.
Estadísticas de la Junta Nacional de Bomberos de Chile establecen que entre las causas de incendios estructurales más citadas en los informes de investigación de Bomberos en nuestro país se encuentra el ''accidente eléctrico, término general que no siempre es bien reconocido y aplicado, pero que siempre apunta a algún tipo de fallo en la instalación eléctrica que puede provenir desde el empalme, hasta algún enchufe en mal estado.
Actualmente la Ley General de Servicios Eléctricos establece en su artículo 139 que la responsabilidad del estado de las instalaciones eléctricas recae sobre el usuario particular, estableciendo multas en caso de encontrarse en mal estado, sin embargo consideramos que el peso de dicha responsabilidad debiera recaer en la concesionaria del servicio público por cuanto debiera ser obligatorio para ésta hacer una revisión, a lo menos anual, de toda la instalación eléctrica particular, sin necesidad de reparar las fallas, pero sí de recomendar la reparación de las mismas.
Este proyecto de ley busca mejorar la seguridad de todas las viviendas de nuestro país, mediante el establecimiento de la obligatoriedad para la empresa concesionaria del servicio eléctrico de revisar de forma anual y sin costo para el usuario de las instalaciones eléctricas, desde el empalme hasta la última caja de derivación, a fin de detectar fallas y recomendar la reparación de las mismas.
Por todo lo antes mencionado, en suma, venimos a presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY.
Artículo Único: Modifíquese el artículo 139 de la Ley General de Servicios Eléctricos agregando un nuevo inciso tercero, pasando el actual a ser inciso cuarto y final, como sigue:
“No obstante lo anterior, será obligación para el concesionario efectuar una revisión técnica anual a las instalaciones de energía eléctrica de uso privado, sin costo para el usuario, que contemple la revisión de toda la instalación de la vivienda desde el empalme hasta la última caja de derivación, pasando por los conductores y cargas de consumo”.
13. Proyecto iniciado en moción de los señores diputados Montes, Araya, Jiménez, Latorre, Saffirio, Teillier, y de las diputadas señoras Muñoz, doña Adriana y Pascal, doña Denise.
Establece reserva de suelo urbano para vivienda social. (boletín N° 8962-14)
“Vistos.
Lo dispuesto en los artículo 12, 192 y 532 de la Constitución Política de la República, en las leyes 17.235, 20.033 y 20.280 y en el D.F.L. 458 de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Considerando:
1.- Que diversas opiniones especializadas coinciden en que en nuestro país existe una gran especulación respecto del suelo urbano y una muy deficiente regulación sobre la materia. La liberalización de este bien escaso aplicada a partir de los '80 ha generado, a la larga, problemas graves tanto en el propio mercado inmobiliario como en el desarrollo de las ciudades.
2.- Que como respuesta a esta situación, el sector inmobiliario acusa escasez de terrenos, presionando la expansión del radio urbano en todos los grandes centros poblados. Se sostiene que no hacerlo reduce la oferta y presiona al alza los precios, tanto de ventas como de arriendos.
3.- Que el análisis anterior parte de supuestos que se explican en la mencionada lógica de mercado que impera en nuestro país en materia de suelo urbano, pero que pueden ser rebatidos considerando experiencia internacional.
A nuestro juicio, lo que se agotó, más que los terrenos, es un modelo de negocios inmobiliarios basado en la urbanización de terrenos de bajo valor alejados de los centros urbanos en que la plusvalía es absorbida íntegramente por privados mientras el Estado se hace cargo de las externalidades.
Se agotó, asimismo, en lo urbano, un modelo de construir ciudad segregada, desigual, desordenada y sin escala humana como resultado de un esquema institucional con primacía del mercado y carente de un rol público decidido para frenar la especulación de suelo urbano, asegurar la satisfacción de las necesidades habitacionales y desarrollar urbes más armónicas.
4.- Que modificar la lógica expuesta y apuntar hacia los objetivos señalados precedentemente requiere transformaciones profundas en nuestra institucionalidad y normativa, al menos en los siguientes aspectos:
Fortalecer el rol público en la gestión de suelo urbano. En otros países existen entes estatales que se dedican específicamente a la urbanización. Se trata, por esa vía de compartir beneficios con el sector privado, al tiempo de permitir una mejor planificación urbana. En Chile, Serviu cumplió históricamente este rol, pero ha dejado de hacerlo, en tanto los programas de vivienda social y la regulación respectiva, como el D.S. 49, han privilegiado el trato directo entre los interesados y los particulares.
No contar con un organismo público aumenta el riesgo de especulación y traslada a los privados, en forma exclusiva, la plusvalía de la urbanización, dejando, como se dijo, al Estado asumir [os costos de dotar a los nuevos barrios de recintos educacionales, sanitarios, policiales, conectividad vial y transporte público.
En este sentido, en Noviembre de 2012, junto a la diputada Vidal y a los diputados Accorsi, Andrade, Burgos, Harboe, Jiménez, Teillier y Walker presentamos una Reforma Constitucional, que establece el derecho a acceder a una vivienda digna. (Boletín N° 8701-07). Dicha iniciativa obliga a la normativa sectorial a velar por un uso eficiente y no especulativo del suelo, especialmente urbano.
Asegurar terrenos para satisfacer la demanda habitacional. Como se señaló, la actual normativa favorece el desarrollo inmobiliario sin cautelar adecuadamente el bien común. De este modo, no contiene mecanismos eficaces destinados a asegurar la disponibilidad de terrenos para viviendas de bajo valor. Tampoco se ocupa de la integración social en las ciudades.
Ello explica, en buena parte, la carencia de espacios actuales y [a demanda por hacer crecer el radio urbano. También la segregación y marginalidad que se vive en la periferia de las grandes urbes chilenas, pese a la existencia de muchos sectores céntricos deteriorados, pero con enorme potencialidad por el mejor acceso a servicios.
Previendo esta situación, en Agosto de 2006, junto con las diputadas Allende y Muñoz y a los diputados Duarte, Insunza, Leal, Meza y Mulet, presentamos una moción que Modifica la ley General de Urbanismo y Construcciones estableciendo una reserva de suelo urbano destinada a viviendas de bajo valor (Boletín 4365-14).
Ella obligaría al responsable de toda urbanización de terrenos a reservar, según lo disponga la Ordenanza General, un porcentaje no inferior a un veinte ni superior a un treinta por ciento de la superficie del terreno que resulte luego de excluir aquéllas sobre equipamiento urbano a que se refiere el inciso primero, para la construcción de viviendas cuyo valor de tasación no sea superior a 1000 unidades de fomento.
Se replican así experiencias como las existentes en México que dispone de un sistema de integración forzada. En el caso colombiano, en cualquiera urbanización, el 25 por ciento del terreno debe ser destinado a vivienda social. En los países asiáticos, el 33 por ciento se destina a este objetivo, y en España, el 60 por ciento.
Frenar la especulación. Además de insuficiente la normativa vigente, en los hechos, alienta la especulación inmobiliaria, dejando sin sanción prácticas que tienden a retardar la urbanización esperando mejores condiciones comerciales, habitualmente promovidas desde el Estado.
Con el objeto de evitar este tipo de conductas la ley 20.033 incorporó una sobretasa de 100% del impuesto territorial aplicable a estos sitios denominados terrenos “en engorda”, estuvieran o no urbanizados, con el objeto que el Estado y específicamente el municipio respectivo compartiera de algún modo las ganancias que obtenían sus dueños. Se estableció, además, una multa respecto de los terrenos eriazos.
Sin embargo, en forma inexplicable, la ley 20.280, que tenía fines muy diversos, echó pié atrás y modificó drásticamente esta disposición dejándola sólo vigente respecto de los sitios urbanizados. Eximió, asimismo, las áreas de extensión urbana o urbanizables.
Como algunos lo planteamos al discutirse dicho texto lo anterior significó un grave retroceso y un pernicioso fomento de la especulación inmobiliaria cuyos efectos ahora estamos sufriendo.
5.- Que, por lo anterior, además de insistir en los proyectos antes citados, destinados a fomentar, a nivel constitucional, un mayor rol estatal en la gestión del suelo especialmente urbano y a promover, en el plano legal, una reserva de suelo para vivienda social, creemos necesario, de algún modo reponer una sanción económica y social respecto de los propietarios de terrenos no utilizados, favoreciendo con ello su uso y sancionando la especulación.
Atendido que no resulta posible imponer, a través de la iniciativa parlamentaria, una sobretasa, venimos en sugerir la incorporación de una disposición que disponga aportes crecientes como reserva de suelo para vivienda de bajo precio, a medida que transcurre tiempo sin que se construya, adecuando de algún modo lo propuesto en el Boletín 4365-14.
Por lo anterior, los diputados que suscriben vienen en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: incorpórese los siguientes incisos finales al artículo 709- del Decreto con Fuerza de Ley 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones:
“Toda urbanización realizada en sitios antes no edificados y propiedades abandonadas calificadas como bienes raíces no agrícolas afectos a impuesto territorial; deberá, además, de las cesiones a que se refiere el inciso primero, reservar un porcentaje de la superficie del terreno para la construcción de viviendas cuyo valor de tasación no sea superior a 1000 unidades de fomento.
Dicho porcentaje de reserva comenzará en un 20% y aumentará en un 2% por cada año que el sitio permanezca sin urbanizar hasta alcanzar un 30%. El cómputo se realizará desde la inscripción a favor del respectivo propietario en el Conservador de Bienes Raíces. En caso de traspasarse el dominio, la carga se mantendrá respecto del nuevo propietario y seguirá incrementándose los años siguientes. En caso de urbanizaciones parciales, la citada reserva continuará aplicándose en la fracción no utilizada.”